adenda al contrato de afiliación al sistema visanet perú

Transcripción

adenda al contrato de afiliación al sistema visanet perú
ADENDA AL CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SISTEMA VISANET PERÚ:
AUTORIZACIÓN PARA LA ENTREGA DE POS INALAMBRICOS
A TERCEROS PARA DELIVERY
Conste por el presente documento, la ADENDA PARA AUTORIZAR LA ENTREGA DE
POS INALAMBRICOS A TERCEROS PARA DELIVERY, que celebran de una parte,
COMPAÑÍA PERUANA DE MEDIOS DE PAGO S.A.C. con R.U.C. No. 20341198217 y
domicilio en la Av. Pardo No. 831, piso 10, Miraflores, Lima, a la que en adelante se
denominará “VISANET PERÚ”, y, de la otra parte, la empresa cuyos datos se consignan al
pie del presente documento y en la Solicitud de Afiliación al Sistema VisaNet Perú, a la que
en adelante se denominará “LA EMPRESA AFILIADA”, en los términos y condiciones
siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Las partes han celebrado un contrato denominado “Contrato de Afiliación al Sistema VisaNet
Perú”, mediante el cual, LA EMPRESA AFILIADA se ha comprometido a aceptar el pago con
tarjetas Visa y otras marcas autorizadas por VISANET PERÚ en la venta de bienes, para lo
cual ha recibido terminales electrónicos (POS) de propiedad de VISANET PERÚ.
La EMPRESA AFILIADA ha contratado o podría contratar a una tercera persona (natural o
jurídica) que le preste el servicio de entrega a domicilio, de los bienes que comercializa
(delivery), por esa razón, necesita entregarle terminales electrónicos inalámbricos (POS) de
propiedad de VISANET PERÚ.
CLAUSULA SEGUNDA: AUTORIZACIÓN
Por medio de la presente Adenda VISANET PERU autoriza a LA EMPRESA AFILIADA a,
entregar los terminales electrónicos inalámbricos (POS) que reciba de VISANET PERÚ a
terceras personas (natural o jurídica), con quien LA EMPRESA AFILIADA ha celebrado
previamente un contrato, para que dicha persona natural o jurídica le brinde el servicio de
entrega a domicilio de los clientes, de los bienes que comercializa (delivery).
La entrega y uso de los terminales electrónicos inalámbricos (POS) por terceros, es para
que sean utilizados exclusivamente en la captura de transacciones a favor de LA EMPRESA
AFILIADA. El incumplimiento de esta condición da lugar a la resolución de pleno derecho de
la presente Adenda.
CLAUSULA TERCERA: COMUNICACIÓN DE LOS CONTRATOS
LA EMPRESA AFILIADA se compromete a informar permanentemente a VISANET PERÚ
de los contratos que celebre con personas naturales y/o jurídicas que le brindan servicio de
reparto a domicilio de sus clientes (delivery), a quienes entregará los terminales electrónicos
inalámbricos que reciba de VISANET PERÚ.
VISANET PERÚ se compromete a capacitar a la EMPRESA AFILIADA. Ésta a su vez se
obliga a capacitar a los servidores de la tercera persona (natural o jurídica) encargada del
manejo de los POS inalámbricos, a velar por el fiel cumplimiento de los procedimientos
operativos asociados y a la seguridad de las transacciones. La EMPRESA AFILIADA cada
vez que tenga cambios de personal o necesite actualizar los conocimientos impartidos en la
capacitación, se compromete a comunicarse con VISANET PERÚ solicitando una nueva
charla de instrucción.
CLAUSULA CUARTA: RESPONSABILIDAD POR LAS TRANSACCIONES
La autorización que aquí se concede, no libera a LA EMPRESA AFILIADA de su entera
responsabilidad por cualquier contingencia, fraude, daño y/o perjuicio que pudiera generar a
VISANET PERÚ, los tarjetahabientes o emisores, las transacciones que los
___________________________________________________________________________________________
Propiedad de Compañía Peruana de Medios de Pago S.A.C.
Prohibida cualquier reproducción, distribución o comunicación, salvo autorización expresa
SGC_ADE09
v4
ADENDA AL CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SISTEMA VISANET PERÚ:
AUTORIZACIÓN PARA LA ENTREGA DE POS INALAMBRICOS
A TERCEROS PARA DELIVERY
tarjetahabientes y/o los Bancos Emisores desconozcan, y, del mal uso de los terminales
electrónicos inalámbricos.
Asimismo, LA EMPRESA AFILIADA garantiza el cumplimiento por las personas naturales o
jurídicas que le brindan el servicio de entrega a domicilio (delivery), de los Manuales,
Reglamentos y Guías Operativa y Básica de VISANET PERÚ.
