Convenio Arcillas

Transcripción

Convenio Arcillas
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA UNA PRODUCCIÓN
MÁS LIMPIA ENTRE EL SUBSECTOR DE FABRICACION DE
LADRILLO Y DERIVADOS DE LA ARCILLA Y LA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
CUNDINAMARCA – CAR.
Convenio de concertación y coordinación de acciones encaminadas a la adopción de la
producción más limpia y al mejoramiento de la gestión pública y privada, entre la
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, Anfalit, Anafalco, y demás
Industriales fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla y el Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, como entidad orientadora de la política ambiental y de
acompañamiento.
.
BOGOTÁ D.C., Junio de 2006
CONTENIDO
1. ACTORES
2. ENTIDAD
ORIENTADORA
ACOMPAÑAMIENTO
DE
LA
POLÍTICA
AMBIENTAL
3. ENTIDADES DE APOYO
4. COMITÉ OPERATIVO DEL CONVENIO
5. ADHESIÓN AL CONVENIO
6. CONSIDERACIONES GENERALES
6.1 Diagnóstico Ambiental Sectorial
7. OBJETIVOS DEL CONVENIO
8. COMPROMISOS DEL CONVENIO
8.1 En relación con el diagnóstico ambiental
8.2 En relación con el uso de los recursos en los procesos productivos
8.2.1
8.2.2
8.2.3
Recurso Aire
Recurso Suelo
Gestión Integral de Residuos
8.3 En relación con la capacitación, educación e investigación ambiental
8.4 En relación con la Cooperación e incentivos financieros
9. DURACIÓN
10. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
11. DOMICILIO
12. PUBLICACIÓN
13. PERFECCIONAMIENTO
Y
DE
1. ACTORES
Sector Público.
La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, como entidad ejecutora de la
Política Ambiental Nacional en 98 municipios de Cundinamarca y 6 municipios de Boyacá y el
Distrito Capital.
Sector Privado.
Asociación Nacional de Fabricantes de Ladrillo y Derivados de la Arcilla – ANFALIT, en
representación de sus afiliados de la jurisdicción de la CAR, como entidad gremial que representa a
la industria de la Arcilla colombiana, con presencia en diferentes regiones del país.
Asociación Nacional de Fabricantes de Ladrillo y Material de Construcción – ANAFALCO, como
único gremio sectorial titular de licencias mineras en el parque minero industrial de Mochuelo y
ente aglutinador de las industrias transformadoras de arcilla ubicadas en dicho sector.
Fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla, ubicados en la jurisdicción de la CAR, agremiadas
o no, que se comprometan a cumplir con los compromisos del convenio.
2. ENTIDAD ORIENTADORA
ACOMPAÑAMIENTO
DE
LA
POLÍTICA
AMBIENTAL
Y
DE
El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como coordinador del Sistema
Nacional Ambiental -SINA-, orientará a los signatarios y adherentes para que los objetivos y
compromisos de este convenio, se enmarquen en las estrategias de la Política Nacional de
Producción Más Limpia y el Plan Nacional de Desarrollo y acompañará las acciones emprendidas
para el cumplimiento de los objetivos del mismo, las cuales representan un compromiso claro y
buscan mejorar la competitividad y gestión ambiental empresarial del subsector de industriales
fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla de la jurisdicción de la CAR.
Como actividades de apoyo al presente Convenio, el Ministerio contribuirá a:
Establecer de común acuerdo con los signatarios, adherentes y la CAR, indicadores ambientales
para el seguimiento del Convenio.
Divulgar a los signatarios y adherentes los incentivos y beneficios tributarios ambientales
existentes para promover una producción más limpia.
Proponer e impulsar con los organismos correspondientes, la reducción de aranceles e
impuestos relativos a la importación de equipos y maquinaria, que contribuyan a una
Producción Más Limpia.
Acompañar al Comité Operativo del Convenio, en la formulación y seguimiento de proyectos a
financiar con recursos de crédito externo o de cooperación internacional.
