_06 FLUJOGRAMA REGULARIZACIÓN CORETT.cdr

Transcripción

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PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN POR LA “CORETT”
Fuente: Dirección de Apoyo Municipal Enero del 2001
1. El Ejido convoca a una Asamblea donde se decide participar
en el programa de regularización de la Corett. o la Corett hace
una visita al ejido para ofrecer el programa de regularización de
la tenencia de la tierra de los asentamientos existentes en las
tierras parceladas.
2. Una vez aceptado el programa, la Corett integra el expediente
de regularización y notifica a la S.R.A. de su intervención.
3. La Corett conjuntamente con el Ejido y la S.R.A. realizan los
trabajos técnicos del polígono a expropiar.
4. La S.R.A. y la Corett elaboran el expediente de expropiación,
solicitando a la Sedesol inicie el proceso de expropiación,
acompañando a la solicitud el avalúo de indemnización
realizado por la Cabin (Comisión de avalúos de bienes
nacionales), la Sedesol integra la propuesta de expropiación.
5. Una vez aprobado el proyecto de expropiación por la S.R.A.,
la Sedesol convoca a la inspección técnica de campo en
conjunto con el Gobierno del Estado, Gobierno Municipal, la
S.R.A., la Corett, y el Ejido.
6. Una vez aprobado por la Sedesol, ésta emite el dictamen
aprobatorio, la S.R.A. le da trámite a la expropiación.
7. La S.R.A. y la Secretaría de Gobernación, emiten el decreto
de expropiación a favor de la Corett y lo publican en el diario
oficial de la federación.
8. La Corett y el Comisariado ejidal acuerdan la garantía o el
pago de indemnizaciones a ejidatarios o comuneros.
9. El Ejido, la Corett, la S.R.A. acepten la ejecución del decreto
de expropiación.
10. La Corett y la S.R.A., inscriben en el Registro Agrario
Nacional y en el Registro Público de la Propiedad el decreto de
expropiación y el plano a favor de la Corett.
11. La Corett elabora la cartografía urbana, el Gobierno del
Estado la aprueba en conjunto con la autoridad municipal y la
Corett la inscribe en el Registro Público de la Propiedad.
12. La Corett recibe las solicitudes de los posesionarios para la
regularización de sus lotes; la Cabin y Sedesol analizan y
emiten los avalúos de contratación.
13. La Corett realiza la contratación con los posesionarios y
hace la cobranza.
14. La Corett y el Ejido realizan el pago ante el Fifonafe
(fideicomiso del fondo nacional de fomento ejidal) de acuerdo a
los convenios antes realizados por indemnizaciones y utilidades
por la expropiación.
15. La Corett contrata los notarios para la elaboración de las
escrituras.
16. La Corett, autoriza al notario se haga la inscripción de las
escrituras en el Registro Público de la Propiedad.
17. La Corett entrega copia de las escrituras a los
posesionarios.
NOTA: El proceso de regularización de la tenencia de la tierra,
se da en términos legales en 6 (seis) meses aproximadamente.

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