Etapa de Investigación - Estudios Constitucionales
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Etapa de Investigación - Estudios Constitucionales
DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL INSTITUTO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL ETAPA DE INVESTIGACIÓN La Etapa de Investigación es de carácter opcional para los participantes en el Diplomado. El desarrollo de esta actividad y la calificación obtenida sólo se indicará en el Diploma, en caso de evaluaciones con mención sobresaliente; muy bueno o bueno. La Etapa de Investigación consiste en el desarrollo individual de los casos. Esta etapa es evaluada con un rango de 5 a 1 puntos (sobresaliente = 1/1; muy bueno = 2/1; bueno = 3/1; suficiente 4/1 e insuficiente 5/1). Recomendaciones Generales: El participante deberá desarrollar un ejercicio por módulo (3 en total), tomando en consideración el Esquema aplicable y las Recomendaciones de Argumentación y de Redacción.Se recomienda brevedad. La evaluación toma en consideración la sujeción al método y la razonabilidad de los argumentos. No es un ejercicio de resultado, por lo que generalmente no hay una única postura válida. Recomendaciones de argumentación: I. Punto de partida del análisis es la premisa general, que puede ser el concepto, principio o la norma que se aplica al caso. Es importante no confundir el concepto con otros principios, pero no es necesario copiarlo en el análisis. II. Luego compare el marco teórico con el caso narrado en el ejercicio. Pero, no es necesario volver a copiar el caso. III. La parte más importante del análisis es el proceso lógico de aplicación de la premisa general (principio, norma, concepto) en el caso particular. Recomendaciones de redacción: I. Se recomienda escribir en tercera persona plural (estimamos que...), o en impersonal (se observa que…) y evitar posiciones personales (yo creo que…). II. No es necesario copiar artículos de leyes o de la Constitución. Basta con citar el número o copiar una pequeña frase o expresión. http://www.estudiosconstitucionales.com/Evaluacion/Proc-penal.pdf DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL INSTITUTO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES Módulo I. Las medidas de coerción Ejercicio 1. ISOLA Es quema X El funcionario AGENTE I PEÑA F., en el acta policial inserta en el presente asunto, en donde deja expresa constancia que en fecha 13 de julio del 2010. Siendo, aproximadamente las 10_00 am, se recibió una llamada telefolonica de parte de una persona que se identifico como parte del consejo comunal, especificando que en una vivienda Unifamiliar ubicada, Sector D., Calle 06, con la Avenida Principal casa de color verde con puerta de metal de color blanco, Tucupita Estado Delta Amacuro, en donde habita una ciudadana; de nombre “ISOLA “, que según el acta policial estan vendiendo sustancia psicotrópicos y estupefacientes en la mencionada residencia y la comercialización de objetos provenientes del delito y contra la ley de Armas y Explosivos. http://cfr.tsj.gov.ve/decisiones/2010/julio/1496-17-YP01-P-2010-000953-PJ0032010000321.html Ejercicio 2. Carúpano Es quema X Cursa al folio 1, ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 25/02/2010 suscrita por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Carúpano; quines dejan constancia de las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos y la aprehensión de la hoy imputada de autos, señalando en particular que logran observar a una ciudadana “blanca de contextura gruesa para frente a una casa (…) quien al percatarse de la comisión se puso nerviosa, motivo por el cual descendimos del vehiculo y al pedirle la identificación corrió hasta el interior de la habitación de la casa, donde nos introducimos en compañía de los ciudadanos JESUS ROSENDO VALDERRAMA YNDRIAGO. V-14.856.991 y JUAN CARLOS PEREDA RIVAS. V- 15.787.822”. http://sucre.tsj.gov.ve/decisiones/2010/mayo/1190-24-RP01-R-2010-000076-.html Ejercicio 3. Scionti Castellano Ernesto Francisco Es quema X Al efecto, se evidencia de las actas consignadas que efectivamente cursa por ante la Fiscalía Novena del Ministerio de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Causa signada con el No. 13-F9-2451-09 y en virtud de un procedimiento practicado por Destacamento No. 47, Segunda Compañía de la Guardia Nacional, el día 23/10/2009, siendo aproximadamente las 4:00 de la mañana, cuando se encontraban cumpliendo instrucciones de sus superiores, instalaron un punto de control móvil en el Sector Tintorero, y avistaron un vehículo Volkswagen, placa 24WWAB, que se desplazaba en sentido Zulia - Lara, conducido por el ciudadano LEONARDO ANTONIO TORRES, quien se encontraba en compañía del ciudadano JOSE ANTONIO RODRIGUEZ GUEDEZ, y a la inspección localizaron tres cajas que tenían en su parte posterior una factura guía No. 0315 emitida por la empresa servicio de encomienda Unión veintidós S.A, a nombre del remitente ERNESTO SCIONTI C.l