división contratación administrativa

Transcripción

división contratación administrativa
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio No.
07782
04 de junio, 2015
DCA-1260
Señor
Humberto Gamboa Marín
Presidente de Junta Administrativa
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL NATANIEL ARIAS MURILLO
Estimado señor:
Asunto: Se otorga autorización al Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo de
Aguas Zarcas de San Carlos para realizar una contratación directa concursada para la
compra de equipos y materiales para las instalaciones y la finca del Colegio, por un
monto máximo total del ¢29.792.895,96 (veintinueve millones setecientos noventa y dos
mil ochocientos noventa y cinco colones con noventa y seis céntimos) a efecto de
ejecutar el proyecto de Seguridad y Conectividad con fondos provenientes de la Ley
7372.
Nos referimos a su oficio sin número, recibido en fecha 14 de abril del año en curso en
esta Contraloría General de la República, mediante el cual solicita la autorización descrita en el
asunto.
Mediante oficios No. JA-05-16-2015 y JA-05-22-2015 recibidos el 05 y 21, ambos de
mayo anterior, se brindó información adicional solicitada mediante oficios No.05917 (DCA-0969)
y No. 06857 (DCA-1115) del pasado 28 de abril y 18 de mayo, respectivamente.
I.
Antecedentes y justificación
1. Que el Colegio Técnico Profesional es una institución que se creó en el año 1971 y desde
sus inicios ha sido un pilarte de la educación de la zona de San Carlos, contando
actualmente, con una población estudiantil de más de 1400 estudiantes.
2. Que mediante el oficio COLEY 691-2014 del 03 de Octubre del 2014, el Ministerio de
Educación (MEP) aprobó el proyecto de Conectividad y Seguridad, con fondos provenientes
de la Ley 7372, Ley para el Financiamiento y Desarrollo de la Educación Técnica
Profesional, por un monto de ¢29.792.895,96 (veintinueve millones setecientos noventa y
dos mil ochocientos noventa y cinco colones con noventa y seis céntimos).
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2
3. Que dado el crecimiento que ha presentado la población estudiantil del colegio, se ha
acondicionado una finca conocida como Finca La Loma, propiedad de la Junta
Administrativa del Colegio para trasladar 12 aulas para la impartición de nuevas
especialidades.
4. Que como parte de las obligaciones de la institución, se encuentran las de brindar seguridad
y resguardo tanto a las personas como a los bienes que el colegio va adquiriendo para el
mejoramiento educativo, por lo que la realización de un procedimiento de contratación
directa, siendo más expedito, reúne las condiciones idóneas para la finalidad propuesta.
5. Que las necesidades de la institución se han incrementado a raíz del surgimiento de nuevas
especialidades, lo que ha aumentado el equipo y material con el que cuenta el Colegio que
son herramientas para la formación de los estudiantes, provocando la necesidad de una
conectividad adecuada.
6. Que se han realizado visitas de campo con técnicos especializados para determinar el
mayor aprovechamiento de los materiales y equipos necesarios, todo orientado a la
realización del interés público.
7. Que anexan los oficios JA-05-18-2015 del 04 de mayo del 2015, suscrito por el Contador y
Tesorero Norman E. León Villegas y documento sin número suscrito por la señora Rosibel
Rodríguez Salazar, encargada de la Unidad de Operaciones Bancarias, mediante los cuales
se demuestra que se cuenta con un saldo disponible de ¢82.881.790,30 (ochenta y dos
millones ochocientos ochenta y un mil setecientos noventa colones con treinta céntimos),
para enfrentar la presente erogación.
II.
Criterio de la División
Según lo que establece la Constitución Política, toda adquisición de bienes y servicios
que realice el Estado –entendido en sentido amplio-, debe realizarse siguiendo el procedimiento
concursal o de licitación. Lo anterior como garantía plena de que sean observados los principios
de la contratación administrativa, especialmente el de publicidad y libre participación.
No obstante lo anterior, el legislador dispuso en los artículos 2 bis inciso c) de la Ley de
Contratación Administrativa (LCA) y el 138 del Reglamento a dicha Ley (RLCA), la facultad de la
Contraloría General para autorizar en forma excepcional la contratación directa o el uso de
procedimientos sustitutivos a los ordinarios, cuando existan razones suficientes para considerar
que la contratación directa es la mejor forma de satisfacer el interés general o de evitar daños o
lesiones a los intereses públicos.
