contrate. el Banco del Estado - GAD Municipal del Cantón Bolívar

Transcripción

contrate. el Banco del Estado - GAD Municipal del Cantón Bolívar
A,·. Aranu¡;l¡:.a 0<;·:09
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COl\TRATO DE FI~i\NCIAMIENTO y FIJ>E1COMISO
En la ciudad de Quito suscriben el presente contrate. el Banco del Estado. el Gobierno
Autónomo Descemrahzado Municipal de Bolívar. el Banco Central del Ecuador y el
Misterio de Finanzas:
CAPiTl'LO J
I~TERVI~LE~TES,
ANTECEDENTES
v DOCL~IE;-'¡TOS
PRll\lERA.- I~TERVINIENTES.Intervienen en el otorgarruento
siguientes panes:
del presente contrato de financiamiento
)' fideicomiso las
a} El Banco del Estado. que para efectos de este contrato se denominará "F L BA.~CO",
COI1)(1 Prestamista. representado legalmente por la señora Verónica Gallardo Aguirrc en su
", calidad de Gcrcrua Genera 1. de confor midad Cll11 el nombramiento que se acompaña corno
documento hubilitante y que se incorpora al presente instrumento;
b) La Sucursal Regional I - Quito del Banco de! Estado, representada por su Gerente
,;
doctor Byron Ruiz Romero, que para efectos de este contrato se:denominará "OPERADOR
DEL FJ1\A.'lC1AMJENTO·'. como unidad desconccrurada del Banco del Estado, y de
acuerdo a lu Reso IUl:1ÓI1 No. lO 14-U.IR-009, de 31 de enero de 2014;
e) I:.J Gobierno Aut6n0l1111Descentralizado Municipal de Bolívar. que para electos del
presente contrato se denominará "EL PRESTATARIO", representado legalmente por el
señor Jorge Ángulo Dávila. en su calidad de Alcalde; y,
d) El Banco Central del Ecuador. como Agente Fiduciario. icpreseniado legalmente por el
ingeniero John Arroyo Jácorne en su calidad de Director de Servicies Bancarios
Nacionales)' como mandatario del Gerente General, representante legal del Institución, de
conformidad con el documento habilitsutc que se incorpora al presente instrumento, quien
comparece exclusivamente para los fines previstos en la cláusula décimo qui.nta de este
contrato.
SEGU~DA.- ANTECEDENTES.-
2.1 El Directorio del Banco del Estado, mediante Resolución No. 10 13-DIR-029 de 29 de
abril de 2013, creó el "Macro Programa de Saneamiento Ambiental Nacional,
PROSANEAMlENTO, sobre la base del Documento Conceptual presentado por la
Gerencia General; permitió incluir al Macro Programa PROSJ\NEAMIE:--JTO, los saldos a
la fecha. de los programas PROMADEC TI, PlRSA y KFW, además de nuevos programas
afines al mismo y financiamientos con recursos internos y externos de lo cual informará la
Gerencia Geller~1 al Directorio y de ser el caso obtendrá 5\1 aprobación: y autorizó a
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General la suscripción de los actos admmistrativos, converuos y contratos
necesarios
para 13 implementación
y operatividad
del Macro
Programa
Gerencia
PROSANEAMI ENTQ,
2..2 Mediante Resolución No, 2013-DIR-05I, de 20 de septiembre de 2013, el Directorio
del Banco del estado, aprobó la inclusión de los saldos desistidos y liquidados de
Componente Inversión del Programa "PROMADEC-rDM 1, Fases l y II cu el Macro
Programa PROSA:\EAMIE:\TO.
2.3 Mediante oficio \0. 0032-GADMCB-EH-AB. de 30 de enero de 2014, el GAD
Municipal de Bolívar ~olíCI1Ó al Banco del Estado un financiamiento para el
"Mejoramierno del sistema de alcantarillado sanitario de la ciudad de Bolívar, cantón
Bolívar, provincia del Carchi".
2.4 La solicitud fue registrada
Gil
el Sistema Integral de Crédito con el No. 32723.
2.5 Mediante memorando No . .2014OS77-CGlZl-2Q-028IU, de 27 de febrero de 2014. la
Coordinación de Gestión Institucional de la Sucursal Regional l - Quito del Banco del
Estado cmu ió la certificación presupuestaria No. :! 1Y98 para la presente operación.
2.ó Mediante certificación xo. 00 l 2014, de JO de enero de 2014, el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de Bolívar certificó el cumplimiento de las disposiciones
establecidas en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. asi como la
disponibilidac de recursos para financiar la contraparte,
2.7 En Comité de Crédito de la Matriz del Banco del Estado, en sesión realizada el 2B de
febrero de 2014, se calificó el informe de evaluación No. 2014-0305-CEZl-2Q-1665, de 5
febrero de 2(}14 y se recomendó la aprobación del financiamiento,
2,8 Mediarue Occisión No. 20 J -4 GGE-060, de 28 de lebrero de 2014, la Gerencia General
del Banco del Estado, aprobó un financiamiento a favor del Gobierno Autónomo
Descentrahzado Municipal de Bolívar, hasta por USP-IJ.870.200,OO (UN MiLLÓN
OCHOCIENTOS SETENTA MIL DOSClEl'\TOS DOLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA) destinado a financiar el proyecto: "Mejoramiento del sistema de
alcantarillado sanitario de la ciudad de Bolívur, cantón Bolívar. provincia del Carchi."
TERCERA.- OOCUMEl'TOS L'ITEGRANTES O.ELCO:'\TRA1'0.Se! entienden incorporados para que formen parte del presente cornraio, sin necesidad de
.¡meorporarlos al mismo, el plan de inversiones y el informe de evaluación No. 20 14-0305CEZ l-2Q- 1665. de 5 febrero de 2014, que sirvió de base para el otorgamiento del presente
financiamiento por parte del Banco.
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CUA~TA.- DOCUMENTOS HABILlTANTES.Se agregan e incorporan como parte integrante del presente contrato los siguientes
documentos:
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Copias de los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes;
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.)5)
Copia del nricio de delegación No, 020/20 J 3, de 28 de enero de 2(l13, y mandato
conferido al ingeniero John Arroyo Jácorne en su calidad Director de Servicios Bancarios
Nacionales, para que intervenga a nombre del Bance Central del Ecuador. como Agente
Fiduciario.
