2 2 jul 2016` gonzalez de agudelo, ana milena martinez
Transcripción
2 2 jul 2016` gonzalez de agudelo, ana milena martinez
@ PR€sroENcra oE LA REPúsucA NOTIFICACION POR AVISO Artícufo 69, Ley 1437 de 201'l "Po¡ la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo" Lugar y Fecha: Pereira, 2 2 JUL 2016' Acto Administrativo a Notificar: RESOLUCION No. 1201 del 25106/2016 "POR LA CUAL SE OTORGA RENOVACION DE PERMISO DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DOMESTICAS; SE APRUEBAN UNAS OBRAS DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DOMESTICAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" Persona a . Notificar: BAYRON AGUDELO GONZALEZ, MYRIAM GONZALEZDE AGUDELO, ANA MILENA MARTINEZ SERNA, JAIME ALBERTO SANCHEZ LOPEZ, CARLOS ENRIQUE TORRES JAMMILLO, MANZANA 2 GASA 3 URBANIZACION VENECIA 3162919996 PEREIRA - RISARALDA Antecedente: A través de la Empresa de Mensajería REDEX, en guía No. 160050852030 y orden No. 1160050, la CARDER envió Oficio No.7949 del 2510612016, por el cual se citaba a BAYRON AGUDELO GONZALEZ , MYRIAM GONZALEZ DE AGUDELO, ANA MILENA MARTINEZ SERNA, JAIME ALBERTO SANCHEZ LOPEZ, CARLOS ENRIQUE TORRES JARAMILLO, con el propósito de surtir notificación personal en los términos de los artículos 67 y 68 de la Ley 1437 de 2011; oficio que no fue recibido por CLIENTE NO CONOCIDO. En mérito de lo anterior, LA SECRETARIA GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA -CARDER-, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. procede a: NOTIFICAR POR AVISO A BAYRON AGUDELO GONZALEZ , MYRIAM GONZALEZ DE AGUDELO, ANA MILENA MARTINEZ SERNA, JAIME ALBERTO SANCHEZ LOPEZ, CARLOS ENRIQUE TORRES JARAMILLO, identificado (a) con CC No. 10109646, 38440332, 42'|09854, 10138498, 10064750, el contenido de la RESOLUCION No. 1201 de 2510612016 proferido por TATIANA MARGARITA MARTINEZ DIAZGRANADOS - SUBDTRECTOR DE GESTTóN AMBTENTAL SECTORTAL ( E ). Aven¡da Las Américas, N' 46-40 PBX: (57) 6 - 3116511. Fax: 3141487. Denunc¡as Amb¡entales 018000518404 CHAT Converse con Nosotros en la Pág¡na Web: www-carder-qov.co: e-mail: [email protected] Pereira, Risaralda Colomb¡a ZN r3H @ enesroeHch oe u R€PúBLEA &nmmn Éffi rurffrr¡ - :i**$*tr6l ' ¿ rad. t.¡ó¿. Lo anterior por no haber sido posible su notificación personal, al cabo de cinco (5) días del envío de la citación, enviada mediante Oficio No. 7949 del 2510612016 la cual fue remitida a MANZANA 2 CASA 3 URBANIZACION VENECIA del municipio de PEREIRA, Departamento de RISARALDA. Así mismo se adjunta copia íntegra del mencionado Acto Administrativo, contra el cual procede el recurso de reposición en Vía Gubernativa, el cual deberá ejercerse dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación por aviso o al vencimiento del término de publicación, según sea el caso, conforme a lo dispuesto por el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El presente Aviso se publica Hoy 2 2 ¡UL 2016- en er sitio web de ra por público y (lugar el término de cinco de acceso al destinado) Corporación en (5) días, para lo cual se advierte que la Notificación se considera surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso. En el Expediente 230-26, reposa constancia del aviso y de la fecha en que por este medio oueda surtida la IRMA