“Responsabilidades y propuestas para mejorar la seguridad, el

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“Responsabilidades y propuestas para mejorar la seguridad, el
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CONFERENCIA EUROPEA
“Responsabilidades
y propuestas para mejorar
la seguridad, el medio
ambiente y la salud en
la construcción”
Del 6 al 7 de octubre se ha celebrado la Conferencia Europea sobre Seguridad, Medio
Ambiente y Salud en la Construcción, organizada por el Instituto Europeo de Salud y
Bienestar Social en el que han participado eurodiputados, presidentes de colegios
profesionales, empresarios, altos cargos de la administración y un largo etcétera de
expertos de lo más cualificado en la materia. Entre las distintas conferencias realizadas
durante estos días, destacamos la intervención de Manuel Mas Hidalgo, vicepresidente
del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, quien habló sobre las
“Responsabilidades y propuestas para mejorar la seguridad, el medio ambiente y la
salud en la construcción”. Recogemos íntegramente su ponencia.
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MEDIO AMBIENTE.
La actual situación de degradación
en que se encuentra el medio
ambiente está indisolublemente
ligada al modelo vigente de desarrollo económico. Este hecho ha
sido reconocido en los distintos
foros internacionales, especialmente a partir de la cumbre de Río
de Janeiro celebrada en 1992,
habiéndose consensuado a todos
los niveles la necesidad de un
cambio en las actuales pautas de
desarrollo, debiendo dirigirse a
un nuevo modelo denominado
“desarrollo sostenible”.
La construcción, y concretamente
la ingeniería civil, es un motor de
desarrollo y progreso de la sociedad que crea ámbitos fácilmente
utilizables con aceptables niveles
de habitabilidad, comodidad,
seguridad, funcionalidad, etc. que
mejora claramente el nivel de vida
de los ciudadanos, pero también
es responsable de las deficiencias
que se pueden encontrar en el funcionamiento de nuestra civilización, contribuyendo notablemente
a los deterioros ecológicos en el
ecosistema terrestre, por ello,
su ejecución debe contemplarse
desde la óptica ineludible del
“desarrollo sostenible”.
Es evidente que el respeto al
medio ambiente debe dar un paso
adelante y conseguir un serio compromiso de todos los actores que
participamos en la construcción
para conservarlo. Los Ingenieros
Técnicos de Obras Públicas, en el
desempeño de nuestras funciones
profesionales de proyectar, construir y dirigir las obras de ingeniería civil, en la que habitualmente
desarrollamos nuestra actividad,
somos conscientes de la responsabilidad que tenemos en ello y de la
importancia de su defensa, pues
no hemos de olvidar que dadas las
grandes dimensiones que tienen
muchas obras de la ingeniería civil,
como las autopistas, autovías,
carreteras, líneas de ferrocarril,
aeropuertos, presas, puertos, etc,
los trabajos y actuaciones que
se desarrollan durante su construcción, conservación y explotación, provocan importantes impactos sobre el medio ambiente
que deben preverse, valorarse y
corregirse en el proyecto, la ejecución, la conservación y la explotación. Por ello, es necesario realizar
un análisis de alternativas para la
selección de la más favorable,
desde la perspectiva medioambiental, que reduzca en lo posible
los impactos principales asociados, como son:
• Pérdidas de la biodiversidad por
la alteración y destrucción de hábitats de diferentes especies de la
fauna y la flora.
• Contaminación de ríos y mares
por el vertido de residuos sin los
tratamientos adecuados.
• Destrucción de amplias superficies de vegetación y suelos, áreas
agrícolas productivas y zonas de
recarga de acuíferos
• Producción de un “efecto barrera”
que disminuye la permeabilidad de
paso entre las zonas seccionadas, lo
que repercute sobre el medio socioeconómico (corte de caminos, aislamientos de núcleos urbanos, división
de propiedades) y sobre la fauna.
• Generación de elevados niveles
de ruido durante la fase de funcionamiento.
En el artículo 45 de nuestra
Constitución se reconoce la impor-
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tancia de la protección del medio
ambiente, pero fue a partir del ingreso de España en la Comunidad
europea, cuando se produce la
adopción de la mayor parte de los
actos jurídicos reguladores de los
distintos aspectos medioambientales, conformándose un amplio cuerpo normativo en la materia emitido
desde diferentes ámbitos.
