Base Perfil 167

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Base Perfil 167
"2013 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813"
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN DE CARRERA Y RELACIONES LABORALES
DEPARTAMENTO DE SELECCIÓN Y EVALUACIÓN
Convocatoria General para la cobertura de cargos vacantes
BASES
INGRESO Y PROMOCIÓN A LA CARRERA ADMINISTRATIVA:
Por medio de la Decisión Administrativa N° 551 de f echa 24 de julio de 2012 se posibilita
la cobertura de cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente. Los mismos
serán cubiertos conforme a la normativa vigente: Resolución de la SGP N° 39/10
“Reglamento de Selección para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público” y
modificatorias.
Convocatoria General
Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y por el Sistema de Selección
General en el cual podrá participar el personal de Planta Permanente y no Permanente
comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Organización – Informes y Consultas
Dirección General de Recursos Humanos – Dirección de Carrera y Relaciones Laborales –
Departamento
de
Selección
y
Evaluación,
Teléfono:
4349-8117/8581,
[email protected]
Perfil – Identificación y Descripción:
1. Descripción del puesto y del perfil requerido:
Identificación del puesto: Asistente Administrativo
Código Identificatorio: 2012-002791-MINECO-G-SI-X-D
Cantidad de Cargos: 1 Dedicación horaria semanal: 40 hs
Agrupamiento: General Tramo: General Nivel: D
Remuneración: $4.681
Lugar de Trabajo: Balcarce 186, 5° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
E-mail:
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2. Sistema de selección: General. Puede participar el personal de Planta Permanente y no
Permanente comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, que reúna los
requisitos mínimos requeridos para cubrir el cargo.
3. Escala Jerárquica del Puesto: Secretaria Legal y Administrativa – Subsecretaría de
Administración y Normalización Patrimonial – Dirección General de Recursos Humanos –
Dirección de Administración y Gestión de Personal – Departamento de Legajos, Certificaciones
y Asistencia.
4. Objetivo del Puesto: Proveer a la gestión integral de la documentación administrativa, el
registro y procesamiento simple de datos, la administración de archivos y la relación con
usuarios internos y externos para el efectivo funcionamiento de la unidad organizativa.
5. Tareas que se realizan desde el puesto:
a
b
Asistir en la organización y realización de las diversas tareas administrativas
Redactar con adecuada gramática y/o transcribir textos con corrección ortográfica, en
formato y tiempo adecuados.
c
Verificar lo efectuado por otros auxiliares administrativos y colaborar con su
entrenamiento.
d
Recibir, registrar, clasificar y distribuir la documentación que ingrese y egrese de la
unidad organizativa.
e
Archivar, recuperar y tramitar la documentación ingresada o salida, realizar
seguimiento de expedientes o actuaciones.
f
Realizar tareas de armado general y foliatura de expedientes o verificar las
realizadas por otros auxiliares administrativos.
g
h
Mantener actualizados los archivos y bases de datos del área.
i
j
k
Ingresar datos en las bases respectivas y operar planillas de cálculo.
Utilizar con destreza los medios de tele transmisión (fax, correo electrónico, etc.) en
el envío documental y/o informaciones.
Transcribir textos, datos e imágenes en la elaboración de presentaciones graficas.
Mantener la agenda de autoridades administrativas y atender a la recepción de las
visitas según se le requiera.
l Atender a la organización de citas, entrevistas, eventos, reuniones, seminarios.
m Atender público y usuarios internos y externos, sea personal o telefónicamente,
Informando adecuadamente dentro de las materias de su competencia y
conocimiento o cuando sea necesario, haciendo las derivaciones pertinentes
solicitando
referencias
para
comunicación
posterior
y
registrándolas
adecuadamente.
n
Atender al aprovisionamiento de materiales, útiles y elementos para el trabajo de la
unidad organizativa y con los responsables administrativos respectivos.
o
Colaborar con la gestión del control interno de la asistencia o de las incidencias del
personal, de las rendiciones de fondos, con la transmisión de pasajes y viáticos y/o
con otras diligencias equivalentes.
p
Colaborar con la atención administrativa a otros integrantes de la unidad
organizativa.
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6. Responsabilidad del Puesto: Supone responsabilidad sobre resultados de tareas
individuales y grupales, con sujeción a objetivos, métodos, procedimientos y/o técnicas
específicas con relativa autonomía ante su superior
7. Atributos personales para desempeñarse en el puesto:
Requisitos excluyentes:
a) Edad límite de ingreso: remitirse a Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, Nº
25.164, art.5, Inc.f., que dice: “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder
al beneficio de la jubilación”.
b) Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros
podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y
circunstanciada (art. 4° de la Ley Nº 25.164)
c) Titulación:
1. Título de nivel secundario correspondiente a orientaciones
administrativas de ciclos de formación superiores a CINCO (5) años.
