Venezuela. Perfil, Información Comercial y de Inversión

Transcripción

Venezuela. Perfil, Información Comercial y de Inversión
República Bolivariana de Venezuela
Perfil País
Año 2011
VP de Planificación y Gestión Estratégica Bancoex
Gerencia de Inteligencia Comercial
1
Índice
Perfil país: República Bolivariana de Venezuela
Parte I – Información General
1.
El país y su población
1
1.1 Geografía económica
i.
Superficie
ii.
Población
iii.
Religión
iv. Idioma
v.
División político administrativa
vi.
Capital del país
vii. Principales ciudades
viii. Ubicación geográfica y clima
1.2 Forma y naturaleza de gobierno
i.
Tipo de gobierno
ii.
Poderes del gobierno central
iii.
Clima político
iv. Política económica y social
v.
Partidos políticos
1.3 Estructura administrativa del sector público
i.
Organización administrativa del Estado
ii.
Administración pública
iii.
Banco Central
iv. Empresas públicas
1.4 Transporte y comunicación
i.
Telecomunicaciones
ii.
Comunicaciones por vía aérea
iii.
Comunicaciones por carretera
iv. Comunicaciones por vía férrea
v.
Comunicaciones por mar
2.
1
1
1
1
1
1
2
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3
3
3
3
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4
5
5
5
6
6
6
6
7
7
Datos económicos básicos
2.1.
8
Indicadores económicos
i.
Moneda nacional
ii.
Tipo de cambio
iii.
Principales indicadores económicos
iv. Balanza de pagos
v.
Reservas de moneda extranjera
vi.
Sistema financiero y bancario
vii. Sistema fiscal
viii. Síntesis económica
ix. Principales sectores económicos
x.
Coyuntura económica actual
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8
8
9
9
10
11
12
12
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Parte II – Información Comercial y de Inversión
1. Comercio exterior del país
17
1.1. Acuerdos comerciales suscritos
17
1.2. Intercambio comercial Venezuela – Mundo
1.1.1 Exportaciones
i.
Análisis de las exportaciones no petroleras
ii.
Principales sectores económicos exportadores
iii.
Principales productos exportados
iv. Principales socios comerciales de exportación
1.1.2 Importaciones
i.
Análisis de las importaciones generales
ii.
Principales sectores económicos importadores
iii.
Principales productos importados
iv. Principales socios comerciales de Importación
19
20
20
21
21
21
22
22
22
23
23
2. Régimen de comercio exterior en Venezuela
24
2.1 Régimen de importación
i.
Documentos básicos de importación
ii.
Régimen legal de clasificación arancelaria
iii.
Derechos arancelarios
iv.
Disposiciones aduaneras especiales
v.
Otras disposiciones que influyen en el comercio
vi.
Disposiciones sobre productos alimenticios, sanidad y cuarentena
2.2 Régimen de exportación
i.
Documentos previos al embarque
ii.
Documentos exigidos por embarque
iii.
Documentos exigidos de acuerdo a la naturaleza del producto
iv. Documentos opcionales o complementarios
v.
Regímenes Aduaneros Especiales para la Exportación
3. Inversión extranjera
3.1
3.2
3.3
24
24
24
25
26
33
34
35
35
35
35
36
36
36
Régimen de inversión
Marco legal.
i.
Legislación laboral
ii.
Legislación fiscal
iii.
Legislación sobre propiedad intelectual.
iv. Legislación mercantil
Trámites para invertir en Venezuela
i.
Obtención de una visa
ii.
Constitución de la empresa
iii.
Registro tributario de la empresa
iv. Registro de la inversión de la empresa
v.
Registro de la empresa ante el Seguro Social
vi.
Registro de la empresa ante el Inces
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40
3
3.4
Modalidades de inversión extranjera en Venezuela
40
3.5
Garantías a la inversión extranjera
41
3.6
Régimen impositivo a la inversión
41
4. Anexos
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5. Páginas web consultadas
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Parte I - Información General.
1. El país y su población
1.1
Geografía económica. 1
i.
Superficie continental e insular. 916.445 km2
ii.
Población: 29.277.736 habitantes (estimado 2011)
iii.
Religión. Libertad de culto, con predominio de la religión católica.
iv.
Idioma. Castellano. Los idiomas indígenas (guajiro, warao, pemón) son
también de uso oficial para los pueblos indígenas, así lo establece el
artículo 9 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
v.
División Político Administrativa: Venezuela es un Estado federal
descentralizado, dividido en 23 Estados Federales, el Distrito Capital, las
Dependencias Federales (311 islas, islotes y cayos) y el territorio de la
Guayana Esequiba (zona reclamada por Venezuela).
El ordenamiento por regiones político administrativas es el siguiente:
Nombre
Los Andes
Capital
Central
Centrooccidental
Guayana
Insular
Llanera
Nororiental
Zuliana
vi.
1
Estados confortantes
Barinas, Mérida, Táchira, Trujillo y el Municipio Páez de
Apure
Miranda, Vargas, Distrito Capital
Aragua, Carabobo, Cojedes
Falcón, Lara, Portuguesa, Yaracuy
Bolívar, Amazonas, Delta Amacuro
Nueva Esparta, Dependencias Federales
Apure (excluyendo al Municipio Páez), Guárico
Anzoátegui, Monagas, Sucre
Zulia
Capital. Caracas
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vii. Principales ciudades.
Caracas; capital de la República y asiento de los órganos del Poder Nacional. Es
también sede principal de Petróleos de Venezuela (PDVSA) que es la empresa
más importante del país.
Maracaibo; es una de las ciudades más importantes al contar con la mayor
producción de petróleo en Venezuela y Latinoamérica.
Valencia; considerada como la ciudad industrial de Venezuela por excelencia, es
sede de las más importantes zonas industriales.
Barquisimeto; es una de las ciudades más modernas del país, constituye el
centro de las comunicaciones, industrias y la agricultura del centro-occidente de
Venezuela.
Ciudad Guayana; ciudad de gran importancia, por su producción de minerales
de hierro, aluminio y acero, así como de cemento y otras industrias derivadas
que se benefician del potencial hidroeléctrico del río Caroní, con el complejo
hidroeléctrico del Guri (segunda represa más grande del mundo).
viii. Ubicación geográfica y clima.
Venezuela se encuentra ubicada en la parte norte de América del Sur, por
encima del ecuador y al oeste del meridiano de Greenwich. Su territorio
continental, con relación al ecuador, se localiza entre los 0° 38' 53'' y los 15° 40'
20'' de latitud norte, y con relación al meridiano de Greenwich está entre los 59°
47' 30'' y los 73° 23' 53'' de longitud oeste. El punto más septentrional del
territorio continental corresponde al cabo San Román (Falcón), a los 12° 11' 46''
de latitud norte.
Los límites del territorio venezolano son los siguientes:
Al norte. El mar Caribe siendo el componente limítrofe más complejo del país.
Sobre él se han establecido límites con los mares territoriales de: Trinidad y
Tobago, Francia, los Países Bajos, Estados Unidos de América, República
Dominicana, Bonaire, Curazao y Aruba.
Al sur. Limita con las Repúblicas de Colombia y Brasil.
Al este. Limita con Guyana y el océano Atlántico.
Al oeste. Limita con Colombia.
La estratégica ubicación geográfica de Venezuela, permite disponer de un clima
tropical con precipitaciones puntuales, y pisos térmicos variables entre tropical y
gélido con temperaturas que oscilan entre 0°C y 40°C. Los meses más fríos son
enero y febrero, con una segunda mínima en julio, mientras que los máximos
ocurren en marzo y septiembre. Predominan los vientos del este y del noreste, y
hacia el sur el viento es más variable y calmado.
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1.3 Forma y naturaleza de gobierno
i.
Tipo de gobierno.
“El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades
políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo,
descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables”.
(Art. 6 CRBV. Año 1999).
ii.
Poderes del gobierno central.
A partir de la Constitución de 1999, el Poder Público Nacional queda distribuido
de la siguiente manera:
Poder Ejecutivo, es ejercido por el Presidente de la República, quien es el jefe
del Estado, el Vicepresidente Ejecutivo y los Ministros.
El Poder Legislativo, se constituye en un parlamento unicameral que recibe el
nombre de Asamblea Nacional de Venezuela, representado por Diputados.
El Poder Judicial, es ejercido por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). El
sistema de justicia en Venezuela se constituye por el TSJ y demás tribunales de
la República, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de
investigación penal, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia
conforme a la Ley, y los abogados autorizados para el ejercicio.
El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por
el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General
de la República Bolivariana de Venezuela.
El Poder Electoral, es ejercido por el Consejo Nacional Electoral y cuenta con el
apoyo de organismos subordinados tales como: la Junta Electoral Nacional, la
Comisión de Registro Civil y Electoral, y la Comisión de Participación Política y
Financiamiento.
iii.
Clima político.
La situación política actual de Venezuela se enmarca en un proceso de cambios
profundos, sustentado en el ordenamiento jurídico del país, y en un esquema
electoral y democrático.
En los últimos años, el gobierno bolivariano ha tenido un vertiginoso avance en
conquistas sociales para el pueblo, garantizando derechos que habían estado
prescritos para los venezolanos (salud, educación, vivienda, entre otros),
fortaleciendo con ello, las bases del nuevo modelo sociopolítico impulsado por el
Presidente Hugo Chávez.
En la actualidad, tanto gobierno como sectores opositores a éste, realizan
grandes esfuerzos por presentar una propuesta de país ajustadas a las
necesidades de la nación. Esto en razón de que el 2012 será un año electoral en
el cual se llevará a cabo la elección del presidente que gobernará por los
siguientes seis (6) años como lo establece el artículo 230 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
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iv.
Política económica y social
La política económica y social, se constituye por medidas creadas por el Estado
en aras de alcanzar el desarrollo interno de la sociedad.
En tal sentido, se elaboró el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación
2007-20132 el cual contempla como grandes lineamientos:
•
•
•
•
•
•
•
Nueva ética socialista: “Propone la refundación de la Nación Venezolana, la
cual hunde sus raíces en la fusión de los valores y principios de lo más
avanzado de las corrientes humanistas del pensamiento de Simón Bolívar”
La suprema felicidad social: “A partir de la construcción de una estructura
social incluyente, un nuevo modelo social, productivo, humanista y endógeno,
se persigue que todos vivamos en similares condiciones rumbo a lo que
decía el Libertador: La Suprema Felicidad Social”.
Democracia protagónica y revolucionaria: “Para esta nueva fase de la
Revolución Bolivariana se consolidará la organización social, de tal manera
de transformar su debilidad individual en fuerza colectiva, reforzando la
independencia, la libertad y el poder originario del individuo”.
Modelo productivo socialista: “Con el fin de lograr trabajo con significado,
se buscará la eliminación de su división social, de su estructura jerárquica y
de la disyuntiva entre la satisfacción de las necesidades humanas y la
producción de riqueza subordinada a la reproducción del capital”.
Nueva geopolítica nacional: “La modificación de la estructura socioterritorial
de Venezuela persigue la articulación interna del modelo productivo, a través
de un desarrollo territorial desconcentrado, definido por ejes integradores,
regiones programa, un sistema de ciudades interconectadas y un ambiente
sustentable”.
Venezuela potencia energética mundial: “El acervo energético del país
posibilita una estrategia que combina el uso soberano del recurso con la
integración regional y mundial. El petróleo continuará siendo decisivo para la
captación de recursos del exterior, la generación de inversiones productivas
internas, la satisfacción de las necesidades de energía y la consolidación del
Modelo Productivo Socialista”.
Nueva geopolítica internacional: “La construcción de un mundo multipolar
de nuevos polos de poder que representen el quiebre de la hegemonía
unipolar, en la búsqueda de la justicia social, la solidaridad y las garantía de
paz, bajo la profundización del diálogo fraterno entre los pueblos, su
autodeterminación y el respeto de las libertades de pensamiento”.
v.
Partidos políticos.
Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Partido Comunista de Venezuela
(PCV), Patria Para Todos (PPT), Movimiento Armónico Social (MAS), Acción
Democrática (AD), Comité de Organización Política Electoral Independiente
(COPEI), Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo, Proyecto Venezuela, Podemos,
Bandera Roja, Voluntad Popular, entre otros.
1.4 Estructura administrativa del sector público
Organización administrativa del estado
Venezuela se constituye en un Estado Democrático Social de Derecho y de
Justicia. El Poder Público se distribuye entre el Poder Nacional, el Poder Estadal
y el Poder Municipal. El Poder Público Nacional se divide en: Legislativo,
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Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013
Ministerio del Poder Popular para Planificación y Finanzas.
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Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Todos los órganos del Poder Público
colaboran para alcanzar los fines del Estado.
i.
Administración pública
La administración pública está al servicio de los ciudadanos con sometimiento
pleno a la ley y al derecho (Art. 141 CRBV). Está compuesta por la Presidencia
de la República y todos los órganos ministeriales. Ministerio de Poder Popular:
para Agricultura y Tierras; Alimentación; Ambiente; la Mujer e Igualdad de
Género; Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias; Comercio; Comunicación
e Información; Cultura; Defensa; Deporte; Despacho de la Presidencia;
Educación; Educación Universitaria; las Comunas y Protección Social; Vivienda y
Hábitat; Pueblos Indígenas; Relaciones Exteriores; Relaciones Interiores y
Justicia; Salud; el Trabajo y Seguridad Social; Turismo; Planificación y Finanzas;
Industrias Básicas y Minería; Energía y Petróleo.
ii.
Banco Central de Venezuela (BCV)
Persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el
ejercicio de las políticas de su competencia, es el responsable y principal
autoridad económica que debe velar por la estabilidad monetaria y de precios del
país.
iii.
Empresas públicas
El Estado venezolano cuenta con una variedad de empresas públicas en
diversos sectores, tales como: Financiero y de Servicios, Agua Potable y
Saneamiento, Energía, Infraestructura, Industria, Comercio, Tecnología y
Telecomunicaciones. A continuación se destacan algunas de éstas:
Financiero y de servicios: Banco Industrial de Venezuela (BIV), Banco de
Venezuela, Banco Bicentenario, Banco Agrícola de Venezuela, C.A., Banco de
Comercio Exterior (BANCOEX), Banco de Desarrollo Económico y Social de
Venezuela (BANDES), Banco de la Mujer (BANMUJER), Banco del Pueblo
Soberano (BPS), Banco del Tesoro, Banco Nacional de Vivienda y Hábitat
(BANAVIH), Almacenadora Caracas, C.A.