/> Copla del
OCCISIón
No, 2014-UGE-U60, de 28 de febrero de 2014.
Copia de RUC en donde consta la razón social del presuunrin )' el número de RUC
))
Activo.
Á La cernficación
de que Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
BO:Í\,ar. aprobó lo siguiente:
El presente financiamiento:
La obligación prcsupucsturia para el servicio del crédito y de la contraparte:
La autorización al representante legal para suscribir el contrato de flnaoclarniento y
ñdeicorniso:
El comprorncrimicnto de la cuenta corriente que el GAD Municipal mantiene en el
Banco Central del Ecuador para el servicio de la deuda; y.
Compromiso de recuperar a través de la contribución especial de mejoras CEY1 las
inversiones públicas realizadas conforme el Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomia y' Dcscentralizacióu y la reducción de carrera vencida de
conformidad al informe do evaluación No. 2014-0305-CEZl-2Q-1665,
de 2014,
'La
de 5 febrero
tabla de:amortización provisional elaborada por el Benco del Estado.
CAPÍTULO Il
OBJETO, PLAZO V OTRAS CONDICIO~ES
FINANCIERAS
Qt:JNT A.- OBJETO./ El Banco del Estado concede con cargo al Macro Programa ··PROSANEA."v1lENTO".
Producto PROMADEC 1 un financiamiento a favor del Gobierno Autónomo
,
Descentralizado Municipal de Bolívar, hasta por USD 1.870.200,00 (UN MJl,LON
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OCHOCIENTOS SETENTA M1L DOSCIEr..iOS DÓLARES DE LOS ESTtJ)O~' .. '
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UNIDOS DE k\1..ÉRlCA). destinado a "Financiar el mejoramiento
del sistema
alcantarillado sanitario de la ciudad de Bolívar. cantón Bolívar. provincia del Carchi".
S.EXT.A..- DlSTRIBlICIÓN
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DE LOS REClIRSOS.-
6.1 De conformidad con lo establecido en el informe de evaluación No. 2014-0:10S-CEi'.I2Q-1665, de 5 febrero de 2014, el COSto total al que. asciende la ejecución del proyecto es
de USD 1.996.756.00. Las fuentes de estos recursos son tlSD 564.613,00 en calidad de
crédito; LISO 1.305.587,00 que asume el Estado Ecuatoriano a través del Ministerio de
Finanzas: y. USD 126.556,00 como aporte del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal
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6.2 La distribución de los recursos rllr categorías de inversión es la que consta en el
siguiente cuadro:
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",' El valor de USD 238.(¡13.00 correspondiente al 12% de IVA será cubierto por la entidad,
en forma efectiva y Tea l.
SÉPTlMA.- PLAZO.,..,El préstamo se amortizara en el plazo de siete (7) años, sin periodo de gracia, contados a
partir de la entrega del primer desembolso.
OCTAVA.- INTERESES.,/8.1 La tasa de interés del crédito para el rnumctpio será de 7,74 %, nominal anual,
reajustable trimestralmente a partir del fecha de entrega del primer desembolso, el1 función !
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de la lasa de interés activa referencial del Banco Central del Ecuador más 500 puntos
bá icos. Si la lasa resultante es mayor a la vigente se mantendrá la misma tasa definida por
el Directorio lnstitucional en hase de los análisis correspondientes. Si esta tasa es menor a
la referencial se tornará la nueva tasa resultante.
/'8.2 La lasa de interés para el Ministerio de Finanzas será el 4.91 % anual. vigente a la
fecha de suscripción del contrato de préstamo celebrado entre el Estado Ecuatoriano y la
CAF. cl29 de noviembre de 2007. Decisión NO.l008-GGE-OI9. de 31 de enero de :!008.
8.3 En caso de mora, la cm idad prestataria cancelará III tusa de interés q ue se halle vigente
a la fecha de la obligación más el recargo por morosidad. de acuerdo con los rangos
establecidos en la Regulación 051-2013. de 29 noviembre 2013, emitido por el Directorio
del Banco Central del Ecuador.
NOVENA.- TABLAS OE ¡\MORTfZACJÓN.-
9.1 bl prestatario pagará el crédiro con una frecuencia de amortización mensual cada 30
día...y mediante el sistema de dividendos fijos. de conformidad con lo previsto en la tabla
de amortización prov l!\lonal aprobado y aceptada a rruvés del presente instrumento, la
misma que es parte habrlitarue e lniegrante del presente contrato.
9.2 Hasta que el UUI1I.:C¡ realice el desembolso de la totalidad del préstamo. los pagos los
realizará la entidad prestataria en función de la tabla de amortización provisional Unn V~7
desembolsado la totalidad del préstamo o en los casos de renuncia (\ terminación anticipada
del préstamo, el Banco elaborará la tabla de amortización definitiva, que sustituirá u la
provisional y pasará igualmente a ser parte iruegrante y habllitarue de este contrato.
9.3 l:.n cnda oportunidad, el Banco comunicará de inmediato al prestatarío y al Banco
Central del Ecuador. las modificaciones que se produjeren t::n la tabla dc amortización
provisiona l. la misma que será parte integrante del contrato.
DÉCIM¡\.- LUGAR Y MODO D~ LOS PAGOS.J 0.1 Los pagos del crédito serán acrediuníos en la cuenta corriente No. 0133007-4. que "....mantiene el Banco del Estado en el Banco Central del Ecuador.
10.2 Las partes (;OnVleI1CU que, sin necesidad de adéndum modificatorio alguno, se
considerarán incluidas en el contrato principal las nuevas cuentas que se aperturen para la
recuperación del préstamo.
U!\DÉCL'\1A.- IMPUTACIÓJli DE LOS PAGOS.11.1 Todo pago se imputará en el siguiente orden:
l. A los gastos en que haya incurrido el Banco;
A' .~mhualpaC>e¡·lW~ lO de t.g.:>sto
;>f;X.' 2 9-<')9 600
¡ú: 2250320
Casma:17-17·¡¡7a
suc.orsalquito#bancoe5tad::"CDrn
\I'''\\IW,ba.nCOi''ttiOC.C.Ofi'l
2. A los intereses por mora:
3. A los intereses convencionales: y.
4. A las amortizaciones del capital.
11.2 Se aclara desde ya, que 10$ gastos en que haya incurrido el Banco, según se menciona
en el presente contrato. serán razonablemente justificados y se encuadrarán dentro de lo
permitido por la Ley.