CECI Secretario General SECRETARIA GENERAL Para constancia se retira en la fecha: Elaboró: ANA MARIA BONILLA TRIANA / Aux¡liar Adm¡n¡strat¡vo / SECRETARIA GENERAL Nota: Constancia Artículo 69 Ley 1437 de 2011 "...En el expediente se dejará constancia de la remisión o publicación del av¡so y de la fecha en que por este medio quedará su¡tida la notificación Dersonal" Para todos los efectos, hago constar que la remisión y/o publicación del presente aviso para lo cual se entiende surtida la Notificación fue surtida el Personal el Firma: ANA MARIA BONILLA TRIANA Auxiliar Administrativo SECRETARfA GENERAL. Avenida Las Américas, N' 4640 PBX: (57) 6 - 31 |6511. Fax: 3141487, Denunc¡as Amb¡entales 0180005'18404 CHAT Converse con Nosotros en la Pág¡na Web: www.carder-oov.co; e-mail: [email protected] Pere¡ra, Risaralda Colombia PROCESO DE ASESOR|A JUR|DICA Código: FO-12-01 Versión: REsoLUcroN2 S Uf REsoLUclÓNN"[ 1 2 Z¡tt Página: 0 3 1 de 6 | - --: POR LA CUAL SE OTORGA RENOVACION DE PERMISO DE VERTIMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DOMESTICAS; SE APRUEBAN UNAS OBRAS DEL STSTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DOMÉSNCAS Y SE DICTAN OTRAS DtsPostctoNEs. La subdirectora de Gestión Ambiental sector¡al Encargada do la corporac¡ón Autónoma Regional de Risaralda CARDER, en ejerc¡cio de las facultades que le confiere el articulo 31 numeral 9 de la Ley 99 de 1993; funciones delegadas por el Director General mediante la Resolución 14O7 de 2009; Resolución 810 del 26 de Abril de 2016 v. CONSIDERANDO: A) Que mediante la Resolución número 3482 del 29 de octub¡e de 2010, la corporación Autónoma Regional de Risaralda -cARDER-,rtorga un permiso de vertim¡ento a iavor de los señores BYRON AGUDELO GoNzÁLEg identitcado con cédula de ciudadanía número 10.r09.646í MYRlAM,,coNzÁLEs DE AGUDELd, ident¡ficFda con céduta de ciudadanía número 38.440.332,'ANA M|LEJ.¡A MART|NEZ SERNAí identif¡cada---con céduta de ciudadanía número 42.109.854, 'JA|ME ALBERTo sÁNcHEz LopEz, identificado con cédula de ciudadanía número 10,138.498'y cARLos ENRteuE ToRREs JARAM|LLO,- identificado con cédula de ciudadanía número 10.064.250, en calidad de propietarios, para infiltrar mediante 4 ramales de zanjas de infiltración con 1 1m de longitud cada una, las aguas residuales tratadas procedentes del sistema de tratam¡ento, compuesto por trampa de grasas, tanque séptico de doble compartimiento y filtro anaerobio de flujo ascendente, generadas en el predio denominado CONDOMINTO CAMPESTRE LLANO VERDE, LOTE 2I, Iocalizado en Ia Vereda EL GURRÍo, VíA ALCALÁ, CoRREGIMIENTo LA ESTÁELLA, identificado con Matricula lnmobiliaria No 290-126702/de jurisdicción del Munic¡p¡o de Pereira - Risaralda, y en las coordenadas X: I140472 y: 1016581. B) Que Mediante oficio radicado en la corporación con el consecutivo número 4946 del 24 de Junio de 2015, el señor BYRON ENRIQUE AGUDELO coNzALEz, identificado con cédula de ciudadanía 10.109.646, actuando como copropietario del predio denominaoo CONDOMINIO CAMPESTRE LLANO VERDE, LOTE 26 tocatizado en ta Vereda LA ESTRELLA Y/o Los PLANES, (según certificado de Tradic¡ón), identificado con Matrícula lnmobiliaria 290-126702 de jurisd¡cción del Municipio de pereira - Risaralda, y en las coordenadas X:1016262 