Normas Técnicas Turismo Sostenible

Transcripción

Normas Técnicas Turismo Sostenible
Contrato
Procedimiento CCI No. PMRC-0222006
SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE FIRMA CONSULTORA PARA EL
ESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE PLAYAS
TURÍSTICAS EN LA FAJA COSTERA
PRODUCTO FINAL
Estudio elaborado por la Consultora ECOSAMBITO Cía. Ltda.
Ing. Marcos Fioravanti
Ab. María Parducci
Ing. Karla Reátegui
MSc. Úrsula Troya
MSc. Natalia Vega
Estudio contratado por:
Subsecretaría de
Turismo del Litoral
- Guayaquil, 30 de Marzo del 2007 -
Normas Técnicas para Playas Turísticas 2
TABLA DE CONTENIDO
1. RESUMEN EJECUTIVO ________________________________________________4
2. OBJETIVOS Y ALCANCES_________________________________________5
2.1 Objetivo general
5
2.2 Alcances del proyecto
5
3. METODOLOGÍA________________________________________________5
4. RESULTADOS_________________________________________________ 6
4.1 Normas y Programas Investigados
6
4.1.1 Resumen breve de normas y programas investigados
4.1.2 Cuadros comparativos
4.1.3 Análisis general de los programas investigados
4.2 Diagnóstico de las playas ecuatorianas
4.2.1 Diagnóstico general de playas evaluadas
4.2.2 Resultados de las encuestas realizadas
4.2.3 Resultados de las playas evaluadas
4.2.4 Análisis de actores costeros
4.3 Talleres
4.3.1
4.3.2
4.3.3
16
de consulta
37
Resultados de los talleres
Resoluciones en relación a las observaciones captadas
Reunión de consulta con autoridades
5. NORMAS TÉCNICAS ___________________________________________52
5.1 Propuesta para la dirección y administración
5.1.1 Decreto Ejecutivo
5.1.2 Contenido del Decreto Ejecutivo
5.1.3 Esquema de Dirección y Administración
5.1.4 Capacitación
52
5.2 Aclaraciones preliminares
5.2.1 Tipos de playa
5.2.2 Definición de temporadas y horarios
5.2.3 Abreviaciones utilizadas
5.2.4 Niveles de certificación
5.2.5 Estructura de las normas
5.2.6 Explicación del formato de las normas
58
5.3 Requisitos Generales
Inscripción de playa
Levantamiento de información
Monitoreo permanente
Informe anual de actividades
64
5.4 Requisitos Técnicos
Recurso hídrico
Desechos varios
Seguridad
Servicios
Comercio
Infraestructura
Conservación de recursos naturales
Comunicación e Información
84
Normas Técnicas para Playas Turísticas 3
5.5 Manual para la evaluación de las playas
106
Ficha de evaluación de playas
5.6 Cronología hacia una certificación
114
5.7 Anexos de la normativa
116
5.8 Glosario
140
6. RECOMENDACIONES ____________________________________________143
7. CONCLUSIONES________________________________________________146
8. BIBLIOGRAFIA CONSULTADA______________________________________148
9. ANEXOS
1 Anexos del Diagnóstico
Foto archivo del diagnóstico del filo costero ecuatoriano
Formatos de entrevistas y fichas utilizadas
Resultados detallados de las evaluaciones
Lista de contactos de actores costeros
2 Anexos de los Talleres de Consulta
Listados de asistencia
Memorias del taller
Presentación utilizada durante los talleres
Fotografías de los talleres
Resultados de consulta grupal
Notas de las presentaciones orales
Formulario de evaluación individual
Resultados de las evaluaciones individuales
3 Anexos de Tipos de playas y Flujo turístico
Tipos y cantidad de playas de Ecuador
Flujo turístico de las playas de Ecuador
4 Anexos de Temas Legales
Legislación vigente citada en el documento:
Constitución Política del Ecuador
Ley de Gestión Ambiental: sobre desechos
Ley de Gestión Ambiental: sobre información, vigilancia ambiental,
protección de derechos ambientales (denuncias), acciones civiles y
administrativas
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva
Programa de Manejo de Recursos Costeros
Normas Técnicas para Playas Turísticas 4
RESUMEN EJECUTIVO
Ante la urgente necesidad de implementar mejoras en las actividades relacionadas
con el turismo de sol y playa, con el fin de brindar un servicio de calidad y, a la vez,
promover que el aprovechamiento turístico de la playa sea sostenible, el PMRC y el
Ministerio de Turismo contrataron a la Consultora Ambiental ECOSAMBITO C. LTDA,
con el objeto de “REALIZAR LAS NORMAS TÉCNICAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE
UN PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE PLAYAS TURÍSTICAS EN LA FAJA COSTERA”.
La consultoría comprendió tres fases principales:
I. Investigación bibliográfica
o Normas técnicas y programas de certificación existentes en el extranjero,
o Legislación nacional relacionada al tema;
II. Investigación de campo en 17 playas ecuatorianas
o Evaluación de playas mediante normas de programas extranjeros;
o Análisis de impactos y percepción mediante entrevistas con actores locales y
regionales, y encuestas a 160 turistas;
III. Socialización
o Talleres de socialización y consulta en cada provincia que involucraron 155
actores civiles y gubernamentales relacionados a turismo y medio ambiente;
o Taller de socialización con autoridades nacionales y/o regionales de turismo,
medio ambiente y marina.
Como resultado, se han creado OCHENTA Y SEIS (86) Normas Técnicas que sirven de
base para crear, en el futuro un Programa de Certificación de Playas Turísticas. Las
Normas Técnicas propuestas se clasifican en 8 ejes: Recurso hídrico, Desechos varios,
Seguridad, Servicios, Comercio, Infraestructura, Conservación de Recursos Naturales
(RRNN) y Comunicación e Información. Los ejes a su vez están divididos en 21 sub-ejes
que contienen las 86 normas.
La propuesta de 3 niveles de certificación promueve que las comunidades costeras
vayan implementando mejoras paulatinamente y que estas sean reconocidas en la
misma medida, sin volver frustrante el proceso. De esta manera, el primer nivel de
certificación incluye normas que están más relacionadas con la autogestión
comunitaria; el segundo nivel incluye, además, alcances que ya involucran inversiones
en infraestructura y servicios; y, el tercer nivel adiciona alcances relacionados
principalmente con la eco-eficiencia.
La principal recomendación de esta Consultora es la creación de un Programa de
Certificación de Playas Turísticas que promueva el turismo sostenible. Dicho Programa
deberá incluir una campaña de comunicación visual contundente e innovadora que
garantice la difusión y el entendimiento del mismo; plan nacional permanente de
capacitación; y, plan de incentivos para mejorar las facilidades de cada playa en
relación al cumplimiento de las normas, apoyado por los gobiernos locales.
Para la administración y funcionamiento del Programa propuesto se sugiere la
conformación de 3 tipos de comisiones i) La Comité Regional Interinstitucional,
encargada de coordinar y promover la oficialización del Programa y posteriormente de
la administración pública, política, legal, administrativa y presupuestaria del mismo;
ii) la Comité Técnica de Evaluación (CTE), que sería un equipo multidisciplinario,
administrador técnico permanente del programa, encargado de capacitar, evaluar,
certificar y difundir; y, iii) el Comité Local de Gestión de Playa (CLGP), que actuaría a
nivel local en cada comunidad, siendo los encargados de dirigir y promover la
autogestión comunitaria hacia la certificación de su respectiva playa.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 5
2
OBJETIVOS Y ALCANCES
2.1 Objetivo general
Identificar parámetros técnicos y normas de calidad de calidad socio – ambiental que
garanticen la salubridad del entorno y que promuevan el desarrollo del turismo
sostenible, acorde a la realidad del litoral ecuatoriano; tomando como referencia
estándares internaciones que sirvan de base para definir las normas para una futura
certificación de playas turísticas.
2.2 Alcances del proyecto
La Normativa presentada en este informe:
-
Brinda parámetros técnicos de regulación y estandarización del turismo de
sol y playa. Estos parámetros técnicos, basados en estándares
internacionales y adaptados a la realidad nacional, pueden funcionar como
un mecanismo de presión ante los organismos gubernamentales encargados
de proveer infraestructura y servicios básicos.
-
Facilita fichas y parámetros que debe seguir el Comité Técnico de
Evaluación de Playas, que será el ente cargado de realizar la certificación
de playas (la composición de este ente se detalla en este documento).
-
Proporciona los parámetros para mejorar los sistemas de gestión y la ecoeficiencia en el uso de los recursos para el turismo de sol y playa.
Si las normas son aplicadas fortalecerán la marca país, lo que mejorará el
posicionamiento de los destinos turísticos costeros, local e internacionalmente, y
facilitará el acceso a fondos internacionales e inversión extranjera para mejoramiento
de destinos playeros.
3 METODOLOGÍA
Para elaborar la Normativa presentada se utilizaron las siguientes herramientas:
-
Investigación de programas de certificación y normativas aplicados en otros países
y de carácter internacional.
Diagnóstico de las playas del país durante los meses de Octubre y Noviembre del
año 2006, tomando una muestra de 17 playas distribuidas en las 4 provincias
costeras (Cuadro 1). En cada playa se realizó:
o
Evaluación general de impactos humanos.
o
Entrevistas a turistas.
o
Evaluación detallada utilizando los parámetros de los programas de
certificación Bandera Azul - Europa, Norma de Sustentabilidad de Calidad
de Playas – México y Semáforo Playero - Venezuela.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 6
Cuadro 1. Playas evaluadas durante el diagnóstico del filo costero ecuatoriano
Esmeraldas
Manabí
Guayas
El Oro
Las Peñas
Pedernales
Olón
Jambelí
Río Verde
Canoa
Ayangue
Las Palmas
Murciélago
San Lorenzo
Atacames
Los Frailes
General Villamil
(Playas)
Muisne
Puerto López
Mompiche
Salando
-
5 talleres informativos y consultivos en las 4 provincias costeras (Cuadro 2) para
dar a conocer el proyecto, además de consultar y mejorar las normas propuestas.
Cuadro 2. Lugar de los talleres realizados
Esmeraldas
Manabí
Esmeraldas
Bahía de Caráquez
Manta
Guayas
Santa Elena
El Oro
Puerto Bolivar
-
Reunión con autoridades de Turismo, Ambiente y Defensa (Marina) para
presentación, consulta y recepción de sugerencias en relación a las normas y al
proyecto en general.
4
RESULTADOS
Normas y Programas Investigados
Los programas o normas de certificación de playas son herramientas de uso voluntario
que se utilizan para garantizar un desarrollo turístico sostenible. Las certificaciones en
el cumplimiento de sus requerimientos, involucran a la comunidad costera, empresas,
proveedores de servicios, gobierno y turistas en el alcance de un objetivo común. A
nivel mundial son muchas las certificaciones para la excelencia en gestión de playas.
En la presente sección se describen 13 normativas de certificación (4.1.1), de las
Normas Técnicas para Playas Turísticas 7
cuales 10 se presentan en varios cuadros comparativos (4.1.2) para determinar
similitudes o diferencias. La comparación se realizó para tener una perspectiva sobre
la diversidad de requerimientos existentes para obtener un galardón (certificado,
sello, bandera). En la sección 4.1.3 se presenta un análisis general sobre los diferentes
sistemas, normativas y programas de certificación investigados.
4.1.1 Resumen Breve de Normas y Programas Investigados
A continuación se detalla una breve descripción de cada norma o programa de
certificación investigado.
PROGRAMA BANDERA AZUL ECOLÓGICA
Costa Rica
El Programa Bandera Azul Ecológica está a cargo de una entidad gubernamental
(Acueductos y Alcantarillados, AyA) y está dirigido a todas las comunidades costeras,
como incentivo para proteger las playas de la contaminación ambiental y lograr con
esto una mejor promoción turística nacional e internacional. El objetivo principal es,
“promover el desarrollo costero en concordancia con la protección de las playas de
país". Para obtener la certificación se debe cumplir con los parámetros; calidad del
agua del mar, calidad de las playas, acceso al agua potable, tratamiento de las aguas
residuales, educación ambiental, seguridad y administración. Bandera Azul Ecológica
evalúa de enero a noviembre de cada año, con una frecuencia trimestral. A principio
del mes de diciembre la comisión del Programa selecciona las playas merecedoras de
los diferentes incentivos. Para obtener el galardón deben cumplir como mínimo el 90%
de los parámetros evaluados.
Calificaciones e incentivos:
A: 90% del cumplimiento. Satisfactoria calidad del agua del mar, acceso al agua potable,
tratamiento de aguas residuales, basureros, educación ambiental, seguridad y administración.
AA: Lo anterior más señalización de corrientes marinas y vigilancia en temporada alta.
AAA: Además de todo lo anterior, cumple con regulaciones para acampar, accesos cómodos y
seguros para personas con discapacidad, servicios de primeros auxilios, centros de información
turística, servicios sanitarios y duchas.
AAAA: Además de todo lo anterior, se reciclan desechos, hay vigilancia, salvavidas todo el año
y un comité de emergencias permanente.
http://www.aya.go.cr/Dependencias/laboratorio/bandera_azul/playas/ba_playas.htm
Normas Técnicas para Playas Turísticas 8
BLUE FLAG PROGRAMME (Programa Bandera Azul)
Mundial
Bandera Azul es creación de la Fundación para la Educación Ambiental (FEE, por sus
siglas en inglés). Es la iniciativa precursora de todos los actuales galardones
ambientales, eco-etiquetas y sistemas de certificación de la calidad ambiental. El
programa fue lanzado por la Comisión Europea en 1987.
Este programa de
certificación reconoce a las playas y puertos que realicen una adecuada gestión
ambiental de los recursos disponibles y adecuación al mayor nivel de exigencia de los
usuarios. Bandera Azul es un programa de certificación privado. Los objetivos están
dirigidos a elevar el grado de conciencia ciudadana y el grado de intervención de las
autoridades. Los criterios de concesión se revisan periódicamente (cada año, en
épocas de mayor afluencia turística) a nivel internacional, con la participación de
todas las organizaciones integrantes de la FEE y el apoyo de expertos externos. La
obtención de la concesión significa que la playa cumple una serie de criterios en:
calidad de aguas de baño de Europa (76/160/EEC-Mandatory), limpieza de la playa,
servicios sanitarios, seguridad, información y desarrollo de actividades de educación
ambiental. Las playas y puertos certificados están obligados a descender la Bandera
Azul si dejaran de cumplir con la normativa. En el año 2006 el galardón Bandera Azul
fue concedida a más de 3.200 playas y puertos en 36 países de Europa, Marruecos, la
República Sudafricana, Canadá, Nueva Zelanda y 4 países en el Caribe.
http://www.blueflag.org/
BLUE WAVE CAMPAIGN (Campaña Ola Azul)
Estados Unidos
Ola Azul es una campaña de certificación privada dirigida a la certificación ambiental
de playas. El objetivo principal es promover la conciencia pública y la participación
voluntaria en aspectos sostenibles que vayan acorde con el cuidado y mantenimiento
de las playas. La certificación es anual y los interesados deben solicitarla, la misma
tiene un costo de $2.500 para nuevos interesados y $1.250 para playas que
participaron en el periodo anterior (precio del 2005). Para obtener y conservar la
certificación el interesado debe mantener prácticas de gerencia responsable que
vayan acorde con los criterios establecidos, según su tipo de playa (urbana o rural). La
certificación tiene varias exigencias y es específica de acuerdo al tipo de playa. Los
criterios generales son: calidad de agua de baño según estándares norteamericanos
(EPA Ambient Water Quality Criteria for Bacteria), condiciones de playa y zona
intermareal, seguridad, servicios y mantenimiento, conservación del hábitat,
información y educación, programas de evaluación y prevención de la erosión. El
usuario es parte de esta campaña y debe cumplir con un código de comportamiento en
la playa.
http://www.cleanbeaches.org/bluewave/criteria.cfm
Normas Técnicas para Playas Turísticas 9
CERTIFICADO PARA LA SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA
Costa Rica
El certificado para la sostenibilidad turística (CST) es un programa liderado por el
Instituto Costarricense de Turismo (ICT). El objetivo de este programa es la
categorización y certificación de empresas turísticas con un modelo de sostenibilidad.
Se evalúan cuatro ámbitos: el entorno físico-biológico, la planta de servicio, cliente
externo y el entorno socioeconómico. Los aspectos antes mencionados se califican a
través de un cuestionario, con preguntas específicas que sirven para evaluar en qué
tanto la empresa cumple con los estándares prefijados. El CST establece una escala de
0 a 5 (0 menor puntaje a 5 mayor puntaje). La calificación la realiza la Comisión
Nacional de Acreditación, conformada por 8 miembros de organizaciones públicas y
privadas costarricenses, así como entidades académicas y organizaciones ambientales
con representación internacional. El nivel en el que se ubica la operación turística,
corresponde al menor nivel alcanzado en alguno de los 4 ámbitos de estudio. La
premiación se asocia a una estructura final de evaluación la cual consiste en
incentivos directos que las empresas podrán disfrutar; a mayor nivel, mayores
beneficios en promoción diferenciada internacional y nacional, capacitación, respaldo
para participación en ferias y otros eventos, información y otros más. El interesado en
la certificación debe llenar y enviar el formulario de inscripción y cuestionario de
Auto-Evaluación.
http://www.turismo-sostenible.co.cr
DESTINOS TURÍSTICOS DE PLAYA
Requisitos de Sostenibilidad
Colombia
“Destinos Turísticos de Playa” es una normativa de requisitos de sostenibilidad y es
promovida por el gobierno conjuntamente con entes educativos y privados.
Actualmente esta en una etapa consultiva para ser aprobada como norma y que pueda
entrar en vigencia. La evaluación esta dada por los siguientes requisitos: legales
(programas de sostenibilidad, delimitar el área geográfica, programa de zonificación y
uso de la playa), ambientales, socioculturales, económicos, infraestructura y
facilidades. El certificado de calidad turística será otorgado con el 100 % de
cumplimiento de esta norma.
http://www.uexternado.edu.co/admhotelera/Normas_Turismo_Sostenible/NTSTS01-2.pdf
Normas Técnicas para Playas Turísticas 10
GREEN COAST AWARD (Premio Costa Verde)
Europa
Premio Costa Verde es un programa de certificación privada dirigida a las playas
rurales. La duración del certificado de excelencia es de un año y los interesados la
solicitan a través de un cuestionario de aplicación. Esta certificación reconoce,
promueve y protege el ambiente natural de las playas rurales. La concesión del
premio tiene un énfasis muy fuerte en la comunidad costera y la organización
voluntaria. Las playas con Premio Costa Verde se caracterizan por cumplir estándares
en: calidad de agua de baño de Europa (76/160/EEC-Guideline), información de
actividades ambientales locales, información turística, conservación ambiental y zonas
o especies sensibles, instalaciones diseñadas y localizadas con el mínimo impacto
visual en el paisaje, limpieza de la playa y conservación de las algas marinas y
vegetación natural dentro de la playa; además debe tener un sistema de gerencia que
le permita controlar y mejorar el servicio a los turistas.
http://www.keepwalestidy.org/english/pdf/gca_guidance_notes.pdf
GREEN GLOBE (Globo Verde)
Mundial
El programa “Globo Verde” es una certificadora ambiental internacional que se inicia
en 1994. El programa fue reestructurado ya que tenía varias críticas por dar la
certificación desde el momento de la afiliación del interesado. Por tal razón en el año
2000 se modifica y con base en la agenda 21 se incorporan elementos de la serie ISO y
más recientemente criterios de desempeño ambiental. Así también ha introducido las
auditorias por terceras partes y la acreditación para entidades certificadoras que
deseen ejecutarlo. Los interesados en este sistema, se afilian al programa con el pago
de una membresía anual de $350 (referencia 2005). El logotipo original puede ser
modificado; cuando cumplen con ciertos requerimientos que son auditados
externamente, y se agrega un símbolo (√) en el centro. La certificación es para una
amplia variedad de interesados (playas, empresas, hoteles y otros).
http://www.greenglobe.org/docs/pdf/Company%20Standard%20June%202006.pdf
Normas Técnicas para Playas Turísticas 11
NORMA DE SUSTENTABILIDAD DE CALIDAD DE PLAYAS
México
La norma de sustentabilidad de calidad de playas es una certificación pública
promovida por el gobierno a través de SEMARNAT (Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales) que es el organismo encargado de acreditar a los evaluadores. El
objetivo principal es generar conciencia, participación ciudadana, acción
interinstitucional, fortalecimiento de la capacidad gubernamental y empresarial para
un desarrollo turístico sostenible en destinos de sol y playa. Esta norma incluye
criterios para la protección del ambiente, calidad de agua, residuos sólidos,
infraestructura costera, biodiversidad, seguridad y servicios, educación ambiental y
contaminación por ruido. Tiene dos modalidades de calificación: playas de uso
recreativo y playas prioritarias para la conservación. Los criterios establecidos en la
norma, permite que el interesado obtenga un certificado que puede ser nivel 1, 2 ó 3,
siendo el nivel 3 el más exigente. Los niveles de certificación tienen como objetivo el
incentivar a los interesados en aplicar la mejora continua en su desempeño ambiental.
Cada nivel requiere de un puntaje de cumplimiento (ascendente): a mayor
cumplimiento de las especificaciones establecidas en la norma, mayor será el puntaje
que obtendrá y por ende, el nivel de certificación será más alto. La evaluación
correspondiente se realizará solo a petición del interesado para iniciarse o renovarse.
La vigencia del certificado tiene una duración de 2 años.
http://www.economia.gob.mx/
PLAYA NATURAL CERTIFICADA
Uruguay
Playa Natural certificada es una marca de certificación que incorpora la mejora
continua. Esta certificación es otorgada por el Ministerio de Turismo y el uso de la
marca es por 12 meses (la misma solo podrá otorgarse previo al 1º de diciembre, con
controles mensuales durante los meses de enero, febrero, y marzo) y podrá renovarse
anualmente mediante la realización de una auditoria ambiental externa. La playa a
certificar debe cumplir con parámetros de calidad de aguas, suelo y aire, gestión de
residuos, servicios, prevención y seguridad. El certificado es gestionado por un grupo
responsable de la playa, que puede ser público o privado con autoridad demostrable
sobre la gestión de la playa. El grupo responsable es el que establece e implementa
una metodología para identificar los impactos ambientales generados por las
actividades de uso de la playa, establece sus causas y evalúa su grado de importancia
en términos ambientales. El grupo responsable será quien pague los gastos para la
obtención de la autorización de uso de la marca y su mantenimiento.
http://www.mintur.gub.uy/dec_grales/norma_definitiva.pdf
Normas Técnicas para Playas Turísticas 12
PLAYAS Y BALNEARIOS DE CALIDAD
Argentina
Las directrices de gestión ambiental y turística en playas y balnearios establecen una
normativa específica para el desarrollo de un turismo sustentable. En el año 2004 las
autoridades de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y de la
Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación acordaron realizar acciones
conjuntas para normar el desarrollo turístico costero. Las unidades de aplicación de
las directrices son los balnearios de áreas costeras fluviales, lacustres o marítimas,
bajo administración pública o privada, de dominio propio o bajo un sistema de
concesión. Los requisitos incluidos en las directrices son genéricos y aplicables a todas
las organizaciones que desarrollan actividades en la prestación de servicios en
balnearios costeros. La aplicación de las mismas puede ser de carácter voluntario u
obligatorio, por disposiciones o por contrato entre partes, según lo decida la autoridad
correspondiente. Las directrices están compuestas por seis parámetros de evaluación:
-Ambiente, Recursos y Paisaje; -Infraestructura y Servicios Básicos; -Seguridad; Personal; -Información y Educación Ambiental y -Documentación del Sistema de
Gestión.
http://www.turismosustentable.org/contenidoprograma.php?id=25&PHPSESSID=192c09d6ce7f7f1f5eab2c2a0b4aecb1
SEASIDE AWARD (Premio Costero)
Gran Bretaña
Premio Costero es un programa de certificación privado dirigido a la certificación de
playas. La duración del certificado es de un año y los interesados deben solicitarla
para iniciarse o renovarla a través de un cuestionario de aplicación. Los monitoreos de
certificación se realizan en los meses de mayor afluencia turística. Premio Costero
hace una distinción entre playas urbanas y playas rurales con diferentes niveles de
exigencia en los criterios de evaluación. La playa urbana es la que ofrece a sus
visitantes: instalaciones, actividades y servicios dinámicos. Provee servicios sanitarios,
transporte público, primeros auxilios, acceso e instalaciones para personas
discapacitadas, acceso restringido para animales domésticos. Mientras que la playa
rural es generalmente más protegida, con pocos servicios, solamente los muy básicos.
Las playas urbanas y rurales deben cumplir con los estándares europeos de calidad de
agua de baño (76/160/EEC-Guideline). Así también las playas certificadas están
obligadas a bajar la Bandera Premio Costero si dejan de cumplir con la normativa.
http://www.keepscotlandbeautiful.org/documents/SAResortCriteria2007.pdf
http://www.keepscotlandbeautiful.org/documents/SARuralCriteria2007.pdf
Normas Técnicas para Playas Turísticas 13
SEMÁFORO PLAYERO
Venezuela
El Proyecto Semáforo Playero, fue creado con el objetivo de mantener un monitoreo y
una evaluación continua de la calidad ambiental de las playas del estado de Vargas
durante el lapso de 12 meses (2003). Este proyecto es parte del Programa Playas para
la Vida que se desarrolla desde 1991. Específicamente se buscó: identificar la
problemática de la contaminación de las aguas en las playas, involucrar a las
comunidades locales (actividades de recolección, clasificación y cuantificación de los
desechos sólidos), identificar los problemas ambientales, llevar a cabo un Sistema de
Información de Playas (lineamientos claros de recuperación, mitigación y protección
ambiental) y promover el SEMÁFORO PLAYERO como herramienta de sensibilización
ambiental. A través de este proyecto, se formuló un sistema de caracterización de las
playas según su condición: el color rojo indica que la playa no es ambientalmente sana
para el disfrute humano, el color amarillo que necesita mejoras ambientales y el color
verde que está lista para recibir a sus visitantes. Para este estudio, se consideran
aspectos claves tales como: la calidad del agua de mar, la calidad de las playas, los
servicios al usuario y el tratamiento de las aguas residuales.
www.fudena.org.ve/semaforo_playero.htm
Sistema de Gestión del Uso Público de las Playas (ISO 14001)
Mundial
ISO 14001 es una norma internacional que la puede aplicar cualquier organización que
lo desee. La certificación ISO 14001 en playas es la más costosa y por tal razón está
dirigida para empresas de turismo masivo. Para aplicar la norma:
La organización establece, documenta, implanta, mantiene y mejora
continuamente un sistema de gestión ambiental de acuerdo con los requisitos y
determina cómo cumplirá con esos requisitos.
La organización planifica, implanta y pone en funcionamiento una política
ambiental que tiene que ser apoyada y aprobada al máximo nivel directivo y
dada a conocer tanto al personal de la propia organización como todas las
partes interesadas. La política ambiental incluye un compromiso de mejora
continua y de prevención de la contaminación, así como un compromiso de
cumplir con la legislación y reglamentación ambiental aplicable.
Se establecen mecanismos de seguimiento y medición de las operaciones y
actividades que puedan tener un impacto significativo en el ambiente.
La alta dirección de la organización revisa el sistema de gestión ambiental, a
intervalos definidos, que sean suficientes para asegurar su adecuación y
eficacia.
http://www.iso.org/
Normas Técnicas para Playas Turísticas 14
4.1.2 Cuadros Comparativos
A continuación se presenta en forma de cuadros, la comparación de parámetros de
evaluación entre cada programa o norma de certificación investigada.
Requisitos para ingresar al programa
Calidad de agua de mar y agua para consumo humano
Desechos sólidos
Seguridad
Servicios e Infraestructura
Educación ambiental
Varios (Aguas residuales, Muestreo de aguas, Animales domésticos e Información)
* Documento digital: ver archivo de Excel adjunto “Cuadros Comparativos”
Normas Técnicas para Playas Turísticas 15
4.1.3 Análisis general de los programas investigados
Después de conocer las metodologías y parámetros de estos 13 programas descritos
brevemente, se han analizado los siguientes aspectos generales para tomar en cuenta
a la hora de elaborar las normas para Ecuador:
-
Todos los programas de certificación y normas en este ámbito son voluntarios y se
promueven como un incentivo para las playas que deseen mejorar su calidad y
paralelamente tener mejor publicidad. Este carácter voluntario de las
certificaciones genera una mejor reacción de las comunidades; por esta razón y
por razones conceptuales, la normativa diseñada para Ecuador se está planteando
como un programa voluntario.
-
Muy pocos programas toman en cuenta la opinión del turista para la evaluación de
las playas, lo cual se considera como un aspecto negativo, ya que el turista podría
participar efectivamente en algunas secciones de la evaluación de las playas. En la
normativa diseñada para Ecuador, entre las metodologías de evaluación de playas,
están las entrevistas a los turistas, quienes califican a la playa en aspectos de
limpieza, presencia de algas, olores y otros. La calificación que hagan los turistas
tendrá valor en el resultado final de la playa evaluada.
-
Varios de los programas tienen parámetros diferentes según el tipo de playa
(Urbana o Rural, Recreativa o De Conservación). Este sistema se considera más
factible para Ecuador donde hay grandes diferencias entre playas rurales y urbanas
y donde es muy importante evitar la uniformización y mantener la diversidad de la
oferta turística, por lo tanto se diseñaron parámetros distintos para playas rurales,
urbanas y deshabitadas.
-
El sistema de premiación gradual, el cual reconoce desde los esfuerzos más
básicos, hasta los esfuerzos extraordinarios y es utilizado exitosamente en Costa
Rica y en otros países (México), se considera ser el más apto para Ecuador, ya que
promueve la mejora gradual y, desde un inicio, se reconoce el esfuerzo de las
playas por mejorar.
-
En la investigación realizada se encontraron programas y normativas de dirección
tanto privada como gubernamental. Uno de los problemas que en ocasiones se da
con las certificaciones privadas es que las autoridades locales no son incluidas ni
involucradas en el proceso. Se considera que para el tipo de desarrollo que tiene
la costa de Ecuador, la certificación debe estar ligada a las autoridades
gubernamentales y éstas deben promover fuertemente, y asesorar la participación
de la comunidad local, quien debe ser la principal protagonista y beneficiada de
este proceso de certificación.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 16
5.2 Diagnóstico de las playas ecuatorianas
Objetivos: El diagnóstico de campo tenía el objetivo de captar la realidad del filo
costero ecuatoriano en cuanto al uso sostenible de las playas. Para lo anterior las
investigaciones se implementaron en base a los siguientes ejes:
•
Análisis de impactos humanos en base a las principales actividades realizadas
en las playas y sus alrededores inmediatos: pesca y acuicultura, extracción y
transportación de petróleo, puertos y muelles, turismo y sus actividades
relacionadas, etc.
•
Evaluación de la percepción y opinión del turista sobre el uso y manejo de las
playas, procurando identificar: perfil del turista, aspectos que lo atraen a las
playas, problemas que identifica, soluciones que sugiere, entre otros.
•
Evaluación de las playas en base a programas de certificación de diferentes
regiones del mundo: Bandera Azul-Blue Flag Program (Europa), Semáforo
Playero (Venezuela), Requisitos y Especificaciones de Sustentabilidad de
Calidad de Playas (México).
•
Análisis de actores o involucrados entorno a su importancia e influencia sobre
la implementación de Normas Técnicas, incluyendo principalmente
instituciones del estado, gremios civiles o grupos de interés entorno al turismo
de playa y organizaciones no gubernamentales.
Herramientas metodológicas
Para implementar los ejes de trabajo descritos se utilizaron varias herramientas y
metodologías como fichas de evaluación, encuestas, observaciones subjetivas y
objetivas, investigación en Internet y entrevistas directas con líderes y responsables
de las playas.
Muestra
Para el diagnóstico de campo se escogió una muestra del 16% de las principales playas
ecuatorianas. De aproximadamente 108 playas identificadas se realizaron evaluaciones
en 17, considerando en primera instancia las playas exigidas por las bases del contrato
y adicionalmente seleccionando playas con miras a obtener una diversidad de
características. Las evaluaciones se realizaron durante octubre y noviembre del 2006.
Cuadro 3. Cantidad y nombre de playas evaluadas en cada provincia
Provincia
Número
aproximado
de playas
16% de playas
Playas de diagnóstico
obligatorio según
bases del contrato
Esmeraldas
30
6
Las Peñas, Mompiche
Río Verde, Las Palmas,
Atacames, Muisne
Manabí
41
6
Pedernales, Canoa
Murciélago, Los
Frailes, Pto. López,
Salango
Guayas
29
4
Olón, Ayangue
San Lorenzo, General
Villamil (Playas)
El Oro
8
1
Jambelí
Total
108
17
Playas adicionales
Normas Técnicas para Playas Turísticas 17
En cada una de las playas seleccionadas se realizó el siguiente proceso:
- Entrevistas con líderes o representantes locales.
- Recorrido de la playa y sus alrededores durante un día entero evaluándola en
base a los programas de Europa, Venezuela y México y realizando el respectivo
análisis de impactos humanos.
- Encuesta a 10 turistas (aunque en un caso no se encontró turistas). En total se
realizaron 160 encuestas.
5.2.1 Diagnóstico general de playas evaluadas
Cuadro 4. Perfil general de las playas evaluadas.
Rural
Rural
Urbana
Urbana
Semi-urbana
Rural
6.000
1.300
12.000
11.300
2.000
2.000
N.D.
N.D.
N.D.
1.200
1.400
N.D.
30
2
250
350
40
60
Manabí
Pedernales
Canoa
Murciélago
Los Frailes
Puerto López
Salango
Semi-urbana
Rural
Urbana
Protegida
Semi-urbana
Rural
6.000
1.000
10.800
2.000
1.800
1.500
N.D.
N.D.
N.D.
1.400
N.D.
900
80
1.100
300
100
15
Guayas
Olón
Ayangue
San Lorenzo
Playas
Rural
Rural
Urbana
Urbana
1.600
2.000
2.700
11.300
1.100
400
900
6.000
300
60
500
80
x
x
x
x
Jambelí
Rural
2.000
3.800
150
x
77.300
4.547
12.000
1.000
1.800
6.000
-
4.317
254
1.100
2
Esmeraldas
Las Peñas
Rio Verde
Las Palmas
Atacames
Muisne
Mompiche
El Oro
Playa
Perfil general de las playas tomadas como muestra para el diagnóstico de campo
Flujo
CCTF
CCTS
TDE
Contexto
PA PIP Lab. Pet. Ptos. Cab. Hot. Cnst.
(pers.)
(pers.) Turístico (pers.)
Totales
Promedios
Máximos
Mínimos
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
VA
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
14
3
5
2
3
14
16
10
16
82%
18%
29%
12%
18%
82%
94%
59%
94%
Explicación del Cuadro "Perfil general de las playas tomadas como muestra para el diagnóstico de campo"
Descripción objetiva sobre el contexto geopolítico de la playa. Se clasifica en cuatro opciones: Urbana, SemiContexto
urbana, Rural, Protegida (si se encuentra dentro de un área nacional protegida)
Capacidad de Carga Turística Física, es decir, acorde con el Estudio de Actualización y Difusión de CCT de
CCTF
Reck (2006) o estimada en base a las consideraciones de ese estudio.
Capacidad de Carga Turística Sanitaria, es decir, acorde con el Estudio de Actualización y Difusión de CCT de
CCTS
Reck (2006) estimada en base a la disponibilidad de servicios higiénicos.
Descripción del comportamiento de la concurrencia de turistas a lo largo del año. Se clasifica en tres opciones:
F. Turístico
"Todo el año" (
), "Concentrado en épocas o temporadas" (
), y "Sólo en feriados" ( )
Turistas presentes Durante la Evaluación de diagnóstico.
TDE
No determinado
N.D.
Valores en gris Datos de CCTF estimados de manera muy aproximada en base a ancho y largo de playa efectivo.
Los siguientes se clasifica en presencia ( ) o ausencia (x):
Pesca Artesanal.
PA
Procesamiento Industrial de Pesca.
PIP
Laboratorios Acuícolas.
Lab.
Actividad petrolera en el lugar o zonas aledañas inmediatas.
Pet.
Puertos pesqueros.
Ptos.
Cabañas en la playa (expendedoras de alimentos, bebidas u otros).
Cab.
Hoteles en la comunidad o en la región inmediata.
Hot.
Obras civiles terminadas o en proceso.
Cnst.
Vendedores ambulantes.
VA
Normas Técnicas para Playas Turísticas 18
Pesca artesanal y procesamiento artesanal de la pesca
• 14 de las 17 playas evaluadas (82%) tienen presencia de pesca artesanal.
• 2 de las 17 (12%) contaban con centros de procesamiento artesanal de la pesca
(desvisceradoras) formales e improvisados.
Aspectos positivos
Si bien a continuación se destacan tan sólo dos aspectos positivos, cabe mencionar
que resultan de extremada importancia ambos:
- En términos turísticos la pesca artesanal en todas sus etapas resulta un
atractivo turístico cultural importante de nuestras playas, sobre todo a la hora
de atraer al turista internacional.
- Desde una óptica general pero fundamental, la pesca es el primer o segundo
ingreso en la mayoría de las comunidades de las playas evaluadas.
Aspectos negativos
En términos de un correcto desenvolvimiento del turismo de sol y playa, la pesca
artesanal y el procesamiento artesanal de la pesca, tal como están concebidos hoy,
tienen un impacto negativo en el ordenamiento de la playa:
- Ocupan espacio que resta oportunidad al turismo de sol y playa,
principalmente porque no existe un ordenamiento de las embarcaciones,
aunque en algunos casos se da una zonificación durante la temporada alta.
- Un impacto similar se da en el mar, donde interfieren en el área de bañistas y
en ciertas situaciones ponen en riesgo al turista.
- Las áreas donde se establecen las embarcaciones o los centros de desviscerado
presentan gran cantidad de desechos de pesca como redes, sogas, tarros de
aceite, pedazos de pescados, entre otros. Estos también se distribuyen a lo
largo de la playa en algunos casos, debido a los desembarques y el transporte
en vehículos que recorren la playa.
