Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del
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Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey. Período Libre de Hospederos del Mosaico de la Lechuga y Distrito – Lechuga de bola y de hoja, endibias y escarolas no deben ser mantenidas en el campo durante el período libre de hospederos, que corresponde a las fechas comprendidas entre diciembre 7 hasta diciembre 21, en el Condado de Monterey. Período Libre de Hospederos del Mosaico Occidental del Apio y Regulaciones del Distrito- No deben mantenerse plantas de apio en el campo durante el mes de enero en el Condado de Monterey. Si usted necesita crecer estos cultivos y es durante el periodo libre de hospederos, es necesario que se comuniquen con nuestra oficina y obtengan un permiso. De otra manera, usted incurre en violación de la ordenanza y puede ser sujeto a multas. Resumen de las Reglamentaciones de Pesticidas y Requisitos de Uso Enfermedades relacionadas con Pesticidas – La Oficina del Comisionado de Agricultura debe ser notificada tan pronto como sea práctico de cualquier enfermedad que se sospeche esté relacionada con pesticidas. Etiquetado de Pesticidas – Para todos los pesticidas, una copia de la etiqueta registrada debe estar disponible en el sitio de uso. Para usar el pesticida en sitios o dosis que se encuentran listados en la etiqueta suplementaria o en la etiqueta de exención de emergencia de la sección 18, una copia válida de la etiqueta suplementaria o exención de emergencia de la sección 18 debe estar disponible en el sitio de uso. La etiqueta puede estar únicamente en el lugar de mezcla y carga en el caso de aplicaciones terrestres, si el lugar de mezclado está próximo al lugar de la aplicación y si se mantiene contacto personal o a través de radio. Aplicadores Certificados – Pesticidas de Uso Restringido y Materiales Restringidos en California pueden únicamente ser usados por Aplicadores Certificados o por personas bajo su supervisión directa. El aplicador certificado responsable de esta supervisión debe estar alerta sobre las condiciones en el sitio de aplicación y debe estar disponible para dirigir y controlar la forma en la cual las aplicaciones son realizadas por el aplicador no certificado. La disponibilidad del aplicador certificado debe estar directamente relacionada con el peligro actual o potencial de la situación. Residuos Ilegales – Para evitar residuos ilegales de pesticidas en los cultivos, es importante planear que los cultivos que tienen incompatibilidad en cuanto a tolerancias con pesticidas no sean plantados en forma adyacente.. Intervalo de Pre-Cosecha – Es ilegal cosechar cultivos antes que el intervalo de pre-cosecha (PHI) especificado en la etiqueta haya expirado. G:\PUE Department\Permits\Permit Renewal\Summary of Regs\2015 Summary of Regs SPANISH.docx -1- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey Fumigantes del Suelo – Todos los fumigantes de suelo (como Bromuro de Metilo, 1,3 dicloropropeno o metam sodio) son removidos de los Permisos de Materiales Restringidos antes que los permisos sean expedidos. Para poder usar estos materiales, usted necesita venir a nuestra oficina para obtener un suplemento a su permiso para adicionarlos a cada rancho donde usted tenga intención de usarlos y esto debe hacerlo antes de utilizar dichos fumigantes. Solicitud de Información de archivos – Su permiso de materiales restringidos/número de identificación de operador e información contenida en los archivos son información pública y están sujetos a ser solicitados por el público. Reportes del Uso de Pesticidas – Todos los reportes deben tener: Incluyendo, archivos de producción agrícola que tienen más requisitos: Fecha de aplicación MTRS de la propiedad Nombre del operador de la propiedad Hora terminado Cultivo, mercancía o sitio tratado Numero de Permiso o Numero de Total de acres o unidades tratadas Identificación del Operador Nombre del pesticida, EPA o CA número de Identificación del lugar el número que le registro, y dan al operador de la propiedad Cantidad que se uso Total de acres sembrados o unidades Reportes