Agua potable y saneamiento: Hidrológica de Venezuela (HIDROVEN) (holding
hidrológico de las empresas de aguas del Estado) y sus empresas filiales,
Sistema Hidráulico Yacambú – Quibor.
Energía: Con el objeto de maximizar la eficiencia en el uso y la producción de
energía en todo el territorio nacional, en el año 2007 se dicta el Decreto Nº 5.530
con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Reorganización del Sector
Eléctrico, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela Nº 38736 de fecha 31/07/2007, y se crea la empresa estatal
Corporación Eléctrica Nacional, S.A. – CORPOELEC, la cual está adscrita al
Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo, y cuenta entre sus
filiales con las empresas: C.A. de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE),
Electricidad de Caracas (EDC), CVG Electrificación del Caroní (CVG-EDELCA),
Energía Eléctrica de Venezuela, S.A. (ENELVEN), Energía Eléctrica de
Barquisimeto, S.A. (ENELBAR).
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Infraestructura: Compañía Anónima Metro de Caracas, Metro Los Teques,
Metro de Valencia (VALMETRO), Sistema Ferroviario Nacional Ezequiel Zamora
(Tramo Caracas – Tuy Medio), Sistema Ferroviario Nacional Simón Bolívar
(Tramo Puerto Cabello – Barquisimeto – Yaritagua – Tacarigua).
Industria: Compañía Nacional de Reforestación (CONARE), Compañía Anónima
Venezolana de Industrias Militares (CAVIM), Instituto Autónomo Corporación
Venezolana Agraria (CVA), Corporación Petroquímica de Venezuela
(PEQUIVEN), Corporación Venezolana de Guayana (CVG), Complejo
Agroindustrial Azucarero Cojedes, C.A., Complejo Agroindustrial Azucarero
Monagas, entre otras.
1.5 Transporte y comunicación
i.
Telecomunicaciones
En materia de telecomunicaciones, el Estado venezolano cuenta con importantes
empresas de telefonía fija y móvil; Compañía Anónima Nacional Teléfonos de
Venezuela (CANTV) y Movilnet (filial de CANTV). Por el sector privado, están
presentes las empresas Movistar y Digitel.
ii.
Comunicaciones por vía aérea
Actualmente, existen en el país más de 74 aeropuertos y pistas de aterrizaje,
entre ellos 15 aeropuertos internacionales.
Los principales aeropuertos son: Aeropuerto Internacional Simón Bolívar
(Maiquetía), Aeropuerto General José Antonio Sucre (Anzoátegui), Aeropuerto
Internacional La Chinita (Maracaibo), Aeropuerto Arturo Michelena (Valencia),
Aeropuerto Alberto Carnevali (Mérida), Aeropuerto Internacional General
Santiago Mariño (Nueva Esparta).
Las principales líneas aéreas que prestan servicio de transporte internacional
son:
Aeropostal http://www.aeropostal.com
Air Europa http://www.air-europa.com/ve
Air France http://www.airfrance.co.ve
Alitalia http://www.alitalia.it
American Airlines URL: http://www.aa.com
Avianca http://www.avianca.com
Avior Airlines http://www.avior.com.ve/
CONVIASA http://www.conviasa.aero
LUFTHANSA http://www.lufthansa-venezuela.com
Santa Bárbara http://www.sbairlines.com
TACA http://www.taca.com
United Airlines http://www.unitedvenezuela.com
VARIG http://portal.varig.com.br/ve/varig/
iii.
Comunicaciones por carretera
Las ciudades más importantes de Venezuela se encuentran conectadas
mediante una amplia red de carreteras que comprende más de 134.929 Km. de
los cuales 34.179 Km. están pavimentados.
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Las autopistas y carreteras que cubren el territorio nacional son las arterias viales
más utilizadas por los conductores para trasladarse dentro y fuera de la capital.
En la ciudad de Caracas la autopista más transitada es la Francisco Fajardo, la
cual atraviesa toda la ciudad de este a oeste.
Las autopistas más importantes del país son: la Barcelona-Carúpano
(Anzoátegui y Sucre); la Caracas-Barcelona (Anzoátegui y Distrito Capital); la
Ciudad Bolívar-Puerto Ordaz (Bolívar); la Caracas-Valencia o Regional del
Centro (Distrito Capital, Aragua y Carabobo); la Puerto Cabello-Valencia
(Carabobo); la Puerto Ordaz-Santa Elena de Uairén (Bolívar) y la José Antonio
Páez o de los Llanos (que comunica Cojedes, Portuguesa y Barinas).
Las principales carreteras son: la Barcelona-Ciudad Bolívar (Anzoátegui y
Bolívar); Chivacoa-Valencia (Carabobo y Yaracuy); Ciudad Bolívar-Puerto Ordaz
(Bolívar); Coro-Puerto Cabello (Falcón y Carabobo); Maracaibo-La Fría (Táchira
y Zulia); Puerto Cabello-La Fría (Táchira, Mérida, Trujillo, Lara, Yaracuy y
Carabobo); Machiques-Maracaibo (Zulia); Maracaibo-Coro (Zulia y Falcón);
Paraguaipoa- Maracaibo (Zulia); Paraguaipoa -Paraguachón (Zulia); San
Cristóbal-La Fría (Táchira); San Cristóbal-Rubio-Peracal-San Antonio-Ureña
(Táchira); San Cristóbal-San Antonio (Táchira y Zulia); y San Cristóbal-Valencia
(Táchira, Mérida, Barinas, Portuguesa, Cojedes y Carabobo).
iv.
Comunicaciones por vía férrea.
El Instituto de Ferrocarriles del Estado – IFE, es el ente encargado de ejecutar y
regular el Sistema Ferroviario Nacional. Actualmente, se desarrolla el Plan
Ferroviario Nacional que contempla una red de aproximadamente 13.665Km.
Este Plan fue iniciado durante el año 2006 con la creación del tramo ferroviario
Caracas - Tuy Medio y la rehabilitación del tramo Barquisimeto - Yaritagua. Se
estima que dicho Plan esté culminado para el año 2030.
Por otra parte, vale destacar, la importancia que tiene para las principales
ciudades del país la presencia del Sistema Metro como medio de transporte
masivo, rápido y seguro.
Los trenes más importantes del país son: Metro de Caracas, Metro los Teques,
Metro de Valencia (VALMETRO), Metro de Maracaibo, Tren Caracas - Valles del
Tuy (cubre la ruta Cúa, Charallave Sur y Charallave Norte), Tren Barquisimeto Puerto Cabello (en la actualidad sólo opera para carga).
v.
Comunicaciones por mar
Venezuela posee 860.000 Km2 de superficie marítima navegable, representada
por el mar Caribe, el océano Atlántico.
Los puertos más importantes son:
Puerto Cabello (estado Carabobo): es el puerto más importante y de mayor valor
económico del país, debido a su gran actividad de importación de materias
primas para el sector industrial venezolano, que normalmente se trasladan hacia
la ciudad de Valencia (capital del estado Carabobo) y otras regiones del país.
Puerto de La Guaira (estado Vargas): ubicado a 30 Km. de la ciudad de Caracas
es considerado como la puerta de Venezuela por su conexión directa con el
océano Atlántico.
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Puerto de Maracaibo (estado Zulia): se encarga de transferir, cargar, descargar y
realizar servicios a buques o a las carga de los mismos, permite la entrada de
buques de hasta 36,0 pies de calado, su ubicación facilita el acceso a los
mercados de los países andinos, caribeños, océano Atlántico, Canal de Panamá,
Sur de los Estados Unidos y Centroamérica.
Otros puertos de importancia: Puerto Pesquero Internacional de Guiria, Puerto
Internacional El Guamache, Puerto de Anzoátegui, Puerto Ordaz y Puerto de
Guanta.
2. Datos económicos básicos
2.1. Indicadores económicos3.
i.
Moneda nacional. Bolívar.
ii.
Tipo de cambio
De conformidad con lo publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela N° 39.584, de fecha 30 de diciembre de 2010 se unifica el tipo de
cambio de Bs. 2,60 a Bs. 4,30.
Por lo antes expuesto, los sectores sensibles de la economía nacional, tales
como: salud, educación, alimentación, remesas al exterior, ciencia y tecnología,
así como los sectores de comercio, telecomunicaciones, química, informática,
cauchos, plásticos, electrodomésticos, electrónica, construcción, gráfica, tabaco
y bebidas, entre otros, quedan con un tipo de cambio de Bs. 4,30 para la
exportación e importación de los mismos.
iii.
Principales indicadores económicos 4
•• Reservas
Internacionales
(millones
(2010) ( 2010)
Producto Interno
Bruto – PIB
preciosUS$)
constantes
(millones US$)
• Crecimiento del PIB (%) (2010)
• Inflación (%) (2010)
• Población Económicamente Activa (habitantes) (abril 2011)
• Tasa de Desempleo (%) (2010)
• Deuda Externa Total (millones US$) (III Trimestre 2010)
3
Banco Central de Venezuela – BCV
Instituto Nacional de Estadísticas de Venezuela – INE
Banco Mundial
Comisión Económica para América Latina - CEPAL
4
Banco Central de Venezuela – BCV
Instituto Nacional de Estadísticas de Venezuela – INE
Banco Mundial
Comisión Económica para América Latina - CEPAL
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30.332
154.820
-1,4 %
27,2%
13.265.822
8
68.884
8
iv.
Balanza de pagos. (Ver anexo N° 1)
En general se destaca de acuerdo a la información del Banco Central de
Venezuela (BCV), las cifras estimadas de la balanza de pagos al cierre del año
2010 muestran un superávit en la cuenta corriente de USD 14.378 millones. En
contraste, las transacciones financieras con el resto del mundo arrojaron un
saldo deficitario de la cuenta capital y financiera de USD 18.799 millones, lo que
generó un saldo global negativo de USD 8.060 millones.
Se puede observar en el Anexo 1 el resumen de la balanza de pago un superávit
en la cuenta corriente, donde se incrementó en USD 5.817 millones con respecto
al año 2009, debido, fundamentalmente, al incremento de las exportaciones
petroleras (USD 62.317 millones), las cuales estuvieron favorecidas por la
recuperación de los precios internacionales del crudo y sus derivados. Por su
parte, las exportaciones no petroleras, estimadas en USD 3.469 millones,
registraron un leve incremento de 1,1% con respecto al año 2009.
También se destaca, aunque en menor medida, que el saldo positivo de la
cuenta corriente fue la disminución de las importaciones de bienes. Las mismas
registraron un descenso de aproximadamente el 1%, al ubicarse en USD 38.613
millones. Este comportamiento estuvo influenciado, entre otros aspectos, por los
ajustes realizados en el esquema cambiario realizado el 11 de enero de 2010,
tales como la devaluación del tipo de cambio oficial y la implementación de un
régimen dual, modificaciones que requirieron la adaptación de los sistemas de
registros de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) a este nuevo
esquema.
Con relación a las cifras presentadas del BCV se destaca que son de carácter
provisional y serán actualizadas a partir de la incorporación de los resultados
definitivos del Sistema de Cuentas Nacionales.
v.
Reservas de moneda extranjera. 5 (Ver anexo N° 2)
En Venezuela la autoridad monetaria que centraliza y administra las reservas
internacionales del país es el Banco Central de Venezuela.
Es importante destacar que a inicios del año 2010, el Ejecutivo Nacional y
conjuntamente con el Banco Central de Venezuela, aprobó la adopción de un
esquema de tipo de cambio dual (Bs/USD 2,60 y Bs/USD 4,30), medida que
entre otras cosas, permitió diferenciar la demanda de divisas de origen prioritario
de aquellas destinadas a otros fines.
Otra medida de importancia fue la suspensión del mercado de compra-venta de
títulos públicos denominados en moneda extranjera, a los fines de evitar
movimientos especulativos y efectos inflacionarios.
Adicionalmente, vale destacar el diseño y aplicación
del Sistema de
Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (Sitme), el cual consiste en la
compra-venta de títulos de deuda pública, que posteriormente son liquidados en
5
Banco Central de Venezuela – BCV
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el mercado secundario internacional, y viene a constituirse en complemento a la
oferta de divisas en Venezuela. El monto nominal total negociado en el Sitme
alcanzó USD 5.080,42 millones en el período comprendido entre junio y
diciembre, a un tipo de cambio implícito promedio ponderado de Bs./USD 5,30.
Finalmente, los ingresos del sector petrolero, contribuyeron significativamente al
saldo positivo de la cuenta corriente en 2010 en comparación con el año previo
(USD 14.378 millones frente a USD 8.561 millones), lo que permitió que las
reservas internacionales brutas cerraran en el año 2010 con cifras de USD
29.500 millones.
vi.
Sistema financiero y bancario.
6
En el sistema financiero venezolano destacan los siguientes aspectos:
Primacía del sector bancario como mecanismo de financiamiento.
Financiamiento del modelo de industrialización para la sustitución de
importaciones.
Banca Universal.
Participación de la inversión extranjera en el sector.
A partir de la promulgación de la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional
(OSFIN), publicada en Gaceta Oficial N° 39.447 de fecha 16/06/2010, el sistema
financiero venezolano toma una nueva orientación. El instrumento legislativo
delimita las funciones y negocios de los grupos financiero, estableciendo que los
bancos nacionales no podrán cumplir funciones de aseguradoras y del mercado de
valores, así como tampoco el sector asegurador podrá cumplir las
responsabilidades bancarias.
Aunado a lo antes expuesto, durante el año 2010 se registraron procesos
administrativos de liquidación e intervención de entidades bancarias, casas de
bolsa y sociedades de corretaje, resultando en nueve (9) instituciones liquidadas y
dos fusionadas, una con el Banco de Venezuela y otra con el Banco Bicentenario.