DUODÉClMA.-
VENCIMIENTO
EN DíAS FERJADOS.-
Todo pago que, de acuerdo con Jos vencimientos establecidos en la respectiva tabla de
amortización. se deba realizar en día feriado, se entenderá oportunamente efectuado si se lo
hace el primer día hábil siguiente, sin que en tal caso proceda recargo alguno.
DÉCIMO TERCER'\.-
PAGOS ANTICTPADOS.-
13.1 El prestatario podrá solicitar y pagar al Banco anricipadamcntc la totalidad o parte del
préstamo.
13.2 Si Id Adminisrración del Banco llegare a un acuerdo con el prestatario, los pagos
anticipados de capital SI:: efectuarán conjuntamente CClO las sumas adeudadas por Intereses y
otros conceptos dcbidamcme determinados, que se justificaren a la fecha de dicho prepago
y se reestructurará la labia de amortización vigente.
13.3 Estos pago!; anticipados deberán realizarse
vencimientos de la amortización mensual.
en
la misma fecha de cualquiera de los
DÉCIMO CUARTA.- RENUNCIA AL PRÉSTAl\fO.14.1 Si el prestatario decidiere renunciar a recibir la totalidad o parte del préstamo.
él fin de que resuelva lo que fuere del caso.
comunicará por escrito al Banco.
14.2 Si el Banco aceptare la renuncia, el prestatario se obliga a pagar a éste 'los gastos que
se demostraren haberse realizado con motivo del control del proyecto objeto del préstamo;
sí es del CllSO, (:1 Banco procederá a reajustar proporcionalmente los dividendos de
amortización pendientes de pago.
14.3 De l10 ser aceptada la renuncia, el Banco del Estado podrá declarar el crédito de
plazo vencido y exigir la cancelación de los valores que estuvieren pendientes de pago,
más Jos gastos incurridos por el Banco
Of:ClMO QUINT A.- COKSTJ11.iCIÓN DE FIDEICO~lIS0.15.1 ANTECEDENTES.- El Art, 82 del Codificación del Ley de Régimen Monetario y
Banco del Estad~ determina que todo endeudamiento que celebren el Estado y las demás ,.;
.'-VOllJ(;t_ON
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...".. ·J':w.;j"Hit;4t'~tElJ,
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;W. ArdOU¡,lpa OE1·1(19Y 10 de 1\90>10
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Cosllfa.: 11"17·ií2R
suc;ursñ¡q!Jlto~b(1l"1coe_"i[aoo.,om
w\vw.bancoe:st¡¡d,:¡.com
entidades y empresas del sector público estará respaldado por el fideicomiso de la totalidad
de ingresos de la entidad deudora en el depositario oficial.
15.2 CONSTITUCION DE FIDErCOMlS0.- En tal virtud, el Banco Central del Ecuador
de conformidad con la Codificación del Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado
acepta prestar los servicios de fiduciario. para lo cual el prestatario, autoriza expresamente
y de manera irrevocable para que se debiien diaria y automáticamente, en las proporciones
debidas. los fondos necesarios que existieren en la Cuenta Corriente No. 47220009 o de
cualquier otra cuenta que posea en el Banco Central del Ecuador, para realizar el pago de
caprtal, intereses y comisiones, de acuerdo con el monto, plazo y condiciones financieras
determinados en el Capítulo 11 de este contrato, de conformidad con el aviso de
vencimiento remitido por la Coordinación de Gestión Institucional de la Sucursal Regional
.1 - QUilO del Banco del Estado al Banco Central del Ecuador, lomando en consideración la
Tabla de Amortización Provisional agregada C:OIl1() parte imegrarne de este contrato.
15.3 Los fondos dcbitados conforme ¡JIinciso anterior deberá el Banco Fiduciario acreditar
en forma automática en la cuenta No. 0133007-4 "FTOEICOMTSO- BANCO DEL .
ESTADO", que el Banco del Estado mantiene en el Banco Central del Ecuador, ¡JI
momento en que se realice el débito.
15.4 COMISiÓN POR EL SERVICIO J)J:: FIJ)UCIARIO.- Por los servicios de fiduciario
que presta el Banco Central del Ecuador. el Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal de Bolívar pagará la comisión qUI:: determine el Directorio del Banco Central del
Ecuador.
15.5 RESPONSAB1UOAD DEL FIOUCIAR10.- La responsahilidad del Agente
Fiduciario cesará si los recursos destinados para la amortización y pago de intereses no
fueren suficientes para el servicio del totalidad del financiamienro, yen general, en todos
los casos en que el Banco Central del Ecuador se encontrare en imposibilidad física o legal
de cumplir con el compromiso que adquiere por medio de este contrato.
Así mismo. el Banco Central del Ecuador no asume ninguna responsabilidad frente íI las
obligaciones contraída!' por el Banco del Estado y por el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de Bolívar en este contrato de financiamiento y fideicomiso y
su actuación se limita a la de agente fiduciario.
CAPÍTULO
ur
EJECUCiÓN y CONTROL DEL )'ROYECTO
DÉCIMO SEXTA.- MODALIDAD DE EJECUCIÓN.-
h
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Bolívar realizara los componentes
de obra civil y fiscalización por Contratación Pública, de conformidad con Ley orgál1ic
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,-¡vlw.b.anroesr:ado.com
del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las Resoluciones
de! SERCOP.
La entidad prestataria deberá garantizar que el procedimiento
precontractual tenga
concurrencia de ofertas y sea competitivo. sin aplicar la figura de emergencia O régimen
especial. En la convocatoria se deberá considerar a personas naturales, jurídicas,
nacionales y extranjeras, Q asociaciones de éstas, legalmente capaces para contratar,
debiendo el prestatario incluir en los contratos en los que se provea el pago del anticipo, las
cláusulas exigidas en los artículos 71 del Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública y 76 del Código Orgánico dc Planificación y Finanzas 'Públicas,
correspondiéndole al Administrador del Contrato velar por su cumplimiento.
l.a contratación será de exclusiva responsabilidad del prestatario.
