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FUNDACIÓN UNO MEDIOS
PROGRAMA VENDIMIA SOLIDARIA
BASES DE CONVOCATORIA
1. CARACTERÍSTICAS DEL PROGRAMA Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA
1.1. VENDIMIA SOLIDARIA (en adelante el “Programa”) es un Programa Solidario de edición anual,
organizado por Fundación UNO Medios (en adelante el “Organizador”) que tiene como objetivo
principal generar un ámbito propicio donde empresas y empresarios tanto de la Provincia de Mendoza como del ámbito nacional, puedan realizar aportes en dinero y/o en especie, a fin de que los
mismos sean destinados a los sectores más vulnerables y necesitados de la Provincia de Mendoza.
1.2. El Programa se desarrolla sobre la base de tres ejes principales: Educación, Deportes y Salud.
En este marco de acción, el Organizador convoca a instituciones y organizaciones sin fines de lucro
vinculadas a estas actividades, a presentar proyectos que se enmarquen dentro de la misión del
Programa, a saber: hospitales, centros y postas de salud, escuelas públicas de todos los niveles y
modalidades y clubes barriales que reúnan las condiciones prescriptas en las presentes Bases.
1.3. Las Cláusulas que se desarrollan a continuación constituyen las bases reguladoras de la
presente Convocatoria (“las Bases)”.
2. REGISTRO DE POTENCIALES INSTITUCIONES BENEFICIARIAS
2.1. El Organizador abrirá un Registro destinado a Organizaciones sin fines de lucro, públicas y
privadas de la Provincia de Mendoza que aspiren a ser beneficiarias del Programa y cuyo objeto o
actividad se encuentre vinculado a los Ejes descriptos en el punto 1.2.
2.2 Para inscribirse en dicho Registro, las Organizaciones deberán completar un formulario, el cual
podrán retirar personalmente de Fundación Uno Medios en calle Lisandro de la Torre 150 de la
Ciudad de Mendoza u obtenerlo ingresando al Sitio Web www.fundacionunomredios.org.ar.
Asimismo, deberán presentar la documentación complementaria requerida por dicho formulario.
3. REQUERIMIENTOS PARA LAS ENTIDADES SOLICITANTES
3.1. Las Instituciones que aspiran a ser registradas deberán poseer personería jurídica y ser titulares de cuenta bancaria para el supuesto que en se realicen donaciones en dinero, debiendo a su
vez extender el respectivo Recibo y procediendo a informar las mismas conforme el procedimiento
establecido en los artículos 35 a 39 de RG 2681 AFIP. En el caso de donaciones en especie, deberán
entregar una constancia de los bienes recibidos, procediendo a informar la misma conforme el
procedimiento establecido en la mencionada normativa.
4. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUDES
4.1 Las solicitudes deberán ser formuladas exclusivamente cumplimentando el formulario al que
se refiere la Cláusula Segunda, el cual deberá ser presentado en forma personal en sobre cerrado
o vía correo postal en la Fundación Uno Medios, sita en Lisandro de la Torre 150, de la Ciudad de
Mendoza, acompañando además, la documentación requerida en el mismo y el Proyecto.
4.2. El plazo para la presentación de las solicitudes y Proyectos finalizará el día 30 de junio de 2014
a las 18 hs.. Dicho plazo podrá ser ampliado por el Organizador en el caso que lo estime conveniente, circunstancia que, en caso de producirse, será comunicada a través del citado Sitio Web.
4.3. No se aceptará ninguna solicitud presentada en forma posterior al plazo establecido en la Subcláusula 4.2.
5. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
5.1. La selección de los Proyectos que resultarán beneficiarios del Programa, será realizada a
partir del Registro resultante de la presente Convocatoria. Sin embargo, el Organizador, se reserva
de la facultad de proponer beneficiarios que no hayan sido empadronados.
5.2 La selección será realizada por un Comité conformado por autoridades y equipo técnico especializado. Las reuniones de Comité se realizarán en forma mensual, comenzarán a partir del mes
de mayo del corriente año, y se extenderán hasta el mes de febrero del año 2015.
5.3. A los fines de la selección de los beneficiarios, se atenderá a criterios predeterminados para
asegurar la ecuanimidad en la evaluación: indicadores socioambientales, económicos, demográficos, geográficos, sustentabilidad e impacto social del proyecto, entre otros. Asimismo, en caso en
que el Organizador lo estime conveniente y necesario, se realizará una evaluación socio ambiental
a cargo de profesionales del área de Trabajo Social. Se tendrá especial atención y serán priorizados aquellos proyectos que por su menor disponibilidad de recursos económicos demuestren estar
expuestos a una mayor vulnerabilidad social.
6. COMUNICACIÓN DE PROYECTOS SELECCIONADOS
6.1 Las decisiones adoptadas sobre los Proyectos seleccionados serán inapelables. El Organizador
comunicará oportunamente a los beneficiarios que su proyecto ha sido seleccionado en el marco
del Programa y la fecha, lugar y modalidad en que se concretarán las donaciones. Asimismo, los
resultados de la presente Convocatoria serán publicados y difundidos en el Sitio Web del Organizador así como también en los medios de comunicación que él determine.
7. CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA
7.1. El Organizador solicitará a las Instituciones beneficiarias los informes de seguimiento que
considere oportunos, a fin de verificar la adecuada gestión técnica y financiera de los Proyectos.
7.2. Las Instituciones contarán con un plazo máximo de seis meses para presentar al Organizador
la rendición de cuentas de la gestión realizada con los fondos o materiales recibidos en virtud del
Programa. El Organizador podrá aprobar o rechazar la gestión realizada sin necesidad de expresión de causa o motivo. El beneficiario que no rinda cuentas en el plazo aquí establecido o cuya
gestión sea rechazada, será inmediatamente removido del Registro del Programa, y será sancionado con la inhabilitación para presentar nuevos proyectos a futuro.
8.3. La presentación a la Convocatoria implica la aceptación de que el Organizador pueda realizar
auditorías a los efectos de corroborar la información presentada al solicitar la inscripción, un
proyecto, o durante el cumplimiento del mismo.
8. DIFUSIÓN DEL PROGRAMA
8.1. Las entregas correspondientes a las donaciones que se efectúen como consecuencia de este
Programa, serán cubiertas periodísticamente por los medios que determine el Organizador, quien
podrá filmar y fotografiar las mismas para ser difundidas, documentadas y archivadas. Por otra
parte, el Organizador coordinará entrevistas a quienes asistan, tanto beneficiarios, donantes o
miembros del Comité. El Organizador dispondrá de este material para su difusión masiva cuando
lo estime conveniente y por los medios que determine.
8.2. La adhesión al Programa o la inscripción en el mismo implica la aceptación expresa por parte
dela Instituciones para que se difundan las imágenes mencionadas.
9. RESPONSABILIDADES
9.1. El Organizador, no se responsabiliza por el efectivo cumplimiento del proyecto por parte del
beneficiario, la mala utilización o desvío que hicieren los beneficiarios de los donativos, o la imposibilidad de utilización sobreviniente de los mismos.
9.2. Las entidades beneficiarias, serán las exclusivas responsables del fiel cumplimiento en tiempo
y forma de los proyectos presentados en el marco del Programa, eximiendo al Organizador de
cualquier tipo de reclamo que pudiera recibir en tal sentido.
10. DOCUMENTACIÓN – BASE DE DATOS
10.1. La documentación presentada al momento de la solicitud de inscripción en el Registro, y/o
que acompañe el Proyecto, será conservada por el Organizador, no estando obligado a su devolución, formando parte de la base de datos del Programa.
10.2. Los presentantes aceptan expresamente, que toda la información por ellos brindada y/o
obtenida por el Organizador con motivo de su participación en el Programa, integrará una base de
datos, propiedad exclusiva del Organizador, quien podrá utilizarla con fines promocionales, de
estudio de mercado y demás actividades que estimen oportuno, sin que esto genere derecho
alguno a reclamo por parte de los participantes. Dicho consentimiento se otorga sin perjuicio de
todos los derechos que le asisten a los presentantes en virtud de la Ley 25.326 de Protección de
Datos Personales. En tal sentido, a requerimiento de los interesados, los datos almacenados,
podrán ser corregidos, actualizados, rectificados o eliminados.
11.3. Dicha base de datos será elaborada y administrada conforme las disposiciones derivadas de
la Ley N° 25.326 de Protección de Datos Personales y concordantes.
11. FINALIZACIÓN DEL PROGRAMA
11.1. El Organizador, podrá terminar el Programa en cualquier momento, notificando dicha
decisión con un mínimo de diez (10) días de anticipación a la fecha de terminación a través del envío
al beneficiario de un correo electrónico y/o por medio de una comunicación postal, o por cualquier
medio masivo de comunicación.
12. CONSIDERACIONES FINALES
12.1. La presentación a esta Convocatoria por parte de las Instituciones, supone la plena aceptación de las presentes Bases.
12.2. En cualquier momento, el Organizador podrá efectuar cambios en las presentes Bases, a los
beneficios incluidos en el Programa y a las condiciones de acceso a dichos beneficios y la vigencia
de los mismos, así como a las condiciones de adhesión y características de las instituciones que
pretendan inscribirse. Las modificaciones mencionadas precedentemente, serán informadas por
cualquier medio masivo de comunicación, a través del Sitio web del Organizador o de cualquier otro
que implique su difusión pública, a elección del Organizador.
12.3. El Organizador podrá rechazar la registración de instituciones que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases.
12.4. Quedarán excluidas de la presente Convocatoria todas aquellas solicitudes de inscripción que
se presenten fuera de plazo, cuya temática no se ajuste claramente a los objetivos expuestos en
estas Bases, así como también las solicitudes cuyos datos o documentación sea incompleta o deficiente.
13. DOMICILIO. JURISDICCIÓN
13.1. A todos los efectos del Programa, el Organizador fija domicilio en calle Lisandro de la Torre
150, Ciudad, Mendoza, Argentina (CP 5500).
13.2. Se acuerda someter cualquier disputa o divergencia derivada del Programa a la jurisdicción y
competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Mendoza.

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