No. V-8.090.398, con domicilio en Ciudad Ojeda, consignado a nombre de JOSÉ LEÓN con domicilio en la ciudad de Maracay, describiendo en el contenido de la encomienda tres bultos contentivos de Repuestos y pastillas de Frenos con un peso de 50 Kg, y al abrir las cajas se encontró en su interior gran cantidad de vainas de calibre 9mm, impIemento para la fabricación de proyectiles de calibre 9mm y gran cantidad de presunto componente Químico para la fabricación de explosivos (Anfor) una bandeja recolectora de plomo de cuatro (4) compartimientos, un estuche de plástico color negro contentivo de dos (2) troqueles de fabricación de balas, dos (2) recipientes de plástico de forma rectangular color azul; motivo por el cual fue realizada la retención preventiva de la carga descrita así como la detención de los ciudadanos ut supra mencionados. http://jca.tsj.gov.ve/decisiones/2009/octubre/560-28-VP11-P-2009-005293-4C-1616-09.html http://www.estudiosconstitucionales.com/Evaluacion/Proc-penal.pdf DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL INSTITUTO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES ESQUEMA X. Allanamiento Indique si se requiere de orden judicial Requisitos formales: competencia material y territorial. (OMITIR) Requisitos materiales: Indicios serios sobre sobre: La existencia de un hecho punible La autoría del hecho Principio de necesidad La gravedad del hecho (según los bienes jurídicos afectados, la pena prevista en la ley) http://www.estudiosconstitucionales.com/Evaluacion/Proc-penal.pdf DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL INSTITUTO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES Módulo II. El derecho a la libertad personal Ejercicio 4. Jorge Eliecer Abril Camacho (Esquema VII) http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/181B.htm El funcionario policial JORGE ELIECER ABRIL CAMACHO, al conseguir unos ciudadanosen el sitio llamado Center Club, ubicado en el sector la Blanca, que no portaban sudocumentación de identidad, solicitó ayuda a unos ciudadanos, que abrieran la puerta de laToyota, y poder trasladar a los tres ciudadanos que no portaban cedula de identidad hastael Comando del Modulo de la Blanca, para ser identificados. ASUNTO : LP11-P-2006-002204 http://www.estudiosconstitucionales.com/SENTENCIAS_archivos/311.htm Ejercicio 5. Peligro de suicidio (Esquema I) http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/177.htm El ingeniero A tiene desde hace 10 años vida en común con su compañera B. Un día leconfiesa B que desea separarse de él, por haber conocido a otra persona. Luego de unaseria discusión, A dice que se daría un tiro si B se separa de él. Dado que A no lograconvencer a su compañera , toma un cuchillo de la cocina y sale de la casa, con laamenaza: “esto se acabó”. B da aviso a la policía.Los funcionarios de policía siguen a A y procuran convencerlo de entregar el cuchillo, a locual se niega el señor A., quien se lleva el cuchillo a las venas del antebrazo. Losfuncionarios de policía intervienen, le colocan esposas y lo trasladan al Departamento dePolicía, donde es retenido en una celda de arresto. En este procedimiento se le habíadespojado del cuchillo. Al siguiente día el Director de Policía expresa sus dudas acerca dela legalidad de la medida, en cuanto al uso de la fuerza y a la retención del individuo. El concepto material de la privación de libertad http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/212.htm Otras Detenciones Preventivas http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/220a.htm ESQUEMA I. Derechos Fundamentales: http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/177.htm 1) Describa la relación jurídica http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/000.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/001.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/002.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/003.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/004.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/005.htm 2) Principio de Idoneidad http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/033.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/049.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/050.htm 3) Principio de Necesidad http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/034.htm 4) Valoración del derecho de libertad http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/036.