O':2CIMO SÉPTIMA.- CONTABILIDAD.Para facilitar el control y segurrnionto financiero del préstamo, el prestatario deberá
mantener en su contabilidad general, auxiliares y anexos necesarios que registren la
información detallada referente él ingresos y egresos de los reCUTS(l)<
del presente préstamo,
así como, los correspondientes a contraparte estipulada en el informe de evaluación, los
mismos que, en cualquier momento podrán ser objeto de revisión por parte <Id Banco del
Estado.
DÉCIMO OCTAVA.- SECUlMIENTO
y CONTROL.-
J 8.1 El prestatario faculta al Banco del Estado, en la forma que éste creyere conveniente, u
través del, operador del financiamiento realizar el seguimiento técnico, administrativo y
financiero del proyecto ñnanciado con este préstamo, para lo cual le facilitará toda ](1
informacióu y medios necesarios,
18.2 Cualquier incumplimiento ti obstáculo a la aplicación de esta cláusula facultará al
operador del financiamiento para suspender los desembolsos.
DÉCIMO NOVEJ\A.- NORMAS DE EJECUCIÓN.-
El prestatario se obliga él sujetarse al plan de inversiones. especificaciones técnicas,
presupuestos. diseños, que serán aprobados y aceptados por el Banco del Estado.
V1GÉSIMA.- FISCALIZACIÓ:'ol.1/20. I
La Fiscalización se realizarán por Contratación Pública.
20.2 El prestatario deberá designar los Administradores de los Contratos.
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ww;o.bJn<::acstaCo.com
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:W.3 Para Sus reportes. el presratano, lit ilizará los formularios modelo del Banco. sin
perjuicio de que se adjunte cualquier otra información que. a juicio de la fiscalización de
las obras y administración del contrato. sea necesaria para complementar o aclarar el
informe o que haya sido solicitada por el Banco.
20.4 Con el objeto de que el Banco puedo controlar el correcto empleo de los fondos, el
prestatario se obliga e remitir é!1 informe mensual de la fiscalización de las obras, que debe
ser completo e independiente y deberá contener básicamenrc los criterios del supervisión
o administración sobre él avance financiero de las obras y sobre el cumplimiento de
especificaciones técnicas y normas contructuales. En caso de que el Banco no reciba este
informe. podrá suspender los desembolsos.
10.5 La administración del contrato se encargará de hacer cumplir el objetivo de la
presente operación crediticia. sobre la hase del cronograma del proyecto,
CAPÍTULO
OBLIGACIONES
VIGÉSIMO PRIMERA.- OBLIGACiÓN
IV
Olo:L 1>)tESTATARIO
PR1·:SLlI'L1ESTARIA.-
Pura asegurar las obligaciones que el prestatario contrae frente al Banco del Estado por
este contrato, el Gobierno Autónomo Descentralizndo Municipal de Bolívar compromete
todas sus rentas, actuales y futuras, y se obliga expresa e irrevocablemente a establecer y
mantener en sus presupuestos anuales los valores que sean necesarios para atender, en
forma oportuna, los compromisos respcctfvos, hasta la total cancelación del deuda.
CI.Estado, por otra parte se compromete a través del Ministerio de Finanzas u cubrir con
Fondos del Presupuesto General del Estado. los recursos de la asignación que corresponde
al presente financiamiento.
\1G.ÉSI1\10 SEGUNDA.- ORLlGAC.lONES DEL PRESTA TARJO.• Financiar con recursos propios las categorías de inversión: terrenos y vías de :JC~t:SO a
las plantas de tratamiento de cada uno de los sistemas. escalamiento de costos, reajuste de
precios, participación ciudadana, contingencias, medidas ambientales en la etapa de
construcción y difusión y publicidad cuyo monto total asciende a US D 126.556,00.
(/
:1
• Financiar con recursos propios el valor de llSD 238.613.00 correspondiente al 12% del
IV A.
• Es de exclusiva responsabilidad del UAD Municipal de Bolívar llevar a cabo los
procesos de selección, adjudicación y administración del contrato que se realizare;x"
asumir las decisiones correspondientes.
;,;;V()(.IJCIÓN
LA SmOADArIA
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$t,;c'.Jrsafqulto@bancoest~do,com
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• De igual manera, sera responsabilidad de la misma entidad la ejecución, fiscalización y
supervisión del proyecto.
• En cumplimiento de la transitoria vigesimo segunda del COOT AD, actualizar y
codificar sus ordenanzas, especialmente las relativas a la generación de ingresos propios y
del pliego tarifario.
• Financiar con recursos prOpJOS cualquier incremento en el costo
requerimientos financieros adicionales para su ejecución.
del proyecto o
• Llevar la contabilidad del proyecto, cOI1.Rmm: lo determina el Acuerdo Ministerial No,
204, publicado en el suplemento del Registro Oficial 273 del 7 de septiembre del 2010.
Para facilitar el control y seguimiento financiero del crédito el GAD Municipal de Bolívar
se obliga a mantener en su contabilidad general, auxiliares y anexos necesarios que
registren la información detallada referente a ingresos y egresos de los recursos del
presente préstamo, así como lo correspondiente a la contraparte estipulada en el presente
contrato, los mismos que. en cualquier momento podrán ser objeto de supervisión por parte
del 'Banco del Estado.
• Brindar las facilidades e información necesaria para el seguimiento del crédito y de la
ejecución de las obras Ysu financrarniento.
• El GAD Municipal de Bolívar, será responsable de que se mantenga en buen estado los
letreros y logotipos alusivos al flnanciamiento.
• Contratar la ejecución y colocación de letreros en los sitios de la obra de acuerdo al
logotipo y formatos establecidos por el Banco del Estado.
• Cumplir con las recomendaciones mencionadas en la licencia ambiental y en el plan de
manejo ambiental, y las actividades programadas en el componente de participación
ciudadana.
• Remitir al Banco del Estado, hasta el 31 de marzo de cada año, las liquidaciones
presupuestarias, estados financieros (balance general, de comprobación, de resultados,
flujo de efectivo) del año inmediato anterior, con la finalidad de actualizar su cupo de
endeudamiento y calificación de riesgo crediticio.
• Previo a la ejecución del proyecto la Iiscalizacióu de las obras. deberá comprobar que
las condiciones flsicas que se preseruen en el campo sean las de diseño, caso contrario
deberá tomar las acciones necesarias.
