manual de organizaciones VIGENTE

Transcripción

manual de organizaciones VIGENTE
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
EL
LIC.
VALENTIN
RODRIGUEZ
PEÑA,
Presidente
Municipal
del
H.
Ayuntamiento Constitucional de Villa Purificación, Jalisco, Con fundamento en el
Artículo 40 Fracción II de la Ley de Gobierno y la
Administración Pública
Municipal, en relación con los Artículos 115 fracción II de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y 77 fracción II de la Constitución Política del
Estado de Jalisco, se expide el presente Manual de Operaciones de la Oficialía
Mayor Administrativa del H. Ayuntamiento de Villa Purificación, el cual contiene
información referente a su estructura y funcionamiento, su principal objetivo es
servir como instrumento de consulta e inducción para el personal.
Que el Municipio de Villa Purificación, Jalisco; en Sesión Ordinaria del
Ayuntamiento celebrada el pasado día Jueves 21 de Marzo del 2013, ha tenido a
bien dirigirme el presente:
A C U E R D O:
PRIMERO: Se aprueba por unanimidad de los miembros del Ayuntamiento,
tanto en lo general así como en lo particular el MANUAL DE ORGANIZACIÓN
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACIÓN, JALISCO.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
DIRECCIONDEDESARROLLO
ECONOMICO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
INTRODUCCION
El presente manual muestra de forma clara la composición orgánica de la
Dirección General de Desarrollo Económico, así mismo contempla los objetivos,
atribuciones y funciones de la propia dirección como de las subdirecciones y
departamentos operativos que forman parte de ella, permitiendo así tener una
visión general de la operación de cada área, dando pie a la instrumentación de
políticas respecto de los requerimientos de preparación del personal que debe
ocupar cada puesto.
Una vez que el servidor publico adscrito a las áreas de ésta dependencia tiene
acceso al presente manual, tiene la posibilidad de desempeñarse con eficiencia,
pues cuenta con la información básica necesaria para conocer la naturaleza del
puesto, sus atribuciones y responsabilidades.
De la misma manera representa un instrumento de consulta para cualquier
funcionario, de la administración municipal que requiera de información referente a
la organización y/o operación de la Dirección. Así mismo representa una
herramienta invaluable para el empleado de nuevo ingreso, que le permitirá
comprender en primera instancia las funciones que ha de desempeñar, y la
posibilidad de integrarse a su puesto y dar resultados de forma inmediata.
OBJETIVO DEL MANUAL
Establecer el marco de atribuciones y funciones necesarias para promover la
eficiencia en la Dirección General de Desarrollo Económico, sus áreas y
departamentos, con la finalidad de fortalecer la política económica del gobierno
municipal en relación a la captación de inversión generadora de empleos; así
como a la aplicación de la normatividad necesaria para regir y controlar la
actividad comercial en el municipio; además de asumir la responsabilidad de
mantener a la vanguardia nacional al municipio de materia económica.
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO ECONOMICO
Objetivo:
Llevar a cabo la planeación, y ejecución de programas y actividades específicas
que permitan el cumplimiento de las metas y líneas de acción del Gobierno
Municipal en materia de Desarrollo Económico, inversión, empleo, productividad,
competitividad, reglamentación del comercio; así como asumir la responsabilidad
de representar al Municipio en los foros nacionales e internacionales en materia de
Desarrollo Económico.
Funciones:
1. Dirigir y coordinar el control del mercado formal como informal para la
renunciación, mediante la negociación con los líderes de los comerciantes, en
base al estudio del censo de población de comerciantes del mercado informal para
la mejora continua.
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
2. Dirigir y coordinar el financiamiento de la micro y pequeña empresa con gestión
y asesoría
3. Dirigir y coordinar la promoción y vinculación empresarial en el desarrollo de la
competitividad.
4. Dirigir, representar y coordinar las actividades propias del consejo consultivo
económico para su constante desarrollo con el H. Ayuntamiento y las empresas en
nuestro municipio como en el Gobierno del Estado de Jalisco.
5. Coordinar, dirigir y acordar con el sector empresarial e industrial, el censo de
vacantes que se requieren para la planta productiva, conjuntamente para el
reclutamiento de personal.
6. Dirigir coordinar y controlar las actividades en conjunto con el Gobierno del
Estado para coadyuvar los avances y convenios en el sector económico del
Municipio y municipios aledaños.
7. Dirigir, representar y decidir las necesidades y atribuciones. Económica en las
sesiones de cabildo para encaminar y dirigir las políticas de Gobierno Municipal
Funciones de Técnico de Estudios y Proyectos
Misión
•
Desarrollar la capacidad técnica de las autoridades y funcionarios municipales
para participar en la planeación, programación y definición de políticas, planes y
programas de desarrollo del ámbito rural que les corresponde y lograr una mejor
provisión de apoyos, bienes y servicios a su población.
Objetivo general
•
Reconocer y sistematizar las técnicas y prácticas de desarrollo rural sustentable
que son susceptibles de promoverse desde el ámbito de las autoridades
municipales a efecto de ejercer en los mejores términos sus funciones de apoyo
a la población del medio.
Objetivos estratégicos
•
Integrar y difundir conocimientos aplicables a las prácticas del desarrollo rural
sustentable en el entorno municipal.
•
Sistematizar información relevante sobre técnicas aplicables al ámbito del
desarrollo rural sustentable y difundirla entre la población del Municipio.
•
Auspiciar los servicios de vinculación de prestadores de servicios profesionales
con productores y agentes participantes de las cadenas productivas del medio
rural.
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•
Dar seguimiento al desempeño de prestadores de servicios profesionales y
orientar sobre sus resultados a los miembros de la población que tengan
necesidad de contratar dichos servicios.
•
Acopiar un banco de proyectos y prácticas realizadas en el ámbito rural del
Municipio a efecto de aprovechar su información como antecedentes de
experiencias documentadas.
Funciones
Desarrollar los estudios y análisis de información provista por los Diagnósticos
participativos y demás que sean generados por el Consejo Municipal de Desarrollo
Rural Sustentable y los que procedan de datos sistematizados de fuentes diversas,
con el propósito de identificar y fundamentar soluciones a la problemática del ámbito
rural en el Municipio.
En coordinación con el Departamento de Organización y Vinculación desarrollar la
práctica de las metodologías de planeación participativa y apoyar la formulación de
proyectos en el seno del Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable.
Integrar los proyectos y prospectivas que le indique la Dirección.
Dar asistencia técnica a las autoridades municipales en los aspectos de planeación y
de bienes, provisiones y servicios públicos dirigidos a la comunidad del ámbito rural.
Establecer los sistemas y procedimientos de asistencia técnica que estén a cargo del
Municipio.
Organizar y coordinar los servicios de vinculación de instituciones y proveedores de
servicios para la capacitación de productores y población del medio rural.
Asistir a la Dirección y al Departamento de Operación de Programas
Descentralizados en el análisis de proyectos propuestos para recibir apoyos del
Programa de Desarrollo Rural y emitir los dictámenes que correspondan a la propia
Dirección.
Realizar las actividades de extensión y difusión de información técnica que
corresponda efectuar a la Dirección.
Organizar y mantener actualizado el banco de proyectos de desarrollo rural
sustentable de la administración municipal y generar los reportes que le sean
solicitados utilizando información del mismo.
•
a)
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Las demás que se establezcan en el Manual General de Organización de la
administración municipal
Funciones de formulación y desarrollo de proyectos
•
Compilar las normas jurídicas, programáticas y administrativas aplicables para
la formulación de proyectos de desarrollo rural para los distintos programas
vigentes y potenciales destinados al sector.
•
Recabar propuestas del CMDRS y apoyar su transformación en proyectos de
desarrollo rural.
•
Realizar diagnósticos integrales y parciales en materia de desarrollo rural e
identificar proyectos potenciales que brinden beneficios a la población
municipal de ese sector
•
Auspiciar y realizar estudios técnicos que den sustento metodológico y
fundamentación de viabilidad a proyectos de desarrollo rural que sean
promovidos por el CMDRS
•
Dictaminar la viabilidad de proyectos que sean presentados al CMDRS, en
coordinación con las instancias del Estado y la Federación que determine el
reglamento del propio Consejo.
•
Formular proyectos propios de la Dirección y someterlos a consideración del
Presidente Municipal para que sean incluidos en el proyecto de presupuesto
que corresponda.
b)
Funciones de vinculación entre productores y prestadores de servicios de
asistencia técnica
•
Solicitar a los productores referencias sobre los prestadores de servicios y
grado de su cumplimiento de compromisos contratados en diferentes
proyectos.
•
Convocar a prestadores de servicios para presentar propuestas técnicas y
económicas a los productores que soliciten la mediación del Ayuntamiento
•
Respaldar a los productores en la integración de los contratos de prestación de
servicios profesionales y orientarles en cuanto a su cumplimiento.
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Organización de productores
•
Establecer vínculos con vecinos del ámbito rural y promover los mecanismos
de participación ciudadana en los programas municipales del sector.
•
Incentivar la organización formal de núcleos y organizaciones productivas de
vecinos del ámbito rural del Municipio.
•
Apoyar a los vecinos en la integración de expedientes, trámites de alta y
demás gestiones que sean necesarias para la legalización de las distintas
organizaciones que se promuevan.
Área de Promoción Empresarial
Objetivo:
Ejecutar los programas y actividades específicas para promover al municipio en
materia de inversión y empleo, así como ser instrumento de vinculación de los
sectores empresarial, productivo y educativo; además de orientar y facilitar los
trámites necesarios para la apertura de nuevos negocios, con la finalidad de
mantener al Municipio a la vanguardia nacional en materia de productividad y
competitividad económica.
Funciones:
1. Formular y desarrollar programas que permitan la vinculación del sector
empresarial y el sector productivo a través de Ferias de Empleo, Reclutamientos
Masivo y reuniones con Grupos de Intercambio Empresarial, con la finalidad de
proporcionar un empleo formal a la ciudadanía del Municipio y a sus alrededores.
2. Gestionar y proporcionar los recursos materiales y de apoyo administrativo que
faciliten la realización de los Eventos de Vinculación y Reuniones de Grupos de
Intercambio.
3. Elaborar indicadores sobre los avances en materia de empleo y reportar el
índice de colocación en la actual administración.
4. Supervisar y coordinar las visitas en el sector industrial para la realización de
conferencias, reuniones y la creación de nuevos convenios que permita la apertura
a nuevas inversiones y la creación de la grande, mediana, pequeña y
microempresa.
5. Elaborar reportes que permitan conocer la inversión y generación de nuevas
fuentes de empleo por parte del Sector Industrial registrados en el Centro de
Atención Empresarial y reportar a la Dirección.
6. Establecer los indicadores de solicitantes de crédito, empresas exportadoras o
susceptibles a exportar, importadoras, inversión y montos de crédito requeridos.
7. Vincular al sector empresarial con las dependencias de los gobiernos Federal,
Estatal y Municipal.
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8. Vincular a las empresas con el sector financiero y de banca de desarrollo para
generar el crecimiento de estas o cubrir necesidades de estas por falta de liquidez.
9. Vincular con el sector educativo para aspectos de capacitación, desarrollo de
tecnologías, consultoría, asesoría y de colocación de agentes económicos en el
mercado laboral o de prácticas profesionales.
10. Vincular a las empresas entre si para el intercambio de experiencias y además
de generar el intercambio comercial entre estas para fortalecer el mercado interno.
11. Vincular a las empresas exportadoras o susceptibles a exportar con las
instituciones de este sector.
12. Mantener la vigencia del directorio empresarial del Municipio, con la finalidad
de otorgarlos a los ciudadanos que lo soliciten para así fortalecer el mercado
interno.
13. Otorgar una asesoría integral al peticionario respecto a los diferentes trámites
tales como apertura de un negocio, cambio de giro, ampliación de superficie,
cambio de nombre, cambio de actividad económica, cambio de domicilio,
disminución de giro y disminución de superficie entre otros; de la micro, pequeña,
mediana y gran empresa y los requisitos para los mismos.
14. Realizar e integrar el expediente para el inicio de trámites empresariales.
15. Expedir la Cédula de Microindustria.
16. Llevar el registro en el sistema CAET los nombres de las personas atendidas.
17. Captura en el sistema CAET los trámites realizados.
18. Elaborar los reportes mensuales de empleo e inversión generada y de
licencias expedidas del sistema municipal.
19 Operar de manera exclusiva el Sistema Municipal de Apertura Rápida de
Empresas.
20 Recibir solicitudes para su tramitación y respuesta.
21 Consultar ante las diversas dependencias y entidades estatales y municipales
sobre el seguimiento a la emisión de factibilidades o dictámenes para el
otorgamiento de autorizaciones y licencias.
22Proponer procedimientos y mecanismos que permitan agilizar los trámites.
23.Vigilar que las respuestas a las solicitudes se otorguen dentro de los plazos
establecidos.
Área de Acciones de Empleo
1. Proporcionar a la población desempleada atención diaria para facilitar su
colocación en un empleo formal.
2. Realizar eventos de vinculación de mercado laboral como ferias de empleo local
y nacional, para la población en general y diseñados también para segmentos
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específicos como jóvenes, mujeres y adultos mayores, para colocar en un empleo
formal a personas desempleadas.
3. Proporcionar a las empresas un servicio de calidad para facilitar la contratación
de personal con los perfiles requeridos para cada vacante.
4. Recibir y publicar las ofertas laborales de las empresas.
5. Proporcionar a las empresas servicios de reclutamientos específicos para
solventar requerimientos de personal por apertura de nuevas empresas.
6. Realizar jornadas comunitarias de reclutamiento.
7. Llevar el registro de personas atendidas y colocadas en un empleo formal.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.JaimeMataRúelas
DirectordeDesarrolloEconómico
ACEPTOYPROTESTO
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MANUAL DE ORGANIZACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE
DESARROLLO URBANO, OBRAS
PÚBLICAS.
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INTRODUCCIÓN
El presente manual de organización tiene como finalidad servir como instrumento
de formación y consulta, sobre las funciones ejecutadas por La Dirección General
de Desarrollo Urbano, Obras Públicas. Con este propósito el documento se
pone a disposición del personal adscrito a esta dependencia, así como a la
ciudadanía en general, con el fin de que sirva como medio de información y guía
respecto a las actividades que se desarrollan en sus unidades administrativas.
Asimismo el presente manual estará sujeto a cambios toda vez que se presenten
modificaciones o ajustes en las atribuciones, funciones y estructura orgánica de la
Dirección General.
OBJETIVO
Facilitar el acceso a la información funcional de la Dirección General, a través de
la identificación de los niveles jerárquicos, así como los objetivos y funciones
específicas que realiza cada unidad organizacional.
OBJETIVO Y FUNCIONES
Dirección General de Desarrollo Urbano, Obras Públicas.
Objetivo:
Planear, organizar, dirigir, evaluar instrumentar, aplicar y vigilar las actividades en
materia de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, Desarrollo
Urbano, Obras Públicas.
Funciones:
1. La formulación, ejecución y evaluación de la Política Municipal en materia
ambiental;
2. Planear y coordinar las políticas y promoción del servicio público de transporte
conforme a las disposiciones legales aplicables.
3. Promover la construcción de obras de urbanización, infraestructura y
equipamiento urbano;
4. Promover el financiamiento de estudios, investigaciones y acciones en general
para la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio
ecológico;
5. Formular y proponer y ejecutar programas y acciones para la regularización de
la tenencia de la tierra en el Territorio Municipal, en coordinación con las
dependencias federales, estatales y municipales, en su caso;
6. Ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y de la operación del
desarrollo urbano;
7. Regular y controlar las normas y características que marca el Plan Municipal de
desarrollo;
8. Someter a la aprobación del ayuntamiento las diferentes campañas de
regularización en el Municipio;
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9. Vigilar en términos del Plan Municipal de Desarrollo Urbano, para que el
Ayuntamiento pueda controlar el crecimiento urbano de acuerdo a lo antes
descrito;
10. Las demás que le señales otras leyes, reglamento y disposiciones de
observancia general;
Desarrollo Urbano
Objetivo:
Apoyar con materiales a familias de escasos recursos para la mejora de
condiciones de sus viviendas.
Funciones:
1. Una vez establecido el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, la dirección es la
encargada de aplicar todos y cada uno de los ordenamientos que marca el mismo
además de plantear ante el cabildo los diferentes programas de regularización
para el control del crecimiento urbano, apoyándose en sus jefaturas, para el
otorgamiento de licencias de uso de suelo y construcción así como de vía pública.
2. Las funciones en Desarrollo Urbano, son de normar, controlar, y regular el
crecimiento urbano para evitar el crecimiento anárquico.
3. Plantear ante el COPLADEMUN, los cambios de uso del suelo, incrementos de
densidades, intensidades y alturas.
Licencias de Uso de Suelo y Construcción
Objetivo:
Se tiene como fin la expedición de Licencias de Uso de Suelo y Licencias de
Construcción, para mantener una regulación permanente del desarrollo urbano.
Funciones:
1. Es la encargada de aplicar todos y cada uno de los ordenamientos que marca el
Plan de Desarrollo Urbano y leyes de la materia.
2. Plantear ante el cabildo los diferentes programas de regularización para el
control del crecimiento urbano.
3. Otorgar Licencias de Construcción.
4. Realizar las visitas de inspección.
5. Atender las quejas y peticiones de la ciudadanía.
Tenencia de la Tierra
Objetivo:
Regularizar los asentamientos humanos irregulares; Expedición de Escritura
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Pública ante Notario Público; Área de Escrituración y Testamentos.
Funciones:
1. Coadyuvar con el Ejecutivo Federal y Estatal en la regularización de la Tierra
Urbana, de acuerdo con la legislación y planes vigentes en la materia.
2. Regularizar todos aquellos predios susceptibles de regularización.
3. Elaborar propuestas de convenios tendientes a la solución de tenencia de la
tierra en el Municipio, con las dependencias de Gobierno Federal
(CORETT) y/o Estatal. Así como propuestas de modificación a los convenios que
se suscriban con las dependencias en mención.
4. Proponer programas de regularización de la tenencia de la tierra urbana en el
Municipio.
5. Participar y fomentar la creación de convenios en materia de regularización de
tenencia de la tierra con las diferentes dependencias de Gobierno Federal y/o
Estatal.
6. Coadyuvar con los ciudadanos que requieran de algún juicio para la
escrituración de sus propiedades.
7. Seleccionar la vía judicial idónea para el inicio de juicios que se requieran
realizar, para que la ciudadanía solicitante pueda escriturar.
8. Preparar puntos de acuerdo con el Cabildo Municipal cuando se trate de
asuntos relacionados con la regularización de tenencia de la tierra, y convenios
tendientes a la regularización de tenencia de la tierra.
9. Integrar expedientes judiciales y en su caso iniciar y dar seguimiento a los
juicios que se requieran realizarse para que el ciudadano pueda escriturar.
10. Efectuar asesorías gratuitas en materia de escrituración, a fin de determinar la
vía procedente.
11. Solicitar a los interesados la documentación necesaria para integrar los
expedientes judiciales respectivos.
12. Iniciar algunos casos y dar continuidad a juicios tendientes a la escrituración.
13. Solicitar al Registro Público de la Propiedad los certificados de inscripción y de
no inscripción correspondientes.
14. Solicitar al registro judicial la devolución de expedientes al juzgado para su
conclusión o su puesta a disposición de Notario.
15. Proponer convenios de coordinación de acciones para la regularización de
tenencia de la tierra.
16. Coadyuvar con los ciudadanos que requieran la escrituración de sus
propiedades y con quienes deseen elaborar su testamento público abierto.
17. Atender a los usuarios, proporcionándoles la asesoría y asistencia técnica que
les permita integrar adecuadamente los expedientes notariales, así como realizar
las gestiones pertinentes para la elaboración de su testamento.
18. Integrar los expedientes notariales para la elaboración del proyecto de
escritura, así como solicitar las certificaciones correspondientes.
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19. Gestionar ante el Registro Público los certificados de libertad de gravamen, así
como ante la Hacienda Municipal los Certificados de no adeudo de predial, clave
catastral y aportación de mejoras.
20. Apoyar la entrega de los testamentos públicos.
21. Integración y seguimiento de expedientes de asentamientos humanos
irregulares susceptibles de regularizar.
22. Tramitar, ante las instancias legales competentes, todas aquellas acciones
jurídicas que sean necesarias para regularizar asentamientos humanos irregulares
dentro del Territorio Municipal.
23. Realizar planos topográficos, urbanos y arquitectónicos de los levantamientos
topográficos de los asentamientos humanos irregulares factibles de regularizar
dentro del Municipio.
24. Instrumentar los programas de regularización de tenencia de la tierra
relacionados con los asentamientos humanos irregulares.
25. Revisar que los expedientes de los asentamientos humanos irregulares
susceptibles de regularizar, vigilar que todos y cada uno de ellos se adecuen a la
normatividad existente.
26. Captura de datos de los levantamientos topográficos de los asentamientos
humanos irregulares susceptibles de regularizar.
27. Elaboración de planos e interpretación de usos de suelo.
28. Realización de proyectos urbanos.
Transporte
Objetivo:
Ordenar, eficientar y modernizar el transporte público de pasajeros en sus
diferentes modalidades así como sus instalaciones de operatividad (bases,
paradas y paraderos) y el ordenamiento de estacionamientos en la vía pública.
Funciones:
1. La aplicación del pago de derechos de estacionamiento en la vía pública y
servicio público de pasajeros (base de taxis).
2. Realizar las tareas relativas a la ingeniería de transporte y señalamiento vial en
coordinación con las Dirección de Seguridad Publica, Secretaria de Vialidad del
estado, Dirección General de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología.
3. La atención de solicitudes para el dictamen y autorización sobre el diseño, la
ubicación de bases, paradas y paraderos, conforme a los criterios y normatividad
establecida por la secretaria de Vialidad y transporte del Gobierno del Estado de
Jalisco.
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4. La elaboración de proyectos integrales de mantenimiento conservación y
mejoramiento de obra de infraestructura en bases paradas y paraderos Dictaminar
y autorizar las bases, paradas y paraderos dentro del Territorio Municipal.
5. Aplicar programas de inspección y vigilancia para verificar el cumplimiento de la
normatividad, así como retener y remitir al deposito oficial de transito como medida
de seguridad, a las unidades vehiculares por faltas a los reglamentos respectivos
en coordinación con la secretaria de Vialidad y transporte del Gobierno del Estado
de Jalisco.
6. Calificar y liberar las unidades remitidas al deposito oficial de transito que por
faltas a los reglamentos adjetivos en la materia.
7. Realizar en forma permanente censos que permitan identificar el parque
vehicular que actualmente presta el servicio de transporte público así como las
bases, paradas, paraderos, concesiones y derroteros dentro del Municipio.
