Garantías Inmobiliarias - Estatuto del Consumidor

Transcripción

Garantías Inmobiliarias - Estatuto del Consumidor
GARANTÍAS AL CONSUMIDOR EN EL
SECTOR INMOBILIARIO
JORGE ENRIQUE SÁNCHEZ MEDINA
Superintendente Delegado para la Protección al Consumidor
I. CONSUMIDOR
DEBERES
• Informarse
• Consumir
responsablemente
• Actuar de buena fe
DERECHOS
• Recibir productos que
cumplan con la calidad e
idoneidad
• Protección contra
publicidad engañosa
• Seguridad e indemnidad
• Reclamar
CALIDAD
Condición del producto para cumplir con
sus características inherentes y atribuidas
IDONEIDAD
Aptitud del producto para satisfacer la
necesidad para la cual ha sido producido
II. GARANTÍA
Obligación, a cargo de todo productor y/o proveedor
de responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el
buen estado y funcionamiento de los productos
GARANTÍAS
Tipos
LEGAL
Para Ciertos
Bienes
Presunta
DE MERCADO
SUPLEMENTARIA
Garantía Legal para Ciertos Bienes
Garantía de
disponibilidad de
repuestos
• Obligación asociada a la garantía.
• Término fijado por la SIC.
Garantía de bienes
usados
• 3 meses si el consumidor no ha aceptado adquirir el bien sin
garantía
Garantía de bienes
inmuebles
• 1 año para acabados y líneas vitales
• 10 años para estructura
• Bienes comunes de P.H.  debe solicitarla el administrador.
Bienes de único uso o
desechables
• Únicamente procede la devolución del dinero
Garantía de Mercado
En ausencia de garantía anunciada por ley
o por autoridad competente, el término
anunciado por el productor y/o proveedor
Garantía Legal Presunta
Término
anunciado por ley
o por autoridad
competente
Término
anunciado por el
productor y/o
proveedor
1 año – Art. 8 Ley
1480 de 2011
Garantía Suplementaria
Amplía o mejora la garantía legal
III. GARANTÍA PARA BIENES INMUEBLES
Estructura
• Ensamblaje de elementos, diseñado para soportar las
cargas gravitacionales y resistir fuerzas horizontales
• 10 años
Líneas vitales
• Infraestructura básica de redes. Tuberías o elementos
conectados o continuos
• 1 año
Acabados
• Partes y componentes de una edificación que no
pertenecen a la estructura o su cimentación
• 1 año
¿Cómo se solicita?
Líneas vitales y acabados
Reparación
5 días
Reclamación
10 días + 10 prórroga
Visita de
verificación
Respuesta
Satisfactoria
30 días + 30 prórroga
No satisfactoria
Reposición
Devolución del
dinero
Acción de
protección al
consumidor
Estructura
Determinado por estudios técnicos
Reparación
5 días
Reclamación
30 días + 30 prórroga
Visita de
verificación
Satisfactoria
Devolución del
dinero
Respuesta
No satisfactoria
Acción de
protección al
consumidor
Herramientas del consumidor si no
hay respuesta o la respuesta no es
satisfactoria
Acción de protección al consumidor
Ante un juez
Ante la SIC
Prescripción: 1 año contado desde el fin del término de la garantía,
siempre y cuando se haya presentado reclamación durante su
vigencia
Diferencia entre el Código Civil y el
Estatuto del Consumidor.
ARTICULO 2060. CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS POR PRECIO ÚNICO Los
contratos para construcción de edificios, celebrados con un empresario
que se encarga de toda la obra por un precio único prefijado, se sujetan
además a las reglas siguientes:
(…)
3. Si el edificio perece o amenaza ruina, en todo o parte, en los diez años
subsiguientes a su entrega, por vicio de la construcción, o por vicio del
suelo que el empresario o las personas empleadas por él hayan debido
conocer en razón de su oficio, o por vicio de los materiales, será
responsable el empresario; si los materiales han sido suministrados por el
dueño, no habrá lugar a la responsabilidad del empresario sino en
conformidad al artículo 2041, 2057 inciso final.
(…)
Art. 2060 C.C.
L. 1480 de 2011
• Responsabilidad del
empresario por vicios
de
construcción,
suelo o materiales
• 10 años
• Estructura
• Si el edificio perece o
amenaza ruina
• Garantía de 10 años
sobre la estructura
• Garantía de 1 año
para acabados y
líneas vitales
• Mecanismos
expeditos
de
protección (SIC)
Superintendencia de Industria y Comercio
SICSuper
www.sic.gov.co

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