Guía de diseño para el ingeniero proyectista

Transcripción

Guía de diseño para el ingeniero proyectista
DOSSIER
Col·lecció Dossiers d’Acció Professional
01
Aïllament Acústic
Aislamiento acústico
Acoustic Insulation
02
Guió de continguts. Projectes d’instal·lacions tèrmiques
Projectes d’instal·lacions elèctriques. Projectes d’instal·lacions petrolíferes
03
Serveis Jurídics. Preguntes i Respostes
04
Manual de bones pràctiques per a la presentació de projectes d’activitats
05
Emissió acústica en activitats industrials
Emisión acústica en actividades industriales
06
Qualitat acústica en l'edificació
Calidad acústica en la edificación
07
Gestió del coneixement a l'enginyeria
Gestión del conocimiento en la ingeniería
08
Visat-e. Visat electrònic dels Enginyers Industrials de Catalunya. Guia d'usuari
09
Guia de disseny per a l'enginyer projectista. Instal·lacions en establiments
de restauració: Ventilació i Protecció Contra Incendis
Guía de diseño para el ingeniero proyectista. Instalaciones en establecimientos
de restauración: Ventilación y Protección Contra Incendios
10
Guia de tramitació d'instal·lacions solars fotovoltaiques
11
Guia de disseny per a l’enginyer projectista.
Instal·lacions en Aparcaments: Ventilació i Protecció Contra Incendis
Guía de diseño para el ingeniero proyectista
Instalaciones en aparcamientos: ventilación y protección contra incendios
DE
ACCIÓN
PROFESIONAL
11
Guía de diseño
para el ingeniero
proyectista
Instalaciones en
aparcamientos:
ventilación
y protección
contra incendios
2a edición / Actualizado junio 2008
P.V.P: 15 e
Enginyers Industrials de Catalunya
Via Laietana, 39 • 08003 - Barcelona
www.eic.cat
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Asociación/Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña
Vía Laietana, 39, 08003 Barcelona
Tel. 933 192 300
www.eic.cat
[email protected]
Queda expresamente prohibida, bajo las sanciones
establecidas por la ley, la reproducción total o parcial de esta
obra sin la autorización escrita de los titulares del copyright,
tanto si es por reprografía o por tratamiento informático como
por cualquier otro medio o procedimiento. Queda igualmente
prohibida la distribución de ejemplares de esta edición
mediante alquiler o préstamos públicos.
Depósito legal:
© 2008, Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cataluña
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Presentació
El Manual de buenas prácticas para la presentación de proyectos de actividades (edición en
catalán), publicado el año 2005 dentro la colección de los dossiers de Acción Profesional,
estableció unos criterios para la elaboración de proyectos destinados a la autorización de una
actividad ante la Administración. En el año 2007 se dio continuidad a este manual con la Guía de
diseño para el ingeniero proyectista: Instalaciones en establecimientos de restauración:
Ventilación y protección contra incendios, publicada también dentro de la colección de los
dossiers de Acción Profesional.
Uno de los objetivos de estas publicaciones es que los trabajos del colectivo de los Ingenieros
Industriales sean de notable calidad y que incluyan los contenidos necesarios para su finalidad.
En la presentación de la Guía para el ingeniero proyectista: Instalaciones en establecimientos de
restauración: Ventilación y protección contra incendios se hizo notar la necesidad de que estas
publicaciones tuvieran continuidad y sucesivas revisiones, tratando otros tipos de instalaciones
así como otras actividades. Siguiendo con la filosofía, pues, de elaborar guías para las diferentes
tipologías de actividades os presentamos esta Guía para el ingeniero proyectista: Instalaciones
en aparcamientos: Ventilación y protección contra incendios.
Como su título indica, la guía se centra en las instalaciones de ventilación y las de protección
contra incendios de aparcamientos. La aparición del Código técnico de la edificación (CTE) y, en
concreto, la entrada en vigor de su DB HS de Salubridad ha creado controversia entre el colectivo
con respecto a la correcta ventilación de los aparcamientos.
El nuevo Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE), de reciente publicación,
remite al Documento Básico de Salubridad del CTE para la ventilación en aparcamientos. Este
documento es poco claro y disperso y hace que surjan dudas a la hora de diseñar la ventilación
en un aparcamiento.
La instalación de protección contra incendios es fundamental para la seguridad de los usuarios
y del patrimonio, términos ligados a los conceptos de seguridad obligatoria y seguridad
voluntaria. En noviembre de 2007 se modificó el CTE y, en particular, los Documentos Básicos de
Seguridad en caso de Incendio y de Seguridad de Utilización. La presente guía ya ha tenido en
cuenta y contempla dichas modificaciones.
El autor de esta guía de diseño es Isaac Cebolla García (Área Profesional del COEIC), con la
supervisión de Xavier Cervera Pérez (Área Profesional del COEIC) y de María Margarita González
Benítez (Departamento de Proyectos del ETSEIB).
Esperamos que la guía que tenéis en vuestras manos cumpla con su finalidad y os sea de
utilidad. Como siempre, desde el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña seguiremos
trabajando para poder hacer que publicaciones como éstas vean la luz.
Jordi Guasch i Asmarats
Comisión de Acción Profesional
Miembro de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial
de Ingenieros Industriales de Cataluña
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Guía de ventilación
en aparcamientos
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Índice
1. INTRODUCCIÓN
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2. TIPO DE VENTILACIÓN
2.1 Ventilación natural, forzada o híbrida
2.2 Ventilación por depresión o sobrepresión
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3. GLOSARIO
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4. VENTILACIÓN EN APARCAMIENTOS. GENERALIDADES
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5. VENTILACIÓN EN APARCAMIENTOS: NORMATIVA Y RECOMENDACIONES
5.1 Medios de ventilación natural
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5.1.1. Ventilación por salubridad
17
5.1.2. Control de humo en caso de incendio
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5.2 Medios de ventilación forzada
5.2.1. Ventilación por salubridad
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5.2.2. Control de humo en caso de incendio
20
5.3 Dimensionado de las aberturas de ventilación en aparcamientos
5.4 Desclasificación de los aparcamientos como locales con riesgo de explosión
6. VENTILACIÓN EN TRASTEROS Y ZONAS DE TRASTEROS:
NORMATIVA Y RECOMENDACIONES
6.1.
6.2.
6.3.
6.4.
18
Medios de ventilación natural por salubridad
Medios de ventilación híbrida y mecánica por salubridad
Medios de ventilación mecánica para el control de humo en caso de incendio
Dimensionado de las aberturas en trasteros
7. VENTILACIÓN EN VÍAS DE EVACUACIÓN DE APARCAMIENTOS:
NORMATIVA Y RECOMENDACIONES
7.1. Medios de ventilación natural para el control de humo en caso de incendio
7.2. Medios de ventilación mecánica para el control de humo en caso de incendio
8 CONDICIONES PARTICULARES DE LOS ELEMENTOS
8.1. Aberturas y bocas de ventilación
8.2. Conductos de admisión y extracción
9. NORMATIVA
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10.GUÍA DEL CONTENIDO DEL PROYECTO
10.1. Memoria
10.2. Cálculos
10.3. Planos
10.4. Otros documentos
11.EJEMPLO
PLANO SOTERRANI -1
PLÀNOL SOTERRANI -2
BIBLIOGRAFÍA
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34
34
34
34
35
39
40
41
Publicaciones consultadas
41
Sitios web consultados
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Programas utilizados
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FITXA RESUM VENTILACIÖ EN APARCAMENTS
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1. Introducción
Desde el momento en el que el hombre empezó a utilizar el vehículo apareció la necesidad del
aparcamiento. El avance tecnológico y social de toda la industria automovilística ha provocado
la continua necesidad de adaptación de las instalaciones de ventilación y de protección contra
incendios de los emplazamientos destinados a aparcamientos de estos vehículos.
La normativa de aplicación en el ámbito de la ventilación es poco clara y dispersa. Hay que
destacar que el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (en lo sucesivo RITE) se ha
publicado recientemente y fija unos nuevos parámetros de la calidad del aire interior, que
conllevan cambios en la metodología de diseño de las instalaciones de ventilación utilizada hasta
ahora.
No obstante, la aparición el 29 de marzo de 2006 del Código técnico de la edificación (Real
decreto 314/2006, de 17 de marzo de 2006), en lo sucesivo CTE, ha fijado nuevos parámetros
con respecto a la construcción y diseño de instalaciones, entre otras, de los aparcamientos. El
objetivo del CTE es mejorar la calidad de la edificación y promover la innovación y la
sostenibilidad, a la vez que fija unas exigencias básicas de calidad de los edificios y de sus
instalaciones.
Por otro lado, el Reglamento electrotécnico de baja tensión (Real decreto 842/2002, de 2 de
agosto de 2002, en lo sucesivo REBT, clasifica los aparcamientos de más de cinco vehículos
como locales con riesgo de incendio o explosión, según la instrucción ITC-BT-29. Aún así, deja
en manos del proyectista la opción de justificar que este riesgo no existe. En esta guía se darán
indicaciones sobre la desclasificación de los aparcamientos como locales de riesgo.
La Guía se ha estructurado en once capítulos. Tras una breve introducción, se definen algunos
conceptos básicos en el campo de la ventilación, y también se ha incorporado un glosario con la
definición de algunos términos que aparecen a menudo a lo largo de este documento. A
continuación, se hacen una serie de recomendaciones a la hora de diseñar los sistemas de
ventilación de los aparcamientos, así como de otros locales o zonas que a menudo se encuentran
en éstos, como son los trasteros y las vías de evacuación. A continuación se detalla la normativa
aplicable y el contenido de un proyecto de ventilación. Hemos considerado interesante incluir un
último capítulo con un ejemplo ilustrativo en el que aparezcan diferentes casos tratados en esta
guía. Finalmente, encontramos un último apartado con la bibliografía consultada.
En esta Guía, se han incluido una serie de recomendaciones y algunos puntos de normativas que
no son de obligado cumplimiento. Todos estos se han diferenciado del contenido estrictamente
normativo enmarcándolos en cuadros sombreados.
El ámbito de aplicación de esta Guía es:
• Todo aquel edificio, establecimiento o zona independiente o accesoria de otro uso principal
destinada al estacionamiento de vehículos y con superficie construida superior a 100 m 2,
incluyendo las dedicadas a revisiones de vehículos, como por ejemplo lavado, puesta a punto,
montaje de accesorios, comprobación de neumáticos y faros, etc., que no necesiten la
manipulación de productos o herramientas de trabajo que puedan presentar riesgo adicional,
como por ejemplo la reparación de vehículos.
• Los aparcamientos de hasta 100 m2 de superficie construida, considerados según el CTE como
locales de riesgo especial bajo.
• Los trasteros o zonas de trasteros vinculados a aparcamientos.
• Las vías de evacuación de los anteriores.
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Quedan fuera del ámbito de aplicación de esta Guía:
• Los aparcamientos en espacios exteriores del entorno de los edificios, aunque sean en plazas
cubiertas.
• Los talleres de reparación de vehículos.
• Los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de transporte de personas y
transporte de mercancías; es decir, las zonas de un edificio o zonas exteriores en las que los
vehículos están almacenados como cualquier otra mercancía o pertenecen a la flota de alguna
actividad comercial o industrial (por ejemplo, los estacionamientos de vehículos de una
empresa de alquiler rent a car, los camiones de distribución de cualquier industria, el
estacionamiento de vehículos acabados de una factoría de automóviles, etc.).
Hay que agradecer las horas de dedicación tanto a los técnicos que han participado en la
elaboración de esta Guía como a las entidades que los han cedido.
Han participado:
Albert Bartés i Planas (Sodeca, S.A.)
Santos Bendicho Alonso (Colt España S.A.)
Raquel Clemente Alfonso (GRUPO JG Ingenieros Consultoras de Proyectos, S.A.)
Jordi Guasch i Asmarats (Área Guasch Enginyeria S.L.P.)
Juan Hernández Mayor (AJ Ingeniería S.L.)
Jesús Martínez Viejo (Bombers de Barcelona)
Santiago Montero Homs (ACIEROID S.A.)
Joan Moya i Magrià (Ayuntamiento de Barcelona
Joan Pessarrodona i Segués (Soler & Palau, S.A.)
Miquel Rejat Rodríguez (Bomberos de la Generalitat de Catalunya)
El Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña, cumpliendo con su vocación de servicio a sus
colegiados, ha elaborado este documento esperando que resulte una herramienta útil para el
desarrollo de proyectos de ventilación en aparcamientos.
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2. Tipos de ventilación
La renovación del aire en cualquier local es necesaria para renovar el oxígeno y extraer los
subproductos de la actividad humana, como por ejemplo el anhídrido carbónico, y otros
contaminantes como el monóxido de carbono, los óxidos de azufre o los hidrocarburos, comunes
en locales en los que circulan vehículos de combustión. En determinados casos, los sistemas de
ventilación también cumplen un papel importante en la seguridad de los ocupantes porque
garantizan la extracción de humos en caso de incendio.
2.1 Ventilación natural, forzada o híbrida
La ventilación de un local puede ser natural, forzada o híbrida.
Se habla de ventilación natural cuando no hay aportación de energía artificial para efectuar la
renovación del aire. Generalmente, la ventilación natural se consigue dejando aberturas en el
local (puertas, ventanas, tragaluces, etc.) que comunican directamente con el exterior. La
ventilación forzada utiliza aparatos electromecánicos para conseguir la renovación del aire.
En el caso de la ventilación natural, las diferencias de temperatura entre el exterior y el interior y
los efectos del viento son el origen de las fuerzas que ocasionan el movimiento del aire necesario
para lograr la ventilación. En función de estas fuerzas, y también de la superficie, orientación y
situación de las puertas y ventanas, es posible lograr tasas de ventilación suficientes. El principal
inconveniente de la ventilación natural es la dificultad de regulación, puesto que la tasa de
renovación de cada momento depende de las condiciones climatológicas.
La ventilación forzada elimina este problema y la tasa de ventilación se puede ajustar y controlar,
pero como contrapartida hay un consumo de energía eléctrica. Otra ventaja de la ventilación
forzada frente a la natural es que puede ser aplicada en emplazamientos que no tienen
comunicación directa con el exterior y en los que, por lo tanto, la ventilación sólo puede lograrse
mediante conducciones a través de las cuales se fuerza el paso del aire mediante ventiladores.
Este hecho es destacable si se tiene presente que la mayoría de aparcamientos se encuentran
situados en plantas bajo la rasante.
La ventilación híbrida es aquélla en la que, cuando las condiciones de presión y temperatura
ambientales son favorables, la renovación del aire se produce como en la ventilación natural, y
cuando son desfavorables, como en la ventilación con extracción mecánica.
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2.2 Ventilació per depressió o sobrepressió
La ventilación por depresión se logra colocando el ventilador (extractor) de forma que extraiga el
aire del local, lo cual provoca que éste quede en depresión respecto a su entorno. El aire penetra
desde fuera por las aberturas adecuadas y hace un barrido del local.
La sobrepresión en un local se obtiene insuflando aire por medio de un ventilador. El aire fluye
hacia el exterior por las aberturas y, al pasar, barre los contaminantes interiores y deja el local
lleno del aire puro del exterior.
ventilador
extractor
aire
ventilador
propulsor
aire
ventilación por depresión
ventilación por sobrepresión
Fig. 2.1. Ventilación por depresión y por sobrepresión.
En cualquiera de los dos tipos de ventilación se debe dotar el local de suficientes aberturas para
permitir la aportación (o salida, en el caso de la sobrepresión) de aire necesaria. Estas aberturas
se deben situar de modo que se garantice el correcto barrido de todo el recinto, es decir,
enfrentadas a los puntos de extracción (o impulsión, en el caso de la sobrepresión).
Si se coloca un extractor sin realizar ninguna abertura, este trabajará forzado y no extraerá el
caudal de aire que teóricamente tendría que extraer.
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3. Glosario
Aparcamiento compartimentado: aparcamiento colectivo en el que las plazas correspondientes
a usuarios diferentes se encuentran separadas entre sí y de la zona común por medio de
particiones.
Aparcamiento robotizado: aparcamiento en el que el movimiento de los vehículos, desde el
acceso hasta las plazas de aparcamiento, únicamente se realiza mediante sistemas mecánicos y
sin la presencia ni intervención directa de personas, a excepción de la actuación ocasional del
personal de mantenimiento.
Abertura de admisión: abertura de ventilación que sirve para la admisión y que comunica el local
con el exterior, ya sea directamente o a través de un conducto.
Abertura de extracción: abertura de ventilación que sirve para la extracción y que comunica el
local con el exterior, ya sea directamente o a través de un conducto.
Abertura de paso: abertura de ventilación que permite el paso de aire de un local a otro
contiguo.
Abertura mixta: abertura de ventilación que comunica el local directamente con el exterior y que
puede trabajar tanto como una abertura de extracción como de admisión en función de las
circunstancias.
Uso aparcamiento: edificio, establecimiento o zona independiente o accesoria de otro uso
principal, destinada al estacionamiento de vehículos y con superficie construida superior a 100
m2, incluyendo las dedicadas a revisiones de vehículos, como por ejemplo lavado, puesta a
punto, montaje de accesorios, comprobación neumáticos y faros, etc., que no necesiten la
manipulación de productos o herramientas de trabajo que puedan presentar riesgo adicional,
como por ejemplo la reparación de vehículos.
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4. Ventilación en aparcamientos.
Generalidades
En general, los sistemas de ventilación deben cumplir la exigencia básica de la calidad del aire
interior. En el caso de los aparcamientos, además, estos sistemas deben garantizar un control del
humo en caso de incendio. Por eso se debe indicar en cada caso la normativa correspondiente
y las diferentes posibilidades de ventilación existentes.
En este apartado se tendrán presentes las especificaciones que fija el nuevo RITE, aprobado por
el Real decreto 1027/2007, de 20 de julio, las cuales difieren considerablemente de las del
anterior reglamento. Según indica el nuevo RITE en el apartado Exigencia de calidad del aire
interior, en los trasteros y los aparcamientos, entre otros, se consideran válidos los requisitos de
calidad del aire interior establecidos en la Sección HS 3 del CTE.
