D-COM-002 Anexo RSC V3
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D-COM-002 Anexo RSC V3
Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Controlado Página 1 de 17 HISTORIA DEL DOCUMENTO VERSIÓN DESCRIPCIÓN ELABORÓ REVISÓ APROBÓ FECHA 3 Eliminación del Paz y Salvo de Coordinador Responsabilidad Social de Gestión Corporativa como requisito para RSC la liquidación del contrato. Coordinador Líder RSC Gerente RSC 26-03-12 2 Eliminación de términos contenidos en otros anexos de la organización y de los ejemplos de la Tabla No. 1 – Clasificación de Coordinador MONC Y MOC. Precisión de RSC requisitos sobre desempeño de trabajadores, relaciones comerciales y comunicaciones. Compatibilidad con otros anexos. Coordinador Líder RSC Gerente RSC 23-02-12 1 Actualización de la Política Sostenibilidad. Aclaración requisitos y evidencias cumplimiento. Inclusión definiciones y gráficos. Coordinador RSC Gerente RSC 12-07-11 0 Edición Inicial Coordinador RSC Gerente RSC 01-09-09 de de Coordinador de de Gestión de RSC Coordinador RSC Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 2 de 17 TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO _____________________________________________________________________ 3 2. ALCANCE _____________________________________________________________________ 3 3. GLOSARIO ____________________________________________________________________ 3 4. ROLES Y RESPONSABILIDADES __________________________________________________ 4 5. ESTRATEGIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA ___________________________ 5 6. RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA DE NUESTROS CONTRATISTAS _______________ 6 7. 6.1. CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA LOCAL ____________________________________________ 7 6.2. COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS _________________________________________________ 12 6.3. MANEJO DE LA INFORMACIÓN Y ATENCIÓN A LA COMUNIDAD Y AUTORIDADES _____________ 14 6.4. COORDINACION DE ACCIONES DE INVERSIÓN SOCIAL __________________________________ 15 6.5. BIENESTAR LABORAL Y SOCIAL _____________________________________________________ 16 SEGUIMIENTO A LA POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL _________________________ 17 Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 3 de 17 1. OBJETIVO Incorporar la política de RSC de LA COMPAÑÍA al Contrato, evidenciando los compromisos que el CONTRATISTA se obliga a satisfacer en desarrollo del Objeto del mencionado Contrato. 2. ALCANCE Los criterios expuestos en este documento deben ser implementados por los CONTRATISTAS, quienes además deberán asegurar su cumplimiento por parte de los Subcontratistas en las operaciones y servicios realizados para LA COMPAÑÍA. 3. GLOSARIO Área de Influencia: Lugar en donde tienen efecto las operaciones que adelanta LA COMPAÑÍA relacionadas con su objeto social y que se encuentra definida en las Licencias Ambientales de cada uno de los proyectos. Acción Correctiva: Es la acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación no deseable. (Según se encuentra definido en las normas ISO9000, ISO14001 y OHSAS18001) Corrección: Es la acción tomada para eliminar una no conformidad detectada (Según se encuentra definido en la norma ISO9000). Expectativas Laborales: Es toda aquella pretensión o aspiración de vinculación laboral generada en la comunidad por el desarrollo de las actividades que va a desarrollar EL CONTRATISTA en beneficio de LA COMPAÑÍA en el área de influencia. Al vincular a cualquier miembro de la Comunidad El CONTRATISTA deberá informarle de manera clara y oportuna sobre todas las especificaciones contractuales como su tipo, periodos de pago, horario, horas extras, pago de la seguridad social, beneficios adicionales, derechos y deberes del empleador y del trabajador, entre otras. Grupos de Interés: Hace referencia a los trabajadores, proveedores, contratistas, gobierno, comunidad en general, accionistas y socios de LA COMPAÑÍA. Mano de Obra Calificada (MOC): Personal con formación en un oficio o actividad, para el cual ha sido acreditado o certificado por entidades de educación o por la entidad competente para tal efecto (Ver Tabla 1 – Clasificación de MONC y MOC). Mano de Obra No Calificada (MONC): Personal que desarrolla labores que no requieren ninguna acreditación o formación general o específica (Ver Tabla 1 – Clasificación de MONC y MOC). Oficina de RSC: Es(son) la(s) persona(s) que representa(n) en las áreas de influencia a LA COMPAÑÍA y que gestiona(n) los temas relacionados con Responsabilidad Social Corporativa. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 4 de 17 Plan de Responsabilidad Social Corporativa: Es el documento que especifica qué procedimientos y recursos asociados deben aplicarse, quién, cómo y cuándo deben usarlos en un proyecto, producto, proceso o contrato específico, para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el presente documento. Política de Sostenibilidad: Es el documento en el que constituyen de manera explícita las intenciones globales y la orientación de LA COMPAÑÍA frente al tema de la sostenibilidad, y donde se hacen explícitos sus compromisos ambientales, sociales y económicos. RSC: Responsabilidad Social Corporativa. Trabajador: Para efectos del presente documento, hace referencia a toda aquella persona natural que tenga un contrato de trabajo, convenio asociado cooperativo o cualquier otro tipo de vínculo jurídico por el cual presta sus servicios a un CONTRATISTA o Subcontratista. 4. RESPONSABILIDADES GENERALES DE LOS CONTRATISTAS Y SUS SUBCONTRATISTAS Para asegurar el cumplimiento de los requisitos de RSC citados en el presente documento, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe: Conocer la Política de Sostenibilidad definida por LA COMPAÑÍA. Asegurar el cumplimiento de la Política de Sostenibilidad por parte de sus Trabajadores y Subcontratistas. Asegurar la ejecución de los trabajos conforme a los compromisos establecidos en la Política de Sostenibilidad.de las actividades propias del objeto del Contrato. Delegar personal idóneo que se encargue de velar por el cumplimiento de los lineamientos de la Política de Sostenibilidad fijando sus responsabilidades y autoridades. Verificar el cumplimiento de la Política de Sostenibilidad. Mantener informado al personal de la Oficina de RSC de LA COMPAÑÍA sobre los aspectos relativos a la implementación y cumplimiento de la Política de Sostenibilidad. Presentar oportunamente los informes relacionados en el presente documento. Llevar a cabo correcciones y acciones correctivas oportunas que conduzcan a la solución de las inquietudes, peticiones y quejas relacionadas con el cumplimiento de la Política de Sostenibilidad. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 5 de 17 5. ESTRATEGIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA POLÍTICA DE SOSTENIBILIDAD DE LA COMPAÑÍA LA COMPAÑÍA entiende por gestión sostenible una forma de conducir su negocio de manera transparente e inclusiva de todos sus Grupos de Interés, que genera riqueza y contribuye al desarrollo sostenible de la sociedad en armonía con el medio ambiente. Esta estrategia guía las acciones de LA COMPAÑÍA a: Desarrollar sus negocios de manera transparente para crecer en términos económicos, generando valor agregado y confianza para sus inversionistas. Contribuir al desarrollo de la sociedad, en armonía con el medio ambiente. Consolidar buenas prácticas en sus áreas de enfoque prioritarias, ampliarlas de acuerdo con su estrategia, e incentivar su réplica en su cadena de valor. Involucrar a sus Grupos de Interés mediante comunicación permanente. Liderar los procesos hacia el interior de la organización, fomentando la sostenibilidad. LA COMPAÑÍA busca contribuir al desarrollo sostenible, a través de un equilibrio entre los aspectos económicos, ambientales y sociales en todas las operaciones, por lo que actúa bajo los Principios de Responsabilidad Social Corporativa, los cuales incluyen: Reconocer al individuo como piedra angular de la familia y la comunidad Cumplir con la legislación vigente, respetando las culturas y las tradiciones Participar activamente como miembros de la comunidad Realizar Alianzas Estratégicas con los grupos de interés, en pro del desarrollo sostenible Acompañar el desarrollo social, sin sustituir al Estado y Reconocer el medio ambiente como un derecho fundamental de la humanidad. Para la aplicación de la Política de Sostenibilidad se hace necesaria la participación activa de los Grupos de Interés, coordinado a través de LA COMPAÑÍA, dándole legitimidad y generando credibilidad y confianza. Lo anterior implica conocer los grupos de interés, potenciar el diálogo, satisfacer las demandas y expectativas, y ser transparente en la ejecución de las s acciones de la COMPAÑIA, lo que desencadena procesos de mejora continua e innovación. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 6 de 17 6. RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA DE NUESTROS CONTRATISTAS Los aspectos de RSC que se describen a continuación deben ser aplicados de acuerdo al impacto social que tenga el desarrollo de las actividades para las que fue contratado EL CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, en el área de influencia. Contratación de mano de obra no calificada Manejo de la información y atención a la comunidad y autoridades Coordinación de acciones de inversión social REQUISITOS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL PARA LOS CONTRATISTAS Contratación de mano de obra calificada Relación con subcontratistas Compra de Bienes y Servicios Locales Gráfica 1.Elementos en Responsabilidad Social Corporativa - RSC aplicables en la ejecución de un Contrato. Los elementos en RSC deberán ser cumplidos por el CONTRATISTA o Subcontratista bajo la dirección del primero. El CONTRATISTA debe exigir el cumplimiento de los Elementos en RSC a todos sus Subcontratistas sin excepción, según apliquen. Conforme a lo anterior, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe designar e informar oportunamente a la Oficina de RSC el nombre y cargo de la persona responsable de su empresa, encargada de velar por el cumplimiento del presente anexo. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 7 de 17 De la misma manera, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, deberá establecer un Plan de Responsabilidad Social Corporativa que incluya los compromisos aplicables al Contrato y las metodologías definidas para su desarrollo. Este plan, o cualquier actualización, debe ser presentado en la oficina de RSC y debe contener por lo menos los siguientes aspectos: Política de Responsabilidad Social Corporativa del CONTRATISTA. Proyectos y/o prácticas en Responsabilidad Social Corporativa. Política de Comunicaciones. Estrategias para el cumplimiento de los requerimientos de RSC de LA COMPAÑÍA Requerimientos de mano de obra local. Compra de bienes y servicios locales. Manejo de la información y atención a la comunidad y autoridades. Ejecución de acciones de inversión social. Mantenimiento del bienestar laboral y social. 6.1. CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA LOCAL LA COMPAÑÍA busca propiciar la contratación de mano de obra local en el área de influencia para la ejecución de las actividades de su operación, efecto para el cual ha definido un proceso en procura de su cumplimiento (Ver Gráfica 2 – Proceso de Contratación de Mano de Obra Local). En tal sentido, LA COMPAÑÍA establece canales de comunicación con las comunidades del área de influencia directa e indirecta en sus operaciones, con el fin de propiciar la contratación de las personas residentes en el área de influencia para los cargos en donde se requiere mano de obra calificada (MOC) y mano de obra no calificada (MONC) (Ver Tabla 1 – Clasificación de MONC y MOC), en la medida que dichas comunidades puedan suplir las necesidades de las operaciones en los proyectos. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Controlado 1. El CONTRATISTA o SUBCONTRATISTA solicita a RSC el personal requerido según sus necesidades de contratación INICIO Página 8 de 17 2. RSC solicita el personal a los representantes de la comunidad (b) (a) 5. El CONTRATISTA o SUBCONTRATISTA realiza el proceso de selección y contratación de personal (c) 6. El CONTRATISTA o SUBCONTRATISTA reporta a RSC las vinculaciones, desvinculaciones y no contrataciones de las personas relacionadas en el proceso (d) 4. RSC incluye la información en sus mecanismos de control y remite al CONTRATISTA o SUBCONTRATISTA la relación de personas 3. Los representantes de la comunidad envían a RSC la relación de personas para suplir las necesidades de contratación 7. RSC incluye la información en sus mecanismos de control FINAL (a) Adjuntará a la solicitud los perfiles de cargo, cuando se trata de Mano de Obra Calificada (MOC) (b) Organización comunitaria (Ej. Juntas de Acción Comunal, Líderes Indígenas) (c) Se realiza el proceso de selección para los cargos de Mano de Obra Calificada (MOC) y verificación de requisitos mínimos de contratación para los cargos de Mano de Obra No Calificada (MONC), propiciando la participación en el proyecto de la mano de obra calificada (MOC) y asegurando la contratación de la mano de obra no calificada (MONC) oferente del área de influencia. (e) Las vinculaciones y no contrataciones deben ser reportadas y justificadas en el formato R-RSC-007 Remisión de Personal