MANUAL DE CONVIVENCIA CAPÍTULO I 1. Fundamentos

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MANUAL DE CONVIVENCIA CAPÍTULO I 1. Fundamentos
MANUAL DE CONVIVENCIA
CAPÍTULO I
1. Fundamentos filosóficos
1.2 Objetivo Institucional
1.3 Política de quejas y reclamos
1.4 Directrices Pedagógicas
CAPÍTULO II
PROPÓSITO Y COMPROMISO
2.1 El Manual de Convivencia es un instrumento que le permite a los estudiantes y demás
miembros de la comunidad educativa, sean los mismos jóvenes los gestores de unas normas que
le permitan la sana convivencia en aras de su verdadera libertad, con responsabilidad.
2.2 Propósitos del Manual
Este manual tiene como propósito permitir la expresión de las reglas y normas que nos ayudan a
“vivir” dentro de un ambiente armónico y familiar.
Estos parámetros permiten:
CONVIVIR: Equivale a no agredir física ni psicológicamente a los demás: entender que no existen
enemigos si no opositores, con los cuales se puede conciliar a través de acuerdos que resuelven
las diferencias y conflictos, valorando la vida del otro y la nuestra, buscando la unidad y no la
uniformidad y respetando la vida íntima del prójimo.
INTERACTUAR: Equivale a comunicarse con cordialidad, respetando las diferencias, escuchando
atentamente al otro, manejando correctamente la crítica, defendiendo las ideas con argumentos
válidos dentro de los principios de la equidad y justicia.
PROYECTARSE: Equivale a contribuir en la formación de un talento humano con convicción
cristiana para ejercer una función social y trascender.
2.3 FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA DE LA
INSTITUCIÓN
La Agenda Escolar es una herramienta de comunicación esencial y de uso diario en la cual se
registra información básica de sucesos, citaciones, observaciones específicas, excusas y/o
permisos por inasistencia o porte de uniformes, solicitudes y otras que se generen y que sea de
interés para padres y maestros. Esta se entregará a los estudiantes formalmente matriculados.
Las Circulares o Comunicados escritos constituyen otro medio que la institución utiliza para
informar a padres y estudiantes acerca de las actividades que se planean o comunicados de
interés general y donde se espera la participación de los mismos.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. (Decreto 1860 articulo 17)
El reglamento o manual de convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de
los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa.
En particular debe contemplar los siguientes aspectos:
1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad
educativa.
2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los
bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos.
3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar.
4. Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto. Deben
incluir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al
respecto.
5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o
colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de
diálogos y de conciliación.
6. Pautas de presentación personal que preserven a los estudiantes de la discriminación por
razones de apariencia.
7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los estudiantes, incluyendo el derecho a
defensa.
8. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de los
voceros de los demás consejos previstos en el presente decreto. Debe incluir el proceso de
elección del personero de los estudiantes.
CAPITULO III
FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
1. Constitución política de Colombia.
2. Ley 115 de 1994. Por la cual se expide la Ley General de Educación.
3. Ley 715 de 2001. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y
competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 0118
de 2001) de la Constitución política y se dictan otras disposiciones para organizar la
prestación de los servicios de educación y salud entre otros.
4. Ley 1098 de 2006. Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia.
5. Ley 1295 de 2006. Por la cual se reglamenta la atención integral de los niños y las niñas de
la primera infancia de los sectores clasificados como 1,2 y 3 del Sisbén.
6. Ley 113 de 1994. Por la cual se desarrolla el derecho de libertad religiosa y de cultos,
reconocido en el artículo 19 de la constitución política de Colombia.
7. Ley 30 de 1986. Por el cual se adopta el estatuto nacional de estupefacientes y se dictan
otras disposiciones.
8. Ley 1404 de 2010. Por el cual se crea el programa escuela de padres y madres en las
instituciones de educación preescolar, básica y media académica.
9. Ley 1361 de 2009. Por medio del cual se crea la ley de protección integral a la familia.
10. Ley 181 de 1995. Por el cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la
recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física y se crea el sistema
nacional del deporte.
11. Decreto 1860 de 1994. Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115 de 1994, en los
aspectos pedagógicos y organizativos generales.
12. Decreto 1290 de 2009. Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción
de los estudiantes de los niveles de educación básica y media.
13. Decreto 2247 de 1997. Por el cual se establecen normas relativas a la prestación del
servicio educativo del nivel preescolar y se dictan otras disposiciones.
14. Decreto 4500 de 2006. Por el cual se establecen normas sobre la educación religiosa en
los establecimientos oficiales y privados de educación preescolar, básica y media de
acuerdo con la ley 115 y la ley 133 de 1994.
15. PENDIENTE REVISAR OTRAS RESOLUCIONES.
CAPÍTULO IV
DE LOS ESTUDIANTES
El estudiante del Colegio Gimnasio Real de Girardot es la persona que reuniendo los requisitos
previos exigidos por la institución legaliza su vinculación mediante la formalización de su respectiva
matrícula y mediante el cumplimiento de las normas vigentes.
4.1 PERFIL DEL ESTUDIANTE
UNA PERSONA QUE VIVENCIA LOS VALORES.
El estudiante del Colegio Gimnasio Real de Girardot se caracteriza por ser una persona que
vivencia los valores Cristo céntricos y conductas que la institución señala como ejes fundamentales
para la formación.
4.2 REGLAMENTO PARA EL USO DE CELULARES Y APARATOS ELECTRÓNICOS
La utilización de aparatos electrónicos durante las actividades escolares es catalogado como una
falta leve; y su utilización se regula específicamente en los espacios libres del estudiante: entrada y
salidas de la jornada escolar, espacios de descanso y en actividades recreativas o lúdicas. Por lo
tanto:
1. Bajo ninguna circunstancia está permitido la comercialización del servicio de telefonía
móvil dentro de la institución por parte de algún miembro de la comunidad escolar.
2. Todo teléfono celular debe ser colocado en modo silencioso al inicio de cada jornada
escolar como norma social y para evitar la molestia y distracción que puede generar.
3. El estudiante que porte, preste o utilice aparatos electrónicos dentro de la institución lo
hace bajo su responsabilidad, por lo tanto la institución no se hace responsable de la
pérdida o daños que le puedan ocasionar.
4. El estudiante que incumpla la norma de utilizar aparatos electrónicos durante las
actividades de clase, le será decomisado y se le entregará al acudiente para establecer
junto con el estudiante un acuerdo de voluntades.
5. Si el estudiante reincide e incumple dicho acuerdo o utiliza estos aparatos para generar
situaciones que afecten la sana convivencia o el normal desarrollo de las actividades
escolares, se establecerá una acción disciplinaria donde al estudiante con el respaldo de
sus acudientes, no se le permita la utilización de estos medios electrónicos; pues no le esta
dando el uso correcto para el cual fue dado por sus acudientes.
4.3 PRESENTACIÓN PERSONALY PORTE DE UNIFORMES
UNIFORME DE DIARIO PREESCOLAR Y PRIMARIA.
Niñas: Falda de prenses color gris, blusa blanca cuello bebé con el escudo del colegio vestida
dentro de la falda, medias blancas a media pierna y zapatos negros colegiales de amarrar.
Niños preescolar: Pantalón gris hasta la rodilla, camisa blanca con el escudo del colegio, medias
blancas a media pierna y zapatos negros colegiales de amarrar.
Niños Primaria: Pantalón gris bota recta a la cintura, cinturón negro, medias bancas a media
pierna, zapatos negros colegiales de amarrar, camisa blanca con el escudo del colegio.
UNIFORME DE DIARIO DE BACHILLERATO
Niñas: Falda gris con prenses debe portarse a la cintura y a la altura de la rodillas, medias blancas
a media pierna, zapatos negros colegiales de amarrar, blusa blanca con el escudo del colegio,
cuello redondo.
Niños: Pantalón gris a la cintura, bota recta, cinturón negro, medias color gris, zapatos negros
colegiales de amarrar, camisa blanca con el escudo del colegio y corbata roja (en eventos
especiales).
UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA
Camibuzo blanco con el escudo del colegio, camiseta de trabajo completamente blanca con
mangas y cuello redondo. Pantalón de sudadera rojo bota recta, pantaloneta roja vestidas a la
cintura, medias blancas a media pierna y tenis totalmente blancos.
PARGRAFO 1. Los uniformes no deben adaptarse a modas sino mantener el diseño y los
parámetros del modelo establecido.
PARAGRAFO 2. El estudiante deberá disponer de los uniformes que requiera para la semana y
utilizarlos en la ocasión que corresponda. Si el estudiante por alguna circunstancia no tiene
completo alguno de los uniformes exigidos por la institución, presentará excusa en la agenda
explicando el motivo y portará el uniforme que tenga completo.
PARAGRAFO 3. Los uniformes deben estar marcados con el nombre del/a estudiante para que en