Si bien la licitación viene a constituir el procedimiento por excelencia para la adquisición
de bienes y servicios, en muchas ocasiones por su configuración más formal, no resulta
adecuado para cumplir con el interés público perseguido. De ahí que entonces los
procedimientos de excepción -que suponen una disminución de esas formalidades- se
convierten en mecanismos más alivianados, permitiendo precisamente cumplir ese cometido.
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3
En el presente caso, resulta relevante el hecho que el Colegio Técnico en el oficio JA05-16-2015, invoca como justificación de la presente contratación, lo siguiente:
“El Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo, para el cual esta Junta
Administrativa colabora tiene la gran necesidad de brindar seguridad y
resguardar los bienes que ya se poseen en la institución, así como gestionar la
conectividad necesaria tanto en la planta física de la institución como en La Finca
La Loma que también es propiedad de esta institución (…) donde diariamente
asisten 390 estudiantes y 13 docentes para impartir las lecciones de las
Especialidades Agropecuaria en Producción Pecuaria y Agroecología, además
los talleres exploratorios de sétimo octavo y noveno (…) cuya (sic) fin es brindar
a los jóvenes de esta institución igualdad de condiciones y oportunidades de
estudio (…)”1
En la misma línea, señala el Presidente de la Junta Administrativa de la institución que
técnicos especializados en la materia, consultados al efecto, han determinado la necesidad de
adquirir los equipos y materiales de conformidad con el proyecto de Seguridad y Conectividad
aprobado por el MEP, logrando con estas herramientas, la protección de los bienes
académicos, siendo que además actualmente el colegio no cuenta con las condiciones óptimas
para los estudiantes. Al respecto:
“Ante esta oportunidad que recibimos, nos hemos dado a la tarea de visitar los
Colegios Técnicos que están en el Cantón de San Carlos para conocer el
proceso realizado y el resultado de la instalación de estos equipos y conexiones,
además antes de enviar el proyecto se hizo visita de campo en nuestra institución
con técnicos especializados en el área para determinar la necesidad de equipo y
materiales para el desarrollo del proyecto. Lo que hemos visto que no ha sido tan
eficiente en la mayoría de las instituciones, por lo que se ha tenido que realizar
inversiones de parte de las juntas administrativas para corregir o cambiar lo que
se instala, razones como esta y el buen trabajo de otras empresas nos orienta a
solicitar en función delo interés público la contratación directa concursada o
licitación abreviada para en el menor tiempo posible resolver la situación que en
este momento viven nuestros estudiantes”.2
Aunado a lo que viene dicho, considera este órgano contralor que dotar de recursos de
seguridad es un elemento fundamental no solo para el resguardo de los bienes con los que
cuenta la institución actualmente y los que se prevé tener a futuro, sino de los funcionarios y
estudiantes que a diario acuden al colegio. Por su parte, el equipamiento de una conectividad
óptima no solo en el Colegio y en la Finca La Loma, sino entre ambos espacios, se traduce en
un mejor aprovechamiento del proceso de formación académica que ofrece la educación
técnica, siendo que esta posibilidad de adquisición de bienes se convierte en un elemento
fundamental para la disminución de la brecha existente entre la educación urbana y rural.
1
2
Oficio JA-05-16-2015 del 08 de abril del año en curso, visible al folio octavo de la solicitud de autorización.
ídem
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4
Considera este Despacho que la aprobación de la presente solicitud también responde a
una tutela efectiva de los derechos fundamentales que tiene la población del Colegio Técnico
Profesional de cita, el cual se refleja en una mejor preparación de los estudiantes para
insertarse en la fuerza laboral del país, siendo además que la integridad física de los alumnos y
funcionarios se ve beneficiada con la protección por medio de cámaras y equipo de seguridad.
Siendo por demás, que dicha institución cuenta con el contenido presupuestario necesario para
cubrir dichas necesidades.