- Tanto las zonas de las embarcaciones como de desvisceradoras generan olores
desagradables en muchas situaciones. Estos, que se producen por desechos
orgánicos como partes de pescados y sangre son en gran parte los responsables
de atraer animales como perros y buitres.
- En algunas playas como por ejemplo Canoa y Río Verde, se detectó que como
resultado de los desembarques de redes y el transporte de la pesca en
camiones a lo largo de la playa, genera una espuma que se distribuye por toda
la playa. Esta espuma genera olor pestilente y tampoco es agradable a la vista,
además de ser de larga residualidad, pues una vez deshidratada permanece en
el sitio un sólido orgánico color café.
- En algunas playas, particularmente en Atacames, se detectó la presencia
masiva de un tipo de pescado con grandes púas, que podían fácilmente herir a
un turista.
- Otro problema con la pesca artesanal es que en ciertos casos se da mediante la
extracción de especies no permitidas, como tiburones o especies en veda. Esto
es un aspecto negativo que puede perjudicar al destino como atractivo
turístico y a los recursos marinos del país.
Análisis
La pesca por razones evidentes debe permanecer en nuestras playas, pues es el
sustento económico principal de las comunidades costeras. Adicionalmente es uno de
los principales atractivos turísticos de la costa. Sin embargo, la manera en que se
desarrolla es perjudicial para el turismo de sol y playa e incluso para la seguridad
sanitaria de las comunidades locales y los visitantes.
Por lo anterior, mediante las Normas Técnicas se promoverá:
Normas Técnicas para Playas Turísticas 19
-
El ordenamiento de las actividades artesanales de pesca en términos de
zonificación, aseo y limpieza, control de olores, transporte de la pesca y
protección de especies en veda y/o peligro de extinción.
Pesca industrial y procesamiento industrial de la pesca
• 3 de las 17 playas evaluadas (18%) tienen presencia de pesca y procesamiento
industriales.
Aspectos positivos
De acuerdo al diagnóstico de campo que incluye observaciones visuales, apreciaciones
objetivas y entrevistas con actores locales, no consideramos ningún aspecto positivo
de la pesca y el procesamiento industriales, ni para el turismo de sol y playa ni para el
beneficio económico de las comunidades locales. Respecto al segundo caso
(económico), las industrias asentadas en las playas extraen una gran cantidad de
recursos versus una mínima generación de ganancias para la comunidad local, ya que
emplean poco personal pero utilizan métodos industriales masivos de extracción de
recursos marinos. Las razones para el primer caso se explican en los aspectos
negativos a continuación.
Aspectos negativos
En dos de las tres playas (Río Verde y Las Palmas) el impacto de la pesca industrial es
indirecto sobre el turismo de sol y playa, por la ubicación de las industrias y las
embarcaciones. La tercera playa, Salango, sufre impactos directos tanto para el medio
ambiente y la salud de la comunidad local, como para el turismo de sol y playa.
Adicionalmente, en este último caso se trata de una comunidad rural y en una zona de
amortiguamiento de un parque nacional (Machalilla). A continuación se describen los
impactos:
- Contaminación visual por la presencia de una industria instalada directamente
sobre la playa y la presencia de tuberías de absorción y descarga directamente
sobre la arena y en el mar.
- Generación de olores desagradables, perceptibles con frecuencia en todos los
sectores de la playa.
- Contaminación de la arena y el mar por descargas de aguas residuales sin el
debido tratamiento.
- Presencia masiva de animales muertos en la arena, muchas veces tortugas,
debido a las malas prácticas de la pesca industrial mar adentro.
Análisis
La pesca y el procesamiento industriales son actividades con impactos negativos para
las comunidades locales, principalmente para la prosperidad de su desarrollo turístico.
Sin embargo, por razones muchas veces políticas o de negligencia de las autoridades,
resulta especialmente difícil la reubicación o al menos el correcto manejo ambiental
de estos gremios. También cabe mencionar que la presencia de industrias en playas
turísticas no es tan elevada (3/17).
Por lo anterior, la idea es promover mediante las Normas Técnicas:
- La reubicación de industrias, sobretodo en el caso de playas rurales y más aún
en zonas cercanas a parques nacionales. O al menos la evitación del
asentamiento de nuevas industrias en playas con proyección turística y con
riqueza ecológica.
- La existencia de licencias y planes ambientales rigurosos en las industrias
cercanas que garanticen su funcionamiento impecable y en sintonía con el
desarrollo turístico.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 20
-
La advertencia clara y visible a los turistas de la presencia de industrias en la
playa o en sus alrededores y el riesgo de contaminación que pudiesen
significar.
Laboratorios acuícolas
• 5 de las 17 playas evaluadas (29%) tienen presencia de laboratorios de larvas.
Aspectos positivos
Los laboratorios de larvas no generan mayores impactos positivos para las playas ni las
comunidades locales, pues la generación de empleo es baja y no resultan un atractivo
turístico por la manera en que son manejados.
Aspectos negativos
- El principal aspecto negativo de los laboratorios es la contaminación visual,
debido a que ocupan gran espacio, se encuentran generalmente frente al mar y
su infraestructura se caracteriza por grandes muros en mal estado.
- Adicionalmente los laboratorios tienen un impacto negativo medioambiental (lo
cuál recae también sobre el turismo) por la contaminación del agua que
utilizan, principalmente por la utilización de cloro y en algunas situaciones
antibióticos.
Análisis
El impacto de los laboratorios no es tan preocupante como el de las industrias, sin
embargo se encuentran con mayor frecuencia frente o en los alrededores de las playas
turísticas (5/17).
Mediante las Normas Técnicas se promoverá:
- La exigencia de licencias ambientales y el cumplimiento estricto del plan de
manejo ambiental en los laboratorios.
- Además, de manera general se promoverán las mejoras en la infraestructura
cercana a las playas, lo cuál incluye a los laboratorios.
Actividad petrolera
• 2 de las 17 playas evaluadas (12%) registran presencia actividades petroleras en
la zona.
Aspectos positivos
Las actividades petroleras son parte del presupuesto del estado y significan el
principal ingreso para el país. En términos turísticos no tienen ningún impacto
positivo.
Aspectos negativos
En las dos playas que registran existencia de actividades petroleras en la región los
impactos son totalmente indirectos, pues las actividades no son directamente en la
playa ni en sus alrededores inmediatos. Sin embargo se pueden mencionar los
siguientes impactos:
- Contaminación visual por la navegación de embarcaciones grandes que
transportan petróleo.
- Derrames eventuales en las playas que contaminan el ambiente (contaminan la
arena y afectan fauna y flora) y tienen un impacto en la salud de los bañistas.
Análisis
Los impactos por la actividad petrolera en las playas evaluadas se dan en poca
proporción por su baja presencia (2/17) y de manera indirecta debido a que no están
Normas Técnicas para Playas Turísticas 21
asentadas directamente en la playa. En el caso de que existieran otras playas donde
los asentamientos de las actividades sean directamente en la playa, estas no deberían
ser consideradas como turísticas ni recomendadas para su uso recreativo por los
riesgos presentes (más allá de las evaluadas donde no se dio el caso).
Por lo anterior, mediante las Normas Técnicas se promoverá:
- Toda playa con actividades petroleras cercanas deberá comunicarlo de manera
clara y visible y deberá trasmitir al turista los riesgos posibles y las acciones a
tomar. Deberá tener un plan de emergencia y deberá comunicar la frecuencia
con la que suceden los derrames.
- Las playas donde existan asentamientos directos (in situ) de actividades
petroleras no podrán participar en un proceso de certificación.
Puertos o muelles
• 3 de las 17 playas evaluadas (18%) tienen presencia de puertos o marinas
(muelles).
Aspectos positivos
Los puertos y muelles son parte fundamental de las actividades económicas e incluso
culturales de muchos puntos costeros del país (véase en este muestreo los casos de
Las Palmas y Murciélago). Pero con mayor importancia para el estudio en cuestión, los
puertos muchas veces están ligados a las actividades recreativas del destino, por lo
que forman parte de la oferta turística. En este estudio se evidencia lo anterior de dos
maneras muy particulares; para el caso de San Lorenzo (Salinas) el muelle del Salinas
Yacht Club es responsable en gran parte de la población flotante ecuatoriana que
visita la región por periodos prolongados cada año. Para el caso de Murciélago, el
puerto ha promovido el anclaje en el sitio de importantes cruceros.
Aspectos negativos
Sin embargo, desde la óptica del turismo de sol y playa los puertos y muelles tienen
importantes impactos negativos:
- Principalmente los puertos generan impacto negativo en el paisaje de la playa.
- Generan gran contaminación en el agua por derrames de hidrocarburos, aceites
y grasas.
- A veces la presencia de los muelles está ligada a la tendencia de invadir las
zonas de bañistas, por no respetar la distancia debida desde la orilla para el
anclaje y circulación de las embarcaciones.
Análisis
Para analizar los impactos negativos de los puertos y muelles es necesario considerar
dos realidades. Primero debe entenderse que los puertos y muelles se encuentran
generalmente en playas urbanas, donde el paisaje no es parte de las virtudes de una
playa. Segundo, la mayoría de los impactos se deben sobretodo por cuestiones de
negligencia en el manejo y falta de presión de las autoridades en el cumplimiento de
políticas de seguridad ambiental y humana.
Por lo anterior, las Normas Técnicas promoverían lo siguiente:
- Separar las políticas y parámetros de evaluación en más de un grupo
dependiendo de su calidad de urbanas o rurales.
- Promover la aplicación de políticas ambientales rigurosas en los puertos y
muelles.
- Promover un ordenamiento y zonificación rigurosos, sobretodo con miras a
proteger al bañista de accidentes y derrames.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 22
Cabañas (expendedoras de alimentos y bebidas)
• 14 de las 17 playas evaluadas (82%) tienen presencia de cabañas en la playa o
en los terrenos inmediatos a la arena.
Aspectos positivos
Las cabañas expendedoras de alimentos y bebidas establecidas en las zonas de arena
muerta o en los terrenos inmediatos a la arena, brindan con mayor comodidad (por la
cercanía) sus servicios a los turistas que lo demandan. Desde una perspectiva
económica, estas cabañas son una de las principales formas (si no la principal) en que
se integran al negocio turístico las comunidades locales, pues las inversiones
implicadas en la actividad hotelera muchas veces no están al alcance de éstas.
Cabe mencionar que a la vez, por su importancia y presencia en las playas
ecuatorianas, las asociaciones de cabañeros muchas veces son los responsables de las
gestiones que se hacen entorno a la organización de la playa, como el aseo y el
ordenamiento.
Aspectos negativos
Las cabañas en la forma en que se han permitido y concebido hoy en las playas
ecuatorianas son responsables de una gran cantidad de impactos negativos:
- Primeramente restan espacio a las playas y muchas veces tienen un
crecimiento desordenado que incluso atenta contra la permanencia de
vegetación nativa y necesaria en las playas.
- Contaminación visual, principalmente por cabañas abandonadas o en mal
estado.
- Son responsables en gran parte de la generación de desechos sólidos orgánicos
e inorgánicos en las playas y, en el primer caso, esto acarrea además otros
problemas como la presencia de animales.
- Prácticamente en todos los casos evaluados las cabañas establecidas en la zona
de arena muerta o en los terrenos inmediatos tienen un pésimo manejo de
aguas, tanto en su provisión y almacenamiento como en su descarga, que
muchas veces es directa a la playa desde las cocinas, bares, duchas o
lavamanos.
- En cuanto al manejo de aguas, adicionalmente en algunos casos se ha incurrido
en el error de permitir la inclusión de baños en las cabañas y la consecuente
construcción de pozos de infiltración directamente en la playa, al pie del mar.
- Las cabañas de playa están muchas veces ligadas al turismo de fiesta, lo cuál
involucra la venta de licor y la contaminación sónica (por bulla).
Análisis
Las cabañas expendedoras de alimentos y bebidas se encuentran en gran cantidad y
frecuencia en las playas ecuatorianas, y constituyen uno de los principales grupos
agremiados en asociaciones y responsables de las gestiones de las playas. De esta
manera en algunas situaciones son responsables del aseo, pero de manera
insuficiente, sobretodo considerando que son ellos los principales responsables de la
generación de desechos orgánicos e inorgánicos en las playas; además de muchas
veces ser responsables de descargas o infiltración de aguas residuales.
Se considera en el presente estudio que un programa de Normas Técnicas para el
turismo de sol y playa debería promover inminentemente la regulación de las
actividades que desempeñan las cabañas y el establecimiento de requisitos y
compromisos formales como principales usuarios de las playas. De esta manera se
considerarían principalmente los siguientes aspectos:
Normas Técnicas para Playas Turísticas 23
-
-
-
Promover que los cabañeros se involucren en la gestión administrativa y de
mantenimiento de las playas.
Establecer políticas de manejo del agua, principalmente en el manejo de aguas
residuales:
o Evitar en la medida de lo posible el uso del agua en las cabañas de
playa.
o Prohibir la construcción de baños en las cabañas si estas se ubican en la
zona de arena muerta.
o Prohibir las descargas de agua (de cocina o lavamanos) visibles en la
playa.
o Promover un adecuado manejo de aceites y grasas.
Establecer políticas en cuanto al manejo de los desechos sólidos que
promuevan:
o Disposición de recipientes para desechos en cantidad suficiente y con
mantenimiento frecuente.
o Almacenamiento adecuado de sus desechos hasta la recolección del
camión o su adecuada disposición final.
o Involucramiento debido en las actividades generales de limpieza de la
playa.
o Promover la reducción de desechos no reutilizables ni reciclables.
Promover políticas de control de la bulla.
Promover la incorporación en los requisitos de las cabañas de políticas de
buenas prácticas en la manipulación de alimentos.
Promover la inclusión de políticas de seguridad (extintores, ventilación, etc).
Promover la eliminación de cabañas abandonadas o en mal estado.
Hoteles y hospederías
• 16 de las 17 playas evaluadas (94%) tienen presencia hoteles y/u hospederías
en las zonas inmediatas a la playa.
Aspectos positivos
Los hoteles y hospederías permiten la permanencia de los turistas por más de un día
en un destino turístico de sol y playa. Adicionalmente en muchos casos son los
responsables de atraer turistas a una playa mediante su promoción, sus conexiones
con agencias o simplemente mediante sus páginas web. En algunos casos, pero muy
pocos, los hoteles se involucran comprometidamente con el mantenimiento y cuidado
de las playas.
Aspectos negativos
Los hoteles pueden tener un sinnúmero de impactos sobre la playa en algunas
situaciones. Uno de los principales es que no cuenten con el adecuado tratamiento de
sus aguas residuales en comunidades que no cuentan con alcantarillado. Sin embargo
el principal problema que se detectó en este estudio en torno a este tema es a la falta
de involucramiento de los hoteleros en las actividades de mantenimiento de las
playas.
Análisis
Los hoteles y hospederías en muy pocas ocasiones se encuentran directamente al pie
de la playa. Se los incluye en este análisis principalmente por el hecho que se
encuentran hoy muy poco ligados a las gestiones de cuidado y mantenimiento de
playas, mientras que son de los principales beneficiados del recurso turístico playa.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 24
Los impactos indirectos de los hoteles sobre las playas por la generación de desechos
sólidos y líquidos principalmente se verían reflejados directamente en las
evaluaciones generales de parámetros como calidad del agua, presencia de desechos,
tratamiento de aguas residuales, entre otros. Por ello, el principal problema cuya
solución se buscaría promover mediante las Normas Técnicas es la falta de
involucramiento de los hoteleros en el cuidado de la playa.
Construcción
• 10 de las 17 playas evaluadas (59%) sufrían impactos directos o indirectos por
procesos de construcción.
Aspectos positivos
No hay aspectos positivos sobre el turismo de sol y playa en los procesos de
construcción, salvo la razón de ser de estos que es el levantamiento de nuevas obras
muchas veces relacionadas con la promoción del turismo.
Aspectos negativos
Se detectaron varios impactos negativos en los procesos de construcción en las playas
o cercanos a ellas, muchos de ellos resultantes del mal manejo de los procesos y otros
incluso por criterios errados en la ubicación y mantenimiento de las obras:
- En algunos casos, como por ejemplo en la playa de Murciélago, las obras en
construcción implicaban un gran movimiento de tierra que erosionaba los
acantilados depositando toneladas de tierra y relleno sobre áreas de arena,
parte de la playa, poniendo en riesgo al turista y afectando negativamente el
paisaje y el espacio.
- Los malecones abandonados, sin el debido mantenimiento significan una de las
principales razones de deterioro de los paisajes playeros.
- Los malecones en general suelen convertirse en urinarios.
- Obras en terrenos inmediatos a la playa ocasionan mucho ruido y
levantamiento de polvo.
- La construcción de baños y pozos sépticos o de infiltración directamente en la
arena produce contaminación visual y aumenta el riesgo de contaminación del
agua.
Análisis
Existen 3 casos bien diferenciados que podrían ser mejorados por las Normas Técnicas
entorno a los procesos de construcción:
- El primero es la construcción de obras privadas en los alrededores de las playas
lo cuál es parte del crecimiento de los destinos turísticos. En este caso se
promovería mediante las Normas Técnicas un adecuado manejo de obras
mediante el control de descargas, de disposición de materiales, de medidas de
seguridad, de ruidos y de horarios de trabajo, de manera que no interfirieran
con el correcto desarrollo del turismo de sol y playa.
- El segundo es sobre la construcción y abandono de malecones en las playas que
poco contribuyen al embellecimiento de estas, salvo en el caso de playas
urbanas. Para este aspecto se promovería el correcto mantenimiento y
reparación de los malecones, así como la adecuada disposición de escombros y
el manejo de olores desagradables.
- El caso de los pozos sépticos o de infiltración en la playa también deberá ser
regulado mediante las Normas Técnicas, principalmente por medidas sanitarias
y ambientales.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 25
Vendedores ambulantes
• 16 de las 17 playas evaluadas (94%) son frecuentadas por vendedores
ambulantes.
Aspectos positivos
Un aspecto positivo, siempre y cuando no sobrepase los límites del respeto, es que los
vendedores ambulantes llevan sus productos y servicios directamente al turista
mientras disfruta de la playa. Desde la óptica económica, la venta ambulante es uno
de los principales empleos generados por el turismo de sol y playa, aunque no siempre
es para las comunidades locales.
Aspectos negativos
Existen algunos impactos negativos de la venta ambulante, principalmente por la falta
de regulación de esta actividad:
- La venta ambulante genera desechos sólidos orgánicos e inorgánicos en las
playas.
- El exceso de vendedores ambulantes perjudica la tranquilidad del turista, lo
cual sucede con frecuencia en feriados pico.
- Existe una gran cantidad de vendedores ambulantes “flotantes”, es decir
ajenos a la comunidad, que sólo acuden en feriados o festividades y no
colaboran con el aseo y el orden de la playa ya que no conocen su plan de
manejo ni sus políticas de uso.
Análisis
La venta ambulante es una actividad que se sale fácilmente de control en las playas
en feriados importantes de gran afluencia turística. Sin embargo a la vez es muy difícil
de regular por la extensión de las playas y la cantidad de gente que acude a ellas.
Dentro de lo posible las Normas Técnicas buscarán promover:
- La presencia de vendedores ambulantes en cantidades adecuadas en las playas.
- La presencia sólo de aquellos vendedores ambulantes autorizados por la
Capitanía de Puerto local.
- Que los vendedores ambulantes participen dentro de los programas de
mantenimiento, aseo y orden de las playas.
Turistas
• 17 de las 17 playas evaluadas (100%) reciben turistas con regularidad.
Análisis general
La concurrencia de turistas es siempre positiva siempre y cuando se desarrolle dentro
de un marco regulatorio y de manera planificada, procurando un uso sostenible del
recurso playa. El turismo genera empleos directos e indirectos y activa la economía de
las comunidades locales.
Deja de ser positivo el turismo cuando el incremento del número de turistas en un
periodo de tiempo determinado es desproporcionado con la capacidad física de la
playa y de los servicios disponibles que puedan abastecer todas las actividades que
realiza un turista, como seguridad, salud y sin ocasionar perjuicio al medio ambiente.
El impacto sobre la seguridad y la salud fácilmente se puede evaluar en base al
balance después de un feriado o un periodo pico de concurrencia. Sin embargo los
impactos sobre el medio ambiente y en sí sobre el recurso playa son más difíciles de
medir, y en este aspecto las comunidades locales deberán siempre plantearse el
siguiente cuestionamiento: ¿A partir de qué momento el tipo y la cantidad de turistas
Normas Técnicas para Playas Turísticas 26
erosionan el recurso playa de manera que quitan más de lo que dejan? Y para
encontrar la respuesta adecuada a este aspecto es necesario pensar a largo plazo y en
las futuras generaciones. Preguntas como las siguientes pueden ayudar a encontrar los
límites:
-
¿Hasta qué intensidad es beneficiosa la presencia del turista que gasta $2 en un
día pero genera más de medio kilo de desechos?
¿Hasta que punto conviene recibir más de un turista por cada 5 m2 y desgastar
su playa como destino turístico, es decir arruinar su imagen, además de
generar gran cantidad de desechos líquidos y sólidos?
El hecho de que las playas son de todos los ecuatorianos convierte el tema aún más
ambiguo. Por un lado esto significa que todos los ecuatorianos tienen derecho a
escoger la playa a la que quieren ir, pero por otro significa que todos los ecuatorianos
tienen el derecho de exigir la conservación de las playas.
Por todo lo anterior, mediante estas Normas Técnicas se promueve:
- Que las comunidades locales desarrollen la conciencia de que la
sobreexplotación del recurso playa deteriora su calidad de atractivo por la
destrucción y contaminación del medio ambiente y por el impacto negativo
sobre la imagen del destino.
- Que las comunidades locales establezcan el tipo de destino turístico en que
quieren convertir su playa y de esta manera la capacidad de carga que
aprueban. Todo esto en coordinación con las autoridades pertinentes.
- Que las comunidades locales procuren contar con la capacidad de atención
adecuada en términos de seguridad, recreación y salud para atender la
capacidad de carga que establezcan.
4.2.2 Resultados de las encuestas realizadas
Parte del diagnóstico fue la evaluación de la percepción del turista. Se entrevistaron
10 turistas por playa, para un total de 160 turistas entrevistados (Cuadro 5). Esta
entrevista (Anexo 1), permitió hacer un perfil general del turista y conocer su opinión
relacionada a:
a)
b)
c)
d)
Principales atractivos turísticos de la playa
Principales problemas de la playa
Sugerencias para mejorar la playa
Ente estatal encargado de la playa
Si bien, puede que los datos recabados no sean estadísticamente válidos, éstos datos
obtenidos nos ayudan a inferir cual es la tendencia del turista respecto a las preguntas
evaluadas. Por lo anterior, en la discusión de los resultados se presentan conclusiones
que no necesariamente deben ser consideradas como verdades absolutas, pero son las
tendencias detectadas en la muestra utilizada en este estudio.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 27
Cuadro 5. Perfil de los 160 turistas entrevistados
Género y Edad
Esmeraldas
Manabí
Ecuador
Menor
Mayor
Local
Otro
42
22
59
2
7
1
Inglaterra
3
31
17
47
7
2
1
Alemania
5
5
41
26
65
0
10
0
_
Muisne
7
3
35
17
66
3
5
2
EEUU-Inglaterra
Mompiche
2
8
27
16
42
1
6
3
AlemaniaInglaterra-Canadá
27
23
35
20
56
13
30
7
4 Países
Pedernales
7
3
29
14
51
2
8
0
_
Canoa
8
2
38
22
56
0
6
4
Alemania-FranciaFinlandiaNicaragua
Murciélago
5
5
42
15
77
1
9
0
_
Los Frailes
6
4
31
18
52
0
8
2
Francia-Perú
Pto. López
5
5
37
19
70
0
8
2
Francia-Uruguay
Salango
7
3
30
14
45
1
9
0
_
38
22
35
17
59
4
48
8
6 Países
Olón
4
6
35
21
56
0
10
0
_
Ayangue
8
2
36
17
64
0
8
2
España
San Lorenzo
5
5
31
14
53
3
6
1
Brasil
Playas
5
5
35
16
59
1
8
1
Canadá
22
18
34
17
58
4
32
4
4 Países
7
3
35
22
59
0
10
0
Ningún país
94
66
58
120
19
41%
19
21
59%
35
13%
75%
12%
F
M
Las Peñas
6
4
Las Palmas
7
Atacames
Total Esmeraldas
Total Manabí
Guayas
Rangos de edad
Otro
país
Edad
promedio
Playas evaluadas
Total Guayas
Oro
Género
Origen
Jambelí
Totales
Otros países
11 países
Principales atractivos turísticos de la playa: El objetivo de esta pregunta fue conocer
cual es la principal razón por la que los turistas visitan la playa y así obtener un indicio
de qué es lo más importante conservar para que el flujo turístico hacia las playas se
mantenga.
Principales
atractivos turísticos
La Playa
El Paisaje
Cercanía a lugar de residencia
Cultura Local
Biodiversidad
El Mar
Gastronomía
Tranquilidad
Vida Nocturna
Historia -Arqueología
Gráfico 1. Principales atractivos turísticos según turistas entrevistados
Normas Técnicas para Playas Turísticas 28
Las respuestas obtenidas (Gráfico 1), refuerzan la necesidad de conservación de estos
recursos (playa, mar, paisaje) y motivan el establecimiento de normas que ayuden a
cuidar de éstos. La gastronomía aparece como cuarto principal atractivo, lo cual es un
dato interesante que hace reflexionar en la necesidad de mantener y aumentar la
calidad de este servicio, así como regular los impactos negativos que tiene éste en la
playa.
Principales problemas percibidos en la playa: El preguntar a los turistas cuales
problemas hay en la playa evaluada, permitió a los evaluadores ir más allá de sus
percepciones en cuanto a los problemas e impactos evaluados, y ésta diversidad de
opiniones es muy importante en la evaluación de una playa para un futuro programa
de certificación. Cada playa tiene sus correspondientes problemas según su tipo de
turismo, ubicación, industrias aledañas, ciudades, pero a pesar de éstas diferencias,
en los resultados puede verse que hay dos problemas principales que aquejan a todas
las playas según el turista ecuatoriano y estos son: Falta de Servicios Higiénicos y
Basura.
Principales
Problemas
en la Playa
Falta de Baños
Falta de seguridad (salvavidas)
Desorganización
Animales sueltos
Falta de servicios generales
Otros
Basura
Falta de señalización
Contaminación del Agua
Inseguridad (robos)
Vehiculos en la arena
Ninguno
Gráfico 2. Principales problemas percibidos por el turista
Sugerencias para mejorar: El objetivo principal de esta pregunta fue indagar la
reacción del turista ante la posibilidad de que se norme su comportamiento durante su
estadía en la playa. Como puede verse en el Gráfico 3 una mayoría de los turistas
marcó “establecer normas a los turistas”. Esto indica que el turista está dispuesto a
seguir ciertas normas para así contribuir al mantenimiento de la playa. Un código de
conducta es una herramienta importante que además de informar al turista, facilita la
comunicación entre turistas y autoridades de la playa y comunidad.
Mejorar la Limpieza
Sugerencias de los turistas
para mejorar la playa
Establecer Normas a Turistas
Establecer Normas a
Comerciantes
Mejorar en Seguridad
Organizar Comercio/Hoteles
Otro (señalización, etc)
Regular cantidad de gente que
visita
Gráfico 3. Sugerencias de los turistas para mejorar la playa
Normas Técnicas para Playas Turísticas 29
Ente estatal encargado de la playa: Las respuestas obtenidas en esta pregunta (Gráfico
4) reflejan desinformación del turista sobre la entidad que está encargada de la playa
e indican la necesidad de colocar más información en las playas para que el turista
sepa a quién debe recurrir en caso de emergencias y a quién puede darle sugerencias
en cuanto al manejo y mantenimiento de la playa.
Encargado de
la playa
según el Turista
El Municipio
Ministerio de Turismo
Varios
Asociaciones
PMRC
No saben
La Marina
Prefecto
Junta Parroquial
Gráfico 4. Ente estatal encargado de la playa según el turista
4.2.3 Resultados de playas evaluadas
Se evaluaron 17 playas de Ecuador con respecto a exigencias y estándares de 3
programas y normas internacionales de diferentes regiones del mundo:
Programa
Norma Mexicana que establece los requisitos y
especificaciones de sustentabilidad de calidad
de playas
Semáforo Playero Venezolano
Bandera Azul
Región
Norteamérica
Suramérica
Europa-Mundial
Al hacer esta evaluación con 3 diferentes programas, se pudo analizar las ventajas,
desventajas y facilidades de aplicación de cada uno de ellos en las playas de Ecuador,
también se identificaron parámetros o criterios que no son aplicables a Ecuador, así
como otros criterios que hay que reforzar y detallar más. Las evaluaciones de las
playas se realizaron durante época de temporada baja, a excepción de la provincia de
Manabí que se evaluó durante el feriado del Día de los Difuntos.
A continuación se presenta una breve descripción de los criterios y sistema de
evaluación de cada programa y conclusiones relevantes de los resultados obtenidos en
las playas evaluadas.
NORMA MEXICANA: define 53 criterios de evaluación para playas de uso recreativo, los
cuales se dividen inicialmente en 6 aspectos (biodiversidad, manejo de desechos,
infraestructura, calidad de aguas, educación ambiental y seguridad) que luego se
agrupan en 4 grupos. En cada grupo (Cuadro 6) debe obtenerse un porcentaje
determinado para alcanzar diferentes niveles de certificación, siendo el Nivel 1 el más
bajo y el Nivel 3 el más alto. Para que una playa obtenga cualquiera de los niveles,
debe obtener en todos los grupos el porcentaje mínimo determinado para ese nivel.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 30
Cuadro 6. Grupos y % mínimo de cumplimiento, Norma Mexicana
% mínimo de cumplimiento para diferentes
niveles
1
2
3
60
75
90
50
70
90
45
65
90
50
70
90
Grupos
Calidad Sanitaria (CS)
Calidad de Seguridad (CSEG)
Calidad de Servicios (CSERV)
Calidad Desempeño Ambiental (CDA)
El sistema de calificación de la Norma Mexicana, no exige cumplimiento obligatorio
de todos sus criterios, lo que permite que una playa ingrese a su programa y
gradualmente vaya alcanzado niveles cada vez mejores, conforme va mejorando su
desempeño en diferentes áreas. Este concepto es útil para aplicar en el sistema de
evaluación para la Norma de Ecuador, ya que permite la inserción de playas con
diferentes grados de cumplimiento y las motiva a seguir mejorando.
En el gráfico 5 se puede observar que, de las playas evaluadas, los resultados de
ningún grupo superan el mínimo puntaje para obtener el nivel 1.
Resultados generales
100
90
80
70
60
50
40
30
20
10
0
Calidad Sanitaria
Calidad de
Seguridad
Calidad de
Servicios
Calidad
Desempeño
Ambiental
Todas las provincias
Mínimo % para nivel 1 en Calidad Sanitaria
Mínimo % para nivel 1 en Calidad de Seguridad
Mínimo % para nivel 1 en Calidad de Servicios
Mínimo % para nivel 1 Calidad Desempeño Ambiental
Gráfico 5. Resultados generales por grupo de la Norma Mexicana
Calidad Sanitaria y Calidad de Servicios: Los criterios de evaluación de calidad
sanitaria y de servicios están muy relacionados con el manejo de los desechos
(limpieza de la playa, limpieza del agua, presencia de basureros bien mantenidos,
reciclaje y separación) y limpieza del agua.
Un factor que influyó en el bajo puntaje de la mayoría de las playas en estos grupos
fue la total ausencia de programas de reciclaje y separación de basura.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 31
Como puede verse en los gráficos 6 y 7, la provincia de Guayas es la única que
sobrepasa el nivel mínimo de cumplimiento. Se infiere que esto se debe al hecho de
que 2 de las 4 playas evaluadas en Guayas participan en el Programa de Ordenamiento
de Playas (POP), ejecutado por la consultora ambiental SAMBITO y financiado por el
Consejo Provincial del Guayas. Este programa tiene como uno de sus objetivos
principales el mantener la playa limpia y en el trabaja personal de la comunidad de
manera permanente (temporada baja y alta). Otra de las playas evaluadas en Guayas
fue San Lorenzo, la cual es una playa urbana con servicios básicos buenos de
recolección de basura y además es base de la Marina y este organismo ejerce presión
para la realización de mingas de limpieza. El hecho de que entidades públicas como la
Marina y privadas que trabajen en materia medioambiental (como SAMBITO) estén
directamente involucradas en las playas evaluadas del Guayas, influyó en un promedio
provincial de Calidad Sanitaria y de Servicios, relativamente alto en comparación con
las otras provincias.
Calidad Sanitaria
100
80
60
40
20
0
O
ro
El
G
ua
ya
s
an
ab
í
M
Es
m
er
al
da
s
Mínimo para obtener nivel 3
Mínimo para obtener nivel 2
Mínimo para obtener nivel 1
Gráfico 6. Resultados generales por provincia en Calidad Sanitaria
Calidad de Servicios
O
ro
El
M
an
ab
í
Mínimo para obtener nivel 3
Mínimo para obtener nivel 2
Mínimo para obtener nivel 1
G
ua
ya
s
Es
m
er
al
da
s
100
80
60
40
20
0
Gráfico 7. Resultados generales por provincia en Calidad de Servicios
A nivel individual, puede observarse (Anexo 1: Resultados de la Norma Mexicana), que
las únicas playas que obtuvieron nivel 2 en el grupo de calidad sanitaria fueron Los
Frailes (Parque Nacional), Ayangue y Olón, éstas 2 últimas participantes del POP. De
esto se puede inferir que un sistema o programa de manejo de desechos permanente,
a cargo de la comunidad y en coordinación con autoridades públicas y/o privadas es
necesario para que las playas con flujo turístico se mantengan limpias.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 32
Grupo de Calidad de Seguridad: Este grupo incluye criterios de zonificación, presencia
de salvavidas y existencia de primeros auxilios, señalización sobre peligrosidad del
mar, puestos de primeros auxilios y ausencia de vehículos motorizados.
Este fue el grupo con puntuación más baja en todas las provincias (Gráfico 8) y el que
impediría a la mayoría de las playas obtener su certificación según la norma
mexicana, aunque los resultados negativos pueden deberse a que durante la
temporada baja hay pocos niveles de seguridad.
Calidad de Seguridad
100
80
60
40
20
0
O
ro
El
G
ua
ya
s
Es
m
M
er
al
da
s
an
ab
í
Mínimo para obtener nivel 3
Mínimo para obtener nivel 2
Mínimo para obtener nivel 1
Gráfico 8. Resultados generales por provincia en Calidad de Seguridad
Un dato interesante que puede observarse en el gráfico 9, es que las únicas playas que
alcanzaron a superar el nivel mínimo de cumplimiento fueron Murciélago y San
Lorenzo (Capitanía de Puerto) y Atacames (Retén naval bien organizado). Esto indica
que la Marina puede jugar un papel positivo en la mejora de seguridad en las playas.
Evidentemente, la seguridad en la playa es clave para un desarrollo turístico
sostenible, por lo tanto se ha puesto especial atención en las normas elaboradas en los
aspectos relacionados a seguridad.
Pl
ay
as
Ja
m
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100
90
80
70
60
50
40
30
20
10
0
Gráfico 9. Resultados por playa del grupo Calidad de Seguridad
Calidad de Desempeño Ambiental: Los criterios de desempeño ambiental de la norma
mexicana, están principalmente enfocados a la protección de fauna y biodiversidad y
en menor grado a la educación e información ambiental.
La playa que cumplió con más criterios relacionados al desempeño ambiental fue Los
Normas Técnicas para Playas Turísticas 33
Frailes, la cual está dentro de un Parque Nacional y era de esperarse que tuviera
buenos resultados. Varias playas obtuvieron puntos en el grupo de desempeño
ambiental gracias al Programa de Educación Ambiental Marino Costera (PEANCO) que
realiza la Marina en conjunto con otras instituciones. Este tipo de iniciativas positivas
deben ampliarse a todas las playas del país ya que el desempeño ambiental en la
mayoría de ellas es muy bajo.
BANDERA AZUL: es un programa que exige el total cumplimiento de sus parámetros
para otorgar la certificación. Se identificó que este sistema de certificación de total
cumplimiento, es muy estricto para aplicar en Ecuador y muy desmotivante para las
comunidades playeras que aún tienen muchas mejoras por hacer.
Para el caso de Ecuador, ninguna provincia alcanzó a cumplir siquiera el 50% de los
parámetros exigidos (Gráfico 10). Cabe mencionar que a nivel individual, como se
puede observar en el gráfico 11, las playas de Ayangue, Atacames y Olón, lograron
cumplir con más del 50% de los parámetros, mientras que Los Frailes y Murciélago
estuvieron cerca de cumplir con la mitad de los parámetros. La provincia que más
parámetros alcanzó a cumplir fue Guayas, esto se debió a que 2 de las playas
evaluadas (Ayangue y Olón) desde hace 2 años participan en el POP el cual tiene como
referencia línea guía al programa Bandera Azul.
100% de parámetros a cumplir
O
ro
El
an
ab
í
M
er
al
da
s
Es
m
G
ua
ya
s
50% de parámetros a cumplir
Gráfico 10. Porcentaje de cumplimiento de parámetros de Bandera Azul
100% de parámetros a cumplir
O
ló
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Ay s
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S. ago
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o
50% de parámetros a cumplir
Gráfico 11. Porcentaje de cumplimiento de los parámetros de Bandera Azul por playa
Normas Técnicas para Playas Turísticas 34
SEMÁFORO PLAYERO: Este programa venezolano utiliza un sistema de evaluación
más simplificado, como puede verse en el Cuadro 7.
