1. Con relación a la “FORMACION Y EXPERIENCIA ADICIONAL

Transcripción

1. Con relación a la “FORMACION Y EXPERIENCIA ADICIONAL
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
EPS´S CONVIDA –IP-CM-002-2016
RESPUESTA A OBSERVACIONES
OBJETO: “CONTRATAR LOS SERVICIOS PARA REALIZAR LA AUDITORIA INTEGRAL (CONCURRENTE
Y DE CUENTAS MÉDICAS, RETROSPECTIVA Y ADMINISTRATIVA-FINANCIERA) A LOS PRESTADORES
DE SERVICIOS DE SALUD DE LA EPS´S CONVIDA DEL DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA”
La EPS´S Convida, en virtud de las observaciones y solicitudes de aclaraciones presentadas a los Términos de
Condiciones Definitivos de la Invitación Pública dentro del proceso No. EPS´S CONVIDA–IP-CM-002-2016,
considera en aras de mantener el perfil de transparencia, objetividad y responsabilidad que hasta el momento
ha hecho evidente en el presente proceso, presenta respuesta a las mismas no sin antes agradecer a los
interesados en el proceso elevar sus observaciones las cuales se procede a dar respuesta en el siguiente orden:
1 OBSERVADOR: HEALTH ON LINE S.A.S. (Carlos Alberto Arias C Gerente General)
FECHA: 27 de Julio 2016 12:54
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
TEXTO: Correo electrónico
OBSERVACION
1. Con relación a la “FORMACION Y EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PERSONAL 900
PUNTOS” (Numeral 5.4.1) quisiéramos manifestar, que la experiencia en términos de
proceso y de resultados en lo que a auditoría de cuentas hace referencia para el sector
salud, es similar en cualquiera de los ámbitos en que se desarrolle; en el aparte “(…)
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo,
asesor o ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo
proyectos de los solicitados (SALUD REGIMEN SUBDISADO-RECOBROS-CALIDAD) (…), se
asignan puntos por la mencionada experiencia; en tal virtud, solicitamos que se abra esta
experiencia de forma que cobije la adelantada en el sector privado, para los siguientes
cargos:
a) GERENTE Y/O LÍDER DE AUDITORIA
b) COORDINADOR AUDITOR CONCURRENTE
c) COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
d) COORDINADOR MEDICO
e) MÉDICOS ESPECIALISTA EN AUDITORIA
f) AUDITOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
Respuesta de la Entidad. Se acepta parcialmente su observación, sin embargo se aclara al observante que
el requisito lo que dispone es que en caso que no haya sido contratista sino funcionario se le podrá validad la
experiencia en las condiciones descritas, es decir se le abre la posibilidad a aquellos que hayan sido
funcionarios, en virtud que su experiencia es totalmente validad para el desarrollo de las actividades solicitadas.
La entidad procederá hacer la aclaración mediante Adenda la cual se publicará en
www.colombiacompra.gov.co www.convida.com.co
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1
2 OBSERVADOR: SAC CONSULTING SAS
FECHA: 27 de Julio 2016 13:04
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
EPS´S CONVIDA –IP-CM-002-2016
OBSERVACION 1
A. EN RELACION A LOS LIDERES Solicitamos respetuosamente se consideren los siguientes
aspectos:
1.
GERENTE Y/O LIDER DEL PROYECTO
En los términos de referencia, numeral 5.4.1., “EXPERIENCIA ESPECÍFICA”, se precisa lo siguiente:
“(…) Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 100 puntos así: Este profesional deberá
cumplir como mínimo con los requisitos exigidos para él en el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
de los presentes Términos de condiciones. Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima
solicitada en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido
para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de 100 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o
ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos de los
solicitados (SALUD REGIMEN SUBDISADO-RECOBROSCALIDAD) en los Requerimientos Técnicos (Cap.
4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta
un máximo de 100 puntos (…)”
Sobre el particular, y con el ánimo de permitir una mayor participación de las firmas oferentes
agradeceríamos ampliar los requerimientos especificados en el numeral transcrito en precedente, para
considerar los siguientes aspectos:
 Que para acreditar la experiencia en el sector público, se acepte las labores cumplidas “con funciones
públicas”, como es el caso de contralorías, con funciones de revisoría fiscal, liquidador, interventor
administrativo, interventor para liquidar, o similares, ya que de acuerdo a la legislación vigente sobre el
particular, las funciones ejercidas en estos cargos son asimilables a las que se cumplen como
funcionarios públicos y por tanto sujeto a las responsabilidades y obligaciones inherentes a tal
condición.
 En su defecto, ampliar la experiencia específica de manera que se pueda acreditar la obtenida en el
área privada, en actividades relacionadas con el cargo y que se hayan cumplido en el sector salud.
Respuesta de la Entidad. Se acepta parcialmente su observación, sin embargo se aclara al observante que
el requisito lo que dispone es que en caso que no haya sido contratista sino funcionario se le podrá validad la
experiencia en las condiciones descritas, es decir se le abre la posibilidad a aquellos que hayan sido
funcionarios, en virtud que su experiencia es totalmente validad para el desarrollo de las actividades solicitadas,
en cuanto ampliar la experiencia al sector público y privado esta se acepta, por lo que el ajuste se verá reflejado
mediante Adenda la cual se publicará en www.colombiacompra.gov.co www.convida.com.co
OBSERVACION 2
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2. COORDINADOR CONCURRENTE
En los términos de referencia, numeral 5.4.1., “EXPERIENCIA ESPECÍFICA”, se indica: “(…)
Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 100 puntos así: Este profesional deberá
cumplir como mínimo con los requisitos exigidos para él en el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS
TÉCNICOS de los presentes Términos de condiciones. Por cada AÑO de experiencia específica
adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que
exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de 100
puntos. Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel
directivo, asesor o ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
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proyectos de los solicitados (SALUD, ADUTORIA, ADMINISTRADOR EN SALUD )en los
Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este
cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de 100 puntos(…)” Con respecto a éste tema, y
con el ánimo de permitir una mayor participación de las firmas oferentes agradeceríamos ampliar
los requerimientos especificados en el numeral transcrito en precedente, para considerar los
siguientes aspectos:
 Que para acreditar la experiencia en el sector público, se acepte las labores cumplidas “con
funciones públicas”, como es el caso de contralorías, con funciones de revisoría fiscal, liquidador,
interventor administrativo, interventor para liquidar, o similares, ya que de acuerdo a la legislación
vigente sobre el particular, las funciones ejercidas en estos cargos son asimilables a las que se
cumplen como funcionarios públicos y por tanto sujeto a las responsabilidades y obligaciones
inherentes a tal condición.
 En su defecto, ampliar la experiencia específica de manera que se pueda acreditar la obtenida en
el área privada, en actividades relacionadas con el cargo y que se hayan cumplido en el sector
salud.
Respuesta de la Entidad. Se acepta parcialmente su observación, sin embargo se aclara al observante que
el requisito lo que dispone es que en caso que no haya sido contratista sino funcionario se le podrá validad la
experiencia en las condiciones descritas, es decir se le abre la posibilidad a aquellos que hayan sido
funcionarios, en virtud que su experiencia es totalmente validad para el desarrollo de las actividades solicitadas,
en cuanto ampliar la experiencia al sector público y privado esta se acepta, por lo que el ajuste se verá reflejado
mediante Adenda la cual se publicará en www.colombiacompra.gov.co www.convida.com.co
OBSERVACION 3
3.
COORDINADOR MÉDICO:
En los términos de referencia, numeral 5.4.1., ítem 4, “EXPERIENCIA ESPECÍFICA”, se expresa:
“(…) Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 50 puntos así: Este profesional
deberá cumplir como mínimo con los requisitos exigidos para él en el REQUERIMIENTOS
TÉCNICOS de los presentes Términos de condiciones. Por cada AÑO de experiencia específica
adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional,
que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo
de 50 puntos.
En su defecto, ampliar la experiencia específica de manera que se pueda acreditar la obtenida
en el área privada, en actividades relacionadas con el cargo y que se hayan cumplido en el
sector salud. B. Reiteramos de forma respetuosa, que en el punto 1.10 "FORMA DE PAGO (...)
Cuatro mensualidades vencidas, previa presentación de la factura y certificación de
cumplimiento por parte del supervisor del contrato", no se especifica el tiempo en que el
supervisor del contrato debe expedir la certificación de cumplimiento. Solicitamos
comedidamente se considere incluir dicha información.
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Respuesta de la Entidad. Se acepta parcialmente su observación, sin embargo se aclara al observante que
el requisito lo que dispone es que en caso que no haya sido contratista sino funcionario se le podrá validad la
experiencia en las condiciones descritas, es decir se le abre la posibilidad a aquellos que hayan sido
funcionarios, en virtud que su experiencia es totalmente validad para el desarrollo de las actividades solicitadas,
en cuanto ampliar la experiencia al sector público y privado esta se acepta, por lo que el ajuste se verá reflejado
mediante Adenda la cual se publicará en www.colombiacompra.gov.co www.convida.com.co
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LA INVITACIÓN PÚBLICA
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3 OBSERVADOR: EUREKA ASESORES EMPRESARIALES LTDA (Jeimy Pilar Vargs Romero)
FECHA: 27 de Julio 2016 13:22
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
OBSERVACION 1
Adjunto 2 avisos para la convocatoria de auditoria, deseo saber cual es la fecha valida de entrega de
propuestas, es el día de hoy o el 3 de agosto, agradezco su respuesta.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación es necesario aclarar que de acuerdo con la dinámica de las convocatorias
estas se surten por etapas, iniciando con la del proyecto de términos donde se fija un cronograma inicial el cual es estimado y este sufre
modificaciones de acuerdo a los movimientos que se susciten en ella y puede este cronograma ser modificado cuantas veces se considere
necesario para dar una mejor claridad y precisión a los condiciones y requisitos establecidos en los términos, a través de las observaciones
que los interesados vayan Realizando en las etapas de participación de estos, es así que los cronogramas pueden variar, pero la entidad
convocante EPS´S Convida va indicando en la etapa final a través de ADENDAS las fechas de cada una de las actividades dentro del
proceso Son publicadas en las páginas www.colombiacompra.gov.co www.convida.com.co
4 OBSERVADOR: ANTONIO JOSÉ TOVAR MENDOZA
FECHA:27 de Julio 2016 14:43
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA:
[email protected]
OBSERVACION
1
OBSERVACIÓN 1
Al numeral 4.4.3, menciona lo siguiente:
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4
4.4.3 Personal Mínimo requerido
Deberá contar con la formación, idoneidad y experticia necesaria para el desarrollo de todas y cada una de las
actividades solicitadas, personal que deberá mantener durante la ejecución del contrato y como mínimo:
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
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1.
Como se puede observar, los requerimientos para cada uno de los cargos y específicamente, para el cargo de
GERENTE DE LA AUDITORÍA, en cuanto a la experiencia, se limita solo a mínimo un (1) año en Gerencia de
empresas aseguradoras y prestadoras de salud, proyectos de auditoría de cuentas médicas, auditoría financiera,
contable, control interno, o liquidaciones/intervenciones en entidades de salud. La limitación a un solo año, para
afrontar una gestión de tanta envergadura, es considerada muy poca, dado que se debe buscar el mejor perfil y
por lo menos, se debe exigir de 3 a 5 años para habilitar en el cargo de Gerente de la auditoría.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación es importante aclararle al interesado que en razón a la
experiencia del personal esta se determina como bien lo dice por el grado de idoneidad y de experticia, para
este tipo de personal existen dos momentos de la experiencia y es la mínima requerida y la que es calificable,
la cual parte de la mínima requerida es ahí donde debe hacerse el computo real que se está solicitando, por lo
tanto el requisito debe verse integralmente, la entidad se mantiene en lo establecido en los términos
OBSERVACION 2
2. Para los cargos de: COORDINADOR MÉDICAS y MÉDICO ESPECIALISTA
EN AUDITORÍAS en EL ÍTEM DE AUDITORÍA DE Cuentas Médicas, en cuanto a la experiencia, se limita
solo a mínimo un (1) año en Auditoría de cuentas médicas. La limitación a un solo año, para afrontar
una gestión de tanta envergadura, es considerada muy poca, dado que se debe buscar el mejor perfil y
por lo menos, se debe exigir de 3 a 5 años para habilitar en estos cargos
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Respuesta de la Entidad: Frente a la observación es importante aclararle al interesado que en razón a la
experiencia del personal esta se determina como bien lo dice por el grado de idoneidad y de experticia, para
este tipo de personal existen dos momentos de la experiencia y es la mínima requerida y la que es calificable,
la cual parte de la mínima requerida es ahí donde debe hacerse el computo real que se está solicitando, por lo
tanto el requisito debe verse integralmente, la entidad se mantiene en lo establecido en los términos
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LA INVITACIÓN PÚBLICA
OBSERVACION 3
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3. También, se observa la limitación de la especialidad a Auditoría, en los cargos donde se exige el
postgrado. Dejando de lado la alternativa viable y muy pertinente, de otras especialidades como:
GERENCIA EN SALUD, SEGURIDAD SOCIAL, ADMINISTRACIÓN EN SALUD, EPIDEMIOLOGÍA,
ADMINISTRACIÓN HOSPITALARIA. En el mercado laboral, existe gran proporción de Profesionales de
la salud, incluyendo Médicos, que tienen o disponen de estas especialidades antes mencionadas y que
sus experticias son en procesos de auditoría de cuentas, de calidad y concurrencia; y que se vería
coartada su participación, al limitarse solo a la especialidad de Auditoría.