de Uso de Pesticidas (PURs) – Los Reportes de Uso de Pesticidas (PURs) son requeridos en cuanto al uso agrícola de todos los pesticidas (esto incluye producción no agrícola y ciertos lugares de producción no agrícola). Para aplicaciones realizadas por el propietario, los Reportes de Uso de Pesticidas deben ser entregados en la Oficina del Comisionado de Agricultura no más tarde del día 10 del mes siguiente luego de la aplicación (el sello de correo es equivalente a la fecha de entrega). Los PURs pueden ser entregados personalmente o enviados por correo, sin embargo no se aceptan PURs que se envíen por fax. Si usted está interesado en enviar electrónicamente sus reportes de uso utilizando CalAgPermits (www.calagpermits.org), por favor contacte a la oficina de Salinas. Almacenamiento de Pesticidas- Un sitio de almacenamiento que contenga recipientes de pesticidas que en la etiqueta sean clasificados con la palabra señal “Warning” o “Danger” (Advertencia o Peligro) requiere tener señales visibles desde cualquier dirección posible de acceso, ser legible a una distancia de 25 pies y debe anunciar sustancialmente lo siguiente en español e inglés. “PELIGRO” “AREA DE ALMACENAMIENTO DE PESTICIDAS” “PROHIBIDA LA ENTRADA A PERSONAS NO AUTORIZADAS” “MANTENGA LA PUERTA BAJO LLAVE CUANDO NO SE ESTE UTILIZANDO” La etiqueta registrada de los pesticidas debe permanecer en los recipientes. Ocasionalmente durante el uso y almacenamiento, las etiquetas pueden ser removidas accidentalmente. Sin embargo este requisito continúa. Cada recipiente Rev. 1/13/2015 -2- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey vacío de pesticida, excepto aquellos que sean retornados al fabricante, debe ser enjuagado al momento de uso. Colectar o almacenar recipientes no enjuagados es una violación bajo la jurisdicción del departamento de Salud Ambiental y/o del Departamento de Control de Sustancias Tóxicas. Más información sobre este tema se encuentra en las hojas de las Series de Información sobre Seguridad de Pesticidas (PISIS) A-2/N-2. Protección de Pozos – Excepto como se especifica más adelante, las siguientes actividades son prohibidas dentro de un radio de 100 pies de un pozo (incluyendo pozos domésticos, municipales, agrícolas, secos o de drenaje, de monitoreo o pozos abandonados): mezcla, carga y almacenamiento de pesticidas, enjuague de equipos de aplicación de pesticidas o recipientes de pesticidas, mantenimiento de equipo de aplicación que pueda resultar en derrame de residuos de pesticidas en el suelo y aplicación de herbicidas pre emergentes. Los pozos no son sujetos a estos requisitos si están situados de tal manera que el agua de drenaje de riego o lluvia no se mueva del perímetro del pozo hacia la cabecera del mismo y dichas aguas tengan contacto o se colecten alrededor de la cabecera del pozo en la capa de concreto o si el pozo está protegido por una zanja construida de cualquier material que prevenga el movimiento del agua de drenaje del perímetro del pozo a la cabecera del pozo. Aplicaciones de herbicidas pre emergentes son prohibidas dentro de la berma y la cabecera del pozo. Para el propósito de esta sección nadamas, "herbecidas preemergentes" están limitadas a solo las que están en lista en 3 CCR seccion 6800(a) or (b) (Mire ENF 05-24). Químicos de Protección del Agua Subterránea – Los siguientes requisitos aplican en todo el estado con respecto al uso de los siguientes químicos de protección del agua subterránea (GPP) en cuencas artificiales de recarga y en las banquetas de las zanjas: Atrazine (Aatrex) Prometon (Pramitol) Bromacil (Hyvar, Krovar) Bentazon (Basagran) Simazine (Princep) Norfluazon (Solicam, Predict, Zorial) Diuron (Karmex, Krovar) Cuencas Artificiales de Recarga: La aplicación de un GPP a una cuenca de recarga artificial (una instalación superficial específicamente diseñada y administrada para manejar el incremento de la infiltración del agua superficial dentro de la cuenca de agua subterránea), es prohibida debajo de la tabla de agua A MENOS QUE se aplique seis o más meses antes que la cuenca sea usada para recargar el agua subterránea. Dentro del Canal o