3. ENTIDADES DE APOYO.
Los signatarios definirán en previo acuerdo, las entidades de apoyo que se invitarán a participar de
las actividades del presente convenio, identificando inicialmente las siguientes:
Sector Público
Departamento Nacional de Planeación (DNP)
Ministerio de Minas y Energía
INGEOMINAS
Gobernación de Cundinamarca
Alcaldías Municipales
Sector Privado
Cámara de Comercio de Bogotá
Centro Nacional de Producción Más Limpia
4. COMITÉ OPERATIVO DEL CONVENIO
El Comité Operativo liderará la promoción, implementación y cumplimiento del presente convenio.
Este comité estará conformado de la siguiente manera:
Dos (2) representantes de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, designados
por la Dirección General de la CAR:
Cuatro (4) representantes de los gremios sectoriales (2 representantes de Anfalit y 2 representantes
de Anafalco).
Dos (2) representantes de los productores adherentes, no afiliados a ninguna de las dos entidades
gremiales.
Las funciones del Comité Operativo del Convenio serán las siguientes:
Liderar la socialización, adhesión e implementación al presente convenio de fabricantes de
ladrillo y derivados de la arcilla de la jurisdicción CAR.
Hacer seguimiento y evaluación al cumplimiento de los compromisos del convenio, mediante la
implementación de un mecanismo de autogestión por parte de los adherentes.
Preparar y divulgar un informe de gestión semestral y un consolidado anual acumulado sobre el
avance de los compromisos, metas y resultados acordados.
Programar y coordinar anualmente la Agenda Ambiental Sectorial - AAS (dentro de los dos
primeros meses) para el desarrollo de las actividades que sean necesarias para el logro de los
objetivos que se propone este convenio.
Elaborar y adoptar su propio reglamento interno para la operación del Comité Operativo
del convenio.
5. ADHESION AL CONVENIO
Los productores afiliados o no a Anfalit y Anafalco, ubicados en la jurisdicción de la CAR, podrán
adherirse a la firma de este convenio.
Las empresas para su vinculación al convenio, deberán contar con las licencias, permisos,
concesiones y autorizaciones vigentes o haberlas solicitado a las autoridades minera y ambiental
competentes dentro del marco de la legislación, y adquirirán los compromisos y beneficios
establecidos en el mismo.
La firma de adherentes al convenio se realizará a través del formato de adhesión que aparece como
anexo al convenio.
6. CONSIDERACIONES GENERALES
La Constitución Política de Colombia adoptó el principio del Desarrollo Sostenible, para conciliar
las necesidades de mejor calidad de vida de la población y crecimiento económico. Así mismo, le
asigna al Estado, al igual que a todas las personas, la obligación de proteger y conservar los recursos
naturales de la Nación.
Dentro de los principios fundamentales de la Política Nacional Ambiental, artículo 1 de la ley 99 de
1993, se establece entre otros, que las acciones encaminadas a proteger, conservar y recuperar el
medio ambiente son tarea conjunta entre el Estado, el sector privado, la comunidad y las
Organizaciones No Gubernamentales.
Mediante la creación del Sistema Nacional Ambiental – SINA, artículos 2 y 4 de la ley 99 de 1993,
se garantiza la adopción y ejecución de programas y proyectos para poner en marcha los principios
ambientales contemplados en dicha ley.
El artículo 5 de la Ley 99 de 1993 determina que corresponde al Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial, entre otras funciones, establecer mecanismos de concertación con el sector
privado, para la formulación y ejecución de planes de acción encaminados al cumplimiento de
metas ambientales.
El “Convenio Marco de Concertación para una PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA”, firmado entre el
Gobierno Nacional, a través del hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y los
Gremios Empresariales, el 5 de Junio de 1995, establece los lineamientos básicos para la
elaboración de convenios de concertación regionales.