8. Vigilar la operación, el orden, mantenimiento y funcionamiento de los paraderos
en Territorio Municipal.
9. Celebrar convenios de coordinación y colaboración en materia de transporte
público y vialidad con el Gobierno del Estado de Jalisco, municipios vecinos.
10. Emitir opinión sobre la creación, establecimiento o autorización de nuevas
rutas, derroteros, tarifas, horarios, frecuencias, terminales y concesiones.
Vía Pública
Objetivo:
Otorgar licencias para la colocación de anuncios publicitarios y permisos para
ocupar la vía pública con cajones de estacionamiento, volanteo, rampas y
separación de banqueta.
Funciones:
1. Realiza operativos correctivos y preventivos para inspeccionar y dejar libre al
transito peatonal y vehicular.
2. Emitir licencias de anuncios publicitarios.
3. Autorización para ocupar la vía pública con mezclas, para reparaciones de
banquetas, para áreas de carga y descarga.
4. Verificar a través de recorridos a los comerciantes ambulantes y puestos
semifijos instalados en la vía pública, retirando todo aquel que no cuente con
permiso o autorización para ejercer la actividad comercial.
5. Recaudación sobre las autorizaciones a los comerciantes fijos, semifijos y
ambulantes, la tarifa marcada en el Código Financiero.
6. Atender las quejas y peticiones de la ciudadanía.
Planeación Urbana
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Objetivo:
Proponer políticas y estrategias para el desarrollo urbano del Municipio de Villa
Purificación, principalmente a través del Plan Municipal de Desarrollo Urbano y
vigilar su adecuada aplicación, así como generar disposiciones normativas para la
regularización de los elementos urbanos, proponer y proyectar las disposiciones
técnicas para construcción o modificación de la infraestructura vial.
Funciones:
1. Diagnóstico, evaluación, actualización y seguimiento al Plan Municipal de
Desarrollo Urbano y participación para la conformación de los planes regionales y
estatales.
2. Formalización y seguimiento de los Planes Parciales.
3. Colaboración y seguimiento en el Plan de Desarrollo Municipal.
4. Análisis Técnico y de factibilidad de cambios de uso de suelo, densidad,
intensidad y/o altura máxima permitida.
5. Coordinación con el COPLADEMUN.
6. Emitir dictámenes y realización de estudios en materia de desarrollo urbano.
7. Participación y seguimiento en la evaluación de proyectos de impacto regional.
8. Elaboración de reglamentos como son de Licencias, Uso de Suelo, Vía Pública,
Transporte, Anuncios, etcétera.
9. Asesoría en materia de reordenamiento territorial de los asentamientos
humanos, del desarrollo urbano y de límites municipales.
10. Participar en mesas de trabajo metropolitanas sobre la planeación de
asentamientos humanos, desarrollo urbano, imagen urbana y vialidad.
11. Proponer y proyectar las disposiciones técnicas para la construcción o
modificación de la infraestructura vial.
12. Seguimiento de las acciones e impactos del tren suburbano y de otros
sistemas de transporte terrestre y masivo.
13. Seguimiento de impactos viales.
14. Elaboración, coordinación y seguimiento de proyectos urbanos de alto impacto
(Modificaciones a la imagen urbana del Centro, rescate de zonas arqueológicas,
corredores de inversión, estacionamiento en la zona histórica del Municipio, etc.).
15. Análisis de ocupación de la vía pública por redes de telefonía, hidrocarburos,
agua etcétera, así como conjuntar la información de la infraestructura.
16. Análisis de los impactos de riesgos en el desarrollo de usos urbanos.
17. Estudio y proyecto de modificaciones viales, entronques a nivel y desnivel,
pasos a desnivel, pasos y puentes peatonales, topes, casetas de control y cierre
de calles, cambios de sentidos de circulación, etc.
18. Análisis de derechos de vía.
19. Seguimiento al Plan de Vialidad y Transporte.
20. Normar y dictaminar la ubicación de sitios de taxis, paradas, paraderos,
parquímetros, etc.
21. Seguimiento del programa de rescate urbano vial.
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22. Normar el señalamiento horizontal y vertical.
Obras Públicas
Objetivo:
Dirigir aquellas funciones encaminadas a la planeación, coordinación e
instrumentación de las obras públicas a su cargo.
Funciones:
1. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades
encomendadas a las unidades administrativas que integran la Dirección de Obras
Públicas.
2. Participar en la celebración de acuerdos de coordinación con el Gobierno
Estatal y otros Municipio, para la ejecución de los planes y programas de Obra
Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias.
3. Establecer y mantener relaciones de coordinación con el Comité de Planeación
y Desarrollo Municipal COPLADEMUN, a efecto de conocer y aplicar la
normatividad establecida para la elaboración seguimiento y evaluación de Planes
y Programas.
4. Elaborar y someter a la consideración del Presidente Municipal, el capítulo
Obras Públicas del Plan de Desarrollo Municipal para su presentación al
Presidente Municipal y al H. Cabildo.
5. Aprobar y someter a la autorización del Presidente Municipal el Programa Anual
de Trabajo de la Dirección y su respectivo presupuesto.
6. Dirigir la formulación del Programa de Obra Pública del Municipio, verificando su
congruencia con el Plan de Desarrollo Municipal, así como con los planes y
programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico, y someterlos a la
aprobación del Ayuntamiento.
7. Asegurar que dentro del Programa de Obra Pública del Municipio, se
consideren las provisiones, usos reservas y destinos de áreas y predios conforme
a los ordenamientos jurídicos vigentes en la materia, así como por la tecnología
aplicable en función de la naturaleza de las obras.
8. Elaborar y someter el acuerdo del Presidente Municipal los procedimientos a
que deberán sujetarse los concursos para la ejecución de obras públicas.
9. Autorizar, de conformidad con los planes y programas, las obras de
construcción, reparación, adaptación y demolición que se pretendan realizar en
inmuebles propiedad Municipal, previo acuerdo del Presidente Municipal.
10. Dirigir las acciones del proceso relacionado con la convocatoria, licitación y
contratación de las obras públicas que se celebren en el Ayuntamiento, con base
en la normatividad que regula esta materia.
11. Administrar y controlar los contratos y convenios que el Ayuntamiento formule
para la ejecución de las obras públicas y vigilar que los contratistas se ajusten al
marco legal y procedimiento autorizados.
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12. Participar en las comisiones, comités de obra pública y demás órganos a los
que sea convocado, previo acuerdo del Presidente Municipal.
13. Coordinar los estudios de pre-inversión y pre-eliminares, proyectos y planos
arquitectónicos y de ingeniería y evaluar la factibilidad técnica y económica de las
obras públicas a realizarse en el Municipio, y someterlo a la consideración del
Presidente Municipal.
14. Someter a la aprobación del Presidente Municipal la contratación de
investigaciones, asesorías y consultorías especializadas que se requieran en el
desarrollo de la obra pública, de acuerdo al programa y presupuesto autorizado.
15. Someter a la aprobación del Comité Interno de Obras Públicas la realización
directa o por adjudicación a los particulares, el desarrollo de las obras públicas
autorizadas por los planes y programas respectivos.
16. Coordinar las acciones orientadas al proceso de supervisión, vigilancia, control
y evaluación de la obra pública, de conformidad con los planes y programas
autorizados por el cabildo, así como a los contratos establecidos.
17. Vigilar la eficaz integración y resguardo de los expedientes técnicos de la obra
pública que celebre el Ayuntamiento, de acuerdo con la documentación soporte
que se genere, y establecer los mecanismos y facilidades para su revisión por
parte de las instancias normativas competentes.
18. Vigilar el correcto y transparente uso de los recursos derivados del Fondo de
Aportaciones de Infraestructura Social del Ramo 33, que permita priorizar la
atención inmediata de las poblaciones que viven en extrema pobreza.
19. Evaluar las demandas y peticiones de atención inmediata que presente la
ciudadanía relacionadas con las obras públicas y verificar su inclusión en los
planes y programas respectivos, de acuerdo a los objetivos y prioridades
definidos.
20. En coordinación con la dirección de desarrollo social, Impulsar la constitución
de los Comités Ciudadanos de Vigilancia de la obra pública y promover la
realización de las asambleas para la entrega-recepción de las obras públicas.
21. Establecer los mecanismos de difusión que permitan mantener informada a las
comunidades beneficiarias y comités, sobre los alcances, metas, costos y
resultados de las obras públicas desarrolladas en el Municipio.
22. Evaluar la información y notificar al Presidente Municipal y a las autoridades,
estatales y federales, sobre el inicio, avance y terminación de las obras
contratadas en el Ayuntamiento.
23. Vigilar que el gasto de la obra pública se sujete a lo previsto en los
presupuestos aprobados e informar de lo ejercido a las instancias federal, estatal
y municipal que corresponda.
24. Establecer mecanismos de control que permitan promover la óptima utilización
y aprovechamiento de los materiales y equipo de construcción con que cuenta el
Municipio.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
25. Autorizar el Sistema de Información (base de datos) del área y presentar al
Presidente Municipal los informes y reportes periódicos establecidos.
26. Acordar periódicamente con el Presidente Municipal los asuntos cotidianos y
extraordinarios del área.
27. Revisar los reportes e informes que las unidades administrativas de la
Dirección le presenten periódicamente, efectuar las modificaciones pertinentes y
mantener informado al Presidente Municipal de las acciones que se deriven al
respecto.
28. Realizar las demás funciones que le confieran otras disposiciones legales y
reglamentarias en la materia, así como las que de manera especial le
encomienden el Presidente Municipal.
Organización para realizar Licitaciones y Contratos
1. Registrar, controlar y dar seguimiento al programa Individual de Concursos
Restringidos y Licitaciones Públicas.
2. Elaborar bases de licitación.
3. Elaborar y aplicar las convocatorias para atender Obras Públicas.
4. Elaborar invitaciones a las empresas y a funcionarios para participar en obras y
servicios.
5. Controlar el registro interno de contratistas.
6. Participar en los eventos de las licitaciones con empresas y funcionarios.
7. Elaborar las actas de apertura, cuadros comparativos, dictámenes y actas de
fallo.
8. Elaborar y tramitar los contratos de obras y servicios.
9. Integrar documentos para trámites de fianzas y anticipos.
10. Recopilar información para iniciar el proceso de adjudicación: estudio de preinversión, proyecto, catálogo de conceptos, programa de ejecución de trabajos y
acta del Comité Ciudadano de Control y Vigilancia.
11. Realizar la venta de bases de licitación.
12. Participar en las visitas de obra.
13. Participar en las juntas de aclaraciones.
14. Dirigir el acto de presentación apertura de propuestas.
15. Vigilar que las convocatorias, bases de concurso, modelos de contratos que
integra el Departamento de Concursos y Contratos para cada uno de los tipos de
adjudicación, estén apegados a la normatividad vigente en la materia.
16. Verificar la documentación que presenten los participantes de los concursos de
la obra pública para continuar con los trámites de pago correspondientes.
17. Vigilar la integración de la documentación relativa a los proyectos a ejecutarse,
para su presentación ante las autoridades correspondientes para su autorización.
18. Vigilar, concentrar y sistematizar la información proveniente de as áreas
operativas para el control interno, relativas al avance presupuestal, relación de
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
anticipos y estimaciones de obra por contrato, control de turno de estimaciones
para la obra pública por contrato y servicios relacionados con la misma elaborando
los concentrados que se requiera
19. Evaluar el avance de la documentación integrada en expedientes para
proceder con el pago de estimaciones.
20. Presentar el expediente técnico legal de las obras ante el control de pagos
para el trámite y autorización de cada uno de los pagos.
21. Llevar a cabo el control del archivo general de obras públicas así como
proporcionar facilidades para consulta de expedientes y copias de documentos,
tanto por las áreas internas como los órganos de Control.
22. Emitir opinión en el ámbito de su competencia, sobre la ejecución de los
proyectos para la construcción, rehabilitación y mantenimiento mayor a las obras
públicas que se ejecuten en el Municipio, conforme a las normad e construcción
aplicables a programas autorizados y montos estipulados.
23. Emitir los informes relativos que sistematicen la documentación recibida en
materia de obra pública estableciendo las medidas preventivas y correctivas para
la utilización adecuada de los recursos de trabajo.
24. Proponer recomendaciones que sirvan de apoyo para mejorar el sistema de
integración y recopilación de la información generada por las diferentes áreas.
25. Realizar el seguimiento de las medidas correctivas propuestas derivadas de
las observaciones determinadas en las revisiones practicadas.
26. Elaborar reporte de resultado de revisiones y seguimientos efectuados sobre la
documentación generada para la planeación, contratación y ejecución de la obra,
informando a la Coordinación de Concursos, Contratos y Estimaciones.
27. Coadyuvar con información y documentación necesaria al área de costos
unitarios para el análisis y autorización de precios extraordinarios.
28. Coadyuvar con información y documentación necesaria al área de supervisión
de obras para la debida integración de reportes de los trabajos ejecutados por los
contratistas.
29. Coadyuvar con información y documentación necesaria al área de
estimaciones para el trámite y gestión de las mismas.
30. Realizar las demás funciones que le confieran otras disposiciones legales en la
materia, así como las que le encomienden sus superiores jerárquicos.
Organización de Estimaciones y Precios Unitarios
1. Integrar, elaborar y calcular Precios Unitarios.
2. Revisar todo lo concerniente de las Propuestas Económicas de las Licitaciones
Públicas, Invitaciones Restringidas así como de las Adjudicaciones Directas.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
3. Dictamen de ajuste de costos en base al marco normativo y cláusulas de los
contratos.
4. Elaboración del análisis comparativo y la evaluación para determinar la
propuesta solvente.
5. Revisar en forma integral la estimación.
6. Gestionar la solicitud de pago correspondiente.
7. Elaborar oficio de envío de estimación dirigido a la Hacienda Municipal para su
pago correspondiente.
8. Elaborar reporte semanales del estado que guardan las estimaciones.
9. Elaborar y dirigir informe mensual de las estimaciones tramitadas.
10. Funciones: de Apoyo
11. Vigilar que se cumplan los plazos estipulados del ingreso de estimaciones.
12. Otorgar formatos de estimación área de supervisión a sí como a los
contratistas para la elaboración de la misma.
13. Llevar acabo el control de saldos por ejercer por contrato.
Organización para la Administración y Supervisión de Obra Pública.
1. Llevar a cabo la supervisión de la obra de construcción y mantenimiento de
equipamiento urbano, vialidades, mejora de la imagen urbana, áreas de interés
municipal y obras con participación ciudadana.
4. Supervisar los trabajos, directamente o por la adjudicación a particulares que
realicen las obras correspondientes.
5. Atender las peticiones de construcción y mantenimiento de los espacios
educativos y culturales.
6. Realizar la supervisión de las remodelaciones y obras de construcción de los
espacios educativos y culturales incluyendo visita técnica, levantamiento,
cuantificación del estado actual y proponer su probable solución.
7. Realizar la entrega adecuada de las obras de construcción.
8. Atender las peticiones de construcción y mantenimiento de equipamiento
urbano, vialidades.
9. Llevar acabo la supervisión de la obra de construcción y mantenimiento de
equipamiento urbano, vialidades.
10. Supervisar los trabajos directamente o por la adjudicación a particulares que
realicen las obras correspondientes.
Construcción de Espacios Educativos y Culturales
Objetivo:
Lograr el mejoramiento de las viviendas y de los espacios educativos culturales, a
través de obras que beneficien a la población del Municipio.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Funciones:
1. Atender peticiones de construcción y mantenimiento a planteles Escolares
2. Atender peticiones de las comunidades para el mejoramiento de viviendas
3. Realizar proyecto de mejoras a espacios educativos, Culturales y a la vivienda.
4. Integración de comités ciudadanos de control y vigilancia de la obras que e
ejecuten con recursos federales y municipales.
5. Supervisión de remodelación y construcción de los espacios educativos y
Culturales.
6. Entrega de materiales y supervisión de aplicación para el mejoramiento de la
vivienda
7. Realizar la entrega de las obras de construcción, remodelación y entrega de
materiales en los espacios educativos, culturales y vivienda.
Proyectos
Objetivo:
Estudiar, analizar y proyectar los espacios arquitectónicos de acuerdo al programa
de obras propuesto por la dirección de obras públicas para, realizando estudios de
pre inversión por tipo de obra, generando ahorro de recursos materiales y
humanos, así como una optimización de tiempo y calidad en la realización de las
mismas.
Funciones:
1. Elabora los proyectos de obra pública autorizados en el POA.
2. Realiza diagnósticos de obra pública después de una contingencia.
3. Atención de peticiones ciudadanas en materia de obra pública, para dictaminar
su factibilidad.
4. Elabora proyectos de obra nueva, remodelaciones y mantenimiento.
5. Elaboración de planos arquitectónicos, estructurales, de instalaciones,
acabados, cancelería y herrería.
6. Elaboración de planos topográficos de superficies.
7. Elabora presentaciones de las obras públicas para conocimiento de la
ciudadanía.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
Ing.J.GabrielDomínguezPreciado
DirectordeObrasPublicas
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
DIRECCION DE ECOLOGIA Y
TURISMO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
DIRECCION DE ECOLOGIA y TURISMO
Ecología
Objetivo:
Tiene por objetivo la preservación, la conservación y la restauración del equilibrio
ecológico, así como la protección y el mejoramiento del ambiente, de conformidad
con las leyes la protección de la biodiversidad.
Funciones:
1. Con base en las atribuciones que le confiere el marco jurídico, cumplir, aplicar y
hacer cumplir todos los lineamientos que en materia ambiental y de su
competencia están contemplados en la legislación ambiental.
2. Promover en la ciudadanía la importancia de la ecología, brindándole
herramientas que le permitan colaborar con la autoridad para lograr el
mejoramiento del entorno.
3. Implementar las medidas necesarias para cumplir con las metas y objetivos
marcados en el Plan de Desarrollo Municipal.
4. Promover la realización de acuerdos y convenios ante dependencias federales y
estatales, que fortalezcan la capacidad jurídica.
5. Apoyar los actos jurídicos que involucren al Ayuntamiento; coadyuvando,
cuando así se requiera con el Jurídico.
6. Fomentar entre las industrias los procesos de producción limpia, así como las
medidas de protección y restauración.
7. Participar con el gobierno del Estado, en particular con la Secretaría del Medio
Ambiente y desarrollo sustentable, con la finalidad de coadyuvar en la elaboración
de los mecanismos de control ambiental.
8. Autorizar todos los documentos que en materia de regulación ambiental se
emiten a las industrias, comercios y empresas de servicios.
9. Autorizar los permisos, concesiones, concursos, licencias multas y sanciones
que en materia de protección ambiental al municipio requiera otorgar a los
ciudadanos interesados en ellas.
10. Ejecutar los apercibimientos, amonestaciones, multas, suspensiones,
revocación de autorizaciones, registros, clausura temporal, parcial, total o
definitiva, en caso de violación a la normatividad establecida.
11. Imponer las sanciones y medidas correctivas por la infracción a las leyes,
normas y/o reglamentos ecológicos establecidos.
12. Ejecutar los apercibimientos, amonestaciones, multas, suspensiones,
revocación de autorizaciones, registros, clausura temporal, parcial, total o
definitiva, en caso de violación a la normatividad establecida.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
13. Imponer las sanciones y medidas correctivas por la infracción a las leyes,
normas y/o reglamentos ecológicos establecidos.
14. Promover en la ciudadanía la importancia de la ecología, brindándole
herramientas que le permitan colaborar con la autoridad para lograr el
mejoramiento del entorno.
15. Implementar las medidas necesarias para cumplir con las metas y objetivos
marcados en el Plan de Desarrollo Municipal.
16. Promover la realización de acuerdos y convenios ante dependencias federales
y estatales que fortalezcan la capacidad jurídica y operativa de Ecología.
17. Fomentar entre las industrias los procesos de producción limpia, así como las
medidas de protección y restauración.
18. Autorizar los permisos, concesiones, concursos, licencias multas y sanciones
que en materia de protección ambiental al Municipio requiera otorgar a los
ciudadanos interesados en ellas
19. Inspeccionar y Verificar la situación física del arbolado urbano.
20. Rehabilitar las zonas deforestadas del Territorio Municipal.
21. Atender a la ciudadanía para recibir las solicitudes de podas, derribos y
trasplantes.
22. Solicitar planta a las dependencias estatales y federales.
23. Entregar planta a instituciones públicas y comunidades del Municipio.
24. Elaborar los permisos para podas, derribo y trasplante.
25. Dictaminar la procedencia o no de las podas y/o derribos del arbolado urbano.
26. Supervisar, regular y controlar el programa de prevención y control ambiental.
27. Concientizar a los habitantes del Territorio Municipal de la problemática
ambiental y la importancia que tiene su participación activa en la solución de los
problemas ambientales.
28. Coordinar y atender las visitas de instituciones educativas y de empresas
públicas y privadas. En conjunción con el programa de educación ambiental.
29. Atender las quejas y/o observaciones de la ciudadanía.
30. Participar en los programas de educación ambiental en las instituciones
educativas del Municipio.
31. Generar, difundir e instruir a la población en general, para incluirla en los
programas especiales de ecología con la finalidad de coadyuvar al fortalecimiento
de la conciencia ambiental.
32. Promover el Turismo del Municipio, crear
Funciones de vigilancia de la aplicación de normas de protección de
recursos naturales y preservación del medio ambiente del entorno municipal
•
Participar en los programas de vigilancia del aprovechamiento y explotación de
los recursos naturales del entorno municipal, de conformidad con lo dispuesto
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
en las Leyes Generales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; de
Vida Silvestre y Forestal, entre otras.
•
Formular las denuncias sobre afectaciones al medio ambiente y explotación
ilegal de recursos naturales sobre los casos que tenga conocimiento y turnarlas
a la Secretaría del Ayuntamiento para su presentación ante las autoridades
correspondientes.
Dar apoyo y orientación a los productores y miembros de las comunidades del
ámbito rural en lo relativo a las normas vigentes que protegen el medio ambiente y
sus recursos naturales, así como de los procedimientos legales aplicables para
tales efectos
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
Prof.JuanManuelValdésOrozco
Director de Ecología y Turismo
PROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
DE COMUNICACIÓN SOCIAL
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
COMUNICACIÓN SOCIAL
Funciones:
1. Establecer políticas, lineamientos y estrategias para la difusión de Acciones del
Gobierno Municipal.
2. Supervisar las actividades que realizan los integrantes que conforman la
Coordinación de Comunicación Social.
3. Procesar la información que generan las áreas de la Administración Municipal
para su publicación en los medios de comunicación.
4. Identificar las notas periodísticas referentes a los trabajos que realiza el
Ayuntamiento para realizar la síntesis informativa para el Ejecutivo Municipal y
Funcionarios de la Administración.