Cuadro 7. Parámetros y métodos de evaluación del programa Semáforo Playero
Parámetro y valor
Método de
evaluación
1. Vertidos y Aguas
Servidas 25%
Presencia
2. Calidad de Aguas de
Mar 40%
Análisis
microbiológico
3. Calidad de Costas 25%
Peso de
basura
Presencia sin tratamiento: 0 % Presencia con
tratamiento: 12.5% Ausencia: 25 %
Concentración de coliformes fecales
Menor a 200 NMP/100ml: 40%
Mayor a 200 NMP/100ml: 0%
Menos de 33 kg en 12x10 m: 25%
Más de 33 kg en 12x10m: 0%
4. Servicios e
Infraestructura 10%
Presencia
Menos de 5: 0% / Entre 6 y 10: 5% / Más de 10: 10%
Puntaje
En base a los parámetros presentados en el Cuadro 7 se califica a las playas utilizando
un símbolo y color de Prevención (Cuadro 8), el cual se considera no adecuado, ya que
si una playa obtiene Rojo, el programa puede ser rechazado por la comunidad; por
esta razón es mejor utilizar un sistema que incentive a las playas que mejorar, en
lugar de castigarlas (un semáforo en Rojo, que ahuyentará a todo su turismo).
Cuadro 8. Calificación de playas utilizado por Semáforo Playero
% Obtenido
Color
Significado
Menos de 49.9%
ROJO
Playas ambientalmente NO sanas
50% a 79.9%
AMARILLO
Medianamente recomendadas
Mas de 80%
VERDE
Playas ambientalmente sanas
Por su sistema de evaluación poco detallado, y debido a que el parámetro de
evaluación de mayor valor (calidad de aguas de mar) no se pudo evaluar, se considera
que los resultados obtenidos de este programa no son válidos. Adicionalmente el
sistema de evaluación de calidad de costas y servicios e infraestructura no se
considera efectivo en la práctica por lo tanto no se discuten los resultados (Anexo 1).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 35
4.2.4 Análisis de actores costeros
El análisis de actores costeros es una herramienta que permite identificar a todas las
personas, asociaciones o instituciones públicas y privadas que realizan alguna
actividad dentro de la dinámica turística del filo costero o hacen uso del recurso
playa. En el Anexo 1, con el nombre de “Lista de Contactos de Actores Costeros”, se
presenta un cuadro por provincia con los números de teléfono de los respectivos
actores.
Los actores que se incluyeron en el análisis fueron los que se verían afectados directa
o indirectamente por las Normas Técnicas que se presentan en este documento. Los
actores se clasificaron según su importancia y grado de influencia en la futura
aplicación de las Normas Técnicas.
A continuación se presentan las conclusiones y recomendaciones derivadas del análisis
de actores presentado en el Cuadro 9:
Los actores identificados como claves y muy influyentes deben involucrarse
activamente desde la preparación e implementación del proyecto. Esto implicaría que
formen la directiva nacional del Comité Técnico de Evaluación; este Comité estará
encargado de promocionar la certificación y certificar las playas.
Los actores muy influyentes y de alta importancia deben formar parte del Comité
Técnico de Evaluación a nivel provincial. Estos actores estarán bajo la dirección de la
directiva nacional, cuyos miembros también tendrán representantes a nivel provincial.
Los actores claves y de alta influencia deben conformar el Comité Local (a excepción
del PMRC que debe funcionar como un asesor externo para los Comités Locales). Es
muy recomendable que los actores de alta importancia y alta influencia también se
involucren en el Comité Local. Los actores de moderada influencia e importancia
también pueden formar parte del Comité Local.
Los actores de ninguna o poca importancia y de alta influencia deben estar
constantemente informados sobre los avances y requerimientos del proyecto. La
colaboración de estos actores es muy importante para que se logre cumplir con
algunas de las Normas Técnicas.
Los actores clave y de poca influencia, como lo son los turistas, deben mantenerse
bien informados del proyecto de Normas Técnicas, sus objetivos y sus avances. Son
ellos los que disfrutarán de sus beneficios y los que mejor publicidad pueden hacerle
al proyecto de Normas Técnicas. Campañas comunicativas y publicidad constante debe
dirigirse a este grupo de actores.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 36
Cuadro 9. Matriz de influencia e importancia de los actores costeros
IMPORTANCIA
Ninguna
Poca
Moderada
Alta
Poca Ninguna
INFLUENCIA
Moderada
-Turistas
-ONG's
-Promotores
urbanos de tours
a playas
_Terminal
Petrolero La
Libertad
(SUINLI)
Alta
Actor Clave
- Comités de
Turismo
-Policía
Nacional
-Departamento
de Higiene y
Salubridad
Municipal
-Comunidad
Local (Juntas
Parroquiales y
de Agua,
Presidentes de
Comuna)
-Comisión de
Tránsito del
Guayas (CTG)
-Grupos de
Salvavidas
-Gremio de
comerciantes
formales e
informales
-Transportistas
-Cuerpo de
Bomberos
-PMRC
-Cruz Roja
-Defensa Civil
-Cámaras de
Turismo
-Centros
Educativos
Muy Influyente
-Comisaría
Municipal
-Dirección de
Gestión
Ambiental
Municipal
-DIGMER
-Dirección de
Turismo
Municipal
-Subsecretaría
de Gestión
Ambiental
Costera
(Ministerio de
Ambiente)
-Capitanías de
Puerto
-Municipios y
Alcaldías
-Ministerio de
Turismo
Normas Técnicas para Playas Turísticas 37
4.3 Talleres de consulta
Se realizaron un total de 5 talleres consultivos en las 4 provincias costeras de Ecuador
a los cuales asistieron un total de 155 personas representantes de organizaciones
relacionadas al turismo y a la gestión costera. En el Cuadro 10 se presenta el
cronograma y número de participantes que asistieron a cada taller. Las listas de
asistencia se adjuntan en el Anexo 2.
Cuadro 10. Cronograma y cantidad de participantes de los talleres de consulta.
Hora
Fecha
# de
Participantes
Salón Verde
10 a 3 pm
5/12/06
27
Bahía de
Caráquez
Salón Municipal
10 a 3 pm
7/12/06
30
Manta
Escuela de Pesca
10 a 3 pm
8/12/06
21
El ORO
Puerto
Bolívar
Club de
Funcionarios de
Autoridad Portuaria
10 a 3 pm
11/12/06
17
GUAYAS
Santa
Elena
Edificio Federación
de Comunas del
Guayas
10 a 3 pm
12/12/06
60
Total
155
Provincia
Lugar
ESMERALDAS Esmeraldas
MANABI
El objetivo principal de realizar los talleres, además de informar sobre la necesidad
del desarrollo de un turismo sostenible y los programas de certificación como una
herramienta para mejorar y potencializar nuestro recurso turístico playero, fue
conocer la reacción de los actores de la playa ante la futura implementación de un
programa de certificación para playas y recopilar sugerencias sobre las Normas
Técnicas. En la memoria entregada durante el taller (Anexo 2) se facilitó la dirección
de e-mail de los consultores y se indicó a los participantes que si tenían sugerencias o
comentarios los podían hacer llegar a esa dirección. Se recomendó enviar los
comentarios antes del 15 de diciembre. Sin embargo los comentarios relacionados al
tema que se reciban durante un plazo de 60 días a partir de la fecha de los talleres
serán enviados al PMRC, con el fin de dar un plazo considerable.
La metodología utilizada en los talleres incluyó, además de la presentación por parte
de los consultores (Anexo 2), la participación de los asistentes, quienes realizaron:
-
Trabajo de análisis grupal,
Presentaciones del análisis grupal y
Llenado de formulario individual.
El itinerario de los talleres fue el siguiente:
⇒ Presentación e introducción del tema
− Concepto de Desarrollo Sostenible
− Concepto de Turismo Sostenible
⇒ Diagnóstico mediante imágenes de las playas de Ecuador
Normas Técnicas para Playas Turísticas 38
−
−
−
Riqueza y potencial turístico de las playas
Problemas y malas prácticas
Buenas Prácticas
⇒ Normas Técnicas y Programas de Certificación y Gestión
− Programa Blue Flag (Bandera Azul), Europa
− Programa Bandera Azul Ecológica, Costa Rica
− Programa de Ordenamiento de Playas, Guayas, Ecuador
⇒ Almuerzo
⇒ Normas Técnicas sugeridas para Ecuador
− Disposiciones generales
− Ejes que componen las Normas Técnicas sugeridas
− Ejercicio de análisis grupal de las normas
− Presentaciones de los grupos
− Llenado del Formulario Individual de Evaluación
⇒ Despedida y agradecimiento
Los talleres se llevaron a cabo sin ningún inconveniente y en general hubo una
reacción muy positiva del público ante el tema. La participación fue buena, de las 200
personas invitadas asistieron 155 (78% de asistencia). Se recopilaron una gran cantidad
de opiniones, perspectivas y sugerencias relevantes para las normas y para el proceso
de certificación, por lo que se considera que se cumplió ampliamente con el objetivo
principal de los talleres. En el Anexo 2 se presentan fotografías de los 5 talleres
realizados.
A continuación se presentan los principales resultados.
4.3.1 Resultados de los talleres
Análisis grupal: Para realizar este análisis se dividió al grupo total de participantes en
6 subgrupos identificados por diferentes colores, tratando de que la composición de
cada subgrupo fuera multirepresentativa (mezcla de representantes de diferentes
organizaciones). A cada subgrupo se le asignó 1 ó 2 ejes para analizar (Cuadro 11), los
cuales podían leer en detalle en la memoria entregada (Anexo 2). También se les
entregó un papelógrafo y se presentaron las siguientes preguntas para guiar el análisis:
1. ¿QUÉ TAN FACTIBLE (FÁCIL O DIFÍCIL) DE CUMPLIR CONSIDERAN LAS NORMAS
QUE LES TOCÓ ANALIZAR?
2. ¿QUÉ TIPO DE APOYO SERÍA NECESARIO PARA CUMPLIR LAS NORMAS QUE LES
TOCÓ ANALIZAR?
3. ¿INCLUIRÍAN ALGUNA NORMA ADICIONAL EN LOS EJES QUE LES TOCÓ
ANALIZAR?
Normas Técnicas para Playas Turísticas 39
Cuadro 11. Organización de los subgrupos para el análisis grupal de los ejes
Color
Eje
Sub-ejes
Calidad del Agua del Mar
Recurso Hídrico Disponibilidad de agua dulce
Descargas de agua
Manejo de desechos sólidos
Manejo de
Grupo Blanco
Manejo de desechos orgánicos naturales
Desechos
Manejo y control de Olores
Seguridad en el Agua
Primeros auxilios y atención de emergencias
Grupo Verde
Vigilancia
Seguridad
Estrella
Zonificación
Vehículos motorizados
Seguridad General
Servicios Higiénicos
Grupo Verde
Facilidades de comunicación y acceso
Servicios
Cuadro
Servicios para discapacitados
Grupo Rojo
Grupo
Naranja
Cabañas expendedoras de alimentos y bebidas
Comercio e
Vendedores ambulantes
Infraestructura
Infraestructura en la zona de playa y alrededores
Grupo
Amarillo
Flora /Fauna y Protección de Flora y Fauna
Comunicación e Señalización
Información
Educación Ambiental
Cada subgrupo plasmó el resumen de su análisis en el papelógrafo e hizo una
presentación oral de su análisis y los expositores tomaron notas (Anexo 2).
A continuación se presenta un resumen de las principales observaciones realizadas
durante las presentaciones sobre los ejes analizados en todos los talleres.
Recurso
Hídrico
Calidad de
Agua de Mar
Disponibilidad
de Agua Dulce
Descargas de
Agua
•
En general se considera un eje clave del cual deben cumplirse todas las
normas, pero algunas de las normas específicas como las referentes a ausencia
de espumas, aceites y grasas se consideran muy difíciles de cumplir debido a
que los factores que causan estos problemas están fuera del alcance de la
comunidad.
•
La coordinación interinstitucional (Ministerio de Ambiente, Ministerio de Salud,
Ministerio de Turismo, Municipios, Marina) y la participación de los habitantes
es imprescindible para lograr cumplir con la ausencia de descargas y con las
exigencias de calidad de agua de mar.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 40
•
En la provincia de El Oro, se mencionó que el Ministerio de Agricultura también
debe involucrarse en la gestión ambiental de las playas ya que hay gran
cantidad de actividades agrícolas río arriba que finalmente contaminan las
aguas del mar.
•
Plantas de tratamiento, alcantarillado y obras similares son consideradas
necesarias en algunas playas (especialmente urbanas) para cumplir con los
parámetros de calidad de aguas de mar. Se menciona que falta interés y
presupuesto por parte de los políticos.
•
Las obras sanitarias deben ser prioridad para todos los municipios, antes que
otro tipo de obras (se da el ejemplo de malecones en playas que no tienen
satisfechas sus necesidades básicas sanitarias).
•
En todos los talleres se mencionó reiteradamente la necesidad de capacitación
y educación relacionada a la importancia y manejo adecuado del recurso
hídrico. Una observación muy acertada fue “una población educada y
conciente en lo relacionado a problemas de contaminación de sus aguas,
tomará acciones (denuncias o propuestas) para proteger y mantener este
recurso”.
•
Sugerencias relacionadas a normas específicas:
o Utilizar análisis de cromatografía para determinar la presencia de
grasas y aceites o espumas nocivas (esto se puede considerar, pero hay
que tomar en cuenta los altos costos de este tipo de análisis)
o Evaluar las aguas de mar de manera permanente y constante.
o Incluir en las normas la evaluación de la protección y conservación de
fuentes de agua dulce presentes en zona cercana a la playa.
o Las duchas en la playa generaron mucha polémica, la mayoría las
consideran un servicio importante, mucha gente no estuvo de acuerdo
con premiar su ausencia. Se sugirió que en las duchas instaladas,
además de evaluar su ubicación, mantenimiento, estética y consumo de
agua, se prohíba utilizar jabón y que tengan un sistema básico de
tratamiento de aguas residuales que sirva para regar las zonas verdes
del malecón o de la playa.
Desechos Sólidos
y Gaseosos
Manejo de
Desechos
•
•
Desechos
orgánicos
naturales
Control de
Olores
El eje de manejo de desechos se encontró imprescindible de cumplir pero
igualmente se consideró uno de los más difíciles de lograr, por la falta de
conciencia ambiental actual y por la diversidad de las fuentes generadoras de
desechos.
El punto en común que se mencionó en todos los talleres fue la necesidad
imperativa de implementar un plan de educación ambiental relacionado al
manejo de los desechos. En algunos talleres se menciona capacitación
específica para Manejo de Desechos orgánicos (Compost, Manejo de Algas).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 41
También se sugiere que se elabore y facilite una guía técnica para el manejo
de los desechos sólidos.
o
o
El problema de los desechos no se genera solamente en las playas, sino
río arriba y mar adentro, por lo tanto se enfatizó en la necesidad de
incorporar comunidades e industrias río arriba en los planes de
educación ambiental.
Se debe incluir educación ambiental en el aspecto de manejo de
desechos tanto a pescadores artesanales como industriales y se
recomienda incluir una norma específica para el manejo de los
desechos derivados de la pesca.
•
Referente a la norma que se refiere a ausencia de desechos fecales, se
mencionó que este problema se da por la falta de servicios sanitarios.
Paralelamente se mencionó que muchas veces son los servicios sanitarios
portátiles los que causan malos olores, por lo que se entraría en conflicto con
la norma referente a la ausencia de malos olores en el área turística. Ante esta
situación se hace evidente que una planificación y mantenimiento correcto de
facilidades higiénicas sanitarias es indispensable para cumplir con las normas
propuestas.
•
Se menciona que las autoridades deben ser responsables por la recolección de
los desechos, pero también se recalca que la empresa privada debe participar
en esta tarea: las grandes empresas que venden masivamente sus productos en
la playa, deben contribuir con recolección de desechos o aportando
infraestructura necesaria para el manejo de éstos.
•
En general se estuvo de acuerdo con que los pequeños comerciantes,
cabañeros, parasoleros, etc. deben ser responsables con la limpieza continua
de su área de trabajo.
•
Mucha de la basura en las playas proviene de mar adentro, por lo que se
mencionó que la Marina debe supervisar y regular más estrictamente la
descarga de desechos sólidos y líquidos mar adentro.
Seguridad
Seguridad en
el Agua
Primeros
Auxilios
Vigilancia
Zonificación
Vehículos
Motorizados
Seguridad
General
•
En todos los talleres se concuerda que el eje de seguridad es uno de los más
importantes para desarrollar y fomentar la actividad turística, igualmente se
coincide que el eje contiene normas de muy difícil cumplimiento,
principalmente debido a que exige una inversión considerable en personal,
capacitación, equipo e infraestructura.
•
Se menciona la importancia de que el personal (salvavidas) esté debidamente
entrenado para prestar servicios relacionados a primeros auxilios o salvamento
acuático y a la vez se recalca que hay un déficit de personal capacitado para
este oficio en muchas de las playas.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 42
•
Se mencionó en todas las playas que el personal de la Marina no da abasto para
cubrir las necesidades de seguridad en las playas y se recalcó la necesidad de
apoyo y coordinación interinstitucional entre Municipio, Marina, Cruz Roja,
Defensa civil y Autoridad Portuaria para poder cumplir con las normas de este
eje.
•
Otro factor en el que hubo consenso en todos lo talleres es la necesidad de
involucramiento de la comunidad en la vigilancia, principalmente cuando se
dan situaciones de inseguridad por delincuentes en playas rurales.
•
La mala publicidad que genera la inseguridad de una playa, afecta a todos los
comerciantes y empresarios, por lo tanto se mencionó que los hoteleros deben
colaborar con el cumplimiento de las normas de este eje. Igualmente los
vendedores ambulantes y cabañeros pueden aportar mucho en lo relacionado a
seguridad.
•
Se recomendó ampliar el horario de salvavidas durante la temporada alta de
6am a 6pm en playas urbanas de alto flujo turístico.
•
La señalización relacionada a asuntos de seguridad o situaciones riesgosas debe
ser responsabilidad del Municipio.
•
Se sugirió añadir la norma de zonificación como obligatoria para playas
deshabitadas también, esto previendo su futuro desarrollo.
Servicios
Servicios
Higiénicos
Facilidades de
comunicación
Para
Discapacitados
•
En este eje surgieron varias recomendaciones y comentarios relacionados a la
norma de los servicios higiénicos. En general se recomendó extender el horario
de atención de los SSHH en playas urbanas desde las 6 AM hasta las 6 PM y en
horarios nocturnos hasta las 12 MD para playas con alta actividad nocturna.
•
Se recomendó que cada playa establezca sus horarios de atención de los SSHH y
que los publique en la cartelera informativa o en el acceso principal.
•
Se comentaron la gama de problemas que hay relacionados a la falta o mal
mantenimiento de los SSHH, ante esta problemática surgieron varias ideas:
o Que existan baterías sanitarias modelo.
o Que en las playas rurales se utilice el modelo de SSHH ecológico (seco).
o Que los fondos recolectados por el uso de los SSHH sean utilizados para
el adecuado mantenimiento y que se exija en las normas la existencia
de un contrato legal de manejo y mantenimiento de los SSHH. Esto
resolvería el problema de SSHH mal mantenidos y sin responsables e
induciría a que los municipios o empresas privadas que los
construyeron, le den un seguimiento a estas obras que si son
abandonadas o mal mantenidas pasan a ser un problema peor de lo que
hubiera representado la ausencia de SSHH.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 43
•
Para cumplir con la norma relacionada a los servicios higiénicos se requiere
apoyo del Ministerio de Salud (Dirección de Sanidad), Dirección de Ambiente,
Turismo y Obras de los municipios, Ministerio de Ambiente, Consejo Provincial,
Marina, Cámaras de Turismo.
•
La norma de servicios para discapacitados fue considerada muy importante
pero muy difícil de cumplir en muchas playas rurales y deshabitadas. En varios
de los talleres se recomendó que fuera obligatoria.
•
En relación a los parqueos, se mencionaron las siguientes sugerencias
o Si bien en las playas rurales las calles pueden usarse como parqueo,
debe ser prohibido el parqueo en las calles de acceso principal, para
que no se sature y bloquee el acceso a la playa
o En las playas urbanas debe haber permanentemente un responsable del
área de parqueo, no solamente en temporada alta.
o Si las zonas de parqueo no pueden proveer seguridad esto debe
indicarse en el acceso al parqueo.
o Los buses deben pagar una cuota a las comunidades, destinada a la
creación y mantenimiento de áreas de parqueo.
•
Se sugirió incluir la presencia y cantidad de áreas verdes como un servicio a
evaluar. En las playas urbanas debe considerarse obligatorio.
•
La norma que evalúa la promoción de medios de transportes sostenibles,
también debe evaluar el estado y seguridad de estos medios.
•
Se mencionó la importancia de la educación y capacitación de las autoridades
presentes en la playa en temas turísticos y la capacitación de la comunidad en
temas de salud que incluyan el buen manejo de los SSHH.
Comercio
Cabañas
Vendedores
Ambulantes
Se mencionó que organismos de control (Ministerio de Salud, Marina, Municipio)
deben hacer más accesibles y socializar las leyes o decretos relacionados a
comercio en la playa.
Incluir normativa de correcta manipulación de alimentos a las cabañas ya que
actualmente los permisos sanitarios solo redundan en el cobro de una tarifa y
no hay exigencias técnicas ni sanitarias.
Incluir norma que defina la distancia mínima aceptable entre carpas/parasoles.
En las normas se debe exigir la presencia de extintores en las cabañas.
Se comentó la inquietud de que la norma que exige a los comerciantes o
parasoleros entregar fundas al turista puede generar más basura.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 44
Se mencionó la importancia de la capacitación constante de los comerciantes y
vendedores ambulantes en temas de relevancia turística como manejo de
desechos y atención al cliente.
Establecer en las normas claramente cuales son los horarios y niveles de sonido
permitidos por la ley.
Infraestructura en la zona de playa y alrededores
Durante el análisis de este eje en el cual se norman principalmente las
construcciones en la playa, se evidenció que hay serios problemas para
identificar la jurisdicción de la Marina y El Municipio en el área de arena. La
causa de esto es un vacío legal al que se le suma el cambio climático que
altera severamente el comportamiento y los niveles del mar. Los límites del
mar no son estáticos. La aclaración de las respectivas jurisdicciones es
imprescindible para poder hacer cumplir las normas relacionadas a
infraestructura, pero el cumplimiento de estas normas también es posible si
tanto Municipio como Marina se ponen de acuerdo y coordinan por el bienestar
de la playa y dejan de lado sus diferencias. El caso de coordinación entre
Marina (Autoridad Portuaria) y Municipio que se da en playa Murciélago en
Manta es un buen ejemplo de que los vacíos legales no son la limitante
principal para la coordinación interinstitucional.
Se sugiere aumentar a 10 metros la distancia mínima a la que debe estar
cualquier infraestructura de la marea más alta.
Se sugiere incluir una norma que promueva o premie las construcciones o
fachadas ecológicas al frente de la playa.
En general se mencionó la urgente necesidad de capacitación sobre impactos
ambientales, materiales ecológicos y manejo de escombros a municipios y
arquitectos que son los que proponen y diseñan obras en el área turística de la
playa (principalmente malecones) las cuales generalmente terminan siendo un
problema de escombros peligrosos en la arena.
Incluir normas para los procesos de construcción que se realicen frente a la
playa.
Protección de Flora y Fauna
Se recalcó que los habitantes de la playa deben recibir información y
capacitación sobre la importancia de la protección de flora y fauna y sobre las
leyes que existen relacionadas a este tema, principalmente para colaborar con
el cumplimiento de las vedas. Igualmente la policía nacional y el Ministerio de
Ambiente deben ejercer más control en las zonas costeras y marinas.
Se menciona que es clave dar especial capacitación a pescadores industriales y
artesanales sobre la protección y conservación de recursos marinos.
Se sugiere controlar en los restaurantes si se esta vendiendo especies ilegales.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 45
Algunos participantes de los talleres ven muy difícil el cumplimiento de la
norma que exige ausencia de desembarques de pesca ilegal y sugieren que se
coloque como una norma no prioritaria.
Se sugirió que se debe especificar que implica “alrededores de la playa”, para
evitar que se haga reforestación descontrolada en zonas no aptas para este
propósito.
Sobre
o
o
o
el inventario de especies de la zona se hicieron varias sugerencias:
Incluir en la lista las especies migratorias
Incluir todas las especies posible en el inventario
Que estudiantes de biología u otras ciencias afines hagan sus tesis o
prácticas inventariando especies de flora y fauna en las zonas costeras.
o Algunos ven muy complicada la elaboración del inventario, pero si se
tiene apoyo de Universidades este si es posible
o Poner fotos o dibujos en el inventario
Un recurso que también debe protegerse es la arena y en muchas playas se da
el problema de explotación ilegal de arena. Se sugirió incluir una norma
referente a la protección del recurso arena.
Se considera que un mejor nombre para este eje es Conservación de Recursos
Naturales, para así incluir la conservación de arena también.
Comunicación e
Información
Señalización
Educación Ambiental
Todos consideraron la señalización como un eje imprescindible y que es
factible de cumplir. En relación a ese eje, se dieron las siguientes
recomendaciones:
o Croquis de la comunidad debe ser obligatorio.
o Que para la señalización se utilice el Manual Corporativo de
Señalización Turística del Ministerio de Turismo.
o El código de conducta en la playa es muy importante. Se requiere
capacitación y guía para la definición del código de conducta.
Las Universidades deben involucrarse no solo recibiendo educación ambiental,
sino colaborando con la difusión de este tipo de información.
En cuanto a la norma de educación ambiental a turistas, se tuvo una muy
buena sugerencia en el taller de Manta: que la normativa (y el municipio) exija
a todo evento organizado que incluya cierto número de mensajes y/o
espectáculos relacionados a la educación ambiental.
Análisis Individual: Luego del análisis grupal, se entregó a los participantes el
formulario de evaluación individual, presentado en el Anexo 2. De los 155
participantes en los talleres, solamente 85 completaron el formulario, esto se debió a
que luego de las presentaciones grupales varios participantes tuvieron que retirarse
por razones de tiempo. Las respuestas detalladas de los formularios pueden verse en
el Anexo 2.
Todos los participantes que llenaron el formulario concordaron con que la
Normas Técnicas para Playas Turísticas 46
organización del turismo en las playas ecuatorianas debe mejorar, igualmente un 100%
de los participantes coincidieron en que las normativas junto con programas de
incentivo contribuirían a la mejor organización del turismo costero (Cuadro 12). Estas
respuestas son un respaldo positivo a este proyecto de elaboración de normas.
Un 93% de los participantes consideró que los talleres consultivos realizados
contribuyeron a llegar a un consenso sobre la mejor manera de implementar en las
playas ecuatorianas Normas Técnicas para turismo sostenible. Esta respuesta es un
buen indicio y un indicador para seguir realizando más talleres de tipo consultivos
durante la futura implementación de estas normas.
Cuadro 12. Respuestas a las 3 primeras preguntas del formulario individual.
Respuestas
Preguntas
afirmativas
1. ¿Cree usted que la organización del turismo en las playas
100%
ecuatorianas tiene que mejorar?
2. ¿Cree usted que la aplicación de normas combinadas con
programas de incentivo ayudaría a mejorar la organización del
100%
turismo?
3. ¿Considera usted que el taller del día de hoy ha contribuido a
establecer un consenso sobre la mejor manera de implementar
93%
Normas Técnicas?
Pregunta 4. ¿Cuál de las normas expuestas el día de hoy considera más DIFICIL de
aplicar?
NORMAS MÁS DIFICILES DE APLICAR
Seguridad
26
Manejo de desechos
22
Recurso Hídrico
21
Servicios
8
Comercio
6
Infraestructura
2
Flora y Fauna
2
Comunicación e información
2
Requisitos generales
1
Pregunta 5. ¿Cuál de las normas expuestas hoy considera más IMPORTANTE de aplicar?
NORMAS MÁS IMPORTANTES DE APLICAR
Seguridad
34
Manejo de desechos
22
Servicios
13
Recurso Hídrico
Requisitos generales
10
Comercio
1
Infraestructura
1
Flora y Fauna
1
Comunicación e información
1
7
Normas Técnicas para Playas Turísticas 47
Pregunta 6. Comentarios sobre Normas o Sobre el Taller
En esta sección se recibieron una gran gama de comentarios principalmente positivos y
de recomendaciones, los comentarios individuales pueden verse en el Anexo 2. A
continuación se resumen los más mencionados:
- Para lograr un turismo sostenible y cumplir las normas es imprescindible el trabajo
en equipo, la coordinación interinstitucional, el involucramiento de la empresa
privada y la participación ciudadana. Es un proceso largo y complejo, pero factible y
muy necesario.
- El taller fue bueno e interesante.
- Debería haber mayor participación de autoridades y políticos (aclaración: sí fueron
invitados, pero en la mayoría de talleres estuvieron ausentes).
- La información brindada en el taller debe difundirse en todos los municipios
costeros, ellos son los que más necesitan capacitación de este tipo.
- Incluir normas para turistas.
- El tiempo para analizar las normas fue muy corto.
- Se debe dar continuidad a este tipo de talleres (se pidió un 2do taller).
- Que lo expuesto en el taller no se quede sólo en papel.
- Invitar a estudiantes de turismo.
- Invitar a empresarios dueños de industrias que causan problemas ambientales.
- Se debe establecer con claridad jurisdicción de Marina y Municipalidad.
4.3.2 Resoluciones en relación a las observaciones captadas
Numeración: Se ha hecho un cambio en la numeración. A los Requisitos Generales se
les asignó el numeral “0” (0.1, 0.2, 0.3 y 0.4). De esta manera los Requisitos Técnicos
inician ahora con el numeral “1” de “Calidad del agua de mar”.
Recurso Hídrico
1. Calidad del agua de mar:
La dificultad en relación al cumplimiento de las normas “1. Calidad del agua de mar”,
principalmente por el hecho de que los resultados reposan sobre factores de control
ajenos a la comunidad local, se contempla en el esquema de evaluación y
es necesario
certificación propuesto. De esta manera sólo para la certificación
el cumplimiento de todas las normas del numeral 1; mientras que es posible alcanzar
una certificación
sin el cumplimiento de ninguna de estas normas; y para la
certificación
sólo es obligatorio el cumplimiento de los numerales 1.4 y 1.5.
Cabe anotar sin embargo, que para todos los niveles de certificación se exige publicar
los resultados de los análisis de calidad de agua, en las normas referentes a
comunicación; por lo que indirectamente se fomenta la preocupación por la calidad
del agua de mar. Adicionalmente son obligatorias todas las normas contenidas en el
numeral “2” sobre descargas de agua.
3. Disponibilidad de agua dulce
En cuanto a la polémica de exigir o no duchas, como equipo técnico desde una óptica
eco-eficiente y sanitaria nos mantenemos en la posición de no exigirlas. La
construcción o no de duchas será algo que cada “Comité Local de Gestión de Playa”
deberá escoger, mediante el monitoreo de la opinión de sus turistas. Sin embargo,
existen normas claras en cuanto al mantenimiento, el tipo de infraestructura,
Normas Técnicas para Playas Turísticas 48
comunicación y las políticas de uso para los casos en que existan duchas. Entre otros
aspectos, estas normas fomentan, acorde a lo recomendado en los talleres, la
prohibición del uso de jabones y detergentes en las duchas de enjuague y la
prohibición de duchas totalmente cerradas con el fin de evitar que se conviertan en
camerinos.
Seguridad
7. Seguridad en el agua
La norma habla de que los salvavidas deben estar acreditados por la capitanía del
puerto de salinas, que ya tiene procesos pre-establecidos de preparación y
acreditación de salvavidas.
Respecto al horario de salvavidas, si bien se sugirió en un taller la ampliación del
horario de 6am a 6pm; consideramos que no es una prioridad ante el hecho de que hay
muchas playas que no cuentan aún con salvavidas. Es decir, se debe buscar primero
que la mayor cantidad de playas tengan al menos un salvavidas, antes que ampliar el
horario en otras, con el fin de alinear los recursos en ese sentido. Claro está que debe
existir en las playas información al público sobre los horarios y zonas de cobertura de
los salvavidas.
8. Primeros auxilios y atención de emergencias
En la norma 8.1 se agregó la necesidad de un extintor, bajo las mismas condiciones
que el botiquín de primeros auxilios.
9. Vigilancia
Acorde con las recomendaciones y análisis de los talleres participativos se promueve
en la norma 9.1 la participación civil (de la comunidad local) en la vigilancia de las
playas, mediante planes de observación y denuncia o de persuasión.
10. Zonificación
Se ha ampliado la obligatoriedad de la norma 10.1 sobre un plan de zonificación para
las playas deshabitadas, en base a las sugerencias surgidas en los talleres provinciales.
Se considera muy oportuno esto, debido a que la zonificación es una herramienta
crucial para un desarrollo ordenado y planificado de las playas aún deshabitadas, con
el fin de evitar los errores típicos que ya han cometido playas desarrolladas
turísticamente.
Servicios
13. Servicios higiénicos
Se ha ampliado en las normas el horario de atención de los servicios higiénicos en base
a que fue una de las principales recomendaciones en los talleres consultivos
provinciales.
14. Facilidades de comunicación y acceso
Se aplicó una sugerencia muy oportuna en relación a los accesos de las playas. En la
norma 14.4 se incluyó la necesidad de prohibir el estacionamiento de vehículos en al
menos dos accesos principales de la playa, con el fin de promover la circulación de
vehículos. Se establece “al menos dos calles” con la idea de que haya una de ingreso y
otra de salida y exista un flujo adecuado. Sin embargo para playas donde sólo haya
uno o dos accesos, deberá analizarse la situación desde el Comité Técnico de
Evaluación. No se han hecho cambios en relación a las sugerencias sobre la evaluación
del estado y seguridad de los transportes, ni tampoco en relación al cobro de tazas a
los transportes masivos. Lo anterior debido a que no se considera competencia de las
normas; en el primer caso porque se aleja demasiado del ámbito central, la playa, y
en el segundo caso porque no está dentro de las atribuciones de un programa de
normas y certificación de playas.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 49
Comercio
16. Cabañas expendedoras de alimentos
Una recomendación que se mencionó en varias ocasiones fue en relación al
funcionamiento de cabañas y negocios en las playas. Los participantes del taller
insistieron en que a las cabañas y comerciantes se les exige mucho en cuanto al pago
de tazas, pero muy poco en relación a su funcionamiento seguro y sanitario. Ante esto
las normas no puede pueden profundizar más, salvo en relación a la prohibición de
descargas que ya se incluye en el numeral 2, la prohibición de pozos de infiltración
que se menciona en las normas de infraestructura y mediante la obligatoriedad de
contar con los permisos municipales en relación a su funcionamiento.
Se agregaron, en base a las recomendaciones de los talleres, dos normas adicionales.
La norma 16.5 se refiere a la existencia de extintores en las cabañas que tengan
artefactos eléctricos, a gas o con fogones.
17. Vendedores ambulantes
Se cambió la norma 17.4 que exigía antes que los “parasoleros” entreguen fundas a
sus clientes. De acuerdo a las recomendaciones, con el fin de reducir la generación
excesiva de desechos plásticos que podría darse por entregar fundas, se estableció
que simplemente cada “parasolero” se haga responsable de la limpieza permanente
de su área de trabajo, bajo sus propios métodos. Se ha agregado, en base a las
recomendaciones, la norma 17.7 relacionada al espacio entre “parasoleros”. Esta
establece que las hileras continuas de parasoles y/o carpas no deberán superar los 20
metros sin dejar un espacio libre de ocupación. Este espacio libre deberá ser
equivalente al menos a la tercera parte del total ocupado. Se ha agregado también la
norma 17.8. En esta se exige que los comerciantes o vendedores ambulantes no
comercialicen especies ilegales o en veda.
Infraestructura
18. Infraestructura en la zona de playa y sus alrededores
De acuerdo a lo sugerido en los talleres, en la norma 18.3 se aumentó el área libre de
infraestructura permanente. Ahora es “los primeros diez metros a partir de la marea
más alta registrada” (antes eran cinco). Se ha agregado la norma 18.6 en relación al
cerramiento y advertencia en obras o procesos de construcción en la playa y/o en sus
terrenos inmediatos, con el fin de prevenir accidentes y contaminación visual.
Conservación de recursos naturales
19. Conservación de recursos naturales
Acorde con lo recomendado, se ha agregado la norma 19.2 que exige en las cabañas
la ausencia de comercialización de alimentos o bebidas preparados con especies
ilegales o en veda. También se ha incluido la norma 19.5 sobre la ausencia de
extracción ilegal de arena en la playa.
Comunicación e información
21. Educación Ambiental
Se ha agregado la norma 21.4 la cuál exige que todos los eventos o espectáculos de
publicidad o de diversión que se realicen en la playa incluyan un segmento de
concienciación ambiental.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 50
4.3.3 Reunión de consulta con autoridades
Esta reunión fue convocada por el Programa de Manejo de Recursos Costeros con el
objetivo de dar a conocer el proyecto cuyo objeto es la “Elaboración de Normas
Técnicas para el Establecimiento de un Programa de Certificación de Playas
Turísticas” realizado por la consultora ECOSAMBITO C. Ltda., a las autoridades
gubernamentales de Turismo, Medio Ambiente y Defensa (DIGMER) y así consultar su
opinión y sugerencias relativas a este proyecto. Previamente a la reunión, a todos los
presentes, se les hizo llegar el borrador completo del proyecto.
Hora: 10:30 AM
Fecha: 13 de diciembre del 2006.
Lugar: Oficinas del Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC), 6to piso, Banco
Central, Guayaquil, Ecuador.
Presentes:
•
Blgo. Luis Arriaga Ochoa,
Subsecretario de Gestión Ambiental Costera, Ministerio del Ambiente
•
MSc. Víctor Osorio,
Director Ejecutivo del Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC)
•
Ab. Carlos Falconi, Asesor Jurídico de la Subsecretaría de Turismo, Ministerio de
Turismo
•
Capitán Humberto Romero,
Jefe de División de Costas de Dirección General de la Marina Mercante (DIGMER)
•
Ab. Leonardo Sáenz,
Inspector de Contaminación de Dirección General de la Marina Mercante (DIGMER)
•
Arq. María Mercedes Zeballos,
Encargada de Turismo, Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC)
•
Ing. Marcos Fioravanti, Funcionario de ECOSAMBITO C. Ltda.
•
MSc. Natalia Vega, Consultora de ECOSAMBITO C. Ltda.
