Lunes, 21 de mayo

Transcripción

Lunes, 21 de mayo
D E
N A V A R R A
Año 2007
Número 63
Fascículo 1
Este número consta de 2 fascículos
Lunes, 21 de mayo
S
U
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A
R
I
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PAGINA
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
− RESOLUCION 1284/2007, de 16 de abril, del Director General de Función Pública, por la que se
resuelve la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado especial, de una vacante del puesto de trabajo de Titulado de Grado
Medio al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
5611
− RESOLUCION 1349/2007, de 23 de abril, del Director General de Función Pública, por la que,
resolviendo parcialmente la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de méritos, de 104
jefaturas de sección y de negociado, así como de
unidades asimiladas, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y sus organismos
autónomos, se nombra a don Angel María Eugui
Paternáin, Jefe del Negociado de Resoluciones y
Relación con la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
5611
− RESOLUCION 1350/2007, de 23 de abril, del Director General de Función Pública, por la que,
resolviendo parcialmente la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de méritos, de 94
jefaturas de sección y de negociado, así como de
unidades asimiladas, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y sus organismos
autónomos, se nombra a don Carlos María Larraya Elizalde, Jefe del Negociado de Información
al Público y Registro del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
5611
− RESOLUCION 1351/2007, de 23 de abril, del Director General de Función Pública, por la que,
resolviendo parcialmente la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de méritos, de 94
jefaturas de sección y de negociado, así como de
unidades asimiladas, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y sus organismos
autónomos, se nombra a don Luis Miguel Bezunartea Maeztu, Jefe del Negociado de Conciertos
Educativos del Departamento de Educación.
5611
− RESOLUCION 1353/2007, de 23 de abril, del Director General de Función Pública, Director General de Función Pública, por la que se nombra
para 2 plazas del puesto de trabajo de Técnico
Superior en Organización al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y
sus organismos autónomos.
5611
− RESOLUCION 1356/2007, de 23 de abril, del Director General de Función Pública, por la que,
I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
5610
Lunes, 21 de mayo de 2007
B.O. de Navarra−Número 63
PAGINA
resolviendo parcialmente la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de méritos, de 94
jefaturas de sección y de negociado, así como de
unidades asimiladas, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y sus organismos
autónomos, se nombra a don Mariano Brizuela
López, Jefe del Negociado de Ayudas a Infraestructuras Ganaderas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
5612
− RESOLUCION 1364/2007, de 23 de abril, del Director General de Función Pública, por la que se
nombra para 21 plazas del puesto de trabajo de
Bombero al servicio de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y sus organismos
autónomos.
5612
− RESOLUCION 1381/2007, de 2 de mayo, del Director General de Función Pública, por la que se
nombra para 8 plazas del puesto de trabajo de
Técnico de Hacienda al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus
organismos autónomos.
5612
− RESOLUCION 1427/2007, de 2 de mayo, del Director General de Función Pública, por la que se
nombra funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus
organismos autónomos, para desempeñar el
puesto de trabajo de Facultativo Especialista de
Area en Farmacia Hospitalaria en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a don José Javier
Elizondo Armendáriz y se le adjudica plaza.
5612
− RESOLUCION 1810/2007, de 30 de abril, del Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar
Social, por la que se dispone el cese de doña
Carmen Urra Urriz, como Jefa del Negociado de
Coordinación de los Servicios Sociales de Base,
de la Subdirección de Atención Primaria e Inclusión Social de este organismo autónomo.
5612
− RESOLUCION 1811/2007, de 30 de abril, del Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar
Social, por la que se nombra, con carácter interino, Jefa del Negociado de Coordinación de los
Servicios Sociales de Base, de la Subdirección
de Atención Primaria e Inclusión Social de este
organismo autónomo, a doña Ana Etxamendi
Tiebas.
5612
− RESOLUCION 1853/2007, de 4 de mayo, del Director Gerente del Instituto Navarro de Bienestar
Social, por la que se nombra, con carácter interino, Jefa del Negociado de Coordinación del
Personal Administrativo de la Subdirección de
Atención a las Dependencias de este organismo
autónomo, a doña Eva Ontoria del Cura.