Las instalaciones de ventilación se deben diseñar, calcular, ejecutar, mantener y utilizar de forma
que se obtenga una calidad del aire interior que sea aceptable para las personas, y para que se
eliminen los contaminantes que se producen de manera habitual, se aporte un caudal suficiente
de aire exterior y se garantice la extracción del aire viciado. En caso de incendio, además, estas
instalaciones deben garantizar la extracción de los humos generados con el fin de facilitar la
evacuación y las tareas de extinción.
En el diseño de la instalación, la elección y la correcta distribución de los sensores y actuadores
es fundamental para que el sistema sea eficaz y a la vez tenga una eficiencia energética elevada.
Las instalaciones (unidades de ventilación, conductos, rejas, etc.) se deben diseñar de modo que
todos sus elementos sean accesibles, teniendo en cuenta las operaciones de mantenimiento que
se hayan de realizar o las posibles reparaciones que puedan surgir.
El aire de extracción de un aparcamiento se considera de categoría AE4 (nivel de polución muy alto)
según el RITE: es un aire que contiene sustancias olorosas y contaminantes perjudiciales para la
salud en concentraciones mayores a las permitidas en el aire interior de una zona ocupada. El aire
de esta categoría no se puede utilizar como aire de recirculación o de transferencia en otros
espacios ocupados. Además, la expulsión hacia el exterior no puede ser común a la de aire de
categorías AE1 y AE2 con el fin de evitar la posibilidad de contaminación cruzada.
Además, se considera que las zonas de circulación de los vehículos también forman parte de los
aparcamientos.
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5. Ventilación en aparcamientos:
normativa y recomendaciones
En el caso de los aparcamientos, la normativa que se debe considerar a la hora de diseñar el
sistema de control de humo en caso de incendio es el CTE, concretamente el documento básico
SI 3, y la norma UNE 23585, titulada Seguridad contra incendios. Sistemas de control de
temperatura y evacuación de humos.
Con respecto a las exigencias de calidad del aire interior, el caudal y las condiciones del recinto
se calculan según lo que indican el CTE en el documento básico HS 3 y el REBT, en concreto la
instrucción ITC-BT-29. También se tendrá presente la norma UNE 100166, la cual, a pesar de no
ser de cumplimiento obligatorio, fija unos criterios adicionales que son útiles para el diseño
correcto de la instalación.
El tipo de ventilación del que deben disponer los aparcamientos puede ser natural o forzada. Por
lo tanto, no son válidos los medios de ventilación híbrida.
El caudal mínimo de aire exterior de ventilación (qv) está fijado en los documentos básicos HS 3
y SI 3 y coincide en ambos documentos, tanto para la ventilación por salubridad como para el
control de humo en caso de incendio. Para aparcamientos corresponde lo siguiente:
Uso
Aparcamiento
l/s por plaza
m3/h por plaza
120
432
Tabla 5.1. Caudal de ventilación mínimo exigido para aparcamientos.
A efectos de cálculo del caudal de ventilación mínimo exigido en aparcamientos, se puede
considerar la equivalencia de dos plazas de moto por cada plaza de coche teniendo en cuenta
criterios de superficie y de emisiones de ambos tipos de vehículos.
Por otro lado, en caso de tener en una sola plaza dos o más vehículos en alzada, el cálculo del
caudal de ventilación mínimo exigido debe tener en cuenta el número de vehículos.
5.1. Medios de ventilación natural
5.1.1. Ventilació per salubritat
Con el fin de garantizar la calidad del aire establecida en el RITE se deben disponer aberturas
mixtas como mínimo en dos zonas opuestas del cierre perimetral que sean fachada con el
objetivo de conseguir un barrido del aire de todos los puntos del local. La distancia libre de
obstáculos entre cualquier punto del local y la abertura más próxima debe ser, como máximo, de
25 m. Si la distancia entre dos aberturas opuestas es superior a 30 m se debe disponer de otra,
equidistante a ambas y con una tolerancia del 5%.
El área efectiva, en cm2, de estas aberturas mixtas en cada zona opuesta de la fachada y en la
zona equidistante debe ser, como mínimo, Amixto = 8 · qv (en la que qv es el caudal de ventilación
mínimo exigido en el local [l/s]).
En el caso de los aparcamientos (estadísticamente con una ratio mediana de 29 m2/plaza), equivale
a una relación, como mínimo, de 0,662 m2 de superficie efectiva de aberturas por cada 100 m2 de
superficie construida, es decir, un 6,62 ‰. En la práctica, esta superficie resulta insuficiente, por lo
cual muchas ordenanzas municipales (OOMM) elevan esta relación hasta el 5%.
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Para aparcamientos de menos de cinco plazas se pueden instalar en un mismo cierre aberturas
de admisión y de extracción. Las de admisión se deben colocar en la parte inferior del cierre y
han de estar separadas verticalmente como mínimo a 1,5 m de las aberturas de extracción. Las
aberturas de admisión y extracción se deben dimensionar según el apartado 5.3 de esta Guía.
5.1.2. Control de humo en caso de incendio
La ventilación natural para el control de humo en caso de incendio es posible en el caso de las
zonas de uso de aparcamiento que el CTE define como aparcamiento abierto, de acuerdo con
las condiciones siguientes:
a) Las fachadas deben presentar en cada planta:
• Una superficie total permanentemente abierta al exterior no inferior al 5% de la superficie
construida.
• Como mínimo, el área de estas aberturas equivalente a un 2,5% de la superficie construida
debe estar distribuida uniformemente entre las paredes opuestas frontalmente situadas a
menor distancia.
b) La distancia desde el borde superior de las aberturas hasta el techo debe ser de < 0,5 metros.
El cumplimiento de las condiciones de aparcamiento abierto garantiza a la vez una ventilación
por salubridad suficiente con medios de ventilación natural.
5.2. Medios de ventilación forzada
El sistema de ventilación debe ser de uso exclusivo del aparcamiento.
La ventilación debe realizarse por depresión, con un sistema de extracción mecánica o bien
combinando impulsión y extracción mecánica. Los aspiradores deben situarse en lugares
accesibles con el fin de limpiarlos y hacer el mantenimiento.
Cuando se proyecten extracciones de aire que puedan crear una depresión considerable
dentro del local hay que asegurar la aportación de aire necesaria y verificar que el aire no entra
por aberturas no deseadas. Esta aportación suficiente, además, debe garantizar el buen
funcionamiento de los aspiradores mecánicos.
Por otro lado, debido al espacio que ocupan los ventiladores de impulsión y extracción, así como
a sus conexiones, se recomienda, en el caso de que sea posible, que los ventiladores estén
alojados en una sala de máquinas prevista en el momento de la distribución inicial del espacio.
Además, se recomienda que todos los ventiladores estén dotados de soportes antivibradores.
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El CTE indica que hay que disponer redes de extracción con su correspondiente aspirador
mecánico en función del número de plazas de aparcamiento (P), a razón de:
Número de plazas
Número de redes
P < 15
1
15 < P < 80
2
80 < P
1 + parte entera de P/40
Tabla 5.2. Número mínimo de redes de conductos de extracción.
Para el cálculo del número de redes de extracción hay que considerar el número de plazas total
del aparcamiento. Sin embargo, con el objetivo de garantizar un funcionamiento correcto del
sistema de ventilación en el aparcamiento se recomienda instalar, como mínimo, una red de
extracción por planta.
En el caso de conductos de extracción que recojan aire de diferentes ventiladores, aguas
arriba de estos se deben instalar compuertas (F40090) de sobrepresión para evitar retornos.
En aparcamientos con un elevado número de plazas se hace inviable disponer del número de
redes de extracción que indica el criterio del CTE, tanto desde el punto de vista de la
instalación como del factor económico. Por ejemplo, en el caso de un aparcamiento de 1.000
plazas corresponderían un total de 26 redes de extracción.
El CTE regula las instalaciones con el fin de lograr niveles aceptables de ruido, de salubridad
y de ahorro energético, entre otros. Siguiendo este mismo objetivo se proponen los criterios
orientativos siguientes:
• Limitar el caudal de los ventiladores a 50.000 m3/h
• Instalar ventiladores de doble velocidad
En aparcamientos con un número de plazas elevado se ha de llegar a una solución de
compromiso a partir de estos criterios orientativos, de forma que se cumplan los objetivos
fijados en la ventilación por salubridad y para el control de humo en caso de incendio.
5.2.1. Ventilación por salubridad
El reparto de las aberturas de ventilación debe tener el objetivo de evitar la acumulación de los
gases contaminantes en cualquier punto del local y garantizar un barrido perfecto de todo el
recinto. Para conseguir esto las aberturas de ventilación se deben situar de la manera que se
indica a continuación o de cualquier otra forma que produzca el mismo efecto:
a) Una abertura de admisión y otra de extracción por cada 100 m2 de superficie útil de
aparcamiento.
b) La separación máxima entre aberturas de extracción más próximas debe ser de 10 m.
La distancia desde el borde superior de las aberturas de extracción hasta el techo debe ser
inferior o igual a 0,5 m.
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• Recomendaciones de la norma UNE 100166: se deben colocar rejas de extracción a razón de
cada 100 m2 y no tiene que haber más de 10 m entre rejas. La velocidad del aire en los
conductos interiores no puede ser superior a 10 m/s, y el nivel de presión sonora en el
aparcamiento no puede exceder los 55 dB(A).
• Para aparcamientos públicos con rotación de vehículos es recomendable instalar sistemas
que combinen impulsión y extracción mecánica. También es recomendable instalar sistemas
de ventilación forzada, tanto de impulsión como de extracción en aparcamientos privados a
partir de la tercera planta subterránea para asegurar la salubridad del aire.
• En caso de tener impulsión mecánica, el sistema se debe diseñar de tal forma que el aire
impulsado llegue a 2/3 de la distancia de separación entre la red de impulsión y la de
extracción más próxima. En aquel punto, la velocidad mediana del aire debe ser, como
mínimo, de 0,25 m/s.
• Con el fin de evitar al máximo el ruido y la entrada de polvo, las rejas exteriores se deben
dimensionar de forma que la velocidad de paso del aire sea como máximo de 2,5 m/s.
En aparcamientos de más de cinco plazas se debe colocar un sistema de detección de
monóxido de carbono (CO) que active automáticamente la extracción mecánica cuando se
llegue a una concentración de 50 ppm en aparcamientos con empleados y una concentración
de 100 ppm en otros casos.
Se recomienda que el margen de funcionamiento del sistema de ventilación por dilución del
CO sea entre 50 ppm y 35 ppm. En caso de instalar ventiladores de doble velocidad, cuando
se activen lo deben hacer a una velocidad baja mientras no se llegue a una concentración de
CO de 100 ppm o bien en caso de emergencia, casos en los que se deberá activar
automáticamente la velocidad alta.
En aparcamientos con plazas compartimentadas con ventilación conjunta se deben disponer
las aberturas de admisión en los compartimentos y las de extracción en las zonas de circulación
comunes. Cada compartimento debe tener, como mínimo, una abertura de admisión.
Los cierres de los aparcamientos con plazas compartimentadas deben tener, como mínimo, la
mitad superior calada en un 70%.
5.2.2. Control de humo en caso de incendio
Las instalaciones eléctricas que alimenten las instalaciones de protección contra incendios
deben estar protegidas en todo su recorrido de forma que no queden inutilizadas a causa de
un incendio en el interior del aparcamiento.
El lugar de control de las instalaciones de protección contra incendios debe estar situado cerca
de los accesos de vehículos, libre de obstáculos y claramente visible por los servicios de
intervención. En concreto, los interruptores de control del sistema de ventilación (pulsadores
parada/marcha, tanto del sistema de extracción como de impulsión) deben estar en zonas de
fácil localización por los servicios de emergencia.
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El CTE propone dos posibles soluciones para el control de humo en caso de incendio en zonas
de uso de aparcamiento con sistemas de ventilación forzada.
En primer lugar, propone una solución basada en la norma UNE-23585:2004, en la que el sistema
es capaz de regular y controlar la capa de humos y asegurar una altura que quede libre.
Dado que la altura media libre de los aparcamientos es de unos 2,20 m, no es útil la aplicación
de esta norma UNE puesto que no hay margen de control, y en caso de utilizarla aparecen
caudales de extracción muy elevados. Por lo tanto, se desestima el uso de esta norma para el
desarrollo de esta Guía.
En segundo lugar, se propone un sistema de ventilación con extracción mecánica que cumpla las
condiciones siguientes:
• Las aberturas de admisión deben garantizar el funcionamiento correcto del sistema de
extracción mecánica.
• El borde superior de las aberturas de extracción debe estar a una distancia del techo inferior o
igual a 0,5 m.
• Debe extraer un caudal de aire (qv) de 120 l/s·plaza y se debe activar automáticamente en caso
de incendio mediante un sistema de detección automática.
• Los ventiladores deben tener una clasificación F400 90.
• Los conductos de extracción dentro del mismo sector de incendio deben tener clasificación
E600 90. En caso de que traspasen elementos separadores de sectores de incendio, deben
tener clasificación EI 90.
Para un funcionamiento correcto de este tipo de instalaciones se debe definir la estrategia del
barrido del aire en el interior del aparcamiento y prestar atención, principalmente, a tres
aspectos:
1. Definir los puntos de entrada de aire fresco e intentar que estén próximos a las salidas
peatonales de escape.
2. Definir los puntos de extracción y procurar alejarlos lo máximo posible de los puntos de
entrada de aire fresco.
3. Prever el recorrido interior del fluido aire-humo de forma que viaje en la dirección proyectada
y sin retornos.
A nivel europeo y para aparcamientos de grandes dimensiones se están desarrollando nuevas
técnicas para definir el recorrido interior del aire en caso de incendio. Es el caso, por ejemplo,
de los ventiladores de impulsos, cuya instalación permite guiar el flujo del aire entre la entrada
y la salida y asegurar de este modo un buen barrido, tal y como prevén las normas europeas
siguientes: BS 7346-7, NBN S 21-208-2, y el proyecto de norma prEN-12101-11.
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•Si el aparcamiento dispone de un sistema de impulsión mecánica por salubridad, en caso de
incendio éste debe parar para evitar el enfriamiento y la dispersión de los humos.
• Los conductos de admisión natural deben ser independientes para cada planta.
• Los ventiladores de extracción deben vencer tanto las pérdidas de carga de los conductos de
extracción como las de los conductos o aberturas previstas para la admisión natural del aire.
En caso de que no haya entradas de aire natural, las puertas de acceso de vehículos del
aparcamiento deben ser caladas, como mínimo, en un 50% de su superficie.
• En estos momentos no se conoce ningún fabricante de conductos de chapa con homologación
E60090. Por lo tanto, se recomienda instalar conductos de chapa E40090 hasta que aparezcan
nuevas homologaciones.
• La distancia máxima entre cualquier punto del aparcamiento y la abertura de extracción más
próxima debe ser de 25 m.
• En caso de instalar un sistema de extracción mecánica únicamente para la extracción de
humos (que soluciona la exigencia de calidad del aire interior con ventilación natural), es
recomendable activar el sistema de aspiración mecánica de manera periódica con el fin de
mantener la instalación en buenas condiciones.
• En aparcamientos con plazas compartimentadas, los cierres deben permitir la visibilidad del
interior y facilitar la extinción en caso de incendio. Deben tener como mínimo la mitad superior
calada en un 70%.
Los aparcamientos robotizados deben disponer de un sistema de extracción mecánica de humo
capaz de realizar tres renovaciones/hora.
5.3. Dimensionado de las aberturas de ventilación en aparcamientos
El área efectiva mínima de las aberturas de admisión y extracción en contacto con el exterior se
debe calcular a partir de la tabla siguiente, donde qv es el caudal de ventilación mínimo exigido
del local [l/s]. Esto equivale a dimensionar estas aberturas de forma que el aire pase, como
máximo, a una velocidad de 2,5 m/s.
Área efectiva [cm2]
Velocidad aire [m/s]
Obertures d’admissió
4·qv
2,5
Obertures d’extracció
4·qv
2,5
Aberturas de ventilación
Tabla 5.3. Dimensionado de las aberturas de ventilación.
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5.4. Desclasificación de los aparcamientos
como locales con riesgo de explosión
El REBT, en concreto el apartado 4 de la instrucción técnica ITC-BT-29, establece que la
clasificación de emplazamientos con atmósferas potencialmente explosivas la debe efectuar un
técnico competente que debe justificar los criterios y procedimientos aplicados. El apartado 4.2
de esta instrucción técnica pone como ejemplo de emplazamiento peligroso los aparcamientos y
los clasifica de manera general como emplazamientos de clase I, excepto si el proyectista puede
justificar que no hay el riesgo correspondiente.
La instrucción técnica ITC-BT-29 remite a la norma UNE EN 60079-10 con el fin de establecer el
procedimiento para la clasificación de emplazamientos en los que los riesgos son causados por
la presencia de vapor o gas inflamable, clasificación que está condicionada por el grado de la
fuente de escape y la ventilación del local.
Con respecto al grado de la fuente de escape, hay que indicar que nos encontramos ante un
escape que se puede considerar infrecuente y de corta duración, puesto que procede de
ventilaciones (venteos), del deterioro de juntas y materiales de los depósitos o de las emisiones
de los tubos de escape de los vehículos. Por lo tanto, según la norma UNE EN 60079-10, se
puede clasificar como un escape de grado secundario.
Para la ventilación del local hay diferentes normas que fijan los criterios de cálculo y diseño de
los sistemas de ventilación en aparcamientos, tanto por evacuación de humos como por dilución
del CO a niveles aceptables para la salud de las personas. La ventilación, en todo caso, es
superior a la necesaria para diluir o dispersar los vapores inflamables hasta que su concentración
esté por debajo del límite inferior de explosión (LIE), lo cual implica que si se asegura la
ventilación y se tiene en cuenta el grado secundario de la fuente de escape se puede considerar,
a efectos de la norma UNE EN 60079-10, que la zona clasificada como peligrosa sea, en general,
menospreciable.