Agenda:
- Presentación de los asistentes a la reunión.
- Explicación general del proyecto y las bases del mismo por parte del Director del
PMRC MSc. Víctor Osorio y la Encargada de Turismo Arq. María Mercedes Zeballos.
- Presentación por parte de SAMBITO de las fases del proyecto y sus respectivos
resultados:
Normas Técnicas para Playas Turísticas 51
•
•
•
Investigación bibliográfica
Diagnóstico de las playas ecuatorianas
Socialización y consulta mediante talleres participativos
- Análisis de la aplicación de un programa de certificación en las playas de Ecuador
mediante una plenaria de comentarios y preguntas.
Comentarios durante la reunión
Sobre el nombre del proyecto: Inicialmente se dio una confusión por el uso del
término “Normas”, se mencionó que podría ser incorrecto por interpretarse como
legalmente obligatorias, lo cual puede confundir el carácter del proyecto ya que el
ingreso al programa, así como el seguimiento de las normas propuestas es de carácter
voluntario. Sin embargo el abogado Falconi aclaró la confusión definiendo el concepto
de “Normas” como el que se refiere a “reglamentos” o “reglas” y se aplican dentro de
cualquier plano como políticas o reglamento interno de un programa o concurso, sin
necesidad de interpretarse como legalmente obligatorias. Por lo tanto se acordó y
recomendó mantener la nomenclatura de “Normas Técnicas”.
Sobre la aplicabilidad del programa: Los representantes de la DIGMER sugirieron que
para iniciar el programa se seleccionen playas piloto. El abogado Falconi recomendó
establecer las normas más relevantes como obligatorias a la totalidad de las playas.
Sin embargo finalmente se recomendó que la mejor manera sea invitar a todas las
comunidades costeras a participar en el programa y dejar que se establezca un
proceso de “selección natural” donde prevalezcan las “mejores candidatas”. Estas
“mejores candidatas” resultarían del proceso de cumplimiento de requisitos
generales: conformación del comité local, levantamiento de información y monitoreo.
Recomendaciones generales: El representante de la DIGMER, el señor Leonardo Sáenz,
recomendó acompañar el proyecto de contundentes programas de concientización y
capacitación.
Los presentes solicitaron a la consultora SAMBITO que, en base a su investigación
internacional y legal, recomiende en el informe final los diferentes esquemas de
integración interinstitucional para impulsar y administrar un futuro programa de
Certificación de Playas Turísticas en Ecuador.
Conclusión: Al clausurarse la reunión los presentes acordaron enviarle sus comentarios
y sugerencias sobre el documento borrador al PMRC. Estas sugerencias fueron
analizadas y las pertinentes fueron incluidas en este producto final.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 52
5. NORMAS TÉCNICAS
5.1 Propuesta para la dirección y administración
5.1.1. Decreto Ejecutivo
El Programa de Certificación de Playas Turísticas, puede crearse y reglamentarse
mediante un Decreto Ejecutivo emitido por el Presidente de la República, de
conformidad con los siguientes considerandos:
Que según el Art. 3 nº 3 de la Constitución Política es deber primordial del Estado
defender el patrimonio natural y cultural del país y proteger el medio ambiente.
Que según el Art. 23 nº 6 de la Constitución Política el Estado reconocerá y garantizará
a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y
libre de contaminación.
Que según el Art. 80 de la Constitución Política el Estado fomentará la ciencia y la
tecnología, especialmente en todos los niveles educativos, dirigidas a mejorar la
productividad, la competitividad, el manejo sustentable de los recursos naturales, y a
satisfacer las necesidades básicas de la población.
Que según el Art. 86 de la Constitución Política el Estado protegerá el derecho de la
población a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que
garantice un desarrollo sustentable. Velará para que este derecho no sea afectado y
garantizará la preservación de la naturaleza.
Que según el Art. 89 de la Constitución Política se establecerán estímulos tributarios
para quienes realicen acciones ambientalmente sanas.
Que, de conformidad con el Art. 97 nº16 de la Constitución Política, todos los
ciudadanos tendrán, entre otros deberes y responsabilidades, la obligación de
preservar el medio ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo
sustentable.
Que el Art. 88 de la Constitución Política establece que toda decisión estatal que
pueda afectar al medio ambiente deberá contar previamente con los criterios de la
comunidad, para lo cual ésta será debidamente informada y que la ley garantizará su
participación.
Que el Art. 171 nº 5 de la Constitución Política atribuye al Presidente de la República
la facultad de expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin
contravenirlas ni alterarlas, así como los que convengan a la buena marcha de la
administración.
Que el Art. 11 letra g) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva faculta al Presidente a crear organismos, comisiones y entidades
dependientes de la Función Ejecutiva y asignarles competencias específicas.
Que crear y reglamentar el Programa de Certificación de Playas conviene a la buena
marcha la administración porque honraría todas las citadas obligaciones que tiene el
Normas Técnicas para Playas Turísticas 53
Estado Ecuatoriano para preservar sus recursos naturales.
Que uno de los objetivos del Programa sería concienciar y educar a las comunidades
costeras, sobre la necesidad de proteger y manejar de manera sustentable las playas
para que éstas perduren en el tiempo.
Que el manejo apropiado de las playas rendiría frutos económicos a sus comunidades y
al Estado, mediante el incremento del turismo sustentable.
Que, de esta manera, el Estado daría a las comunidades costeras una herramienta
eficaz para cumplir con la obligación constitucional de proteger el medio ambiente.
Entidad autónoma e independiente: El Decreto Ejecutivo de creación del Programa de
Certificación de Playas deberá concebirlo como una entidad autónoma con
independencia suficiente para modificar las Normas Técnicas, plazos, trámites, etc.
cuya estructura organizacional incluiría un Comité Nacional, un Comité Técnico de
Evaluación y Comités Locales de Gestión de Playa.
Impulso e implementación del decreto ejecutivo: Consideramos que el Programa de
Manejo de Recursos Costeros es el organismo que debería encargarse de la suscripción
y ejecución del Decreto para la implementación del programa, por las siguientes
razones:
El PMRC ha sido creado, entre otros, con el objetivo de velar por la conservación,
restauración, protección y desarrollo sustentable de los recursos costeros en las
provincias de Esmeraldas, Manabí, Guayas, El Oro, Los Ríos y Galápagos. Creemos que
el Programa de Certificación será una herramienta efectiva para que el PMRC pueda
cumplir con dicho objetivo.
El PMRC consta con infraestructura, base legal y amplia experiencia en el manejo del
recurso costero ecuatoriano, que deben aprovecharse para impulsar el Programa de
Certificación de Playas.
El PMRC ha estudiado y conoce las actuales necesidades del recurso costero, y
mediante este documento ha actualizado dicho conocimiento, gracias a la información
recopilada en los talleres que ha promovido y realizado ECOSAMBITO.
Las Normas Técnicas propuestas en este documento no serían, exclusivamente,
normas de calidad ambiental, sino también normas de seguridad, infraestructura,
comercio, etc. por lo que superarían las respectivas atribuciones que corresponden a
los Ministerios de Ambiente y de Turismo, razón por la cual sostenemos que sería el
PMRC, como encargado del manejo del recurso costero, el que debería encargarse de
la ejecución del decreto ejecutivo.
5.1.2 Contenido del Decreto Ejecutivo
El Decreto Ejecutivo, deberá contener:
1. Estructura organizacional del Programa de Certificación de Playas, funciones,
atribuciones y sanciones.
- Comité Nacional
- Comité Técnico de Evaluación
- Comité Local de Gestión de Playa.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 54
2. Organismo de Control.
3. Financiamiento.
4. Sistema de Evaluación y Certificación y Descalificación.
5. Incentivos Tributarios o de otra naturaleza como las “estrellas”.
6. Normas Técnicas:
•
Requisitos Generales
•
Requisitos Técnicos
Recurso
1.
2.
3.
Hídrico
Calidad del agua del mar
Descargas de agua
Disponibilidad de agua dulce
Desechos varios
4. Manejo de desechos sólidos
5. Manejo de desechos sólidos orgánicos naturales
6. Generación de olores
Seguridad
7. Seguridad en el agua
8. Primeros auxilios y atención de emergencias
9. Vigilancia
10. Zonificación
11. Vehículos motorizados
12. Seguridad general
Servicios
13. Servicios higiénicos
14. Facilidades de comunicación y acceso
15. Servicios generales para discapacitados
Comercio
16. Cabañas expendedoras de alimentos y bebidas
17. Vendedores ambulantes
Infraestructura
18. Infraestructura en la zona de playa y sus alrededores
Conservación de recursos naturales
19. Conservación de recursos naturales
Comunicación e información
20. Señalización
21. Educación Ambiental
5.1.3 Esquema de Dirección y Administración
El Programa de Certificación de Playas, como ya se ha dicho, se basa principalmente
en la autogestión por parte de las bases o comunidades locales de cada playa
candidata, y el reconocimiento, incentivo y difusión por parte de las autoridades a
nivel regional y nacional. Es por esto que la estructura directiva y administrativa debe
Normas Técnicas para Playas Turísticas 55
ser transversal, desde las autoridades políticas hasta las comunidades locales. Se
recomienda el siguiente esquema:
Comisiones
Composición
Responsabilidades
Comité Regional
Interinstitucional
Comité Técnica
de Evaluación
(CTE)
Comité Local de
Gestión de Playa
(CLGP)
(Ver Instructivo de
Formulario 2)
• Ministerio de Ambiente –
Subsecretario de Gestión Ambiental
Costera.
• DIGMER – a través del Director
General, del Jefe de División de
Costas o el Inspector de
contaminación.
• Ministerio de Turismo -Subsecretario
de Turismo del Litoral.
• FENACAPTUR – presidente.
• INEN (Instituto Ecuatoriano de
Normalización).
• AME (Asociación de Municipalidades
del Ecuador)- presidente o delegado
de municipios costeros.
• Ministerio de Salud.
• Subsecretaría de Pesca.
• Policía Nacional y Comisión de
Tránsito (en Guayas).
A nivel nacional, regional o provincial
según el crecimiento del Programa:
• PMRC
• Responsable técnico de la
Subsecretaría de Gestión Ambiental
Costera (representante regional).
• Responsable técnico de la
Subsecretaría de Turismo del Litoral
(podrían ser representantes
provinciales).
• Responsable técnico del Ministerio
de Salud.
• Responsable técnico de la DIGMER
(podría ser de Capitanías de Puerto
regionales).
• Responsable técnico sobre calidad
de aguas del INOCAR.
• Responsable técnico de la
FENACAPTUR (podría ser de las
cámaras o capítulos regionales).
• INEN – representante técnico.
• AME – representante de división de
turismo o medio ambiente.
• Instituto de Higiene Leopoldo
Izquieta Perez – Ministerio de Salud.
A nivel local en cada playa:
• Representantes del gobierno local.
• Representantes de los gremios
comerciales.
• Representante del sector educativo.
• Representante local de servicios
básicos.
• Representantes del sector de salud y
seguridad
• Representante local de la iglesia.
• Representante civil.
Actúa a nivel nacional. Encargados
de promover la oficialización del
Programa y la administración
pública, política, legal,
administrativa y presupuestaria del
mismo.
Inicialmente se reunirían con sus
respectivos equipos técnicos con
una frecuencia mensual para dar
arranque al Programa, y
posteriormente, una vez en
funcionamiento deberían reunirse
trimestralmente a revisar
actividades y resultados, en base a
los informes que preparase el
Comité Técnico de Evaluación.
Actúa a nivel nacional, aunque
(dependiendo del crecimiento del
Programa) puede constituirse una
representación análoga en cada
provincia. Este sería el
administrador técnico permanente
del programa encargado de
capacitar, evaluar, certificar y
difundir. Debe ser un equipo
multidisciplinario con responsables
técnicos de las instituciones
relacionadas con medio ambiente,
turismo y manejo costero. Podría
decirse que deberá estar integrado
por al menos 5 funcionarios por
cada 20 playas en proceso de
certificación o certificadas;
entendiendo que cada una de estas
demandará capacitación,
evaluación, certificación y
difusión. El trabajo de este equipo
es permanente.
Actúan a nivel local en cada
comunidad. Son los encargados de
dirigir y promover la autogestión
comunitaria hacia la certificación
de su respectiva playa. Su
conformación es parte de los
requisitos generales que debe
cumplir la comunidad de una playa
candidata. Deben reunirse al
menos una vez al mes y presentar
un informe anual de actividades.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 56
5.1.4 Capacitación
El Programa de Certificación de Playas debe inminentemente acompañarse de
capacitación permanente. Estas capacitaciones deberían ser parte de los incentivos
ofrecidos a las playas y deberían adjudicarse en base a logros específicos. Por
ejemplo, una comunidad recibiría capacitación relacionada con los alcances del
primer nivel de certificación ( ) solamente una vez que haya cumplido los requisitos
generales de las normas 0.1, 0.2 y 0.3. Posteriormente recibiría capacitación
relacionada con los alcances del segundo nivel (
) una vez que haya superado el
primer nivel, y así sucesivamente.
En base a los talleres de consulta y a las observaciones de campo se recomienda
incluir los siguientes temas de capacitación:
Recurso hídrico (para quienes cumplieron los requisitos de inscripción)
-
Denuncias de eventos o actividades contaminantes del agua.
Manejo básico del agua y de la contaminación del agua.
Buenas prácticas para evitar la contaminación del agua.
Concienciación para el uso eco-eficiente del agua.
Manejo de desechos (para quienes cumplieron los requisitos de inscripción)
-
Denuncias.
Conceptos básicos de manejo integrado de desechos sólidos.
Manejo de desechos sólidos orgánicos y control de olores (uso de
microorganismos).
Nota: Este punto está muy relacionado con la empresa privada, por lo que podrían
ser ellos los responsables del financiamiento de estas capacitaciones.
Gestión y coordinación (para quienes cumplieron los requisitos de inscripción)
-
Organización comunitaria.
Metodologías de resolución de problemas.
Monitoreo de playas y procesamiento de datos.
Leyes
-
Código de policía marítima.
Legislación en relación a infraestructura y comercio en la playa.
Legislación ambiental: contaminación del agua, descargas de aguas residuales,
denuncias, contaminación sónica, etc.
Turismo
-
Atención al cliente.
Cultura turística.
Información turística.
Señalética. Divulgación y explicación del Manual Corporativo de Señalización
Turística del Ministerio de Turismo.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 57
Seguridad y prevención
-
Primeros auxilios.
Planes de emergencia.
Denuncias.
Contactos.
Definición del código de conducta en la playa.
Construcción
-
Estudios de Impacto Ambiental de construcciones.
Impacto visual de obras en paisajes naturales, como la playa.
Construcción con materiales ecológicos autóctonos.
Manejo de escombros.
Bioarquitectura o arquitectura bioclimática.
Nota: Esta capacitación estaría dirigida principalmente a autoridades municipales
y provinciales responsables de obras públicas.
Conservación de recursos naturales (para quienes cumplieron los requisitos del
segundo nivel de certificación
y aspiran al tercer nivel
)
-
Biodiversidad, especies en veda y en peligro de extinción.
Denuncias y procedimientos (incluyendo robo de arena, además de lo
relacionado a biodiversidad).
Concienciación.
Nota: Además de capacitaciones se pueden organizar campañas audiovisuales
(carteleras educativas).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 58
5.2 Aclaraciones preliminares
5.2.1 Tipos de playa
Una de las principales recomendaciones que se identificó en “Literature review of
beach awards and rating systems” (Cagilaba y Rennie, 2005), un estudio similar al
presente que consistió en la investigación de diferentes programas de certificación de
playas a nivel mundial, menciona el problema de ciertos esquemas que promueven
estándares únicos de acreditación. Esta metodología ignora la diversidad de contextos
en las playas y genera una tendencia hacia la uniformización de las mismas. Tomando
en cuenta esta recomendación y en base a los datos brindados por los coordinadores
del Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC), que se presentan en el Gráfico
12, se decidió diseñar diferentes estándares para 3 categorías de playas: urbanas,
rurales y deshabitadas.
Estas 3 categorías agrupan la mayoría de la diversidad de playas ecuatorianas, salvo en
casos especiales como por ejemplo aquellas localizadas dentro de áreas protegidas
que tienen sus propias políticas oficiales de manejo.
9%
Tipos
de
Playas
3%
8%
20%
11%
49%
Urbanas
Rurales
Deshabitadas
De Acceso Privado
Protegidas
Industriales
Gráfico 12. Tipos de playas en Ecuador* (Fuente: Coordinadores PMRC)
* Los datos detallados de la clasificación de cada playa se adjuntan en el Anexo 3
Playa Urbana: se encuentra dentro de los límites territoriales de zonas urbanas como
ciudades o cabeceras cantonales con más de 10.000 habitantes (por ejemplo Salinas,
Bahía, Pedernales, Ballenita, Murciélago, etc).
Playa Rural: se encuentra fuera de los límites de zonas urbanas, pero cuentan en sus
territorios inmediatos con un asentamiento humano de tipo rural, como comunas o
recintos con menos de 10.000 habitantes (por ejemplo Muisne, San Pablo, Montañita,
Canoa, Jambelí, Mompiche, etc).
Playa Deshabitada: son playas vírgenes que tienen muy poco o nulo desarrollo de
asentamientos humanos, por ejemplo playas de acceso privado en donde sólo hay una
casa o un hotel, o donde todavía no hay asentamientos humanos permanentes. En esta
categoría pueden entrar playas rurales con flujo turístico nulo que estén en el proceso
inicial de su desarrollo turístico y que deseen hacerlo de manera ordenada y
sostenible.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 59
5.2.2 Definición de temporadas y horarios
A continuación se presenta un cuadro donde se define la terminología utilizada en las
normas en cuanto a temporadas turísticas.
Cuadro 13. Terminología de temporadas y horarios utilizada en las normas.
Término
Temporadas altas
Feriados fuera de
temporada
Temporadas bajas
Feriados importantes
de alto flujo turístico
*Temporadas altas
todos los días
*Temporadas altas
fines de semana y
feriados
*Horarios turísticos
Descripción
Periodos prolongados de tiempo donde la concurrencia de turistas
es alta, en fines de semana llegan en grandes cantidades e incluso
entre semana hay una presencia evidente. Estos periodos muchas
veces coinciden con épocas de buen clima o con temporadas
vacacionales de regiones del país o de otros países, como por
ejemplo la “Temporada Costa” o la “Temporada Sierra”.
Aquellos feriados largos que se presentan de manera aislada
dentro de los periodos de temporada baja, y promueven una
concurrencia considerable de turistas.
Periodos prologados de tiempo durante el año donde la presencia
de turistas es casi nula incluso en fines de semana.
Aquellos feriados, dentro o fuera de temporada alta, que por su
importancia o por su duración, convocan masivamente la
concurrencia de turistas.
Algunas normas aplican como obligatorias todos los días de las
temporadas altas.
Algunas normas son obligatorias sólo en fines de semana y feriados
de temporadas altas.
Periodo de mayor concurrencia de turistas durante el día, definido
entre las 09h00 y 17h00.
5.2.3 Abreviaciones utilizadas
CLGP: Comité Local de Gestión de Playa.
CTE: Comité Técnico de Evaluación.
CCT: Capacidad de Carga Turística
Varios: Para cualquier aplicación de señalización, tomar como referencia el Manual
Corporativo de Señalización Turística del Ministerio de Turismo.
5.2.4 Niveles de certificación
Se propone implementar un Programa de Certificación de Normas Técnicas gradual, es
decir con varios niveles de certificación. De esta manera se garantiza que el proceso
no sea frustrante, mediante el reconocimiento de las mejoras paulatinas.
La propuesta incluye 3 niveles que por practicidad se han identificado mediante
estrellas, sin embargo se recomienda insistentemente que se diseñe una simbología y
todo un plan de comunicación visual exclusivo y diferenciado para el Programa de
Certificación. Gran parte del éxito de su implementación radicará en la calidad de la
campaña de comunicación visual que la acompañe.
Los niveles serían:
Normas Técnicas para Playas Turísticas 60
.-
Las normas exigidas para este nivel están relacionadas principalmente a
actividades de autogestión. No son necesarias inversiones económicas significativas
para lograr este nivel, sino principalmente organización local y manejo de
información.
Una playa con este nivel de certificación tiene las siguientes características. Cabe
mencionar que la siguiente es una lista generalizada de las exigencias; sin embargo
para conocer detalles y para distinguir la diferencia según el tipo de playa, el lector
debe revisar las normas:
- Ha conformado un Comité Local de Gestión de Playa;
- Ha realizado un levantamiento de información general sobre la playa y sus
alrededores, incluyendo un croquis de la playa;
- Monitorea permanentemente las actividades turísticas y los eventos socioambientales en la playa;
- Prepara informes anuales sobre las gestiones en torno a las normas;
- Ausencia de descargas de aguas residuales a la playa o el mar;
- Ausencia de pozos sépticos o de infiltración cerca del mar o la playa;
- Las industrias o laboratorios asentados cerca de la playa tienen licencia
ambiental y plan de manejo ambiental adecuado;
- Si hay duchas, estas se manejan de manera eco-eficiente y son sólo para el
enjuague, no permiten la utilización de detergentes;
- Hay disponible agua para beber, gratis o a la venta;
- Tiene un programa permanente de manejo de desechos sólidos, que mantiene
la playa y sus alrededores libre de basura;
- Ausencia de olores desagradables;
- Salvavidas y carteles informativos sobre zonas y horarios de protección en el
acceso principal;
- Torre salvavidas y banderas de prevención con explicación de su significado;
- Botiquín de primeros auxilios y un extintor, señalizado en el acceso principal;
- Coordina la presencia de autoridades de atención de emergencias y seguridad y
tiene un plan escrito y ensayado para atender emergencias;
- Existe un programa de patrullaje para la vigilancia de la playa;
- Comunica al turista mediante carteles los lugares o momentos en que está
expuesto a riesgos de inseguridad;
- Tiene definida y respeta una zona para bañistas y una zona exclusiva para
embarque y desembarque de pasajeros;
- Ausencia de vehículos motorizados en la playa durante horarios turísticos;
- Servicios higiénicos limpios y en buen estado, disponibles en horarios turísticos;
- Existe un acceso público seguro;
- Comerciantes y cabañas cuentan con sus permisos de funcionamiento al día y
se involucran permanentemente en las actividades de mantenimiento de la
playa, participando y contando con herramientas e infraestructura para la
correcta disposición de desechos;
- Ausencia de carpas con más de 3 cerramientos y espacios entre parasoleros de
manera que permite el paso del turista y evita la saturación;
- Ausencia de construcciones en desembocaduras de ríos secos y otros similares;
- Ausencia de construcciones e infraestructura riesgosa para el turista;
- Procesos de construcción se aíslan para evitar exponer al turista a accidentes;
- Ausencia de Comercialización de especies ilegales, protegidas o en venta por
parte de vendedores ambulantes y cabañeros;
- Código de conducta en uno de los accesos principales;
- Cartelera informativa sobre las actividades del CLGP;
- Al menos 3 actividades de educación ambiental y turística al año dirigida a la
comunidad y mínimo 1 a los turistas;
Normas Técnicas para Playas Turísticas 61
-
Al menos 3 carteles con mensajes de concienciación ambiental;
Eventos o espectáculos que se realizan en la playa dedican una porción de su
tiempo a la concienciación ambiental.
.-
El segundo nivel requiere ya mejoras importantes, muchas relacionadas con
inversiones de infraestructura, por lo que para alcanzar las dos estrellas será
necesario contar con apoyo del gobierno local o la empresa privada. Las playas que
alcanzaran este nivel ya estarían a la altura de certificaciones internacionalmente
reconocidas.
De manera general, una playa de este nivel cumple con los requisitos del nivel
anterior, pero además:
- Realizan análisis de calidad del agua de mar y lo comunican a sus visitantes;
- Ausencia de contaminación del agua de mar por espumas o sólidos flotantes y
cumplimiento de los criterios de calidad de agua para uso recreativo;
- Mayores exigencias en cuanto al manejo de desechos;
- Mayores exigencias en la vigilancia y seguridad de la playa en cuanto a
salvavidas, señalización de botiquín y comunicación de banderas sobre
peligrosidad del mar;
- Aumentan los horarios obligatorios en cuanto a salvavidas, disponibilidad de
servicios higiénicos, etc;
- Ausencia de animales domésticos sueltos o amarrados;
- Se comunican riesgos en todos los accesos a la playa;
- Teléfono público disponible para el turista, gratis o de alquiler;
- Estrategias para promover medios de transporte sostenibles;
- Zonas de parqueo adecuadas, seguras y vigiladas;
- Extintores cada 3 cabañas al menos;
- Ausencia de infraestructura abandonada o riesgosa para el turista;
- Ausencia de desembarque de especies ilegales, protegidas o en venta;
- Ausencia total de extracción ilegal de arena;
- Señalización integral sobre servicios disponibles y sitios de interés;
- Código de conducta en todos los accesos principales.
- Al menos 4 actividades de educación ambiental y turística al año dirigida a la
comunidad y 2 al menos a los turistas;
- Al menos 4 carteles con mensajes de concienciación ambiental;
.- Este nivel se diferencia del anterior principalmente por normas relacionadas
a la eco-eficiencia. Podría decirse que las playas que alcancen las tres estrellas serán
playas “verdes” o “ecológicas” por los esfuerzos particulares destinados al uso
racional de los recursos naturales.
De manera general, una playa de este nivel cumple con los requisitos del nivel
anterior, pero además:
- Mayores exigencias en cuanto al manejo de desechos;
- Clasificación y reciclaje de desechos sólidos;
- Servicios para discapacitados;
- Respeto de los niveles y horarios de sonidos (bulla);
- Ausencia de construcciones de concreto o cemento en la playa;
- Existencia de un programa de reforestación;
- Existencia de inventario de especies en peligro de extinción y otras
pertinentes;
- Al menos 5 actividades de educación ambiental y turística al año dirigida a la
comunidad y 3 al menos a los turistas;
- Al menos 5 carteles con mensajes de concienciación ambiental.
Normas Técnicas para Playas Turísticas
62
5.2.5 Estructura de las normas:
8 Ejes de Normas
21 Sub-ejes de Normas
87 Normas
Normas Técnicas para Playas Turísticas
0. Requisitos Generales
Formación de Comité Local
Levantamiento de Información
Monitoreo Permanente
Informa Anual
Recurso
Hídrico
1
Calidad de
Agua de Mar
(5)
2
Descargas de
agua
(3)
3
Disponibilidad
de agua
potable
(2)
Desechos
Varios
4
Manejo de
Desechos
(10)
5
Desechos
Orgánicos
Naturales
(1)
6
Generación de
Olores
(1)
Seguridad
7
Seguridad en
el Agua
(6)
8
Primeros
auxilios y
emergencias
(4)
9
Vigilancia (3)
10
Zonificación
(3)
11 Vehículos
motorizados
(3)
12
Seguridad
General (2)
Servicios
Comercio
13
Servicios
Higiénicos
(3)
16
Cabañas
expendedoras
de alimentos
y bebidas
(5)
14
Facilidades de
Comunicación y
Acceso
(5)
15
Servicios
generales para
Discapacitados
(1)
17
Vendedores
ambulantes
(7)
Infraestructura
18
Infraestructura
en la zona de
playa y sus
alrededores
(6)
Numeral
del sub-eje
Conservación
de Recursos
Naturales
Comunicación
e Información
19
Conservación
de Recursos
Naturales
(Flora, Fauna
y Suelo)
(5)
20
Señalización
(4)
Nombre del sub-eje de normas
Cantidad de
normas dentro
del sub-eje
21
Educación
ambiental y
turística
(4)
Normas Técnicas para Playas Turísticas 63
5.2.6 Explicación del formato de las normas
Cada cuadro contiene un sub-eje y sus respectivas normas (salvo ciertos sub-ejes que
por su extensión, que sobrepasa el tamaño de la hoja A4, se presentan en más de un
cuadro). Cada cuadro está conformado por 4 columnas, y la cantidad de filas variará
según la cantidad de normas contenga el respectivo sub-eje.
La 2da, 3ra y 4ta columna corresponden
a los tres tipos de playa: “Urbana”,
“Rural” y “Deshabitada”.
La 1ra columna contiene
las numeraciones de los
sub-ejes y las normas.
Norma
6.
6.1.
Urbana
Rural
Deshabitada
Generación de olores
Ausencia de malos olores en la zona de playa y sus alrededores inmediatos durante las épocas de
concurrencia turística: temporada alta y feriados fuera de temporada. Especial atención a este
punto deberá darse en las playas con actividad pesquera artesanal o industrial (ver metodología
de apreciación del evaluador y del turista).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
En ciertas normas se agrega
una nota explicativa
Cada norma está dividida en 2 filas:
En la parte superior se describe la norma de
manera general;
En la parte inferior se describe el grado de
exigencia para cada tipo de playa y cada
nivel de certificación ( ,
y
).
Norma
9.
Urbana
Rural
Deshabitada
Vigilancia
Una patrulla permanente de vigilancia en la playa, durante horarios turísticos.
NOTA: Esta patrulla puede ser conformada por civiles, dentro de lo que les atribuye la ley. La idea es implementar estrategias de
vigilancia dedicadas a persuadir y denunciar la delincuencia (en lugar de confrontarla) y prevenir al turista. La confrontación y sanción
debe quedar siempre en manos de las autoridades, las cuales pueden estar incluidas en estas patrullas, aunque no es obligatorio debido
a la dificultad de su concurrencia.
9.1.
: Sí aplica. Durante fines de
semana de temporada alta y
feriados dentro y fuera de
temporada en horarios
turísticos.
: Sí aplica. Durante toda
la temporada alta y feriados
fuera de temporada en
horarios turísticos.
: Sí aplica. Durante todo
el año en horarios turísticos.
: N/A.
: Durante fines de semana
de temporada alta y feriados
dentro y fuera de temporada
en horarios turísticos.
: Durante toda la
temporada alta y feriados
fuera de temporada en
horarios turísticos.
No es obligatoria la presencia
de patrulla de vigilancia, salvo
que el Comité Técnico de
Evaluación lo considerara por
el historial de crímenes o
eventos de inseguridad.
Algunas normas y niveles de certificación
son iguales para los tres tipos de playa;
Otras son diferentes por lo que mantienen
la división en las 3 columnas.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 64
5.3 Requisitos Generales
A continuación se presentan los requisitos generales para ingresar la programa de
certificación, además se facilitan los respectivos instructivos y formularios para
cumplir con los requisitos.
Norma
0.
0.1.
Urbana
Rural
Deshabitada
Organización y levantamiento de información
La playa deberá conformar un Comité Local de Gestión de Playa acorde con lo detallado en
el Instructivo del Formulario 1.
NOTA: Esta norma es parte de los requisitos generales de inscripción para el proceso de
certificación, ya sea para obtener ,
o
, en playas urbanas, rurales o deshabitadas.
0.2.
El Comité Local conformado deberá realizar un levantamiento inicial de información y
actualizarlo anualmente conforme se indica en el Instructivo del Formulario 2.
NOTA: Esta norma es parte de los requisitos generales de inscripción para el proceso de
certificación, ya sea para obtener ,
o
, en playas urbanas, rurales o deshabitadas.
0.3.
El Comité Local conformado deberá realizar un monitoreo permanente de la playa
conforme se indica en el Instructivo del Formulario 3.
NOTA: Esta norma es parte de los requisitos generales de inscripción para el proceso de
certificación, ya sea para obtener ,
o
, en playas urbanas, rurales o deshabitadas.
El Comité Local deberá presentar un informe anual de actividades al Comité Técnico de
Evaluación entorno al cumplimiento de las normas. El informe deberá contener lo
detallado en el Instructivo del Informe Anual de Actividades.
0.4.
NOTA: A diferencia del resto de normas del numeral “0”, esta norma es parte de los requisitos
o
,
generales anuales para lograr por primera vez o mantener cada año la certificación ,
en playas urbanas, rurales o deshabitadas. Los datos para completar este informe deben empezar a
tomarse o registrarse desde que se ingresa al programa.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 65
INSTRUCTIVO DEL FORMULARIO 1. INSCRIPCIÓN DE PLAYA
El Formulario 1 es el primer acercamiento que realiza la comunidad que quiere
ingresar al proceso de certificación de su playa. La información que aquí se recaba
incluye lo siguiente:
- Datos generales y delimitación de la playa o tramo de playa que se quiere
inscribir.
- Definición del Comité Local de Gestión de Playas (CLGP) y el responsable
directo de las gestiones.
Una vez completado y enviado el Formulario 1 al Comité Técnico de Evaluación (CTE),
este lo revisará y emitirá su criterio al respecto. Si el Formulario 1 ha sido completado
de manera incorrecta se les comunicará los datos a corregir; caso contrario pasarían al
llenado del Formulario 2.
Datos Generales
En esta sección se completan los datos relativos a la playa candidata: nombre,
ubicación (cantón y provincia) y descripción detallada de los límites de la playa o
tramo de la playa a inscribir. Adicionalmente se clasifica el tipo de playa que se está
inscribiendo, acorde con las siguientes definiciones:
Playa Urbana: se encuentra dentro de los límites territoriales de zonas urbanas como
ciudades o cabeceras cantonales con más de 10.000 habitantes (por ejemplo Salinas,
Bahía, Pedernales, Ballenita, Murciélago, etc).
Playa Rural: se encuentra fuera de los límites de zonas urbanas, pero cuentan en sus
territorios inmediatos con un asentamiento humano de tipo rural, como comunas o
recintos con menos de 10.000 habitantes (p.e. Muisne, San Pablo, Montañita, Canoa,
Jambelí, Mompiche, etc).
Playa Deshabitada: son playas vírgenes que tienen muy poco o nulo desarrollo de
asentamientos humanos, por ejemplo playas de acceso privado en donde sólo hay una
casa o un hotel, o donde todavía no hay asentamientos humanos permanentes. En esta
categoría pueden entrar playas rurales con flujo turístico nulo que estén en el proceso
inicial de su desarrollo turístico y que deseen hacerlo de manera ordenada y
sostenible.
Conformación del Comité Local de Gestión de Playa
La playa debe conformar un Comité Local de Gestión de Playa. Este debe ser
multirepresentativo. Los integrantes de este comité deberán permanecer en sus
funciones mínimo por un año, salvo que existan motivos justificados para que sean
reemplazados.
Las responsabilidades del Comité Local de Gestión de Playa consisten básicamente en
lo siguiente:
-
Actuar como representantes de la playa inscrita en el proceso ante el Comité
Técnico Evaluador.
Liderar las gestiones necesarias para el cumplimiento de las Normas Técnicas
establecidas en este programa. Lo cual inicia con el llenado del formulario y se
mantiene permanentemente a lo largo del tiempo con las gestiones necesarias.
La manera en que gestionen o asignen responsabilidades es responsabilidad y
derecho de cada playa y su Comité Local.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 66
El Comité deberá sesionar al menos una vez al mes, llevando un libro de actas donde
registre las principales actividades ejecutadas y planificadas. Una vez al año el Comité
presentará un informe anual de actividades, donde actualizará la información de los
“requisitos generales” presentada como parte del proceso de inscripción (esto implica
sólo corregir o cambiar los aspectos que hayan sufrido variantes) y detallará las
actividades ejecutadas y planificadas entorno al cumplimiento de las normas.
El Comité deberá estar integrado por un mínimo de 6 representantes para el caso de
playas urbanas y rurales, y al menos 5 para las playas deshabitadas. De los
representantes que integren el Comité se deberá seleccionar uno que participe como
“responsable directo” y sea quien mantenga el contacto con el Comité Técnico de
Evaluación. Por esta razón deberá especificarse claramente los teléfonos, fax, correo
electrónico y dirección física para recibir correspondencia del responsable directo
escogido.
A continuación se mencionan los representantes obligatorios y recomendados para la
conformación del comité.
Conformación del Comité Local
Urbana
Representantes Gobierno Local
Representante del Municipio /Junta Parroquial Obligatorio
Representante de Comuna
Representante Comité de Turismo
Representantes Gremios Comerciales
Hoteleros
Obligatorio
Vendedores Ambulantes
al menos
Restaurantes
dos
Parasoleros
Representante sector educación
Obligatorio
Representante local servicios básicos
Agua potable y alcantarillado
Obligatorio*
Energía eléctrica
Obligatorio*
Aseo e higiene comunitario/urbano
Obligatorio*
Representante Iglesia
Representante Salud y seguridad
Salvavidas
Obligatorio
Cruz Roja
Obligatorio*
Defensa Civil
Obligatorio*
Obligatorio
Representante Civil
Rural
Obligatorio
Obligatorio*
Deshabitada
Obligatorio uno
de los dos
Obligatorio
al menos
dos
Obligatorio al
menos uno
Obligatorio
Recomendado
Obligatorio*
Obligatorio*
Obligatorio*
Obligatorio*
Obligatorio*
Obligatorio*
Recomendado
Obligatorio
Obligatorio*
Obligatorio*
Obligatorio
Obligatorio al
menos uno de
los tres
Obligatorio
* Obligatorios si es que existen en la comunidad local.
Representantes Gobierno Local
Dependiendo del contexto geopolítico de cada playa se deberá incluir al menos un
representante del gobierno local o regional. Esto es del Municipio, de la Junta
Parroquial (si hubiere), de la Comuna y/o del Comité de Turismo.
Representantes Gremios Comerciales
El Comité deberá incluir al menos uno o dos representantes de los gremios
comerciales, dependiendo del contexto geopolítico (urbano, rural o deshabitado).
Algunos de los típicos gremios existentes en las comunidades costeras son los
Normas Técnicas para Playas Turísticas 67
siguientes: hoteleros, vendedores ambulantes (artesanos, coleros, granizaderos,
ostreros, heladeros, etc), restaurantes, cabañas o comedores, parasoleros, etc. Si
existiera en la comunidad candidata un representante local de la Cámara de
Turismo debería incluirse en este punto.
Representante sector educación
Si bien los centros educativos no se relacionan directamente con las playas, se
incluye en el Comité Local un representante de este sector con el fin de promover
la continuidad de esta iniciativa mediante el involucramiento de las futuras
generaciones (estudiantes). El representante de este sector idealmente deberá ser
el rector de un centro educativo, el encargado de las áreas de medio ambiente o
ciencias naturales o algún profesor o educador que esté relacionado con las
actividades turísticas o medioambientales.