5613
1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo,
oposiciones y concursos
− RESOLUCION 99/2007, de 27 de abril, del Director General de Justicia del Departamento de
Presidencia, Justicia e Interior, por la que se
convocan a concurso de traslado, plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
5613
− RESOLUCION 470/2007, de 20 de abril, del Director de Recursos Humanos del Servicio Navarro
de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la
lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos
a la convocatoria para la provisión, mediante
concurso de meritos, de una vacante de Jefe de
Unidad de Enfermería del E.A.P. de Zizur Echa-
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vacoiz (número de plaza 66560) del Organismo
Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral
de Navarra.
RESOLUCION 609/2007, de 15 de mayo, del Director de Recursos Humanos del Servicio Navarro
de Salud-Osasunbidea, por la que se aprueba la
lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos
a la convocatoria para la provisión, mediante
concurso oposición, de 1 vacante de Jefe de
Sección Asistencial de Obstetricia del Organismo
Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral
de Navarra.
RESOLUCION 689/2007, de 3 de mayo, del
Rector en funciones de la Universidad Pública de
Navarra, por la que se convoca concurso para la
contratación de 8 plazas de Profesor Contratado
Doctor Tipo 1 y 1 de Contratado Doctor Tipo 2.
RESOLUCION de 26 de abril de 2007, del Presidente de la Cámara de Comptos de Navarra, por
la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado de tres vacantes de técnico de auditoría al servicio de la
Cámara de Comptos de Navarra, una de ellas con
conocimiento de vascuence.
CONVOCATORIA del Instituto Navarro de Administración Pública, de las pruebas específicas
para la valoración de idiomas, a efectos de la
provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra. Indicación de
lugar, fechas, solicitantes y cómputo de la valoración.
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5619
5619
5625
5627
1.3. OTRAS DISPOSICIONES
1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas
− ORDEN FORAL 74/2007, de 4 de abril, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe
de Viana, para la aprobación de la Convocatoria
de Ayudas e Entes Locales y Consorcios Turísticos para realización de pequeñas inversiones
en infraestructuras turísticas.
5628
1.3.6. Otros
− RESOLUCION 130/2007, de 26 de abril, del Director del Servicio de Integración Ambiental, por
la que se somete a información pública el Estudio
de Afecciones Ambientales el proyecto de ampliación de un parque solar fotovoltaico en las
parcelas 231, 232 y 233 del polígono 1 del término municipal de Murchante, promovido por Ingeniería Medioambiental Helios, S.L.
5631
II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
5631
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES
GENERALES
5631
2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
5636
2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo,
oposiciones y concursos
5637
2.3. OTRAS DISPOSICIONES
2.3.1. Autorizaciones y Licencias
5648
2.3.2. Contratación, obras y servicios públicos
5648
2.3.3. Expropiación Forzosa
5649
2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales
5649
2.3.5. Otros
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V. ADMINISTRACION DEL ESTADO
5658
VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
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VII. PROCEDIMIENTO ELECTORAL
− JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE NAVARRA. Constitución definitiva Junta Electoral
Provincial.
− JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE AOIZ. Constitución definitiva Junta Electoral de Zona.
− JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE ESTELLA.
Constitución definitiva Junta Electoral de Zona.
− JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE PAMPLONA.
Constitución definitiva Junta Electoral de Zona.
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5675
− JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE TAFALLA.
Constitución definitiva Junta Electoral de Zona.
5676
− JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE TUDELA.
Constitución definitiva Junta Electoral de Zona.
5676
− JUNTA ELECTORAL DE ZONA ESTELLA. Corrección de errores.
5676
5675
5675
5675
5675
VIII. ANUNCIOS
5676
8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES
5676
8.2. ANUNCIOS PARTICULARES
5768
I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras
situaciones
RESOLUCION 1284/2007, de 16 de abril, del Director General de
Función Pública, por la que se resuelve la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de traslado especial, de una vacante del puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y
sus organismos autónomos.
Mediante Resolución 1284/2007, de 16 de abril, del Director General
de Función Pública, se nombra a don Alberto Aldaz Pastor, funcionario
al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus
organismos autónomos, para el puesto de trabajo de Titulado de Grado
Medio, nivel B, y se le adjudica la vacante número 991, adscrita al Instituto Navarro de Administración Pública, con destino en Pamplona.
La convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
63, de 26 de mayo de 2006.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707508
RESOLUCION 1349/2007, de 23 de abril, del Director General de
Función Pública, por la que, resolviendo parcialmente la convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de
104 jefaturas de sección y de negociado, así como de unidades
asimiladas, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se nombra a don Angel
María Eugui Paternáin, Jefe del Negociado de Resoluciones y
Relación con la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del
Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.
Mediante Resolución 1349/2007, de 23 de abril, del Director General
de Función Pública, resolviendo parcialmente la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de méritos, de 104 jefaturas de sección
y de negociado, así como de unidades asimiladas de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se
nombra a don Angel María Eugui Paternáin, Jefe del Negociado de
Resoluciones y Relación con la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior por un período de
seis años naturales contados a partir del día de su toma de posesión.
La convocatoria mencionada se aprobó por Resolución 1878/2004,
de 16 de agosto, y se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
113, de 20 de septiembre de 2004.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707510
RESOLUCION 1350/2007, de 23 de abril, del Director General de
Función Pública, por la que, resolviendo parcialmente la convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de
94 jefaturas de sección y de negociado, así como de unidades
asimiladas, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se nombra a don Carlos
María Larraya Elizalde, Jefe del Negociado de Información al
Público y Registro del Departamento de Presidencia, Justicia e
Interior.
Mediante Resolución 1350/2007, de 23 de abril, del Director General
de Función Pública, resolviendo parcialmente la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de méritos, de 94 jefaturas de sección y
de negociado, así como de unidades asimiladas de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se
nombra a don Carlos María Larraya Elizalde, Jefe del Negociado de
Información al Público y Registro del Departamento de Presidencia,
Justicia e Interior por un período de seis años naturales contados a
partir del día de su toma de posesión.
La convocatoria mencionada se aprobó por Resolución 2603/2005,
de 24 de octubre, y se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
135, de 11 de noviembre de 2005.
Pamplona, 23 de abril de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707512
RESOLUCION 1351/2007, de 23 de abril, del Director General de
Función Pública, por la que, resolviendo parcialmente la convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de
94 jefaturas de sección y de negociado, así como de unidades
asimiladas, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se nombra a don Luis Miguel Bezunartea Maeztu, Jefe del Negociado de Conciertos
Educativos del Departamento de Educación.
Mediante Resolución 1351/2007, de 23 de abril, del Director General
de Función Pública, resolviendo parcialmente la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de méritos, de 94 jefaturas de sección y
de negociado, así como de unidades asimiladas de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se
nombra a don Luis Miguel Bezunartea Maeztu, Jefe del Negociado de
Conciertos Educativos del Departamento de Educación por un período
de seis años naturales contados a partir del día de su toma de posesión.
La convocatoria mencionada se aprobó por Resolución 2603/2005,
de 24 de octubre, y se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
135, de 11 de noviembre de 2005.
Pamplona, 23 de abril de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707511
RESOLUCION 1353/2007, de 23 de abril, del Director General de
Función Pública, Director General de Función Pública, por la
que se nombra para 2 plazas del puesto de trabajo de Técnico
Superior en Organización al servicio de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Mediante Resolución 1353/2007, de 23 de abril, del Director General
de Función Pública, se nombra a don Angel Labiano Mangado y don
Roberto Liberal Obanos funcionarios al servicio de la Administración de
la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para
desempeñar el puesto de trabajo de Técnico Superior en Organización,
y se les adjudican las siguientes vacantes:
A don Angel Labiano Mangado, la vacante 7473, adscrita a la Dirección General para la Sociedad de la Información del Departamento
de Economía y Hacienda, con destino en Pamplona.
A don Roberto Liberal Obanos, la vacante 7474, adscrita a la Dirección General para la Sociedad de la Información del Departamento
de Economía y Hacienda, con destino en Pamplona.
La convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
20, de 15 de febrero de 2006.
Pamplona, 23 de abril de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707509
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Lunes, 21 de mayo de 2007
RESOLUCION 1356/2007, de 23 de abril, del Director General de
Función Pública, por la que, resolviendo parcialmente la convocatoria para la provisión, mediante concurso de méritos, de
94 jefaturas de sección y de negociado, así como de unidades
asimiladas, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se nombra a don Mariano
Brizuela López, Jefe del Negociado de Ayudas a Infraestructuras Ganaderas del Departamento de Agricultura, Ganadería y
Alimentación.