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6. Ventilación en trasteros y zonas de
trasteros: normativa y recomendaciones
Según el CTE, en los trasteros o las zonas de trasteros vinculados a aparcamientos se debe
diseñar un sistema de ventilación para satisfacer únicamente las exigencias de calidad del aire
interior. Aún así, en determinados casos el documento TINSCI DT-8 recomienda instalar un
sistema de ventilación para el control de humo en caso de incendio.
El caudal mínimo por salubridad y las condiciones del recinto se calculan según indica el CTE en
el documento básico HS 3
Uso
Zones de trasters
l/s por m2
m3/h por m2
0,7
2,52
Tabla 6.1. Caudal de ventilación mínimo para trasteros.
Las zonas de trasteros deben disponer de un sistema de ventilación que puede ser natural,
híbrido o mecánico. En la figura siguiente se pueden ver algunos ejemplos de tipos de ventilación:
a) Ventilación independiente y natural de trasteros y zonas comunes.
b) Ventilación independiente de trasteros y zonas comunes. Ventilación natural en trasteros e
híbrida o mecánica en zonas comunes.
c) Ventilación dependiente y natural de trasteros y zonas comunes.
d) Ventilación dependiente de trasteros y zonas comunes. Ventilación natural en trasteros e
híbrida o mecánica en zonas comunes.
e) Ventilación dependiente e híbrida o mecánica de trasteros y zonas comunes.
f) Ventilación dependiente y natural de trasteros y zonas comunes.
Abertura de admisión
Abertura mixta
Abertura de extracción
Aberturas de paso
Conducto de extracción
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Fig. 6.1. Ejemplos de tipos de ventilación en trasteros.
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6.1. Medios de ventilación natural por salubridad
• Se deben colocar aberturas mixtas en la zona común, como mínimo en dos zonas opuestas del
cierre, de forma que ningún punto de la zona esté a una distancia mayor a 15 m de la abertura
más próxima.
• Si los trasteros se ventilan por la zona común, la partición que comunica cada trastero con esta
zona debe tener, como mínimo, dos aberturas de paso separadas verticalmente por una
distancia mayor o igual a 1,5 m.
• Si se ventilan los trasteros independientemente, deben estar comunicados con el exterior a
través de aberturas de admisión y extracción separadas verticalmente por una distancia mayor
o igual a 1,5 m.
• Se deben dimensionar las aberturas de ventilación según el apartado 6.4 de esta Guía.
Según los criterios para la interpretación y aplicación del documento básico SI (publicado por
el Ministerio de Vivienda), las zonas de trasteros de superficie inferior o igual a 50 m 2 no
constituyen una zona de riesgo especial, por lo que no es necesario cumplir ninguna condición
de compartimentación, ni del conjunto de la zona ni de cada trastero considerado
individualmente.
Por otro lado, el documento TINSCI DT-8 (reconocido en el ámbito catalán) clasifica los
trasteros o zonas de trasteros de superficie hasta 50 m2 como zonas de riesgo especial
reducido y establece ciertos criterios de compartimentación descritos en el apartado 5.2.1 de
la Guía de protección contra incendios en aparcamientos, trasteros y vías de evacuación.
Con el objetivo de mantener unas condiciones mínimas de salubridad se recomienda que estos
trasteros, incluidos aquellos que estén adosados a la plaza de aparcamiento correspondiente,
tengan dos aberturas mixtas separadas verticalmente 1,5 m como mínimo. Estas aberturas
deben estar proveídas de rejas intumescentes de la misma resistencia al fuego que el elemento
separador al que están fijadas.
Aberturas mixtas
Escalera especialmente
protegida
Fig. 6.2. Ejemplos de tipos de ventilación en trasteros de hasta 50 m2.
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6.2. Medios de ventilación híbrida y mecánica por salubridad
• Cuando los trasteros se ventilen a través de la zona común, la extracción se debe situar en esta
zona y colocar aberturas de paso a las particiones entre la zona común y cada trastero.
• Las aberturas de admisión de los trasteros deben comunicar directamente con el exterior,
mientras que las de extracción deben estar conectadas a un conducto de extracción.
• Para la ventilación híbrida, las aberturas de admisión deben comunicar directamente con el exterior.
• Las aberturas de extracción se deben conectar a conductos de extracción.
• En las zonas comunes las aberturas de admisión y las de extracción se deben colocar de forma
que ningún punto del local esté situado a una distancia mayor de 15 m de la abertura más próxima.
• Las aberturas de paso de cada trastero se deben separar verticalmente 1,5 m como mínimo.
• Se deben dimensionar las aberturas de ventilación según el apartado 6.4 de esta Guía.
Debido a la complejidad de los sistemas de ventilación híbrida, para la ventilación de los trasteros
y zonas de trasteros se recomienda que se instalen sistemas de ventilación natural o mecánica.
6.3. Medios de ventilación mecánica para el control
de humo en caso de incendio
Para controlar el humo en caso de incendio, el documento TINSCI DT-8 no considera
suficientes los sistemas de ventilación que describe el documento CTE HS-3 en el caso de
trasteros o zonas de trasteros de superficie mayor de 100 m 2. Además de las especificaciones
indicadas en el DB HS-3 se deben garantizar las condiciones de seguridad en caso de incendio
siguientes:
Caudal de extracción mínimo: tres renovaciones/hora.
Hay que garantizar una aportación de aire. En caso de que haya una aportación mecánica de
aire, en caso de incendio se debe parar y únicamente debe funcionar la extracción.
Los ventiladores deben tener una clasificación F400 90.
Los conductos que transcurran por un único sector de incendio deben tener clasificación
E60090(1). En caso de que traspasen elementos separadores de sectores de incendio, deben
tener clasificación EI 90.
(1) En estos momentos no se conoce ningún fabricante de conductos de chapa con homologación E60090. Por lo tanto, se recomienda
instalar conductos de chapa E40090 hasta que aparezcan nuevas homologaciones.
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6.4. Dimensionado de las aberturas en trasteros
Aberturas de ventilación
El área efectiva mínima de las aberturas de ventilación se debe calcular a partir de la tabla
siguiente, en la que qv es el caudal de ventilación mínimo exigido para los trasteros [l/s].
Área efectiva
[cm2]
Velocidad aire
[m/s]
Aberturas de admisión
4·qv
2,5
Aberturas de extracción
4·qv
2,5
Aberturas de paso
70 cm2 o 8·qv
1,25
Aberturas mixtas(2)
8·qv
1,25
Tabla 6.2. Dimensionado de las aberturas de ventilación.
(2) El área efectiva total de las aberturas mixtas de cada zona opuesta del cierre debe ser, como mínimo, el área total exigida.
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7. Ventilación en vías de evacuación de
aparcamientos: normativa y recomendaciones
Según indica el CTE las vías de evacuación de un aparcamiento deben contar con un sistema de
ventilación de protección contra el humo en caso de incendio. Se definen soluciones con
sistemas de ventilación natural o mecánica.
7.1. Medios de ventilación natural para el control
de humo en caso de incendio
Con medios de ventilación natural podemos distinguir dos casos, según indica el CTE:
a) Mediante ventanas practicables o agujeros abiertos al exterior con una superficie mínima de
ventilación de 1 m2 en cada planta en caso de escaleras protegidas o bien una superficie mínima
de ventilación de 0,2·L m2 en caso de pasillos protegidos, donde L es la longitud de este pasillo.
En el caso de una escalera de evacuación no es necesario un exutorio a la parte superior.
b) Mediante dos conductos independientes de entrada y de salida del aire, dispuestos
exclusivamente para esta función y que cumplen las condiciones indicadas en el anexo SI-A
dentro del apartado Escalera protegida y pasillo protegido.
La elevada variabilidad en la configuración de los edificios provoca, en muchos casos, una
distribución compleja de la red de conductos, por lo que no se recomienda el caso b) como
una buena solución debido a su dudosa fiabilidad.
7.2. Medios de ventilación mecánica para el control
de humo en caso de incendio
Este sistema de ventilación mecánica se debe diseñar de acuerdo con la norma UNE-EN 121016, titulada Sistemas para el control de humo y calor. Especificaciones para los sistemas de
diferencial de presión. Equipos.
En esta norma se describen seis clasificaciones de sistemas diferentes, según los requisitos
técnicos y las condiciones de diseño. Con respecto a las vías de evacuación de aparcamientos,
se debe considerar un sistema de clase C; es decir, se basa en el supuesto de que todos los
ocupantes del edificio son evacuados simultáneamente al activarse la señal de alarma de incendio.
En caso de evacuación simultánea se considera que las escaleras estarán en el periodo nominal
de evacuación, y después quedarán libres de personas. Por lo tanto, la evacuación tendrá lugar
y se completará durante las primeras fases de desarrollo del incendio. En el periodo inicial se
puede aceptar cierta fuga de humo hacia la escalera, hasta que el flujo de aire aportado por el
sistema de presurización proceda a eliminar este humo.
Se supone que los ocupantes que están siendo evacuados se mantienen atentos y preparados
y conocen el entorno en el que se mueven, de modo que se minimice el tiempo que
permanecen en el edificio.
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Los requisitos para el dimensionado de un sistema de clase C son:
• La velocidad del flujo del aire a través de la puerta entre un espacio presurizado y el espacio
que contiene el fuego no puede ser inferior a 0,75 m/s. Se considera para el dimensionado de
la instalación que todas las puertas están cerradas, excepto la de la planta donde se ha
originado el incendio.
• La diferencia de presión a ambos lados de una puerta cerrada entre el espacio presurizado y el
área de alojamiento debe tener el valor indicado en la tabla 7.1 cuando se cumplen los
condicionantes indicados.
Posición de las puertas
Valor mínimo de presión
diferencial que hay que mantener
a) Las puertas entre el área de alojamiento y el
espacio presurizado están cerradas en todas las plantas
b) Todas las puertas entre la escalera presurizada
y la salida final están cerradas
50 Pa
c) Las aberturas de escape de aire al exterior desde
el área de alojamiento están abiertas
d) La puerta final de salida está cerrada
Tabla 7.1. Presiones diferenciales mínimas con puertas cerradas.
Para simplificar el diseño del sistema de presurización no se considera el caso en el que la
puerta final de salida está abierta mientras el resto permanecen cerradas. En resumen, para el
dimensionado se deben plantear dos casos:
• Considerando que únicamente permanece abierta la puerta (o puertas en serie) que separa
el espacio presurizado y el espacio que contiene el fuego, la velocidad del aire a través suyo
debe ser como mínimo de 0,75 m/s. (Figura 7.1).
• Considerando que todas las puertas permanecen cerradas, la diferencia de presión mínima
a ambos lados de la puerta que separa el espacio presurizado y el espacio que contiene el
fuego debe ser de 50 Pa (Figura 7.2).
1 Puerta abierta
2 Puerta cerrada
3 Aberturas de escape de aire
Fig. 7.1
Fig. 7.2
Pel funcionament correcte d’aquesta instal·lació es recomana l’ús de ventiladors amb variador
de freqüència o bé un sistema de comportes de sobrepressió amb contrapès.
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Los accesos a un local de uso de aparcamiento siempre se deben hacer a través de un vestíbulo
de independencia. Sólo se deben presurizar estos vestíbulos cuando den acceso a otros locales
o bien conecten con el pozo del ascensor.
En estos casos, la presurización en el caso de puertas cerradas se debe hacer según se indica
en la figura 7.3. En el caso de puertas abiertas, el sistema de ventilación se debe dimensionar de
forma que la velocidad del aire a la puerta que separa el vestíbulo de independencia del espacio
que contiene el fuego sea, como mínimo, de 0,75 m/s.
1 Escalera presurizada
2 Vestíbulo presurizado
3 Aparcamiento
4 Suministro de aire
5 Fugas de aire
6 Aberturas de escape de aire
Fig. 7.3. Presurización de la escalera y del vestíbulo de independencia.
Para garantizar el correcto funcionamiento de esta instalación en caso de emergencia, el sistema
estará dotado de doble dotación de ventiladores.
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8. Condiciones particulares de los elementos
Se considera que, en general, el apartado del CTE referente a las condiciones particulares de los
elementos (HS 3, ap. 3.2) no es de aplicación para los sistemas de ventilación de aparcamientos
y de zonas de trasteros. Sin embargo, se hará mención a algunos puntos que sí se deben tener
en cuenta a la hora de diseñar estos sistemas en aparcamientos, trasteros y vías de evacuación.
8.1. Aberturas y bocas de ventilación
• Las aberturas de admisión natural y las mixtas que comunican el local con el exterior deben
estar en contacto con un espacio exterior lo suficiente grande para que permita la inscripción
en planta de un círculo de diámetro:
a) Más grande o igual a un tercio de la altura del cierre más bajo que delimita este espacio.
b) No menor a 3 m.
Si la abertura está en un retranqueo, el ancho de éste (A) debe cumplir:
a) A > 3 m cuando la profundidad (P) del retranqueo esté entre 1,5 m < P < 3 m.
b) Si P > 3 m entonces A > P.
El diámetro del círculo inscrito debe ser > 3 m y > 1/3
de la altura del cierre más bajo
Con retranqueo:
• Si 1,5 m < P < 3 m
• Si P > 3 m
A>3m
A>P
Fig. 8.1. Esquema de aberturas en contacto con el exterior.
• Las aberturas de ventilación en contacto con el exterior deben evitar la entrada de agua y deben
disponer de malla antipájaros o similar.
• Las bocas de expulsión se deben separar un mínimo de 3 m de cualquier entrada de aire de
ventilación, del límite de la parcela y de cualquier punto donde pueda haber personas de
modo habitual.
Con respecto a este último punto, la distancia mínima de separación de 3 m es válida entre
una boca de expulsión y una entrada de aire natural. En caso de tener una admisión de aire
forzada, se recomienda que esta distancia sea la que indica la norma UNE-EN 13779 (véase la
figura 8.2), en la que se diferencian los casos en que la abertura de expulsión está por encima
o por debajo de la de admisión.
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Abertura de expulsión por encima de la de admisión
1
Distancia vertical entre aberturas (h)
2
Distancia horizontal mínima entre
aberturas
x
Caudal de aire en abertura de
descarga en m3/s
1
Distancia vertical entre aberturas (h)
2
Distancia horizontal mínima entre
Distancia horizontal mínima (m)
Abertura de expulsión por debajo de la de admisión
Distancia horizontal mínima (m)
aberturas
x
Caudal de aire en abertura de
descarga en m3/s
Fig. 8.2. Distancia mínima entre aberturas con admisión forzada.
8.2. Conductos de admisión y extracción
• La sección equivalente de un tramo entre dos puntos (de salida o de entrada de aire)
consecutivos del conducto debe ser uniforme.
• Los conductos que atraviesan elementos separadores de sectores de incendio deben cumplir
las condiciones de resistencia al fuego del apartado 5.2.1.1 de la Guía de protección contra
incendios en aparcamientos.
• Los conductos deben ser estancos al aire.
• Para el dimensionado de los conductos se recomienda utilizar el método de recuperación de
presión estática o pérdida de carga constante. En todas las bocas de expulsión o extracción se
debe equilibrar el caudal de aire.
• En condiciones normales, la velocidad en los conductos no puede superar los 10 m/s. Sin
embargo se recomienda, con el fin de evitar al máximo el ruido, que la velocidad del aire en los
conductos que atraviesan viviendas no supere los 8 m/s.
Se considera que el apartado del CTE en lo referente al dimensionado de conductos de
extracción por ventilación mecánica (HS 3, ap. 4.2.2) no es de aplicación para los sistemas
de ventilación de aparcamientos y de zonas de trasteros.
• Los conductos de extracción de humos no pueden disponer de compuertas cortafuego, ni de ningún
elemento que obture la sección de paso en caso de incendio, por lo que en estos casos los
conductos deben tener, como mínimo, la misma resistencia al fuego que el elemento que atraviesan.
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9. Normativa
A continuación se citan las principales normativas y normas que afectan a las instalaciones de
ventilación en aparcamientos.
• REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas (IT). (BOE 207 de 29
de agosto de 2007).
• REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código técnico de la
edificación. DB-SI/Seguridad en caso de incendio y DB-HS/Salubridad (BOE núm. 74 de 28 de
marzo) y sus modificaciones.
• REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico
para baja tensión (BOE núm. 224 de 18 de septiembre) y sus correspondientes instrucciones
técnicas complementarias.
• UNE 100166: Climatización. Ventilación en aparcamientos.
• UNE 23585: Seguridad contra incendios. Sistemas de control de temperatura y evacuación de humos.
• UNE-EN 13779: Ventilación de edificios no residenciales. Requisitos de prestaciones de los
sistemas de ventilación y acondicionamiento de recintos.
• UNE 12101-3: Sistemas para el control de humo y calor. Especificaciones para aireadores
extractores de humo y calor mecánicos.
• UNE 12101-6: Sistemas para el control de humo y calor. Especificaciones para los sistemas de
diferencial de presión.
Otros documentos que se han consultado:
• Documento TINSCI DT-8: Trasteros en aparcamientos.
• Resolución de 27 de abril de 2006, del director de Energía y Minas, por la que se dictan instrucciones
para la aplicación de la instrucción técnica ITC-BT-29 del REBT, en todo aquello que afecta a la
seguridad eléctrica y a la ventilación en aparcamientos (BOPV 105 del 5 de junio de 2006).
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10. Guía del contenido del proyecto
10.1. Memoria
1. Objeto
2. Ámbito de aplicación
3. Antecedentes
4. Normativa aplicable
5. Descripción arquitectónica del local
6. Cálculo de la ventilación
7. Descripción detallada de la instalación, incluyendo, como mínimo, la información siguiente:
- Máquinas instaladas y sus características (tipos, potencia, certificación de los equipos, curva
característica y punto de trabajo, ruido de los aparatos, etc.).
- Tipos de conductos y elementos, materiales utilizados.
- Paso de las instalaciones a través de sectores de incendio.
- Otras normativas (aparte de las de ventilación) que debe cumplir la instalación y justificar
su cumplimiento.