Representante local servicios básicos
El Comité Local deberá incluir obligatoriamente un representante los organismos
que existieren entorno a la gestión del recurso hídrico y la gestión del aseo e
higiene. Es decir, un representante del servicio de agua potable y alcantarillado y
de los servicios de aseo e higiene comunitario/urbano, siempre y cuando existan
estas instituciones o funciones en la respectiva comunidad o parroquia.
Representante Iglesia
Se recomienda la inclusión de uno o varios representantes de la Iglesia, con el fin
de involucrar esta institución en la noble misión de las Normas Técnicas de
promover un desarrollo turístico sustentable.
Representante Salud y seguridad
El Comité Local deberá incluir a los representantes de las instituciones de salud y
seguridad existentes en la comunidad o parroquia. En el caso de que no existiera
ningún organismo de esta índole en el sector deberá incluir alguno de la región.
Dentro de este se clasifican los salvavidas, la Cruz Roja, la Defensa Civil o los
Centros de Salud.
Representante Civil
Adicional a la representatividad de los gremios civiles y gubernamentales que se
han mencionado, el Comité Local deberá incluir un representante civil. Este debe
ser residente de la comunidad o los terrenos inmediatos a la playa, pero no puede
formar parte ni estar ligado a ninguno de los gremios comerciales de la playa,
gobierno local, educación, iglesia, instituciones de salud y seguridad.
Adicionalmente a los integrantes obligatorios y recomendados que se exponen arriba,
cada comunidad puede sumar los integrantes que considere necesarios y oportunos.
Cualquier líder independiente o representante de alguna entidad que pueda colaborar
en el proceso de cumplimiento de las normas podrá ser incluido.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 68
FORMULARIO 1. INSCRIPCIÓN DE LA PLAYA
Datos generales
Nombre de la playa: _______________________
Cantón y Provincia: ________________________________
Definición de Límites de la playa (de donde a donde va la playa que va a participar en
el programa):
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
Definición de tipo de playa:
De acuerdo con las definiciones del Instructivo, defina qué tipo de playa es la que se
quiere inscribir en el programa. (Marque con una equis -X-)
Urbana
Rural
Deshabitada
Conformación del Comité Local de Gestión de Playa
Representante de:
Nombre:
Cédula
Teléfono
Firma
NOTA: 6 representantes obligatorios para playas Urbanas y
Rurales. 5 obligatorios para Deshabitadas.
Responsable directo*______________________________ . Tel:______________.
Fax__________________. Correo Electrónico______________________________.
Dirección fija para envío de correspondencia______________________________
____________________________________________________________________.
*El responsable directo debe ser parte del Comité Local y es quien mantendrá el contacto con el Comité Técnico de
Evaluación.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 69
INSTRUCTIVO DEL FORMULARIO 2. LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN
Una vez que el Comité Técnico de Evaluación ha aprobado el Formulario 1 le será
comunicado al responsable directo del respectivo Comité Local de Gestión de Playa
para que continúe con el llenado del Formulario 2.
PASO 1. Realización del Croquis de la playa
El croquis deberá incluir los detalles de las dimensiones principales (en metros) de la
playa o sección de playa a certificar:
o Largo de la playa (si se va a certificar solo una sección de la playa este
debe tener una longitud mínima de 500 metros).
o Ancho de la playa, en los extremos y en la parte central y detallando la
pleamar y la bajamar.
o Distancia a la vía principal (autopista o camino primario).
Debe presentarse en una hoja tamaño A4 como tamaño mínimo y una hoja A3 como
máximo, preferiblemente deben utilizarse colores en el croquis y deben adjuntarse
más hojas con la información solicitada. Pueden adjuntarse fotos de las áreas
mencionadas en el croquis.
En el croquis debe observarse claramente la ubicación de la comunidad con respecto a
la playa y los principales accesos a la playa, así como los ríos, esteros, manglares,
bosques, zonas protegidas u otras figuras naturales que estén dentro de la playa y sus
alrededores inmediatos terrestres (manglares, montañas) y marinos (islas,
acantilados). Se debe adjuntar al croquis una breve descripción de estos recursos,
además mencionar si estos están siendo protegidos o utilizados irracionalmente. Si se
conoce sobre los animales silvestres vistos en la playa o mar inmediato, debe indicarse
en el mapa donde son vistos y adjuntarse una lista de los nombres comunes de estos
animales.
Si hay presencia de industrias de cualquier tipo, deben indicarse en el croquis, junto
con una descripción de los impactos que tiene esa industria en la comunidad y el
turismo.
Debe indicarse en el croquis las zonas de riesgo de la playa si es que existen (zonas
propensas a los derrumbes, zonas inseguras en las que ocurren robos, y otros peligros)
y de la zona marítima inmediatamente adyacente a la playa (muelles viejos
abandonados, corrientes peligrosas de resaca, zonas de olas muy grandes, rocas
peligrosas, zonas con contaminación debido a descargas constantes ya sea de ríos o
de industrias y otros peligros).
Puede indicarse en el croquis cualquier otro aspecto que la comunidad considere
relevante para la conservación del ambiente y el buen desarrollo del turismo (p.e:
indicar la ubicación de botaderos clandestinos en la playa, escombros de
construcciones, botes abandonados y ubicación de basureros).
PASO 2. Cuestionario de Información General
El CLGP presentará la información solicitada en el Formulario 2, relacionada a 4 ejes:
- Historia de la playa y su comunidad,
- Agua (aprovisionamiento, usos y manejo residual),
- Turismo (comportamiento y proveedores de servicios relacionados), y
- Educación ambiental
Normas Técnicas para Playas Turísticas 70
El Cuestionario puede ser llenado a mano en letra imprenta y clara, a máquina o en
computadora con letra tipo “Arial” tamaño “10” o “Times New Roman” tamaño “12”.
PASO 3. Definición de Políticas de Uso Turístico de la playa
El Comité Local de Gestión de Playa, en consulta con la Comunidad de usuarios de la
playa y sin contradecir ninguna de las leyes establecidas, deberá desarrollar un
documento donde consten las Políticas de Uso Turístico de la playa. Este documento
deberá ser aprobado por el Comité Técnico de Evaluación. Para ello deberá realizarse
en computadora con letra tipo “Arial” tamaño “10” o “Times New Roman” tamaño
“12” y presentarse impreso en hoja tamaño A4.
A continuación se detallan los puntos que se deben definir en las Políticas de Uso
Turístico:
1. – Tipo de destino turístico que la playa quiere proyectar a nivel nacional e
internacional
En Ecuador hay una gran diversidad de playas, y aunque el paisaje, topografía y clima
definen sus principales características, también la gente que las habita define qué
tipo de turismo desarrolla en ellas. Una vez que se han identificado las características
y atractivos turísticos de la playa, se debe definir que imagen quiere proyectar la
playa y empezar a tomar acciones al respecto. Es evidente que conforme avanza el
desarrollo turístico en una playa, ésta se va distinguiendo por razones positivas y
negativas. Por ejemplo:
-
Playas con pueblo tranquilo, seguro y poca aglomeración turística
Playas de fuerte vida nocturna y masiva visitación
Playas con gran oferta gastronómica (de comidas)
Playas con fuerte actividad pesquera y muy desorganizada
Playas con pesca artesanal organizada
Playas con problemas de inseguridad, alto consumo de alcohol y ruido
y muchos más.
Si la playa decide ser reconocida por su tranquilidad, limpieza, buen servicio y
cuidado de sus ecosistemas, entonces debe definir qué acciones va a tomar y que
cambios debe hacer para distinguirse como tal.
Para definir que tipo de destino turístico desea ser, la playa debe evaluar su oferta de
atractivos turísticos naturales, culturales y su oferta de servicios actuales. Un
instrumento que puede ayudar a cada playa y comunidad a determinar su capacidad
actual de recepción de turistas es la capacidad de carga turística.
2 – La capacidad de carga turística de la playa (CCT)
El Comité Local con estricta participación de la mayor parte de involucrados posibles
deberá determinar la Capacidad de Carga Turística (CCT) para su playa. Las
comunidades playeras para ingresar al programa de certificación deben entender el
impacto del abuso de la concurrencia turística en una playa y en base al tipo de
destino turístico en que quieren convertirla deberán definir una CCT. Una vez definida
y aceptada una CCT para su playa, tanto por el Comité Local y su comunidad como por
el Comité Técnico de Evaluación, esta deberá ser respetada permanentemente para
lograr o mantener los beneficios y reconocimientos de la certificación.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 71
Como herramienta para definir la cantidad de personas que la playa puede recibir está
el concepto de Capacidad de Carga Turística y la metodología establecida por el PMRC
en el estudio realizado en el 2006.
3.- El código de conducta en la playa. Una vez que la playa ha definido a que tipo de
turista quiere atraer a la playa, puede definir un código de conducta que debe
situarse en un lugar visible del acceso o accesos principales a la playa.
A continuación se adjunta un ejemplo de un Código de Conducta para una playa.
CÓDIGO DE CONDUCTA
a. NO bote la basura en la arena o el mar, deposítela en los basureros.
b. Cuide la flora, fauna y elementos de la playa. No se lleve piedras,
conchas, plantas o animales fuera de la playa, ellos son parte del paisaje
c. Vigile en todo momento a sus niños.
d. NO ingiera licor en exceso.
e. NO ingrese con mascotas a la playa.
f. Si nota alguna irregularidad que desee reportar comuníquese al
teléfono ____________.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 72
FORMULARIO 2. LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN
Paso 1. Croquis de la playa (Adjuntar Croquis acorde a indicaciones del Instructivo.)
PASO 2. Cuestionario de Información General
1. Historia
1.1 ¿Año de fundación de la Comuna o Ciudad? _____________________
1.2 Datos históricos relevantes:
_______________________________________________________________
_______________________________________________________________
________________________________________________________________
Adjunte una hoja si requiere más espacio
2. Agua
2.1 Describa cuáles son las fuentes de abastecimiento de agua de la comunidad y la
calidad de éstas. Mencione cualquier problema relacionado a este aspecto.
____________________________________________________________________
____________________________________________________________________
____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
2.2 ¿Qué sucede con las aguas residuales de la comunidad o ciudad?
Lea primero y Marque con equis o describa lo que sucede:
Si NO hay alcantarillado entonces las aguas….
a) Se infiltran directamente al suelo ____________
b) Se canalizan directamente al estero o río más cercano_________
Si no es ninguna de estas opciones, explique ______________________________
____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
Si HAY alcantarillado entonces…
a) Las aguas son conducidas a una planta de tratamiento ___________
b) Las aguas son conducidas directo a cuerpos de agua (Mar, Río o Estero) ____
Normas Técnicas para Playas Turísticas 73
Si no es ninguna de estas opciones, explique que sucede con las aguas residuales:
____________________________________________________________________
____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
2.3 Si HAY planta de tratamiento, ¿funciona eficiente y correctamente? o ¿no cumple
su función? Explique
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
2.4 Describa cualquier evento o problema relacionado al punto de aguas residuales
___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
3. Turismo
3.1 Describa el comportamiento del flujo turístico, detallando las diferentes
temporadas y en cada una de ellas especificando el máximo y el promedio de turistas
que recibe.
Intervalo de la temporada
(de qué mes a qué mes) o
feriados aislados
Tipo de
temporada
(Alta, Baja,
Media)
Cantidad máxima
de turistas
recibidos por día
Cantidad
promedio de
turistas recibidos
por día
3. 2 Inventario de gremios, instituciones y organizaciones que utilizan la playa
(cabañeros, parasoleros, hoteleros, fundaciones…).
Institución o Gremio
Nombre del Representante
Número de
integrantes
Normas Técnicas para Playas Turísticas 74
Si requiere más espacio adjunte una hoja, siga el formato e indique el título de la pregunta
que está llenando. Este caso: Gremios e Instituciones.
3.3 Inventario de atractivos turísticos en la playa o muy cerca de la playa
Atractivo
Descripción
a.
b.
c.
Si requiere más espacio adjunte una hoja, siga el formato e indique el título de la pregunta
que está llenando. Este caso sería: Atractivos Turísticos
3.4 Servicios Turísticos disponibles:
3.4.1 Hospedaje
¿Hay hospedaje en la playa - comunidad?
Nombre del
Propietario
Hotel/Hostería/Pensión/Posada
SÍ______ NO______
Número de
Teléfono
Plazas
Si requiere más espacio adjunte una hoja, siga el formato e indique el título de la pregunta
que está llenando. Este caso sería: Hospedaje
Normas Técnicas para Playas Turísticas 75
¿Cual es el total de plazas disponibles? __________________
¿Existe zona de camping en la playa?___________________
Comentarios: _______________________________________________________
___________________________________________________________________
3.4.2 Alimentación
¿Hay Cabañas /Restaurantes cerca de la playa? SÍ______ NO______
Nombre de la Cabaña /
Restaurante/Comedor
Propietario
Teléfono
Número de
Plazas
Si requiere más espacio adjunte una hoja, siga el formato e indique el título de la pregunta
que está llenando. Este caso sería: Alimentación
3.4.3. Otros servicios
¿Hay servicios sanitarios cerca de la playa? SÍ______ NO______
# de Baterías
Fijas
# de Baterías
ambulantes
# de baños en
alquiler
Total
¿Quién administra o se encarga del mantenimiento de las baterías fijas?
_________________________________________________________
¿Cuál es el estado actual de funcionamiento de las Baterías Fijas?
_________________________________________________________
_________________________________________________________
¿Qué empresa renta las baterías ambulantes? ____________________
¿En qué meses están disponibles las baterías ambulantes?
______________________________________________________________
Normas Técnicas para Playas Turísticas 76
4. Educación Ambiental
4.1 ¿La comunidad participa en algún programa de educación ambiental y turística
estatal o privado? Detalle lo más que pueda indicando responsables, beneficiarios y
frecuencia con que se dan las actividades.
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
_____________________________________________________________________
PASO 3. Definición de Políticas de Uso Turístico de la playa
Establecer las Políticas de Uso Turístico de la playa en base a lo indicado en el
respectivo Instructivo, en cuanto a:
1. Tipo de destino turístico que se quiere proyectar a nivel nacional e internacional.
2. La capacidad de carga turística de la playa.
3. El código de conducta en la playa.
Este documento deberá ser aprobado por el Comité Técnico de Evaluación. Para ello
deberá realizarse en computadora con letra tipo “Arial” tamaño “10” o “Times New
Roman” tamaño “12” y presentarse impreso en hoja tamaño A4.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 77
INSTRUCTIVO DEL FORMULARIO 3. MONITOREO PERMANENTE
Monitoreo Permanente de la playa
“Ficha de Monitoreo para Fines de Semana y Feriados”
El Comité Local de Gestión de Playa o un encargado específico designado y capacitado
por el Comité debe realizar un monitoreo constante de la playa. Esto significa tomar
datos todos los sábados, domingos y feriados del año (llenando un Formulario 3 cada
día).
Para facilitar la toma de información, se facilita el Formulario 3. El Comité Local y el
Comité Técnico podrán agregarle más puntos de evaluación si lo considerase necesario
en cada caso específico.
El Comité Local de Gestión de Playa tiene el derecho de procesar estos datos y
tenerlos disponibles para quien los solicite, pues la información que se recopilaría
sería muy valiosa para cualquier planificación turística y en general para el desarrollo
sostenible de la comunidad local o simplemente de la playa.
Sin embargo, adicionalmente, el Comité Local tiene la obligación de enviar
mensualmente las fichas de monitoreo (Formularios 3) llenas y firmadas al Comité
Técnico de Evaluación para su procesamiento global. El Comité Local puede quedarse
con una fotocopia si lo considera necesario. El Comité Técnico de Evaluación enviará
anualmente al Comité Local el informe de resumen de los datos recopilados en los
Formularios 3 llenados durante todo el año, siempre y cuando este último haya
cumplido con los requisitos generales y Normas Técnicas del programa de
certificación.
El Monitoreo Permanente se inicia de manera oficial inmediatamente después de
haber recibido la aprobación del Formulario 2. Sin embargo la comunidad puede
implementarlo a partir del momento que considere, pues es una herramienta muy
valiosa de generación de información.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 78
FORMULARIO 3. MONITOREO PERMANENTE
Ficha de Monitoreo para Fines de Semana y Feriados
Información General
Nombre de Playa: _________________ Extensión de playa evaluada: _______
Día_____________ Fecha: ___________________ Evaluación número: ______
0. Clima Indique como se encuentra el clima a lo largo del día:
¶ Soleado
· Parcialmente nublado ¸ Nublado
1. Flujo Turístico
Escriba las cantidades correspondientes durante las horas indicadas:
1:00 pm
Parámetro
(medio día)
¼
Lluvioso
4:00 pm
1.1. Turistas en la playa
1.2. Vehículos en los
parqueaderos
1.3. Buses turísticos
1.4. Distribución de los turistas en la playa (marque con una “x”):
Sobra espacio
Cómoda
Llena
Saturada
1:00 pm
(medio día)
4:00 pm
1.5. Observaciones
_______________________________________________________________________________
________________________________________________
2. Actividad y Flujo Comercial
En el siguiente cuadro escriba las cantidades correspondientes a cada grupo:
1:00 pm (medio día) 4:00 pm
Parámetro
2.1. Vendedores Ambulantes (Total)
- Agua, cola, cerveza y otras bebidas
- Coqueros y otras frutas
- Granizaderos o refresqueros
- Heladeros
- Chicleros, galletas, cigarrillos
- Friteros (empanadas, tortillas, chifles)
- Artesanos (tatuajes, trenzas, etc)
Normas Técnicas para Playas Turísticas 79
- Comidas (encebollado, bollos, arroz…)
- Discos CDs, Videos
- Otros ……………………………….
2.2. Cabañas atendiendo
2.3. Parasoleros trabajando
2.4. Parasoles totales para alquiler
2.5. Parasoles alquilados
2.6. Otro ……………………………
2.9. Presencia de comerciantes y vendedores en la playa (marque con una “x”):
Pocos,
no molestan
Suficientes, no
molestan
Muchos,
incomodan
Saturación,
incomodan mucho
1: 00 pm
4:00 pm
2.10. Observaciones
______________________________________________________________________________
____________________________________________________________________
3. Calidad de Aguas de Baño
3.1. Presencia de Sólidos orgánicos e inorgánicos flotantes
Ausentes
Si hay, describa*
Cantidad/presencia**
1:00 pm
4:00 pm
* Describa el tipo de desecho flotante
** Describa de manera cualitativa (p.e.: en toda el agua de la playa, en casi toda, muy poca área,
casi nada)
3.2. Observaciones
______________________________________________________________________________
____________________________________________________________________
4. Manejo de Desechos Sólidos en la playa
4.1. Presencia de desechos sólidos en la arena (marque con una “X” según)
Limpia, no Hay desechos Hay muchos
hay desechos en la arena, desechos en la
en la arena
pero pocos
arena
Demasiados desechos
en la playa,
se ve muy sucia
Observaciones
1:00 pm
4:00 pm
4.4. Observaciones
______________________________________________________________________________
____________________________________________________________________
Normas Técnicas para Playas Turísticas 80
5. Presencia de Organismos Públicos
5.1. Presencia, cantidad, horarios y ubicación
Institución
Cantidad
Horario
Ubicación
Marinos
Salvavidas
Otros Militares
Policía Nacional
Comisión de
Tránsito
Defensa Civil
Observaciones
Policía Municipal
Cruz Roja
Otro
Otro
5.2. Observaciones en General (se refiere a observaciones relacionadas al punto 5.1. y
actividades que realicen los organismos públicos)
______________________________________________________________________________
____________________________________________________________________
6. Eventos
Marcar
con x
Hora
Ubicación
Observaciones
Ahogados o rescates en
el mar
Peleas
Robos
Otro___________
Otro___________
6.1. Observaciones en General
______________________________________________________________________________
____________________________________________________________________
7. Retroalimentación: Observaciones y Conclusión Final del Día en la Playa
______________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________
_____________________________________________________
_____________________________________________________
Normas Técnicas para Playas Turísticas 81
Nombre y Firma de la persona que realizó el monitoreo
INSTRUCTIVO DEL INFORME ANUAL DE ACTIVIDADES
El Comité Local de Gestión de Playa (CLGP) debe elaborar un informe anual de
actividades, el cual debe entregar al Comité Técnico de Evaluación (CTE)
aproximadamente 1 año después de que se ingresó al programa (estos detalles
cronológicos los definirá el CTE). Se recomienda que la fecha de entrega de este
informe sea previa a la temporada más alta, por lo tanto variará según la playa. Este
informe contendrá muchos “documentos de respaldo” necesarios para poder
completar la Ficha de Evaluación de playas, por lo tanto es importante que se
entregue antes de esta evaluación.
El informe puede ser elaborado a mano en letra imprenta y muy clara, a máquina o en
computadora con letra tipo “Arial” tamaño “10” o “Times New Roman” tamaño “12”.
Para realizar este informe es necesario recopilar y generar información desde el inicio
del programa.
Las secciones obligatorias del Informe Anual son:
-
Reuniones realizadas por el Comité Local de Gestión de Playa
Calidad de Agua
Manejo de Desechos
Seguridad y Planificación
Conservación de Recursos Naturales
Actividades de Educación ambiental y turística
Varios
Otras secciones pueden agregarse si se consideran necesarias por parte del CTE.
A continuación se describe el contenido mínimo de cada sección:
Reuniones realizadas por el Comité Local de Gestión de Playa
- El CLGP debe llevar un registro básico de cada una de sus reuniones. El registro de
cada reunión debe contener como mínimo:
o fecha y lugar de la reunión
o el objetivo o tema de la reunión.
o las resoluciones, conclusiones o acciones que se definieron a
partir de la reunión.
o lista de asistencia a las reuniones (nombre de los participantes y
firma).
- Deben registrarse los cambios (nuevos ingresos, salidas, etc.) de integrantes del
CLGP.
Calidad de Agua
- El informe debe contener al menos 1 análisis de agua de mar realizado durante la
temporada alta.
- Si en la playa y/o sus alrededores hay algún tipo de actividad industrial (laboratorios
de larvas, harineras, refinerías, puertos, etc.) debe investigarse si hay descargas de
Normas Técnicas para Playas Turísticas 82
agua y exigir a la respectiva industria que les facilite sus estudios de impacto
ambiental y los análisis de agua de sus descargas (si hubiere). El Comité de Evaluación
puede asesorar y colaborar en estos aspectos.
A esta sección deben adjuntarse fotografías, demandas, recortes de periódico y
cualquier otro documento que respalde la presión que la comunidad hace a la
industria para que deje de contaminar o bien, los esfuerzos que hace la industria por
reducir al mínimo su contaminación.
- Si se realizaran durante el año obras de infraestructura relacionadas a la sanidad del
agua o tratamiento de aguas residuales, estas deben registrarse y adjuntarse en este
informe.
Manejo de Desechos
- Esta sección debe contener la metodología clara del manejo de desechos de la playa.
Esta metodología debe incluir croquis, horarios, lista de responsabilidades de actores
(qué tanto colaboran los diferentes actores en la limpieza), responsables de la
recolección, destino de la basura y otros aspectos que se consideren relevantes para
explicar claramente el manejo de los desechos.
- Plan de recolección de desechos en eventos o espectáculos (si hubiere eventos). A
ésta sección se debe adjuntar información de los eventos o espectáculos realizados
durante el año y si es posible fotografías del “antes” y “después” del evento.
- Descripción y resultados del sistema de clasificación y reciclaje (si hubiere). SI es
posible, adjuntar fotografías. Si en la comunidad hubiere centros de producción que
utilizan materiales reciclados (como mini-empresas de papel artesanal) esto debe
reportarse en el informe.
Seguridad y Planificación
- Es imprescindible adjuntar en este informe, el croquis con la respectiva zonificación
de la playa. La zonificación debe ser completa e incluir como mínimo todo lo
solicitado en las Normas Técnicas (es importante la zonificación para tarimas o
eventos, en caso de que hubiere). El croquis de la zonificación debe ser en un formato
amigable ya que todos los actores de la playa deben tener acceso a éste y conocer lo
que este implica.
- Plan de emergencias para atender accidentes que impliquen transporte a un Centro
de Salud. El plan debe incluir también los medios por los que ha sido difundido a los
actores de la playa, ya que ellos deben conocerlo.
Conservación de Recursos Naturales
- En esta sección debe adjuntarse el inventario de especies locales solicitado en las
normas, así como las políticas de protección y acciones que la comunidad ha definido
para la conservación de la flora y fauna.
- Si hubiere, se recomienda incluir denuncias o registros de decomisos de pesca ilegal,
cacería ilegal o uso de especies en veda. Es importante documentar las acciones que
la Marina u otra autoridad realiza a favor de la conservación de los recursos naturales;
igualmente se debe denunciar en este informe si las autoridades NO colaboran con la
conservación de recursos naturales.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 83
- Plan o programa de reforestación (cantidad de árboles sembrados, lugar de
sembrado, especies sembradas, fecha de siembra, y si es posible: fotografías). Si toda
la playa y alrededores ya tienen árboles, se debe presentar un inventario de éstos.
Actividades relacionadas a la educación ambiental y turística
- Se debe llevar un registro de las actividades de educación ambiental y turística
realizadas, así como de la oferta de tours naturalistas (si hubiere) y cualquier otra
actividad o acción que promueva la concienciación de los habitantes locales y turistas.
El registro de cada actividad debe contener como mínimo tema, lugar, fecha, nombre
de las personas que lideraron la actividad, duración del evento, lista de participantes,
patrocinadores (si hubiere).
- Si se realizaran eventos o espectáculos durante el año, debe adjuntarse un registro
de ellos y documentos o fotos que respalden el cumplimiento de la norma 21.4.
Varios
- Sección de libre contenido. Adjuntar cualquier documento que respalde los esfuerzos
de la comunidad por desarrollar un turismo sostenible, conservar el ambiente y
procurar el bienestar social.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 84
5.4 Requisitos Técnicos
Recurso Hídrico
Norma
1.
Urbana
Calidad del agua del mar
Rural
Deshabitada
Ausencia de espumas diferentes de la formada naturalmente por las olas.
1.1.
: N/A
: N/A
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Ausencia de sólidos flotantes orgánicos e inorgánicos.
1.2.
: N/A
: N/A
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Ausencia de residuos de aceites, grasas y/o petróleo (generalmente aparece como película visible sobre la superficie).
1.3.
: N/A
: N/A
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Cumplir con los criterios de calidad para agua con fines recreativos. (Anexo de la normativa: Criterios de calidad para aguas con fines recreativos)
1.4.
: N/A
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Cantidad de Enterococos Intestinales Enterococcus (S. faecalis y sus variedades y S. faecium) menor a 500 NMP/100mL
1.5.
: N/A
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Normas Técnicas para Playas Turísticas 85
Recurso Hídrico
Norma
2.
Urbana
Rural
Deshabitada
Descargas de agua
Ausencia de descargas de agua visibles al mar o la arena.
2.1.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Si hay presencia de actividad industrial o laboratorios, estas deben cumplir con la normativa ambiental (Anexos de la normativa: Ley de
Prevención y Control de Contaminación Ambiental y Límites de descarga a un cuerpo de agua marina)
2.2.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Ausencia de pozos sépticos o de infiltración en el área de playa (zona de arena muerta) ni 10 metros a partir de la pleamar más alta histórica (sin
considerar maremotos o crecimientos del mar correspondientes a fenómenos eventuales).
2.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Normas Técnicas para Playas Turísticas 86
Recurso Hídrico
Norma
3.
Urbana
Rural
Deshabitada
Disponibilidad de agua dulce
Duchas son opcionales y se recomienda evitarlas debido a que se ligan al desperdicio de agua potable, la diseminación de enfermedades y suelen
convertirse en vestuarios. Si existieren duchas se evaluará su ubicación y mantenimiento. Debe haber ausencia total de utilización de jabones y
detergentes en las duchas, salvo el utilizado por los administradores para la limpieza de las mismas. Las duchas deben ser abiertas (no más de 3
cerramientos) con el fin de evitar que se conviertan en vestuarios. Cada ducha debe contar con un cartel que indique las políticas de uso,
fomentando el ahorro de agua, detallando al menos la prohibición del uso de jabones y champúes y la prohibición de utilizarlas como vestuarios.
3.1.
: Sí aplica. No es obligatorio que haya duchas. Si las hay, se evalúa lo mencionado.
: Sí aplica. No es obligatorio que haya duchas. Si las hay, se evalúa lo mencionado.
: Sí aplica. No es obligatorio que haya duchas. Si las hay, se evalúa lo mencionado. Además
debe haber reutilización de las aguas o aprovechamiento en áreas verdes, mediante un sistema
seguro y efectivo que evite encharcamientos.
: No es obligatorio que haya duchas. Si las
hay se evalúa lo mencionado. Además debe
haber reutilización de las aguas o
aprovechamiento en áreas verdes, mediante
un sistema seguro y efectivo que evite
encharcamientos.
: Se mantienen las mismas exigencias que
para .
: Se mantienen las mismas exigencias
que para .
Disponibilidad de agua para beber, gratis o a la venta. Las aguas a la venta deben tener los registros y permisos respectivos.
3.2.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural)
Opcional (no es obligatorio ni suma puntos
adicionales).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 87
Desechos Varios
Norma
4.
Urbana
Rural
Deshabitada
Manejo de desechos sólidos
La playa debe estar limpia (ver Manual para la evaluación de playas: Método de apreciación del turista y del evaluador).
4.1.
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 6 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 8 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 10 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Deben permanecer limpios sus accesos y desembocaduras de ríos o esteros (ver Manual para la evaluación de playas: Método de apreciación del
turista y del evaluador).
4.2.
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 5 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 7 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 9 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Máximo 10 objetos en promedio de un muestreo de desechos mediante cuadrantes, acorde con la metodología de evaluación de desechos (ver
Manual para la evaluación de playas: Método de evaluación de desechos).
4.3.
: Sí aplica. Máximo 10 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Máximo 6 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Máximo 3 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Ausencia de desechos riesgosos, fecales y sanitarios. Máximo 0.2 objetos en promedio del muestreo de desechos mediante cuadrantes (ver Manual
para la evaluación de playas: Método de evaluación de desechos).
4.4.
: Sí aplica. Máximo 0.2 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Máximo 0.1 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Máximo 0 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Debe existir una metodología pre-establecida de manejo de desechos sólidos. Está debe incluir al menos 1 basurero en cada acceso.
4.5.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Normas Técnicas para Playas Turísticas 88
Los basureros deben estar en buen estado, identificados, sin tocar el suelo y no saturados.
4.6.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica. Los basureros son construidos
de materiales naturales acordes con el
contexto.
: Sí aplica. Los basureros deben ser
construidos de materiales naturales acordes
con el contexto.
: Se mantienen las mismas exigencias que
para .
: Se mantienen las mismas exigencias
que para .
Ausencia de derrames de aceites y grasas en la arena.
4.7.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Ausencia de botaderos de basura o escombros de construcción en la playa y sus alrededores.
4.8.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Se promueve la clasificación y reciclaje de los desechos.
4.9.
: N/A.
: N/A.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Si se dan eventos o espectáculos masivos, en cualquier horario, (principalmente en horarios nocturnos), estos deben contar con un plan especial
de manejo de desechos sólidos que garantice la recolección durante el evento e inmediatamente finalizado el mismo.
4.10.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural)
: N/A. Ausencia de eventos masivos.
: N/A. Ausencia de eventos masivos.
: N/A. Ausencia de eventos masivos.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 89
Desechos Varios
Norma
5.
Urbana
Rural
Deshabitada
Manejo de desechos sólidos orgánicos naturales
Los desechos orgánicos arrojados por el mar (algas por ejemplo) pueden ser dejados en la playa salvo que signifiquen una amenaza para el
turista, ya sea por sanidad o incomodidad (ver Manual para la evaluación de playas: Método de apreciación del turista y del evaluador). Si son
retirados deben tener un manejo ecológico
5.1.
NOTA: Un manejo ecológico implica que no deben mezclarse con desechos inorgánicos y deben ser devueltos a la tierra como abono, ya sea a través de un proceso previo de
compostaje o directamente, pero con procedimientos técnicos para evitar que se conviertan en un riesgo de contaminación o un foco de enfermedades. La metodología de manejo
debe ser consultada al CTE y aprobada por este.
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 7 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 9 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 9 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Norma
6.
6.1.
Urbana
Rural
Deshabitada
Generación de olores
Ausencia de malos olores en la zona de playa y sus alrededores inmediatos durante temporada alta y feriados fuera de temporada. Especial
atención a esta norma debe darse en las playas con actividades pesqueras artesanales o industriales (ver Manual para la evaluación de playas:
Método de apreciación del turista y del evaluador).
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 8 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 8 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 9 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Normas Técnicas para Playas Turísticas 90
Seguridad
Norma
7.
Urbana
Rural
Deshabitada
Seguridad en el agua
Todos los días de temporada alta y feriados fuera de temporada debe haber mínimo 1 salvavidas, durante los horarios turísticos. Mayor presencia
de salvavidas será considerada en base a la concurrencia de turistas; pero debe haber al menos 1 salvavidas por cada 500 turistas. Una densidad
mayor de salvavidas por cantidad de turistas será considerada dependiendo de la peligrosidad del mar de la playa.
7.1.
NOTA: Cada playa preverá la demanda de salvavidas en base a la Capacidad de Carga Turística que establezca, su registro histórico de concurrencia turística y las estadísticas de
eventos de rescates exitosos y fallidos. El Comité Técnico de Evaluación deberá aprobar la densidad de salvavidas necesaria para cada playa. Los salvavidas deberán ser acreditados
por la Capitanía del Puerto de esa jurisdicción y deberán contar con el equipo mínimo: uniforme que los identifique y boya para rescates. (Anexo de la Normativa: Por Analogía:
Reglamento de Piscinas: R. O. 25 de enero de 1.975, Art. 33: Obligación de tener Botiquín de Primeros Auxilios y Salvavidas).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
No es obligatoria la presencia de salvavidas,
salvo excepciones especiales que considerara
el Comité Técnico de Evaluación.
Todo el año debe comunicarse de manera clara y visible en cada acceso a la playa y en las torres salvavidas (si las hubiere) los horarios y zonas en
que están presentes los salvavidas. Para delimitar la(s) zona(s) bajo vigilancia, se debe considerar que un salvavidas puede cubrir máximo una
distancia de 150 metros lineales de playa. Si no hay salvavidas nunca, debe informarse al turista de manera clara y visible en cada acceso.
7.2.
: Sí aplica. Se comunica en el acceso principal (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Se comunica en todos los accesos (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Se comunica en todos los accesos (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Se comunica en el acceso
principal.
: Sí aplica. Se comunica en todos los
accesos.
: Sí aplica. Se comunica en todos los
accesos utilizando materiales naturales
adecuados al contexto.
Debe comunicarse de manera clara y visible en cada acceso a la playa y en las torres salvavidas (si las hubiere) el comportamiento del mar en esa
playa, indicando la presencia de riesgos como corrientes y/o remolinos, la inclinación de la arena (pendiente) y el rango del tamaño de las olas.
7.3.
: Sí aplica. Se comunica en el acceso principal (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Se comunica en todos los accesos (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Se comunica en todos los accesos (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Se comunica en acceso principal.
: Sí aplica. Se comunica en todos los
accesos.
: Sí aplica. Se comunica en todos los
accesos utilizando materiales naturales
adecuados al contexto.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 91
7.4.
Deben estar presentes las banderas de advertencia en la playa (Anexo de la normativa: Banderas de advertencia en la playa), ubicadas de manera
que sean visibles desde cada acceso a la playa y en cada torre salvavidas. Las banderas se mostrarán siempre en temporada alta y feriados fuera
de temporada.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: No es obligatorio.
: No es obligatorio.
: Sí aplica.
Junto a la bandera y en cada torre salvavidas debe publicarse la simbología de las banderas de manera clara y concisa, en español e inglés (Anexo
de la normativa: Banderas de advertencia en la playa).
7.5.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
Si hay banderas, debe publicarse la simbología
de las banderas de manera clara y concisa en
español e inglés.
Mínimo 1 torre salvavidas. Una cantidad mayor dependerá de la geografía y topografía de la playa y será determinada por el Comité Técnico de
Evaluación.
7.6.
: Sí aplica. Al menos 1 torre. Una cantidad mayor puede ser exigida por el CTE (de igual
manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Al menos una torre cada 150 metros (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Al menos una torre cada 150 metros y de materiales naturales adecuados al
contexto (de igual manera para Urbana y Rural).
No es obligatoria la presencia de torres
salvavidas, salvo excepciones especiales que
considerara el Comité Técnico de Evaluación.
Las torres deben ser de materiales adecuados
al contexto.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 92
Seguridad
Norma
8.
8.1.
Urbana
Rural
Deshabitada
Primeros auxilios y atención de emergencias
Debe existir al menos 1 botiquín de primeros auxilios y un extintor de incendios disponible todo el año en horarios turísticos. Todos los actores
comerciales (cabañeros, hoteleros, vendedores ambulantes, etc.) e institucionales (dirigentes) de la playa deben conocer la existencia y ubicación
del botiquín y el extintor. El uso de estos debe ser gratuito. (Anexo de la normativa: Por Analogía Reglamento de Piscinas: R. O. 25 de enero de
1.975, Art. 33: Obligación de tener Botiquín de Primeros Auxilios y Salvavidas).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
No es obligatoria la existencia de un botiquín
de primeros auxilios ni del extintor, salvo que
el CTE lo considerara en base a periodos de
alta concurrencia turística.
La ubicación del botiquín de primeros auxilios debe indicarse en cada uno de los accesos a la playa. El lugar donde se encuentre el botiquín debe
estar claramente identificado.
8.2.
: N/A (ni para Urbana ni para Rural).
: Sí aplica. Debe señalizarse en el acceso principal y en el sitio donde está ubicado (de igual
manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Debe señalizarse en todos los accesos y en el sitio donde está ubicado (de igual
manera para Urbana y Rural).
: N/A.
: N/A.
: Si resulta obligatoria la existencia del
botiquín, debe señalizarse en el acceso
principal y en el sitio donde está ubicado.