Mediante Resolución 1356/2007, de 23 de abril, del Director General
de Función Pública, resolviendo parcialmente la convocatoria para la
provisión, mediante concurso de méritos, de 94 jefaturas de sección y
de negociado, así como de unidades asimiladas de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se
nombra a don Mariano Brizuela López, Jefe del Negociado de Ayudas
a Infraestructuras Ganaderas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación por un período de seis años naturales contados a
partir del día de su toma de posesión.
La convocatoria mencionada se aprobó por Resolución 2603/2005,
de 24 de octubre, y se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
135, de 11 de noviembre de 2005.
Pamplona, 23 de abril de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707513
RESOLUCION 1364/2007, de 23 de abril, del Director General de
Función Pública, por la que se nombra para 21 plazas del
puesto de trabajo de Bombero al servicio de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
Mediante Resolución 1364/2007, de 23 de abril, del Director General
de Función Pública, se nombra para 21 plazas del puesto de trabajo
de Bombero al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de
Navarra y sus organismos autónomos, a don José Antonio Soto Rivas,
aspirante del turno de promoción, y don Javier Remírez de Ganuza
Herrero, don Oscar Bermejo Orduña, don José Javier Ruiz Zubicoa, don
Gonzalo Javier Manubens Guarch, don Carlos Astráin Borrega, don
Sergio Induráin Maeztu, don Juan Manuel Arbeloa Yerro, don Rafael
Adrián Uriz, don Ivan Larrión Cartujo, don Unai Alvira Ayestarán, don
Luis Jesús Santafé Barcos, don David Fernández Gazpio, don Víctor
Zabaco Zuasti, don José Antonio Macías Iribarren, don Ignacio Javier
Noáin Insausti, don Iñigo Barbarin San Martín, don Iñigo Balbas Ruiz,
don Iñigo Fernández Beróiz, don Xabier Luna Berango y don Jesús Alberto Lizarraga Irigoyen, del turno libre, por ser los aspirantes aprobados que han obtenido mayor puntuación y tienen cabida en el número
de plazas a proveer.
La convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
156, de 30 de diciembre de 2005.
Pamplona, 23 de abril de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707469
RESOLUCION 1381/2007, de 2 de mayo, del Director General de
Función Pública, por la que se nombra para 8 plazas del puesto
de trabajo de Técnico de Hacienda al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos
autónomos.
Mediante Resolución 1381/2007, de 2 de mayo, del Director General
de Función Pública, se nombra a doña Begoña Lerga Itúrbide y don
José Julián Alava Pérez, aspirantes del turno de promoción específico
para titulares del puesto de trabajo de Gestor e Investigador Auxiliar de
la Hacienda de Navarra, y de doña Cristina Arce Urriza, don Jon Bernaola Barcos, doña Raquel Segura Rodrigo, doña Ana Rubio Suescun,
don Javier Miqueleiz Garayoa y don Ignacio Fernández Blasco, del
turno libre, funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para desempeñar
el puesto de trabajo de Técnico de Hacienda, y se les adjudican las siguientes vacantes:
A doña Begoña Lerga Itúrbide, la vacante 5806, adscrita al organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, con destino en Pamplona.
A don José Julián Alava Pérez, la vacante 6810, adscrita al organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, con destino en Pamplona.
A doña Cristina Arce Urriza, la vacante 6815, adscrita al organismo
autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, con destino en Pamplona.
A don Jon Bernaola Barcos, la vacante 6814, adscrita al organismo
autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, con destino en Pamplona.
A doña Raquel Segura Rodrigo, la vacante 6812, adscrita al organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, con destino en Pamplona.
B.O. de Navarra−Número 63
A doña Ana Rubio Suescun, la vacante 6811, adscrita al organismo
autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, con destino en Pamplona.
A don Javier Miqueleiz Garayoa, la vacante 6919, adscrita al organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, con destino en Pamplona.
A don Ignacio Fernández Blasco, la vacante 6920, adscrita al organismo autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, con destino en Pamplona.
La convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
30, de 10 de marzo de 2006.