La Unión Europea constituye la
principal fuente legislativa, de tal
modo, que la mayor parte de las
normas españolas derivan, por
transposición, de las correspondientes comunitarias. El Estado
español tiene la competencia
exclusiva de legislación básica
sobre protección del medio
ambiente,
las
Comunidades
Autónomas sobre su gestión y el
establecimiento de normas adicionales de protección y los
Ayuntamientos ejercen competencias en materia de suministro de
agua, tratamiento de aguas residuales, gestión de residuos urbanos y protección del medio
ambiente, adecuadas a la legislación estatal y autonómica.
La legislación española relativa a la
protección del medio ambiente, está
constituida por un amplio número
de normas emitidas desde distintos
ámbitos y con diferentes organismos
implicados en la tramitación de procedimientos y en la vigilancia de su
cumplimiento. Esta dispersión normativa y competencial, que en ocasiones es de confusa redacción, dificulta el conocimiento de la legislación medioambiental que en un
momento dado se halla vigente y
que afecta a instalaciones y actividades concretas, dando lugar, en nuestra opinión, a un gran desconocimiento en la tramitación ambiental,
por lo que, para una posible mejora,
las Administraciones públicas,
empresas y colegios profesionales,
deberían organizar con más frecuencia cursos y jornadas centradas en
este tema.
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A continuación vamos a relatar
brevemente, porque no es objeto
de este artículo y por su complejidad, la casuística de los proyectos
que, de conformidad con la Ley
6/2001 y la normativa de las
Comunidades Autónomas que han
asumido competencias legislativas
en esta materia, deben ser sometidos a Evaluación de Impacto
Ambiental e intentaremos definir
las mejoras que proponemos.
Naturalmente existe una posibilidad de mejora en estos proyectos,
pero se agrava en aquellos en los
que cumpliendo lo dispuesto en la
Ley 6/2001 no necesitan esa evaluación, aunque originen un
impacto ambiental negativo, especialmente en el transcurso de la
obra, que es cuando se hace más
imprescindible que se desarrolle la
Vigilancia Ambiental por parte de
la Comunidades Autónomas.
ESTUDIOS DE IMPACTO
AMBIENTAL
La evaluación de impacto ambiental constituye una técnica generalizada en los países industrializados, recomendada por organismos
internacionales como la OCDE y
reconocida como el instrumento
más adecuado para la preservación de los recursos naturales y la
protección del medio ambiente.
El procedimiento de evaluación tiene
como finalidad estimar los efectos
que la ejecución de un determinado
proyecto, obra o actividad causa
sobre el medio ambiente. Como su
realización siempre es previa a la ejecución del proyecto, permite evaluar
si éste es viable en términos
medioambientales y si las medidas
preventivas y correctoras contempladas en él son suficientes para prevenir o mitigar los impactos medioambientales asociados.
La tramitación del Estudio de
Impacto Ambiental de una nueva
obra que obligatoriamente está
sometida a este procedimiento,
consta de los siguientes pasos:
1. Iniciación y consultas. La persona física o jurídica (pública o privada) promotora de la obra se lo
comunica al Organismo ambiental
competente, adjunt ando una
Memoria resumen, en la que se
señalan las características más
importantes del proyecto a realizar, remitiendo, a su vez, una
copia a la Autoridad competente
que ha de conceder la autorización
para su realización.
Una vez examinada la Memoria por
el Organismo ambiental, y efectuada las consultas que considere convenientes a personas, instituciones
y Administraciones públicas previsiblemente afectadas (en la práctica
suele consultarse también a organizaciones ecologistas y de defensa
del medio ambiente) remite al titular
del proyecto la información recogida
y una relación de los aspectos más
significativos que deben tenerse en
cuenta en la redacción del estudio
de impacto ambiental.
2. Estudio de impacto ambiental.
Es un anteproyecto en el que
deben estudiarse, como mínimo,
tres alternativas, con sus análisis
sectoriales y sus evaluaciones de
impacto ambiental, así como las
medidas correctoras y protectoras
necesarias, teniendo en cuenta las
indicaciones recibidas del organismo ambiental competente.
El Estudio ha de contener, al
menos, la siguiente información:
• Descripción del proyecto y sus
alternativas.
