Informe Final sobre la misión del IPI para la despenalización de la
Transcripción
Informe Final sobre la misión del IPI para la despenalización de la
Informe Final sobre la misión del IPI para la despenalización de la difamación en la República Dominicana República Dominicana, del 14 al 16 de junio de 2012 En cooperación con: Asociación de Trabajadores de Medios del Caribe (The Association of Caribbean MediaWorkers, ACM) Participantes de la misión Directora Ejecutiva del IPI, Alison Bethel McKenzie Asesora de Libertad de Prensa del IPI para América Latina y El Caribe, Mariela Hoyer Vicepresidente de la Junta Directiva del IPI, Pavol Múdry Miembro del IPI y Editor de Internacionales del Miami Herald, John Yearwood Introducción Antecedentes En junio de 2012 el Instituto Internacional de la Prensa (IPI, por sus siglas en inglés) conjuntamente con su socio estratégico, la Asociación de Trabajadores de Medios del Caribe (ACM, por sus siglas en inglés), llevó a cabo una misión de dos semanas en Barbados, Jamaica, República Dominicana y Trinidad y Tobago como parte de su amplia campaña para despenalizar la difamación en el Caribe. El objetivo de la campaña es la abolición de leyes que penalizan la difamación, injuria o desacato que existen actualmente en el Caribe. La campaña promueve el uso de las leyes civiles para tratar estos asuntos en concordancia con los estándares internacionales de la libertad de prensa y las recomendaciones expresadas por los cuerpos regionales e internacionales de derechos humanos. Actualmente, los 13 estados independientes del Caribe cuentan con leyes penales de difamación en sus legislaciones que establecen una pena de al menos un año en prisión. En el mundo angloparlante, “seditious libel” (difamación de carácter sedicioso) sigue siendo un delito e implica castigos más severos, con condenas a prisión de hasta cinco años en algunos casos. Particularmente en los países angloparlantes del Caribe muchas de estas leyes son réplicas prácticamente exactas de aquellas que datan de la era colonial a mediados del siglo XIX. El Decreto de Lord Campbell (conocido oficialmente como Decreto de Difamación de 1843), que sirve como base para un número de leyes de difamación a lo largo del Caribe, ya fue abolido en Inglaterra en 2009. Desafiando una tendencia mundial, el Caribe ha sido testigo de procesos penales de difamación durante los últimos 15 años, con casos recientes en República Dominicana, Granada y Antigua y Barbuda. Los cuatro países visitados por el IPI en junio fueron seleccionados estratégicamente en función de su influencia a nivel regional y su disposición para reformar las leyes de difamación. El IPI también visitó a estos lugares porque había preocupaciones específicas sobre la aplicación de la ley. La misión en Trinidad y Tobago coincidió con el Congreso Mundial del IPI de 2012, realizado en Puerto España del 23 al 26 de junio. En cada país el IPI se dirigió a los representantes del Gobierno y de los organismos encargados de hacer cumplir la ley, periodistas y organizaciones de libertad de prensa, facultades de derecho y periodismo, así como grupos de la sociedad civil. La estrategia general de la campaña del IPI es generar apoyo en cada país del Caribe a través del contacto directo con los actores políticos y los medios de comunicación para ejercer presión para la revisión o la enmienda de las leyes de difamación existentes, y a través de la cobertura coordinada por parte de los medios de comunicación y la publicación de artículos de opinión. _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 2 El IPI también pretende recordarle al público el peligro de las leyes que penalizan la difamación, destacando su uso, principalmente por figuras prominentes, para acallar la cobertura crítica y las investigaciones sobre presuntos actos ilícitos, con el fin de proteger sus intereses económicos o políticos, mantenerse en el poder y, en algunos casos, evitar responsabilidad de penales. La misión también aumentó la credibilidad de ACM como un socio regional autorizado en los esfuerzos internacionales para promover la eliminación de las leyes de medios opresivas. _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 3 La difamación penal en la República Dominicana Las leyes contra la difamación y la injuria permanecen en la