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Transcripción
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-BCR ¡r.Jftlt!¡ini t?lltitt BCR CORREDOM DE SEGUROS S.A, BAI]INCE GENERAL T/ AL 3O DE SETIEMBRE DEL 2012 (Cifras en colones exactos) 72 1,983,726,409 ACTIVO 2Y3 DISPONIEILIDADES Depósitos a la vista en entidades financieras delpafs INVERSIONES EN TNSTRUMENTOS FINANCIEROS Inversiones dispon¡bles para la venta Cuentas y productos por cobrar ¿rsoc. a inversiones en instrumentos 1,717,052,331 131,424,394 131,424394 42,660,444 1,633,7 47 ,797 7,614,946,076 841,695,496 44t,695,496 82,660,444 1A,a01,727 COMISIONES, PRIMAS Y CUENTAS POR COBRAR Comisiones por cob¡ar Primas vencidas Cuentas por cobrar por operaciones bursátiles Cuentas po¡ cobrar por opefaciones con partes relacionadas lmpuesto sobre la renta dife¡ido e impuestos sobre lá renta por cobrar [Estimación por deterioro de comisiones, primas y cuentas por cobrar) 72,O25,495 s94,675,517 2A,573,863 567,059,517 6.457,017 36,995,027- 6,299,14; 21,316,797 - 146,52a319 oTROSACTIVOS Gastos pagados por anticiPado 19A,020,473 146,463,569 79A,02O,473 PASTVO 408,730,577 417,1A2,780 CUENTAS POR PAGAR YPROVISIONES 4O8,730,577 417,182,74O ts2,977,t¿A 74,650343 Provisiones Transferencias corr¡entes a 0iganos Descentralizados Impuestos sobre la renta por pagar Cargos por pagar diversos 0tras p¡ovisiones lmpuestos sobre la renta diferidos 124,4LA,567 PATRIMONIO CAPITAL SOCIAL Y CAPITAL M¡NIMO FUNCIONAMIENTO Capital pagado 17,722,966 177,229,660 14,476,17 6 12,955,127 96,499,644 908,639 45,764,432 r,s7 4,995,432 1,299,869,551 250,000,000 250,000,000 250,000,000 250,000,000 1,049,432 AIUSTES AL PATRIMONIO 1,049,432 Ajustes alvalor de los activos RESERVAS PATRIMONIALES Rese¡wa legal RESULTADOS ACUMULADOS DE EIERCICIOS ANTERIORES Utilid¿des acumuladas de etercicios anLeriores RESULTADO DEL PER¡ODO Utilidad neta del periodo L¡c. Kareñ Gre8ory Gerente General 163,506,195 s0,000,000 34,23A,232 50,000,000 34,23A,232 995,144,932 995144,932 619,818,412 278,761,464 395,812,907 278,761,464 395,A12,907 619,814,412 wang Aud¡tora Interna o Teléfono: (50ó) 2287-9022. Fox: (50Ó) 2221'3240 Web: www boncobcr.com ' APortodo 10035'1 000 Son José' Coslo Rico -BCR @@ BCR CORR,EDORA DE SEGUROS ESTADO DE RESULTADOS AI 3O DE SETIEMBRE DEL 2OI2 (Cifras en colones exactos) INGRESOS FINANCIEROS Ingresos financieros por disponibilidades Ingresos financieros por inversiones en instIumer¡tos financieros Ganancias por diferencial cambiario y unidades de desarrollo (UDl GASTOS FINANCIEROS Pérdidas por diferencial cambiario y unidades de desarrollo (UD) 67,305,038 31,913,254 66,r67,079 1,743,886 224 31,529,296 3A3,734 1o,432,7A0 \a6o,gzs 10,432,780 r,860,925 56,A72,258 UTILIDAD (PERDIDA) POR OPERACION DE SEGUROS 30,052,330 a,67A,673 INGRESOS POR RECUPERACIÓN DE ACTTVOS Y DISMINUCIÓN DE lngresos por disminución de estimaciones de cuentas y comisiones por 10 INGRESOS OPERATIVOS DIVERSOS 11 8,674,67 3 1,513,538,093 7,269 ,7 7 4,633 Comisiones por servicios lngresos impuestos diferidos Otros jngresos con partes relacionadas Otros ingresos operativos 47 ,563,460 196,200,000 197 ,403,283 11,797,307 4,674,673 GASTO POR ESTIMACIÓN DE DETERIORO DE ACTTVOS Gasto por estimación de deterioro de cuentas y comisiones por cobrar a,678,67 3 163,344,374 GASTOS OPERATIVOS DIVERSOS 1,634,064,779 7,424,A7 4,195- 164,743,763_ 2,526,254 Comisiones por servicios 7 21,203 Gastos Por Provisiones Gastos con Dartes relacionadas Otros gastos oPerativos 155,308,506 5,509,610 GASTOS DE ADMINISTRACION 991,004,084 908,571,813 921,126,133 69,A77,952 843,977,203 Gastos de personal Gastos generales UTILIDAD (PÉRDIDA) NETA POR OPEMCIóN DE SEGUROS 416,061,893 167,259,27 5 2,803,285 64,594,61.0 590,765,533 UTILIDAD ÍPÉRDIDA) NETA ANTES DE IMPUESTOS Y PARTICTPACIONES 416,06t,A93 590,765,533 TMPUESTO Y PARTICTPACIONDS SOBR.E IIT UTILIDAD Impuesto sobre la renta Participaciones legales sobre la utilidad 137,300,425 794,952,626 124,818,568 12,4A1,857 177,229,660 77,722,966 27A,76,,464 UTILIDAD ANTES DE RESERVAS 27A,761,464 UTILIDAD ÍPERDIDA) NETA DEL PERIODO 395,A12,907 395,A12,907 Lic. Douglas Soto Auditora Interna Teléfono: {50ó) 2257.9022. Fox: (50ó) 222:|'3240 o Web: www.boncobcr'com Contador Costo 'Aportodo 10035-,|000 SonJosé' Rico -BCR BCR CORREDORA DE SEGUROS ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO Para el 3er trimestre terminado el 30 de Setiembre de Período 2012 y Período 2011 (En colones sin céntimos) 2,OLz 11 27A,76r,464 395,412,907 278,7 61,464 395,472,907 variación en los activos (aumento), o disminuclón 44,6AA,755 (456,27 4,s96) Comisiones por cobrar Impuesto de la renta diferido e impuesto de la renta por cobrar 704,427,862 (r2,57 9 ,596) Otros activos (48,202,943) (273,s93,e00) (71,643,346) (17r,037,3So) Fluio de efectivo de las actividades de operación Resultados del período 1,049,432 Ajuste al valor dc los activos variación en los pasivos (aumento), o disminución L86,277,3 Otras cuentas por pagar y provisiones (7,372,99AJ (7,724,1L4) 186,2L1,34r 41. [248,884) Otros pasivos Flujos netos de efectivo de actividades de operación: 509,66t,564 (67,A34,647) (520,7 78,828) (149 ,57 2,7 Fluios netos de efectivo de las actividades de inversión Aumento en Instrumentos financie¡os [excepto mantenidos para [egociar] Aumento en productos por cobrar asociado a inversiones en inst. financieros Fluios netos de efectivo provisto(usado] por las actividades de inversión (257 ,407 149,212,437 Efectivo y equivalentes al inicio del año Efect¡vo y equivalentes al final del año ) Ía9,s72,7 57) (s27,449,604) (n,7aa,o4o) Aumento neto de Efectivo 57 (6,730,77 6) ,444) 3+0,064,247 a2,660,444 Lic. Enr¡que So-sfa Gor Gefente General Auditora Interna Te|éfono:{50ó)2287-9022.Fox:(50ó12221.3240.Web:www.boncobcr.com.Aportodo]0035.1000SonJosé,CostoRico -BCR .¡ F F -r.! :!- $ B <, H hlu i r' l¡ll lell l$l$ . co o o\ o F lcoll ltilo l o|.ll lo\l ¡ l]il l:l FlH l:ll lsl : d-rl,lll,ls ::€ g i.s ñE 'É Hil-lll,l -l,lll=l PE0 11 ¿,8 zñ 2l ^.= > 6a =0. E.c ó <:'! 6-9t E ia= e c: E.E z a.i 2au E€: i3:oU o a.9 ü(^ ^O q,; <E hE -o =l=il1=l* ñlalllñl z .! € lq iESiE ñR*ñF .o-!.:'oÉi XoN> s ;Fs X :!EB 39RE 3sE €€!EE 3;€l e;.E; e.E;,Ee P.! 3 E3 EÉÍ ! E st É é € E É 3 ;.¡-:¿b.omi-;o E 9 9. _e= b P: ñJJ5 Teléfono: (50ól 2287'9022' s . i E : t= E áP Fox: (50ó) 2221'3240 S ó i ' Web: www o Aoortodo 10035-l 000 Son José, Costo Rico -BCR BCR SOCIEDAD CORREDORA DE SEGUROS, S.A. I¡formación Financiera requerida por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE) (Una compañía propiedad total de Banco de Costa Rica) Estados Financieros 30 de setiembre del 2012 (Con cifras correspondientes al 201 Teléfono: l) (50ó) 2287-9022. Fox: (50ó) 2221-32AO o Web: www.boncobcr.com ' Aporiodo lOO35-IOOO SonJosé' Costo Ric/¡ [.\ /l -BCR @ (l) (a) Resumen de operaciones v ooliticas importantes de contabilidad O¡eraciones BCR Sociedad Corredora de Seguros, S.A. (en adelante la Compañía) fue inscrita ante el Registro Público como sociedad anónima el 6 de febrero de 2009, de acuerdo con las leyes de la República de Costa fuca, por un periodo de noventa años. La actividad principal es brindar servicios de intermediación de seguros bajo la figura de coneduría de seguros, comercializando seguros emitidos por las distintas aseguradoras que estén autorizadas a operar en el país. La Compañía inició operaciones el I de junio de 2009, para el periodo 2012, mediante el oficio I 1599, la Contraloria General de la República aprobó el presupuesto ordinario para el periodo terminado €l 3 I de diciembre de 2012. La Compañía fue creada a raíz de las nuevas regulaciones de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros, Ley No.8653, publicada el 7 de agosto de 2008, donde se indica que solamente podrán realizar oferta pública de seguros y negocios de seguros quienes cuenten con autorización para ello. En el capitulo lV de la Ley No.8653, se hace referencia a la actividad de intermediación de seguros que comprende Ia promoción, oferta y, en general, los actos dirigidos a la celebración de un contrato de seguros. BCR Sociedad Corredora de Seguros, S.A. es una subsidiaria prcpiedad total del Banco de Costa Rica. La Compañía se encuentra domiciliada en San José, Costa Rica. del La Compañía no cuenta con sucursales, agencias, ni con cajeros automáticos bajo su control. Asimismo, al 30 de Setiembre 7l 2012, BCR Sociedad corredora de Seguros, s.A. Cuenta con empleados. La dirección de la página web es www.bancobcr.com (b) Base de contabilidad por el Los estados financieros adjuntos han sido preparados de acuerdo con las disposiciones de carácter contable, emitidas Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) y por la Superintendencia General de Seguros (SUCESE). Durante el año 2009, la actividad de regulación de seguros le correspondió a la Superintendencia de Pensiones (suPEN) y a parti¡ del I de enero de 2010, !e corresponde a la superintendencia General de seguros (suGESE). (SUGEF) Ia El 24 de abril de 2009, el Banco de Costa Rica realizó ante la Superintendencia General de Entidades Financieras de diciembre de pasado y 6 solicitud de incorporación como part€ del Conglomerado Financiero del Banco de Costa Rica; fue el al SA, de Seguros 2010. mediante el oficio C.N.S. 893/08/08, que se autorizo la incorporación de la sociedad BCR Corredora Conglomerado Financiero del Banco de Costa Rica y subsidiarias. estados financieros se detallan más Las politicas contables más importantes utilizadas por la Compañía en la preparación de sus adelante. Estos estados financieros comprenden el período transcurrido entre el Teléfono: {50ó) 22879022. Fox: (50ó} 2221'3240 I de enero y el 30 de Setiembre del 2012 10035-1000 Son Jos/é' Costq 'Web: www boncobcr'com 'Aportodo *A Rico -BCR ¿n1T'!