Envio y legalizacion contabilidad existencias via internet
Transcripción
Envio y legalizacion contabilidad existencias via internet
ENVIO Y LEGALIZACIÓN CONTABILIDAD EXISTENCIAS VIA INTERNET A partir de este mes de noviembre todas las INSTALACIONES tienen la posibilidad de legalizar los libros contables, que hasta ahora se presentaban mensualmente en papel, por vía Internet. Previamente se deberá solicitar AUTORIZACION por las empresas que ya tengan autorizado el llevar la contabilidad por procedimientos informáticos, mediante escrito dirigido a la Oficina Gestora de II.EE. Una vez la Oficina Gestora expida la AUTORIZACION, se podrán legalizar los libros contables a través de la pagina web de la Agencia Tributaria, en el apartado Oficina Virtual de Aduanas e Impuestos Especiales que requiere tener un certificado de usuario (Opción 22. Presentación de libros contables de Impuestos Especiales). Dentro de la aplicación podremos localizar nuestro establecimiento por NIF o por NIF y CAE, y legalizar los libros contables anexando archivo, que podrá ser formato Word, Excel o PDF no superior a 5MB. Finalmente se firma y se envía la información y la aplicación muestra la pantalla de Libros contables del establecimiento con el libro contable anexado y el mensaje de respuesta del alta realizada. Asimismo, informarles de que existe la posibilidad de apoderar a un tercero para que éste pueda realizar por Internet, con su propio certificado electrónico de usuario. En esta opción es el propio poderdante el que da de alta al apoderado a través de la pagina web de la Agencia Tributaria, en el apartado Oficina Virtual de Aduanas e Impuestos Especiales que requiere tener instalado un certificado de usuario (APARTADO 6.3.1. “ALTA DE AUTORIZACIONES”), el enlace es https://www3.aeat.es/ADUA/internet/aduanaie.html.