legislación de República Dominicana. En ambos casos, el castigo por los delitos cometidos contra personas públicas o funcionarios sigue siendo mayor que el de aquellos contra particulares. Los artículos que rigen la difamación en República Dominicana están establecidos en dos instrumentos legales: el Código Penal de República Dominicana y la Ley Nº 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento. Si bien el Código Penal enumera las leyes contra la difamación en general, la Ley No. 6132 regula específicamente las publicaciones y el funcionamiento de los medios de comunicación y, por lo tanto, se ocupa de la difamación que surge a través de los canales de comunicación pública. Las leyes de la República Dominicana se refieren generalmente a dos delitos bajo el marco de la difamación: difamación e injuria. La difamación se considera como denuncias o acusaciones que afectan el honor o la reputación de una persona o institución. Esto incluye las denuncias en forma de dudas o alusiones, si está claro a quién hacen referencia. La injuria está constituida por insultos y expresiones de desprecio o improperio, cuando éstas no van acompañadas de acusaciones específicas. El desacato, que se define por la Organización de los Estados Americanos como un lenguaje que ofende, insulta o amenaza a un funcionario en el desempeño de sus labores oficiales regula explícitamente en Sección 4 del Código Penal. Sin embargo, es importante mencionar que, además de los artículos del desacato, tanto el Cógido Penal como la Ley Nº 6132 diferencian fuertemente entre los delitos cometidos contra los particulares y los cometidos contra las autoridades públicas o estatales. La Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento (Ley Nº 6132) se refiere a: a) discursos, declaraciones y amenazas en lugares públicos, independientemente del medio de difusión b) medios de comunicación escritos o impresos que se venden, distribuyen o exhiben en áreas públicas c) pósters, edictos u otra forma de propaganda visual o escrita d) películas u otro material cinematográfico. La ley hace una distinción entre los delitos contra el Estado (Delitos contra la cosa pública) y los crímenes contra las personas (Delitos contras las personas). Los crímenes contra el Estado incluyen: • Difamar al Presidente de la República (Artículo 26, de 3 meses a un año de prisión más posible multa) • Publicación o reproducción de documentos falsos o falazmente atribuidos a terceros (Artículo 27, de 6 meses a 2 años) • El ultraje a las “buenas costumbres” (Artículo 28, de 1 mes a un año de prisión más multa) • Difamar a las Cortes y Tribunales, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, las Cámaras Legislativas, los Ayuntamientos u otras instituciones estatales (Artículo 30, de 1 mes a 1 año de prisión más posible multa) • Insultar a las Cortes y Tribunales, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, las _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 4 Cámaras Legislativas, miembros del gabinete, congresistas, así como cualquier otro funcionario del Estado (Artículo 34, 6 días a 3 meses de prisión más multa) Delitos contra las personas incluyen: • Difamar a los miembros del Gabinete o a los miembros de las Cámaras legislativas, o a funcionarios (Artículo 31, de 1 mes a 1 año de prisión más multa) • Difamar a particulares (Artículo 33, de 15 días a 6 meses de cárcel más multa) • Insultar a particulares (Artículo 35, de 5 días a 2 meses de cárcel más multa) Crímenes según el Código Penal: • Difamar o insultar al Jefe de Estado (Artículo 368, de 3 meses a 1 año de prisión y multa, además de la pérdida de ciertos derechos cívicos y civiles, incluido el derecho a sufragar y a permanecer en las elecciones, ejercer cargos públicos, servir como testigo, etc.) • Difamar o insultar a los Diputados, o Representantes al Congreso, los Secretarios de Estado, los Magistrados de la Suprema Corte, o los Jefes de Estado de naciones amigas (Artículo 369, de 1 a 6 meses de prisión más multa) • Difamar a los particulares (Artículo 371, de 6 días a 3 meses más multa) Aplicación reciente En enero de 2012, Johnny Alberto Salazar, un concejal de Nagua y periodista de Radio Vida FM fue condenado a seis meses de prisión por difamar a un abogado y fue multado con RD $ 1.000.000 (cientos de veces