|tttir¡tartl (c) Moneda extranjera i. Transacciones en moneda extran¡era y pasivos mantenidos en moneda extranjera son convertidos a colones costarricenses a la tasa de cambio prevaleciente a la fecha del balance general, con excepción de aquellas transacciones con tasas de cambio contractualmente acordadas. Las transacciones en moneda exuanjera ocurridas durante el año son convertidas a las tasas de cambio que prevalecieron en las fechas de las transacciones. Las ganancias o pérdidas por conversión de moneda extranjera son reflejadas en las cuentas de ingresos o gastos por diferencial cambiario y UD. Los activos ii. Unidqd monetaría y regulqciones cambiariqs Los estados financieros y sus notas se expresan en colones costanicenses (É), la unidad monetaria de la República de Costa Rica. A partir del 17 de octubre del 2006, entró en vigencia una reforma al régimen cambiario por parte del Banco Central de Costa Rica (BCCR), mediante la cual se reemplaza el esquema cambiario de mini devaluaciones por un sistema de bandas cambiarias producto de lo anterior, la Junta Di¡ectiva de dicho órgano acordó establecer un piso y un techo, los cuales se van a modificar dependiendo de las condiciones financieras y macroeconómicas del país. Conforme a lo establecido en el Plan de Cuentas, los que activos y pasivos en moneda extranjera deben expresarse en colones utilizando el tipo de cambio de compra de referencia divulga el Banco Central de Costa Rica. Al É5 y 30 de Setiembre del 2012, los tipos de cambio de referencia frjados por el Banco Central de Costa Rica fueron de É492,42 03.3 I por US$ 1,00, para la compra y venta de divisas, respectivamente. iii. Método de vqluación de activos y pasivos en moneda exhqnJera Como resultado de esa valuación en colones de los activos y pasivos monetarios en moneda extranjera, durante el periodo renninado el 30 de Setiembre del 2012, se generaron ganancias por diferencias cambiarias por 11,143.88ó y pérdidas cambiarias por 110,432.780. Estas cifias se presentan en el estado de resultados. (d) Base para la medición de activos Y pasivos pa¡a la venta Los Los estados financieros han sido preparados sobre la base del valor razonable para los activos disponibles políticas de otros activos y pasivos financieros y no financieros se regisfan al costo (amortizado) o al costo histó¡ico. Las contabilidad se han aplicado en forma consistente. (e) lnstrumentosfinancieros compañia y a la vez un Se conoce como instrumentos finanCieros a cualquier contrato que origine un activo financiero en una lO que se denominan incluyen financieros DaSivo financiero O instrumento patrimonial en otra compañía. Los instrumentos pagar' instrumentos primarios: disponibilidades, cuentas por cobrar, obligaciones y cuentas por t. Clasif;cacíón de los inslrumentos fnancieros con la Normativa Contable Las inversiones en instrumentos financieros son clasificadas a la fecha de compra, de conformidad Estas se clasifican como aplicable a los Entes Supervisados por suGEF, SUGEVAL y SU?EN y a los emisores no financieros. sisue: Teléfono: {50ó) 2287-9022. Fox: (50ó) 2221-3240. Web: www.boncobcr.com ' Aportodo I OO35-l0OO Son-JoifiCosto Rico *t\\ fBCR @E@ ' Las inversiones en instrumentos financie¡os de los entes supervisados deben ser Las clasificaciones efectuadas por la Compañia se detallan a continuación; Valores disponibles para la Ycnta Son activos financieros que no son mantenidos para negociar, originados por la Compañía o mantenidos hasta su vencimiento. Los instumentos disponibles pam la venta incluyen colocaciones en el mercado mon€tario y ciertas inversiones de deuda Los valores mantenidos como disponibles para la venta se presentan a su valor razonable y los intereses devengados y la amonizac¡ón de primas y descuentos se reconocen como ingresos. Los cambios en el valor razonable de estos valores, si los hubiese, son registrados direatamente al pat¡imonio neto hasta que los valores sean vendidos o se determine que éstos han sufrido un deterioro de valor; en estos casos, las ganancias o pérdidas acumuladas previamente reconocidas en el patrimonio neto son incluidas en el estado de resultados. Reconocímíento La Compañía reconoce los activos disponibles para la venta en el momento en que se compromete a adquirir tales activos. A partir de esa fecha, cualquie¡ gananaia o pérdida originada de los cambios en el valor razonable de los activos se reconoce en el patrimonio. La excepción a lo anterior lo constituyen las ganancias pérdidas por cambios en el valor razonable de las inversiones en fondos de inversión financieros abiertos, las cuales se registran en los resultados delperíodo, Los activos mantenidos hasta el vencimiento, los préstamos y las cuentas por cobrar originados por la Compañía se reconocen a la fecha de su liquidación, es decir, en el momento en que se transfieren a la Compañia Ill. Medícíón Los instrumentos financierOs se miden inicialmente al costo, que incluye los costos de transacción. posterior al reconocimiento inicial, todos los activos disponibles para la venta se miden al valor razonable, excepto por las las cuales inversiones que no se a6tizan en un mercado activo y Cuyo valor razonable no se pueda medir de manera confiable, Se registran al costo, incluyendo las pérdidas por deterioro. (amortizado), menos las Todos los activos y pasivos financieros no negociables, préstamos y cuentas por cobrar se miden al costo y se amofiza relacionado en libros del instrumento pérdidas por deterioro. Cualquier prirna o descuento se incluye en el valor llevándolo al ingreso o gasto financiero iv. Principios de medición del valor razonable a la fecha de los estados financieros' El valor razonable de los instrumentos financieros se basa en su precio de mercado cotizado sin incluir cualquier deducción por concepto de costos de transacción' v. Gqnqncias y perdidas en mediciones posteriores para la venta se y pérdidas producidas por una modificación en el valor razonable de los activos disponibles en cuyo momento la pérdida se ,""oioa"n di.ectam"nte en el patrimonio hasta que una inversión se aonsidere deteriorada, pérdida Las ganancias de los activos financieros, la ganancia o reconoce en el estado de resültados. En el caso de la venta, cobro o disposición acumulada que se reconoce en el patrimonio se transfiere al esiado de resultados' feléfono: (50ó) 2287-9022. Fox: {50ó} 2221-3240 ' Web: www. boncobcr.com ' Aportodo 10035-1000 son Joffi Costo Rico 2',\ .BCR tiñFtlliEttt'tttt¡tlt¡lt (0 Efectivo y eouivalentes de efectivo El efectivo y los equivalentes de efectivo comprenden saldos de efectivo en caja, efectivo depositado con bancos y las inversiones de alta liquidez y corto plazo con vencimientos de dos meses o menos cuando se compran. (g) Comoensación de saldos Los activos y pasivos financieros se compensan y su valor neto es registrado en el balance general, siempre que la Compañía tenga el derecho, exigible legalmente, de compensar los impo¡tes reconocidos en los citados instrumeDtos y tenga la intención de pagar la cantidad neta, o de realizar el activo y, de forma simultánea proceder al pago del pasivo. (h) Deterioro de activos financieros Los activos financie¡os que se registran al costo o a su costo amortizado, se revisan a la fecha de cada balance general para determinar si hay evidencia objetiva de deterioro, Si existe tal tipo de evidencia, la pérdida por deterioro se reconoce con base en el monto recuperable estimado. y la disminución se puede vincular y efecto es reconocido en el estado de su pérdida, ésta se reversa la objetivamente a un evento ocurrido después de determinar Si en un período subsiguiente, el monto de la pérdida por deterioro se disminuye resultados. (i) Cuentas por cobrar Las cuentas por cobrar se registtan al costo. 0) Estimación por deterioro de cuentas por cob¡ar y La estimación para cuentas de cobro dudoso se basa en la evaluación periódica de la cobrabilidad de las cuentas por cobrar considera varios factores, incluyendo la situación económica actual, experiencia p¡evia de la estimación y la morosidad (k) Deterioro de activo indicación El monto en libros de un activo se revisa en la fecha de cada balance general, con el fin de determinar si hay alguna reconoce cuando por se pérdida deterioro La activo, de ese recuperable el monto estima de deterioro. De haber tal indicación, se para aquellos ¡esultados de en el estado pérdida se reconoce tal monto recuperable, el monto en libros de tal activo excede su activos registrados al costo. precio neto de venta con el El monto recuperable de los activos equivale al monto más alto obtenido después de comparar el El valor en uso y transparente' lible valor en usO. EI precio neto de venta equivale al valor que se Obtiene en transacción uso continuo de un activo y de su coresponde al valor actual de los flujos y desembolsos de efectivo futuros que se derivan del disposición al ñnal. se puede relacionar bajo crilerios en un período posterior disminuye el monto de una pérdida po¡ deterioro y tal disminución del estado de resultados o de patrimonio objetivos a una situación que ocurrió después del castigo, el castigo se reversa a rravés si según sea el caso, (l) Olras cuentas oor pagar y orovisiones Las otras cuentas por pagar y provisiones se registran al costo o feléfono: (50ó) 2287.9022. Fox: (50ó) 2221-3240 Web: www. boncobcr.com ' APortodo I 0035-l 000 son José'/cosio Rico ¿A fBCR @ (m, Provisiones Una provisión es reconocida en el balance general cuando la Compañia adquiere una obligación legal o contractual como resultado de un evento pasado y es probable que se requiera un desembolso económico para cancelar tal obligación. La provisión realizada es aproximada a su valor de cancelación, no obstanle puede diferir del monto definitivo. El valor estimado de las provisiones, se ajusta a la fecha del balance general afectando directamente el estado de resultados. (n) Beneficios a emoleados La legislación costarricense requiere el pago de cesantía alpersonal que fuese despedido sin causajusta. La legislación indica el pago de 7 días de salario para el personal que tenga entre 3 y 6 meses de laborar, 14 dias para aquellos que tengan más de 6 meses y menos de un año y finalmente para los que posean más de un año de acue¡do con lo establecido por la Ley de Protección al Trabajador. En febrero de 2000, se publicó y aprobó la "Ley de Protección al Trabajadof', la cual contempla la transformación del auxilio de cesantía, asi como la creación de un régimen obligatorio de pensiones complementarias, modificando varias disposiciones actuales del Código de Trabajo. que se De acuerdo con la Ley, todo patrono, debe aportar un 3yo de los sala¡ios mensuales de los trabajadores, durante el tiempo que el (CCSS) inició desde Social mantenga la relación laboral, el cual es recaudado por la Caja Costa¡ricense del Seguro por el Íabajador. sistema, y los respectivos aportes son t¡asladados a las Enridades Autorizadas de La Compañia ¡egislra una provisión sobre la base de un 5,33yo de los salarios pagados a sus empleados, de los cuales un 27o (ASOBANCOSTA) Empleados de Solidarista esta provisión mensual se le traspasa a la Asociación (o) Reserva legal De conformidad con la legislación costanicense vigente, la Compañia asigna el 5% de la utilidad antes del impuesto sobre la renta Dara la constitución de una ¡eserya especial hasta alcanzar el 20% del capital social' (p) Impuesto sobre la renta CorrienÍe es el impuesto estimado a pagar sobre la renta gravable para el año, utilizando las tasas antenores. vigentes a la fecha del balance general y cualquier otro ajuste sobre el impuesto a pagar con lespecto a años El impuesto sobre la renta corriente Difefido se aplica para aquellas diferencias El impuesto de renta diferido se registra de acuerdo al método pasivo del balance. Tal método para propósitos fiscales' y utilizados los valores tempárales entre el valor en libros de activos y pasivos para efectos financieros gravables (las cuales temporales diferencias ya como sea De acuerdo con esta norrna, laS diferencias temporales se