Pamplona, 2 de mayo de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707470
RESOLUCION 1427/2007, de 2 de mayo, del Director General de
Función Pública, por la que se nombra funcionario al servicio
de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus
organismos autónomos, para desempeñar el puesto de trabajo
de Facultativo Especialista de Area en Farmacia Hospitalaria
en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a don José Javier Elizondo Armendáriz y se le adjudica plaza.
Mediante Resolución 1427/2007, de 2 de mayo, del Director General
de Función Pública, se nombra funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, para desempeñar el puesto de trabajo de Facultativo Especialista de Area en Farmacia Hospitalaria en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a don José Javier Elizondo Armendáriz y se le adjudica una vacante en la Dirección de Ambulatorios y Asistencia Extrahospitalaria, número de plaza 68528.
La convocatoria de ingreso se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 127, de 24 de octubre de 2005.
Pamplona, 2 de mayo de 2007.−El Director General de Función
Pública, Alberto Andérez González.
F0707594
RESOLUCION 1810/2007, de 30 de abril, del Director Gerente del
Instituto Navarro de Bienestar Social, por la que se dispone el
cese de doña Carmen Urra Urriz, como Jefa del Negociado de
Coordinación de los Servicios Sociales de Base, de la Subdirección de Atención Primaria e Inclusión Social de este organismo autónomo.
La Disposición Adicional Tercera, apartado 2, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas de Navarra, establece que los nombramientos para desempeñar interinamente las Jefaturas de Sección y de Negociado de la
Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos
autónomos podrán ser revocados libremente por el órgano que los hubiese efectuado.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el Decreto
Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones
en materia de personal de los distintos órganos de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, y
en el Decreto Foral 31/2006, de 22 de mayo, por el que se aprueban
los Estatutos del Instituto Navarro de Bienestar Social,
RESUELVO:
1.º Disponer el cese de doña Carmen Urra Urriz como Jefa del
Negociado de Coordinación de los Servicios Sociales de Base, de la
Subdirección de Atención Primaria e Inclusión Social de este organismo
autónomo, con efectos de 22 de abril de 2007, agradeciéndole los servicios prestados.
2.º Notificar esta Resolución a la interesada, a la Sección de Personal y a la Sección de Atención Primaria del Instituto Navarro de Bienestar Social, al Servicio de Ordenación de la Función Pública y a su
Sección de Registro Central de Personal, así como al Servicio de
Control de Gasto de Personal y Nóminas y a su Sección de Nóminas
y Seguridad Social, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los
efectos oportunos.
Pamplona, 30 de abril de 2007.−El Director Gerente en funciones,
Miguel Garatea Crelgo.
F0707518
RESOLUCION 1811/2007, de 30 de abril, del Director Gerente del
Instituto Navarro de Bienestar Social, por la que se nombra, con
carácter interino, Jefa del Negociado de Coordinación de los
Servicios Sociales de Base, de la Subdirección de Atención
Primaria e Inclusión Social de este organismo autónomo, a
doña Ana Etxamendi Tiebas.
La Disposición Adicional Tercera, apartado 2, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Públicas de Navarra, establece que las Jefaturas de Sección y de Negociado de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus
organismos autónomos podrán ser desempeñadas interinamente, mediante nombramiento efectuado por el órgano competente, que deberá
recaer necesariamente en funcionarios pertenecientes o adscritos a la
Administración de la Comunidad Foral.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el Decreto
Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones
en materia de personal de los distintos órganos de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, y
en el Decreto Foral 31/2006, de 22 de mayo, por el que se aprueban
los Estatutos del Instituto Navarro de Bienestar Social,
RESUELVO:
1.º Nombrar, con carácter interino, Jefa del Negociado de Coordinación de los Servicios Sociales de Base, de la Subdirección de Atención Primaria e Inclusión Social del Instituto Navarro de Bienestar Social, a doña Ana Etxamendi Tiebas, funcionaria de la Administración de
la Comunidad Foral. Dicho nombramiento tendrá efectos desde el día
23 de abril de 2007.
2.º Notificar esta Resolución a la interesada, a la Sección de Personal y a la Sección de Atención Primaria del Instituto Navarro de Bienestar Social, al Servicio de Ordenación de la Función Pública y a su
Sección de Registro Central de Personal, así como al Servicio de
Control de Gasto de Personal y Nóminas y a su Sección de Nóminas
y Seguridad Social, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los
efectos oportunos.
