Diapositiva 1

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Diapositiva 1
REVISIÓN DEL PLABEN
LECCIONES DE FUKUSHIMA
VALLE DE TOBALINA, 15 DE NOVIEMBRE DE 2012
ASPECTOS PARA LA REVISIÓN DEL
PLABEN (1)
 Adecuación de los recursos asignados a la organización de
respuesta a emergencias.
 Escenarios de accidentes y su escala temporal.
 Reconsideración de las dimensiones de las zonas de planificación.
 Revisión de los criterios y métodos para el establecimiento de las
medidas de:
 Confinamiento
 Profilaxis radiológica
 Evacuación
 Realojamiento
 Control de alimentos
teniendo en cuenta la necesaria armonización de medidas similares
en los países de la UE y en particular en países fronterizos.
ASPECTOS PARA LA REVISIÓN DEL
PLABEN (2)
 Revisión de los sistemas de alerta y comunicación al
público en emergencias.
 Análisis de la capacidad de las instalaciones para la
descontaminación de la población.
 Analizar y potenciar el papel y la capacidad de las
Organizaciones Municipales para la más eficaz realización
de las funciones que les corresponden.
ASPECTOS PARA LA REVISIÓN DEL
PLABEN (3)
• Participación y colaboración de los titulares de las centrales
en las fases de preparación y respuesta de los planes
exteriores.
• Establecer criterios para transitar entre las fases urgente,
intermedia y de recuperación.
• Análisis de los niveles de referencia, antiguos niveles de
intervención, para el establecimiento de medidas de
protección a la población, teniendo en cuenta la experiencia
de Fukushima y la necesidad de adaptar los existentes en la
normativa española, a lo que al respecto se establece en la
reciente publicación de las Basic Safety Estándar sobre
Protección Radiológica (BSS).
ASPECTOS PARA LA REVISIÓN DEL
PLABEN (4)
 Definir desde una perspectiva conjunta integrada,
los niveles de referencia, antiguos niveles de dosis,
tanto para los actuantes de los Planes de
Emergencia Interior de las Centrales Nucleares,
como para los actuantes de los Planes de
Emergencia Nuclear exterior y modificar en
consecuencia los Planes correspondientes.
Niveles de Referencia para actuantes de
CCNN establecidos en ITC de marzo de 2012
Compatibilizar la protección individual de los trabajadores y la viabilidad de realizar acciones
de mitigación.
 El personal de la ORE del titular se diferenciará en dos grupos:
 Primer grupo incluirá los trabajadores que puedan realizar acciones necesarias para la
mitigación del accidente y sus consecuencias. Los trabajadores que realicen estas
misiones de salvamento serán voluntarios e informados del riesgo en el que pueden incurrir.
 Nivel de referencia de 500 mSv. Excepcionalmente y solo para el caso de salvar vidas
humanas, se podrá exceder dicho valor, procurando en todo caso que los trabajadores que
realicen dichas acciones no alcancen un valor de dosis al que se puedan presentar efectos
deterministas severos.
 Segundo grupo incluirá al resto de trabajadores de la ORE que tengan asignadas otras
misiones de apoyo y auxiliares en la gestión de la emergencia que no sean directamente parte de
las acciones de la mitigación de la misma.
 Nivel de referencia de 50 mSv, aplicable a la dosis recibida durante la duración de la
emergencia.
• Los trabajadores que realicen operaciones de recuperación, se aplicarán los límites de
dosis para la exposición ocupacional establecidos en el RPSCRI
 Dosis efectiva máxima de 20 mSv


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