• El GAD Municipal de Bolívar debe remitir el dato real y definitivo de cartera vencida
una vez que cierre sus estados financieros del año 2013, CO,l lo cual y de manera conjunta
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con la Sucursal Regional 1 - Quito del Banco del Estado, establecerán
plurianuales pura la reducción de cartera vencida
las melas
• De exisur reformas a la ordenanza para el cobro de la CEM. el GAD Municipal de
Bolívar deberá remitir una copia al Banco ticl Estado. para la actualización y registro
correspo nd icnt e.
• Cumplir con las metas de recaudación
de la siguiente manera:
de comribución especial de mejoras, establecidas
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17.421.1l8
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• Incluir en el presupuesto de la entidad los recursos necesarios para la operación y
mamenirmenro de las plantas dc tratamiento de aguas residuales dornésncas.
• Consignar en el presupuesto del presente y subsiguiemos años los recursos necesarios
para atender el servicio de la deuda de la presente operación crcdit icia de confbrmídad con
la tabla de amortización actualizada. así corno los recursos necesarios para la operación y
rnantcuimiemo respectiv o.
\'IGF~SIMO
TERCERA.AUTORIZACIONES.-
EF'F.CTI\'lI) AD
l)I::L
RESOLt'CIÓN
v
Para I:i plena efectividad de In5 obligacrones conrrnídas con el Banco del Estado, el
prestatario declara lo siguiente:
a) Que ha cumplido con todas las disposiciones legales pertinentes para la
celebración del presente contrato.
b) Que mantendrá en plena vigencia y efecto la Certificación del Concejo
Municipal que aprobó el presente endeudamiento y otorgó las autorizaciones que se
mencionan en este contrato: y.
e) Que en este contraro intervienen funcionarios legalmente competentes pai a
obligar al prestatario y que toda actuación en relación con el préstamo sera
efectuada también por funcionarios legalmente competentes.
r
¡
El Ministerio de Finanzas ~t: limita exclusivamente :1 entregar la esignacíón de recursos
presupuestanos sin que sea responsabilidad de éste el cumplimiento de las obligaciones
que adquiere el GAD """;C;p,1.
ti
~'..II.)F~.: ~i:~'It.
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PBlI. '9?9(o00
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IfIww,bontOCS'tcltfocorn
VIGÉSfMO CUARTA.- MODlFICACIOJ\"ES.El prestatario conviene en que cualquier cambio en el plan de inversiones, que sirvió de
. base para el informe de evaluación '0. 201~-0305-CEZI-2Q-1665, de 5 febrero de 2014.
:/ deberá ser comunicado por escrito, para lo cual se procederá en los términos establecidos
en el Reglamento General de Operaciones de Crédito del Banco del Estado.
VIGÉSIMO QlJLNTA.- PlJ.BLlCIDAO.-
El prestatario debed contratar hajo su exclusiva responsabilidad, elaboración y colocación
de letreros publicitarios. en sitios visibles :JI público. en 10:- que se resalle el apoyo
financiero del Banco del Estado. L{lS respectivos costos de elaboración y/o fabricación <le
los letreros serán cubiertos por la cm idad
Los letreros se confeccionarán de acuerdo al modelo y formato que para el electo
proporcionará el Banco del Estado, inmcdiatameruc después de SUSCrito el contrato de
financiamiento y fideicomiso.
1::1prestatario se obliga
ti
mantener permanentemerue
repararlos y/o reponerlos de manera inmediata, en
producido por cualquier causa.
Ca.<:(1
en buen estado los letreros, a
de destrucción. deterioro o pérdida.
CAPiTULO V
DESEMBOLSOS
"IGÉSIMO
EXTA.- PL.\l..oS
PARA TR."l\llTAR LOS DESEMBOLSOS.-
26.1
El plazo máximo para la entrega del pruner desembolse es de cuatro (4) meses
a pan ir de In focha de suscripción del presente contrato de financiamiento y
fideicomiso. El plazo máximo para entregar el último desembolso será de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha de entrega del primer desembolso.
C()1l1 "dos
26.2 En caso de que no se cumpla cualquiera de estos plazos, el prestatario conviene en
que el Banco. por su sola decisión y sin necesidad de trámite alguno, podrá dar por
terminado unilateralmente el contrato de financiamiento y exigir el reembolso de los gastos
segun lo previsto en este instrumento
V1GÉSI:\'{O SÉPTlMA.- ENTREGA DE DESEMBOLSOS.-
r
17.1 En cumplirmerno de las "Normas para las instituciones del sistema financiero sobreprevención de lavado de activos. financiamiento del terrorismo y otros delitos", el Banco
del Estado deslinda toda responsabilidad e11 caso de incumplimiento de los fines y
objetivos de la asignación de recursos que consta en el presente contrato; por 10 tanto. el
~É~
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hanC'cf?'stado.!'Olo
prestatario y/O beneficiario asume la total responsabilidad por el buen uso del dinero
concedido en calidad de préstamo y/o asignación no reembolsable.
?7.2 De igual manera, el prestatario declara y reconoce que le otorga a! Banco del
Estado la competencia y atribución. irrevocable y sin restricción alguna, para que a su
criterio y opción, suspenda el pago de desembolsos en caso de que existan alertas.
recomendaciones u observaciones de orden económico, técnico, legal, comercial o
procedimenta l. sin limitación só lo el aquellas, q ue fueren emitidas sea 11m el Director
General del Servicio Nacional de Contratación Pública. SER('OP. por el Contralor General
del Estado, Procurador General Jcl Estado o el Representante del Organismo Multilateral
que financia el proyecto. con recursos reembolsables o no reembolsables, en cualquiera de
las fases o etapas: suspensión que subsistirá y se aplicará hasta que las alertas.
recomendaciones u observaciones sean absueltas o subsanadas por el prestatano.
27.3 De conforrrudad COIl lo establecido en los Art. 38 Y 40 del Reglamento General de
Operaciones de Crédito del Banco del Estado, se transferirá los desembolsos directamente
a 13 entidad prestataria una vez que se cuente con el fideicomiso del contrato de
financianuento, previamente a la presentación de la sohcitud rcspect íva y a las
condicionantes establecidas para cada desembolso. Adicionalmome, 110 )le desembolsará en
el segmento de crédito más allá del cupo de desembolsos estable...cido por el Banco del
Estado, según el período ríscat al que corresponda el desembolso.
