046-2014-GRA - Gobierno Regional de Arequipa
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046-2014-GRA - Gobierno Regional de Arequipa
.' GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA ACUERDO REGIONAL N° 046-2014-GRA/CR-AREgUIPA Arequipa, 07 de Abtil del 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, ante los profunClos desequilibrios sociales y desigualdades territoriales en nuestro país, el proceso de descentralización surgió como una política permanente del Estado cuyo objetivo fundamental es el desarrollo integral de país, con un carácter Irreversible y progresivo. Que, dentro de dicho proceso la creaciÓn de los Gobiernos Regionales implicó la descentralización del poder en niveles subnacionales, concentrando en estos funciones ejecutivas, legislativas y de fiscalización. En ese sentido, la ConstItución Política del Perú, en concordancia con el Artículo 11° de la Ley N° 27867 l .Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estableció la Estructura Orgánica Básica de dichos Gobiernos, reconociendo al Consejo Regional como el órgano normativo y fiscalizador, al Presidente Regional como el conductor y responsable del órgano ejecutivo y al Consejo de Coordinadón Regional como órgano consultivo y de coordinación con los gobiernos locales. Que, sin embargo el Sistema Presidencial vigente en nuestro país, ha implicado históricamente la excesiva concentración de poder en su órgano ejecutivo ello debido, entre otros factores, a sus facultades y potestades económicas, siendo que como consecuenda de ello el órgano legislatlvo y fiscalizador encuentra serias limitaciones en el cumplimiento de sus fundones. Que, el Gobierno Regional de Arequlpa, no es ajeno a dicha realidad. En mérito a ello y con la finalidad de ejerdtar el principio de separación de poderes y el control recíproco que deben ejen:ase ambos órganos, en el año 2007 se aprobó y promulgó la Ordenanza Regional N° 001sobre dicha base mediante Ordenanza Regional N° 01D-AREQUIPA que aprueba el de Organización y Funciones, se ha considerado dentro de la estructura orgánica del ' '''''-:-1r.",'.;~'¿I Regional de Arequipa como Órganos de Gobierno, al Consejo Regional y Presidencia Regional, correspondiéndole a éstos, las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; f ~~~:~~~~nl: Que, al respecto la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, ha establecido como funáones de éste las de representación, las normativas, las de fisCalización y las de control político; las mismas que se ejercen a través de los miembros del Consejo Regional (Consejeros Regionales) con la colaboración del personal que se encuentra a su servicio (Secretarfa del Consejo Regional, Gabinete de Asesores y Consultores, Asistentes, y las Oficinas Provinciales del Consejo Regional). Que, sin embargo en la práctlca, pese haberse reconocido las funciones especiales y diferentes que cumple cada órgano de gobierno, los Instrumentos de gestión del Gobienno Regional, no reflejan la importancia del Consejo Regional, en tanto en éstos dicho órgano no cuenta con una adécuada organización que le permita cumplir a cabalidad y de manera continua las funciones y atribuciones que la ley le ha conferido. Como muestra de ello el Cuadro de Asignadón de Personal (CAP) Y/o el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigentes, sólo contemplan cargos presupuestados (plazas) referidos básicamente a la labor de la Secretaria Técnica del Consejo Regional (Secretario Técnico, 2 Secretarias Administrativas, 2 Personales Administrativos, 2 Choferes) que si bien coadyuvan con las labores administrativas, resultan Insuficientes para el cumplimiento de funciones primordiales del Consejo, como son las de fiscalización y legislación, que como se ha dicho deben ser cumplidas, básicamente, por un gabinete técnico Y respaldado por un gabinete de asistentes a la función concejal; siendo que sí bien a la fecha se vienen realizando contratos eventuales a determinados "~l. ES COPiACERTIFICADA DEI ORiGINAL. DE L().Qut DOY FE --ABOrk&~-L~~;-SECRETARIO CONSEJO REGIONAL servidores y/o profesionales para cumplir con dichas labores, este tipo de conIlatación no resulta la más Idónea, considerando Que las labores desarrolladas en el Consejo tienen naturaleza continua y permanente, por lo que necesariamente se requiere de una estructura formal_ Asimismo el referido personal eventual, en varias ocasiones sufre complicaciones en su pago por falta de disponibilidad presupuestal, lo que refleja la falta de una partida fija para el correcto funcionamiento del Consejo. Que, a manera de ejemplo cabe precisar que en diferentes Gobiernos Regionales del País, los Consejos Regionales cuentan con personal dentro de su Cuadro de AsignaciÓn de Personal Y Presupuesto Analítico de Personal en relación a asesores, asistentes administrativos y secretarias, como es el caso del Consejo Regional de Tacna y Ancash que cuentan con 3 plazas para asespres además de personal administrativo; mientras que el Consejo Regional de Cuzco cuenta con tantas plazas de asesores, asistentes administrativos y secretarias como Consejeros Regionales existe, además de un técnico en grabaciones, relator, entre otros. Que, ante tal problemática con fecha 31 de marzo del 2014, se llevó