el máximo permitido por la ley). En junio de 2012, una corte de apelaciones anuló el veredicto, calificándolo de “infundado y contradictorio”. El 14 de septiembre de 2012, el periodista Melton Pineda fue condenado por difamar a otro periodista y sentenciado a tres meses de prisión y cinco millones de pesos de indemnización. Pineda había alegado que otro periodista, Marino Zapete, había encubierto los crímenes cometidos por el despacho de un capitán de la policía, Pedro de Jesús Candalier, mientras trabajaba como portavoz oficial de la policía nacional. Pineda dijo al IPI que apelará el veredicto. _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 5 Hallazgos de la misión El IPI visitó República Dominicana aproximadamente un mes después de las elecciones presidenciales del 20 de mayo. Danilo Medina, del gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD), salió victorioso en esa elección con la entonces primera dama Margarita Cedeño de Fernández como su vice-presidente, y fue juramentado el 16 de agosto. Debido al contexto de transición y pese a los esfuerzos, el IPI no pudo reunirse con Medina o con el presidente anterior, Leonel Fernández. Durante la misión, los integrantes de la delegación del IPI encontraron una motivación significativa entre el liderazgo político para establecer un nuevo “código de comunicación”, que consistiría en un conjunto de leyes que afectan a los medios de comunicación. Principalmente, el nuevo código incluiría una reforma de la Ley Nº 6132 (de Expresión y Difusión del Pensamiento) que eliminaría las disposiciones que penalizan la difamación. Un borrador de la ley está esperando la aprobación del Presidente antes de ser presentado al Congreso del país. El proceso de revisión también incluiría la supresión del delito por difamación en el Código Penal del país. Se espera que las leyes que se ocupan de las telecomunicaciones, los medios audiovisuales y del colegio de periodistas del país sean renovadas o elaboradas como parte del código de comunicaciones. El senador José Rafael Vargas le confirmó al IPI que el liderazgo político está interesado en mejorar las leyes que afectan a los medios de comunicación. Según Vargas “hay cinco comisiones trabajando en eso y esperamos que pronto [la reforma] se haga realidad.” En su opinión, hay una necesidad general de repensar y reorganizar el periodismo. Al poner los intentos actuales de reforma en su contexto, Persio Maldonado, director de El Nuevo Diario y presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios explicó que en 1996 el entonces presidente Leonel Fernández formó una comisión de representantes de los medios de comunicación, incluyendo a Maldonado, para ponerse de acuerdo sobre los cambios en la legislación de los medios. Un anteproyecto de reforma de la Ley Nº 6132, agregó Maldonado, fue aprobado en 2000 por el entonces presidente Hipólito Mejía. Después de ser aprobado por el Senado, el proyecto expiró De izquierda a derecha: Johnny Alberto Salazar, periodista sentenciado a prisión por difamación en enero; Directora ejecutiva del IPI Alison Bethel McKenzie; Vicepresidente de la Junta Directiva del IPI Pavol Múdry; Senador José Rafael Vargas; National and World Editor del Miami Herald John Yearwood; Asesora de Libertad de Prensa para América Latina y el Caribe del IPI Mariela Hoyer; Presidente del Colegio Dominicano de Periodistas Aurelio Henríquez. FOTO: IPI _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 6 en el comité de justicia de la Cámara de Diputados. Según Maldonado, ese proyecto de ley buscaba lograr dos objetivos: despenalizar la difamación y adaptar la legislación a las nuevas realidades de los medios de comunicación surgidas en internet. Maldonado agregó que la versión del 2012 de la Ley 6132 es más completa, pero también más compleja, e incluye medidas que regularían los medios electrónicos. Maldonado indicó que se debe prestar atención a ese último punto en particular para asegurar que las restricciones del Gobierno no constituyan un obstáculo para los contenidos en internet. Miembros de la Cámara de Diputados, encabezados por Carlos Gabriel García Báez Elpidio, Francisco Bautista Medina, Josefa Castillo y Manuel Jiménez, explicaron que la despenalización de la difamación sigue siendo un tema controversial dentro del Gobierno. Gabriel