Pamplona, 30 de abril de 2007.−El Director Gerente en funciones,
Miguel Garatea Crelgo.
F0707517
RESOLUCION 1853/2007, de 4 de mayo, del Director Gerente del
Instituto Navarro de Bienestar Social, por la que se nombra, con
carácter interino, Jefa del Negociado de Coordinación del Personal Administrativo de la Subdirección de Atención a las Dependencias de este organismo autónomo, a doña Eva Ontoria
del Cura.
La Disposición Adicional Tercera, apartado 2, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones
Públicas de Navarra, establece que las Jefaturas de Sección y de Negociado de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus
organismos autónomos podrán ser desempeñadas interinamente, mediante nombramiento efectuado por el órgano competente, que deberá
recaer necesariamente en funcionarios pertenecientes o adscritos a la
Administración de la Comunidad Foral.
En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el Decreto
Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones
en materia de personal de los distintos órganos de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, y
en el Decreto Foral 31/2006, de 22 de mayo, por el que se aprueban
los Estatutos del Instituto Navarro de Bienestar Social,
RESUELVO:
1.º Nombrar, con carácter interino, Jefa del Negociado de Coordinación del Personal Administrativo, de la Sección de Valoración de la
Subdirección de Atención a las Dependencias del Instituto Navarro de
Bienestar Social, a doña Eva Ontoria del Cura, funcionaria de la Administración de la Comunidad Foral. Dicho nombramiento tendrá efectos
desde el día 4 de mayo de 2007.
2.º Notificar esta Resolución a la interesada, a la Sección de Personal y a la Sección de Valoración del Instituto Navarro de Bienestar
Social, al Servicio de Ordenación de la Función Pública y a su Sección
de Registro Central de Personal, así como al Servicio de Control de
Gasto de Personal y Nóminas y a su Sección de Nóminas y Seguridad
Social, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos
oportunos.
Pamplona, 4 de mayo de 2007.−El Director Gerente, Nicolás Iribas
Sánchez de Boado.
F0707516
1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de
Empleo, oposiciones y concursos
RESOLUCION 99/2007, de 27 de abril, del Director General de Justicia del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, por
la que se convocan a concurso de traslado, plazas vacantes
entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa
y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
Vacantes en la Administración de Justicia puestos de trabajo genéricos de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa,
5613
Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial, dotados
presupuestariamente, en el ámbito territorial gestionado por la Dirección
General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior
de la Comunidad Foral de Navarra, procede su convocatoria en concurso de traslado, de conformidad con lo establecido en el Título VIII
de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el articulo 43 y siguientes
y Disposición Derogatoria Unica del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario
al servicio de la Administración de Justicia aprobado por Real Decreto
1451/2005, de 7 de diciembre.
Por todo ello, la Dirección General de Justicia, del Departamento
de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad Foral de Navarra
ha dispuesto convocar concurso para la provisión de los puestos que
se relacionan en Anexo I, con arreglo a las siguientes
BASES
Primera.−Puestos que se pueden solicitar.
1. Los funcionarios participantes podrán solicitar cualquiera de las
plazas incluidas en el Anexo I, siempre que reúnan los requisitos generales exigidos en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes y los mantengan hasta la resolución definitiva del concurso, sin ninguna limitación por razón de la localidad de destino.
2. Dichas vacantes se identificarán por el número de orden del
órgano judicial. Con la sola solicitud del número de orden de un órgano
judicial se entienden pedidas todas las vacantes del Cuerpo existentes
en dicho órgano.
3. También podrán solicitar los puestos que queden vacantes
como consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que
se pretendan amortizar ante proyecto de modificación de la plantilla
orgánica o reordenación de efectivos de un centro de trabajo en que
no se anunciará ninguna resulta correspondiente al Cuerpo de que se
trate.
Los puestos de trabajo tienen que identificarse por el número de
orden de convocatoria. Con la sola solicitud de un puesto de trabajo de
un órgano judicial se entienden pedidas todas las vacantes del Cuerpo
existentes en dicho órgano. Cuando se desee solicitar un puesto de
trabajo a resultas, que ya esté incluido en el Anexo I como vacante,
bastará con que el mismo aparezca acompañado de un asterisco, para
que se entienda solicitado como vacante y como resulta en el orden de
preferencia indicado.
