ESCUELA MAGNETICO – ESPIRITUAL DE LA COMUNA
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ESCUELA MAGNETICO – ESPIRITUAL DE LA COMUNA
ESCUELA MAGNETICO – ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL SIEMPRE MAS ALLA MAESTRO NATO Y DIRECCION GENERAL Caracas 22 de Agosto de 1999 Día 3 Mes 12 Año 88. (N.E.) A LAS CATEDRAS, SUBCATEDRAS, ADHERENTES, ESTUDIANTES y GRUPOS DE ESTUDIO DE LA E.M.E. DE LA C.U. ASUNTO: Expulsión de la E.M.E. de la C. U. al Adherente Lorenzo Bernardino Juricich - Considerando: Que en fecha del 9 al 11 de Octubre de 1993 (E. V.) se realizó en Colonia y Ciudad Jaime una asamblea que denominaron "PRIMERA ASAMBLEA MUNDIAL EXTRAORDINARIA DE CATEDRA PROVINCIAL N° 71 "LUZ Y PAZ" DE SANTIAGO DEL ESTERO, Y DE CATEDRA CIUDADANA N° 121 DE COLONIA Y CIUDAD JAIME", donde se pretendió elegir al Adherente Lorenzo Bernardino Juricich como DIRECTOR GENERAL PROVISIONAL DE E.M.E. DE LA C.U.; y luego, el 5 de abril de 1996 (E.V.) se realizó en el mismo lugar otra asamblea la cual definieron como: "IV ASAMBLEA COMUNAL INTERNACIONAL DE CATEDRA PROVINCIAL N° 71 "LUZ Y PAZ" DE SANTIAGO DEL ESTERO, Y DE CATEDRA CIUDADANA N° 121 DE COLONIA Y CIUDAD JAIME", con el fin de ratificar al adherente Lorenzo Bernardino Juricich como supuesto DIRECTOR GENERAL PERMANENTE DE LA E.M.E. DE LA C..U., lo cual es absolutamente ¡ILEGAL Y NULO! ya que está perfectamente determinado en toda la Reglamentación de la E.M.E. de la C.U. que el DIRECTOR GENERAL de nuestra Institución no es elegible por asamblea alguna y que es el MAESTRO NATO el sucesor del Maestro Fundador en la DIRECCIÓN GENERAL DE LA E.M.E. DE LA C.U. (Art. 17 de los Estatutos), y dicho sucesor "Solamente es designado por los Consejos Superiores del Gobierno del Espiritismo" (Reglamento Interno. Escala de Cargos que deben reconocerse. Pág. 16). Considerando: Que en la E.M.E. de la C. U. todos los cargos son elegibles menos el cargo de MAESTRO NATO y DIRECTOR GENERAL, cuestión que está claramente establecida en el ARTICULO 1° de la Ley de Elecciones en General del Código de Amor Universal Libro Segundo donde se plantea.: 1 "CON ARREGLO AL CAPITULO 7° DE LA LEY FUNDAMENTAL DE LA COMUNA, EL MAESTRO NATO VIENE DESIGNADO POR EL ESPIRITU DE VERDAD, DE ACUERDO CON LOS DESIGNIOS DE LOS CONSEJOS DE SION Y A ÉL INCUMBE EL REGIMEN Y LEYES UNIVERSALES; NO PUEDE SER ELECTO NI DISPUESTO POR EL PUEBLO, SU VOZ ES LA DEL CONSEJO DEL PADRE COMUN y UNIVERSAL ELOI, SIRVIÉNDOLE DE AYUDANTE EL QUE LO VA A SUSTITUIR, CONFORME AL CAP. 8° DE LA CITADA LEY ORGANICA Y FUNDAMENTAL." (Pág. 141 del Código de Amor Universal. Libro Segundo). Considerando: Que siendo el MAESTRO NATO "Solamente designado por los Consejos Superiores del Gobierno del Espiritismo" y "La voz del Consejo del Padre Común y Universal ELOI", solo a él corresponde dar a conocer al mundo quien es su sucesor; y cualquiera que pretenda erigirse en DIRECTOR GENERAL, - y por lo tanto en MAESTRO NATO -, sin haber sido reconocido y designado como tal por el MAESTRO NATO anterior, comete un acto de prevaricación según lo pautado en los Estatutos de la E.M.E. de la C.U., en su artículo 21°, donde se dice: "TODOS LOS ADHERENTES DE LA ESCUELA MAGNETICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL, EN EL SOLO HECHO DE PEDIR SU RECONOCIMIENTO CONFORME AL ARTICULO 13° RECONOCEN Y CONFIESAN ESTOS ESTATUTOS EN TODAS SUS PARTES Y PROMETEN SU CUMPLIMIENTO: SU FALTA POR MALICIA, LLEVA CONSIGO EL ARTICULO 19°" (Entiéndase expulsión de la E.M.E. de la C.U.). Considerando: Que en estos Estatutos de la E.M.E. de la C.U., que todo Adherente debe confesar y cumplir bajo