La Política Nacional de Producción Más Limpia, aprobada por el Consejo Nacional Ambiental en
agosto de 1997, contempla dentro de sus estrategias promover la autorregulación y la autogestión a
partir de la puesta en marcha de convenios de concertación para una Producción Más Limpia de
carácter sectorial y regional, que deben ser entendidos como instrumentos que faciliten la gestión
ambiental entre las autoridades ambientales y los respectivos sectores productivos.
Tanto el actual Plan Nacional de Desarrollo, como el Plan de Gestión Ambiental Regional
Corporativo de la CAR, contemplan que la gestión ambiental debe realizarse colectivamente entre
el sector público y privado para lograr los fines de sostenibilidad ambiental de los sectores
productivos, a partir de instrumentos como los Convenios de Concertación para una Producción
Más Limpia.
El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como máximo organismo rector de la
gestión del medio ambiente, ha concertado a través de las Guías Minero-Ambientales (Resolución
1023 del 2005 del MAVDT), las orientaciones ambientales a incorporar en la gestión sectorial,
considerada como instrumento de apoyo para la ejecución de este convenio.
Se adoptará la concertación como instrumento de diálogo y coordinación entre el sector público y
privado firmantes del presente convenio y con el fin de revertir tendencias negativas y lograr
acciones y proyectos en forma conjunta.
La producción de ladrillo y derivados de la arcilla tiene el deber de desarrollar su sistema de
producción haciendo uso sostenible de los recursos naturales, para lo cual es necesario dar
cumplimiento al ordenamiento legal ambiental y obtener los permisos, autorizaciones y concesiones
establecidos en la Ley según sus características.
6.1 Diagnóstico Ambiental Sectorial
De acuerdo con la información disponible, el subsector de producción de papa en la jurisdicción
CAR, presenta las siguientes características:
IMPACTOS
MAGNITUD
Se estima que existen cerca 500 unidades productivas para la producción
de ladrillo y derivados de la arcilla en la jurisdicción CAR.
Con base en diagnósticos realizados por la Ventanilla Ambiental CAR,
las ladrilleras pequeñas presentan un consumo de carbón promedio de 60
EMISIONES ATMOSFÉRICAS
toneladas/mes. Por su parte las ladrilleras medianas presentan un
promedio de 115 toneladas / mes. Estos indicadores en términos de
producción por tonelada de carbón suministrado, determinan un
promedio de 16 ton producto / ton carbón para ladrilleras pequeñas y 21
ton producto / ton carbón para ladrilleras medianas.
El desarrollo antitécnico de la actividad extractiva genera o incrementa
procesos erosivos en los frentes de explotación activos y abandonados,
AFECTACIÓN DEL SUELO
especialmente por movimientos en masa y erosión superficial que
ocasiona la pérdida de suelos y desestabilización de zonas.
Se estima que los chircales artesanales y mecanizados presentan
porcentajes de producto no conforme que oscilan entre el 15-20%. Por su
parte, las ladrilleras pequeñas y medianas suelen presentan niveles del
15% y el 5%, respectivamente.
Fuente: Diagnósticos Ambientales Subsector de Materiales de Construcción – Ventanilla Ambiental CAR,
2005.
GESTIÓN DE RESIDUOS
SÓLIDOS
Por lo anterior, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, Anfalit, Anafalco e
industriales fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla, acuerdan poner todo su empeño para
gestionar la realización de las actividades requeridas con el propósito de cumplir con los objetivos
del presente convenio.
7. OBJETIVOS DEL CONVENIO
OBJETIVO GENERAL
Adoptar acciones concretas por parte del sector productivo de la industria de ladrillo y derivados de
la arcilla, tendientes a la mejora de su desempeño ambiental, con énfasis en la prevención de la
contaminación y la ecoeficiencia, logrando así, avanzar más allá de lo establecido por la
normatividad ambiental vigente, contribuyendo a la competitividad sectorial y garantizando la
sostenibilidad de la base natural de la región sobre los cuales tiene influencia este sistema
productivo.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Mejorar de forma continua el desempeño ambiental y productivo de la industria de ladrillo y
derivados de la arcilla, avanzando más allá de lo establecido por la normatividad ambiental
vigente, mediante la implementación de alternativas de Producción Más Limpia.