A fin de que los posibles solicitantes puedan ejercer el derecho que
se les reconoce de solicitar las resultas producidas por la resolución del
concurso, desde la fecha de publicación de esta Orden y durante el
periodo de presentación de solicitudes, se expondrá en la página web
del Ministerio (www.mju.es), en los tablones de anuncios de las Gerencias Territoriales del Departamento y, a través de ellas, en las sedes
de los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales, en
el Servicio de Información del Ministerio de Justicia y en los Departamentos competentes de las Consejerías de las Comunidades Autónomas con transferencia de funciones en materia de provisión de medios personales al servicio de la Administración de Justicia, la relación
de órganos judiciales de la Administración de Justicia de la misma naturaleza que los convocados que pueden solicitarse con indicación del
número de orden de dichos órganos.
4. Las siglas VSM que aparecen en determinadas plazas significan que dichos órganos judiciales compatibilizarán sus funciones correspondientes al orden civil y penal con la materia relativa a la violencia
sobre la mujer, según acuerdo de 22 de junio de 2005 del Pleno del
Consejo General del Poder Judicial ("Boletín Oficial del Estado"
28-6-2005).
5. En este concurso general anual y a resultas, el número máximo
de órganos judiciales que se podrá solicitar entre plazas vacantes y
resultas, no podrá superar los 200 números de orden, entendiendo que
cada número de orden comprende todos los puestos de trabajo del órgano judicial, tanto vacantes como resultas, en su caso. Se establece
este limite de acuerdo con la facultad que permite el articulo 42 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, con objeto de agilizar el concurso dada la participación masiva de funcionarios y tratarse de un
concurso general que afecta a los tres Cuerpos o Escalas y en virtud
de lo dispuesto en el Acuerdo Marco suscrito entre el Ministerio de
Justicia y las Comunidades Autónomas que han recibido el traspaso
de competencias de medios personales y materiales.
6. Excepcionalmente podrán eliminarse alguna de las plazas
anunciadas como vacantes, en el caso de que se produjera de forma
sobrevenida alguna circunstancia que obligara a ello.
Segunda.−Requisitos y condiciones de participación.
1. Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar las vacantes de órganos judiciales de los Cuerpos o Escalas de Gestión
Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia los funcionarios pertenecientes a dichos Cuerpos o Escalas, cualquiera que sea su situación
5614
Lunes, 21 de mayo de 2007
administrativa, excepto los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado posesión del destino que les fue
adjudicado; los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión y los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurra
uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les
impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente, computándose los plazos, en este caso, de conformidad con lo
previsto en el artículo 43.c) del R. D. 1451/2005, de 7 de diciembre.
2. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio sólo podrán participar si en la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias ha transcurrido un período de dos
años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo, desde el que participa, o la resolución en la que se le adjudicó
destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso. Para el
computo de los años se considerará como primer año el año natural
en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia
de su fecha y como segundo año, el año natural siguiente. (Art 46.1 del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre).
3. Los funcionarios que no tengan destino definitivo, obligados a
participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estarán excluidos de la limitación temporal prevista en el apartado 1 de
esta Base. Estarán obligados a solicitar todos los puestos de trabajo
correspondientes a su Cuerpo o Escala de la provincia donde se encuentren adscritos. De no participar en el primer concurso convocado
con posterioridad a la adscripción provisional, pasarán a la situación de
excedencia voluntaria por interés particular. En el caso de no obtener
destino continuarán desempeñando provisionalmente el mismo puesto
de trabajo.
4. Los funcionarios que se encuentren en las situaciones de excedencia voluntaria establecidas en el artículo 506 letras e) y f) de la
Ley Orgánica 19/2003 de 23 de diciembre que modifica la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial (excedencia por interés particular y por agrupación familiar), sólo podrán participar en el concurso
si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
han transcurrido 2 años como mínimo desde que fueron declarados en
tal situación.
5. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de
hijos al amparo de lo dispuesto en el articulo 509 de la Ley 19/2003,
de 23 de diciembre, sólo podrán concursar si han transcurrido los dos
años establecidos en el artículo 46.1 del R.D. 1451/2005, de 7 de diciembre.