CLAUSULA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD
LA EMPRESA AFILIADA se compromete a verificar que las personas naturales o jurídicas
que le brindan el servicio de entrega a domicilio (delivery), mantendrán en absoluta reserva,
todos los datos correspondientes a las Transacciones. Para proporcionar información a
terceros, LA EMPRESA AFILIADA deberá ser previamente autorizada por escrito por
VISANET PERÚ.
LA EMPRESA AFILIADA autoriza a VISANET PERÚ a realizar directamente o a través de
una empresa auditora, inspecciones para verificar el adecuado uso de los terminales
electrónicos inalámbricos por las personas naturales o jurídicas que le brindan el servicio de
entrega a domicilio (delivery), y, sobre la seguridad de la información de los clientes.
Todos los comprobantes de las Transacciones y los demás documentos sobre ellas, que
realice LA EMPRESA a través de las personas naturales o jurídicas que le brindan el
servicio de entrega a domicilio (delivery), deberán ser guardados por LA EMPRESA
AFILIADA durante un plazo mínimo de dos (2) años. En caso VISANET PERÚ solicite
información, LA EMPRESA AFILIADA está en la obligación de brindarla, conforme a lo
estipulado en el Contrato de Afiliación.
CLAUSULA SEXTA: SUSPENSIÓN DEL SERVICIO
VISANET PERÚ se reserva el derecho de suspender sus servicios en cualquier momento,
de forma inmediata, en caso verifique algún tipo de irregularidad en las Transacciones, o el
uso indebido o no autorizado de los terminales electrónicos inalámbricos por las personas
naturales o jurídicas que le brindan el servicio de entrega a domicilio (delivery) a LA
EMPRESA AFILIADA.
VISANET PERÚ informará por escrito a LA EMPRESA AFILIADA sobre las causas que
dieron lugar a dicha suspensión; en el supuesto que LA EMPRESA AFILIADA acredite la
inexistencia de irregularidades y/o el uso debido y autorizado de los terminales electrónicos
inalámbricos por las personas naturales o jurídicas que le brindan el servicio de entrega a
domicilio (delivery), VISANET PERÚ restablecerá el servicio; sin embargo, VISANET PERÚ
no se encontrará en este supuesto obligado de forma alguna a indemnizar a LA EMPRESA
AFILIADA, y ésta renuncia a cualquier acción o excepción por daños y perjuicios.
CLAUSULA SÉTIMA: APLICACIÓN DEL CONTRATO DE AFILIACIÓN
Las partes declaran, que son de aplicación las estipulaciones contenidas en el Contrato de
Afiliación que no hayan sido materia de la presente Adenda.
CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN
Las partes acuerdan que el procedimiento de resolución de la presente Adenda, será
cualquiera de los señalados en el Contrato de Afiliación.
La resolución de la presente Adenda no afectará la vigencia del Contrato de Afiliación, ni la
de otras Adendas vigentes celebradas entre las partes.
___________________________________________________________________________________________
Propiedad de Compañía Peruana de Medios de Pago S.A.C.
Prohibida cualquier reproducción, distribución o comunicación, salvo autorización expresa
SGC_ADE09
v4
ADENDA AL CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SISTEMA VISANET PERÚ:
AUTORIZACIÓN PARA LA ENTREGA DE POS INALAMBRICOS
A TERCEROS PARA DELIVERY
Suscrito en la ciudad de …………….., a los …….….…. días del mes de ……….…. del año
dos mil …….
_____________________________
COMPAÑÍA PERUANA DE MEDIOS
DE PAGO SAC.
(VISANET PERÚ)
______________________________
LA EMPRESA AFILIADA
Razón Social: …………………………..
RUC: ……………….
Dirección: ……………………………….
Nombre del Representante Legal:
………………………………………..….
DNI: …………….….
Datos de la Tercera Persona (Natural o Jurídica)
Razón Social
RUC
___________________________________________________________________________________________
Propiedad de Compañía Peruana de Medios de Pago S.A.C.
Prohibida cualquier reproducción, distribución o comunicación, salvo autorización expresa
SGC_ADE09
v4

Documentos relacionados

ADENDA AL CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SISTEMA VISANET

ADENDA AL CONTRATO DE AFILIACIÓN AL SISTEMA VISANET LA AFILIADA se compromete a no alterar en forma alguna el Sistema de Devoluciones Web, ni a copiarlo, ni reproducirlo. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: CANCELACIÓN DEL USO VISANET PERÚ podrá cancelar el Se...

Más detalles