2. Título de nivel secundario completo.
técnicas
d) Experiencia Laboral: deberá acreditar experiencia laboral atinente por un término no
inferior a TRES (3) años después de la titulación, o, de SEIS (6) en total. En el supuesto de
acreditar título de nivel secundario correspondiente a orientaciones técnicas administrativas
de ciclos de formación superiores a CINCO (5) años, la experiencia laboral a acreditar será
por la mitad de esas cantidades. En ambos supuestos, se podrá eximir de la acreditación de
experiencia a estudiantes de carreras afines de nivel universitario siempre que se acreditara
la aprobación completa de al menos DOS (2) años de estudios.
Requisitos Deseables:
a
Preferentemente con experiencia atinente al área donde se prestará servicios
superior a la requerida y especialmente en manejo de herramientas informáticas de
gestión de sueldos.
b
Preferentemente capacitación vinculada con las actividades sustantivas de la
unidad organizativa.
8-Competencias Técnicas: Se deberá demostrar conocimientos y capacidad para aplicarlos
adecuadamente a situaciones propias del puesto de trabajo, en las siguientes materias y con
nivel.
Nivel Avanzado:
•
Manejo de procesador de texto, correo electrónico e Internet.
•
Gramática y ortografía aplicables.
•
Archivo, clasificación y recuperación de documentos escritos y digitales.
•
Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
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•
Normas para la elaboración, redacción, y diligenciamiento de los proyectos de actos y
documentación administrativa. (Decreto N°333/1985)
Nivel Medio de:
•
Manejo de planillas de cálculo y representadores gráficos
•
Manejo de inventario
•
Reglamento de Mesa de Entradas, Salida y Archivo. Decreto N° 759/66
•
Normas para la atención al público (Decreto N° 237/ 1988 y sus modificatorias)
•
Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos y su Decreto Reglamentario N°
1759/1972. Especial referencia al Titulo II: De los Expedientes, Ámbito de Aplicación, y
Plazos. Nociones de Acto y Procedimiento Administrativo.
•
Nociones Generales de la Estructura de la Administración Pública Nacional:
Ministerios, cantidad y denominación, niveles jerárquicos típicos. (Ley N°26338 y
Decreto N°357/2002 y modificatorios). Conformación de la Administración (articulo 8 de
la ley N°24156)
•
Nociones Generales de la Estructura organizativa de la Jurisdicción Ministerial y
principales responsabilidades y acciones de cada una.
•
Nociones Generales de la Ley Nº 25.164 Marco de Regulación de Empleo Público
Nacional y su Decreto reglamentario N° 1421/2002 y del Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto 214/2006) en lo
concerniente a: Ámbito, Autoridad de Aplicación, Requisitos e impedimentos para el
ingreso, Derechos, Deberes, Prohibiciones y Causas de Egreso.
•
Prólogo – Régimen de Carrera y Comisiones Paritarias permanentes del Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional Dto. 214/2006.
•
Nociones de Régimen sobre ética en el Ejercicio de la Función Pública (Ley 25188 –
Capítulos I y II) Objeto y Sujetos alcanzados- Deberes y pautas de comportamiento
ético.
•
Previsiones de la Constitución Nacional sobre estabilidad, otras garantías para empleo
e idoneidad.
•
Decreto N° 2098/2008. Sistema Nacional de Empleo Pú blico. Ámbito, Agrupamiento, y
Niveles Escalafonarios. Régimen de Promoción de Grado y Tramo en Nivel
Concursado.
9- Competencias Institucionales:
Trabajo en equipo y cooperación
a
Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.
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b
Mantiene un clima de cordialidad en el grupo promoviendo una comunicación fluida
entre sus integrantes.
Proactividad
a
Reporta dificultades y actúa para resolver los problemas que se presentan en su
trabajo.
b Esta comprometido con la calidad de su trabajo.
Compromiso con el aprendizaje
a
b
Progresa consistentemente en sus conocimientos en el área de su competencia.
Genera acciones de cambio personal a partir del conocimiento de sus fortalezas y
debilidades.
Orientación al usuario
a
Efectúa su trabajo buscando satisfacer la demanda de sus usuarios internos o
externos
Inscripción – Postulación:
Para participar de los concursos los postulantes deberán efectuar obligatoriamente su
postulación en forma electrónica e impresa:
• Pre- inscripción Electrónica: Estará disponible desde el 18 de febrero hasta el 15 de marzo de
2013 a las 16:00 horas.
