Rectificar y sustituir el Art. 2 de la resolucion

Transcripción

Rectificar y sustituir el Art. 2 de la resolucion
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Delensoría
'.:~l¡. del Pueblo
a.
ECUADOR
[( desafio de ser diferi!nws es sentirnos seml'janles
RESOLUCIÓN
No.
059
-DPE-CGAJ-2014
ING. MARÍA BELÉN PALACIOS
COORDINADORA GENERAL ADMINISTRA TIVA FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 214 de la Constitución de la República del Ecuador, establece la autonomía
administrativa, finauciera, presupuestaria y orgauizativa de la Defensoría del Pueblo, en
coucordancia con el Art. I de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo;
Que, mediante Resolución No. 0002-DPE-CGAJ-2014 de 02 de enero de 2014, el Defeusor del
Pueblo delegó a ellla Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a de la Defeusoría del
Pueblo, para que, desde el 2 de enero de 2014 en adelaute, a uombre y en representación del
Defensor del Pueblo, ejerza y ejecute, de conformidad con la Constitución de la República, la Ley y
más normativa aplicable, en el ámbito de la contratación pública, la atribución de "Llevar adelante
desde su inicio hasta su adjudicación, suspensión, cancelación o declaratoria de desierto los
procedimientos precontractuales establecidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública y su Reglamento de Aplicación, para la adquisición o arrendamiento de
bienes, ejecución de obras y prestación de servicios incluidos los de consultoría, ... ", entre ellos el
proceso de subasta inversa de bienes y servicios cuando el monto de la contratación sea mayor o
igual a 0,0000002 por el Presupuesto Inicial del Estado (PIE);
Que, la Ing. María Belén Palacios. Coordinadora General Administrativa Financiera, mediante
Resolución No. 055-DPE-CGAJ-2014 de 23 de abril de 2014, resolvió autorizar el inicio del proceso
de Subasta Inversa Electrónica, signado con el código No. SIE-DPE-004-2014 y aprobar los pliegos,
para la "CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA
PARA LA OFICINA MATRIZ DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO (ED. LA PRENSA Y ED.
ZAMBRANO), COORDINACIÓN GENERAL DEFENSORIAL ZONAL 5-8 (GUAYASGUAYAQUIL); Y,
COORDINACIÓN GENERAL DEFENSORIAL ZONAL 6 (AZUAYCUENCA)", por el presupuesto referencial de USO $ 180.759,72 dólares más IVA; y, designar a la
Abg. Alejandra Molina Santillán, Directora Nacional Administrativa encargada y la Econ. Sandra
Adriana Rodriguez Miranda, Analista 1 de la Dirección Nacional Administrativa, para que emitan el
informe de análisis de la/s oferta/s que se presentaren, estableciendo sus atribuciones dentro del
referido proceso;
Que, el Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en su artículo
18, numeral 2, dispone que para cada proceso de contratación de Subasta inversa, cuyo presupuesto
referencial sea superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0.000002 por el monto del
Presupuesto Inicial del Estado, se conformará la correspondiente Comisión Técnica integrada por un
profesional designado por la máxima autoridad, quien la presidirá; el titular del área requirente o su
delegado; y, un profesional afín al objeto de la contratación designado por la máxima autoridad o su
delegado, organismo que podrá designar al secretario de la misma de fuera de su seno;
Que, por un error involuntario se hizo constar en el Art. 2 a la Abg. Alejandra Molina Santillán,
Directora Nacional Administrativa encargada y la Econ. Sandra Adriana Rodriguez Miranda,
Analista 1 de la Dirección Nacional Administrativa para que emitan el informe de análisis de la/s
oferta/s que se presentaren, estableciendo sus atribuciones dentro del referido proceso, cuando por el
monto del proceso de Contratación se debe conformar una Comisión Técnica, de conformidad con el
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artículo 18 del Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, su Reglamento General, la Resolución INCOP No. 013-09 de 6 de marzo de
2009, y la Resolución No. 0002-DPE-CGAJ-20l4 de 02 de enero de 2014
RESUELVE:
Art. 1.- Rectificar y sustituir el Art. 2 de la Resolución No. No. 055-DPE-CGAJ-20l4 de 23 de abril
de 2014, en los siguientes términos: "Designar como miembros de la Comisión Técnica para el
proceso a seguir al señor Gabriel Casañas, Asesor de la Coordinación General Administrativa
Financiera, delegado de la máxima autoridad, quien la presidirá; a la Abg. Alejandra Molina
Santillán, Directora Nacional Administrativa encargada, en calidad de titolar del área requirente; y, a
la Econ. Sandra Adriana Rodriguez Miranda, Analista 1 de la Dirección Nacional Administrativa, en
su calidad de profesional afín al objeto de la contratación, quienes tendrán a su carg<:>las siguientes
atribuciones: Designar al secretario de fuera de su seno; preparar las respuestas y aclaraciones a las
preguntas formuladas por los interesados; abrir el o los sobres; solicitar la convalidación de errores;
evaluar y calificar las ofertas, emitir el Informe de Resultados de la puja y recomendar la
adjudicación del contrato o la declaratoria de procedimiento desierto y todas las demás previstas en
los Pliegos. El Informe o Acta de Análisis y calificación de las ofertas deberá ser aprobado por la
Coordinadora General Administrativa Financiera y la negociación de ser el caso deberá realizarla la
mencionada autoridad, en representación de la Defensoría del Pueblo, conforme la Resolución No.
002-DPE-CGAJ-20l4 de 2 de enero de 2014. ".
Art. 2.- Disponer a la Dirección Nacional Administrativa publique en el Portal Institocional del
Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) la presente Resolución.
Art. 3.- De la ejecución de la presente Resolución, que entrará en vigencia a partir de su suscripción,
encárguese a la Dirección Nacional Administrativa.
Comuníquese y Publíquese en el Portal Institucional del SERCOP.
Dado en el Despacho de la Coordinadora General Administrativa Financiera, en la ciudad del
Distrito Metropolitano de Quito, a 25 de abril de 2014.
IN . MARÍA BELÉN PALACI~
COORDINADORA GENERAL ADMINISTRATNí?FINANCIERA
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