De esta manera, el sector bancario nacional pasó de estar conformado por
cincuenta y cuatro (54) entidades bancarias en el año 2009 a cuarenta y dos (42)
en el año 2010 como consecuencia de la disminución de la banca de capital
privado.
A finales del año 2010 se promulgó la Ley de Instituciones del Sector Bancario,
cuya finalidad es supervisar, vigilar y regular las instituciones que operan en el
sector bancario, garantizando la confiabilidad y sustentabilidad del sistema.
A continuación cuadro comparativo de la estructura del sistema bancario de
Venezuela período 2009-2010.
6
Banco Central de Venezuela - BCV
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Gerencia de Inteligencia Comercial
10
SISTEMA BANCARIO
7
NÚMEROS DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS
SUBSISTEMA
Privadas
Del Estado
Total
2010
2009
2010
2009
2010
2009
Banca Universal
17
18
4
4
21
22
Banca Comercial
7
7
11
Banca con Leyes Especiales
-
11 -
5
4
5
4
Banca de desarrollo
4
6
1
1
5
7
Banco de inversión
1
3
1
1
2
4
Banca hipotecaria
1
Empresas de arrendamiento
financiero
-
-
Entidades de ahorro y
préstamo
1
Fondos del mercado
monetario
1
2 -
1
1
-
1
1
1
2
2
TOTAL
30
vi.
-
43
2
12
11
42
54
Sistema fiscal.
Por mandato constitucional, el sistema tributario del país, tiene como fin la justa
distribución de las cargas públicas, según la capacidad económica de los
contribuyentes, sustentándose para ello en un sistema eficiente de recaudación
de tributos.
La administración tributaria nacional goza de autonomía técnica, funcional y
financiera y está a cargo del Servicio Nacional Integrado de Administración
Aduanera y Tributaria – SENIAT.
Durante el año 2010, el impulso de la política fiscal de la nación, se evidenció a
través de la implementación de medidas de aumento de la recaudación de
ingresos fiscales petroleros y del gasto acordado por el Gobierno Central.
Los principales tributos existentes en la nación son: El Impuesto sobre la Renta
(ISLR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en 12%, el Impuesto sobre la
producción e importación de alcohol etílico y especies alcohólicas, el Impuesto
sobre cigarros, tabaco y picaduras para fumar destinados al consumo del país.
Además del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto de la Renta
7
Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario - SUDEBAN
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Gerencia de Inteligencia Comercial
11
Nacional de Fósforos, el Impuesto Municipal de Industria y Comercio, así como
los llamados Impuestos sobre la nómina o parafiscales (INCE, Paro Forzoso,
Política Habitacional, Pensiones, entre otros), que son deducciones que se les
hace tanto a los trabajadores como a los empleadores, y que los empresarios
deben pagar al organismo competente que recauda estos tributos.
viii.
Síntesis económica.
Históricamente, la economía venezolana, se ha fundamentado en el
aprovechamiento de recursos naturales; mineros, agropecuarios, pesqueros y
forestales, pero muy especialmente de los hidrocarburos. En este sentido, la
actividad económica se basa principalmente en la explotación de petróleo y gas
natural, así como en la transformación de sus derivados.
Los enormes ingresos petroleros permiten mantener una amplia y diversificada
gama de importaciones. No obstante, la dependencia de la renta petrolera ha
resultado en la vulnerabilidad de la estabilidad económica del país, como
consecuencia de las fluctuaciones de los precios del petróleo en el mercado
internacional. En tal sentido, durante los últimos años el Estado ha impulsado el
desarrollo endógeno, el cual tiene como norte la diversificación productiva y de
las exportaciones nacionales, a través del diseño y puesta en marcha de nuevos
modelos productivos y de programas de apoyo técnico y financiero por parte del
gobierno central para incentivar la actividad productiva en todo el territorio
nacional, con especial atención a las Empresas de Producción Social (EPS),
Pequeña y Mediana Industria (PyMI’s) y Cooperativas.
ix.
Principales sectores económicos.
Agricultura. En las tierras agrícolas venezolanas se producen múltiples
variedades vegetales, destinadas tanto al consumo interno como a la
exportación. En los últimos años, el gobierno bolivariano ha impulsado la
producción cerealera especialmente de los rubros: maíz y arroz, mediante el
otorgamiento de créditos, insumos y maquinarias.8
Entre los granos leguminosos es importante la producción de caraotas y frijoles.
Es fundamental la producción de raíces y tubérculos como: yuca, papa, ocumo,
ñame y apio, siendo menores las de batata y mapuey.
En la producción de plantas textiles y oleaginosas destacan cocos, palma
aceitera, algodón en rama, sisal, girasol y ajonjolí. Entre las producciones de
frutas destacan: cambur, plátano, naranja, piña, patilla, mango, lechosa,
aguacate, melón y otras frutas tropicales.
En la amplia producción de hortalizas destacan el ajo, berenjena, cebolla, pepino,
pimentón, remolacha, repollo, tomate, zanahoria y otras, sobresaliendo las
producidas en los estados: Lara, Trujillo y Mérida. Los cultivos comerciales más
importantes son la caña de azúcar, café, cacao y el tabaco.
El Gobierno Bolivariano conjuntamente con el Instituto Nacional de Innovación
Agrícola (INIA) ha venido promoviendo el desarrollo de proyectos estratégicos
8
Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas - INIA
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Gerencia de Inteligencia Comercial
12
para la agricultura tales como El Plan Nacional de Agricultura Familiar, Indígena,
Campesina, Urbana y Periurbana (AFICUP), Innovación Tecnológica de GPS
para el impulso agroalimentario en la Nación, “Casas de Cultivos Protegidos”
para la construcción de un total de 738 casas en todo el país y técnicas de
injerto en frutales “Todas las Manos a la Siembra”. 9
Durante el año 2010 y en aras de garantizar la seguridad alimentaria se creó la
Corporación Venezolana de Alimentos (CVAL), que tiene entre sus objetivos la
producción, industrialización, distribución e intercambio de productos
alimenticios, así como la fabricación, compra, venta, comercialización
y almacenamiento de productos agrícolas.
Ganadería. Durante los últimos años el país ha experimentado mejoras en los
rendimientos de diversos tipos de ganadería. La ganadería de carne cuenta con
especies de ganado Brahman, Cebú y Santa Gertrudis, mientras que la
ganadería de leche cuenta entre sus especies más productivas Carora, Pardo,
Suizo y Holstein Jersey. La ganadería porcina está en plena expansión,
habiéndose reemplazado las especies criollas por razas más productivas, como
Poland, Yorkshire, Landrace, Hempshire y otras. 10
Avicultura. Durante los últimos años, en Venezuela se ha consolidado la
expansión y modernización de la avicultura nacional, lográndose un mayor
aprovechamiento de productos como carne y huevos, además de fortalecerse la
crianza tecnificada de pavos, especialmente en el estado Vargas. 11
Pesca. Los valiosos recursos pesqueros en Venezuela incluyen una extensa
variedad de vida marina. La más importante es la pesca de gamba, seguida por
atún y sardinas. Las áreas de pesca más importantes se localizan fuera de la Isla
Margarita.
Minería. El territorio nacional posee una gran variedad de yacimientos minerales
metálicos y no metálicos. Dentro de los minerales metálicos se encuentran:
aluminio (Bauxita), níquel, hierro, oro, plata, plomo, zinc, mercurio, entre otros.
Los no metálicos están conformados por: calcio, magnesio, manganeso,
diamante, caolín, arenas, fosfato, sal, yeso y talco, entre otros.
La mayoría de éstos recursos minerales se localizan en el Escudo de Guayana,
específicamente los yacimientos de: aluminio, hierro, caolín, oro, manganeso,
diamante y barita, en otras zonas ubicadas al norte del país existen depósitos de
carbón, cobre, níquel y arenas, entre otros. Estos recursos minerales constituyen
la principal fuente para el desarrollo de la industria venezolana.
Petróleo. Venezuela posee las reservas de hidrocarburos más grandes del
hemisferio occidental, las cuales representan aproximadamente la mitad de las
reservas de la región y según información publicada por la Organización Mundial
del Comercio (OMC) posicionan al país en el quinto lugar en reservas probadas a
nivel mundial. Al añadir las reservas de crudo pesado de la Faja Petrolífera del
Orinoco, el país pasa al primer lugar en existencias petroleras en todo el planeta.
9
Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas - INIA
10
Gobierno en Línea.
11
Gobierno en Línea.
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Gerencia de Inteligencia Comercial
13
Venezuela es un país que basa su economía en la explotación petrolera,
industria nacionalizada en 1976 y gestionada por la empresa Petróleos de
Venezuela S.A. (PDVSA). Para el año 2009, esta empresa reporta una
producción fiscalizada total 3.012 miles de barriles diarios de crudo.12
El país tiene además recursos de gas natural en el Zulia y en la región
nororiental. De gran importancia para su utilización es el complejo criogénico de
oriente, integrado por una planta de extracción y una planta de fraccionamiento.
Según cifras publicadas por PDVSA, las reservas de gas natural ascienden a 147
billones de pies cúbicos. 13
Petróleo y gas natural, junto a roca fosfática, sal, azufre, y otros productos, son
materia prima para el Complejo Petroquímico Ana María Campos (antiguo
complejo El Tablazo) en el estado Zulia, el Complejo Petroquímico Morón en
Carabobo y el Complejo Petroquímico José Antonio Anzoátegui en el estado
Anzoátegui, en ellos se desenvuelve con capital estatal, mixto y privado nacional
e internacional, una importante producción de fertilizantes, explosivos, productos
químicos básicos y plásticos.
Industria. Las principales industrias son: refinación de petróleo, petroquímica,
acero, aluminio, cemento, materiales de construcción, textiles, cervecería,
procesamiento de alimentos, fertilizantes, neumáticos, autopartes, vehículos,
telecomunicaciones, alimentos, bebidas, ropa y calzado.
El acero y el aluminio ocupan ventajosa posición para contribuir al desarrollo
económico venezolano, al contar el país con magníficas condiciones
competitivas en la extracción del hierro y la bauxita, y para su procesamiento en
materia prima básica por el apoyo de recursos hidroeléctricos, carboníferos,
calizas, arenas silíceas, agua y gas natural. La cuantía y calidad de sus reservas
se redobla por su accesibilidad geográfica por el corredor fluvial del Orinoco.
El mineral de hierro, es destinado a la industrialización del país. Se producen
ferrosilicio y silicio metálico destinados mayoritariamente a la exportación, y
briquetas de hierro. Existe explotación de bauxita para luego ser transformada en
alúmina y en ánodos que constituyen materia prima para las empresas
productoras de aluminio.
Turismo. Venezuela se perfila como uno de los más prometedores destinos
turísticos en la región del Caribe con una gran potencialidad de desarrollo y
atractivos naturales, gracias a su diversidad geográfica, lo que permite organizar
productos turísticos que combinen llanos, playas, selvas y montañas; además de
una riqueza cultural expresada en numerosas manifestaciones, artísticas e
intelectuales.
El país posee además una sólida infraestructura de servicios que propicia en
gran medida el desarrollo del turismo, facilitando el acceso y permanencia del
visitante.
12
Petróleos de Venezuela , S.A. - PDVSA
13
Petróleos de Venezuela , S.A. - PDVSA
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Gerencia de Inteligencia Comercial
14
En este sentido, el Estado venezolano promueve políticas que facilitan la
inversión nacional y extranjera en proyectos turísticos y desarrollos hoteleros, en
aras de ampliar esta oferta.
Energía eléctrica. Gran parte de la electricidad se genera a través de sistemas
hidroeléctricos, principalmente en la Represa de Guri, en el Río Caroní.
Según declaraciones del Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica, Alí
Rodríguez Araque, para finales del año 2011 se aspira que se encuentren
instalados más de 4 mil megavatios en todo el país, para lo cual la Corporación
Eléctrica Nacional (Corpoelec) aportará 1.598 megavatios de energía eléctrica;
Petróleos de Venezuela generará otros 800 megavatios y 175 que producirá el
Ministerio del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería. 14
El Gobierno Bolivariano tiene planes para instalar en el país generadores de
electricidad movidos por el viento con una capacidad de 10.000 megavatios en
un plazo de 15 años. Así como también potenciar el uso de la energía solar,
teniendo en cuenta que Venezuela está situada en el trópico y cuenta con un
importante número de horas de sol al año. La instalación de células fotovoltaicas
no solo permitirá que zonas aisladas dispongan de electricidad sino también
sustituir los calentadores de agua eléctricos o a gas por otros de energía solar.
x.
Coyuntura económica actual.
De acuerdo al Informe del Banco Central de Venezuela, en el año 2010 los
resultados de la economía venezolana fueron favorables, el Producto Interno
Bruto registró un decrecimiento de 1,4% del PIB, cifra ligeramente inferior al
retroceso de 3.3% de 2009. Efectos climáticos adversos impactaron
considerablemente en la producción de bienes agrícolas, y fueron determinantes
en la tasa de inflación registrada durante ese año.
El Ejecutivo Nacional realizó grandes esfuerzos en la armonización de la política
económica. En este sentido, fueron aprobadas medidas en el ámbito real,
monetario, financiero y cambiario, con el propósito de asegurar la oferta de
bienes y servicios, y preservar la estabilidad del sistema nacional de pagos. Todo
esto aunado a la implementación de proyectos orientados a incrementar la
participación del Estado en actividades consideradas estratégicas para el
desarrollo del país. Así, las políticas socioeconómicas empleadas por el gobierno
nacional para garantizar el desarrollo humano integral y mantener el nivel de
actividad productiva y empleo, han permitido enfrentar los embates de la crisis
financiera global.
Aunado a lo antes expuesto, la política financiera nacional continúa favoreciendo
el direccionamiento del crédito público a sectores estratégicos, especialmente al
sector agrario e industrial.
Con respecto a la renta petrolera, la cotización del barril de petróleo para el 2010
rozó la barrera de los 90 Dólares y acumuló un crecimiento anual de 9,71%
respecto al año 2009, marcando un precio de 89,35 Dólares por barril.