4. En el ítem de Auditoría de Concurrencia, se solicitan 2 Profesionales del Área de la salud y luego 1 Profesional
del Área de la Salud, con la misma experiencia, pero no muestran la diferenciación entre uno y otro.
5. Tan poco es claro en el ítem de auditoría de Cuentas Médicas, cuando solicitan 2 Título Profesional, pero sin
decir en que profesión.
6. En el ítem Auditoría Administrativa y Financiera, requieren 2 abogados, con especialización en Derecho
Administrativo o Derecho Público; no teniendo en cuenta los Abogados especialistas en Seguridad Social, quienes
han estado en todo este proceso de desarrollo del SGSSS
7. De igual forma, se solicitan 2 Ingenieros de Sistemas; no dejando opción de participación a otras
ingenierías que han estado en la gestión de la información en el SGSSS.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación no se acepta toda vez que las demás ingenierías no brindan
el soporte técnico que se requiere para el manejo y cargue de la información dentro del sistema propio de la
Entidad cual es el OASIS por tanto la experticia y tecnicidad del ingeniero debe versar sobre la tecnología en
sistemas
OBSERVACIÓN 4
Dada la responsabilidad que debe afrontar el Gerente de la Auditoría, la solicitud va encaminada a que
se incluya una mayor experiencia de 3 años, como requisito habilitante, sin perjuicio del componente
cuantitativo y calificable. Y exigir las especialidades de ADMINSITRACIÓN EN SALUD, AUDITORÍA EN
SALUD,
SEGURIDAD SOCIAL, REVISORÍA FISCAL, para ocupar este cargo tan importante.
Respuesta de la Entidad: Su observación es procedente la entidad analizará la solicitud y de considerarlo
pertinente hará los ajustes mediante ADENDA la cual será publicada en la página www.colombiacompra.gov.co
www.convida.com.co , sin embargo se aclara que son dos momentos donde se hace el computo de la
experiencia para determinar el puntaje a recibir.
OBSERVACIÓN 5
SOLICITUD N° 2
Para los cargos de COORDINADOR MÉDICAS y MEDICO ESPECIALISTA EN AUDITORÍA, solicitar 3 años
de experiencia mínima, para hacer más fiable la gestión.
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Respuesta de la Entidad: Frente a la observación es importante aclararle al interesado que en razón a la
experiencia del personal esta se determina como bien lo dice por el grado de idoneidad y de experticia, para
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INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
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este tipo de personal existen dos momentos de la experiencia y es la mínima requerida y la que es calificable,
la cual parte de la mínima requerida es ahí donde debe hacerse el computo real que se está solicitando, por lo
tanto el requisito debe verse integralmente, la entidad se mantiene en lo establecido en los términos
OBSERVACIÓN 6
SOLICITUD N° 3
Dada la limitación a una sola especialidad, se debe ampliar el rango de participación hacer más democrático el
proceso, permitiendo que Profesionales Especialistas en: GERENCIA EN SALUD, SEGURIDAD SOCIAL,
ADMINISTRACIÓN EN SALUD, EPIDEMIOLOGÍA, ADMINISTRACIÓN HOSPITALARIA, también participen en
este proceso de selección.
Respuesta de la Entidad: Su observación será tenida en cuenta y de considerarlo la entidad ajustara el
requisito y se reflejará en ADENDA la cual será publicada en la página www.colombiacompra.gov.co
www.convida.com.co
OBSERVACIÓN 7
SOLICITUD N° 4 SE DEBE ACLARAR EL PUNTO DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD EN
AUDITORÍA DE CONCURRENCIA. Adicionalmente, dado que existen profesionales de la salud que tienen
amplia experiencia y pueden aportan al proceso y garantizar optimas auditorías, pero que no alcanzan a mostrar
especializaciones solicitadas; se debe incluir la alternativa de las EQUIVALENCIAS, convalidando experiencia
con especializaciones. La solicitud va encaminada a incluir las equivalencias en cada uno de los ítems o cargos
solicitados.
Respuesta de la Entidad: su observación no es tenida en cuenta en virtud que precisamente se ha considerado
dejar el requisito lo sufrientemente amplio
OBSERVACIÓN 8
SOLICITUD N° 5
SE DEBE ACLARAR EL PUNTO DE LOS PROFESIONALES EN el ítem de AUDITORÍA DE Cuentas Médicas.
Mostrar que tipo de profesionales se requiere
Respuesta de la Entidad: Se aclara que se ha determinado los títulos profesionales dentro, de ellos los
profesionales en salud, y cuando no se requieren se deja la posibilidad que sea un profesional en cualquier
área.
OBSERVACIÓN 9
SOLICITUD N° 6
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7
Se solicita ampliar la gama de especialidades de los abogados, incluyendo las especialidades de Derecho
Comercial, Seguridad Social, Derecho Laboral.
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LA INVITACIÓN PÚBLICA
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EPS´S CONVIDA –IP-CM-002-2016
Respuesta de la Entidad: Su observación será tenida en cuenta y de considerarlo la entidad ajustara el
requisito y se reflejará en ADENDA la cual será publicada en la página www.colombiacompra.gov.co
www.convida.com.co
OBSERVACIÓN 10
SOLICITUD N° 7
SE solicita ampliar el requerimiento de Ingenieros en el ítem de Auditoría Administrativa y financiera, incluyendo:
INGENIEROS INDUSTRIALES, INGENIEROS ELECTRÓNICOS, INGENIEROS EN INFORMÁTICA, CON LA
DEBIDA EXPERIENCIA EN EL TEMA.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación no se acepta toda vez que las demás ingenierías no brindan
el soporte técnico que se requiere para el manejo y cargue de la información dentro del sistema propio de la
Entidad cual es el OASIS por tanto la experticia y tecnicidad del ingeniero debe versar sobre la tecnología en
sistemas
OBSERVACIÓN 11
SOLICITUD N°8
En el numeral 5.4.1 FORMACIÓN Y EXPERIENCIA ADICIONAL DEL
PERSONAL 900 PUNTOS, no existe claridad y el proceso es confuso en la distribución de las cifras
en formación académica adicional a la mínima y experiencia adicional a la mínima; en los dos cuadros
donde aparentemente se muestran los puntajes y en el texto que soporta la distribución, se hace
mención a puntajes diferentes y la redacción e información no es concisa para los 6 cargos incluidos
en esta medición, prestándose para confusión y malas interpretaciones. Favor efectuar ajuste y
mostrar el nivel de detalle de esta distribución de valores para cada cargo e ítem.
Respuesta de la Entidad: Su observación será tenida en cuenta y se aclara para que la redacción del requisito
no tienda a confundir a los participantes, ajustes que se reflejarán mediante ADENDA que será publicada en la
página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
OBSERVACIÓN 12
SOLICITUD N° 9
Página
8
En el numeral 4.7.2.1 Clasificación del Registro Único De Proponente, no se muestran los códigos del
clasificador del objeto a contratar, por lo cual, se solicita para efectos del artículo 2.2.1.1.2.1.3 del
Decreto 1082 de 2015, que el servicio que se pretende contratar esté en concordancia con los
siguientes códigos de clasificación de bienes y servicios:
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LA INVITACIÓN PÚBLICA
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
EPS´S CONVIDA –IP-CM-002-2016
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación es necesario precisar que si bien la EPS´S la
entidad no ha solicitado como tal el cumplimiento de varias actividades simplemente que cobija
MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS, en virtud que dentro de este proceso no se aplica todo
el normado del Decreto 1082 de 2015
5 OBSERVADOR: AUDITSALUD (FERNANDO QUINTERO )
FECHA: 27 de Julio 2016 15:24
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
OBSERVACION 1
Observación 1: En cuanto al requisito habilitante correspondiente a la capacidad financiera requerido
en los estudios previos y pliego de condiciones definitivos del proceso de la referencia, se aclara que
los mismos tuvieron que tener una relación directa con las especificaciones técnicas, económicas y
financieras del objeto a contratar; con un estudio serio y responsable que reflejara las condiciones
reales del mercado, y no como la entidad pretende contratar con una evidente restricción a la libre
competencia, falta de transparencia y una violación flagrante al deber de selección objetiva que rige las
etapas precontractuales de los procesos de selección que se publican
Por lo tanto, si de continuar con esta violación flagrante a los principios rectores que orientan la
contratación estatal, y no fuere posible modificar el requisito habilitante de índole financiero, que
garantice la libre concurrencia y la libertad de empresa, nos veremos en la penosa tarea de oficiar a los
órganos de control respectivos, para que tanto el Ordenador del Gasto, Gerente de Proyecto y Comités
estructuradores respondan por las faltas y posibles delitos que se pudieren tipificar.
Página
9
Así mismo, de continuar con esa flagrante negligencia, el señor Ordenador del Gasto y su Gerente de
Proyecto, debió acudir a otro mecanismo de selección como la contratación directa y no mediante la
modalidad de concurso de mérito.
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
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Respuesta de la Entidad: Considerando que dentro de esta observación existe una mera expresión conceptual
a nombre propio y de índole subjetivo del interesado no nos pronunciaremos al respecto.
En tanto el por qué no se realiza directamente, este proceso sigue las reglas del manual de contratación y las
buenas prácticas contractuales de las entidades que se rigen por los principios rectores de la contratación y su
modalidad debe ser escogencia a través de convocatoria ya que se trata de una actividad no propia de la
prestación de servicios de salud, así como tampoco es causal de contratación directa
OBSERVACIÓN 2
Observación 2: Teniendo en cuenta el numeral 4.4.3 en la NOTA 4: “El proponente no podrá dejar
desprovisto la auditoría concurrente en las IPS designadas ni en épocas domingos ni festivos”, es claro
que se debe tener un plan de contingencia para reemplazos en casos de eventuales inasistencias de los
auditores concurrentes a cargo. En cuanto a la cobertura del proceso durante los fines de semana y
festivos, como se realizarían estas actividades..? Requerirían la misma intensidad horaria que en los
días hábiles, el mismo personal o se podría substituir por gestores hospitalarios con seguimiento
administrativo a aspectos como referencia y contra-referencia, autorizaciones y egresos.?
Respuesta de la entidad: Esta observación ya fue realizada la cual se dio respuesta sin embargo se reitera
Las actividades de concurrencia están orientadas a servicios de salud que se prestan de manera ininterrumpida
y son de alto impacto en el costo médico (urgencias, hospitalización y UCI), por lo que es indispensable que se
tenga seguimiento permanente y continuo, por ende el contratista deberá precisar en el cronograma y plan de
trabajo, así como concertará con las IPS y el supervisor, la actividad lo anterior dentro de los principios de
pertinencia y oportunidad
OBSERVACIÓN 6
Observación 3: En cuanto al personal mínimo requerido, especificaciones técnicas literal C, para
concurrencia, se solicita aclarar si existe algún perfil específico por tipo de servicio, objeto de auditoría
concurrente o tanto los médicos auditores como los profesionales de la salud pueden alternar la
auditoría concurrente en los diferentes tipos de estancia.?