5. Atención a medios de comunicación.
6. Coordinar las entrevistas con las autoridades municipales.
7. Cubrir eventos para la captura de imágenes digitales y de video.
8. Integrar la fonoteca y videoteca para su consulta posterior.
Cubrir eventos ya programados o que se efectúen de improviso.
9. Redacción de boletín de prensa, pie de foto, notas y reportajes.
10. Envío de boletines a los diversos medios de comunicación.
11. Envío de invitaciones de eventos relevantes a los diferentes medios de
comunicación.
12. Tomar gráfico representativo de eventos y acontecimientos relevantes.
13. Identificar notas relevantes.
14. Programar el equipo de monitoreo para la grabación de los noticiarios.
15. Seleccionar y transcribir la información captada por los medios, referente al
Municipio.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
APROBÓ
MANUALDEORGANIZACIÓN
DESARROLLOHUMANO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO HUMANO
Objetivo:
Coadyuvar a la formación de la excelencia educativa en las escuelas del municipio
por medio del apoyo y la ampliación de capacidades de los niños y jóvenes.
Funciones:
1. Planear y programar anualmente las actividades a realizar en cada uno de los
programas educativos que opere la subdirección, y establecer los mecanismos de
control y supervisión adecuados para el seguimiento de dichas actividades.
2. Realizar el seguimiento y verificación de los avances en el presupuesto
programático y financiero de cada ejercicio fiscal de las unidades administrativas a
su cargo.
3. Gestionar con las instancias municipales pertinentes la coordinación para la
ejecución de acciones a favor del mejoramiento de la infraestructura y mobiliario
educativo, el mejoramiento al entorno escolar y el fortalecimiento de la seguridad
en los planteles escolares.
4. Analizar y autorizar la atención a las solicitudes presentadas por las
instituciones educativas públicas y los particulares de apoyo a la infraestructura y
mobiliario educativo, mantenimiento y renovación de equipo de cómputo, y cartas
de presentación para la obtención de becas o descuentos educativos en
instituciones privadas.
5. Estudiar y elaborar propuestas para la atención de los diversos problemas y
asuntos que en materia de educación se presenten o sean detectados por la
Administración Pública Municipal con el fin de fortalecer los servicios educativos,
asistir a los estudiantes y mejorar en general la educación y el aprovechamiento
escolar.
6. Ejecutar y operar conforme a la normatividad aplicable el “Programa de Becas
Municipales” para brindar apoyos económicos bimestrales a los estudiantes de los
niveles primaria, secundaria, medio superior y superior de las escuelas públicas
del municipio, apoyando a aquellos estudiantes que sean de escasos recursos o
que sean de excelencia académica o que tengan alguna discapacidad física y/o
mental.
7. Recibir las solicitudes y demandas de apoyo al mejoramiento de la
infraestructura y del mobiliario de las escuelas públicas de para proponer,
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
coordinar su atención y vigilar su cumplimiento con las instancias municipales
correspondientes.
8. Elaborar carta de presentación a los estudiantes, que tengan interés por recibir
alguna beca o descuento educativo en las instituciones privadas con las que el H.
Ayuntamiento tenga convenio signado en dicha materia.
9. Fungir como ventanilla de atención para recibir las solicitudes de apoyo en
materia educativa tanto de las instituciones públicas así como de los particulares,
que se ubiquen dentro del territorio municipal, para programar de acuerdo con sus
atribuciones y/o canalizar con las instancias pertinentes, la atención de dichas
solicitudes de apoyo.
10. Participar en coordinación con otras instancias de la Administración Pública
Municipal en las distintas acciones que se programen para contribuir al
mejoramiento del entorno escolar, el fortalecimiento de la seguridad en las
escuelas y, en general, en el mantenimiento a la infraestructura educativa.
11. Ejecutar y operar el “Programa de Inglés para Nuestros Hijos” impartiendo
clases de inglés a alumnos de 5º y 6º grado de primaria de las escuelas públicas,
para lo cual deberá formular y presentar el programa de estudios a realizar en
cada ciclo escolar.
12. Realizar y estandarizar un monitoreo periódico del estado del equipo de
cómputo de las escuelas públicas del municipio para dar mantenimiento y
gestionar la donación de equipos nuevos y pizarrones electrónicos a las aulas de
cómputo de cada escuela pública.
13. Recibir las solicitudes de las instituciones educativas de mantenimiento y
reparación de “software”, “hardware” y redes de las aulas de cómputo, para
programar su atención y visita de un asesor de cómputo.
14. Impartir cursos de computación básica a alumnos, profesores y padres de
familia, de aquellas instituciones educativas que así lo soliciten.
15. Programar y llevar a cabo el seguimiento de las actividades a realizar por los
profesores de inglés y asesores de cómputo, de manera mensual y
trimestralmente.
16. Operar la credencialización de la tarjeta de descuentos “Esfuerzo Joven” y
llevar a cabo el seguimiento de la cartera de establecimientos afiliados en
coordinación con las instancias municipales pertinentes.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.FranciscoRomeroMontes
DirectordeDesarrolloHumano
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
DIRECCIONDECULTURA
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
DIRECCION DE CULTURA
Objetivo:
Incentivar la producción artística y cultural de manera individual y colectiva para
promover, a través de su difusión y fomento, el desarrollo de la cultura y fortalecer
el contacto de la población con estas actividades.
Funciones:
1. Planear y programar anualmente las actividades a realizar en cada uno de los
programas culturales que opere la dirección, y establecer los mecanismos de
control y supervisión adecuados para el seguimiento de dichas actividades.
2. Realizar el seguimiento y verificación de los avances en el presupuesto
programático y financiero de cada ejercicio fiscal de las unidades administrativas a
su cargo.
3. Programar, organizar y realizar la celebración de diversas fiestas cívicas y
culturales de cada año, entre las cuales destacan: celebración del Día de la
Madre, Fiestas Patrias y Temporada Navideña.
4. Programar las presentaciones de la Banda, de acuerdo con los programas de
los diversos eventos culturales que lo requieran, así como con las peticiones
solicitadas por la ciudadanía en general.
5. Programar, organizar y realizar de manera anual la semana cultural de
aniversario de la fundación de la Villa de la Purificación, de acuerdo con la
disponibilidad presupuestal para cada ejercicio fiscal.
6. Realizar actividades de promoción turística como conferencias históricas,
exposiciones turísticas, recepciones y recorridos turísticos, de acuerdo con los
programas que para estas actividades se elaboren y con las peticiones solicitadas
por la ciudadanía en general.
7. Supervisar e informar al Ayuntamiento el seguimiento de los asuntos
relacionados con las bibliotecas y casas de cultura municipales.
8. Estudiar y elaborar propuestas para la atención de los diversos problemas y
asuntos que en materia de promoción cultural se presenten o sean detectados por
la Administración Pública Municipal con el fin de fomentar la expresión artística y
cultural de diferentes disciplinas y acercar a la población a dichas manifestaciones
culturales.
9. Proponer, programar y producir eventos culturales como exposiciones artísticas,
conciertos, recitales, presentaciones culturales y festivales artísticos de acuerdo
con la programación anual que se elabore, así como también conforme a las
peticiones de la ciudadanía que se reciban.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
10. Recabar y sistematizar información acerca de la oferta cultural y artística que
se tenga por parte de agrupaciones, individuos e instituciones dentro del municipio
dedicadas a la expresión artística en cualquiera de sus disciplinas.
11. Proporcionar apoyos para la logística, conducción y animación de eventos
culturales y recreativos que se realicen por el Gobierno Municipal o por los
particulares que así lo soliciten.
13. Realizar el seguimiento, control y supervisión de la administración de la casa
de cultura municipal, y resolver o gestionar dentro de su competencia el
mantenimiento, rehabilitación y adecuación de dichos espacios culturales.
14. Realizar el seguimiento y registro de los ingresos de la casa de cultura
municipal e informar de ello al Ayuntamiento.
15. Programar y planear la realización de talleres, clases, festivales y eventos
especiales como el festejo del Día de Muertos, y los Cursos de Verano a través
de la casa de cultura municipal.
16. Los administradores de las casas de cultura municipales deberán atender a los
usuarios de acuerdo con la oferta de actividades culturales que dispongan,
recaudar las cuotas por concepto de pago de tarifas de los talleres y actividades,
informar a la dirección de Cultura sobre los ingresos y egresos que se generen,
vigilar el buen uso de las instalaciones y el servicio que preste cada casa de
cultura, e ingresar semanalmente a la Hacienda Municipal el importe total de las
cuotas recaudadas por concepto de pago de talleres y actividades.
17. Proporcionar y registrar la atención a usuarios de la biblioteca en las cuales se
ofrecen los servicios gratuitos de: préstamo a domicilio y consulta en sala del
acervo bibliográfico, préstamo de equipo de cómputo y cursos básicos de
computación.
18. Realizar el seguimiento, control y supervisión de la administración de la
biblioteca y resolver o gestionar dentro de su competencia el mantenimiento,
rehabilitación y adecuación de dichos espacios.
19. Participar dentro de las actividades convocadas por la Coordinación Estatal de
Bibliotecas, así como ejecutar los recursos y programas que deriven de ésta.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Mtra.DoraLuzCastañedaCovarrubias
DirectoradeCultura
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE
LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE
DESARROLLO AGROPECUARIO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Presentación.
La elaboración de éste manual se enmarca dentro del Programa de colaboración
para el Fortalecimiento Institucional Municipal, la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, el INCA Rural, y el Instituto
Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, con el objeto de aportar
elementos organizativos y técnicos al proceso de incorporación de los Municipios
mexicanos en la operación de programas intergubernamentales destinados al
desarrollo rural sustentable.
De conformidad con las competencias que la nueva Ley de Desarrollo Rural
Sustentable le otorga al Municipio mexicano, es indispensable que las
administraciones municipales establezcan una Dirección de área o unidad orgánica
con rango adecuado en su organización interior, para que se haga cargo de la
instrumentación de los diferentes programas, acciones y políticas que los
Ayuntamientos deberán establecer con relación a la población de sus espacios
rurales.
La creación de una Dirección especializada en desarrollo rural facilitará entre otras
cosas la participación del Ayuntamiento en la operación de los diferentes programas
que desde las dependencias federales y estatales se encuentran en proceso de
descentralización, en especial aquellos de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
En el reconocimiento de la reciente incorporación del Municipio en tareas de
promoción, gestoría, y provisión de bienes y servicios directos en programas de
apoyo al ámbito rural y en otros proyectos vinculados a las acciones de desarrollo
social y protección al medio ambiente y a los recursos naturales de su entorno, en
éste manual se ha procurado establecer una Dirección con los mayores alcances
funcionales y operativos posibles, dentro del marco jurídico y ámbito de
competencias que corresponden a
los Municipios.
Conforme lo permitan las capacidades presupuestarias de cada Municipio, y en
atención a la importancia que los cabildo otorguen a las acciones de gobierno en
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
materia de desarrollo rural, la ampliación de los servicios de la Dirección podrá
determinar la creación de otras áreas. Por lo pronto en éste documento se incluyen
los elementos básicos de operación de al menos dos áreas de apoyo directo a la
Dirección; asimismo; se incluye una relación de puestos y su perfil primario, mismo
que se verá reforzado con la Norma de Competencia Laboral que ha sido propuesta
por el propio INAFED en los términos del Programa de colaboración ya señalado.
La adecuada organización de Dirección de Desarrollo Rural Municipal es condición
básica para el éxito en la ejecución de los programas y proyectos que apruebe el
Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable y de aquellos otros que las
propias autoridades del Cabildo determinen, tanto en el Plan Municipal de Desarrollo,
como por la captación de propuestas de la misma población a través de los
mecanismos de planeación participativa que se auspicien en el seno del mismo
Consejo.
Antecedentes:
En éste apartado del Manual, se sugiere que las autoridades municipales realicen un
recuento, tanto cronológico como por orden de importancia, de aquellas medidas
que se han tomado para orientar las acciones del gobierno municipal en beneficio,
compensación y apoyo de la población del ámbito rural. Asimismo, es válido que
hagan mención de las características del espacio físico del medio distinto al urbano,
tanto en relación al número de poblados, situación demográfica de los mismos,
principales actividades económicas, y referencias a las condiciones reales del
desarrollo rural; tanto a nivel de problemas vigentes como en el reconocimiento de
acciones del Ayuntamiento que han rendido beneficios a la misma población.
A principios del año 2001, en nuestro país se expidió la Ley de Desarrollo Rural
Sustentable, misma que propone como condición obligatoria para los programas de
gobierno, que su operación se lleve a cabo bajo principios de descentralización y
municipalización. De ahí que a los demás factores de pertinencia para la creación de
un área de desarrollo rural propia del Municipio, se adicione un factor normativo que,
en muchos sentidos positivos, compromete a las autoridades municipales a vincular
su acción de gobierno con el desarrollo de sus espacios rurales.
En éste sentido, poder participar en forma activa y adecuada en la conducción del
desarrollo de las comunidades, el Ayuntamiento requiere tener una estructura
organizativa adecuada como condición para integrar programas, obras, bienes,
servicios y gestiones diversas en los programas que desde la administración
municipal y desde otras instancias de gobierno se destinen al ámbito rural. Por
consiguiente, se justifica y se comprende de la manera más amplia la necesidad de
contar con la Dirección de Desarrollo Rural Municipal de conformidad con las
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
competencias propias del Municipio y aquellas que deberán interpretarse y derivarse,
tanto de la nueva ley federal, de los ordenamientos estatales, del marco normativo
de los convenios del sector, de los programas federales estatales en la materia, del
marco reglamentario municipal, y, desde luego, de las propuestas que aparecen en
el presente Manual.
Marco Jurídico:
La Dirección de Desarrollo Rural Municipal tiene fundamento en cuanto a su
integración, funciones y rango administrativo al interior de la administración municipal
en los siguientes ordenamientos:
Ley de Desarrollo Rural Sustentable: Artículos: 8, 11, 12, 13 (fracciones I, II, V, VI, y
VII ), 15, 19, 23, 25, 26, 27 (fracción IX), 29, 30, 31 (fracción XII), 61, 64, 86, 87, 88,
89, 140, 142, 143, 146, 154 (fracciones II, IV, y VI), y 171.
Ley Agraria (como referencia para el reconocimiento de las acreditaciones propias
de las organizaciones agrarias y del medio rural)
Legislación federal por sector de actividad económica agropecuaria, forestal,
pesquera y de manejo de recursos naturales.
Misión
•
Articular la participación de la administración municipal con los diversos
mecanismos intergubernamentales a efecto de apoyar de manera directa a la
población del medio rural, mediante proyectos productivos y acciones propias de
la organización y participación social y de ésta manera contribuir a su desarrollo
integral.
Objetivo general:
•
Promover los programas y proyectos municipales que tengan como propósito
apoyar al desarrollo rural sustentable y coordinar la operación de los convenios
celebrados entre el Ayuntamiento, el Estado y la federación para alcanzar
dicho fin.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Objetivos estratégicos:
Participar con las autoridades municipales y la comunidad rural en la formación de
las políticas, directrices y estrategias para el desarrollo del medio sector, tanto al
interior de la administración municipal como en el Consejo Municipal de Desarrollo
Rural Sustentable.
Formular los proyectos necesarios para garantizar que los programas y actividades
de la administración municipal destinados al ámbito rural se desenvuelvan bajo los
principios de la objetividad, igualdad de oportunidades y transparencia requeridos.
Conducir y respaldar la gestión de la administración municipal en sus diferentes
líneas de provisiones, bienes y servicios en beneficio de la población del medio rural.
Dar certidumbre a los procesos de participación social y a la generación de
propuestas por parte de los grupos organizados de la comunidad rural.
Director de Desarrollo Agropecuario
Funciones
•
Organizar y desarrollar los servicios de la Ventanilla única de atención de
asuntos y trámites relacionados con los programas, proyectos y apoyos para el
desarrollo rural, de conformidad con los procedimientos de coordinación y
gestión interna de las distintas dependencias municipales que estén vinculadas
a dichos servicios.
•
Aplicar y vigilar el cumplimiento de las normas de operación de los programas
coordinados con el Estado y la federación y formular los informes requeridos
para los mismos.
•
Integrar y mantener actualizados los registros municipales de asociaciones de
productores, productores por sector, y organizaciones relacionadas con las
actividades propias del desarrollo rural, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
•
Participar en el levantamiento de censos y catastros municipales en
poblaciones rurales del Municipio
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Formular en coordinación con el área de obras públicas municipales, los
proyectos de obras de infraestructura y equipamiento de servicios de apoyo al
ámbito rural y aquellos dirigidos a la provisión de servicios para las
comunidades del sector.
•
Organizar y promover exposiciones, muestras, certámenes y demás eventos
que tengan como propósito el fomento, promoción y mejoramiento de la
comercialización de productos del sector rural municipal así como de la
provisión de bienes y servicios de los distintos proveedores y clientes del
mismo.
•
Desarrollar, en coordinación con el área de seguridad pública municipal,
programas para prevenir el robo de productos agrícolas, abigeato y demás que
afecten los procesos productivos del ámbito rural y los bienes de su población.
•
Planear las actividades correspondientes a su área en función de los
programas y proyectos aprobados.
•
Programar y presupuestar los aspectos relacionados con el desarrollo rural,
que estén a cargo directo del Ayuntamiento e incluirlos en el anteproyecto de
presupuesto que corresponda.
•
Dirigir los programas, proyectos y actividades relacionados con el desarrollo
rural que se promuevan en el Ayuntamiento
•
Coordinar las actividades institucionales relacionadas con el desarrollo rural
•
Administrar los recursos administrativos asignados a su área
•
Controlar el avance programático de los programas y proyectos de desarrollo
rural
•
Evaluar las políticas, programas y proyectos de desarrollo rural
Director Desarrollo Rural
Funciones
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Planear y programar y presupuestar los programas y proyectos del Municipio
en materia de desarrollo rural sustentable y participar en la formulación de
otros que sean derivados de los convenios celebrados con el Estado y la
federación, de conformidad con las normas y reglas operativas aplicables.
•
Desarrollar estudios diagnósticos y proyectos especiales relacionados con el
desarrollo rural sustentable.
•
Ejecutar las actividades establecidas en los programas de desarrollo rural
aprobados por el Ayuntamiento y controlar; evaluar su desempeño y resultados
y organizar y proveer los servicios de asistencia técnica, orientación y difusión
de información que desarrolle la administración municipal a favor de la
población del ámbito rural.
•
Fomentar y fortalecer la coordinación de las dependencias y organismos
municipales con otras instancias públicas, sociales y privadas, en el ámbito del
desarrollo rural y de la organización de productores rurales.
•
Participar en el Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable y ejercer el
cargo que determine el reglamento interior correspondiente.
•
Coordinar los programas, proyectos y servicios derivados de los acuerdos del
Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable y gestionar los apoyos
institucionales requeridos para tal efecto.
•
Establecer los vínculos institucionales del Municipio con las organizaciones del
medio rural, productores y demás instancias que sean destinatarias de los
programas que en su favor tenga a su cargo el Ayuntamiento.
•
Promover y fomentar la organización de los productores en todo el territorio
municipal y proveer la asistencia técnica necesaria para formalizar las
asociaciones que resulten de dicha organización.
•
Auspiciar la capacitación y la asistencia técnica para los productores del
Municipio mediante programas propios del Ayuntamiento y otros que sean
respaldados por instituciones públicas, sociales y privadas.
•
Fomentar la organización e integración de productores y grupos de trabajo en
proyectos de desarrollo rural sustentable.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Detectar y analizar las necesidades de loas diferentes comunidades del
Municipio y analizar oportunidades para satisfacer las mismas a través de
proyectos productivos y los programas municipales de desarrollo social e
infraestructura rural, entre otros.
•
Gestionar apoyos en las diferentes dependencias gubernamentales y no
gubernamentales para el financiamiento proyectos de desarrollo rural
sustentable.
•
Promover e inducir acciones de conservación y aprovechamiento de los
recursos naturales del entorno municipal, en coordinación con la dependencia
municipal responsable de la protección al ambiente,
y auxiliar a las
autoridades estatales y de la federación en la vigilancia de la aplicación de la
legislación de la materia.
•
Participar en las campañas de sanidad para las cuales sean requeridas las
autoridades municipales por parte de las autoridades de salud del Estado y
aquellas que sean competentes en materia del cuidado de los recursos
naturales y medio ambiente.
•
Colaborar con las autoridades correspondientes y con el área de seguridad
pública del Municipio, en la vigilancia de los recursos forestales del entorno
municipal, evitando y denunciando la tala sin autorización y previniendo la
destrucción forestal y los incendios.
•
Promover y difundir los programas de apoyo al campo y a los productores,
derivados de los convenios de colaboración que se celebren con el Estado y la
federación.
Asesor del Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable (CMDRS)
•
Programar, organizar y convocar la integración y reuniones del CMDRS y emitir
las convocatorias e invitaciones a sus miembros
•
Dar seguimiento y operar, con la aprobación del Presidente Municipal, los
acuerdos emitidos por el CMDRS de conformidad con la normatividad aplicable
en la materia
•
Gestionar y, en su caso, proveer los apoyos logísticos y organizativos
necesarios para la operación del CMDRS.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Integrar los expedientes de proyectos propuestos por la Dirección ante el
CMDRS y los expedientes de proyectos en proceso que hubiera aprobado
dicha instancia.
•
Dirigir la ejecución de los proyectos aprobados por el CMDRS y que
correspondan en su operación a la administración pública municipal.
•
Dictaminar los proyectos de desarrollo rural que le requiera el CMDRS y el
propio Presidente Municipal.
•
Informar a la Comisión de Desarrollo Rural del Cabildo los avances de los
programas de proyectos y actividades promovidos desde el CMDRS.
Jefe de Capacitación, orientación y asistencia técnica a productores y
vecinos del ámbito rural.
•
Establecer y mantener los vínculos institucionales necesarios para recibir y
difundir información sobre programas y demás acciones destinadas al
desarrollo rural, en los que pueda participar la población del Municipio.
•
Analizar y detectar oportunidades de participación del Municipio y su población
en programas de otros gobiernos que se encuentren vigentes y sean
potencialmente accesibles a la población del ámbito municipal.
•
Apoyar en la formulación de proyectos y presentación de solicitudes a
ciudadanos que opten por gestionar apoyos de los programas detectados
como oportunidades por parte de la Dirección.
•
Difundir la información disponible para que la oferta programática de otros
gobiernos sea aprovechada con oportunidad y consistencia.
•
Integrar y mantener actualizados los registros municipales en materia de
padrones de productores, población beneficiaria de programas de desarrollo
rural, solicitantes de recursos derivados de programas municipalizados,
usuarios de servicios públicos, organizaciones colectivas, etcétera, en
coordinación con la Secretaría del Ayuntamiento.