García indicó que había habido un debate abierto y una discusión en la cámara con respecto a la difamación. Aquellos que se oponen a la derogación, dijo, hicieron una advertencia sobre “el sicariato moral” en la ausencia de sanciones penales para los delitos contra la reputación y el honor. Varias personas con las cuales el IPI se reunió durante la misión, le atribuyeron esta resistencia al hecho de que a muchos de los políticos del país no les gustó la idea de no poder defenderse legalmente cuando informes negativos sobre ellos sean publicados. Teniendo en cuenta que los procesos penales por difamación han sido escasos, esto se conoció como “una cultura de tener un código penal para su uso cuando sea necesario”. Se sugirió que a los gobernantes les dolía aceptar tener que ser objeto de investigaciones periodísticas. Otro tema común que fue presentado a los delegados del IPI fue la falta de un sentido de responsabilidad y altos estándares profesionales. Jiménez sugirió que era necesaria la revisión del código de ética de los medios de comunicación, así como métodos fiables de autorregulación. Al notar que la versión definitiva del proyecto de ley aún no se había presentado, García hizo hincapié en su objetivo de contar con una legislación que vaya de acuerdo con las normas del IPI y los estándares internacionales. Al hablar con los delegados del IPI García añadió: “inmediatamente se inicien los debates, contamos con ustedes para abordarlos no con visión local, sino desde el derecho comparado a nivel mundial, para dar el salto en esa materia.” Báez recordó que a finales de 1990 la comisión formada por el Gobierno se dividió entre aquellos que querían despenalizar la difamación y los que estaban a favor de mantener las sanciones. Este desacuerdo, señaló Báez, está presente en la oficina del Ejecutivo actual y es uno de los motivos por los cuales el proyecto de ley aún no ha llegado al Congreso. “Van a mandarnos el problema a nosotros”, dijo Báez, y agregó que a él también le gustaría que el IPI hablase con el Congreso del país sobre la importancia de la abolición de las leyes que penalizan la difamación. _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 7 La directora ejecutiva del IPI, Alison Bethel McKenzie, quien encabezó la misión, dijo: “Estamos muy emocionados por una misión exitosa a República Dominicana y por el fuerte deseo de despenalizar la difamación entre la comunidad de los medios de comunicación y muchos funcionarios públicos. En función de eso vamos a trabajar diligentemente con nuestros aliados.” El IPI se sintió particularmente alentado por su encuentro con el Procurador General del país, Radhamés Jiménez Peña, quien se refirió a sí mismo como un “abanderado de la libertad de expresión”. Jiménez Peña le aseguró al IPI que estaba de acuerdo con la necesidad de despenalizar la difamación, expresando su opinión de que la libertad de expresión era una muestra de una sociedad democrática. Jiménez Peña dijo que se identificaba con los periodistas, al explicar que a lo largo de su carrera como abogado había escrito como columnista en diversos periódicos nacionales. Al observar que el entonces presidente Leonel Fernández estuvo también muy cerca del periodismo, el Procurador General destacó que ningún periodista había tenido problemas con el acceso a la información durante su mandato, que finalizó el 16 de agosto del 2012. El conflicto sobre difamación, explicó el Procurador General, se podría enmarcar en términos de derechos fundamentales: por un lado, la necesidad de preservar la privacidad y la reputación, y por otro, el derecho de expresarse libremente. También dijo: “nos inscribimos en la parte que aboga por la despenalización. Nos inclinamos hacia sanciones de carácter civil – económico en cualquier acción en detrimento de una persona.” Adicionalmente, Jiménez Peña indicó que los procedimientos civiles serían más eficaces en la restauración del daño percibido a la reputación. Alison Bethel McKenzie (Iz.), directora ejecutiva del IPI, discute cambios a la Ley No. 6132 con el entonces Procurador General Radhamés Jiménez Peña durante la misión del IPI en junio de 2012. FOTO: IPI El Procurador General dijo que creía que los funcionarios públicos deben ser más abiertos y que sus acciones deben estar más expuestas al