Banquetas de Zanjas: La aplicación de un GPP dentro de un canal o una banqueta de zanja, es prohibida debajo de la tabla de agua A MENOS QUE la rata de percolación del canal o la zanja sea igual o menor a 0.2 pulgadas por hora o la aplicación se realice seis meses antes que el agua corra dentro del canal o la zanja. Requisitos seleccionados de la etiqueta Zonas de Protección: Ciertas pesticidas como Supracide 2E o Lannate SP tienen distancias especificas requeridas con respecto a los cuerpos de agua. Otros pesticidas, usualmente piretroides como Asana XL, Battalion EC y Warrior II, además de tener distancias de protección para las aplicaciones aéreas o terrestres a cuerpos de agua, tienen Rev. 1/13/2015 -3- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey un requisito de franjas de protección entre el campo tratado y los hábitats acuáticos que se encuentran pendiente abajo de ese campo. Systema Cerrado o uso de cabina cerrada: Un número de etiquetas de pesticidas incluyendo Dibrom 8E, Diazinon AG500 o Ro-Neet, requiere el uso de sistema cerrado durante la mezcla y carga. Varias etiquetas de pesticidas, incluyendo Botran 5F, Dibrom 8E o Ro-Net, requiere el uso de cabina cerrada durante la aplicación. Estos requisitos aplican para todos los usuarios que manejen el producto. No ay ninguna excepción para los dueños o propietarios que estén usando el producto. Pesticidas de doble notificación: Estos son los pesticidas que requieren en la etiqueta doble notificación. (Aviso por medio de letreros y en forma verbal a los empleados). Por lo general, en la sección de los “Requisitos para Uso Agrícola” la etiqueta requiere “Notificar a los trabajadores sobre la aplicación de pesticidas, verbalmente y por medio de letreros de advertencia en las entradas de las áreas tratadas.” Aviso a los trabajadores del periodo de reentrada restringida debe notificárseles y también a los Contratistas (FLC) y sus trabajadores que estén trabajando a una distancia de ¼ de milla de la aplicación o terreno tratado. Ejemplos incluyen pero no se limitan para los fumigantes, Badge X2, Captan 50WP, Chlorpyrifos, Diazinon AG500 (“Warning” label), Dibrom 87E, Di-Syston 8, Guthion, Lime-Sulfur Solución, Lorsban 15G, Lorsban 4E, Lorsban Advanced, Lannate SP (en uvas), MSR Spray Concentrado y etiquetas que indican “Peligro”, Ro-Neet 6E, Supracide 2E and Supracide 25W. Para Pesticidas de doble notificación los avisos deben conformar con 3CCR sección 6776 cual incluye: o Avisos que estén visibles por todos los puntos de entrada del área tratada. Si no ay entradas que estén obvias los avisos deben de estar en cada esquina del área tratada. o Avisos por todas las áreas especialmente cuando ay casas o lugares a un lado del área tratada que son delicadas. o Cuando el campo tratado esta junto de un área que no está cercada avisos adicionales deben de ponerse en cada lado. Y no se debe pasar de 600 pies a lo largo de cada esquina y que no estorben. El Campo debe de tener AVISOS, hasta cuando no se requiera bajo la Ordinancia De Avisos Del Condado De Monterey. (Por ejemplo: antes de la siembra, pre-emergentes, inactivos) SIEMPRE LEER Y SEGUIR LA ETIQUETA. Uso de pesticidas en conflicto con la etiqueta es una infracción de la ley en cual será sujeto a una sanción hasta de $5,000 por cada infracción. Requisitos de notificación de Pesticidas para todos y los Trabajadores Notificación sobre Aplicación - Cada agricultor debe asegurar que la información de aplicación programada se les proporciona a: empleados de manera que puedan entenderla Rev. 1/13/2015 -4- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey y también se informe a los empleadores externos, tales como los Contratistas de Trabajo Agrícola (FLC), empleados de empresas de control de plagas que no realizan la aplicación (PCB) y otras personas que el agricultor tiene como "conocimiento previo" que puedan encontrarse en la propiedad (como leedores de medidor de PG & E). La notificación deberá incluir, como mínimo: la fecha de aplicación programada la ubicación del campo y las instrucciones de entrada prohibida en el campo hasta que sea autorizado por