^`PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BANDA DISFRUTA PARA

Transcripción

^`PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BANDA DISFRUTA PARA
I. HUNICIPALtOAD DE QUIKTA DE TICOCO
DEPARTAMENTO ADMINISTRACION Y FINAfCAS
CON ESTA FECHA SE HA DICTADO EL SIGUIENTE:
DECRETO
N"* _968_/
CONTRATACIÓN
VÍA TRATO DIRECTO Y TÉRMINOS
DE REFERENCIA DE BANDA DISFRUTA.
QUINTA DE TILCOCO, 09 de Agosto 2016.
VISTOS:
El Decreto N** 956 de fecha 04 de Agosto de 2016, la solicitud de pedido interno N® 34985, El Decreto N® 67 de fecha 14
de enero de 2016, las disposiciones contenidas en el D.F.L. N® 1-3063 de 1980 del Ministerio del Interior y las facultades
que confiere la Ley N® 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, su texto refundido publicado en el
Diario Oficial el 27 de Agosto de 1992 y sus modífícaciones. Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministros y Prestación de servicios N® 19.886/09.08.2003 y su Reglamento N® 250 de 24/10/2004.
CONSIDERANDO:
•
•
Que, el articulo 8 letra g) del de la Ley N® 19.886 de Ley de bases sobre contratos administrativos de suministros y
prestación de servicios, que autoriza la procedencia del trato o contratación directa 'cuando, por la naturaleza de la
negociación, existan circunstancias o características del contrato que hagan del todo indispensable acudir al trato o
contratación directa, según los criterios o casos que señala el Reglamento de dicha ley."
Que, el articulo 10 numero 7 letra f) del Decreto N° 250 que aprueba reglamento de la ley 19.886 autoriza el trato o
contratación directa 'Cuando por la magnitud e importancia que implica la contratación se hace indispensable recurrir a
un proveedor determinado en razón de la confianza y seguridad que se derivan de su experiencia comprobada en la
provisión de los bienes o servicios requeridos, y siempre que se estime fundadamente que no existen otros proveedores
que otorguen esa seguridad y confianza'.
•
Que, el Decreto N® 956, aprueba Programa denominado 'Septiembre 2016" a realizarse los días 17, 18 y 19 de
Septiembre de 2016 en la Media Luna de Quinta de Tilcoco.
•
Que, la solicitud de pedido interno N® 34985 de la Oficina de Cultura informa contratación de Banda Disfruta, con 3
•
presentaciones, los dias 17,18 y 19 de Septiembre respectivamente para actividades de "Septiembre 2016°.
Que, el proveedor Andrés Cornejo Berríos ha demostrado seriedad, confianza y seguridad en prestaciones de servicios
de similares características, de acuerdo a Contratación Vía Trato Directo, Decreto N® 233 de fecha 18 de Febrero de
2016.
•
•
Que, mediante Decreto N® 67 de fecha 14 de enero de 2016 se sanciona la subrogancia de doña Mariana Hernández
Aivarado como Alcaldesa(s).
Que la interpretación armónica de los Vistos y Considerandos expuestos, llevan a esta Autoridad a dictar el siguiente:
DECRETO:
1. APRUÉBASE, contratación vía trato directo de Banda Disfruta, representado por don ANDRES CORNEJO BERRIOS,
RUT: 11.366.130-5, en carácter de excepcional, para prestación de servicios en Actividades de'Septiembre 2016".
2. APRUÉBANSE los siguientes Términos de Referencia conforme a los cuales habrá de redactarse el correspondiente
contrato, para proceder a su suscripción y posterior aprobación administrativa mediante Decreto Aicaldicio.
TERMINOS DE REFERENCIA
^'PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BANDA DISFRUTA PARA ACTIVIDADES DE"SEPTIEMBRE 2016fJ
Los presentes Términos de Referencia tienen por objeto la contratación de prestación de servicios de Banda DisfhJta
para amenizar baile, en actividades de 'Septiembre 2016", a realizarse en la Medialuna de Quinta de Tilcoco ubicada en
Las Hijuelas N® 87 de esta comuna.