escrutinio público. Hizo hincapié en que en ningún caso los funcionarios deben tratar de impedir el trabajo de los periodistas. Jiménez Peña agregó que las reformas de la ley de prensa deben hacerse tan pronto como sea posible debido a la creciente sensibilidad en el tema de la difamación. “Si bien no nos podemos considerar la cuna de la libertad de prensa en América Latina y el Caribe, aquí hace varios años se ha creado una conciencia colectiva y, aunque somos pequeños, somos uno de los países mejor comunicados.” Aunque el Procurador General reiteró que su gobierno no había cometido ninguna _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 8 transgresión contra la libertad de prensa, calificó de “obsoleta” la Ley Nº 6132 y dijo que la reforma constituiría un “paso de avanzada”. Olivo de León, presidente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, dijo al IPI que los medios de comunicación dominicanos gozan en general de respeto e influencia entre el público. “Quizá debido a eso tenemos menos casos legales”, comentó. “No obstante”, continuó, “existe el peligro de que se haga uso de esta ley. Otro peligro es que las autoridades que no tengan conciencia de este derecho fundamental no den importancia a la modificación de esta ley.” De León dijo que su organización lleva tres años haciendo campaña por cambios a la ley de prensa. A los delegados del IPI también se les informó que un desafío adicional era que los editores, en vez de los periodistas, son los responsables financieros cuando los periodistas presuntamente cometen una calumnia. Según algunos trabajadores de los medios de comunicación esta situación promueve una falta de ética entre los periodistas. Mientras que algunas jurisdicciones exigen a los periodistas compartir los daños y perjuicios por difamación, el IPI cree que los editores son los responsables de los contenidos producidos por su medio. Sin embargo, es fundamental que los periodistas estén conscientes de las consecuencias de los cargos de difamación y la importancia del periodismo exacto y justo. El vicepresidente de la junta directiva del IPI, Pavol Múdry, dijo: “Pareciera que República Dominicana está encaminada hacia una legislación de medios de calidad que sirva de marco para su trabajo. Quizá los medios deberían hacer más para explicar al público las tareas y necesidades”. Mudry agregó que el debate debería ampliarse para incluir no sólo a los políticos y a la industria de los medios de comunicación, sino también al público en general. Políticos y periodistas en República Dominicana manifestaron al IPI su preocupación sobre otros temas de libertad de prensa, además de la difamación. En particular, muchos temían que la independencia de los medios de comunicación se encontrase bajo la amenaza de una pérdida de los límites entre la política y el periodismo. Nuria Piera, conocida periodista de investigación, dijo a los delegados del IPI que el Gobierno había creado una “estructura” de cientos de Alison Bethel McKenzie, directora ejecutiva del IPI, invita a la periodistas, lo que a su juicio periodista investigativa destacada Nuria Piera (Iz.) a ser miembra explicaba la falta de medios de del IPI. FOTO: IPI represión abiertos. Piera agregó: “Los periodistas que estamos fuera de esa estructura somos los que recibimos _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 9 presiones”. Piera señaló además un incidente en el que se informó sobre un funcionario que no estaba pagando la luz, el funcionario demandó a Piera y a sus anunciantes, pero más tarde fue obligado por una “jueza muy valiente” a pedir disculpas. Adalberto Grullón, periodista prominente, comentó: “la principal amenaza para la libertad de expresión no proviene de la represión política, [sino] es que el periodismo está neutralizado de cumplir con su función de perro guardián de la democracia”. Grullón y otros explicaron a los delegados del IPI que un problema importante que afecta la integridad de los medios de comunicación es el hecho de que muchos periodistas trabajan al mismo tiempo para las oficinas gubernamentales de relaciones públicas y para medios de comunicación privados, con el fin, por lo general, de complementar los bajos salarios que reciben los periodistas privados. Juan Bolívar Díaz, otro periodista respetado, dijo que como consecuencia