En feriados importantes de alto flujo turístico y fines de semana de temporada alta deben coordinar la asistencia de al menos 1 organismo de
atención de emergencias como la Defensa Civil, Cruz Roja u otro similar.
8.3.
8.4.
: Sí aplica. Si concurren más de 500 turistas (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Si concurren más de 500 turistas (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Si concurren más de 500 turistas (de igual manera para Urbana y Rural).
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Debe existir un plan escrito para atender accidentes o emergencias que demanden atención más allá de los primeros auxilios, es decir, que
impliquen el transporte del afectado a un centro de salud. Todos los actores comerciales (cabañeros, hoteleros, vendedores ambulantes, etc.) e
institucionales (dirigentes) de la playa deben conocer este plan.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
No es necesario un plan para emergencias,
salvo que el CTE lo considerara en base a
periodos de evidente concurrencia turística.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 93
Seguridad
Urbana
Norma
9.
Rural
Deshabitada
Vigilancia
Una patrulla permanente de vigilancia en la playa, durante horarios turísticos.
NOTA: Esta patrulla puede ser conformada por civiles, dentro de lo que les atribuye la ley. La idea es implementar estrategias de vigilancia dedicadas a persuadir y denunciar la
delincuencia (en lugar de confrontarla) y prevenir al turista. La confrontación y sanción debe quedar siempre en manos de las autoridades, las cuales pueden estar incluidas en estas
patrullas, aunque no es obligatorio debido a la dificultad de su concurrencia.
9.1.
: Sí aplica. Durante fines de semana de
temporada alta y feriados dentro y fuera de
temporada en horarios turísticos.
: Sí aplica. Durante toda la temporada alta
y feriados fuera de temporada en horarios
turísticos.
: Sí aplica. Durante todo el año en
horarios turísticos.
: N/A.
: Sí aplica. Durante fines de semana de
temporada alta y feriados dentro y fuera de
temporada en horarios turísticos.
: Sí aplica. Durante toda la temporada
alta y feriados fuera de temporada en horarios
turísticos.
No es obligatoria la presencia de patrulla de
vigilancia, salvo que el Comité Técnico de
Evaluación lo considerara por el historial de
crímenes o eventos de inseguridad.
En feriados importantes de alto flujo turístico deben coordinar la asistencia de al menos 1 organismo de seguridad como la Policía Nacional o
militares durante horarios turísticos.
9.2.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
No es obligatoria la presencia de organismos de
seguridad, salvo que el Comité Técnico de
Evaluación lo considerara por el historial de
crímenes o eventos de inseguridad.
Si en la playa hay problemas de inseguridad como robos en los vehículos parqueados o asaltos a caminantes en la playa, esto deberá ser advertido
claramente en todos los accesos y zonas de parqueo.
9.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Normas Técnicas para Playas Turísticas 94
Seguridad
Urbana
Norma
10.
Rural
Deshabitada
Zonificación
La playa debe aplicar un plan de zonificación que delimite los espacios para los diferentes actores de la playa como parasoleros, cabañeros,
comerciantes, pescadores y sus embarcaciones, áreas de camping, áreas para bañistas, entre otros, con el fin de evitar conflictos y accidentes.
10.1.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)
Las playas con presencia de embarcaciones deberán respetar de manera estricta un área de bañistas (al menos 50 metros desde la orilla)
determinada por la Capitanía de Puerto de su jurisdicción. Además deberán delimitar, ya sea en el agua mediante boyas, o en la orilla mediante
banderines, una zona exclusiva de desembarque de pasajeros. Máximo una zona de desembarque de 25 metros de ancho, cada 500 metros de
playa.
10.2.
NOTA: Las comunidades locales deben gestionar la colocación de boyas por parte de las autoridades y con apoyo financiero de empresas privadas. Incluso pueden recurrir a métodos
de bajo costo. Para delimitar las zonas de desembarque de pasajeros se pueden utilizar marcas en la arena, que pueden ser banderines, siempre y cuando sean de un color diferente
a los de las banderas de advertencia en la playa con el fin de evitar confusiones y deben tener un altura mínima de 2 metros para evitar que sean tapados por la multitud. Deben
además contar con una explicación o indicación, o simplemente una simbología oficial que prevenga al turista de que en esa zona se hacen desembarques directos a la orilla.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Deben delimitarse zonas específicas para la realización de eventos e instalación de tarimas.
10.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Sólo eventos educativos.
: Sí aplica. Sólo eventos educativos.
: Sí aplica. Sólo eventos educativos.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 95
Seguridad
Norma
Urbana
Rural
Deshabitada
11.
Vehículos motorizados
11.1.
Ausencia de vehículos motorizados en la zona de playa, salvo para el patrullaje de autoridades. Esto incluye automóviles, camiones, camionetas,
motos, cuadrones, tricares, etc. En el caso de que una playa cuente con vehículos para el manejo de desechos o mantenimiento general de la
playa, estos no deberán ingresar a la playa en horarios turísticos (09h00 a 17h00). Para el caso de playas que cuentan con actividad pesquera y el
respectivo transporte de la pesca en camionetas, deberá coordinarse para que la circulación de vehículos no sea en fines de semana o feriados
(Anexo de la normativa: Código de Policía Marítima).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica. Ausencia permanente y total de vehículos motorizados en la playa (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Todos los accesos vehiculares a la playa deberán contar con carteles de prohibición de ingreso de vehículos motorizados y barreras o cadenas que
bloqueen el paso de los mismos.
11.2.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. No son obligatorias barreras. En
el caso de bloquear los accesos con barreras,
deberá utilizarse materiales naturales, acordes
con el paisaje.
: Sí aplica. Se mantienen las mismas
exigencias que para .
: Sí aplica. Sí son obligatorias barreras,
utilizando materiales naturales adecuados al
contexto.
Abastecimiento de combustible, mantenimiento y limpieza de embarcaciones jamás deberá realizarse en horarios turísticos (fines de semana y
feriados 09h00 a 17h00). Cualquiera de estas actividades cuando se realice, respetando los horarios mencionados, deberá realizarse con políticas
de seguridad ambiental, evitando el derramamiento de hidrocarburos, aceites y grasas.
11.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica. Ausencia permanente de
abastecimiento de combustible en la playa, en
cualquier horario.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 96
Seguridad
Urbana
Norma
12.
12.1.
Rural
Deshabitada
Seguridad general
Ausencia de animales domésticos sueltos o amarrados durante los horarios turísticos (09h00-17h00) en la temporadas altas. (Anexo de la
normativa: Código de Policía Marítima). Para el caso de los caballos utilizados para paseos turísticos, debe delimitarse una ruta y sus dueños
siempre deben recolectar y disponer adecuadamente de los desechos de los animales.(este último punto aplica para TODAS las playas y niveles)
: N/A.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: N/A.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Comunicación de riesgos. Si la playa está expuesta a derrames o eventos de contaminación catastróficos por la presencia de industrias como
refinerías, puertos, fábricas procesadoras de pescado y demás, deberá comunicarlo de manera clara y visible en cada acceso a la playa.
12.2.
: Sí aplica. Al menos en el acceso principal (de igual manera para Urbana, Rural).
: Sí aplica. En todos los accesos (de igual manera para Urbana, Rural).
: Sí aplica. En todos los accesos y se deben utilizar materiales naturales adecuados al
contexto (de igual manera para Urbana, Rural).
: Sí aplica. Al menos en acceso principal y se
deben utilizar materiales adecuados al
contexto.
: Sí aplica. En todos los accesos y se deben
utilizar materiales naturales adecuados al
contexto.
: Sí aplica. En todos los accesos y se
deben utilizar materiales naturales adecuados
al contexto.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 97
Servicios
Norma
13.
Urbana
Rural
Deshabitada
Servicios higiénicos
Servicios higiénicos en cantidad suficiente para abastecer la Capacidad de Carga Turística establecida en el Formulario 2, con sus aguas residuales
correctamente tratadas. Deben incluir los respectivos lavamanos. (Anexo de la normativa: Código de Policía Marítima)
13.1.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
Servicios higiénicos no son obligatorios. Si se
construyen es obligatorio que sean ecológicos
para cualquier nivel de certificación: ,
o
.
NOTA: Servicios higiénicos ecológicos son aquellos que no
utilizan agua y producen abono.
Los servicios higiénicos deberán estar disponibles al público en horarios turísticos (09h00-17h00), todos los días durante la temporada alta y
feriados fuera de temporada.
13.2.
: Sí aplica. Fines de semana y feriados deben
estar disponibles de 07h00 a 22h00.
: Sí aplica. Todo el año en horarios
turísticos. Fines de semana y feriados deben
estar disponibles de 07h00 a 22h00.
: Sí aplica. Se mantienen las mismas
exigencias que para
.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Los SSHH deberán mantenerse permanentemente aseados, en buen estado (daños se deben reparar de inmediato) y sin problemas de olores.
13.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 98
Servicios
Urbana
Norma
14.
Rural
Deshabitada
Facilidades de comunicación y acceso
Disponibilidad de un teléfono de uso público a no más de 50 metros de la playa.
14.1.
: N/A.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: N/A.
: N/A.
: Sí aplica.
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Se promueven medios sostenibles de transporte como buses mediante comunicación e información al turista y coordinación con compañías de
transporte y Policía de Tránsito.
14.2.
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Debe existir al menos un acceso público y seguro a la playa con su respectiva señalización.
14.3.
14.4.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Deben existir zonas de parqueo suficientes y seguras para la Capacidad de Carga Turística establecida. Al menos 2 de las calles principales de
acceso a la playa se mantienen restringidas al estacionamiento de vehículos con el fin de facilitar la circulación. Si sólo hay 1 o 2 calles de acceso
a la playa esta norma deberá ser analizada por el Comité Técnico de Evaluación.
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Las zonas determinadas para parqueo deben contar con un responsable para su organización y vigilancia durante la temporada alta y feriados
fuera de la temporada.
14.5.
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 99
Servicios
Urbana
Norma
15.
15.1.
Rural
Deshabitada
Servicios generales para discapacitados
Los servicios que se establezcan en la playa y los accesos deben ser aptos para la plena integración participación y disfrute de la playa por parte
de los discapacitados, salvo en ciertas playas donde la geografía no lo permita (Anexo de la normativa: Leyes y reglamentos relacionados a la no
discriminación de discapacitados).
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural).
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural).
No es obligatorio.
Comercio
Norma
16.
16.1.
Urbana
Rural
Deshabitada
Cabañas expendedoras de alimentos y bebidas
Todas las cabañas existentes en el área de playa deben contar con el permiso de la respectiva Capitanía de Puerto. Adicionalmente, dependiendo
de la actividad que realicen deberán contar con el permiso de funcionamiento de las autoridades respectivas (Anexos de la normativa: Código de
Policía Marítima, Ley Orgánica de Régimen Municipal y Ley Orgánica de Salud).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Deben tener al menos 1 recipiente para desechos por cada 15 plazas disponibles. Si colocan mesas o sombrillas en la playa, estas deberán contar
cada una con un recipiente para desechos. Todos los recipientes deberán recibir mantenimiento permanentemente.
16.2.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Cada cabaña debe mantener limpio el perímetro de sus instalaciones (ausencia de descargas de desechos sólidos y líquidos).
16.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 100
16.4.
16.5.
Los niveles de sonido no deben ser molestos ni a horarios inapropiados (ver Manual para la evaluación de playas: Método de percepción del turista
y evaluador). Se deben respetar los niveles y horarios de sonido establecidos por la ley (Anexo de la normativa: Niveles máximos de ruidos
permisibles según uso de suelo).
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). Calificación mínima de 8.
: Sí aplica. Calificación mínima de 8.
: Sí aplica. Calificación mínima de 8.
: Sí aplica. Calificación mínima de 9.
Las cabañas existentes en el área de playa y terrenos inmediatos, que tengan artefactos eléctricos, a gas o con fogones, deben tener extintores de
fuego. Al menos 1 extintor cada 3 cabañas ubicadas en una distancia máxima de 50m, es decir que si las cabañas están separadas por más de 50m
deberán contar con un extintor adicional. El extintor debe ubicarse de manera que esté disponible permanentemente.
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural ni para Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Comercio
Norma
17.
Urbana
Rural
Deshabitada
Vendedores ambulantes
Todos los vendedores ambulantes presentes en la playa deben contar con el permiso de la Capitanía de Puerto respectiva. Dependiendo de la
actividad que realicen deberán contar con los permisos de la autoridad concerniente.
17.1.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
Ausencia de vendedores ambulantes en la zona
de arena.
,
y
: Sí aplica. Fuera de la zona de
arena (en los accesos por ejemplo)
Vendedores ambulantes deberán portar su carné (permiso) para laborar en la playa de manera visible y deberán llevar uniforme o alguna prenda
que los identifique como por ejemplo una gorra.
17.2.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
Ausencia de vendedores ambulantes en la zona
de arena.
,
y
: Sí aplica. Fuera de la zona de
arena (en los accesos por ejemplo).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 101
Todo vendedor ambulante deberá portar una funda para colocar desechos y participar en el plan local de manejo de desechos sólidos (Anexo de la
normativa: Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición de desechos sólidos no peligrosos).
17.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
Ausencia de vendedores en la zona de arena.
,
y
: Sí aplica. Fuera de la zona de
arena (en los accesos por ejemplo).
Quienes se dediquen a la renta de parasoles deberán hacerse responsables por el manejo de desechos en su área de trabajo permanentemente, es
decir, antes, durante y después de la jornada turística. Sus áreas de trabajo deben permanecer limpias.
17.4.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Ningún vendedor ambulante puede colocar kioscos, mesas, carpas o cualquier tipo de instalación temporal en la playa. Los únicos medios de
transporte permitidos son las carretillas o triciclos.
17.5.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
Ausencia de vendedores ambulantes en la zona
de arena.
Ausencia de carpas con cerramiento en la parte posterior y frontal. Es decir, si existen carpas, estas no podrán tener más de dos cerramientos
(laterales). La parte posterior y frontal de la carpa deberá permanecer descubierta.
17.6.
17.7.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Las hileras continuas de parasoles y/o carpas no deberán superar los 20 metros sin dejar un espacio libre de ocupación. Este espacio deberá ser
equivalente al menos a la tercera parte del total ocupado. Es decir que si las hileras continuas de carpas son de 20m, los espacios entre estas
deberán ser de 6 a 7 m; si son de 12 m, los espacios deberán ser de 4 m.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 102
Infraestructura
Norma
18.
Urbana
Infraestructura en la zona de playa y sus alrededores
Rural
Deshabitada
Ausencia de construcciones permanentes en áreas donde bloqueen el flujo de agua como desembocaduras de ríos, esteros o drenajes naturales.
18.1.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Ausencia de infraestructura en mal estado, abandonada, que genere impacto visual negativo y/o que pueda resultar riesgosa para los turistas.
18.2.
: Sí aplica. Sólo es obligatoria la ausencia de infraestructura abandonada y/o riesgosa (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica. Todo lo indicado (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica Todo lo indicado (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Ausencia de infraestructura permanente en los primeros 10 m a partir de la marea más alta registrada (sin considerar maremotos o crecimientos
del mar correspondientes a fenómenos eventuales).
18.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Dejar inalterados los primeros 10 metros de vegetación adyacentes a la arena.
18.4.
: N/A (ni para Urbana ni para Rural).
: N/A (ni para Urbana ni para Rural).
: N/A (ni para Urbana ni para Rural).
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
Ausencia de construcciones de cemento o concreto en la zona de arena muerta.
18.5.
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural).
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
Toda obra o proceso de construcción en la playa y/o en sus terrenos inmediatos debe contar con un cerramiento temporal adecuado que prevenga
accidentes aislando la obra y debe contar con la comunicación visual necesaria para la advertencia de los visitantes.
18.6.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 103
Conservación de recursos naturales
Norma
19.
Urbana
Rural
Deshabitada
Conservación de recursos naturales
Ausencia de desembarques de pesca de especies ilegales (protegidas, en veda o en peligro de extinción). (Anexos de la normativa: Cuadro de
especies en veda y protegidas en Ecuador y Lista de especies amenazadas o en peligro de extinción en Ecuador).
19.1.
19.2.
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
Ausencia de comercialización de alimentos o bebidas preparados con especies ilegales (protegidas, en veda o en peligro de extinción) en las
cabañas y/o por parte de los vendedores ambulantes, en la zona de playa o los terrenos inmediatos. (Anexos de la normativa: Cuadro de especies
en veda y protegidas en Ecuador y Lista de especies amenazadas o en peligro de extinción en Ecuador).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Existencia de un programa de reforestación con especies nativas en la playa y sus alrededores (comunidad local, parque, esteros, ríos, laderas).
19.3.
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
Existencia de un inventario de las especies locales en peligro de extinción u otras que la comunidad considere importantes y un protocolo de
políticas para su protección puesto en práctica.
19.4.
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural, ni para Deshabitada).
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural, ni para Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Ausencia de extracción ilegal de arena.
19.5.
: N/A (ni para Urbana y ni para Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica.
: Sí aplica.
: Sí aplica.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 104
Comunicación e Información
Urbana
Norma
20.
Rural
Deshabitada
Señalización
Debe estar señalizado en el acceso a la playa el Nombre de la playa. También debe existir la señalización respectiva y adecuada para servicios
higiénicos, teléfonos públicos, zonas de parqueo y puntos de información turística en los accesos principales a la playa (al menos en 2 accesos) y
en los sitios donde están ubicados.
20.1.
NOTA: Basarse en el Manual Corporativo de Señalización Turística del Ministerio de Turismo.
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural, ni para Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica y debe ser de materiales naturales adecuados al contexto (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Aplicar estrictamente lo detallado en cuanto a señalización en las normas de seguridad en el agua, primeros auxilios, zonificación y seguridad
general.
20.2.
NOTA: Basarse en el Manual Corporativo de Señalización Turística del Ministerio de Turismo.
: N/A (ni para Urbana, ni para Rural, ni para Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica y debe ser de materiales naturales adecuados al contexto (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Debe existir un cartel detallando el código de conducta de la playa en los accesos principales (al menos en 2 accesos).
20.3.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica. En todos los accesos principales (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica. En todos los accesos principales y de material natural adecuado al contexto (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Debe existir una cartelera informativa que contenga como mínimo la explicación del programa de certificación, el croquis de la playa y los
resultados del último análisis de agua.
20.4.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 105
Comunicación e Información
Norma
21.
Urbana
Rural
Deshabitada
Educación Ambiental y turística
Se organizan actividades de educación ambiental y turística anualmente dirigidas a la comunidad local. Cada actividad involucra mínimo 25
personas.
21.1.
: Sí aplica. Al menos 3 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Al menos 4 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Al menos 5 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural).
: N/A.
: N/A.
: Sí aplica. Se realizan al menos 2
actividades al año, en comunidades cercanas.
Se organiza al menos 1 actividad de educación ambiental dirigida a los turistas mediante espectáculos o eventos educativos, murales, giras
didácticas u otro medio alternativo.
21.2.
: Sí aplica. Al menos 1 actividad al año (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Al menos 2 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica. Al menos 3 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural).
: N/A.
: N/A.
: N/A.
Existen carteles con mensajes de conservación ambiental en la playa o sus accesos principales.
21.3.
21.4.
: Sí aplica. Al menos 3 carteles (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica. Al menos 4 carteles (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
: Sí aplica. Al menos 5 carteles y son de materiales naturales adecuados al contexto (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).
Todos los eventos o espectáculos de publicidad o de diversión que se realicen en la playa, ya sea por la empresa privada o por las autoridades
gubernamentales deben incluir un segmento de concienciación ambiental relacionado a la limpieza de la playa, la prevención de la contaminación
del agua y/o la conservación de especies. Al menos el 10% de la duración del evento debe estar dedicado a lo mencionado.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
Ausencia de eventos o espectáculos masivos,
salvo que sean 100% educativos.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 106
5.5 Manual para la evaluación de las playas
Se recomienda hacer la evaluación de la playa durante los meses de temporada alta,
esta evaluación debe ser sorpresa y la deben realizar al menos 2 evaluadores(as).
Para poder iniciar el proceso de evaluación, las playas deben haber cumplido
previamente con los requisitos generales. Por lo tanto, la playa a evaluar deberá tener
a disposición de los evaluadores:
-
Información general de la playa (Formulario 2)
Los resultados generales de los monitoreos (Formulario 3)
Un informe anual de actividades (Formulario 4)
Es importante tomar en cuenta que algunas normas se evalúan en base a previas
disposiciones específicas para cada playa. Estas disposiciones son determinadas por el
Comité Técnico de Evaluación (CTE) en coordinación con el Comité de Gestión Local
de Playa (CGLP). Por esta razón, los evaluadores deben tener disponible la
información de estas disposiciones específicas para la playa que van a evaluar.
La principal herramienta para realizar la evaluación es la Ficha de Evaluación de
Playas (presentada en la siguiente sección). A la hora de utilizar la Ficha se deben
tener a mano los Requisitos Técnicos y los anexos respectivos de estos. Además,
previo a la evaluación, el evaluador debe haber leído detenidamente los documentos
derivados del cumplimiento de requisitos generales, sobre todo el informe anual de
actividades y los resultados de los monitoreos.
A continuación se explica el formato de la Ficha de Evaluación:
La 1ra columna
contiene las
numeraciones
de los sub-ejes
y las normas.
La 2da columna contiene:
- el título del eje coloreado
- el título del sub-eje en negrita
- y las respectivas normas
En la 3era
columna se
detalla el
método de
evaluación para
calificar la
norma.
COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
En la 5ta columna
están los niveles
de certificación
posibles de
obtener según
grado de
cumplimiento
En la 4ta
columna están
las opciones de
calificación
(Cumple, No
Cumple o No
Método de evaluación
Estrellas obtenidas
¿Cumple?
0
20 Señalización
20.1 Existe adecuada señalización de los siguientes servicios (en el acceso a la playa y en los
sitios donde están ubicados):
Servicios higiénicos
SI
NO
N/A
SI
NO
N/A
Zonas de parqueo
SI
NO
N/A
Puntos de Información Turística
SI
NO
N/A
SI
NO
N/A
SI
NO
N/A
SI
NO
SI
NO
SI
NO
Teléfonos públicos
Visual
Los materiales utilizados para señalizar son naturales, acordes con el contexto?
20.2 ¿Se aplica estrictamente lo detallado en cuanto a señalización en las normas de seguridad
en el agua, primeros auxilios, zonificación y seguridad general?
Visual
20.3 ¿Existe un cartel detallando el código de conducta de la playa en los accesos principales
(al menos en 2 accesos ó 1 para playas deshabitadas)?
Visual
Los materiales utilizados para señalizar son naturales, acordes con el contexto?
20.4 ¿Existe 1 cartelera que contiene como mínimo: explicación del programa de certificación,
croquis de la playa y resultados de último análisis de agua?
En las líneas está
descritas las normas
Algunas están sub-divididas en
varios puntos, de los cuales todos
se deben cumplir para obtener las
respectivas estrellas, a menos que
no apliquen (N/A).
Visual
N/A
Las normas que no dan
la opción de N/A, son
obligatorias de evaluar
en todos los tipos de
playas y en todos los
niveles.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 107
¿Cuando marcar la casilla de No Aplica (N/A)? En los requisitos técnicos se detallan
cuales normas No Aplican (N/A) para las diferentes categorías de playas y según el
nivel de certificación al cual estén aplicando. Por esta razón es importante que el
evaluador tenga a mano los requisitos técnicos en el cual está detallado claramente
cuando aplican o no aplican las normas.
Resumidamente, la opción de “No Aplica”, sólo debe usarse por las siguientes razones:
- Porque no aplica para el tipo de playa.
- Porque no aplica para el nivel de certificación deseado.
- Por ausencia del servicio o problema (siempre y cuando no sea
obligatorio para el tipo de playa y nivel de certificación deseado).
Ejemplo de evaluación de la norma 13.1 en 2 tipos de playa donde se usa “N/A”.
El evaluador debe ver los requisitos técnicos antes de llenar la ficha
Norma
13.
Urbana
Rural
Deshabitada
Servicios higiénicos
Servicios higiénicos en cantidad suficiente para abastecer la Capacidad de Carga Turística
establecida en el Formulario 2, con sus aguas residuales correctamente tratadas. Deben incluir
los respectivos lavamanos.
13.1.
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).
: Sí aplica (de igual manera para Urbana y
Rural).
Servicios higiénicos no son obligatorios.
Si se construyen es obligatorio que
sean ecológicos para cualquier nivel de
certificación: ,
o
.
NOTA: Servicios higiénicos ecológicos
son aquellos que no utilizan agua y
producen abono.
Playa A: Playa deshabitada con miras a alcanzar 3 estrellas y en la cual no hay
servicios higiénicos.
SERVICIOS
13
Método de
evaluación
¿Cumple?
Estrellas obtenidas
0
Servicios Higiénicos
13.1 ¿Hay suficiente servicios higiénicos para abastecer
la Capacidad de Carga Turística establecida? (ver
CCT en documentos entregados por el CLGP)
¿Incluyen los respectivos lavamanos?
SI
NO
SI
NO
¿Sus aguas residuales son correctamente tratadas?
SI
NO
¿Los servicios higiénicos son ecológicos? *
SI
NO
Visual
N/A
5
N/A
*Si hubiere servicios higiénicos esta última pregunta si aplicaría
Playa B: Playa rural con miras a alcanzar 2 estrellas y en la cual hay servicios
sanitarios adecuados para la CCT, pero sin correcto tratamiento de aguas residuales.
13
13.1
Servicios Higiénicos
Método de
evaluación
¿Hay suficiente servicios higiénicos para abastecer
la Capacidad de Carga Turística establecida?
¿Cumple?
SI
NO
SI
NO
¿Sus aguas residuales son correctamente tratadas?
SI
NO
¿Los servicios higiénicos son ecológicos?
SI
NO
¿Incluyen los respectivos lavamanos?
Visual
N/A
N/A
Estrellas obtenidas
0
5
Normas Técnicas para Playas Turísticas 108
Métodos de evaluación: En la Ficha de Evaluación de Playas se mencionan diferentes
métodos que deben ser utilizados para poder calificar el cumplimiento o no
cumplimiento de las normas.
Métodos
Visual
Entrevistas a actores
Documentos de respaldo
Análisis de agua
Apreciación del turista y del evaluador
Evaluación de desechos
A continuación se describen detalladamente estos métodos.
Visual
Implica recorrer toda la longitud de la playa a evaluar, observando detenidamente
todo el entorno: ya sea el mar (para evaluar sólidos flotantes, por ejemplo), la arena
(para buscar manchas de grasas o aceites), el límite con la vegetación o
infraestructura (para identificar descargas de agua), la infraestructura (para ubicar
las señales de prevención e información), los alrededores inmediatos del pueblo
costero (para identificar pozos sépticos, etc) y muchas otras cosas mas.
En algunos casos, para realizar una correcta evaluación visual, se deben realizar
mediciones, por lo que se recomienda tener algún tipo de instrumento de medición
disponible.
Si hubiere disponibilidad, se recomienda tomar fotografías de lo que se evalúa
visualmente, para así tener mejor respaldo de los resultados de la ficha.
Como mínimo 2 personas deben realizar las evaluaciones visuales.
Entrevistas a actores
Este método siempre implica una evaluación visual, además de entrevistar a varios
(más de 5) actores locales (pueden ser cabañeros, parasoleros, vendedores
ambulantes, hoteleros, líderes locales, civiles residentes, marinos, etc) sobre el
servicio o problema a evaluar en la norma. Es necesario tomar el nombre completo y
la ocupación de las personas entrevistadas, esta lista debe adjuntarse a la Ficha de
Evaluación.
Por ejemplo, este método se utiliza para evaluar el cumplimiento de la norma 13.2:
13.2 Los servicios higiénicos están disponibles:
En playa urbana: Todo el año en horarios turísticos (09h0017h00). Fines de semana de temporada alta y feriados la
atención de los SSHH es de 07h00 a 19h00 y si hay
actividad nocturna al menos hasta las 24h00.
En playa rural: Todos los días durante temporada alta y
feriados (09h00-17h00).
Visual y entrevistas a
actores
Normas Técnicas para Playas Turísticas 109
Documentos de respaldo
Estos documentos deben adjuntarse a la ficha y, según el requerimiento de la norma,
pueden ser fotografías, análisis de agua, resumen del monitoreo permanente,
brochures de actividades realizadas, recortes de periódico, etc.
El Informe Anual de Actividades contendrá muchos de los documentos de respaldo que
se solicitan durante el llenado de la ficha, por lo tanto es importante tenerlo a mano a
la hora de la evaluación.
Análisis de Agua
Consiste en solicitar a un laboratorio autorizado la toma de muestras y la realización
de un análisis. El análisis entregado por el laboratorio autorizado debe adjuntarse a la
ficha de evaluación.
A continuación algunas consideraciones para tomar en cuenta en relación a los análisis
de agua.
La toma de muestras de agua de mar debe realizarse en base a las siguientes
consideraciones:
-
Debe realizarse en el sector de mayor uso turístico, es decir en la principal
zona de baño de cada playa.
-
Un muestreador de estatura promedio (1,70 m) debe ingresar hasta donde el
agua le llegue a la altura de su cintura.
-
Una vez en el sitio la muestra se toma a 30 cm. por debajo de la superficie del
agua utilizando para esto los recipientes y la metodología adecuada, de
manera que realmente se extraiga agua a la profundidad indicada.
-
Para cada parámetro se deben utilizar los recipientes del volumen y material
adecuado, procurando siempre que no estén contaminados.
Los parámetros a analizar según el tipo de agua o uso del agua están adjuntos en los
anexos de la normativa (5.7).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 110
Apreciación del turista y del evaluador
Este sistema consiste en consultar al turista a través de una encuesta su percepción
sobre ciertas situaciones de la playa. Igualmente el evaluador puede dar su opinión en
esta metodología.
Para captar la percepción del turista y del evaluador se ha diseñado un cuestionario
en inglés y en español, el cual debe se llenado por 10 turistas distribuidos al azar,
mayores de 18 años y de diversidad de género y nacionalidad (si hubiere). Este
cuestionario, presentado en la siguiente sección, permite que el turista o evaluador
pondere numéricamente ciertos aspectos de la playa, encerrando en un círculo el
número que corresponde a su percepción.
A continuación se presentan un ejemplo de cómo debe realizar el procesamiento de
los datos, utilizando el parámetro de limpieza de la playa:
¿QUE TAN LIMPIA ESTA LA PLAYA? (HOW CLEAN IS THE BEACH?)
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Insalubre
Muy Sucia
Regular
Limpia
Muy Limpia
Unsafe
Very Dirty
Regular
Clean
Very Clean
Una vez recolectados los cuestionarios llenos, se hace un promedio de las
respuestas:
Turista
a
b
c
d
e
f
g
h
i
j
Resultado
Promedio
Respuesta
5
7
8
6
9
9
10
6
8
9
7. 7
El cuestionario también debe ser llenado por los 2 evaluadores que están
realizando la evaluación e igualmente se obtiene un promedio de sus
respuestas.
Evaluador
A
B
Resultado Promedio
Respuesta
7
9
8
Finalmente se hace un promedio general de ambos resultados:
Promedio de
Evaluadores
Promedio de Turistas
Resultado Final
8
7.7
7.85
De acuerdo a las normas, un resultado de 7.85 en el parámetro de limpieza de
playa, permite la obtención de 1 estrella ( ).
Nota: para playas deshabitadas, donde puede no haber 10 turistas, se utilizan los
resultados de los turistas que haya y de los evaluadores.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 111
Cuestionario de percepción
Playa / Beach:_________________
Fecha / Date: _________________ Nacionalidad / Nationality:__________________
Estimado turista, Por favor, evalúe los siguientes aspectos del
1 (Mínimo – baja calificación) al 10 (Máximo- excelente calificación).
Use un círculo o marque con X.
Dear tourist, Please, Grade the following aspects:
from 1 (Minimum- bad grade) to 10 (Maximum- excellent grade).
Use a circle or mark with an X
1. ¿QUE TAN LIMPIA ESTÁ LA PLAYA? / HOW CLEAN IS THE BEACH?
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Insalubre
Muy Sucia
Regular
Limpia
Muy Limpia
Unsafe
Very Dirty
Regular
Clean
Very Clean
2. ¿QUE TAN LIMPIOS ESTÁN LOS ACCESOS A LA PLAYA, DESEMBOCADURAS
DE RÍOS O ESTEROS?
ARE THE ACCESSES TO THE BEACH, RIVER MOUTHS OR ESTUARIES CLEAN?
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Insalubre
Muy Sucia
Regular
Limpia
Muy Limpia
Unsafe
Very Dirty
Regular
Clean
Very Clean
3. ¿Hay presencia de algas? SI____ NO_____Si respondió SI, por favor llene el cuadro:
Are there algae in the beach? YES___ NO____ If YES, please fill the following chart:
LA PRESENCIA DE ALGAS / ALGAE PRESENCE
1
2
3
4
5
6
Molestia excesiva
Very
unconfortable
Molesta
bastante
It bothers
considerable
7
8
9
10
Molesta un poco
Casi no molesta
No Molesta
Bothers a little
Barely bothers
Don´t bother
4. ¿HAY MAL OLOR EN LA PLAYA? / ARE THERE BAD SMELLS ON THE BEACH?
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Huele Mal
Huele un poco
Huele muy poco
NO hay malos olores
Smells bad
Smells a little
Smells very little
NO bad smells
5. ¿RUIDO EN LA PLAYA? / NOISE ON THE BEACH?
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Mucho ruido, molestia alta
Hay ruido
Un poco de ruido
NO hay ruido molesto
Very Noisy, bothers a lot
There is Noise
Little bit of Noise
There is NO Noise
Normas Técnicas para Playas Turísticas 112
Evaluación de desechos
1 - El muestreo se realiza en la longitud y ancho total de la playa a evaluar. Se recorre
la playa delimitando cuadrantes de 5 x 5 m (25 m2) cada 200 m lineales.
Los cuadrantes deben estar distribuidos a lo ancho de la playa (en zig zag).
2- Se cuentan todos los desechos presentes en cada cuadrante (incluyendo desechos
riesgosos, fecales y sanitarios, de los cuales debe anotarse aparte la cantidad
encontrada en cada cuadrante para evaluarla posteriormente).
3- Se suman los desechos contados en todos los cuadrantes, esa cantidad se divide
por el número de cuadrantes, obteniendo el promedio de desechos en 25 m2.
Mínimo a evaluar en una playa: 3 cuadrantes. Máximo: 10 cuadrantes. Esto implica que
si la longitud de una playa es menor a 600 m, la distancia entre cada cuadrante (200 m)
debe reducirse proporcionalmente y si la playa es mayor a 2000 m, la distancia debe
ampliarse proporcionalmente.
4- Para evaluar la cantidad de desechos riesgosos, sanitarios y fecales, se suman los
desechos de este tipo que fueron encontrados dentro de los cuadrantes y se obtiene
un promedio. Ejemplo:
Escenario
Playa X
1000 m
1ero
0
Cuadrantes
2do 3ero 4to
1
0
2
5to
0
Total
Promedio
3
0.6
Normas Técnicas para Playas Turísticas 113
Ficha de Evaluación de Playas
Documento digital: ver archivo de Excel adjunto
“Ficha de Evaluación NTTS”
Normas Técnicas para Playas Turísticas 114
5.6 Cronología hacia una certificación
Una vez aprobado el Formulario 1, el CLGP conformado completa el Formulario 2 con
la ayuda de la mayor cantidad de representantes de la comunidad local e inicia el
monitoreo semanal del Formulario 3.
Durante la revisión del Formulario 2 el CTE determinará los parámetros referenciales
respectivos para la playa candidata, tales como:
•
•
•
•
•
•
•
Densidad de salvavidas necesaria;
Cantidad de torres salvavidas necesarias;
Aprobación de la CCT;
En el caso de playas deshabitadas, la necesidad o no de salvavidas y banderas
de advertencia, así como de medidas de seguridad;
Periodos y temporadas de alto y bajo flujo turístico de la playa candidata.
Cantidad de servicios higiénicos en base a la CCT.
y más.
Luego de aprobado el Formulario 2 el CLGP deberá iniciar las gestiones tendientes a
lograr una certificación y paralelamente deberá ir preparando el Informe de
Actividades acorde con lo detallado en el Instructivo del Informe Anual de Actividades.
Deberá mantener el monitoreo semanal conforme el Formulario 3 y enviar
mensualmente las fichas llenadas al CTE.
Luego de al menos 10 meses de iniciado el monitoreo y de haber realizado las
gestiones necesarias para lograr una certificación ,
o
, el CLGP debe
presentar el Informe Anual de Actividades.
Una vez recibido este Informe de Actividades, el CTE procederá a realizar la
evaluación de la playa candidata, después de la cual definirá si la playa, en base al
cumplimiento o no de las normas, obtiene algún tipo de certificación ( ,
o
). Independientemente del resultado, si la playa desea continuar en el
programa, el CLGP debe ratificarlo al CTE y continuar con los procesos necesarios para
obtener o aumentar su nivel de certificación.
Diagrama de pasos hacia la máxima certificación
A continuación se presenta un diagrama de los pasos hacia la máxima certificación.
Con este diagrama se busca evidenciar el progreso paulatino a través de 4 pasos: el
primero con el objetivo de inscribir una playa e ingresar al proceso de certificación y
los 3 siguientes con el fin de lograr las certificaciones ,
y
. A simple vista,
fijándose en la cantidad de “ ”, “ ” y “X” el lector puede apreciar como aumenta el
nivel de las exigencias. En el Paso 1 hay “X” sólo en el eje 0. En el Paso 2 aparecen
“X” y además “ ” y “ ”, lo que significa que hay normas que deben cumplirse pero
no al máximo grado de exigencia. En el Paso 3 aumentan las “X” y disminuyen los “ ”
y los “ ”, mientras que en el Paso 4 sólo aparecen “X”.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 115
DIAGRAMA DE LOS "PASOS" HACIA LA MÁXIMA CERTIFICACIÓN
Recurso hídrico
Eje
Numeral
Paso 1
# normas
0
0
1
2
Desechos varios
1
3
Urbana
X X X
Rural
X X X
Deshabitada
X X X
4 1 2
Seguridad
2
1
2
3
4 5 1 2
3
3
1
3
5 6
4
2
1
2
3
4 5 6 7 8
Servicios
9 10
1
1
7
1 2
3
8
4 5 6 1 2
3
9
4
1
10
2
3 1 2
11
3
1
2
12
4
14
13
3 1 2 1 2
3 1 2
3
Infraestructura
6
18
Comercio
5
15
4 5
1
17
16
1 2
3
4 5 1 2
3
4 5 6 7 1
Conservación
RRNN
7
19
2 3 4 5 6 1
2
3
4
Comunicación e
Información
8
20
21
5 1 2 3 4 1 2 3 4
Descripción Cumplimiento de las normas relacionadas a organización y levantamiento de información, con el fin de inscribir a la playa candidata.