N Y: 1140848 E, solicita a la corporación la Renovación del Permiso de Vertimientos otorgado mediante la Resolución CARDER número 34g2 del 29 de Octubro de 2010. Sectorización hidrográfica Área Hidrográfica Zona Hidrográfica Subzona Hidrográfica Cuenca Hidrográfica Subcuenca Hidrográfica Nombre POMCA M¡crocuenca/Franja H ¡d roq ráfi ca N¡agdalena Cauca Río Cauca Rio La V¡eja NA Q. Cest¡llal R¡o La Vieja - SZH Cód¡go 26't2 FH Quebrada El Jardin Código 2612000109 G) Que con el fin de dar trámite a una solicitud de renovar un Permiso de Vertimientos de Aguas Residuales Domésticas para el pr,edio denominado coNDoMlNlo cAMpEsrRE LLANO VERDE' LorE 26 localizado en ta Vereda LA ESTRELLA y/o Los pLANEs, (según certificado de Tradición), identificado con Matrícula Inmobiliaria 290-126702 de jurisdicción del Municipio de Pereira - Risaralda, y en las coordenadas X:1016262 N y: 1140848 E, de propiedad de tos señores ByRoN AGUDELo coNzÁLEs, identificado con cédula de ciudadanía número 10.109.646, MyRtAM GoNzÁLEs DE AGUDELO. Aveifiida Lasaméricas, N" 46 - 40 PBX: (57) 3116511. Fax: 3141487, Denuncias Amb¡entatss O18OOOS1g4o4 página xryHA I Uonverse con Nosotros en tapere¡ra. Web: wrvw.carder.eov.co; e-maiti carder@carde¡.gov.co Risaratda Cotomb¡a /' PROCESO DE ASESOR¡A.JURÍDICA Código: FO-12-01 Versión: '3 RESOLUCION¡i':¡1 !tLUl'- lag¡n", 2 ¿e o identificada con cédula de ciudadanía número 38.440.332, ANA MILENA MARTINEZ SERNA, identificada con cédula de ciudadanía número 42.109.854, JAIME ALBERTO SÁNCHEZ LÓPEZ, identificado con cédula de ciudadania número 10.138.498 Y CARLOS ENRIQUE TORRES JARAMILLO, identificado con cédula de ciudadanía número 10.064.750; el Profesional adscrito a la Subdirección de Gest¡ón Ambiental Sectorial de la Corporación, realizó visita técnica al predio el día 07 de Julio de 2015, de la cual se emitió el Concepto Técnico número 001478 del 09 de Julio de 2015, el cual hace parte integral del presente Acto Admin¡strat¡vo, y dentro del cual se dio la viabilidad técnica de Renovar el Permiso de Vertimientos solicitado. D) Que de acuerdo con el artículo 17 del Decreto 1504 de 1998 corresponde a las Corporaciones Aulónomas Regionales el manejo de los elementos conslitutivos naturales del espacio público, otorgar permisos y autorizaciones de carácter amb¡ental entre los que se cuentan las rondas hídricas. E) El artículo 145 del Decreto -Ley 2811 de 1974 establece que cuando las aguas residuales no puedan llevarse al alcantarillado público, deberán ser tratadas mediante sistemas previamente aprobados. Y el artículo 72 del Decreto '1594 de 1984 ftja las normas que debe cumplir todo vertimiento a un cuerpo de agua. F) El numeral 9o del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, asigna a las Corporaciones Autónomas Regionales la func¡ón de otorgar permisos para usar o afectar los recursos naturales renovables. G) Que ef Artículo 208 del decreto 1541 de 1978, compilado por el artículo 2.2'3.2.20.2 del Decreto 1076 de 2015 establece que, Si como consecuenc¡a del aprovechamiento de aguas en cualquiera de los usos previstos por el artículo 36 de este Decreto se han de incorporar a las aguas sustancias o desechos, se requerirá permiso de vert¡miento el cual se tramitará junto con la solicitud de