pena de expulsión por prevaricato, en su artículo 8° taxativamente dice que: "LA DIRECCIÓN Y PODER EJECUTIVO DE LA ESCUELA, EN LO MATERIAL, MORAL Y ESPIRITUAL, RADICA INVARIABLE Y EXCLUSIVAMENTE, EN EL MAESTRO NATO (HOY EL FUNDADOR)……." Pág. 7 de los Estatutos. Lo que significa que es una función y misión que el MAESTRO NATO no puede ceder ni compartir con nadie aunque quisiera; y mucho menos puede permitir que algún "hermanito" pretenda socavar la Reglamentación de la E.M.E. de la C.U. y oponerse al mandato de los CONSEJOS DE ELOI a objeto de apoderarse de este cargo, conminando a otros a que lo secunden en este acto de prevaricación. Considerando: Que el Maestro Juez; adelantándose a su tiempo y previniendo que a alguien se le ocurriera desconocer o suplantar al MAESTRO NATO Y DIRECTOR GENERAL; en el último párrafo del articulo 15° de los Estatutos de la E.M.E. de la C.U.., refiriéndose al MAESTRO NATO y DIRECTOR GENERAL sentenció: "……… SIEMPRE SERA INAMOVIBLE PORQUE ES VENIDO EN MISION………" Pág. 9 y 10 de los Estatutos. 2 Considerando: Que el 3 de Diciembre de 1990 (E.V.), EL MAESTRO NATO Y DIRECTOR GENERAL JUAN D. TRINCADO RIGLOS, casi dos (2) años antes de su tránsito al espacio, tomó la previsión, en unidad con su Consejo, de designar a mi persona, en mi condición de MAESTRO NATO, como DIRECTOR GENERAL DE LA E.M.E. DE LA C.U., con las atribuciones contempladas en los artículos 8° y 17° de los Estatutos; y acorde a las disposiciones emanadas de los CONSEJOS SUPERIORES DEL GOBIERNO DEL ESPIRITISMO, y el ART. 1° DE LA LEY DE ELECCIONES EN GENERAL DEL CÓDIGO DE AMOR UNIVERSAL LIBRO SEGUNDO. Designación ésta dada a conocer al mundo después de la desencarnación del MAESTRO NATO JUAN D. TRINCADO RIGLOS y en el momento que EL GOBIERNO UNIVERSAL DEL ESPIRITISMO así lo dispuso; lo que no justifica la CONFUSION de unos ni el OPORTUNISMO de otros que llegaron hasta el PREVARICATO con tal de "hacerse elegir" como supuesto DIRECTOR GENERAL DE LA E.M.E. DE LA C.U.; conociendo, como se supone conocen, los Estatutos, Reglamentos, y demás componentes de la Normativa y Obra escrita dejada por el MAESTRO FUNDADOR JOAQUIN TRINCADO. Así, como es y será siempre injustificable ante la Historia, el Progreso y el Gobierno Universal del Espiritismo la falta de fe viva (llámese convicción) del pueblo Israelita de hace 36 siglos el cual fabrica un ídolo de metal debido a la supuesta tardanza de Moisés en bajar del Monte Sinaí con las prometidas Tablas de la Ley. Considerando: Que el ADHERENTE LORENZO BERNARDINO JURICICH, antes y después de darse a conocer mi designación como MAESTRO NATO Y DIRECTOR GENERAL de la E.M.E. de la C.U., se ha dedicado a nombrar Directores y Celadores Regionales sin tener competencia para ello; así como a perseguir, hasta judicialmente no sólo a mi persona sino a las autoridades de la ESCUELA en países como Venezuela donde tomó por asalto la Cátedra Regional cuyas autoridades hoy en día están sometidas a la inédita y traumática situación de estarse defendiendo ante más de una decena de juicios entablados por el mencionado Adherente LORENZO BERNARDINO JURICICH a través de algunos de sus seguidores, quienes no han tenido el más mínimo escrúpulo al trabajar incansablemente a objeto de pretender encerrar en las cárceles de este país a dichas autoridades, por el único delito de aferrarse a la LEGISLACION de la ESCUELA y ser viejos defensores de la Causa. Estas insólitas actuaciones han llegado a realizarlas mediante falsas acusaciones cual si estuviésemos en la mismísima época de la SINIESTRA INQUISICION; contraviniéndose de este modo, no solo la