Cuadernillo de Normas Legales
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Cuadernillo de Normas Legales
El Peruano Lima, martes 12 de abril de 2011 NORMAS LEGALES Delegn facultades para suscribir el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Moldavia para la Supresión del Requisito de Visa para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y Especiales” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 099-2011-RE Lima, 11 de abril de 2011 Visto el Memorándum N° EU20061/2011 de 1 de abril de 2011, de la Dirección de Europa No Comunitaria. Debiendose suscribir el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Moldavia para la Supresión del Requisito de Visa para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y Especiales”. De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley N° 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decereto Supremo N° 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la persona del señor Embajador Ernesto Pinto-Bazurco Rittler, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario ante Rumania las facultades suficientes para que suscriba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Moldavia para la Supresión del Requisito de Visa para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y Especiales”. Artículo 2°.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Ernesto Pinto-Bazurco Rittler. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 440801 como Representante Permanente del Perú ante la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) con residencia en la ciudad de Jakarta, República de Indonesia; De conformidad con los artículos 7°, 13° inciso a) y 30° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; y los artículos 62°, 185° inciso c), 187° y 189° inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan José Alvarez Vita, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia, como Embajador Concurrente ante la República Democrática de Timor-Leste y como Representante Permanente del Perú ante la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN). Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha de término de funciones y de traslado a la Cancillería será fijada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 627232-13 Dan por terminada la carrera pública de Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 101-2011-RE Lima, 11 de abril de 2011 627232-12 Dan por terminadas las funciones de Embajador Concurrente ante la República Democrática de Timor - Leste y como Representante Permanente del Perú ante la ASEAN RESOLUCIÓN SUPREMA N° 100-2011-RE Lima, 11 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 280-2005-RE, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan José Alvarez Vita; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1407-2005RE, se fijó el 30 de diciembre de 2005, cono la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia; Que, mediante Resolución Suprema N° 052-2006-RE, se nombró para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República Democrática de Timor-Leste, con residencia en la ciudad de Jakarta, República de Indonesia; Que, mediante Resolución Suprema N° 253-2009RE, se nombró para que se desempeñe simultáneamente CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 0466-2006RE, entre otros, el Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República Sergio Alonso Del Castillo Cebreros, fue inscrito en el Escalafón Diplomático con la categoría de Tercer Secretario, a partir del 01 de enero de 2007; Que, con fecha 01 de enero de 2011, se produjo el lamentable deceso del citado funcionario diplomático en la Federación de Rusia, según se acredita en la partida de defunción que obra en su foja de servicios; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, señala que a los miembros del Servicio Diplomático se les aplicará en forma supletoria y en tanto no se opongan a las disposiciones de la Ley del Servicio Diplomático de la República y a su Reglamento, las normas que regulan la actividad de la Administración Pública; Que, el artículo 34° inciso a) del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, establece que la carrera administrativa de los servidores públicos termina, entre otras causas, por fallecimiento; Que, resulta necesario formalizar el término de la carrera del citado funcionario diplomático; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias la Ley N° 29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias, en concordancia con el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-90-PCM;