Respuesta de la Entidad: Frente a su observación si existe el perfil específico determinado en el numeral
4.4.3, en este cuadro se determina el perfil específico por cada profesional en el área y en cada una de las
auditorias señaladas y será el contratista quien determine en su plan de trabajo las cargas y movimientos a
quien dispone para tal efecto, en virtud que al contratista le debe llegar el resultado final de la auditoria
concurrente.
OBSERVACIÓN 7
Observación 4: En cuanto al proceso de digitación literal d numeral 3, “el plazo máximo para la
digitación de las facturas radicadas es de 72 horas”. Se deben contemplar los picos de radicación que
se presentan días antes de los cierres mensuales. Por otro lado, existe la posibilidad de cargue de
facturación por RIPS en el aplicativo del contratante….?
Respuesta de La Entidad: Frente a la observación se informa que existe el campo de facturación por RIPS
en el aplicativo OASIS de la EPS´S Convida
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6 OBSERVADOR: D&G Consultores (ALICIA MEDINA)
FECHA: 27 de Julio 2016 16:19
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
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OBSERVADOR 6
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
-OBSERVACION 1
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NUMERAL 4.3 CAPACIDAD FINANCIERA
1. Índice de Liquidez: Se solicita un índice mayor o igual a 4
Índice de Endeudamiento: Se solicita un índice menor a 30%; los cuales consideramos no acordes a las
características del proceso, del tipo de empresa y del sector; en razón a las siguientes consideraciones:
Es importante precisar que el resultado de esta razón según los análisis financieros, se considera como
óptimo los valores entre 1 y 2; entre otras razones, porque un valor de este índice menor que 1 indica
que la empresa puede declararse en suspensión de pagos y deberá hacer frente a sus deudas a corto
plazo teniendo que tomar parte de su activo. Por otra parte, un valor muy alto de este índice supone una
solución de holgura financiera, pero que influye negativamente sobre la rentabilidad total de la empresa,
lo cual la hace inviable a largo plazo.
Así mismo, si revisamos las cuentas que componen el activo corriente, puede suponerse que la cantidad
de activos que en un momento dado la empresa tiene para respaldar sus pasivos a corto plazo, pero
esta condición no garantiza que estos activos puedan significar un flujo de efectivo suficiente para
cumplir con sus obligaciones.
En el mismo sentido, saliendo de la teoría y aplicando la comparación con los indicadores que
componen el sector real de la economía de Colombia, consolidados en el SIREM de la Superintendencia
de Sociedades, encontramos que los indicadores en lo que respecta a razón de liquidez es de 1,54 para
el año 2015, 1,35 para el año 2014 y en lo referente a endeudamiento se ubican entre el 63 y 65%
respectivamente.
Y si comparamos con procesos similares actualmente convocados en el sector salud, con
presupuestos oficiales similares (ej. CM-25-2016); cuyo objetos son de auditoría en salud y plazos de
ejecución y formas de pago similares; encontramos índices solicitados mayores a 1.5 para razón de
liquidez e índices de endeudamiento menores o iguales al 65%.
Si lo comparamos con procesos similares actualmente convocados en el sector salud (ej. CM-90-2016);
con presupuestos oficiales mayores; cuyo objetos son de auditoría en salud y plazos de ejecución de
un año y formas de pago a mayor número de días; encontramos índices solicitados mayores a 1.6 para
liquidez, con índices de endeudamiento menor a 60%.
Por último si analizamos desde el punto de vista de lo que estaría pretendiendo la EPS cubrir dentro del
contrato analizando los índices del proponente, según el numeral 1.10 se evidencia que el pago inicial
es a la aprobación del plan de trabajo por valor de $420 millones, luego 4 mensualidades vencidas
aproximadas de $476 millones; para finalmente dejar la facturación última con alguna dificultad que
puede conllevar atraso y cuya cuantía sería aproximadamente de 476 millones; por lo cual si se analizan
los indicadores junto con el capital de trabajo, resultan muy superiores los de liquidez y endeudamiento,
respecto a la necesidad a garantizar; teniendo además en cuenta que también se evalua un capital de
trabajo que finalmente garantiza los recursos para el proyecto.
Página
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Por lo anterior, nos permitimos solicitar de la forma más respetuosa que para construir este indicador,
se tenga en cuenta las verdaderas características de las empresas de auditoría en salud y las exigencias
de capital de trabajo concuerden con lo que se pretende cubrir, sin que se exceda en forma injustificada,
que de acuerdo al análisis pueden ser:
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
EPS´S CONVIDA –IP-CM-002-2016
Indice de líquidez: Mayor o igual a 1.5
Indice de endeudamiento: Menor o igual al 65%
Respuesta de la Entidad: Frente a la apreciación del interesado es importante manifestarle que el
resultado de la determinación de los indicadores financieros, así como los demás elementos de juicio
que realizó y contemplo la entidad para este tipo de procesos lo realizó con los elementos necesarios
para determinar en primer lugar el tipo, naturaleza y desarrollo de esta modalidad de contrato donde
ya se reiteró sobrepesa la carga prestacional o equipo de trabajo, por ende reiteramos lo establecido
en respuestas anteriores, sin embargo manifestamos que lo que requiere la entidad son empresas
que demuestres un mejor comportamiento y garantía para la entidad contratante analizará
nuevamente los indicadores y si es necesario ajustará los Terminos de condiciones a través de
ADENDA la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
OBSERVACIÓN 2
2. En el numeral 3 Razón de cobertura de intereses aunque en la nota se registra que cuando un
proponente no tenga obligaciones financieras, se calificará HABILITADO; y teniendo en cuenta la
verificación que se hará sobre el RUP, consideramos necesario para claridad que se complemente la
nota explicativa; en cuanto a que en estos casos en el RUP se registra como indeterminado.
Por lo anterior de forma respetuosa nos permitimos sugerir se aclare de la siguiente forma:
Nota: Para las entidades que al cierre de su ejercicio económico no registren Gastos por Intereses
Financieros, y que el resultado del indicador de Cobertura de Intereses resulta indeterminado por la
operación matemática de dividir entre cero (0), se considera que cumplen con el requisito y se habilita
dentro del proceso de verificación de requisitos habilitantes.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación se le aclara al interesado que cuando en el RUP no se
registren intereses financieros es decir el valor de intereses causados es cero el proponente se habilita, teniendo
en cuenta que el valor de la utilidad operacional no es divisible entre cero.
Es importante señalar que las empresas deben registrar ante las Cámaras de Comercio en forma fiel y fidedigna
las cifras contenidas en los estados financieros
OBSERVACIÓN 3
NUMERAL 4.4 REQUISITOS TECNICOS
1. En la nota 4 del numeral 4.4.3 se señala El proponente no podrá dejar desprovisto la auditoría
concurrente en las IPS designadas ni en épocas domingos ni festivos.
Página
De igual forma, de estar previsto que en el plan de trabajo concurrente se requerirá de la presencia de
los profesionales en las IPS incluidos dominicales y festivos; se requiere que la EPS`s desde ya indique
en los pliegos dicha condición, para que la proyección financiera de costos en que incurra el proponente
12
Teniendo en cuenta que la auditoría según se señala en el numeral 1.10 obedece a un plan de trabajo
aprobado por el supervisor; consideramos que es allí donde se fijan las IPS, días, alcance y coberturas
de las auditorías a realizar, pues de otra forma se configuraría una atención concomitante a la asistencial
propia del prestador.
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LA INVITACIÓN PÚBLICA
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tenga prevista la carga económica que conlleva contar con profesionales de salud y administrativos
especializados y con amplía experiencia, como lo requieren los pliegos para habilitarse y puntuar; en
dichos horarios.
En consecuencia de lo anterior, de forma respetuosa nos permitimos solicitar sea suprimida la nota y
que obedezca al plan de trabajo o que se defina la permanencia en cantidad de días y horas de
dominicales y festivos y en que IPS; y a su vez se ajuste el presupuesto respectivo.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación, y teniendo en cuenta como bien lo manifiesta el
interesado esta actividad deberá ser concertada con las IPS, por tanto no se elimina
OBSERVACION 4
NUMERAL 5.4 FACTORES Y CRITERIOS DE ESCOGENCIA Y ADJUDICACION
1. En la experiencia específica se registra en todos los perfiles “(…) funcionario en entidades
estatales (…)”, al respecto solicitamos se nos aclare si esto incluye las entidades de economía
mixta o empresas que considerandose públicas o estatales se rigen en materia de contratación
por derecho privado.
Respuesta de la Entidad: Se aclara al interesado que la intención del requisito es dar la oportunidad a
los futuros proponentes el que hagan uso en sus certificaciones de experiencia aquellas que han tenido de una
u otra manera cargos relacionados directamente con el objeto a desarrollar a través del contrato, no cerrando
la posibilidad a solo un tipo de certificaciones, dado que aquellos que laboraron en empresas publicas o privados
también cuentan con una experticia en los temas.
Se ajustara la redacción del requisito para mas comprensión de los interesados el cual se reflejara y ajustará
los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com.
co www.convida.com.co
2. Respecto a la formación académica adicional a la solicitada para todos los perfiles; teniendo en
cuenta que es a nivel de postgrado y que en el sector dados los cambios en los pensúm académicos y
que para el area de auditoría muchos de los profesionales en aparición de nuevos curriculos optan por
hacer más de una especialización como estudio de postgrado.
En consecuencia, de manera respetuosa solicitamos sea asignada en 50 puntos por cada postgrado
en áreas relacionadas. En todo el caso el máximo puntaje por este concepto será de 100 puntos.
Se aclare que más de un posgrado relacionado permita que se sumen sin exceder el máximo previsto.
Respuesta de la Entidad: No se acepta la Observación y se mantiene lo establecido en los términos dado
que los perfiles y la forma de calificar fueron realizados por la entidad con un análisis juicioso de necesidad
OBSERVACION 5
Página
Por lo tanto solicitamos de manera respetuosa hacer la asignación de puntaje en igualdad con los otros
conformantes del equipo, es decir, Por cada AÑO de experiencia especifica adicional a la minima
13
3. En la experiencia específica del Coordinador Administrativo y Financiero, el puntaje por cada año
adicional varía respecto a los otros perfiles de 50 a 25; teniendo en cuenta que para el objeto a
desarrollar el gran componente es técnico, no es justificable porque se evalua de forma diferente al
coordinador administrativo.
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solicitada en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido
para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de 100 puntos.
Respuesta de la Entidad: No se acepta la Observación y se mantiene lo establecido en los términos dado que
los perfiles y la forma de calificar fueron realizados por la entidad con un análisis juicioso de necesidad
OBSERVACIÓN 6
4. De igual forma para el Coordinador Administrativo y Financiero, se da puntuación adicional si ha laborado en
entidades estatales en cargos con proyectos de revisoría fiscal y auditoría financiera. Teniendo en cuenta que
solo los contadores pueden ser revisores fiscales, se estaría desvirtuando el título habilitante para el perfil según
lo señalado en el numeral 4.4.3; en el mismo sentido, las entidades públicas en su mayoría contratan de forma
externa a sus revisores fiscales en cumplimiento de la normatividad vigente; razón por la cual cumplir con la
experiencia para tener puntaje adicional es inviable. Si vamos a experiencia en auditoría financiera, en el mismo
sentido, las entidades contratan empresas externas para dicha labor.
En consecuencia solicitamos que dicha experiencia sea: Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades
estatales en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios en entidades
del sistema general de seguridad social en salud en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional,
que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de 100 puntos.
Respuesta de la Entidad: Se acepta parcialmente la observación en virtud que se ampliara el requisito a
entidades públicas y privadas
Se ajustara la redacción del requisito para más comprensión de los interesados el cual se reflejara y ajustará
los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com.
co www.convida.com.co
OBSERVACION 7
5. Para los médicos especialistas en auditoría se asigna puntaje por cada año como funcionario en entidades;
teniendo en cuenta el mercado laboral y el sector, es sabido, que si bien es cierto los médicos auditores realizan
su actividad y la experiencia la adquieren en entidades públicas; no siempre ésta es como funcionario, sino a
través de contrataciones por prestación de servicios o por un tercero.
