DG_03-08.Ampliacion_funciones_oficina_Orient._al_Hab

Transcripción

DG_03-08.Ampliacion_funciones_oficina_Orient._al_Hab
Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ministerio Público de la Defensa
Defensoría General
Resolución DG Nº 3/08
Buenos Aires, 18 de enero de 2008.
VISTO:
La Ley 1903, las Resoluciones DG Nº 109/07 y
CM Nº 677/2007; la Nota DG 2469/07 y la Resolución CM Nº 868/207;
Y CONSIDERANDO:
Que por Res. DG 109/07 del 28 de agosto del
2007 se solicito la creación de la Oficina de Orientación al Habitante al
consejo de la Magistratura, el que acogió la petición por Res. CM Nº
677/2007;
Que en el Anexo I de dicha resolución se
establecieron las funciones de la mencionada Oficina, las que se
encuentran focalizadas en brindar información, orientar a los incursos en
contravenciones o faltas a fin de lograr su reinserción laboral y social,
dando seguimiento a los trámites realizados;
Que de la experiencia recogida se advierte que
las personas que requieren intervención de la Oficina exceden el marco
de los encartados aludidos en el mencionado Anexo I;
Que en consonancia con la garantía de acceso
universal a la justicia, (Arts. 12, inc. 6 y 125 de la Constitución de la
C.A.B.A.), es necesario ampliar las funciones de la Oficina de Orientación
al Habitante, a fin de atender no solo a los imputados, encartados y/o
privados de su libertad y sus familias, sino a todas las personas en
situación de pobreza o exclusión, con necesidades básicas insatisfechas
o con menores posibilidades de acceso a los servicios públicos; (Art. 17
de la Constitución de la C.A.B.A.)
Que es conveniente que esta Oficina dependa
de la Secretaría General de Planificación Estratégica, Acceso a la Justicia
y Prensa, en razón de sus funciones especificas relativas a la
universalización del acceso a la justicia;
Que a la vez, es conveniente reasignar la
Oficina de Atención a las Personas Privadas de Libertad a la órbita de la
Secretaría General de Relaciones Institucionales Defensa y Patrocinio,
Por ello, de conformidad con las atribuciones
establecidas por el art. 21, inc. 1º y 6º de la Ley 1903;
EL DEFENSOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
1.- Ampliar las funciones de la Oficina de
Orientación al habitante conforme se dispone en el Anexo I de la
presente;
2.- Establecer que la Oficina de Orientación al
Habitante dependa de la Secretaría General de Planificación Estratégica,
Acceso a la Justicia y Prensa;
3.- Establecer que la Oficina de Atención a las
Personas Privadas de Libertad dependa de la Secretaría
General de
relaciones Institucionales, Defensa y Patrocinio;
4.- Regístrese, protocolícese, comuníquese y
oportunamente archívese.
Firmado: doctor Mario Jaime KESTELBOIM, Defensor General
Autónoma de Buenos Aires
Ministerio Público de la Defensa, Poder Judicial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ES COPIA FIEL
de la Ciudad
ANEXO I
1) Informar, orientar y asesorar a las personas que se encuentren en
situación de pobreza o exclusión, necesidades básicas insatisfechas o
menores posibilidades de acceso a los servicios públicos, sobre sus
derechos y poner al alcance de las mismas los servicios y programas que
tiendan a la cobertura y satisfacción de las mismas, especialmente los
que presta y desarrolla la Defensoría General de la C.A.B.A.;
2) Llevar a cabo un seguimiento, en el caso que fuera necesario, de
aquellos trámites administrativos que las personas en cuestión hayan
realizado.
3) Labrar actuaciones respecto a las personas asistidas, debiendo
confeccionar estadísticas,
4) Desarrollar todas aquellas tareas que demande el secretario general de
Planificación Estratégica, Acceso a la justicia y Prensa.
Firmado: doctor Mario Jaime KESTELBOIM, Defensor
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ministerio Público de la Defensa, Poder Judicial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ES COPIA FIEL

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