10.2. Cálculos
1. Caudales de aire de ventilación
2. Red de conductos
10.3. Planos
1. Situación
2. Emplazamiento
3. Plantas en las que figure la situación de las redes de conductos, sus dimensiones y la situación
de las unidades terminales.
4. Esquemas y planos que se consideren oportunos
- Detalles diversos: sistemas de evacuación de humos, secciones de cruces y niveles de instalaciones,
conexiones a las unidades terminales, puntos singulares, compuertas cortafuegos, etc.
- Otros, según el criterio del proyectista
10.4. Otros documentos
1. Estudio o estudio básico de seguridad y salud
2. Estudio del impacto acústico y del impacto en el medio ambiente y vecindad de la instalación.
3. Pliego de condiciones técnicas
4. Presupuesto
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11. Ejemplo
Un aparcamiento privado con dos plantas sótano debajo con un uso diferente. El uso principal
del edificio es residencial. Hay dos zonas bien diferenciadas: por una parte hay un edificio de
viviendas y, por la otra, un conjunto de casas en hilera. Ambas zonas comparten el acceso a la
zona de uso de aparcamiento.
En el primer sótano hay:
• 15 plazas de coche, 6 de las cuales son compartimentadas respecto del resto del
aparcamiento, y cada una pertenece a uno de las viviendas unifamiliares.
• 3 plazas de moto, una de las cuales doble.
• Una zona de trasteros de 53,58 m2, identificados con la letra A.
• Un trastero de 133,23 m2 identificado con la letra B.
• Un conjunto de trasteros identificados con la letra C (con superficie individual inferior a los 50
m2), adosados a cada plaza de aparcamiento. La superficie total de estos es de 65,75 m 2.
En el segundo sótano hay:
• 17 plazas de coche.
• 10 plazas de moto, una de las cuales doble.
• Una zona de trasteros de 77,18 m2, identificados con la letra D.
• Un trastero de 27,64 m2 identificado con la letra E.
• Un conjunto de trasteros identificados con la letra F (con superficie individual inferior a los 50
m2) adosados a cada plaza de aparcamiento. La superficie total de estos es d 33,39 m2.
• Un conjunto de trasteros identificados con la letra G (con superficie individual inferior a los 50
m2) adosados a cada plaza de aparcamiento. La superficie total de estos es de 46,36 m2.
Cuadro de superficies:
Sótano -1
Zonas
Superficie (m2)
Aparcamiento
748,22
Zona de trasteros A
53,58
Trastero B
133,23
Conjunto de trasteros adosados C
65,75
Total 1 sótano
1000,78
Aparcamiento
614,85
Zona de trasteros D
77,18
Trastero E
27,64
Conjunto de trasteros adosados F
33,39
Conjunto de trasteros adosados G
46,36
Total 2º sótano
799,42
er
Sótano -2
35ngs
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Ventilación del aparcamiento:
El caudal de ventilación mínimo para dimensionar la instalación de ventilación, tanto por
salubridad como por evacuación de humos, se calcula de acuerdo con la fórmula
qv = núm. plazas · 120 l/s
Como se trata de un aparcamiento bajo rasante, se instalarán sistemas de ventilación mecánica
por extracción y por impulsión.
Usando la relación 2 motos = 1 coche, se dimensionan los sistemas de ventilación para cada planta:
Núm. plazas
qv [l/s]
qv [m3/h]
Sótano -1
17
2.040
7.344
Sótano -2
23
2.760
9.936
Número de redes de extracción por todo el aparcamiento (15 < P < 80) ð 2 redes de extracción.
Se colocará una red de extracción para cada planta.
Para el dimensionado de los conductos se utilizará el método de pérdida de carga constante. En
este caso se opta por el uso de conductos rectangulares de chapa galvanizada (3). Para el
dimensionado, la velocidad máxima del aire en los conductos será de 10 m/s.
La separación entre dos aberturas de extracción más próximas será como máximo de 10 m. Cada
punto del aparcamiento se encontrará en una distancia superior a 25 m de la abertura de extracción
más próxima.
El borde superior de las aberturas de extracción estará a una distancia del techo inferior o igual a
0,5 m.
Se instalarán ventiladores de doble velocidad. Para la selección del ventilador se tendrá presente el
caudal a extraer o impulsar y las pérdidas de carga de los elementos y materiales instalados.
La disposición de las redes de conductos de extracción e impulsión queda representada de forma
esquemática en el plano de cada planta y garantiza el barrido correcto del aire de todos los puntos
del local, teniendo en cuenta que dentro de cada plaza compartimentada debe haber una abertura
de admisión. Los conductos de extracción deberán tener clasificación E40090, mientras no
aparezcan nuevas homologaciones.
Los ventiladores de extracción deberán tener la clasificación F40090. Esto no es necesario en el caso
de los ventiladores de impulsión. El sistema de impulsión mecánica se parará automáticamente en
caso de incendio.
(3) Los materiales y dispositivos a los que se hace referencia no son la única solución posible, sino que hay otras configuraciones igualmente válidas.
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Ventilación de trasteros:
qv = m2 · 0,7 l/s
La ventilación de las zonas de trasteros A y D, así como la del trastero B, serán con impulsión y
extracción mecánica. En el plano se ha grafiado de modo esquemático la distribución de conductos.
S-1
S-2
Zonas
Superficie (m2)
qv [l/s]
qv [m3/h]
Zona de trasteros A
53,58
37,51
135,02
Trastero B
133,23
93,26
335,74
Zona de trasteros D
77,18
54,03
194,49
La ventilación del resto de trasteros (conjunto de trasteros C, F y G y trastero E) se hará de modo
natural, con aberturas mixtas incorporadas a sus cierres. Se colocarán dos aberturas en cada
cierre separadas verticalmente, como mínimo, 1,5 m. Las aberturas en cierres que sean
compartimentadores de incendio tendrán elementos que mantengan este grado de
compartimentación.
Para el trastero B, de superficie superior a 100 m2, el sistema seleccionado será capaz de realizar
un total de 3 ren/h para extracción de humos, de acuerdo con el documento TINSCI DT-8. Por
eso, el ventilador de extracción seleccionado deberá tener clasificación F40090.
Ventilación de la escalera de evacuación:
Se instalará un sistema de sobrepresión mecánica de acuerdo con la norma UNE 12101-6. Dado
que el vestíbulo de independencia conecta con el pozo del ascensor, el sistema de ventilación
deberá presurizar tanto la escalera como el vestíbulo de independencia. Para el dimensionado de
la instalación de ventilación en la escalera de evacuación se deben considerar dos hipótesis:
a) Todas las puertas cerradas.
En este caso, para mantener la diferencia de presión entre la escalera y el aparcamiento de 50
Pa se debe calcular el caudal de las fugas de todas las aberturas de la escalera, según la fórmula:
Q = 0,83 · A · ∆p1/2,
en que A es el área de fugas entre el espacio presurizado y otro local contiguo (en el caso de una
puerta simple, A = 0,01) y Dp la diferencia de presión entre ambos. Aplicando este procedimiento
se obtiene que el caudal de fugas total de la escalera es Q = 0,095 m3/s. Según la norma, se debe
aplicar un factor de seguridad (1,5), con lo que se obtiene que el caudal que hay que aportar a la
escalera en situación de puertas cerradas es de:
QDC = 0,095 · 1,5 = 0,14 m3/s = 513 m3/h
37ngs
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El vestíbulo de independencia se deberá presurizar a 45 Pa respecto del aparcamiento. Para el
cálculo del caudal se debe tener en cuenta que no se presuriza el pozo del ascensor y que hay
una abertura entre el pozo del ascensor y el exterior de superficie 0,1 m 2. Entonces, siguiendo el
mismo procedimiento que en el caso de la escalera, se obtiene que el caudal necesario para
mantener presurizado cada vestíbulo de independencia es:
QDC = 0,25 · 1,5 = 0,375 m3/s = 1.350 m3/h
b) Las puertas que conectan la escalera de evacuación con el aparcamiento están abiertas en
una planta.
En este caso el sistema garantizará que la velocidad del aire a la puerta que separa el vestíbulo
de independencia del aparcamiento sea, como mínimo, de 0,75 m/s. La superficie libre de una
puerta abierta se puede considerar que es de 1,6 m2. Por lo tanto, el caudal necesario de
aportación es:
Q = 0,75 · 1,6 = 1,2 m3/s
Segons la norma, en aquest cas s’ha d’aplicar un factor de seguretat (1,15) al cabal necessari per
mantenir aquesta velocitat, per tant:
Q = 1,2 · 1,15 = 1,38 m3/s = 4.968 m3/h
Este caudal se impulsará a la escalera en el caso de puertas abiertas y se sumará al que continuamente
se impulsa en el vestíbulo de independencia, y se garantizará la velocidad mínima de 0,75 m/s.
Este sistema funcionará con una sonda de presión diferencial entre la escalera presurizada y el
aparcamiento y un variador de frecuencia que gobernará la velocidad del ventilador, teniendo en
cuenta el nivel de presión que hay que mantener y que debe vencer las pérdidas de presión de la toma
de aire exterior, del conducto de distribución y de las rejas de aportación al espacio presurizado.
También se colocará un variador de frecuencia en el sistema de ventilación del vestíbulo de
independencia para que cuando se ponga en marcha se regule de forma que venza las pérdidas
de carga de los elementos de la instalación.
En resumen, se instalarán dos ventiladores de impulsión, uno que aportará el caudal necesario a
los dos vestíbulos de independencia (Q = 1.350 * 2 = 2.700 m3/h) y otro conectado al recinto de
la escalera y que varíe su velocidad por pasar de un caudal de impulsión Q = 513 m3/h (situación
puertas cerradas) a un caudal Q = 4.968 m3/h (situación de puertas abiertas).
Según indica la norma UNE 12101-6, esta instalación estará dotada de ventiladores de reserva
para garantizar su funcionamiento.
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PLAZAS COMPARTIMENTADAS
Puertas: mitad superior calada al 70%
CONJUNTO DE TRASTEROS C
REJA NO INTUMESCENTE PARA VENTILACIÓN NATURAL
REJA INTUMESCENTE PARA VENTILACIÓN NATURAL
Recubrimiento EI 120
PENDIENTE 3%
ZONA DE TRASTEROS A
Control PARADA/MARCHA sistemas
impulsión y extracción mecánica
TRASTERO B
Recubrimiento EI 90
PENDIENTE 18%
%
18
Puerta calada al 50% para
garantizar la admisión natural
de aire en caso de incendio
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COMPUERTA CORTAFUEGO EI XX
15 plazas coche
4 plazas moto
TE
EN
I
D
N
PE
APARCAMIENTO PRIVADO
SÓTANO -1
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CONDUCTO CON RECUBRIMIENTO EI
RED DE IMPULSIÓN
RED DE EXTRACCIÓN
ENTRADA NATURAL DE AIRE
BOCA DE IMPULSIÓN
BOCA DE EXTRACCIÓN
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39ngs
40ngs
REJA NO INTUMESCENTE PARA VENTILACIÓN NATURAL
REJA INTUMESCENTE PARA VENTILACIÓN NATURAL
CONJUNTO DE TRASTEROS F
CONJUNTO DE TRASTEROS G
Recubrimiento EI 90
ZONA DE TRASTEROS D
PENDIENTE 18%
TRASTERO E
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COMPUERTA CORTAFUEGO EI XX
17 plazas coche
11 plazas moto
APARCAMIENTO PRIVADO
SÓTANO -2
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CONDUCTO CON RECUBRIMIENTO EI
RED DE IMPULSIÓN
RED DE EXTRACCIÓN
ENTRADA NATURAL DE AIRE
BOCA DE IMPULSIÓN
BOCA DE EXTRACCIÓN
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Bibliografía
Publicaciones consultadas
DEPARTAMENTO TÉCNICO DE SOLER Y PALAU, S.A., Ventilación de Garajes y Aparcamientos.
Material de suport lliurat en les conferències realitzades per tècnics de Soler y Palau S.A., 2007.
DEPARTAMENTO TÉCNICO DE SOLER Y PALAU, S.A., Manual de ventilación, Ripoll: SOLER Y
PALAU, S.A., Edición marzo de 2002.
Sitios web consultados
DEPARTAMENTO TÉCNICO DE SOLER Y PALAU, S.A., Hojas técnicas: La ventilación,
Ventilación ambiental I, II, III y IV y Ventilación de aparcamientos I y II.
[http://www.solerpalau.es/formacion_01_01.html, 15 de febrer de 2007]
Programas utilizados
DEPARTAMENT TÈCNIC DE SODECA, Software ventilación. Actualización según C.T.E. Edición 2008.
DEPARTAMENTO TÉCNICO DE SOLER Y PALAU, S.A, Easyvent. Programa de selección de
producto. SOLER Y PALAU, SA.
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Fitxa resum ventilació en aparcaments
qv = 120 l/s·plaza = 432 m3/h·plaza
qv es el caudal mínimo de ventilación exigido
Equivalencia 2 motos = 1 coche
Aparcamientos CTE HS 3 y SI 3
Medios de ventilación natural
· Aberturas mixtas, como mínimo, en dos zonas opuestas del cierre perimetral que sean fachada.
· El área total de aberturas en cada zona opuesta debe ser, como mínimo, Amixt = 8 · q v [cm2].
· Esta superficie equivale, como mínimo, a un 6,62‰ de la sup. construida. Muchas OOMM elevan esta
Salubridad:
relación al 5%.
· Distancia máxima entre cualquier punto del local y la abertura más próxima de 25 m.
· Si la distancia entre dos aberturas es superior a 30 m, se debe disponer otra entre ambas.
· Aparcamientos de menos de 5 plazas: aberturas de admisión y de extracción en un mismo cierre.
· Aparcamiento abierto: superficie de aberturas en contacto con el exterior superior al 5% de la
Control de humos:
superficie construida.
· Distancia máxima entre el borde superior de las aberturas y el techo de 0,5 m.
Mitjans de ventilació forçada
La ventilació ha de realitzar-se per depressió.
Càlcul número de xarxes d'extracció a partir del número total de places d'aparcament (P)
(P)
P < 15
15 < P < 80
P > 80
Núm. Redes
1
2
1+ parte entera P/40
Para un correcto funcionamiento, se debe instalar, como mínimo, una red de extracción por planta.
Para aparcamientos con un elevado número de plazas se proponen los siguientes criterios orientativos:
· Limitar el caudal de los ventiladores a 50.000 m3/h.
· Instalar ventiladores de doble velocidad.
· El objetivo es evitar la acumulación de gases contaminantes en cualquier punto del aparcamiento.
· Se deben colocar rejas de extracción a razón de cada 100 m2.
Salubritat:
· Distancia máxima entre el borde superior de las aberturas y el techo de 0,5 m.
· Distancia máx. entre dos aberturas de extracción = 10 m.
· En aparcamientos de más de 5 plazas: sistema de detección CO que active automáticamente
sistemas de ventilación (50 ppm –con empleados– y 100 ppm –el resto de casos–).
· Sistema de extracción mecánica (si existe impulsión mecánica se debe parar automáticamente).
· Dimensionado abierto de admisión tal que garantice el correcto funcionamiento de la extracción mecánica.
· Activación automática con sistema de detección de incendio.
Control de fums:
· Ventiladores de extracción: clasificación F40090.
· Conductos de extracción: clasificación E60090. Si traspasan un sector de incendios, clasificación
EI90.
· En plazas compartimentadas: cierre con mitad superior calado al 70%.
· Aparcamientos robotizados: extracción mecánica 3 ren/h.
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Guía de protección
contra incendios
en aparcamientos
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Índice
1 INTRODUCCIÓN
49
2 GLOSARIO
51
3 NORMATIVA APLICABLE
53
4 CONDICIONES DE ACCESIBILIDAD Y ENTORNO
55
5 CONDICIONES QUE LIMITAN LA EXTENSIÓN DEL INCENDIO
57
5.1 Estructura
57
5.2 Compartimentación
58
5.2.1 Propagación interior
58
5.2.2 Propagación exterior
60
5.3 Materiales
6 CONDICIONES DE EVACUACIÓN
62
63
6.1 Ocupación
63
6.2 Evacuación
63
6.2.1 Puertas
64
6.2.2 Escaleras
65
6.2.3 Rampas
66
6.2.4 Señalización de los medios de evacuación
66
7 INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS
67
7.1 Extintores
67
7.2 Bocas de incendio equipadas (BIE)
67
7.3 Columna seca
68
7.4 Detección y alarma
69
7.5 Extinción automática
69
7.6 Extracción de humos
70
7.7 Alumbrado de emergencia
70
7.8 Mantenimiento de las instalaciones
74
7.9 Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios
74
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8 CONTENIDO DEL PROYECTO
75
9 EJEMPLO
76
BIBLIOGRAFÍA
83
Publicaciones consultadas
83
Sitios web consultados
83
ANNEXOS
85
Anexo A: fichas de aplicación CTE de la DGPEIS: uso aparcamiento
85
Anexo B: documentos TINSCI relacionados con la PCI en aparcamientos
97
48ngs
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1. Introducción
Los proyectos de protección contra incendios deben contemplar dos conceptos generales que
hay que diferenciar:
• Protección contra incendios.
• Seguridad en caso de incendio.
El primer concepto hace referencia a los sistemas físicos o de diseño que pueden evitar el inicio
de un incendio, como pueden ser los detectores térmicos, los sistemas de ventilación, la
eliminación de puntos de ignición en reconocidas zonas de peligro de incendio, etc.
Por otra parte, cuando se habla de seguridad en caso de incendio se deben estudiar cuatro
puntos clave que constituirán mayoritariamente los contenidos del proyecto:
• Accesibilidad de los bomberos.
• Límites que puede lograr el incendio.
• Evacuación de los ocupantes.
• Medios de lucha contra el incendio.
Así pues, este segundo concepto se plantea una vez declarado el incendio, y lo que se pretende
es minimizar sus daños.
En el momento de elaborar un proyecto de protección contra incendios es muy importante definir
la actividad que se pretende desarrollar, en nuestro caso un aparcamiento, así como las
características constructivas del edificio o construcción y sus vías de evacuación.