Por lo anterior solicitamos de forma respetuosa que dicha experiencia sea: Por cada AÑO laborado para
entidades del sistema general de seguridad social en salud en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo o
Auditor, gerencia en salud de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos de los solicitados
en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo,
se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo de 50 puntos.
Respuesta de la Entidad: Se observación se acepta parcialmente. Se ajustara la redacción del requisito para
más comprensión de los interesados el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de
ADENDA la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
6. Por último el sistema seguridad social en salud es el mismo en cuanto a los actores, independiente de que
sean públicos o privados; por tal razón solicitamos de la forma mas respetuosa para el personal propuesto no
se limite a entidades pùblicas sino que se permita también en entidades privadas; siempre y cuando sean
integrantes del SGSSS.
Página
14
Por lo anterior, agradecemos tener en cuenta la solicitud para todo el recurso humano solicitado.
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Respuesta de la Entidad: Se observación se acepta parcialmente. Se ajustara la redacción del requisito para
más comprensión de los interesados el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de
ADENDA la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
OBSERVACION 8
7. De igual forma para el Auditor Administrativo y Financiero, se da puntuación adicional si ha laborado
en entidades estatales en cargos con proyectos de revisoría fiscal y auditoría financiera. Teniendo en
cuenta que solo los contadores pueden ser revisores fiscales, se estaría desvirtuando el título
habilitante para el perfil según lo señalado en el numeral 4.4.3; en el mismo sentido, las entidades
públicas contratan de forma externa a sus revisores fiscales en cumplimiento de la normatividad
vigente; razón por la cual cumplir con la experiencia para tene puntaje adicional es inviable. Si vamos a
experiencia en auditoría financiera, en el mismo sentido, las entidades contratan empresas externas
para dicha labor.
En consecuencia solicitamos que dicha experiencia sea: Por cada AÑO laborado como funcionario en
entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo o AUDITOR de prestación de
servicios en entidades del sistema general de seguridad social en salud en los Requerimientos Técnicos
(Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos,
hasta un máximo de 100 puntos.
Respuesta de La Entidad: Se observación se acepta parcialmente. Se ajustara la redacción del requisito para
más comprensión de los interesados el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de
ADENDA la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
7 OBSERVADOR. SAC CONSULTING (NEVER ENRIQUE MEJÍA)
FECHA: 14 de Julio 2016 21:07
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
OBSERVACION 1
A. EN RELACION A LOS LIDERES
Solicitamos respetuosamente se consideren los siguientes aspectos:
1. GERENTE Y/O LIDER DEL PROYECTO
Página
“(…) Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 100 puntos así:
Este profesional deberá cumplir como mínimo con los requisitos exigidos para él en
el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS TÉCNICOS de los presentes Términos de
condiciones.
Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los
Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo
exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de 100 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel
directivo, asesor o ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido
a su cargo proyectos de los solicitados (SALUD REGIMEN SUBDISADO-RECOBROSCALIDAD) en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda
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En los términos de referencia, numeral 5.4.1., “EXPERIENCIA ESPECÍFICA”, se
precisa lo siguiente:
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
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del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de
100 puntos (…)”
Sobre el particular, y con el ánimo de permitir una mayor participación de las firmas
oferentes agradeceríamos ampliar los requerimientos especificados en el numeral
transcrito en precedente, para considerar los siguientes aspectos:


Que para acreditar la experiencia en el sector público, se acepte las labores
cumplidas “con funciones públicas”, como es el caso de contralorías, con
funciones de revisoría
fiscal, liquidador, interventor administrativo,
interventor para liquidar, o similares, ya que de acuerdo a la legislación
vigente sobre el particular, las funciones ejercidas en estos cargos son
asimilables a las que se cumplen como funcionarios públicos y por tanto
sujeto a las responsabilidades y obligaciones inherentes a tal condición.
En su defecto, ampliar la experiencia específica de manera que se pueda
acreditar la obtenida en el área privada, en actividades relacionadas con el
cargo y que se hayan cumplido en el sector salud.
OBSERVACION 2
2. COORDINADOR CONCURRENTE
En los términos de referencia, numeral 5.4.1., “EXPERIENCIA ESPECÍFICA”, se
indica:
“(…) Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 100 puntos así:
Este profesional deberá cumplir como mínimo con los requisitos exigidos para él en
el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS TÉCNICOS de los presentes Términos de
condiciones.
Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los
Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo
exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de 100 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel
directivo, asesor o ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido
a su cargo proyectos de los solicitados (SALUD, ADUTORIA, ADMINISTRADOR EN
SALUD )en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda
del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo de
100 puntos(…)”
Con respecto a éste tema, y con el ánimo de permitir una mayor participación de las
firmas oferentes agradeceríamos ampliar los requerimientos especificados en el
numeral transcrito en precedente, para considerar los siguientes aspectos:
16

Que para acreditar la experiencia en el sector público, se acepte las labores
cumplidas “con funciones públicas”, como es el caso de contralorías, con
funciones de revisoría
fiscal, liquidador, interventor administrativo,
interventor para liquidar, o similares, ya que de acuerdo a la legislación
vigente sobre el particular, las funciones ejercidas en estos cargos son asimilables
a las que se cumplen como funcionarios públicos y por tanto sujeto a las
responsabilidades y obligaciones inherentes a tal condición.
En su defecto, ampliar la experiencia específica de manera que se pueda acreditar
la obtenida en el área privada, en actividades relacionadas con el cargo y que se
hayan cumplido en el sector salud.
Página

´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
OBSERVACION 3
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
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3. COORDINADOR MÉDICO:
En los términos de referencia, numeral 5.4.1., ítem 4, “EXPERIENCIA ESPECÍFICA”,
se expresa:
“(…) Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 50 puntos así:
Este profesional deberá cumplir como mínimo con los requisitos exigidos para él en
el REQUERIMIENTOS TÉCNICOS de los presentes Términos de condiciones.
Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los
Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo
exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo de 50 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel
directivo, asesor o ejecutivo o auditoria en salud o clínica, de prestación de servicios,
que hayan tenido a su cargo proyectos de los solicitados en los Requerimientos
Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este
cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo de 50 puntos. (…)”
En relación a lo expuesto, y con el ánimo de permitir una mayor participación de las
firmas oferentes agradeceríamos ampliar los requerimientos especificados en el
numeral transcrito en precedente, para considerar los siguientes aspectos:


Que para acreditar la experiencia en el sector público, se acepte las labores
cumplidas “con funciones públicas”, como es el caso de contralorías, con
funciones de revisoría
fiscal, liquidador, interventor administrativo,
interventor para liquidar, o similares, ya que de acuerdo a la legislación
vigente sobre el particular, las funciones ejercidas en estos cargos son
asimilables a las que se cumplen como funcionarios públicos y por tanto
sujeto a las responsabilidades y obligaciones inherentes a tal condición.
En su defecto, ampliar la experiencia específica de manera que se pueda
acreditar la obtenida en el área privada, en actividades relacionadas con el
cargo y que se hayan cumplido en el sector salud.
OBSERVACION4
4. MÉDICO ESPECIALISTA EN AUDITORÍA:
En los términos de referencia, numeral 5.4.1., ítem 4, “EXPERIENCIA ESPECÍFICA”,
se expresa:
Página
17
“(…) Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 50 puntos así:
Este profesional deberá cumplir como mínimo con los requisitos exigidos para él en
el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS TÉCNICOS de los presentes Términos de
condiciones.
Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los
Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo
exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo de 50 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel
directivo, asesor o ejecutivo o Auditor, gerencia en salud de prestación de servicios,
que hayan tenido a su cargo proyectos de los solicitados en los Requerimientos
Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este
cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo de 50 puntos (…)”
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
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Con el ánimo de permitir una mayor participación de las firmas oferentes
agradeceríamos ampliar los requerimientos especificados en el numeral transcrito en
precedente, para considerar los siguientes aspectos:


Que para acreditar la experiencia en el sector público, se acepte las labores
cumplidas “con funciones públicas”, como es el caso de contralorías, con
funciones de revisoría
fiscal, liquidador, interventor administrativo,
interventor para liquidar, o similares, ya que de acuerdo a la legislación
vigente sobre el particular, las funciones ejercidas en estos cargos son
asimilables a las que se cumplen como funcionarios públicos y por tanto
sujeto a las responsabilidades y obligaciones inherentes a tal condición.
En su defecto, ampliar la experiencia específica de manera que se pueda
acreditar la obtenida en el área privada, en actividades relacionadas con el
cargo y que se hayan cumplido en el sector salud.
Respuesta de la Entidad: Considerando que las observaciones del interesado versan sobre una misma
solicitud ante los requisitos de calificación en la parte de experiencia y siendo reiterativo de la varios interesados,
la entidad ajustara la redacción del requisito para más comprensión de los interesados el cual se reflejara y
ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual se publicará en la página
www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co, frente al requisito especial por cada profesional la entidad
analizará y de ser procedente se procederá así mismo a realizar los ajustes
OBSERVACION 5
B.
Reiteramos de forma respetuosa, que en el punto 1.10 "FORMA DE PAGO (...)
Cuatro mensualidades vencidas, previa presentación de la factura y certificación de
cumplimiento por parte del supervisor del contrato", no se especifica el tiempo en que el
supervisor del contrato debe expedir la certificación de cumplimiento. Solicitamos
comedidamente se considere incluir dicha información.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación le manifestamos que dentro de lo establecido en
el procedimiento interno de la entidad se determina el tiempo que se requiere para hacer la revisión
de informe y proceder al pago.
8 OBSERVADOR: VÍCTOR JAVIER PRIETO LOPEZ (Coordinador de licitaciones)
FECHA: 2016 15 de Julio 2016 16:40
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
OBSERVANTE 8
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
OBSERVACIONES RESPETUOSAS INVITACION PUBLICA IPCM-002-2016
14 de Julio 2016 21:07
OBSERVACION 1
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18
Se solicita de la manera mas respetuosa la corrección en los pliegos y la extensión en la fecha de cierre
de las propuestas, puesto que se han cometido varios un errores garrafales, el primero de ellos es:
¿Cómo es posible que se permita la participación de oferentes que tengan un objeto deadquisición y/o
distribución y/o suministro y/o venta y/o comercialización y/o fabricación de EQUIPOS INDUSTRIALES
O SEMI-INDUSTRIALES, MATERIAL DIDÁCTICO, MENAJE DE COCINA, MUEBLES, LENCERÍA Y
COLCHONETAS en un proceso que tiene como objeto una AUDITORÍA EN SALUD?¿Que tiene que ver
esto con el objeto del contrato?, se hace un llamado de atención y la solicitud de poner un especial
cuidado en este tipo de términos, puesto que no tiene presentación que en unos pliegos de condiciones
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
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realizado por una entidad que trabaja con recursos públicos se presenten este tipo de situaciones,
puesto que no se puede permitir que un fabricante de lencería, colchonetas, muebles, menaje de cocina
y equipos se presente a un proceso de tal categoría y magnitud.
“4.7.1.2.6 ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Podrán participar las entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto social comprenda entre otros, cuyo objeto
sea la adquisición y/o distribución y/o suministro y/o venta y/o comercialización y/o fabricación de equipos
industriales o semi-industriales, material didáctico, menaje de cocina, muebles, lencería y colchonetas con
fecha de constitución mínima de cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso y cuya
fecha de terminación sea mínimo igual al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más y estar
legalmente autorizado para tal efecto según el certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual no
podrá tener una fecha de expedición superior a los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de
cierre de la presente selección.
Estar legalmente constituidas y estar inscritas en el registro de Entidades sin Ánimo de Lucro de la Cámara
de Comercio o de la autoridad competente y deben allegar el Certificado de inspección, vigilancia y control
expedido por la Gobernación de Cundinamarca o por Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y
Control de Personas Jurídicas sin Animo de Lucro- Superpersonas Jurídicas de la Alcaldía Mayor de Bogotá
si le es aplicable.
