Cuadernillo de Normas Legales

Transcripción

Cuadernillo de Normas Legales
El Peruano
Lima, martes 12 de abril de 2011
NORMAS LEGALES
Delegn facultades para suscribir el
“Acuerdo entre el Gobierno de la
República del Perú y el Gobierno
de la República de Moldavia para la
Supresión del Requisito de Visa para
Portadores de Pasaportes Diplomáticos
y Especiales”
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 099-2011-RE
Lima, 11 de abril de 2011
Visto el Memorándum N° EU20061/2011 de 1 de abril
de 2011, de la Dirección de Europa No Comunitaria.
Debiendose suscribir el “Acuerdo entre el Gobierno
de la República del Perú y el Gobierno de la República
de Moldavia para la Supresión del Requisito de
Visa para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y
Especiales”.
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6
de la Ley N° 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decereto
Supremo N° 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegar en la persona del señor Embajador
Ernesto Pinto-Bazurco Rittler, Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario ante Rumania las facultades suficientes
para que suscriba el “Acuerdo entre el Gobierno de
la República del Perú y el Gobierno de la República
de Moldavia para la Supresión del Requisito de
Visa para Portadores de Pasaportes Diplomáticos y
Especiales”.
Artículo 2°.- Extender los Plenos Poderes
correspondientes al señor Embajador en el Servicio
Diplomático de la República, Ernesto Pinto-Bazurco
Rittler.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
440801
como Representante Permanente del Perú ante la
Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN)
con residencia en la ciudad de Jakarta, República de
Indonesia;
De conformidad con los artículos 7°, 13° inciso a)
y 30° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático
de la República y su modificatoria la Ley N° 29318; y
los artículos 62°, 185° inciso c), 187° y 189° inciso b)
del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la
República, aprobado mediante el Decreto Supremo N°
130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo N°
065-2009-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del
Embajador en el Servicio Diplomático de la República
Juan José Alvarez Vita, como Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia,
como Embajador Concurrente ante la República
Democrática de Timor-Leste y como Representante
Permanente del Perú ante la Asociación de Naciones del
Sudeste Asiático (ASEAN).
Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3°.- La fecha de término de funciones y de
traslado a la Cancillería será fijada mediante Resolución
Ministerial.
Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resolución a las partidas correspondientes del Pliego
Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
627232-13
Dan por terminada la carrera pública
de Segundo Secretario en el Servicio
Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 101-2011-RE
Lima, 11 de abril de 2011
627232-12
Dan por terminadas las funciones
de Embajador Concurrente ante la
República Democrática de Timor - Leste
y como Representante Permanente del
Perú ante la ASEAN
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 100-2011-RE
Lima, 11 de abril de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 280-2005-RE,
se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
del Perú en la República de Indonesia, al Embajador en
el Servicio Diplomático de la República Juan José Alvarez
Vita;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 1407-2005RE, se fijó el 30 de diciembre de 2005, cono la fecha en
que el citado funcionario diplomático asumió funciones
como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del
Perú en la República de Indonesia;
Que, mediante Resolución Suprema N° 052-2006-RE,
se nombró para que se desempeñe simultáneamente como
Embajador Concurrente ante la República Democrática
de Timor-Leste, con residencia en la ciudad de Jakarta,
República de Indonesia;
Que, mediante Resolución Suprema N° 253-2009RE, se nombró para que se desempeñe simultáneamente
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 0466-2006RE, entre otros, el Segundo Secretario en el Servicio
Diplomático de la República Sergio Alonso Del Castillo
Cebreros, fue inscrito en el Escalafón Diplomático con la
categoría de Tercer Secretario, a partir del 01 de enero
de 2007;
Que, con fecha 01 de enero de 2011, se produjo el
lamentable deceso del citado funcionario diplomático en
la Federación de Rusia, según se acredita en la partida de
defunción que obra en su foja de servicios;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley
N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República,
señala que a los miembros del Servicio Diplomático se les
aplicará en forma supletoria y en tanto no se opongan a
las disposiciones de la Ley del Servicio Diplomático de la
República y a su Reglamento, las normas que regulan la
actividad de la Administración Pública;
Que, el artículo 34° inciso a) del Decreto Legislativo N°
276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, establece
que la carrera administrativa de los servidores públicos
termina, entre otras causas, por fallecimiento;
Que, resulta necesario formalizar el término de la
carrera del citado funcionario diplomático;
De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República y sus modificatorias la
Ley N° 29318; su Reglamento aprobado mediante el
Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias,
en concordancia con el Decreto Legislativo N° 276, Ley
de Bases de la Carrera Administrativa; y su Reglamento
aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-90-PCM;

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