046-2014-GRA - Gobierno Regional de Arequipa

Transcripción

046-2014-GRA - Gobierno Regional de Arequipa
.'
GOBIERNO REGIONAL
AREQUIPA
ACUERDO REGIONAL N° 046-2014-GRA/CR-AREgUIPA
Arequipa, 07 de Abtil del 2014
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente
acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, ante los profunClos desequilibrios sociales y desigualdades territoriales en nuestro país, el
proceso de descentralización surgió como una política permanente del Estado cuyo objetivo
fundamental es el desarrollo integral de país, con un carácter Irreversible y progresivo.
Que, dentro de dicho proceso la creaciÓn de los Gobiernos Regionales implicó la descentralización
del poder en niveles subnacionales, concentrando en estos funciones ejecutivas, legislativas y de
fiscalización. En ese sentido, la ConstItución Política del Perú, en concordancia con el Artículo 11°
de la Ley N° 27867 l .Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estableció la Estructura Orgánica
Básica de dichos Gobiernos, reconociendo al Consejo Regional como el órgano normativo y
fiscalizador, al Presidente Regional como el conductor y responsable del órgano ejecutivo y al
Consejo de Coordinadón Regional como órgano consultivo y de coordinación con los gobiernos
locales.
Que, sin embargo el Sistema Presidencial vigente en nuestro país, ha implicado históricamente la
excesiva concentración de poder en su órgano ejecutivo ello debido, entre otros factores, a sus
facultades y potestades económicas, siendo que como consecuenda de ello el órgano legislatlvo y
fiscalizador encuentra serias limitaciones en el cumplimiento de sus fundones.
Que, el Gobierno Regional de Arequlpa, no es ajeno a dicha realidad. En mérito a ello y con la
finalidad de ejerdtar el principio de separación de poderes y el control recíproco que deben
ejen:ase ambos órganos, en el año 2007 se aprobó y promulgó la Ordenanza Regional N° 001sobre dicha base mediante Ordenanza Regional N° 01D-AREQUIPA que aprueba el
de Organización y Funciones, se ha considerado dentro de la estructura orgánica del
' '''''-:-1r.",'.;~'¿I
Regional de Arequipa como Órganos de Gobierno, al Consejo Regional y Presidencia
Regional, correspondiéndole a éstos, las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales;
f ~~~:~~~~nl:
Que, al respecto la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA que aprueba el Reglamento Interno del
Consejo Regional de Arequipa, ha establecido como funáones de éste las de representación, las
normativas, las de fisCalización y las de control político; las mismas que se ejercen a través de los
miembros del Consejo Regional (Consejeros Regionales) con la colaboración del personal que se
encuentra a su servicio (Secretarfa del Consejo Regional, Gabinete de Asesores y Consultores,
Asistentes, y las Oficinas Provinciales del Consejo Regional).
Que, sin embargo en la práctlca, pese haberse reconocido las funciones especiales y diferentes que
cumple cada órgano de gobierno, los Instrumentos de gestión del Gobienno Regional, no reflejan la
importancia del Consejo Regional, en tanto en éstos dicho órgano no cuenta con una adécuada
organización que le permita cumplir a cabalidad y de manera continua las funciones y atribuciones
que la ley le ha conferido. Como muestra de ello el Cuadro de Asignadón de Personal (CAP) Y/o el
Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigentes, sólo contemplan cargos presupuestados (plazas)
referidos básicamente a la labor de la Secretaria Técnica del Consejo Regional (Secretario Técnico,
2 Secretarias Administrativas, 2 Personales Administrativos, 2 Choferes) que si bien coadyuvan con
las labores administrativas, resultan Insuficientes para el cumplimiento de funciones primordiales
del Consejo, como son las de fiscalización y legislación, que como se ha dicho deben ser cumplidas,
básicamente, por un gabinete técnico Y respaldado por un gabinete de asistentes a la función
concejal; siendo que sí bien a la fecha se vienen realizando contratos eventuales a determinados
"~l.
ES COPiACERTIFICADA DEI
ORiGINAL. DE L().Qut DOY FE
--ABOrk&~-L~~;-SECRETARIO
CONSEJO REGIONAL
servidores y/o profesionales para cumplir con dichas labores, este tipo de conIlatación no resulta
la más Idónea, considerando Que las labores desarrolladas en el Consejo tienen naturaleza
continua y permanente, por lo que necesariamente se requiere de una estructura formal_ Asimismo
el referido personal eventual, en varias ocasiones sufre complicaciones en su pago por falta de
disponibilidad presupuestal, lo que refleja la falta de una partida fija para el correcto
funcionamiento del Consejo.
Que, a manera de ejemplo cabe precisar que en diferentes Gobiernos Regionales del País, los
Consejos Regionales cuentan con personal dentro de su Cuadro de AsignaciÓn de Personal Y
Presupuesto Analítico de Personal en relación a asesores, asistentes administrativos y secretarias,
como es el caso del Consejo Regional de Tacna y Ancash que cuentan con 3 plazas para asespres
además de personal administrativo; mientras que el Consejo Regional de Cuzco cuenta con tantas
plazas de asesores, asistentes administrativos y secretarias como Consejeros Regionales existe,
además de un técnico en grabaciones, relator, entre otros.