identifiCan el futuro en partidas en (las resultaran cuales resultaran en el futuro en un monto lmponible) o diferencias temporales deducibles por impuesto diferido y activo gravable, un deducibles). Un pasivo diferido por impuesto representa una diferencia temporal representa una diferencia temporal deducible de su ¡ealización' Los activos por impuesto diferido se reconocen sólo cuando existe una probabilidad razonable feléfono: (50ó) 2287-9022. Fox: {50ó) 2221-3240 ' Web: www. boncobcr'com ' Aportodo 10035-1000 Son JoséTGosto Rico z'lÁ .BCR @ (d Utilidad básica por acción La utilidad básica por acción mid€ el desempeño de una entidad sobre el periodo ¡epolado y la rnisma se calcula dividiendo la utilidad disponible para los accionistas comunes ent¡e el promedio pondcrado de acciones comunes en circulación dura¡te el período. G) Pa¡ticioación sobre las utilidades De acuerdo c¡n el artícuto 46 de la Ley Nacional de Emergencia y Prevención del Riesgo, todas las instituciones de la Administración Central, la Administración Pública Desc€ntralizada y las empresas públicas, girüá¡ a la Comisión Nacional de Emergencia (CNE) un hes por ciento (37.) de las ganancias y del superávit presupuesta¡io acumulado, libre y total, que cada una de ellas reportg el cual será depositado en el Fondo Nacional de Emergericias, para el financiamiento dcl Sistema Nacional de Gestión del Riesgo. El gasto conespondiente a CNE, s€ calcula como un 37o de la utilidad antes de impuestos y pa¡ticipaciones. Por el perlodo terminado el 30 de Setiembre de 2012, la participación por este conepto ascieñe a 912,4AL851 (s) Uso de estimaciones La Administración ha efertuado un número de estimaciones y supuestos relacionados al informe de activos, pasivos, resultados y la revelación de pasivos conting€ntes, al prcparar estos estados financieros. Los resultados reales pueden diferir de estas €stimaciones. (t) Reconocimientos de ineresos v gastos L Ingreso Y gqsto Por inlereses El ingreso y el gasto por intereses s€ reconoc€ en el estado de resultados sobre la base de dcvengado El ing¡eso y gasto por intereses incluye la amortización de cua.lquier pr¡ma o descuenúo düante el plazo d€l instsumento hasta el vencimiento. ii. Ingreso Por comisiones por la ejecución d€ Las comisiones por intermediación de seguros se originan por sewicios que presta la Compañí4 se consideran real¿ables y la de devengado. un acto concreto, se rcconoc€n sobre base iíi. Gqstos de adminislroción ellos. Los sastos administ¡ativos se reconoce¡ en el momento de recibir el servicio o el bier¡ es decir, cuando se incurre en Teléfono: {50ó) 2287-9022 o Fox: (50ó} 2221-3240 ' Web: www.boncobcr.com ' APoriodo I OO35-l OOO Son José' f\tto /..IY Rito .BCR titlF!:litittGtlt?fiFr¡lf (2) Saldos y tansacciones con partes relacionadas Al 30 de Setienb¡e del 2012, los estados financieros incluyen saldos y transacciones con partes telacionadas. los cualcs se resumen así: Act¡vos 20t2 201 I Disponibil¡dades 131,424,398 82,660,844 841,695,496 1,337,857,r 00 Inst. Finan Paf€s Relacionadas Productos P.Com P. Inv. Disp. para la Venta Tot¿l Activos t8,801,721 ------i$j64r Pasivos Olras cuentas por pagar: t2,955,t27 18,87ó,176 18,876,176 Cuentas por Pagar por Servicios administrativos Total Pasivos 12,955,127 20l 20t2 Otros ine¡esos de Operaciónl Otros ine¡esos por disponibilidades l 224 4t,573 31,529,296 r96,200,000 213,94t,646 228,932,804 155,308,50ó 161,259,215 t7 ,7 lngresos por Inve¡siones Por comisiones por servicios Total Ingresos 197,403,284 Por otros eastos de Administracion: Por servicios administrat¡vos Total Castos (3) Al -----1353¡8Jo-- rÁt tso )'71 Disponibilidades 30 de Setiemb¡e del 2012, las disponibilidades se detallan a continuacion: Saldos Entidades fi nancieras Cl¡entas corrientes en moneda nacional con partes relacionadas (vease nota 2) Cuentas corrientes cn moneda extraJljera con pa¡tes relacionadas (vease nota 2) Tolal Activos 20ll 20t2 locales: 82,314,401 I I1,416.255 20,008.143 ------1fM3ñ 346,43'l --- E@S¡¡- (4) Cuentas por Cobrar Al 30 de Setiembre del 2012, las cuentas por cobrar se encuentran conformadas de la siguiente forma: 2012 201I Institulo Nacional de Seguros 28,573,863 561,059,517 Impuesto de Renta Diferido Funcionario y Empleados Sub Total 36,995,021 2t,3t6.797 6,299,143 Sobre las cuentas por cobrar. se tienen 20t2 201 I Estimacion por deterioro dc comisiones, primas y cucntas por cobra¡ Cuentas por Cobra¡ nelas Teléfono: {50ó) ------7rÍff3fi4 ---- )e4-b / 2287-9022. Fqx: (50ól 2221.3240. Web: www.boncobcr'com ' rr I i APo¡odo ,l0035-1000 sonJosé' C¡6to Rico ¿41 -BCR @ Al 30 de Setiembre del 2012, Ias cuentas por cobrar clasificadas por morosidad se detallan como sigue: 20t2 201 I AIdia 136,853,?98 )l Dela30dias De 3l a ó0 dias De ól 5?'¡ tÁl 14,587,01? 55.358,500 a 90 dias Mas de 9l 360,260,263 dias 567,059,517 28,573.863 Al día de hoy existe un proceso de revisión definido y acordado cntre BCR Corredora de Seguros y el lnstituto Nacional de Seguros que permite garantizar que todas las pólizas intermediadas por la Corredora de Seguros, estén correctamente asignadas en los sistemas del lnstituto. (5) Cuentas por pasar v provisiones Al 30 de Setiembre del 2012, las otras cuentas por pagar y prcvisiones se presentan a continuación: 20t2 201 I Aportes laborales 6,361,096 4,364,182 7,151.853 Impuestos retenidos por paga¡ Cuentas por pagar a partes relacionadas (vease nota Impuestos de renla por paga¡ Otras cuentas por pagar 2) r8,8?6,176 12,955,121 124,818,567 177,229,660 140,567,957 151,354,702 45,768,832 96,499,684 Otras Provisiones 908,ó39 Inpuesto sobre la renta diferido -r0-8-;t3ó¡?s-- (6) 19,149,l8l 8,769,r83 I I,138,517 Aportes Patronalcs por pagar ------TrjEjtr lmpuesto sobre la renta sobre la renta por el De acuerdo con la Ley del tmpuesto sobre la Renta, la Compañía debe presenta¡ la declaración de impuesto período que termina el 3l de diciembre de cada año. sobre la renta y el gasto que Por el período terminado el 30 de setiembre del2012,la diferencia entre el gasto de impuesto resuliaría de aplicar la tasa del impuesto a las utilidades, se concilia como sigue: 201I 2012 171,229,660 t24,818,56',7 Impuestos sobre renta esp€rado Menos Ingresos no gravables Mas gastos no deducibles Impuesto sobre renta Las Autoridades Fiscales pueden revisar -=fr18@ -it4ri¡r67 presentará para el periodo terminado el 31 de la declaración de impuestos que se diciembre de 2012. Teléfono: (50ó) 2287-9022. Fox; (50ó) 2221-3240. Web: www. boncobcr.com ' APortodo I 0035-1 000 Son José' Rico losto zx\ 10 -BCR tillfmi!:ffmtmtt¡tl (7) Patrimonio capi¡¿l¡osjsl Ia Compañía está conformado por 5.000 de acciones comunes y nominativas, autorizadas y emitidas con un valor nominal de 150.000 cada una, para un total de É250.000.000. Al 30 de Setiembre de 2012, el capital social de (8) Utilidad básica oor acción Por el periodo teminado el 30 de Setiembre del 2012, el cálculo de la utilidad básica por acaión se basa en la utilidad neta atribuible a los accionistas comunes y se detalla como sigue: 20t2 201 I 395,812,907 278,161,468 Util¡dad ncta del periodo 5.000 Cantidad promed¡o de acciones comu¡es 79,t63 Utilidad neta por accion basica (9) Ingresosfinancieros por el periodo terminado el 30 de Setiembre del 2012, el detalle de ingresos financieros se presenta a continuación: 201 | 2012 lntereses por disponibilidades en baüco locales (vease nota 2) Ingresos Financieros por Inversiones en intrumentos 224 Ingresos por diferencial cambiario 67,305,038 (10) 31,529,296 66,r6t,019 fina¡cieros --- 383,734 3t,9t3254 Ineresos por disminución de estimaciones se presenta a Por el periodo terminado el 30 de Setiembre del 2012, el detalle de ingresos por disminución de estimaciones continuación 2012 lngresos por disminucion de estimacion de cucntas comisiones por mbrar 20t I y 8,678,673 ---.-EfrEfrT (11) Ingresos por comisiones tor servtctos se ampara a lo permitido por la La base legal de los ingresos que percibió BCR sociedad cor¡edora de seguros, s.A. la retribución percibida por las entidades SuperintenÁncia Generai de Segurás, los cuales corresponden únicamente a las comisiones ganadas por la venta de seguros as"gurada., en este caso de fonna única por el Instituto Nacional de seguros, de clientes, en este caso y aáicionalmente, a la estimación de honorarios profesionales que la Compañía pacte libremente con sus Banco de costa fuca. Teléfonor {50ó) 2287-9022. Fox: {50ó} 2221-3240. Web: www. boncobcr'com ' APo*odo 10035-1000 Son José', c¡,sto Rico AA JBCR Por el periodo terminado el 30 de Setembre del 2012, de los ingresos por comisiones por servicios por un monto de É.1.465.97 4.633.00 un monto de 1196,200.000.00 se cobraron al Banco de Costa Rica, por los servicios prestados relacionados con la administración de su cartem propia de seguros que tiene el Banco, velando por el debido cumplimiento de los lineamientos establecidos por el Banco en las Disposiciones Administrativas de Crédito, para Ia suscripción de pólizas y en los cuales el Banco aparece como cliente tomador de dichos seguros, de igual forma en el manejo de los seguros propios del Banco Adicionalmente, por el periodo terminado el 30 de Setiembre del 2012, se percibieron ingresos por un monto total de 1.1,269.774.633.00 correspondientes a la comisión por la intermediación de los productos del lnstituto Nacional de Seguros, Quálitas, MAPFRE y Aseguradora ASSA, de conformidad a los lineamientos establecidos con cada aseguradorí.. (12) Gastos del personal por el periodo terminado el 30 de Setiembre del 2012, el detalle de los gastos del personal se presenta a continuación: Sueldos y bonifi caciones 544,122,941 201 I 496,383,929 Cargas Sociales y otros 192,000,885 167,758,538 20t2 C apacitacion Otros gastos de personal (13) 1,097,643 111,904,664 ----@rÍr6jti- 2,66'l ,l4'7 177,t61,590 ------nd9nñ Ot¡os gastos de administración por el periodo terminado el 30 de Setiembre del 2012, el detalle de los otros gastos de administración cobrados por el Banco de corresponden Costa Rica a BCR Sociedad Cor¡edora de Seguros S.A., ascienden a un monto de I 155,308.506.00 de los cuales por los gastos y servicios 160,348.91100 un monto de É34,7'77.949 a gastos administrativos, alquileres É60,181.646.00 incurridos por el Banco. (14) Contmtos de Costa Sociedad Corredora de Seguros S.A. mantiene diferentes contratos con el Banco Rica y contratos con distintas asegumdoras autorizadas por SUOESE, a continuación un detalle; Al 30 de Setiembre del 2012. BCR a) de Seguros, S.A, donde se estipula que el Corresponde a un contrato establecido entre el Banco de Costa Nca y BCR Co¡redora con seguros, en los cuales la primeÁ utilizará los servicios de la Compañía, con el fin de se¡ asesorado en aspectos relacionados fin de garantizar una adecuada cobertura y bompañía ha sido autorizada, según su licencia de intermediación; esto con el por diversas circunstancias, contrate pafa sí mismo o administración de