Normativa para el Uso de las Instalaciones de la Facultad
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Normativa para el Uso de las Instalaciones de la Facultad
NORMATIVA PARA EL USO DE INSTALACIONES EN LA FACULTAD DE FARMACIA (Aprobada en Comisión de Gobierno de 10-3-2015) Este documento tiene como fin fijar unos criterios y al mismo tiempo regular la reserva y el uso de instalaciones en la Facultad de Farmacia en aras a una mejor gestión de los recursos disponibles. Recopila algunas medidas ya aprobadas previamente en Comisiones de Gobierno y de Ordenación Académica relativas a reservas de aulas para exámenes y a la postura a adoptar ante la visita de diversas asociaciones y ONGs que acceden a la Facultad solicitando ayuda económica. La Comisión encargada de la elaboración de esta normativa emana directamente de la Comisión de Gobierno (Comisión de Gobierno 4-6-2014) y está formada por: Mª Dolores Cabezas López Josefa González Pérez Manuel Sánchez Polo Eva Mª Talavera Rodríguez Alberto Vargas Morales Además ha contado con la inestimable ayuda de Miguel Ángel Montiel Gallardo, debido al conocimiento que tiene como gestor y responsable durante muchos años del programa destinado a la reserva de instalaciones en la Facultad. 1.- Las reservas de aulas para la celebración de cualquier evento ajeno a la docencia reglada del Centro (oposiciones, reuniones sindicales, cursos…) deberá ser aprobada por el Decanato y/o el Administrador de la Facultad. 2.- Las aulas reservadas para la docencia de cursos/jornadas no reglados por la UGR deberán ser aprobadas, además, por la Comisión de Asuntos Económicos. La gestión de estos recursos se ajustará al procedimiento que se recoge en la normativa que regula la cesión de uso temporal de espacios de la Universidad de Granada (locales, inmuebles e instalaciones) y el coste de alquiler se establecerá de acuerdo con el catálogo de precios públicos de la Universidad de Granada. Cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público, debidamente justificadas, podrán señalarse precios públicos que resulten inferiores, contemplándose la diferencia como subvención de la Facultad de Farmacia, y por tanto de la Universidad de Granada, a favor del Peticionario. En todo caso la autorización podrá ser revocada en cualquier momento, incluso si hubieren comenzado los actos contemplados en la actividad, si por parte del Peticionario, se cometieran excesos, mal uso o abusos en los espacios autorizados, a juicio del Decanato y/o el Administrador de la Facultad. 3.- El alquiler de instalaciones para cursos y/o jornadas organizadas por los estudiantes o las asociaciones estudiantiles de la Facultad no deberá ser abonado, siempre y cuando la celebración del evento no conlleve gasto alguno para la Facultad, en cuyo caso, deberá recibir la aprobación de la Comisión de Asuntos Económicos. 4.- El alquiler de aulas, por personal del Centro, para la realización de congresos y/o jornadas en la Facultad deberá ser abonado, si bien se puede solicitar al Decanato la subvención de dicho alquiler. En este caso, contará con la aprobación de la Comisión de Asuntos Económicos. 5.- La reserva del Aula Magna, Sala de Juntas y Salón de Grados deberá contar con la autorización del Decanato. La autorización, en su caso, quedará condicionada a las necesidades académicas o actividades universitarias que dependan directamente del mismo. Estas instalaciones están destinadas a la celebración de tribunales de Tesis, concursos-oposición, defensas de TFG y de TFM, conferencias, actos de apertura de cursos, videoconferencias, reuniones, etc., en definitiva, no están destinadas para impartir docencia ordinaria. La necesidad de utilizar estas instalaciones con este fin deberá contar con el conocimiento y aprobación del Decanato. Cuando un aula previamente reservada no vaya a ser utilizada, se deberá realizar la correspondiente anulación de la reserva para conocer su disponibilidad. 6.- La reserva de las aulas de docencia, no contempladas en el POD de cada curso, para la realización de seminarios, clases de problemas, tutorías, etc. podrá realizarse por el personal de administración de los Departamentos. Estas reservas no podrán tener una duración mayor de tres semanas consecutivas, y se realizarán con una antelación máxima de 15 días. Reservas de más de tres semanas seguidas deberán contar con la autorización del Decanato. 7. La reserva de las aulas de informática se programará en acto público, antes del inicio de cada curso, ajustando la disponibilidad a las necesidades de cada Departamento. Dada la antelación de la reserva, los Departamentos están obligados a cancelar ésta con suficiente antelación si llegado el momento no necesitan utilizarla. 8.- La reserva de aulas, para la realización de exámenes finales se realiza desde el Decanato en las convocatorias oficiales de febrero, junio y septiembre ajustando el número de aulas al número de alumnos matriculados en la asignatura. Para la convocatoria de diciembre solo intervendrá el Decanato en caso de conflicto de intereses entre varios departamentos. La reserva de aulas fuera de estas convocatorias oficiales se realizará por los departamentos. Si hay una elevada demanda, por coincidencia de varios exámenes y faltan aulas, el Decanato gestionará un reparto equilibrado de las mismas, atendiendo igualmente al número de alumnos matriculados. Si un departamento reserva anticipadamente más aulas de las que se consideran adecuadas, se le respetará el exceso únicamente cuando no las necesite otro departamento. 9.- La reserva de aulas para pruebas de control de asignaturas que se realicen fuera del calendario oficial de exámenes y que no coincidan con su horario de clases, debe realizarse a partir de las 19:15 horas, para no interferir con el resto de la actividad docente. 10.- La solicitud de reserva de un espacio de la Facultad para la realización de una actividad en la que participe algún profesor o investigador visitante (Tesis Doctoral, concurso oposición, conferencia, etc.) incluirá el compromiso, por parte del organizador, de remitir los datos al Registro de Profesores/Investigadores Visitantes de la Facultad. 11. Desde el Decanato no se facilitará el acceso a las zonas de trabajo de la Facultad (despachos, laboratorios, etc.) a asociaciones y ONGs que acceden a las distintas instalaciones del Centro solicitando ayuda económica. Tan sólo se permitirá la instalación de un stand o similar, por cuenta de la propia ONG o asociación, en alguna zona común del Centro que será, en todo caso, autorizada expresamente por el Decanato y/o el Administrador de la Facultad. 12. Para obtener dicha autorización, la asociación deberá personarse en el Decanato o ante el Administrador, facilitando la documentación identificativa de la asociación que se estime necesaria. En el caso de considerar positivamente la petición, los representantes de la ONG o asociación deberán estar en todo momento identificados.