27.4 Previo nI primer desembolso la prestataria dchcrá: tener apcrturada y habilitado los
cuentas diferenciadas denominadas "eN" (Créditos Nacionales) y "DN" (Donaciones
acionalcs). en el Banco Central del Ecuador con c:I nombre del proyecto del inforruc de
evaluación.
27.5 14a entidad prestataria declara y reconoce que conforme los artículos 40. 42. 45. 52
y 54 de la Ley Orgánica de la Contraloria General del Estado, sobre la base de lo dispuesto
en el arnculo 99 de la Ley Orgánica del S istcma Nacional de Contratación Pública, los
servidores, funcionarios o dignatarios que hubieren intervenido d irectarncnte en cualquiera
de: las fases o etapas de los procedimientos precontracruales de: preparación. selección.
contratación así C0l110 en la ejecución contractual. son los únicos responsables desde las
perspectivas administrativa, civil y penal, por las acciones u omisiones inherentes al
cumplimiento del ordenamiento jurídico, en los que hubieren participado, para lograr las
contrataciones y objeto esperado derivado del contrato, in que sea jurídicamenre posible
trasladar la responsabilidad al Banco lid Estado, sus Directores, Administradores y
servidores en general,
27.6 La entidad, en el pnrner trimestre de 2014. deberá definir conjuntamente con la
Sucursal Regional l • Quito, la meta de reducción de cartera vencida del 2013, para daño
2014 y establecerá metas ~lurial~ua!es, en función del dato definitivo que se obtcnga~al ,
cierre anual de sus estados financieros.
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¡ucursalqul:~bancu~stado.,orn
wwv,r,banc.{)f>stad(l,corn
'27.7 A enero de '2015, el GADM de Bolivar-Carchi ajustará la meta de recaudación
Cl::M en función de la emisión, diagnóstico e inventario de obras actualizados, A esta
misma fecha. el GADM de Bolivar-Carchi, presentara la certificación del Concejo de que
acepta las metas de corresponsabihdad de recaudación CE:'v1para el año indicado y el
compromiso del Alcalde de cumplir Con el plan ce acción para recaudar la CEM 2015.
/
Primer desembolso: Se entregará en calidad de anticipo, el valor equivalente hasta por el
40% del valor del tinanciarniento otorgado por el Banco del Estado para obra civil y
fiscalivacion, una vez quc el GAD Municipal entregue la siguiente documentación:
e
" e
e
•
Infor-ne de avance del cumplimiento de metas 2014. tanto de recaudación de CEM.
como de reducción de cartera vencida, conjuntamente con sus planes de acción.
Copia de los contratos de construcción y de fiscalización debidamente legalizados,
las gurant ias de Itl) Y los comprobantes de pago de los am icipos, para 10 cual se
establecer un plazo máximo de hasta 90 días.
Certificación de cumplimiento de que el GAD ha realizado el proceso de
contratación de las obras I Adquisición de bienes. en concordancia con las
disposiciones y polüicas establecidas en los contratos de financiamiento suscritos
con la CAF. Las coordinaciones de Seguimiento y de Asesoría Jurldica de la
Sucursal Regional verificarán el cumplimiento de estos procesos en el portal
"'.\\~\'.\·i)l1lnm$public!ls.gob:~!:< principalmente en los procesos de licitación se debe
verificar que se cumpla con In invitación a ell1rresa~ nacionales y10 extranjeras.
La intormación sobre los contratistas beneficiarios finales del crédito, de acuerdo 3
10 establecido en los numerales 14.1 y 14.2 del artículo 14, de la Resolución No.
J8-20 12-2146. publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 709 de 23 de mayo
de :!.Ot2. según sean personas naturales (l Jurídicas: para dar cumplimiento a las
Resoluciones de la Superintendencia de Banco-, y Seguros y de la Junta Bancaria
que exige que el Banco pueda ident ificar o conocer al beneficiario final de los
recursos que desembolsa:
/Segundo desembolso: Por un valor que permita completar el 55% del valor de los
conl ratos de obra civil y fiscalización, una vez que la entidad haya presentado los
comprobantes de I(,~anticipo a Jos contratistas y el 25% de avance fisico de las obras
civiles, y una vez que la en!idad prestataria preseruc la siguiente documentación:
" e
•
e
e
Escritura pública de los terrenos donde se ubicaran las plantas de tratamiento,
debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Bolívar;
Ordenanza actualizada que faculte el cobro de la CEM. aprobada en segunda
instancia por el Concejo Municipal;
Informe de avance de las metas de recaudación de CEM y reducción de cartera
vencida, que deben ejecutarse en el 2014, conjuntamente con el avance de sus
planes de acción.
Para precautelarel correcto uso de la marca Banco del Estado, el GAD Municipal
de Bolívar debe presentar al Banco la evidencia de la instalación de 108'$,111
R:..;.\fOux;lÓN
LACiú~A
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Av. Ala~lJnipa
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1()9 Y 10 de Agos:o
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C.s,lI~ 17·1,,"28
SU(lSr\~iQu'toJ!llb3n~OrSlado~om
www.ba!..lcueLt ....dvcorra
informauvas del financiamiento del proyecto que deben colocarse en
los sitios donde se ejecutan las ooras, de acuerdo con el diseño, dimensiones,
materiales y especificaciones técnicas establecidas en el "Manual de aplicación ;-':ormah,Zaciónvalla')", proporcionado por el Banco,
)ctreros:\'allas
v' Tercer
desembolso: Por un valor que permita completar cl 70% del valor de los COntratos
de obra civil) fiscalización, una vez que la entidad haya justificado al menos el 80% de los
valores transferidos)' el 50% de avance físico de las obras civiles, y una vez que la entidad
prestataria presente la siguiente documentación'
• Estudios de costos de admnustración, operación y mantenimiento de los servicios
de agua potable y alcantnrillado que permitan plantear UIl nuevo estudio tarifario en
base u lo fórmula polinómica que cubra dichos costos, especialmente por las plantas
depuradoras; un informe de avance del cumplimiento de metas de recaudación de
CEM y rcduccién de certera vencida parn 1:1año 1014, conjuntamente con sus
planes de acción
desembolso: Por un monto que permita completar el !t~%del valor de los
contratos de obra civil. una Ve'/ que la entidad haya justificado al menos el 80% de los
valores transferidos y un avance físico del 7'i°1o en la ejecución de los proyectos. y
presente:
,- Cua11:0
•
•
o
en segunda instancia de la actualización de la ordenanza para el cobro
de los servicios de agua potable y alcantarillado. según estudios tarifario:
La enudnd deberá remitir el informe de avance de cumplirmento de metas CEM y
reducción de cartera \'eIlCHIucorrespondiente al año 2014 con sus planes de acción,
La entidad prestataria presernará al Banco del Estado un plan de conexiones
íntradomicilierias, con el objeto que los beneficiarios del proyecto $C conecten el
sistema de alcantarillado sanitario y de esa manera garantizar el uso adecuado del
sistema y alcanzar el objeuvo propuesto. El costo de la implementación del Plan SI::
cubrirá con sus propios recursos; y, él Banco del Estado verificará el avance de la
ejecución del plan; el incumplimiento podrá ser motivo para que el Banco no
atienda nuevas operaciones crediticias; plan de capacitación del personal para la
operación y manejo del sistema de alcantarillado sanitario,
Aprobación
¡,.' Quinto y último desembolso: Se transferirá hasta el restante 15% previo a la presentación
de'
•
•
•
•
Copia del acta entrega recepción provisional de la obra y de la fiscalización;
Certificación de haber cumplido con In contraparte:
Informe final del proyecto, en el que se detallen las actividades, costos de la
aplicación de las medidas ambientales y particrpación ciudadana:
Certificado de capacitación al personal en la operación y mantenimiento de las
redes y p~al1las de tratamiento del sistema de alcantarillado sanitario:
. /
~SW~~I
/¡Wa1~ ,
15
rra~amos para ()8JllbIar:,., vifliJ®.Ia,gerte!