riesgos sobre los seguros en que el Banco de costa Rica, para sus clientes. de la cartera propia de seguros que tiene el Banco de La prestación de servicios se encuentra relacionados con la administración establecidos por el Banco en las Disposiciones lineamientos costa Rica, velando por el debido cumplimiento de los el Banco aparece como cliente tomador de dichos y cuales pólizas en los Administrativas de crédito, para la suscripción de Banco' seguros, de igual forma en el manejo de los seguros propios del Teléfono: Web: www.boncobcr.com {50ó) 2287-9022. Fox: {50ó) 2221-3240. ' APortodo 10035-1000 son iosé', c9to 4/lA Rico fBCR @ Este contrato se suscribió hasta el 8 de agosto de 2009 y aplicaba una comisión del 12,'74oA de las primas intermediadas por el lnstituto Nacional de Seguros. Por el periodo de 9 meses terminado el 30 de Setiembre del2012 el monto devengado por esle contrato es de É196,200.000. (véase nota 1l) b) Contrcto de servicíos qdmin¡stratíyos del Bqnco de Coslq Rica con BCR SociedcKJ CoÜedora de Seguros S.A Corresponde a un contrato establecido entre el Banco de Costa Rica y BCR Sociedad Corredora de Seguros, S.A, donde se estipula que la Compañía le contratará al Banao, el suministro de los servicios de apoyo o auxiliares, que incluyen el mobilia¡io' sistemas informáticos, las ma¡cas comerciales y representaciones y el esPacio fisico donde se ubicará BCR Sociedad Co¡redora de Seguros S.A., a cambio de una remuneración. para brindar los referidos En el sistema de contabilidad del Banco, se registran los gastos administativos en los que incurre éste, servicios dispuestos en la cláusula tercera anterior a favor de BCR Sociedad Corredora de Seguros S.A. para efectos de este cálculo, la información requerida para frjar los gastos administrativos se extraen del sistema de contabilidad gasto por servicios administrativos del Banco de costa Rica. Por el periodo de 9 meses terminado el 30 de setiembre de 2012 el (véase nota 13) prestados por el Banco de Costa Rica a la Compañía relacionado a este contrato es de 1155,308.506.00 del Mercado de presente ACUERDO se suscribe de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 "Ley Reguladora que aplique del Reglamento y seguros", publicada en el Diario oficial La Gaceta, Alcance No.30 del 7 de agosto del 2008 en lo por la Superintendencia Gene¡al de sobre autorizaciones, registros y requisitos de funcionamiento de entidades supervisadas 2008, el Reglamento para la Seguros (SUGESE), publicado €n el Diario oficial La caceta No.l84 del 24 de setiembre del del INS por parte de las Sociedades corredoras de seguros y los coredores de seguros, El come¡cialización de Pfoductos y los reglamentos aprobado por la Junta Directiva del IÑSTITUTO mediante Acuerdo I Sesión 8964,de1 3l-8-2009 cuyo contenido forma correspondient"s emitidos y aprobados por el consejo Nacional de supervisión del sistema Financiero, parle del presente ACUERDO, con las siguientes cláusulas especiales' Alcances del ACUERDO de intermediación entre los suscribientes debiendo Por el presente contrato se regula la actividad de intermediación como corredora de seguÍos realizarse dicha actividad en los términos de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros t- que le otorga la Ley Reguladora del Mercado de La CORREDORA deberá intermediar los productos dentro de las competencias ahí mismo establecidas Ias obligaciones con Seguros y los reglamentos correspondientes y en concordancia que para tal efecto, el INS pone a disposición de la coRREDORA el acceso a los sistemas electrónicos y demás información fuera necesario para llevar a cabo lo establecido en esta contratación' En todas sus actuaciones la CORREDORA se compromete a opefar y cumplir con toda la ¡ormativa aprobada por el por parte de la GoRREDORA, será considerado cauSal INSTITUTO y sus reformas. El incumplimiento de estos fequerimientos parasuspende.odarporconcluidoelpresenteACUERDo,enelentendidodequedichosrequisitosydisposic¡ones,novayan g653, ni de los reglamentos vigentes y por ser emitidos, por parte del Regulador de seguros' en contra de lo establecido en la tey Teléfono: I oo35'1000 son José¡fosto (50ó) 2287-9022. Fox; (50ó) 2221-3240 o Web: www boncobcr'com ' APortodo z^ Rico -BCR @ Coredores de Seguros La CORREDORA realiza la intermediación sin que actúe en nombre ni por cuenta del INSTITUTO y la ejercerá únicamente mediante coredores que cuenten con la lic€ncia y acreditación ante la SUGESE y solo podrá realizar dicha función en los ramos Superintcndencia. El presente contrato no supone en ningún caso, la existencia de relación laboral, mercantil ni de ningún otro tipo entre el INSTITUTO y el Corredor de Seguros de la Sociedad CORREDORA por lo que incumbe siempre a la CORREDORA la ¡etribución de sus corredores. La responsabilidad por las actuaciones del Co¡¡edor de Seguros conesponde a la Sociedad Corredora, todo de conformidad con lo establecido en la Ley No.8ó53 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y los reglamentos correspondientes emitidos por el Conassif. que hayan sido acreditados ante la La Sociedad CORREDORA responderá, directamente, por los daños y perjuicios patrimoniales causados al INS por negligencia o dolo en el ejercicio de sus actividades de intermediación o las de los corredores que haya acreditado. por el periodo de 9 meses terminado el 30 de Setiembre del 2012 el monto devengado por este contrato es de É1,226'456.458'72 lvéase nota I l). d) Contrqto entre BCR Soc¡edad Corredorq de Sesuros S.A. con Asequrqdora MAPFRE' El presente ACUERDO se suscribe de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 "Ley Reguladora del Mercado de Seturos,', publicada en el Diario Oficial La Gaceta, Alcance No.30 del 7 de agosto del 2008 y en lo que aplique del Reglamento General de sobre autorizaciones, registros y requisitos de funcionamiento de entidades supervisadas por la Superintendencia y los reglamentos Seguros (SUGESE), publicado en el Diario Oficial La Caceta No.184 del 24 de setiembre del 2008 contenido forma correspondientes emitidos y aprobados por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, cuyo parte del presente ACUERDO, con las siguientes cláusulas especiales Alcances del ACUERDO de intermediación. promoción, oferta, inspección del Por el presente contrato se regula la intermediación de la coRREDoRA en el proceso de la contrato de seguros emitido por de un a la celeb¡ación dirigidos bien, asesoría técnica, cobro de primas, y, en general, los actos con esas contrataciones. unavez preste relación que en se ASEGURADORA, su renovación o modificación, y el asesoramiento pólizas corresponda' según emitidos los seguros, la CORREDORA se compromete a administrar las de intermediación de la El presente contrato es un convenio para acordar relacionas operativas que giran alrededor de la labor de las otras entidades aseguradoras socledad corredora de seguros por lo que no implica una pérdida de independencia respecto Ley Reguladora del Mercado de Seguros (Ley con las que suscriba este contrato, de acue¡do con el artículo 25, inciso m) de la por razón de estos tipos de 8653). La sociedad corredora no se halla obligada a la elección de ninguna entidad aseguradora no actúa nunca en nombre ni pof cuenta de la acuefdos contractuales que suscribe. Por Io tanto, la sociedad corredora de segulos entidad aseguradora. Teléfono: (50ó) 2287.9022. Fox: (50ó) 2221-3240 o Web: www. boncobcr.com 'Aportodo 10035'1000 Son Josá'fiosto Rico e/\\ fBCR @ Conedores de Seguros La CORREDORA realizará Ia intermediación sin que actúe a nombre ni por cuenta de ASEGURADORA y la ejercerá únicamente mediante corredores que cuenten con la licencia y acreditación ante la SUGESE y solo podrá realizar dicha función en los ramos que hayan sido acreditados ante esa Superintendencia. El presente contrato no supone en ningún caso, la existencia de relación laboral, mercantil ni de ningún otro tipo entre ASEGURADORA y el Corredor de Seguros de la Sociedad CORREDORA, por lo que será responsabilidad siempre de la CORREDORA Ia actividad, carga y retribución de sus corredores y funcionarios. Asimismo La responsabilidad de todo tipo por las actuaciones del Corredor de Seguros corresponderá a la CORREDORA, todo de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y los reglamentos correspondientes emitidos po¡ el Conassif. por el periodo de 9 meses terminado el 30 de Setiembre de 2012 el monto devengado por este contrato es de (97 4,73'l .96 (véase nota ll) e) El presente ACUERDO se suscribe de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 "Ley Reguladora del Mercado de Sejuros", publicada en el Diario oficial La caceta, Alcance No.30 del 7 de agosto del 2008 y en lo que aplique del Reglamento General de sobre autorizaciones, registros y requisitos de funcionamiento de entidades supervisadas por la Superintendencia y reglamentos los 2008 del 24 de setiembre del No.l84 La Gaceta Dia¡io Oficial publicado en el Seguros (SUGESE), contenido forma correspondientes emitidos y aprobados por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, cuyo parte del presente ACUERDO, con las siguientes cláusulas especiales. Alcances del ACUERDO de inte¡mediación. por el presente contrato se regulan los acue¡dos operativos entre las partes que suscriben el presente conrato pala poder facilitar promoción, oferta, la realización de intermediación de seguros bajo la figura de sociedad corredora de seguros como son la de seguros de la un contrato de celebración a la general, diligidos y, los actos primas, en de asesoría técnica, trámite de cobro con esas preste relación que en se y el asesoramiento modiñcación, o su renovación ASEGURADORA, el bámite de pólizas corresponda. según las a administrar compromete se Contrataciones. Una vez emitidos los Seguros intermediación de la El presente contrato es un convenlo para acordar relacionas ope¡ativas que giran alrededor de la labor de aseguradoras entidades otras de las respecto pérdida independencia de socledad conedora de seguros por lo que no implica una (Ley de Seguros del Mercado Reguladora la Ley de inciso m) 25, con las que suscriba este contrato, de acuerdo con el artículo de t¡pos de estos por razón aseguradora entidad ninguna de 8653). La sociedad corredo¡a no se halla obligada a la elección por de la cuenta ni nombre en actúa nunca nO segu¡Os de que suscribe. Por lo tantá, la soCiedad corredora acuerdos contractuales entidad aseguradora. que le otofga la Ley Reguladora del Mercado de La CORREDORA puede intermediar los pfoductos dentro de las competencias Seguros y los reglamentos correspondientes el acceso a los sistemas electrónicos y demás Para tal efecto, la ASEGURADoRA pone a disposición de la CoRREDoRA y a mantener informado opodunamente a información que lue¡a necesano para llevar a cabo lo establecido en esta contratacióo y/o mejoras que se realicen, así como cualquier cambio o través de los canales