Valorada la solicitud en cuestión, encuentra este órgano contralor que el procedimiento
de una contratación directa concursada es el más adecuado para el adecuado resguardo,
protección y conexión de los bienes del Colegio. Siendo entonces que mediante el presente
documento se autoriza los equipos y materiales aprobados en la sesión ordinaria 130 la
Comisión Nacional establecida por la Ley 7372 para el desarrollo de la educación técnica
profesional, celebrada el día 24 de setiembre del 2014, en la cual se determinó lo siguiente:
“Acuerdo No. 31/130/2014: Se acuerda APROBAR LOS TRES proyectos
presentado por el Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo (…) El
proyecto 2 “Conectividad y seguridad” por un monto de ¢29.792.895,96 que
corresponde a saldo sin aprobar período 2014 (…)"3
Por lo tanto, los equipos, materiales, mano de obra así como los respectivos montos que
en este oficio son autorizados por este órgano contralor y que corresponden al Colegio y las
Finca La Loma, son específicamente:
Equipo para las instalaciones del Colegio
Descripción
Video grabador Híbrido 16 ch (12 analagos/4ip)
Video grabador 8 ch
Cámara tipo Minidomo 700TLL, 2.9-12
Cámara tipo Minidomo 700TLL, 2.9-12
Cámara tipo Minidomo 700TLL
Cámara tipo bullet 700TLL, 2.9-12
Cámara exteriores Bullet intemperie 700 TVL
Cámara tipo PTZ 23x zoom-360 gr 650 TVL
Video Ballum BNC Macho
Disco Dura 2Teras Multiescritura SATA
Disco Dura 1Teras Multiescritura SATA
Gabinete Pared 6U
Carrucha cable UTP Cat 5e
UPS con regulador
UPS con regulador
Regleta con supresor de picos 7 tomas
Router (accses point)
Router (cliente enlace inalámbrico)
Metros cable UTP cat6 con gel
Punta de AC
Fuente de poder de 9ch
3
Marca
Cat-Dahua
Cat-Dahua
Prov-01
dLux
dLux
dLUX
dLUX
dLUX
dLUX
WDigital
Wdigital
Lampro
Nexxt
APC
APC
APC
Mikrotik
Mikrotik
Nexxt
Nexxt
dLux
Modelo
DAHV16
DS7208
Pro-1-24v
Irb3t
Ire237
VIR72-7
CM23N
BT8603R
stp111
hdd200
hdd201
GAC-2418
1500
750
Omnitik L4
Rb-sxtl3
FP9
Cantidad
5
4
20
21
14
13
2
1
150
5
4
8
7
1
8
10
2
8
850
80
4
Precio Total
¢975.000,00
¢476.000,00
¢1.119.200,00
¢1.188.180,00
¢544.040,00
¢1.179.100,00
¢94.590,00
¢512.000,00
¢304.200,00
¢650.000,00
¢387.832,00
¢1.162.800,00
¢553.000,00
¢178.994,00
¢600.000,00
¢82.000,00
¢370.000,00
¢1.440.000,00
¢501.500,00
¢74.400,00
¢268.000,00
Oficio COLEY-691-2014 del viernes 03 de octubre del 2014, suscrito por el Ing. Gerardo Ávila Villalobos, secretario
ejecutivo de la Comisión Ley 7372 (folios diecinueve al veintiséis de la solicitud de autorización)
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5
Fuente de poder de 18CH
Kit de alarma (incluye panel para alarma 32 5x2
salidas teclado para alarma 32z ELD, sirena para
alarma 30 watts 12 voltios, batería para alarma 12
voltios ah, transformador para alarma 40 va, 2
sensores de movimiento).
