Deberás…

Transcripción

Deberás…
Tienes derecho a…
 Una retribución según lo establecido en el Convenio de aplicación en
Haribo y a lo descrito en el contrato de trabajo
 Información y formación en prevención de riesgos laborales de manera
previa a la contratación y acorde al trabajo que vas a desempeñar
 A recibir protección en el entorno laboral, o a través de una política de
seguridad y salud en el trabajo
Deberás…
 Ser puntual al inicio de cada jornada y permanecer en tu puesto
de trabajo durante todo el horario que hemos acordado en el
contrato. De nuestra puntualidad depende el buen funcionamiento
de la empresa. A la hora en punto tendrá que haberse cambiado,
fichado y en su lugar de trabajo. Es un factor importante cuando se
evalúa.
 Cotizar a la Seguridad desde el 1er día contrato
 Avisar a tu Consultora Adecco y/o a tus superiores en la empresa
cualquier ausencia al trabajo, tan pronto sea posible. Recuerda
entregar un documento de justificación en la oficina Adecco
 Una indemnización económica a la finalización del contrato, equivalente
a 12 días de salario por año trabajado
Cumplir las órdenes e instrucciones que te dan tus superiores
directos y realizar sólo las tareas que te hayan sido asignadas
 Recibir igualdad de trato, independientemente de tu sexo, edad, religión
y/o creencias
 Respetar las medidas de Seguridad e Higiene en el trabajo
establecidas para ello
 Utilizar las instalaciones colectivas de la empresa cliente (comedores,
transporte, vestuario, …)
 Cumplir las normas internas de Haribo.
A una póliza de accidente de trabajo, según lo establecido en el
Convenio de Empresas de Trabajo
 Un plan de formación continua que mejore tus habilidades y
empleabilidad (Escuelas Profesionales)
Disfrutar de los permisos que se establecen en el Convenio de Empresas
de Trabajo Temporal
 Compartir tu experiencia Adecco en www.calidad.com o teléfono 900
350 360
 Comunicar de inmediato a tu Consultora Adecco cualquier cambio
en las funciones o centro de trabajo
 De igual manera, facilítanos los nuevos datos si has cambiado de
domicilio y/o teléfono
Debes cumplir con la Política de Calidad de alimentación
implementado en Haribo.
Deberás…
 Ser cuidadoso en la conservación del material de trabajo,
vestuario y las instalaciones de la empresa, utilizándolos sólo para
fines profesionales. Cada persona se tiene que hacer responsable
de su ropa. Se le entregaran las llaves de la taquilla donde podrá
guardar su ropa. Obligatoriamente se cambiará en las
instalaciones de Haribo. No saldrá a la calle con la ropa de
Haribo.
En el cambio de temporada se le entregará ropa nueva, si es
necesario
 Fichar a la entrada y salida al trabajo. Se le entregará un código
a cada trabajador para poder fichar.
Entrada:
El primer fichaje será en la puerta giratoria que le dará acceso
para entrar en el recinto. Estos marcajes servirán en caso de
emergencia.
Una vez se haya cambiado y justo antes de empezar su jornada
laboral, fichará en los relojes que hay en la entrada de su zona
de trabajo.
Salida
Realizará el mismo circuito pero al revés. Para cobrar los días
trabajados es necesario que estén los 4 marcajes.
Cualquier incidencia lo comunicará al/la encargado/a.
 No utilizar tu móvil personal durante el tiempo de trabajo, en
caso de emergencia le pueden localizar en el tlf de la empresa:
972595000
Deberás…
 Participar de tu evaluación de desempeño. La cual mide su
rendimiento, comportamiento, predisposición en el trabajo.
La realizará su responsable directo/a. Lo entregará periódicamente
al departamento de RRHH y servirá para posibles renovaciones,
promociones, . . .
 Seguir el siguiente Protocolo en caso de Acoso Sexual.
Licencias y Permisos Art.37
V Convenio Estatal de Empresas de Trabajo Temporal( Art. 37)
Los trabajadores tanto de estructura como de puesta a disposición,
previo aviso y justificación, tienen derecho a los siguientes permisos retribuidos:
a) Quince días naturales en caso de matrimonio.
b) Dos días en caso de nacimiento de hijos.
c) Dos días en caso de enfermedad grave, accidente, hospitalización y fallecimiento
de pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
d) Tres días en caso de fallecimiento de cónyuge, padres, padres políticos, hijos o
hermanos.
e) En los supuestos b), c) y d) anteriores cuando, con tal motivo, el trabajador necesite
hacer un desplazamiento al efecto, el permiso será de cuatro días, según se
establece en el art. 37, apartado 3, letra b) del Estatuto de los Trabajadores.
f) Un día por traslado del domicilio habitual.
g) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber
inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio de
sufragio activo.
h) Para realizar funciones sindicales o de representación en los términos
establecidos en la ley y en el presente Convenio.
i) Para la asistencia a cursos de formación profesional en los términos
pactados en el presente Convenio, así como para la asistencia a
exámenes de enseñanza reglada.
j) Un día natural por matrimonio de padre, madre, hijo, hermano o
hermano político, en el día de celebración de la ceremonia.
Del mismo modo, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/1999, de 5
de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral
de las personas trabajadoras

Documentos relacionados