Comentario de particulares(B000150508)

Transcripción

Comentario de particulares(B000150508)
México, D.F., martes 2 de junio de 2015
Por medio del presente, en representación del Consejo Mexicano de la
Industria de Productos de Consumo, A.C. (ConMéxico), nos permitimos
presentar los siguientes comentarios en relación con el acuerdo denominado
ACUERDO COA en ALCANCE a los comentarios enviados el pasado 13 de mayo
del presente, y solicitar su apoyo para tomarlos en consideración en la
elaboración del dictamen correspondiente:
La Cédula de Operación Anual (COA) es un instrumento concebido como
instrumento de reporte y recopilación de la información de emisiones y
transferencia de contaminantes al aire, agua, suelo y subsuelo, materiales y
residuos peligrosos, aplicable según disposiciones ambientales:
1. Cuando el establecimiento sea una fuente fija de jurisdicción federal
en atmósfera, las industrias: química, petróleo y petroquímica,
pinturas y tintas, automotriz, celulosa y papel, metalúrgica, vidrio,
generación eléctrica, asbesto, cementera y calera y tratamiento de
residuos peligrosos y los responsables de fuentes fijas de jurisdicción
federal que cuenten con Licencia Ambiental Única o Licencia de
Funcionamiento otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos
Naturales
(SEMARNAT).
Aplica
únicamente
para
los
subsectores establecidos en los artículos 17 Bis y 21 del Reglamento de
la LGEEPA en materia de prevención y control de la contaminación de
la atmósfera.
2. Si el establecimiento descarga aguas residuales en cuerpos receptores
que sean aguas nacionales: ríos, mares, barrancos, etc.
www.conmexico.com.mx
EJÉRCITO NACIONAL 904, PISO 10, COL. PALMAS POLANCO, C.P. 11560, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL. TEL. (55) 2629-6130
ARCA CONTINENTAL• BARCEL
• BEAM SUNTORY • BIMBO •
CAMPBELL’S MÉXICO
•
CUAUHTÉMOC MOCTEZUMA HEINEKEN MÉXICO
• CLOROX DE MÉXICO • COCA-COLA DE MÉXICO
COCA-COLA FEMSA • COLGATE-PALMOLIVE MÉXICO • COMPAÑÍA PROCTER & GAMBLE MÉXICO • CONSERVAS LA COSTEÑA • DIAGEO MÉXICO • FERRERO DE MÉXICO • GRUPO ALPURA
GRUPO DANONE DE MÉXICO • GRUPO GEPP • GRUPO HERDEZ • GRUPO INDUSTRIAL LALA • GRUPO JUMEX • GRUPO LA MODERNA • GRUPO INDUSTRIAL MASECA • GRUPO PEÑAFIEL
• HERSHEY MÉXICO • INDUSTRIAS ALEN • JOSÉ CUERVO MÉXICO • JUGOS DEL VALLE • KELLOGG DE MÉXICO • L'ÓREAL MÉXICO • MARS MÉXICO
• MONDELÉZ INTERNATIONAL MÉXICO • NESTLÉ MÉXICO • PEPSICO ALIMENTOS MÉXICO • QUALTIA ALIMENTOS • RAGASA INDUSTRIAS
RED BULL MÉXICO • S.C. JOHNSON & SON • SABORMEX • SIGMA ALIMENTOS CORPORATIVO • TRESMONTES LUCCHETTI MÉXICO • TYSON DE MÉXICO • UNILEVER DE MÉXICO
HENKEL CAPITAL
MEAD JOHNSON NUTRICIONALES DE MEXICO
3. Cuando los establecimientos sean Grandes Generadores de residuos
peligrosos
4. Si el establecimiento es prestador de servicios de manejo de residuos
peligrosos, quienes realizan actividades de: reutilización, centros de
acopio, reciclaje, co-procesamiento, incineración, tratamiento,
tratamiento
por
inyección
profunda,
tratamiento
de
suelos
contaminados, instalaciones de disposición final y transporte.
Por su parte, el Reglamento agrupa los Establecimientos Sujetos a Reporte
en los siguientes sectores, con sus correspondientes subsectores y
actividades:
1. Energía;
2. Transporte;
3. Industrial;
4. Agropecuario;
5. Residuos; y
6. Comercio y de servicios.
Si bien la información sobre Emisiones de Gases o Compuestos de Efecto
Invernadero, presentada en los términos de lo señalado en el artículo 12 del
Reglamento no exime a los Establecimientos Sujetos a Reporte de llenar otros
apartados de la COA, relativos a información que estén obligados a
proporcionar a la SEMARNAT conforme a otras disposiciones jurídicas
aplicables a las actividades que realizan, es fundamental tener claridad
respecto a los apartados que deberán requisitarse derivado de cada uno de
www.conmexico.com.mx
EJÉRCITO NACIONAL 904, PISO 10, COL. PALMAS POLANCO, C.P. 11560, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL. TEL. (55) 2629-6130
ARCA CONTINENTAL• BARCEL
• BEAM SUNTORY • BIMBO •
CAMPBELL’S MÉXICO
•
CUAUHTÉMOC MOCTEZUMA HEINEKEN MÉXICO
• CLOROX DE MÉXICO • COCA-COLA DE MÉXICO