El ámbito de aplicación de esta Guía es:
• Todo aquel edificio, establecimiento o zona independiente o accesoria de otro uso principal
destinada al estacionamiento de vehículos y con superficie construida superior a 100 m 2,
incluyendo las dedicadas a revisiones de vehículo, como por ejemplo lavado, puesta a punto,
montaje de accesorios, comprobación de neumáticos y faros, etc., que no necesiten la
manipulación de productos o herramientas de trabajo que puedan presentar riesgo adicional,
como por ejemplo la reparación de vehículos.
• Los aparcamientos de hasta 100 m2 de superficie construida, considerados según el CTE como
locales de riesgo especial bajo.
• Los trasteros o zonas de trasteros vinculados a aparcamientos.
• Las vías de evacuación de los anteriores.
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Quedan fuera del ámbito de aplicación de esta Guía:
• Los aparcamientos en espacios exteriores del entorno de los edificios, aunque sea en plazas
cubiertas.
• Los talleres de reparación de vehículos.
• Los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de transporte de personas y
transporte de mercancías; es decir, las zonas de un edificio o zonas exteriores en las que los
vehículos están almacenados como cualquier otra mercancía, o pertenecen a la flota de alguna
actividad comercial o industrial (por ejemplo, los estacionamientos de vehículos de una
empresa de alquiler –rent a car–, los camiones de distribución de cualquier industria, el
estacionamiento de vehículos acabados de una factoría de automóviles, etc.).
Hay que agradecer las horas de dedicación tanto a los técnicos que han participado en la revisión
de esta Guía como a las entidades que los han cedido.
Han participado:
Jesús Martínez Viejo (Bomberos de Barcelona)
Miquel Rejat Rodríguez (Bomberos de la Generalitat de Catalunya)
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2. Glosario
Altura de evacuación: diferencia máxima de cotas entre un origen de evacuación y la salida de
edificio que le corresponda. A efectos de determinar la altura de evacuación no se consideran las
plantas en las que únicamente haya zonas de ocupación nula.
Aparcamiento robotizado: aparcamiento en el que el movimiento de los vehículos, desde el
acceso hasta las plazas de aparcamiento, únicamente se realiza mediante sistemas mecánicos y
sin la presencia ni intervención directa de personas, a excepción de la actuación ocasional del
personal de mantenimiento.
Fachada accesible: aquella que puede ser usada por los servicios de socorro en su intervención,
a partir de los espacios de maniobra. Esta intervención debe ser factible en todos los niveles del
edificio, ya sean ocupados temporal o permanentemente. Al menos una fachada accesible debe
disponer de un acceso principal al edificio.
Espacio de maniobra: toda aquella superficie exterior, comunicada con la fachada accesible,
que permite el emplazamiento y despliegue de los medios de socorro necesarios para la
intervención de los bomberos.
Origen de evacuación: cualquier punto ocupable de un edificio (excepto los del interior de las
viviendas y los de cualquier recinto o conjunto de recintos comunicados entre sí con densidad de
ocupación no superior a 1 persona / 10 m2 y superficie total no superior a 50 m2). También se
considera origen de evacuación cualquier punto ocupable de todos los locales de riesgo especial
y de zonas de ocupación nula con una superficie superior a 50 m2.
Recorrido de evacuación: recorrido que conduce desde un origen de evacuación hasta una salida de
planta (de esta misma planta o de otra) o hasta una salida de edificio. La longitud de los recorridos de
evacuación por pasillos, rampas y escaleras se mide sobre el eje. En uso de aparcamiento, los
recorridos de evacuación deben discurrir por las calles de circulación de vehículos o bien por itinerarios
peatonales protegidos ante la invasión de vehículos según se establece en el apartado 3 del DB-SU 7.
Recorridos de evacuación alternativos: se considera que dos recorridos de evacuación que
conducen desde un origen de evacuación hasta dos salidas de planta o de edificio son
alternativos cuando en este origen forman entre sí un ángulo mayor a 45º o bien están
separados por elementos constructivos que impidan que ambos recorridos puedan quedar
simultáneamente bloqueados por el humo.
Sector de incendio: espacio de un edificio separado de otras zonas por elementos constructivos
separadores resistentes al fuego durante un periodo de tiempo determinado, en cuyo interior se
puede confinar (o excluir) el incendio para que no se pueda propagar hacia (o desde) otra parte
del edificio. Los locales de riesgo especial no se consideran sectores de incendio.
Salida de planta: se entiende por salida de planta alguno de los elementos siguientes, los cuales
pueden estar situados tanto en la misma planta como en otra planta diferente:
a) El arranque de una escalera no protegida que:
- Conduzca a una planta de salida del edificio.
- No tenga un ojo o agujero central con un área en planta más grande que 1,30 m 2.
- En el sector que contiene la escalera, la planta no esté comunicada con otras plantas por
huecos diferentes de los de las escaleras.
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b) Una puerta de acceso a una escalera compartimentada como los sectores de incendio, una
escalera protegida, un pasillo protegido o un vestíbulo de independencia de una escalera
especialmente protegida que:
- Tenga capacidad suficiente.
- Conduzca a una salida del edificio.
c) Una puerta de paso, a través de un vestíbulo de independencia, a un sector de incendio
diferente o alternativo que exista en la misma planta, siempre que:
- El sector inicial tenga otra salida de planta que no conduzca al mismo sector alternativo.
- El sector alternativo tenga una superficie en zonas de circulación suficiente para albergar a los
ocupantes del sector inicial, a razón de 0,5 m2/personas, considerando únicamente los puntos
situados a menos de 30 m de recorrido desde el acceso al sector.
- La evacuación del sector alternativo no confluya con la del sector inicial en ningún otro sector
del edificio, excepto cuando lo haga en un sector de riesgo mínimo.
d) Una salida de edificio: puerta o abertura de salida a un espacio exterior seguro.
Uso aparcamiento: edificio, establecimiento o zona independiente o accesoria de otro uso
principal, destinada al estacionamiento de vehículos y con superficie construida superior a 100
m2, incluyendo las dedicadas a revisiones como lavado, puesta a punto, montaje de
accesorios, comprobación de neumáticos y faros, etc., que no necesiten la manipulación de
productos o herramientas de trabajo que puedan presentar riesgo adicional, como por ejemplo
la reparación de vehículos.
Vía de intervención: es aquel recorrido o vial que conecta un espacio de maniobra con la red
viaria municipal.
Zona de ocupación nula: zona en que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos
de mantenimiento, como por ejemplo salas de máquinas, locales para material de limpieza,
algunos almacenes y archivos, trasteros, etc.
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3. Normativa aplicable
La normativa relacionada con la seguridad y la protección frente a un incendio ha sufrido algunos
cambios en los últimos veinticinco años. El más reciente ha sido la aparición del Código técnico
de la edificación (en lo sucesivo CTE).
Mediante el Real decreto 279/1991, del 1 de marzo, se aprobó la norma básica de la edificación
NBE-CPI/91: Condiciones de protección contra incendios en los edificios con el objetivo de
establecer las condiciones que deben reunir los edificios para la protección y la seguridad de las
personas ante los riesgos originados por los incendios. Esta norma básica prevé las condiciones
que deben cumplir todos los edificios; sus anexos incluyen las condiciones para edificios y
establecimientos destinados al uso de vivienda, hospitalario, administrativo docente, residencial
y de aparcamiento.
La NBE-CPI/91 tiene unos vacíos reglamentarios respecto a la versión antigua (NBE-CPI/81) en
lo que se refiere a los temas de accesibilidad para bomberos, de seguridad de los vecinos y de
hidrantes de incendio, que el Gobierno de la Generalitat resolvió con el Decreto 241/1994, de 26
de julio, sobre condicionantes urbanísticos y de protección contra incendios en los edificios,
complementarios de la NBE-CPI/91. Es de aplicación tanto en los edificios regulados por la NBECPI como en el resto de establecimientos públicos e industriales. Posteriormente se publican
unas correcciones referidas a estos condicionantes en el DOGC de 30/9/94. Cabe decir que el
Decreto 241/1994 està pendiente de revisión con el fin de adaptarse a las nuevas normativas
(CTE y Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, en lo
sucesivo RSCIEI).
Con el objetivo de introducir las modificaciones advertidas con la experiencia, el Real decreto
2177/1996, del 4 de octubre, aprueba la norma básica de la edificación NBE-CPI/96: Condiciones
de protección contra incendios en los edificios, que al mismo tiempo deroga el RD 279/1991 de
la NBE-CPI/91.
El Real decreto 1942/1993, del 5 de noviembre, aprueba el Reglamento de instalaciones de
protección contra incendios (RIPCI), mediante el cual se regulan todas las instalaciones de este
tipo independientemente del tipo de edificio o establecimiento del que se trate.
Recientemente ha aparecido el Código técnico de la edificación, mediante el Real decreto
314/2006, de 17 de marzo. Es obligatorio aplicarlo desde el 29 de septiembre de 2006. Esta
norma, que sustituye la NBE-CPI/96, está en sintonía con la normativa europea, adopta un marco
normativo basado en prestaciones y se adapta a los adelantos técnicos en materia de protección
contra incendios.
Para aparcamientos y trasteros vinculados a aparcamientos, las disposiciones básicas
normativas que regulan todas las cuestiones de seguridad contra incendios son las siguientes:
• Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, que aprueba el Código técnico de la edificación (BOE
núm. 74, de 28 marzo de 2006) y sus modificaciones.
• Decreto 241/1994 de la Generalitat de Catalunya, de 26 de julio, sobre condicionantes
urbanísticos y de protección contra incendios en los edificios, complementario de la NBECPI/91. (Pendiente de revisión.)
• Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RD 1942/1993, de 5 de
noviembre, y modificaciones posteriores).
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• Real decreto 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos
de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción
y de resistencia al fuego. (BOE núm. 79 de 02/04/2005.)
• Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la Administración ambiental y sus
modificaciones.
• Real decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma básica de
autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que
puedan dar origen a situaciones de emergencia.
• Ordenanzas municipales (OOMM) en materia de prevención contra incendios.
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4. Condiciones de accesibilidad y entorno
Decreto 241/1994 (art. 6, 7 y 11) y CTE (DB SI 5)
Borrador del Decreto 241. Capítulos I, II y IV
Tanto el Decreto 241/1994, sobre condicionantes urbanísticos y de protección contra incendios en
los edificios, como el DB SI del Código técnico de la edificación hablan de las condiciones del
entorno del edificio donde se desarrolla la actividad y de las condiciones de accesibilidad para la
intervención de los bomberos.
Hay que mencionar que el Decreto 241/1994 está en fase de revisión y está pendiente de que
aparezca una nueva versión armonizada con lo que dice el CTE. El borrador de este decreto se
tendrá presente en la elaboración de esta guía.
Los aparcamientos deben estar ubicados en emplazamientos donde sea posible la actuación de los
bomberos; esto quiere decir que las proximidades y el entorno del local deben tener unas
dimensiones determinadas para que los vehículos de intervención puedan maniobrar
correctamente. Las condiciones de accesibilidad mínimas que deben cumplir los establecimientos
públicos de nueva implantación se resumen a continuación.
• Cualquier punto de la fachada a nivel de rasante debe estar a una distancia inferior a 100 m
de un hidrante.
• Los aparcamientos deben disponer de un hidrante exterior si la superficie construida se encuentra
entre 1.000 y 10.000 m2, y uno más cada 10.000 m2 más o fracción. Para el cómputo de la dotación
se pueden considerar los hidrantes que hay en la vía pública.
• Los aparcamientos robotizados dispondrán, en cada sector de incendios en los que estén
compartimentados, de una vía compartimentada con elementos EI120 y puertas EI2 60-C5 que
permitan el acceso de los bomberos a cada nivel existente.
• Los edificios e instalaciones con alturas de evacuación de hasta 9 metros, incluidos los
aparcamientos bajo rasante, deben disponer de unos espacios de maniobra que cumplan las
especificaciones siguientes:
- Una anchura útil de 3,5 m para el paso, permanentemente libre de vehículos estacionados,
mobiliario urbano o cualquier otro impedimento para la circulación como barreras, vallas,
pitones, etc.
- Cuando este espacio de maniobra esté en un vial sin salida alternativa o en otros espacios de
fondos sin salida, la anchura útil debe ser de 7 metros.
- La altura mínima libre o gálibo debe ser de 4,5 m.
- La capacidad portante se debe calcular para que soporte cada una de las hipótesis siguientes:
• Un vehículo de 15.000 kg con ejes separados 4,5 m que actúa con 5.000 kg sobre el eje
delantero y 10.000 kg sobre el eje posterior.
• Una sobrecarga de uso de 2.000 kg/m2.
- Pendiente inferior al 15%.
- En los tramos curvados el carril de rodamiento debe quedar delimitado por el trazado de una
corona circular, cuyos radios mínimos serán 5,30 m y 12,50 m, con una anchura libre para la
circulación de 7,20 m.
- Las condiciones de paso entre este espacio de maniobra y todas las salidas del edificio deben
ser las siguientes:
• Recorrido máximo inferior a 50 m.
• Anchura mínima 1,80 m libre de estacionamientos, mobiliario urbano o cualquier otro impedimento.
• Altura libre mínima de 2,20 metros en todo su recorrido.
• Garantía de disipación natural del calor, de los humos y de los gases producidos por el incendio.
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• Los edificios e instalaciones con alturas de evacuación entre 9 y 20 metros deben tener unos
espacios de maniobra que permitan la ubicación de autoescalas de bomberos en la fachada
accesible y que cumplan las especificaciones siguientes:
- Las dimensiones mínimas de este espacio de maniobra son 5,20 metros de anchura y 16 metros
de longitud. Se debe mantener permanentemente libre de vehículos estacionados, mobiliario
urbano o cualquier otro impedimento para la circulación como barreras, vallas, pitones, etc.
- Cuando este espacio de maniobra esté en un vial sin salida alternativa o en otros espacios de
fondos sin salida, la anchura útil debe ser de 8 metros.
- La altura mínima libre debe ser la del edificio.
- El espacio de maniobra se debe incluir en una franja comprendida entre 3 y 15 metros respecto
del plano vertical que contiene los puntos de salvamento.
- La capacidad portante se debe calcular para que soporte las hipótesis siguientes:
• Un vehículo de 15.000 kg con ejes separados 4,5 m que actúa con 5.000 kg sobre el eje
delantero y 10.000 kg sobre el eje posterior.
• Una sobrecarga de uso de 2.000 kg/m2.
- El pavimento debe tener una resistencia al punzonamiento de 10 toneladas sobre una superficie
circular de 0,20 m de diámetro.
- Pendiente inferior al 10%.
- En los tramos curvados el carril de rodamiento debe quedar delimitado por el trazado de una
corona circular, cuyos radios mínimos serán 5,30 m y 12,50 m, con una anchura libre para la
circulación de 7,20 m.
- Las condiciones de paso entre este espacio de maniobra y todas las salidas del edificio deben
ser las siguientes:
• Recorrido máximo inferior a 30 m.
• Anchura mínima 1,80 m libre de estacionamientos, mobiliario urbano o cualquier otro
impedimento.
• Altura libre mínima de 2,20 metros en todo su recorrido.
• Garantía de disipación natural del calor, de los humos y de los gases producidos por el incendio.
• Los edificios e instalaciones con alturas de evacuación superiores a 20 metros deben mantener las
mismas condiciones indicadas en el punto anterior con la modificación siguiente:
- El espacio de maniobra se debe incluir en una franja comprendida entre 3 y 10 metros respecto del
plano vertical que contiene los puntos de salvamento.
• También se define la vía de intervención como aquel recorrido que conecta un espacio de maniobra
con la red viaria municipal. Las características mínimas que debe cumplir son:
- Anchura útil de 3,5 m para el paso, permanentemente libre de vehículos estacionados, mobiliario
urbano o cualquier otro impedimento para la circulación como barreras, vallas, pitones, etc.
- La altura mínima libre o gálibo debe ser de 4,5 m.
- La capacidad portante se debe calcular para que soporte cada una de las hipótesis siguientes:
• Un vehículo de 15.000 kg con ejes separados 4,5 m que actúa con 5.000 kg sobre el eje
delantero y 10.000 kg sobre el eje posterior.
• Una sobrecarga de uso de 2.000 kg/m2.
• Pendiente inferior al 15%.
• En los tramos curvados el carril de rodamiento debe quedar delimitado por el trazado de una
corona circular, cuyos radios mínimos serán 5,30 m y 12,50 m, con una anchura libre para la
circulación de 7,20 m.
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5. Condiciones que limitan
la extensión del incendio
CTE (DB SI 1, 2 y 6)
El CTE incorpora la terminología europea de resistencias al fuego de la estructura y de los
materiales y de la reacción al fuego de los materiales según el Real decreto 312/2005, de 18 de
marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los
elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia al fuego.
Queda obsoleta, por lo tanto, la ya clásica nomenclatura de RF, EF y PF de resistencia al fuego y
las respectivas M de reacción al fuego de los materiales. Esto conlleva la obligación de nuevos
ensayos para las certificaciones de materiales, con respecto a su resistencia y reacción al fuego
y la no validez de los certificados “antiguos”.
5.1. Estructura
Se considera que la resistencia al fuego, R, de elemento estructural (forjados, vigas, soportes) es
suficiente si:
• Logra la clase indicada en las tablas 5.1 y 5.3 de esta Guía, que representa el tiempo en minutos
de resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo-temperatura.
• Soporta la acción representada por la curva normalizada tiempo-temperatura durante el tiempo
equivalente de exposición al fuego del anexo B del CTE DB-SI.
Tipo de local
Resistencia al fuego suficiente
de los elementos estructurales(1)
Aparcamientos de menos de 100 m2 (2)
R 90
Aparcamientos en edificio de uso exclusivo
o situado por encima de otro uso
R 90
Aparcamientos debajo de un uso diferente
R 120
Aparcamientos robotizados de bajo
de un uso diferente
R 180
Escaleras y pasillos protegidos
R 30
(3)
Tabla 5.1. Resistencia al fuego de los elementos estructurales en aparcamientos y vías de evacuación.