14
Agencia Venezolana de Noticias. Publicación del 23/05/2011
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Gerencia de Inteligencia Comercial
15
En el sector externo, el nivel de las reservas internacionales brutas durante del
país durante el año 2010 se ubicó en USD 30.332 millones, de los cuales USD
832 millones corresponden al Fondo de Estabilización Macroeconómica (FEM).
Destaca el crecimiento de las exportaciones petroleras (15,0%) y, en menor
medida, de las exportaciones no petroleras (2,2%). En materia de importación de
bienes, también se registró un leve incremento.
Finalmente, ante la crisis que ha afectado al comercio mundial, los retos de
integración regional han adquirido mayor relevancia. Venezuela persiste en el
diseño de una política exterior orientada a la diversificación y mantiene las
iniciativas que tienden a fortalecer la alianza con países de Suramérica,
Centroamérica y el Caribe, tanto en la esfera real de la economía como en la
financiera, al fundamentarse en la propuesta de integración para alcanzar la
constitución de un bloque con mayor poder de negociación en la economía
mundial.
La perspectivas para el 2011 vislumbran una significativa expansión del PIB,
caracterizado entre otras razones, por la reactivación y crecimiento del aparato
productivo y de la actividad comercial.
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
16
Parte II- Información Comercial y de Inversión
1. Comercio exterior del país
1.2. Acuerdos comerciales suscritos
Resumen de Acuerdos
Acuerdos
Multilaterales
Acuerdos Regionales
Uniones Aduaneras
OMC
ALADI
Comunidad Andina
Miembro - 1o. de
enero de 1995
Miembro - 12 de agosto Suscripción: 26 de mayo de 1969.
de 1980
Ingreso de Venezuela al Acuerdo de Cartagena:
13 de febrero de 1973.
Publicación: Gaceta Oficial Nº 33.958 del 04 de
mayo de 1982.
Denuncia: 22 de abril de 2006.
El 18 de Abril de 2011 se publica en Gaceta
Oficial Extraordinaria N° 6.022 los Acuerdos
firmados por Venezuela con los países de la CAN:
•
•
•
•
Estado Plurinacional de Bolivia. Decreto
N° 8.159
República del Ecuador. Decreto N° 8.162
República de Colombia. Decreto N° 8.160
República del Perú. Decreto N° 8.161
Estos decretos establecen que a partir del 23 de abril
de 2011 y durante un lapso de noventa (90) días
continuos, las importaciones de bienes procedentes
de dichos países, se regirá por lo establecido en el
artículo 8 del Decreto N° 3.679, del 30 de mayo de
2005, mediante el cual se establece el Arancel de
Aduanas, publicado en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela N° 5.774
Extraordinario, de fecha 28 de junio de 2005. El
tratamiento preferencial por derechos de importación
será de carácter recíproco.
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
17
Acuerdos de Complementación Económica, Alcance Parcial y Libre Comercio e Intercambio Preferencial
Venezuela – Chile
Acuerdo de Complementación Económica No. 23
Suscripción: 13.06.1994
Publicación: Gaceta Oficial Nº 4.833 Extraordinario del 29 de diciembre de 1994
Venezuela - Costa Rica
Acuerdo de Alcance Parcial No. 26
Suscripción: 21.03.86
Publicación: Gaceta Oficial del 09.07.86 Nº 3.899
Venezuela – Cuba
Acuerdo de Complementación Económica No. 40
Suscripción: 27.08.99
Publicación: Gaceta Oficial del 28.07.01
Resolución Conjunta Nº9/2008 del Ministerio de Comercio Exterior, y el Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba,
en el cual se extienden las preferencias negociadas en el AAP.CE Nº 40, y se acuerda conceder el 100% de
preferencias del universo arancelario a los productos originarios de Venezuela.
Venezuela – El Salvador
Acuerdo de Alcance Parcial No. 27
Suscripción: 10.03.86
Publicación: Gaceta Oficial Extraordinaria del 09.07.86 Nº 3.839
Venezuela - Guatemala
Acuerdo de Alcance Parcial No. 23
Suscripción: 30.10.85
Publicación: Gaceta Oficial del 06.02.86 Nº 33.406
Venezuela - Guyana
Acuerdo de Alcance Parcial
Suscripción: 27.10.90
Publicación: Gaceta Oficial del 22.10.91 Nº 4.331
Venezuela - Honduras
Acuerdo de Alcance Parcial No. 16
Suscripción: 20.02.86
Publicación: Gaceta Oficial del 14. 05.86 Nº 33.469
Venezuela – Nicaragua
Acuerdo de Alcance Parcial No. 25
Suscripción: 15.08.1986
Publicación: Gaceta Oficial del 26.02.92 Nº 4.390
Venezuela - Trinidad y Tobago
Acuerdo de Alcance Parcial No. 20
Suscripción: 14.08.89
Publicación: Gaceta Oficial del 31.08.89 N° 34.295
Venezuela, Colombia y Ecuador - MERCOSUR
Acuerdo de Complementación Económica No. 59
Fecha de Firma: 18 de octubre de 2004
Publicación: Decreto Nº 3.340 de 20/12/2004
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
18
Acuerdos Preferenciales
Venezuela – CARICOM
Suscripción: 13.10.92
Publicación: Gaceta Oficial del 30.12.92 Nº 4.508
Acuerdos Generales de Asociación y Cooperación.
Sistema Generalizado de Preferencias
El Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) es un esquema promovido por los países
desarrollados, a través del cual éstos otorgan concesiones comerciales (totales o parciales) a los
países en vías de desarrollo. Este sistema permite a los países en vías de desarrollo exportar a los
países desarrollados mediante derechos preferenciales, y estos son otorgados siempre y cuando los
países beneficiarios, se adhieran a los acuerdos internacionales sobre protección medioambiental,
lucha contra el narcotráfico, entre otros aspectos.
SGP Estados Unidos de América
SGP Japón
SGP Unión Europea
En la actualidad, Venezuela se encuentra suspendida temporalmente del beneficio del SGP-UE para los años
2009 al 2011, debido al retraso del Estado venezolano en la ratificación la Convención de las Naciones Unidas
contra la corrupción (requisito indispensable para ser beneficiario del incentivo arancelario concedido por la UE).
Hasta tanto sea ratificada la citada Convención, las importaciones en la UE de bienes originarios de Venezuela
queda sujeta al pago de aranceles según la cláusula de la Nación más Favorecida.
1.2.
Intercambio comercial Venezuela – Mundo
15
Durante el período 2006 – 2010 el intercambio comercial entre Venezuela y sus
diferentes socios comerciales en el mundo, registró un promedio anual de USD
43.547 millones. Las exportaciones registraron un monto promedio anual de USD
4.558 millones, mientras que las importaciones alcanzaron los USD 38.989
millones. Con respecto al saldo en la balanza comercial, se observa que resulta
ser deficitario para Venezuela en todos los años analizados.
En general, el comportamiento del intercambio comercial entre Venezuela y el
mundo, se ha caracterizado por presentar una tendencia creciente para el
período comprendido entre los años 2006 al 2008, mientras que a partir de 2009
esta tendencia se invierte al registrarse un retroceso que continúa hasta el
último año del período estudiado (2010).
Al analizar las cifras transadas entre Venezuela y sus socios comerciales se
hace evidente que la cifra máxima se ubica en el año 2008, logrando superar los
USD 52.899 millones, mientras que la mínima fue de USD 34.834 millones y se
registra en el año 2010.
15
Instituto Nacional de Estadística de Venezuela – INE
Procesado por Bancoex/GIC
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
19
Por su parte, en la composición del intercambio comercial, se observa que en
promedio, entre los años 2006 y 2010, un 10% esta constituido por las
exportaciones no petroleras, mientras que el 90% restante lo conforman las
importaciones.
Intercambio comercial
Venezuela – Mundo
Período 2006 – 2010
(Expresado en Dólares)
1.2.1
i.
Exportaciones. 16
Análisis de las exportaciones no petroleras. (Período 2006-2010)
Las exportaciones venezolanas no petroleras registraron un monto promedio anual
durante el período estudiado de USD 4.558 millones. Para el cierre del año 2010,
la colocación de bienes nacionales en el extranjero, logró un crecimiento de 29%
con respecto a la cifra registrada el año anterior (2009), caracterizándose por
presentar un patrón decreciente al registrar una variación promedio negativa de
18% entre los años 2006 y 2010. No obstante, vale destacar que entre los años
2008 y 2010 se registran variaciones positivas.
Exportaciones no petroleras Venezuela – Mundo
Período 2006 – 2010
(Miles de USD)
16
Instituto Nacional de Estadísticas de Venezuela – INE
Procesado por Bancoex/GIC
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
20
ii.
Principales sectores económicos exportadores.
En promedio, entre los años 2006 y 2010 los metales comunes y sus manufacturas
representaron el sector con mayor demanda en las ventas venezolanas hacia
mundo al abarcar el 49% de participación. Posteriormente y con porcentajes
promedio inferiores, se ubican los, productos químicos (17%), productos minerales
(11%), material de transporte (9%), material eléctrico (4%), plástico y sus
manufacturas (3%) entre otros.
iii.
Principales productos exportados
Por su parte, los productos mayormente exportados durante el período 2006 2010 se resumen en: productos férreos obtenidos por reducción directa de
minerales de hierro (10%), aluminio sin alear (10%), hulla bituminosa (5%),
aleaciones de aluminio (4%), mineral de hierro y sus concentrados (4%),
ferroníquel (4%), metanol (3%), oxido de aluminio (3%), Urea (2%), entre otros.
iv.
Principales socios comerciales de exportación.
En lo que respecta a los principales países destinos de las exportaciones
venezolanas, se observa que Estados Unidos ocupa el primer lugar al abarcar el
25% de participación promedio entre los años 2006 y 2010, seguido de Colombia
(17%), México (8%), Holanda (5%), China (5%), Ecuador (3%), Brasil (3%),
España (3%), entre otros países.
Exportaciones Venezuela – Mundo
Principales países destino
Período 2006 – 2010
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
21
1.2.2 Importaciones. 17
i.
Análisis de las importaciones generales. (Período 2006- 2010)
Las importaciones registraron un monto promedio anual entre los años 2006 y
2010 de USD 38.989 millones. En general, el comportamiento de las cifras
correspondientes a la compra venezolanas de bienes provenientes del mundo,
presentó un patrón que guarda gran similitud con el presente en el intercambio
comercial. Esta particularidad obedece a la alta participación de los importes en los
valores transados por Venezuela y naciones foráneas.
La cifra máxima importada se registra en el año 2008, logrando superar los USD
47.283 millones, mientras que la mínima se ubica en 2010 registrando un valor
ligeramente superior a los USD 32.347 millones.
Importaciones Venezuela – Mundo
Período 2006– 2010
(Miles de USD)
ii.
Principales sectores económicos importadores.
Durante el período comprendido entre los años 2006 y 2010, el sector con mayor
participación dentro de las importaciones estuvo representado por: material
eléctrico (31%), seguido de productos químicos (13%), material de transporte
(11%), agrícola y vegetal (8%), metales comunes y sus manufacturas (6%),
materias textiles, calzados y sus manufacturas (6%), manufacturas diversas (5%),
industrias alimenticias (5%), plástico y sus manufacturas (4%), papel y cartón (3%).
La suma del resto de los sectores solo cubre el 5% del total de las importaciones
venezolanas realizadas desde el mundo.
17
Instituto Nacional de Estadísticas – INE
Procesado por: BANCOEX
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
22
iii.
Principales productos importados.
Con relación a los productos mayormente importados durante el período 2006 2010, se encuentran: teléfonos celulares (4%), vehículos automóviles (3%),
medicamentos (2%), bovinos vivos (1%), tortas y demás residuos sólidos de la
extracción del aceite de soja (1%). La baja denominación de los porcentajes de
participación hacen evidente la gran variedad de productos adquiridos por nuestra
nación desde los diferentes países del mundo.
iv.
Principales socios comerciales de importación.
En cuanto a los principales países de origen de las importaciones venezolanas, se
observa que Estados Unidos ocupa el primer lugar al abarcar el 37% de
participación promedio entre los años 2006 al 2010, seguido de Colombia (15%),
China (13%), Brasil (13%), entre otros países.
Importaciones Venezuela – Mundo
Principales países de origen
Período 2006 – 2010
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
23
2. Régimen de comercio exterior en Venezuela
2.1. Régimen de importación
i
Documentos básicos de importación.
Declaración de aduanas.
Factura comercial definitiva.
Documento de transporte.
Los demás documentos exigibles legalmente, según el tipo de mercancía de
que se trate.
ii
Régimen legal de clasificación arancelaria
El Régimen legal (general y andino), codifica e identifica los requisitos necesarios
para la importación, consistentes en permisos exigidos por razones sanitarias,
ambientales, de seguridad pública y defensa; los cuales se ajusta a la siguiente
codificación:
Régimen Legal 1:
Prohibida importación.
Régimen Legal 2:
Importación reservada al Ejecutivo Nacional.
Régimen Legal 3:
Protección Social.
Permiso del Ministerio del Poder Popular para la Salud y
Régimen Legal 4:
Permiso del Ministerio del Poder
Régimen Legal 5:
Certificado Sanitario del País de Origen.
Popular el Comercio.
Régimen Legal 6:
Permiso Sanitario del Ministerio del Poder Popular para
la Agricultura y Tierras.
Régimen Legal 7:
Defensa.
Permiso del Ministerio del Poder
Popular
para
la
Régimen Legal 818: Licencia de Importación administradas por el Ministerio
del Poder Popular para la Alimentación.
Régimen Legal 9:
Licencia de Importación administradas por el Ministerio
del Poder Popular el Comercio.
Régimen Legal 10:
Ambiente.
Permiso del Ministerio del Poder Popular para el
Régimen Legal 11:
y Petróleo.
Permiso del Ministerio del Poder Popular para la Energía
Régimen Legal 12: Registro Sanitario expedido por el Ministerio del Poder
Popular para la Salud y Protección Social.
Régimen Legal 13: Registro Sanitario expedido por el Ministerio del Poder
Popular para la Agricultura y Tierras.
Régimen Legal 14: Permiso del Ministerio el Ministerio del Poder Popular
para la Alimentación.