concesión o permiso para el uso del agua o poster¡ormente a tales actividades sobrevienen al otorgamiento del permiso o conces¡ón. lgualmente deberán sol¡c¡tar este permiso los actuales titulares de concesión para el uso de ras aguas. H) Que el Artículo 211 lbidem, compilado por el artículo 2.2'3.2.20.5 del Decreto 1076 de 2015 señala que se prohíbe verter, sin tratamiento, residuos sólidos, líquidos o gaseoso, que puedan contaminar o eutroficar las aguas, causar daño o poner en peligro la salud humana o el normal desarrollo de la flora o fauna. o ¡mpedir u obstaculizar su empleo para otros usos. El grado de tratamiento para cada tipo de vertimiento dependerá de la destinación De los tramos o cuerpo de aguas, de los efectos para la salud y de las implicaciones ecológicas y económicas. l) Que el Artículo 31 del Decreto 3930 de 2010, compilado por el artículo 2.2.3.3'4.'10 del Decreto l076 de 2015, establece que: "Toda ed¡f¡cación, concentración de edificaciones o desanollo urbanístico, turístico o industrial, local¡zado fuera del área de cobertura del sistema de alcantarillado público, deberá dotarse de sistemas de recolección y tratamiento de residuos líquidos y deberá contar con el respect¡vo permiso de vert¡miento. J) Que el Artículo 41 del Decréto 3930 de 2010 compilado por el artículo 2.2.3.3.5.1 del Decreto 1076 de 2015 establece: "Requerimiento de permiso de vertimiento Toda persona natural o juríd¡ca cuya actividad o servicio genere vertimientos a las aguas superficiales, marinas o al suelo, deberá solicitar y tramitar ante la autoridad amb¡ental competente, el respectivo permiso de vertimientos". Aven¡da Las Américas, No 46 - 40 PBX: (57) 3116511. Fax: 3141487, Denunc¡as Amb¡entales 018000518404 AT Converse con Nosotros en la Página Web: rwvrv cardcr.qov co; e-ma¡l: carder@carder'gov.co Pere¡ra. Risaralda Colomb¡a PROCESO DE ASESORIA JURIDICA r nr tr , ,_l.Jl-- RESOLUCIÓNñ Cód¡go: FO-12-0'1 Vers¡ón: 3ágina: 3 3 de 6 K) Que el numeral 5 del Artículo 45 del Decreto 3930 de 2010 compilado por el artículo 2.2.3.3.5.5. del Decreto 1076 de 2015, establece dentro del procedimiento del permiso de vertimientos, que la autoridad competente expedirá el respectivo auto de trámite que declare reunida toda la información para decidir. L) Que el mismo Decreto 3930 en su Artículo 50 compilado por el artículo 2.2,3,5.10 ¡nd¡ca que: " Renovación del Permiso de Ve¡limiento. Las solic¡tudes para renovac¡ón del Permiso de Vertimiento deberán ser presentadas ante la autoridad ambiental competente, dentro del primer himestre del último año de vigencia del permiso. El kámite correspondiente se adelantará antes de que se produzca el vencimiento del permiso respect¡vo. Para la renovación del Permiso de vertimiento se deberá observar el trámite previslo para el otorgamiento de dicho permiso en el presente Decreto. Si no existen cambios en la act¡v¡dad generadora del vertimiento, la renovación queda suped¡tada solo a la verificación del cumplimiento de la norma de vertimiento mediante la caracterización del vertimiento. M) Mediante Resolución CARDER número 893 del 29 de Abril de 2015, en concordancia con lo proferido en el artículo 96 de la ley 633 de 2000 y el artÍculo segundo de la Resolución N" 1280 del 07 de julio de 