el agricultor. No se requiere avisar a los empleados cuando usted puede asegurar que el campo tiene avisos de no entrar, de conformidad con 3CCR 6776 (b-f) (a menos que el pesticida requiera notificación verbal y avisos de no entrar) o asegure que desde el inicio de la aplicación ningún empleado o empleador entrará o caminará dentro de ¼ de milla del campo tratado hasta que el aviso de terminación se recibe (si una compañía de control de plagas realiza la aplicación). Usted no debe permitir la entrada al campo a los empleados (propios y / o un FLC) durante el día del aplicación, a menos que el agricultor asegure que la aplicación no haya sido realizada y la dicha aplicación no se hará mientras los empleados estén en el campo. Aviso de Aplicaciones terminadas – La empresa de control de plagas deberá presentar Usted un aviso de terminación, ya sea verbal o por escrito. El agricultor deberá mantener por escrito avisos de terminación ordenados por sitio. Usted deberá asegurar que la información completa de la aplicación (incluyendo la ubicación y una descripción del campo tratado, el tiempo durante el cual la entrada es restringida e instrucciones de no entrar al campo) sea proporcionada a los empleados (sus propios, contratistas de trabajo agrícola, empresa de control de plagas u otro tipo de empleados) de una manera que puedan comprender dicha información. Usted no debe permitir a los empleados la entrada en los campos tratados hasta que el aviso de terminación se reciba y se cumpla el intervalo de entrada restringida (REI) de la etiqueta del pesticida o el reglamento haya expirado, a exceptuando como se indica en la siguiente sección ("Re-entrada al Campo "). Responsabilidades del Empleador para Personas que Manejan Pesticidas y Trabajadores de Campo Comunicación de Riesgos – Antes que a los empleados se les permita manipular pesticidas o entrar a un campo tratado, usted requiere exhibir las Series completas de Información de Seguridad sobre Pesticidas (PSIS) folleto A-8/N-8 y/o A-9 en un lugar central y tenerlos a disposición de sus empleados. La información sobre pesticidas aplicados debe ser mantenida por el empleador y estar disponible para los empleados. Usted debe tener copias de todos los folletos de PSIS aplicables a los pesticidas usados por los empleados que estén en la lista en los reportes del uso de pesticidas. El empleador debe tener una de las dos Hojas de Seguridad siguientes (Material Safety Data Sheet, MSDS or Safety Data Sheets) para cada pesticida escrito en los archivos de uso en la producción agrícola. Acuerdos de Produccion Agricola: En adición a esto, usted debe exhibir la información específica de aplicación sobre las aplicaciones de pesticidas en un lugar central para que los empleados puedan usar esta información, la cual debe permanecer exhibida durante el REI más 30 días adicionales. Personas que manejan pesticidas o trabajadores de campo deben estar informados sobre el lugar donde se encuentra esta información específica de aplicaciones. Usted es responsable de informar a los Contratistas del lugar donde se encuentra esta información y éstos a su vez deben informar a sus empleados que trabajen en esa propiedad. Rev. 1/13/2015 -5- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey Asistencia Médica de Emergencia – Para todas las actividades que involucren empleados que manejen pesticidas o que trabajen en campos tratados. Usted debe tener un acuerdo previo para asistencia médica de emergencia y debe exhibir en un lugar prominente del lugar de trabajo o en el vehículo de trabajo. En el caso de que no exista un lugar designado en el trabajo; esta información debe contener el nombre, dirección y numero de teléfono del médico, clínica o hospital que provee la asistencia medica. Cuando existan motivos razonables para sospechar que un empleado tiene una enfermedad causada por pesticidas o cuando una exposición a pesticidas ha ocurrido y se espera que cause una enfermedad al trabajador, Usted debe asegurarse que el empleado sea llevado a un médico inmediatamente (los trabajadores NO PUEDEN conducir ningún vehículo para llevarse a sí mismos al