resumen información admisión para familias

Transcripción

resumen información admisión para familias
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
C.E.I.P. FRANCISCO PINO
VALLADOLID
ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD
DE CASTILLA Y LEÓN
1.- NORMATIVA REGULADORA:
- DECRETO 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
- ORDEN EDU/178/2013, de 25 de marzo, por la que se desarrolla el Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el
que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de
Castilla y León.
- RESOLUCIÓN DE 15 de enero de 2016, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se
concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de Castilla y León para cursar
en 2016/2017 enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de E. Infantil, E. Primaria, E. Secundaria
Obligatoria o Bachillerato.
Sorteo público para dirimir empates: Se realizará el 11 de marzo.
2.- PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO Y REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR:
Disponible en la página web del Centro: http://ceipfranciscopino.centros.educa.jcyl.es
3.- UNIDAD TERRITORIAL DE ADMISIÓN (UTA):
Es la nº 5 que abarca las siguientes localidades: - Arroyo de la Encomienda/ - Ciguñuela/ - La Cistérniga/
- Geria/ - Navabuena/- La Overuela/ - Pinar de Antequera/
- Villanubla/ - Puente Duero-Esparragal / - Renedo de Esgueva/
- Simancas / - Santovenia de Pisuerga/ - Valladolid/ - Wamba /
- Zaratán
4.- TIPIFICACIÓN DEL CENTRO:
- Motóricos
- Enseñanza bilingüe en inglés en todos los cursos de Educación Primaria.
5.- INFORMACIÓN A LAS FAMILIAS
- A través del servicio telefónico 012, en caso de llamar desde Castilla y León, o del número de teléfono
complementario 983 327 850 en caso de hacerlo desde fuera de la Comunidad.
- En el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es):
- A través del menú «Temas» → «Admisión de alumnado» → «Admisión del alumnado de Infantil, Primaria
y Secundaria».
- A través de: «Familias» → «Gestiones y Consultas» → «Aplicación Admisión Alumnos».
- Los participantes en el proceso de admisión que así lo hayan indicado en su solicitud podrán recibir información
sobre el estado de la misma a través de mensajes SMS.
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C.E.I.P. FRANCISCO PINO
VALLADOLID
6.- SOLICITUD DE ADMISIÓN:
- El formulario de solicitud de admisión, estará disponible en los centros docentes, en las Direcciones
Provinciales de Educación, en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León
(https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León
(http://www.educa.jcyl.es).
- El alumnado de 6º que debe cambiar de centro para proseguir enseñanzas obligatorias, deberá utilizar la
solicitud pregrabada expedida por el centro en que se encuentre escolarizado, los días 15 y 16 de marzo. Esta
solicitud, una vez revisada y completada se presentará en el instituto pedido como primera opción, hasta el día
8 de abril.
- El domicilio familiar que se alegue en la solicitud deberá corresponder al solicitante primero.
- Debe ser firmada por los progenitores que aparezcan en el libro de familia, aunque estén separados o
divorciados, siempre que no se acredite la pérdida de patria potestad sobre el alumno de uno de ellos.
- En la solicitud se solicitará un mínimo de 3 centros docentes y potestativamente hasta 7 centros adicionales a
los que optar en caso de no resultar adjudicatario de plaza en el primero.
- El alumnado de 6º que debe cambiar de centro docente para proseguir enseñanzas obligatorias, consignará
hasta 7 centros adicionales como máximo, no computando los centros de adscripción que aparezcan en su
solicitud. En todo caso se deberá señalar el orden de preferencia de todos los centros.
- El alumnado ACNEE de 6º que cambie de etapa deberá realizar la solicitud de plaza escolar en las mismas
condiciones que el resto del alumnado, aunque se emita el preceptivo dictamen de escolarización. La comisión de
escolarización contrastará la solicitud y el dictamen y determinará lo que es más idóneo para el alumno.