Respuesta de la Entidad: Frente a las observaciones relacionadas por el interesado frente a algunos errores
de transcripción y o digitación que fueron presentados en algunos apartes de los términos, es importante
presentar las debidas excusas por las molestia que puedan ocasionar, sin embargo se hace necesario
manifestar al interesado que si bien esos errores se presentan en el entendido del “lapsus cálami” o todo error
o equivocación involuntaria de una persona.
Sin embargo es menester manifestarle al proponente ante su apreciación siendo está en su intención subjetiva
no nos referiremos a ella simplemente recordamos que estas deben ser respetuosas y sin intenciones o
juzgamientos por errores que han sido contemplados por la normas los cuales se pueden corregir sin afectar
los procedimientos, por ello se constituyen en los procesos etapas incluso para que ustedes como interesados
hagan y contribuyan a la estructura de los términos, recuerdo que el errar es de humanos, y tiene razón en el
sentido de ser más cuidadosos lo cual aceptamos.
Su representante legal debe estar autorizado para suscribir la propuesta y el contrato que se llegare
a celebrar.”
OBSERVACION 2
En el numeral 4.7.2.4 EXPERIENCIA ACREDITADA HABILITANTE DEL PROPONENTE se requiere
en CONDICIONES DE EXPERIENCIA lo siguiente:
“REQUISITO DE EXPERIENCIA ACREDITADA:
CONVIDA EPS´S requiere que el proponente acredite una experiencia en dos (2) certificaciones
de contratos debidamente certificadas y registrados en el RUP y suscritos, iniciados y ejecutados
dentro de los últimos diez (10) años contados a partir a la fecha de cierre del presente invitación
cuyo objeto sea AUDITORIA DE CUENTAS MEDICAS y/o AUDITORIA CONCURRENTE y/o
AUDITORIA RETROSPECTIVA Y AUDITORIA ADMINISTRATYIVA Y FINANCIERA.
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19
Nota 1: Cada una de las certificaciones que acredite la experiencia, deberá corresponder a contratos
ejecutados durante el PERIODO comprendido entre el 1º de enero de 2006 y la fecha de cierre del
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presente proceso de selección. Las certificaciones que no correspondan a contratos ejecutados
dentro del periodo anteriormente establecido no se tendrán en cuenta.
Los contratos celebrados por Consorcios, Uniones temporales y sociedades en las cuales el
interesado tenga o haya tenido participación, para cada uno de los bienes, que ofrecerá la EPS´S
Convida Estatal.”
Estos requerimientos son excesivos y direccionan los pliegos de condiciones, puesto que al
solicitarse una experiencia de dos contratos sin exigencia alguna de salarios mínimos a acreditar
porcentuales a el presupuesto oficial se estaría dejando la puerta abierta a que se presente cualquier
tipo de persona, por ejemplo un fabricante de colchonetas, material de lencería, menaje de cocina,
muebles o material didáctico, por lo tanto se solicita en aras de garantizar la selección objetiva y la
transparencia que sea corregido este punto y se valgan procesos en auditoría y revisoría fiscal y por
un valor porcentual a el presupuesto de los pliegos.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación si bien su apreciación es tendenciosa ofensiva e
irrespetuosa, y encaminadas a poner en duda el carácter objetivo y de transparencia que define y rige todos los
procesos de contratación que adelanta ésta EPS´S, procesos con los cuales se busca dar respuesta de manera
integral a las necesidades institucionales que surgen del ejercicio de las actividades propias de la entidad, y por
lo tanto, se exige moderación por parte del interesado., en los términos y aseveraciones efectuadas hacia la
EPS´S
Recuerde que la entidad hace uso de los principios que enmarcan la contratación y uno de ellos constituye la
Autonomía de la Voluntad del Estado: en donde el Consejo de Estado se ha pronunciado en sendas
providencias sobre el principio de la autonomía de la voluntad es decir de la libertad que tiene las entidades
públicas a las exigencias establecidas en los pliegos de condiciones (…)” Es necesario precisar que en la
contratación realizada por las entidades estatales rige el principio de la autonomía de la voluntad; ello significa
que el ordenamiento jurídico otorga verdadera libertad para especificar el contenido y determinar las
estipulaciones del negocio jurídica, las cuales deben enmarcarse dentro de las normas civiles y comerciales.
(Magistrado Ponente Enrique Gil Botero)
Ahora bien, frente a las condiciones de las certificaciones esta observación ya fue tenida en cuenta a través de
otro interesado y a lo cual la entidad respondió se responde
“(…) Frente a la observación no se acepta en virtud en primer término que los requisitos y condiciones se
encuentran establecidos de conformidad con la naturaleza del proceso, pues lo que se requiere no solo es la
experiencia del proponente, sino la experiencia del personal mínimo a presentar pues es a esta a quien va
dirigida la calificación, pues allí está la carga de tiempos y movimientos y de conformidad con la oferta
económica a presentar
Se agrega entonces que aquí no pesa el factor dinerario toda vez que no estamos frente a un contrato de
suministro o compraventa sino de una consultoría netamente donde se reitera es el personal que que marca el
peso de la contratación.
La Entidad, es clara al establecer las reglas bajo las cuales se acredita dicha experiencia y no encuentra razón
por la cual entrar a explicar y aclarar lo que de acuerdo al desarrollo del punto se indica en los terminos producto
de la lectura detallada
OBSERVACIÓN 3
Página
Se establece un índice de liquidez mayor o igual a cuatro, esto no tiene carta de presentación, es una suma
excesivamente alta, no va de conformidad a los índices que poseen las empresas comunes en el mercado de
20
En el numeral 4.3.2 Indicadores Financieros Obligatorios Proponentes individuales
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las auditorías, si esto no se cambia sería evidencia de que hay una intención de direccionamiento de los pliegos
de condiciones a un determinado oferente, cuestión que viola los principios de la contratación estatal y la ley 80
de 1993 los cuales ustedes se encuentran OBLIGADOS a cumplir por trabajar con recursos públicos.
Lo mismo que el índice de razón de cobertura de intereses mayor o igual a cuatro, de mantenerse estos índices
se demostraría que la entidad ha hecho una licitación a la medida de algún oferente en específico, cuestión que
vulnera toda la normatividad y principios de la contratación con entidades que manejan recursos públicos.
Dados los graves errores apreciados y las posibles irregularidades que se puedan dar en la selección del
contratista en caso de no corregirse se solicita de manera respetuosa sea extendido el cronograma de
presentación de ofertas y se corrijan las equivocaciones en el pliego, de igual manera, y en garantía del derecho
de veeduría ciudadana se enviará copia a los entes de control para que pongan especial atención a las
actuaciones de la entidad y revisen que todo se encuentre sujeto a derecho, al ordenamiento jurídico, la ley y
la constitución.
Respuesta de la Entidad: Frente a su observación y comentarios. Con respecto a la observación
presentada, es necesario indicar antes de proceder a dar respuesta a dicha observación, a la EPS´S,
a través de funcionarios y/o contratistas no les asiste interés alguno en direccionar dicha contratación
hacia proponente o persona alguna, sino por el contrario estamos en un proceso transparente y
responsable que ha permitido generar un amplio espacio para observar los términos de condiciones
del referenciado proceso de contratación, con el fin de lograr un proceso definitivo ampliamente
analizado. Ahora bien, frente a las observaciones temerarias, calumniosas e injuriosas donde afirma
que la administración no está siendo clara con las reglas con el ánimo de direccionar el proceso, no
se puede aceptar tales afirmaciones sencillamente porque los términos no se adecuan a sus propios
intereses.
Es claro que los términos no pueden beneficiar a todos los interesados a contratar, pues en ellos se
debe garantizar los intereses de la entidad, mediante una selección objetiva y transparente de
cualquier proponente que tenga experiencia y experticia para un contrato de esta magnitud; es así que
la administración tiene la seguridad que las exigencias solicitadas son coherentes y están enmarcadas
en elementos de proporcionalidad y racionalidad buscando siempre la adecuada prestación del
servicio, minimizar los riesgos posibles, y proteger de manera efectiva el patrimonio público y los
procesos de supervisión a contratarse
De otra las equivocaciones por errores de transcripciones no justifican su intención de continuar con
procesos, el que desconozca quizás que la misma legislación previo en sus códigos y confirmado a
través de las sentencias, la comisión de aquellos errores involuntarios de trascripción por la misma
connotación de seres humanos, errores en el sistema público pueden e incluso se presentan
constantemente, no exaltaría ni dictaría las normas correctivas que para ello se han preceptuado.
Ahora bien, frente a la observación la entidad procede a realizar un nuevo examen y si considera permitente el
ajustar algún requisito lo hará y se procederá a el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a
través de ADENDA la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co,
Página
21
9 OBSERVADOR: CENTRO DERMATOLOGICO "FUNINDERMA" (DAVID ALFREDO CASTILLO
MOLINA Representante Legal)
FECHA: 27 de Julio 2016 20:40
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
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OBSERVACION 1
CON RESPETO AL ÍTEM 5.5 FACTORES DE DESEMPATE, NUMERAL 4, SE PRECISA LO SIGUIENTE:
“(…) Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente
por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el
cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la
oficina de trabajo de la respectiva zona, y registrado en la organización técnica en el RUP que hayan
sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que
mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación, de lo contrario no se tendrá en cuenta
como factor desempate.
Muy respetuosamente y sobre el punto que 1 expuesto anteriormente, muy respetuosamente solicitar
dentro de los criterios de desempate que se considere que por lo menos haya una (1) persona en
condición de discapacidad vinculada laboralmente, descartando a su vez la condición tiempo de
servicio de 1 año y se evalúe la realidad de la vinculación de mínimo una (1) persona con discapacidad
y la debida certificación de la entidad de que mantendrá a esta persona por igual tiempo de duración
del contrato a su formalización.
Respuesta de la Entidad: Su observación se acepta de manera parcial, en virtud que este requisito obedece
a una reglamentación especial para la protección y garantía de derechos a este tipo de población, sin embargo
se tendrá en cuenta el incluir un requisito equivalente que pueda apoyar a las empresas a cumplir con este
requisito. Los ajustes el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual
se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
OBSERVACION 2
2. Con respecto a lo tratado en el numeral 5.4.1 de EXPERIENCIA ADICIONAL DEL PERSONAL,
CAPITULO 4. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS y que serán evaluadas en la forma que aparece a
continuación.
2.1 GERENTE Y/O LÍDER DE AUDITORIA: Acreditación de experiencia adicional acreditada por encima
de la mínima requerida, se expresa lo señalado a continuación –
Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 100 puntos así: Este profesional deberá cumplir
como mínimo con los requisitos exigidos para él en el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS TÉCNICOS de
los presentes Términos de condiciones.
Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos
(Cap.4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos,
hasta un máximo de 100 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o
ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos de los
solicitados (SALUD REGIMEN SUBDISADO-RECOBROS-CALIDAD) en los Requerimientos Técnicos
(Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos,
hasta un máximo de 100 puntos.
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22
.2.2 COORDINADOR AUDITOR CONCURRENTE = 200 PUNTOS
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INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
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Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 100 puntos así: Este profesional deberá cumplir
como mínimo con los requisitos exigidos para él en el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS TÉCNICOS de
los presentes Términos de condiciones.
Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos
(Cap.4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos,
hasta un máximo de 100 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o
ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos de los
solicitados ( SALUD,
ADUTORIA, ADMINISTRADOR EN SALUD )en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este
profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 50 puntos, hasta un máximo
de 100 puntos
2.3 COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO = 200 PUNTOS
Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 100 puntos así: Este profesional deberá cumplir
como mínimo con los requisitos exigidos para él en el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS TÉCNICOS de
los presentes Términos de condiciones.
Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos
(Cap.4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos,
hasta un máximo de 100 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o
ejecutivo o AUDITOR FINANCIERO, AUDITOR DE CUENTAS MEDICAS de prestación de servicios, que
hayan tenido a su cargo proyectos de los solicitados (AUDITORIA FINANCIERO -REVISOR FISCAL EN
IPS O EPS) en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo
exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo de 100 puntos
2.4 COORDINADOR MEDICO = 100 PUNTOS
Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 50 puntos así: Este profesional deberá cumplir
como mínimo con los requisitos exigidos para él en el Capítulo 4 – Por cada AÑO de experiencia
específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos (Cap.4) para este
profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un
máximo de 50 puntos.
Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o
ejecutivo o auditoria en salud o clínica, de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo
proyectos de los solicitados en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda
del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo de 50 puntos.
2.5 MÉDICOS ESPECIALISTA EN AUDITORIA = 100 PUNTOS
Página
Por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos
(Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos,
hasta un máximo de 50 puntos.
23
Experiencia específica acreditada adicional: se otorgará 50 puntos así: Este profesional deberá cumplir
como mínimo con los requisitos exigidos para él en el Capítulo 4 – REQUERIMIENTOS TÉCNICOS de
los presentes Términos de Condiciones
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LA INVITACIÓN PÚBLICA
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
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Por cada AÑO laborado como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o
ejecutivo o Auditor, gerencia en salud de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos
de los solicitados en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4) para este profesional, que exceda del mínimo
exigido para este cargo, se le asignarán 25 puntos, hasta un máximo de 50 puntos.
Muy respetuosamente y con el ánimo de no excluir experiencias de importancia relevante para los
participantes de las firmas oferentes, es pertinente que ante los requerimientos propios de cada numeral
descrito anteriormente donde la condición de puntuación adicional se soportaría en años adicionales
laborados en entidades estatales, cabría a bien con el fin de permitir mayor participación se considere
como experiencia para asignar puntuación adicional la siguiente:
Tener en cuenta y se acepte el tiempo laborado en entidades en las cuales las tareas que se ejecutan
con consideración y la connotación de actividades “con funciones públicas”, como es el caso de
aquellas designaciones realizadas por parte de la Superintendencia Nacional de Salud (Intervención,
Liquidación, Contralorías), esta solicitud basada en la normatividad vigente en materia, expresa que las
funciones desempeñadas en estos cargos se asimilan a las cumplidas como funcionarios públicos.
Además solicitamos se amplié la cobertura de experiencia específica de forma tal que se pueda acreditar
y soportar aquella obtenida en el área privada, en actividades relacionadas con el cargo y que se hayan
cumplido en el sector salud.
Agradecemos de antemano la atención prestada a la presente y en espera de que nuestras respetuosas
observaciones contribuyan al enriquecimiento de la invitación, en espera de sus comentario
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación se acepta parcialmente extendiendo la experiencia a sector
público y privado y a realizar el ajuste de redacción al párrafo dos de la experiencia del personal calificable. Los
ajustes el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual se publicará en
la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
10 OBSERVADOR: SANDRA SALAZAR (Directora de Licitaciones)
FECHA: 21 de Julio 2016 16:34
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
OBSERVACIÓN 1
Página
24
1. De conformidad con los pliegos de condiciones definitivo INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO
DE MERITOS EPS´S CONVIDA IPCM-002-2016 en el numeral 2.4.CRONOGRAMA DEL
PROCESO, en la pág. 11-12, se establece:
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INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
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Solicitamos AMPLIAR cierre del proceso en OCHO (8) días hábiles desde la fecha inicial de cierre, en
razón a que los perfiles y los requisitos exigidos para cada profesional son complejos y el acreditar los
mismos son documentos que no expiden en menos de ocho días hábiles, adicionalmente el equipo es
bastante numeroso para la consecución en el tiempo estipulado. Por otra parte se cuenta con 2 días
hábil de diferencia entre la fecha de publicación de las respuestas del pliego definitivo de la fecha de
diligencia de cierre, entrega de propuesta, igual novedad se presenta con las adendas, las cuales
serán publicadas a menos de 1 día hábil de la fecha de entrega de propuesta, esto limitaría considerar
las modificaciones y aclaraciones que ustedes crean convenientes.
Respuesta de la Entidad: Frente a lo indicado, se acepta parcialmente su observación de acuerdo
con las referidas que se han suscitado en relación con el personal mínimo requerido así como el
calificable la entidad consideró realizar una revisión profunda frente al tema así las cosas se ajustaran
y precisaran los perfiles para dar mayor claridad a los proponentes en el momento de realizar la
propuesta. Los ajustes el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual
se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
Teniendo en cuenta lo anterior se dará el término prudencial para que los proponentes puedan
organizar sus propuestas.
OBSERVACION 2
Página
25
2. De conformidad con los pliegos de condiciones definitivo INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE
MERITOS EPS´S CONVIDA IPCM-002-2016 en el numeral 4.4.3 PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO,
en la pág. 41 se establece:
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Observación 1:
 Solicitamos amablemente nos ACLARAR los perfiles que se deben presentar dentro de la
propuesta con hojas y soportes requeridos son: Gerente de Auditoria, Coordinador Médicas,
Coordinador Concurrencia, Coordinador Administrativo y Financiero, Auditor Administrativo y
Financiero (Profesión Contador), y Médico Especialista en Auditoria. Es correcta nuestra
interpretación.
Respuesta de la Entidad: Frente a lo indicado, se acepta parcialmente su observación de acuerdo
con las referidas que se han suscitado en relación con el personal mínimo requerido así como el
calificable la entidad consideró realizar una revisión profunda frente al tema así las cosas se ajustaran
y precisaran los perfiles para dar mayor claridad a los proponentes en el momento de realizar la
propuesta. Los ajustes el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual
se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
OBSERVACION 3
Observación 2:
Solicitamos para los perfiles del MEDICO ESPECIALISTA EN AUDITORIA y MEDICO
ESPECIALISTA AUDITORIA, se AMPLIE los estudios de pregrado profesionales del área
SALUD.
Respuesta de la Entidad: No se acepta la observación toda vez que el perfil profesional de médico
no puede ser reemplazo por otra profesión así sea relacionada con la salud. Los ajustes el cual se
Página
OBSERVACION 4
26
reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual se publicará en la página
www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
Observación 3:
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AUDITORIA que se debe presentar corresponde es a la AUDITORIA DE CUENTAS MÉDICAS, es
decir presentar la hoja de vida y los soportes de uno (1) de los cuatro (4) profesionales
requeridos y NO el MEDICO ESPECIALISTA AUDITORIA de la AUDITORIA DE
CONCURRENCIA?, es correcta nuestra interpretación?
Respuesta de la Entidad: se acepta la observación y se ajustaran los perfiles y especializaciones de
los profesionales. Los ajustes el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA
la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
OBSERVACION 5
Observación 4:
dos (2) años en acompañamiento a procesos de auditoria médica, conciliaciones se AMPLIE
los estudios POSGRADO en Derecho Contractual o Derecho Estatal o Auditoria o áreas afines
a las mismos.
Respuesta de la Entidad: se acepta la observación y se ajustaran los perfiles y especializaciones de
los profesionales. Los ajustes el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA
la cual se publicará en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
OBSERVACION 6
De conformidad con los pliegos de condiciones definitivo INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO
DE MERITOS EPS´S CONVIDA IPCM-002-2016 con relación Requisitos para el personal, en la
pág. 42, se establece:
Observación 1:
NOTA 2 La Experiencia del personal mínimo requerido, se contará de conformidad con la normativa
vigente, es decir a los profesionales que requieren tarjeta o matricula profesional se contará a partir de
la expedición de la misma, los demás se le contará a partir de la fecha de la obtención del título de
profesional, técnico, tecnólogo o bachiller
experiencia del equipo de trabajo, podrá ser contado a partir de la terminación y aprobación del
pensum académico, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 229 del Decreto
019 de 2012. Es correcta nuestra interpretación??
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación se aclara que el requisito que establece la Nota 2
es muy claro y la norma establece que los profesionales en salud y otros que requieran para el
desarrollo de sus labores la Tarjeta Profesional, deberá contarse su experiencia a partir de su
expedición, existen en el ámbito educativo otras profesiones que no requieren de este documento y
se les cuenta a partir de la terminación del pensum, pero dentro de este se mantiene el requisito
Página
27
OBSERVACION 6
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
LA INVITACIÓN PÚBLICA
Observación 2:
INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE MERITOS
EPS´S CONVIDA –IP-CM-002-2016
NOTA 3 El proponente debe anexar el 100% de las cartas de compromiso por el tiempo de
dedicación y permanencia solicitado para el cumplimiento de las obligaciones del personal
mínimo exigido
compromiso con dedicación y permanencia del Gerente de Auditoria, Coordinador Médicas,
Coordinador Concurrencia, Coordinador Administrativo y Financiero, Auditor Administrativo y
Financiero (Profesión Contador), y Médico Especialista en Auditoria o de los 46 profesional del
equipo exigido para la ejecución del proyecto?
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación. La NOTA 3 El proponente debe anexar el 100% de
las cartas de compromiso por el tiempo de dedicación y permanencia solicitado para el cumplimiento de las
obligaciones del personal mínimo exigido. Es claro el requisito que debe adjuntar la del 100% del personal
mínimo requerido no solo la del personal calificable, distinto es las hojas de vida, la entidad lo que persogue es
que se demuestre que se cuenta con el personal y no sea solo para la presentación de una propuesta, con en
otras ocasiones ha sucedido.
OBSERVACION 7
Observación 3:
NOTA 3
NOTA 4
De acuerdo a la nota anterior respetuosamente solicitamos ELIMINAR ya que en esas
condiciones de ejecución los costos serían muy elevados dado el cubrimiento 24*7 de la
auditoria, lo cual demanda gran cantidad de recurso humano con los recargos y horas extras
para estos días dominicales y festivos.
Respuesta de la Entidad: Esta observación ya fue realizada la cual se dio respuesta sin embargo se reitera
Las actividades de concurrencia están orientadas a servicios de salud que se prestan de manera ininterrumpida
y son de alto impacto en el costo médico (urgencias, hospitalización y UCI), por lo que es indispensable que se
tenga seguimiento permanente y continuo, por ende el contratista deberá precisar en el cronograma y plan de
trabajo, así como concertará con las IPS y el supervisor, la actividad lo anterior dentro de los principios de
pertinencia y oportunidad
OBSERVACIÓN 8
De conformidad con los pliegos de condiciones definitivo INVITACIÓN PÚBLICA CONCURSO DE
MERITOS EPS´S CONVIDA IPCM-002-2016 en el numeral 5.4.1 FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
ADCIONAL DEL PERSONAL 900 PUNTOS, en la pág. 44-48 se establece
Página
1. GERENCIA O LIDER DE AUDITORIA=200 PUNTOS
Solicitamos ACLARAR para el profesional en mención evidenciamos que dan 50 puntos para
título de posgrado (cualquier nivel) en áreas relacionadas con las profesiones requeridas o
actividades requeridas y 50 puntos para título de Maestría o Doctorado 50 puntos. Según lo
anterior el profesional debe contar con dos títulos de posgrado para el máximo puntaje de 100
puntos, es correcta nuestra interpretación?, es decir puede allegar título de especialización y
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Observaciòn 1
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adicional título de maestría... Así mismo para este perfil solicitamos confirmar si se presenta
POSGRADO en Administración de salud o Educación Sexual o afines a las ciencias de la salud
aplicarían para los títulos de posgrado exigidos?
Respuesta de la Entidad: Frente a la Observación se aclara al interesado que se revisará
concienzudamente para dar más claridad sobre la forma de la calificación dado y mediante ADENDA
se harán los ajustes correspondientes la cual se publicará www.colombiacompra.com. co
www.convida.com.co
OBSERVACION 9
 Solicitamos ACLARAR para la experiencia especifica adicional se expresa si por un año de
experiencia como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo o
AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos de los solicitados
(SALUD REGIMEN SUBDISADO-RECOBROS-CALIDAD) otorgan 50 puntos, si se presentan DOS
(2) años de experiencia especifica laborados en lo anterior enunciado se otorgaría un máximo de 100
puntos. Es correcta nuestra interpretación??... O como segunda opción es acreditar por cada AÑO de
experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4), es
decir experiencia en Gerencia de empresas aseguradoras y prestadoras de salud. Proyectos de
auditoría de cuentas médicas, auditoría financiera, contable, control interno o
liquidaciones/intervenciones en entidades de salud, se le asignarán 50 puntos, es decir si presenta
con DOS AÑOS se otorgaría un máximo de 100 puntos.