• Inventario y descripción de
recursos
naturales,
factores
ambientales y residuos generados.
• Identificación y valoración de los
impactos.
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• Propuesta de medidas protectoras y correctoras.
• Programa de vigilancia ambiental.
• Documento síntesis
3. Información pública. El estudio de impacto ambiental, conjuntamente con el proyecto, es sometido a un trámite de información
pública, durante el cual, cualquier
persona física o jurídica puede consultarlo y presentar alegaciones.
4. Declaración de impacto ambiental.
El titular del proyecto envía el
expediente completo (constituido
por el documento técnico del proyecto con el estudio informativo
de la alternativa seleccionada, el
estudio de impacto ambiental y los
resultados de la información pública) al organismo ambiental competente quien con lo anterior y
otras evaluaciones formula la
Declaración de Impacto Ambiental, la cual determinará, a los solos
efectos ambientales, la conveniencia o no de realizar el proyecto, y
en caso afirmativo, fijará las condiciones en que debe realizarse.
Esta declaración se remite a la
autoridad competente que ha de
conceder la autorización para su
realización.
5. Proyecto de construcción. Una
vez el titular del proyecto haya recibido la Declaración de Impacto
Ambiental, redactará el proyecto
constructivo que tendrá en cuenta
el contenido de la Declaración de
Impacto Ambiental.
6. Proyecto de medidas correctoras y programa de vigilancia
ambiental. Son documentos
redactados y desarrollados con
mucho detalle para garantizar el
cumplimiento de las indicaciones y
medidas protectoras y correctoras,
contenidas en el estudio de impacto ambiental, durante la ejecución
y el funcionamiento de la obra,
pudiéndose determinar así la eficacia de las medidas de protección
establecidas. Estos documentos,
junto con el proyecto, son enviados nuevamente al Organismo
ambiental, como documento separado de “Cumplimiento de las
prescripciones de la Declaración
de Impacto Ambiental”, quien los
supervisa y los devuelve al interesado para incorporarlos al procedimiento de adjudicación de las
obras.
integrado en la Dirección de Obra,
de igual manera que el Coordinador de Seguridad y Salud. Será responsable de supervisar, cuando lo
hubiera, el Plan de Vigilancia
Ambiental, y en caso contrario, de
establecer unas condiciones mínimas de protección ambiental,
especialmente en las acciones
colaterales de obra necesarias
para la ejecución y que originan la
mayor parte de los impactos
ambientales negativos.
Estudiando estos puntos, podemos llegar a la conclusión de que
la tramitación es exhaustiva y sin
embargo el control es mínimo,
sobre todo en la fase de funcionamiento de la obra, por ello, el
Colegio de Ingenieros Técnicos de
Obras Públicas plantea los siguientes objetivos
3. Exigencia a las empresas adjudicatarias de las obras de estar en
posesión de la Certificación
Ambiental tipo ISO 14000 o similar correspondiente al tipo de obra
a realizar de forma que se tengan
establecidos unos procedimientos
de actuación ambiental en la obra
para cuando se pudieran presentar
problemas, no sólo de aspectos
directos del proyecto, sino también de aspectos potenciales o
emergentes sobrevenidos, como
pueden ser vertidos incontrolados,
averías mecánicas que produzcan
derrame de líquidos peligrosos o
una mala gestión de vertederos.
1.1 Objetivos
1. Controlar durante la fase de funcionamiento de las obras las posibles desviaciones de los impactos
previstos en un principio, para
poder adoptar a tiempo las medidas correctoras necesarias que
impidan dañar el medio de forma
grave e irreversible. Control que
actualmente no se hace.
2. Implantar un control medioambiental sobre los trabajos de conservación y mantenimiento de las
obras en funcionamiento.
1.2. Propuestas
Para cumplir estos objetivos se
propone:
1. Implantar de manera efectiva el
Programa de Vigilancia ambiental
en todas las obras en la fase de su
funcionamiento, tanto si hay,
como si no, necesidad de un proyecto de medidas correctoras.
2. Creación de la figura del
Controlador ambiental, que esté
SEGURIDAD Y SALUD
Otro de los grandes problemas que
afectan al sector de la construcción es la siniestralidad laboral. El
trabajo es una actividad social
organizada mediante la cual el
hombre transforma y adapta los
bienes de la naturaleza para alcanzar unos objetivos y satisfacer sus
necesidades, que van, desde la
supervivencia, hasta el desarrollo
personal, profesional y social.