2010, expedida por el ministerio de ambiente y desarrollo sostenible, se establece las tarifas por concepto de evaluación, publicación y seguimientos de las Licencias, Permisos, Concesiones y/o Autorizaciones y demás Instrumentos de Control Ambiental; la cual mediante la Circular número 25 del 07 de Enero def año 2016, la Secretaría General de la CARDER, a través de la Dependencia de Contabilidad, expidió las tarifas correspondientes a la vigencia del año 2016, acorde al incremento del IPC fijado por el Gobierno Nacional. N) Que de conformidad con las normas establecidas anteriormente, la evaluación de la información allegada en el curso del trámite, la visita técnica realizada y el contenido del Concepto Técnico número 001478 del 09 de Julio de 2015, el cual hace parte integral del presente Acto Adm¡nistrativo, se concluye que es viable renovar el Permiso de Vertimientos de Aguas Residuales Domésticas solicitado, el cual quedará sujeto al cumplimiento de las obligaciones que se anotarán en la parte resolutiva de la presente Resolución. Por lo anteriormente expuesto, la Corporación Autónoma Regional de Risaralda CARDER; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Renovar un Permiso de VErtimientos de Aguas Residuales Domésticas, a favor de los señores BYRON AGUDELO GONZALES, identif¡cado con cédula de ciudadanía número 10.109;646, MYRIAM GONZÁLES DE AGUDELO, identificada con cédula de ciudadanía número 38.440.332, ANA MILENA MARTINEZ SERNA, ¡dent¡ficada con cédula de ciudadanía número 42.109.854, JAIME ALBERTO SÁNCHEZ LÓPEZ, identif¡cado con cédula de ciudadanía número 10.138.498 Y CARLOS ENRIQUE TORRES JARAMILLO, identificado con cédula de ciudadanía número 10.064.750, prop¡etarios del predio denominado CONDOMINIO CAMPESTRE LLANO VERDE, LOTE 26 localizado en la Vereda LA ESTRELLA Y/O LOS PLANES, (Según Certificado de Trad¡ción), identificado con Matrícula Inmobiliaria 290-'i.26702 de jurisdicción del Municipio de Pereira - Risaralda, y en las coordenadas X:1016262 N Y: I 140848 E, de conformidad con lo establecido en el Concepto Técnico número 001478 del 09 de Julio de 2015, el cual hace parte integral del presente Acto Administrativo así: Perm¡so de Vertim¡entos Aprobación del Diseño del S¡stema de Tratam¡énto de Aguas REB¡duales Aprobación ds obras (Las obras correspondén a los dlseños aprobados) Area Afectada (m2) (Destino de Vertim¡ento al suelo) Número de S¡atemas de Tratam¡ento de Aquas Res¡duales - STAR NO SI 34 ,| AvqLnida Las Américas, N' 46 - 40 PBX: {57) 3116511. Fax: 3141487, Denuncias Ambientales 018000518404 J-cHAT Converse con Nosolros en la Página Web: gullqdq.gawg; e-ma¡l: [email protected] I Pereira. Risaralda Colomb¡a PROCESO DE ASESORíA JURíDICA P Trampa de Grasas 1 No. Permiso dé Vertimientos Tratam¡ento Tratamiento retratam iento T¡po de Vertim¡ento Residual Domest¡co tl Secundario Tanque Sépt¡co Filtro Anaerobio 0.02lls - 84o/o I bagin", Tratamiento Primario Caudal de Diseño (l/s) Porc€ntaje del caudal tratado con reapecto al generaoo Versión: "3, ','n1-L U I RESOLUCIÓiü ,) | No. Código: FO-12-01 4'de 6 Otros Terc¡ario Zanjas de No Apl¡ca Int¡ltración Coordenadas del Oest¡no del Vertimiento Corr¡ente Superficial sistema de tratamiento Norte Vigencia Oeste 1025454 1 141930 5 Años