Lo anterior es la falta de claridad en el pliego de condiciones, si otorgan 200 puntos teniendo en cuenta
los dos párrafos de la experiencia especifica adicional o 100 puntos, por favor solicitamos ACLARAR
esta novedad con los puntos de la experiencia adicional.
Respuesta de la Entidad: Frente a la Observación se aclara al interesado que se revisará
concienzudamente para dar más claridad sobre la forma de la calificación dado y mediante ADENDA
se harán los ajustes correspondientes la cual se publicará www.colombiacompra.com. co
www.convida.com.co
OBSERVACION 10
Observación 2:
2. COORDINADOR AUDITOR CONCURRENTE=200 PÑUNTOS
especifica adicional se expresa si por un año de
experiencia como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o
ejecutivo o AUDITOR de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos de los
solicitados (SALUD, ADUTORIA, ADMINISTRADOR EN SALUD ) otorgan 50 puntos, si se
presentan DOS (2) años de experiencia especifica laborados se otorgaría un máximo de 100
Página

29
título de posgrado (cualquier nivel) en áreas relacionadas con las profesiones requeridas y 50
puntos para título de Maestría o Doctorado 50 puntos. Según lo anterior el profesional debe contar
con dos títulos de posgrado para el máximo puntaje de 100 puntos, es correcta nuestra
interpretación?, es decir puede allegar título de especialización y adicional título de maestría.
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puntos. Es correcta nuestra interpretación??... O como segunda opción es acreditar por cada AÑO
de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos (Cap.
4), es decir experiencia en autoría medica, hospitalaria, se le asignarán 50 puntos, es decir si
presenta con DOS (2) AÑOS se otorgaría un máximo de 100 puntos.
Lo anterior es la falta de claridad en el pliego de condiciones, si otorgan 200 puntos teniendo en cuenta
los dos párrafos de la experiencia especifica adicional o 100 puntos, por favor solicitamos ACLARAR
esta novedad con los puntos de la experiencia adicional.
OBSERVACION 11
Observación 3:
3.COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
 Solicitamos ACLARAR para el profesional en mención evidenciamos que dan 50 puntos para título
de posgrado (cualquier nivel) en áreas relacionadas con las profesiones o con el objeto a contratar
requeridas y 50 puntos para título de Maestría o Doctorado 50 puntos. Según lo anterior el
profesional debe contar con dos títulos de posgrado para el máximo puntaje de 100 puntos, es
correcta nuestra interpretación?, es decir puede allegar título de especialización y adicional título
de maestría.
Página
 Solicitamos ACLARAR para la experiencia especifica adicional se expresa si por un año de
experiencia como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo
o AUDITOR FINANCIERO, AUDITOR DE CUENTAS MEDICAS de prestación de servicios, que hayan
tenido a su cargo proyectos de los solicitados (AUDITORIA FINANCIERO -REVISOR FISCAL EN IPS O
EPS) otorgan 25 puntos, si se presentan CUATRO (4) años de experiencia especifica se otorgaría un
máximo de 100 puntos. Es correcta nuestra interpretación??... O como segunda opción es acreditar
por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos
Técnicos (Cap. 4), es decir experiencia en auditoría financiera o en auditoria de cuentas médica
financiera, se le asignarán 25 puntos, es decir si presenta con CUATRO (4) AÑOS se otorgaría un
máximo de 100 puntos. Lo anterior es la falta de claridad en el pliego de condiciones, si otorgan 200
30
 Así mismo solicitamos ACLARAR si se presentan títulos a nivel de POSGRADO cuya área de
conocimiento en las SNIES sea en Administración o áreas financieras o áreas contables o áreas
Económicas o Auditoria o Gerencia de Proyectos o Revisoría Fiscal o Control Interno o ciencias de la
salud, estas carreras aplicarían como formación académica adicional??
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
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puntos teniendo en cuenta los dos párrafos de la experiencia especifica adicional o 100 puntos, por
favor solicitamos ACLARAR esta novedad con los puntos de la experiencia adicional.
OBSERVACION 12
Observación 4: 
Solicitamos ACLARAR si se presenta POSGRADO en Administración de salud o si se presentan títulos
a nivel de POSGRADO cuya área de conocimiento en las SNIES sea en área de ciencias de la salud o
áreas administrativas o áreas Económicas o Auditoria estas carreras aplicarían como formación
académica adicional??
 Solicitamos ACLARAR para la experiencia especifica adicional se expresa si por un año de
experiencia como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo
o auditoria en salud o clínica, de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos de
los solicitados otorgan 25 puntos, si se presentan DOS (2) años de experiencia especifica se otorgaría
un máximo de 50 puntos. Es correcta nuestra interpretación??... O como segunda opción es
acreditar por cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los
Requerimientos Técnicos (Cap. 4), es decir experiencia en proyectos de auditoría de cuentas
médicas /clínica, se le asignarán 25 puntos, es decir si presenta con DOS (2) AÑOS se otorgaría un
máximo de 50 puntos.
Lo anterior es la falta de claridad en el pliego de condiciones, si otorgan 100 puntos teniendo en
cuenta los dos párrafos de la experiencia especifica adicional o 50 puntos, por favor solicitamos
ACLARAR esta novedad con los puntos de la experiencia adicional.
OBSERVACIÓN 13
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31
Observación 5:
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 Solicitamos ACLARAR si se presenta POSGRADO en Administración de salud o si se presentan

títulos a nivel de POSGRADO cuya área de conocimiento en las SNIES sea en área de ciencias de la
salud o áreas administrativas o áreas Económicas o Auditoria estas carreras aplicarían como formación
académica adicional??
Solicitamos ACLARAR para la experiencia especifica adicional se expresa si por un año de
experiencia como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo o
Auditor, gerencia en salud de prestación de servicios, que hayan tenido a su cargo proyectos de los
solicitados otorgan 25 puntos, si se presentan DOS (2) años de experiencia especifica se otorgaría un
máximo de 50 puntos. Es correcta nuestra interpretación??... O como segunda opción es acreditar por
cada AÑO de experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos
(Cap. 4), es decir experiencia en proyectos de auditoría de cuentas médicas, se le asignarán 25 puntos,
es decir si presenta con DOS (2) AÑOS se otorgaría un máximo de 50 puntos. Lo anterior es la falta
de claridad en el pliego de condiciones, si otorgan 100 puntos teniendo en cuenta los dos párrafos de
la experiencia especifica adicional o 50 puntos, por favor solicitamos ACLARAR esta novedad con
los puntos de la experiencia adicional. Observación 6:
 Solicitamos ACLARAR si se presentan títulos a nivel de POSGRADO cuya área de conocimiento en
Página
32
las SNIES sea en Administración o áreas financieras o áreas contables o áreas Económicas o Auditoria
o Gerencia de Proyectos o Revisoría Fiscal o Control Interno o ciencias de la salud, estas carreras
aplicarían como formación académica adicional??
 Solicitamos ACLARAR para la experiencia especifica adicional se expresa si por un año de experiencia
como funcionario en entidades estatales en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo o Actividades
´RESPUESTA A OBSERVACIONES REALIZADAS AL CONTENIDO DE LOS TERMINOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS
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de Auditoría, Revisor Fiscal de IPS EPS o entidades de salud que hayan tenido a su cargo proyectos de
los solicitados, si se presentan DOS (2) años de experiencia especifica se otorgaría un máximo de 50
puntos. Es correcta nuestra interpretación??... O como segunda opción es acreditar por cada AÑO de
experiencia específica adicional a la mínima solicitada en los Requerimientos Técnicos (Cap. 4), es decir
experiencia en actividades de auditoria , revisoría fiscal, se le asignarán 25 puntos, es decir si presenta
con DOS (2) AÑOS se otorgaría un máximo de 50 puntos. Lo anterior es la falta de claridad en el pliego
de condiciones, si otorgan 100 puntos teniendo en cuenta los dos párrafos de la experiencia especifica
adicional o 50 puntos, por favor solicitamos ACLARAR esta novedad con los puntos de la experiencia
adicional.
Respuesta de la Entidad: Frente a las observaciones 11-12 y 13 versan sobre una misma solicitud y siendo
consecuente con las respuestas le manifestamos que la entidad está haciendo los análisis correspondientes
para proceder hacer los ajustes necesarios correspondientes y dar más claridad y precisión en el tema de
clasificación a los interesados acogiendo varias de las solicitudes. El interés de la entidad es procurar ser lo
más claros con los participantes para que elaboren sus propuestas con requisitos y condiciones que no permitan
la ambiguadad.
Los ajustes el cual se reflejara y ajustará los Términos de condiciones a través de ADENDA la cual se publicará
en la página www.colombiacompra.com. co www.convida.com.co
11 OBSERVADOR: HAGGEN AUDIT LTDA CARLOS ALBERTO PABON Representante Legal
FECHA: 29 de Julio 2016 09:13
FORMA DE RECEPCIÓN: Correo electrónico
DIRECCIÓN ELECTRÓNICA: [email protected]
OBSERVACION 1
PRESUPUESTO:
Teniendo en cuenta que para el actual proceso en referencia se están adicionando labores y ejercicios
nuevos respecto a los contratos que durante periodos ya se han ejecutado y en los cuales solo se ha
venido desarrollando una auditoria retrospectiva, solicitamos respetuosamente se amplié el
presupuesto en razón a que no es financieramente posible, viable y lógico, seguir manejando un mismo
presupuesto mensual de costos del proyecto para efectuar no solo la auditoria retrospectiva, sino
adicionalmente incluir el proceso de digitalización y auditoria concurrente los cuales fácilmente al mes
implica una adición de más de 120 millones de pesos. Teniendo en cuenta lo anterior, con el mayor de
los respetos, no entendemos cómo se armaron los pliegos de condiciones ya que por el simple hecho
de tener una mano de obra del equipo profesional, los gastos administrativos, las estampillas y demás
impuestos que para el ejercicio financiero son necesarios y obligatorios, las pérdidas mensuales
alcanzan mas de 250 millones de pesos generando un desequilibrio económico abismal. Así mismo la
no claridad en las respuestas emitidas por el comité evaluador respecto al "promedio de 10 folios que
cada factura tiene", es algo que en la práctica no se aproxima a la más mínima realidad, puesto que en
muchos de los casos, existen facturas que cuentan con más de 300 folios de información. Así mismo
es importante tener en cuenta que al actual ganador del presente proceso, se le entregara un residual
de 2 a 3 meses de atraso de carga laboral, la cual tampoco está siendo contemplada ni enunciada en
los pliegos.
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Respuesta de la Entidad: Frente a la observación es necesario aclararle al interesado que en materia de
consultorías donde se encuentra implícita la Auditoria, se debe elaborar un presupuesto ceñido a una variables
las cuales constituyen los derroteros para la conformación de un presupuesto entre ellos debemos tener en
cuenta: i) la naturaleza del contrato ii) los componentes a desarrollar. iii) la austeridad del gasto. iv) otras
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Por eso se desarrolla conforme a la figura del Factor multiplicador que confluye en los siguientes aspectos los
cuales fueron tenidos en cuenta por la entidad al momento de preparar el presupuesto estimado
El multiplicador de un contrato debe cubrir los costos de una firma y reconocer un honorario. Las firmas
consultoras tienen unos costos laborarles, unos gastos generales de administración y unos costos de capital
que tienen que aplicar y repartir entre sus contratos para que sean absorbidos por el costo del personal
facturable
Así las cosas tenemos que
-
CONFORMACIÓN DEL MULTIPLICADOR SOBRE COSTOS DE PERSONAL Cuando se utiliza el sistema de
factor multiplicador -FM, el costo por concepto de sueldos, jornales, prestaciones sociales, costos indirectos
asociados con la prestación de servicios de una firma de consultoría, así como sus honorarios, deben ser
reconocidos aplicando un factor multiplicador sobre costos del personal utilizado específicamente en el proyecto.
En consecuencia el FM está formado por los siguientes componentes del costo: 1. Costos de personal 2.