autorizados, sobre los cambios en los productos evento que am€rite la suspensión de alguna cobertura' o Web: www boncobcr.com Teléfono: (50ó) 2287-9022 o Fox: (50ó) 2221-3240 CÉtto Rico 'APortodo 10035-1000 SonJosé' lzN fBCR @ Conedores de Seguros. La CORREDORA realiza la intermediación sin que actúe en nombre ni por cuenta de la ASEGURADORA y la ejercerá únicamente mediante corredores que cuenten con la licencia y acreditación ante la SUGESE y solo podrá realizar dicha función en los ramos que hayan sido acreditados ante esa Superintendencia. El presente contrato no supone en ningún caso, la existencia de relación laboral, mercantil ni de ningún otro tipo enke la ASEGURADORA y el Conedor de Seguros de la Sociedad CORREDORA por lo que incumbe siempre a la CORREDORA la retribución de sus corredores. La responsabilidad por las actuaciones del Conedor de Seguros corresponde a la Sociedad Corredora, todo de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y los reglamentos correspondientes emitidos por el Conassii Por el periodo de 9 meses terminado el 30 de setiembre d,e 2012 el monto devengado por este contrato es de É1,'710.446.37 (véase nota I l) Contrqlo entre BCR Sociedad Corredora de Sesuros S.A. con Aseguradorq ASSApresenre ACUERDO se suscribe de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 "Ley Reguladora del Mercado de Seguros", publicada en el Dia¡io Oficial La Caceta, Alcance No.30 del 7 de agosto del 2008 y en lo que aplique del Reglamento sobre autorizaciones, registros y requisitos de funcionamiento de entidades supervisadas por la Superintendencia General de El Seguros (SUGESE), publicado en el Diario Oficial La Caceta No.l84 del 24 de setiembre del 2008 y los reglamentos correspondientes emitidos y aprobados por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, cuyo contenido forma parte del presente ACUERDO, con las siguientes cláusulas especiales. Alcances del ACUERDO de intermediación Por el presente contrato se regulan los acuerdos operativos entre las partes que suscriben €l presente contrato para poder facilitar Ia realización de intermediación de seguros bajo la figura de sociedad coffedora de seguros como son la promoción, oferta, inspección del bien, asesoria técnica, cobro de primas, y, en general, los actos dirigidos a la celebración de un contrato de seguros de la ASEGURADORA, su renovación o modificación, y el asesoramiento que se preste en relación con esas contrataciones. Una vez emitidos los seguros se compromete a administrar las pólizas según corresponda. El presente contato es un convenio para acordar relacionas operativas que giran alrededor de la labor de intermediación de la sociedad corredo¡a de seguros por lo que no implica una pérdida de independencia respecto de las otras entidad€s aseguradoras (Ley con las que suscriba este contrato, de acuerdo con el artículo 25, inciso m) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros tipos de 8653). La sociedad corredora no se halla obligada a la elección de ninguna entidad aseguradora por razón de estos por de la cuenta acuerdos contractuales que suscribe. Por lo tanto, la sociedad co¡redora de seguros no actúa nunca en nombre ni entidad aseguradora. del Mercado de La CORREDORA puede intermediar los productos dentro de las competencias que ¡e otorga la Ley Reguladora Seguros y los reglam€ntos correspondientes para tal efecto, el ASEGI-TRADORA pone a disposición de la CORREDORA el acceso a los sistemas electrónicos y demás oportunamente a información que fuera necesario para llevar a cabo lo establecido en esta contratación y a mantener informado través de los canales autorizados, sobre los cambios en evento que amerite la suspensión de alguna cobertura. Teléfono: {50ó) IOS ploductos y/o mejoras que se realicen, asi como cualquier cambio o 22g7-9022. Fox: (50ó} 222:t -3240 o Web: www.boncobcr.com ' APoriodo .|0035-1000 Son Josó, Co/g 4/d Rico fBCR Corredores de Seguros. La CORREDORA realiza la intermediación sin que actúe en nombre ni por cuenta del ASEGURADORA y la ejercerá únicamente mediante corredores que cuenten con la licencia y acreditación ante la SUGESE y solo pod¡á realiza¡ dicha función en los ramos que hayan sido acreditados ante esa Superintendencia. El presente contrato no supone en ningún caso, la existencia de relación laboral, mercantil ni de ningún otro tipo entre el ASEGURADORA y el Corredor de Seguros de la Sociedad CORREDORA por lo que incumbe siempre a la CORREDORA la retribución de sus corredores. La responsabilidad por las actuaciones del Corredor de Seguros corresponde a la Sociedad Corredora, todo de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y los reglamentos correspondientes emitidos por el Conassil Por el periodo de 9 meses ter¡ninado el 30 de Setiembre del,2012 el monto devengado por este contrato es de É40,632.989.53 (véase nota I g\ l) Contrato entre BCR Soc¡edad Corrcdoru de Segrtos S.A. con Asewradora PALIC. EI presente ACUERDO se suscribe de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 "Ley Reguladora del Mercado de Seguros", publicada en el Diario Oficial La Gaceta, Alcance No.30 del 7 de agosto del 2008 y en lo que aplique del Reglamento sobre autorizaciones, registros y requisitos de funcionamiento de entidades supervisadas por la Superintendencia General de Seguros (SUGESE), publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.l84 del 24 de setiembre del 2008 y los reglamentos correspondientes emitidos y aprobados por el Consejo Nacional de Supewisión del Sistema Financiero, cuyo contenido forma parte del presente ACUERDO, con las siguientes cláusulas especiales. Alcances del ACUERDO de intermediación. Por el presente contrato se regula la intermediación de la CORREDORA en el proceso de inspección del bien, asesoría técnica, cobro de primas, y, en general, los actos dirigidos seguros emitido por ASEGURADORA, su renovación o modificación, y el asesoramiento contrataciones. Una vez emitidos los seguros se compromete a adminisftaf las pólizas según la proceso de la promoción, oferta, a la celebración de un contratq de que se preste en relación con esas conesponda. El presente contrato es un convenio para acordar relacionas operativas que giran alrededor de la labor de intermediación de la sociedad corredora de seguros por lo que no implica una pérdida de independencia respecto de las otras entidades aseguradoras con las que suscriba este conüato, de acuerdo con el artículo 25, inciso m) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros (Ley 8653). La sociedad corredora no se halla obligada a la elección de ninguna entidad aseguradora por razón de estos tipos de acuerdos contractuales que suscribe. Por lo tanto, la sociedad corredora de seguros no actúa nunca en nombre ni por cuenta de la entidad aseguradora. Corredores de Seguros. La CORREDORA realiza la intermediación sin que actúe en nomb¡e ni por cuenta del ASEGTIRADORA y la ejercerá únicamenle mediante corredores que cuenten con la licencia y acreditación ante Ia SUCESE y solo podrá realizar dicha función en los ramos que hayan sido acreditados ante esa Superintendencia. El presente contrato no supone en ningún caso, la existencia de relación laboral, mercantil ni de ningún otro tipo entre el ASEGURADORA y el Corredor de Seguros de la Sociedad CORREDORA por lo que incumbe siempre a la CORREDORA la retribución de sus corredores. La responsabilidad por las actuaciones del Cor¡edor de Seguros corresponde a la Sociedad Conedora, todo de conformidad con lo establecido en la Ley No.8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y los reglamentos correspondientes emitidos por el Conassif. Por el periodo de 9 meses terminado el 30 de Setiembre del 2012 no hay registro de comisiones por la intermediación de pólizas con la Aseguradora PALIC (véase nota I l) Teléfono: (50ó) 2287-9022. Fox: (50ó) 2221-3240 o Web: www.boncobcr.com . Aportodo 10035-1000 Son José, posio *1.\ Rico 77 -BCR @ (15) Valor razonable de los instrumentos financieros Al 30 de Setiembre del2012,la comparación de los valores en libros y los valo¡es razonables de todos los activos y pasivos financieros que son llevados al valo¡ ¡azonable se muestra en la siguiente tabla: 20t2 Valor Activos Financierosl Disponibilidades 20ll Libros Valor razonable Valor Libros Valor razonable 131,424,398 t3t,424,398 82,óó0,844 82,660,844 t,6t4,946,016 t,6t4,946-076 84t,695,496 841,695,49ó lnversiones 18,801,721 18,801,721 28,573,863 28,573,863 6,451,011 6,457,0t t Productos P.Com P. lnv. Disp. para la Venla Comisiones por Cob¡ar Cuentas por Funcionarios y empleados 1,800,203,069 1,800,203,069 561,059,577 567,059,571 6,299,t43 6,299,t43 1,497,1t5,060 1,491,7t5.060 Los siguientes supuestos fueron efectuados por la Administración para estimar el valor razonable de cada categoría de instrumento financiero en el balance de situación y aquellos controlados fue¡a del balance de situación: (a) Disponibilidades, cuentas por cobrar y otras cuentas por pagar. Para los anteriores instrumentos financieros, el valor en los libros se aproxima a su valor razonable por su naturaleza a corto plaz.a. (b) lnversiones en instrumentos financieros Pam estos valores, el valor razonable de las inversiones disponibles para la venta está basado en cotizaciones de precios de mercado. (16) Administración de riesgos financieros La Compañia está expuesta a diferentes riesgos entre ellos, los más impofantes, riesgo de liquidez, riesgo de mercado y riesgo de crédito. A continuación se detalla la forma en que la CompañÍa administra los diferentes riesgos. a) fuesgo de liquidez El riesgo de liquidez se genera cuando la entidad no puede hacer frente a las exigibilidades u obligaciones con terceros, por insuficiencias en el flujo de caja, resultado a su vez del descalce ent¡e el plazo de las recuperaciones y el plazo de las obligaciones. Por políticas internas, la proporción de moneda US dóla¡es del activo total es financiada por pasivos en la misma moneda, para evitar la exposición a la variación cambiaria. De igual manera, la misma política se aplica para activos en colones. Teléfono: (50ó) 22879022. Fox: {50ó) 2221-3240. Web: www. boncobcr.com . Aportodo 10035-1000 Son Josá, Coy'g Rico 4 Á.\ r6 @FFFHr-r -r-r^r -BCR 3 "1 q l ? o'|o.| ".)|v.il<'|| s" 3" s" ü" s"lR"l É"1É"l5"ll -i ñ. lF"l l¡l |$t .Á t.¡l I'l R ,t.tl RN .-rl 6í F" P ó" 3 €^s^ 3- R"lF"l t-it Ittl I-t tt €" lgl H -e $F I =.--r-r {" "} _"|o"| l:il c-l o6 Fl Ilttlt-tl sa !99 =l l=ll to)[ e"l tptl ul l-[ ' FI t€ t-t tt É ll"ll -l ="1=-l3"ll p l-ell 'dl -r.r-l \|\|N.|I I¡ll t*"tl l-:I l=il tl q G l3l o @ l\ol -. 'lnll t3tl lEll ñ lñl lñl ú <E lñll g- o 3" lol € b t6l lñil + elelgl $tgt; I tal x-E ü! 90 L)Ó 46 (J.s 3d -.t--tq =ltril é Itl Il 6> a ,{E !lt --,--t-l + ví .-i <t ,-t-l -tl -.tl ñl--l € dtñl Éi o"tl oilqil '; dj Élo'l tltlII tl 6d g H€É e € :;'z s.g ;ÁEÉEÉ Teléfono: (50ó) 2287-9022 ¡ .:á aó Fox: (50ó) ':3 ;ó _e g Itl tl tl a ! *; IIFil t6l l-l 3 3 $E' ¿>. E-9 € CE Est xq ;= é .