caso de pérdida se le facilite la labor de recuperación.
4.4 DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Los estudiantes del Colegio Gimnasio Real de Girardot tienen derecho a:
1. Recibir educación y orientación adecuada que garantice una formación integral, de
acuerdo con la misión, visión, programas académicos y objetivos institucionales.
2. Ser tratados con respeto, aprecio y justicia por parte del personal docente, administrativo y
servicios generales del plantel acorde a su condición de ser humano, sin distinción de
edad, sexo, color, idioma, opinión, origen social, posición económica y creencias religiosas
acordes con la legislación Colombiana.
3. Ser escuchado por directivos y docentes antes de aplicar los procedimientos formativos en
virtud al derecho, a la equidad y la legítima defensa.
4. Conocer previamente el cronograma de actividades que llevará a cabo el colegio en su
programa curricular.
5. Promover y participar activamente en el proceso de enseñanza y aprendizaje y en las
demás programaciones culturales, sociales, religiosas, deportivas y artísticas acordes con
la filosofía y principios de la institución, utilizando los medios logísticos del plantel.
6. Conocer el inicio de cada periodo, los logros propuestos encada área o asignatura, las
temáticas y criterios de evaluación.
7. Disponer de las condiciones adecuadas que propicien un bienestar para el desarrollo del
proceso de enseñanza-aprendizaje.
8. Conocer su desempeño académico y disciplinario lo mismo que las anotaciones hechas
sobre su comportamiento en el observador.
9. Ser atendido oportuna y debidamente por parte del personal administrativo (secretaria) en
lo referente a la solicitud de certificados de estudio, paz y salvo, constancias y otros. Estas
solicitudes se deben hacer dentro de los horarios establecidos y con suficiente antelación.
10. Ser reconocido como miembro de una comunidad amparada en la ley 1098, ley 1295, ley
general de educación, y demás normas específicas vigentes sobre el tratamiento a la
infancia y adolescencia.
11. Elegir y ser elegido para los diferentes cargos del gobierno escolar.
12. Que se le programen las evaluaciones y actividades realizadas durante su ausencia,
siempre y cuando presente su excusa justificada.
13. Promover y participar en campañas y eventos que busquen el bienestar y superación
estudiantil e institucional de acuerdo con el decreto 1860/94 y que propicien el normal
desempeño de actividades académicas y curriculares enmarcadas dentro de los
principios y filosofía de la institución.
14. Recibir de sus profesores, las evaluaciones calificadas o resultados escolares de toda
actividad académica en un tiempo no mayor a cinco (5) días hábiles.
15. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos
e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
16. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y
sociales.
17. A realizar sus reclamos, sobre los resultados académicos dentro de los diez (10) días
calendario siguiente teniendo en cuenta el conducto regular. En caso de no utilizar este
recurso, la calificación quedará como apareció inicialmente y no se aceptarán posteriores
reclamaciones. El reclamo escrito debe hacerse en original y copia, solicitar la firma y sello
de quien recibe.
18. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las
respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas.
19. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el
aprendizaje.
4.5 COMPORTAMIENTOS QUE LESIONAN LA SANA CONVIVENCIA.
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
Faltas Leves.
Son todas aquellas acciones violatorias a las normas que afectan la sana convivencia que generan
desazón, mal ambiente o indisposición que desestabilizan las actividades propias del grupo, del
proceso de formación o del proceso metodológico en el instante en que se produce. A continuación
se enumeran.
1. Traer joyas, dinero en exceso u objetos que no contribuye al desarrollo académico pues la
institución no se hará responsable en caso de pérdida o daño.
2. Comer chicle o cualquier alimento en el aula de clase o en lugares donde se ejecuten
labores académicas (Biblioteca, sala de informática, actos cívicos, etc.)
3. Propiciar en la institución cualquier género de propaganda política o proselitismo religioso.
4. Expresar manifestaciones afectuosas excesivas en público.
5. Utilizar cualquier tipo de aparato electrónico (celulares, radios, mp3, cámaras fotográficas,
etc.) durante las actividades de clase, excepto cuando el docente lo requiera.
6. Obstaculizar el normal desarrollo de la clase o cualquier otra actividad escolar dentro y
fuera de la institución.
7. Incumplir con el porte de los uniformes y presentación personal establecidos por la
institución.
8. Incumplir los horarios de entrada al colegio.
9. Utilizar vocabulario soez o vulgar.
FALTAS GRAVES.
Se consideran faltas graves la reincidencia en las faltas leves o aquellos tipos de
comportamientos que violen los derechos de las personas o interfieran en el funcionamiento
eficaz de la institución, incumpliendo además los compromisos asumidos por los estudiantes. A
continuación se enumeran, sin carácter exclusivo:
1. Usar el nombre del colegio para cualquier actividad diferente a las labores académicas,
culturales, artísticas, recreativas y deportivas no autorizadas por la rectoría del plantel.
2. Promover, realizar o participar en cualquier tipo de ventas, rifas y negocios entre los
compañeros, docentes y otros funcionarios del plantel.
3. Evasión o ausentarse del salón o del plantel sin autorización.
4. Cometer fraude, falsificación, engaño o suplantación en las evaluaciones, labores
escolares, Documentos o cualquier otro elemento que no sea de su propiedad o
competencia.
5. Matoneo escolar en cualquiera de sus manifestaciones:
a. Calumnia: Difamación, injuria o perjurio.
b. Escarnio.
c. Amenaza, frontal mediante terceros o telemática.
d. Daños: a la imagen, dignidad, integridad y moral.
6. No mejorar comportamientos que fueron tratados después de un seguimiento y
acompañamiento.
7. Hacer o colocar dibujos o expresiones vulgares, irrespetuosas o pornográficas en cualquier
sitio del colegio.
8. Promover, coercitar, manipular, coaccionar e inducir a sus compañeros o compañeras de la
institución, en especial del mismo grado o grados inferiores, a formar parte de grupos
urbanos, subculturas y tribus urbanas que dentro de sus conductas, comportamientos y
filosofía pretenden agredir el concepto primordial que es la vida y la dignidad a través de la
depresión psicológica, la baja estima, la anorexia, la bulimia la promiscuidad, la
prostitución, la mutilación, la drogadicción, las pandillas, la violencia, el suicidio y las
conductas homosexuales en los niños, niñas y adolescentes, obedeciendo y dando estricto
cumplimiento a los artículos 18, 43 y 44 de la ley 1098 de infancia y adolescencia.
9. Publicación de fotografías, videos, mensajes, imágenes y demás materiales en páginas de
internet que afecten de cualquier manera su dignidad propia, la de otra persona, la de sus
compañeros (as) o del buen nombre de la institución portando el uniforme de la misma, a
solas o en compañía de otras personas o estudiantes.
10. Consumir, usar, introducir, portar o expender cigarrillos o drogas alucinógenas o
estupefacientes, psiquiátricas o médicas no recetadas dentro o fuera de la institución o
inducir a otros a expenderla, portarla o consumirla, dando estricto cumplimiento al artículo
44 numeral 7 y artículo 19 de la ley 1098 de infancia y adolescencia. Por ser de carácter
policivo se reportará el caso a las autoridades pertinentes en acatamiento al artículo 44
numeral 9 de la ley 1098 de infancia y adolescencia.
PARAGRAFO 1. El matoneo ocurre cuando uno o varios menores de edad,
sistemáticamente y de manera intencional intimida, abusa o agrede físicamente a otro niño
que ve como indefenso, siendo evidente un desbalance de poder.
Los casos de matoneo se manejan en forma particular con los implicados. Dando
oportunidad de hablar tanto a la persona agredida, como al agresor. Así mismo, se les
comunica a as familias y los profesores que tienen contacto con los estudiantes implicados
para que puedan monitorear la situación. Existen consecuencias disciplinarias y se hace un
seguimiento al comportamiento de los estudiantes.
En el manual de convivencia, el cual debe ser aplicado por todos los miembros de la
comunidad educativa, están las instancias disciplinarias en que incurra quien no tenga un
comportamiento adecuado.
FALTAS MUY GRAVES.
Se consideran faltas muy graves la reincidencia en faltas graves o aquellas acciones de desacato
a las políticas disciplinarias o las acciones que demuestren rechazo explícito a las normas
establecidas en el presente manual y que no permitan vivir dentro de parámetros de verdadera
formación, solidaridad y respeto (art. 132 ley 115/94) a continuación se enumeran, sin carácter
exclusivo.
1. Adulterar documentos o hacer uso de documentos de identificación ajena.
2. Escándalo en vía pública.
3. Fumar dentro del colegio, ingerir, introducir licor o ingresar al colegio en estado de
alicoramiento, guardar, traficar y/o usar sustancias alienantes dentro o en los alrededores
del plantel.
4. Irrespeto al docente, directivo docente y demás personal de la institución.
5. Atentar contra la moral y las sanas costumbres de nuestra sociedad. (Difamar
personalmente o a través de las redes sociales.
6. Peleas, agresión física, verbal y psicológica.
7. Inasistencia a clase sin causa justificada.
8. Acoso sexual.
9. Realizar acciones que generen humillación, discriminación o burla a cualquier miembro de
la comunidad escolar.
PARAGRAFO. Son sustancias alienantes:

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11.
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13.
14.
15.
16.
Alucinógenas
Psicotrópicas
Estupefacientes
Psiquiátricas
Farmacéuticas no recetadas
Portar y hacer uso de cualquier tipo de arma.
Introducir al colegio folletos, revistas, fotografías y otros medios de divulgación
pornográfica que atente contra la filosofía institucional o la moral pública.
Destruir, causar daño o hurtar bienes y materiales del colegio o de algún miembro de la
comunidad escolar.
Generar o propiciar acciones que atenten contra la integridad física de los miembros de la
comunidad escolar.
Complicidad en cualquiera de las situaciones contempladas como faltas muy graves.
Hurto debidamente comprobado contra los bienes del colegio o en detrimento de los
miembros de la comunidad.
Terrorismo en cualquiera de sus formas incluido el electrónico y telefónico.
PARAGRAFO: Si un estudiante es sorprendido (a) por las autoridades de orden público,
infringiendo las normas sociales (embriagado (a), haciendo escándalo público, portando sustancias
alienantes, hurtando o bajo efecto de sustancias) portando el uniforme del colegio Gimnasio Real
de Girardot, se le aplicará la sanción correspondiente a la falta muy grave.
4.6. ESTÍMULO A LOS ESTUDIANTES QUE SE DESTAQUEN POSITIVAMENTE
El colegio Gimnasio Real de Girardot otorgará a los estudiantes que se destaquen por u excelente
desempeño académico y comportamiento social, los siguientes estímulos:
1. A los estudiantes que se destaquen en el cumplimiento del perfil Gimnasio Real,
compañerismo y esfuerzo y dedicación personal se le otorgará “MENCIÓN DE HONOR”.
2. En los actos cívicos se otorgarán menciones de honor por cada periodo académico a los
estudiantes que se destaquen por su excelencia académica y comportamiento.
3. Se elaborará y publicará el “CUADRO DE HONOR” de los estudiantes meritorios de
preescolar, básica primaria y secundaria.
4. La rectoría y la coordinación académica harán entrega periódica de una carta de
felicitación y reconocimiento a los padres y estudiantes que hagan parte del cuadro de
honor.
CAPITULO V
DE LOS DOCENTES
Es la persona que reuniendo los requisitos de formación e idoneidad académica se ha vinculado a
la institución mediante contrato laboral para prestar sus servicios de planeación, ejecución y
evaluación del currículum y los demás aspectos académicos correspondientes a la labor educativa.
5.1 PERFIL DEL DOCENTE
El perfil humano, profesional y social del docente del colegio Gimnasio Real de Girardot está
enmarcado dentro de las siguientes características:
1. EN LO ESPIRITUAL Y ÉTICO
Se requiere que sea una persona respetuosa de los principios cristianos, con calidad
humana, que vivencie valores como la honradez, el respeto, la comprensión, la tolerancia,
la nobleza y el dialogo con miras a lograr la autonomía. Así mismo, que sea un ejemplo de
vida a seguir.
2. EN LO PERSONAL
Que sea alegre, dinámico, comprometido, responsable, colaborador, equilibrado física y
emocionalmente, pulcro, cordial y con un buen manejo de relaciones humanas.
3. EN LO PROFESIONAL
Un docente capacitado académicamente, estudioso, creativo, innovador, con espíritu
científico e investigativo, competente, responsable, ordenado, con sentido de superación,
comprometido con su praxis pedagógica.
4. EN LO SOCIAL
Conocedor del entorno municipal, departamental y nacional, para consolidar los valores
propios de la nación Colombiana como solidaridad, tolerancia, democracia, la convivencia
y ayuda mutua. Comprometido con la institución educativa en el desarrollo de practicas
democráticas que exalten los principios y valores de la participación ciudadana, que sea
una persona que irradie reconocimiento y respeto por todos los miembros de la
comunidad educativa.
5. EN SU IDONEIDAD
Una persona consecuente con su vocación educadora y formativa, que realice sus
actividades con gusto y agrado, con actitud positiva hacia las circunstancias que lo rodean
y cuyo actuar este enmarcado dentro del MODELO DE MAESTRO DE MAESTROS –
JESÚS.
Ha de ser original, auténtico y con gran sentido del deber y servicio social que implica la
educación. Así mismo, se debe identificar con la filosofía de la institución y tener un alto
sentido de pertenencia al colegio.
5.2 DERECHOS
1. A recibir trato digno y respetuoso de cada uno de los miembros de la comunidad
educativa.
2. Formular reclamos y solicitudes respetuosamente ante los directivos de la institución y
recibir una pronta respuesta.
3. A ser respetado y no discriminado en razón de sus creencias políticas, religiosas,
sociales o su raza.
4. Solicitar permiso y licencias de acuerdo con las normas vigentes.
5. Reconocimiento público y con copia a la hoja de vida cuando su labor haya
contribuido al beneficio de la institución conduzca a ser meritoria.
6. Presentar ante las directivas propuestas académicas que contribuyan al mejoramiento
de su actividad docente.
7. Utilizar los recursos necesarios de la institución para un desempeño eficaz en su
labor.
8. Representar a la institución en eventos académicos, deportivos y culturales.
9. Elegir y ser elegido a los diferentes organismos del gobierno escolar y de participación
establecidos en la ley, manual de convivencia y PEI.
10. Conocer oportunamente la decisión de la rectoría sobre la renovación o no del
contrato laboral para el siguiente año según el tipo de contrato, el código sustantivo
del trabajo y la demanda escolar.
11. A ser escuchado y atendido cuando tenga conflictos personales o familiares para
evitar que esto afecte su desempeño laboral o la imagen institucional.
5.3 DEBERES DE LOS DOCENTES
1. Conocer y aplicar el manual de convivencia.
2. Promover y mantener los valores y la filosofía cristiana del colegio, la interrelación de
los estudiantes con la realidad socio cultural de su entorno en búsqueda de
soluciones.
3. Estudiar y organizar las asignaturas a su cargo, teniendo en cuenta los objetivos
establecidos en la programación a nivel de área, de acuerdo a los soportes teóricos
del modelo y el entorno.
4. Participar junto con la coordinación y demás instancias de la institución; en la
búsqueda de soluciones a las problemáticas de la comunidad educativa.
5. Cumplir en forma eficaz y eficiente las funciones asignadas por la institución.
6. Proponer y ejecutar el programa de inducción a los estudiantes nuevos que estén bajo
su cuidado como director de curso.
7. Presentar a coordinación cuando se requiera, informe del rendimiento disciplinario
como académico de los estudiantes, respaldado con su firma.
8. Propiciar junto con la coordinación y consejo académico estrategias metodológicas
especiales que promuevan el mejoramiento de los estudiantes con diferencias
académicas y disciplinarias como resultado del análisis objetivo de la evaluación final
de cada periodo.
9. Involucrarse activamente en los comités en que sean requeridas sus aptitudes y
habilidades individuales para beneficio de la comunidad educativa.
10. Participar activa y responsablemente en las salidas pedagógicas, convivencias,
ceremonia de graduación y demás que sean organizados por la institución.
11. Asistir puntualmente y participar activamente en las reuniones ordinarias y
extraordinarias convocadas por los directivos de la institución, programadas con
anticipación.
12. Utilizar adecuadamente los conductos regulares de comunicación establecidos a
saber:
A. Docente respectivo
B. Director de curso
C. Coordinación
D. Rectoría
E. Consejo académico y/o comité disciplinario
13. Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y con relación a los
estudiantes.
14. Servir como canal de comunicación efectivo entre los padres de familia y directivos de
la institución.
15. Atender con respeto y cordialidad a los padres de familia, estudiantes, directivos y
demás integrantes de la comunidad educativa y realizar la entrega de informes
académicos de cada periodo de acuerdo al horario establecido.
16. Propender por el desarrollo integral del educando con actividades que refuercen su
personalidad individual.
17. Motivar y orientar al estudiante con respecto al reglamento o manual de convivencia
de la institución, a ser consciente de que el manual es un instrumento eficaz, humano
y digno que rige a la familia del colegio Gimnasio Real y lo lleva a una sana
convivencia.
18. Orientar al estudiante en la toma de decisiones, sobre su comportamiento disciplinario
y su rendimiento académico de acuerdo con el manual de convivencia.
19. Diligenciar el observador del estudiante y los formatos de asistencia, seguimiento y
acompañamiento a los estudiantes.
20. Cumplir puntualmente con los horarios, turnos de vigilancia, actividades académicas y
trabajos establecidos en su contrato laboral.
En caso de haber obtenido un permiso o incapacidad, presentar su justificación por
escrito.
21. Velar por la conservación de elementos, útiles, equipos, muebles, bienes y espacios
especializados de la institución.
22. Asistir a los cursos de capacitación y demás eventos asignados por la rectoría del
plantel, que se requieran para el desarrollo de los procesos institucionales,
socializándolos con los demás docentes.
5.4 COMPORTAMIENTOS QUE LESIONAN LA SANA CONVIVENCIA
1. Solicitar préstamos de dinero o cualquier otro beneficio económico a los estudiantes
y/o padres de familia.
2. Involucrarse afectivamente con estudiantes u otras personas afectando la filosofía
institucional.
3. Realizar actividades con fines lucrativos a nombre de la institución.
4. Provocar o participar en discordias y enfrentamientos con miembros de la comunidad
educativa.
5. Incurrir en fraude o adulteración de documentos.
6. Utilizar la calificación como mecanismo de presión.
5.5 SANCIONES
Todo docente del colegio Gimnasio Real de Girardot es consciente de sus deberes y
derechos, en su calidad de educador, por lo tanto las sanciones establecidas también se
ciñen al contrato laboral, el régimen laboral colombiano, el régimen interno de trabajo, y el
manual de convivencia.
CAPITULO VI.
DE LOS PROCEDIMIENTOS Y CORRECTIVOS PARA LA APLICACIÓN DEL MANUAL
6.1 EN LO DISCIPLINARIO A LOS ESTUDIANTES.
“La educación solo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta
gravemente a esta última, ha de prevalecer el interés general, respetando el debido
proceso y los otros derechos fundamentales a más de la participación del a comunidad
educativa llegar a separar a la persona del establecimiento educativo. Además la
permanencia de la persona en el sistema educativo esta condicionada por el concurso
activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener
suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía
aprender y no lo logra por su propia causa” Sentencia T-316/94.
Quien infrinja los deberes, derechos y normas establecidos en el manual de convivencia,
se le aplicará los procedimientos estipulados a continuación:
PROCEDIMIENTO PARA FALTAS LEVES.
1.
2.
3.
4.
Dialogo reflexivo y conciliatorio.
Llamado de atención verbal y anotación en el registro de faltas leves.
Notificación por escrito a los padres o acudientes en la agenda escolar.
Cuando se incurra en tres faltas leves, ésta pasará a ser falta grave.
PROCEDIMIENTO PARA FALTAS GRAVES.
1. Diálogo reflexivo y conciliatorio.
2. Registro de la falta en el observador del estudiante y notificación al padre de familia o
acudiente.
3. Aplicación de sanciones pedagógicas y sociales. (patrulla escolar, auxiliar docente,
servicio comunitario, etc.), cuando registra una (1) anotación en el observador por falta
grave.
4. Firma de llamado de atención en coordinación cuando registra dos (2) anotaciones por
faltas graves.
5. Suspensión y firma de compromiso de convivencia cuando registra tres (3)
anotaciones por faltas graves.
PROCEDIMIENTO PARA FALTAS MUY GRAVES.
1. Diálogo conciliatorio y amonestación verbal.
2. Registro de la falta en el observador del estudiante y notificación al padre de familia o
acudiente.
3. Suspensión mayor a un (1) día y firma de compromiso de convivencia.
PARAGRAFO 1. Para cada uno de los procedimientos se aplicará el DEBIDO PROCESO así:
1. La comunicación formal de la apertura del proceso disciplinario a la persona a quien se
imputan las conductas pasibles de sanción.
2. La formulación de los cargos imputados, que puede ser verbal o escrito siempre y cuando
en ella consten de manera clara y precisa las conductas, las faltas disciplinarias a que esas
conductas dan lugar con la indicación de la norma reglamentaria que consagran las faltas y
la calificación provisional de las conductas como faltas disciplinarias.
3. El pronunciamiento definitivo de las autoridades competentes mediante un acto motivado y
congruente.
4. L a imposición de una sanción proporcional a los hechos que la motivaron.
5. La posibilidad que el encartado pueda contravenir mediante los recursos pertinentes, todas
y cada una de las decisiones de las autoridades competentes. Sentencias: T-301 de
1996,251 de 2005 y 437 de 2005.
PARAGRAFO 2. A la luz de la carta constitucional colombiana (artículo 29), toda persona tiene
derecho a un debido proceso público, sin demoras injustificadas y a no ser juzgado dos (2) veces
por el mismo hecho.
PARAGRAFO 3. Las infracciones de las normas relacionadas con la ley 30 (estupefacientes), hurto
o sustracción y lesiones personales son objeto de judicialización, razón por la cual deben ser
cursadas a la autoridad competente (Fiscalía de infancia, Casa de Justicia, Policía de infancia y
adolescencia, ICBF, entre otros), mediante acta especial que se levantará con la descripción de los
hechos y firma de los que intervienen en la atención de la falta.
PARAGRAFO 4. La ley de infancia y adolescencia determina la imputación de las faltas de
acuerdo a la edad del menor así:
De 0 a 11 años se les imputan a los padres.
De 12 a 13 años se les imputan a los padres y el menor de edad.
De 14 17 años se le imputan al menor infractor.
PARAGRAFO 5. Los procesos disciplinarios aplicables a los estudiantes del Colegio Gimnasio Real
de Girardot están categorizados y se formalizan así.
PROCEDIMIENTO DE CARÁCTER DISUACIVO.