médico). “Campo tratado” significa un campo que ha sido tratado con un pesticida o que tenga o haya tenido un intervalo de entrada restringida vigente dentro de los últimos 30 días. Un campo tratado incluye carreteras, caminos, zanjas, límites y terrenos adyacentes no arados, si el pesticida ha sido dirigido a esas áreas. Un campo tratado no incluye áreas que hayan sido contaminadas inadvertidamente por deriva o por aplicaciones excesivas. Entrenamiento del Trabajador de Campo y Seguridad del Empleado Entrenamiento – El empleador debe asegurarse que cada empleado asignado a trabajar en un campo tratado haya sido entrenado en los últimos 5 años, en una manera que el empleado entienda, antes de empezar a trabajar en dicho campo tratado. El entrenamiento debe cubrir los temas listados en 3 CCR 6764(b). Asistencia Medica de Emergencia, Decontaminacion PSIS A-9 Los supervisores de cuadrillas requieren tener conocimiento de los arreglos y procedimientos sobre asistencia médica de emergencia, saber el significado de los letreros en los lotes, cumplimiento de los intervalos de re-entrada y los síntomas de envenenamiento por pesticidas. Deben suministrar a los trabajadores de campo suficiente agua para lavado rutinario y lavado de ojos, así como también jabón y toallas desechables. La forma PSIS A-9, "Información de Comunicación de Riesgos para los empleados que trabajan en los Campos Agrícolas” debe estar disponible en el sitio de trabajo y contener la información requerida en los espacios en blanco, que incluye los lugares donde puede obtenerse asistencia médica de emergencia, lugar donde se encuentra la información específica de aplicaciones de pesticidas y donde encontrar las MSDS’s. La Forma A-9 debe tener la dirección específica de dónde encontrar la información de cuales pesticidas han sido usados. La dirección no es suficiente especialmente cuando es en un rancho. Tiene que indicar exactamente donde se encuentra la información específica. Entrada al Campo - Trabajadores pueden entrar solo para hacer actividades con contacto mínimo como se refiere la etiqueta y 3 CCR sección 6770 (d). Los trabajadores del campo que entren ya sean de un contratista o del propietario deben ser adecuadamente entrenados en los requisitos de 6771 (a) antes que Rev. 1/13/2015 -6- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey manejen pesticidas y haberles dado todo el equipo protector necesario por la etiqueta. Ante otras cosas el Empleador (Propietario o Contratista) tiene que asegurar: Equipo de protección lo usen, limpien y guardar apropiadamente Si la etiqueta requiere protección de los ojos mínimo 16oz. de agua tiene que estar disponible inmediatamente Una instalación de descontaminación tiene que estar localizada en el local donde los trabajadores se quiten el equipo protector contaminado , y Un lugar limpio, limpio de pesticidas para que guarden su ropa limpia que se van a poner después de quitarse la ropa contaminada, y también un lugar donde guardar su equipo de protección Medidas apropiadas para prevenir enfermedades relacionadas con el calor cuando sea necesario. Trabajadores pueden entrar a los campos durante el periodo restringido siempre y cuando las actividades que se llevaran a cabo no involucré contacto como (operando un tractor) o cualquier cosa en la cual involucré trabajar con cosas que han sido contaminadas (la tierra, agua, aire, equipo o tocar las plantas) siempre cuando el equipo de protección esté disponible para usar. Empleadores pueden entrar solo por un tiempo limitado de contacto para actividades siempre y cuando protegido como la etiqueta y 3CCR sección 6770(d)(3) directa. Contacto limitado para actividades de entrada anticipada que son necesarias y imprevistas solo se pueden hacer por un límite de 8 horas al día. Entrada anticipada no es permitida para actividades que son de alto-contacto actividades, como cosechar. Esto es el estrecho de las excepciones explicadas en 3 CCR sección 6770, 6771 y Memorandum con la fecha de October 25, 2002 tituladas “Actividades de Irrigación Aceptadas cuando va hacer un entrada anticipada por condiciones no previstas. Accepted