de esto hay una gran proporción de periodistas de medios privados que son financiados por el Gobierno: de los 3.000 miembros del Colegio Dominicano de Periodistas, 2.200 ganan un salario del Gobierno. Díaz señaló que si bien los funcionarios del Gobierno suelen darle a los periodistas libertad con los horarios, a cambio se espera una cobertura favorable. “No le vemos una solución a corto plazo”, dijo Díaz, “porque las empresas (de los medios de comunicación) asumieron que el Estado paga la mitad de su salario”. Sin embargo, la amenaza al periodismo independiente es clara: los periodistas dominicanos no sólo se sienten menos motivados para producir una cobertura crítica, sino que también tienen menos tiempo para dedicarse en profundidad a las investigaciones. Piera añadió: “no está claro quién es periodista, porque los políticos están pretendiendo ser periodistas y los periodistas son políticos. Nosotros y la ciudadanía estamos muy confundidos. Lo grave es que el público ve como normal que los periodistas sean parcializados”. Representantes de los medios de comunicación que se reunieron con el IPI coinciden con Piera en que esta situación se considera aceptable, no sólo por el público, sino por los propios periodistas. Un caso que se mencionó como ejemplo fue el de un periodista que cubría la fuente policial, pero a la vez era oficial de la policía. En determinado momento, el comunicador fue promovido a portavoz de la policía. Las fuentes que contaron el caso al IPI cuestionaron el hecho de que esta situación no hubiera sido vista como un conflicto de intereses. Por el contrario, el periodista en cuestión fue felicitado por sus colegas gracias a su logro. Otro asunto que se informó a los delegados del IPI fue la contratación por parte del Gobierno de periodistas para actuar como intermediarios para las empresas que compiten por contratos de obras públicas. Por ejemplo, periodistas que no tienen conocimientos de ingeniería han sido contratados para investigar y elegir entre las empresas que compiten por los proyectos de construcción de puentes. El hecho de que los periodistas reciban una comisión por el trabajo fue identificado en las reuniones como otra manera de “comprar” a los medios de comunicación. _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 10 Bethel McKenzie dijo: “La desaparición de las fronteras entre la política y el periodismo en República Dominicana es un tema que debe ser destacado. Es normal que los periodistas tengan conflictos de interés, sin embargo, en aras de la transparencia, estos deben ser declarados. El público debe estar consciente de los factores que pueden influir en el tono o la profundidad de un trabajo de periodismo de investigación, en particular, uno que se centra en funcionarios”. Miembros de la Cámara de Diputados de la República Dominicana invitaron al IPI para asesorar en reformas legales en su próxima visita al país. FOTO: IPI _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 11 Recomendaciones Para el gobierno • Dar prioridad a la reforma de la Ley Nº 6132, en particular a la despenalización de la difamación. • Continuar la discusión sobre las mejoras del Código Penal, específicamente la eliminación de las cláusulas penales de difamación. • Garantizar la consulta de los medios de comunicación en la redacción del nuevo código de comunicación. • Terminar con la práctica de contratación de periodistas. Para los medios de comunicación • Considerar que la mejora en los salarios de los periodistas les ayudará a limitar los conflictos de interés y promover la independencia mediante la reducción de la necesidad de buscar un segundo empleo en las oficinas del gobierno. • Enfatizar el periodismo de investigación. • Formar y adherirse a las normas éticas y a los procesos internos de autorregulación que promuevan el periodismo responsable. _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 12 Carta del IPI al Presidente Medina instándole a despenalizar la difamación (sept. de 2012) Excmo. Sr. Danilo Medina Presidente de República Dominicana Palacio Nacional Ave. México, Gazcue, Distrito Nacional Santo Domingo, República Dominicana 26 de septiembre de 2012 Honorable Presidente Medina: Hoy le escribo en nombre del Instituto Internacional de la Prensa (IPI por sus siglas en inglés), una red mundial