Régimen Legal 15: Permiso del Ministerio del Poder Popular para las
Industrias Básicas y Minería.
18
Arancel de Aduana. Capitulo V. DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA, DE SUS IMPUESTOS Y DE SU
REGIMEN LEGAL. Artículo 25. Las Licencias de importación establecidas mediante Régimen legal 8, serán
aplicables a las mercancías que ingresen a las zonas, puertos o almacenes libres o francos o almacenes
aduaneros in bond, o zonas que apliquen a regímenes territoriales especiales.
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Adicionalmente, es importante destacar la exigencia de los siguientes requisitos a
saber:
Licencias de importación. Requisitos exigidos por el Ministerio del Poder Popular
para la Alimentación para garantizar la seguridad alimentaria y proteger al
consumidor, e incentivar la producción nacional la solicitud de licencias de
importación a los Importadores de Materia de Prima en los Productos y
Subproductos de Cadena de Oleaginosas, Lácteos, Azúcar y Cereales.
Por otra parte, la importación de bienes del sector automotriz a partir del 1 de
enero del 2008 también está sujeta al requisito de licencia para importar, a objeto
de tener un control de dicho sector. La licencia de importación automotriz es
emitida por el Ministerio del Poder Popular para el Comercio.
Certificados de no producción o producción insuficiente. Requisito exigido por
el Ejecutivo Nacional a la importación de aquellos rubros que aún cuando no han
sido declarados prioritarios para el país, no son producidos en el territorio nacional,
o la producción de los mismos no es suficiente para abastecer la demanda interna.
Gaceta Oficial Nº 39.345 de fecha 13/01/2010. Resolución conjunta Nº DM/2580,
DM-004, DM-001, DM-002/10, DM-021/2010, DM-004, DM-014 y DM-002/10 de los
Ministerios del Poder Popular para Economía y Finanzas, para el Comercio, para
las Industrias Básicas y Minería, para la Agricultura y Tierras, para la Salud, para la
Energía y Petróleo, para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, y para la
Alimentación, mediante la cual la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI),
determina los bienes que requieren y los que no requieren el Certificado de
Insuficiencia o Certificado de no Producción Nacional para el otorgamiento de la
Autorización de Adquisición de Divisas (AAD), previo cumplimiento de los
requisitos establecidos en la normativa cambiaria vigente. Artículo 2: “Toda
persona natural o jurídica que requiera Autorización de Adquisición de Divisas
(AAD,) para importar bienes contenidos en la lista Nº 2 deberá realizar la
respectiva solicitud del Certificado de Insuficiencia o Certificado de No Producción
Nacional, debidamente motivada ante el Ministerio del Poder Popular con
competencia en la emisión del Certificado, el cual se pronunciará sobre la misma,
una vez cumplidos los procedimientos de evaluación y análisis correspondientes”:
iii
Derechos arancelarios.
Arancel de aduanas. El arancel de aduanas, publicado mediante Decreto N°
3.679, de fecha 30 de mayo de 2005, establece que las mercancías importadas
están gravadas con derechos ad-valorem, específicos y mixtos (ad-valorem y
específicos). La tasa impositiva ad-valorem varía entre el 0% y el 40%.
Tasas de almacenaje. Con base en lo establecido en el Reglamento de la Ley
Orgánica de Aduanas, Título II De Las Tasas, Capítulo I, las Tasas de Almacenaje
que los usuarios de los almacenes, patios y demás dependencias adscritas a las
aduanas desde el vencimiento del plazo legal previsto (5 días hábiles), pagarán
oscilará entre el 2% y el 20% de acuerdo a los días de permanencia en dichos
almacenes. Sin embargo, cabe destacar que actualmente en Venezuela la
empresa Bolivariana de Puertos BOLIPUERTOS, S.A. es la encargada de
administrar las tasas por servicios portuarios. http://www.bolipuertos.gob.ve
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25
Tasas por servicios de aduana. El Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas
establece que los usuarios de estos servicios pagarán la siguiente tasa; 1% advalorem, por las mercancías que se introduzcan por vía marítima, aérea o
terrestre; y 2% ad-valorem por las mercancías que se introduzcan por vía de bultos
postales. Las exportaciones están exentas de la tasa por servicios de aduanas.
iv
Disposiciones aduaneras especiales
Disposiciones preliminares que regulan las operaciones aduaneras. El Reglamento
de la Ley Orgánica de Aduanas contempla las operaciones aduaneras;
importaciones y exportaciones como las operaciones principales, entre los
artículos 96 al 107 de la referida ley se señalan las características principales de
estas operaciones y los procedimientos que son requeridos para realizar las
mismas.
Así mismo, en el Reglamento de la LOA se encuentran detalladas las normas
vinculadas la reimportación de mercancías; una de las operaciones aduaneras
derivadas o accesorias, expresada entre los artículos 108 a 112, estableciendo de
igual forma los mecanismos para gozar de los beneficios establecidos en Ley. La
reexportación, operación aduanera considerada derivada o accesoria esta
contemplada en los artículos del 113 al 115, identificando los requisitos que debe
cumplir el interesado para realizar dicha operación.
Entre los artículos 117 al 129 se establecen las disposiciones legales sobre el
tránsito aduanero, entendiendo por este el régimen aplicable a las mercancías
transportadas de una oficina aduanera a otra, bajo control aduanero.
Regímenes aduaneros especiales
a) Regímenes suspensivos o destinaciones suspensivas:
a.1) Admisión temporal. Régimen que permite introducir mercancías al Territorio
Aduanero Nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y
otros recargos o impuestos adicionales que le fueren aplicables, con una finalidad
determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin
haber experimentado modificación alguna. Está regulada en los artículos 95 al 101
de la Ley Orgánica de Aduanas y artículos 19 al 37 del Reglamento sobre los
Regímenes de Liberación, Suspensión y Otros Regímenes Aduaneros Especiales.
a.2) Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo (ATPA). Es el régimen
que permite la introducción de mercancías extranjeras: materias primas, partes y
piezas al país (exceptuando los lubricantes y combustibles), con suspensión del
pago de los derechos de importación, para ser reexpedidas después de haber
sufrido transformación, combinación, mezcla, rehabilitación, reparación o
ensamblaje.
Este régimen está regulado por los artículos 95 y 96 de la Ley Orgánica de
Aduanas, 19 al 30 y 42 al 55 de su Reglamento sobre los Regímenes de
Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales. Es un régimen
dirigido al exportador habitual, que sólo podrá ser utilizado por personas jurídicas
domiciliadas en el país.
a.3) Depósitos temporales. Régimen mediante el cual las mercancías objeto de
operaciones aduaneras son depositadas provisionalmente, en recintos cerrados,
silos, áreas cercadas o delimitadas, ubicadas dentro de las zonas primarias de las
aduanas, o en espacios geográficos próximos a las Oficinas Aduaneras.
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a.4) Depósitos aduaneros (In Bond). Régimen especial que permite llevar las
mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, a un depósito, bajo control y
potestad de la aduana, sin estar sujetas al pago de impuestos de importación y
tasa por servicios de aduana, para su venta en los mercados nacionales e
internacionales, previo cumplimiento de los requisitos legales.
El plazo máximo para que las mercancías permanezcan bajo este régimen, será de
un (1) año contado a partir de la fecha de ingreso de la mercancía depósito.
a.5) Almacenes generales de depósito. Regidos por su propia Ley; publicada en
Gaceta Oficial N° 19.105 de fecha 07 de noviembre de 1.936, Ley de Almacenes
Generales y Depósitos. Estos almacenes son los únicos que expiden Certificados
de Depósito y Bonos de Prenda, para demostrar la propiedad de las mercancías
almacenadas, y que tienen efectos de títulos de crédito.
b) Regímenes especiales territoriales:
b.1) Puertos libres. Son áreas segregadas de un espacio territorial determinado,
sometidas a un régimen aduanero y tributario preferencial para estimular y
favorecer su desarrollo socio-económico integral.
Actualmente la República Bolivariana de Venezuela cuenta con dos Puertos Libres
en funcionamiento:
Puerto libre de Santa Elena de Uairén. Ubicado en la población de Santa Elena
de Uairén, capital del Municipio Gran Sabana del Estado Bolívar y ciudad fronteriza
con la República Federativa del Brasil. El territorio que ocupa dicho puerto libre, se
encuentra delimitado en el decreto de creación numerado 3.112, de fecha 16 de
diciembre de 1998 y publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela
N° 5.288 Extraordinario, de fecha 13 de enero de 1999.
Bajo este régimen se pueden efectuar todas las operaciones aduaneras
contempladas en la Ley Orgánica de Aduanas y sus reglamentos, bajo la potestad
y control de la Aduana de Santa Elena de Uairén. Igualmente en ese territorio, las
mercancías pueden someterse a todos los regímenes aduaneros especiales
previstos en los mismos instrumentos normativos.
A través del régimen de puerto libre, podrán ingresar al territorio de Santa Elena de
Uairén todas las mercancías comercializables, indistintamente de su origen y
procedencia, con excepción de los vehículos, naves y aeronaves, y de aquellas
que, por razones de sanidad, salubridad, defensa y seguridad social, establezca el
Arancel de Aduanas.
Las mercancías que ingresen bajo el régimen de puerto libre no causarán el pago
de impuestos de importación, pero estarán sujetas al pago de la tasa por servicios
de aduana (1% ad valorem); así como tampoco estarán sujetas al pago de
impuestos internos, siempre que sean despachadas a consumo en el puerto libre.
Los efectos nuevos que formen parte del equipaje de los pasajeros procedentes
del Puerto Libre de Santa Elena de Uairén, estarán libres del pago de gravámenes
aduaneros, siempre que en su conjunto no excedan de un valor en moneda
nacional equivalente a un mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América
($1.500,00). Si el pasajero pretende introducir efectos nuevos cuyo valor sea
superior al indicado, deberá pagar una tarifa única del 20% ad valorem sobre el
excedente, y cumplir con las restricciones aduaneras respectivas.
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Puerto libre del Estado Nueva Esparta. Ubicado en el Estado Nueva Esparta y
comprende las Islas de Margarita y Coche, de acuerdo a la Ley del Puerto Libre del
Estado Nueva Esparta, de fecha 03 de agosto de 2000, publicada en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.006 de la misma fecha.
En este Puerto Libre existe un régimen tributario preferencial (liberatorio) para
estimular y favorecer el desarrollo socioeconómico del Estado Nueva Esparta,
mediante este régimen especial, se pueden efectuar todas las operaciones
aduaneras contempladas en la legislación aduanera nacional, bajo la potestad y
control de la Aduana Principal de "El Guamache".
Bajo el régimen de puerto libre, podrán ingresar al territorio del Estado Nueva
Esparta:
1) Todas las mercancías y bienes comercializables, indistintamente de su origen y
procedencia, con excepción de aquellos que, por razones de sanidad,
salubridad, sustancias estupefacientes y psicotrópicas, seguridad y defensa,
estén afectadas por el Arancel de Aduanas.
2) Los alimentos y bebidas, los productos cosméticos, los medicamentos de venta
sin prescripción facultativa, los productos del reino animal y vegetal, como
también sus derivados y los productos zooterápicos, transgénicos, conexos y
derivados con destino exclusivo a la terapéutica veterinaria que estuviesen
sometidos a los regímenes legales establecidos en el Arancel de Aduanas,
previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos que se establezcan.
3) Los productos de importación para los cuales se han establecido Normas
COVENIN, podrán ingresar al puerto libre sin acreditar el respectivo certificado.
Sin embargo, el referido documento si será exigible en el caso de que los
productos vayan a ser introducidos con fines comerciales al resto del territorio
nacional.
Las mercancías que ingresen bajo el régimen de puerto libre estarán exentas del
pago de impuestos de importación, impuesto al valor agregado, impuestos sobre
cigarrillos y manufacturas de tabaco, alcohol y especies alcohólicas, fósforos y
otros de la misma naturaleza -salvo que la legislación nacional determine lo
contrario-, pero estarán sujetas al pago de la tasa por servicios de aduana (1% ad
valorem).
Las mercancías que se encuentren el territorio del Estado Nueva Esparta bajo
régimen especial de puerto libre, podrán ser destinadas:
1) A otros puertos libres, zonas francas, zonas libres, depósitos aduaneros,
tiendas libres y, en general, al resto del país sometido a régimen aduanero
especial, previo cumplimiento de los requisitos que los regulan;
2) Al resto del territorio aduanero nacional bajo régimen de equipaje de pasajeros;
3) A otros territorios aduaneros en operaciones y actividades de exportación,
reexportación, reexpedición, devolución, sustitución, trasbordo, reembarque o
tránsito, previo cumplimiento de los requisitos ordinarios aplicables;
4) Introducidas definitivamente al resto del territorio aduanero nacional, en cuyo
caso, se harán exigibles los impuestos y el régimen aduanero vigente para la
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fecha de registro de la declaración que se formule ante la aduana, de
conformidad con lo previsto en la legislación aduanera nacional. Si las
mercancías resultan de un proceso de producción o transformación sustancial,
realizado con materias o insumos extranjeros, pagarán el impuesto arancelario
correspondiente, en proporción al componente importado.
Con relación al tratamiento aplicable a vehículos y equipaje:
1) Los vehículos automóviles, chasis con motor y carrocerías, pueden ingresar al
puerto libre, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas en el
Arancel de Aduanas y en las normas para el desarrollo de la política automotriz
dictadas por el Ejecutivo Nacional.
2) Los vehículos ingresados bajo régimen de puerto libre, únicamente podrán
circular en el territorio del Estado Nueva Esparta, con la única excepción de
que se les otorgue permiso para ser destinados temporalmente al resto del
territorio aduanero nacional, previa garantía de los impuestos ordinarios
aplicables y por un lapso máximo de 30 días prorrogable por otro igual; dicho
permiso puede otorgarse sólo una vez por cada año civil.
3) Los vehículos ingresados bajo régimen de puerto libre, igualmente podrán ser
objeto de introducción definitiva al resto del territorio aduanero nacional,
causando los impuestos vigentes para la fecha de registro de la declaración de
importación ordinaria.
