ACUERDO DE CAPACITACIÓN Facultad de Ciencias Exactas

Transcripción

ACUERDO DE CAPACITACIÓN Facultad de Ciencias Exactas
ACUERDO DE CAPACITACIÓN
Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y
Agrimensura de la Universidad Nacional de RosarioMunicipalidad de Rosario
Entre La Municipalidad de Rosario, en adelante “La Municipalidad”, representada
por el Sr. Intendente Municipal Ing. Roberto Miguel Lifschitz, cuya
firma
refrenda
el Secretario de Gobierno, Dr. Juan Carlos Zabalza, la
Secretaria de Secretaría General, Lic. Mónica Bifarello y el Secretario de
Hacienda
y
Economía,
C.P.N.
Carlos Fernández, con domicilio legal en
Buenos Aires 711, de la ciudad de Rosario y la Facultad de Ciencias
Exactas, Ingeniería y Agrimensura de la Universidad Nacional de
Rosario, a través de la Subsecretaría de Informática, en adelante “La
Facultad”, representada por el
Sr. Decano Ing. David Asteggiano y
el
Secretario de Extensión Universitaria, Ing. Luis Krapf, con domicilio legal en
calle Av. Pellegrini 250, de la ciudad de Rosario, y en virtud del Convenio marco
suscripto por las partes en fecha 20 de octubre del 2004, acuerdan celebrar el
presente convenio de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El objetivo de este convenio es la capacitación en tecnología
informática del personal municipal o de quienes “La Muicipalidad” designe para
la misma.
SEGUNDA: Para desarrollar el proyecto referido “La Municipalidad”
requiere mancomunar
disponibilidades
y esfuerzos
con “La Facultad”,
tendientes a lograr el objetivo. A tal fin “La Municipalidad” se compromete a:
• Solventar una cuota mensual por los gastos de coordinación,
dictado
y organización de los cursos, en función de la cantidad/tipo de
cursos dictados y/o manuales elaborados.
• Proveer los requerimientos mínimos de capacitación para que “La
Facultad” en base al mismo desarrolle sus actividades.
• Proveer el listado del personal a capacitar organizados por fechas y
horarios.
• Proveer a los capacitados de los manuales y ayudas compaginadas
impresos según contenido provisto por “La Facultad”.
• Ser responsable de las consecuencias que ocasione cualquier
accidente
o contingencia de su personal en “La Facultad” o in itínere
durante el dictado de los cursos.
TERCERA: Por otro lado, “La Facultad” se compromete a:
• Destinar un aula con el equipamiento informático necesario (según punto
1 - Anexo) en perfectas condiciones, para permitir la realización de
los cursos solicitados por “La Municipalidad” (según punto 2 - Anexo ). La
frecuencia, días, turnos y horarios serán convenidos entre las partes con 30
días de anticipación como mínimo.
• Contratar a su cargo los docentes necesarios para el dictado de los cursos.
• Para todos los cursos, elaborar el material didáctico necesario para el
dictado de los cursos, compuesto del temario detallado y la ayuda
compaginada del mismo.
• Elaborar los manuales detallados complementarios sólo para aquellos
cursos que “La Municipalidad” solicite expresamente con un mínimo de 30
días corridos de anticipación y abonando el costo adicional correspondiente.
• Garantizar el armado y dictado de los cursos previstos en punto 2 del
Anexo. El contenido y/o la carga horaria de los cursos podrán ser
modificados durante la vigencia del presente convenio de común acuerdo
entre las partes.
• Modificar el contenido de un determinado curso y/o los docentes
asignados al dictado de éste, en caso de ser evaluado por parte de “La
Municipalidad” como inadecuado.
• Entregar certificados de asistencia de los cursos finalizados con
un plazo máximo de 30 días.
• Proveer clases de apoyo a los asistentes que se considere necesario a los
fines de nivelar el grupo.
• Entregar trimestralmente informes de resultados acerca de la calidad
de
los cursos (medido a través de encuestas al personal),
asistencia/cumplimiento del personal y dificultades encontradas.