MONC/MOC Local – Organizaciones Comunitarias cada vez que se realiza el proceso; y las vinculaciones y desvinculaciones a través del formato R-RSC-009 Generación de Empleo MONC/MOC Local – Compras de la Región durante los primeros cinco (5) días de cada mes. Gráfica 2. Proceso de contratación de mano de obra local Al contratar mano de obra local se debe establecer cómo se dará cumplimiento a los siguientes parámetros: EQUIDAD LABORAL Procurar la equidad en el acceso al empleo, de manera que esta oportunidad llegue a la mayor cantidad posible de personas del área de influencia. Tal proceso debe realizarse sin Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 9 de 17 discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El CONTRATISTA y sus Subcontratistas deberán propiciar la participación en el proyecto de la mano de obra calificada (MOC) oferente del área de influencia, incluyéndose en los procesos de selección y pruebas, siempre y cuando la empresa CONTRATISTA o Subcontratista requiera el personal y este cumpla los requerimientos técnicos y legales para ocupar el cargo. (Ver Gráfica 2 – Proceso de Contratación de Mano de Obra Local) De acuerdo con el valor corporativo de integridad, los procesos de selección deberán efectuarse con rectitud, honestidad, transparencia y veracidad. Acogerse a los criterios, mecanismos, tiempos y procedimientos que se definan para los procesos de selección y contratación de personas de la región, de acuerdo con las políticas de LA COMPAÑÍA. Para su cumplimiento, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe: A. Identificar los cargos en donde se requiere mano de obra calificada y mano de obra no calificada en la realización de sus actividades. B. Dar cumplimiento al proceso de contratación de mano de obra local en todos los procesos de vinculación laboral (Ver Gráfica 2) asegurando que: Se vincula laboralmente a las personas relacionadas por la oficina de RSC como mano de obra no calificada (MONC), y Se incluya en su proceso de selección a las personas relacionadas por la oficina de RSC como mano de obra calificada (MOC), dando prioridad a su vinculación laboral, siempre que cumplan con los requisitos establecidos para el cargo. C. Reportar antes del día cinco (5) de cada mes a la oficina de RSC a través del formato R-RSC-009 Generación de empleo / Servicios y compras locales, las vinculaciones y desvinculaciones laborales de personas de la región. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 10 de 17 Tabla No. 1 Clasificación de MONC y MOC MONC Denominación Personal que desarrolla labores que no requieren ninguna acreditación o formación general o específica. Características Las funciones de estas ocupaciones requieren comúnmente de la ejecución de actividades manuales simples y repetitivas, que pueden ser aprendidas en poco tiempo y para las cuales no se requieren conocimientos ni experiencia previa alguna. MOC Personal con formación en un oficio o actividad, para el cual ha sido acreditado o certificado por entidades de educación o por la entidad competente para el efecto. Las funciones de estas ocupaciones generalmente requieren de algún nivel de educación, formación y experiencia para el desarrollo de las actividades relacionadas, desde el conocimiento básico y hasta su entendimiento complejo. Normalmente están relacionadas a la ejecución de actividades físicas e intelectuales y en ciertos niveles pueden incluir la autonomía en la toma de decisiones relacionadas al fin de cada cargo. En algunos casos puede implicar el uso de algunos equipos o máquinas. * A pesar de la lista de algunos cargos señalados como ejemplo, se debe asegurar que las funciones ejecutadas por el personal se encuentran relacionadas con las definidas en el Decreto 3164 de noviembre 6 de 2003 en donde se constituyen los labores propias y esenciales de la industria del petróleo. CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS LABORALES Los principios de cumplimiento de la legislación vigente y de prioridad del individuo, la familia y la comunidad, en especial de los colaboradores vinculados al proyecto, obligan al CONTRATISTA y sus Subcontratistas a dar estricto cumplimiento a todas las normas laborales aplicables, de conformidad con el Código Sustantivo del Trabajo y demás normas que lo comprometen, aclaren, modifiquen o sustituyan, o aquellas en las que se enmarque la relación jurídica en la prestación de sus servicios. Para su cumplimiento, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe: A. Definir las condiciones contractuales bajo las cuales se mantendrá la relación con sus trabajadores. En el caso de una relación laboral, se debe definir y cumplir a cabalidad entre otros aspectos con el tipo de contrato, monto salarial, pago de prestaciones sociales y cesantías, control y pago de horas extras, periodos de descanso y de vacaciones, beneficios laborales extralegales y liquidación. En el caso de otros tipos de relaciones diferentes a la laboral, es preciso que se definan todos los aspectos que la ley le exige para su estricto cumplimiento. B. Asegurar que los trabajadores conocen las condiciones de contratación, las obligaciones mutuas y la normatividad aplicable. Tratándose de los trabajadores, éstos deben conocer y entender las condiciones laborales definidas, incluyendo las establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo de cada CONTRATISTA o Subcontratista. C. Cumplir con las condiciones contractuales pactadas con los Trabajadores. DESEMPEÑO DE LOS TRABAJADORES Para su cumplimiento, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe: Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 11 de 17 A. Efectuar seguimiento al desempeño de los trabajadores del área de influencia, a los dos meses de iniciar la relación jurídica (o menos, cuando culmina antes), cada seis meses y al finalizar la relación contractual, manteniendo evidencia sobre los resultados. B. Reportar a la oficina de RSC, a través del formato R-RSC-009 Generación de empleo / Servicios y compras locales los seguimientos realizados al desempeño de los trabajadores de la región, una vez exista desvinculación o renovación de contrato. C. Reportar de forma inmediata a la oficina de RSC la presencia de inconformidades, faltas a la disciplina, mal desempeño y en general cualquier inconveniente con los trabajadores de la región, junto con las pruebas testimoniales, documentales, o de otra índole soporten estas situaciones para que las autoridades y representantes de la comunidad puedan ejercer las sanciones contempladas de acuerdo con sus procedimientos, sin perjuicio de las acciones legales que eventualmente pueda adelantar el CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas cuando la situación lo amerite. D. Sostener audiencias de descargos de acuerdo con lo estipulado en la ley cuando la situación lo amerite. RECONOCIMIENTO A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS El CONTRATISTA y sus Subcontratistas deberán reconocer las organizaciones comunitarias o Juntas de Acción Comunal (JAC) existentes en la región y coordinar con la oficina de RSC su participación en los diferentes procesos de selección del personal. Para cumplir con lo anterior el CONTRATISTA o Subcontratista bajo la dirección del primero, debe: A. Sujetarse al cumplimiento de las directrices establecidas por LA COMPAÑÍA respecto de las relaciones con la comunidad de las áreas de influencia o con las organizaciones o personas que las representen. B. Reconocer las organizaciones comunitarias, Juntas de Acción Comunal (JAC) o representantes de las comunidades existentes en la región donde tienen influencia y contacto, respetando su cultura y organización social. C. Canalizar todas las actuaciones que tengan relación con la comunidad de las áreas de influencia a través de la Oficina de RSC de LA COMPAÑÍA. D. Informar al área de RSC de LA COMPAÑÍA, sin perjuicio de lo establecido en el Anexo de Seguridad, cualquier situación de riesgo o impedimento que pueda entorpecer el eficiente desarrollo de las actividades de la operación, para su adecuada intervención y manejo. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado 6.2. Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 12 de 17 COMPRA DE BIENES Y SERVICIOS DESARROLLO SOSTENIBLE EN LA COMUNIDAD LA COMPAÑÍA propende por el desarrollo de las comunidades que son parte del área de influencia en donde ejecuta las actividades de su operación, definiendo para ello la necesidad de la adquisición de bienes y servicios con prioridad en éstas, cuando existen condiciones operativas, logísticas y comerciales adecuadas. El CONTRATISTA y sus Subcontratistas deberán procurar la adquisición de bienes y servicios que sean susceptibles de encontrarse en las áreas de influencia directa o indirecta. En caso que el CONTRATISTA y sus Subcontratistas requieran el suministro de bienes y servicios, deberán considerar la oferta y la adquisición de bienes y servicios a proveedores o empresas