•
Integrar y mantener actualizado el padrón de proveedores de servicios de
asistencia técnica para productores del ámbito rural.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Participar con la Secretaría del Ayuntamiento en el enlace y comunicación
entre la Dirección y las personas y organizaciones registradas en los padrones
municipales.
•
Levantar censos municipales relacionados con el ámbito rural en sus diferentes
facetas.
•
Gestión de apoyos de información y trámites a productores que lo requieran
•
Organización de eventos relacionados con la difusión de acciones públicas,
sociales y privadas para el desarrollo rural
•
Promoción de proyectos productivos intersectoriales en el interior de la
administración municipal e intergubernamentales, mediante la gestión de los
convenios correspondientes.
•
Convocar a personas interesadas en la inversión de recursos en el ámbito rural
y promover entre las mismas las propuestas de proyectos con viabilidad
económica y social en el Municipio.
•
Promover la participación de funcionarios de los gobiernos estatal y federal en
eventos de información, capacitación y demás que sirvan para difundir
conocimientos y prácticas del desarrollo rural sustentable.
•
Promover programas y proyectos de protección al ambiente rural.
•
Sistematizar y difundir la información de los programas municipalizados, los
que promueva el propio Ayuntamiento y otros procedentes de la oferta del
gobierno del Estado y la federación, a efecto de que sean comprensibles para
su población destinataria.
•
Integrar cartillas de información sobre requisitos de programas de apoyo al
desarrollo rural, y orientar a los vecinos sobre su consulta
•
Participar de manera directa en proyectos productivos, con los vecinos del
ámbito rural, en los periodos de inicio de proyectos, prueba y demás que les
permita generar aptitudes para su manejo.
•
Gestionar, ante autoridades federales y del Estado, la asistencia técnica
requerida por los productores locales
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Canalizar a los productores locales con prestadores de servicios cuyos
expedientes en los padrones municipales no presenten irregularidades en su
desempeño.
•
Organizar y operar, en coordinación con distintas autoridades del sector rural,
programas de capacitación, orientación y asistencia técnica
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.JuanManuelJiménezContreras
DirectordeDesarrolloAgropecuario
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE
LA DIRECCIÓN DE
DESARROLLO SOCIAL
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Dirección General de Desarrollo Social
Objetivo:
Conducir y conformar una política social municipal integral y sustantiva orientada
por valores de convivencia social, de responsabilidad compartida, de equidad de
género y de solidaridad e igualdad de oportunidades; por medio de la vinculación
responsable y transparente de prioridades, estrategias y recursos a través de la
planeación, coordinación, dirección y evaluación de los programas y proyectos en
materia de desarrollo social, infraestructura para el desarrollo, educación, cultura,
deporte y apoyo a las mujeres con el fin de mejorar la calidad de vida de la
población más desprotegida.
Funciones:
1. Gestionar con otras instancias de la Administración Pública Municipal la
coordinación de las acciones necesarias para la ejecución de los proyectos de los
programas federales y estatales de desarrollo social.
2. Coordinar con otras instancias de la Administración Pública Municipal las
acciones que así lo requieran de los programas de apoyo a la infraestructura
educativa, escuela segura y otras actividades de fortalecimiento a la educación.
3. Controlar y evaluar la operación y administración de los fideicomisos públicos
que tenga el H. Ayuntamiento a través de las áreas adscritas a la Dirección
General de Desarrollo Social.
4. Apoyar los programas de eventos culturales magnos y de alto impacto en la
población como la celebración de temporada navideña, fiestas patrias y La
Conmemoración del aniversario de la Fundación de el Municipio, así como
también supervisar la operación de cada uno de ellos.
5. Conciliar con las autoridades educativas y escolares de las escuelas de
cualquier nivel de instrucción del Municipio la coordinación interinstitucional para la
puesta en marcha de acciones a favor del fortalecimiento y mejoramiento
educativo en el Municipio.
6. Autorizar las requisiciones de bienes y servicios, movimientos de personal, el
presupuesto programático – financiero y los manuales de organización y de
procedimientos de todas las áreas adscritas a la Dirección General de Desarrollo
Social, así como también aquellas otras disposiciones administrativas que le
señalen otros ordenamientos legales y administrativos aplicables.
7. Aprobar los proyectos y acciones a realizar en cada uno de los programas que
realicen las áreas adscritas a la Dirección y supervisar la ejecución de cada una
de ellas, así como también informar al Presidente Municipal sobre sus avances y
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
someter a su consideración a aquellos que resulten estratégicos para el Gobierno
Municipal en su conjunto.
8. Dirigir la política social de la Administración Pública Municipal centralizada por
medio de las acciones y proyectos de los programas sociales,
educativos, culturales y de fomento al deporte que lleven a cabo las áreas
adscritas a la Dirección General de Desarrollo Social de acuerdo con los
lineamientos y principios que establezca el H. Ayuntamiento Constitucional.
9. Vigilar los avances en el presupuesto programático y financiero de cada
ejercicio fiscal de las áreas adscritas a la Dirección General de Desarrollo Social
implementando para ello los mecanismos que considere para el seguimiento del
desarrollo de cada uno de los programas que se ejecuten.
10. Gestionar y establecer la vinculación con instituciones públicas, privadas o
sociales de cualquier ramo o materia que sea necesaria para el desempeño de los
programas y funciones de las áreas que comprenden a la Dirección General de
Desarrollo Social.
Desarrollo social
Coordinador actividades administrativas y de campo con el COPLADEMUN.
Funciones:
1. Asistir y auxiliar al Secretario del COPLADEMUN, para la realización de las
sesiones; coadyuvar en la integración del Consejo; Impartir el taller de
capacitación a los representantes sociales; Revisar y analizar la normatividad de
los Fondos del FISE;
3. Definir en forma democrática con la participación de todos los integrantes del
Consejo el esquema de prioridades anuales atendiendo al Plan de Desarrollo
Municipal;
4. Elaborar las actas correspondientes a las Asambleas del COPLADEMUN;
5. Conservar la documentación y las actas;
6. Recopilar las firmas de los integrantes del COPLADEMUN;
7. Apoyar a los representantes sociales para la realización de sus trabajos que por
normatividad les corresponden;
8. Gestionar lo necesario para la celebración de las Asambleas;
9. Acordar con los asesores técnicos los asuntos que se vayan a presentar en las
Asambleas; y
10. Establecer las reglas de carácter general para la operación interna del
COPLADEMUN mediante un reglamento.
AREA DE PROMOCION A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL
Objetivo:
Atender a la ciudadanía que por conducto de las Asociaciones Civiles hacen llegar
a la Administración Pública Municipal, sus quejas y demandas, buscando la forma
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
de dar solución por medio de las áreas administrativos municipales, ya sea
canalizando las mismas o solicitando el apoyando.
Funciones:
1. Mantener comunicación constante con los integrantes de las asociaciones
civiles y con los ciudadanos, periódicamente se realizan recorridos por las colonias
y fraccionamientos del Municipio.
2. Mantener comunicación constante con las direcciones generales y áreas
dependientes, involucradas en las posibles soluciones de apoyo a las
Asociaciones y coordinar la atención directa de éstas.
3. Concertación de reuniones con las Asociaciones en sus comunidades; se citan
y reciben a las que lo solicitan con el fin de hacer propuestas para sus
comunidades, o presentar demandas o quejas de los servidores públicos.
4. Se realizan campañas de poda y reforestación con asociaciones.
Funciones:
1. Recorridos en campo para detectar la problemática real de cada una de las
comunidades.
2. Realizar reuniones de trabajo para buscar alternativas de solución.
3. Reuniones con las diferentes áreas de la administración, consejos de
participación ciudadana y ciudadanía en general.
Área de Organización y Vinculación
Participar con los habitantes del medio rural y a los agentes de las cadenas
productivas, en la organización de sus agrupaciones y núcleos de participación
social, mediante la difusión de prácticas de planeación participativa y de organización
comunitaria, favoreciendo la canalización de sus propuestas y atención de las
mismas empleando todos los medios disponibles en la administración municipal.
Objetivo general
•
Vincular a la población del ámbito rural con los diferentes programas que provee
el Municipio y alentar prácticas de planeación participativa para la generación de
propuestas viables y adecuadas desde el punto de vista de los propios habitantes
del medio.
Objetivos estratégicos:
•
Mantener activa la agenda del Consejo Municipal de Desarrollo Rural
Sustentable, a efecto de no reducir su gestión a la operación de programas
intergubernamentales y estar en condiciones de aprovechar al máximo las
capacidades organizativas y propositivas de la población.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Proveer los elementos de diagnóstico para integrar los componentes de
necesidades sociales y de desarrollo integral de la población que deberán
incluirse en el Programa Municipal de Desarrollo y sus procesos operativos.
•
Establecer los vínculos de promoción, organización y gestión comunitaria de
programas municipales con todas las instancias orgánicas y participativas del
medio rural del Municipio.
•
Integrar y mantener actualizados los padrones de organizaciones existentes en el
medio rural para establecer sus perfiles potenciales de participación económica y
social.
•
Canalizar las propuestas de la Comunidad del medio rural al Consejo Municipal
de Desarrollo Rural Sustentable y de ahí, una vez validadas, a los procesos de
planeación y programación de la Dirección de Desarrollo Rural y de las
dependencias municipales con las que la misma Dirección sostiene vínculos de
coordinación.
•
Integrar grupos comunitarios para la gestión y ejecución de proyectos de distinta
naturaleza destinados a satisfacer necesidades de la población en medio rural y
sus localidades y asentamientos.
•
Organizar los grupos de trabajo que determine el Consejo Municipal de
Desarrollo Rural Sustentable para la realización de diagnósticos comunitarios
en diferentes asuntos concernientes a necesidades de la población y sus
entornos económico, social, cultural y público, entre otros.
•
Impulsar la práctica de metodologías de planeación participativa a efecto de
lograr la formulación de proyectos integrales susceptibles de ser respaldados
por parte de las autoridades municipales y por los programas estatales y
federales que éstas manejen en forma descentralizada.
•
Organizar y operar los registros municipales para el medio rural, de
conformidad con las normas emitidas por el Ayuntamiento y en
correspondencia con las competencias que le señale la ley.
•
Proponer a la Dirección de Desarrollo Económico, los proyectos y acciones
susceptibles de incorporarse a la programación municipal con la debida
validación de los mismos ante el Consejo Municipal de Desarrollo Rural
Sustentable.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Proveer información a la población del medio rural acerca de programas de
protección y aprovechamiento sustentable del medio ambiente y coordinar los
programas vinculados a dicha materia con la concurrencia de las autoridades
competentes.
•
Identificar problemas de explotación irracional de recursos naturales, prácticas
que afecten al medio ambiente del entorno rural y otras de carácter ilegal y
proponer a la Dirección la ejecución de medidas preventivas y, en su caso, el
ejercicio de las facultades de denuncia atribuidas a la autoridad municipal en la
legislación correspondiente.
•
Gestionar la realización de acciones de gobierno municipal establecidas en los
programas de desarrollo rural asignados a la Dirección y apoyar a la misma en
la coordinación que sostenga para tal efecto con otras dependencias e
instancias municipales y controlar; evaluar su desempeño y resultados.
•
Establecer los enlaces y vínculos con otras autoridades públicas y
organizaciones sociales y del sector privado que determine la Dirección en el
cumplimiento de acciones de articulación de acciones para el desarrollo rural
del Municipio.
•
Apoyar a el Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable y gestionar los
apoyos institucionales requeridos para tal efecto.
•
Mantener comunicación y vinculación permanente con las organizaciones del
medio rural, productores y demás instancias que sean destinatarias de los
programas municipales a efecto de vigilar que se cumplan sus objetivos y
metas.
•
Organizar a la comunidad rural para el uso y aprovechamiento eficiente de los
servicios de promotoría, asistencia y orientación para la gestión comunitaria,
capacitación, canalización de asuntos jurídicos y demás que el Ayuntamiento
disponga en su beneficio.
•
Apoyar y fomentar la organización e integración de productores y grupos de
trabajo en proyectos de desarrollo rural sustentable. mediante actividades de
orientación y localización y difusión de información.
•
Canalizar ante las dependencias y entidades municipales y de otras
autoridades que corresponda, las solicitudes de servicios sociales y
asistenciales de las cuales tenga conocimiento en forma directa o a través de
la Ventanilla Única.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
•
Participar con las áreas de obras y servicios públicos municipales, en la
formulación de los proyectos de infraestructura, equipamiento y servicios de
apoyo al ámbito rural y aquellos dirigidos a la provisión de bienes tangibles
para las comunidades del sector.
•
Apoyar en la organización y promoción de exposiciones, muestras, certámenes
y demás eventos que tengan como propósito el fomento, promoción y
mejoramiento de la comercialización de productos del sector rural municipal.
•
Participar con información, referencias de casos antecedentes y semblanzas
de prácticas vigentes en el medio rural, en programas para prevenir el robo de
productos agrícolas, abigeato y demás que afecten los procesos productivos
del ámbito rural y los bienes de su población.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
Ing.AntonioDámasoReynosoÁguila
DirectordeDesarrolloSocial
ACEPTOYPROTESTO
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE
LA DIRECCIÓN DE
DEPORTES
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Dirección de Deporte
Objetivo:
Impulsar el desarrollo de la cultura física y el deporte en la población como medio
para mejorar sus condiciones de vida incentivando la convivencia armónica y la
realización de actividades deportivas, y también apoyar a los talentos deportivos
originarios del municipio.
Funciones:
1. Planear y programar anualmente las actividades a realizar en cada uno de los
programas culturales que opere la subdirección, y establecer los mecanismos de
control y supervisión adecuados para el seguimiento de dichas actividades.
2. Realizar el seguimiento y verificación de los avances en el presupuesto
programático y financiero de cada ejercicio fiscal de las unidades administrativas a
su cargo.
3. Operar el otorgamiento de becas y estímulos económicos a deportistas
destacados y proyectos deportivos del Municipio a través de convocatorias y
concursos abiertos a toda la población.
4. Formular, presupuestar y supervisar el acondicionamiento, rehabilitación y
equipamiento de las instalaciones deportivas municipales, así como también
supervisar el programa de mantenimiento permanente a las mismas.
5. Operar y administrar el Fideicomiso Municipal del Deporte, informando del
estado que guarde y su situación patrimonial a la Dirección General de Desarrollo
Social.
6. Estudiar y elaborar propuestas para la atención de los diversos problemas y
asuntos que en materia de cultura física y deporte se presenten o sean detectados
por la Subdirección con el fin de promover la realización de actividades deportivas
y el mejoramiento de los servicios en las instalaciones deportivas.
1. Supervisar el estado de las instalaciones deportivas municipales y ejecutar el
mantenimiento de estos espacios deportivos conforme a una programación
periódica e integral.
2. Realizar el seguimiento y registro de los ingresos de las diferentes instalaciones
deportivas e informar de ello a la Subdirección de Deporte y Juventud.
3. Atender las peticiones solicitadas por la ciudadanía en general para el uso de
los servicios y realización de eventos y actividades en las instalaciones deportivas
municipales.
4. Los administradores de las instalaciones deportivas deberán atender a los
usuarios de acuerdo con la oferta de actividades deportivas que dispongan,
recaudar las cuotas por concepto de pago de tarifas de servicios y uso de
instalaciones, informar a la Subdirección de Deporte y Juventud sobre los ingresos
y egresos que se generen, vigilar el buen uso de las instalaciones y los servicios
que se presten e ingresar semanalmente a la Hacienda Municipal el importe total
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
de las cuotas recaudadas por concepto de pago de servicios y uso de
instalaciones.
Coordinador Promoción Deportiva y Atención a la Juventud
Objetivo:
Mejorar la calidad de vida de la población, con especial énfasis en los jóvenes y
adultos mayores, a través de la promoción de la cultura física y el deporte tanto en
actividades lúdicas como en competiciones abiertas a todo el público.
Funciones:
1. Presentar y operar programas de promoción deportiva para la ciudadanía en
general tales como clases de activación física, certificación deportiva, jornadas
deportivas, torneos y actividades deportivas en general.
2. Implementar las acciones correspondientes de los programas de capacitación y
certificación deportiva del CODE y de certificación del IEEA conforme a la
normatividad aplicable y dentro de su competencia.
3. Proponer, programar y ejecutar eventos de expresión artística, cultural y
deportiva para jóvenes de las comunidades que integran el territorio municipal.
4. Brindar asesoría legal, psicológica y de educación sexual a jóvenes de las
comunidades que integran el territorio municipal que así lo soliciten.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.JoséCandelarioLlamasLópez
DirectordeDeportes
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
DEHACIENDAMUNICIPAL
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
INTRODUCCIÓN
La recaudación de impuestos ha sido una actividad desde los orígenes de nuestra
historia, en un principio a manera de tributo durante el México prehispánico y parte
de la época Colonial, periodo en que se establecieron las Tesorerías comunales
encargadas de cobrar y administrar los impuestos de las comunidades y las
cofradías recaudadas para efectos religiosos, autoridades que eran nombradas
por el gobierno del centro; situación que perduró poco después de que el país
logra su independencia.
Actualmente, la posición de las Hacienda en el ámbito de los gobiernos
municipales es clave para un desarrollo regional sustentable, las técnicas
hacendarias de recaudación se basan en criterios de eficiencia y eficacia, la
aplicación de registros contables, financieros y administrativos de los ingresos,
egresos e inventarios se realizan mediante sistemas electrónicos y bases de
datos, y su intervención en la formulación del presupuesto municipal es de igual
forma relevante.
Es ese sentido, la actualización del manual de organización que nos ocupa, tiene
como propósito servir como instrumento administrativo de soporte, formación y
consulta sobre las funciones que ejecuta la Hacienda Municipal de Villa
Purificación, de conformidad a los ordenamientos jurídicos aplicables; documento
que se pone a disposición del personal adscrito a esta dependencia, así como a la
ciudadanía en general como medio de información y guía respecto a las
atribuciones que asumen cada una de las unidades administrativas que la
conforman.
Por último, cabe mencionar que el presente manual estará sujeto a cambios
derivados de reformas a la legislación municipal o estatal que establecen las
atribuciones y organización de la Hacienda Municipal, así como por las
transformaciones que presente la política de modernización e innovación
administrativa municipal.
Presentar la estructura orgánica actual de la Hacienda Municipal y las funciones
de cada una de las áreas que la conforman, de acuerdo a lo que establece el
Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
ATRIBUCIONES
LEY DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
DEL ESTADO DE JALISCO
Artículo 64. En cada uno de los municipios debe haber un funcionario encargado
de la Hacienda Municipal, designado por el Ayuntamiento a propuesta del
Presidente Municipal.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Artículo 65. El funcionario encargado de la Hacienda Municipal debe reunir los
siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos, y
mayor de veintiún años;
II. Ser persona de reconocida solvencia moral, tener un modo honesto de vivir y la
capacidad necesaria para desempeñar el cargo;
III. Tener la siguiente escolaridad:
a) En los municipios en los que el Ayuntamiento esté integrado hasta por catorce
regidores, se requiere la enseñanza media superior y acreditar experiencia o
conocimientos en la materia; y
b) En los municipios en que el Ayuntamiento esté integrado por más de catorce
regidores, se requiere tener título profesional preferentemente en las áreas
económico administrativas y acreditar experiencia o conocimientos en la materia;
IV. No ser pariente consanguíneo en línea recta, colateral ni por afinidad hasta el
cuarto grado de algún miembro del Ayuntamiento;
V. Otorgar las garantías que le señale el Ayuntamiento para responder del
ejercicio de sus funciones; y
VI. Las demás que señale esta Ley, otras leyes y los ordenamientos municipales
expedidos para tal efecto por el Ayuntamiento.
Artículo 66. El funcionario encargado de la Hacienda Municipal es responsable
ante el Ayuntamiento del manejo de todos los valores a su cuidado, extendiéndose
tal responsabilidad a los servidores públicos que manejen fondos municipales.
Artículo 67. Compete al funcionario encargado de la Hacienda Municipal:
I. Verificar por sí mismo o por medio de sus subalternos, la recaudación de las
contribuciones municipales, así como cuidar de la puntualidad de los cobros, de la
exactitud de las liquidaciones, de la prontitud en el despacho de los asuntos de su
competencia y del buen orden y debida comprobación de las cuentas de ingresos
y de egresos;
II. Enviar al Congreso del Estado, a través de su órgano de fiscalización, las
cuentas detalladas de los movimientos de fondos, en los términos de la fracción III
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
del artículo 37, de esta Ley y notificar por escrito al Congreso del Estado que se
ha cumplido con esta disposición;
III. Aplicar los gastos, de acuerdo con el presupuesto de egresos aprobado por el
Ayuntamiento y, exigir que los comprobantes respectivos estén firmados por el
Presidente Municipal o por el servidor público al que le haya sido delegada esta
facultad de conformidad con los reglamentos respectivos, así como el encargado
de la Secretaría del Ayuntamiento; y
IV. Las demás que señale esta Ley, otras leyes y reglamentos.
Funcionario encargado de la Hacienda Municipal
Funciones:
1. Proponer y dirigir la política financiera y tributaria del Municipio.
2. Diseñar y establecer las bases, políticas y lineamientos para el proceso interno
de programación – presupuestación.
3. Integrar, revisar y validar los anteproyectos de presupuestos por programas de
las dependencias municipales.
4. Consolidar los proyectos de presupuestos de ingresos y egresos de las
diferentes Dependencias del Gobierno Municipal y someterlos al Ayuntamiento
para su aprobación.
5. Llevar los registros presupuéstales y contables requeridos, consolidando el
informe mensual que debe de ser enviado a la Contaduría General de Glosa; dar
seguimiento al avance del ejercicio presupuestal y al cumplimiento de metas.
6. Diseñar conjuntamente con la Contraloría Municipal, las políticas y lineamientos
de racionalidad, disciplina y transparencia en el ejercicio de sus recursos
financieros, estableciendo los mecanismos que garanticen el adecuado y estricto
control del presupuesto de egresos municipal.
7. Proponer las políticas y lineamientos para el otorgamiento de avales a las
entidades municipales.
8. Proponer las políticas, criterios y lineamientos en materia de información e
investigación catastral en el municipio.
9. Representar al Gobierno Municipal en los Foros del Sistema de Coordinación
Fiscal.
10. Concertar para aprobación del H. Ayuntamiento, los convenios fiscales y
financieros que celebre el Municipio.
11. Expedir copias certificadas de documentos que obren en los archivos de la
Hacienda Municipal.