Teclado para alarma (Extra)
Carrucha de cable 4 hilos 22w (alarma
Pantalla 46” LED
CPU (monitoreo)
dLux
FP18
5
¢390.000,00
Paradox
SP4000
13
¢1.625.000,00
Paradox
Nexxt
Samsung
Hibrido
K633
2
2
UN46F5500
1
1
Total de Equipos:
¢49.996,00
¢70.000,00
¢600.000,00
¢396.000,00
¢15.791.832,00
Materiales para las instalaciones del Colegio
Descripción
Mástil para soporte (completo)
Mástil de anclaje para techo
Mástil para montaje de techos
Tubo tipo A
Tubo tipo A
Conector para anedir UTP
Canasta Protectora para PTZ
Canaleta
Canaleta con adhesivo
Curva tipo A
Curva tipo A
Cinta Aislante (Taype)
Cinta Aislante (Taype) super 33+3M
Gazas
Uniones tipo A
Uniones tipo A
Tornillo Yipzu
Conectores
Conectores
Caja rectangular
Cajas de paso
Cajas de paso
Caja octagonal
Conector de presión
Toma corriente doble de Parche Pol
Metros de Cable TSJ
Medida
4”
4”
1,5 mts
½
¾
60cm de radio
105x50
10x10
½
¾
½
½
¾
¾
½
¾
4x3
4x4
8x8
#12
CONDUCEN
Marca
Cantidad
Precio Total
3
¢495.000,00
1
¢90.000,00
9
¢166.500,00
Durman
365
¢390.915,00
Durman
45
¢71.100,00
3M
50
¢5.250,00
1
¢115.000,00
Ledgrande
10
¢124.190,00
Ledgrande
20
¢39.100,00
Durman
110
¢44.000,00
Durman
50
¢23.000,00
Templex
5
¢6.000,00
3M
5
¢17.500,00
EMT
800
¢27.200,00
Durman
50
¢1.500,00
Durman
25
¢1.050,00
1000
¢2000,00
Durman
50
¢2.250,00
Durman
15
¢930,00
PleXo
50
¢375.000,00
SquareD
8
¢88.320,00
SquareD
3
¢39.240,00
EMT
15
¢13.200.00
3M
30
¢10.500,00
Bticino
10
¢14.500,00
30
¢45.000,00
Total Materiales: ¢2.208.245,00
Equipos para las instalaciones de la Finca La Loma (Sistema IP)
Descripción
Video Grabador Hibrido 16ch (12
analagos/4ip)
Cámara IP de 2MP tipo domocon 24 LED
Cámara IP de 2MP tipo bullet 42 LED
Cámara exteriores Bullet intemperie 700TVL
Video Ballum BNC Macho
Disco duro 1 tera multiescritura SATA
Gabinete Pared 6U
Gabinete fibra de vidrio
Bandeja 2U Ventilada
Marca
Cat-Dahua
Modelo
DAHIV16
Cantidad
2
Cat-Dahua
Cat-Dahua
dLux
dLux
Wdigital
Lamrpo
LedGrande
Lampro
Prov-1-24
Prov-2-42
CM23N
Stp111
hdd201
GAC-2418
4
4
8
14
2
1
3
4
Precio Total
¢632.000,00
¢680.000,00
¢720.000,00
¢378.360,00
¢28.392,00
¢193.916,00
¢145.350,00
¢195.000,00
¢96.000,00
División de Contratación Administrativa
6
UPS con regulador
UPS con regulador
Regleta de 6 tomas
Router (access point)
Router (Cliente enlace inalámbrico)
Metros cable UTP Cat6 con gel
Punta de AC
Fuente de poder de 9ch
Adaptador AC DC 12v 2ª
Switch 24 Puertos 10/100/1000
Patch Panel 24 puertos cat6
Patch Cort 3FT azul 91 cm
Patch Cort 3FT rojo 91 cm
Patch Cort 3FT azul 31 cm
Patch Cort 3FT amarillo 31 cm
Pantalla 46” LED
CPU (monitoreo)
APC
APC
APC
Mikrotik
Mikrotik
Nexxt
Nexxt
dLux
1500
350
CISCO
Lanpro
Nexxt
Nexxt
Nexxt
Nexxt
SAMSUNG
Hibrido
1
7
12
Omnitk L4
2
Rb-sxtl3
5
330
20
FP9
2
12
SG100-24NA
1
1
10
2
8
12
UN46F5500
1
1
Total Equipos:
¢1.678.994,00
¢290.500,00
¢90.600,00
¢390.000,00
¢800.000,00
¢194.700,00
¢18.600,00
¢134.000,00
¢124.800,00
¢248.000,00
¢44.600,00
¢16.500,00
¢2.924,00
¢8.800,00
¢13.200,00
¢600.000,00
¢396.000,00
¢8.121.236,00
Materiales para las instalaciones de la Finca La Loma (Sistema IP)
Descripción
Mástil para soporte (Completo)
Mástil para montaje de techos
Tubo tipo A
Tubo tipo A
Cinta Adhesiva (Taype)
Cinta Aislante (Taype) super 33+3M
Gazas
Uniones tipo A
Tornillo Yipzu
Conectores
Caja rectangular
Caja Octagonal
Toma Corriente Doble de Parche Pol
Metro de Cable TSJ
Terminales RJ45
Caja Para protección equipos IP
Medida
4”
1,5 mts
½
½
½
½
¾
½
4x3
10x12x18
Marca
Mastil
Mastil
Durman
Durman
Templex
3M
EMT
Durman
Cantidad
Precio Total
2
¢330.000,00
5
¢92.500,00
30