Acompañamiento y orientación de los directores de curso.
Remisión y acompañamiento desde coordinación.
Citación y acuerdo con los acudientes y el estudiante.
Registro de faltas leves en el observador del estudiante.
PROCEDIMIENTOS DE CARÁCTER CORRECTIVO.




Registro de falta grave en el observador del estudiante.
Asignación de sanción pedagógica.
Llamado de atención en coordinación.
Suspensión disciplinaria y firma de compromiso disciplinario de coordinación.
PROCEDIMIENTOS DE CARÁCTER REEDUCATIVO.



Matrícula condicional.
Educación sustantiva no presencial
Cancelación de matrícula.
PARAGRAFO
El registro de tres faltas leves, implica una anotación formal en el observador.
Toda amonestación por escrito amerita citar al acudiente e informar la situación presentada;
establecer acciones que conduzcan a un cambio de actitud y firmar dichos acuerdos por las partes.
El día que el estudiante fuere suspendido, perderá el derecho de presentar trabajos, tareas,
evaluaciones o cualquier otra actividad escolar programada; tendrá la posibilidad de presentar
actividades de superación o actividades complementarias en la fecha que asigne el docente de la
asignatura. La valoración de comportamiento social en los informes descriptivos periódicos
(boletines), estará dado por: Las anotaciones hechas en el observador y los logros evaluables, el
Logro Actitudinal y el logro valorativo personal y social, y su calificación se enunciará así:




Valoración superior (S): cuando no registra anotaciones en el observador lo que confirma
que su comportamiento es ejemplar.
Valoración alto (A): cuando registra una (1) amonestación por escrito en el observador.
Valoración Básico (B): cuando registra dos (2) amonestaciones por escrito en el
observador.
Valoración Bajo (J): cuando registra tres (3) amonestaciones por escrito en el observador,
ha sido suspendido reincide en faltas graves. Según la categoría de la falta se aplicará al
procedimiento a que hubiere lugar.
6.2 EN LO ACADÉMICO DE LOS ESTUDIANTES
1. El área académica del colegio se regirá por los parámetros establecidos según la ley 115/94,
el decreto 1860/94, el PEI de la institución y el presente manual de convivencia y demás
normas que lo amplíen o reformen.
2. Las actividades académicas y evaluativas se programarán con anterioridad y se registrarán en
el cronograma para tal fin (Trabajos, evaluaciones, talleres qu iz, ensayos…) se podrán
acordar dos (2) por día.
3. La dinámica escolar permitirá que el estudiante realice diferentes procesos que conduzcan a
la consecución de los logros y al manejo competente de los mismos.
4. Si el desempeño académico del estudiante no es satisfactorio, docente estudiante y acudiente
deben concretar una citación para establecer un plan de trabajo que conduzca a resultados
positivos.
5. Al finalizar el año escolar, la comisión de evaluación y promoción dé cada grado será la
encargada de determinar cuales educandos deben reiniciar un grado siguiendo lo establecido
en el decreto 1290 de abril de 2009.
6.3 DE LOS DOCENTES
Los docentes que infrinjan sus deberes tendrán las siguientes sanciones:
A.
B.
C.
D.
Amonestación verbal, dejando constancia entre el docente y el superior que lo amoneste.
Memorando, o amonestación escrita con copia en la hoja de vida.
Aplicación de lo estipulado en el capítulo V, numeral 5.5 del manual de convivencia.
Referente a los derechos y deberes de orden disciplinario y académico de cada uno de los
integrantes de la comunidad educativa se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
a. Se considera que al formar parte de la comunidad educativa del colegio Gimnasio
Real de Girardot ya sea como estudiante, docente, padre de familia, empleado u otro
implica el respeto por la filosofía y los principios del colegio.
b. Utilizar el conducto regular para cualquier reclamo o información
E. Referente al deber de los docentes se seguirá el siguiente procedimiento:
a. Para toda campaña o Actividad pedagógica se deberá elaborar un proyecto escrito el
cual será presentado a la coordinación y rectoría.
Referente a los derechos y deberes de los estudiantes se tendrán en cuenta los siguientes
aspectos:
b. Los integrantes que participen en actividades de grupos deportivos, ecológicos,
gobierno, teatro y otros que se conformen deben cumplir con los siguientes requisitos:
 Nivel académico Alto durante el periodo.
Nivel disciplinario Alto durante el periodo.
No haber sido sancionado durante el periodo.
Autorización de los padres o acudientes en forma escrita.
Si el nivel académico o disciplinario es bajo, luego de ser aceptado las
directivas tienen el derecho de excluirlo de toda participación.
c. El acudiente y el estudiante al momento de firmar la matricula se comprometen a
respetar y cumplir el carácter filosófico de la institución y sus actividades con actitud
positiva.
d. Participar de manera puntual, respetar y hacer respetar la filosofía institucional en las
diferentes actividades programadas por la institución.