12. Expedir certificaciones de no adeudo.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
13. Subsidiar recargos y otorgar prorrogas para el pago en parcialidades de
contribuciones en términos de la legislación y condonar multas fiscales, en los
términos que acuerde el H. Ayuntamiento.
14. Autorizar el funcionamiento de las disposiciones jurídicas aplicables.
15. Determinar conjuntamente con el coordinador General de Administración la
calendarización de los compromisos de pago.
Coordinador de Ingresos
Funciones:
1. Elaborar y proponer al Tesorero los procedimientos y métodos para mejorar la
recaudación.
2. Emitir opinión respecto de los asuntos que en materia de ingresos le solicite el
funcionario encargado de la Hacienda Municipal.
3. Proponer proyecciones de ingresos.
4. Establecer y evaluar metas de recaudación, por rubro impositivo y unidad
administrativa.
5. Difundir entre las diversas unidades administrativas de la Hacienda Municipal,
las disposiciones legales y administrativas relacionadas con los ingresos
municipales.
6. Las demás que le confieran otros ordenamientos legales y las que le instruya el
funcionario encargado de la Hacienda Municipal.
Ingresos Diversos
Objetivo:
Coordinar las labores de recaudación de los derechos de la licencias para
expender bebidas alcohólicas, impuestos sobre diversiones, juegos y espectáculos
públicos; hospedaje y el trámite de expedición de licencias de funcionamiento,
brindando información al contribuyente respecto de sus obligaciones fiscales y
administrativas.
Funciones:
1. Coordinar y supervisar las funciones del personal adscrito al departamento de
ingresos diversos;
2. Vigilar que la determinación de impuesto sobre hospedaje, sobre diversiones,
juegos y espectáculos públicos y derechos de las licencias para expender bebidas
alcohólicas se realice conforme a las disposiciones fiscales, así como vigilar el
procedimiento de la integración de los expedientes para la autorización de las
licencias de funcionamiento;
3. Orientar al contribuyente respecto de sus obligaciones fiscales y de los
requisitos para integrar correctamente el expediente para la expedición de la
licencia de funcionamiento;
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
4. Autorizar las actualizaciones a los padrones fiscales;
5. Validar los convenios de pago de contribuciones en parcialidades; así como
también validar devoluciones y aplicaciones de pagos indebidos de impuestos y
derechos diversos;
6. Validar las certificaciones de pagos y de licencias;
7. Proponer mejoras al sistema de apertura rápida de empresas;
8. Autorizar las solicitudes de permisos temporales de actividades comerciales,
industriales y de prestación de servicios;
9. Autorizar la instalación y operación de juegos mecánicos, electromecánicos o
inflables, así como la celebración de tardeadas y bailes populares con fines de
lucro e instalación de ferias de juegos mecánicos y destreza;
10. Solicitar la práctica de inspecciones previas para integrar expedientes de
licencias de funcionamiento;
11. Imponer en el ámbito de su competencia sanciones por infracciones a las
normas contenidas en el reglamento correspondiente.
Ejecución Fiscal
Objetivo:
Recuperar los créditos fiscales municipales y los derivados de la coordinación
fiscal, no cubiertos dentro de los plazos legales establecidos, mediante la
aplicación del procedimiento administrativo de ejecución.
Funciones:
1. Vigilar que el procedimiento administrativo de ejecución se lleve a cabo en
todas y en cada una de sus etapas, hasta la recuperación del crédito fiscal, dentro
de los plazos establecidos por la legislación aplicable;
2. Controlar y resguardar los expedientes de los contribuyentes sujetos al
procedimiento administrativo de ejecución;
3. Controlar y resguardar las formas y mandamientos de ejecución;
4. Atender a los contribuyentes que requieran de su intervención;
5. Recibir, calificar y resguardar las garantías de los créditos fiscales impugnados,
y vigilar su vigencia y aplicación;
6. Formular el informe de recuperación de las multas federales no fiscales y
tramitar su pago ante las autoridades de la Secretaría de Finanzas del Gobierno
del Estado de Jalisco;
7. Formular y proponer modificaciones a los formatos y mandamientos de
ejecución, a fin de que contengan la debida fundamentación y motivación;
Coordinador de Egresos
Objetivo:
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Encausar el gasto público a necesidades prioritarias y reales de la comunidad;
definiendo o identificado cada segmento de la población para cubrir con precisión
los requerimientos a satisfacer, esto se verá reflejado con la optimización de los
recursos financieros en su correcta y transparente aplicación.
Funciones:
1. Aplicar el sistema de contabilidad gubernamental y las políticas para el registro
contable presupuestal de las operaciones financieras que realicen las
dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal;
2. Aplicar las políticas y lineamientos federales en materia de control contable y
presupuestal, de acuerdo con lo que establece la Ley, los manuales de operación,
circulares y demás disposiciones aplicables;
3. Integrar la documentación contable y presupuestal para la presentación de los
informes mensuales y de la cuenta pública;
4. Supervisar la aplicación de los procedimientos para la glosa preventiva de los
ingresos y egresos y elaborar la cuenta pública anual;
5. Integrar el presupuesto de egresos municipal en forma conjunta con el
funcionario encargado de la Hacienda Municipal;
6. Concentrar los programas operativos de las diferentes dependencias y
entidades municipales; así como proponer los procedimientos para su
fiscalización, control y evaluación con la participación de las dependencias
competentes; y
7. Otras que le instruyan el Presidente Municipal o el funcionario encargado de la
Hacienda Municipal.
Contabilidad y Control Presupuestal
Objetivo:
Supervisar y Controlar el adecuado registro de todas las operaciones contables,
financieras y presupuestales apegándose a las normas y procedimientos emitidos
por las Instituciones Gubernamentales, para representar los gastos y las
inversiones de un periodo específico.
Funciones:
1. Registro y operación de la contabilidad del Municipio;
2. Análisis y elaboración del presupuesto por programas del Municipio;
3. Dar seguimiento para el adecuado control del presupuesto;
4. Elaboración de los Estados Financieros y control contable de los Inventarios;
5. Aplicación y control de los ingresos, inversiones y erogaciones de los recursos
del Ramo 33 y demás programas federales o estatales;
6. Supervisar que se realicen a tiempo la contestación de las observaciones
administrativas y directas realizadas por el Órgano Superior de Fiscalización del
Estado de Jalisco;
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
7. Entregar en tiempo al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Jalisco;
los Informes Financieros Mensuales;
8. Elaboración de la cuenta pública anual y sus comentarios en la variación de los
ingresos, egresos y deuda pública de cada ejercicio fiscal;
9. Preparar información para el análisis a las finanzas públicas por parte de las
calificadoras, para mantener o incrementar la calificación crediticia del Municipio;
10. Elaborar reportes de deuda para toma de decisiones. Lo anterior apegándose
a la normatividad vigente; y
11. Y todas aquellas que instruya el funcionario encargado de la Hacienda
Municipal.
Contabilidad y Cuenta Pública
Objetivo:
Contar con información contable oportuna que coadyuve a la toma de decisiones,
así mismo para entrega al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Jalisco.
Funciones:
1. Registro de pasivos del Ayuntamiento por las adquisiciones de bienes y/o
servicios, en pólizas de cuentas por pagar;
2. Análisis y depuración de cuentas contables y presupuestales;
3. Elaboración de conciliaciones bancarias y depuración de las mismas;
4. Elaboración de analíticos de pólizas de ingresos, registró contable de las
mismas, integración de su soporte y archivo de pólizas de ingresos;
5. Registro contable de pago a proveedores y acreedores por factoraje y registro
contable de la nómina.
6. Recopilación de póliza de diario, ingresos para digitalización e indexación;
7. Integración y entrega del informe mensual al Órgano Superior de Fiscalización
del Estado de Jalisco;
8. Elaboración de la cuenta pública anual para entregar al Órgano Superior de
Fiscalización del Estado de Jalisco;
9. Asesoría a las Dependencias del H. ayuntamiento para aplicación de partidas
presupuestales y de gasto.
Programas Federales y Estatales
Objetivo:
Coadyuvar para la administración adecuada de los recursos correspondientes a
los programas de origen federal o estatal, así como los que administre el Municipio
mediante el ramo general 33, con el fin de evitar las posibles observaciones
realizadas por cualquier órgano fiscalizador o normativo, además de la revisión y
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
el análisis de los aspectos referentes a la obra pública que competen a la
Hacienda Municipal.
Funciones:
1. Coordinar los Fondos del Ramo 33 a fin de efectuar una correcta aplicación de
los recursos asignados al Ayuntamiento;
2. Asistir en la Operación de otros recursos federales o estatales que sean
asignado a éste Municipio;
3. Revisar los registros contables que se generen en las cuentas bancarias de los
fondos de Ramo 33 y otros programas de origen Estatal y Federal;
4. Participar activamente en la operación de los fondos del Ramo 33.
5. Apoyar en la operación de otros recursos federales y estatales asignados a este
Municipio;
6. Revisar la documentación soporte para el pago de obras (factura, remisiones,
estimaciones y demás soporte documental), así como de otros Programas
Federales y Estatales;
7. Depuración de la cuenta 1301 “Construcciones en Proceso”;
8. Elaboración de informe mensual de obra pública;
9. Participación activa en la elaboración de propuestas e informes para el
Comité de plantación de desarrollo municipal (COPLADEMUN);
10. Registrar de los pasivos en base de datos de las erogaciones de los
programas federales y estatales.
11. Recopilación de información correspondiente al Paquete No. 4 para Cuenta
Pública.
12. Revisar los movimientos bancarios que se generen en las cuentas de estos
fondos.
13. Realizar los informes sobre los Indicadores de Desempeño del Ramo 33.
14. Informe trimestral de Recursos Federales en el Registro de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, por medio de Internet en el PASH (Portal
Aplicativo Secretaria Hacienda)
15. Recopilación documental para registro contable de actualización de mobiliario
y equipo en general, para el resguardo de activo fijo del patrimonio municipal.
Caja General
Objetivo:
Aplicar, controlar y registrar cada una de las operaciones de ingreso y egreso así
como el manejo de recursos financieros.
Funciones:
1. Control y supervisión del área de cajas;
2. Revisar y supervisar los ingresos diarios del área de cajas;
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3. Recibir, custodiar y manejar los fondos, valores y cuantas bancarias de la
Hacienda Municipal, emitiendo la documentación necesaria para tales efectos;
4. Supervisión y control de la elaboración de cheques y pago de los mismos;
5. Control y supervisión del fondo fijo asignado a la Tesorería;
6. Registrar las obligaciones normales y de contingencia del Municipio y prever los
recursos necesarios para su cumplimiento;
7. Controlar y registrar las Cuentas por Pagar que ingresan a Caja General;
8. Descargar en el registro de las Cuentas por Pagar los cheques que se generan
diariamente en Caja General;
9. Registrar las pólizas de egresos en el área de Contabilidad;
10. Programar los pagos de finiquitos, indemnizaciones, gastos funerarios, primas
por fallecimiento, primas de jubilación y antigüedad;
11. Proporcionar información a los proveedores acerca de la programación sus
pagos, así como confirmarles los mismos;
12. Determinar el flujo de efectivo para el pago del gasto público acorde a la
disponibilidad de recursos existentes;
13. Supervisión y entrega a la dirección el reporte de caja y bancos, así como del
flujo de efectivo;
14. Llevar el registro y control de la deuda pública directa e indirecta del Municipio,
así como lo concerniente a las amortizaciones de capital y pagos a su servicio;
15. Invertir, previo acuerdo del funcionario encargado de la Hacienda Municipal,
los recursos financieros disponibles del Municipio de acuerdo a la normatividad
vigente; y
16. Elaboración del cuadro comparativo acumulado de ingresos y egresos.
Normatividad y Verificación
Objetivo:
Vigilar el debido cumplimiento al Reglamento para el Funcionamiento de
Establecimientos Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios del
Municipio de Villa Purificación, el Bando Municipal y de mas leyes aplicables
Funciones:
1. Determinar e imponer sanciones de acuerdo al marco jurídico aplicable;
2. Atención a contribuyentes;
3. Realizar órdenes de visitas, actas de visita y órdenes de pago; ejecutar
clausuras; notificar resoluciones; celebrar convenios y otorgar garantías de
audiencia. Cada rubro derivado del seguimiento correspondiente a los
procedimientos administrativos;
4. Vigilar el debido cumplimiento de las diversas etapas procedimentales.
5. Atender los trabajos especiales encomendados por el Presidente Municipal,
Tesorero o Secretario del Ayuntamiento;
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
6. Realizar operativos nocturnos a establecimientos de espectáculos;
7. Atender las quejas ciudadanas; y
8. Realizar visitas domiciliarias especiales.
9. Dirigir y coordinar el control de la concentración de tianguis en vía pública y su
funcionamiento en servicios como la recaudación de ingresos a la Hacienda
municipal.
CONTRALORIA MUNICIPAL
OBJETIVO:
Dirigir la Contraloría Municipal, en apego a las atribuciones conferidas en los
ordenamientos jurídicos vigentes a fin de instrumentar las medidas preventivas y
correctivas en el manejo de los recursos municipales.
FUNCIONES:
1. Planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación
municipal.
2. Fiscalizar el ingreso y ejercicio del gasto público municipal y su congruencia con
el presupuesto de egresos.
3. Aplicar las normas en materia de control y evaluación.
4. Asesorar a los Órganos de Control Interno de los organismos auxiliares y
fideicomisos de la administración pública municipal.
5. Establecer las bases generales para la realización de Auditorias e inspecciones.
6. Vigilar que los recursos federales y estatales asignados a los Ayuntamientos se
apliquen en los términos estipulados en las leyes, los reglamentos y los convenios
respectivos.
7. Coordinarse con la Contaduría General de Glosa, Contraloría del Poder
Legislativo y con la Secretaría de la Contraloría del Estado para el cumplimiento
de sus funciones.
8. Designar a los auditores externos y proponer al ayuntamiento, en su caso, a los
Comisarios de los Organismos Auxiliares.
9. Establecer y operar un sistema de atención de quejas y denuncias.
10. Informar el resultado de las Auditorías y evaluaciones realizadas al H.
Ayuntamiento.
11. Participar en la entrega-recepción de las unidades administrativas de las
dependencias, organismos auxiliares y fideicomisos del municipio.
12. Evaluar los estados financieros de la Hacienda Municipal y verificar que se
remitan los informes correspondientes a la Contaduría General
13. Vigilar que los ingresos municipales se enteren a la Hacienda Municipal
conforme a los procedimientos contables y disposiciones legales aplicables.
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
14. Participar en la elaboración y actualización del inventario general de los bienes
muebles e inmuebles propiedad del municipio, que expresará las características
de identificación y destino de los mismos.
15. Verificar que los servidores públicos municipales cumplan con la obligación de
presentar oportunamente la manifestación de bienes, en términos de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
16. Dirigir, coordinar y supervisar que las solicitudes de investigación sobre el
incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, previas al
procedimiento administrativo disciplinario, se sometan a COPLADEMUN.
17. Vigilar las acciones del COPLADEMUN en materia de Transparencia y
Participación Ciudadana.
18. Dirigir, coordinar y organizar el Programa de Contraloría Social a través de los
Comités de Transparencia y Participación Ciudadana.
19. Informar anualmente a la Comisión edilicia de hacienda, los avances de los
compromisos del Programa de Simplificación y Transparencia Administrativa
Municipal y al H. Ayuntamiento cuando así lo requiera.
20. Autorizar el envío trimestralmente a la secretaría finanzas del Gobierno del
Estado de Jalisco, los informes de avances de los compromisos en materia de
Simplificación y Transparencia Administrativa Municipal.
21. Participar en los Programas del Gobierno del Estado de Jalisco en materia de
Simplificación y Transparencia Administrativa, en los eventos que éste convoque.
22. Dictaminar y asesorar la adecuada aplicación del Sistema de Control Interno
Municipal.
23. Las demás que le solicite el Presidente Municipal y/o Cabildo.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
Doctor Juan Gabriel Villaseñor Aguilar
EncargadodelaHaciendaMunicipal
ACEPTOYPROTESTO
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
DECATASTROMUNICIPAL
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
DIRECCION DE CATASTRO
Objetivo:
Integrar y conservar el padrón catastral que contiene los datos técnicos y
administrativos de un inventario analítico de los inmuebles ubicados en el
Municipio.
Funciones:
1. Inscribir y controlar los inmuebles localizados dentro del territorio municipal, así
como mantener actualizada la vinculación de los registros alfanuméricos y gráfico
del padrón catastral;
2. Proporcionar al Instituto de información territorial del estado de Jalisco dentro de
los plazos establecidos, las propuestas, los reportes, informes y documentos para
integrar, conservar y mantener actualizada la información catastral, así como la
información relacionada con los registros gráficos y alfanuméricos;
3. Orientar y atender a los propietarios y/o poseedores de bienes inmuebles
acerca de los servicios y trámites solicitados ante el departamento de catastro;
4. Recibir las manifestaciones catastrales de los propietarios o poseedores de los
inmuebles, para efectos de su inscripción o actualización en el padrón catastral
municipal;
5. Proporcionar los servicios de certificaciones, constancias de información
catastral, y demás servicios solicitados por la población.
6. Formular y remitir al información territorial del estado de Jalisco las propuestas
para la actualización de manzanas catastrales, áreas homogéneas, bandas de
valor y valores unitarios de suelo y construcción;
7. Preparar el proyecto actualizado de tablas de valores y enviarlos al información
territorial del estado de Jalisco, previa validación del cabildo municipal, en los
plazos establecidos por la legislación;
Impuestos Inmobiliarios
Objetivo:
Mantener actualizado el padrón del impuesto predial, así como elaborar
procedimientos de recaudación para reducir el rezago y detectar diferencias de
pago por los impuestos predial y traslado de dominio.
Funciones:
1. Realizar el cobro de impuestos inmobiliarios.
2. Vigilar que la determinación de impuesto predial, impuesto sobre adquisición de
inmuebles; y aportaciones para mejoras, se realice conforme a las disposiciones
fiscales.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
3. Validar el sistema de ingresos de impuesto predial, impuesto sobre adquisición
de inmuebles y aportaciones para mejoras en el sistema informativo.
4. Orientar e informar al contribuyente respecto de sus obligaciones fiscales.
5. Autorizar las actualizaciones a los padrones fiscales
6. Validar los convenios de pago de contribuciones en parcialidades; así como
también validar devoluciones y aplicaciones de pagos indebidos.
7. Validar las certificaciones de pago.
8. Proponer mejoras al sistema de recaudación de los impuestos inmobiliarios.
Aplicar las tablas de valores unitarios de suelo y construcción aprobados por la
legislatura, en la determinación del valor catastral de los inmuebles ubicados en el
territorio municipal;
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.MaríaGuadalupeGonzálezRodríguez
DirectorDeCatastro
ACEPTOYPROTESTO
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
YOPERACIONESDELA
OFICIALÍAMAYOR
ADMINISTRATIVA
DepartamentoResponsable:OficialíaMayorAdministrativa
A
DescripcióndelCambio:
AltadeDocumento
Fe
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Organización de la Oficialía Mayor Administrativa, tiene
como objetivo, brindar una orientación y planificación en este Departamento.
Administrar adecuadamente los recursos materiales y humanos con los que
cuenta el Ayuntamiento.
Precisar las áreas de responsabilidad y competencia de cada unidad, orientadas
éstas a la consecución de los objetivos estratégicos de la dependencia, evitando la
duplicidad de funciones.
A través de esta herramienta, será posible conocer la estructura organizacional de
la dependencia ya que este manual documenta la estructura organizacional y
ocupacional de la administración, será de utilidad principalmente para hacer la
inducción al personal de nuevo ingreso, así como referencia para la promoción,
reclutamiento, selección y contratación de personal. Es además, un elemento de
consulta obligada para instancias que evalúan o procuran la optimización
administrativa.
El valor del manual de organización, como instrumento de trabajo, radica en la
información contenida en el, por lo tanto mantenerlo actualizado nos permitirá
cumplir con los objetivos por los que fue elaborado, entre los cuales se
encuentran; el proporcionar la información necesaria para el desarrollo de las
funciones sustentadas por la Normatividad correspondiente.
MARCO JURÍDICO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Constitución Política del Estado de Jalisco
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco
Ley de Transparencia e Información Publica del Estado de Jalisco
Ley de Gobierno y la Administración Publica Municipal del Estado de Jalisco
DESCRIPCIÓN Y PERFIL DE PUESTOS
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Puesto:
Oficial Mayor Administrativo
Escolaridad que requiere el puesto:
Licenciatura en Administración de Empresas, Recursos humanos, Psicología o
carrera a fin, mínimo Preparatoria.
Conocimientos y/o habilidades:
· Integración de expedientes
· Saber manejar archivos
· Conocer las Leyes que nos rigen y aplicarlas
· Don de mando
· Liderazgo
· Manejo de Condiciones críticas
· Administrar los recursos con los que cuenta la dependencia
Personal a su cargo directo: Empleados Administrativos, trabajadores del
Rastro, Aseo Público, Unidad Deportiva, Panteón, Parques y Jardines y
Alumbrado Público.
FuncionesPrincipales
1. Vigilar que se tenga oportuna y debidamente ordenados los documentos,
de la dirección de adquisiciones sobre las compras materiales, así como
los expedientes a su cargo.
2. Vigilar que se tenga oportuna y debidamente ordenados los documentos,
sobre los empleados de cada una de las áreas del ayuntamiento, así como
los expedientes a su cargo.
3. Abastecer las herramientas, materiales consumibles, papelería, tintas
equipos de cómputo, material deportivo, municiones al cuerpo de seguridad
publica.
4. Resolver las peticiones de licencias así como las renuncias a sus
respectivos cargos.
5. Mantener en buenas condiciones el parque vehicular para que cumpla de
manera eficiente en tiempo y forma con sus servicios.
6. Vigilar que los empleados del H. Ayuntamiento asistan a sus labores
diariamente y realicen las tareas encomendadas.
7. Coordinar el servicio de recolección de residuos sólidos urbanos en el
municipio.
8. Llevar al día la bitácora de los vehículos.
9. Coordinar los diferentes apoyos que se realizan con vehículos del H.
Ayuntamiento, para el traslado de pacientes, personas de bajos recursos o
instituciones que requieran de un servicio.
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.FlorentinoLópezHernández
OficialMayor
ACEPTOYPROTESTO
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
DEPRESIDENCIA
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
INTRODUCCION
La división territorial, política y administrativa que establece la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, para el régimen interior de los estados, es el
Municipio Libre.
El Municipio es el orden de gobierno responsable de la prestación de los Servicios
públicos, así como de la promoción del crecimiento económico y del desarrollo
social.