Irrigation Activities under an REI”. Entrenamiento de Personas que Manejan Pesticidas y Seguridad de los Empleados Los Empleadores son responsables en última instancia de las acciones de sus empleados. Usted es responsable de conocer los requisitos aplicables en los reglamentos y en la etiqueta del pesticida. Los empleados deben informar en un lenguaje que los empleados entiendan, sobre los pesticidas específicos que ellos usarán, riesgos de uso de pesticidas, equipo protector y otro equipo que deba ser usado, procedimientos a seguir y reglamentos sobre seguridad en el uso de pesticidas aplicables a todas las actividades que ellos realicen. Usted debe supervisar a los empleados para asegurar prácticas de seguridad en el trabajo, incluyendo que todos los reglamentos y requisitos contenidos en la etiqueta del pesticida sean obedecidos. Usted debe proporcionar un lugar de trabajo seguro para los empleados y deben exigir que ellos sigan las indicaciones sobre prácticas de seguridad en el trabajo. Capacitación de las Personas que Manejan Pesticidas – Usted deben suministrar instrucción adecuada y entrenamiento a todos los empleados que manejen pesticidas antes que se les permita realizar cualquier aplicación, deben ser actualizados sobre pesticidas nuevos. Este entrenamiento debe ser repetido anualmente luego de la primera capacitación. Debe existir un programa escrito que describa los materiales (Ej. Guías de estudio, panfletos, etiquetas de pesticidas, Series de Seguridad sobre Pesticidas, MSDS, videos) e información que sea suministrada y usada para entrenar empleados. El entrenamiento debe cubrir los temas que están listados en 6724(b). Para los empleados que manejen pesticidas para uso comercial o investigación en un cultivo agrícola, el entrenador debe cumplir al menos con una de las calificaciones listadas en 6724(f). El entrenamiento debe ser proporcionado en una manera que el empleado lo entienda, ser conducido de acuerdo con el programa escrito de entrenamiento e incluir todas las respuestas a las preguntas. Usted debe documentar la fecha y el alcance del entrenamiento dado al empleado, debe ser firmado por el empleado y estar disponible para inspección. Empleados que sean aplicadores certificados (QAC, Piloto, etc.) son considerados entrenados. Rev. 1/13/2015 -7- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey Áreas de Cambio de Ropa – Para todos los empleados que manejen pesticidas en investigación o producción agrícola y para cualquier otro empleado que maneje pesticidas de una forma regular con la palabra señal "DANGER" o "WARNING", usted debe asegurarse que haya en un lugar donde ellos puedan finalizar su período de exposición y remover su PPE, es decir un área donde los empleados puedan cambiar su ropa y bañarse. Deben estar disponibles toallas, jabón y agua suficiente para permitir un lavado completo. Usted debe proveer un lugar limpio, libre de pesticidas donde los empleados puedan guardar su ropa personal, la cual no debe ser usada cuando estén trabajando en el manejo de pesticidas. Instalaciones de descontaminación para personas que manejan pesticidas – Las instalaciones de descontaminación deben constar de overoles limpios, toallas desechables, jabón y cantidad de agua suficiente para lavado. Para todos los empleados que manejan pesticidas en investigación o producción agrícola, debe haber una instalación de descontaminación en el lugar de mezcla y carga y no más lejos de ¼ de milla de otras personas que estén manejando pesticidas. Para investigación o producción agrícola si la etiqueta requiere protección de los ojos, por lo menos tiene que haber un litro de agua para poderse enjuagar los ojos de inmediato. (Dentro de la cabina o con la persona). Para todos los empleados que manejen pesticidas con la palabra señal "DANGER" o "WARNING" en otro tipo de uso, el empleador debe tener la instalación de descontaminación a 100 pies de distancia del lugar de mezcla y carga. Equipo de Protección Personal (PPE) Es discreción del Comisionado citar al empleado en lugar del empleador por el no cumplimiento de cualquier reglamento relacionado con el