El mundo del trabajo, al igual que
la sociedad en que se desarrolla,
está en proceso de cambio permanente. Los métodos de trabajo, los
medios técnicos que se utilizan, la
forma de organizarlo, son muy
diferentes al de hace unos años,
sobre todo en el sector de la construcción. Si a ello añadimos la
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fuerte competitividad existente
hoy día en el mercado, nos encontramos que las empresas están
obligadas a adaptar sus sistemas
productivos para lograr una eficacia que asegure su supervivencia.
Por otra parte, la aptitud de un producto, servicio o proceso requiere
para satisfacer las necesidades de
los usuarios el concepto de “calidad”, que implica hacer las cosas
bien y mejorarlas constantemente.
En muchos de los casos su implantación genera una mejora importante
de las condiciones materiales en la
que se desarrolla el trabajo.
La salud está relacionada con
todos esos aspectos y cuando una
empresa cambia el proceso de trabajo o los elementos técnicos,
materiales u organizativos, también pueden cambiar, para bien o
para mal, las condiciones de seguridad y salud. Esos cambios, dirigidos en gran medida a aumentar la
eficacia productiva, suelen proporcionar la mejora de las condiciones de trabajo, aunque en algunas
ocasiones pueden conllevar modificaciones que, directa o indirectamente, perjudiquen la salud de los
trabajadores.
Por tanto, controlar el proceso productivo es una exigencia de la cali-
dad y de la competitividad, lo que
requiere conocer los elementos
que influyen, positiva o negativamente, en el desarrollo del trabajo
y en los trabajadores encargados
del mismo, a fin de proteger la
seguridad y la salud de éstos
mediante la aplicación de medidas
y el desarrollo de actividades
necesarias para la prevención de
riesgos laborales, que tienen como
consecuencia los accidentes de
trabajo.
La construcción es una actividad
laboral que emplea mucha mano
de obra y entraña riesgos elevados, no es lo mismo trabajar en un
andamio a 5 m de altura que en
una mesa de oficina. Este binomio, riesgos elevados y gran cantidad de trabajadores, posibilita que
el número de accidentes mortales
sea elevado, lo que ha comportado una mala imagen del sector, a
la que algunos han contribuido
acentuando únicamente las críticas negativas, sin reconocer la
tarea preventiva que se realiza en
la mayoría de obras.
El total de accidentes laborales en
la primera mitad del año fue de
420.794, repartidos así:
• Sector Agrario:
• Sector Industria:
18.856
117.734
• Sector Servicios:
180.345
• Sector de la Construcción: 104.306
Como se ve, de los cuatro sectores
es el segundo con menos siniestralidad, por tanto, el tópico de
que en el sector de la construcción
es donde hay más incidencia de
accidentes mortales no se corresponde con la realidad, pero ello no
ha de ser motivo de conformismo,
sino todo lo contrario, pues no hay
que olvidar que cualquier accidente, es una grave tragedia humana
que afecta o puede afectar, no
sólo al propio trabajador víctima
de aquél, sino a su entorno inmediato. Por esta razón cada vez son
más las iniciativas públicas y privadas en materia de prevención de
riesgos en el sector de la construcción. Sólo desde la colaboración
de todos los agentes que operan
en este sector, es decir, las empresas, las asociaciones empresariales, sindicatos, los trabajadores, la
administración pública y los colegios profesionales podremos mejorar sustancialmente la seguridad
en el trabajo.
Todo accidente tiene una causa
directa e inmediata que determina
que éste se produzca. Pero desde
el ámbito de la prevención de riesgos debemos ir más allá en la identificación de las causas estructurales del sector que subyacen en el
común de los accidentes.
El Colegio de Ingenieros de Obras
Públicas ha identificado tres factores
estructurales que inciden en las condiciones de seguridad y salud en el
sector de la construcción:
1. PREVENCIÓN PREVIA
A LA EJECUCIÓN
Los estudios preparatorios de la
Directiva 92/57/CEE del Consejo,
de 24 de junio de 1992, relativa a
las disposiciones mínimas de seguridad y de salud que deben aplicarse en las obras de construcción
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temporales o móviles, demostraron que el 60% de los accidentes
mortales en las obras tienen su
origen en decisiones tomadas
antes de su inicio.