6.4 PROCEDIMIENTO PARA SITUACIONES ESPECIALES.
Ausencias.






Cuando el o la estudiante falta por uno o más días a la institución, el padre de familia o
acudiente debe acercarse a la coordinación para justificar la ausencia, únicamente durante
los siguiente cinco (5) días hábiles de la inasistencia, la cual debe presentarse por escrito
en la agenda adjuntando fórmulas médicas, incapacidades o control de citas, en caso que
la ausencia sea médica o los soportes cualquiera que fuere el motivo.
Una vez sea legalizada la excusa el estudiante deberá presentarla ante los docentes con
los cuales tiene pendiente compromisos académicos los cuales serán programados de
manera particular con cada docente.
Si el estudiante falta al colegio sin excusa correspondiente o evade clases sin ingresar a la
institución los padres de familia deberán responder y en todos los casos la institución se
exonera y exime de todas las acciones y sus posibles consecuencias por los hechos,
acciones y actividades que el o la estudiante realice en dicha ausencia.
Par que el o la estudiante pueda ausentarse del colegio en horas de clase, los padres o
acudientes deben hacer la solicitud por escrito en la agenda escolar y deberán acercarse a
la institución para retirar al estudiante, o en su defecto autorizar por escrito a una persona
responsable y de su confianza para que lo haga.
Las ausencias injustificadas no dan derecho a presentar los trabajos y evaluaciones del día
de la ausencia.
Al final de cada periodo escolar se reportará en el informe descriptivo el número de
inasistencias por asignatura.
Llegadas tarde.
La puntualidad es el respeto al tiempo de los demás ya que en la escuela y en la vida social, esta
virtud es signo de buena educación. En el ambiente escolar se desarrollan todas las actividades de
acuerdo a un horario que se establece en el reglamento interno. Estos horarios nos permiten tener
un orden y además ayudan a la coordinación de las clases, descansos, ingresos y salidas, eventos
que consolidan la actitud aprendida en el hogar.
La situación de los retardos en la hora de ingreso al colegio tendrá el siguiente procedimiento.

Cuando el o la estudiante llegue tarde a la institución o alguna actividad programada por la
misma, se registrará en el control de retardos de la coordinación, se le permitirá el ingreso
al salón de clase y se le hará el respectivo llamado de atención verbal.



Cuando el o la estudiante reporte una segunda llegada tarde durante el periodo
académico, se registrará en el control de retardos de la coordinación, se le permitirá el
ingreso al salón de clase y se le notificará al acudiente por escrito en la agenda escolar.
Cuando el o la estudiante reporte tres o mas llegadas tarde durante el periodo académico,
se registrará en el control de retardos de la coordinación, se citará al padre de familia o
acudiente y se hará registro de falta en el observador del estudiante.
Es importante anotar que el estudiante o su acudiente, pueden hacer sus descargos y
justificar su llegada tarde presentando los argumentos y evidencias que expliquen los
motivos razonables de la presentación de la falta.
Daños mobiliario, planta física o elementos de algún miembro de la comunidad escolar.
Si por algún motivo el o la estudiante causara daño en el mobiliario, planta física del colegio, en los
enseres o bienes de alguno de sus compañeros (as), docentes o cualquier miembro de la
comunidad escolar, le corresponde las siguientes obligaciones.





Dar aviso del daño ocurrido al director de curso o en su defecto al profesor que le
acompañe.
Ante un daño ocasionado a un bien inmueble de la institución, se debe diligenciar el
formato de daños por el docente que estuviere en el momento en que este ocurrió, se dará
aviso a los acudientes del menor quien responderá por los daños.
Cuando el daño fuere hecho a los enseres, elementos escolares o pertenencias de uno de
los miembros de la comunidad educativa, el (la) estudiante responderá ante el (la) docente
que le acompañe, sobre la responsabilidad que se le atribuye y se iniciará el debido
proceso para asumir o no el costo o reposición del elemento afectado.
Los daños a la planta física y mobiliario de la institución ocasionados por un estudiante y
que habiendo sido notificados los padres no sean cancelados, se trasladarán a la cuenta
del menor para ser cobrados por contabilidad.
Los estudiantes deberán estar a paz y salvo por todo concepto al finalizar el año escolar
para poder matricularse al siguiente año o en su defecto para retirar documentos.
CAPITULO VII
DE LA FAMILIA
La familia es el principal ambiente formador que articulado con el ambiente educativo de la
institución, propende por el desarrollo integral de los educandos.
7.1 DERECHOS DE LOS PADRES Y ACUDIENTES.
Los padres y acudientes de la institución tienen derecho a:
1. Estar informados de todas las actividades que se desarrollan en el colegio.
2. Tener acceso al diálogo directo con las diferentes instancias de la institución teniendo el
cuenta el conducto regular y los horarios establecidos; cuando la situación académica o
disciplinaria lo requiera.
3. Expresar sus inquietudes, aportes, puntos de vista y sugerencias dentro delos espacios
establecidos para tal fin.
4. Participar de actividades recreativas, culturales, deportivas y formativas que la institución
programe.
5. Dar y recibir buen trato y atención por los diferentes miembros de la institución.
6. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos
e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.
7. Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.
8. Recibir los informes periódicos de evaluación.
9. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el
proceso de evaluación de sus hijos.
10. Participar activamente en los diferentes estamentos que el gobierno escolar le permite.
CAPITULO VIII
GOBIERNO ESCOLAR
El gobierno escolar está formado por los siguientes órganos según lo contemplado en el decreto
1860 en sus artículos 20,21,23 y 31 y la ley 115 en su artículo 142.
Consejo Directivo.
Es el máximo órgano de gobierno escolar en el cual confluye la participación democrática de la
comunidad educativa para la dirección de la institución; es convocado y presidido por el rector.
El Consejo Directivo se conforma así (decreto 1860 art.21).






El Rector quien presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
Dos (2) representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una
asamblea de docentes.
Dos (2) representantes de los padres de familia.
Un representante de los estudiantes (el personero elegido por votación, el cual se
encuentra cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.
Un representante de los exalumnos elegido entre los padres representantes de curso.
Un representante delos sectores productivos organizados en el ámbito local o
subsidiariamente de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del
establecimiento educativo. El representante será elegido entre los padres representantes
de curso.
Parágrafo 1. El rector es el representante ante las autoridades educativas y ejecutor de las
decisiones del gobierno escolar. Igualmente hará las veces de representante ante las autoridades
jurídicas, policivas y demás. En el caso del Colegio Gimnasio Real de Girardot, por ser un colegio
de carácter privado, el rector tendrá plena autonomía respecto al Consejo Directivo como lo plantea
el artículo 20 del decreto 1860.
Perfiles de los integrantes del Consejo Directivo.
Respecto a los padres de familia, se elegirán por votación de entre los padres representantes de
curso elegidos en la primera asamblea de padres que se realiza al iniciar el año escolar. Los
docentes serán elegidos por sus compañeros en asamblea de docentes por mayoría de votación.
Tanto unos como otros deben reunir los siguientes requisitos.






Llevar dos (2) años de vinculación al colegio.
Respetar los principios cristianos evangélicos de la institución.
Demostrar sentido de pertenencia, entrega, servicio y adhesión al colegio.
Identificarse con la filosofía de la institución.
Colaborar y ser leal con la institución.
Estar a paz y salvo por todo concepto con el colegio y no haberse atrasado con sus
compromisos económicos con la institución.
Perfil del representante de los Estudiantes.
Un (a) representante de los estudiantes del último grado, elegido por votación, debe reunir las
siguiente cualidades, además de las descritas en el perfil del estudiante del colegio Gimnasio Real
de Girardot.






Conocer y actuar acorde con la filosofía del colegio y con sus propias funciones.
Demostrar excelente comportamiento y rendimiento académico.
Ser líder positivo (a).
Poseer capacidad de escucha y respeto por los demás.
Tener sentido de pertenencia y compromiso con la institución.
Manifestar autenticidad y capacidad de reflexión crítica y analítica.
Funciones y actividades a desarrollar por el Consejo Directivo.










Tomar las decisiones que se relacionen con el funcionamiento de la institución, excepto las
reservadas a la rectoría y la junta directiva.
Servir de instancia par resolver conflictos que se presente entre docentes y administrativos
con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los
procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y
el plan de estudios y someterlos a la consideración del secretario (a) de educación
respectivo o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los
requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando
algunos de sus miembros se sienta lesionado.
Dinamizar y controlar el buen funcionamiento de la institución.
Aprobar el proyecto de costos educativos.
Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias,
culturales, deportivas y recreativas.
Aprobar el proyecto de costos educativos.
Adoptar el manual de convivencia de la institución.
Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
estudiante de conformidad con las previsiones establecidas en el presente manual de
convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
Consejo Académico.
Es el órgano del gobierno escolar encargado de la organización académica y curricular de la
institución, y que está conformado dela siguiente manera:



El rector quien lo preside y lo convoca.
Coordinador académico.
Docentes representantes de cada una de las áreas.
Perfiles de los integrantes del Consejo Académico.




Estar vinculado con la institución por un tiempo no menor de dos (2) años.
Identificarse con los principios filosóficos de la institución.
Tener capacidad de liderazgo.
Asumir responsablemente el trabajo asigna do para las reuniones y demás tareas propias
del estamento al cual pertenece.


Tener un comportamiento adecuado: dignidad, respeto, solidaridad y responsabilidad en el
trato con las demás personas y en la forma de asumir su misión.
Tener la suficiente idoneidad en el área que representa; además de la capacitación
pedagógica que le permita aportar y acompañar los procesos académicos que le
corresponden.
Funciones del Consejo Académico.






Organizar y orientar la acción pedagógica de la institución educativa.
Estudiar ajustes e innovaciones a los currículos en concordancia con las disposiciones
legales vigentes y asesorar al consejo directivo en la revisión de la propuesta PEI.
Supervisar y analizar los seguimientos de los estudiantes que presentan dificultades
académicas así como los procesos de planes de nivelación o mejoramiento. Si es el caso
convocar al estudiante y a los padres y/o acudientes para realizar los compromisos y
comunicar decisiones.
Presentar al Consejo Directivo el cronograma institucional.
Analizar y determinar la situación académica de cada uno de los estudiantes en particular
de aquellos que necesitan mayor compromiso institucional.
Estudiar y revisar las solicitudes, quejas y requerimientos delos estudiantes siguiendo el
debido proceso y el vencimiento de términos.
Personero Estudiantil.
Es un estudiante de último grado elegido democrática y participativamente por los estudiantes de
1º a 6º del plantel en votación secreta, organizada por el área de ciencias sociales.
Perfil del Personero.