• Inscripción Documental: Desde el día 4 de marzo hasta el día 15 de marzo de 2013 en el
horario de 11:00 a 16:00 horas, en el Edificio Nuevo Estado sito en Av. Belgrano 637, Código
Postal C1092AAG, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o se trate de
personas que acrediten certificado de discapacidad, podrá inscribirse por correo postal para lo
cual deberá adjuntar certificado de domicilio o copia del certificado de discapacidad, en el
envío, considerándose a todo efecto la fecha de franqueo postal.
• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada
y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La
inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.
• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o
documentación adicional, ni modificar los datos consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
Documentación a presentar por el postulante:
●
“Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción”, debidamente completado y cuyos
datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario
debe ser firmado en todas sus hojas.
●
“Constancia de Recepción y Aceptación de Reglamento y Bases del Concurso”,
reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los
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procesos de selección general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el
que se inscribe, la dirección de la página Web en la que se divulgarán las informaciones,
los resultados respectivos y las Bases del Concurso.
●
“Constancia de Recepción de la Solicitud Ficha de Inscripción y Documentación”.
●
Declaración Jurada de satisfacer los requisitos previstos en los art. 4° y 5° del Anexo
de la Ley N° 25164 y su reglamentación, y en los ar tículos concordantes del Convenio
Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por
Decreto N° 214/06, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel
Escalafonario al que se aspira.
●
Currículo Vitae Actualizado, firmado en todas sus hojas.
●
Certificados de estudios formales y documentación que respalde la información volcada
en el “Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción”. Los interesados deberán concurrir a
la inscripción con la documentación original y copias que respalden la información
declarada. Se procederá a su correspondiente constatación y certificación, no siendo
necesario que dichas copias estén autenticadas por escribano. La ausencia de lo requerido
o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el
antecedente declarado.
La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en cada hoja del
Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” y de la declaración Jurada “Constancia de
Recepción y Aceptación de Reglamento y Bases del Concurso”.
Comité de Selección:
Lic. Marcelo Horacio CORTIÑAS. M.I. Nº 11.776.468
Sr. Martín Hernán PEÑA. M.I. Nº 24.117.481
Lic. María Belén ROCA. M.I. Nº 26.448.353
Ing. Viviana Graciela DURRUTTY. M.I. Nº 13.855.136
Lic. Mirta María VERON. M.I. Nº 4.434.298
El Curriculum Profesional de cada uno de los integrantes se encuentra disponible en la página
Web.
Secretaría Técnica del Comité de Selección:
Dra. Marcela Agüero M.I. N° 14.868.027
Lic. Daniela Caruso M.I. N° 26.010.193
Lic. María Cecilia Bacigalupo M.I. N° 30.998.394
Daniela Tzoymaher M.I. N° 28.507.227
Mauro J. Campagna M.I. N° 31.175.584
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Silvia Aisaguer M.I N° 6.168.591
Juan Ignacio Beaudroit M.I. N° 33.085.428
Lic. Juan Pablo Cucchiara M.I. N° 29.903.963
Lic. Carmen Acuña M.I. N° 11.040.894
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en
los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la
excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la
lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones
deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA
Art. 17. - Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna
de las partes, sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior,
interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes,
procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos
oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o
querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de
enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la
denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado
recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o
frecuencia en el trato.
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos
conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez
después que hubiere comenzado a conocer del asunto.
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EXCUSACION
Art. 30. - Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación
mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras
causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de
decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en
cumplimiento de sus deberes.
Proceso de Selección – Etapas:
Cada una de las etapas que integran el proceso de selección se dará por aprobada o
desaprobada siendo las mismas excluyentes en orden sucesivo.
1
Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: consistirá en la evaluación de
los antecedentes curriculares y laborales pertinentes específicamente vinculados al cargo
concursado, de acuerdo con los requisitos exigidos en la descripción de los perfiles de
puestos. Puntaje máximo cien (100), que se distribuirá de la siguiente manera: 40 puntos
Formación y Capacitación y 60 puntos Experiencia Laboral. Accederán a la siguiente etapa
quienes hayan obtenido al menos sesenta (60) puntos.