Implementar entre los productores adherentes un mecanismo de autogestión que apoye el
proceso de sensibilización ambiental y permita evaluar mediante indicadores, el grado de avance
de las metas de mejora ambiental y productiva establecidas en el marco del convenio.
Apoyar la implementación de alternativas de Producción Más Limpia a nivel sectorial, mediante
iniciativas tales como: capacitación, acompañamiento técnico y/o proyectos piloto; resultado de
la gestión activa y conjunta de los signatarios y adherentes al presente convenio.
Consolidar un espacio de concertación entre los actores del presente convenio que contribuya a
fortalecer la gestión ambiental empresarial del subsector productivo.
8. COMPROMISOS DEL CONVENIO
Los compromisos contenidos en el presente convenio o que se establezcan en el desarrollo del
mismo, serán asumidos por Anfalit, Anafalco, los productores adherentes y la CAR a través de su
Ventanilla Ambiental.
Los industriales de ladrillo y derivados de la arcilla que se adhieran a este convenio no están
exentos de culminar los procesos legales permisivos o sancionatorios que cursan en la
Corporación.
Los industriales de ladrillo y derivados de la arcilla que se adhieran con posterioridad a la firma
de este convenio se rigen por los compromisos vigentes a la fecha de su incorporación.
Los compromisos se ajustan en todo aspecto a la legislación vigente al momento de suscripción
del presente convenio y a la que se expida durante el término de su ejecución.
Los compromisos asumidos por la CAR, con la firma de este convenio, generan obligaciones de
gestión, que no requieren compromiso presupuestal.
A continuación se describen los compromisos específicos a cumplir por las partes para el desarrollo
del presente convenio:
8.1 EN RELACIÓN CON EL DIAGNOSTICO AMBIENTAL
Por parte del empresario
En un tiempo menor a dos (2) meses de adherido al convenio, deberá registrar la conformidad de
sus prácticas, implementando un mecanismo de autogestión. Esta información deberá ser
actualizada cada seis meses y reportada al Comité Operativo del Convenio.
Por parte del Comité Operativo
Gestionar la socialización de las Guías Minero-Ambientales, en lo que aplica al subsector, tanto al
interior de las entidades, así como a los industriales de ladrillo y derivados de la arcilla.
Diseñar y gestionar la socialización del instrumento de autogestión.
Definir indicadores de seguimiento, gestión, y evaluación de los compromisos del convenio y de sus
resultados.
Elaborar la descripción de la situación ambiental de la industria de fabricación de ladrillo y
derivados de la arcilla, con base en el consolidado de la información suministrada por los
adherentes, constituyéndolo así en herramienta de planeación y seguimiento de las metas del
presente Convenio. Esta información consolidada se actualizará cada año.
Gestionar la realización de un inventario de fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla en la
jurisdicción CAR. Este tiene como propósito determinar información sectorial como:
Número total de fabricantes de ladrillo y derivados de la arcilla legalizados, en trámite e
ilegales,
Número total y clasificación de los tipos de hornos empleados en las empresas.
Número total de hornos con dispositivos para minimizar la emisión de contaminantes al aire.
Gestionar la socialización de lo resultados del inventario al interior de las entidades y a nivel
sectorial.
8.2 EN RELACIÓN CON EL USO DE LOS RECURSOS EN LOS PROCESOS
PRODUCTIVOS
Por parte del comité
La CAR, Anfalit, Anafalco y los adherentes adoptarán como documento referencia para el
desarrollo del presente Convenio, la Guía Minero Ambiental, en lo que les aplica al subsector y la
Guía Ambiental Sectorial, que esta en elaboración por parte de los gremios y el Ministerio de
Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial, para las actividades de planeación, evaluación y
autogestión de la industria ladrillera y derivados de la arcilla; lo que de ninguna manera desconoce
el marco normativo vigente aplicable al sector.