Por la conformación administrativa del Municipio, recae en el Ayuntamiento y en el
Presidente Municipal la responsabilidad de coordinar los esfuerzos de las
dependencias y entidades que integran la Administración Pública Municipal para
dotar de estos servicios a las personas que viven o transitan por el territorio
municipal, atendiendo las peticiones y necesidades de la sociedad civil de manera
oportuna.
Derivado de ello la oficina del titular del Ejecutivo Municipal requiere para su
operación de un manejo claro, transparente y apegado a la legalidad y en
consecuencia de un documento denominado Manual de Organización donde se
establezcan las áreas que la componen, sus objetivos, así como sus funciones y
atribuciones.
MISIÓN
Consolidar un Gobierno Municipal sensible, eficiente, eficaz, honesto, transparente
y con amplia vocación democrática, que a través del esfuerzo compartido con la
ciudadanía y las organizaciones representativas de la Sociedad Civil, integre,
promueva y coordine los programas, proyectos y políticas públicas con profundo
sentido social, tendiente a propiciar un desarrollo humano sustentable para elevar
la calidad de vida de la Población, sujetándose a principios de transparencia y
rendición de cuentas .
VISIÓN
Que Villa Purificación sea un Municipio moderno, seguro, ordenado, limpio, y
competitivo, reconocido en el ámbito nacional e internacional como un Municipio
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generador de amplias oportunidades de crecimiento económico, social y cultural;
donde se reconozca el papel activo de la mujer; los jóvenes tengan los espacios
de oportunidad que necesitan; los niños y los adultos mayores se sientan
protegidos e integrados; un municipio con alto desarrollo democrático, donde los
servicios prestados a la población sean certificados con normas internacionales,
teniendo como principales Valores Municipales: igualdad, Compromiso y
Participación Social, Honestidad y Transparencia, Legalidad, Pluralidad,
Racionalidad y Disciplina, Confianza y Experiencia.
MARCO LEGAL
Artículo 115, fracciones II y III de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Artículos 77 al 87 de la CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE JALISCO
Artículos 47, 48 de la LEY DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO
De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 115. Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de
gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división
territorial y de su organización política y administrativa el Municipio Libre, conforme
a las bases siguientes:
II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su
patrimonio conforme a la ley.
Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en
materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos
de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas
de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones
y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
El objeto de las leyes a que se refiere el párrafo anterior será establecer:
a) Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento
administrativo, incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir
las controversias entre dicha administración y los particulares, con sujeción a los
principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad;
b) Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los
miembros de los ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio
inmobiliario municipal o para celebrar actos o convenios que comprometan al
Municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento;
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
c) Las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren
tanto las fracciones III y IV de este artículo, como el segundo párrafo de la fracción
VII del artículo 116 de esta Constitución;
d) El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función
o servicio municipal cuando, al no existir el convenio correspondiente, la
legislatura estatal considere que el municipio de que se trate esté imposibilitado
para ejercerlos o prestarlos; en este caso, será necesaria solicitud previa del
ayuntamiento respectivo, aprobada por cuando menos las dos terceras partes de
sus integrantes; y
e) Las disposiciones aplicables en aquellos municipios que no cuenten con los
bandos o reglamentos correspondientes.
Las legislaturas estatales emitirán las normas que establezcan los procedimientos
mediante los cuales se resolverán los conflictos que se presenten entre los
municipios y el gobierno del estado, o entre aquéllos, con motivo de los actos
derivados de los incisos c) y d) anteriores.
III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas
residuales;
b) Alumbrado público.
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
d) Mercados .
e) Panteones.
f) Rastro.
g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;
h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía
preventiva municipal y tránsito;
i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones
territoriales y socioeconómicas de los Municipios, así como su capacidad
administrativa y financiera.
Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones
o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto
por las leyes federales y estatales.
Los Municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán coordinarse y
asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor
ejercicio de las funciones que les correspondan. En este caso y tratándose de la
asociación de municipios de dos o más Estados, deberán contar con la aprobación
de las legislaturas de los Estados respectivas. Así mismo cuando a juicio del
ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado
para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se
haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan
coordinadamente por el Estado y el propio municipio.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Las comunidades indígenas, dentro del ámbito municipal, podrán coordinarse y
asociarse en los términos y para los efectos que prevenga la ley.
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE JALISCO
CAPITULO II
DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS
Artículo 77.- Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con
las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado:
I. Los bandos de policía y gobierno;
II. Los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia
general dentro de sus respectivas jurisdicciones, con el objeto de:
a) Organizar la administración pública municipal;
b) Regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia; y
c) Asegurar la participación ciudadana y vecinal;
III. Los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios para
cumplir los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; y
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IV. Los reglamentos que normen la creación y supresión de los empleos públicos
municipales y las condiciones y relaciones de trabajo entre el municipio y sus
servidores públicos.
Las leyes en materia municipal que expida el Congreso del Estado únicamente
deberán establecer:
I. Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento
administrativo, incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las
controversias entre dicha administración y los particulares, con sujeción a los
principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad;
II. Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los
miembros de los ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio
inmobiliario municipal o para celebrar actos o convenios que comprometan al
Municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento;
III. Las normas de aplicación general para celebrar los convenios a que se refieren
tanto las fracciones III y IV del artículo 115, como el segundo párrafo de la fracción
VII del artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
IV. El procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o
servicio municipal, cuando al no existir el convenio correspondiente, la legislatura
estatal considere que el municipio de que se trate esté imposibilitado para ejercerlos
o prestarlos; en este caso, será necesaria solicitud previa del ayuntamiento
respectivo, aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes; y
V. Las normas que establezcan los procedimientos mediante las cuales se
resolverán los conflictos que se presenten entre los municipios y el gobierno del
estado, o entre aquellos, con motivo de los actos derivados de los incisos II y IV (sic)
anteriores.
Artículo 78.- Los reglamentos y demás disposiciones de carácter general,
impersonal y abstracto que expida el Ayuntamiento, que sean trascendentales
para el orden público o el interés social, en los términos que establezca la ley, con
excepción de los que tengan carácter contributivo, serán sometidos a referéndum
municipal derogatorio, total o parcial, siempre y cuando, dentro de los treinta días
siguientes a la fecha de su publicación lo solicite, ante el Instituto Electoral, un
número de ciudadanos, debidamente identificados, que represente cuando menos
a un cinco por ciento de los inscritos en el Registro Nacional de Ciudadanos en los
municipios cuyo número de habitantes sea inferior a trescientos mil; en los que
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excedan de esa cifra, bastará con que lo solicite un tres por ciento de los
ciudadanos inscritos.
Las disposiciones sometidas al proceso de referéndum municipal, sólo podrán ser
derogadas si en dicho proceso participa cuando menos el cuarenta por ciento de los
inscritos en el Registro Nacional de Ciudadanos correspondiente al municipio y, de
los mismos, más del cincuenta por ciento emite su voto en contra.
Si dentro de los primeros treinta días no se solicita el proceso de referéndum, la
disposición iniciará su vigencia.
Si en dicho período se solicitare referéndum, la vigencia de las disposiciones
materia del proceso deberá quedar en suspenso, salvo los casos de urgencia
determinada por el Cabildo.
Cuando la solicitud a que se refiere el párrafo anterior posea efectos suspensivos, la
vigencia de dichas disposiciones comenzará una vez concluido el proceso de
referéndum, en caso de que éste no fuera derogatorio.
No podrán presentarse iniciativas reglamentarias en el mismo sentido, dentro de
un período de dieciocho meses contados a partir de la fecha en que se publique la
resolución derogatoria.
El Instituto Electoral del Estado efectuará el cómputo de los votos y remitirá la
resolución correspondiente, al Presidente Municipal, para su publicación en la
Gaceta Municipal respectiva o, en su caso, en los estrados del ayuntamiento.
Una vez que la resolución del Instituto Electoral quede firme, si es derogatoria, será
notificada al ayuntamiento respectivo, para que en un plazo no mayor de treinta días,
emita el acuerdo correspondiente.
Artículo 79.- Los municipios, a través de sus ayuntamientos, tendrán a su cargo
las siguientes funciones y servicios públicos:
I. Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas
residuales;
II. Alumbrado público;
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III. Aseo público, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los residuos
de su competencia;
IV. Mercados;
V. Estacionamientos;
VI. Cementerios;
VII. Rastro;
VIII. Calles, parques y jardines, y su equipamiento;
IX. Seguridad pública, policía preventiva municipal y tránsito; y
X. Los demás que deban prestarse, según las condiciones territoriales y
socioeconómicas de los municipios y lo permita su capacidad administrativa y
financiera.
Artículo 80.- Los municipios a través de sus ayuntamientos, en los términos de las
leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para:
I. Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano
municipal;
II. Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
III. Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones
territoriales;
IV. Otorgar licencias o permisos para urbanizaciones, construcciones y condominios;
V. Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;
VI. Participar en la creación y administración de zonas de reserva ecológica;
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VII. Organizar y conducir la planeación del desarrollo del municipio y establecer los
medios para la consulta ciudadana y la participación social;
VIII. Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público
de pasajeros cuando afecten su ámbito territorial;
IX. Celebrar convenios para la administración y custodia de zonas federales; y
X. Celebrar convenios de coordinación, establecer mecanismos de colaboración y
crear figuras de asociación con otros ayuntamientos cuando estos pertenezcan a
una misma área metropolitana.
Artículo 81.- Cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrá
solicitar la celebración de convenios con el Estado para que éste de manera
directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma
temporal de la ejecución y operación de obras y prestación de servicios públicos, o
para que se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio
municipio.
Los Municipios, previo acuerdo entre los ayuntamientos, podrán coordinarse y
asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio
de las funciones que les correspondan. Si se trata de la asociación de municipios de
dos o más Estados, deberán contar con la aprobación de las legislaturas de los
Estados respectivas.
El Congreso del Estado emitirá las normas de aplicación general para la celebración
de estos convenios y los procedimientos mediante los cuales se resolverán los
conflictos que se presenten entre el municipio y el gobierno del Estado o entre
aquellos, con motivo de los convenios de coordinación.
Las comunidades indígenas dentro del ámbito municipal, podrán coordinarse y
asociarse en los términos y para los efectos que prevenga la legislación en la
materia.
Artículo 81 Bis.- Cuando se trate de municipios pertenecientes a una misma área
metropolitana, éstos se coordinarán, en pleno ejercicio de sus facultades
constitucionales, de acuerdo con las bases generales que en materia de
coordinación metropolitana expida el Congreso del Estado.
La coordinación metropolitana se efectuará a través de las siguientes instancias:
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I. Una instancia de coordinación política por cada una de las áreas metropolitanas,
que se integrarán por los presidentes municipales de los ayuntamientos del área
metropolitana correspondiente y, previo convenio, por el Gobernador del Estado.
La personalidad jurídica de dichas instancias será definida por sus integrantes;
II. Una instancia de carácter técnico que estará constituido como un organismo
público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios
denominado Instituto Metropolitano de Planeación, mismo que deberá ser
constituido por los ayuntamientos del área metropolitana correspondiente; y
III. Una instancia consultiva y de participación ciudadana, de carácter honorífico,
por cada una de las áreas metropolitanas, que podrá participar en las tareas de
evaluación y seguimiento.
Las reglas para la organización y funcionamiento de las instancias de coordinación
metropolitana, estarán establecidas en las leyes que sobre la materia expida el
Congreso del Estado de Jalisco.
Artículo 82.- Para la prestación de los servicios de seguridad social en beneficio de
los servidores públicos municipales, los ayuntamientos podrán convenir con el
Ejecutivo del Estado, a fin de que éste asuma la prestación de dichos servicios en
las instituciones de seguridad social.
Artículo 83.- Los ayuntamientos podrán otorgar concesiones a los particulares,
para que participen en la ejecución de obras y prestación de servicios públicos que
les correspondan, cuando así lo requieran su conservación, mejoramiento y eficaz
administración.
Artículo 84.- Los actos o disposiciones de carácter administrativo que impliquen la
realización de obra pública o enajenación del patrimonio municipal, podrán ser
sometidos previamente a la aprobación de la población municipal por medio del
proceso de plebiscito, en los términos que establezca la ley de la materia, siempre y
cuando sea solicitado ante el Instituto Electoral por:
I. El Presidente Municipal o quien haga sus veces;
II. El ayuntamiento o, en su caso, el Concejo Municipal; o
III. Un número de ciudadanos jaliscienses que residan en el municipio,
debidamente identificados, que represente cuando menos a un cinco por ciento de
los inscritos en el Registro Nacional de Ciudadanos en los municipios cuyo
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número de habitantes sea inferior a trescientos mil; en los que excedan de esa
cifra, bastará con que lo solicite un tres por ciento de los inscritos.
Artículo 85.- Son obligaciones de los ayuntamientos:
I. Difundir, cumplir y hacer cumplir, en su ámbito de competencia, las leyes que
expidan el Congreso de la Unión y el Congreso del Estado;
II. Publicar los bandos previstos por la ley;
III. Derogada; y
IV. Las demás que determinen las leyes, para la mejor administración de su
patrimonio y prestación de los servicios públicos que les correspondan.
Artículo 86.- Corresponde al Presidente Municipal o a quien haga sus veces, la
aplicación de las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones
normativas en el ámbito municipal, así como el ejercicio de la administración del
municipio y la prestación de los servicios públicos que estén a cargo del mismo, en
la forma y términos que determinen las leyes.
Corresponde al Ayuntamiento o al Concejo Municipal, elaborar y aprobar los
reglamentos y demás disposiciones normativas de carácter general que sean
competencia del municipio, así como, en los casos, forma y términos que determinen
las leyes, autorizar las decisiones del Presidente y establecer las directrices de la
política municipal.
Corresponde la calificación de las infracciones administrativas derivadas de los
bandos de policía y buen gobierno, a los servidores públicos denominados jueces
municipales.
Corresponde al síndico la representación jurídica del municipio, acatando en todos
los casos las decisiones del Ayuntamiento.
Artículo 87.- Cuando dos o más municipios del estado formen un mismo centro de
población que por su crecimiento urbano, continuidad física y relaciones
socioeconómicas sea declarado por el Congreso del Estado como área
metropolitana, el Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos respectivos, en el
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ámbito de sus competencias, convendrán para planear y regular de manera
conjunta y coordinada su desarrollo, así como para la más eficaz prestación de los
servicios públicos, con apego a las leyes en la materia.
Así mismo, cuando dos o más centros urbanos ubicados en el territorio de dos o
más municipios del estado que por su cercanía geográfica, tendencias de
crecimiento, y relaciones socioeconómicas sean declarados por el Congreso del
Estado como región metropolitana, el Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos
respectivos, en el ámbito de sus competencias, convendrán para planear y regular
de manera conjunta y coordinada su desarrollo, con apego a las leyes en la
materia.
Cuando los casos citados en el presente artículo involucren a una o más entidades
federativas, se estará a lo señalado en la fracción VI del artículo 115 de la
Constitución General de la República.
LEY DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL
DEL ESTADO DE JALISCO
Del Presidente Municipal
Artículo 47. Corresponde al Presidente Municipal la función ejecutiva del
municipio. Tiene las siguientes obligaciones:
I. Ejecutar las determinaciones del Ayuntamiento que se apeguen a la ley;
II. Planear y dirigir el funcionamiento de los servicios públicos municipales;
III. Convocar al Ayuntamiento a sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes,
de acuerdo con lo que establece esta ley, así como aquellas que por su naturaleza
deban de celebrarse con carácter de reservadas;
IV. Cuidar del orden y de la seguridad de todo el Municipio, disponiendo para ello,
de los cuerpos de seguridad pública y demás autoridades a él subordinadas;
V. Ordenar la publicación de bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares
y disposiciones administrativas de observancia general que expida el
Ayuntamiento, cumplirlos y hacerlos cumplir;
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VI. Cuidar el buen estado y mejoramiento de los bienes pertenecientes al
Municipio;
VII. Vigilar que las dependencias y entidades encargadas de los distintos servicios
municipales cumplan eficazmente con su cometido;
VIII. Rendir informe al Ayuntamiento del ejercicio de la administración dentro de
los primeros quince días del mes de diciembre de cada año, en la fecha que se fije
con la oportunidad necesaria, la que se hará saber a las autoridades estatales y a
los ciudadanos en general;
IX. Comunicar al Ayuntamiento cuando pretenda ausentarse del Municipio por más
de setenta y dos horas, y hasta por quince días consecutivos. Cuando la ausencia
exceda de este término, debe solicitar la autorización correspondiente al
Ayuntamiento;
X. Pasar diariamente al funcionario encargado de la Hacienda Municipal, en forma
directa o a través del servidor público que prevean los reglamentos, noticia
detallada de las multas que impusiere y vigilar que en ningún caso, omita esa
dependencia expedir recibo de los pagos que se efectúen;
XI. Vigilar que el destino y monto de los caudales municipales se ajusten a los
presupuestos de egresos y de la correcta recaudación, custodia y administración
de los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones y
demás ingresos propios del Municipio, así como ejercer la facultad económico
coactiva para hacer efectivos los créditos fiscales, por conducto de las
dependencias municipales correspondientes;
XII. Percibir la remuneración establecida en el presupuesto de egresos
correspondiente y que se apegue a la ley, quedando estrictamente prohibido
percibir por sus servicios bonos anuales o con cualquier otra periodicidad,
gratificaciones por fin del encargo u otras percepciones de similar naturaleza,
adicionales a la remuneración, cualquiera que sea su denominación;
XIII. Ejecutar y hacer que se ejecuten los ordenamientos municipales; y
XIV. Las demás que establezcan las normas constitucionales, legales y
reglamentarias.
El Presidente Municipal debe estar atento a las labores que realizan
los demás servidores públicos de la administración pública municipal, debiendo
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dar cuenta al Ayuntamiento cuando la gravedad del caso lo amerite, de las faltas u
omisiones que advierta. Con respeto a la garantía de audiencia, debe imponer a
los servidores públicos municipales, las correcciones disciplinarias que fijen las
leyes y reglamentos, con motivo de las faltas y responsabilidades administrativas
en que incurran en el desempeño de sus funciones.
Artículo 48. El Presidente Municipal tiene las siguientes facultades:
I. Tomar parte en las discusiones que se originen en las sesiones del
Ayuntamiento con voz y voto. En caso de empate, tiene voto de calidad;
II. Presidir los actos oficiales a que concurra o delegar esa representación;
III. Nombrar y remover a los servidores públicos municipales cuya designación o
remoción no sea facultad exclusiva del Ayuntamiento, de acuerdo al reglamento
respectivo;
IV. Coordinar todas las labores de los servicios públicos del Municipio, así como
las actividades de los particulares que revistan interés público;
V. Proponer al órgano de gobierno, en la primera sesión de Ayuntamiento los
nombramientos de los funcionarios encargados de la Secretaría del Ayuntamiento
y de la Hacienda Municipal, así como del titular del órgano de control interno
cuando así lo contemplen los reglamentos municipales. Si el Ayuntamiento
rechaza la propuesta, el Presidente Municipal debe presentar una terna de
candidatos para cada puesto, de los cuales se hace la designación por el
Ayuntamiento dentro de los tres días naturales siguientes. Transcurrido este plazo
sin que dicho cuerpo colegiado haga la elección o niegue la aprobación de los
candidatos, el Presidente puede expedir inmediatamente el nombramiento en
favor de cualesquiera de los que hubiesen formado parte de las ternas
correspondientes; y
VI. Las demás que establezcan las Constituciones Federal, Estatal y demás leyes
y reglamentos.
Puesto: Presidente Municipal
Personal a su cargo directo: Secretario General, Funcionario de Hacienda
Municipal, Oficial Mayor Administrativo, Directores de Desarrollo Económico,
Desarrollo Social, Desarrollo Humano, Dirección General de Desarrollo Urbano,
Obras Públicas y Ecología, Catastro, Seguridad Publica, Registro Civil.
Indirecto: Demás personal que labora en el H. Ayuntamiento.
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Escolaridad que requiere el puesto: definida por la ley
Objetivo:
Gobernar y administrar mediante políticas públicas los recursos del H.
Ayuntamiento para posicionar al Municipio con rostro humano, eficiente prestador
de los servicios públicos, con ordenamiento urbano y un territorio sustentable,
promotor del crecimiento económico, y del desarrollo social.
Funciones:
1. Presidir las sesiones del Ayuntamiento con voz y voto en las deliberaciones, y
voto de calidad en caso de empate.
2. Cumplir y hacer cumplir a través de las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública los objetivos y metas contenidos en el Plan de Desarrollo
Municipal.
3. Ser conducto para las relaciones entre el Ayuntamiento con los Poderes del
Estado, con otros municipios, así como con el Gobierno Federal y de la Ciudad de
México.
4. Disponer de los cuerpos de seguridad pública y protección civil para asegurar,
cuando las circunstancias lo demanden, las garantías individuales, la conservación
del orden y la atención oportuna de contingencias.
5. Autorizar, mancomunadamente con el Tesorero Municipal las erogaciones del
Ayuntamiento, en los términos de las partidas del presupuesto de egresos.
6. Firmar los acuerdos y demás resoluciones y proveer lo necesario para su
debida observancia.
7. Representar al Municipio en los actos oficiales o delegar esa representación.
8. Conceder audiencia a la ciudadanía para la atención de los asuntos que esta
solicite.
9. La expedición de la Cartilla del Servicio Militar Nacional.
Puesto: Coordinador de atención ciudadana
Jefe inmediato: Presidente Municipal
Personal a su cargo: Ninguno
Conocimientos y/o habilidades:
· Conocimientos básicos en computación
· Integración de expedientes
· Saber manejar archivos
· Conocer las Leyes que nos rigen y aplicarlas
· Don de mando
· Liderazgo
· Manejo de Condiciones críticas.
Funciones:
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1. Establecer acuerdos con el Ejecutivo Municipal para ejecutar las indicaciones
encomendadas e informarle de las acciones realizadas por parte de las diferentes
áreas de la Administración Municipal.
2. Realizar reuniones laborales con los titulares de las unidades administrativas
para verificar el estado de los asuntos que competen a la Administración
Municipal.
3. Firmar los oficios correspondientes y canalizarlos a las áreas de la
Administración Municipal, para el seguimiento y Control de Gestión.
4. Programar de manera adecuada la agenda del Presidente Municipal y dar
seguimiento a su cumplimiento.
5. Realizar la convocatoria de las diferentes reuniones que instruya el Ejecutivo
Municipal.
6. Atender a la ciudadanía y canalizar las solicitudes a las unidades
administrativas correspondientes.
7. Calendarizar las giras de trabajo y los eventos del Ejecutivo Municipal, así como
verificar que cuenten con los bienes y servicios necesarios para su realización.
8. Establecer estrategias para la mejora continua, en la atención a la población del
municipio
9. Atender las llamadas telefónicas de los ciudadanos u organizaciones que lo
soliciten.