Antigüedad mínima de dos (2) años en el colegio.
Obtener la mayoría de los votos en la institución.
Presentar buen comportamiento y desempeño académico.
Conocer, promover y aplicar el manual de convivencia de la institución.
Demostrar interés y sentido de pertenencia con los principios filosóficos de la institución y
en especial por el liderazgo del estudiante del Colegio Gimnasio Real.
No haber sido reportado al consejo académico en los dos (2) últimos años.
Funciones del Personero Estudiantil.



Representar a los estudiantes en la solución de problemas académicos y/o disciplinarios.
Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes estudiantiles
consagrados en la constitución política, las leyes y decretos vigentes, en especial los
previstos en el manual de convivencia.
Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando el rector lo convoque participando con
voz pero no voto.
Parágrafo. REVOCATORIA DEL MANDATO. Si el personero de los estudiantes no cumple con
sus funciones, tiene comportamientos inadecuados o incumple las normas contempladas en el
manual de convivencia será relevado del cargo a través del Consejo Directivo, pero previo
plebiscito en cada grado. Una vez hecha la revocatoria del mandato se llevará a cabo un segundo
plebiscito.
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE ESTUDIANTES DE PREESCOLAR Y BASICA
El Consejo Directivo reglamenta el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN y los CRITERIOS
DE PROMOCIÓN ESCOLAR de nuestro establecimiento, acuerdo con la comunidad educativa que
se adopto de conformidad con nuestro modelo pedagógico y según lo dispuesto en el decreto
1290 de abril de 2009 (la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles
de educación preescolar y educación básica)
MARCO LEGAL.
La propuesta está fundamentada en:
1. Artículo 79 de la ley 115de 1994, donde se ordena que los establecimientos educativos al
definir su plan de estudios, deben establecer ante otros aspectos los criterios de
evaluación del educando.
2. Art. 148 de la ley 115 de 1994, donde el ministerio de educación nacional en cuanto al
servicio público educativo, tiene entre las funciones de inspección y vigilancia la de fijar los
criterios para evaluar el rendimiento escolar de los educandos y para su promoción a
niveles superiores.
3. Numerales 5.5. y 5.6 del art. 5 de la ley 715 de 2001, donde se fija que a la nación le
corresponde establecer las normas técnicas, curriculares y pedagógicas para los niveles
de educación preescolar y básica, sin perjuicio de la autonomía escolar que tienen los
establecimientos educativos y de la especificidad de tipo regional y definir, diseñar y
establecer instrumentos y mecanismos para el mejoramiento de la calidad de la educación.
4. Articulo 47 del capítulo VI del decreto 1860, donde se estipula criterios de evaluación y de
presentación de informes a los padres de familia.
5. Decreto 1290 de 2009 Art. 11, donde se señala que le corresponde a la institución
educativa, definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes,
después de su aprobación por el Consejo Académico; incorporar en el proyecto educativo
institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la
superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el consejo
directivo.
6. Art. 11, 14, 15, del decreto 2247 Septiembre 11 de 1997 por el cual se reglamenta la
educación preescolar.
CAPITULO I
CRITERIOS DE PLANIFICACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE
Artículo 1º ORGANIZACIÓN DE LOS PERIODOS ACADEMICOS. Las diferentes asignaturas
que desarrollan las áreas obligatorias y fundamentales contempladas en el Art. 23 de la ley
115, se planificarán por periodos. Cada periodo se trazarán las competencias necesarias para
dar cumplimiento a los estándares nacionales y se ejecutarán a lo largo de los cuatro periodos
escolares (10 semanas cada uno) que la institución adoptó para cumplir el plan de estudios.
Artículo 2º. ESTRATEGIA DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS
ESTUDIANTES. Para evaluar el desempeño de los estudiantes se planificarán mínimo tres
actividades evaluativas por logro, las cuales deben estar fundamentadas en los criterios de
evaluación que se establezcan para cada logro. Dichos criterios deben atender a evaluar los
aspectos académicos, personales y sociales del estudiante.
Articulo 3º. MANEJO DEL TIEMPO ESCOLAR. El proceso de aprendizaje debe garantizar el
alcance de las competencias propuestas en las diferentes áreas y favorecer el cumplimiento de
los estándares curriculares; por lo tanto los maestros deben dosificar cuidadosamente el
tiempo de cada periodo, señalando con claridad los espacios evaluativos donde se valora el
desempeño de cada estudiante. Los docentes tienen la obligación de dar a conocer con
anticipación las fechas de evaluación y programar hasta dos diarias. Los resultados de dichas
evaluaciones deben darse a conocer en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles (inciso 14
numeral 4,4 capítulo 4 “Derechos de los estudiantes”).
Artículo 4º. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS ESTUDIANTES
(Art. 3decreto 1290 de 2009). Son propósitos de la evaluación escolar:
2.1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de
aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
2.2. Proporcionar información básica para consolidar o re-orientar los procesos educativos
relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
2.3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a
los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
2.4. Determinar la promoción de estudiantes.
2.5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
CAPITULO II
SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN EN EL PREESCOLAR
Para hacer seguimiento del proceso de aprendizaje de los estudiantes y su correspondiente
evaluación la institución tomará como marco fundamental los artículos 11, 14 y 15 del decreto
2247 de Septiembre 11 de 1997, donde se fija por parte de M.E.N. en sus orientaciones
curriculares los principios de la educación preescolar. Así que los docentes deberán tener en
cuenta a la hora de establecer los criterios de evaluación:
a. La integralidad del estudiante que lo reconoce como ser único y social en interdependencia
y reciprocidad permanente con su entorno familiar, natural, social, étnico y cultural.
b. La participación. Que reconoce la organización y el trabajo de grupo como espacio propicio
para la aceptación de si mismo y del otro, en el intercambio de experiencias, aportes,
conocimientos e ideales por parte de los educandos, de los docentes, de la familia y
demás miembros de la comunidad a la que pertenece, y para la cohesión, el trabajo
grupal, la construcción de valores y normas sociales, el sentido de pertenencia y el
compromiso personal y grupal.
c. La Lúdica que reconoce el juego como dinamizador de la vida del educando mediante el
cual construye conocimientos, se encuentra consigo mismo, con el mundo físico y social,
desarrolla iniciativas propias, comparte sus intereses, desarrolla habilidades de
comunicación, construye y se apropia de normas. Así mismo, reconoce que el gozo, el
entusiasmo, el placer de crear, recrear y de generar significados, afectos, visiones de
futuro y nuevas formas de acción y convivencia.
La evaluación en el nivel preescolar es un proceso integral sistemático permanente,
participativo y cualitativo que tiene entre otros propósitos:
a. Conocer el estado del desarrollo integral del educando y de sus avances.
b. Estimular el afianzamiento de valores, actitudes, aptitudes y hábitos.
c. Generar en el maestro, en los padres de familia y en el educando, espacios de reflexión
que les permitan reorientar sus procesos pedagógicos y tomar las medidas necesarias
para superar las circunstancias que interfieran en el aprendizaje.
ARTICULO UNICO: EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL PREESCOLAR. Los docentes
efectuaran seguimiento de los avances que presenten los niños en las áreas de
MATEMÁTICAS Y CASTELLANO, siguiendo los criterios que se establecen en el artículo 6º del
presente acuerdo. Estos criterios serán referentes para presentar informes periódicos a los
padres, así como la base para efectuar promoción de los logros fijados en estas áreas. Por
tanto los estudiantes del preescolar, serán promovidos al grado siguiente, siempre y cuando:
a. Alcancen en la escala de valoración institucional el nivel de desempeño BASICO en las
áreas de Matemáticas y castellano, al finalizar el año. En todo caso los docentes velaran
porque a los estudiantes se les valore su desarrollo actitudinal y comportamental.
b. Se evidencie en cada periodo la participación activa y eficaz de los estudiantes en las
diferentes actividades establecidas en los proyectos pedagógicos que desarrollan las
demás áreas obligatorias que la institución fija en el plan de estudios para el preescolar.
Estos proyectos también se evaluaran para efectos de promoción, con la escala
institucional (mínimo de aprobación desempeño básico), pero deberá primar el desempeño
personal y social del niño.
c. El estudiante deberá cumplir con un mínimo de asistencia del 75% en las actividades
académicas programadas por la institución en cada periodo.
CAPITULO III
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE DE LA BASICA
La evaluación es continua ( se refiere a que es permanente, es decir que lo que se evalúa es
resultado de una acción educativa que se ejercita durante un determinado tiempo, lo que señala
un proceso); y Formativa (es decir, la evaluación que se realiza para valorar todo el proceso,
favoreciendo el mejoramiento continuo del aprendizaje de los estudiantes, la estrategia o
metodología del docente, los insumos pedagógicos que se utilizan en las clases, y las relaciones
interpersonales).
ARTÍCULO 5º. ESCALA INSTITUCIONAL DE VALORACIÓN DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS
ESTUDIANTES Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.
De conformidad con el decreto 1290 del 16 de abril de 2009 en su Art. 5, y en acuerdo con el
consejo académico y la asamblea docente el colegio debe aplicar la siguiente escala de
valoraciones de los desempeños de los estudiantes, de carácter cuantitativo equivalente con la
escala nacional. Para que el informe sea más equitativo y unificado se fija una escala de 1 a 100
donde 100 equivale al 100%.
VALORACIÓN ENTRE 90 Y 100
EQUIVALENTE A
DESEMPEÑO SUPERIOR
VALORACIÓN ENTRE 80 Y 89
EQUIVALENTE A
DESEMPEÑO ALTO
VALORACIÓN ENTRE 60 Y 79
EQUIVALENTE A
DESEMPEÑO BÁSICO
VALORACIÓN ENTRE 1 Y 59
EQUIVALENTE A
DESEMPEO BAJO
ARTICULO 6º CRITERIOS DEEVALUACIÓN SEGÚN ESCALA VALORATIVA INSTITUCIONAL.
Cada asignatura debe aplicar la escala de valoración, teniendo en cuenta la conceptualización que
de cada criterio la institución establece para tal fin:
DESEMPEÑO SUPERIOR: Asume un comportamiento excepcional y acorde con los valores y la
filosofía propuesta por la institución, alcanzando eficientemente los logros propuestos, ejecutando
de manera apropiada los procesos que le permitan enriquecer su aprendizaje.
Criterios de evaluación:










