Entendiendo a La Ley de Consulta Previa. Por: Carol J. Aguirre

Transcripción

Entendiendo a La Ley de Consulta Previa. Por: Carol J. Aguirre
Entendiendo a La Ley de Consulta Previa.
Por: Carol J. Aguirre Sánchez.
10/04/2014.
La aprobación de la Ley de Consulta Previa constituye el punto de
partida de un largo proceso de implementación del derecho a la
consulta.
La obligación estatal de garantizar el derecho a la consulta no se agota
con la promulgación de una norma, va mucho más allá. Es ciertamente
un paso importante, pero insuficiente. Cada vez que el ordenamiento
constitucional reconoce un derecho fundamental, establece tácitamente
tres obligaciones al Estado, desarrollar instituciones, procedimientos y
asignar presupuesto para la real implementación del derecho
reconocido.
A nivel procedimental, ya contamos con una ley y con un reglamento
que regula los procesos de consulta, fundamentalmente de los actos
administrativos del Poder Ejecutivo.
Falta desarrollar la consulta de los actos normativos del Congreso, y de
los gobiernos sub nacionales (regionales y locales), lo cual pasa
indefectiblemente por modificar el Reglamento del Congreso en el
primer caso, y por modificar en principio la Ley Orgánica de los
Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades.
De igual manera, es necesario regular el proceso de consulta de los
actos administrativos de los gobiernos sub nacionales, susceptible de
afectar a los pueblos indígenas.
Finalmente, tenemos la obligación de asignar presupuesto para la
materialización del derecho a la consulta previa, lo cual ha sido de
alguna manera reconocido por la ley de consulta y su reglamento.
LOS RESPONSABLES EN LA IMPLEMENTACION DE LA LEY DE
CONSULTA PREVIA COMO ESTRATEGIA DE CONSERVACION
AMBIENTAL
Organizado en cuatro componentes, el primero a los actores
principales, el segundo a la comunidad jurídica, el tercero a las
comunidades nativas estudiadas, y el cuatro a los resultados de la
aplicación de los instrumentos en dichas comunidades.
¿Existen discrepancias entre los actores nacionales en lo relativo a
la aplicación de la Ley de Consulta Previa en el Perú?.
En efecto las primeras discrepancias que se han tenido han sido con
los gremios de comunidades indígenas, cuyos dirigentes desde un
comienzo manifestaron sus reparos al proyecto de Ley e incluso
llegaron a formular algunas propuestas.
¿Cómo CONTRIBUYE la
ley de consulta previa a la conservación
ambiental de los espacios ocupados por poblaciones indígenas y
originarias asentadas en los espacios amazónicos y andinos en el
Perú”?
Es indudable la importante contribución que ha significado la dación de
la Ley de Consulta Previa en el Perú, esta contribución se identifica a
partir de la necesidad de
respetar los derecho de las poblaciones
indígenas u originarias, antes y debidamente informadas de ser el caso
de implementar un proyecto que afecte o pueda afectar sus derechos.
Esta contribución se verifica a partir de la disminución de áreas de
afectación forestal en espacios ocupados por poblaciones indígenas,
tendencia se puede verificar a partir de la pregunta formuladas a sus
dirigentes, en el sentido si consideran que la dación de la Ley de
Consulta Previa ha contribuido a la conservación ambiental de sus
espacios.
Este
mecanismo
de
participación
se
convierte
en
un
derecho
constitucional colectivo y un proceso de carácter público especial y
obligatorio que debe realizarse previamente, siempre que se vaya a
adoptar, decidir o ejecutar alguna medida administrativa o proyecto
público o privado y legislativa, susceptible de afectar directamente las
formas de vida de los pueblos indígenas en sus aspectos territorial,
ambiental, cultural, espiritual, social, económico, de salud y otros
aspectos que incidan en su integridad étnica. Para ello es necesario
tener en cuenta que la consulta previa en el contexto de la
gobernabilidad indígena es mecanismo de diálogo intercultural que se
da entre actores comprometidos con acciones que los afectan a
todos, es un derecho en sí mismo y un medio por el cual se respetan
los derechos colectivos como la autodeterminación, el autogobierno, la
capacidad de los pueblos de decidir su modelo de desarrollo, etc.
Por consiguiente la Consulta Previa implica entonces:
a) Informar sobre las características del proyecto o actividad que
se desea realizar en territorio indígena,
b) Conocer el punto de vista y las expectativas de participación
de los Pueblos Indígenas (concepto de territorio/desarrollo),
c) Concertar los términos de realización de los proyectos
garantizando la participación: beneficios (concepto de calidad de
vida y bienestar: no de corto plazo y basados en el mercado)
monitoreo de los impactos ambientales y sociales,
d) Identificar la representación autentica de la comunidad para
la vinculación al proceso (sistema de autoridad y liderazgo),
e) Respetar el manejo de los tiempos, los mecanismos propios de
consulta interna y la toma de decisiones entre las comunidades;
dos tipos de consulta: interna y externa; y,
f) Considerar la lengua nativa como elemento en el dialogo a
través de una buena interpretación.
En este sentido, la Consulta Previa
en el Perú está ligada a la
capacidad de los Pueblos indígenas de ejercer la autonomía, ligada al
derecho al territorio y ligada a la capacidad de acceder a espacios
democráticos.
Desde una mirada mestiza, la consulta previa es un mecanismo de
participación ciudadana, un proceso de carácter público, especial y
obligatorio, intercultural e interinstitucional. Podemos resumir en que
es un proceso que está circunscrito a la protección ambiental,
comprende no sólo a las poblaciones indígenas sino también a la
ciudadanía en general, lo que genera una complejidad interpretativa
pues ha de considerarse que la consulta a la comunidad está en el
mismo rango que aquel derecho específico que hace referencia a las
comunidades de las nacionalidades indígenas.
Desde esta mirada la consulta previa se convierte entonces en una
forma de participación ciudadana que otorga legitimidad a la decisión
estatal respecto a su intervención en el medio ambiente.
A manera de resumen y mejor entender podemos decir que La adecuada
aplicación de la ley de consulta previa constituye una buena estrategia
propuesta desde el Estado y está orientada a lograr un equilibrio entre
lo que es y debe ser, en materia de emprendimientos,
por ello su
aplicación en el Perú, sobre todo en los espacios amazónicos y andinos
requiere una adecuada implementación.

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