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(¡"tila: 17·17 '715
~.K.IJI'$cil:;JJ tO,f:.!).a¡".d)E';:acClCo,¡-
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•
•
•
•
•
co."
Informe de cumplimiento de metas CEM y reducción de cartera vencida
correspondiente al año 20] 4 con sus planes de acción:
Informe de avance de cumplimienro del modelo de gestión y el plan de
fonalecimiento de la capacidad de gest ión de los servicios de agua potable y
alcantarillado:
lnformc de avance del plan de conexiones intradomiciliarias, en donde se
especifique el número de conexiones intradorniciliarias conectadas al alcantarillado
sanitario:
Publicación en el registro oficial de la ordenanza actualizada para el cobro de
scrv icio de agua potable }' alcantanllado en la cual se especifiquen las nuevas
tarifas para la sosrenibrlidad del servicio:
Verificación sobre la capacidad al personal para la operación y manejo del sistema
de alcantarillado sanuar jo.
17.8 El Banco del Estado poch ,:1 \ eri Iicar el avance de las obras del proyecto, previo a la
entrega de los desembolsos.
Si al efectuarse los desembulsos respectivos. no SI! llega a utilizar la totalidad de los
recursos del crédito. éste deberá liquidarse por el monto utilizado.
27.9
VJGÉSIMO OCTAVA.- REQUISITOS
PARA TODO D.t::SEMBOl....
so..
Para todo desembolso se requerirá:
a) Que el prestatario presente por escrito al Banco la solicitud de desembolso,
acompañada de los documentos justificativos de las inversiones realizadas y del
informe de supervisión:
b) Que el prestatario presente 101' documentos determinados en la. clausula
vigésimo séptima, Jos que ~I! establezcan en cada uno de los proyectos y
aquellos que el Banco considere razonablemente necesarios para efectuar el
seguimiento y control del proyecto financiado con el presente préstamo: y,
e) Que no haya surgido ninguna de las circunstancias establecidas en este contrato
como causales para dar por terminado el mismo o para la suspensión de los
desernho lsos.
VIGÉSJMO l\OVENA.- SUSPENSIÓN DI~ LOS DESKMBOLSOS.-
El Banco podrá suspender los desembolsos ante cualquiera de las siguientes causales de
incumplimiento:
a) El incumplimiento de uno o más de los requisitos establecidos para el primero o
siguientes desembolsos:
b) La falta de presentación del informe de avance del proyecto;
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c) La utilización de los fondos del financiamiento en un objeto distinto al previsto
en el presente contrato;
d) La retención injustificada de los fondos desembolsados por el Banco o la falta de
justificación,
por más de sesenta (60) días. en la utilización de Jos recursos
desembolsados;
e) La mora en el pago de un dividendo del préstamo otorgado por el Banco:
1) El incumplimiento de las obligaciones contractuales y condicionantes
establecidas en el presente contrate); y.
g) Cualquier arra circunstancia extraordinaria que, luego de las conversaciones con
\:'1prestatario, a juicio del Banco le impida cumplir con los compromisos adquiridos
por este contrato o no le permita satisfacer los propósitos u objetivos que se
tuvieron en cuenta al celebrarlo,
CAPiTULO VI
TERMINACIÓN
TfUGtSIMO.-
LIQUIDACIÓN
OEL CO~TRATO
V CANCELACiÓN
DEL FINA:'II<':IAMJIL:'IITO.-
El contrate termina normalmente por el pago toral del Iínanciamiento, dentro del plazo
respectivo. Podrá terminar aruicipadameruc, por acuerdo de las parles, en los siguientes
casos:
al Que el prestatario haya cubierto tú totalidad de su deuda antes del vencimiento, en cuyo
caso se realizará la reliquidación respectiva de intereses; o,
b) Que el prestatario voluntariamente hubiere renunciado a la totalidad o parte cid crédito y
esta renuncia hubiere sido aceptada por el Banco. evento en el cual se realizará I~l
reliquidación respectiva de intereses y costos.
TRJGÉSIMO
PRlMERA.- CASOS DE TERMJNACrÓN
DELS OBLIGACIONES
DEL BA~CO.-
31, I Son causas para que el Banco pueda declarar la terminación unilateral del presente
contrato de financiamiento y fideicomiso, las siguientes:
a) La falta reiterada del prestatario en el cumplimiento de las obligaciones contractuales;
b) La perdida o extinción de la personería jurídica del prestatario;
e) La incapacidad administrativa del prestatario para llevar a efecto el proyecto;
d) La incapacidad financiera del prestatario para cumplir con las obligaciones contraídas
con el Banco,
e) ,La falla de pago por parte del prestatario de más de dos dividendos consecutivos del/'
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Fax:2 250 ~20
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IN ~\·w.banccl'st6do
00')\
La renuencia comprobada del prestararío a cumplir con los requerimientos del Banco.
establecidos en el presente contrato )' cuyo cumplimiento haya sido requerido con
oportunidad.
f)
31.2 Pura los casos en que. por Iaha de cumplimiento de los requisitos previstos para la
realización de los desembolsos (1 por voluntad del prestatario. no se hicieren desembolsos
dentro de los plazos señalados en este contrato. concluirán y se darán por terminadas )'
sin efecto las obligaciones del Banco a favor del prestatario dimanadas de este contrato. y
en especial la de efectuar desembolsos con cargo al presente préstamo.
