Consejo de la UE - Council of the European Union

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Consejo de la UE - Council of the European Union
Consejo de la UE
PRESS
ES
COMUNICADO DE PRENSA
489/15
22/06/2015
Conclusiones del Consejo sobre Burundi
1. El bloqueo de la situación política en Burundi, así como el deterioro de la situación en materia económica y de seguridad,
conllevan graves consecuencias para la población, y riesgos para toda la región. Frente a esta situación crítica, la UE saluda la
movilización de la región para encontrar una salida. Las decisiones sobre la situación en Burundi adoptadas el 13 de junio por
la Cumbre de la Unión Africana (UA), así como las conclusiones de la Cumbre de la Comunidad del África Oriental (CAO) del
pasado 31 de mayo, establecen un marco ineludible para permitir que Burundi salga de la crisis.
2. Recordando las Conclusiones del Consejo de 16 de marzo y 18 de mayo de 2015, la UE comparte la convicción
manifestada por la UA, la CAO y las Naciones Unidas de que únicamente el diálogo y el consenso, con pleno respeto del
Acuerdo de Arusha y la constitución de Burundi, permitirán hallar una solución política duradera en beneficio de la seguridad y
la democracia para todos los burundeses. La UE hace un llamamiento a todos los actores burundeses, a los que se
compromete a apoyar, para que reanuden el diálogo sobre todas las cuestiones que son objeto de divergencias entre las
partes.
3. La Unión Europea insta a respetar plenamente las condiciones especificadas por la UA y la CAO, que se consideran
indispensables para que el proceso electoral se desarrolle adecuadamente, con credibilidad y de forma pacífica, incluyente y
transparente, y con pleno respeto de las libertades políticas, incluida la libertad de expresión. La UE insta a reforzar la
coordinación y respalda los esfuerzos de mediación desplegados por la UA, la CAO y las Naciones Unidas, y se mantiene
dispuesta a apoyar la aplicación de las medidas concretas recientemente anunciadas por la UA. Tanto la CAO como la UA han
declarado claramente que en la actualidad no se reúnen condiciones favorables para la organización de las elecciones. Es muy
probable que dichas condiciones no puedan reunirse dentro de los plazos previstos por la constitución de Burundi. La UE
exhorta al gobierno de Burundi a aceptar la realidad de esta constatación y a responder lo antes posible con actos concretos a
las decisiones del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana.
4. Al igual que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la UE manifiesta su profunda
preocupación por el número de víctimas y los casos de graves violaciones de los derechos humanos que se han producido
desde el comienzo de la crisis, en particular por los abusos atribuidos a las fuerzas de seguridad y a miembros de los
Imbonerakure. Pide a los responsables que pongan fin a todos los actos que provocan estas manifestaciones de violencia, y
exhorta a las autoridades burundesas a que esclarezcan tales hechos y hagan comparecer ante la justicia a los responsables.
Reitera que las personas responsables de violaciones graves de los derechos humanos no pueden quedar impunes, y que
estas personas deben ser consideradas individualmente responsables y rendir cuentas ante la justicia. En este contexto, la UE
concede especial importancia al despliegue inmediato de observadores de los derechos humanos y de expertos militares
anunciado por la UA.
5. La UE está resuelta a adoptar, en su caso, medidas restrictivas selectivas contra aquellas personas cuya actuación pueda
haber conducido o conduzca a actos de violencia y de represión, a graves violaciones de los derechos humanos, u obstaculice
la búsqueda de una solución política en el marco propuesto por la UA y la CAO. A título preventivo, el Consejo pide a la Alta
Representante que inicie trabajos preparatorios en este sentido.
6. La UE recuerda las obligaciones establecidas en virtud del Acuerdo de Cotonú en materia de respeto de los derechos
humanos, de los valores democráticos y del Estado de Derecho, así como la posibilidad de iniciar los procedimientos de
consulta contemplados en el acuerdo, incluido el artículo 96.
En función de la reacción del gobierno de Burundi a las decisiones del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana y de
la futura evolución de los acontecimientos, la UE está dispuesta a iniciar estos procedimientos, incluido en el ámbito de la
cooperación, para garantizar que Burundi cumpla dichos compromisos.
La UE subraya que las obligaciones del Acuerdo de Cotonú se aplican también a la totalidad de los Estados signatarios del
Acuerdo.
7. La UE manifiesta asimismo su gran preocupación en relación con el constante flujo de refugiados que se dirigen hacia los
países vecinos. Reitera su apoyo a las organizaciones humanitarias presentes en la región que dan respuesta a las
necesidades inmediatas de los refugiados, y saluda la política de apertura y de hospitalidad de las autoridades de los países
de acogida en relación con las poblaciones que buscan refugio más allá de sus fronteras.
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