_06 FLUJOGRAMA REGULARIZACIÓN CORETT.cdr
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PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACIÓN POR LA “CORETT” Fuente: Dirección de Apoyo Municipal Enero del 2001 1. El Ejido convoca a una Asamblea donde se decide participar en el programa de regularización de la Corett. o la Corett hace una visita al ejido para ofrecer el programa de regularización de la tenencia de la tierra de los asentamientos existentes en las tierras parceladas. 2. Una vez aceptado el programa, la Corett integra el expediente de regularización y notifica a la S.R.A. de su intervención. 3. La Corett conjuntamente con el Ejido y la S.R.A. realizan los trabajos técnicos del polígono a expropiar. 4. La S.R.A. y la Corett elaboran el expediente de expropiación, solicitando a la Sedesol inicie el proceso de expropiación, acompañando a la solicitud el avalúo de indemnización realizado por la Cabin (Comisión de avalúos de bienes nacionales), la Sedesol integra la propuesta de expropiación. 5. Una vez aprobado el proyecto de expropiación por la S.R.A., la Sedesol convoca a la inspección técnica de campo en conjunto con el Gobierno del Estado, Gobierno Municipal, la S.R.A., la Corett, y el Ejido. 6. Una vez aprobado por la Sedesol, ésta emite el dictamen aprobatorio, la S.R.A. le da trámite a la expropiación. 7. La S.R.A. y la Secretaría de Gobernación, emiten el decreto de expropiación a favor de la Corett y lo publican en el diario oficial de la federación. 8. La Corett y el Comisariado ejidal acuerdan la garantía o el pago de indemnizaciones a ejidatarios o comuneros. 9. El Ejido, la Corett, la S.R.A. acepten la ejecución del decreto de expropiación. 10. La Corett y la S.R.A., inscriben en el Registro Agrario Nacional y en el Registro Público de la Propiedad el decreto de expropiación y el plano a favor de la Corett. 11. La Corett elabora la cartografía urbana, el Gobierno del Estado la aprueba en conjunto con la autoridad municipal y la Corett la inscribe en el Registro Público de la Propiedad. 12. La Corett recibe las solicitudes de los posesionarios para la regularización de sus lotes; la Cabin y Sedesol analizan y emiten los avalúos de contratación. 13. La Corett realiza la contratación con los posesionarios y hace la cobranza. 14. La Corett y el Ejido realizan el pago ante el Fifonafe (fideicomiso del fondo nacional de fomento ejidal) de acuerdo a los convenios antes realizados por indemnizaciones y utilidades por la expropiación. 15. La Corett contrata los notarios para la elaboración de las escrituras. 16. La Corett, autoriza al notario se haga la inscripción de las escrituras en el Registro Público de la Propiedad. 17. La Corett entrega copia de las escrituras a los posesionarios. NOTA: El proceso de regularización de la tenencia de la tierra, se da en términos legales en 6 (seis) meses aproximadamente.