10. Efectuar los trabajos de logística para la realización de cada uno de los
eventos y giras de trabajo que realiza el ejecutivo. (Sitios, rutas, tiempos,
programas y maestrías de ceremonia).
11. Coordinar con las demás áreas de la Administración Municipal la realización
de algún evento y gira donde pueda participar el Ejecutivo Municipal.
12. Revisar previo a cada evento o gira del Ejecutivo Municipal las necesidades o
requerimientos que habrán de utilizarse para cada uno.
13. Las demás que le asigne el Ejecutivo Municipal en el ámbito de su
competencia.
Puesto: Recepcionista
Jefe inmediato: Presidente Municipal
Personal a su cargo: Ninguno
Escolaridad que requiere el puesto:
Técnico en sistemas de cómputo, Secretariado o carrera afín, mínimo
Primaria.
Conocimientos y/o habilidades:
* Conocimientos en computación
* Saber mecanografía
* Conocimientos en archivo
* Saber llevar bitácora
* Tener buena presentación y trato amable hacia la población
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* Tener conocimientos en manejo de copiadoras, fax.
Funciones especificas:
1. Controlar el ingreso y registro de los documentos recibidos para el Presidente
Municipal y el Secretario Particular.
2. Verificar que la documentación enviada a la Presidencia Municipal y a la
Secretaría Particular de la misma, sea canalizada al área competente, para su
atención y respuesta correspondiente.
3. Verificar que las peticiones y gestiones canalizadas a las áreas de la
Administración Municipal, sean atendidas y contestadas de manera escrita al
peticionario.
4. Elaborar informes de los documentos turnados a las diferentes áreas.
5. Monitorear el avance de las gestiones.
6. Atender de manera personal los asuntos que determine el Presidente Municipal
y/o Coordinador de Atención Ciudadana.
7. Establecer mecanismos de seguimiento y control de la documentación que
mejoren los procedimientos administrativos internos correspondientes.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUAL
DEORGANIZACIÓNDELA
OFICIALIADEREGISTROCIVIL
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
INTRODUCCION
Es una institución de orden público y de interés social encargado de inscribir y dar
publicidadalosactosyhechosconstitutivos,modificativosyextintivosdelestadocivilde
las personas mediante las actas en que se consignen el nacimiento, reconocimiento de
hijos, adopción, tutela, matrimonio, divorcio administrativo y defunción de mexicanos y
extranjeros residentes en el territorio del Estado y nuestro Municipio, así como de la
inscripción de las sentencias ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de
muerte,eldivorciojudicialolapérdidadelacapacidadparaadministrarbienes.
Se elabora el presente manual de organización de la Oficialía de Registro Civil, cuyo
propósitoesbrindarunmejorservicioalosHabitantesdeesteMunicipioyelteneruna
mejororganizacióneneláreadetrabajo
OBJETIVO
Lograrlaagilidaddetramitesmediantelared(Internet)yasílaspersonaspuedantramitar
susactasdesdeellugardondeseencuentren,quelosmenorescuentenconelregistrode
sunacimientoatiempo,evitandolosregistrosextemporáneos,formalizarlaviviendaen
parejademaneralegalmedianteelmatrimoniocivil
ANTECEDENTES
LaoficialíadeRegistroCivilsurgedelanecesidaddenoteneruncontrolderegistroyel
estadocivildeloshabitantes,porloquedesdelaprimeraadministraciónseledioelcargo
alPresidenteMunicipalcomoencargadodelRegistroCivil,amediadosdeagostode1995
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
sedeslindadelcargoalpresidentemunicipalysecrealaOficialíadelRegistroCivilpara
brindarunmejorservicioalaCiudadaníaenlacualsusfuncionesserianespecificascomo
sonlaexpedicióndeactas,yregistrosdeloshabitantesdenuestroMunicipio.
MARCOJURIDICO
ConstituciónPolíticadelosEstadosUnidosMexicanos
ConstituciónPolíticadelEstadodeJalisco
LeydelGobiernoylaAdministraciónPublicaMunicipal
LeydelRegistrocivil
CódigodeProcedimientosCivilesdelEstadodeJalisco
CódigoCivildelEstadodeJalisco
ReglamentodelRegistroCivildelEstado
ReglamentoyLeyGeneraldePoblación
ATRIBUCIONES
I. Tener en existencia los formatos necesarios para el levantamiento de las actas del
RegistroCivil,asícomoparalaexpedicióndelascopiascertificadas,delosextractosdelas
mismasydocumentosdelapéndice;
II.Expedirlascopiasoextractoscertificadasdelasactasydelosdocumentosdelapéndice
correspondiente, cuando le fueren solicitadas y se paguen los derechos Respectivos,
conforme a la Ley de Ingresos Municipales; asimismo el oficial podrá Certificar las
fotostáticasdelosdocumentosqueselehayanpresentadoconmotivodelarealización
desusfunciones.
III.Rendiralasautoridadesfederales,estatalesymunicipaleslosinformes,lasestadísticas
ylosavisosquedisponganlasleyes;
IV.Fijar,enlugarvisibledelaoficialía,losderechospecuniariosquecausenlas
CertificacionesylainscripcióndelasactasdelRegistroCivil,asícomounacopiadelaLey
de Ingresos Municipales en la que aparezcan todos los costos de los actos de la
Institución;
V. Contestar oportunamente las demandas interpuestas en su contra y dar aviso a sus
Superioresjerárquicos;
VI.Organizareldespachodesuoficinadetalformaquetodatramitaciónseaoportuna,
parabrindarlamejoratenciónalpúblico.
VII.Determinarlasguardiasendíasfestivos.
VIII. Orientar e instruir al público sobre la trascendencia, consecuencias, requisitos y
TrámitesparalainscripcióndelasactasdeRegistroCivil;
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DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
IX.Cancelarlasformasqueseaninutilizadasconlaleyenda”NOPASO”,debiendoasentar
lacausaenlasmismas;
X.EntregaryremitirlosejemplaresdelasformasquedisponelaLey;
XI.ElaborarlosíndicesalfabéticosdelosregistrosdesuOficialía;
XII.Expedirlasconstanciasdeinexistenciaqueleseansolicitadas,previacomprobaciónde
quenoobrenensusoficialíaslasactasrespectivas;
XIII.Conservarbajosuresponsabilidadycuidadoloslibrosyarchivosdedelaoficialía
XIV.Lasdemásqueestablezcanlasleyes.
DESCRIPCION
YPERFILDEPUESTOS
OFICIALDEREGISTROCIVIL
1.Llevarelregistrodenacimientos,divorcios,defuncionesymatrimonios
2.Elaboracióndedocumentosdereconocimientosycertificacióndeactas,orientacióna
quien solicite obtener la CURP Integrar y entregar a la Dirección de Registro Civil del
Estado,enlasinstanciascorrespondientes,lasestadísticasmensualesdesuoficina.
3.RequisitosparaserOficial:TenernacionalidadMexicana,sermayorde27añosdeedad
el día de su designación, estar avecindado por lo menos un años en el lugar de su
adscripción previamente a su designación, estar en pleno ejercicio de sus derechos
Ciudadanos poseer título de abogado o de Licenciado en derecho, como mínimo
preparatoriaterminadaynotenerantecedentespenalespordelitodoloso.
4. Cuando el cargo de Oficial del Registro Civil esté vacante y no se encuentre quien
cumpla con los requisitos señalados, el Presidente Municipal convocará, dentro de los
treintadíassiguientesaquienescumplanconloprevistoporelartículo19,exceptoenlo
relativo a la edad mínima y el grado académico, que serán de veinticinco años e
Instrucciónpreparatoriaconcluida,respectivamente.
5. Cuando ninguno de los comparecientes reúna los requisitos mencionados, deberá
expedirse una segunda convocatoria en la que se exigirá que la edad mínima sea de
veintiúnaños,debiéndoseobservarenloconducente,loordenadoenelpárrafoanterior.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.DonaxiBravoLangarica
OficialdelRegistroCivil
ACEPTOYPROTESTO
MANUALDEORGANIZACIÓN
DESECRETARIAGENERAL
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
INTRODUCCIÓN
El presente manual de organización, es el resultado de la necesidad que tiene la
Secretaria del Ayuntamiento de elaborar un instrumento que permita a las áreas
que la componen, dar a conocer la organización, objetivos y funciones que a cada
una corresponden.
El Manual de Organización tiene como finalidad, poner a disposición del
ciudadano y servidores públicos, de forma clara y accesible, la información
vinculada a las actividades de esta Secretaria del Ayuntamiento, cumplimentando
lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
además de contribuir al proyecto de Modernización Administrativa del Municipio de
Villa Purificación, en la Administración 2012-2015.
Se emite el presente manual con el propósito de contar con un documento
normativo administrativo que registre y transmita en forma ordenada y sistemática,
las funciones y atribuciones que las Leyes y Reglamentos le confiere a esta
dependencia, así como una estructura orgánica de las personas que desempeñan
alguna actividad en la Secretaria del Ayuntamiento, a fin de eficientar el
desempeño de los servidores públicos adscritos a la misma.
El ámbito de aplicación es para todo el personal que labora en la dependencia,
cuya observancia, es obligatoria, asimismo, para servir de consulta a otras
personas o instituciones interesadas en la operación de la Secretaria del
Ayuntamiento.
OBJETIVO DEL MANUAL
Conducir los asuntos de orden de política interna, presentar ante el H.
Ayuntamiento los Proyectos de Acuerdo en materia de Reglamentación,
convenios, contratos y demás disposiciones que deben de regir en el municipio; y
la conducción de las relaciones entre las Dependencias de la Administración
Pública Municipal.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO
Objetivo:
Establecer y aprobar acuerdos, convenios, contratos que consoliden y rijan de
manera eficiente y transparente los programas, proyectos y políticas públicas para
elevar la calidad de desarrollo del territorio municipal.
Promover que se respeten los lineamientos que coadyuven a mejorar el desarrollo
social, cultural y económico, para brindar mayor atención a los grupos vulnerables.
Responder con prioridad las demandas ciudadanas en sus diversas necesidades,
para fortalecer las acciones del gobierno con la población.
Prever y eliminar gastos innecesarios para que se ejerza un presupuesto acorde a
los lineamientos y criterios que en su momento necesite el Municipio.
Funciones:
1. Conducir por delegación del Presidente Municipal los asuntos de orden político
interno;
2. Instrumentar lo necesario para hacer cumplir las políticas, los acuerdos, las
órdenes, las circulares y demás disposiciones del H. Ayuntamiento y el Presidente
Municipal;
3. Presentar ante el Ayuntamiento los proyectos de reglamentos, acuerdos,
convenios, contratos y demás disposiciones jurídicas que deban regir en el
municipio;
4. Conducir las relaciones de las dependencias de la Administración Pública
Municipal con el H. Ayuntamiento;
5. Apoyar a las demás dependencias de la Administración Pública Municipal en el
cumplimiento de sus atribuciones;
6. Planear y ejecutar las políticas municipales en materia de población;
7. Vigilar y controlar todo lo relativo a la demarcación y conservaciones de los
límites municipales;
8. Ejercer las atribuciones que en materia electoral señalen las leyes o los
convenios que para ese efecto se celebren;
9. Establecer relaciones sociales, políticas y gubernamentales con los diferentes
sectores de la sociedad.
10. Promover y entablar comunicación con personalidades del ámbito deportivo,
económico, científico y cultural, para que contribuyan con el proceso de identidad
del municipio mediante su asistencia y participación en eventos y programas que
realiza la Administración Municipal.
11. Elaborar y actualizar los directorios de los personajes protagonistas de la
Sociedad Civil.
12. Elaborar y actualizar el directorio de funcionarios del ayuntamiento, así como
su entrega a las unidades administrativas u organizaciones que lo soliciten.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
13. Enviar por parte del Ejecutivo Municipal correspondencia de felicitación por
aniversario, festividades sociales o logros en las distintas disciplinas de las
personalidades, así como de las instituciones.
14. Atender de manera personal los asuntos encomendados por el Presidente
Municipal.
15. Suscribir con el Presidente Municipal documentos relativos a los actos
jurídicos de la competencia que celebre el Municipio;
16. Expedir copias certificadas de documentos que obren en los archivos de la
Administración Pública Municipal;
17. Someter acuerdo del Presidente Municipal, los asuntos que sean competencia
de la Secretaria del Ayuntamiento;
18. Organizar los actos cívicos del Gobierno Municipal;
19. Las demás que le otorguen otras disposiciones legales y reglamentarias
aplicables, y aquellas que le confiera el H. Ayuntamiento y el Presidente Municipal.
Servicio Militar Nacional
1. Otorgar información de manera verbal e impresa de los requisitos para la
expedición de la Cartilla del Servicio Militar Nacional.
2. Revisar los documentos y se le entrega al conscripto una hoja azul para su
llenado autógrafo.
3. Verifica los datos de acuerdo a los documentos que presenta el solicitante.
4. Requisita el formato oficial de la cartilla de identidad militar, se revisa y se sella,
enviándose a presidencia para su firma.
5. Una vez firmada por el Presidente de la Junta, se toman las huellas digitales del
conscripto y se le entrega al conscripto la Cartilla de Identidad Militar. Se le
informa respecto de la fecha del sorteo de conscriptos del servicio militar.
6. Organiza y lleva a cabo, en la fecha que la Secretaria de la Defensa Nacional
instruya, un sorteo de conscriptos del Servicio Militar Nacional, encuadrados en el
año a fin de que sean asignados con “Bola Blanca” o “Bola Negra” y queden a
disponibilidad de la S.D.N.
ACUERDOS, ACTAS Y CERTIFICACIONES
Objetivo:
Que los integrantes del Ayuntamiento conozcan los puntos a tratar en Sesión de
Cabildo; asentar los Acuerdos aprobados, el sentido de votación y asuntos
tratados por el H. Ayuntamiento; cumplir con la atribución del Secretario del
Ayuntamiento, a efecto de certificar y darle validez legal a los documentos
emanados del Ayuntamiento.
Funciones:
1. Elaborar los proyectos de acuerdo fundados y motivados.
2. Elaborar el Orden del Día a tratar en Sesiones de Cabildo.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
3. Integrar la documentación soporte correspondiente, a fin de entregarla a los
Síndicos y Regidores.
4. Elaborar las Actas de las Sesiones de Cabildo, integrando los acuerdos
tomados, el sentido de la votación, reglamentos aprobados y comentarios por los
integrantes del H. Ayuntamiento.
5. Recabar firmas de los ediles que asistieron a la sesión, así como del Secretario
del Ayuntamiento (a efecto de integrar los protocolos correspondientes).
6. Elaborar formato de certificación de los puntos de acuerdo aprobados por el H.
Ayuntamiento para ser remitidas a las áreas y/o dependencias que lo soliciten.
7. Elaborar formato de certificación de actas y puntos de acuerdo tomados en
administraciones anteriores (realizar la búsqueda correspondiente en el archivo).
8. Elaborar formato de certificación de las actas de Sesiones de Cabildo (para ser
remitidas a los ediles que lo soliciten).
9. Elaborar formato de certificación de las convocatorias emitidas, así como el
listado de asistencias del H. Cuerpo Edilicio (para ser remitidas a la Contraloría del
Poder Legislativo, mensualmente).
10. Elaborar los guiones para el Presidente Municipal y para el Secretario del
Ayuntamiento, integrando el Orden del Día, los puntos de acuerdos y asuntos que
serán tratados (a efecto de desarrollar la sesión de cabildo correspondiente).
11. Elaborar las convocatorias para las Sesiones de Cabildo. (Para notificar a
Síndicos y Regidores día, hora y lugar donde se llevará a cabo la Sesión).
12. Solicitar los requerimientos para el desarrollo de la sesión (acceso a la
Sala de Cabildos y grabación).
COMISIONES EDILICIAS
Objetivo:
Estudiar, examinar y dictaminar los acuerdos, acciones y normas que mejoren la
estructura y funcionamiento de la Administración Pública Municipal, así como
vigilar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas vigentes.
Funciones:
1. Coordinar los servicios de registro estenográfico, taquigráfico y trascripción de
las sesiones de comisión y minutas, así como de las demás reuniones y eventos
de trabajo de las comisiones edilicias.
2. Abrir, integrar, clasificar y mantener actualizado los expedientes de los asuntos
turnados a las comisiones edilicias.
3. Coordinar el apoyo a las comisiones edilicias para la elaboración de los
proyectos de dictamen o acuerdo sobre los asuntos remitidos para su
consideración.
4. Supervisar la integración de los informes de asuntos en cartera y síntesis de los
trabajos desarrollados en las sesiones de comisión.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
5. Enviar los asuntos sujetos de estudio, sobre temas del gobierno municipal, a la
comisión correspondiente para su análisis y dictamen o resolución.
6. Elaborar los documentos que se generen por el trabajo de las comisiones
edilicias (convocatorias, orden del día, minutas, notas, dictámenes, oficios,
carpetas informativas, recorridos, programas, informes).
7. Presentar ante el cabildo las propuestas, dictámenes y proyectos de acuerdo,
sobre los asuntos que les sean turnados por la Secretaría del
Ayuntamiento;
8. Presentar al cabildo, a través de la Secretaría del Ayuntamiento proyectos de
reglamentos, dictámenes o propuestas para mejorar la estructura y funcionamiento
de las áreas de la administración pública municipal;
9. Por conducto del presidente de la comisión edilicia, solicitar al titular de las
dependencias y entidades, la información, datos o copias de los documentos que
se requieran para el estudio de los asuntos que les hayan sido turnados;
10. Realizar visitas a las áreas de la Administración Pública Municipal con la
finalidad de desahogar los asuntos relacionados con su comisión.
11. Invitar a los ciudadanos y representantes de instituciones públicas y privadas
para proveerse de elementos de juicio para dictaminar acerca de cuestiones de
interés general.
12. Coadyuvar en la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal y en su
evaluación;
13. Solicitar los servicios de asesoría profesional del sector público o privado,
cuando se considere conveniente;
14. Las demás actividades que las disposiciones legales le atribuyan, así como las
que le sean encomendadas por la Secretaria del Ayuntamiento.
ACCIÓN CIVICA
Objetivo:
Fomentar la cultura y valores cívicos, estatales y municipales en la celebración de
Actos Cívicos, Arriamientos de Bandera en el Municipio, así como inculcar el
respeto a nuestros Símbolos Patrios y hacer énfasis en el conocimiento de los
Héroes de Nuestro País.
Funciones:
1. Obtener la Bibliografía correspondiente.
2. Elaborar y distribuir material de difusión consistente en, trípticos mensuales de
efemérides y ceremonias cívicas: Himno Nacional y del Estado de Jalisco.
3. Organización para la realización de arriamientos de Bandera estos se realizan
todos los días lunes los cuales son presididos por autoridades de este Municipio.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
4. Realizar eventos cívicos en instituciones educativas para honrar la memoria de
los héroes nacionales del Estado y Municipio en los días de su nacimiento y
fallecimiento.
5. Elaborar requisiciones de implementos y símbolos patrios, ofrendas, laureles
(banderas, discos mismos que contienen el Himno Nacional de
México y del Estado de Jalisco).
6. Hacer donación de banderas a diferentes escuelas o comunidades para que
ellos a su vez puedan seguir llevando a cabo sus ceremonias cívicas.
7. Coordinar actividades con instituciones estatales y municipales para realizar
ceremonias cívicas conjuntas y asistencia de sus funcionarios.
8. Gestionar ante las diferentes instituciones estatales y municipales, el apoyo
correspondiente (Fomento Cívico, Defensa Nacional), para la celebración de
ceremonias magnas.
9. Coadyuvar en la gestión para que otras instancias de la Administración
Municipal, proporcionen los recursos humanos y materiales necesarios para el
adecuado desempeño de las ceremonias, tales como: presídium, pódium,
templete, proscenio, sillas, sonido, banda de guerra, banda sinfónica, escolta,
limpieza de monumentos y áreas adyacentes.
10. Elaborar el programa de la ceremonia correspondiente.
GOBIERNO
Objetivo:
Dar solución y seguimiento a la demanda social municipal y canalizar hacia las
áreas correspondientes del Ayuntamiento, para atender y dar observancia política
de gobierno del Presidente Municipal enmarcada en el Plan de Desarrollo
Municipal.
Funciones:
1. Atender y analizar políticas de gobierno del Presidente Municipal enmarcadas
en el Plan de Desarrollo Municipal.
2. Atender los posibles conflictos que se generen dentro del territorio Municipal.
3. Buscar alternativas viables de solución a los posibles conflictos siempre en
observancia de los procedimientos de carácter jurídico.
4. Contemplar las demandas y propuestas presentadas en mítines y/o
manifestaciones generadas por los ciudadanos u organizaciones civiles.
5. Atender y dar seguimiento a las peticiones y/o conflictos de los diferentes
grupos sociales y representativos del municipio.
6. Dar atención a la demanda ciudadana canalizada a través de consejos de
participación ciudadana, de líderes o individuos que así lo soliciten.
PATRIMONIO MUNICIPAL
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Objetivo:
Aplicar las políticas y determinaciones de la Administración Pública Municipal,
para llevar puntualmente el registro de alta y baja de los bienes municipales, con
el objeto de contar con un registro confiable acorde a los lineamientos legales
establecidos, ya que el inventario del acervo patrimonio forma parte de la Cuenta
Pública Anual del Municipio, asimismo el universo de bienes municipales es base
en la entrega recepción de la Administración Municipal.
Procurar que los documentos de consulta e históricos, brinden a los funcionarios
municipales, medios de consulta y apoyo para la planeación de la
Administración Municipal, así como sirva de cita de hechos históricos
trascendentes disponibles a la población en genera.
Funciones:
1. Establecer las políticas para la aplicación de los programas y metas definidas
en el Plan de Desarrollo Municipal, a los departamentos.
2. Acordar con el Secretario del Ayuntamiento, las políticas establecidas por la
Secretaria y de aquellos asuntos relevantes del área, así como rendir informes de
los trabajos encomendados.
3. Supervisar y coordinar las actividades para la integración del auxiliar de la
Cuenta Pública anual del Municipio.
4. Establecer las políticas y actividades de control y resguardo de los bienes
municipales, así como su alta y baja ajustándose a la normatividad aplicable.
5. Establecer estrategias que permitan crear un inventario confiable y verídico del
acervo patrimonial.
6. Realizar gestiones y trámites para procurar la regularización de los Bienes
Inmuebles Municipales, así como su inscripción en el Registro Público de la
Propiedad.
7. Organizar, preservar, acrecentar y establecer políticas de conservación y
depuración de documentos en los Archivos de Concentración Documental e
Histórico Municipal.
8. Rendir informes de sus funciones.
9. Dar respuesta a los oficios de las dependencias administrativas, federales,
estatales y municipales, referente al Patrimonio Municipal.