PARAGRAFO: El Permiso de Vertimientos otorgado mediante el presente Acto Administrativo tendrá una vigencia de cinco (5) años contados a partir del día siguiente a la ejecutoria de la Resolución. ARTICULO SEGUNDO: Los señores BYRON AGUDELO GONZÁLES, identificado con cédula de ciudadanía número 10.109.646, MYRIAM GONZÁLES OE AGUDELO, ident¡ficada con cédula de c¡udadanía número 38.440.332, ANA MILENA MARTINEZ SERNA, ident¡ficada con cédula de ciudadanía número 42.109.854, JAIME ALBERTO SÁNCHEZ LÓPEZ, ¡dentificado con cédula de ciudadanía número 10.138.498 y CARLOS ENRIQUE TORRES JARAMILLO, identif¡cado con cédula de ciudadanía número 10.064.750' en calidad de beneficiarios el Permiso de Vertimientos otorgado mediante el presente Acto Administrativo, quedan sujetos al cumplimiento de la siguientes obligac¡ones de carácter técnico - ambiental, contenidas en el concepto Técnico número 00147g del 09 de Julio de 2015, el cual hace parte integral del presente Acto Administrativo: NO. I 2 3 OBLIGACIONES DESCRIPCIÓN OBL]G¡CION El beneñc¡ar¡o doberá garant¡zar que las aguas lluv¡as, otros aguas res¡dualos d¡ferentes a las domásticas, no ¡nqresen a la STARO. El bonefic¡ario deb€rá garántizar un¡dades de aforo y muestreo volumótrico a la antfada y sálida del sist€ma de tratrm¡ento; os deciÍ, una caja antss del tanque séptico y ls otra antes del campo de inf¡ltrac¡ón, El usuario no podrá mod¡ficar los d¡saños presentados y aprobados para el predio, sin autor¡zación y aprobación prev¡a ds la Corporación Autónoma d€ PLAZO/FRECUENCIA PoÍmansnte Permansnto Pgrmanonta R¡saralda. 4 5 Se deberá permitir el ingreso a los funcionarios de la CAROER deb¡damente acreditados para realizar el seEUimiento y control sin Drevio eviso. No sá podrá varlar sin autor¡zac¡ón prévia las caractórfgticág del proyecto, obra o act¡v¡dad pr€sentradas. En caso de réquerirse ajustós, mod¡licación o camb¡os a lo presentado y aprobado, se d€berá tram¡ter le modificación del perm¡so, Cada 6 Maso! Pormenonto autorizac¡ón, concesión o licencia anexando la info¡mación Dertin€nte. 6 ? 8 I El incumpl¡miento de los términos, condiciones y obligac¡ones previstos en los actos adm¡n¡stretivos, dará lugar al inic¡o de la imposición de las medidas preventivas y sanc¡onator¡as, s¡gu¡endo el procedim¡ento previsto sn la Ley 1333 de 2009 o la norma oue la adic¡oné. mod¡fioue o sustituvá. Las áreas forestalos protectoras demarcadas son áreas de espec¡al ¡mportancia eco3btém¡ca oara la orotección dol r6curso hldrico. En caso de prEs€ntarse fallas en los s¡stemas de tratamiénto, labores de manten¡m¡ento preventivo o correctivo o emorgencia8 ó accidentes que lim¡t6n o imoidan.ol cumol¡mi€nto de la noma de vért¡miento. de s6 deberá susDender las actNroaoes que generan el venrm|ento, excaptuando aquéllas dtredamente ásociadas con la oenarac¡ón de aouas residuales domásticas. Las act¡vidad$ de manten¡mienio pfeventivo o conect¡vo del sist€ma de pretratami€nto o tratemiento de aguas residuales se deberán registrar, dicho documento podrá ser objeto de ségu¡miento, v¡g¡lanc¡a y control por parte de la Pormanonte Pormánonto Permanont6 Pormenents CAROER. Este Conc€pto Técn¡co NO CONSTITUYE n¡ngún tipo d6 permiso, licencia, l0 11 autor¡zac¡ón y/o conces¡ón por part€ d6 la CARDER, en