Pierre Lorent, asesor de la comisión
europea en temas de prevención de
riesgos en el sector de la construcción, en su conocido informe titulado
“Impacto de la proposición de
Directiva de obras temporales y móviles sobre la formación de seguridad”,
señala el origen de los accidentes de
trabajo mortales en las diferentes
fases de las obras:
El 35% en la fase de concepción
de la obra (incluye el diseño, la
concepción material, la elección
de los materiales a emplear y el
lugar donde se ejecutará)
El 28% en la planificación.
Generalmente por la ejecución
simultánea de actividades incompatibles entre sí (por ejemplo, soldar en presencia de productos
volátiles de pintor).
Y el 37% restante en la fase de
ejecución. Por falta de formación,
condiciones de trabajo, premuras
de tiempo, etc.
Este concepto de prevención integral referido al conjunto de toda la
obra está insuficientemente asimilado en nuestro país, donde todavía hoy, pasados bastantes años
desde la aprobación de la
Directiva, se considera que la prevención de riesgos es algo exclusivo de la fase de ejecución de la
obra y que nada tiene que ver con
las fases previas de concepción y
planificación de la obra.
Lamentablemente, algunos de los
agentes que intervienen en el proceso constructivo consideran que
la prevención de riesgos es una
cuestión que no les afecta.
3. Promover la innovación tecnológica en la definición y consecución de procesos constructivos
seguros. Tradicionalmente el sector de la construcción ha sido, y
todavía es, un sector artesanal de
fabricación de prototipos en el que
todas las obras son diferentes y en
el que se requiere un empleo
intensivo de mano de obra. Es un
objetivo improrrogable avanzar
tecnológicamente para conseguir
una fabricación más moderna con
el empleo de nuevos materiales y
procedimientos más seguros, más
sencillos y que lleven asociados un
riesgo menor.
1.1 Objetivos
1.2. Propuestas
Para tratar de invertir está situación planteamos tres objetivos
esenciales:
Para cumplir estos objetivos se proponen las siguientes propuestas:
También sigue vigente la creencia
de que la prevención de riesgos en
la construcción es tarea exclusiva
de las empresas constructoras. O
que realizar el proyecto de una
obra consiste meramente en realizar un buen diseño.
En la concepción
En la organización
En la ejecución de los trabajos
Y crea la figura del Coordinador
de Seguridad y Salud para realizar
esta tarea.
1. Conseguir que en la elaboración
y redacción del proyecto constructivo se integre de forma real y efectiva la prevención de riesgos, de
manera que en su definición y planificación se adopten aquellas soluciones que lleven implícitas una reducción de riesgos derivados de su ejecución. No se trata de añadir al proyecto un estudio de seguridad y
salud, sino de que el proyecto en si
mismo se elabore teniendo en cuenta los principios básicos en materia
de seguridad y salud.
Se diseña una aproximación
integral de la prevención al conjunto de la obra. Desde su inicio, en fase de proyecto, hasta
más allá de su fin, en la fase de
conservación y mantenimiento
de la obra ya finalizada.
2. Procurar que la organización y
determinación de los plazos de
ejecución de las obras se fijen
teniendo en cuenta los principios básicos de seguridad y
salud. Es necesario evitar que las
fechas y plazos de ejecución de las
Por ello, y siguiendo las recomendaciones del mencionado informe,
la Directiva integra la prevención
en las tres etapas de realización de
una obra:
obras se determinen en función de
factores externos a la propia obra
(económicos, electorales, etc) que
conducen a una concentración de
actividades y personas que indefectiblemente comporta un incremento de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.
1. Modificación del R.D. 1627/1997,
sobre disposiciones mínimas de
seguridad y de salud en las obras
de construcción. El mencionado
RD es la norma por la que se traspone al Ordenamiento Jurídico
español la Directiva 92/57/CEE. Se
trata, sin embargo, de una transposición no del todo afortunada
que ha comportado que en la práctica no exista la figura del
Coordinador en fase de proyecto,
tal como hemos visto que se establecía en la Directiva, y que en la
mayoría de proyectos la seguridad
y salud no es más que un anexo
que se añade a aquél una vez finalizada su redacción, y que a veces,
desafortunadamente, es una fotocopia de otro anterior.
