IV. Acordar con el área responsable, las adecuaciones necesarias a

Transcripción

IV. Acordar con el área responsable, las adecuaciones necesarias a
IV. Acordar con el área responsable, las adecuaciones necesarias a la normatividad establecida o formular aquéllas que se
requieran en consideración a las carencias que se detecten en la operación, así como las que provengan de modificaciones
a las disposiciones fiscales;
V. Establecer los mecanismos de evaluación cuantitativa y cualitativamente y de retroalimentación necesarios, a efecto de
actualizar y corregir la aplicación y/o la operación de la normatividad y los procedimientos administrativos;
VI. Evaluar cuantitativamente y cualitativamente la eficiencia de la operación de las unidades administrativas y de apoyo
técnico operativo de la Subtesorería de Administración Tributaria;
VII. Normar y coordinar el diseño e implementación de los formatos oficiales aplicables en los diversos procesos
administrativos internos y de las áreas que integran la Subtesorería de Administración Tributaria, así como su control en
catálogos autorizados;
VIII. Coadyuvar en los estudios sobre viabilidad de las propuestas de reestructuración orgánica que presenten las áreas de
la Subtesorería de Administración Tributaria;
IX. Proponer al titular de la Subtesorería de Administración Tributaria las reformas y adiciones a las Leyes y demás
disposiciones fiscales que sean necesarias;
X. Participar en la formulación de las políticas de la Tesorería del Distrito Federal en materia tributaria y proponer medidas
necesarias para incrementar la recaudación de los ingresos locales y federales coordinados;
XI. Coordinar las respuestas y el cumplimiento de las áreas operativas de la Subtesorería de Administración Tributaria, a las
operaciones y recomendaciones de los órganos de control;
XII. Verificar la aplicación de los manuales administrativos; e
XIII. Informar a la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal, los hechos que conozca con motivo del ejercicio de sus
atribuciones, y puedan constituir delitos fiscales.
Artículo 78 Bis.- Corresponde a la Dirección de Modernización Tributaria;
I. Planear y dirigir la operación de los Centros de Servicios de Tesorería;
II. Evaluar los informes electrónicos o documentales de trámites realizados en los centros de servicio de Tesorería, a fin de
llevar un control sobre la operación de los mismos;
III. Establecer los mecanismos de supervisión en los Centros de Servicios de Tesorería a efecto de asegurar la calidad del
servicio al contribuyente;
IV. Implementar sistemas de mejora continua en la prestación de los trámites efectuados en los Centros de Servicios de
Tesorería;
V. Planear y desarrollar proyectos relacionados con la optimización y eficiencia tributaria. Coordinar estudios sobre los
procesos recaudatorios.
VI. Informar a la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal o a cualquier otra que resulte competente de conformidad con los
convenios que se suscriban en materia fiscal federal de los hechos que conozca con motivo del ejercicio de sus
atribuciones, y puedan constituir delitos fiscales;
VII. Establecer mecanismos de atención a las quejas y sugerencia presentadas por los contribuyentes, y darles seguimiento
hasta su resolución;
VIII. Expedir copias certificadas de la documentación que obre en los expedientes que integren sus archivos; y
IX. Las demás facultades que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias; las que le sean conferidas por sus
superiores jerárquicos, así como las que correspondan a las Unidades Administrativas que le sean adscritas.
Artículo 79.- Corresponde a las Coordinaciones de Operación Regional Tributaria:
I. Acordar con el titular de la Subtesorería de Administración Tributaria los asuntos de su competencia en el ámbito regional
que se les atribuya;
II. Coordinar, supervisar, dirigir y evaluar la aplicación de las normas, procedimientos, acuerdos e instrucciones en materia
de las atribuciones que correspondan a la Administraciones Tributarias ubicadas en el ámbito regional que se les atribuya y
proponer las medidas correctivas al incumplimiento de la citada normatividad;

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