áa 9EE FE 7.t I <ÁE é A oE B? 2221-3240. Web: www.boncobcr.com . Aporbdo 10035-1000 Son Josó, Cos[ az4 Rico -BCR @ b) Riego de mercado Rieszo de lasas de ¡nter¿s Al 30 de Setiembre del 2012, la Compañía no tiene activos o pasivos sujetos a cambios de tasas de interés. Riesso de tipo de cambio La Compañía se enfrenta a este tipo de riesgo cuando el valor de sus activos y de sus pasivos denominados en US dólares se ven afectados por variaciones en el tipo de cambio. El efecto de este r¡esgo se reconoce en el estado de resultados. Por el periodo terminado el 30 de Setiembre del 2012, el estado de resultados muestn principalmente ingresos financieros por diferenciaf cambiario por un monto de 11,143.886 y una perdida por É 10,432.780, como resultado de la valuación de los activos en US Dólares. Riesso de crédito Es el riesgo de que el deudor o emisor de un activo financiero no cumpla, en monto y plazo, con cualquier pago que deba hacer, de conformidad con los términos y condiciones pactados al momento en que adquirió dicho activo financiero. El riesgo de crédito se relaciona principalmente con las cuentas por aobrar y está representado por el monto de esos activos en el balance. A la fecha del balance general no existen concentraciones significativas de riesgo de crédito. La máxima exposición al riesgo de crédito está rep¡esentada por el monto en libros de cada aativo financiero y se basa en los parámetros establecidos por la normativa visente. (17) Otros sastos administrativos AI 30 de Setiembte del 2012, los otros gastos administrativos por un monlo de É 71,309.450.00; corresponde a concaptos de movilidad y comunicaciones, infraestructura, gastos generales € impuestos y participación de contribuciones obligatorias. (18) Administ¡ación del capital El capital de la Compañía cumple con los indicadores de suficiencia patrimonial según lo aprobado por el CONASSIF mediante articulo 6, del acta de la sesión 320-2002, que requieren las empresas integrantes de Grupos Financieros que no son dir€ctamente supervisadas. Teléfono: {50ó) 2287-9022 o Fox: {50ó) 2221-3240. Web: www. boncobcr.com o Aportodo 10035-1000 Son José, * Cost{$ico /n, !GEIÑ@ -BCR Al 30 de Setiembre del 2012, el capital primario y secundario de la Compañía se detalla como sigue; 2012 201 | Capital Primario: 250,000,000 50.000,000 Capital pagado ordi¡ario Rcseva Legal 57o 250,000,000 34,238-232 Reser!a de Riesgos 57o 50,000,000 Total reservas al Pahimonio 34,238,232 1,049,432 301,049,432 ^justede capital primario 'Iotal 284,238,232 Capital secundirio: 995,t84,932 619,818,4 t2 278,161,468 395,812,901 I.574.9q5jt lt99-8órii a Utilidad neta delperiodo ante¡ior Ulilidad neta del periodo actual Total capilal regulatorio (19) Garantía mínima otorgada pa¡a la ooeradora de la co¡redora y requisitos de funcionamiento de entidades supervisadas por la Superintendencia General de Seguros", Banco de Costa Rica, como dueño del 1007o de las acciones comunes de BCR Corredora de Seguros, S.A., emitió una garantía de cumplimiento a favor de SUGESE por un monto de p 283.327 .7 | | Para cumpli¡ con lo establecido en el "Reglamento sobre autorizaciones, registros La Garantía tiene como finalidad responder ante daños y perjuicios patrimoniales causados por la negligencia o dolo en sus ejercicios de intermediación o las sus conedores. Dicha garantía se encuentra en vigencia desde el 17 de Febrero del 2009 y Vence el 16 de Febrero del 2013. Esta información no se ve reflejada en los estados financieros de la corredo¡a debido a que los recursos fueron aprobados por Banco de Costa Rica y no constituye un activo para el Banco por parte de la Cor¡edora. (20) Indicadores de rieseo De conformidad con el Reglamento relativo a la información financiera de Entidades, Grupos y Conglome¡ados Financieros, al 30 de Setiembre del 2012 y por el periodo correspondiente del20l l, a cont¡nuación se presentan los indicadores de riesgo, en lo que sea aolicable: Rctomo sobre aclivos (ROA) Retorno sobre activos (ROE) Relacion endeudamiento y recursos propios 2012 201I t4.t% 23.t% t1.'lvo 30.5vo 20.6./" 24.30 Los indicadores de liquidez para el manejo de activos y pasivos no aplican, debido a que la Compañia no mant¡ene pasivos con elpúblico. Teléfono: {50ó) 2287-9022 o Fox: Í50ól 2221-3240 o Web: www. boncobcr.com o Aporlodo 10035-1000 Son José, Coglq Rico /- K\ 27 -BCR amm;irn*rmr*l (21) Transición a Normas Internacionales de lnformación Financiera (NIIF) Mediante varios acuerdos el Consejo Nacional de Superyisión del Sistema Financiero (el Consejo), acordó implementar parcialmente a partir del I de enero de 2004 las Normas Inte¡nacionales de lnfo¡mación Financiera (NIIF), promulgadas por la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad. Para normar la implementación, el Consejo emitió los Términos de la Normativa Contable Aplicable a las Entidades Supewisadas por la SUGEF, SUGEVAL y SUPEN y a los Emisores no Financieros. Durante los últimos años, la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad modificó prácticamente todas las normas vigentes y emitió nuevas normas. El 1l de Mayo 2010, mediante oficio C.N.S. 413-10 el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero dispuso reformar el reglamento denominado "Normativa contable aplicable a las entidades supervisadas por la SUGEF, SUCEVAL, SUPEN, SUGESE y a los emisores no financieros" (la Normativa), en el cual se han definido las NIIF y sus interpretaciones emitidas por el Consejo de Nornas Internacionales de Información Financiera (IASB por sus siglas en inglés) como de aplicación pam los entes supervisados de conformidad con los textos vigentes al primero de enero de 2008; con la excepción de los tratamientos especiales indicados en el capitulo Il de la Normativa anteriormente señalada. Como pane de la Normativa, interpretaciones emitidas po¡ y al aplicar las NIIF vigentes al primero de enero de 2008, la emisión de nuevas NIIF o el IASB, así como cualquier modificación a las NIIF adoptadas que aplicarán los entes supervisados, requerirá de la autorización previa del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF), Un conjunto de nuevas normas, enmiendas a normas e interpretaciones aún no están vigentes para periodo terminado al 30 de Setiembre del 2012, por lo que no se han aplicado en la preparación de estos estados financie¡os. No se espera que su aplicación tenga impacto alguno en los estados hnancieros de la Corredo¡a, excepto por lo siguiente: La NllF 9, lnstrumentos financieros, publicada el I2 de noviembre de 2009 como pane de la primera fase del proyecto integral del Consejo de Normas Intemacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés) para reemplazar la NIC 39, aborda la clasificación y la medición de los activos financieros, Los requisitos de esta Norma en ¡elación con los activos financieros suponen un cambio significativo con respecto a los requisitos actuales de la NIC 39. La Norma establece dos categorías principales de medición de activos financie¡os: al costo amortizado y al valor razonable. Un activo financiero se medirá al costo amortizado si es mantenido dentro de un modelo de negocio cuyo objetivo sea mantener activos para recibir flujos de efectivo contractuales y si los términos cont¡actuales del activo originan flujos de efectivo, en fechas especificas, que sean exclusivamente pagos de principal y de intereses sobre el principal pendiente de pago. Todos los demás activos financieros se medirán al valor razonable. La Norma elimina las categorías actuales establecidas en la NIC 39: manten¡dos hasla e! vencímienlo , dísponibles para lq venta y préstcmos y cuentas por cobrqr . E¡ el caso de las inversiones en instrumentos de patrimonio que no sean mante¡idos para negociar, la Norma permite hacer la elección irrevocable, en el momento del reconocimiento inicial e individualmente para cada acción, de presenta¡ todos los cambios en el valor razonable en "otro resultado global". Los montos que sean reconocidos en "otro resultado global" no podrán ser reclasificados posteriormente al resultado del período, Sin embargo, los dividendos sobre dichas inversiones se reconocen en el ¡esultado del período y no en "otro resultado global", a menos que esos dividendos representen cla¡amente una recupe¡ación parcial del costo de la inverción respectiva, Las inversiones en instrumentos de patrimonio para las que una entidad no elija presentar los cambios en el valor ¡azonable en "oto resultado global" se medirán al yalor razonable y los cambios en el valor razonable se reconoce¡án en el resultado del Deríodo. Teléfono: (50ó) 2287-9022. Fox: (50ó) 2221-3240 o Web: www. boncobcr.com . Apo¡odo 10035-lOO0 SonJosé, Cos/g Rico 4-A fBCR 22 @ ' La Norma requiere que no se separen los derivados implícitos de los contratos principales respectivos cuando esos contratos sean activos financieros dentro del alcance de la norma. Al contrario, el instrumento financiero híbrido se evalúa en su totalidad con el fin de determinar si debe medi¡se al costo amortizado o al valor razonable. ' La Norma entra en vigencia para los períodos anuales que inician el aDlicación anticiDada. I de enero de 2013 o posteriormente. Se permite su ' La enmienda a la NIC 39, 1¿s¡ra mentos llinancieros: reconocimiento y med¡ción partidas que pueden califtcarse como cubíertas , aclara los principios actuales que determinan si riesgos específicos o porciones de flujos de efectivo califican para se¡ designados dentro de una relación de cobertura. La enmienda pasará a ser obligatoria para los estados financieros de Ia Corredora conespondientes al 2010 y requerirá una aplicación retrospectiva. Se espera que su aplicación no tenga un impacto significativo en los estados financieros. A continuación se detallan algunas de las principales diferencias entre las normas de contabilidad emitidas por el Conseio y las NIIF, así como las NIIF ó CINIIF no adoDtadas aún: a) Norma Internacional de Contabilidad No.l: Presentación de Estados Financieros La presentación de los estados financieros requerida por el Consejo, difiere en muchos aspectos de la presentación requerida por la NIC l. A continuación se presentan algunas de las diferencias más importantes: La normativa SUGEF no permite presentar en forma neta algunas de las t¡ansacciones, como por ejemplo los saldos relacionados con la cámara de compensación, el diferencial cambiario, ganancias o pérdidas por venta de instrumentos financieros y el impuesto sobre la fenta y otros, los cuales, por su naturaleza, las NIIF requie¡en se ptesenten netos con el objetivo de no sobrevalorar los activos y pasivos o resultados. Los intereses por cobrar y por pagar se presentan como parte de la cuenta prinaipal tanto de activo como de pasivo y no como otros activos o pasivos. Teléfono: (50ó) 2287-9022 . Fox: (50ó) 2221-3240 . Web: www. boncobcr.com . Aportodo 10035-1 000 Son José, Qosto Rico EA 23 -BCR @ b) Norma Internacional