2
Evaluación Técnica: consistirá en la realización de una (1) prueba de evaluación escrita
que constará de dos partes: una práctica y una teórica, en la que se valorarán los
conocimientos del temario especificado en los requisitos exigidos en la descripción de los
perfiles de puestos. La misma será efectuada bajo seudónimo elegido por el postulante y
una clave convencional de identificación personal que sólo permita individualizar a cada
postulante después de su calificación. El postulante que se identificara en la prueba escrita
será excluido del proceso de selección sin más trámite. Puntaje máximo: cien (100), que se
distribuirán de la siguiente manera: cincuenta (50) puntos a la evaluación de aplicación
práctica y cincuenta (50) puntos a la evaluación de conocimientos. Calificadas las pruebas,
el Comité de Selección celebrará un acto público al que serán invitados todos los
postulantes que la hubieran rendido, en la que se procederá a la apertura de los sobres
sellados conteniendo la identificación de cada persona. A este efecto se labrará un acta
invitando a suscribirla a los postulantes presentes. Accederán a la siguiente etapa quienes
hayan obtenido al menos sesenta (60) puntos.
3
Evaluación Laboral – Entrevista: consistirá en la realización de una (1) entrevista
mediante la utilización de una Guía de Entrevista confeccionada al efecto por el Comité de
Selección, mediante la cual completará la apreciación de los Antecedentes Curriculares y
Laborales como para las demás competencias exigidas para el mejor desempeño del
puesto. La etapa se desarrollará en dos fases: el primero dirigido a obtener información que
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complemente la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, del resultado de
esta fase el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado a la Primera Etapa o
ajustarlo en más o en menos el treinta por ciento (30%), fundamentando la determinación
que adopte. La segunda fase será utilizada para evaluar las demás competencias laborales
exigidas en la descripción del perfil del puesto para el cual se postula y el cual se encuentra
identificado en las presentes Bases. Aprobarán esta etapa aquellos postulantes que hayan
obtenido al menos sesenta (60) puntos. Puntaje máximo: cien (100) puntos.
4
Evaluación Perfil Psicológico, consistirá en una evaluación del perfil psicológico
tendiente a ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el
mejor logro del desempeño laboral en el puesto de trabajo. Será efectuada por
profesionales matriculados, quienes elevarán al Comité de Selección un informe con la
calificación de: Muy Adecuada (Coeficiente 1.10), Adecuada (Coeficiente 1.05) o Menos
Adecuada (Coeficiente 1.00).
Orden de Mérito – Calificación de los Postulantes:
Integrarán el Orden de Mérito los postulantes que aprueben todas las etapas del proceso de
selección. La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
●
Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%, repartidos de la siguiente
manera: 10% por antecedentes de Formación y 20% por antecedentes Laborales.
●
Evaluación Técnica: 60%
●
Evaluación Laboral: 10%
El puntaje obtenido se multiplicará por el Coeficiente de la ponderación de la Evaluación del
Perfil Psicológico. De modo tal que el mayor puntaje a obtener es 100 puntos y el menor
puntaje a conseguir para integrar el Orden de Mérito es de 60 puntos.
El Orden de Mérito resultará entonces, del puntaje final obtenido por cada postulante.
En caso de empate en la calificación total, entre dos (2) o más participantes y según lo
establecido en el art. 44 del SINEP, el Orden de Mérito se establecerá priorizando a quienes
queden comprendidos en los alcances de las Leyes N° 24.431 (Sistema Protección Integral de
los Discapacitados) y N° 23.109 (Beneficios a Ex Co mbatientes). De no existir postulantes en la
situación precedente se considerará el puntaje obtenido en la segunda etapa; de persistir la
paridad se considerará el puntaje obtenido en la ponderación de los antecedentes laborales, de
subsistir la igualdad se tomará en cuenta la calificación de la tercera etapa, y finalmente, se
ordenará según el puntaje correspondiente a los Antecedentes de Formación. En cada uno de
los supuestos previstos en el presente párrafo, se dará preferencia al empleado que revistara
en el Tramo más elevado según lo establecido en el art. 17 SINEP. De persistir aún el empate,
se resolverá por sorteo en el que participará el personal directamente afectado.
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Cronograma Tentativo:
Nombre de tarea
PRE INSCRIPCION VIRTUAL
INSCRIPCION PRESENCIAL/ DOCUMENTAL
PUBLICACION ACTA INSCRIPTOS ADMITIDOS Y
NO ADMITIDOS
EVALUACION DE ANTECEDENTES
CURRICULARES Y LABORALES
EVALUACIÓN TÉCNICA
ENTREVISTA LABORAL
EVALUACION PSICOLÓGICA
PROYECTO Y FIRMA RES. DE ORDEN DE MERITO
NOTIFICACIONES
PROYECTO Y FIRMA DE DECRETO DE
DESIGNACION
NOTIFICACION
Duración
Comienzo
Fin
20 días
10 días
3 días
lun 18/02/13
lun 04/03/13
lun 25/03/13
vie 15/03/13
vie 15/03/13
mie 27/03/13
10 días
mie 03/04/13
mar 16/04/13
15 días
10 días
10 días
10 días
5 días
20 días
lun 22/04/13
lun 20/05/13
lun 03/06/13
mar 25/06/13
mie 10/07/13
lun 22/07/13
lun 13/05/13
vie 31/05/13
vie 14/06/13
lun 08/07/13
mar 16/07/13
vie 16/08/13
5 días
mar 20/08/13
lun 26/08/13
Consideraciones generales:
●
Quedan excluidas de participar las personas que integran el Comité de Selección, y la
Secretaría Técnica del Comité de Selección, quienes integrarán la Mesa Evaluadora para
la selección.