Por parte del empresario
Implementar alternativas de Producción Más Limpia en sus procesos productivos. En este sentido
las empresas afiliadas a ANAFALCO Y ANFALIT, se comprometen a incluir en los planes
operativos anuales acordados entre las partes, acciones y actividades relacionadas con:
Medidas de manejo y recuperación ambiental de las actividades mineras e industriales del
subsector, tales como manejo y disposición de aguas residuales, control de aguas de escorrentía,
manejo y disposición de residuos sólidos, rehabilitación de áreas intervenidas, adecuación
paisajística, control y monitoreo de emisiones atmosféricas y reconversión tecnológica de hornos.
Apoyar iniciativas de investigación, transferencia y adopción de tecnologías de Producción Más
Limpia, tanto en los procesos mineros como en los industriales en términos de:
Minimización de la generación de residuos y aprovechamiento de estos.
Uso eficiente de agua en el proceso de producción y manejo de aguas residuales.
Ahorro y uso eficiente de energía.
Minimización de emisiones atmosféricas y ruido del proceso de producción.
Por parte del Comité Operativo
Identificar y evaluar las viabilidades técnicas y económicas de alternativas de Producción Más
Limpia – PML, disponibles para la implementación por parte de los productores de la industria
ladrillera y derivados de la arcilla.
Gestionar el acompañamiento de unidades productivas a través de actividades de asistencia técnica.
8.2.1. EN RELACIÓN CON EL RECURSO AIRE
Por parte de los empresarios
Eliminar la operación de hornos "locos" (no tecnificados) mediante su sustitución o reconversión
tecnológica. De esta manera, a Diciembre de 2009 los adherentes al Convenio no operarán hornos
locos.
Mejorar los procesos de combustión, mediante alternativas de PML, tales como la dosificación
técnica de la mezcla de carbón con coque o la conversión a otros combustibles menos
contaminantes. El presente Convenio tendrá como meta reducir en promedio el 10% en consumo de
carbón (Toneladas)/Volumen de producción.
Implementar alternativas de recuperación de calor residual para su aprovechamiento en secado de
material. De esta manera, como mínimo el 20% de adherentes implementarán alternativas de
recuperación de calor
Por parte de Anafalco y Anfalit
Atender las recomendaciones y resultados de tipo técnico y económico de los proyectos de
investigación que a la fecha se hayan realizado, tanto para el manejo de la calidad de los carbones
como para los análisis comparativos de las diferentes variantes que tienen adaptabilidad a los
hornos existentes. Lo anterior como medida para la prevención de emisiones atmosféricas.
Formular e implementar programas de seguimiento y evaluación de la gestión ambiental de sus
afiliados, basados en el establecimiento de índices de evaluación, y en procesos de autogestión y
autorregulación.
8.2.2. EN RELACIÓN CON EL RECURSO SUELO
Por parte de los empresarios
Implementar el diseño minero simultáneamente con el plan de manejo y la recuperación
morfológica y vegetal. Como meta del convenio de perseguirá que el 10% de los adherentes
implementen simultáneamente el diseño minero con medidas de recuperación.
Promover la ejecución de iniciativas manejo ambiental minero, a las que a criterio del Comité
Operativo y la CAR se requieran y no se hayan incluido en los planes de manejo respectivos.
8.2.3. EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
Por parte de los empresarios
Minimizar la generación de producto no conforme (chamote).
Aprovechar producto no conforme mediante su reincorporación al proceso o aprovechamiento
alternativo (uso en canchas de tenis, construcción de vías, etc.). El presente Convenio buscará que el
30% de los adherentes lleven a cabo este tipo de aprovechamiento.