rsferencia al uso, aorovechamiento o afoctac¡ón do los Récursos Náturales Renovables, lo cual, si es del caso. reouorirá d€ los trám¡tes resoectivo3 ente la Entidad DaÍa oasos de las obras por Pormansnte Psfmanente Aven¡da Las Amér¡cas, N' 46 - 40 PBX: (57) 3116511. Fax. 3141487, Oenunc¡as Ambientales 0180005'18404 AT Coñverse con Nosotros en la Página Web: r!'lvv.cardcr.sov.co; e-ma¡l: [email protected] Pereira, Risaralda Colombia PROCESO DE ASESORIA JURIDICA Código: FO-12-01 Versión: RESoLUCIÓN01?{^1-- 12 Las act¡vidados d€ manten¡m¡ento preventlvo o correctivo del sistema oe ore tratam¡ento o tratam¡ento de aguas residuales sE deberán reg¡strar, d¡cho documento podrá ser objeto de segu¡miento, vig¡lancia y control por parte de la CARDER, l3 14 En caso oue dentro de las funciones de seou¡m¡ento la CAROER. encuentr€ un inadecuado uso del STARD, El usuario deberá caractgrizar las ARO, presentando un estudio de caracterizac¡ón de las aguas res¡duales domésticas repressntativa del afluente y el efluente de¡ STARD, con muestre compuesta a cuatro (4) horas con allcuotas al caudal cada 30 minutos durente cuatro (4) horas de operac¡ón normal del STARD para los parám€tro8 del numsral l0 de esüas obl¡gsciones, el estud¡o deberá presentar el plan de muestreo con metodologla aplicada, para aprobac¡ón de la autoridad ambienial, asf mismo los regultados deberán Dresentar cálculo de las cargas orgánicas @ntaminantes y las ef¡ciencias del STARD, la caractsr¡zac¡ón deberá s€r adelantada por profoslonales idóneos y por laboratorio con paÍámetros acreditrdos por el ¡DEAM El usuár¡o d€berá soliciiar la prónoga del parmiso de vertimientos, el primer trimestr€ d€l año de venc¡m¡ento del acto admin¡strat¡vo que le otorgue La CARDER. fhgina: 3 5 de 6 Tr¡mp. dg Graaas: semanatmente T¡nquo Sóptlco y FAFA: cada se¡s meses Cu!ndo la Autorldad Ambl€ntal lo ex[a Ullimo año del Pormlao de V6ñimi6nto ARTICULO TERCERO: Aprobar a favor de los señores BYRON AGUDELO GONZALES. identificado con cédula de ciudadanía número 10.1 09.646, MYRIAM GONZÁLES DE AGUDELO, identificada con cédula de ciudadanía número 36.440.332, ANA MILENA MARTINEZ SERNA, identificada con cédula de ciudadanía número 42.109.854, JAIME ALBERTO SÁNCHEZ LÓPEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 10,138.498 Y CARLOS ENRIQUE TORRES JARAMILLO. identificado con cédula de ciudadanía número 10.064.750, en calidad de propietarios, las obras del Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales Domésticas para el predio denominado CONDOMINIO CAMPESTRE LLANO VERDE, LOTE 26 localizado en la Vereda LA ESTRELLA Y/O LOS PLANES, (Según Certificado de Tradición), identificado con Matrícula lnmobiliaria 290-126702 de jurisdicción del Municipio de Pereira - Risaralda, y en las coordenadas X:1016262 N Y: 1140848 E; de conformidad con lo establecido en el Concepto Técnico número 001478 del 09 de Jul¡o de 2015, el cual hace parte integral del presente Acto Admlnistrativo. ARTÍCULo CUARTO: Serán causales de Revocatoria del permiso de Vertimientos: a) El incumplimiento, por parte de los titulares, de las condiciones establecidas. imposición a los beneficiarios de sanción de multa en dos oportunidades, por infracciones de las normas Drotectoras del recurso hídrico