¢32.130,00
20
¢8.000,00
2
¢2.400,00
1
¢3.500,00
40
¢1.360,00
12
¢360,00
120
¢240,00
Durman
15
¢675,00
PleXo
8
¢60.000,00
EMT
5
¢4.400,00
Bticino
15
¢21.750,00
CONDUCEN
30
¢45.000,00
Nexxt
60
¢7.200,00
Ledgrande
6
¢63.000,00
Total de materiales: ¢672.515,00
Mano de obra
Descripción
Tiraje y entubado de Cable
Configuración del Sistema
Instalación y Configuración de Enlace
Asistencia y Soporte remoto
TOTAL
Precio total
¢250.000,00
¢250.000,00
¢300.000,00
¢250.000,00
¢1.050.000,00
Cuadro Resumen
Software de instalación
Equipos 1 (para las instalaciones del Colegio)
Equipos 2 (para las instalaciones de la Finca)
Materiales 1 (para las instalaciones del Colegio)
¢1.350.000,00
¢15.791.832,00
¢8.121.236,00
¢2.208.245,00
División de Contratación Administrativa
7
Materiales 2 (para las instalaciones de la Finca)
Mano de obra
Imprevistos
TOTAL
¢672.515,00
¢1.050.000,00
¢599.067,96
¢29.792.895,96
En lo que respecta al régimen recursivo aplicable, este Despacho toma en consideración
que se procura contar con los equipos en el menor tiempo posible, lo cual podría afectarse si se
aplican los recursos propios del procedimiento ordinario que por monto corresponderían. Es por
ello que, con la finalidad de lograr un mecanismo que contemple plazos menores pero
preservando el derecho a recurrir de las partes interesadas, se dispone que contra el cartel del
concurso se podrá interponer recurso de objeción y contra el acto final del concurso se podrá
interponer recurso de revocatoria. Ambos recursos deberán ser presentados y resueltos por la
Administración y se regirán por lo dispuesto en los artículos 170, 171 y 173 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa (RLCA), en el caso del recurso de objeción, y por lo
regulado en los artículos 185 y siguientes del RLCA, en el caso del recurso de revocatoria. Esta
posibilidad recursiva, según lo aquí dispuesto, deberá ser indicada expresamente en el pliego
de condiciones.
Por otra parte, con respecto al refrendo del contrato, en aras de favorecer una menor
tramitología y con el objetivo de no entorpecer la satisfacción del interés público, se exime de
refrendo contralor el contrato que se derive de la presente autorización. Sin embargo, sí debe
contar con la aprobación interna según lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento sobre el
Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública.
III.
Condiciones bajo las que se otorga la autorización
La autorización se condiciona a lo siguiente:
1. Se otorga autorización al Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo de Aguas
Zarcas de San Carlos para realizar una contratación directa concursada para la compra de
equipos y materiales para las instalaciones y la finca del Colegio, a efecto de ejecutar el
proyecto de Seguridad y Conectividad con fondos provenientes de la Ley 7372, por un
monto máximo total del ¢29.792.895,96 (veintinueve millones setecientos noventa y dos mil
ochocientos noventa y cinco colones con noventa y seis céntimos) bajo el siguiente
esquema:
Software de instalación
Equipos 1 (para las instalaciones del Colegio)
Equipos 2 (para las instalaciones de la Finca)
Materiales 1 (para las instalaciones del Colegio)
Materiales 2 (para las instalaciones de la Finca)
Mano de obra
Imprevistos
TOTAL
¢1.350.000,00
¢15.791.832,00
¢8.121.236,00
¢2.208.245,00
¢672.515,00
¢1.050.000,00
¢599.067,96
¢29.792.895,96
División de Contratación Administrativa
8
2. La Administración asume la responsabilidad por las razones que motivaron la autorización
en los términos indicados.