• Disponer que, ante necesidades específicas de “La Municipalidad”, se
pueda efectuar la capacitación en su propio ámbito, sin que esto
implique
gastos adicionales para “La Municipalidad” por viáticos u otros
conceptos.
CUARTA: ”La Municipalidad” podrá efectuar evaluaciones a los efectos de
verificar la capacitación
adecuada mediante los instrumentos que crea
necesarios para tal fin.
QUINTA: Para un apropiado desarrollo del
establecen
los coordinadores de ambas partes.
A.U.S. Sandra Fulgueira, Subsecretaria
de
Municipalidad”
designa
a
Ing.
Sandra
Informática.
presente convenio se
“La Facultad” designa a
Informática
y
”La
Boidi, Directora Gral de
SEXTA: “La Municipalidad” abonará a “La Facultad” por cursos completos
dictados en forma mensual. ”La Facultad” presentará los primeros 5 días
del mes siguiente la factura correspondiente a los cursos completos dictados en
el mes anterior. El pago se realizará a los 30 días corridos de conformación por
parte de “La Municipalidad” de la factura presentada por “La Facultad”. El monto
a abonar por cada curso se establece en el punto 2 del Anexo.
SEPTIMA : El presente convenio tendrá una duración de 24 meses a partir del
25 de abril de 2006. El presente convenio podrá renovarse mediante la firma
de nuevos acuerdos por igual o menor período al de su duración y no podrá ser
objeto de cesión por parte de sus contratantes.
Podrá mediar rescisión unilateral en caso que cualquiera de las partes
comunicara a la otra con una antelación no menor a los sesenta (60) días de
manera fehaciente la misma, debiendo en todos los casos continuarse
con la ejecución de las tareas pendientes hasta su concreta finalización,
excepto que las partes decidan, mediante acta rubricada por ambas, darlas por
terminadas o cumplidas en la etapa de ejecución en que se encuentren. La
rescisión de cualquiera de las partes del presente, en ningún caso, dará lugar a
indemnización de cualquier especie a ninguna de las partes.OCTAVA: Se consideran parte integrante de este CONVENIO las siguientes
normas legales: Art. 18 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, que
textualmente dice ... ”Cuando La Municipalidad fuera condenada al pago de
una deuda cualquiera la Corporación arbitrará, dentro del término de seis (6)
meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva la forma de verificar
el pago, esta prescripción formará parte integrante bajo pena de nulidad de
todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación
del Municipio y deberá ser transcripta en toda escritura pública o contrato que
se celebren con particulares”.Resolución Nº 184/82 SH.....”Rosario, 15 de Julio
de 1982. Visto que resulta necesario proveer lo pertinente, a fin de que
en todo contrato en la que participen esta Municipalidad, conste el
domicilio real de la contraparte, SE RESUELVE. 1º- En todos los contratos en los
cuales esta Municipalidad sea parte, deberá colocarse el domicilio real de la
contraparte. Cuando se tratare de sociedades, además deberá colocarse, con
indicación de sus titulares el domicilio real de los socios solidarios. 2º- Mientras
subsisten los efectos contractuales, todo cambio de domicilio deberá notificarse
por escrito a la repartición correspondiente según el contrato de que se trate. Si
así no se hiciere, toda notificación del domicilio denunciado en el contrato sufrirá
total efecto. 3º- Esta resolución deberá insertarse obligatoriamente en
todo contrato, como parte integrante del mismo. 4º- Insertar por la
Subsecretaría
de
Hacienda
y
con conocimiento
de
la
Contaduría
General y de la Dirección General de Finanzas, archivar.”Art. 55º
inciso c) de la Ordenanza de Contabilidad, decreto Nº 2650/57 de la Provincia
de Santa Fe:.... “No obstante lo dispuesto en el artículo anterior,
en casos excepcionales podrán contraerse obligaciones susceptibles de
traducirse
en compromisos sobre presupuestos a dictarse para
años
financieros futuros, en los casos siguientes: c) Locaciones de inmuebles y de
servicios y contratos de suministros u otros gastos de operación, cuando
procuren ventajas económicas, aseguren la continuidad de los servicios,
permitan lograr colaboraciones intelectuales o técnicas o lo indiquen las
costumbres administrativas. El Departamento Ejecutivo cuidará de incluir
en
el
proyecto
de
Presupuesto
de
cada
año
financiero,
las
provisiones necesarias para imputar los gastos comprometidos en virtud de lo
autorizado por el presente artículo e incluirá en los contratos pertinentes la
cláusula rescisoria a favor de La Municipalidad, sin indemnización si no se
votan en los períodos siguientes los créditos que permitan atender las
erogaciones.”