Es preciso recuperar la idea de
incor porar la prevención al
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momento mismo de la redacción
del proyecto, y por ello se propone
la modificación del artículo 3
del R.D. 1627/1997 para que sea
preceptiva la existencia de un
Coordinador en fase de proyecto.
Por cierto, en nuestro Colegio apenas se visan este tipo de coordinación, es sintomático, ¿no?
2. Verificación, por parte de las
Administraciones Públicas y los
Colegios Profesionales, en el ámbito de sus respectivas competencias, que en la redacción de todo
proyecto se han tenido en cuenta
las normas y principios básicos
de prevención de riesgos, superando así un mero cumplimiento
formal de la normativa.
ra de los planes y la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social, para
lograr este control de obras que,
en principio, y a la luz de su Plan
de Seguridad y Salud, puedan presentar deficiencias en la materia.
5. Establecimiento de incentivos fiscales o de otro orden destinados a promover la innovación
tecnológica en el sector, como la
utilización de nuevos materiales
cuya manipulación entrañe menos
riesgos y sean reciclables, procesos constructivos más seguros,
empleo de maquinaria, herramientas y equipos de protección individual o colectivo que supongan una
3. Control de la calidad de los
Estudios de Seguridad y Salud
por parte de de los colegios profesionales mediante métodos como, por
ejemplo, el check-list o similar, para
autorizar el visado de los proyectos,
de manera que no sea una simple
comprobación de su inclusión en el
proyecto como requisito exigido en el
artículo 17 del RD 1627/1997.
Se trata de establecer los oportunos canales de comunicación
entre la autoridad laboral recepto-
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Hay una serie de factores, como el
envejecimiento de una generación
de especialistas, el descrédito de
los oficios tradicionales y manuales en una sociedad de nuevas
tecnologías, el personal procedente de otros sectores para aprovechar la buena situación de la construcción y la inmigración, que han
generado un déficit muy importante de formación profesional en el
sector. La construcción no debe
ser el refugio de la gente sin formación, sino todo lo contrario, un
sector de profesionales en una
actividad de vital importancia
tanto económica como social.
2.1 Objetivos
Para mejorar la implantación de la
formación de los trabajadores se
proponen dos objetivos:
En el caso de proyectos de las
Administraciones Públicas, la oficina de Supervisión de Proyectos u
órgano equivalente, sería quien
hiciera ese control de calidad.
4. Control de la calidad de los
Planes de Seguridad y Salud
presentados por las empresas a la
autoridad laboral competente,
para la apertura de los centros de
trabajo, tal y como dispone el artículo 19 del ya mencionado R.D. Se
trataría que dicha autoridad laboral realizara el control de calidad
del plan de manera que si lo considerara inadecuado o insuficiente no
autorizara la apertura o hiciera un
seguimiento especial de dicha obra.
persona que participa en una obra,
es básica para garantizar la seguridad de todo el colectivo de personas que están trabajando en ella.
mejora para la seguridad y salud
de los trabajadores, etc.
2. LA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL
La prevención de riesgos laborales es
una cuestión que está íntimamente
ligada a la cualificación profesional.
No se trata de trabajar con seguridad,
sino de que el propio concepto de trabajar correctamente lleva implícito el
de la seguridad, como lleva implícito,
por ejemplo, la calidad.
La formación profesional de los
trabajadores y, en general, de toda
1. Asegurar la formación profesional a toda persona que se
incorpore al sector, sean cuales
sean sus circunstancias, así como
el reciclaje del personal que está
trabajando. La falta de los conocimientos mínimos para trabajar en
una obra puede generar situaciones de riesgo, tanto para el propio
trabajador como para sus compañeros.