de periodistas y directores de medios de comunicación, para expresar nuestra preocupación sobre las recientes condenas por cargos de difamación e injuria a dos periodistas dominicanos. Como usted debe saber, el pasado 13 de septiembre el periodista Melton Pineda fue sentenciado por difamar al también periodista Marino Zapete, durante un programa radial a principios de este año. Pineda fue sentenciado a pagar una multa por 100 $RD. Además, en enero de este año, el periodista radial de Nagua, Johnny Alberto Salazar, fue hallado culpable de difamar a un abogado local y fue sentenciado a seis meses de prisión. Dicho veredicto fue anulado posteriormente en apelación. A pesar de que nuestra organización no toma una postura en cuanto al contenido de los reportes específicos de la presunta difamación, el IPI se opone a las leyes de difamación e injuria en todos los casos y está preocupado por el precedente sentado por estos dos acontecimientos. Consideramos que el tribunal civil es el único ente aceptable para la resolución de los casos de difamación, siempre y cuando las indemnizaciones tengan como objetivo restaurar la reputación y no silenciar a los periodistas o a los medios de comunicación. Ningún periodista debería enfrentar cargos penales por lo que él o ella haya escrito o transmitido, a menos que esa información incite a la violencia, lo que es un delito en la mayoría de los países. Las leyes de difamación e injuria son redundantes y riesgosas si los funcionarios abusan de ellas para neutralizar la opinión pública. En 2005, el relator especial para la libertad de expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) dijo en una declaración conjunta con la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP), que en las sociedades democráticas las actividades de los funcionarios deben estar abiertas al escrutinio público y que las leyes que penalizan la difamación intimidan a los individuos para evitar que expongan las malas acciones de los funcionarios; por lo tanto, estas leyes son incompatibles con la libertad de expresión. Representantes del IPI visitaron República Dominicana en junio de este año, como parte de una campaña del IPI para revocar las leyes que penalizan la difamación en el Caribe. Nos _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 13 decepcionó considerablemente el hecho de que nuestros intentos de reunirnos con usted durante nuestra visita no fueron exitosos. De más está decir que esperamos tener una oportunidad para discutir la libertad de prensa con usted en nuestra próxima visita a principios de 2013. Durante numerosas reuniones con altos funcionarios del Gobierno el pasado mes de junio, se nos dijo claramente que “ningún periodista irá a la cárcel en la República Dominicana por difamación”. En efecto, algunos legisladores llegaron a decir que podemos esperar que los delitos de difamación e injuria sean revocados dentro de poco. Tenemos entendido que reformas a la Ley No. 6132 de Expresión y difusión del pensamiento, se encuentran actualmente en espera en la oficina del Ejecutivo. Señor Presidente, como líder de su país y de su partido, y como hombre que estuvo delante de sus homólogos y líderes mundiales esta semana haciendo un llamado a las naciones a trabajar juntas para superar la exclusión y no mantener de manera indefinida la pobreza y la pobreza extrema, lo exhorto respetuosamente a garantizar que cualquier reforma de los medios de comunicación incluya la despenalización de la difamación. Sin medios de comunicación fuertes y capaces de informar sobre la nación—particularmente sobre las acciones de su gobierno—el pueblo de la República Dominicana se estará jugando su propia exclusión y la habilidad y el derecho de participar plenamente en el proceso democrático. Gracias por su amable atención en este aspecto. Esperamos trabajar con usted para asegurar que la libertad de prensa en la República Dominicana se mantenga protegida para el beneficio de todos los dominicanos, Atentamente, Alison Bethel McKenzie Directora Ejecutiva Instituto Internacional de la Prensa Traducción del informe: María Gabriela Trompetero _____________________________________________ IPI Headquarters: Spiegelgasse 2/29 I 1010 Vienna T: + 43 1 512 90 11 I F: I Austria + 43 1 512 90 14 I E: [email protected] I W: www.freemedia.at 14