8.3 EN
RELACION
CON
LA
INVESTIGACION AMBIENTAL
CAPACITACION,
EDUCACION
E
Por parte del Comité Operativo
Establecer anualmente una agenda de capacitación en materia de Producción Más Limpia y
gestionar su implementación. Estas jornadas estarán dirigidas a productores, funcionarios de la
Corporación y técnicos en materia de Producción Más Limpia, y buscarán igualmente socializar el
convenio entre los potenciales adherentes.
Promover la interacción entre el sector ladrillero de la jurisdicción CAR y las universidades, centros
de investigación y nodos regionales de producción más limpia, para el desarrollo de investigaciones
aplicadas que se relacionen con temas objeto del convenio. Así mismo, estimular la transferencia,
apropiación y adopción de los resultados de dichas investigaciones.
Por parte de la CAR
Promover la activa participación de los profesionales sectoriales de la entidad en las jornadas de
capacitación realizadas en el marco del presente Convenio.
8.4 EN RELACION CON LA COOPERACIÓN E INCENTIVOS FINANCIEROS
Por parte del Comité Operativo
Formular y presentar proyectos de cooperación ante instancias tales como: Ministerio de Ambiente
Vivienda y Desarrollo Territorial y la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional para el
logro del objeto del convenio.
Divulgar los incentivos tributarios y financieros que aplican para la adopción de alternativas de
Producción Más Limpia en el sector.
Promover la participación de adherentes en esquemas de reconocimiento a la excelencia en gestión
y desempeño ambiental y en programas de mercados verdes.
9. DURACION
El presente Convenio regirá hasta el día 31 de Diciembre del año 2010, y podrá ser ajustado y
prorrogado cada vez que las partes firmantes, por mutuo acuerdo, así lo consideren.
10. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes buscarán solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de las
actividades propias del convenio, mediante la aplicación de los principios señalados en la Ley
colombiana de la conciliación, la transacción, la composición amigable o los mecanismos que las
partes decidan acordar.
11. DOMICILIO
El presente convenio tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá.
12. PUBLICACIÓN
El presente Convenio será publicado en los boletines oficiales de las entidades firmantes, para su
amplio conocimiento.
13. PERFECCIONAMIENTO
El presente Convenio requiere para su perfeccionamiento únicamente de las firmas de las partes.Para constancia se firma en la ciudad de Bogotá.
FIRMAS
___________________________
SANDRA SUAREZ PÉREZ
Ministra de Ambiente Vivienda y
Desarrollo Territorial
(Entidad orientadora de la Política Ambiental)
______________________________
BERNARDINO FILLAURI
Presidente de ANFALIT
Desarrollo Territorial
_______________________________
GLORIA LUCIA ALVAREZ PINZON
Directora General - CAR
_____________________________
MARCO A. SUAREZ M.
Presidente de ANAFALCO
ANEXO
CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR
NUMERO DE RADICACIÓN ______
FORMATO DE ADHESIÓN AL CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA UNA PRODUCCIÓN
MÁS LIMPIA ENTRE: _________________________________________________________Y LA
CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA Y EL MINISTERIO DE
AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL COMO ENTIDAD ORIENTADORA
Yo, _____________________________________________________________________
En mi calidad de representante legal de la empresa _____________________________________ identificado
con el NIT____________________domiciliada en_________________________________________Dirección
___________________________ declaro que conozco en su totalidad el texto y los compromisos establecidos
en el CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA UNA PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA ENTRE
__________________________ Y LA CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA
– CAR Y EL MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL COMO
ENTIDAD ORIENTADORA, por lo cual manifiesto mi voluntad pública de adherir al precitado Convenio.
Por lo anterior me comprometo a cumplir todos y cada uno de los acuerdos y compromisos establecidos para
alcanzar un mejoramiento en el desempeño ambiental de las actividades productivas del
subsector_______________________________________________________
En constancia de adhesión firmo, ante la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, en la
ciudad de __________________a los ____ días del mes de_____de _____
C.C.
Tel:

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