NOVENA: La presente modalidad de contratación en forma directa se establece
en razón de poseer las partes la calidad de entes estatales.
DECIMA: Para todos los efectos legales que pudieran sobrevenir como
consecuencia de este convenio las partes se someten a la jurisdicción de los
Tribunales Ordinarios de la ciudad de Rosario, con competencia en lo
contencioso administrativo si correspondiere, renunciando a la competencia
de la Justicia Federal.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación del contenido en todas
sus partes, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto,
en la ciudad de Rosario, a los ....... días del mes de ................... del año 2006
.
Dr. Juan Carlos Zabalza
Miguel
Lifschitz
Lic. Mónica Bifarello
Fernández
Ing. David Asteggiano
Krapf
Ing.Roberto
C.P.N. Carlos
Ing. Luis
Anexo: Servicios asociados.
1: Recursos necesarios
Tipo
Cantidad mínima
Sala de capacitación
Provisto por
1
La Facultad
PC´s con un mínimo de 256 MB
de Ram.
20
La Facultad
Impresoras
pruebas
1
La Facultad
1
La Facultad
e
Insumos
para
Docentes por grupo a capacitar
2: Cursos
Cantidad total de personal por curso a capacitar en 24 meses (estimada): 700
Valor Hora por grupo de 20 Asistentes: $ 57,50.-, para cualquier curso.
Tipo de curso
Duración del Curso
Complemento Cliente Fino
Alternativas
● 3 clases de 2 hs. c/u (6 hs)
● 2 clases de 3 hs. c/u (6hs)
Open Office 1 (orientado a diferencias con Alternativas
Microsoft office y a personas con manejo de
● 3 clases de 2 hs. c/u (6 hs)
herramientas de escritorio)
● 2 clases de 3 hs. c/u (6hs)
Open Office 2 Inicial (orientado a personas sin Alternativas
conocimientos de editores de texto/planillas de
● 3 clases de 2 hs. c/u (12 hs)
cálculo)
● 2 clases de 3 hs. c/u (12hs)
Open Office 2 Medio (orientado a diferencias con Alternativas
Microsoft office y a personas con conocimientos de
● 6 clases de 2 hs. c/u (12 hs)
editores de texto/planillas de cálculo)
● 4 clases de 3 hs. c/u (12hs)
Kubuntu Inicial (orientado a personas sin manejo Alternativas
de PC)
● 6 clases de 2 1/2 hs. c/u (16 hs)
● 4 clases de 4 hs. c/u (16hs)
Kubuntu Medio (orientado a diferencias
Windows y a personas con manejo de PC)
con Alternativas
● 6 clases de 2 hs. c/u (12 hs)
● 4 clases de 4 hs. c/u (12hs)
Especiales (Opcional: 180 hs como máximo, a
distribuir en distintos cursos)
A determinar
OBSERVACIONES:
• Los contenidos y horarios de los cursos podrán variar de común acuerdo entre las
partes.
• Las herramientas a incluir en los cursos especiales serán informadas a ”La
Facultad” con una antelación no inferior a los 30 días hábiles previos al dictado de los
cursos.personas con conocimientos de editores de texto/planillas de cálculo)

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