de la localidad o región, siempre y cuando cumplan con los estándares de oportunidad, calidad y cantidad requeridos y sean competitivos en precios a nivel regional. En general, el CONTRATISTA y sus Subcontratistas evitarán generar procesos inflacionarios en la región, buscando negociar precios razonables con los contratistas o proveedores locales. El CONTRATISTA debe asegurar que sus Subcontratistas den cumplimiento a los requerimientos establecidos y son responsables por presentar la información correspondiente solicitada por la oficina de RSC a través del registro R-RSC-009 Generación de empleo / Servicios y compras locales. Para su cumplimiento el CONTRATISTA o Subcontratista bajo la dirección del primero, debe: A. Durante la selección de proveedores, al comparar dos o más de ellos con las mismas características de oferta y en igualdad de condiciones, dará prioridad de compra a los proveedores de la región. B. Mantener registro de todos los procesos de selección de proveedores, en desarrollo de las actividades para las que ha sido contratado por LA COMPAÑÍA. FORMALIZACIÓN DE LAS RELACIONES COMERCIALES CON LOS PROVEEDORES LOCALES El CONTRATISTA y sus Subcontratistas deberán cumplir con el suministro de la información requerida por la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA, respecto a la contratación de bienes y servicios locales con transparencia y equidad. Será responsabilidad única del CONTRATISTA y sus Subcontratistas la forma en que pacten el pago por la prestación de los bienes y servicios, para lo cual deberán tener en cuenta la normatividad aplicable a la industria de hidrocarburos, pero en todo caso, LA COMPAÑÍA tendrá plena autonomía para verificar su cumplimiento y desarrollo. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 13 de 17 Es imperativo que el CONTRATISTA y sus Subcontratistas se encuentren, en forma permanente, al día en los pagos a contratistas y proveedores de la región, y con todas las demás obligaciones frente a estos que tengan dicho CONTRATISTA y sus Subcontratistas. En lo referente a la contratación de servicios de transporte o alquiler de vehículos, si son requeridos por el CONTRATISTA y sus Subcontratistas, éstos deberán dar prioridad a la oferta local, siempre y cuando los vehículos ofrecidos cumplan con los requisitos legales (Ley 105 de 1993, ley 336 de 1996, decreto 174 de 2001 del Ministerio de Transporte y demás normas que las modifiquen o complemente) y las condiciones impuestas por la política integral de HSEQ de LA COMPAÑÍA. El anexo de HSEQ de LA COMPAÑÍA contiene los requisitos mínimos que debe ofrecer un servicio seguro y de calidad. Los conductores asignados a estos vehículos deberán cumplir con todos los requerimientos consignados en el Anexo de HSEQ y la legislación laboral vigente. Para su cumplimiento el CONTRATISTA o Subcontratista bajo la dirección del primero, debe: A. Al adquirir bienes y/o servicios a proveedores de la región, mantener contratos escritos u órdenes de servicio, a fin de garantizar que se cumpla con los requisitos pactados, incluyendo los términos para pagar la facturación y estableciendo el tiempo y las condiciones acordadas para efectuar el correspondiente pago. B. Mantener relación de los pagos pendientes por realizar a proveedores, acorde con las compras efectuadas y los servicios contratados. C. Pagar las facturas a los proveedores y Subcontratistas acorde a lo definido en el Contrato u orden de servicio relacionada con la compra efectuada, para lo cual se debe dejar registro de acuerdo a lo que establece la normatividad contable nacional. D. Reportar antes del día cinco (5) de cada mes a la oficina de RSC a través del formato R-RSC009 Generación de empleo / Servicios y compras locales, las adquisiciones de bienes y servicios realizadas a proveedores de la región. FINALIZACIÓN DE LA RELACIÓN CON PROVEEDORES DE LA REGIÓN Al finalizar la ejecución de las actividades del Contrato con LA COMPAÑÍA, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe: A. Una vez culmine la relación comercial con cada uno de los proveedores y Subcontratistas, hacer un Acta de Finalización y Acta de Paz y Salvo que referencie la finalización de la relación comercial entre las partes. B. Listar los proveedores y subcontratistas de la región con los cuales se tuvo relación durante la ejecución del Contrato, el número de las facturas y el número o fecha del documento que compruebe el pago de cada una de éstas. C. Remitir a la oficina de RSC la siguiente documentación: Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado 6.3. Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 14 de 17 Consolidado de relación con proveedores y Subcontratistas de la región. Actas de finalización de cada uno de los proveedores y Subcontratistas con los cuales se formalizó la relación comercial a través de contrato u orden de servicio. Actas de Paz y Salvo de cada uno de los proveedores y Subcontratistas referenciados. MANEJO DE LA INFORMACIÓN Y ATENCIÓN A LA COMUNIDAD Y AUTORIDADES SOCIALIZACIÓN DE UN PROYECTO A LAS COMUNIDADES La socialización que permita el conocimiento y el entendimiento de los proyectos desarrollados por LA COMPAÑÍA por parte de la comunidad del área de influencia es imperiosa en función de la transparencia y la equidad que aseguran el cumplimiento de la Política de Sostenibilidad de nuestra organización. El CONTRATISTA y sus Subcontratistas participarán, a solicitud de la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA, en las actividades de socialización del proyecto dirigidas a la comunidad y a las autoridades locales. Para su cumplimiento el CONTRATISTA o Subcontratistas, bajo la dirección del primero, debe: A. Asistir y participar en las socializaciones y reuniones con la comunidad a las que sea convocado por parte la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA. B. Cumplir con todos los acuerdos pactados con la comunidad, los cuales deben ser consultados previamente en la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA. ESTRATEGIA DE COMUNICACIONES CON LA COMUNIDAD El CONTRATISTA y sus Subcontratistas deberán informar a la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA acerca de todas las comunicaciones, solicitudes o reclamaciones provenientes de la comunidad o las autoridades locales. El CONTRATISTA y sus Subcontratistas deben designar a una persona responsable de atender las quejas y reclamos que eventualmente se puedan presentar, quien deberá estar en contacto permanente con los profesionales de la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA, para trabajar en conjunto, de forma proactiva y evitar que las situaciones se salgan del cauce normal y escalen hacia conflictos de mayor gravedad que afecten el desarrollo del Contrato. Sin perjuicio, de los requisitos de personal de atención a la comunidad y trabajadores en general que exija el Anexo Laboral. El CONTRATISTA y sus Subcontratistas deberán conocer la estrategia de comunicaciones específica para la socialización del Contrato, con el fin de proceder con lineamientos claros en las reuniones de información que se programarán en cada una de las áreas de Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 15 de 17 influencia. El CONTRATISTA y sus Subcontratistas no podrán realizar ningún tipo de socialización del Contrato sin la autorización previa por parte de LA COMPAÑÍA y/o su acompañamiento. Para su cumplimiento el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe: A. Ante posibles incumplimientos o dificultades que se presenten en la ejecución de los acuerdos con la comunidad, deben ser informados y tramitados, directamente y de inmediato, a la oficina de RSC. La oficina de RSC acompañará, según considere, cada situación presentada. B. Si durante la ejecución del objeto contractual se presenta algún incumplimiento que pueda afectar el equilibrio social de la comunidad y/o los trabajadores, estos deben ser informados inmediatamente a la oficina de RSC. C. Plantear y ejecutar coordinadamente con la oficina de RSC correcciones y acciones correctivas que tengan como resultado la solución definitiva ante las problemáticas que se presenten. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Es fundamental para el cumplimiento de los propósitos del Contrato, la definición de unas óptimas relaciones con las autoridades del orden municipal, regional y nacional. Esto supone no sólo el cumplimiento estricto de las normas legales vigentes, sino que determina el establecimiento de unas pautas de cooperación, convivencia armónica y ayuda mutua. Para su cumplimiento el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe: A. Cumplir todos los acuerdos pactados con la comunidad durante los procesos de consulta previa. Éstos deben ser consultados con la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA. B. Cumplir con lo establecido por la licencia ambiental en lo relacionado con el manejo social del área a intervenir. C. Cumplir con la legislación nacional aplicable en todas las materias, especialmente a nivel social y cultural, de acuerdo a las áreas a intervenir. 