relacionadas con las actividades del predio. b) La l: PARÁGRAFO Antes de la declaratoria de caducidad del permiso, se notificará personalmente a los beneficiarios la causal o causales aducidas quien d¡spondrá de un término de 15 días háb¡les para subsanar la falta o formular su defensa. ARTíCULO QUINTO: El incumpl¡miento de los términos, cond¡c¡ones y obligaciones previstos en los actos administrativos, dará lugar al inic¡o de la imposición de las medidas preventivas y sancionatorias, siguiendo el procedimiento previsto en la Ley 1333 de 2009 o la norma que la adicione, modifique o sustituya. ARTíCULO SEXTO: Los beneficiarios del presente Acto Adm¡nistrativo, deberán cancelar a favor de la CARDER, en la Tesorería de la Corporación o en la cuenta corriente 302-995022 de DAVIVIENDA, la suma que se determ¡na a continuac¡ón: a. Servicio de seguimiento $ 95.000 Anuales durante la vigencia del permiso y/o autorización. Avenida Las Américas, No 46 - 40 PBX: (57) 3116511. Fax,' 314l.487, Denunc¡as Amb¡ental$ 018000518404 AT Converse con Nosotros en la Página Web: l^ryl4dq.€plro; e-mail: [email protected] Pereira. Risaralda Colombia Cód¡go: FO-12-0'1 PROCESO DE ASESOR¡A.JURIDICA Versión: '3 REsoLUclóNC 1201- - ilrn,n"' b db o l: PARAGRAFO El servicio de seguimiento se cancelará en los meses de enero por anualidades VENCIDOS. El primero y el último pago serán proporcionales al número de meses completos de la vigencia que dure la ejecución del proyecto. El monto fijado se reajustara anual y acumulativamente en el 100% del incremento del IPC en el periodo inmediatamente anterior certificado oor el DANE. PARÁGRAFO 2: Los usuarios remitirá copia del recibo de pago de la evaluación y el seguimiento con destino al expediente No. 230 - 26. ARTíCULO SEPTIMO: Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, el cual debe interponerse por escrito dentro de los d¡ez (10) días siguientes a su not¡f¡cación personal, por aviso o a la desfijación o a su publicación según sea el caso, en los térm¡nos del artículo 76 del Código de Procedimiento Adm¡nistrativo de lo Contencioso y Admin¡strat¡vo- fi$ ,as sÉ '{ gf li!t ART|CULO OCTAVO: La presente Resolución será notificada personalmente o por aviso según el caso, a los señores BYRON AGUDELO GONZALES, ident¡ficado con cédula de ciudadanía número I O.l09.646, MYRIAM GONZÁLES DE AGUDELO, identificada con cédula de ciudadanía número 38.440,332, ANA MILENA MARTINEZ SERNA, identificada con cédula de ciudadanía número 42.109.854. JAIME ALBERTO SÁNCHEZ LÓPEZ. identificado con cédula de ciudadanía número 10.138.498 Y CARLOS ENRIQUE TORRES JARAMILLO, identificado con cédula de ciudadanía número 10.064.750, su apoderado o qu¡en haga sus veces, para lo cual se enviará of¡cio citatorio a la Manzana 2 Casa 3 Urbanización Venecia, Municipio de Pere¡ra - Risaralda. Teléfono: 316 - 2919996 Dada en Pereira, et ii :,i 2 5 :U¡ Z0o6- NOTIFíQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Íg-hgm-"h.,,H,qffi Subdirectora de Gestión Ambiental Sectorial Resolución 810 del 26 de Abril de 2016 No 46 - 40 PBX: (57) 3116511. Fax.3141487, Dsnunc¡as Ambientales 018000518404 Converse con Nosotros en la Página Web: yv!¡arde¡.gor¡s; e-ma¡l: [email protected] Pereira. Risaralda colomb¡a Aven¡(F Las Amér¡cas, /' ftlAT