EMG c/CB. - Desalojo" Fa. 1 101/85, dUigenciapara mejor

Transcripción

EMG c/CB. - Desalojo" Fa. 1 101/85, dUigenciapara mejor
DERECHO INTERNAaONAL PRIVADO.- Rev. A.E.U., 74
(1-6): 201.
1988.
3.3. Derecho Internacional Privado
3.3.1.- FORMA DE LOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS.
El poder para
regula
administrativos otorgado en Alemania para actuar
fonna por la Convención Interamericana de Panamá de 1975.
pleitos y asuntos
en cuanto a su
CONSULTA
En autos
se libra a Ud.
"
E.M.G. c/CB. Desalojo" Fa. 1 101/85,
a fin de solicitarle, en virtud de
-
el presente
en
Uraguay
se
lo dispuesto por la Sra. Juez como dUigencia para mejor
proveer -por providencia No. 6422 del 1 3 del conienteque se informe al Juzgado sobre la vaUdez del mandato
cuya
fotocopia se adjunta.
INFORME DE LA COMISIÓN DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
El documento cuya fotocopia se acompaña es un
mandato especial para pleitos y asuntos administtatívos
vista formal se han
otorgado en favor de dos profesionales radicados en
nuestto país para actuar conjunta o separadamente, el
que condene amplias facultades para iniciar, seguk y
terminar toda clase de acciones ante autoridad judicial,
dándose por reproducidas en él las facultades especiales
contenidas en el art. 160 del Código de Procedimiento
decreto No. 1 55 del 22 de febrero de
Civil.-
ley No.
cumplido con las disposiciones de la
13.640 del 28 de diciembre de
1967, art. 3o. del
1968,65 del Decre
to-Ley 1421 y 90 inciso "K" de la Acordada No. 47 16,
habiendo sido debidamente legalizado e incorporado al
Registto de Protocolizaciones de un Escribano en ejer
cicio en laRepública, el cual expidió el testímonio antes
mencionado, por lo que dicho mandato deber reputárse
le válido.
De acuerdo al art. 6 del Código Civil umguayo "La
forma de los instmmentos púbUcos
ley
se
determina por la
Esc. Alfonso
del
país en que haya sido otorgado... .".El Notario
Público de Hamburgo actuó cumpliendo las exigencias
del derecho alemán, confiriéndole calidad de insttu
mento público. No existíendo Tratado de Derecho Inter
Puig Uhalde
Redactor
Montevideo, 18 de febrero de 1988.Aprobado por Unanimidad, por la Comisión
nacional Privado que nos vincule con Alemania como
de derecho intemacional privado como docttina
más recibida acudimos a las disposiciones de la Con
norma
Ronald Herbert
Coordinador Alterno
vención Interamericana de Panamá de 1975 sobre régi
men legal de los
poderes para ser utíhzados en el
Aprobado por la CD. de la A.E.U., Resol. No. 18267 de
exttanjero (
15 de
art.
2o,4o,5o,6o
y
8o). Desde el punto de
marzo
de 1988.

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