Edicto (BOP-2015-3271 - 90,55 Kb)

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Edicto (BOP-2015-3271 - 90,55 Kb)
Número 82
Jueves, 30 de Abril de 2015
Pág. 9910
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E
INSTRUCCIÓN NÚM. 1 DE MARTOS (JAÉN)
3271
Procedimiento: Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 649/2014 a
instancia de Demetrio Peña Lemus.
Edicto
N.I.G.: 2306041C20141000597.
Procedimiento: Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 649/2014.
Negociado:
De: Demetrio Peña Lemus.
Procuradora: Sra. Elisa María Marín Espejo.
Don Manuel Blanca Buendia, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
Núm. Uno de Martos (Jaén) y su partido.
Hago saber:
Que en este Juzgado y con el número 649/2014, a instancia de don Demetrio Peña Lemus,
representada por el procurador doña Elisa Marín Espejo, se sigue Expediente de Dominio
para la Reanudación del Tracto Sucesivo de las fincas que a continuación se especifican:
1ª. Urbana: Casa sin número situada en el paraje Umbría, del término de Fuensanta de
Martos. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Martos, al tomo 1201, libro 112, folio 30,
finca 7333 del Ayuntamiento de Fuensanta de Martos.
2ª. Urbana: Casa sin número situada en el paraje Umbría, del término de Fuensanta de
Martos. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Martos al tomo 1345, libro 126, folio 188,
finca 9008 del Ayuntamiento de Fuensanta de Martos.
Por el presente se cita a cítese a los herederos de don Manuel Peña Peña y doña Obdulia
Rivera Conde, ambos fallecidos, como titulares regístrales del 50% de las fincas objeto de
este expediente; el otro 50% está a nombre del solicitante; los herederos son doña
Encarnación Pérez Rivera, doña Patrocinio Peña Rivera, don Demetrio Peña Rivera, doña
Rocío Peña Rivera y don Fidel Peña Rivera; de ellos viven doña Encarnación y don Fidel;
respecto de doña Patrocinio y don Demetrio también fallecidos, no se conocen sus
herederos, que serán citados mediante el presente edicto; y respecto de la también fallecida
doña Roció Peña Rivera, cítese a sus herederos que son su esposo don Antonio Espinosa
Camacho y sus hijos don Manuel y don Antonio Espinosa Peña; las fincas no han accedido
al catastro, según constátenla certificación aportada; cítese también a don Manuel Luque
Lara y dopa Francisca Camacho Espinosa, como colindantes; y a cuantas personas
ignoradas pueda perjudicar la inscripción de dominio solicitada, para que dentro del término
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de diez días siguientes puedan comparecer ante este Juzgado para alegar lo que a su
derecho convenga; todos los mencionados quedan citados a través del presente edicto; los
que viven y tienen domicilio conocido también, para el caso de no ser encontrados.
Martos, a 24 de Marzo de 2015.- El Secretario Judicial, MANUEL BLANCA BUENDÍA.

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