10. Formar expedientes y comparecer ante la Comisión Edilicia de Patrimonio
Municipal, para cualquier asunto relacionado a los bienes municipales, ya sean
tramites, alta y baja de los bienes, así como presentar las solicitudes de
enajenaciones gratuitas u onerosas que recibe el Municipio de las Asociaciones
Privadas de Asistencia Pública, de las Administraciones Federales, Estatales y de
las Dependencias de la Administración Municipal.
12. Contar con un inventario y resguardo de los vehículos del Municipio.
13. Supervisar la ejecución de las actividades de los departamentos que se
ajusten al marco normativo, y verificar la aplicación de los procedimientos de
control del patrimonio municipal, cubriendo los programas y metas de trabajo.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
14. Participar con todas las dependencias administrativas del municipio, en los
actos de entrega-recepción.
15. Contar con programa operativo anual.
16. Supervisar el funcionamiento coordinado y eficiente de cada una de las
actividades del área.
17. Custodiar y resguardar la documentación transferida al Archivo de
Concentración para su posterior consulta.
18. Organizar, clasificar, preservar e incrementar el acervo documental del
Archivo Histórico para difundir la cultura, costumbres y tradiciones del municipio.
BIENES MUEBLES
Objetivo:
Ejecutar las políticas y lineamientos establecidos dentro del marco legal, referente
al registro, resguardo y control de los bienes inmuebles municipales, llevando un
resguardo de la documentación de los predios, así como realizar los trámites
administrativos y jurídicos conducentes, con el objeto de regularizar los bienes
inmuebles.
Funciones:
1. Coordinar las acciones que permitan proteger de manera verídica y confiable la
guarda y custodia de los Bienes Muebles y Parque Vehicular.
2. Mantener una estricta vigilancia de la documentación que soporta los
movimientos realizados, a fin de validar los mismos.
3. Elaborar las estrategias de trabajo para la supervisión periódica de los bienes
muebles y parque vehicular; a efecto de conservar actualizados los registros de
control.
4. Coordinar al personal en las tareas de verificación, emplazamiento y
actualización de la documentación que resguarda cada uno de los bienes muebles
y parque vehicular que conforman el activo fijo.
5. Canalizar oportunamente las peticiones de información de las áreas, a fin de
que sean atendidas en tiempo y forma.
6. Coadyuvar con la Tesorería Municipal en la presentación de la información
soporte de las modificaciones que afectaron el activo fijo del municipio ante el
Órgano Superior de Fiscalización.
7. Participar como asistente técnico en los actos de entrega – recepción de las
áreas de la Administración Pública Municipal, a fin de verificar la transparencia en
la entrega física de los bienes muebles y parque vehicular.
8. Emitir de manera periódica las normas y políticas que orienten a las áreas de la
Administración Pública Municipal en la conservación, guarda y custodia de los
bienes muebles y parque vehicular.
9. Recibir los bienes muebles que por su estado de inoperancia, sean inservibles
para la prestación del servicio público.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
10. Remitir periódicamente a la Subdirección de Patrimonio Municipal la relación
de actividades efectuadas, así como los alcances logrados en el control y
mantenimiento de información inherente a los bienes muebles y parque vehicular
de propiedad municipal.
11. Realizar los proyectos de contestación de oficios inherentes al Departamento y
rendir informes que le requiera, todas aquellas dependencias municipales que
tengan facultades de supervisión.
BIENES INMUEBLES
Objetivo:
Registrar y salvaguardar los bienes muebles y parque vehicular de propiedad
municipal; a fin de contar con un padrón actualizado, conteniendo los datos que
faciliten la identificación, ubicación y servidor público que los resguarda.
Funciones:
1. Acordar con el presidente municipal los asuntos relevantes y realizar los
proyectos de los oficios que le sean encomendados.
2. Establecer acciones y metas de trabajo del departamento.
3. Establecer y dirigir acciones a fin de regularizar el Patrimonio Municipal.
4. Coordinar las actividades de investigación y vigilancia del Patrimonio Municipal.
5. Establecer políticas de resguardo mantenimiento y vigilancia de los bienes
muebles.
6. Realizar los proyectos de respuesta de los oficios referentes a los bienes
inmuebles municipales y rendir informes que se le requiera.
7. Realizar el registro y control de inventario y libro de propiedades de los bienes
inmuebles municipales.
8. Realizar los trámites administrativos de inscripción de los bienes inmuebles
municipales.
9. Realizar el expediente de baja de los bienes inmuebles municipales, que a
probado el H. Cabildo, con autorización de la H. Legislatura Local.
10. Tener bajo su guarda y custodia los documentos que inherentes a los bienes
inmuebles municipales que permitan acreditar la propiedad o posesión del
Municipio..
11. Realizar la conciliación con las balanzas de la Tesorería Municipal, en la
integración de la cuenta pública de los bienes inmuebles.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
DIRECCIONSEGURIDADPÚBLICA
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Dirección General de Seguridad Pública.
Objetivo:
Salvaguardar la integridad física y patrimonial de los habitantes y transeúntes;
brindar la fluidez vial en vías primarias y vías secundarias aplicando reglamentos
municipales y leyes vigentes; otorgar la oportuna atención en casos de siniestros
y/o desastres naturales; difundir los servicios de vigilancia especializada dentro del
Territorio Municipal, todo esto orientado en la prestación de un Servicio Público
Municipal de calidad que engloba la permanente capacitación a los elementos que
conforman esta dirección.
Funciones:
1.- Rescatar y proteger a los espacios públicos seguros.
2.- Participación ciudadana a través del COPLADEMUN.
3.- Combate frontal a la corrupción e impunidad.
4.- Cuerpo policiaco de excelencia (élite).
5.- Atención a los grupos sociales conflictivos.
6.- Fomentar la adquisición de vigilancia especial a personas físicas y/o morales.
7.- Con capacitación.
8.- Mediante el fomento de la carrera policial.
9.- Reconocimientos e incentivos.
10.- Recursos materiales suficientes y modernos.
11.- Procesamiento de información de la incidencia delictiva municipal.
12.- Logística para llevar a cabo los operativos conjuntos en materia de seguridad
pública.
13.- Información al público, vía portal de internet de la página institucional del H.
Ayuntamiento, sobre el nombre y la fotografía de cada elemento.
14.- Retroalimentación informativa entre los otros dos niveles de gobierno, acerca
de la incidencia delictiva.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
15.- Desarrollar las herramientas que otorguen formación policial y reconocimiento
a nuestros policías.
16.- Proveer de recursos y tecnología para que los elementos ejerzan sus
funciones.
17.- Elabora y mantiene actualizado un atlas delictivo del Municipio, mediante el
análisis estadístico de la incidencia delictiva.
18.- Se realiza una planeación estratégica y operativa, tanto en las materias de
prevención del delito, protección civil.
19.- Se mantiene actualizado el censo de grupos sociales conflictivos.
20.- Se desarrolla la Sistematización de Procesos de Control sobre; Parque
vehicular, armamento y personal adscrito a la Dirección General de Seguridad
Pública incluyendo fotografías digitales y datos generales.
21.- Se realiza el estudio permanente del comportamiento de la mancha delictiva e
investigaciones teóricas criminógenas dentro del Municipio.
22.- Se elaboró un archivo especializado en base de datos digital sobre el registro
de la incidencia delictiva, acceso a bases de datos especiales y la conjunción con
la asesoría de la sub dirección de protección civil entre otras dependencias.
23.- Por cuestiones de organización en materia de seguridad pública,
considerando el fortalecimiento al estado de fuerza en recurso material y humano,
la topografía y oportuna atención a llamadas de emergencia entre otros aspectos,
se reestructuró el Territorio Municipal en siete microrregiones.
Comandante
Objetivo:
Que las acciones operativas de los elementos cumplan con las instrucciones de
los mandos superiores, dentro de los sectores asignados.
Funciones:
1. Ejecutar los programas y Servicios de Seguridad Pública, para prevenir los
delitos.
2. Realizar recorridos en el territorio del Municipio de Villa Purificación, para
prevenir el delito y mantener el orden público.
3. Hacer uso la infraestructura operativa de Seguridad Pública.
4. Elaborar los planes de recorridos por Localidades, Poblados y Colonias en el
territorio del Municipio.
5. Realizar estudio y análisis de la criminalidad, y el comportamiento de la misma
dentro del territorio Municipal.
6. Cumplir con las funciones de vigilancia en el lugar asignado.
7. Verificar que se otorgue el equipo necesario para seguridad de los elementos.
8. Verificar que su personal sea capacitado para enfrentar a la delincuencia
organizada.
9. Vigilar que el personal no incurra en actos de corrupción.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Policía Preventiva Municipal
Objetivo:
Ejecutar las acciones tendientes a la prevención del delito, asistiendo a la
ciudadanía en los casos de emergencia que ponga en peligro la integridad física y
los bienes de la población.
Funciones:
1. Proporcionar vigilancia permanente, para garantizar la seguridad de los
ciudadanos.
2. Asistir a Capacitación de Seguridad Preventiva Municipal.
3. Atender a la ciudadanía en sus demandas sobre Seguridad Pública.
4. Acudir al lugar de los hechos en cualquier circunstancia sobre Seguridad
Pública.
5. No incurrir en actos de corrupción.
6. Mantener la seguridad y el orden público del Municipio.
7. Promover la cultura del respeto a las leyes y reglamentos.
8. Coordinar operativos especiales (conjunto P. F. P. - P. P. E. J. y SEDENA.)
Oficial de Radiocomunicación
Objetivo:
Resguardar los equipos de radiocomunicación que se utilizan en la Dirección
General.
Funciones:
1. Realizar un uso y manejo de los aparatos de Radiocomunicación.
2. Elaborar informe del turno al director general.
3. Controlar administrativamente los resguardos individualizados de los aparatos
de radiocomunicación.
Acciones de Capacitación y Formación Policial
Objetivo:
Capacitar a los elementos de policía de nuevo ingreso y de actualizar a la plantilla
de policía existente.
Acciones:
1. Impartir la capacitación básica para el personal de nuevo ingreso, y la
capacitación en cursos de actualización, profesionalización y especialización de
todos los elementos pertenecientes a la Dirección General de Seguridad Pública,
cubriendo aspectos de capacitación a la ciudadanía en temas relativos a la
Seguridad Pública.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Acciones de Coordinación con transito.
Objetivo:
Brindar apoyo vial a los conductores, accidentes y/o percances viales.
Funciones:
1. Trasmitir y ejecutar las disposiciones en apoyo a Tránsito.
2. Dictar las disposiciones, que en forma inmediata aseguren la prevención,
protección y fluidez peatonal y vehicular en el territorio Municipal.
3. Proponer a Tránsito, programas y acciones estratégicas tendentes a mejorar y
ampliar la seguridad y fluidez peatonal y vehicular en el territorio Municipal.
4. Respetar y hacer respetar, para su cumplimiento, las leyes y reglamentos y las
disposiciones relacionadas con la seguridad vial peatonal y vehicular, en el
Municipio.
5. Promover la participación ciudadana, a través de la creación, difusión y
aplicación de programas municipales de educación vial.
6. Coordinar, evaluar y canalizar las peticiones ciudadanas y emitir la opinión al
respecto.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
DIRECCIONDEPROTECCIONCIVIL
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Dirección de Protección Civil
Objetivo:
Incrementar la cultura de la prevención en casos de siniestros y/o desastres
naturales en los sectores sociales, empresariales y gubernamentales. Atender
diligentemente las llamadas de emergencia y auxilio.
Funciones:
1. Prevenir los problemas que puedan ser causados por riesgos, siniestros o
desastres; proteger y auxiliar a la población ante la eventualidad de que dichos
fenómenos ocurran y dictar las medidas necesarias para el restablecimiento.
2. Revisar y actualizar el Atlas Dinámico de Riesgos Municipal de Villa
Purificación, diseñar y activar sistemas de información completa y oportuna, que
nos permitan alertar a la población de algún posible daño.
3. Fortalecer el Sistema Municipal de Protección Civil su capacidad de respuesta,
a fin de incrementar la cobertura de protección a toda la población, especialmente
a la que habita en zonas de riesgo.
4. Revisar la estructura Jurídica y Normativa vigente relacionada con la seguridad
industrial en los diferentes ámbitos de gobierno, para prevenir y disminuir riesgos
que puedan desencadenar algún desastre y para definir las responsabilidades y el
ámbito de competencia de cada una de las dependencias que de una u otra forma
participan en materia de Protección Civil.
5. Adecuar la estructura de organización y funcionamiento de las diversas áreas
administrativas que componen la dirección de Protección Civil, con el objeto de
implementar los instrumentos administrativos y operativos requeridos para su
óptimo funcionamiento.
6. Coordinar las sesiones ordinarias y extraordinarias que se celebren en el
Subcomité de Protección Civil, previo a sesiones de COPLADEMUN.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
7. Verificar y dar seguimiento a los acuerdos que se determinen en la sesión por
los integrantes del Subcomité de Protección Civil en el COPLADEMUN.
8. Evaluar el grado de vulnerabilidad de la población, bienes y servicios, ante la
probabilidad de una ocurrencia de un siniestro o desastre en base a estudios en
que se determinen los posibles riesgos.
9. Programar y coordinar las capacitaciones que se imparten a las brigadas de los
Comités Vecinales, Internos y Escolares de Protección Civil.
10. Generar mecanismos que contribuyan al mejoramiento cultural y de técnicas
de Protección Civil de manera continua del personal del área de capacitación.
11. Coordinar las actividades de Rescate a fin de mantener en gran medida la
capacidad de respuesta ante la emergencia y auxilio en algún siniestro.
12. Coordinar las actividades relativas a recepción y evaluación de la
documentación entregada por los interesados en recibir el Dictamen Aprobatorio
de Protección Civil, previa entrega del Formato.
13. Supervisar las tareas de verificación de empresas conforme a las solicitudes
ingresadas a esta área o de acuerdo al seguimiento y control que se realiza, tal
actividad se lleva a cabo conforme al formato de Acta de Verificación.
14. Coadyuvar en coordinación con las demás áreas en la prevención, auxilio y
recuperación en caso de algún desastre o siniestro, especialmente en empresas
de la localidad.
15. Actualizar de acuerdo a la normatividad jurídica vigente, los procedimientos
administrativos en la materia que regulen la actividad empresarial en el Municipio.
16. Dar cumplimiento a los Programas Específicos de Protección Civil para
proteger al personal, inmuebles, bienes y servicios y al mismo tiempo proponer
mecanismos e instrumentos de coordinación con las dependencias de los
diferentes niveles de gobierno a fin de establecer mecanismos de participación
con recursos humanos, materiales y financieros para los casos de siniestros.
17. Atender los dispositivos y/o situaciones de emergencia que alteren el orden
público, la integridad física y patrimonial de las personas.
18. Intervenir en los operativos que se requieran para la adecuada y oportuna
atención de contingencias, emergencias y desastres.
19. Brindar los apoyos que soliciten los sectores público, social y privado en
materia de contingencias, emergencias y desastres.
20. Coordinar los dispositivos necesarios tanto e prevención como de realización
para enfrentar las situaciones de emergencia de cualquier índole.
21. Intervenir en auxilio y/o en coordinación con las autoridades federales,
estatales y municipales en situaciones de riesgo o peligro inminente incluidos los
que tengan que ver con la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
22. Concertar la participación de las instancias de los sectores público, social y
privado que se encuentran involucrados en protección civil.
23. Estructurar de grupos voluntarios en protección civil.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
24. Elaborar y difundir material impreso en el que se proporcione información a la
población sobre que hacer antes, durante y después de que un incidente o
desastre natural les pudiera afectar.
25. Evaluar el grado de vulnerabilidad de la población, bienes y servicios, ante la
probabilidad de ocurrencia de un siniestro o desastre con base en el estudio de la
administración de riesgos.
26. Proponer medidas y acciones preventivas para reducir las probabilidades de
ocurrencia de accidentes, siniestros o desastres o de cualquier calamidad que
afecte a la población.
27. Estabilización o demolición que estén en riesgo de caer y que puedan afectar
a la población.
28. Atender pronta y diligentemente los reportes de incendios y desastres
naturales.
29. Coadyuvar en la coordinación de simulacros y capacitaciones que se realizan
en las comunidades, centros educativos y empresas de la localidad.
30. Asistir a cursos de capacitación para elevar el nivel de conocimientos y adquirir
nuevas formas de salvamento, a fin de incrementar la capacidad de respuesta y
aminorar pérdidas humanas y materiales.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.GilbertoRomeroMontes
DirectordeProtecciónCivil
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
MANUALDEORGANIZACIÓN
YOPERACIONESDELA
DIRECCIÓNADQUISICIONES
EPARTAMENTORESPONSABLE:
OFICIALÍAMAYORAdministrativa
A
DescripcióndelCambio:
AltadeDocumento
Fe
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Organización de la Dirección Adquisiciones, tiene como
objetivo, el brindar una orientación y planificación en este Departamento. Administrar
adecuadamentelosrecursosmaterialesconlosquecuentaelAyuntamiento.
Debido a la necesidad de contar con una buena Administración en la aplicación de los
recursosmateriales,secreólaSubdirecciónAdquisicionesenesteAyuntamiento.
MARCOJURÍDICO
ConstituciónPolíticadelosEstadosUnidosMexicanos
ConstituciónPolíticadelEstadodeJalisco
LeydeResponsabilidadesdelosServidoresPúblicosdelEstadodeJalisco
LeydeTransparenciaeInformaciónPublicadelEstadodeJalisco
LeydeGobiernoylaAdministraciónPublicaMunicipaldelEstadodeJalisco
Puesto:DirecciónAdquisiciones
Personalasucargodirecto:ninguno
FuncionesPrincipales
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
1. Tener de forma oportuna y debidamente ordenados en archivo los documentos
sobre las adquisiciones materiales, preparado para ser auditado por órgano de
controlinternoelprimerlunesdejunioyelprimerlunesdediciembre,decada
añoocuandoloindiqueelpresidentemunicipal.
2. Coordinarse con el funcionario encargado de la hacienda municipal, para
programar el presupuesto mensual de su área de trabajo y proponerlo al
presidentemunicipalparasuautorización.
3. Abastecer a los empleados municipales, las herramientas, ropa de trabajo,
uniformes, materiales consumibles, papelería, tintas, equipo de cómputo,
material deportivo, material para alumbrado publico, material para eventos de
especiales (fundación de la villa de la purificación, festejos patrios, revolución
mexicana, navidad y días sociales) para el cuerpo de seguridad pública
municiones, armamento, radios y equipo especial, para todos integrantes del
ayuntamientolacomprademedicamentos,estudiosdelaboratorio,indicadospor
elmedicomunicipal,todoesto,previaautorizacióndelpresidentemunicipal.
4. Abastecer, de manera correcta, oportuna, transparente y auditable la gasolina y
dieselelparquevehicularconelquecuentaelAyuntamiento,paralarealización
delosserviciosrequeridos,evaluandolabitácoradecadavehículo,porkilómetros
recorridosyencasodemaquinariaporhorastrabajadas.
5. Llevaraldíalabitácoradelosvehículosyunanálisisdecostosparaidentificarla
rentabilidaddecadavehículo.
6. Cotizar por lo menos con tres proveedores el servicio para reparar los
desperfectosyrevisionesdelparquevehiculardecidiendoporlamejorofertaen
precioycalidad,esnecesariolaautorizacióndelpresidentemunicipal.
7. Cotizar por lo menos con tres proveedores para comprar las diferentes
refacciones y consumibles que ocupen los vehículos en los desperfectos y
revisiones,conpreviaautorizacióndelpresidentemunicipal.
8. Realizaruninformedetalladoyrespaldadocondocumentossoportes(originales
decotizaciones,presupuestos,contratos,copiasdefacturas,)demanerapuntual
elprimerlunesdecadamesalpresidentemunicipalparasuvistobuenoyensu
casoconobservaciones;seráregresadoparasuaclaraciónocorrección.
Perfilquerequiereelpuesto:LicenciadoenAdministracióndeempresas,carrerasafines,
mínimosecundariaterminada
Conocimientosy/ohabilidades:
·Conocimientosbásicosencomputación
·Integracióndeexpedientes
·Sabermanejararchivos
·ConocerlasLeyesquenosrigenyaplicarlas
·Honestidadprobada.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
·Liderazgo
·ManejodeCondicionescríticas
·Administrarlosrecursosconlosquecuentaladependencia.
LIC.ValentínRodríguezPeña
PresidenteMunicipal
REVISÓ
C.SaúlLlamasRomero
SecretarioGeneral
APROBÓ
C.LuisHerbeyHernándezRodríguez
C. Director de Adquisiciones
ACEPTOYPROTESTO
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
Expedido en la Sala de Cesiones del Ayuntamiento del Palacio Municipal de Villa
Purificación, Jalisco, a los 21 días del mes de Marzo de 2013 dos mil Trece, LIC.
VALENTIN RODRIGUEZ PEÑA, Presidente Municipal; C. OLIVIA LIVIER
RODRIGUEZ COVARRUBIAS, Sindica Municipal; C. BEATRIZ VELASCO
COVARRUBIAS, LIC. MAYRA COVARRUBIAS RODRIGUEZ, C. DANY MISAEL
VILLASEÑOR PELAYO, C. MA. DE JESUS FLORES PELAYO, C. SALVADOR
PELAYO GARCIA, C. CLEMENTE DE NIZ AGUILA, C. ELIDA ARECHIGA
GARCIA, PROF. HERIBERTO PELAYO CASTELLON, C. FRANCISCO MICHEL
FRIAS, Regidores propietarios C. SAUL LLAMAS ROMERO, Secretario General.
Por tanto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, fracción V de la Ley
del Gobierno y la Administración Publica Municipal del Estado de Jalisco, mandó
se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento.
LIC. VALENTIN RODRIGUEZ PEÑA
Presidente Municipal.
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
C. SAUL LLAMAS ROMERO
El Secretario del Ayuntamiento
REGIDORES PROPIETARIOS
___________________________
C. OLIVIA LIVIER RODRIGUEZ COVARRUBIAS
SINDICA
_______________________________
LIC. MAYRA COVARRUBIAS RODRIGUEZ.
__________________________
C. BEATRIZ VELASCO COVARRUBIAS
____________________________________
C. DANY MISAEL VILLASEÑOR PELAYO
________________________________
C. MA. DE JESUS FLORES PELAYO
___________________________________
C. SALVADOR PELAYO GARCIA.
_______________________________
___________________________________
MANUAL DE ORGANIZACION
DEL MUNICIPIO DE VILLA PURIFICACION, JALISCO.
C. CLEMENTE DE NIZ AGUILA
C. ELIDA ARECHIGA GARCIA

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