En este evento. el prestatario pagará al Banco los valores que este liquide por la realización
de estudios técnicos, gastos administrativos, movilización de personal y gastos similares
efectuados con ocasion del prcscntacrón y trámite del solicitud de préstamo. más el interés
legal vigente ¡I tu fecha de liquidación.
31.3 Si alguna de: las circunstancias prev istas en otra estipulación de este msirumento, se
prolongare o 11(1 fuere remediada en el plazo de sesenta dios o si las aclaraciones o
infonuaciones adicionales solicitadas por el Banco, a su juicio no fueren satisfactorias, se
entenderá que el prestatario no hará uso del préstamo que estuviere por desembolsarse.
Al electo. el Banco comunicará por escrito al prestatario que 00 se realizarán mas
desembolsos, en virtud de que los hechos mencionados implican la renuncia del préstamo
I1n desembolsado y el prestatario se obligo al pago en favor del Banco. de los gastos o los
que se refiere que se hubieren ocasionado con 1110ti,'0del comrol del proyecto.
TRlGÉSIMO SEGl'NDA- VE:--'ICIMIENTO.32.1 En el evento de que se haya desembolsado la totalidad del préstamo. el Banco del
Estado podrá declarar de plazo vencido y, en consecuencia, exigir, lo cancelación del
totalidad o del parte del préstamo que estuviere pendiente de pago. cuando el prestatario
dejare de pagar dentro de Jos sesenta días POS11::1;OrCS a la fecha de vcnclmienío o dentro de
los sesenta días posteriores él tal lecha, uno o cualquiera de los dividendos mensuales.
32.2 Si el Banco no aceptare la renuncia al préstamo, según lo previsto en la cláusula
décimo cuarta, y el prestatario no continuare con la ejecución del proyecto objeto del
préstamo. el Banco del Estado podrá declarar al contrato de financiamiento y fideicomiso
de plazo vencido y exigir la cancelación de los valores que estuvieren pendientes de pago.
más los gastos y la multa contractual a los que se refiere la cláusula anterior como si toda
la deuda se encontrara de plazo vencido
... TRIGÉSIMO TERCERA.- CCI\1PLDtIE~TO DEL CONTRATO.-
\
El pago total de capital, intereses y de todas las obligaciones económicas adeudadas por el
prestatario dará por cumplido y finiquitado el presente contrato. con todas ysus
obligaciones.
)
lA fr;:vo.H!~~
ClUD~-~l
AVafgtI.
c;ambiar fa vida de la get1te!
1R
TtabajamOs pata
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A>I A-:"hu=-I;:'J Ce j J
=sx- 19'IS ro;.
FllC 2 L)~3:()
C·~.,':" tk: !...:!:s~o
(¡\.I,c_1711 .1J.b
.h.c...i!~qufl,:)';bi:.r,r;}~;!.::~-;:~..n
~"'\V.~~$tl;ru.~:J~
TRJGÉSIMO
CUART A.- COMUNICACIOr\Ic:S.-
Todo aviso. solicitud, comunicación o notificación que las partes deban dirigirse en
VU11ld del presente contrato, se efectuara por escrito. mediante oficio. cana certificada o
en la forma que la Ley señale, según el caso, a las siguientes direcciones:
13A~CO DEL ESI ADO'
Av. Arahualpa Ob l -119yAv.10de
Agosto. Quito-Ecuador
BAl'CO CENTRAl. DEL ECUADOR:
A v , 10 de AgOSlO
Quito-Ecuador
GAD YfUNICTPAL DE BOLÍVAR:
Bolívar - Provincia del Carchi
~
11-409 y Briceño
l'odo cambio de dirección será nouficado inmediatamente pM las panes contratantes .
.:-TRJGÉS1MO
oiuxr A.- DECLARACIOI\
1:S.-
Las partes contratante dejan expresa constancia de que la adjudicación y contrataciones
son de exclusiva responsabilidad del prestatario rlt:slind:lndn al Banco cualquier vinculo
sobre el particu lar,
TRTGÉSIMO SEXTA.-IJ\ll>UESTOS.-
De conformidad con lo establecido en el Art.IO del Ley de electrificación Rural y Urbano-
Marginal, publicada en el Registro Oficial No. 21 l de 29 dé junio de 1993. el presente
contrato está exento de toda clase de Impuestos riscales, provinciales y municipales, sean
éstos de carácter especial o general
./ TRJGÉSIMO
SÉPTIMA.- LICITUD DI!:FO~DOS.-
En cumplimiento de las "Normas para las Instituciones del sistema financiero sobré
prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos" el Banco
del Estado deslinda toda responsabilidad en caso de incumplimiento de los fines y
objetivos de préstamo que consta en el presente contrato; pM 11) tanto. el prestatario asume
1, ,,"1 responsabilidad por el buen "'0 del dinero concedido en calidad de
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TRIGÉSIMO
OCTA VA.- DOM.ICILIO y TRAMrTE.-
Para el caso de producirse divergencias derivadas de este contrato, las partes señalan
como domicilio la ciudad de Quito. a cuyos jueces competentes se someten y al trámite
del juicio verbal sumario. sin perjuicio del ejercicio de la jurisdicción coactiva del Banco.
Las partes se ratifican en el contenido del presente instrumento 'y para constancia lo
suscriben en unidad de acto en Quito, a los 1 7 JUH.2014
Sr...lef
ALCALDE DEL
IERNO AtrrÓNOMO
DESCENTRALIZADO MU::"-lJCIPALDE
BOLÍVAR
o/
•
Dr. B "O Ruiz Romero
GERENTE SUCURSAL RECIONAL
I
OPERA,DOR DEL .FINANCIA;\HENTO
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