La presente contratación será regulada por los términos de referencia, contrato y orden de compra respectiva
El plazo de ejecución del contrato será a partir del día 17 de Septiembre de 2016, desde las 22:00 horas, hasta las 04:00
horas aproximadamente, siguiendo con el día 18 de Septiembre y finalizando el día 19 de Septiembre, en el mismo
hor^, Además teniendo 1 hora, 45 minutos de descanso. El grupo se obliga a demás, a presentarse con 1 hora de
anticipación en el lugar referido.
La contraparte del servicio por parte de la Ilustre Municipalidad será la encargada de Cultura, quien deberá evaluar los
servicios prestados en conformidad al contrato que las partes suscriban al efecto, controlar y dirigir el servicio contratado
y certificar el cumplimiento de las condiciones de término establecidas en el contrato respectivo.
La I. Municipalidad de Quinta de Tlicoco se obliga a cancelar al contratado, la suma única y total de $7.500.000 (siete
millones, quinientos pesos) más Impuesto. Suma que será cancelada con cheque nominativo a nombre de don ANDRES
COPRNEJO BERRJOS,RUT: 11.366.130-5 Quien deberá emitir Boleta de Honorarios a nombre de la I. Municipalidad de
Quinta de Tlicoco.
MULTAS O SANCIONES.
1
En la eventualidad de incumplimiento en las condiciones pactadas, el contratado estará sujeto a la siguiente
sanción;
En caso de incumplimiento en el servicio pactado, previo informe de la contraparte técnica, se aplicará una multa de 0,3
UTM (por el servicio). La aplicación de la multa es adicional al término del trabajo en condiciones óptimas.
Aplicada una multa, procederá a favor del contratado los recursos de reposición jerárquico y extraordinario de revisión,
los que deberán interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley N" 19.880 de
Bases de los Procedimientos Administrativos.
La aplicación de la multa se hará sin forma de juicio y se rebajará directamente del total cobrado en el estado de pago
debiendo el contratado ser notificado de manera previa por parte de la Dirección de Administración y Finanzas, a través
de oficio.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Especificaciones Técnicas de Banda Disfruta.
3 Presentaciones los días 17,18 y 19 de Septiembre de 2016.
15 músicos en escena.
Instrumentos musicales.
Asistente de sonido.
La Municipalidad se compromete a otorga*: amplificación, cateríng, recinto con conexión a corriente eléctrica,
un luga* seguro para trabajar, camarines, espejos y sillas para integrantes del grupo que lo requieran.
El contratado deberá ceñirse a lo establecido en los presentes Términos de Referencia y contrato, suministrando los
servicios en forma correcta.
El contratado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen
de los Términos de los Referencia.
Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la comuna de Quinta de Tilcoco, quedando sometidas a la
competencia de sus tribunales ordinarios de justicia.
Queda estrictamente protiibido ai contratado divulgar o utilizar para otra finalidad diferente a la ejecución o desarrollo de
las actividades, servicios contratados, cualquier información y/o antecedentes de la Municipalidad a los que pudiera tener
acceso, por cualquier motivo, los que tendrán carácter confidencial.
3. PUBLÍQUESE el presente Decreto en el Portal de Compras y Contratación Pública. vww.mercadoDufallco.cl. según lo
dispuesto en el articulo 50 del Decreto
250- Reglamento de la Ley de compras públicas y lo indicado en el articulo 8
de la Ley 19.886.
A. IMPÚTESE el gasto que demande la ejecución del presente Deaeto al Presupuesto vigente del año 2016 a la siguiente
cuenta de Administración de Fondos
215^104004000006 correspondiente a PRESTACION DE SERVICIOS
COMUNITARIOS,PROGRAMAS CULTURALES.
ANÓTESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHÍVESE
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