COCA-COLA FEMSA • COLGATE-PALMOLIVE MÉXICO • COMPAÑÍA PROCTER & GAMBLE MÉXICO • CONSERVAS LA COSTEÑA • DIAGEO MÉXICO • FERRERO DE MÉXICO • GRUPO ALPURA
GRUPO DANONE DE MÉXICO • GRUPO GEPP • GRUPO HERDEZ • GRUPO INDUSTRIAL LALA • GRUPO JUMEX • GRUPO LA MODERNA • GRUPO INDUSTRIAL MASECA • GRUPO PEÑAFIEL
• HERSHEY MÉXICO • INDUSTRIAS ALEN • JOSÉ CUERVO MÉXICO • JUGOS DEL VALLE • KELLOGG DE MÉXICO • L'ÓREAL MÉXICO • MARS MÉXICO
• MONDELÉZ INTERNATIONAL MÉXICO • NESTLÉ MÉXICO • PEPSICO ALIMENTOS MÉXICO • QUALTIA ALIMENTOS • RAGASA INDUSTRIAS
RED BULL MÉXICO • S.C. JOHNSON & SON • SABORMEX • SIGMA ALIMENTOS CORPORATIVO • TRESMONTES LUCCHETTI MÉXICO • TYSON DE MÉXICO • UNILEVER DE MÉXICO
HENKEL CAPITAL
MEAD JOHNSON NUTRICIONALES DE MEXICO
los ordenamientos señalados, asegurando de tal forma el cabal cumplimiento
de la obligación de reporte, según sea aplicable.
La información aplicable para los Establecimientos Sujetos a Reporte
únicamente por sus Emisiones de Gases o Compuestos de efecto invernadero
derivadas del Reglamento están señaladas en el artículo 13 y 14 del
Reglamento.
En el Acuerdo COA no es claro la aplicabilidad de las distintas secciones
para los Sujetos a Reporte derivado exclusivamente del Reglamento,
complicando así la emisión de comentarios puntuales, no obstante con el
objetivo de evitar interpretaciones, consideramos que debieran señalarse de
manera clara aquellos aspectos obligatorios derivados del Reglamento;
inhabilitarse aquellos apartados no aplicables y evitar la inclusión de solicitud
de información por parte de la autoridad de requisitos adicionales que
sobrepasan sus facultades, por ejemplo:
 Sección Datos de Registro: debiera incluirse una explicación más detallada
de campos como “NRA” (número de registro ambiental) y “RUPA” (registro
único de personas acreditadas), los cuales no deben ser considerados como
obligatorios para el cumplimiento de la obligación.
 Sección Datos de Registro punto 7: no todos los Sujetos a Reporte cuentan
de manera obligatoria con una de las autorizaciones señaladas.
 Sección I, apartado 1.2. Insumos corresponde únicamente para empresas
de competencia federal obligadas a reportar en COA.
www.conmexico.com.mx
EJÉRCITO NACIONAL 904, PISO 10, COL. PALMAS POLANCO, C.P. 11560, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL. TEL. (55) 2629-6130
ARCA CONTINENTAL• BARCEL
• BEAM SUNTORY • BIMBO •
CAMPBELL’S MÉXICO
•
CUAUHTÉMOC MOCTEZUMA HEINEKEN MÉXICO
• CLOROX DE MÉXICO • COCA-COLA DE MÉXICO
COCA-COLA FEMSA • COLGATE-PALMOLIVE MÉXICO • COMPAÑÍA PROCTER & GAMBLE MÉXICO • CONSERVAS LA COSTEÑA • DIAGEO MÉXICO • FERRERO DE MÉXICO • GRUPO ALPURA
GRUPO DANONE DE MÉXICO • GRUPO GEPP • GRUPO HERDEZ • GRUPO INDUSTRIAL LALA • GRUPO JUMEX • GRUPO LA MODERNA • GRUPO INDUSTRIAL MASECA • GRUPO PEÑAFIEL
• HERSHEY MÉXICO • INDUSTRIAS ALEN • JOSÉ CUERVO MÉXICO • JUGOS DEL VALLE • KELLOGG DE MÉXICO • L'ÓREAL MÉXICO • MARS MÉXICO
• MONDELÉZ INTERNATIONAL MÉXICO • NESTLÉ MÉXICO • PEPSICO ALIMENTOS MÉXICO • QUALTIA ALIMENTOS • RAGASA INDUSTRIAS
RED BULL MÉXICO • S.C. JOHNSON & SON • SABORMEX • SIGMA ALIMENTOS CORPORATIVO • TRESMONTES LUCCHETTI MÉXICO • TYSON DE MÉXICO • UNILEVER DE MÉXICO
HENKEL CAPITAL
MEAD JOHNSON NUTRICIONALES DE MEXICO
 Sección I, Apartado 1.2.1. Producción y Uso de Clorofluorocarbonos,
Hidroclorofluorocarbonos,
Hidrofluorocarbonos,
Perfluorocarbonos,
Eteres halogenados y Halocarbonos incluye solicitud de información
adicional a la señalada en los artículos 13 y 14 del Reglamento.
-
En la tabla incluida en este apartado, renglón 4, se titula
“Mantenimiento o eliminación de equipo o unidad…”, es conveniente
contar con una columna para cada concepto (consumida, producida o
eliminada) y sustituir la palabra “mantenimiento” por “recarga de
refrigerante”, evitando así confusión respecto al mantenimiento
únicamente de forma del equipo de refrigeración
-
La nota 3 correspondiente a la columna “Tipo de unidad producida”
señala que se refiere a la cantidad de sustancia que se cargó, de ser
así, especificar la diferencia con la información solicitada en la
columna titulada “Masa de la sustancia consumida o producida o
eliminada”