Paso 3
Paso 2
Logro Paso 1 Ingreso al programa de certificación
Urbana
X X X X
X X X
X
X X X X
X
X
X X
X
X X
X X X X X
X X
X
X
X
X X X
X X X X X X X X
X
X
X
X
X
Rural
X X X X
X X X
X
X
X
X
X X
X
X X
X X X X X
X X
X X X
X
X X X
X X X X X X X X
X
X
X
X
X
Deshabitada
X X X X
X X X X
X
X
X X X
X X X
X X
X X X X
X X
X
X X X X X X X
X
X
Lo detallado en el Paso 1 más el cumplimiento de las normas relacionadas principalmente con autogestión y organización local. Se deja de lado la evaluación del agua, pero se incluye lo relacionado a la
autogestión para mantener la calidad de la misma. Se prioriza el manejo de desechos sólidos.
Logro Paso 2 Certificación
Descripción
Urbana
X X X X
X X X X X
X
X X X X
X
X
X X X X X X X
X X
X X X X X
X X X X X X X X X X X X
X X X
X X X X X X X X X X X
X X X
X
X
X
X
Rural
X X X X
X X X X X
X
X
X
X
X X X X X X X
X X
X X X X X
X X
X X X
X X X X X X X X X X X
X X X
X
X
X
X
Deshabitada
X X X X
X X X X X X
X X X
X
X
X
X
Descripción
X X
X X X X
X
X X
X
X X X X
X
X
X X X X
X
X X X X X X X X X X X
Lo detallado en el paso 2 y además mejoras importantes, muchas relacionadas con inversiones de infraestructura y servicios. Las playas que alcanzaran este paso (y este nivel) ya estarían a la altura de
certificaciones internacionalmente reconocidas a nivel mundial.
Paso 4
Logro Paso 3 Certificación
Urbana
X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
X
X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
X
X X X X X X X X X X X X X X X
X X X X X X X X X X X X X X X
Rural
X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
X
X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
X
X X X X X X X X X X X X X X X
X X X X X X X X X X X X X X X
Deshabitada
X X X X X X X X X X X X X
X
X
X
X X X X X
X X X X X X X X X
X X
X X
X X X X
X
X
X
X X X X X X X X X X X X X X X X X X
X
Lo detallado en el paso 3 y además el cumplimento de nuevas normas, o el aumento del grado del cumplimiento en otras que ya se involucraron en el paso anterior, pero principalmente relacionadas a la ecoeficiencia.
Logro Paso 4 Certificación
Descripción
Grado mínimo de cumplimiento
Grado medio de cumplimiento
X
Grado máximo de cumplimiento
Normas Técnicas para Playas Turísticas 116
5. 7 Anexos de la normativa
A continuación se adjuntan los anexos mencionados en los requisitos técnicos:
Recurso Hídrico
Criterios de calidad para agua con fines recreativos
Criterios de calidad para agua con fines recreativos mediante contacto
secundario
Agua para consumo humano: Límites máximos permisibles para aguas
de consumo humano y doméstico
Ley Orgánica de Salud
Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
Límites de descarga a un cuerpo de agua marina
Factores indicativos de contaminación
Aguas para la preservación de Flora y Fauna: Criterios de calidad
admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces,
frías o cálidas y en aguas marinas y de estuario.
Manejo de Desechos
Ley Orgánica de Salud
Ley Orgánica de Régimen Municipal: recolección de desechos
Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de
Desechos Sólidos no Peligrosos
Seguridad, Servicios, Comercio y Comunicación e Información
Por Analogía: Reglamento de Piscinas
Código de Policía Marítima
Leyes y reglamentos
discapacitados
relacionados
a
la
no
discriminación
Niveles máximos de ruido permisibles según uso del suelo
Banderas de advertencia en la playa
Flora y Fauna
Lista de especies en veda y protegidas en Ecuador
Lista de especies amenazadas o en peligro de extinción en el Ecuador
de
Normas Técnicas para Playas Turísticas 117
Recurso Hídrico
Criterios de calidad para agua con fines recreativos
Se entiende por uso del agua para fines recreativos, la utilización en la que existe:
a) Contacto primario, como en la natación y el buceo, incluidos los baños
medicinales y
b) Contacto secundario como en los deportes náuticos y pesca.
Criterios de calidad para agua con fines recreativos - contacto primario
Parámetros
Expresado como
Unidad
Límite máximo permisible
Coliformes fecales
nmp por cada 100 ml
200
Coliformes totales
nmp por cada 100 ml
1 000
Compuestos fenólicos
Expresado como fenol
Oxígeno disuelto
O.D.
Materia flotante
Visible
Potencial de hidrógeno
Organoclorados (totales)
Residuos de petróleo
Tensoactivos
Grasas y aceites
0,002
mg/l
No menor al 80% de concentración de
saturación y no menor a 6 mg/l
Ausencia
pH
Metales y sustancias tóxicas
Organofosforados y carbamatos
(totales)
mg/l
6,5 – 8,5
mg/l
0
Concentración de
organofosforados y
carbamatos totales.
mg/l
0,1 (para cada compuesto detectado)
Concentración de
organoclorados totales.
mg/l
0,2 (para cada compuesto detectado)
Visibles
Ausencia
Sustancias activas al azul de
metileno.
mg/l
0,5
Sustancias solubles en
hexano
mg/l
0,3
Transparencia del agua medida
con el disco secchi
Mínimo 2,0 m.
Relación Hidrógeno: Fósforo
orgánico
15:01
Parámetro adicional
Enterococos Intestinales (S.
faecalis y sus variedades y S.
faecium)
nmp por cada 100 ml
500
Fuente: Tabla 9 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 118
Criterios de calidad de aguas para fines recreativos - contacto secundario
Parámetros
Expresado como
Coliformes totales
nmp/100 ml
Coliformes fecales
nmp/100 ml
Compuestos fenólicos
4 000
1 000
mg/l
0,002
O.D.
mg/l
No menor al 80% de Concentración de
saturación
pH
6,5 – 8,5
Potencial de hidrógeno
Metales y otras •sustancias
tóxicas
Organoclorados (totales)
Valor máximo permisible
Expresado como fenol
Oxigeno disuelto
Organofosforados y carbamatos
(totales)
Unidad
mg/l
Cero
Concentración de
organofosforados y
carbamatos totales
mg/l
0,1
Concentración de
organoclorados totales
mg/l
0,2
Residuos de petróleo
Ausencia
Sustancias activas al azul de
metileno
mg/l
0,5
Grasas y aceites
Sustancias solubles en
hexano
mg/l
0,3
Sólidos flotantes
visible
Tensoactivos
Relación hidrógeno, fósforo
orgánico
Ausencia
15:1
• Sustancias Tóxicas, aquellas establecidas en el Listado de Desechos Peligrosos y Normas
Técnicas aprobadas por la Autoridad Competente en el Reglamento para la Prevención y
Control de la Contaminación para Desechos Peligrosos.
Fuente: Tabla 10 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.
Agua para consumo humano
Se entiende por agua para consumo humano y uso doméstico aquella que se emplea en
actividades como:
a) Bebida y preparación de alimentos para consumo,
b) Satisfacción de necesidades domésticas, individuales o colectivas, tales como
higiene personal y limpieza de elementos, materiales o utensilios,
c) Fabricación o procesamiento de alimentos en general.
Límites máximos permisibles para aguas de consumo humano y uso doméstico, que
únicamente requieren tratamiento convencional:
Fuente: Tabla 1 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 119
Parámetros
Expresado como
Unidad
Límite máximo permisible
Sustancias solubles en hexano
mg/l
0.3
Zinc
Aluminio
Al
mg/l
0.2
*Productos para la desinfección
Amoniaco
N-Amoniacal
mg/l
1.0
Hidrocarburos Aromáticos
Aceites y Grasas
Amonio
Parámetros
Expresado como
Unidad
Límite máximo
Zn
mg/l
5.0
mg/l
0.1
NH4
mg/l
0.05
Benceno 10,0
µg/l
10.0
Arsénico (total)
As
mg/l
0.05
Benzo(a) pireno
µg/l
0.01
Bario
Ba
mg/l
1.0
Etilbenceno
µg/l
700
Cadmio
Cd
mg/l
0.01
Estireno
µg/l
100
Cianuro (total)
CN
mg/l
0.1
Tolueno
µg/l
1 000
Cloruro
Cl
mg/l
250
Xilenos (totales)
Cobre
Cu
mg/l
1.0
Pesticidas y herbicidas
Coliformes Totales
nmp/100 ml
3 000
Coliformes Fecales
nmp/100 ml
600
Organoclorados totales
unidades
de color
100
Organofosforados totales
Color
color real
Carbamatos totales
C6H6
µg/l
10 000
Concentración de carbamatos totales
mg/l
0.1
Concentración organoclorados
mg/l
0.01
Concentración de organofosforados
totales
mg/l
0.1
Compuestos fenólicos
Fenol
mg/l
0.002
Dibromocloropropano (DBCP)
Concentración total de DBCP
Cromo hexavalente
Cr+6
mg/l
0.05
Dibromoetileno (DBE)
Concentración total de DBE
µg/l
0.05
Demanda Bioquímica de
Oxígeno (5 días)
DBO5
mg/l
2.0
Dicloropropano (1,2)
Concentración total de dicloropropano
µg/l
5
Dureza
CaCO3
mg/l
500
Diquat
µg/l
70
Bifenilo policlorados/PCBs
µg/l
0.2
Concentración de PCBs totales
µg/l
0.0005
Glifosato
µg/l
200
Fluoruro (total)
F
mg/l
1.5
Toxafeno
µg/l
5
Hierro (total)
Fe
mg/l
1.0
Compuestos Halogenados
Manganeso (total)
Mn
mg/l
Materia flotante
Mercurio (total)
0.1
Ausencia
Tetracloruro de carbono
µg/l
3
Dicloroetano (1,2-)
µg/l
10
0.3
Hg
mg/l
0.001
Dicloroetileno (1,1-)
µg/l
Nitrato
N-Nitrato
mg/l
10.0
Dicloroetileno (1,2-cis)
µg/l
70
Nitrito
N-Nitrito
mg/l
1.0
Dicloroetileno (1,2-trans)
µg/l
100
Diclorometano
µg/l
50
Tetracloroetileno
µg/l
10
200
Olor y sabor
Oxígeno disuelto
Es permitido olor y sabor removible por tratamiento convencional
O.D.
mg/l
No menor al 80% del oxígeno de
saturación y no menor a 6mg/l
Plata (total)
Ag
mg/l
0.05
Tricloroetano (1,1,1-)
µg/l
Plomo (total)
Pb
mg/l
0.05
Tricloroetileno
µg/l
30
Potencial de hidrógeno
pH
6-9
Clorobenceno
µg/l
100
200
Selenio (total)
Se
mg/l
0.01
Diclorobenceno (1,2-)
µg/l
Sodio
Na
mg/l
200
Diclorobenceno (1,4-)
µg/l
5
mg/l
1 000
Hexaclorobenceno
µg/l
0.01
Sólidos disueltos totales
Sulfatos
SO4
Temperatura
Tensoactivos
Turbiedad
Sustancias activas al azul de
metileno
mg/l
400
Bromoximil
µg/l
5
°C
Condición Natural + o – 3 grados
Diclorometano
µg/l
50
mg/l
0.5
Tribrometano
µg/l
2
UTN
100
Nota: Productos para la desinfección: Cloroformo, Bromodiclorometano, Dibromoclorometano y Bromoformo.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 120
Límites máximos permisibles para aguas de consumo humano y uso doméstico que
únicamente requieran desinfección
Parámetros
Expresado como
Unidad
Límite máximo permisible
Sustancias solubles en hexano
mg/l
0,3
Al
mg/l
0,1
N-Amoniacal
mg/l
1,0
Arsénico (total)
As
mg/l
0,01
Bario
Ba
mg/l
1,0
Berilio
Be
mg/l
0,1
Boro (total)
B
mg/l
0,75
Cadmio
Cd
mg/l
0,001
Cianuro (total)
CN
mg/l
0,01
Cobalto
Co
mg/l
0,2
Cobre
Cu
mg/l
1,0
Color
color real
unidades de color
Aceites y Grasas
Aluminio total
Amoniaco
Coliformes Totales
nmp/100 ml
20
50*
Cloruros Cl- mg/l 250
Cl
mg/l
250,000
Compuestos fenólicos
Expresado como fenol
mg/l
0,002
Cr+6
mg/l
0,05
Demanda Bioquímica de Oxígeno (5 días)
DBO5
mg/l
2
Dureza
CaCO3
mg/l
500
Estaño
Sn
mg/l
2,0
Fluoruros
F
mg/l
Menor a 1,4
Hierro (total)
Fe
mg/l
0,3
Litio
Li
mg/l
2,5
Manganeso (total)
Mn
mg/l
0,1
mg/l
Ausencia
Cromo hexavalente
Materia Flotante
Mercurio (total)
Hg
mg/l
0,001
Níquel
Ni
mg/l
0,025
Nitrato
N-Nitrato
mg/l
10,0
Nitrito
N-Nitrito
mg/l
Olor y sabor
Oxígeno disuelto
1,0
Ausencia
O.D
mg/l
No menor al 80% del oxígeno de
saturación y no menor a 6 mg/l
Plata (total)
Ag
mg/l
0,05
Plomo (total)
Pb
mg/l
0,05
Potencial de Hidrógeno
pH
Selenio (total)
Se
mg/l
0,01
Sodio
Sulfatos
Na
mg/l
200
SO4
mg/l
250
Sólidos disueltos totales
Temperatura
Tensoactivos
6-9
Sustancias activas al azul de metileno
Turbiedad
Uranio Total
mg/l
500
°C
Condición Natural + o – 3 grados
mg/l
0,5
UTN
10,0
mg/l
0,02
Vanadio
V
mg/l
0,1
Zinc
Zn
mg/l
5,0
C6H6
mg/l
0,01
mg/l
0,00001
Concentración de organoclorados totales
mg/l
0,01
Concentración de organofosforados y
carbamatos totales.
mg/l
0,1
µg/l
0,01
Tetracloruro de carbono
mg/l
0,003
Dicloroetano (1,2-)
mg/l
0,01
Tricloroetano (1,1,1-)
mg/l
0,3
Hidrocarburos Aromáticos
Benceno
Benzo-a- pireno
Pesticidas y Herbicidas
Organoclorados totales
Organofosforados y carbamatos
Toxafeno
Compuestos Halogenados
Nota: *Cuando se observe que más del 40% de las bacterias coliformes representadas por el Índice NMP, pertenecen al
grupo coliforme fecal, se aplicará tratamiento convencional al agua a emplearse para el consumo humano y
doméstico.
Fuente: Tabla 2 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 121
Ley Orgánica de Salud: Calidad Agua
LIBRO SEGUNDO
Salud y seguridad ambiental
Disposición común
Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de
Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en
materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento
obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y
comunitarias.
El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a
proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto
ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva.
TITULO ÚNICO
CAPITULO I
Del agua para consumo humano
Art. 96.- Declárese de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo
humano.
Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de
agua potable de calidad, apta para el consumo humano.
Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las
frentes y cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para
consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en
riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria
nacional, en coordinación con otros organismos competentes, tomarán medidas para
prevenir, controlar, mitigar, remediar y sancionar la contaminación de las fuentes de
agua para consumo humano.
A fin de garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para consumo
humano, queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a quien
corresponde establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la protección
de la salud humana.
Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
CAPITULO VI: De la Prevención y Control de la Contaminación de las Aguas
Art. 16.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes
normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las
quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas
marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que
contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna y a
las propiedades.
Art. 17.- El Instituto Ecuatoriano de Recursos Hidráulicos (INERHI), en
coordinación con los Ministerios de Salud y Defensa, según el caso,
elaborarán los proyectos de Normas Técnicas y de las regulaciones para
autorizar las descargas de líquidos residuales, de acuerdo con la claridad de
agua que deba tener el cuerpo receptor.
Art. 18.- El Ministerio de Salud fijará el grado de tratamiento que deban
tener los residuos líquidos a descargar en el cuerpo receptor, cualquiera
sea su origen.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 122
Límites de descarga a un cuerpo de agua marina
Parámetros
Expresado como
Unidad
mg/l
0,3
As
mg/l
0,5
mg/l
No detectable
Aceites y Grasas
Arsénico total
Alkil mercurio
Límite máximo
permisible
Aluminio
Al
mg/l
5,0
Bario
Cadmio
Ba
Cd
mg/l
mg/l
5,0
0,2
Cianuro total
CN
mg/l
0,2
Cobre
Cu
mg/l
1,0
Co
mg/l
Cobalto
Coliformes Fecales
Color real
Cromo hexavalente
Compuestos fenólicos
Demanda Bioquímica
de Oxígeno (5 días)
Demanda Química de
Oxígeno
nmp/100 ml
0,5
9Remoción > al 99,9 %
Color real
unidades
de color
* Inapreciable en dilución:
1/20
Cr+6
mg/l
0,05
Expresado como fenol
mg/l
0,2
D.B.O5.
mg/l
100
D.Q.O.
mg/l
250
Fósforo Total
P
mg/l
10
Fluoruros F mg/l 5,0
F
mg/l
5,0
Hidrocarburos
Totales de Petróleo.
TPH
mg/l
20,0
Visibles
Hg
mg/l
mg/l
Ausencia
0,01
Níquel
Ni
mg/l
2,0
Nitrógeno Total
kjedahl
N
mg/l
40
Ag
mg/l
mg/l
0,1
Materia flotante
Mercurio total
Plata
Plomo Pb mg/l 0,5
Potencial de
hidrógeno
pH
Selenio Se mg/l 0,2
Se
mg/l
0,2
mg/l
100
S
mg/l
0,5
Concentración de
organoclorados totales
mg/l
0,05
Concentración de
organofosforados
totales
mg/l
0,1
Concentración de
carbamatos totales
mg/l
0,25
Sólidos Suspendidos
Totales
Sulfuros S mg/l 0,5
Organoclorados
totales
Organofosforados
totales
Carbamatos totales
6-9
Temperatura
oC
Tensoactivos
Sustancias activas al
azul de metileno
< 35
mg/l
0,5
Zinc
Zn
mg/l
10
La apreciación del color se estima sobre 10 cm de muestra diluida.
Aquellos regulados con descargas de coliformes fecales menores a 3 000 quedan exentos de tratamiento
Normas Técnicas para Playas Turísticas 123
Fuente: Tabla 13 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.
Factores indicativos de contaminación
Factor de
contaminación
(Concentración
presente/ valor de
fondo)
Grado de
perturbación
Denominación
< 1,5
0
Cero o perturbación
insignificante
1,5 – 3,0
1
Perturbación
evidente
3,0 – 10,0
2
Perturbación severa
> 10,0
3
Perturbación muy
severa
Fuente: Tabla 14 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.
Si la concentración presente es menor a tres veces que el valor de fondo, la Entidad
Ambiental de Control dará atención mediata a esta situación y deberá obligar al
regulado a que la concentración presente sea menor o igual a 1,5 que el valor de
fondo.
Aguas para la preservación de la flora y fauna
De acuerdo al Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana:
4.1.2.1 Se entiende por uso del agua para preservación de flora y fauna, su empleo en
actividades destinadas a mantener la vida natural de los ecosistemas asociados, sin
causar alteraciones en ellos, o para actividades que permitan la reproducción,
supervivencia, crecimiento, extracción y aprovechamiento de especies bioacuáticas en
cualquiera de sus formas, tal como en los casos de pesca y acuacultura.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 124
Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas
dulces, frías o cálidas, y en aguas marinas y de estuario
Parámetros
Expresados como
Clorofenoles
Unidad
mg/l
Límite máximo permisible
Agua marina y de
Agua fría dulce
Agua cálida dulce
estuario
0,5
0,5
0,5
Bifenilos
policlorados/PCBs
Concentración total
de PCBs
mg/l
0,001
0,001
0,001
Oxígeno Disuelto
O.D.
mg/l
No menor al 80% y
no menor a 6 mg/l
No menor al 60% y
no menor a 5 mg/l
No menor al 60% y
no menor a 5 mg/l
6, 5-9
6, 5-9
6, 5-9, 5
Potencial de hidrógeno
Sulfuro de hidrógeno
ionizado
Amoniaco
pH
H2S
mg/l
0,0002
0,0002
0,0002
0,4
NH3
mg/l
0,02
0,02
Aluminio
Al
mg/l
0,1
0,1
1,5
Arsénico
As
mg/l
0,05
0,05
0,05
Bario
Ba
mg/l
1
1
1
Berilio
Be
mg/l
0,1
0,1
1,5
Boro
B
mg/l
0,75
0,75
5
Cadmio
Cd
mg/l
0,001
0,001
0,005
Cianuro Libre
CN
Zn
mg/l
0,01
0,01
0,01
mg/l
0,18
0,18
0,17
Cloro residual
Cl
mg/l
0,01
0,01
0,01
Estaño
Sn
mg/l
Cobalto
Co
mg/l
0,2
0,2
0,2
Zinc
-
2
Plomo
Pb
mg/l
Cobre
Cu
mg/l
0,02
0,02
0,05
Cr
Expresado como
fenoles
Sustancias solubles
en hexano
mg/l
0,05
0,05
0,05
mg/l
0,001
0,001
0,001
mg/l
0,3
0,3
0,3
Cromo total
Fenoles monohídricos
Grasas y aceites
Hierro
0,01
Fe
mg/l
0,3
0,3
0,3
Hidrocarburos Totales de
Petróleo
TPH
mg/l
0,5
0,5
0,5
Hidrocarburos aromáticos
policíclicos (HAPs)
Concentración total
de HAPs
mg/l
0,0003
0,0003
0,0003
Mn
mg/l
Manganeso
Materia flotante
visible
0,1
0,1
0,1
Ausencia
Ausencia
Ausencia
Mercurio
Hg
mg/l
0,0002
0,0002
0,0001
Níquel
Ni
mg/l
0,025
0,025
0,1
Plaguicidas
organoclorados totales
Concentración de
organoclorados
totales
µg/l
10
10
10
Plaguicidas
organofosforados totales
Concentración de
organofosforados
totales
µg/l
10
10
10
Piretroides
Concentración de
piretroides totales
mg/l
0,05
0,05
0,05
Plata
Ag
mg/l
0,01
0,01
0,005
Selenio
Se
mg/l
0,01
0,01
0,01
Tensoactivos
Sustancias activas al
azul de metileno
mg/l
0,5
0,5
0,5
Temperatura
°C
Coliformes Fecales
nmp/100 ml
Condiciones
Condiciones
Condiciones
naturales + 3
Máxima 20
200
naturales + 3
Máxima 32
200
naturales + 3
Máxima 32
200
Fuente: Tabla 3 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 125
Manejo de desechos
Ley Orgánica de Salud: LIBRO SEGUNDO-Salud y seguridad ambiental
CAPITULO II
De los desechos comunes, infecciosos, especiales y de las
radiaciones ionizantes y no ionizantes
Art. 97.- La autoridad sanitaria nacional dictará las normas para el manejo de todo
tipo de desechos y residuos que afecten la salud humana; normas que serán de
cumplimiento obligatorio para las personas naturales y jurídicas.
Art. 98.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con las entidades públicas o
privadas, promoverá programas y campañas de información y educación para el
manejo de desechos y residuos.
Art. 99.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con los municipios del país,
emitirá los reglamentos, normas y procedimientos técnicos de cumplimiento
obligatorio para el manejo adecuado de los desechos infecciosos que generen los
establecimientos de servicios de salud, públicos o privados, ambulatorio o de
internación, veterinaria y estética.
Art. 100.- La recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos es
responsabilidad de los municipios que la realizarán de acuerdo con las leyes,
reglamentos y ordenanzas que se dicten para el efecto, con observancia de las normas
de bioseguridad y control determinadas por la autoridad sanitaria nacional. El Estado
entregará los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este
artículo.
Art. 101.- Las viviendas, establecimientos educativos, de salud y edificaciones en
general, deben contar con sistemas sanitarios adecuados de disposición de excretas y
evacuación de aguas servidas.
Los establecimientos educativos, públicos y privados, tendrán el número de baterías
sanitarias que se disponga en la respectiva norma reglamentaria.
El Estado entregará a los establecimientos públicos los recursos necesarios para el
cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.
Art. 102.- Es responsabilidad del Estado, a través de los municipios del país y en
coordinación con las respectivas instituciones públicas, dotar a la población de
sistemas de alcantarillado sanitario, pluvial y otros de disposición de excretas y aguas
servidas que no afecten a la salud individual, colectiva y al ambiente; así como de
sistemas de tratamiento de aguas servidas.
Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas
servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el
reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y
otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades
agropecuarias.
Los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud, deben ser
tratados técnicamente previo a su eliminación y el depósito final se realizará en los
sitios especiales establecidos para el efecto por los municipios del país.
Para la eliminación de desechos domésticos se cumplirán las disposiciones establecidas
para el efecto.
Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de
hacer cumplir estas disposiciones.
Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la
obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos
tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades.
Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de
hacer cumplir esta disposición.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 126
Art. 105.- Las personas naturales o jurídicas propietarias de instalaciones o
edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares,
utilizarán las redes de alcantarillado para eliminar las aguas servidas y residuales
producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente
requieran eliminarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para
el efecto con estudios de impacto ambiental; así como utilizar emisarios submarinos
que cumplan con las normas sanitarias y ambientales correspondientes.
Art. 106.- Los terrenos por donde pasen o deban pasar redes de alcantarillado,
acueductos o tuberías, se constituirán obligatoriamente en predios sirvientes, de
acuerdo a lo establecido por la ley.
Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de
hacer cumplir esta disposición.
Art. 107.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con otros organismos
competentes, dictará las normas para el manejo, transporte, tratamiento y
disposición final de los desechos especiales. Los desechos radioactivos serán tratados
de acuerdo con las normas dictadas por el organismo competente en la materia o
aceptadas mediante convenios internacionales.
Art. 108.- Corresponde a la autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la
Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica y más organismos competentes, vigilar el
cumplimiento de las normas establecidas en materia de radiaciones ionizantes y no
ionizantes.
Art. 109.- Ninguna persona será sometida o expuesta a radiaciones ionizantes y no
ionizantes más allá de las dosis o límites permisibles, conforme a las normas
pertinentes.
Los equipos diagnósticos y terapéuticos que utilicen radiaciones ionizantes y no
ionizantes se instalarán en edificaciones técnicamente apropiadas y que cumplan con
requisitos sanitarios y de seguridad, establecidos por la autoridad sanitaria nacional y
la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica; estarán sujetos a mantenimientos
rigurosos y periódicos, debiendo contar con los certificados de control de calidad.
Art. 110.- Los importadores de artículos y dispositivos electrónicos que emiten
radiaciones no ionizantes, deberán asegurarse que los mismos cumplan con las normas
sanitarias vigentes, no estén prohibidos en su país de origen o en otros países; y,
lleven la rotulación de precauciones e indicaciones claras sobre su uso.
CAPITULO III
Calidad del aire y de la contaminación acústica
Art. 111.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la autoridad ambiental
nacional y otros organismos competentes, dictará las normas técnicas para prevenir y
controlar todo tipo de emanaciones que afecten a los sistemas respiratorio, auditivo y
visual. Todas las personas naturales y jurídicas deberán cumplir en forma obligatoria
dichas normas.
Art. 112.- Los municipios desarrollarán programas y actividades de monitoreo de la
calidad del aire, para prevenir su contaminación por emisiones provenientes de
fuentes fijas, móviles y de fenómenos naturales. Los resultados del monitoreo serán
reportados periódicamente a las autoridades competentes a fin de implementar
sistemas de información y prevención dirigidos a la comunidad.
Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de
diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben
cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y
control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 127
Ley Orgánica de Régimen Municipal: recolección de desechos
Parágrafo 3o.
Servicios Públicos
Art. 148.- En materia de servicios públicos a la administración municipal le compete:
c) Proveer de agua potable y alcantarillado a las poblaciones del cantón,
reglamentar su uso y disponer lo necesario para asegurar el abastecimiento y la
distribución de agua de calidad adecuada y en cantidad suficiente para el consumo
público y el de los particulares;
g) Establecer los demás servicios públicos locales a cargo de la municipalidad y en
especial los de aseo público, recolección y tratamiento de basuras, residuos y
desperdicios, mataderos, plazas de mercado, cementerios, servicios funerarios, y
organizar el servicio contra incendios donde no estuviere a cargo de instituciones
especializadas.
Parágrafo 4o.
Higiene y Asistencia Social
Art. 149.- En materia de higiene y asistencia social, la administración municipal
coordinará su acción con la autoridad de salud, de acuerdo con lo dispuesto en el
Título XIV del Código de la materia; y, al efecto, le compete:
a) Cuidar de la higiene y salubridad del cantón;
b) Reglamentar todo lo relativo al manipuleo de alimentos, inspección de
mercados, almacenes, mataderos, carnicerías, panaderías, bares, restaurantes,
hoteles, pensiones y, en general, los locales donde se fabriquen, guarden o
expendan comestibles o bebidas de cualquier naturaleza y velar porque en ellos se
cumplan los preceptos sanitarios;
c) Vigilar desde el punto de vista de la higiene que los acueductos, alcantarillas,
piscinas, baños públicos, servicios higiénicos, depósitos de basura, solares no
edificados, canales, pozos, bebederos y toda otra instalación sanitaria reúnan los
requisitos señalados por las disposiciones sanitarias de la autoridad de salud;
d) Controlar que todos los edificios públicos y privados, los sitios destinados a
espectáculos públicos; y, en general los lugares de reunión o de convivencia
reúnan y mantengan constantemente condiciones higiénicas;
e) Inspeccionar todos los establecimientos públicos y tomar las medidas necesarias
para que en ellos se cumplan las exigencias de la higiene;
f) Instalar servicios higiénicos, baños, piscinas y lavanderías para uso público;
i) Determinar las condiciones en que se han de mantener los animales domésticos
e impedir su vagancia en las calles y demás lugares públicos;
j) Velar por el fiel cumplimiento de las normas legales sobre saneamiento
ambiental y especialmente de las que tienen relación con ruidos, olores
desagradables, humo, gases tóxicos, polvo atmosférico, emanaciones y demás
factores que pueden afectar la salud y bienestar de la población;
Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos
Sólidos no Peligrosos
Anexo 6: Texto Unificado de Legislación Ambiental Libro VI: De la calidad Ambiental
(R. O. Supl. 31 de marzo de 2.003):
Por Analogía: 4.1.2. Los vendedores ambulantes o asociaciones que los
agrupan deberán mantener limpia la vía pública que ocupen para realizar sus
actividades y tener su propio sistema de almacenamiento de desechos sólidos,
el cual debe ser aprobado por la entidad de aseo, así como la coordinación de
su recolección.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 128
Seguridad, Servicios, Comercio y Comunicación e Información
Por Analogía: Reglamento de Piscinas: R. O. 25 de enero de 1.975, Art. 33:
Obligación de tener Botiquín de Primeros Auxilios y Salvavidas.
Art. 33.- Es de responsabilidad de los administradores de las piscinas, realizar las
actividades necesarias para prevenir los riesgos o disminuir los daños una vez
presentados; y, para lo cual deberán disponer y controlar que se cumpla con lo
siguiente:
a) Mantener en estado permanente de limpieza y aseo las piscinas y sus
instalaciones.
b) Supervisar permanentemente al personal encargado del mantenimiento de la
piscina y sus instalaciones y del control de calidad y renovación del agua tanto
en el abastecimiento como en la piscina.
c) Adiestrar al personal en aspectos relacionados con detección de procesos
infecciosos de la piel y órganos de los sentidos.
d) Adiestrar al salvavidas en aspecto de salvamento, rescate de ahogados y
prestación de primeros auxilios. La persona que realice funciones de
salvavidas, deberá estar debidamente registrado en la Jefatura Provincial de
Salud.
e) Mantener actualizado el botiquín, equipo e instrumental de primeros
auxilios, de acuerdo con la norma.
f) Vigilar que se encuentre accesible y en condiciones de uso, el equipo de
salvamento establecido en la norma.
g) Controlar que el personal encargado de la prevención de riesgos permanezca
durante el horario de funcionamiento.
h) Vigilar que todos los avisos e instructivos para el público, estén visibles y
correctamente colocados.
Código de Policía Marítima
Art. 95.- Los establecimientos particulares situados a orillas del mar, ríos o esteros,
que tengan servicios de baño para el público, tendrán durante las horas de tales
servicios, además de las cuerdas y otros materiales tendidos en los lugares
adecuados, por lo menos, un bote con boyas o salvavidas, lista para prestar
auxilio a los bañistas. El capitán de puerto sancionará el incumplimiento de esta
disposición, según el Art. 370.
Art. 96.- Es prohibido entrar con vehículos o bañar animales en las playas y zonas
de bahía destinados para balnearios, sean estos públicos o particulares. El capitán
de puerto fijará los límites de tal prohibición.
Leyes y reglamentos relacionados a la no discriminación de discapacitados
Convención para la Eliminación de la Discriminación de los Discapacitados, Art. 3
c) y d).
Art. 3.- Para lograr los objetivos de esta Convención, los Estados parte se
comprometen a:
c) Medidas para eliminar, en la medida de lo posible, los obstáculos
arquitectónicos, de transporte y comunicaciones que existan, con la finalidad de
facilitar el acceso y uso para las personas con discapacidad; y,
Normas Técnicas para Playas Turísticas 129
d) Medidas para asegurar que las personas encargadas de aplicar la presente
convención y la legislación interna sobre esta materia, estén capacitados para
hacerlo.
Ley sobre las Discapacidades: Art. 19 a)
Art. 19.- Sin perjuicio de los derechos establecidos en la Constitución, en las leyes y
en convenios internacionales, el Estado reconocerá y garantizará a las personas con
discapacidad los siguientes:
a) Accesibilidad.- Se garantiza a las personas con discapacidad la accesibilidad y
utilización de bienes y servicios de la sociedad, evitando y suprimiendo barreras
que impidan o dificulten su normal desenvolvimiento e integración social. En
toda obra pública que se destine a actividades que supongan el acceso de
público, deberán preverse accesos, medios de circulación, información e
instalaciones adecuadas para personas con discapacidad. La misma previsión
deberá efectuarse en los edificios destinados a empresas privadas de servicio
público, en los que exhiban espectáculos públicos y en las unidades sociales y
recreativas para uso comunitario, que en adelante se construyan, reformen o
modifiquen.
Los municipios, con asesoría del Consejo Nacional de Discapacidades y el
Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN), dictarán las ordenanzas
respectivas que permitan el cumplimiento de este derecho; las que establecerán
sanciones y multas por la inobservancia de estas normas. Adicionalmente, los
municipios establecerán un porcentaje en sus presupuestos anuales para eliminar
las barreras existentes;
Reglamento a la Ley General sobre las Discapacidades: Art. 10
Art. 10.- MINISTERIO DE TURISMO: Le corresponde:
1. Establecer disposiciones para que los lugares de interés turístico y hoteles,
hosterías, residenciales, restaurantes y sitios de recreación, observen las
normativas para la accesibilidad de las personas con discapacidad al medio
físico, transporte e información.
2. Promover el turismo para personas con discapacidad nacionales y extranjeros
en condiciones preferenciales.
3. Deben capacitar a su personal y garantizarán la capacitación de todos los
operadores turísticos y personal de las instalaciones, el manejo y atención de las
personas con discapacidad.
4. Obligatoriamente deberá publicar informativos de todos los lugares que son
accesibles para las personas con discapacidad.
Banderas de advertencia en la playa
* Documento digital: ver archivo de PDF adjunto “Banderas de advertencia en la
playa”
Normas Técnicas para Playas Turísticas 130
Niveles máximos de ruido permisibles según uso del suelo
TIPO DE ZONA SEGÚN
USO DE SUELO
NIVEL DE PRESIÓN SONORA
EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)]
DE 06H00 A 20H00
DE 20H00 A 06H00
Zona hospitalaria y
educativa
45
35
Zona Residencial
50
40
Zona Residencial mixta
55
45
Zona Comercial
60
50
Zona Comercial mixta
65
55
Zona Industrial
70
65
Fuente: Tabla 1 del Anexo 5 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.
Zona Hospitalaria y Educativa.- Son aquellas en que los seres humanos requieren de
particulares condiciones de serenidad y tranquilidad, a cualquier hora en un día.
Zona Residencial.- Aquella cuyos usos de suelo permitidos, de acuerdo a los
instrumentos de planificación territorial, corresponden a residencial, en que los seres
humanos requieren descanso o dormir, en que la tranquilidad y serenidad son
esenciales.
Zona Comercial.- Aquella cuyos usos de suelo permitidos son de tipo comercial, es
decir, áreas en que los seres humanos requieren conversar, y tal conversación es
esencial en el propósito del uso de suelo.
Zona Industrial.- Aquella cuyos usos de suelo es eminentemente industrial, en que se
requiere la protección del ser humano contra daños o pérdida de la audición, pero en
que la necesidad de conversación es limitada.