equipo de protección. UNICAMENTE empleados con licencia o certificados (QAL, QAC, o PAC) pueden ser personalmente responsabilizados por infracciones que tengan que ver con el PPE conforme la etiqueta y solamente si ellos han sido Apropiadamente entrenados, Apropiadamente supervisados El equipo estaba disponible en el sitio de trabajo El empleado conoce la política disciplinaria escrita que requiere el uso con equipo de protección 1. Protección de los Ojos – El empleador debe asegurar que los empleados que manejen pesticidas usen protección para los ojos (gafas –googles-, protector de cara completa, o gafas protectoras) cuando sea requerido por la etiqueta del producto o cuando estén mezclando, cargando o trabajando con el equipo durante las aplicaciones (con limitadas excepciones). Aplicaciones manuales siempre requieren el uso de protección para los ojos, excepto cuando se apliquen cebos o fumigantes sólidos a las madrigueras de roedores. La protección para los ojos debe usarse cuando se use un sistema cerrando si éste se encuentra bajo presión positiva durante cualquier momento durante la aplicación. 2. Overoles – Los overoles son una –o dos- piezas de ropa que cubre(n) el cuerpo de manera completa, excepto la cabeza, manos y pies y debe ser proporcionado por el empleado como parte del PPE. Los empleadores deben proporcionar overoles limpios diariamente a los empleados que manejan pesticidas con la palabra señal “Danger o Warning.” Los empleadores deben asegurarse que los empleados usen overoles cuando están manejando pesticidas con la palabra señal “Danger” o Rev. 1/13/2015 -8- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey 3. 4. 5. 6. “Warning” y también deben asegurarse que los empleados se cambien los overoles y se bañen al final de cada día de trabajo. Guantes – El empleado debe proveer los guantes y requerir su uso para todos los pesticidas, excepto cuando la etiqueta especifique que no pueden usarse guantes. Si no se especifica un tipo especial de guantes, pueden usarse guantes de hule, neopreno u otro material químico-resistente que provea una protección equivalente o mejor. Cada vez que el uso de guantes es requerido, deben proporcionarse al aplicador guantes limpios o nuevos cada día. Guantes o forros de guantes de cuero, algodón u otro material absorbente no deben ser usados, a menos que su uso sea expresamente permitido en la etiqueta del producto. Ropa Químico-Resistente – Químico resistente o resistente al agua significa que no permite un movimiento del pesticida a través de esta ropa durante su uso. No toda la ropa protectora desechable tiene una capa químico resistente. Los proveedores tienen la información, la cual debe ser revisada cuando usted ordene ropa protectora para sus empleados. Equipo Respiratorio – Respiradores requeridos por la etiqueta, reglamentación o política del lugar de trabajo: Su operación tendrá que tener muchas cosas en su lugar ANTES que los empleados manejen pesticidas que requieran un respirador. Esto incluye, pero no está limitado a: un programa escrito completo de protección respiratoria (detallando selección de respiradores, mantenimiento, reparación, entrenamiento de empleados y evaluación del programa), evaluaciones médicas confidenciales y pruebas de ajuste de los respiradores a los empleados. Uso Voluntario del Respirador: Cuando el uso de un respirador no es requerido por la etiqueta, reglamentación o políticas del lugar de trabajo y si el empleador determina que el uso de un respirador por sí mismo no crea un riesgo, el empleador puede proporcionar respiradores a solicitud del empleado o permitir que a los trabajadores usen sus propios respiradores. Pueden existir otros requisitos, pero el empleador como mínimo, debe proporcionar a los empleados la información contenida en 6739(r). Excepciones en el Uso del equipo de protección y Sustituciones – Existen ciertas excepciones y sustituciones a los requerimientos del PPE cuando se usan sistemas cerrados, bolsas solubles en agua, o cabinas cerradas. Sin embargo, si los empleados sustituyen equipo de protección con un sistema cerrado cuando es “Danger” o “Warning” pesticidas se puede sustituir los overoles, guantes resistentes a chemicas, y mandil resistente a chemicas por lo que requiere la etiqueta como el equipo de protección. Si cuando el pesticida es “Caution” pueden sustituir la ropa que requiere la etiqueta. Protección de los ojos se tiene que usar cuando se usa el sistema cerrado siempre y cuando este bajo presión positiva. Manejadores substituyendo cabina cerrada en vez de usar el equipo de protección requerido por la etiqueta deben tener todo el equipo de protección requerido por la etiqueta inmediatamente disponible y almacenado en un recipiente que sea químico resistente, como una bolsa plástica especial. El equipo de protección requerido por la etiqueta debe ser usado para trabajar afuera de la cabina y cuando se haga contacto con las superficies tratadas con pesticidas en el área aplicada. Cabina cerrada aceptable como protección respiratoria significa una cabina cerrada que incorpora un sistema de filtrado de partículas/neblina y/o un sistema de purificación de aire que remueve los vapores o gases, de una manera apropiada a la situación de exposición. Las cabinas cerradas certificadas por el fabricante que cumplan los estándares de la Sociedad Americana de Rev. 1/13/2015 -9- Resumen de Regulaciones y Ordenanzas del Condado de Monterey Ingenieros Agrícolas S-525 (Rev. 5/98) son aceptables bajo esta definición. El empleador debe estar en capacidad de proporcionar la documentación sobre el cumplimiento del estándar de la cabina y el horario de mantenimiento. Uso de Organofosforados o Carbamatos por empleados – Revise también PSIS A-11. 1. Registro de Uso – Siempre que un empleado maneje un pesticida con etiquetado con las palabras "Danger" o "Warning" que contenga un organofosforado o un carbamato para producción comercial o investigación en un cultivo el empleado debe mantener los registros de uso que identifiquen o al empleado o nombre del pesticida y o la fecha de uso. Estos registros deben guardarse por tres años. Los registros de uso para empleados que manejen organofosforados o carbamatos exclusivamente en sistemas cerrados o en paquetes solubles en agua (como MSR y Lannate) deben también mantenerse, aunque los empleados están exentos de supervisión médica adicional. Algunos ejemplos de pesticidas organofosforados son: Diazinon, Dibrom Dimethoate, Disulfoton, Dursban, Lorsban (liquido), Metasystox-R, Mocap, Nemacur, Penncap-M y Supracide. Algunos ejemplos de pesticidas carbamatos son: Furadan, Lannate and Sevin. 2. Supervisión Médica – Excepto por empleados que manejen organofosforados o carbamatos EXCLUSIVAMENTE en sistemas cerrados o paquetes solubles en agua, los empleados expuestos a pesticidas organofosforados o carbamatos con la palabra señal "Danger" o "Warning" en un período que exceda 6 días y durante un lapso de 30 días, deben tener una supervisión médica con determinaciones de colinesterasa. Debe haber un contrato firmado con el médico que proporciona la supervisión. Una copia firmada del contrato debe ser enviada por el empleador antes que un empleado empiece a trabajar en forma regular manejando pesticidas organofosforados o carbamatos. El empleado corre con la última responsabilidad de cumplimiento de todos los requisitos de supervisión médica. Pesticidas de Exposición Mínima – Estas regulaciones aplican a los pesticidas bromoxynil (Buctril), Folpet, oxydemeton-methyl (Metasystox-R), y propargite (Omite). Existen requisitos especiales de manejo para pesticidas designados como “Pesticidas de Exposición Mínima”. Esta información se encuentra explicada con más detalle en PSIS A-10/N10 o en 3CCR secciones 6792-6793. Nuestra misión es obtener el cumplimiento con las leyes y las regulaciones. Estos breves resúmenes de reglamentaciones no son un sustituto de la lectura y el entendimiento de los códigos en su totalidad. Si usted necesita asistencia en cualquier de las leyes o reglamentos sobre pesticidas, contacte a una de nuestras oficinas o visite la página de Internet del Departamento de Reglamentación de Pesticidas al: http://www.cdpr.ca.gov/docs/dept/quicklinks/compliance.htm. Rev. 1/13/2015 - 10 -