Asegurar posibilidad de inclusión de renglones conforme se necesite
Sección I, apartado 1.3. Productos, subproductos y productos
intermedios no es información enlistada en los artículos 13 y 14 del
Reglamento.

Sección I, apartado 1.3.1., no es información enlistada en los artículos
13 y 14 del Reglamento.

Sección 1, apartado 1.4, solo aplicaría reportar el consumo anual y el
tipo de combustible, como lo requiere el artículo 14.

Sección 1, apartado 1.4.1., no es información enlistada en los artículos
13 y 14 del Reglamento.
www.conmexico.com.mx
EJÉRCITO NACIONAL 904, PISO 10, COL. PALMAS POLANCO, C.P. 11560, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL. TEL. (55) 2629-6130
ARCA CONTINENTAL• BARCEL
• BEAM SUNTORY • BIMBO •
CAMPBELL’S MÉXICO
•
CUAUHTÉMOC MOCTEZUMA HEINEKEN MÉXICO
• CLOROX DE MÉXICO • COCA-COLA DE MÉXICO
COCA-COLA FEMSA • COLGATE-PALMOLIVE MÉXICO • COMPAÑÍA PROCTER & GAMBLE MÉXICO • CONSERVAS LA COSTEÑA • DIAGEO MÉXICO • FERRERO DE MÉXICO • GRUPO ALPURA
GRUPO DANONE DE MÉXICO • GRUPO GEPP • GRUPO HERDEZ • GRUPO INDUSTRIAL LALA • GRUPO JUMEX • GRUPO LA MODERNA • GRUPO INDUSTRIAL MASECA • GRUPO PEÑAFIEL
• HERSHEY MÉXICO • INDUSTRIAS ALEN • JOSÉ CUERVO MÉXICO • JUGOS DEL VALLE • KELLOGG DE MÉXICO • L'ÓREAL MÉXICO • MARS MÉXICO
• MONDELÉZ INTERNATIONAL MÉXICO • NESTLÉ MÉXICO • PEPSICO ALIMENTOS MÉXICO • QUALTIA ALIMENTOS • RAGASA INDUSTRIAS
RED BULL MÉXICO • S.C. JOHNSON & SON • SABORMEX • SIGMA ALIMENTOS CORPORATIVO • TRESMONTES LUCCHETTI MÉXICO • TYSON DE MÉXICO • UNILEVER DE MÉXICO
HENKEL CAPITAL
MEAD JOHNSON NUTRICIONALES DE MEXICO