4) Los efectos nuevos que formen parte del equipaje de los pasajeros mayores de
14 años, procedentes del Puerto Libre del Estado Nueva Esparta, estarán
libres del pago de gravámenes aduaneros, siempre que en su conjunto no
excedan de un valor en moneda nacional equivalente a ciento veinticinco
unidades tributarias (125 U.T.). Si el pasajero pretende introducir efectos
nuevos cuyo valor sea superior al indicado, deberá pagar una tarifa única del
20% ad valorem sobre el excedente, y cumplir con las restricciones aduaneras
respectivas. La franquicia señalada sólo podrá utilizarse una (1) vez al mes y
hasta un máximo de seis (6) veces al año.
b.2) Zonas libres. Se consideran zonas libres las áreas territoriales delimitadas
(límites territoriales) donde se aplica un régimen fiscal especial de carácter
preferencial; tienen como finalidad principal el desarrollo económico regional, y las
actividades que se pueden realizar en ellas dependen de las normativas que rigen
las zonas donde están ubicadas.
En la actualidad las zonas libres autorizadas para operar en Venezuela, son las
que se mencionan a continuación:
Zona libre para el Fomento de la Inversión Turística de la Península de
Paraguaná
Ubicada en la Península de Paraguaná, en el área comprendida por el territorio de
los Municipios Carirubana, Falcón y Los Taques del Estado Falcón; fue creada
mediante la Ley de Creación y Régimen de la Zona Libre para el Fomento de la
Inversión Turística de la Península de Paraguaná, Estado Falcón, de fecha 06 de
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29
agosto de 1998, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N°
36.517, de fecha 14 de agosto de 1998.
A los efectos del funcionamiento del régimen previsto para esta zona, se creó la
Corporación para la Zona Libre para el Fomento de la Inversión Turística de la
Península de Paraguaná (CORPOTULIPA).
A la Zona Libre pueden ingresar todas las mercancías o bienes comercializables
(uso personal o doméstico), indistintamente de su origen o procedencia siempre
que cumplan con los regímenes legales establecidos en el Arancel de Aduanas,
por razones de salud pública, seguridad y defensa del Estado, moralidad u orden
público.
La introducción de mercancías a la Zona Libre, procedentes del exterior o de otros
territorios aduaneros, necesarias para la prestación de servicios turísticos o
comerciales conexos al turismo, estará exenta de impuestos aduaneros -siempre
que las mismas estén consignadas a favor de un prestatario de servicios turísticos
y conexos a la Zona Libre- y de los correspondientes impuestos internos.
Considerándose por servicios turísticos conexos, los siguientes:
Hotelería y alojamiento en hoteles y moteles;
Colonias vacacionales para niños;
Centros vacacionales;
Organización de congresos, foros, convenciones y seminarios;
Alquiler de alojamiento amoblado;
Acampamiento para remolques;
Suministro de comidas en restaurantes, autoservicios y en otros
establecimientos (quioscos);
Suministro de bebidas, con espectáculo o sin él;
Transporte de pasajeros urbano, interurbano y suburbano por vía terrestre;
Taxis
Alquiler de automóviles con conductor o sin él;
Alquiler de autobuses con conductor;
Transporte de tracción animal;
Transporte de pasajeros y equipajes, prestados por embarcaciones destinadas
a la recreación;
Transporte de pasajeros por vía aérea destinados a la recreación;
Agencias de viajes y organización de viajes en grupos;
Guías de turismo;
Arrendamiento de equipos deportivos;
Museos o preservación de lugares y edificios históricos;
Jardines botánicos, zoológicos y acuarios;
Parques de recreo y playas;
Tratamientos de salud y belleza;
Actividades comerciales de compraventa de mercaderías para uso personal
doméstico, entendiéndose por éstos: Alimentos, bebidas, licores tabaco;
Electrodomésticos, muebles y enseres; Textiles, calzado y talabartería;
Cosméticos y perfumes; Bisutería y joyería; Accesorios para vehículos; Juguetes y
artículos deportivos.
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Los enriquecimientos obtenidos por los prestatarios de servicios turísticos sobre nuevas
inversiones en infraestructura realizadas por personas autorizadas para operar dentro de
la Zona Libre, estarán exentos por un lapso de diez (10) años, previa verificación de la
realización de la inversión, por parte de la Corporación.
El tratamiento aplicable al equipaje procedente de la Zona Libre, es el siguiente: los
efectos nuevos que formen parte del equipaje de los pasajeros mayores de catorce
años y procedentes de la Zona Libre, estarán libres del pago de gravámenes
aduaneros, siempre y cuando en su conjunto no excedan de un valor en moneda
nacional equivalente a cien unidades tributarias (100 U.T.). El exceso de ese valor
y hasta el equivalente a doscientas unidades tributarias (200 U.T.), pagará una
tasa única del diez por ciento (10%). El exceso sobre el equivalente a doscientas
unidades tributarias (200 U.T.), pagará los gravámenes establecidos en el Arancel
de Aduanas. Esta franquicia podrá utilizarse dos (2) veces al mes.
Zona libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida (ZOLCCYT)
Está ubicada en el Estado Mérida en el territorio de los Municipios Libertador,
Campo Elías, Sucre y Santos Marquina; fue creada mediante la "Ley Sobre la
Zona Libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida", de fecha 14 de
julio de 1995, publicada en la Gaceta Oficial N° 4.937 Extraordinario, de fecha 14
de julio de 1995, la cual fue reglamentada en fecha 09 de septiembre de 1998,
mediante Decreto N° 2.714, publicado en la Gaceta Oficial N° 36.611, de fecha 29
de diciembre de 1998.
Creada con el objeto de estimular la producción, la divulgación y la distribución de
bienes y actividades culturales, científicas y tecnológicas en la región. Para llevar
funciones generales de control, promoción y registro, se creó la Junta de la Zona
Libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida y a los efectos de este
régimen, los bienes y servicios culturales, científicos y tecnológicos, son aquellos
destinados de manera exclusiva a la producción y divulgación de productos y
actividades artísticas, científicas humanísticas, así como los de tecnologías
avanzadas orientadas hacia la producción o la investigación científica.
Los bienes y servicios culturales, científicos y tecnológicos, que se produzcan en el
país, así como los bienes y sus partes procedentes del exterior, que ingresen a
Venezuela con destino a la ZOLCCYT, estarán sujetos al siguiente régimen
preferencial:
No causarán derechos arancelarios;
Estarán exentos del Impuesto al Valor Agregado, así como de cualquier otro
impuesto nacional que de forma directa o indirecta, grave su importación o
venta;
No causarán tasas por servicios de aduana; y
No estarán sujetos a tasas arancelarias y no arancelarias, con excepción de las
de carácter sanitario.
Las actividades de producción, distribución, comercialización y promoción de
bienes y servicios culturales, científicos y tecnológicos sujetos al régimen,
realizados por personas autorizadas para operarlo y residentes en la ZOLCCYT,
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31
estarán exentas del impuesto sobre la renta, sólo cuando se dediquen
exclusivamente al quehacer cultural, científico o tecnológico.
Los bienes originarios y procedentes de la Zona Libre que hayan sido adquiridos
legalmente en la misma, podrán ser internados al resto del territorio nacional
cancelando el gravamen que corresponda, de acuerdo a la clasificación
arancelaria del bien final según el valor establecido en la factura; así mismo podrán
ser exportados libremente estando afectos a beneficiarse de cualquier acuerdo
internacional suscrito por el ejecutivo nacional.
Podrán ser trasladados al restos del territorio nacional como equipaje
acompañado, siempre y cuando cumplan con la definición de equipaje a que se
refiere la Ley Orgánica de Aduanas y sus reglamentos, los bienes nuevos
producidos en la Zona Libre, que cumplan con alguno de los criterios de
transformación suficiente, que se mencionan a continuación:
a) Los elaborados íntegramente en la Zona Libre a partir de materias primas
propias de la Zona o del resto del territorio nacional;
b) Los producidos con materias o insumos importados, que resulten de un
proceso de producción o transformación realizado dentro de la Zona Libre,
cuando dicho proceso les confiera una nueva individualidad caracterizada por
el hecho de estar clasificados en la nomenclatura arancelaria nacional en
partidas diferentes a la de los insumos importados que la conformen;
c) Los que resulten de un proceso de ensamblaje o montaje, siempre que en su
elaboración se utilicen materiales originarios del territorio nacional o de la
subregión andina y el valor CIF de los insumos importados de los terceros
países no exceda del 50% del valor EXWORK (en fábrica).
d) Los producidos con materiales importados y que no resulten de un proceso de
ensamblaje o montaje, siempre que el bien final contenga materiales originarios
de la subregión andina y el valor CIF de los insumos importados de terceros
países no exceda del 50% del valor EXWORK (en fábrica).
Igualmente, los bienes terminados no producidos en la Zona Libre, pero que hayan
sido importados a la misma, y contenidos en la lista que al efecto deberá haber
elaborado la Junta, podrán ser trasladados al resto del territorio nacional formando
parte del equipaje acompañado de los pasajeros procedentes de la Zona Libre,
sujetos a las disposiciones que al respecto haya dictado el Ministerio del Poder
Popular para Planificación y Finanzas. Los bienes producidos y los importados a la
Zona Libre, bajo el régimen especial, podrán ser exportados libremente, sin ningún
tipo de restricciones y pudiendo acogerse a los regímenes establecidos en la Ley
Orgánica de Aduanas y sus Reglamentos.
b.3) Zonas francas. La Ley de Zonas Francas de Venezuela, publicada en Gaceta
Oficial N° 34.772 de 08 de Agosto de 1991, en su artículo N° 2 define a las zonas
francas como áreas de terreno físicamente delimitadas, sujetas a un régimen fiscal
especial establecido mediante ley, en la cual las personas jurídicas autorizadas
para instalarse, se dediquen a la producción y comercialización de bienes para la
exportación, así como a la prestación de servicios vinculados con el comercio
internacional.
Las zonas francas con las que cuenta el país son las siguientes:
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Zona Franca Industrial, Comercial y de Servicios de Paraguaná. Ubicada en la
jurisdicción del Municipio Carirubana, en la Península de Paraguaná del Estado
Falcón.
Zona Franca Industrial, Comercial y de Servicios ATUJA (ZOFRAT). Ubicada
en la jurisdicción del Municipio San Francisco, en el área metropolitana de la
ciudad de Maracaibo, en el Estado Zulia.
c) Régimen espacial liberatorio:
c.1) Almacenes libres de impuestos (Duty Free Shops). Los establecimientos
comerciales ubicados en las zonas primarias de las aduanas localizadas en
puertos o aeropuertos internacionales, podrán ser autorizados a depositar
determinadas mercancías nacionales y extranjeras, exclusivamente para ser
expedidas a aquellas personas que están en tránsito en el país, o que vayan a
entrar o salir del mismo en calidad de pasajeros, formando parte de su equipaje
acompañado.
v
Otras disposiciones que influyen en el comercio
Control de divisas. En Venezuela existe el control de cambios establecido
mediante el Convenio Cambiario No. 1, publicado en la Gaceta Oficial No. 37.625
el 5 de febrero de 2003. La decisión está basada en la Ley del Banco Central de
Venezuela (BCV) que faculta a este organismo, junto al Ejecutivo Nacional, a dictar
medidas que permitan la protección de las reservas internacionales y el adecuado
control de los mercados monetarios y financieros.
Bajo este esquema, el BCV ejerce la función de centralizar las operaciones de
compra y venta de divisas en el país, así como determinar y aprobar el monto de
disponibilidad de divisas consistente con el nivel proyectado de actividad
económica. La coordinación, administración y control del régimen de
administración de divisas persiste como una atribución de la Comisión de
Administración de Divisas (CADIVI).
Es importante resaltar que bajo el sistema de control cambiario vigente en
Venezuela, todas las personas naturales o jurídicas que realicen operaciones de
comercio exterior; importación o y/o exportación, deben formalizar su inscripción
en el Registro de Usuarios de Administración de Divisas – RUSAD de CADIVI.
Disposiciones antidumping. El marco legal que rige la materia de antidumping y
medidas compensatorias en Venezuela esta conformado por la Ley sobre
prácticas desleales de Comercio Internacional, Gaceta Oficial Extraordinaria 4.441
de fecha 18 de junio de 1992; la cual se encarga de normar y crear medidas para
la prevención de las importaciones de bienes hechas en condiciones de dumping o
de bienes cuya producción, fabricación, almacenamiento, transporte o exportación
ha sido objeto de subsidios, para la protección de la producción nacional. De igual
forma, en Gaceta Oficial Extraordinaria 4.567 de fecha 26 de abril de 1993 se
promulgó el Reglamento de la Ley sobre prácticas desleales de Comercio
Internacional.
En la referida Ley, se establece la creación de la Comisión Antidumping y sobre
Subsidios (CASS) como el organismo encargado de conducir las investigaciones
en materia de prácticas desleales del comercio internacional. Este órgano
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desconcentrado se encontraba adscrito originalmente al Ministerio de Fomento
(actualmente, Ministerio del Poder Popular para el Comercio), y está integrada por
un presidente y cuatro vocales, las decisiones correspondientes son adoptadas por
mayoría de votos. La CASS tiene como deberes y atribuciones principales decidir
acerca del inicio, suspensión o conclusión de investigaciones sobre posibles casos
de dumping o de subsidios; imponer, cuando sea el caso, derechos antidumping o
compensatorios provisionales o definitivos; e igualmente, aceptar cuando sea
procedente, compromisos entre las partes.
vi
Disposiciones sobre productos alimenticios, sanidad y cuarentena
Normas Técnicas y de Calidad. El Servicio Autónomo Nacional de Normalización,
Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER) es una institución
pública con autonomía financiera, administrativa y organizativa, de carácter técnico
especial, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Comercio
(MINCOMERCIO). Le corresponde a este ente velar por el cumplimiento de la Ley
del Sistema Venezolano para la Calidad, promulgada en Gaceta oficial N° 37.543
de fecha 07 de octubre de 2002, y la aplicación de las potestades y competencias
relativas a la ejecución integrada de las políticas de calidad, fijadas por el
MINCOMERCIO.