●
Recusación con expresión de causa: resultarán aplicables las disposiciones del art. 17 del
Código Civil y Comercial de la Nación.
●
Excusación: resultarán aplicables las disposiciones del art. 30 del Código Civil y Comercial
de la Nación. No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios
que intervengan en cumplimiento de deberes.
●
Quienes oficien de veedores no deberán tener compromiso personal con los postulantes
del proceso de selección, caso contrario deberán abstenerse. El registro de veedores se
pondrá a disposición en la misma oportunidad y modo que el propio de aspirantes.
●
La veeduría se refiere a la función de velar para que el proceso ocurra con total
regularidad, de acuerdo a lo establecido en estas bases, asegurando el respeto por los
derechos de los aspirantes al puesto y su desarrollo en un contexto de legalidad y
objetividad.
●
Quienes oficien de Veedores participarán como tales en cualquiera de las instancias
definidas para el proceso, a fin de constatar la veracidad y transparencia del mismo, no
alterando por ello el desarrollo de las pruebas. La falta de participación de uno o más
veedores, no impedirá proseguir con el proceso.
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●
Los veedores podrán dejar constancia por escrito, ante el Comité de Selección, de las
observaciones que consideren pertinentes y agregar informes o solicitar informes
aclaratorios, siendo las apreciaciones que realicen no vinculantes.
●
Para la actuación del Comité de Selección se requerirá la presencia de la totalidad de sus
miembros, salvo caso de fuerza mayor debidamente acreditada en el que podrá hacerlo
con cuatro (4) de ellos.
●
Los miembros del Comité de Selección participarán de forma activa en todas las fases y
pruebas del proceso de selección, manteniendo una presencia permanente durante el
periodo de valoración de las mismas. En caso de ausencia de alguno de sus miembros
deberá presentarse su suplente. Se observarán de forma rigurosa los horarios establecidos
para el desarrollo de todo el proceso.
●
El secretario del Comité de Selección levantará acta de las sesiones que deberán ser
leídas, aprobadas y firmadas en cada una de las instancias.
●
El Comité de Selección, finalizada la calificación, elevará la grilla de Orden de Mérito a la
Dirección General de Recursos Humanos.
●
Contra el Acto Administrativo que aprueba el Orden de Mérito podrán deducirse los
recursos previstos en la Ley N° 19549 de Procedimie ntos Administrativos y su
Reglamentación aprobada por Decreto N° 1759/72 (t.o . 1991).
●
Las certificaciones referidas a experiencia en puestos de trabajo de un Organismo de
Gobierno, deberán ser expedidas por autoridad competente, a la vista de las justificaciones
o comprobantes que se consideren oportunos, y se referirán al tiempo de servicios
prestados y área de experiencia en que se encuadran.
●
Discapacidades. Los/las aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la
solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las
pruebas. El Comité de Selección podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la
información que estime necesaria en orden a la adaptación deducida, así como el dictamen
de los órganos técnicos del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social y la Comisión
Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas respecto de la
procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y
funciones del puesto.
●
Las evaluaciones que realice el Comité de Selección como consecuencia del proceso de
selección se realizarán en la sede indicada al efecto, por lo cual los gastos de pasajes,
traslados, alojamiento, comidas y toda otra erogación que realicen los aspirantes correrán
por su exclusiva cuenta.
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●
Quedará excluido del proceso de selección, sin más trámite quien no concurriera a las
actividades previstas en cada una de las etapas del presente proceso de selección
identificadas en estas Bases.
●
En las inscripciones que se realicen por poder o por correo, el postulante deberá volver a
firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación a la primera prueba.
●
En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma
gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones
que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.
●
Los participantes que no integren el Orden de Mérito podrán retirar las documentaciones
presentadas luego de la publicación del mismo en el Departamento de Selección y
Evaluación sito en Balcarce 186 5to Piso oficina 540, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Luego de 45 días de guarda, si la documentación no ha sido retirada será destruida,
excepto la documentación correspondiente a personal del Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas, la que será acumulada en su Legajo Personal.

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