Participar activamente en el desempeño y desarrollo delas diferentes actividades en el aula
y en la institución.
El trabajo en el aula es constante y enriquece al grupo.
Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas,
adoptando una posición crítica.
Respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus
compañeros.
Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de progreso del grupo.
Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, compromisos y las argumenta con propiedad.
No tiene fallas, y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de
aprendizaje se vea afectado.
No presenta dificultades en su comportamiento ni en su relación con todas las personas de
la comunidad educativa.
Manifiesta sentido de pertenencia institucional.
DESEMPEÑO ALTO: Mantiene muna actitud coherente y un comportamiento sobresaliente
dentro de los valores y la filosofía del colegio, alcanzando satisfactoriamente los logros
propuestos en su proceso de aprendizaje.
Criterios de evaluación:









Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.
Participa moderadamente en el desarrollo delas actividades en el aula.
El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo.
Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
Su comportamiento favorece la dinámica de grupo.
Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso.
Presenta a tiempo sus trabajos, consultas y compromisos.
Tienen faltas de asistencia justificadas.
Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.
DESEMPEÑO BASICO: Presenta una actitud y comportamiento aceptable con los valores
y la filosofía del colegio, cumpliendo los requerimientos mínimos para alcanzar los
desempeños necesarios en las asignaturas.
Criterios de evaluación:










