solicitudes de conexion
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solicitudes de conexion
SOLICITUDES DE CONEXION Cualquier Remitente o Tercero podrá presentar al OAM una solicitud de autorizaciones para construir una conexión al Oleoducto, que en cualquier caso debe cumplir con las condiciones técnicas de calidad, seguridad, ingeniería, ambientales y demás técnicas y operativas que el OAM considere razonables o necesarias y que se de cumplimiento a la normatividad vigente en materia de transporte de Crudo por Oleoducto. El OAM dará respuesta al Remitente o Tercero solicitante dentro de los noventa (90) días siguientes, indicando si autoriza o no la conexión solicitada. En todo caso, el OAM se reserva la prerrogativa de imponer las condiciones y requerimientos que considere necesarias, apropiadas o razonables al respectivo Remitente o Tercero, quien deberá observarlas en todo momento, por cuenta, nombre, riesgo y responsabilidad exclusivos de dicho Remitente o Tercero. Cuando el OAM lo considere pertinente, solicitará al Remitente y Tercero la implementación de mecanismos o instrumentos que establezcan una indemnidad o que salvaguarden al Oleoducto y a otros de cualquier daño o reclamo que surja por o con ocasión de la construcción de la conexión, en los términos que el OAM determine. El respectivo Remitente o Tercero deberá atender dicha solicitud del OAM que, en todo caso, no comprenderá daños o reclamos que sean producto directo y exclusivo del dolo o culpa grave del OAM. a) El solicitante presentará al OAM su solicitud mínimo con los siguientes documentos: (i) Documento donde presenta de manera oficial la intención de conexión al sistema, describiendo quienes son los interesados en realizarla, el punto de conexión proyectado, la motivación para realizar la conexión y los beneficios que se buscan conseguir con la misma. (ii) Informe técnico donde se presenta la justificación de la conexión describiendo, • Análisis de ingeniería según condiciones operativas del punto de conexión propuesto incluyendo el impacto a la capacidad del sistema • El tiempo proyectado para realizar la conexión • Presupuesto proyectado para los trabajos de conexión y puesta en marcha • Análisis de riesgo para el proyecto de conexión y puesta en marcha • Forma de tramitación de licencias y permisos exigidos por las autoridades • Las especificaciones técnicas de medición • Los terrenos destinados para la conexión Una vez sea aprobada la conexión por el OAM, se informará al Remitente o Tercero las reglas básicas operativas y técnicas en materia de conexiones. La solicitud de conexión podrá ser rechazada por el OAM por cualquiera de las siguientes causas, entre otras: (i) Porque existan razones de seguridad en la operación o de capacidad que no permita la conexión; (ii) Porque la conexión solicitada afecte la integridad del Oleoducto; o ponga en riesgo la continuidad de la operación del Sistema. (iii) Porque la conexión solicitada afecte la operación de otros Remitentes; (iv) Por orden de la autoridad competente. (v) Por la negativa del Remitente o Tercero solicitante a aceptar las condiciones operativas y técnicas de la conexión. La construcción, administración, operación y mantenimiento de las conexiones solicitadas por Remitentes o Terceros, incluidos los equipos y procedimientos de medición, serán responsabilidad del OAM, salvo los costos que ello implique, los cuales serán en su totalidad a cargo del solicitante de la conexión. En caso que determinada solicitud de conexión, sea aprobada por el OAM, en ningún evento éste estará obligado a proporcionar el Servicio de Transporte al Remitente o Tercero que solicitó la conexión, hasta tanto las instalaciones de dicha conexión cumplan con los requerimientos establecidos por el OAM en el presente Manual. En el caso de conexiones en funcionamiento, el Remitente o Terceros no podrán modificar las instalaciones o su forma de operación, sin la previa y expresa autorización del OAM. Dado que los costos de las conexiones serán con cargo a quien las solicite, el solicitante de la conexión y el OAM podrán pactar libremente su forma de financiación y pago. Todos los conflictos relativos al procedimiento de solicitud de Conexión por parte de Remitentes o Terceros serán resueltos de conformidad por lo dispuesto en la Cláusula de Solución de Controversias del presente Manual. (Tomado del Manual del Transportador del OAM).