Las disposiciones más importantes en materia de rotulación, envasado y
etiquetado, aplican para los siguientes productos:
•
Alimentos (Codex Alimentarius). El Codex Alimentarius está representado
por un Comité Nacional permanente creado en fecha 11/06/2001, Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.237. De acuerdo a esta
normativa los alimentos nacionales o extranjeros deberán estar sometidos a
registro, el cual deberá contener el nombre y la marca del producto,
denominación comercial y domicilio del fabricante – envasador, indicación de
los ingredientes que lo componen, estimación aproximada del tiempo durante
el cual el alimento se conserva en buen estado, contados a partir de la fecha
de envasado, y la naturaleza de los materiales empleados en la manufactura
de los envases o envoltorios.
Los alimentos elaborados en el exterior deberán poseer certificado expedido
por la autoridad competente del país de origen, autenticada por las autoridades
consulares venezolanas acreditadas en esa nación, donde se haga constar que
el alimento ha sido autorizado para el consumo humano en el país de donde
procede.
•
Calzado y textil. De acuerdo a la Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela No.37.533 de fecha 23/09/2002 todos los tipos de calzados
nacionales o importados deberán llevar impreso, directamente o con etiquetas,
información en idioma castellano que especifique el nombre, denominación o
razón social del fabricante nacional o importador. También deberá contener la
marca comercial; la leyenda ‘Hecho en Venezuela’, o la del país de fabricación;
la talla del calzado; la composición del mismo; el número de RIF, y el número
del registro de Fabricantes Nacionales o Importadores. En el caso de los
textiles, la etiqueta llevará la misma información, pero se le debe agregar las
instrucciones de lavado de la prenda. El etiquetado debe efectuarse en el
proceso de fabricación del vestido, mediante impresión directa o con una
etiqueta. Allí se deben especificar todas las fibras que constituyen la pieza, y si
éstas se tratan de material regenerado, mezclas o fibras nuevas. Si la prenda
viene empaquetada y no se puede observar la etiqueta, debe especificarse en
el empaque el producto y la cantidad de que se trate. Sólo podrán ingresar al
territorio nacional los calzados y vestidos que cumplan con estas disposiciones.
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2.2. Régimen de exportación
i. Documentos previos al embarque
Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas - RUSAD
(CADIVI).
Oficio de Clasificación Arancelaria (SENIAT).( No es obligatorio)
Calificación de Origen (MINCOMERCIO). (No es obligatorio)
Registro nacional de exportadores, en caso de que el exportador quiera
utilizar algún régimen aduanera especial.
El exportador deberá tener un agente de aduanas al cual debe haber
autorizado mediante poder notariado para representarlo ante la
administración aduanera.
ii. Documentos exigidos por embarque
Declaración de Aduana (Agente de Aduanas).
Documento de Transporte (Agente de Aduana/ Empresa Transportista).
Factura Comercial Definitiva (Exportador).
Certificado de Origen (Bancoex-Mincomercio). (No es obligatorio) solo en
caso de que la exportación vaya dirigida a algún país que posea acuerdos
comerciales con Venezuela o donde el producto se vea beneficiado por
Sistema Generalizado de Preferencias (SGP).
Al momento del reconocimiento de las mercancías, el empresario deberá
consignar: (Esto de conformidad con la circular adjunta de la guardia
nacional)
• Carta de responsabilidad antidroga dirigida a la Unidad Antidroga de la
Guardia Nacional, suscrita por el representante de la empresa.
• Original y copia simple del Registro Mercantil de la empresa
exportadora.
• Copia simple del R.I.F. y N.I.T. de la empresa exportadora.
• Original y copia simple del poder otorgado por la empresa exportadora
al Agente Aduanal, para realizar los trámites en cuanto a este ámbito se
refiere.
• Original de oficio suscrito por el representante de la empresa
exportadora, mediante el cual se especifique: razón social de la
empresa, direcciones de la empresa, números telefónicos de la
empresa.
• Original del oficio suscrito por el representante de la empresa
exportadora, mediante el cual se especifique las razones por las cuales
se va a realizar la exportación de la mercancía.
• Certificado de análisis (En caso de productos químicos)
• Original y copias de los permisos y requisitos (De acuerdo a la
naturaleza del producto).
iii. Documentos exigidos de acuerdo a la naturaleza del producto
Registro Sanitario. Ministerio del Poder Popular para la Salud, División de
Higiene de Alimentos, Drogas y Cosméticos.
Certificado Fitosanitario. (INSAI)
Certificado Ictosanitario. (INSOPESCA)
Certificado Zoosanitario. (INSAI)
Certificado Cites (Ministerio del Poder Popular para el Ambiente).
Certificado de Demanda Interna Satisfecha en caso de que el producto se
encuentre en la RES 59 (23/05/2007). Ministerio del Poder Popular para la
Alimentación.
iv. Documentos opcionales o complementarios.
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35
Registro de Propiedad Intelectual (SAPI)
Certificado de Calidad (FONDONORMA)
Seguro de Crédito al Exportador
Seguros Ordinarios.
v. Regímenes aduaneros especiales para la exportación.
a) Regímenes Suspensivos o Destinaciones Suspensivas:
a.1) Exportación temporal. Permite exportar temporalmente mercancías que
se encuentren legalmente en libre circulación en el territorio aduanero nacional,
y reintroducirlas sin pago de los impuestos de importación, siempre que no
hayan sufrido modificación alguna.
a.2) Tráfico de perfeccionamiento pasivo. Permite la exportación temporal
de mercancías, a objeto de que sean sometidas en el extranjero a
transformación, reparación o ensamblaje, para luego ser reintroducidas
causando los gravámenes correspondientes según la ubicación arancelaria de
los bienes o productos a ingresar, sobre el valor incorporado en el exterior.
d) Régimen devolutivo.
d.1) Devolución de impuesto de importación (Draw Back). Es el régimen
aduanero mediante el cual, las personas que realicen exportaciones pueden
obtener la devolución de los impuestos arancelarios que hayan gravado a las
mercancías utilizadas en el proceso productivo de los bienes objeto de la
exportación. Su finalidad es promover el desarrollo de la actividad exportadora
del país.
3.
Inversión extranjera
3.1 Régimen de inversión
Con la creación de la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX), en el
año 1973 se adoptó en Venezuela el régimen común de tratamiento a los
capitales extranjeros. En fecha 05 de Octubre de 1999, se dicta el Decreto N°
369, con rango y fuerza de Ley Orgánica de la Administración Central, según
Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.807, de fecha 14 de Octubre
de 1999, el cual estableció en su Capítulo II las competencias de cada ministerio,
asignándole al Ministerio de la Producción y el Comercio ahora "Ministerio del
Poder Popular para el Comercio" lo relacionado a las inversiones nacionales y
extranjeras, función ésta correspondiente a la Superintendencia de Inversiones
Extranjeras adscrita hasta la fecha al citado Ministerio como una Dirección
General Sectorial.
3.2 Marco legal
En el ordenamiento jurídico venezolano, está previsto con rango constitucional la
igualdad de trato o "no discriminación" entre inversionistas nacionales e
inversionistas extranjeros, así lo establece de forma expresa el artículo 301; "El
Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades
económicas de las empresas nacionales, públicas y privadas. No se podrá
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36
otorgar a empresas y organismos o personas extranjeras regimenes más
beneficiosos que los establecidos para los nacionales. La inversión extranjera
está sujeta a las mismas condiciones que la inversión nacional".
Algunas Disposiciones legales que regula la inversión en Venezuela:
-
Ley de Promoción y Protección de Inversiones. Provee a los inversionistas
nacionales y extranjeros un marco jurídico estable y previsible, con miras a
lograr el incremento, la diversificación y la complementación armónica de
las inversiones a favor de los objetivos de desarrollo nacional.
-
Ley Orgánica sobre Promoción de la Inversión Privada, bajo el Régimen de
Concesiones. Fija las reglas, garantías e incentivos dirigidos a la promoción
de la inversión privada y al desarrollo de la infraestructura y los servicios
públicos competencia del poder nacional, mediante el otorgamiento de
concesiones para la construcción, modificación, ampliación y explotación de
nuevas obras.
-
Reglamento de la Ley de Promoción y Protección de Inversiones. Regula
todo lo referido al concepto de inversión, establece las pautas para la
determinación de las inversiones nacionales y las inversiones
internacionales, los organismos públicos competentes y los contratos de
estabilidad jurídica.
Otras legislaciones
inversiones.
i.
contienen disposiciones relevantes en materia de
Legislación laboral.
La legislación laboral venezolana es objeto de política pública nacional. En
consecuencia, sus provisiones se aplican a todas las personas que contraten
trabajadores en Venezuela. Bajo la Ley venezolana se presume que todos los
servicios personales son prestados bajo la figura de una relación laboral. Con tal
fin, la nacionalidad del empleado y la presencia legal del empleador en
Venezuela son irrelevantes.
ii.
Legislación fiscal.
Uno de las disposiciones más importantes en esta materia se refiere a la
aplicación del Impuesto Sobre la Renta, el cual grava toda ganancia o
incremento de patrimonio, producida por una inversión o la rentabilidad de un
capital, por trabajo bajo relación de dependencia o el ejercicio libre de la
profesión, y en general los enriquecimientos derivados de la realización de
cualquier actividad económica. El impuesto se rige por la Ley de Impuesto sobre
la Renta de 28/12/2001.
iii.
Legislación sobre propiedad intelectual.
Venezuela cuenta con una amplia legislación para la protección de los derechos
de autor y propiedad industrial. Ambas materias son reguladas por diversos
cuerpos normativos de índole nacional e internacional.
Destacan como instrumentos de regulación de la propiedad industrial; el
Convenio de París, Ley de Propiedad Intelectual Gaceta Oficial Nº 24873 y el
Acuerdo sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual Relativos al Comercio
(TRIP’S, por sus siglas en inglés).
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37
Por su parte, las disposiciones en materia de derechos de autor, se han suscrito
y ratificado diversos tratados internacionales, entre estos: Convenio de París
para la Protección de la Propiedad Industrial, Convenio de Berna para la
Protección de Obras Literarias y Artísticas, Tratado de la Organización Mundial
de la Propiedad Intelectual sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas, entre
otros.
iv.
Legislación mercantil.
Esta legislación establece que al crear una empresa en Venezuela, se requiere su
inscripción en el Registro Mercantil y posteriormente en la Superintendencia de
Inversiones Extranjeras – SIEX, si fuera el caso, o en el organismo específico
que establece la ley. Así por ejemplo, una inversión en banca debe registrarse en
la Superintendencia de Bancos; en seguros en la Superintendencia de Seguros.
3.3
Trámites para invertir en Venezuela
i.
Obtención de visa. Puede ser:
Visa de transeúnte de negocios. Este tipo de visa es otorgada a los
comerciantes, ejecutivos, representantes de empresas o industrias y
microempresarios extranjeros, no migrantes, que se trasladen a Venezuela para
realizar actividades comerciales, mercantiles, financieras u otra actividad
lucrativa legal relacionada con sus negocios. Deberá ser tramitada ante las
Secciones Consulares de Embajadas u Oficinas Consulares Ad/Honorem de
Venezuela en el Exterior.
Visa de transeúnte inversionista. Esta visa se otorgará a personas o
representantes de empresas, que muestren a través de documento fehaciente,
que han establecido los contactos y que la inversión ha sido aceptada por los
organismos oficiales venezolanos correspondientes. Deberá ser tramitada ante
las Secciones Consulares de Embajadas u Oficinas Consulares de la República
Bolivariana de Venezuela en el Exterior.
Se otorga con una vigencia de tres (3) años, con múltiples entradas, sin limite de
permanencia y prorrogable hasta por dos (2) años más.
ii.
Constitución de la empresa.
a)
Elección de la forma societaria u organización mercantil más
conveniente permitida por la normativa nacional. El Código de
Comercio de Venezuela permite las siguientes formas de sociedades:
Sociedad en nombre colectivo.
Sociedad en comandita.
Sociedad anónima.
Sociedad de responsabilidad limitada.
b)
Nombre o denominación social de la empresa. Deberá ser acorde a lo
establecido por el Código de Comercio. Se establece que para las
Compañías Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada la
denominación social, puede referirse a su objeto o bien formarse con
cualquier nombre de fantasía o de persona, pero deberán necesariamente
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agregarse la mención de "Compañía Anónima" (C.A.) o "Compañía de
Responsabilidad Limitada" (S.R.L.), o sus abreviaturas legibles según sea
el caso.
Se requiere someter a la consideración del Registro Mercantil de la
jurisdicción correspondiente al lugar donde se va a constituir la compañía,
tres (3) opciones de nombres, para que sea escogido el que esté
disponible. Al tercer día después de hecha la solicitud de búsqueda del
nombre se presenta el interesado al Registro Mercantil, a fin de verificar si
el nombre esta libre y puede ser utilizado, para realizar posteriormente los
trámites requeridos por el Registro para su obtención y reserva.
c)
Redacción del documento constitutivo y estatutos sociales de la
empresa: Deben ser elaborados y visados por un Abogado (profesional del
Derecho, debidamente inscrito en el Instituto Previsión Social de Abogados
INPRE y en el Colegio de Abogados de su respectiva jurisdicción y que
además no posea restricción alguna para el ejercicio de su profesión).
Los estatutos sociales son el régimen que regulará las relaciones laborales
y sociales de la compañía de manera detallada.
Tanto el acta o documento constitutivo como los estatutos sociales deben
cumplir con todas las formalidades y requisitos exigidos (para cada caso en
particular) en los artículos 211 al 215 del Código de Comercio de
Venezuela.
d)
Aporte del capital mínimo requerido. Se constituye por los recursos que
serán destinados a conformar el fondo común social, con el cual se crea el
patrimonio autónomo de la Sociedad (Artículo 208 del Código de
Comercio). El aporte realizado más frecuente es en dinero.
e)
Inscripción del documento ante el registro mercantil. Dentro de los 15
días siguientes a la celebración del contrato, debe presentarse ante el
Registrador Mercantil un ejemplar del Documento Constitutivo y un
ejemplar de los Estatutos Sociales de la Sociedad. El Registrador
competente para estas actuaciones es el que territorialmente resulte idóneo
con relación al domicilio establecido por la compañía. Adicionalmente
deberá pagarse para el Registro del Documento el monto correspondiente a
las tarifas calculadas por el Registro Mercantil, que será depositada en un
Banco que el mismo establezca.
f)
Registro y publicación de la sociedad mercantil. Una vez aprobado el
documento constitutivo deberán cumplirse ciertos requisitos para completar
la fase de registro y publicación.
g)
Acudir a una entidad bancaria. Esto a objeto de solicitar la apertura de
una cuenta en nombre de la compañía y depositar en la misma el dinero
correspondiente al Capital social aportado.
iii.