Participa eventualmente en clases.
Su trabajo en el aula es inconstante.
Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de
colaboración para hacerlo.
Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y compromisos; las
argumenta con dificultad.
Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos.
Su comportamiento académico y formativo es inconstante.
Presenta dificultades de comportamiento.
Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas.
Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.
Se identifica como miembro de la comunidad escolar pero no evidencia el sentido
de pertenencia.
DESEMPEÑO BAJO: Presenta actitud insuficiente y desinterés ante los valores y la filosofía del
colegio, además no alcanza los requerimientos mínimos para aprobar los desempeños básicos
necesarios en las asignaturas.
Criterios de evaluación:
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El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta el progreso en su desempeño
académico.
Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas.
Necesita ayuda constante par profundizar conceptos.
Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo.
No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin
embargo no alcanza los logros previstos.
Presenta faltas de asistencia injustificadas.
Presenta dificultades de comportamiento.
No tiene sentido de pertenencia institucional.
ARTICULO 7º. CRITERIOS DE PROMOCIÓN. El concepto de promoción se aplica a la superación
de un logro, la superación de la asignatura, del área y el grado que cursa un estudiante. Por tanto
la institución determina los siguientes requisitos para promoción de:
Promoción del logro o competencia Un logro es superado cuando el estudiante obtiene un
resultado de 60 a 100 en la escala de valoración institucional. Este se obtiene al promediar cada
una de las actividades evaluativas propuestas par calificar el logro (mínimo 3), estas actividades
deben desarrollar los criterios señalados en el artículo 2 del presente acuerdo.
Promoción de la asignatura. Una asignatura es aprobada en cada periodo, cuando el estudiante
alcanza el nivel de DESEMPEÑO BASICO, cuyo equivalente en la escala de valoración
institucional se encuentra en un rango superior a 60 Este se obtiene al promediar la definitiva de
cada logro propuesto para el periodo.
Parágrafo 1: Cuando un estudiante presenta ausencias (sin justificar) igual o superior al 25% de
las horas efectivas del periodo académico, NO podrá ser promovido en esta asignatura, su
calificación final será desempeño bajo (El equivalente numérico en la escala institucional se
determina al promediar la definitiva del periodo más cero por inasistencia.)
Parágrafo 2: Las ausencias deben justificarse en un plazo no mayor a tres 3 días hábiles
inmediatos al regreso del estudiante a clases ordinarias.
Parágrafo 3: Cuando la inasistencia de un estudiante supere el 25% del periodo, pero esté
debidamente justificada (constancia médica por enfermedad o incapacidad personal, emergencia
familiar, representación del estudiante en eventos deportivos, culturales o sociales), el padre de
familia en acuerdo con el docente y compromiso del estudiante, fijarán un plan de nivelación para
superar las debilidades académicas generadas por la inasistencia. Las calificaciones de cada
actividad se darán de acuerdo con la escala de valoración institucional y su equivalente con la
escala nacional.
Promoción del área. Al finalizar el año los docentes titulares de las asignaturas que conforman
cada área deben promediar los cuatro valores definitivos de cada periodo; si la sumatoria de estos
nuevos porcentajes de cada asignatura que conforma el área, es igual o superior a 60
(DESEMPEÑO BASICO) se considera aprobada el área. En el boletín informativo que se entrega a
cada padre de familia aparecerá el concepto de la definitiva del área de acuerdo con la escala de
valoración nacional y su equivalente institucional.
ARTÍCULO 8º PROMOCIÓN DE UN GRADO. La escala valorativa institucional debe ser un
referente guía para la toma de decisiones con respecto a la promoción de un grado; sin embargo
es indispensable que a la hora de decidir la aprobación o reprobación del grado, las COMISIONES
DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN apliquen el concepto de lo integral para valorar el avance
definitivo de los estudiantes. En equilibrio con los resultados numéricos debe considerarse el
desempeño personal (comportamental) y social de los mismos, por tanto los miembros de las
comisiones deben decidir luego de escuchar de los docentes de cada asignatura, la valoración
integral que dan acerca del estudiante. Los miembros de la comisión están en la obligación de
revisar, verificar y validar los procesos de promoción de área que hicieron los docentes (incluyendo
el cumplimiento del plan de superación).
Para promocionar a un estudiante de un grado al siguiente se tendrá en cuenta:
a. Que el estudiante apruebe 7 áreas de las 9 que fina el plan de estudios en el PEI.
b. Un mínimo de cumplimiento de asistencia del 75% en las actividades académicas
programadas en el año escolar.
Parágrafo: Cuando el estudiante es promovido con 7 áreas y en una o dos de las áreas que
reprueba presenta perdida de logros igual o superior al 50% del total de logros del año, deberá
realizar curso de nivelación para superar las deficiencias que no permitieron la promoción del
área. La calificación del curso de nivelación estará sujeta a la asistencia del 100% de la
intensidad horaria asignada. Este curso se desarrollará terminado el año escolar. El resultado
aprobatorio o no, se consignará en el registro escolar de calificaciones del estudiante.
Cuando un estudiante presente ausencia justificada al curso de nivelación (constancia médica
por enfermedad o incapacidad personal, emergencia familiar, representación del estudiante en
eventos deportivos, culturales o sociales, podrá desarrollarlo a más tardar en el mes de
febrero (extraclase) del año siguiente.
CAPITULO IV
ACCIONES PEDAGÓGICAS PARA EL SEGUIMIENTO Y MEJORAMIENTO DEL
DESEMPEÑO ESCOLAR
ARTÍCULO 10º ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES. La coordinación académica velará por el cumplimiento
del proceso “Reporte preventivo de desempeños” este proceso se debe llevar a cabo a mitad de
cada periodo. Los directores de curso se encargan de recolectar con los docentes de cada grado
los resultados parciales que los estudiantes llevan a la fecha. Al detectar que un estudiante
registra dificultades para aprobar los logros en algunas de las asignaturas, envía comunicados a
los padres de familia (de preferencia en la agenda), allí convoca a los padres para que dialoguen lo
antes posible con cada docente que hizo el reporte y tomar así medidas conjuntas para la
superación y mejoramiento de los desempeños de los estudiantes. (Art. 4 numeral 4 del decreto
1290 de 2009).
Parágrafo: Las medidas conjuntas para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes
hacen referencia a los Artículos 13 numeral 2 y Artículo 15 numerales 2 y 3 del decreto 1290 de
2009 donde se precisan los deberes de los estudiantes y padres de familia.
DEL RECONOCIMIENTO POR EXCELENCIA CADEMICA Y ACTITUDINAL. Al finalizar cada
periodo escolar, los directores de curso expondrán en cartelera del salón el cuadro de honor, allí
deberán aparecer los tres estudiantes que se destaquen por:
1. Excelencia académica (mayor promedio en el curso o con desempeños de superior) y
evidencias de un excelente perfil estudiantil.
2. Esfuerzo y superación personal
3. Mejor compañero Aplicado a aquellos estudiantes que en la valoración de disciplina y
comportamiento social sea igual a Superior. Los padres recibirán carta de reconocimiento
por los méritos de sus hijos.
ARTICULO 11º ESTRATEGIAS DE APOYO PARA SUPERAR SITUACIONES ACADEMICAS
PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. Cuando un estudiante obtenga desempeño bajo en la
definitiva de una asignatura, al finalizar cada periodo, deberá aplicarse el siguiente procedimiento
para que el estudiante supere las debilidades académicas presentadas:
a. Presentación para aprobación por la comisión de evaluación del grado, del plan de
superación y mejora de cada estudiante por parte de los docentes de asignatura.
b. Convocatoria de carácter obligatoria al padre de familia y/o acudiente junto con el
estudiante por parte del docente titular para entregar el plan de superación.
c. Implementación del plan.
d. Verificación por parte de la comisión, del cumplimiento y resultados del plan de superación
presentado por cada maestro.
e. Registro del concepto DESEMPEÑO BASICO en sistema de notas del estudiante. Una vez
que el estudiante cumpla eficazmente con el plan de superación y mejora señalado por el
docente, obtendrá una valoración NO mayor a “Desempeño Básico”, teniendo en cuenta
que su esfuerzo en el periodo no fue lo esperado por lo que requirió de más tiempo para
superar los logros.
Parágrafo 1: Es importante que se comprenda que el docente NO tiene el deber de calificar las
actividades de superación sino de valorarlas en conjunto. Esta valoración se hace de acuerdo a los
criterios de superación fijados en el plan y se hace considerando la definitiva del periodo, ya que
este es el resultado que se va a mejorar.
Parágrafo 2: El plan de superación y mejoramiento del estudiante debe llevar: listado de
estudiantes, logros o actividades pendientes, causas generales de la pérdida, estrategias o
actividades de superación, criterios de superación, cronograma de actividades, seguimiento a las
actividades, seguimiento a las actividades y concepto de los resultados de los estudiantes.
Parágrafo 3: La institución debe garantizar los espacios dentro de la jornada laboral docente para
la aplicación de los planes de superación. Los tiempos del plan de superación en cada periodo no
pueden superar las tres semanas siguientes a la finalización de cada periodo. No podrán fijarse
nuevos espacios de superación una vez se cumpla el plazo del plan de cada periodo.
ARTÍCULO 12º COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCION. Las comisiones de evaluación y
promoción de cada grado, estarán conformadas por el rector (quien preside cada reunión) o su
delegado y dos docentes de diferentes áreas del mismo grado.
Estas comisiones se reunirán dos veces en el periodo, la primera reunión será para revisar y
aprobar los planes de seguimiento y mejora que trazan los docentes década asignatura, con
aquellos estudiantes que presentan desempeño bajo en cada periodo; la segunda reunión se hará
para verificar y validar el cumplimiento de estos planes. (Es importante que la comisión verifique
cumplimiento de planes, con docentes y estudiantes).
Al finalizar el cuarto periodo académico y cumplido el espacio para nivelación del cuarto periodo,
las comisiones se reunirán para decidir: La promoción de los estudiantes de conformidad con los
Artículos 8 y 9 del presente acuerdo. Terminada la reunión de promoción, cada comisión tiene dos
días hábiles para publicar las listas de los estudiantes que reprueban el grado y los que deben
nivelar. Las nivelaciones se harán antes de finalizar el año escolar. Los resultados aprobatorios o
no por parte de los estudiantes, se consignarán en su registro escolar. No serán recuperables.
DEL COMPROMISO ACADÉMICO. Al finalizar el año lectivo, las comisiones determinarán
también, que estudiantes deben firmar su compromiso académico previo a su matrícula. Dicho
compromiso se aplicará a los estudiantes que a juicio de tres docentes o más, del mismo grado y
diferentes asignaturas, así lo requieran.
De la misma manera, la comisión también revisará los casos de estudiantes que ya tenían
compromiso y en consenso con los docentes del curso, decidirá si el estudiante los levanta. De ser
así la comisión emitirá una carta felicitando a tales estudiantes.
AR´TICULO 13º PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. La institución comprende dos perfiles
de estudiantes para promoción anticipada: los estudiantes con desempeños excepcionales que
año tras año evidencian desarrollos superiores en todas las asignaturas y los estudiantes que
habiendo perdido el año escolar anterior, al inicio del año demuestran desempeños superiores en
todas las asignaturas.
Durante el primer periodo del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los
padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al gado siguiente
del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social
en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el
acta del consejo directivo.
CAPÍTULO V
INFORMES PERIODICOS Y PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN
ARTICULO 14º INFORMES O BOLETINES INFORMATIVOS A PADRES DE FAMILIA. Para
presentar los informes periódicos a los padres de familia se debe tener en cuenta:
1. Entregar oportunamente, finalizado cada periodo escolar, informe descriptivo sobre el
rendimiento académico del estudiante en todas las asignaturas del plan de estudio y el
desempeño actitudinal y comportamental en general. Al finalizar el año escolar entregar un
informe final de la evaluación integral del rendimiento del estudiante para cada área
durante todo el año.
2. La estructura de los informes debe presentar: logros, intensidad horaria, numero de
ausencias en el periodo, niveles de desempeño en cada asignatura según escala nacional
y su equivalencia numérica con la escala de valoración institucional. Estos informes deben
ser claros comprensibles y presentar fortalezas, dificultades y recomendaciones necesarias
para los estudiantes y su avance integral.
ARTÍCULO 15º RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES Y ESTUDIANTES. Las
reclamaciones se aplican a la valoración de actividades académicas, pruebas, valoraciones del
comportamiento social, notas definitivas del periodo o boletines descriptivos periódicos.
Las reclamaciones se hacen de la siguiente manera:
1. Dentro de los 10 primeros días calendario siguiente a la emisión y publicación de las
calificaciones de los aspectos expresados anteriormente. De no existir reclamación se
considera aceptada la calificación.
2. Las reclamaciones se hacen por escrito (firma del estudiante y del padre de familia ) y
siguiendo el conducto regular:
a. Docente titular de la asignatura.
b. Coordinación académica
c. Rectoría
d. Consejo Académico
e. Consejo Directivo
3. Cada estancia tiene un plazo de 15 días hábiles para dar respuesta eficaz a la reclamación
presentada, esta debe incluir una solución satisfactoria para las partes implicadas y
respaldadas por el manual de convivencia y el presente acuerdo.
CAPITULO VI
DERECHOS Y DEBERES DE ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 16º DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES. Además de los contemplados en el
manual de convivencia: Capítulo IV De los estudiantes, numeral 4.4 Derechos de los
estudiantes. También son derechos de los estudiantes (Articulo 12 del decreto 1290 de 2009).
a. Ser evaluados de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y
sociales.
b. Conocer el sistema de evaluación institucional de los desempeños de los estudiantes:
Criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del
año.
c. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el
aprendizaje.
ARTICULO 17º. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. Además de los contemplados en el
manual de convivencia: Capitulo IV De los estudiantes, perfil, deberes numerales
1,3,6,7,9,12,13,14,15; 4.3 Reglamento para uso de celulares y aparatos electrónicos,
numerales 2,3,4; 4.3 Uso del uniforme en todas las clases.
También son deberes de los estudiantes (Artículo 13 del decreto 1290 de 2009):
a. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por la institución,
tanto los que se generan ordinariamente en cada clase, como aquellos que se generan
como plan de mejora, ante las dificultades para alcanzar las competencias.
b. Cumplir las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de debilidades.
ARTICULO 18º DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA. Además de los contemplados en el
manual de convivencia: Capítulo VII “De la familia” numeral 7.1 “Derechos de los padres” incisos 1,
2,3,6.
También son derechos de los padres (Artículo 14 del decreto 1290 de 2009):
a. Conocer el sistema de evaluación institucional de los desempeños de los estudiantes:
criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año.
b. B. Acompañar el proceso evaluativo de sus hijos.
c. Recibir los informes periódicos de la evaluación de sus hijos.
d. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el
proceso de evaluación de sus hijos.
ARTICULO 19º DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA. Además de los contemplados en el
manual de convivencia: Capítulo VII “De la familia” numeral 7.2 “Deberes de los padres” incisos 1,
3,4, 9, 11, 13, 14.
También son deberes de los padres (Artículo 15 del decreto 1290 de 2009):
a. Participar a través del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la
evaluación del aprendizaje de los estudiantes y la promoción escolar.
b. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos.
c.
Analizar los informes periódicos de evaluación y tomar las medidas que garanticen la
superación de las debilidades académicas.
d. Asistir puntualmente a las citaciones que envíen los docentes.
ARTICULO 20º. ACCIONES PARA GRANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y
DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS DEL SISSTEMA
INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. El Consejo Académico hará revisión, verificación y
validación periódica de los indicadores del plan de estudios y evaluación del desempeño
escolar así como de los procedimientos que se aplican con respecto del seguimiento y la
mejora de los desempeños de los estudiantes que presentan situaciones pedagógicas
pendientes. Su deber será realizar los análisis de los resultados y adoptar las medidas que
contribuyan a corregir situaciones y a eliminar las causas de los problemas que afecten estos
indicadores.
Parágrafo: Las quejas o reclamos por incumplimiento de los artículos (por parte de los
docentes, padres de familia o estudiantes) serán tratadas y/o solucionadas por la coordinación
académica y /o la rectoría. El consejo académico intervendrá solo si la naturaleza del
incumplimiento lo amerita.
Para que así se divulgue ante toda la comunidad educativa.

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