resente Contrato la

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MIRAFLORES
Municipalidad
deMiraftores
ADS N" 0016-2006.CE/MM"SERVICIODE LIMPIEZA DE LASPLANCHASDEL PUENTEDUARDOVILLENAREY' CONTRATO N° 78 -2006
CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA EXTERNA DE LAS PLANCHAS DEL PUENTE
EDUARDO VILLENA REY
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0016-2006-CE/MM
Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicio, que celebran de una
parte la MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES, con R.U.C. N° 20131377224, con domicilio en la
Av. Larca N° 400 - Miraflores, debidamente representada por el Gerente de Logística, Sr. Jorge
Hinostroza Perla, identificado con DNI W 10063742, de acuerdo a lo dispuesto por la
Resolución de Gerencia Municipal N° 56-2005-GM/MM, a la que en adelante se le denominará
LA MUNICIPALIDAD; Y de la otra parte TRABAJOS VERTICALES SAC, con R.U.C. N°
20505873042, con domicilio en San Juan N° 304 Urb. Santa Teresa - Santiago de Surco,
representado por el Sr. Guillermo Demetrio Mejia Ordóñez, con DNI N° 09877051, según
inscripción en la Partida N° 11460954 de la Oficina Registral de Lima, a la que en adelante se
le denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:
-.
CLAUSULA PRIMERA.DEL PROCESO DE SELECCION
De conformidad con lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM
(en adelante la Ley) y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM (en
adelante el Reglamento), LA MUNICIPALIDAD a través de la Resolución de Gerencia
Ejecutiva N° 008-2006-GM/MM de fecha 18 de Enero de 2006, aprobó el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones para el año 2006, y programó el SERVICIO DE LIMPIEZA
EXTERNA DE LAS PLANCHAS DEL PUENTE EDUARDO VILLENA REY mediante proceso de
Adjudicación Directa Selectiva.
Habiendo la propuesta técnico - económica de EL CONTRATISTA cumplido con los requisitos
establecidos en las Bases y siendo la de mejor costo total entre las otras propuestas
presentadas, se le adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N°
0016-2006-CE/MM.
CLAUSULA SEGUNDA..
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Municipalidades, por lo que está facultada según lo dispuesto en la Ley N° 28652, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio 2006, a efectuar adquisiciones de bienes y
servicios, de conformidad con lo dispuesto por la Ley y el Reglamento.
EL CONTRATISTA es una Persona Jurídica, debidamente constituida e inscrita en los
Registros Públicos, regida por la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades, cuya actividad
principal es la prestación del servicio objeto del presente contrato.
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CLAUSULA TERCERA.EL OBJETO
Por el presente Contrato, EL CONTRATISTA se obliga a prestar el SERVICIO DE LIMPIEZA
EXTERNA DE LAS PLANCHAS DEL PUENTE EDUARDO VILLENA REY (17 servicios) a LA
MUNICIPALIDAD, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas (Anexo N° 01 de las Bases)
de la ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0016-2006-CE/MM, así como las
características, detalles y parámetros contenídos en la Propuesta Técnica presentada por EL
CONTRATISTA, que forma parte integrante del presente contrato, en todos sus términos.
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<'(2CLAUSULA CUARTA.MONTO DEL CONTRATO
A MUNICIPALIDAD abonará al CONTRATISTA, por la prestación del servicio objeto del
resente Contrato la suma total de SI. 67,393.67 (Sesenta y Siete MilTrescientos Noventa y
J! res con 67/100 Nuevos Soles) incluido IGV, de acuerdo al contenido de la Propuesta
\,:.~ Económica presentada por EL CONTRATISTA,
que forma parte integrante del presente
contrato en todos sus términos.
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Gere
DE LAS PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD
es una Entidad del Estado, regida por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
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Av. Larco N" 400 - Miraflores
445-4746 / 445-3419
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MIRA FLORES
Municipalidadde Miraflores
ADS W 0016-2006-CE/MM"SERVICIODE LIMPIEZA DE LAS PLANCHASDEL PUENTEDUARDOVILLENAREY' CONTRATO N" 78 -2006
El pago se efectuará de acuerdo a los términos descritos en el Anexo N° 01 de las Bases de la
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0016-2006-CE/MM.
CLAUSULA QUINTA.- DEL PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará durante un periodo comprendido desde el día siguiente de su
suscripción incluyendo los doce (12) meses de servicio hasta ,la conformidad del último servicio.