Los trasteros o zonas de trasteros de superficie superior a 50 m 2 se clasifican como locales de
riesgo especial según la siguiente tabla:
Uso
Riesgo bajo
Trasteros
50 < S < 100 m
Riesgo medio
2
100 < S < 500 m
Riesgo alto
2
S > 500 m2
Tabla 5.2. Clasificación de los trasteros como locales de riesgo especial.
(1) La resistencia al fuego suficiente del suelo es la que resulta de considerarlo como el techo del sector de incendio situado por debajo de este suelo.
(2) Los aparcamientos de menos de 100 m2 se consideran, en todos los casos, locales de riesgo especial bajo.
(3) En caso de ser escaleras especialmente protegidas no se exige resistencia al fuego de los elementos estructurales.
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La resistencia al fuego de los elementos estructurales de estos locales debe lograr, como mínimo,
los valores siguientes:
Resistencia al fuego suficiente de los elementos estructurales en las zonas de riesgo especial (4)
Bajo
R 90
Medio
R 120
Alto
R 180
Tabla 5.3. Resistencia al fuego de los elementos estructurales en zonas de riesgo especial.
5.2. Compartimentación
• Los aparcamientos con superficie construida superior a 100 m2 (5) deben constituir un sector de
incendio cuando esté integrado en un edificio con otros usos. Cualquier comunicación se debe
hacer a través de un vestíbulo de independencia.
• Los aparcamientos robotizados situados por debajo de otro uso deben estar compartimentados
en sectores de incendio que no excedan un volumen de 10.000 m3.
Según la ordenanza municipal de condiciones de protección contra incendios (OMCPI-08) del
Ayuntamiento de Barcelona, los servicios de revisión y reparación de vehículos situados en
aparcamientos deben formar un sector de incendios independiente.
5.2.1. Propagación interior
El grado de resistencia al fuego de paredes, techos y puertas que delimitan sectores de incendio
en el caso de aparcamientos convencionales de más de 100 m 2 y en aparcamientos robotizados
de cualquier superficie es el siguiente:
Elemento
Paredes y techos(6) que
limitan el sector de
incendio
Resistencia al fuego
Bajo rasante
Sobre rasante
Puertas de paso entre sectores de incendio
EI 120
(7)
EI 120
EI2 t-C5, en que t es la cuarta parte del
tiempo de resistencia al fuego requerido por
la pared en la que se encuentre, puesto que
el paso siempre se realiza a través de un
vestíbulo de independencia y dos puertas
Tabla 5.4. Resistencia al fuego de paredes, techos y puertas que delimitan sectores de incendio de uso aparcamiento.
(4) El tiempo de resistencia al fuego no debe ser inferior a la de la estructura portante de la planta del edificio, excepto cuando la zona se
encuentre bajo una cubierta no prevista para la evacuación y el fallo de la cual no suponga riesgo para la estabilidad de otras plantas ni para
compartimentación contra incendios; en este caso puede ser R 30. La resistencia al fuego suficiente del suelo es la que resulta de considerarlo
como el techo del sector de incendio situado por debajo de este suelo.
(5) Cualquier superficie en el caso de aparcamientos robotizados.
(6) Cuando el techo sea un elemento separador de una planta superior debe tener como mínimo la misma resistencia al fuego que las paredes,
pero con la característica REI en vez de EI, porque se trata de un elemento con capacidad portante y compartimentador de incendios.
(7) EI 180 si se trata de un aparcamiento robotizado.
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Los aparcamientos de superficie construida de hasta 100 m2 se clasifican, en todo caso, como
locales de riesgo especial bajo. Por otro lado, las zonas de trasteros de superficie superior a
50 m2 se clasifican según la tabla 5.2.
Los locales de riesgo especial deben cumplir las condiciones de compartimentación siguientes:
Característica
Riesgo bajo
Riesgo medio
Riesgo alto
EI 90
EI 120
EI 180
-
Sí
Sí
2 x EI2 30-C5
2 x EI2 45-C5
Resistencia al fuego de las paredes y techos
que separan la zona del resto del edificio
Vestíbulo de independencia en cada comunicación
de la zona con el resto del edificio
Puertas de comunicación con el resto del edificio(8) EI2 45-C5
Tabla 5.5. Condiciones de compartimentación de las zonas de riesgo especial.
Según los criterios para la interpretación y aplicación del documento básico SI (publicado por
el Ministerio de Vivienda), las zonas de trasteros de superficie inferior o igual a 50 m 2 no
constituyen una zona de riesgo especial, por lo que no es necesario cumplir ninguna condición
de compartimentación, ni del conjunto de la zona ni de cada trastero considerado
individualmente.
Por otro lado, el documento TINSCI DT-8 (documento reconocido en el ámbito catalán)
clasifica los trasteros o zonas de trasteros de superficie de hasta 50 m2 como zonas de riesgo
especial reducido y establece los criterios de compartimentación y acceso siguientes:
CONDICIONES DE LOS TRASTEROS
Nivel de riesgo especial
Reducido
Bajo
Medio
Alto
Superficie construida (S)
S < 50 m2
50 < S < 100 m2
100 < S < 500 m2
S > 500 m2
EI 90
EI 90
EI 120
EI 180
Puerta
EI2 45-C5
Puerta
Vestíbulo de indep.
Vestíbulo de indep.
EI2 45-C5
2 x EI2 30-C5
2 x EI2 45-C5
Compartimentación
Acceso al local de riesgo especial
Tabla 5.6. Condiciones de compartimentación en trasteros.
5.2.1.1. Instalaciones generales y espacios ocultos
Los puntos de los elementos de compartimentación por donde pasen elementos de las
instalaciones, como por ejemplo cables, cañerías, conducciones, conductos de ventilación, etc.,
deben mantener la resistencia al fuego requerida en la compartimentación, excepto las
penetraciones con una sección de paso que no exceda los 50 cm2. Con este objetivo se puede
optar por una de las alternativas siguientes:
• Colocar un elemento que, en caso de incendio, obture automáticamente la sección de paso y
garantice una resistencia al fuego igual, como mínimo, a la del elemento que atraviesa.
• Elementos pasantes que aporten una resistencia al fuego de, como mínimo, el elemento que atraviesa.
(8) Las puertas de los locales de riesgo especial deben abrirse hacia el exterior.
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Los conductos de extracción de humos no pueden disponer de compuertas cortafuego, ni de
ningún elemento que obture la sección de paso en caso de incendio, lo cual hace que en estos
casos se deba optar por la segunda alternativa.
Del mismo modo, la compartimentación de los espacios ocupables debe tener continuidad en los
espacios ocultos, como falsos techos, suelos elevados, etc., salvo que estén debidamente
compartimentados respecto de los primeros.
5.2.2. Propagación exterior
5.2.2.1. Medianeras o fachadas
• Las paredes medianeras o muros adyacentes a otro edificio deben ser, como mínimo, EI 120.
• Para limitar el riesgo de propagación exterior horizontal a través de las fachadas, entre dos
sectores de incendio, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas o hasta una escalera
especialmente protegida o pasillo protegido desde otras zonas, los puntos de las fachadas que
no sean al menos EI 60 deben estar separados, como mínimo, una distancia d en proyección
horizontal según se indica a continuación (en función del ángulo a, formado por los planos
exteriores de dichas fachadas) (véase figura 5.1). Cuando se trate de edificios diferentes y
adyacentes, la fachada del edificio considerado cumplirá el 50% de la distancia hasta la
bisectriz del ángulo formado por ambas fachadas.
α
0º
45º
60º
90º
135º
180º
d (m)
3
2,75
2,50
2
1,25
0,50
fachadas opuestas
fachadas a 45º
fachadas a 60º
fachadas a 90º
fachadas a 135º
fachadas a 180º
Fig. 5.1. fachadas.
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• Para limitar el riesgo de propagación vertical del incendio entre dos sectores de incendio, entre
una zona de riesgo especial alto y otras zonas más elevadas del edificio, o bien hasta una escalera
especialmente protegida o pasillo protegido desde otras zonas, la fachada deberá ser, como
mínimo, EI 60 en una franja de 1 m de altura. Si hay elementos que sobresalen, la altura de la
franja se podrá reducir en la dimensión del citado elemento (véase figura 5.2.).
Sección
Sección
Unión forjado-fachada
Unión forjado-fachada con saliente
Fig. 5.2. Forjados.
• La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del
acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas
que puedan tener estas fachadas debe ser B-s3, d2, hasta una altura de 3,5 m como mínimo
en fachadas que tengan arranque inferior accesible al público desde la rasante exterior o
desde una cubierta, y en toda la altura de la fachada cuando exceda los 18 m, con
independencia de donde sea su arranque.
5.2.2.2. Cubiertas
• Para limitar el riesgo de propagación por la cubierta, ésta debe ser, como mínimo, REI 60 en una
franja de 0,50 m de anchura desde el edificio adyacente, así como en una franja de 1 m de ancho
situada sobre la confluencia entre la cubierta y cualquier elemento compartimentador de un sector
de incendio o de un local de riesgo especial alto. Como solución alternativa se puede optar por
prolongar la medianera o el elemento compartimentador 0,60 m por encima de la cubierta.
• En la confluencia entre una cubierta y una fachada de diferentes edificios o sectores de incendio,
la altura h sobre la cubierta a la que debe estar cualquier zona de la fachada con EI < 60 es la que
se indica a continuación, en función de la distancia d de la fachada, en proyección horizontal, a
la que esté cualquier zona de la cubierta con EI < 60 (véase figura 5.3.).
d (m)
≥2,50
2
1,75
1,50
1
1,25
0,75
0,50
0
h (m)
0
1
1,50
2
2,50
3
3,50
4
5
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Fig. 5.3. Unión cubierta-fachada..
• Los materiales que ocupen más del 10% del revestimiento o acabado exterior de las zonas
de cubierta situadas a menos de 5 m de distancia de la proyección vertical de cualquier zona
de fachada del mismo o de otro edificio, con resistencia al fuego EI < 60, incluida la cara
superior de los voladizos con un saliente superior a 1 m (ver figura 5.4), así como los
tragaluces, claraboyas o cualquier otro elemento de iluminación o ventilación, deben
pertenecer a la clase de reacción al fuego BROOF (t1).
A: edificio existente
B: edificio nuevo
Fig. 5.4. Cubierta con resistencia inferior a EI60.
5.3. Materiales
El grado máximo admisible de reacción al fuego de los materiales de acabado y decoración es el siguiente:
Revestimientos
Situación del elemento
De techos y paredes
De suelos
Aparcamientos y locales de riesgo especial
B-s1,d0
BFL-s1
Pasillos y escaleras esp. protegidas
B-s1,d0
CFL-s1
Espacios ocultos no estancos
B-s3,d0
BFL-s2
Tabla 5.7. Reacción al fuego máximo admisible de los materiales de acabado y decoración.
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6. Condiciones de evacuación
CTE ( DB SI 3 i DB SU 1)
6.1. Ocupación
Para la aplicación de las exigencias relativas a la evacuación hay que tomar la densidad de
ocupación del CTE, en función de la superficie útil de cada zona, que se resume en la tabla siguiente:
Uso
m2/persona
Aparcamiento vinculado a una actividad sujeta
a horarios: comercial, espectáculo, oficina, etc.
15
Aparcamiento (el resto de casos)(9)
40
Taula 6.1. Densitats d’ocupació.
Los trasteros se consideran zonas de ocupación nula.
6.2. Evacuación
• Número de salidas:
Una única salida si:
- La ocupación es inferior a 100 personas.
- Si se debe superar una altura de evacuación de más de 2 m en sentido ascendente; en este
caso la ocupación debe ser inferior a 50 personas.
- La longitud de los recorridos de evacuación hasta la salida de planta no exceden de 35 m en
el caso de uso aparcamiento.
- Si se trata de una única planta con una salida directa a un espacio exterior seguro y la
ocupación no es superior a 25 personas, la longitud de los recorridos de evacuación puede ser,
como máximo, de 50 m.
En otros casos debe haber un número de salidas determinado que se cumpla:
- La longitud de los recorridos de evacuación hasta alguna salida de planta no excede de 50 m.
- La longitud de los recorridos de evacuación desde su origen hasta algún punto desde el que
haya, como mínimo, dos recorridos alternativos debe ser, como máximo, de 35 m en el caso
de uso aparcamiento.
Los recorridos de evacuación en aparcamientos deben discurrir por las calles de circulación
de vehículos o bien por itinerarios peatonales protegidos ante la invasión de vehículos, según
establece el apartado 3 del DB-SU 7.
• Criterios de asignación de ocupantes en las salidas y en las escaleras:
- Cuando deba haber más de una salida, la distribución de los ocupantes entre éstas se debe
hacer, a efectos de cálculo, suponiendo que hay una inutilizada, incluidas las puertas de
acceso a escaleras especialmente protegidas, que es la hipótesis más desfavorable.
- Para el cálculo de la capacidad de evacuación de las escaleras se debe tener en cuenta la
asignación de ocupantes por hipótesis de bloqueo en la planta más desfavorable; es decir, la
planta con mayor número de ocupantes.
(9) Los aparcamientos robotizados se consideran locales de ocupación nula. Aún así, deben tener medios de escape en caso de emergencia
para el personal de mantenimiento que en cada caso considere necesario la autoridad de control.
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- El flujo de personas que utilizan una escalera se debe sumar a la salida de planta para
determinar la anchura. Este flujo se estimará en 160·A personas, en el que A es la anchura en
metros de la desembocadura de la escalera, o bien el número de personas que utiliza la
escalera en el conjunto de las plantas, cuando el número de personas sea inferior a 160·A.
• Para el dimensionado de los diferentes elementos de evacuación, hay que considerar:
Tipo de elemento
Dimensionado
A > P/200 > 0,80 m
Puertas y pasos
El ancho de cada hoja no debe ser menor
que 0,60 m y mayor que 1,20 m
A > P/200 > 1 m
Pasillos y rampas
AS > (E - 3·S)/160
Escaleras especialmente protegidas
El ancho mínimo debe ser 1 m
A ≥ (P - 3·S)/200
Pasillos protegidos
El ancho mínimo debe ser 1 m
en que:
- A es el ancho del elemento, [m].
- P es el número de personas asignadas a aquel elemento.
- AS es el ancho de la escalera protegida en su desembocadura a la planta de salida del edificio, [m].
- E es la suma de ocupantes asignados a la escalera en la planta considerada más los situados
por debajo o por encima hasta la planta de salida del edificio, según se trate de una
evacuación descendente o ascendente, respectivamente. Se debe contabilizar el bloqueo de
las salidas en la planta más desfavorable.
- S es la superficie útil del recinto, o bien de la escalera protegida en el conjunto de las plantas
de las que provienen las P personas.
Tabla 6.2. Dimensionado de los elementos de evacuación.
6.2.1. Puertas
• Las puertas previstas como salidas de planta o de edificio y las previstas para más de 50 personas
deben ser abatibles de giro vertical y pueden disponer de una o de dos hojas. Deben tener un
sistema de cierre que no actúe mientras haya actividad en las zonas que hay que evacuar o deben
consistir en un dispositivo de fácil y rápida abertura desde el lado del que provenga la evacuación,
sin haber de utilizar una llave y sin haber de actuar sobre más de un mecanismo.
• Las puertas de acceso a vestíbulos de independencia desde zonas de uso de aparcamiento o
de riesgo especial deben abrirse hacia el interior del vestíbulo.
• Las puertas previstas para la evacuación de más de 100 personas deben abrirse en el sentido
del flujo de salida del local.
• Las puertas de los locales de riesgo especial deben abrirse hacia el exterior.
• Las puertas y otros elementos de evacuación deben estar debidamente señalizados.
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6.2.2. Escaleras
• En los tramos rectos las escaleras tendrán una
huella (H) de 280 mm como mínimo. En tramos
rectos o curvos la altura (C) será 130 mm como
mínimo, y 185 mm como máximo.
Fig. 6.1. Configuración de los escalones en tramos rectos.
• La huella y la altura de los escalones deben
cumplir, a lo largo de la misma escalera, la
relación siguiente: 540 mm < 2C + H < 700 mm
• En las escaleras previstas para la evacuación
ascendente no se admiten escalones sin frontal ni
con resalto. Los frontales serán verticales o
inclinados y formarán un ángulo inferior a 15º
respecto de la vertical.
Fig. 6.2. Configuración de los escalones de evacuación ascendente.
Anchura no computable
• En tramos curvos la huella no debe ser inferior a
280 mm a una distancia de 500 mm del límite
interior y no debe ser superior a 440 mm en el
límite exterior. Debe cumplir igualmente la relación
540 mm < 2C + H < 700 mm a 500 mm de cada
extremo.
Anchura
mínima útil
Anchura total
Fig. 6.3. Escaleras con trazado curvo.
• A excepción de los accesos y salidas de los edificios, en general cada tramo de escalera debe tener
como mínimo tres escalones y salvar una altura de 3,20 m como máximo.
• En una misma escalera, todos los escalones deben tener la misma altura y todos los escalones de
los tramos rectos deben tener la misma huella.
• La anchura útil de una escalera debe estar libre de obstáculos. En tramos curvos, la anchura útil
debe excluir las zonas en que la dimensión de la huella sea inferior a 170 mm.
Para la evacuación, no se recomienda el uso de las escaleras oblicuas. Los escalones se
deben disponer perpendiculares al eje del paso de la escalera. Esta condición está regulada
en la ordenanza de incendios (OMCPI-08) de Barcelona.
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6.2.3. Rampas
En general, la pendiente máxima de las rampas debe ser del 12%.
• Las rampas de circulación de vehículos en aparcamientos previstas también para la circulación
de personas, exceptuando las personas con movilidad reducida, deben tener una pendiente
máxima del 16%.
• Las rampas previstas para usuarios con silla de ruedas deben tener una pendiente máxima del
10% si la longitud de la rampa es inferior a 3 m, del 8% cuando la longitud sea inferior a 6 m y
del 6% en el resto de casos.
