ACUERDO DE CONCEJO N°020 - Municipalidad Distrital de

Transcripción

ACUERDO DE CONCEJO N°020 - Municipalidad Distrital de
MunictpaOdad ‘D istrital
Mariano Melgar
ACUERDO DE CONCEJO No. 020 -2016-MDMM
Mariano Melgar,
Q 9 MAY 2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL MARIANO MELGAR
VISTO:
El Exp. N° 4120-2016-UTD-MDMM, presentado por el Sr. Nicolas Nazario Ciña
Pauro - Regidor de la Municipalidad Distrital Mariano Melgar, justificando su
inasistencia a Sesión de Concejo Municipal de fecha 17 de marzo del 2016.
Y CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales, están sujetos a las Leyes y Disposiciones que de
manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las
actividades y el funcionamiento del Sector Público.
i
Que, este procedimiento tiene como marco legal las Disposiciones contenidas en
la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidad concordante con la Ordenanza
[Municipal N° 473-2012-MDMM, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo
Municipal (RIC) de la Municipalidad Distrital Mariano Melgar.
Que, conforme a los antecedentes del presente expediente se puede advertir que,
con Expediente N° 4120-2016-UTD-MDMM, el Sr. Nicolas Nazario Ciña Pauro, Regidor de
la Municipalidad Distrital Mariano Melgar, presenta su justificación por inasistencia a
Sesión de Concejo Municipal del 17 de marzo del 2016, por razones de viaje a la ciudad
de Lima, para lo cual adjunta con la solicitud, los Pasajes de Viaje, de fecha 13 de marzo
(ida) al 19 de marzo (vuelta).
Que, teniendo como sustento legal el Reglamento Interno de Concejo Municipal
(RIC) de la Municipalidad Distrital Mariano Melgar, aprobado mediante Ordenanza
Municipal N° 473-2012-MDMM, artículo 8o expresa: “E l A l c a l d e y lo s R e g id o r e s
p o d r á n s o l i c it a r lic e n c ia e n e l e je r c ic io d e s u s f u n c i o n e s , d e c o n f o r m i d a d c o n la
L e y O r g á n ic a d e M u n i c i p a l i d a d e s ” .
Que, la Lev N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 9o numeral 27
establece que: “ Q u e s o n a t r i b u c i o n e s d e l C o n c e jo M u n i c ip a l a p r o b a r la s lic e n c ia s
s i m u lt á n e a m e n t e
a
un
n ú m ero
m ayor
d el
40%
(c u a re n ta
por
c ie n t o )
de
los
r e g id o re s ”.
Que, la Ley N° 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 25 numeral 2 dice:
“El ejercicio del alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo en el siguiente caso
por: licencia autorizado por el concejo municipal por un periodo máximo de treinta (30)
dias naturales.
Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 12° establece
que: “Las dietas se pagan por asistencia efectiva a las sesiones”.
Que, la Lev N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 22° establece
que: “El cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el Concejo Municipal por
mconcurrencia injustificadas a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no
consecutivas durante tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas
durante (3) meses.
Que, bajo este contexto legal, valorando los documentos mencionados en los
puntos precedentes, resulta procedente la licencia solicitada por el Sr. Regidor Nicolas
Nazario Ciña Pauro; en aplicación de los Art. 9o, 12° y 25° de la Ley 27972 - de la LeyOrgánica de Municipalidades.
Por estos fundamentos, al amparo de la Constitución Política del Perú, Ley
Orgánica de Municipalidades, Informe N° 071-2016-GAJ-MDMM de la Gerencia de
Asesoría Jurídica, estando al voto unánime del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de
oncejo de fecha 28/04/2016;
SE ACORDÓ:
ARTÍCULO ÚNICO.- DECLARAR PROCEDENTE, la solicitud formulada por Don
Nicolas Nazario Ciña Pauro, Regidor de la Municipalidad Distrital Mariano Melgar,
justificando su inasistencia a la Sesión de Concejo Municipal realizada el 17 de marzo del
-^2016, según el artículo 9o de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, LA
g ¡MISMA QUE SERÁ SIN DERECHO A PERCIBIR LA DIETA CORRESPONDIENTE.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
G. Municipal
Interesado

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