ordenanza que aprueba los textos unicos de procedimientos

Transcripción

ordenanza que aprueba los textos unicos de procedimientos
REPUBLICA DEL PERU
GOBIERNO REGIONAL PIURA
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA QUE APRUEBA LOS TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS MODIFICADOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO
EXTERIOR Y TURISMO Y DEL COLEGIO MILITAR "PEDRO RUIZ GALLO" DEL
GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
ORDENANZA REGIONAL N 080 - 2005/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura;
POR CUANTO:
De conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por
la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680; la Ley de Bases
de la Descentralización - Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, su modificatoria - Ley
N° 27902; Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; y demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 9° de la Ley de Bases de la Descentralización N 27783, establece las dimensiones de las autonomías
políticas, administrativas y económicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2. especifica que la autonomía
administrativa es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su
responsabilidad;
Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902, establece
que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno
Regional y reglamentan materias de su competencia;
Que el inciso b) del Artículo 45º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902
establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico
establecido por la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República, indicando como
función normativa y reguladora la elaboración y aprobación de normas de alcance regional y regular los servicios de su
competencia;
Que, el Artículo 37° de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, establece que todas las entidades
elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos; y
en el Artículo 38°, se establecen las normas para su aprobación y difusión;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 035-2004/GRP-CR, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 08 de mayo del
2004, se aprueban los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Educación Piura,
Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo Piura, Dirección Regional Agraria Piura, Dirección Regional de
Producción Piura, Unidad Ejecutora 301 - Colegio Militar "Pedro Ruiz Gallo" de Piura, y la Dirección Regional de Trabajo y
Promoción del Empleo de Piura del Gobierno Regional de Piura;
Que, en armonía con lo dispuesto por las Leyes Orgánicas de cada Sector, la Dirección Regional de Comercio Exterior y
Turismo de Piura y el Colegio Militar “Pedro Ruiz Gallo” han actualizado sus Textos Únicos de Procedimientos
Administrativos;
Que, mediante Informe N° 578-2005/GRP-460000, de fecha 20 de junio del 2005, la Oficina Regional de Asesoría
Jurídica, emite opinión respecto al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección Regional de
Comercio Exterior y Turismo de Piura, señalando observaciones en los procedimientos 05 y 06 que contempla los
Recursos de Reconsideración y de Apelación; luego con Memorandum N° 278-2005/GOB.REG.PIURA-420040-OTA, de
fecha 05 de julio del 2005, el Director Regional de Comercio Exterior y Turismo remite el TUPA con las correcciones
planteadas por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica;
REPUBLICA DEL PERU
GOBIERNO REGIONAL PIURA
CONSEJO REGIONAL
Que, mediante Informe N° 077-2005/GRP-410300, de fecha 14 de Julio del 2005, la Oficina de Desarrollo Institucional
de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha alcanzado al Consejo Regional
el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del
Gobierno Regional Piura con las visaciones respectivas de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de la Gerencia
General Regional;
Que, mediante Informe N° 421-2005-G.R.P-460000, de fecha 09 de mayo del 2005, la Oficina Regional de Asesoría
Jurídica, emite opinión respecto al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Colegio Militar “Pedro Ruiz
Gallo” del Gobierno Regional Piura, señalando algunas observaciones, recomendando las correcciones pertinentes;
luego a través de Oficio N° 334-2005-GOB.REG.PIURA-DREP-CMPRG-PPTO, de fecha 30 de mayo del 2005, la Dirección
del Colegio Militar “Pedro Ruiz Gallo” remite el respectivo TUPA con las recomendaciones hechas por la Oficina Regional
de Asesoría Jurídica;
Que, mediante Informe N° 079-2005/GRP-410300, de fecha 03 de agosto del 2005, la Oficina de Desarrollo Institucional
de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial ha alcanzado al Consejo Regional
el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA deL Colegio Militar “Pedro Ruiz Gallo” del Gobierno Regional
Piura con las visaciones respectivas de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Regional;
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Nº 07, de fecha 19 de agosto del 2005, con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y
atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE APRUEBA LOS TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS MODIFICADOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO
EXTERIOR Y TURISMO PIURA Y DEL COLEGIO MILITAR "PEDRO RUIZ GALLO" DEL
GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
ARTICULO PRIMERO.- Déjese sin efecto el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la DIRECCIÓN
REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, que fue aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 035-2004/GRPCR.
ARTICULO SEGUNDO.- Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- modificado de la
DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, que consta de veintiséis (26) Procedimientos
Administrativos, de conformidad con los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO TERCERO.- Déjese sin efecto el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- del Colegio Militar
“Pedro Ruiz Gallo”, que fue aprobado mediante la Ordenanza Regional N° 035-2004/GRP-CR.
ARTICULO CUARTO.- Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- modificado del COLEGIO
MILITAR "PEDRO RUIZ GALLO", que consta de ocho (08) Procedimientos Administrativos y cuarenta y cinco (45)
Servicios, de conformidad con los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO QUINTO.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial “El Peruano”.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación.
En Piura, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.
REPUBLICA DEL PERU
GOBIERNO REGIONAL PIURA
CONSEJO REGIONAL
FIRMADO
Econ. EDUARDO MENDOZA SEMINARIO
PRESIDENTE (e) DEL CONSEJO REGIONAL PIURA
POR LO TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.
FIRMADO
Dr. CESAR TRELLES LARA
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA

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