6.4. COORDINACIÓN DE ACCIONES DE INVERSIÓN SOCIAL GESTIÓN DE CONTRIBUCIONES, DONACIONES Y/O ACCIONES SOCIALES El CONTRATISTA y/o Subcontratista que tenga dentro de sus planes efectuar algún tipo de contribución o acción cívica o comunitaria o que reciba alguna petición por parte de la comunidad en este sentido, deberá, antes de establecer algún compromiso, dar a conocer a la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA el tipo de acciones o el contenido de las solicitudes. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 16 de 17 Los compromisos que adquieran el CONTRATISTA y/o sus Subcontratista tendrán que ser previamente aprobados por LA COMPAÑÍA. Para su cumplimiento, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero, debe: A. Generar, con el acompañamiento de la oficina de RSC de LA COMPAÑÍA, un Plan de Inversión de Responsabilidad Social Corporativa donde se identifiquen las inversiones sociales a efectuar en la región de influencia del proyecto. B. Ejecutar el Plan de Inversión de Responsabilidad Social e informar mensualmente de los avances ejecutados y los resultados alcanzados en el formato R-RSC-006 Acta de Entrega Inversión Social. 6.5. BIENESTAR LABORAL Y SOCIAL CUMPLIMIENTO LEGAL El CONTRATISTA y/o sus Subcontratistas deben dar cumplimiento a toda la legislación nacional vigente relacionada con los aspectos laborales y de bienestar (incluyendo seguridad industrial y salud ocupacional,) de sus colaboradores, así como velar por la mejora continua de su calidad de vida. Para su cumplimiento, el CONTRATISTA o Subcontratistas bajo la dirección del primero, debe cumplir las disposiciones del Anexo Laboral del Contrato. INDUCCIÓN A LOS TRABAJADORES Brindar a todas las personas vinculadas directamente con el Contrato, información suficiente y amplia sobre las características del proyecto, plan de manejo ambiental, el enfoque social del proyecto y/o Contrato, el comportamiento durante la obra y con la comunidad. Para su cumplimiento el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero debe: A. Impartir inducción a sus trabajadores antes de iniciar las actividades para lo cual fueron contratados. B. Incluir dentro de los temas de inducción, la divulgación de: Política de Responsabilidad Social de PRE. Plan de Responsabilidad Social del Contrato. Procedimiento para la manifestación y solución de inquietudes, quejas o reclamos por parte de los trabajadores, con relación a temas laborales o de bienestar. Código: D-COM-002 Fecha: Marzo 2012 Controlado Versión 3 ANEXO CONTRACTUAL RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Página 17 de 17 Procedimiento para la ejecución de compras de bienes y/o servicios en la región. Procedimiento para la solución de inquietudes y acuerdos de la comunidad con la que se puede tener contacto durante el desarrollo de las actividades. TRATAMIENTO DE QUEJAS Y RECLAMOS El CONTRATISTA y sus Subcontratistas deben establecer mecanismos y herramientas idóneos para recibir, gestionar y dar respuesta de fondo a las inquietudes, quejas, reclamos y sugerencias presentadas por los colaboradores. Para su cumplimiento, el CONTRATISTA o Subcontratista, bajo la dirección del primero debe: A. Incluir dentro del Plan de Responsabilidad Social el procedimiento y las responsabilidades al interior de su organización, para atender las quejas o reclamos manifestados por los trabajadores o la comunidad. Es importante especificar en el procedimiento las circunstancias en que se solicitará apoyo a la oficina de RSC para apoyar la intervención en la solución de inquietudes manifestadas. B. Reportar cargo y nombre de las personas responsables de atender y gestionar las respuestas de quejas y reclamos presentadas por los trabajadores o por la comunidad. 7. SEGUIMIENTO A LA POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL Como parte del seguimiento de la Política de Responsabilidad Social, LA COMPAÑÍA realizará visitas al CONTRATISTA y sus Subcontratistas para hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de la Política de Sostenibilidad. El CONTRATISTA autoriza a LA COMPAÑÍA a inspeccionar y verificar en cualquier momento en las sedes, los frentes de trabajo y trabajadores, los requisitos legales, normas y demás documentos que sean necesarios, propios o de sus Subcontratistas, para evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente documento.