CLAUSULA SEXTA.- DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
En garantia del resarcimiento proveniente del eventual incumplimiento en la prestación del
servicio, EL CONTRATISTA entrega documento de fecha 04 de Julio de 2006 en el cual
autoriza la retención de 6,739.36 (Seis Mil Setecientos Treinta y Nueve con 36/100 Nuevos
Soles), suma que equivale al 10% del monto del contrato, durante la primera mitad del numero
total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la
finalización del contrato, según lo establecido en el Articulo 210 de la Ley de Promoción y
Formalización de la Micro y Pequeña Empresa N° 28015.
Asimismo, EL CONTRATISTA hace entrega de la Constancia de no estar inhabilitado para
contratar con el Estado expedido por el CONSUCODE N° 11447
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CLAUSULA SEPTIMA.CONTRATISTA
7.1.
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EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las
obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar
Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
EL CONTRATISTA es responsable total de la ejecución y el cumplimiento del Contrato
de acuerdo a los parámetros de calidad y las condiciones desc~itas en su propuesta
Técnica.
EL CONTRATISTA se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
7.3.1. Las características Cualitativas y Cuantitativas descritas en las Bases de la
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0016-2006-CE/MM.
7.3.2. Las características de su Propuesta Técnica - Económica, comprometiéndose
expresamente a no alterarlas, modificarlas ni sustituirlas, durante la vigencia y
ejecución del presente Contrato sin autorización escrita de la Municipalidad.
CLAUSULA OCTAVA.-
ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD
DE LA MUNICIPALIDAD
Son atribuciones, obligaciones y responsabilidad de LA MUNICIPALIDAD las siguientes:
8.1
Proporcionar a EL CONTRATISTA las facilidades y toda información disponible que se
requiera, para la correcta prestación del servicio objeto del presente contrato.
8.2
Efectuar el pago oportuno, de acuerdo a la Cláusula Cuarta.
8.3
LA MUNICIPALIDAD, para el seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del
presente Contrato y otorgar la conformidad de servicio designa a la Gerencia de
Limpieza Pública y Áreas Verdes.
CLAUSULA NOVENA.-
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DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL
DE LAS PENALIDADES
EL CONTRATISTA,en caso de incumplimientopor moraen la entregade los bienes,se obliga
a asumir las penalidades previstas en el Articulo 2220 del Reglamento.
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mi CLAUSULA
DECIMA.-
CAUSAL ES DE RESOLUCION POR CAUSAS IMPUTABLES
AL CONTRATISTA
del presente contrato, las establecidasen el Articulo 2250 del
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Av. Larca W 400 - Miraflores
445-4746 I 445-3419
MIRA FLORES
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Municipalidadde Miraftores
ADS N" 0016-2006-CE/MM"SERVICIODE LIMPIEZA DE LAS PLANCHASDEL PUENTEDUARDOVILLENAREY' CONTRATO N" 78 -2006
CLAUSULA DECIMO PRIMERA.RESOLUCION DE CONTRATO
La resolución del presente contrato se formalizará de conformidad con el Artículo 2240 del
Reglamento.
El procedimiento de resolución de contrato se encuentra previsto en el Artículo 2260 del
Reglamento, conforme al cual ante la falta de cumplimient,ode sus obligaciones por alguna de
las partes, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga
en un plazo no mayor a cinco (5) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato. Si vencido
dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada resolverá el contrato en forma total
o parcial, mediante carta notarial.
-
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA.SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del Contrato,
será resuelta mediante Conciliación y/o Arbitraje, conforme a las disposiciones de la Ley y el
Reglamento.
CLAUSULA DECIMO TERCERA.DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS
EL CONTRATISTA deberá responder en caso de daños y perjuicios, ocasionados como
consecuencia del incumplimiento del presente contrato; igualmente, responderá por los daños y
perjuicios causados a LA MUNICIPALIDAD o a terceros, por actos propios o de su personal,
en los que medie dolo o culpa inexcusable en la prestación del servicio.
CLAUSULA DECIMO CUARTA.- CONDICIONES FINALES
Forman parte integrante del presente contrato, las Bases de la ADJUDICACION DIRECTA
SELECTIVA N° 0016-2006-CE/MM, el contenido de los sobres que EL CONTRATISTA
presentó en el citado proceso de selección.
En todo lo no previsto, son de aplicación las disposiciones de la Ley, el Reglamento y,
supletoriamente, las disposiciones del Código Civil.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente contrato a los 04 días de julio de
2006
IRAFlORES
-EL CONTRATISTA
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Av. Larco W 400 - Miraflores
445-4746 I 445-3419

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