3. De conformidad con lo señalado en el artículo 14 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, la Administración podrá adjudicar a ofertas que superen ese monto hasta en
un diez por ciento. Si la propuesta que se debe adjudicar supera ese diez por ciento, deberá
requerir autorización previa a esta Contraloría General para continuar con el procedimiento.
4. Deberá quedar constancia en un expediente levantado al efecto, de todas las actuaciones
relacionadas con esta contratación, ello para efectos de control posterior.
5. La Administración deberá confeccionar un pliego de condiciones donde se describan las
condiciones técnicas y legales necesarias para la adecuada definición del objeto y
condiciones de la negociación, así como también se fije la hora y fecha para la recepción de
ofertas, y contenga un sistema de calificación de ofertas que permita seleccionar de manera
objetiva la plica ganadora del concurso que será aquélla que obtenga la máxima calificación.
6. La Administración deberá invitar como mínimo a 3 proveedores idóneos.
7. Entre el día que se realicen todas las invitaciones y el día fijado para la apertura de ofertas
deberá mediar al menos cinco días hábiles.
8. En razón de la cuantía de la autorización, y a fin de brindar transparencia y garantía a los
participantes, contra el cartel del concurso podrá interponerse recurso de objeción
observando los plazos y formalidades del recurso de objeción de la licitación abreviada.
Contra el acto de adjudicación, el que declare infructuoso o desierto el concurso se podrá
interponer recurso de revocatoria ante la propia Administración, observando los plazos y
formalidades señalados en el artículo 136 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa. Ambos recursos deberán ser presentados y resueltos por esa
Administración. Esta posibilidad recursiva deberá ser indicada en el cartel.
9. El contrato que llegue a suscribirse deberá contar con la aprobación interna según lo
dispuesto en el artículo 17 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública.
10. La valoración de la razonabilidad de los precios corresponde exclusivamente a la
Administración.
11. Es deber de la Administración, tanto al momento de la formalización contractual como
durante la fase de ejecución, que las empresas contratistas, se encuentren debidamente al
día en la cancelación de las contribuciones sociales derivadas del artículo 74 de la Ley
Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, de forma tal que previo a cualquier
pago, deberá corroborarse dicha situación.
12. De igual forma se deja bajo responsabilidad de la Administración la verificación del
cumplimiento de parte de los oferentes de las obligaciones previstas por el artículo 22 de la
Ley No. 5662, en cuanto encontrarse al día con el pago de lo correspondiente al FODESAF.
División de Contratación Administrativa
9
13. Las modificaciones contractuales se regirán por lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley de
Contratación Administrativa y 200 del respectivo Reglamento, sin que para el ejercicio de
esa potestad se requiera autorización de esta Contraloría General. Lo anterior en el tanto
se cumplan los supuestos establecidos en el artículo 200, puesto que en caso de no ser así,
deberá estarse a lo indicado en el párrafo penúltimo de esa norma, a saber: “Modificaciones
que no se ajusten a las condiciones previstas en este artículo, sólo serán posibles con la
autorización de la Contraloría General de la República (...)”.
14. Al ser un procedimiento excepcional autorizado sobre la base de las explicaciones acá
brindadas, no es viable aplicar una nueva contratación al amparo del artículo 201 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
15. Se deja bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración verificar que las contratistas
no cuenten con prohibiciones para contratar con el Estado y que no se encuentre
inhabilitadas para contratar con la Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto
por el régimen de prohibiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
16. La Administración deberá verificar que la eventual contratista se encuentre al día en el pago
del impuesto a las personas jurídicas, de conformidad con la Ley 9024, si corresponde.
17. Se deberá contar con el contenido presupuestario suficiente y disponible para hacer frente
al contrato producto de la presente autorización, debiendo verificarse que los recursos
pueden utilizarse válidamente para el fin propuesto
Se advierte que la verificación del cumplimiento de las condiciones antes indicadas será
responsabilidad del señor Humberto Gamboa Marín en su condición de Presidente de la Junta
Administrativa o quien ejerza este cargo. En el caso de que tal verificación no recaiga dentro del
ámbito de su competencia, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda
ejercer el control sobre los condicionamientos señalados anteriormente.
Atentamente,
Elard Gonzalo Ortega Pérez
Gerente Asociado
SZF/chc
Ci: Archivo Central
NI: 9396, 11376, 12880
G: 2015001457-1
Suraye Zaglul Fiatt
Fiscalizadora

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