Registro tributario de la empresa.
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39
Obtención del Registro de Información Fiscal (R.I.F) y Número de Identificación
Tributaria (NIT) ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y
Tributaria (SENIAT)
El Registro de Información Fiscal R.I.F, es un mecanismo destinado al control
tributario para las personas jurídicas, susceptibles en razón a las actividades que
realizan o de sus bienes puedan ser sujetos o responsables del Impuesto Sobre
la Renta, siempre que la causa del enriquecimiento esté u ocurra en Venezuela.
Para mayor información www.seniat.gob.ve
iv.
Registro de la inversión de la empresa
En Venezuela las inversiones extranjeras no requieren de autorización previa,
sino de un registro posterior, que deberá ser solicitado dentro de los sesenta (60)
días continuos siguientes a la fecha en que se inscriba en el Registro Mercantil
que corresponda, al acto constitutivo que dio origen a la inversión extranjera
respectiva. Para mayor información www.siex.gob.ve
v.
Registro de la empresa ante el Seguro Social
Toda empresa que tenga por lo menos un (1) trabajador deberá ser afiliada al
Instituto Venezolano de Seguro Social (IVSS). A través del Representante Legal
de la empresa, se solicita su inscripción en el Seguro Social Obligatorio, el cual
debe ser tramitado en las Cajas Regionales u Oficinas Administrativa del IVSS
distribuidas a nivel nacional.
vi.
Registro de la empresa ante el Inces
El aporte al Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES),
es un tributo parafiscal de obligatorio cumplimiento por empleadores y
trabajadores, regulado por la Ley del Instituto Nacional de Cooperación
Educativa (1970). El Título IV, Capitulo 11, Artículo 145 del Código Orgánico
Tributario, establece los deberes formales de los Contribuyente dentro de los
cuales se destaca el siguiente: Inscribirse en los registros pertinentes, a los que
aportarán los datos necesarios y comunicarán oportunamente sus
modificaciones.
3.4 Modalidades de inversión extranjera en Venezuela
Divisas: Inversión en moneda extranjera libremente convertible como aporte al
capital de una empresa.
Bienes Físicos o Tangibles: plantas industriales, maquinarias, equipos,
repuestos, materias primas y productos intermedios.
Capitalización de Acreencias: monto proveniente de una operación crediticia, o
de prestaciones tecnológicas y licencias recibidas y no canceladas.
Inversión en Moneda Nacional: inversiones y reinversiones, inversión del
producto de la venta de acciones, participaciones o derechos.
Contribuciones Tecnológicas Intangibles: marcas, modelos
asistencia técnica y conocimientos técnicos, patentados o no.
industriales,
Conversión de Deuda Pública Externa en Inversión.
3.5 Garantías a la inversión extranjera
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40
A continuación se destacan las disposiciones más relevantes consagradas en el
ordenamiento jurídico nacional, para garantizar la Inversión Extranjera en el país:
Trato justo y equitativo y no discriminatorio, conforme a las normas y criterios
del Derecho Internacional.
Podrán establecerse y mantenerse tratos más favorables en beneficio de
inversiones e inversionistas de países con los cuales Venezuela mantenga
acuerdos de integración económica, acuerdos para evitar la doble tributación o,
en general, acuerdos relativos total o parcialmente a cuestiones impositivas.
No se decretarán ni ejecutarán confiscaciones, salvo en los casos de
excepcionalmente previstos en la Constitución y el Derecho Internacional.
Las inversiones internacionales y los inversionistas internacionales, tendrán
derecho, previo cumplimiento de la normativa interna y al pago de los tributos a
los que hubiere lugar a la transferencia de todos los pagos relacionados con las
inversiones, en moneda convertible, al tipo de cambio vigente el día de la
transferencia de conformidad con las reglamentaciones de cambio en vigor
para ese momento.
3.6 Régimen impositivo a la inversión
Venezuela grava el ingreso de las corporaciones internacionales con arreglo al
principio fiscal de la territorialidad. Es decir, el gravamen afecta a los ingresos
generados por las empresas con ocasión de las actividades económicas realizadas
dentro del territorio venezolano.
Impuesto Sobre la Renta – Islr Grava los enriquecimientos anuales, netos y
disponibles obtenidos en dinero o en especie, por toda persona jurídica o natural
residente o domiciliada en Venezuela, salvo las excepciones establecidas.
En consecuencia, toda persona natural o jurídica, residente o domiciliada en
Venezuela, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, siempre que la
causa o la fuente de ingresos esté situada dentro del país o fuera de él.
Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en Venezuela,
estarán sujetas al impuesto establecido en la Ley de ISLR siempre que la fuente o
la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no
tengan establecimiento permanente o base fija en Venezuela y en caso de tener un
establecimiento permanente o una base fija en el país, estas personas tributaran
exclusivamente por los ingresos de fuente nacional o extranjera atribuibles a dicho
establecimiento permanente o base fija.
En el caso del impuesto sobre la renta pagado en el extranjero por los
enriquecimientos de fuente extraterritorial por los cuales se esté obligado, es
posible, acreditarlo contra el impuesto que conforme a la ley de ISLR corresponde
pagar en Venezuela siempre que se trate de personas naturales o jurídicas
residentes o domiciliadas en Venezuela, o de personas domiciliadas o
residenciadas en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o base
fija en el país.
Impuesto al Valor Agregado - IVA. Grava la enajenación de bienes muebles, la
prestación de servicios y la importación de bienes, aplicable en todo el territorio
nacional, que deberán pagar las personas naturales o jurídicas.
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Anexos
Anexo N° 1
Balanza de pagos 1/
Resumen general
(Millones de US $)
2010 (*)
IV Trim 2010
III Trim 2010
II Trim
2010
I Trim 2010
Cuenta corriente
14.378
3.554
2.366
2.257
6.201
Saldo en bienes
27.173
6.495
5.581
6.059
9.038
65.786
17.691
15.520
16.064
16.511
62.317
16.745
14.661
15.257
15.654
3.469
946
859
807
857
(38.613)
(11.196)
(9.939)
(10.005)
(7.473)
(5.593)
(1.542)
(916)
(2.093)
(1.042)
(33.020)
(9.654)
(9.023)
(7.912)
(6.431)
(8.857)
(2.148)
(2.155)
(2.581)
(1.973)
(3.468)
(857)
(955)
(915)
(741)
Viajes
(957)
(280)
(239)
(230)
(208)
Comunicaciones
(225)
(45)
(51)
(71)
(58)
Seguros
(476)
(110)
(114)
(141)
(111)
Gobierno n.i.o.p.
(269)
(123)
(38)
(27)
(81)
(3.462)
(733)
(758)
(1.197)
(774)
(3.379)
(640)
(922)
(1.086)
(731)
(20)
(5)
(6)
(5)
(4)
(3.359)
(635)
(916)
(1.081)
(727)
Inversión directa
(1.159)
(126)
(305)
(508)
(220)
Inversión de cartera
(2.508)
(628)
(690)
(556)
(634)
308
119
79
(17)
127
14.937
3.707
2.504
2.392
6.334
(559)
(153)
(138)
(135)
(133)
Exportaciones de bienes f.o.b.
Petroleras
No petroleras
Importaciones de bienes f.o.b.
Petroleras
No petroleras
Saldo en servicios
Transportes
Otros
Saldo en renta
Remuneración de empleados
Renta de la inversión
Otra inversión
Saldo en bienes, servicios y renta
Transferencias corrientes
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
42
Cuenta de capital y financiera 2/
(18.799)
(3.591)
(1.894)
(1.525)
(11.789)
(211)
(211)
0
0
0
Cuenta financiera
(18.588)
(3.380)
(1.894)
(1.525)
(11.789)
Inversión directa
(3.794)
(332)
(1.127)
(957)
(1.378)
En el extranjero
(2.390)
(483)
103
(738)
(1.272)
En el país
(1.404)
151
(1.230)
(219)
(106)
3.189
2.016
1.507
425
(759)
(589)
(596)
366
7
(366)
(758)
(665)
369
43
(505)
0
(2)
(1)
3
0
(758)
(663)
370
40
(505)
169
69
(3)
(36)
139
49
1
12
22
14
120
68
(15)
(58)
125
3.778
2.612
1.141
418
(393)
3.770
2.626
1.141
417
(414)
0
0
0
0
0
3.770
2.626
1.141
417
(414)
8
(14)
0
1
21
Títulos de partc. en el capital
8
(14)
0
1
21
Títulos de deuda
0
0
0
0
0
(17.983)
(5.064)
(2.274)
(993)
(9.652)
(25.784)
(5.137)
(10.756)
(1.828)
(8.063)
(10.105)
(250)
(7.245)
1.425
(4.035)
(4.675)
(921)
(307)
(912)
(2.535)
(53)
(56)
29
(14)
(12)
Monedas y depósitos
(2.614)
1.259
(6.497)
3.353
(729)
Otros
(2.763)
(532)
(470)
(1.002)
(759)
(15.679)
(4.887)
(3.511)
(3.253)
(4.028)
(12)
(12)
0
(1)
1
Cuenta capital
Inversión de cartera
Activos
Sector público
Títulos de partc. en el capital
Títulos de deuda
Sector privado
Títulos de partc. en el capital
Títulos de deuda
Pasivos
Sector público
Títulos de partc. en el capital
Títulos de deuda
Sector privado
Otra inversión
Activos
Sector público
Créditos comerciales
Préstamos
Sector privado
Créditos comerciales
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
43
Préstamos
0
0
0
0
0
(15.667)
(4.875)
(3.512)
(3.251)
(4.029)
0
0
1
(1)
0
7.801
73
8.482
835
(1.589)
10.124
514
9.041
1.293
(724)
Créditos comerciales
2.976
1.329
180
1.151
316
Préstamos
7.521
(774)
8.588
500
(793)
1
4
0
(12)
9
(374)
(45)
273
(346)
(256)
(2.323)
(441)
(559)
(458)
(865)
(1.966)
(406)
(571)
(358)
(631)
(334)
(36)
13
(93)
(218)
(23)
1
(1)
(7)
(16)
0
0
0
0
0
(3.639)
(675)
(693)
(1.738)
(533)
(8.060)
(712)
(221)
(1.006)
(6.121)
8.060
712
221
1.006
6.121
7.939
700
224
935
6.080
7.941
701
224
936
6.080
(2)
(1)
0
(1)
0
121
12
(3)
71
41
Monedas y depósitos
Otros
Pasivos
Sector público
Monedas y depósitos
Otros
Sector privado
Créditos comerciales
Préstamos
Monedas y depósitos
Otros
Errores y omisiones
Saldo en transacciones
corrientes, de capital y financieras
Reservas 2/
Activos
BCV 3/
FEM
Pasivos del BCV 3/
1/ Elaborada según los lineamientos de la quinta edición del Manual de Balanza de Pagos del FMI.
2/ Un signo positivo indica una disminución del activo o aumento del pasivo correspondiente. Un signo negativo
indica un aumento del activo o disminución del pasivo correspondiente.
3/ Excluye cambios de valoración por variaciones de tipos de cambio, precios y otros ajustes.
(*) Cifras Provisionales.
Fuente: Banco Central de Venezuela.
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44
Anexo N° 2 19
RESERVAS INTERNACIONALES Y SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA
(Millones de US $)
RESERVAS
INTERNACIONALES
DEUDA PÚBLICA
BCV
FIEM / FEM
(1)
TOTAL (2)
EXTERNA (3)
2011
26.861
3
26.864
7
Marzo
26.861
3
26.864
7
Febrero
26.968
3
26.971
0
Enero
29.557
832
30.389
0
2010
29.500
832
30.332
55
Diciembre
29.500
832
30.332
0
Noviembre
27.525
832
28.357
21
Octubre
29.052
832
29.884
0
Septiembre
28.937
831
29.768
0
Agosto
28.233
831
29.064
0
Julio
27.561
831
28.392
14
Junio
28.520
831
29.351
0
Mayo
27.032
831
27.863
5
Abril
27.485
830
28.315
0
Marzo
28.356
830
29.186
15
Febrero
30.379
830
31.209
0
Enero
31.355
830
32.185
0
PERÍODO
19
Banco Central de Venezuela – BCV http://www.bcv.org.ve/cuadros/2/231.asp?id=32
VP de Planificación y Gestión Estratégica
Gerencia de Inteligencia Comercial
45
Páginas web consultadas
Agencia Bolivariana de Noticias
www.abn.info.ve
Agencia Venezolana de Noticias
www.avn.info.ve
Banco Central de Venezuela – BCV
www.bcv.org.ve
Comisión de Administración de Divisas (CADIVI)
www.cadivi.gov.ve
Comisión Económica para América Latina (CEPAL)
www.eclac.org
Consejo Nacional de Promoción de Inversiones (CONAPRI)
www.conapri.org
Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC)
www.corpoelec.gob.ve
Instituto Nacional de Estadística (INE)
www.ine.gov.ve
Gobierno en Línea
www.gobiernoenlinea.ve
Ministerio del Poder Popular para el Comercio (MINCOMERCIO)
www.mincomercio.gob.ve
Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo
www.menpet.gob.ve
Ministerio del Poder Popular Vivienda y Hábitat
www.mvh.gob.ve
Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanza
www.mf.gov.ve
Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores (MPPRE)
www.mre.gob.ve
Petróleos de Venezuela, S.A.
www.pdvsa.com
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)
www.seniat.gov.ve
Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN)
www.sudeban.gob.ve
Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX)
www.siex.gob.ve
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Gerencia de Inteligencia Comercial
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