6.2.4. Señalización de los medios de evacuación
• Se deben utilizar las señales de evacuación definidas en la norma UNE 23034:1988 de acuerdo con
los criterios indicados a continuación:
a) Las salidas de recinto, planta o edificio deben tener una señal con el rótulo SALIDA, a
excepción de si se trata de salidas de un recinto con una superficie inferior a 50 m2, debido a
que son fácilmente visibles desde cualquier punto de este recinto y los ocupantes están
familiarizados con el edificio.
b) La señal con el rótulo SALIDA DE EMERGENCIA se debe utilizar en toda salida prevista para
uso exclusivo en caso de emergencia.
c) Se deben colocar señales indicativos de dirección de los recorridos, visibles desde cualquier
origen de evacuación desde donde no se reconozcan directamente las salidas o sus señales
indicativos y, en particular, delante de toda salida de un recinto con ocupación superior a 100
personas que acceda lateralmente a un pasillo.
d) En los puntos de los recorridos de evacuación en los que haya alternativas que puedan inducir a
error (por ejemplo, algunos cruces o bifurcaciones de pasillos, así como de escaleras que, en la
planta de salida del edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas o más altas) también
se deben colocar estos rótulos, de forma que quede indicada claramente la alternativa correcta.
e) En estos recorridos, junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la
evacuación se debe colocar una señal con el rótulo SIN SALIDA en un lugar fácilmente visible
pero en ningún caso en las hojas de las puertas.
f) Las señales se deben colocar de manera coherente con la asignación de ocupantes que se
pretenda hacer en cada salida.
• • Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo del suministro del alumbrado normal.
Cuando sean fotoluminiscentes, las características de emisión lumínica deben cumplir lo
establecido en la norma UNE 23035-4:2003.
Fig. 6.4. Principales señales de evacuación.
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7. Instalaciones de protección
contra incendios
CTE ( DB SI 4 i DB SU 4) i RIPCI (RD 1942/1993)
7.1. Extintores
Debe haber los extintores suficientes para garantizar que el recorrido real desde cualquier origen
de evacuación hasta un extintor sea inferior a 15 m en la misma planta.
La eficacia mínima debe ser 21A-113B. Habitualmente se instalan extintores de polvo polivalente.
Los extintores deben estar situados de forma que sean fácilmente visibles y accesibles, y deben
estar señalizados claramente. Se deben colocar sobre soportes verticales y de forma que la parte
superior quede, como máximo, a 1,70 metros del suelo.
Se deben colocar los extintores en lugares que no entorpezcan la evacuación.
Se recomienda situar extintores cerca de las salidas de evacuación y en lugares próximos a los
puntos donde se estime que las posibilidades de que se inicie un incendio son más grandes.
En locales de riesgo especial se debe instalar un extintor de eficacia 21A-113B en el exterior
del local y próximo a la puerta de acceso, que puede servir a varios locales o zonas. En el
interior se deben instalar extintores para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el
situado en el exterior, no sea mayor de 15 m. En locales de riesgo especial alto este recorrido
máximo debe ser de 10 m.
Según el documento TINSCI DT-8, en los trasteros de superficie superior a 10 m2 se debe
instalar, como mínimo, un extintor de eficacia 21A-113B.
7.2. Bocas de incendio equipadas (BIE)
Todos los locales con una superficie construida superior a 500 m2 deben estar cubiertos en su
totalidad por una instalación de BIE de 25 mm de diámetro. Quedan excluidos los aparcamientos
robotizados.
El número y la distribución de las BIE deben permitir que la totalidad del espacio quede cubierto, y se
considera como radio de acción de cada BIE la longitud de su manguera más 5 metros. La distancia
desde cualquier punto del local protegido hasta la BIE más próxima no puede exceder de 25 m,
medida a través de espacios comunes del aparcamiento y en la misma planta. Por lo tanto, en ningún
caso la separación entre dos BIE debe ser superior a 50 m. Siempre que sea posible se deben colocar
a una distancia máxima de 5 m de las salidas de cada sector de incendio.
Las BIE deben estar situadas de forma que sean fácilmente visibles, accesibles y deben estar
claramente señalizadas, por lo que no se pueden situar en una plaza de aparcamiento.
Las BIE se deben montar sobre un soporte rígido, de forma que la altura de su centro quede como a
máximo a 1,50 m sobre el nivel del suelo.
Según el documento TINSCI DT-8, siempre que el aparcamiento disponga de instalación de
BIE, los trasteros deben quedar cubiertos por esta instalación.
En locales de riesgo especial alto, en este caso, los trasteros de superficie superior a 500 m 2
deberán disponer de BIE de 45 mm de diámetro.
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En estos casos se recomienda, con el fin de facilitar el uso de los usuarios, instalar una BIE de
25 mm debidamente equipada y una salida de 45 mm (ver figura 7.1), por lo que el
dimensionado de la instalación se debe hacer considerando la salida de 45 mm.
salida de 45 mm
llave de paso
instalación dimensionada
para BIE-45 mm
Fig. 7.1. Esquema gráfico BIE 25 mm con salida de 45 mm.
7.3. Columna seca
Se instalarán en aparcamientos con más de tres plantas bajo rasante o bien más de cuatro sobre
rasante, con tomas en todas las plantas.
El sistema de columna seca estará formado por una toma de agua en fachada o en una zona
fácilmente accesible al servicio contra incendios, con la indicación de uso exclusivo de los
bomberos, proveída de conexión siamesa, con llaves incorporadas y racores de 70 mm con tapa
y clave de purga de 25 mm, columna ascendente o descendente de cañería de acero galvanizado
y diámetro nominal de 80 mm. En cada planta debe haber conexión siamesa, con llaves
incorporadas y racores de 45 mm con tapa; cada cuatro plantas se debe instalar una llave de
seccionamiento por encima de la salida de planta correspondiente.
La toma de fachada y las salidas en las plantas deben tener el centro de sus bocas a 0,90 m
sobre el nivel del suelo.
Las llaves deben ser de bola, con palanca de accionamiento incorporada.
El sistema de columna seca se debe someter, antes de la puesta en marcha, a una prueba de
estanquidad y resistencia mecánica, sometiendo el sistema a una presión estática de 1.470 kPa
(15 kg/cm2) durante dos horas, como mínimo, sin que aparezcan fugas en ningún punto de la
instalación.
Los racores deben ajustarse a aquello que se establece en la norma UNE 23.400.
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Cada columna seca debe tener su propia acometida. Las columnas secas de las plantas
sótano deben ser independientes de las de las plantas piso.
La acometida debe estar alojada en un armario 55 cm de anchura, 40 cm de altura y 30 cm de
profundidad, con tapa metálica pintada de blanco y con la inscripción COLUMNA SECA – USO
EXCLUSIVO BOMBEROS, en letras rojas. La tapa debe tener cierre de simple deslizamiento para
llaves de cuadradillo de 8 mm y bisagras en la parte inferior que permitan el abatimiento total. En
caso de no estar situada junto al acceso principal del edificio, se debe señalizar su situación.
Las bocas de salida en las plantas deben estar alojadas en armarios de 55 cm de anchura, 35
cm de altura y 30 cm de profundidad, con las mismas características que el armario de la
acometida.
Se recomienda que cada edificio disponga del número suficiente de columnas secas para que
la distancia medida a través de los recorridos de evacuación, desde una boca de salida hasta
cualquier origen de evacuación, sea menor de 60 m. Las bocas de salida deben estar situadas
en recintos de escalera o en sus vestíbulos previos.
Estas condiciones están reguladas en la ordenanza municipal de incendios (OMCPI-08) de
Barcelona.
7.4. Detección y alarma
Los aparcamientos convencionales con superficie construida superior a 500 m 2 deben estar
dotados de una instalación de detectores de incendio.
Básicamente, hay dos grandes grupos de detectores automáticos de incendio: los detectores de
humos (iónicos, ópticos, etc.) y los detectores térmicos (termostáticos, termovelocimétricos,
etc.). Hay también detectores que combinan varias tecnologías, por lo que son más eficaces.
En el caso de la detección automática para aparcamientos, se recomienda el uso de detectores térmicos.
Los sistemas de detección automática de incendios se deben ajustar a lo que dicen las normas UNE 23.007.
Los aparcamientos robotizados deben disponer de pulsadores de alarma, en todo caso.
Los pulsadores activan la alarma de incendio. Deben estar colocados de modo que la distancia
máxima que se deba recorrer desde cualquier punto hasta un pulsador sea inferior a 25 m.
Tanto los sistemas de detección como los de alarma deben tener dos fuentes de alimentación, y la
segunda fuente puede ser común a los diferentes tipos de detección y alarma.
Según el documento TINSCI DT-8, los trasteros (vinculados a aparcamientos) de cualquier
superficie, siempre que el aparcamiento disponga de instalación de detección de incendios,
deben quedar cubiertos por esta instalación.
7.5. Extinció automàtica
En aparcamientos convencionales, se recomienda instalar sistemas de extinción automática a partir
del tercer sótano. El punto de control de rociadores debe estar situado cerca del acceso de vehículos.
Esta condición está regulada en la ordenanza municipal de incendios (OMCPI-08) de Barcelona.
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Los aparcamientos robotizados deben disponer de una instalación automática de extinción.
Se recomienda instalar sistemas de extinción automática, preferiblemente, por agua. Estos
sistemas se deben ajustar a las normas UNE 23.500 o bien a otras normas internacionales de
prestigio reconocido (BSA, NFPA, etc.) que regulen este tipo de instalaciones.
7.6. Extracción de humos
Las instalaciones de extracción de humos de los locales o establecimientos que lo requieren,
así como la presurización de las vías de evacuación están descritas en la Guía de ventilación
en aparcamientos.
7.7. Alumbrado de emergencia
Los establecimientos deben tener un alumbrado de emergencia que, en caso de fallo del
alumbrado normal, suministre la iluminación necesaria para facilitar la visibilidad a los usuarios
para que puedan abandonar el edificio, que evite las situaciones de pánico y que permita la
visión de las señales indicativas de las salidas, así como la situación de los equipos y los
medios de protección existentes.
Debe haber alumbrado de emergencia en las zonas y en los elementos siguientes:
a) Los recorridos desde cualquier origen de evacuación hasta un espacio exterior seguro.
b) Los aparcamientos cerrados o cubiertos con una superficie construida superior a 100 m 2,
incluidos los pasillos y las escaleras que conduzcan hacia el exterior o hasta las zonas
generales del edificio.
c) Los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección contra
incendios y los de riesgo especial.
d) Los lavabos generales de planta en edificios de uso público.
e) Las zonas donde se sitúan los cuadros de distribución o de accionamiento de la instalación de
alumbrado de las zonas antes citadas.
f) Las señales de seguridad.
Con el fin de proporcionar una iluminación adecuada, las luminarias deben cumplir las
condiciones siguientes:
a) Deben estar situadas al menos a 2 m por encima del nivel del suelo.
b) Debe haber una en cada puerta de salida y en posiciones en las que sea necesario destacar
un peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de seguridad. Como mínimo se deben
colocar en los puntos siguientes:
i) En las puertas existentes en los recorridos de evacuación.
ii) En las escaleras, de forma que cada tramo de escaleras reciba iluminación directa.
iii) En cualquier otro cambio de nivel.
iv) En los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos.
La instalación debe ser fija, debe estar proveída de una fuente propia de energía y debe entrar
automáticamente en funcionamiento cuando se produzca un fallo de alimentación en la instalación
de alumbrado normal en las zonas cubiertas por el alumbrado de emergencia. Se considera fallo de
alimentación el descenso de la tensión de alimentación por debajo del 70% de su valor nominal.
El alumbrado de emergencia de las vías de evacuación debe llegar, como mínimo, al 50% del
nivel de iluminación requerido al cabo de los 5 s y al 100% a los 60 s.
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La instalación debe cumplir las condiciones de servicio que se indican a continuación durante
una hora, como mínimo, a partir del momento en qué se produzca la fallada:
a) En las vías de evacuación con anchura inferior a 2 m, la iluminación horizontal a nivel de suelo
debe ser, como mínimo, de 1 lux en todo el eje central y de 0,5 lux en la banda central que
comprende, como mínimo, la mitad de la anchura de la vía. Las vías de evacuación de más de
2 m de anchura se deben tratar como varias bandas de 2 m de anchura como máximo.
La ordenanza municipal de condiciones de protecciones contra incendios (OMCPI-08) de
Barcelona indica que la iluminación horizontal a nivel de suelo debe ser, como mínimo, de 3
lux en todo el eje central.
b) En los puntos donde estén situados los equipos de seguridad, las instalaciones de protección
contra incendios de uso manual y los cuadros de distribución del alumbrado, la iluminación
horizontal debe ser de 5 lux como mínimo.
c) En el eje central de una vía de evacuación, la relación entre la iluminación máxima y la mínima
no debe ser mayor que 40:1.
d) Los niveles de iluminación establecidos se deben obtener considerando nulo el factor de
reflexión sobre paredes y techos y contemplando un factor de mantenimiento que englobe la
reducción del rendimiento lumínico debido a la suciedad de las luminarias y al envejecimiento
de las lámparas.
e) Con el fin de identificar los colores de seguridad de las señales, el valor mínimo del índice de
rendimiento cromático Ra de las lámparas será 40.
7.8. Mantenimiento de las instalaciones
Todas las instalaciones de protección contra incendios se deben someter al programa mínimo de
mantenimiento que se establece en el Reglamento de instalaciones de prevención contra
incendios, en las tablas I y II de su apéndice 2.
Las operaciones de mantenimiento las debe efectuar personal especializado del fabricante o
instalador de los equipos, personal de una empresa de mantenimiento autorizada o, en algunos
casos, personal usuario o titular de la instalación, como se puede apreciar en la tabla siguiente:
71ngs
72ngs
BIE
Sistemas de abastecimiento de
agua contra incendios
Comprobación de la accesibilidad y
señalización de los equipos.
Comprobación por inspección de todos los
componentes, desenrollando la manguera en
toda su extensión y accionando la boca si es
de varias posiciones.
Comprobar, por lectura del manómetro, la
presión de servicio.
Limpiar el conjunto y engrasar los cierres y
bisagras de los armarios.
Verificación por inspección de todos los elementos,
depósitos, válvulas, mandos, alarmas motobombas,
accesorios, señales, etc.
Comprobación del funcionamiento automático y
manual de la instalación de acuerdo con las
instrucciones del fabricante o instalador.
Mantenimiento de acumuladores, limpieza de
bornes (reposición de agua destilada, etc.).
Verificación de niveles (combustible, agua,
aceite, etc.).
Verificación de accesibilidad a los elementos,
limpieza general, ventilación de las salas de
bombas, etc.
Comprobación de la accesibilidad, señalización
y buen estado aparente de conservación.
Inspección ocular de los mecanismos de
seguridad, precintos, inscripciones, etc.
Comprobación del peso y de la presión.
Inspección ocular del estado externo de las
partes mecánicas (boca, válvula, manguera,
etc.).
Comprobación del funcionamiento de las
instalaciones (con cada fuente de suministro).
Mantenimiento de los acumuladores (limpieza de
los bornes, reposición de agua destilada, etc.).
Comprobación del funcionamiento de las
instalaciones (con cada fuente de suministro).
Sustitución de pilotos, fusibles, etc.,
defectuosos.
Mantenimiento de los acumuladores (limpieza de
los bornes, reposición de agua destilada, etc.).
Accionamiento y engrase de válvulas.
Verificación y ajuste de prensaestopas.
Verificación de velocidad de motores con
diferentes cargas.
Comprobación de alimentación eléctrica,
líneas y protecciones.
Cada 5 años
Desmontaje de la manguera y ensayo de
ésta en un lugar adecuado.
Comprobación del correcto funcionamiento
de la boca en sus posiciones y del sistema
de cierre.
Comprobación de la estanquidad de los
racores, manguera y estado de las juntas.
Comprobación de la indicación del
manómetro con otra referencia (patrón)
acoplada al racor de conexión de la manguera.
Gama de mantenimiento anual de motores y
bombas de acuerdo con las instrucciones del
fabricante.
Limpieza de filtros y elementos de retención de
suciedad en alimentación de agua.
Prueba del estado de carga de baterías y
electrólito de acuerdo con las instrucciones del
fabricante.
Prueba, en las condiciones de su recepción,
con realización de curvas del abastecimiento
con cada fuente de agua y de energía.
Comprobación del peso y de la presión.
En el caso de extintores de polvo con
botella de gas de impulsión se comprobará
el buen estado del agente extintor y el peso
y el aspecto de la botella de gas.
Inspección ocular de la manguera, boca o
lanza, válvulas y partes mecánicas.
Nota: En esta revisión anual no será
necesario abrir los extintores de polvo con
presión permanente, salvo que se hayan
observado anomalías que lo justifique. En
caso de abertura del extintor, la empresa de
mantenimiento situará un indicador que
acredite que se ha realizado la revisión
interior del aparato.
Verificación integral de la instalación.
Limpieza de sus componentes.
Verificación de uniones roscadas o
soldadas.
Prueba final de la instalación con cada
fuente de suministro.
Verificación integral de la instalación.
Limpieza del equipo de centrales y accesorios.
Verificación de uniones roscadas o soldadas.
Limpieza y reglaje de relés.
Regulación de tensiones e intensidades.
Verificación de los equipos de transmisión de
alarma.
Prueba final de la instalación con cada fuente de
suministro.
La manguera debe ser sometida a una
presión de prueba de 1.470 kPa (15
kg/cm2).
A partir de la fecha de sellado del extintor
(y durante tres veces) se procederá al
resellado de acuerdo con la ICT-MIE-AP5
del Reglamento de aparatos a presión
sobre extintores de incendio.
Se rechazarán aquellos extintores que, a
juicio de la empresa instaladora,
presenten defectos que cuestionen el
correcto funcionamiento y la seguridad
del extintor o bien aquellos para los que
no existan piezas originales que
garanticen las condiciones de fabricación.