Que, ante tal problemática con fecha 31 de marzo del 2014, se llevó a cabo la Sesión de la
Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Consejo Regional de
Arequipa, contando con la partldpadón del Consejero de Arequipa, como autor de la propuesta, Y
de funcionarios del Órgano Ejecutivo Regional, estableciéndose en esta la necesidad de conformar
una Comisión que tenga como finalidad institucionalizar el Consejo RegiOnal del Gobierno Regional
de Arequipa a través de una norma regional, en la que se evalúen alternativas tendientes a la
solución de la problemática ,Inmediata (demora en los pagos) y la problemática a mediano y largo
plazo (modificadón de los documentos de gestión que implique la creadón y/o reestructuradón de
plazas presupuestadas Que contribuyan al correcto desarrollo de las fundones y atribudones
Inherentes al Consejo Regional).
Que, la emisión del presente Acuerdo Regional resulta concordante con la Agenda legislativa
Regional 2011-2014 aprobada mediante Ordenanza Regional N° 152-AREQUIPA, que en su Eje N°
.....__...... 01 "Democracia, Gobernabilldad, Descentralización e Instltudonalidad del Gobierno Regional de
,
requipa" establece corno tarea la evaluación de la estructura orgánica del GRA Y planteamiento
~'" sugerendas para su modificación;
, por estas consideraciones, con el Dictamen favorable de la Comisión de Planeamiento,
upuesto y Ordenamiento Territorial, y, siendo que corresponde al Consejo Regional la
''I'~'~ probación antes referida, al amparo de la ley 2n83 Ley de Bases de Descentralización, la ley
""""'''''''..- 27867 ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifICada por las leyes 27902, 28013, 28926,
28961, 28968, 29053; yen observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza
Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional OlD-AREQUIPA y la Ordenanza
Regional 154-AREQUIPA.
.'
,>
ACUERDA:
PRlMERO.- CONFORMAR la Comisión Especial de Trabajo Que tendrá como finalidad la
Institudonallzadón y fortalecimiento del Consejo Regional de Arequlpa, mediante la presentadÓn de
propuestas tendientes a contribuir al desempeño continuo, eflciente e independiente de las
funciones a su cargo; en base al principio de separadón de poderes.
SEGUNDO.- Son integrantes de la COmisión Especial conformada en el artículo precedente los
siguientes funcionarios:
2.1. Gerente General Regional o su representante
2.2. Jefe de la Oficina Regional de Planeamlento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial o su
representante;
2,3. Jefe de la Ofidna de Planeamiento y Desarrollo Instltudonal;
2.4. Jefe de la Ofidna de Presupuesto y Tributadón;
2.5. Jefe de la Ofidna de Programación de Inversiones;
2.6. Dos (2) representantes de las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento
Territorial y de la Comisión 'de Normas, Asuntos Legales y Seguridad Humana del Consejo Regional
del GobIerno Regional de Arequlpa.
TERCERO.- La ComisiÓn conformada en atención a los artículos precedentes tendrá a su cargo las
siguientes tareas:
"
3.1. Analizar, evaluar y formular la propuesta de Estructura Organizativa del Consejo Regional, la
que incluirá la propuesta técnica de modificación al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y
Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en la que se considere la incorporación de plazas orgánicas
para el correcto funcionamiento del Consejo Regional de Arequipa, sobre la base de los
considerandos del presente Acuerdo Regional.
3.2. Analizar, evaluar y formular una propuesta respecto de las fuentes o modalidades de
financiamiento que garanticen el desarrollo eficiente y continúo de las actividades, procedimientos y
funciones a cargo del Consejo Regional, tanto en el corto, mediano como en el largo plazo.
CUARTO.- Encargar a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del
Consejo Regional de Arequipa, la instalación de la Comisión Especial dentro de las setenta y dos
(72) horas de notificada la presente norma regional, debiendo realizarse una reunión de trabajo
semanal durante 4 semanas, luego de lo cual deberá presentar el informe con las alternativas
propuestas ante el Pleno del Consejo Regional para su análisis, debate y la toma de decisión
correspondiente.
OUINTO.- Para el caso de la propuesta de incorporación de plazas orgánicas para el correcto
funcionamiento del Consejo Regional, luego de la decisión que adopte este órgano conforme al
artículo precedente; el Órgano Ejecutivo Regional a través de la Oficina de Planeamiento y
Ordenamiento Territorial, en un plazo máximo de diez (10) días calendario deberá realizar las
gestiones técnicas, legales y administrativas que correspondan, tendientes a conseguir ante el
Ministerio de Economía y Finanzas y demás instancias competentes la dotación efectiva de plazas.
SEXTO.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional, informe al Consejo Regional sobre el resultado
de las gestiones realizadas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente.
SÉTIMO.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la notificaciÓn del presente Acuerdo
Regional al Presidente del Gobierno Regional de Arequipa y a todos los integrantes de la Comisión
Especial, contemplados en el artículo Segundo, para su estricto cumplimiento dentro de los plazos
señalados.
POR TANTO:
Regístrese
y Cúmplase.
ES CO;'¡í-\CEFrrlnCAD,1), DEt
Or{IGINAL, Dí: LO QUE DOY FE
· ABOJ¿l-f.c!R~·ü\ÑDA··
SECRETARIO
CONSEJO REGIONAL
•