CONVOCATORIA BOLSAS VARIAS
Transcripción
CONVOCATORIA BOLSAS VARIAS
@ANPEasturias CONVOCATORIA BOLSAS VARIAS ESPECIALIDADES Plazo: 10 días naturales a partir del siguiente a su publicación Requisitos relativos a la titulación 0590010 Francés anexo II de la Resol. 27 de julio de 2004. 0590106 Hostelería y Turismo Resol. 27 de julio de 2004. 0592001 Alemán Resol. 27 de julio de 2004. 0597032 Lengua extranjera: Inglés Anexo del Real Decreto 1594/2011 0597039 Lengua extranjera: Alemán Anexo del Real Decreto 1594/2011 Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Licenciado en Filología Francesa Licenciado en Traducción e Interpretación Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Licenciado en Ciencia y Tecnología de los alimentos Licenciado en Administración y Dirección de Empresas Diplomado en Turismo Licenciado en Filología Alemana Licenciado en Traducción e Interpretación Maestro, especialidad de Lengua Extranjera Inglés. Anexo del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros, siempre que en cualquier caso la persona solicitante cuente con el título de Maestro. Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Lengua extranjera y la acreditación del nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas. Títulos de Graduado o Graduado en el ámbito de una lengua extranjera en el idioma correspondiente. Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Filología. Certificado de nivel avanzado o Certificado de aptitud de la Escuela Oficial de idiomas correspondiente. Licenciado en Filología del idioma correspondiente. Diplomado por las Escuelas Universitarias de Idiomas (traductores e intérpretes) en el idioma correspondiente. Anexo del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros, siempre que en cualquier caso la persona solicitante cuente con el título de Maestro. Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Lengua extranjera y la acreditación del nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas. Títulos de Graduado o Graduado en el ámbito de una lengua extranjera en el idioma correspondiente. Maestro especialidad de Lengua Extranjera (R.D. 1440/1991). Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Filología. Certificado de nivel avanzado o Certificado de aptitud de la Escuela Oficial de idiomas correspondiente. Licenciado en Filología del idioma correspondiente. Diplomado por las Escuelas Universitarias de Idiomas (traductores e intérpretes) en el idioma correspondiente. 0597998 Gallego Asturiano Encontrarse en posesión de titulación académica habilitante para el acceso a plazas de Educación Primaria y figurar en el Registro General de Capacitación regulado por el Decreto 30/2001, de 5 de abril (BOPA del 18 de abril) Tendrán derecho a la inscripción en el Registro General de Capacitación en gallego-asturiano, y RESOLUCION de 26 de abril consiguiente certificación, quienes reúnan los siguientes requisitos: de 2001, (BOPA Haber participado con aprovechamiento o calificación equivalente en alguno de los 04/05/2001) 1º siguientes cursos: MODIFICACIÓN Cursos de formación del profesorado, en gallego-asturiano, organizados por la (BOPA entonces Consejería de Educación, Cultura y Deportes y la Dirección Provincial de 27/07/2010) Educación del Ministerio de Educación y Ciencia en Asturias (Convenio MECPrincipado 1988). Cursos de formación del profesorado, en gallego-asturiano, organizados por la entonces Consejería de Educación, Cultura y Deportes y la Dirección Provincial de Educación del Ministerio de Educación y Ciencia en Asturias (Resolución de 26 de julio de 1994). Curso de capacitación en gallego-asturiano para la Educación Primaria, organizado por la Consejería de Educación y Cultura, dentro del Plan Regional de Formación, en colaboración con la Academia de la Llingua, acreditando la superación de las tres fases del mismo. 0597999 Lengua Asturiana RESOLUCION de 26 de abril de 2001, (BOPA 04/05/2001) 1º MODIFICACIÓN (BOPA 27/07/2010) 2º MODIFICACIÓN (BOPA 11/01/2012) Encontrarse en posesión de titulación académica habilitante para el acceso a plazas de Educación Primaria y figurar en el Registro General de Capacitación regulado por el Decreto 30/2001, de 5 de abril (BOPA del 18 de abril) La inscripción en el registro General de Capacitación en bable/asturiano se podrá realizar a través de dos opciones: Haber participado con aprovechamiento o calificación equivalente en alguno de los siguientes cursos: Cursos de especialización en Llingua Asturiana, organizados por la entonces Consejería de Educación, Cultura y Deportes y la Dirección Provincial de Educación del Ministerio de Educación y Ciencia en Asturias (Convenio MEC-Principado 1988). Cursos de Llingua Asturiana pa enseñantes, organizados por la Academia de la Llingua Asturiana, acreditando la superación de los grados de iniciación, medio y superior. Cursos de experto en Filología Asturiana, de la Universidad de Oviedo. Encontrarse en posesión del título de Grado de Maestro en Educación Primaria con mención en Lengua Asturiana.”