Prestaciones sociales 3. Costos indirectos de la compañía, costos de perfeccionamiento, impuestos y timbres
del contrato 4. Honorarios
-
BASES PARA ESTIMAR EL FACTOR MULTIPLICADOR 1. Costos de Personal-Sueldo Básico 2. Prestaciones
Sociales: Para una compañía el valor de las prestaciones sociales legales depende de la antigüedad promedio
ponderada con los sueldos de todo su personal y de las prestaciones extralegales reconocidas por la firma
consultora y definidas dentro de los siguientes componentes: ƒ Prima anual ƒ Cesantía anual (Retroactividad
cesantías) ƒ Intereses a las cesantías ƒ Vacaciones anuales ƒ EPS (ATEP, IVM, EGM) ƒ Subsidio familiar ƒ
SENA ƒ ICBF ƒ Seguros de ley ƒ Indemnización de ley ƒ Otros (Incapacidad no cubierta EPS y medicina
prepagada, Dotación, Auxilios varios, Prestaciones extralegales) 3. Costos Indirectos de la Compañía: Los costos
indirectos de la compañía comprenden los gastos y costos de operar la organización como un todo y tienen que
ser atendidos en todo momento para ofrecer al cliente la disponibilidad de los servicios. Estos gastos no se
originan, ni son efectuados en virtud de un proyecto específico. ƒ Gastos generales: como guía se presenta la
lista de costos que generalmente se incluyen como gastos generales. 1. Alquiler de oficinas, muebles y equipo
de oficina 2. Servicios públicos 3. Papelería y útiles de oficina 4. Fotocopias 5. Gastos bancarios 6. Servicios
médicos 7. Mantenimiento de oficinas 8. Alquiler, mantenimiento vehículos de administración y gerencia 9.
Seguros incendio y robo 10. Asociaciones profesionales 11. Documentación técnica 12. Revistas y publicaciones
13. Entrenamiento de personal 14. Representación y promoción 15. Preparación y edición de propuestas 16.
Gastos de viaje 17. Depreciación 18. Costos de personal no facturable 19. Costos de perfeccionamiento y timbre
del contrato 4. Honorarios
COSTOS FINANCIEROS Los gastos financieros son una gravosa carga sobre los costos de las compañías
consultoras y se ocasionan por la demora de los clientes en realizar los pagos a los consultores.
-
Así las cosas en el Anexo OFERTA ECONOMICA se encuentran contemplados cada uno del ítem requerido
así:
GASTOS DE PERSONAL
PERSONAL ADICIONAL
GASTOS OPERATIVOS
GASTOS ADMINISTRATIVOS
IMPUESTOS
UTILIDAD EL CONTRATISTA
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En cada uno de este ítem fue desarrollado con valores establecidos en el mercado y referidos de procesos
similares.
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No comparte la entidad el planteamiento que realiza el interesado al respecto, manifiesta así mismo que no se
puede pretender continuar con procesos donde no se haga un estudio juicioso y austero para determinar los
valores estimados de los recursos del estado.
No comprende ni comparte la entidad cual es el planteamiento del interesado en afirmar:
“Se están adicionando labores y ejercicios nuevos respecto a los contratos que durante periodos ya se
han ejecutado y en los cuales solo se ha venido desarrollando una auditoria retrospectiva
“Seguir manejando un mismo presupuesto mensual de costos del proyecto para efectuar no solo la
auditoria retrospectiva
Así mismo la no claridad en las respuestas emitidas por el comité evaluador respecto al "promedio de
10 folios que cada factura tiene
“Así mismo es importante tener en cuenta que al actual ganador del presente proceso, se le entregara
un residual de 2 a 3 meses de atraso de carga laboral, la cual tampoco está siendo contemplada ni
enunciada en los pliegos.
Se pregunta la entidad cuales son los elementos de juicio que ha tenido el interesado para emitir estas
aseveraciones o tener la información tal vez errada de los movimientos que hasta hoy se tiene en la entidad
La entidad se mantiene en lo establecido en los términos de referencia frente a la estructura del presupuesto,
vale la pena aclararle al proponente que de acuerdo con las disposiciones contractuales los únicos elementos
que no se pueden publicar en este tipo de procesos es la estructura que realizó la entidad para la conformación
del estimado presupuestal del contrato y poder dar a conocer cómo fue su preparación, demostrando con ello
que fueron contemplados todos los ítem.
Por ultimo manifestarle al interesado que solo se podrá afirmar un desequilibrio económico cuando se
configuren los elementos otorgados para su comprobación.
OBSERVACION 2
AUDITORIA CONCURENTE
Solicitamos que la labor de auditoria concurrente pueda ser desarrollada por cualquier profesional de la salud
en virtud a que de difícil consecución los médicos auditores en Girardot Faca, Fusa, Ubate, Zipa etc, lo cual
dificulta esta actividad. Adicionalmente el presupuesto contemplado para los medico auditores Concurrentes de
solo 50 millones al mes es una cifra muy pequeña dados los actuales salarios que devengan esta case de
médicos. Los 12 profesionales en promedio nos costarían 84 millones de pesos al mes sin incluir impuestos
gastos de administración y estampillas lo que generaría un nuevo desequilibrio económico
Respuesta de la Entidad: No se acepta la observación y se mantiene lo establecido en los términos de
condiciones
OBSERVACION 3
PROCESO DE DIGITACION Y DIGITALIZACION
Solicitamos que se asigne una partida presupuestal específica para estas dos labores ya que requieren una
alta inversión en equipos y recurso humano dado que se necesitan por lo menos digitalizar al mes más de un
millón folios que tienen un costo mensual de 150 millones, lo que no está contemplado dentro del presupuesto
general del proceso.
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Respuesta de la Entidad: Frente a la observación no se acepta y se mantiene lo establecido en los términos
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OBSERVACION 4
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NUMERO DE FOLIOS POR FACTURA.
Solicitamos se nos confirme que el promedio de folios de factura es de 10. En caso contrario de ser superior a
esa cifra, solicitamos se remunere de forma independiente este trabajo.
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación se aclara que los folios promedios de digitalización son la
factura y los soportes principales en un promedio de 10 como bien lo manifiesta, en caso de requerirse un
numero mayor de concertar con el supervisor del contrato.
OBSERVACION 5
CONCILIACION DE GLOSAS.
Solicitamos que se incluya una partida presupuestal a la conciliación de glosas la cual es una actividad
completamente diferente a la auditoria retrospectiva y concurrente, ya que generalmente toma mucho tiempo
este proceso por la falta de disponibilidad del recurso humano y técnico de parte de los prestadores para atender
los procesos de conciliación.
Respuesta de la Entidad: frente a la
RECOBROS ENTRE CONTRATOS CAPITADOS.:
Solicitamos se incluya una partida para atender el costo de los recobro entre contratos capitados que operan
generalmente entre ips, lo cual genera una gran carga laboral operativa, manejo de bases de datos, cruces de
sistemas de información, procesos de conciliación contable, desplazamientos entre ips y carga administrativa y
operativa entre otros, generando uno más de los ya evidenciados desequilibrios económicos
Respuesta de la Entidad: Frente a la observación no se acepta por los presupuestos ya precitados en
observaciones que anteceden
12 OBSERVADOR: VÍCTOR JAVIER PRIETO LOPEZ Coordinador de licitaciones
FECHA:
29 de Julio 2016 14:37
EnFORMA
razón a que
se han publicado
respuesta
a observaciones a los pliegos definitivos y no se han corregido
DE no
RECEPCIÓN:
Correo
electrónico
los graves errores allí presentados se solicita de manera respetuosa sea aplazado el término de presentación de
ELECTRÓNICA
[email protected]
lasDIRECCIÓN
propuestas para
garantizar el derecho
a la libre concurrencia.
OBSERVACION
Página
“Artículo 13. Principios generales de la actividad contractual para entidades no sometidas al
Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Las entidades estatales que por
disposición legal cuenten con un régimen contractual excepcional al del Estatuto General de
Contratación de la Administración Pública, aplicarán en desarrollo de su actividad contractual,
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Es necesario que su respetable entidad realice las correcciones y garantice los derechos de los
proponentes a la transparencia, selección objetiva, imparcialidad y la libre concurrencia de los
proponentes, lo que se materializa en el derecho fundamental a la igualdad. Frente a ello se debe
expresar que los administradores y encargados de la contratación en las empresas sociales del estado
no pueden hacer caso omiso de los preceptos de la ley 1150 de 2007 “por medio de la cual se introducen
medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones
generales sobre la contratación con Recursos Públicos” al ser entidades estatales con régimen
exceptuado, dicha norma indica en su artículo 13 lo siguiente:
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acorde con su régimen legal especial, los principios de la función administrativa y de la gestión
fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente según
sea el caso y estarán sometidas al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto
legalmente para la contratación estatal.” (Subrayado fuera de texto)
De igual manera, el artículo 209 de la Constitución dispone lo siguiente:
"Artículo. 209. La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se
desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones".
Es por ello que se solicita sean aplicados dichos principios al proceso de selección puesto que de lo
contrario se estarían vulnerando derechos fundamentales de los contratistas. La entidad al estipular
que el plazo para realizar adendas y modificaciones a los pliegos es el día 02 de agosto de 2016 y el
día 03 de agosto es la entrega de propuestas violaría el principio de la libre concurrencia generando un
perjuicio irremediable a los proponentes, puesto que no se da ni un dia habil para que se realizen las
respectivas modificaciones, se paguen las pólizas y se hagan las diligencias técnicas que implican la
presentación de una propuesta de tal magnitud, es por ello que se solicita de manera respetuosa se
atiendan los principios de la contratación con recursos públicos y se brinde un plazo mas extenso para
la presentación de ofertas.
Se remitirá copia a los entes de control y a la prensa para que hagan su respectivo control jurídico y
de veeduría ciudadana.
Respuesta de la Entidad: Teniendo en cuenta que su observación versa sobre aspectos conceptuales y
subjetivos del interesado no hará pronunciamiento al respecto.
Frente a La observación de los plazos No comparte la entidad lo indicado por el proponente referente a la
limitación de los tiempos en virtud que las etapas de los procesos de convocatoria pública son claras y precisas
así como la forma de modificar cualquier aspecto de los términos o de sus soportes incluyendo el cronograma
del desarrollo del proceso, por ende la entidad a acatado con rigurosidad cada uno de las actividades a realizar,
incluso la de ampliar los términos del cronograma a efectos de hacer un análisis más profundo sobre las
observaciones de los interesados, todo ello bajo el amparo de los principios constitucionales, legales y propios
de la contratación.
Sin embargo considera la entidad mencionarle al interesado para una mayor claridad que las entidades
estatales independiente de su régimen jurídico en materia de contratación puede modificar los términos de
condiciones a través de adendas expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Incluso la entidad puede expedir adendas para modificar el cronograma una vez vencido el término para la
presentación de las ofertas y antes de la adjudicación del contrato. El plazo de la licitación o concurso, entendido
como el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de
su cierre, se señalará en los términos de condiciones o términos de referencia, de acuerdo con la naturaleza,
objeto y cuantía del contrato.
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Por último, las Adendas que hasta hoy ha expedido y publicado la entidad han respetado los tiempos
establecidos, aun cuando no hay un cronograma definitivo pues en las Adendas por lo que no comprende la
entidad la observación del interesado toda vez en el acápite que corresponde se ha dado las explicaciones o
motivos que obligan a la entidad a realizarlas, a la fecha la entidad no ha hecho otra cosa que analizar las
observaciones a los términos para emitir unas condiciones más ajustadas a las condiciones de la generalidad
de los que serán los proponentes,
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Así mismo recordamos que las etapas de observaciones son precisamente el escenario propicio para que todos
los interesados en el proceso puedan expresas sus sugerencias para determinar si son aceptadas y construir
conjuntamente los requisitos y condiciones finales muy claramente
Las demás observaciones que hayan llegado posterior a las fechas establecidas se contestaran de forma
extemporanea
HASTA AQUÍ LAS RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES.
ORIGINAL FIRMADO
Doris Martínez C
Jefe Oficina Asesora Jurídica
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ORIGINAL FIRMADO
Carlos Alberto Wilches
Profesional
Subgerencia Técnica
Página
ORIGINAL FIRMADO
Luz Stella Jiménez
Subgerente Administrativa y Financiera

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