de Contabilidad No. I : Presentación de los estados financieros (revisada) lntroduce el término "estado de resultado global" (Statement of Total Comp¡ehensive Income) que representa los cambios en el patrimonio originados durante un período y que son diferentes a aquellos derivados de tmnsacciones efectuadas con accionistas. Los resultados globales pueden presentarse en un estado de resultado global (la combinación efectiva del estado de resultados y los cambios en el patrimonio que se derivan de transacciones diferentes a las efectuadas con los accionistas en un único estado financiero), o en dos partes (el estado de ¡esultados y un estado de resultado global por separado). La actualización de la NIC I es obligatoria para los estados financieros coüespondientes al 2009. Estos cambios no han sido adoptados por el Consejo. c) Norma lntemacional de Contabilidad No.7: Estado de Fluios de Efectivo El Consejo autorizó únicamente la utilización del método indirecto. La MC 7 permite el uso del método directo e indirecto. para la preparación del estado de flujos de efectivo. d) Norma Internacional de Contabilidad No.8: Políticas contables. Cambios en las Estimaciones Contables v Errores La SUGEF autorizó que los traslados de cargo relacionados con impuestos se registra¡an contra resultados acumulados de pe¡iodos anteriores. e) Norma Internacional de Contabilidad No.l2: lmpuesto a las Ganancias El Consejo no ha conrcmplado la totalidad del concepto de impuesto de renta diferido dentro del Plan de Cuentas SUGEF, por lo que las entidades han debido registrar estas partidas en cuentas que no son las apropiadas, según Io establece la NIC 12. po¡ ejemplo, el ingreso por impuesto de renta diferido no se incluye dentro de la cuenta de resultados del gasto por impuesto de renta diferido. Norma Internacional de Contabilidad No.l6: Propiedad Planta y Equipo La normativa emitida por el Consejo requiere la revaluación de los bienes inmuebles por medio de avalúos de peritos independientes al menos una vez cada cinco años, eliminando la opción de mantene¡los al costo o revaluar otro tipo de bien. Adicionalmente, la SUGEF ha permitido a algunas entidades reguladas convertir (capitalizar) el superávit por revaluación en capital acciones, mientras que Ia NIC 16 solo permite realizar el superávit por medio de la venta o depreciación del activo. Una consecuencia de este tratamiento es que las entidades reguladas qus presenten un deterioro en sus activos frjos, deberán reconocer su efecto en los resultados de operación, debido a que no se podría ajustar cont¡a el capital social. La NIC 16 indica que el deterioro se registra contra el superávit por revaluación y si no es suficiente, la diferencia se registra aontra el estado de ¡esultados. La NIC l6 requiere que las propiedades, planta y equipo en desuso se continúen depreciando. La normativa emitida por el Consejo permite que las entidades dejen de registrar la depreciación de activos en desuso y se reclasifiquen como bienes realizables. Teléfono: (50ó) 2287-9022 o Fox: (50ól 2221-3240. Web: www. boncobcr.com . Aportodo lOO35-lOO0 Son José, Costq Rico elA 24 -BCR tElif.IltttÍlll?:llit¡tt g) Norma Internacional de Contabilidad No.l8: Ingresos ordinarios El Consejo pe¡mitió a las entidades financieras supervisadas el reconocimiento como ingresos ganados de las comisiones por fonnalización de operaciones de crédito que hayan sido cobradas antes del I de enero de 2003. Adicionalmente, permitió diferir el25Vo de la comisión por formalización de operaciones de crédito para las operaciones formalizadas durante el año 2003, el 507o para las formalizadas en el 2004 y el l00o/o para las formalizadas en el año 2005. LaNtC 18 requiere del diferimiento del l00o/o de estas comisiones por el plazo del crédito. h) Norma Internacional de Contabilidad No.2l: Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la moneda El Consejo requiere que los estados financieros de las Entidades Supervisadas se presenten en colones como moneda funcional. i) Norma lnternacional de Contabilidad No.23: Costos por intereses El Consejo no permite el tratamiento altemativo de capitalización de intereses, el cual si es permitido por la NIC capitalización solo se permite para fondos de desanollo inmobiliario. j) 23. Esta Norma lnternacional de Contabilidad No.23: Costos oor Intereses (revisada) y requiere que la entidad capitalice los costos por intereses directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo como parte del costo de dicho activo. La NIC 23 revisada es obligatoria para los estados financieros del 2009. Esta modificación no ha sido adoptada por el Consejo. Elimina la opción de cargar a gastos los costos por inlereses k) Norma Internacional de Contabilidad No.32: Instrumentos Financieros: Presentación e información a Revelar La NIC 32 revisada provee de nuevos lineamientos para diferenciar los instrumentos de capital d€ los pasivos financieros (por ejemplo acciones preferentes). La SUGEVAL autoriza si €stas emisiones cumplen Io requerido para ser consideradas como caDital social. Las actualizaciones a la MC 32. Instrumentos financieros: Presentación e información a revelar. ), a la NIC 1. Requieren que los instrumentos con opción de venta y los instrumentos que imponen a la entidad una obligación de entregar a otra parte una paficipación proporcional en los activos netos de la entidad solo en la liquidación de la entidad, se clasifiquen como instrumentos de patrimonio si se cumplen ciertas condiciones. Dichas actualizaciones, son obligatorias para los estados financieros de la Corredora correspondie[tes al 2009, requerirán una aplicación retrospectiva y se espera que no tengan impacto alguno en los estados financieros. Estos cambios no han sido adoptados por el Consejo. m) Norma Intemacional de Contabilidad No.37: Provisiones. Activos Continsentes y Pasivos Continqentes La SUGEF requiere que para los activos contingentes se registre una provisión para posibles pérdidas. La NIC 37 no permite este tiDo de provisiones. Teléfono: {50ó) 2287-9022 o Fox: (50ó) 2221-3240 o Web: www. boncobcr.com . Aportodo I 0035-1000 Son José, Cogo Rico r/4 fBCR 25 n¡lT.ltt¡ri'|r!:F?¡ntit¡tt n) Norma Internacional de Contabilidad No.38: Activos lntaneibles Los bancos comerciales, indicados en el artículo I de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, Ley 1644,los gastos de organización e instalación pueden ser presentados en el balance como un activo, pero deben queda¡ amortizados totalmente por el método de linea recta dentro de un período máximo de cinco años. Lq anteior no está de acuerdo con lo establecido en la Norma 38. o) Norma Internacional de Contabilidad No.39: Instrumentos Financieros Reconocimiento v Medición El Consejo requiere que la carte¡a de préstamos se clasifique según lo establecido en el Acuerdo l-05 y que la €stimación para i¡cobrables se determine según esa clasificación, además que permite el registro de excesos en las estimaciones. La NIC requiere que la estimación para incobrables se determine mediante un análisis financiero de Ias pérdidas incur¡idas. Adicionalmente, la NIC no permite el registro de provisiones para cuentas contingentes. Cualquier exceso en las estimaciones, se debe registrar como una asignación de las utilidades retenidas a estimaciones o reservas por riesgos. Esto último no es permitido por la SUGEF, por lo que los activos y pasivos pueden estar sub o sobre valuados. La NIC 39 revisada introdujo cambios en relación con la clasificación de los instrumentos financieros, los cuales no han sido adoptados por el Consejo. Algunos de estos cambios son: ' Se establece la opción de ' Los valores cotizados en un mercado activo podrán clasificañe como disponibles para la venta, mantenidos para clasificar los préstamos y las cuentas po¡ cobmr como disponibles para la venta. negociar o mantenidos hasta su vencimiento. ' Se establece la denominada "opción de valo¡ ¡azonable" para designar cualquier instrumento financiero para medición a su valor razonable con cambios en utilidades o pérdidas, cumpliendo una serie de requisitos (por ejemplo que el instrumento se haya valorado a su valor razonable desde la fecha original de adquisición). ' La catego¡ía de préstamos y cuentas por cobrar se amplió para incluir a los préstamos y cuentas por cobrar comprados y no cotizados en un mercado activo. El Consejo requiere que las primas y descuentos de los titulos valores con rendimientos ajustables se amoficen durante el plazo de la inve¡sión. Ese tratamiento no está de acuerdo con la NIC 39. Adicionalmente, el Consejo permite capitalizar los costos directos, que se produzcan en compensación por la evaluación de Ia posición finalciera del tomador del préstamo, evaluación y registro de garantías, avales u otros instrumentos de garantía, negociación de las condiciones relativas al instrumento, preparación y procesamiento de documentos neto de los ingresos por comisiones de formalización de créditos, sin embargo la NIC 39 solo permite capitalizar solo aquellos costos de transacción que se consideran incrementales, los cuales se d€ben presentar como pa¡1e del instrumento financiero y no puede netear del ingreso por comisiones (ver comentario de NIC 18). Teléfono: {50ó) 2287-9022 . Fox: {50ó) 2221-3240 o Web: www.boncobcr.com o Aporlodo I 0035-1000 Son José, Costgflico ¿{/\ fBCR 26 @ Las compras y las ventas de valores convencionales deben registrarse utilizando únicamente el método de la fecha de liouidación. De acuerdo con el tipo de entidad, los activos financie¡os deben ser clasificados como se indica a continuación: a) Carteras Mancomunadas. Las inversiones que conforman las carteras mancomunadas de los fondos de inversión, fondos de pensión y capitalización, fideicomisos similares, y OPAB deben clasificarse como disponibles para la venta. b) Inversiones propias de los entes supervisados. Las inversiones en instrumentos financieros de los entes supervisados deben ser clasificadas en la categoría de disponibles para la venta. Las inversiones propias en participaciones de fondos de inversión abiertos se deben clasificar como activos financieros negociables. Las inversiones propias en participaciones de fondos de inversión cerrados se deben clasificar como disponibles Dara la venta. Los supervisados por SUGEVAL y SUGEF pueden clasificar otras inversiones en instrumentos financieros mantenidos para negociar, siempre que exista una manifestación expresa de su intención para negociarlos en un plazo que no supere los noventa días contados a partir de la fecha de adquisición. Los Bancos supervisados SUGEF no pueden clasificar inversiones en instrumentos financie¡os como mantenidos hasta el vencimiento. Las clasificaciones mencionadas anteriormente no necesariamente concuerdan con lo establecido por la NIC. A la fecha la Corredora no ha determinado el impacto financiero p) de esta norma Norma Internacional de Contabilidad No.40: P¡opiedades de Inversión La NIC 40 permite escoger entre el modelo de valor razonable y el modelo de costo, para valorar las propiedades de inversión. La normativa emitida por el Consejo permite únicamente el modelo de valo¡ razonable para valorar este tipo de activos. q) Norma Internacional de Información Financiera No.2: Pasos Basados en Acciones (revisada) Condiciones para la consolidación de la concesión y caducidades, aclara la definición de condiciones para la consolidación de la concesión, introduce las condiciones de no consolidación, requiere que estas condiciones de no consolidación sean reflejadas a su valor ¡azonable a la fecha de otorgamiento de la concesión y establece el tratamiento contable para las condiciones de no consolidación y para las caducidades. La actualización de la NtlF 2 es obligatoria para los estados financieros de la Coredora correspondientes al 2009 y requiere una aplicación retrospectiva. La Corredora aún no ha determinado el efecto potencial de la actualización. Esta Norma no ha sido adoptada por el Consejo, r) Norma Internacional de Información Financiera No.3: Combinaciones de Negocios (¡evisada) La NIIF 3 revisada, Combinaciones de negocios (2008), incluye Ios siguientes cambios: - La definición de "negocio" fue ampliada, lo cual probablemente provocará que rnás adquisiciones reciban el tratamiento de "combinaciones de nesocios". Teléfono: (50ó) 2287-9022 . Fox: (50ó) 2221-3240 o Web: www.boncobcr.com . Aportodo 10035-1 000 Son José, Costo fico zÍ\ 27 -BCR nilmmf¡rlrew;tr ' Las contrapartidas de carácter contingente se medirán a su valor razonable y los cambios posteriores se regist¡arán en los resultados del período. ' Los costos de transaación, salvo los costos para la emisión de acciones e instrumentos de deuda, se reconocerán como gastos cuando se incurran. ' Cualquier paficipación previa en un negocio adquirido se medirá a su valor razonable con cambios en resultados. ' Cualquier interés no controlado (participación minoritaria) se medirá ya sea a su valor razonable o a la participación proporcional en los activos y pasivos identificables de la adquirida, transacción por transacción. La NIIF 3 revisada pasará a ser obligatoria para los estados financieros corespondientes al 2010 y será aplicada de forma prospectiva, por lo que se espera qu€ su aplicación no tenga impacto alguno en los estados financieros de la Conedora de períodos anteriores al 2010. Esta norma no ha sido adoptada por el Consejo. s) Las actualizaciones a la No¡ma Intemacional de Información Financiera No. 7 lnstrumentos financieros: Información a En ma¡zo de 2009, el Comité de Normas lnternacionales de Contabilidad emitió cienas enmiendas a la Norma lnternacional de Información Financiera 7 Instrumentos Financieros: InÍormqción a Revelar. Estas requieren revelaciones mejoradas sobre las mediciones del valor razonable y sobre el riesgo de liquidez en relación con los instrumentos financieros. Las enmiendas requieren que las revelaciones sobre la medición del valor razonable utilicen una jerarquía de valor razonable de tres niveles que refleje la importancia de los datos ut¡lizados en la medición del valor razonable de los insÍumentos financieros. Se requieren revelaciones específicas cuando las mediciones del valor razonable sean clasificadas en el nivel 3 de la jerarquia (datos importantes no observables). Las enmiendas requieren que cualquier transferencia significativa entre el nivel I y el nivel 2 de la jerarquía de valor razonable sea revelada por separado y que se haga una distinción entre las transferencias hacia cada nivel y desde cada nivel. A su vez, se requiere la revelación de cualquier cambio con respecto al pe¡íodo anterior en la técnica de valoración utilizada para cada tipo de instrumento financiero, incluidas las razones que justifican ese cambio. Adicionalmente, se modifica la definición de riesgo de liquidez y actualmente se entiende como el riesgo de que una entidad experimente dificultades para cumplir con las obligaciones relacionadas con pasivos financieros que se liquidan por medio de la enlrega de efectivo u otro activo financiero. Las enmiendas requieren la revelación de un análisis de vencimiento tanto para los pasivos financieros no derivados como para los derivados. Sin embargo, se requiere la revelación de los vencimientos contractuales de los pasivos financieros derivados solamente cuando sean nec€sarios para comprender la oportunidad de los flujos de efectivo. En el caso de los contratos de garantía financiera emitidos, las enmiendas requieren que se revele el monto máximo de la garantía en el primer período en que se pueda exigir su pago. La Corredora no ha incorporado estas revelaciones en los estados financieros. Estas enmiendas a la NIIF 7 han pasado a ser obligatorias para los estados financieros del 2009. Estas enmiendas no han sido adoptadas por el Consejo. Teléfono: (50ó) 2287-9022. Fox: {50ól 2221-3240. Web: www. boncobcr.com . Aportodo 10035-1000 Son José, Costo z í'h¡ 28 -BCR @ Norma lntemacional de Información Financiera No.8. Sesmentos ope¡ativos La NllF S requiere revelar los segmentos con base en los componentes de la entidad que supervisa la administración en la toma de decisiones sobre asuntos operativos. Tales componentes (los segmentos operativos) se identificarán según los informes internos que revisa habitualmente el encargado de tomar las principales decisiones operativas (CODM) al asignar los recursos a Ios segmentos y evaluar su rendimiento. Este "enfoque gerencial" difiere de la NIC 14, que actualmente requiere la revelación de dos grupos de segmentos -los segmentos del negocio y geográficos a partir del desglose de información que se incluye en los estados financieros. Conforme a la NIIF 8, los segmentos operativos se reportan de acuerdo con pruebas umbral relacionadas con los ingresos, resultados y activos, La NtlF 8 requiere revelar una "medida" de las utilidades o pérdidas del segmento operativo, partidas especificas de ingresos, gastos, activos y pasivos, que incluye los impoftes reportados al CODM, Deberá revelarse información adicional de utilidades o pérdidas, y dar una explicación de cómo se miden tales utilidades o pérdidas y los activos y pasivos para cada segmento que deba informarse. Además, se exige conciliar los importes totales de la información del segmento con los estados ftnancieros de la entidad. EINIIF 8 ha pasado a ser obligatoria para los estados financieros del u) 2009. Este NIIF no ha sido adoptado por el Consejo. La ClNllF 7, Aolicación del Enfoque de Re exoresión b4iA la NIC 29 ¡ lnformación financiera en economias hiperinflaciona¡ias Analiza la aplicación de la NIC 29 cuando una economía se vuelve hiperinflacionaria por primera vez, así como la contabilización del impuesto diferido. El CINttF 7 ha pasado a ser obligatoria para los estados financieros del 2007. Este CINIIF no ha sido adoptado por el Consejo. v) La CINIIF 9. Revalo¡ización de Derivados lmolícitos Requiere revalorar si se debe separar el derivado implícito del contrato principal únicamente cuando se efectúan cambios al contrato. El ClNllF t ha pasado a ser obligatorio para los estados financieros del 2007. Este CINIIF no ha sido adoptado por el Conseio. w) La CINIIF 10. Estados Financieros Interinos v el Deterioro P¡ohíbe la reversión de una pérdida por deterioro reconocida en un periodo interino previo con respecto a la plusvalía, una inversión en un instrumento patrimonial o un acfivo financiero registrado al costo. El CINIIF l0 pasará a ser obligatorio para los estados financieros del 2007 y se aplica a la plusvalia, las inversiones en instrumentos patrimoniales y los activos financieros registrados al costo a partir de la fecha en que se aplicó por primera vez el crite o de medición de las NIC 36 y 39, respectivamente (es decir, el I de enero de 2004). El Consejo permite la reversión de las estimaciones. x) La CINIIF 12. Acuerdos de Concesión de Servicios Esta lnterp¡etación ofrece una guia a las entidades del sector privado sobre situaciones relacionadas con el reconocimiento y la medición que surgen al contabilizar acuerdos de concesión de servicios entre el sector público y el sector privado. El CtNllF l2 ha pasado a ser obligatoria para los estados financieros del 2008. Este Teléfono: (50ó) CINIIf no ha sido adoptado por el Consejo .|0035-1 000 2287-9022. Fox: (50ó) 2221-3240 . Web: www.boncobcr.com . APoriodo Son José, Coslo *-' 29 -BCR l?llllTJ¡ltÍ!¡?¡lfl¡rt y) CINIIF 13. Pros¡ar¡as para Clientes Leales Esta Interpretación ofrece una guía para la contabilización de entidades que operan, o bien participan en, programas para clientes leales ofrecidos a sus clientes. Se relaciona con programas por medio de los cuales el cliente puede canjear puntos por premios, tales como bienes o servicios gratuitos o con un descuento. La CINIF 13 es obligatoria para los estados financieros del 2008. La Administración no ha cuantificado su efecto en los estados financieros de la Corredora. Este CINIIF no ha sido adootado oor el Consejo. z) CINIIF 1¿l NIC 1g El Límite de un Activo pgl Beneficio Definido. Requerimientos Mínimos de Financiamienro y su lnteracción Esta lnterpretación clarifica cuando los reembolsos o disminuciones en contribuciones futuras, relacionados con un activo por beneficio definido, deberían considerarse disponibles, y brinda una guía sobre el impacto de los ¡equerimientos mínimos de financiamiento en esos activos. También abarca la situación en la que un requerimiento mínimo de financiamiento puede originar un pasivo. La CINIIF 14 es obligatoria pam los estados financieros correspondientes al 2008, con aplicación retroactiva. La Administración no ha cuantificado su efecto en los estados financieros de la Corredora. Este CIMIF no ha sido adoptado por el Consejo. (22) Notas requglid4s+or el reqlamento relativo a Ia información financiera de entidades. srupos y conelomerados financie¡os De conformidad con Io establecido por el Reglamento ¡elativo a la información financiera de Entidades, Crupos y Conglomerados Financieros, las siguientes revelaciones no aplican: ' ' . , ' ' ' ' ' ' Inversiones en valores Cafera de créditos Activos cedidos en garantía o sujetos a restricción Depósitos de clientes a la vista y a plazo Otras concentraciones de activos y pasivos Cuentas contingentes y otras cuentas de orden Fideicomisos y comisiones de confianza Operaciones bursátiles co¡rientes, a plazo y de administración de carteras de valores Contratos de administración de fondos de inversión Contratos de administración de fondos de pensión (23) Al Hechos relevantes 30 de Setiembre del20l2, no se p¡esentan hechos relevantes que requieran ser revelados, (24) HechosSubsecuentes Al 30 de Setiembre del 2012, no se presenta hechos subsecuentes que requieran ser revelados. Teléfono: (50ó) 2287-9022 o Fox: (50ó) 2221-3240 o Web: www. boncobcr.com o Aportodo I 0035-1000 Son José, Costo f ico a,[\