7.- LUGAR DE PRESENTACIÓN: En el Centro docente consignado como primera opción (La solicitud se
acompañará de toda la documentación pertinente)
8.- DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LAS CIRCUNSTANCIAS ALEGADAS:
Con carácter general para participar en el proceso se debe presentar…
► Solicitud de admisión.
► Fotocopia del libro de familia (o documento equivalente, en caso de extranjeros).
► Presentación del DNI o NIE del solicitante (padre, madre o tutor legal) para ser cotejado con el que figura en
la solicitud. En el caso de que la solicitud sea presentada por otra persona, ésta deberá aportar fotocopia del
D.N.I. o N.I.E de los solicitantes en la que se incluya autorización escrita de éstos para presentarla en su nombre.
► En los supuestos en que se alegue la pérdida de la patria potestad o si el alumno está sometido a tutela o a
acogimiento familiar permanente o preadoptivo, se aportará documentación justificativa de estas circunstancias.
► Hermanos matriculados en algún centro solicitado: certificación del centro en la que se especifiquen los datos
personales de cada hermano alegado y el curso en el que vaya a estar escolarizado en el siguiente año académico.
► Progenitores o tutores legales que trabajen en algún centro solicitado: certificación de dicho centro en la que
figuren los datos personales de la persona trabajadora y los referidos al puesto de la plantilla que ocupa.
►Las familias monoparentales, si en el libro de familia aparecen dos progenitores, deberán aportar además la
resolución judicial de la que se deduzca que el menor está siendo mantenido exclusivamente por uno sólo de
ellos. En caso contrario, el cómputo de la renta deberá realizarse considerando las de ambos progenitores.
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► Criterio complementario del centro/s solicitado/s: certificado expedido por dicho centro que acredite
literalmente “el cumplimiento del criterio complementario consistente en...” que dicho centro haya determinado.
►Proximidad del domicilio laboral a algún centro solicitado:
a) Para trabajadores por cuenta ajena: certificación de la empresa en la que figuren los datos personales de la
persona interesada, alta en la Seguridad Social y los referidos al puesto que ocupa y al domicilio en que se
desarrolla.
b) Para trabajadores por cuenta propia: certificación de estar dado del alta en la matrícula del Impuesto de
Actividades Económicas, alta en la Seguridad Social y, en su caso fotocopia del pago de la cuota correspondiente
al año en curso. En el supuesto de que no exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de
Actividades Económicas de conformidad con la normativa vigente, el domicilio laboral se acreditará mediante la
presentación de una fotocopia de la licencia de apertura expedida por el ayuntamiento correspondiente, o la
comunicación previa de actividades, y en ambos casos una declaración responsable del interesado sobre la
vigencia de la misma.
Para circunstancias puntuables VERIFICABLES electrónicamente...
…
Sólo será necesario presentar la documentación acreditativa que se relaciona a continuación en caso de que
NO se autorice la verificación electrónica de las circunstancias puntuables a las que refieren, o de que dichas
circunstancias NO hayan sido reconocidas en la comunidad de Castilla y León.
► Proximidad del domicilio familiar a algún centro solicitado: certificado o informe de empadronamiento.
► Rentas anuales de la unidad familiar: copias de las declaraciones del IRPF de los solicitantes, incluidas en su
caso las complementarias.
►Aquellos solicitantes que, al respecto de la valoración de rentas anuales de la unidad familiar, se acojan a la
disminución de ingresos (más de un 50%) prevista en el artículo 16.6 de la Orden EDU/178/2013, de 25 de marzo,
deberán presentar o autorizar la verificación electrónica de dichas rentas y acreditar su situación actual mediante
la siguiente documentación:
a) «Certificado de Importes Anuales» referido al año 2015, expedido por el Servicio Público de
Empleo Estatal, con objeto de acreditar si ese año se han percibido o no prestaciones por
desempleo y su cuantía incluso en caso de no haberse percibido.