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/Evaluacion/Proc-penal.pdf DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL INSTITUTO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES 5) Valoración del bien jurídico protegido http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/036.htm 6) Ponderación entre los bienes jurídicos en conflicto http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/036.htm ESQUEMA VII. La retención para establecer la identificación: http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/181B.htm Se produjo una privación de libertad en sentido material? http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/212.htm La facultad de determinar la identificación a) Los Bienes Jurídicos en Conflicto http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/216.htm b) La Previsión Legal expresa http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/217.htm b) Clausula general http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/218.htm c) El Principio de Idoneidad http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/219.htm d) El Principio de Necesidad http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/220.htm e) El Principio de Proporcionalidad http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/220.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/Evaluacion/Proc-penal.pdf DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL INSTITUTO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES Módulo III. La privación judicial preventiva de libertad Ejercicio 6. Douglas Pérez Pérez Es quema IX http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/163.htm En fecha 11 de Febrero del presente año el imputado esperó y acompañó a varios ciudadanos asiáticos que llegaron al Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía en el vuelo 460 de Air France, procedente de Francia escoltándolos hasta las afueras de dicho terminal aéreo burlando los controles migratorios establecidos al efecto. Se imputa los delitos de Transporte Ilegal de Personas, previsto y sancionado en el articulo 209 ordinal 4º de la Ley de Aviación Civil en concordancia con el articulo 204 ordinal 2º de la misma Ley, es decir, Transporte Ilegal de Personas con Fines de Ingreso Clandestino por Terminal Aeroportuario (pena superior a los diez años) SENTENCIAS_archivos/289.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/SENTENCIAS_archivos/290.htm Pena superior a los diez años VS-SCP-TSJ 20/04/2006 Exp. N°AA30-P-2006-0081 http://www.estudiosconstitucionales.com/SENTENCIAS_archivos/313.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/SENTENCIAS_archivos/BVerfGE19,342.htm Ejercicio 7. Ernesto Escobar Es quema IX http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/163.htm Los imputados fueron detenidos en el Parque Nacional Yapacana, encontrándose cerca de ellos máquinas utilizadas en la minería, perforaciones y deforestación. Para la determinación del peligro de fuga se tomó en cuenta el hecho de encontrarse en una zona fronteriza. El defensor público argumentó que la pena del delito no supera los tres (3) años en su límite máximo. http://www.estudiosconstitucionales.com/SENTENCIAS_archivos/294.htm Arraigo en el país SCP-TSJ 29/06/2006 Exp. 2006-0252 http://www.estudiosconstitucionales.com/SENTENCIAS_archivos/312.htm Ejercicio 8. Eliover José Díaz Rios Es quema IX http://www.estudiosconstitucionales.com/GLOSARIO_Archivos/163.htm Los ciudadanos Jorge Semeco Piña y Juan Carlos Velasco, fueron interceptados por varios sujetos, quienes portando armas de Fuego, y bajo amenazas de muerte, los despojaron de sus pertenencias y al observar que portaban credenciales de un Cuerpo de investigaciones, le efectuaron un disparo a la cabeza a cada uno. La Fiscal Auxiliar Decima Quinta Del Ministerio Público del Estado Falcón solicita, se decrete la Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos Eliover José Díaz Rios y Freddy José Rios http://www.estudiosconstitucionales.com/SENTENCIAS_archivos/295.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/SENTENCIAS_archivos/296.htm http://www.estudiosconstitucionales.com/Evaluacion/Proc-penal.pdf DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL INSTITUTO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES Esquema IX. Privación Judicial Preventiva de Libertad 1. 2. 3. 4. 5. 6. Explique brevemente, según los elementos planteados, la probabilidad sobre: Un hecho punible Fundados elementos culpabilidad. Peligro de fuga (Artículo 251) 3.1. Arraigo en el país 3.2. La pena que podría llegarse a imponer 3.3. La magnitud del daño causado 3.4. El comportamiento del imputado 3.5. La conducta predelictual Peligro de repetición o de continuación del hecho ? Peligro de obstaculización (Artículo 252) 4.1. Destruirá, modificará, ocultará o falsificará elementos de convicción. 4.2. Influirá para que coimputados o coimputadas, testigos, víctimas, expertos o expertas, informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente Improcedencia: La pena no excede de tres años en su límite máximo, y el imputado o imputada ha tenido una buena conducta predelictual (Artículo 253) Excepciones? Evasión del procedimiento (pero es suficiente el mandato de conducción?) No tiene residencia fija en el país No puede demostrar su identidad Medidas cautelares sustitutivas (Artículo 256), cuando p.jem. sólo está presente el peligro de fuga http://www.estudiosconstitucionales.com/Evaluacion/Proc-penal.pdf