Normativa y demás componentes de la Obra escrita de la E.M.E. de la C.U., sino aquel postulado básico de la Doctrina que dice: "TODO TE ES PERMITIDO MENOS HACER DAÑO A UN SEGUNDO Y A UN TERCERO". Considerando: Que el Adherente LORENZO BERNARDINO JURICICH con sus actuaciones pasadas y presentes, totalmente contrarias a la DOCTRINA y REGLAMENTACIÓN de la E.M.E. de la C.U., a demostrado que es ABSOLUTAMENTE INCORREGIBLE, habiéndosele dado suficiente tiempo para que diera muestras de rectificación en su conducta anti-Reglamentaria y anti-Doctrinaria; en mi condición de Maestro Nato y Director General de la E.M.E. de la C.U. fundada por el Maestro Joaquín Trincado, DE QUIEN SOY SU LEGITIMO SUCESOR; de acuerdo a las atribuciones que me confieren los Art. 8 y 19 de los Estatutos, y el Art.10 del Reglamento Interno 3 DECRETO: Artículo 1°. -LA EXPULSION DEFINITIVA DE LA ESCUELA MAGNETICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL (E.M.E. DE LA C.U.) DEL EX-ADHERENTE LORENZO BERNARDINO JURICICH, por lo cual se le anula la Credencial de Adherente N° 3624, conferida por el Maestro Nato y Director General anterior Juan D. Trincado Riglos. Artículo 2°. -Se prohíbe expresamente al ciudadano LORENZO BERNARDINO JURICICH asistir a cualquier aula de la ESCUELA MAGNETICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL (E.M.E. de la C.U.), así como a sus COLONIAS COMUNALES y demás organizaciones filiales o adscritas a la E.M.E. de la C. U. en el mundo; haciéndose cómplice del delito de prevaricato toda aquella autoridad de la ESCUELA MAGNETICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL (E.M.E. de la C.U.) que le permita el acceso a sus Aulas, Colonias Comunales y Organismos afiliados a nuestra Institución. Artículo 3°. -Son nulas, de toda nulidad, las actuaciones y decisiones tomadas por el EX ADHERENTE LORENZO BERNARDINO JURICICH en nombre de la ESCUELA MAGNETICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL (E.M.E. de la C.U.), tales como otorgamiento de Credenciales de Adherente, destituciones, nombramientos, otorgamiento de poderes, etc.; porque como queda demostrado en los considerandos previos a este decreto son nulas y falsas las cualidades del mencionado EX -ADHERENTE para la toma de tales decisiones, así como son nulas, por ilegales, LAS ASAMBLEAS DE LAS FAMOSAS ACTAS 40 Y 46 DE LA CÁTEDRA PROVINCIAL NUMERO 71 "LUZ Y PAZ DE SANTIAGO DEL ESTERO", Y DE CÁTEDRA CIUDADANA NUMERO 121 DE "COLONIA Y CIUDAD JAIME". Artículo 4°. -Esta decisión no alcanza a su esposa e hijos a menos que a voluntad se solidaricen y secunden las actuaciones de LORENZO BERNARDINO JURICICH, quien no pertenece a la ESCUELA MAGNETICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL (E.M.E. de la C.U.) a partir de la presente fecha. Artículo 5°. -Publíquese y dese a conocer a las Cátedras, Subcátedras, Grupos de Estudios, Adherentes, Estudiantes de la ESCUELA MAGNETICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL (E.M.E. de la C.U.) en el mundo. Se solicita a las autoridades de la Cátedras Regionales, Provinciales y ciudadanas de la E.M.E. de la C.U. del orbe HAGAN DEL CONOCIMIENTO A LAS AUTORIDADES CIVILES respectivas la presente resolución. Dado en 5 folios, firmado y sellado en Caracas, Venezuela, donde temporalmente está ubicado el Maestro Nato y Director General de la E.M.E. de la C.U., a los veintidós días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y nueve de la Era Vulgar; correspondiente al día tercero del mes duodécimo del año ochenta y ocho de la Nueva Era. Víctor Rolando Trincado Maestro Nato y Director General de la E.M.E. de la C.U. 4