Zonas Mixtas.- Aquellas en que coexisten varios de los usos de suelo definidos
anteriormente. Zona residencial mixta comprende mayoritariamente uso residencial,
pero en que se presentan actividades comerciales. Zona mixta comercial comprende
un uso de suelo predominantemente comercial, pero en que se puede verificar la
presencia, limitada, de fábricas o talleres. Zona mixta industrial se refiere a una zona
con uso de suelo industrial predominante, pero en que es posible encontrar sea
residencias o actividades comerciales.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 131
Flora y Fauna
Lista de especies en veda y protegidas en Ecuador
En los siguientes cuadros se presentan especies que están en veda temporal o veda
permanente de acuerdo con las leyes ecuatorianas e internacionales. La definición de
veda es: Prohibición de extracción, tenencia, procesamiento, transporte y
comercialización de alguna especie determinada.
Nombre
Común
Nombre
Científico
Veda
Fotos
www.broodstock.com/
CAMARON
MARINO
Litopenaeus
spp
A
determinarse
www2.musc.edu/PHARM/shrimp.html
LARVAS
SILVESTRE
DE
CAMARON
Litopenaeus
spp
Veda
permanente
indefinida
www.amtra.de/mf0803_D.html
CANGREJO
ROJO y
AZUL
Ucides
occidentalis,
Ortman (rojo)
Cardisoma
crassum Smith
(azul)
Desde 15 de
enero a 15 de
febrero de
cada año.
Meses de
agosto y
septiembre de
cada año.
www.bioresurs.uu.se/myller/hav/hav_bild/cardisoma_
crassum.jpg
http://www.ciad.mx/catalogo/mysticetus.htm
CHUHUECO
Centegraulis
mysticetus
Desde 1 de
enero a 31 de
junio de cada
año.
http://diver.net/cocos/2005.12.28/
LANGOSTA
Espinosa
Verde
Panulirus
gracilis
Desde 16 de
enero a 16 de
junio de cada
año.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 132
Nombre
Común
Nombre
Científico
Veda
Fotos
http://diver.net/cocos/2005.12.28/
LANGOSTA
Espinosa
Roja
Panulirus
penicillatus
Desde 16 de
enero a 16 de
junio de cada
año.
http://www.manandmollusc.net/peru_files/tuber.jpg
MOLUSCOS
BIVALVOS
(Concha
prieta)
Anadara
tuberculosa y
Anadara
similis
Desde 15 de
febrero a 31
de marzo de
cada año.
www.fao.org/docrep/007/y5501e/y5501e14.htm
PEPINO DE
MAR
Isostichopus
fuscus
Veda
permanente
indefinida
Opisthonema
libertate
Desde el 1 al
31 de Marzo
Desde el 1 al
30 de
Septiembre
www.fao.org Copyright Michel Lamboeuf
PESCADO
PINCHAGÜA
y/o
SARDINA
www.fao.org Copyright Michel Lamboeuf
PINCHAGUA
Opisthonema
spp.
De marzo a
septiembre de
cada año.
www.fishonline.org/advice/avoid/?item=33
ATÚN
DORADO
Thunnus spp.
Del 1 de
agosto al 11 de
septiembre
Coryphaena
hippurus
Veda
permanente
de peces
menores a
80cm. de
longitud total.
members.jcom.home.ne.jp/0512438801/siira.htm
Normas Técnicas para Playas Turísticas 133
Nombre
Común
Nombre
Científico
Tortuga
caguama,
cabezuda
Caretta
Tortuga
blanca,
verde o
prieta
Chelonia
mydas o
agassizii
Tortuga
laúd,
gigante, de
cuero
Dermochelys
coriacea
Tortuga
carey
Eretmochelys
imbricada
Tortuga
lora
Lepidochelys
kempii
Tortuga
golfina
Ballenas
Veda
Fotos
www.eco-bahia.org/.../tortugas_especies.htm
PERMANENTE:
Se prohíbe la
captura,
procesamiento y
comercialización
interna y externa
de todas las
especies de
tortugas
marinas.
www.tartanet.it
Lepidochelys
olivacea
Familias:
PERMANENTE:
Balaenidae
Se prohíbe toda
Balaenopteridae
actividad que
Eschrichtiidae
atente contra la
Neobalaenidae
vida de estos
mamíferos
(Todas las
marinos.
especies)
www.yaridanjo.warmkessel.com/.../evolucion.j
pg
Fuentes:
1. Acuerdo ministerial 212, registro oficial 581 de 12 de diciembre de 1990.
2. PROTECCION POR EL ESTADO DE ESPECIES ANIMALES, BALLENAS. Acuerdo
Ministerial 196, Registro Oficial 458 de 14 de Junio de 1990.
3. RATIFICACIÓN DE LA CONVENCION INTERAMERICANA DE PROTECCION Y
CONSERVACION DE TORTUGAS. Codificación 1269, Registro Oficial Suplemento
153 de 25 de Noviembre del 2005.
4. Resolución C-04-09 sobre la Conservación de los Atunes en el Océano Pacífico
oriental en 2004-2006.
5. VEDA DE PESCA DE CHUHUECO Y PINCHAGUA. Acuerdo Ministerial 183, Registro
Oficial 475 de 17 de Diciembre del 2001.
6. VEDA DEL DORADO: Acuerdo Ministerial Nº31 Subsecretaría de Recursos
Pesqueros, 8 de octubre de 2.004.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 134
Lista de especies de aves amenazadas o en peligro de extinción en el Ecuador
Las especies de aves amenazadas de extinción en el Ecuador, están prohibidos de ser
objeto de cacería (De acuerdo al Art. 119 del TEXTO UNIFICADO LEGISLACION
SECUNDARIA, MEDIO AMBIENTE Libro IV “De la Biodiversidad”).
ORDEN
FAMILIA
NOMBRE
CIENTÍFICO
NOMBRE
COMÚN
CATEGORÍA
PODICIPEDIFORMES
Podicipedidae
Podiceps
occipitalis
Zambullidor
plateado
Vulnerable
SPHENISCIFORMES
Spheniscidae
Spheniscus
mendiculus
Pingüino de
Galápagos
En peligro
PELECANIFORMES
Phalacrocoracidae
Nannopterum
harrissi
Cormorán no
volador
En peligro
crítico
PROCELLARIFORMES
Diomedeidae
Diomedea irrorata
Albatros de
Galápagos
En peligro
PHOENICOPTERIFORMES
Phoenicopteridae
Phoenicopterus
ruber
Flamenco
americano
En peligro
Anhimidae
Anhima cornuta
Gritador
unicornio
En peligro
Anas cyanoptera
Cerceta
colorada
Extinto (?)
Netta
erythrophthalma
Porrón sureño
En peligro
crítico
Sarkidiornis
melanotos
Pato crestudo
En peligro
Cairina moschata
Pato real
Vulnerable
Threskiornithidae
Theristicus
melanopis
Bandurria
carinegra
En peligro
Cathartidae
Vultur gryphus
Cóndor andino
En peligro
Rosthramus
sociabilis
Elanio
caracolero
Vulnerable
Buteo
galapagoensis
Gavilán de
Galápagos
En peligro
Leucopternis
occidentales
Gavilán
dorsigris
En peligro
Leucopternus
semiplumbea
Gavilán
semiplomizo
Vulnerable
Harpyhaliaetus
solitarius
Aguila solitaria
Vulnerable
Morphnus
guianensis
Aguila
crestada
Vulnerable
Harpia harpyja
Aguila harpía
En peligro
Micrastur
plumbeus
Halcón montés
plomizo
En peligro
Falco deiroleucus
Halcón
pechinaranja
Vulnerable
ANSERIFORMES
Anatidae
CICONIFORMES
Accipitridae
FALCONIFORMES
Falconidae
Normas Técnicas para Playas Turísticas 135
ORDEN
NOMBRE
CIENTIFICO
NOMBRE
COMÚN
CATEGORIA
Ortalis
erythroptera
Chachalaca
cabecirrufa
Vulnerable
Penelope barbata
Pava barbada
En peligro
Penelope ortom
Pava
bronceada
En peligro
Penelope
purpurascens
Pava crestada
En peligro
Aburria aburri
Pava
carunculada
Vulnerable
Mitu salvini
Pavón de
Salvin
Vulnerable
Crax rubra
Pavón grande
En Peligro
crítico
Crax globulosa
Pavón
carunculado
En Peligro
crítico
Rhynchortyx
cinctus
Codorniz
carirrufa
Vulnerable
Rallus longirostris
Rascón
picolargo
Vulnerable
Aramides wolfi
Rascón montés
moreno
En peligro
Laterallus
spilonotus
Polluela de
Galápagos
Vulnerable
Burhinidae
Burhinus
superciliaris
Alcaraván
peruano
Vulnerable
Thinocoridae
Thinocorus
rumicivorus
Agachona
chica
Extinto (?)
Charadrius
melodus
Chorlo silbador
Vulnerable
Oreopholus
ruficollis
Chorlo
cabezón
Extinto (?)
Lariidae
Larus fuliginosus
Gaviota de
lava
En peligro
Columbidae
Zenaida
galapagoensis
Tórtola de
Galápagos
Vulnerable
Ara militaris
Guacamayo
militar
En peligro
Ara ambigua
Guacamayo
verde mayor
En peligro
Ara chloroptera
Guacamayo
aliverde
En peligro
Aratinga wagleri
Perico
frentiescarlata
Vulnerable
Aratinga
erythrogenys
Perico
caretirrojo
Vulnerable
FAMILIA
Cracidae
GALLIFORMES
Odontophoridae
GRUIFORMES
Rallidae
CHARADRIFORMES
Charadriidae
COLUMBIFORMES
PSITTACIFORMES
Psittacidae
Normas Técnicas para Playas Turísticas 136
ORDEN
PSITTACIFORMES
CUCULIFORMES
APODIFORMES
NOMBRE
CIENTÍFICO
NOMBRE
COMÚN
CATEGORÍA
Ognorhynchus
icterotis
Loro
orejiamarillo
En peligro
crítico
Leptositaca
branickii
Perico
cachetidorado
Vulnerable
Pyrrhura orcesi
Perico de
Orcés
En peligro
Pyrrhura
albipectus
Perico
pechiblanco
Vulnerable
Brotogeris
pyrrhopterus
Perico
cachetigris
Vulnerable
Touit stictoptera
Periquito
alipunteado
Vulnerable
Hapalopsittaca
amazonia
Loro
carirrojizo
En peligro
Hapalopsittaca
pyrrhops
Loro carirrojo
En peligro
Amazona
autumnalis
Amazona
frentirroja
Vulnerable
Neomorphus
radiolosus
Cucohormiguero
franjeado
En peligro
Eriocnemis
nigrivestis
Zamarrito
pechinegro
En peligro
crítico
Eriocnemis godini
Zamarrito
gorjiturquesa
En peligro
Crítico
Acestrura bombus
Estrellita chica
Vulnerable
Acestrura
berlepschi
Estrellita
esmeraldeña
En peligro
Capitonidae
Capito quinticolor
Barbudo cinco
colores
Vulnerable
Ramphastidae
Andigena
laminirostris
Tucán andino
piquilaminado
Vulnerable
FAMILIA
Psittacidae
Cuculidae
Trochilidae
PICIFORMES
Synallaxis tithys
PASSERIFORMES
Furnariidae
Colaespina
cabecinegruzca
Vulnerable
Synallaxis cherriei
Colaespina
golicastaña
Vulnerable
Xenerpestes
minlosi
Colagrís
alibandeado
Vulnerable
Margaroniis
stellatus
pechiestrellado
Pseudocolaptes
johnsoni
Limpiafronda
cuellirrufa
En peligro
Hylocryptus
erythrocephalus
Rascahojas
capuchirrufa
Vulnerable
Subepalo
Vulnerable
Normas Técnicas para Playas Turísticas 137
ORDEN
NOMBRE
CIENTÍFICO
NOMBRE
COMÚN
CATEGORÍA
Dysithamnus
occidentalis
Batarito
bicolor
Vulnerable
Myrneciza
grisciceps
Hormiguero
cabecigris
En peligro
Psittasoma
rufopileatum
Pitasoma
coronirrufa
Vulnerable
Grallaria gigantea
Gralaria
gigante
Vulnerable
Hemitriccus
cinnamomeipectus
Tirano - todi
pechicanelo
Vulnerable
Onycorhynchus
occidentalis
Mosquero real
occidental
En peligro
Agriornis andicola
Arriero
coliblanco
En peligro
Attila torridus
Atila ocráceo
Vulnerable
Pachyramphus
spodiurus
Cabezón
pizarroso
Vulnerable
Doliorns remseni
Cotinga
ventricastaña
Vulnerable
Pyroderus scutatus
Cuervo higuero
golirrojo
En peligro
crítico
Cephalopterus
penduliger
Pájaro
paraguas
longipéndulo
En peligro
Pipridae
Cheloropipo
Flavicapilla
Saltarín
cabeciamarillo
Vulnerable
Mimidae
Nesomimus
trifasciatus
Cucube de
Floreana
En peligro
crítico
Dacnis berlepschi
Dacnis
pechiescarlata
En peligro
Xenodacnis parina
Xenodacnis
En peligro
Tangara johannae
Tangara
bigotiazul
Vulnerable
Iridosornis
porphyrocephala
Tangara
dorsipurpurina
Buthraupis
wetmorei
Tangara
montana
enmascarada
Vulnerable
Atlapetes
pallidiceps
Matorralero
cabecipálido
En peligro
crítico
Oreothraupis
arremonops
Pinzón tangara
Vulnerable
Ammodramus
savannarum
Sabanero
saltamontes
Extinto (?)
FAMILIA
Thamnophilidae
Formicariida
Tyrannidae
Cotingidae
PASSERIFORMES
Thraupidae
Thraupidae
Emberizidae
Vulnerable
Normas Técnicas para Playas Turísticas 138
ORDEN
FAMILIA
Emberizidae
PASSERIFORMES
Fringillidae
NOMBRE
CIENTÍFICO
NOMBRE
COMÚN
CATEGORÍA
Camarhynchus
pauper
Pinzón arbóreo
mediano
En peligro
crítico
Camarhynchus
psittacula
Pinzón arbóreo
grande
Vulnerable
Camarhynchus
heliobates
Pinzón
manglero
En peligro
crítico
Carduelis
siemiradzkii
Jilguero
azafranado
Vulnerable
Lista de especies de mamíferos amenazadas o en peligro de extinción en el
Ecuador
Las especies de mamíferos amenazadas de extinción en el Ecuador, están prohibidos
de ser objeto de cacería (De acuerdo al Art. 119 del TEXTO UNIFICADO LEGISLACION
SECUNDARIA, MEDIO AMBIENTE Libro IV “De la Biodiversidad”).
ORDEN
FAMILIA
NOMBRE
CIENTIFICO
NOMBRE
COMÚN
CATEGORIA
DIDELPHIMORPHIA
Didelphidae
Glironia venusta
Raposa de cola
puyuda
Vulnerable
Dasypodidae
Priodontes
maximus
Armadillo gigante
Vulnerable
Myrmecophagidae
Myrmecophaga
tridactyla
Oso banderón
Vulnerable
Emballonuridae
Balantiopteryx
infusca
Murciélago con
saco alar
En peligro
Phyliostomidae
Choeroniscus
periosus
Murciélago de
hocico alargado
Vulnerable
Furipteridae
Amorphochilus
schnablii
Murciélago orejas
de embudo
Vulnerable
Molossidae
Molossops
aequatorianus
Murciélago cola
de ratón
Mono nocturno o
tutamono
Mono araña o
maquizapa
Mono negro o
bracilargo
XENARTHRA
CHIROPTERA
Aotus lemurinus
Ateles belzebuth
PRIMATES
Cebidae
Ateles fusciceps
En peligro
Vulnerable
Vulnerable
En peligro
Cebus apeli
Machín negro
Vulnerable
Cebus capucinus
Capuchino o mico
Vulnerable
Pithecia
aequatorialis
Parauaco
Vulnerable
Canidae
Spheotos
venaticus
Guanfando
Vulnerable
Felidae
Leopardus
tigrinus
Tigrillo chico
Vulnerable
CARNIVORA
Normas Técnicas para Playas Turísticas 139
NOMBRE
CIENTIFICO
NOMBRE
COMÚN
CATEGORIA
Oncifelis colocolo
Gato pajero
Vulnerable
Panthera onca
Jaguar o tigre
Vulnerable
Puma concolor
Puma
Vulnerable
Lontra
longicaudis
Nutria o lobo de
agua
Vulnerable
Pteronura
brasiliensis
Nutria gigante
En peligro
crítico
Otariidae
Arctocephalus
galapagoensis
Lobo marino de
dos pelos
Vulnerable
Ursidae
Tremarctos
ornatus
Oso de anteojos
Vulnerable
Balaenoptera
musculus
Ballena azul
En peligro
Magaptera
novaeangliae
Ballena jorobada
Vulnerable
Sotalia fluviatilis
Delfin de río
Vulnerable
Physeteridae
Physeter catodon
Cachalote
Vulnerable
Platanistidae
Inia geoffrensis
Delfín rosado
En peligro
SIRENIA
Trichechidae
Trichechus
inunguis
Manatí
En peligro
crítico
PERISSODACTYLA
Tapiridae
Tapirus bairdii
Danta de la Costa
Extinto (?)
PERISSODACTYLA
Tapiridae
Tapirus
pinchaque
Danta de monte o
gran bestia
Vulnerable
ARTIODACTYLA
Cervidae
Pudu
mephistophiles
Ciervo enano
Vulnerable
Ratón espinoso
chico
Vulnerable
Ratón
Extinto (?)
Nesoryzomys
fernandinae
Ratón
En peligro
crítico
Nesoryzomys
indefessus
Ratón
En peligro
crítico
Nesoryzomys
swarthi
Ratón
Extinto (?)
Oryzomys
galapagoensia
Ratón
En peligro
crítico
Scolomys
melanops
Ratón espinoso
chico
Vulnerable
Dinomys branickii
Pacarana
Vulnerable
ORDEN
FAMILIA
Felidae
CARNIVORA
Mustelidae
Balaenopteridae
CETACEA
Neacomnys
tenuipes
Nesoryzomys
darwini
RODENTIA
Muridae
Dinomyidae
Fuente: TEXTO UNIFICADO LEGISLACION SECUNDARIA, MEDIO AMBIENTE, LIBRO IV, DE
LA BIODIVERSIDAD, ANEXO 1, Publicado en el Decreto Ejecutivo 3516, Registro Oficial
Suplemento 2 de 31 de Marzo del 2003.
Se recomienda mucho facilitar a las playas participantes el libro “Catálogo de fauna
silvestre más comercializada en Ecuador” de A. Mora y A. Sancho. Editorial TRAFFIC –
América del Sur.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 140
5.8 Glosario
ACTIVIDAD INDUSTRIAL.- Toda actividad de elaboración o fabricación de un producto a
base de la transformación de materia prima. Se incluye a la pequeña industria.
ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL.- Es la organización que establece un Estado para llevar a
cabo la gestión ambiental. Comprende la estructura y funcionamiento de las
instituciones para orientar y ejecutar los procesos, la determinación de
procedimientos y la operación de las acciones derivadas.
AGUAS RESIDUALES.- Son líquidos de composición variada provenientes de fuentes fijas
que por tal motivo han sufrido degradación en su calidad original.
ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS.- Son áreas de propiedad pública o privada, de
relevancia ecológica, social, histórica, cultural y escénica, establecidas en el país de
acuerdo con la ley, con el fin de impedir su destrucción y procurar el estudio y
conservación de especies de plantas o animales, paisajes naturales y ecosistemas.
ARTESANAL.- Establecimiento utilizado por un artesano legalmente calificado, para la
transformación de materia prima con predominio de labor manual.
BIODIVERSIDAD.- Especies que integran la diversidad biológica del país, esto es, los
organismos vivos de cualquier fuente, los ecosistemas terrestres y marinos, los
ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte. (LEY QUE
PROTEGE LA BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR, Codificación 21, Registro Oficial
Suplemento 418 de 10 de Septiembre del 2004.)
CLASIFICACIÓN DE DESECHOS.- Separación de los desechos según su composición y
características para su posterior reuso o para su reciclaje.
CONSERVACIÓN.- Es la administración de la biosfera de forma tal que asegure su
aprovechamiento sustentable.
CONTAMINACIÓN.- Es la presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o
combinación de ellas, en concentraciones y permanencia superiores o inferiores a las
establecidas en la legislación vigente.
CONTAMINANTE: Sustancia orgánica o inorgánica que altera y deteriora la calidad de
los elementos aire, agua o suelo.
DAÑO AMBIENTAL.- Es toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo
significativo de la condiciones preexistentes en el medio ambiente o uno de sus
componentes. Afecta al funcionamiento del ecosistema o a la renovabilidad de sus
recursos.
DAÑOS SOCIALES.- Son los ocasionados a la salud humana, al paisaje, al sosiego
público y a los bienes públicos o privados, directamente afectados por actividad
contaminante.
DESARROLLO SOSTENIBLE.- Es el mejoramiento de la calidad de la vida humana dentro
de la capacidad de carga de los ecosistemas; implica la satisfacción de las necesidades
actuales sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las futuras
generaciones.
DESCARGA.- Emisión proveniente de una fuente fija de contaminación del aire a través
de un ducto o chimenea, o en forma dispersa.
DESECHOS PELIGROSOS.- Es todo aquel desecho, que por sus características
corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas,
infecciosas, irritantes, de patogenicidad, carcinogénicas representan un peligro para
los seres vivos, el equilibrio ecológico o el ambiente.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 141
DESECHOS LIQUIDOS PELIGROSOS.- Son los que están contaminados por sustancias y
materiales con características inflamables, corrosivas, reactivas, oxidantes,
cancerígenas, mutagénicas, teratogénicas, tóxicas o ecotóxicas, en concentraciones
superiores a las permitidas por la ley. Se hallan previstos en el anexo del Instructivo
general de aplicación de esta ordenanza.
DESECHOS RIESGOSOS.- Son aquellos que pueden lastimar, dañar o perjudicar al
hombre, flora y fauna. Por ejemplo los objetos punzo cortantes.
DESECHOS SANITARIOS.- Son aquellos como: toallas higiénicas desechables, pañales
desechables y otros objetos utilizados para desinfección.
DESECHOS.- Son las sustancias (sólidas, líquidas, gaseosas o pastosas) u objetos a
cuya eliminación se procede, se propone proceder o se está obligado a proceder en
virtud de lo dispuesto en la legislación nacional vigente.
ECOEFICIENCIA.- Mejoramiento de los procesos productivos de las empresas y la
minimización de su impacto en el ambiente
ECOSISTEMA.- Es la unidad básica de integración organismo - ambiente, que resulta de
las relaciones existentes entre los elementos vivos e inanimados de un área dada.
ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL.- Son estudios técnicos que proporcionan
antecedentes para la predicción e identificación de los impactos ambientales. Además
describen las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones
ambientales significativas.
FAUNA SILVESTRE.- Animales nativos que viven y se desarrollan en forma silvestre en
ambientes naturales o intervenidos por el hombre.
GESTIÓN AMBIENTAL.- Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y
administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas,
que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo
sustentable y una óptima calidad de vida.
IMPACTO AMBIENTAL.- Es la alteración positiva o negativa del medio ambiente,
provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en una área
determinada.
INCENTIVOS AMBIENTALES.- Instrumentos de tipo económico, establecidos en leyes y
reglamentos para favorecer el cumplimiento de las normas ambientales.
INFORMACIÓN AMBIENTAL.- Es toda la información calificada que procesa la red
nacional de información y vigilancia ambiental. La información ambiental se sustenta
en sistemas de monitoreo y otras acciones de inspección y vigilancia; es de carácter
público y debe difundirse periódicamente.
MEDIO AMBIENTE.- Sistema global constituido por elementos naturales y artificiales,
físicos, químicos o biológicos, socioculturales y sus interacciones, en permanente
modificación por la naturaleza o la acción humana, que rige la existencia y desarrollo
de la vida en sus diversas manifestaciones.
NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES.- Rangos establecidos por la ordenanza y su instructivo
general de aplicación, que establecen las variaciones permisibles de contaminación
con relación a los parámetros físico-químicos o biológicos de calidad del agua y aire.
PERMISO AMBIENTAL.- Documento mediante el cual la autoridad ambiental autoriza el
funcionamiento de un sujeto de control que cumple con las disposiciones de esta
ordenanza.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 142
PLAYA.- Extensión de tierra que bañan y desocupan, alternativamente, las olas del
mar hasta las más altas mareas. Las playas son bienes nacionales de uso público, cuyo
dominio pertenece a la Nación toda.
POZOS SÉPTICOS.- Huecos en la tierra de variada profundidad y de variada
permeabilidad en los que se depositan aguas residuales domésticas.
RECICLAJE.- Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de
producción en el que ha sido generado.
RECOLECCIÓN.Acción
de transferir los desechos al equipo destinado a
transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a
los sitios de disposición final.
REGENERACIÓN.- Tratamiento a que es sometido un producto usado o desgastado a
efectos de devolverle las cualidades originales que permitan su reutilización.
REGISTRO.- Procedimiento por medio del cual los sujetos de control proporcionan a la
autoridad ambiental los datos que permiten la identificación de su actividad.
RIESGO DE CONTAMINACION.- Conjunto de hechos técnicamente demostrados,
directamente interrelacionados y conducentes a establecer la presunción de que
determinada actividad productiva genera una contaminación que en un lapso no mayor
a dos años, deteriorará los elementos agua, aire y suelo.
ZONA DE ARENA MUERTA.-Zona cubierta naturalmente de arena, la cual no es bañada
regularmente por el mar ni en la marea alta, por lo tanto la arena siempre está seca.
Generalmente las playas con gran anchura poseen extensiones considerables de arena
muerta.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 143
6 RECOMENDACIONES
A continuación se presentan una serie de recomendaciones clasificadas. Estas resultan
de la totalidad del estudio, incluyendo tanto recomendaciones técnicas de la
Consultora como recomendaciones específicas surgidas de las observaciones captadas
en los talleres de consulta.
Siguientes pasos después de este estudio
Conformar oficialmente el Comité Nacional.
Definir conformación del Comité Técnico de Evaluación (CTE) y sus labores
puntuales y programas de trabajo (monitoreo, capacitación, difusión, etc.)
Realizar un estudio técnico-económico sobre la implementación del programa
que defina el equipo técnico, los materiales y equipos, la metodología de
trabajo y consecuentemente el presupuesto anual detallado.
Contratar el diseño de la campaña de comunicación visual para promover,
difundir y comunicar el proyecto tanto externa como internamente:
o Diseñar logo;
o Diseñar folletería;
o Diseñar simbologías: niveles de certificación, banderas o sellos de
calidad, tipos de playa, etc.
o Mapa de playas certificadas.
Recomendaciones Operativas
Autoridades
Las Capitanías de Puerto debieran involucrarse en la zonificación de actores en
la arena y de embarcaciones en el mar exigido en el sub-eje de zonificación,
con el fin de asesorar y legitimar el proceso de gestión local.
INOCAR podría involucrarse en el muestreo y análisis de calidad de agua.
Empresa privada y desechos sólidos
La empresa privada debería involucrarse directamente en el manejo de los
desechos sólidos en las playas mediante:
o provisión de fundas, guantes, rastrillos y otras herramientas para el
manejo de desechos,
o alternativas de reutilización y reciclaje de desechos sólidos inorgánicos,
o capacitación en manejo integrado de desechos orgánicos e inorgánicos.
Universidades: información y capacitación
Involucrar a las universidades, mediante sus programas de pasantías, labor
social y tesis, en los procesos de:
o capacitación de comunidades,
o mapeo de playas,
o diseño de comunicación visual (información, concienciación,
señalización),
Normas Técnicas para Playas Turísticas 144
o
o
o
inventarios de especies,
inventarios turísticos de atractivos e infraestructura,
Difusión del programa de normas y certificación de playas.
Organismos gubernamentales
Más allá de lo que la implementación de un programa de normas y certificación
pueda fomentar en relación a la autogestión en las comunidades costeras, debe
imprescindiblemente existir coordinación interinstitucional local entre Marina,
municipios, autoridades portuarias y prefecturas. Estos organismos deben
juntar esfuerzos principalmente hacia la vigilancia de las playas y provisión de
infraestructura, herramientas y materiales para el mantenimiento y
ordenamiento de las playas. Esto no deja de lado el involucramiento de los
ministerios de ambiente y turismo en relación al establecimiento de políticas
turísticas y ambientales y el control y regulación de las mismas.
Parte de una estrategia para optimizar el involucramiento de las autoridades
locales (Marina, municipios, autoridades portuarias y prefecturas) sería la
creación de “marinos turísticos” sugerida en los talleres participativos. Al igual
que existe en Quito la Policía Metropolitana Turística; conformada por policías
con preparación para dar atención e información al turista.
Dificultades y aspectos polémicos
Resulta urgente por el bien de un desarrollo turístico costero sostenible y,
específicamente, la conservación y administración adecuadas del recurso
turístico playa, que las autoridades, principalmente DIGMER y municipios,
resuelvan los vacíos legales y administrativos en cuanto a la definición del
espacio físico común en las playas. Es decir, no es claro ni en la ley ni en la
práctica:
o ¿Qué área es recurso común de todos los ecuatorianos, y
consecuentemente no puede ser comercializada ni privatizada?
o ¿Quién es el responsable de administrar dentro de la playa el manejo de
desechos líquidos y sólidos, regulación comercial, políticas sanitarias,
seguridad turística, entre otros?
La DIGMER y las autoridades municipales deben poner más atención al
funcionamiento sanitario y ambientalmente adecuado de las cabañas y puestos
comerciales que se instalen en las playas o terrenos inmediatos a estas.
Aparentemente las autoridades involucradas en la vigilancia y control de
nuestras costas tienen un déficit de recursos humanos y económicos para cubrir
la extensa zona de playas a lo largo de todo el litoral. De esta manera se
dificulta el control sobre actividades ilegales como descargas de aguas
contaminadas, descargas de desechos sólidos, robo de arena, pesca de especies
prohibidas o en veda, entre otras cosas. Por lo anterior, se concluye que las
autoridades deben buscar mecanismos de integración de esfuerzos entre el
sector estatal y el civil, pues muchas de las ilegalidades suceden ante la
mirada impotente de los ciudadanos. Programas como el que se propone en
este estudio son una alternativa, pero que debe complementarse con el diseño
de esquemas prácticos y puntuales de cooperación ciudadana para la denuncia
y persuasión de eventos ilícitos. ¿Cómo debe el ciudadano proceder ante el
robo de arena, ante la pesca ilegal o ante perjuicios ambientales de manera
que facilite y agilite el trabajo de las autoridades? ¿qué facultades tienen los
Normas Técnicas para Playas Turísticas 145
ciudadanos? ¿cómo hacer sinergia entre ambos sectores? son algunas de las
preguntas que habría que tratar de responderse de manera práctica con
metodologías de integración.
Pesca
La pesca y el turismo de sol y playa interactúan en el mismo territorio; más
que eso, la pesca es parte importante de los recursos turísticos costeros del
ecuador. Sin embargo durante el diagnóstico de campo y en base a las
observaciones captadas en los talleres participativos se constató que existe un
evidente conflicto entre pesca y turismo de sol y playa. Por lo anterior se
sugiere impulsar un programa de concienciación turística y ambiental dirigido a
pescadores, que promueva la integración sinérgica del sector pesca y turismo y
consecuentemente la conservación de los recursos naturales. Cabe anotar dos
recomendaciones o solicitudes de los actores civiles convocados a los talleres:
o Desarrollar normas técnicas para pescadores.
o Desarrollar un programa de capacitación para el correcto manejo de los
desechos orgánicos e inorgánicos de los pescadores.
Salvavidas
A corto plazo, las Capitanías de Puerto deben establecer un carné oficial para
salvavidas acreditados por esa oficina. Complementariamente, deben
oficializar y socializar este carné con las autoridades involucradas con el
Programa de Certificación. Lo mismo deberán hacer con los carnés de
comerciantes y cabañeros.
A largo plazo, se recomienda estandarizar, optimizar y oficializar a los
salvavidas a nivel nacional. La Marina, municipios costeros y el ministerio de
Turismo deben implementar un plan para establecer Normas Técnicas para la
preparación y acreditación de salvavidas como primer paso; lo cual ya existe
pero no de manera estandarizada a nivel nacional. Como segundo paso deben
estudiar la conformación de un Cuerpo de Salvavidas que tenga un papel oficial
en las playas, velando por la seguridad de los turistas y por la conservación y el
ordenamiento de las playas; un cuerpo con presupuesto y administración
independiente, talvez suscrito al ministerio de turismo o de defensa, para que
se mantenga alineado con las fuerzas de seguridad. En síntesis, debe
oficializarse el funcionamiento de los salvavidas:
o Quién debe contratarlos, en el caso de que no se creara un cuerpo
independiente con presupuesto estatal.
o Quién debe capacitarlos.
o Quién debe acreditarlos.
o Quién debe administrarlos o controlarlos.
Otras recomendaciones complementarias
La DIGMER y municipios deben evaluar y optimizar los procedimientos para el
control de descarga de desechos sólidos al mar.
La agricultura también es un contaminante importante del agua,
principalmente en el caso de El Oro, por lo que los actores locales de esta
provincia recomendaron involucrar al MAG en el programa de certificación de
alguna manera.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 146
7 CONCLUSIONES
Las Normas Técnica presentadas en este informe brindan parámetros técnicos
factibles de cumplir en la costa ecuatoriana. Estas Normas permitirán a las
comunidades playeras que las utilicen alcanzar un nivel de turismo sostenible que es
reconocido a nivel internacional, lo cual fortalecerá la marca país de Ecuador y
permitirá un mejor posicionamiento de sus destinos turísticos playeros.
Las metodologías presentadas y recomendaciones brindadas para la creación,
dirección y aplicación de un Programa de Certificación basado en las Normas Técnicas
elaboradas, son claras, concisas y de un formato amigable.
Como conclusión general, se considera que la aplicación de las Normas Técnicas
presentadas permitirá mejorar la gestión turística y de los recursos naturales, lo cual
beneficiará principalmente a las comunidades costeras, pero en última instancia
beneficiará a todos los ecuatorianos y a la creciente cantidad de turistas
internacionales.
De manera puntal, en base a la investigación bibliográfica y la de campo, y a los
talleres participativos de socialización con actores civiles y autoridades
gubernamentales se puede concluir principalmente que:
Los turistas nacionales e internacionales visitan las playas ecuatorianas atraídos
principalmente por la playa en sí, el mar, el paisaje y la gastronomía. AsImismo,
identifican como los principales problemas de nuestras playas la falta de
servicios higiénicos, el exceso de desechos sólidos (basura), la falta de seguridad
y vigilancia y la falta de señalización. Consecuentemente los turistas sugieren las
siguientes acciones en orden de prioridad: mejorar en la limpieza de la playa,
establecer normas a turistas y comerciantes en las playas, mejorar en seguridad
y organizar el comercio.
Existe una desinformación generalizada acerca de qué organismo es el encargado
de la playa, lo que refleja el abandono existente sobre la administración y
conservación de este capital natural. La mayoría piensa que es el municipio, una
porción segunda en cantidad no sabe quién es y una porción significativa piensa
que es el ministerio de turismo. Un grupo aún menor mencionó a la Marina.
Las playas ecuatorianas presentan problemas evidentes pero solucionables
originados principalmente por la pesca artesanal e industrial, turismo de playa y
el comercio desorganizado. Estos problemas provocan que las playas
ecuatorianas cumplan con pocos de los requisitos exigidos por los tres programas
internacionales utilizados como referencia al evaluarlas.
Muchos de los problemas originados por el turismo, el comercio y la pesca, son
solucionables simplemente mediante la implementación de organización y
autogestión comunitaria.
Otra parte importante de los problemas se suscitan por la gran extensión de las
playas frente a la insuficiente cantidad de recursos humanos para vigilarlas. Por
lo que, nuevamente, su solución radica en la integración de esfuerzos entre la
comunidad y las autoridades costeras.
Normas Técnicas para Playas Turísticas 147
La implementación de un Programa de Certificación basado en las Normas
Técnicas propuestas, tiene el potencial de ser un aporte fundamental para
promover la autogestión comunitaria y las mejoras socio-ambientales en las
playas.
Problemas más grandes y complejos, como los originados por la irresponsabilidad
industrial o por la falta de servicios e infraestructura en las playas, pueden ser
solucionados indirectamente por un Programa de Certificación, ya que este se
convierte en un mecanismo de presión muy efectivo.
La solución de los pequeños y grandes problemas, alineada con las mejoras
sanitarias, ambientales y de seguridad que demandan los turistas, podría
contribuir al posicionamiento del Ecuador como destino turístico, además de
aportar a la mejora de la calidad de vida de las comunidades costeras.
La implementación de este Programa de Certificación debe ser mediante
diferentes niveles de acreditación, que reconozcan los esfuerzos paulatinos y
progresivos de las comunidades costeras. Además, debe ser distinto para playas
urbanas, rurales y deshabitadas, de manera que no uniformice los atractivos y
servicios de las diversas playas ecuatorianas.
Los actores civiles y gubernamentales que participaron en los talleres de
socialización manifestaron totalitariamente su aprobación a la necesidad de
implementación de un Programa de Certificación basado en las Normas Técnicas
presentadas, siempre y cuando se acompañe de un proceso efectivo de
capacitación por parte de las autoridades técnicas, y un programa de incentivos
en relación a infraestructura y servicios en las playas, por parte de los gobiernos
locales y regionales.
La implementación de planes de capacitación adjudicados solamente a quienes
ejecuten alcances mínimos en autogestión comunitaria y mejoramiento continuo
exigidos para ingresar al Programa de Certificación, permitiría un
apalancamiento de esfuerzos mediante selección natural de las comunidades más
comprometidas.
La propuesta y recomendaciones sobre la dirección de un Programa de
Certificación procura la integración de esfuerzos transversal y verticalmente. Lo
anterior debido a que involucra desde los actores comunitarios hasta los
ministerios y autoridades costeras. Por ello, se concluye que la mejor manera de
darle un soporte legal, administrativo y presupuestario adecuado es a partir de
un decreto presidencial.
La administración técnica, dedicada a la capacitación de las comunidades
costeras y a la evaluación y difusión de playas certificadas, debe estar
conformada por un equipo multidisciplinario, preferiblemente de los tres
sectores: gubernamental, privado y no gubernamental sin fines de lucro (ONG´s).
Normas Técnicas para Playas Turísticas 148
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