Operaciones a realizar por personal especializado o instalador del
fabricante o por empresa de mantenimiento autorizada
Cada año
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Extintores de incendio
Cada 6 meses
Operaciones a realizar por empresa autorizada,
por el titular o por el usuario de la instalación
Cada 3 meses
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Sistema manual de alarma de
incendios
Sistemas automáticos de
detección y alarma de incendios
Equipo
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Comprobación de las tapas y correcto
funcionamiento de sus cierres (engrase si
es necesario).
Comprobación de que las llaves de las
conexiones siameses están cerradas.
Comprobación de que las llaves de
seccionamiento están abiertas.
Comprobación de que todas las tapas de
racores están bien colocadas y ajustadas.
Engrasar la rosca de accionamiento o
rellenar la cámara de aceite del mismo.
Abrir y cerrar el hidrante, comprobando el
funcionamiento correcto de la válvula
principal y del sistema de drenaje.
Comprobación de la accesibilidad de la
entrada de la calle y tomas de piso.
Comprobación de la señalización.
(10) Se recomienda que el mantenimiento de estas instalaciones lo realice únicamente una empresa autorizada.
- rociadores
- agua pulverizada
- polos
- espuma
- agentes gaseosos
Comprobación de que las bocas del agente
extintor o rociadores están en buen estado y
libres de obstáculos.
Comprobación del buen estado de los
componentes, especialmente de la válvula
de prueba en los sistemas de rociadores, o
los mandos manuales de los sistemas de
polvo, o agentes gaseosos.
Comprobación del estado de la carga de los
sistemas de polvo, anhídrido carbónico o
hidrocarburos halogenados y de botellas de
gas impulsor cuando existan.
Comprobación de los circuitos de
señalización pilotos, etc., en los sistemas con
indicaciones de control.
Limpieza general de todos los componentes.
Comprobar la accesibilidad en su entorno
y la señalización en los hidrantes
enterrados.
Inspección visual comprobando la
estanquidad del conjunto.
Quitar las tapas de las salidas, engrasar
las roscas y comprobar el estado de las
juntas de los racores.
Cada 5 años
Tabla 7.1. Mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios.
Comprobación integral, de acuerdo con las
instrucciones del fabricante o instalador,
incluyendo en todo caso:
Verificación de los componentes del
sistema, especialmente de los dispositivos
de puesta en marcha y alarma.
Comprobación de la carga del agente
extintor y del indicador de ésta (medida
alternativa del peso o presión).
Comprobación del estado del agente
extintor.
Prueba de la instalación en las condiciones
de su recepción.
Operaciones a realizar por personal especializado o instalador
del fabricante o por empresa de mantenimiento autorizada
Cada año
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Sistemas fijos de extinción:
Cada 6 meses
Operaciones a realizar por empresa autorizada,
por el titular o por el usuario de la instalación
Cada 3 meses
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Columnas secas (10)
Hidrantes
Equipo
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7.9. Señalización de las instalaciones manuales de protección
contra incendios CTE (DB SI 4)
Los medios de protección contra incendios de utilización manual se deben señalizar mediante
señales definidas en la norma UNE 23033-1, y sus dimensiones deben ser:
• 210 x 210 mm cuando la distancia de observación sea menor de 10 m.
• 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m.
• 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.
Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo del suministro del alumbrado normal.
Cuando sean fotoluminiscentes, las características de emisión lumínica deben cumplir lo que se
establece en la norma UNE 23035-4:2003.
Fig. 7.2. Principales señales de medios de PCI.
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8. Contenido del proyecto
El contenido del proyecto de instalaciones de protección contra incendios de un aparcamiento,
debe seguir la estructura, en los puntos que sean de aplicación, de la norma UNE 157653 titulada
Criterios generales para la elaboración de proyectos de protección contra incendios en edificios
y establecimientos.
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9. Ejemplo
Se trata de un aparcamiento privado con dos plantas de sótano debajo de un uso diferente. El uso
principal del edificio es residencial. Hay dos zonas bien diferenciadas. Por una parte, hay un bloque
de pisos y, por otra, un conjunto de casas que comparten el acceso a la zona de uso aparcamiento.
En el primer sótano hay:
• 15 plazas de coche, 6 de las cuales son compartimentadas respecto del resto del aparcamiento
y cada una pertenece a una de las viviendas unifamiliares.
• 3 plazas de moto, una de las cuales doble.
• Una zona de trasteros de 53,58 m2, identificados con la letra A.
• Un trastero de 133,23 m2 identificado con la letra B.
• Un conjunto de trasteros identificados con la letra C (con superficie individual inferior a los 50
m2), adosados a cada plaza de aparcamiento. La superficie total de estos es de 65,75 m 2.
En el segundo sótano hay:
• 17 plazas de coche.
• 10 plazas de moto, una de las cuales doble.
• Una zona de trasteros de 77,18 m2, identificados con la letra D.
• Un trastero de 27,64 m2 identificado con la letra E.
• Un conjunto de trasteros identificados con la letra F (con superficie individual inferior a los 50
m2) adosados a cada plaza de aparcamiento. La superficie total de estos es de 33,39 m 2.
• Un conjunto de trasteros identificados con la letra G (con superficie individual inferior a los 50
m2) adosados a cada plaza de aparcamiento. La superficie total de estos es de 46,36 m2.
Cuadro de superficies:
Sótano -1
Sótano -2
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Zones
Superfície (m2)
Aparcamiento
748,22
Zona de trasteros A
53,58
Trastero B
133,23
Conjunto de trasteros adosados C
65,75
Total 1er sótano
1000,78
Aparcamiento
614,85
Zona de trasteros D
77,18
Traster E
27,64
Conjunto de trasteros adosados F
33,39
Conjunto de trasteros adosados G
46,36
Total 2º sótano
799,42
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Condiciones de accesibilidad y entorno
Como la superficie total del aparcamiento es superior a 1.000 m2, será necesario disponer de un
hidrante exterior. Hay un hidrante en la vía pública a menos de 100 m de la fachada grafiado en
el plano de planta baja.
Condiciones que limitan la extensión del incendio
Estructura
La estructura del aparcamiento deberá ser, como mínimo, R 120, puesto que se trata de un
recinto de uso aparcamiento debajo de un uso diferente (tabla 5.1).
La estructura de los trasteros de este aparcamiento será, como mínimo, la descrita en la siguiente
tabla según su superficie:
Superficie zona de trasteros (S)
Resistencia estructural
50 < S < 100 m
R 90*
2
100 < S < 500 m2
R 120
* Al tratarse de un elemento estructural en el interior del aparcamiento, deberá tener la misma resistencia al fuego que el resto de elementos
estructurales del aparcamiento, es decir, R 120.
Con respecto a las vías de evacuación, al tratarse de una escalera especialmente protegida no
se exige resistencia al fuego de sus elementos estructurales.
Compartimentación
El aparcamiento deberá formar un único sector de incendio.
El grado de resistencia al fuego de paredes y techos que delimitan este sector de incendio será,
como mínimo, de (tabla 5.4):
- Paredes: EI 120
- Techos: REI 120
Cada una de las puertas del vestíbulo de independencia de acceso a este aparcamiento tendrá
como mínimo clasificación EI2 30-C5.
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Según su superficie, los trasteros se deberán compartimentar con un grado de resistencia al
fuego de paredes y techos, como mínimo, de:
Según TINSCI DT-8
Superficie construida (S)
Compartimentación
Acceso al local de riesgo esp.
S < 50 m2
50 < S < 100 m2
100 < S < 500 m2
EI 90
EI 90
EI 120
Puerta
EI2 45-C5
Puerta
EI2 45-C5
Vestíbulo de indep.
2 x EI2 30-C5
Instalaciones generales y espacios ocultos
Véase apartado 5.2.1.1 de esta Guía.
Materiales (tabla 5.7)
Los revestimientos de techos y paredes del aparcamiento y de los trasteros o zonas de trasteros
deberán ser de clase B-s1,d0, como mínimo, y en suelos de BFL-s1, como mínimo.
Por otro lado, los revestimientos de techos y paredes de las escaleras especialmente protegidas
deberán ser de clase B-s1,d0, como mínimo, y en suelos de CFL-s1, como mínimo.
Propagación exterior
Las paredes medianeras con otros edificios deberán ser, como mínimo, EI 120.
Las aberturas en fachada que posibilitarían la propagación horizontal y vertical de un incendio
deberán estar a una distancia superior a la que fija el apartado 5.2.2.
Condiciones de evacuación
Ocupación
m2
m2/pers.
ocupantes
Aparcamiento planta -1
748,22
40
19
Aparcamiento planta -2
614,85
40
16
Uso
Total
1.363,07
35
Tabla 9.1. Relación de superficies, usos y ocupación.
Los trasteros se consideran zonas de ocupación nula.
Evacuación
Las puertas y pasos deberán ser, como mínimo, de 0,80 m.
Las puertas de comunicación entre el aparcamiento y los vestíbulos de independencia se abrirán
hacia el interior de los vestíbulos.
Las puertas de los locales que el CTE define como locales de riesgo especial se deberán abrir hacia
el exterior de los mismos. En cambio, las puertas de los locales clasificados según el documento
TINSCI DT-8 como locales de riesgo reducido (trasteros con superficie inferior a 50 m2) se pueden abrir
en cualquier sentido, así como el resto de puertas, puesto que la ocupación es inferior a 100 personas.
Tal y como se expone en el punto 6.2 de esta Guía, para la evacuación será suficiente con una
única salida en cada planta.
Según la ordenanza municipal de condiciones de protección contra incendios (OMCPI-08) del
Ayuntamiento de Barcelona, en plantas de segundo sótano e inferiores, si la superficie útil por
planta es superior a 500 m2, son necesarias dos escaleras, como mínimo.
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El recorrido de evacuación más desfavorable es de 33 m, inferior a 35 m.
La escalera especialmente protegida deberá ser de 1,00 m de ancho, como mínimo, y deberá
cumplir con las características constructivas del apartado 6.2.2 de la Guía.
Instalaciones de PCI
Extintores
La distribución de los extintores está representada en el plano y se cumple que la distancia desde
cualquier punto hasta un extintor es inferior a 15 m.
La eficacia de los extintores deberá ser, como mínimo, 21A-113B. En el interior del trastero de
superficie mayor a 100 m2 también se deberá colocar un extintor.
BIE
Es necesaria una instalación de BIE, puesto que la superficie es superior a 500 m 2. Se instalarán
BIE de tipo 25 mm, de forma que la distancia desde cualquier punto del local protegido hasta la
BIE más próxima no supere los 25 m, medidos a través de los espacios comunes del
aparcamiento y en la misma planta.
Los trasteros deberán quedar cubiertos también por esta instalación, tal y como indica el
documento TINSCI DT-8.
Columna seca
No hace falta instalarla, puesto que únicamente hay dos plantas bajo rasante.
Detección y alarma
Es necesario un sistema de detección y alarma, dado que la superficie es superior a 500 m 2.
Se instalarán detectores térmicos grafiados en el plano de ejemplo, de forma que cubran toda la
superficie del aparcamiento y, de acuerdo con las indicaciones de la TINSCI, también se cubrirán
los trasteros de este aparcamiento con detectores ópticos.
Extinción automática
No hace falta instalarla.
Evacuación de humos
El sistema de extracción mecánica de humos del aparcamiento se describe en el capítulo 11 de
la Guía de ventilación en aparcamientos.
Sistemas de ventilación de las vías de evacuación
Se instalará un sistema de ventilación mecánica por sobrepresión de acuerdo con la norma UNE
12101-6. Éste se describe en el capítulo 11 de la Guía de ventilación en aparcamientos.
Alumbrado de emergencia
La dotación del alumbrado de emergencia está representada en el plano ejemplo de forma que
se cumple lo que se establece en el apartado 7.6 de la Guía.
Mantenimiento de las instalaciones
Las instalaciones de PCI deberán cumplir las especificaciones del RIPCI tal y como se indica en
el apartado 7.8 de esta Guía.
Señalización
La señalización de emergencia cumple lo que se establece en el capítulo 7.9 de la Guía.
79ngs
HIDRANTE
80ngs
ASCENSOR
ASCENSOR
Según la definición de escalera especialmente protegida (CTE),
esta puerta no es necesaria en la planta de salida del edificio.
Sin embargo, se coloca para el correcto funcionamiento del
sistema de sobrepresión de la escalera.
PLANTA BAJA
APARCAMIENTO
ENTRADA
16:27
PASAJE
Según la definición de escalera especialmente
protegida (CTE), en la planta de salida del edificio la
longitud desde la puerta de salida de la escalera
hasta la salida del edificio debe ser inferior a 15 m.
CALLE 2
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CALLE 3
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CALLE 1
ASCENSOR
/ CONJUNTO DE TRASTEROS C
BOCA DE INCENDIO EQUIPADA 25 mm
EXTINTOR POLVO POLIVALENTE 6 kg
Según el documento TINSCI DT-8, al tratarse de un
trastero de riesgo reducido de superficie superior a 10
m2 se debe instalar un extintor cerca del acceso.
PENDIENTE 18%
TRASTEROS B
ZONA DE TRASTEROS A
16:27
ALUMBRADO DE EMERGENCIA
LUZ INCANDESCENTE 60 W
15 PLAZAS COCHE
4 PLAZAS MOTO
PENDIENTE 3%
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FLUORESCENTE 36 W
SIRENA
CENTRAL DETECCIÓN CO2
CENTRAL DETECCIÓN INCENDIOS
DETECTOR CO
DETECTOR ÓPTICO
APARCAMIENTO PRIVADO
SÓTANO -1
18
%
PE
ND
I
EN
TE
DETECTOR TÉRMICO
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81ngs
BOCA DE INCENDIO EQUIPADA 25 mm
EXTINTOR POLVO POLIVALENTE 6 kg
ALUMBRADO DE EMERGENCIA
LUZ INCANDESCENTE 60 W
FLUORESCENTE 36 W
SIRENA
CENTRAL DETECCIÓN CO2
CENTRAL DETECCIÓN INCENDIOS
DETECTOR CO
DETECTOR ÓPTICO
DETECTOR TÉRMICO
ASCENSOR
Recorrido de evacuación más
CONJUNTO DE TRASTEROS F
La superficie conjunta de los cuatro trasteros es inferior a los
50 m2, por lo que se puede considerar como un único local
de riesgo reducido (según TINSCI DT-8) compartimentando
con EI90 únicamente el perímetro del conjunto y colocando
extintores cerca de las puertas de acceso.
17 PLAZAS COCHE
11 PLAZAS MOTO
APARCAMIENTO PRIVADO
SÓTANO -2
m
ZONA DE TRASTEROS D
PENDIENTE 18%
CONJUNTO DE TRASTEROS G
de
sfa
v
o
ra
bl
e
82ngs
TRASTERO E
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35
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Bibliografía
Publicaciones consultadas
COL·LEGI OFICIAL D’ENGINYERS INDUSTRIALS DE CATALUNYA. Infodoc 01: Guions de
continguts de projectes. Barcelona: Col·legi Oficial d’Enginyers Industrials de Catalunya, versió
febrer 2007.
Sitios web consultados
MINISTERIO DE VIVIENDA. Consultas sobre el Documento Básico DB SI - Seguridad en caso de
incendio del Código Técnico de la Edificación (Agosto-07)
[http://www.mviv.es/es/pdf/otros/Consultas%20DB%20SI%209ag07.pdf, 23 d’agost de 2007]
DEPARTAMENT D'INTERIOR, RELACIONS INSTITUCIONALS I PARTICIPACIÓ. GENERALITAT DE
CATALUNYA. Prevenció d'incendis en edificis, locals públics i indústries: Criteris d'aplicació de la
normativa. Ús aparcament.
[http://www.gencat.net/interior/esc/docs/jornades/Us_Aparcament_CTE-dbSI.pdf, desembre de 2007]
DEPARTAMENT D'INTERIOR, RELACIONS INSTITUCIONALS I PARTICIPACIÓ. GENERALITAT DE
CATALUNYA. Criteris d'aplicació de la normativa: Interpretació normativa: TINSCI.
[http://www.gencat.net/interior/esc/docs/esc_prevencio_06.htm, desembre de 2007]
83ngs
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Anexos
Anexo A
Fichas de aplicación CTE de la DGPEIS: uso aparcamiento
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Anexo B
Documentos TINSCI relacionados
con la PCI en aparcamientos
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Página 108
DOSSIER
Col·lecció Dossiers d’Acció Professional
01
Aïllament Acústic
Aislamiento acústico
Acoustic Insulation
02
Guió de continguts. Projectes d’instal·lacions tèrmiques
Projectes d’instal·lacions elèctriques. Projectes d’instal·lacions petrolíferes
03
Serveis Jurídics. Preguntes i Respostes
04
Manual de bones pràctiques per a la presentació de projectes d’activitats
05
Emissió acústica en activitats industrials
Emisión acústica en actividades industriales
06
Qualitat acústica en l'edificació
Calidad acústica en la edificación
07
Gestió del coneixement a l'enginyeria
Gestión del conocimiento en la ingeniería
08
Visat-e. Visat electrònic dels Enginyers Industrials de Catalunya. Guia d'usuari
09
Guia de disseny per a l'enginyer projectista. Instal·lacions en establiments
de restauració: Ventilació i Protecció Contra Incendis
Guía de diseño para el ingeniero proyectista. Instalaciones en establecimientos
de restauración: Ventilación y Protección Contra Incendios
10
Guia de tramitació d'instal·lacions solars fotovoltaiques
11
Guia de disseny per a l’enginyer projectista.
Instal·lacions en Aparcaments: Ventilació i Protecció Contra Incendis
Guía de diseño para el ingeniero proyectista
Instalaciones en aparcamientos: ventilación y protección contra incendios
DE
ACCIÓN
PROFESIONAL
11
Guía de diseño
para el ingeniero
proyectista
Instalaciones en
aparcamientos:
ventilación
y protección
contra incendios
2a edición / Actualizado junio 2008
P.V.P: 15 e
Enginyers Industrials de Catalunya
Via Laietana, 39 • 08003 - Barcelona
www.eic.cat

Documentos relacionados