Cláusula de Dispositivo de Rastreo Satelital en Bultos

Transcripción

Cláusula de Dispositivo de Rastreo Satelital en Bultos
SEGURO DE TRANSPORTE
CLAUSULA DE DISPOSITIVO DE RASTREO SATELITAL EN BULTOS
Póliza No.: xxxxxxx
Asegurado:xxxxxx
Vigencia de esta cláusula: xxxxxxx
Queda entendido y convenido que, a la Póliza arriba citada, a la cual se adhiere esta cláusula se
le incorporan las condiciones especiales detalladas más adelante:
Para toda movilización terrestre de carga asegurada bajo la Póliza, se debe colocar dispositivo de
rastreo satelital dentro de uno de los bultos, que sean movilizados en un solo medio de transporte,
si son varios medios de transporte deben colocar un dispositivo en la carga de cada camión.
El dispositivo satelital antes indicado debe ser monitoreado durante las veinte y cuatro (24) horas
de cada día.
Debe existir un plan de contingencia previamente establecido, con pasos a seguir para obtener
respuesta policial armada inmediata ante la ocurrencia de un hecho delictivo ó robo y/o asalto a la
carga ó intento del mismo.
En caso de que el Asegurado delegue a terceros el cumplimiento de esta condición, no le exime
de responsabilidad.
La Compañía se deslinda de cualquier responsabilidad, en caso de pérdida o daño a la carga, si se
incumple total o parcialmente esta condición.
Todos los demás términos y condiciones de la Póliza, con excepción de lo establecido en esta
cláusula, quedan en pleno vigor y sin modificación alguna.
Lugar y fecha:xxxxxxx
_____________________
EL ASEGURADO
____________________
LA COMPAÑIA
El Contratante y/o Asegurado podrá solicitar a la Superintendencia de Bancos y Seguros la
verificación de este texto.
NOTA: La presente cláusula ha sido aprobada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, con
resolución No. SBS-INSP-2009-151 registro 31479 de el 10 de Julio de 2009

Documentos relacionados