2. Establecer un sistema de
reconocimiento objetivo e independiente de la cualificación y
aptitud de los trabajadores del
sector, con el fin de garantizar la
calidad de esa formación y la adecuación del trabajador al puesto
de trabajo. Como, por ejemplo, el
carné profesional
2.2. Propuestas
Para la consecución de estos objetivos proponemos: La creación de
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centros homologados de formación de trabajadores del sector
en todos los niveles y en todas las
especialidades, con cursos eminentemente prácticos, que certifiquen su nivel de la cualificación y
aptitud. La obtención de dicho certificado debería ser después de un
periodo de adaptación, condición
necesaria para trabajar en la construcción. Con ello se garantizaría
una formación profesional de calidad y se evitaría el fenómeno
ocurrido en los últimos años de
incorporación de trabajadores
sin formación.
todos aquellos comportamientos o
actitudes negligentes o imprudentes que se den en el marco de la
obra. Un comportamiento imprudente muy frecuente en las obras
es: conociendo el trabajador los
sistemas de seguridad de que dispone cumple las órdenes de seguridad cuando hay en su presencia
responsables de la obra y deja de
cumplirlas cuando no están
3.2. Propuestas
Para la consecución de estos objetivos proponemos dos actuaciones
concretas:
3. EL RIESGO LABORAL
Riesgo es la posibilidad de que un
trabajador sufra un daño derivado
del trabajo
Según la encuesta realizada por el
Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el año 1999, el 97.8%
de los trabajadores de la construcción perciben la existencia de riesgo de accidente en su puesto de
trabajo. También, el 51.8% considera el exceso de confianza como
la principal causa de los accidentes ocurridos en el trabajo.
3.1 Objetivos
Estos datos nos llevan a fijar dos
objetivos básicos:
1. Continuar la tarea de concienciación de todos los agentes que
inciden en el proceso constructivo
(empresarios, técnicos, mandos
intermedios y trabajadores) de la
existencia real de riesgos en el
sector de la construcción y la necesidad de actuar siempre con la
máxima prudencia y diligencia en
el ejercicio de su profesión.
2. Recordar a las empresas, y en
concreto a los responsables de las
obras, el compromiso que tienen
con la seguridad y salud de sus trabajadores y su deber de combatir
1. Continuar desarrollando por las
autoridades laborales, gremios de
constructores, sindicatos, colegios
profesionales, campañas de concienciación a empresarios, técnicos y trabajadores del sector, utilizando para ello los canales de
comunicación de que disponen
(publicaciones, cursos, comisiones técnicas, etc.)
2. Promover entre las empresas,
como garantes que son de la seguridad y salud de los trabajadores,
la asunción de su obligación de
reprimir aquellas actitudes o comportamientos que se produzcan en
el marco de la obra y que puedan
suponer un perjuicio para las condiciones de seguridad y salud del
personal que en ella trabaja. Para
ello, el empresario, debe aplicar el
régimen de sanciones e infracciones establecido, de común acuerdo, en el marco de la negociación
colectiva por las asociaciones
empresariales y los sindicatos, en
los artículos del Convenio General
del Sector de la Construcción.
trabajadores sufran daños derivados del trabajo, ya sean enfermedades, patologías o lesiones.
Conseguir que ese impacto que
ocasionan nuestras obras se convierta en un impacto ambiental
positivo, es decir, que conjugue el
bien de la obra civil con el respeto
al medio ambiente, debe ser el
objetivo de todos nosotros y sin
duda la apuesta de futuro de nuestro colectivo, unido inexcusablemente a la mejora de la seguridad
y salud de las obras.
Así las cosas, el ingeniero debe
realizar un esfuerzo para adecuar
sus conocimientos y trabajo para
que proyecto y obra sean la respuesta técnica a la solución de un
problema social, en los que el
conocimiento de las ciencias y
la sensibilidad ambiental evite
disfunciones y desajustes en la
naturaleza e incluso en la
misma sociedad.
Nuestro colectivo, que siempre se
ha distinguido por la cercanía al
conocimiento de los problemas de
obra y su eficaz respuesta a la
reparación y superación de los
mismos, quiere apostar por un
cambio del antiguo “ingeniero hormigonera y gris” por un Ingeniero
Civil responsable plenamente de la
obra y comprometido con la resolución técnica de la misma, que a
su vez apueste plenamente por la
seguridad y el respeto al medio
ambiente, no solamente en el
cumplimiento de lo dispuesto en
el proyecto, sino en todas y cada
una de las actividades diarias que
conlleva una obra civil.
CONCLUSIONES
En resumen, cualquier obra de
construcción, como todos sabemos, conlleva una afección y un
impacto hacia lo que nos rodea,
así como la posibilidad de que los
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