Regulación sobre el posicionamiento de los ciclistas a partir del año

Transcripción

Regulación sobre el posicionamiento de los ciclistas a partir del año
Regulación sobre el posicionamiento de los ciclistas a partir del año 2014
Traducido por: Francisco Chacón
Con el fin de aplicar estos cambios, así como garantizar la equidad entre los corredores en
cuanto a la posición adoptada durante las carreras, también se añaden dos aclaraciones
de las regulaciones técnicas:
-
Todos los tipos de manillas (manuales, automáticas y electrónicas) en las
extensiones de manubrio, serán medidas hasta su extremo (en el caso de las
manillas manuales, para realizar la medición deben estar extendidas siguiendo la
misma línea que la extensión de manubrio)
-
- La diferencia de altura entre el punto de apoyo del codo y el punto más alto y el
más bajo de las extensiones (prolongadores), incluidas las manillas, deberá ser
inferior a 10 centímetros para garantizas la posición de los antebrazos en forma
horizontal.
Esto significa que a partir del año 2014, sólo la bicicleta será revisada y ya no será requerida
la presencia de los ciclistas para la revisión. Esto significa que los ciclistas podrán seguir
concentrados en el momento previo a la carrera. Estos cambios brindarán a los ciclistas
más libertad, evitando cualquier riesgo de descalificación durante la carrera debido a la
adopción de una posición no reglamentaria.
Para adaptar lo indicado anteriormente en se modificó el reglamento, específicamente los
artículos 1.3.013 y 1.3.023, quedando de la siguiente forma:
1.3.013 La punta del sillín debe situarse como mínimo 5 cm detrás de una vertical que pase por el
eje del centro. Esta regulación no será aplicable a la bicicleta del corredor que participe en una
prueba de velocidad en pista (200 m lanzada, vuelta lanzada, velocidad, velocidad por equipos,
keirin, 500 metros y el kilómetro) Sin embargo, en ninguna circunstancia, la punta del sillín puede
sobrepase la vertical que pasa por el eje del centro.
La punta del sillón puede ser adelantado hasta la vertical que pasa por el eje del centro en la medida
que sea necesaria por causas morfológicas; se entiende por “causa morfológica” lo que se refiere a
la talla o la longitud de los miembros del corredor.
Cualquier corredor que por estos motivos, estime que debe utilizar una bicicleta cuyas distancias
sean inferiores a las indicadas, debe informar al colegio de comisarios en el momento de chequeo
de la bicicleta
Solo una excepción por razones morfológicas puede ser solicitada; ya sea mover la punta del asiento
hacia el frente o mover las extensiones del manubrio hacia el frente, de acuerdo con el artículo
1.3.023
1.3.023 Para las carreras contra el reloj en ruta y para las carreras de persecución individual y por
equipos en pista, una extensión fija (prolongador) se puede agregar al sistema de conducción
(manubrio); en este caso, la diferencia de altura entre el punto de apoyo del codo y el punto
más alto y el más bajo de las extensiones (prolongadores), incluidas las manillas, deberá
ser inferior a 10 centímetros para garantizas la posición de los antebrazos en forma
horizontal. Igualmente es posible agregar una extensión de manubrio (prolongador) para las
pruebas de 500 metros y de kilómetro en pista, pero en este caso, la posición de la punta del asiento
debe situarse con un mínimo de 5 cm de retraso de la vertical que pasa por el eje del centro.
La distancia entre la vertical que pasa por el eje del centro y la extremidad del elemento curvo exterior
agregado no podrá rebasar el límite fijo de 75 cm, los otros límites determinados en el artículo 1.3.022
(B, C, D) quedan inalterables. Un reposa codos o antebrazo está autorizado. (Ver esquema
“Estructura (1B)”).
Para las competiciones contrarreloj en carretera los comandos o manetas fijadas a la extensión del
manubrio no podrán sobrepasar la distancia de 75 cm.
Para las competiciones en pista y en carretera contempladas en el primer apartado, la distancia de
75 cm puede ser incrementada a 80 cm en la medida en que sea necesario por causas morfológicas:
Se entiende por causa morfológica lo que corresponda a la talla o a la longitud de los segmentos
corporales del corredor. El corredor que por estos motivos estime debe utilizar una distancia
comprendida entre 75 y 80 cm debe informar de ello al colegio de los comisarios en el momento del
chequeo de la bicicleta.
Solo una excepción por razones morfológicas puede ser solicitada; ya sea mover las extensiones de
manubrio hacia adelante o mover la punta del asiento hacia adelante, de acuerdo con el artículo
1.3.013
Se agradece el tomar nota de estas nuevas directrices y en caso de ser necesario evacuar alguna
duda lo podemos hacer con la Unidad de Equipo de la UCI

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