Sección 2, apartado 2.1.3., no es información enlistada en los artículos
13 y 14 del Reglamento.

Sección 2, apartado 2.1.4., no es información enlistada en los artículos
13 y 14 del Reglamento.

Sección 3, apartado 3.3., no es información enlistada en los artículos
13 y 14 del Reglamento.

La tabla de la Sección VI. Registro de Emisiones de Gases o Compuestos
de Efecto Invernadero, sería conveniente:
-
Homogeneizar unidades en la Parte 1 y Parte 2
-
Para expresar correctamente la fórmula, multiplicar por el
potencial de calentamiento del CO2, de acuerdo al Artículo 5,
fracción IV del Acuerdo que establece las particularidades técnicas
y las fórmulas para la aplicación de metodologías para el cálculo
de emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero, de
acuerdo a lo indicado en la metodología para determinar la emisión
directa por consumo de energía eléctrica, la cual será expresada
en términos de bióxido de carbono equivalente, sin embargo, no
está expresada correctamente la fórmula
-
Clarificar las emisiones para las actividades comerciales y de
servicios e industriales que se deben reportar
-
Considerar posibilidad de inclusión de renglones para reportar
otros refrigerantes utilizados, en su caso
Agradecemos se sirva considerar los comentarios referidos.
www.conmexico.com.mx
EJÉRCITO NACIONAL 904, PISO 10, COL. PALMAS POLANCO, C.P. 11560, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL. TEL. (55) 2629-6130
ARCA CONTINENTAL• BARCEL
• BEAM SUNTORY • BIMBO •
CAMPBELL’S MÉXICO
•
CUAUHTÉMOC MOCTEZUMA HEINEKEN MÉXICO
• CLOROX DE MÉXICO • COCA-COLA DE MÉXICO
COCA-COLA FEMSA • COLGATE-PALMOLIVE MÉXICO • COMPAÑÍA PROCTER & GAMBLE MÉXICO • CONSERVAS LA COSTEÑA • DIAGEO MÉXICO • FERRERO DE MÉXICO • GRUPO ALPURA
GRUPO DANONE DE MÉXICO • GRUPO GEPP • GRUPO HERDEZ • GRUPO INDUSTRIAL LALA • GRUPO JUMEX • GRUPO LA MODERNA • GRUPO INDUSTRIAL MASECA • GRUPO PEÑAFIEL
• HERSHEY MÉXICO • INDUSTRIAS ALEN • JOSÉ CUERVO MÉXICO • JUGOS DEL VALLE • KELLOGG DE MÉXICO • L'ÓREAL MÉXICO • MARS MÉXICO
• MONDELÉZ INTERNATIONAL MÉXICO • NESTLÉ MÉXICO • PEPSICO ALIMENTOS MÉXICO • QUALTIA ALIMENTOS • RAGASA INDUSTRIAS
RED BULL MÉXICO • S.C. JOHNSON & SON • SABORMEX • SIGMA ALIMENTOS CORPORATIVO • TRESMONTES LUCCHETTI MÉXICO • TYSON DE MÉXICO • UNILEVER DE MÉXICO
HENKEL CAPITAL
MEAD JOHNSON NUTRICIONALES DE MEXICO

Documentos relacionados