a cabo la Sesión de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Consejo Regional de Arequipa, contando con la partldpadón del Consejero de Arequipa, como autor de la propuesta, Y de funcionarios del Órgano Ejecutivo Regional, estableciéndose en esta la necesidad de conformar una Comisión que tenga como finalidad institucionalizar el Consejo RegiOnal del Gobierno Regional de Arequipa a través de una norma regional, en la que se evalúen alternativas tendientes a la solución de la problemática ,Inmediata (demora en los pagos) y la problemática a mediano y largo plazo (modificadón de los documentos de gestión que implique la creadón y/o reestructuradón de plazas presupuestadas Que contribuyan al correcto desarrollo de las fundones y atribudones Inherentes al Consejo Regional). Que, la emisión del presente Acuerdo Regional resulta concordante con la Agenda legislativa Regional 2011-2014 aprobada mediante Ordenanza Regional N° 152-AREQUIPA, que en su Eje N° .....__...... 01 "Democracia, Gobernabilldad, Descentralización e Instltudonalidad del Gobierno Regional de , requipa" establece corno tarea la evaluación de la estructura orgánica del GRA Y planteamiento ~'" sugerendas para su modificación; , por estas consideraciones, con el Dictamen favorable de la Comisión de Planeamiento, upuesto y Ordenamiento Territorial, y, siendo que corresponde al Consejo Regional la ''I'~'~ probación antes referida, al amparo de la ley 2n83 Ley de Bases de Descentralización, la ley """"'''''''..- 27867 ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifICada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; yen observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional OlD-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. .' ,> ACUERDA: PRlMERO.- CONFORMAR la Comisión Especial de Trabajo Que tendrá como finalidad la Institudonallzadón y fortalecimiento del Consejo Regional de Arequlpa, mediante la presentadÓn de propuestas tendientes a contribuir al desempeño continuo, eflciente e independiente de las funciones a su cargo; en base al principio de separadón de poderes. SEGUNDO.- Son integrantes de la COmisión Especial conformada en el artículo precedente los siguientes funcionarios: 2.1. Gerente General Regional o su representante 2.2. Jefe de la Oficina Regional de Planeamlento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial o su representante; 2,3. Jefe de la Ofidna de Planeamiento y Desarrollo Instltudonal; 2.4. Jefe de la Ofidna de Presupuesto y Tributadón; 2.5. Jefe de la Ofidna de Programación de Inversiones; 2.6. Dos (2) representantes de las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial y de la Comisión 'de Normas, Asuntos Legales y Seguridad Humana del Consejo Regional del GobIerno Regional de Arequlpa. TERCERO.- La ComisiÓn conformada en atención a los artículos precedentes tendrá a su cargo las siguientes tareas: " 3.1. Analizar, evaluar y formular la propuesta de Estructura Organizativa del Consejo Regional, la que incluirá la propuesta técnica de modificación al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en la que se considere la incorporación de plazas orgánicas para el correcto funcionamiento del Consejo Regional de Arequipa, sobre la base de los considerandos del presente Acuerdo Regional. 3.2. Analizar, evaluar y formular una propuesta respecto de las fuentes o modalidades de financiamiento que garanticen el desarrollo eficiente y continúo de las actividades, procedimientos y funciones a cargo del Consejo Regional, tanto en el corto, mediano como en el largo plazo. CUARTO.- Encargar a la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial del Consejo Regional de Arequipa, la instalación de la Comisión Especial dentro de las setenta y dos (72) horas de notificada la presente norma regional, debiendo realizarse una reunión de trabajo semanal durante 4 semanas, luego de lo cual deberá presentar el informe con las alternativas propuestas ante el Pleno del Consejo Regional para su análisis, debate y la toma de decisión correspondiente. OUINTO.- Para el caso de la propuesta de incorporación de plazas orgánicas para el correcto funcionamiento del Consejo Regional, luego de la decisión que adopte este órgano conforme al artículo precedente; el Órgano Ejecutivo Regional a través de la Oficina de Planeamiento y Ordenamiento Territorial, en un plazo máximo de diez (10) días calendario deberá realizar las gestiones técnicas, legales y administrativas que correspondan, tendientes a conseguir ante el Ministerio de Economía y Finanzas y demás instancias competentes la dotación efectiva de plazas. SEXTO.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional, informe al Consejo Regional sobre el resultado de las gestiones realizadas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente. SÉTIMO.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional la notificaciÓn del presente Acuerdo Regional al Presidente del Gobierno Regional de Arequipa y a todos los integrantes de la Comisión Especial, contemplados en el artículo Segundo, para su estricto cumplimiento dentro de los plazos señalados. POR TANTO: Regístrese y Cúmplase. ES CO;'¡í-\CEFrrlnCAD,1), DEt Or{IGINAL, Dí: LO QUE DOY FE · ABOJ¿l-f.c!R~·ü\ÑDA·· SECRETARIO CONSEJO REGIONAL •