b) «Informe de Vida Laboral» actualizado, expedido por una administración de la Seguridad Social o bien desde
su sede electrónica (https://sede.seg-social.gob.es), con objeto de acreditar si en 2015 se ha desarrollado
actividad laboral. En caso de personal funcionario que no tenga acceso a este informe (por pertenecer a
MUFACE, ISFAS, MUNPAL, etc.) se sustituirá por un certificado de servicios prestados expedido por la
unidad de personal que corresponda a su destino.
c) En caso de que se haya desarrollado actividad laboral por cuenta ajena, se aportará «Certificado de
empresa» en el que consten los rendimientos y retenciones correspondientes a 2015.
d) En caso de que se haya desarrollado actividad laboral por cuenta propia, se aportará copia de todas las
declaraciones trimestrales del IRPF 2015 (estimación directa o módulos).
Se presentará documentación correspondiente a todos y cada uno de los solicitantes que aparezcan en la
solicitud, independientemente de que la disminución de ingresos anuales sólo haya afectado a uno de ellos.
► Discapacidad en el alumno o en alguno de sus progenitores o hermanos: certificación emitida por el
organismo competente.
► Discapacidad motora o auditiva del alumno no asociada a una necesidad específica de apoyo educativo:
certificado médico.
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► Enfermedad crónica del alumno que afecte al sistema digestivo, endocrino o metabólico y exija como
tratamiento esencial el seguimiento de una dieta compleja y un estricto control alimenticio cuyo cumplimiento
condicione de forma determinante el estado de salud física del alumno: certificado médico.
► Familia numerosa: copia del título vigente.
9.- DESISTIMIENTO DE UNA SOLICITUD.
El alumno que participa en el proceso de admisión y obtiene plaza en un centro libremente elegido, pierde la
plaza que ocupaba en su centro de origen, por lo que si cambia de idea debe presentar, en el mismo centro en el
que presentó la solicitud el desistimiento, antes del 9 de mayo, al que acompañará una copia de la solicitud
previamente presentada.
10.- MATRICULACIÓN EN PERIODO EXTRAORDINARIO.
En el periodo extraordinario de admisión sólo participará el alumnado que no hubiese resultado adjudicatario de
plaza en el período ordinario por no existir vacante en los centros solicitados, el que hubiese presentado su
solicitud fuera del plazo y el que hubiese presentado solicitudes duplicadas.
El día 11 de julio de 2016 se publicarán, en los tablones de anuncios de la dirección provincial de educación y en
su correspondiente apartado del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León, las plazas vacantes disponibles
en cada curso y centro docente.
El formulario de ampliación de centros estará disponible en las direcciones provinciales de educación, en la sede
electrónica de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de
la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es). Se presentará del 12 al 15 de julio en la Dirección
Provincial de Educación y en él se indicará el número de la solicitud presentada en el periodo ordinario.
El 29 de julio se publicará en el tablón de anuncios de la dirección provincial de Educación los listados de
adjudicación de plaza escolar correspondientes al periodo extraordinario de admisión.
11.- CALENDARIO PROCESO DE ADMISIÓN 2016/2017
- Jornada de Puertas abiertas: 9 de marzo, a las 16:15; 10 de marzo, a las 9:30 y a las 11:00; 11 de
marzo, a las 16:15 (no se precisa cita previa)
- Presentación de solicitudes: Del 16 de marzo al 8 de abril
- Publicación errores renta: 15 de abril.
- Desistimientos: hasta el 9 de mayo
- Publicación listados de baremación: 9 de mayo
- Plazo de reclamaciones a la puntuación: del 9 al 13 de mayo (en el centro docente)
- Publicación del Listado de adjudicación: 22 de junio
- Matriculación del alumnado : - Entre el 22 de junio y el 1 de julio los alumnos de E. Infantil y E.
Primaria
- Los alumnos de E. Secundaria en el plazo de 15 días hábiles a contar
desde el 22 de junio de 2016.

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