6. Los suspensos definitivos que se encuentren adscritos con carácter provisional deberán participar en este concurso con objeto de
obtener un puesto de trabajo definitivo. De no participar en este concurso o no obtener el puesto de trabajo solicitado, se les destinará, en
su caso, con carácter definitivo a cualquiera de los no adjudicados a los
otros concursantes dentro del ámbito territorial correspondiente donde
se encuentren adscritos.
7. Los funcionarios del Cuerpo de Gestión que se encuentren
adscritos por haber cesado como Secretarios sustitutos, gozarán de
derecho preferente para ocupar, la primera vez que se anuncien a
concurso, puestos de trabajo genéricos en la localidad donde se encuentren adscritos. De no participar en dicho concurso o no solicitar
todas las plazas vacantes de la referida localidad, se les destinará con
carácter definitivo a cualquiera de los puestos no adjudicados. Si no
pudieran llegar a ocupar tales puestos de trabajo por concurrir a ellos
con otros funcionarios también con derecho preferente a quienes les
fueren adjudicados, continuarán en situación de adscripción provisional
hasta tanto se les pueda adjudicar puesto de trabajo definitivo en virtud
de su participación en los sucesivos concursos y solicitud en ellos de
todas las plazas vacantes en la localidad de adscripción.
8. Regulación del derecho de preferencia a la localidad: Dado que
la preferencia extiende sus efectos a todas las plazas de una localidad
determinada, para ejercer este derecho habrán de solicitar todas las
vacantes que se oferten en la localidad para la que se ejerce la preferencia y agrupar estas peticiones en los primeros números de orden de
preferencia de la solicitud, ordenando el resto de los puestos pedidos
sin preferencia a continuación. Igualmente deberán solicitarlo en su
instancia, especificando la localidad del destino en donde se encuentren adscritos, aportando fotocopias compulsadas de los documentos
acreditativos de dicha preferencia (adscripción provisional, acta de posesión).
No se tendrá en cuenta la preferencia si no cumple con los siguientes requisitos: solicitar todos los puestos de trabajo vacantes de
la localidad de que se trate en los primeros números de orden de preferencia de la solicitud; hacer constar expresamente, en el apartado P-1
de la instancia, que desea acogerse a la preferencia; y aportar fotocopias compulsadas de los documentos aludidos en el párrafo anterior.
9. El funcionario rehabilitado adscrito provisionalmente a que se
refiere el apartado 2 del articulo 72 del Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, deberá participar en el primer concurso de traslado que
B.O. de Navarra−Número 63
se convoque, con objeto de obtener un puesto de trabajo. De no participar en este concurso o no obtener el puesto de trabajo solicitado, se
le destinará, en su caso, con carácter definitivo a cualquiera de los no
adjudicados a los otros concursantes en cualquier ámbito territorial.
10. El funcionario cuyo puesto de trabajo le haya sido adjudicado
de forma forzosa, por motivo de reordenación de efectivos prevista en
el artículo 52 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales,
Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por
Real Decreto 249/96, de 16 de febrero, podrá participar en los concursos de traslados, aún cuando no hubiere transcurrido el plazo legalmente establecido. A su vez, tendrá derecho preferente, por una sola
vez, para obtener otro puesto del propio centro de trabajo (art. 51 R.D.
249/96, de 16 de febrero) con ocasión de concurso ordinario en que se
ofrezca y tomando parte en el mismo.
Para poder ejercer dicho derecho deberá ajustarse a las siguientes
especificaciones:
−Solicitar en los primeros lugares de orden de preferencia de la
solicitud aquellos puestos de trabajo pertenecientes al centro de trabajo
para el que desea acogerse a la citada preferencia.
−Indicar en el modelo de instancia V-3, en el apartado P-2, el centro
de trabajo y localidad para la que desea acogerse a la preferencia.
−Aportar fotocopia compulsada de su nombramiento con carácter
forzoso para el centro de trabajo y localidad indicados en el apartado
P-2.
En caso de que no se siguieran las instrucciones especificadas en
los tres párrafos anteriores perderá, para el presente concurso, el derecho preferente que le reconoce el citado artículo 52.c).
Tercera.−Baremos.
La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de
trabajo se hará de acuerdo con el baremo establecido para valorar la
antigüedad (Art.48.1.a) del R.D.1451/2005, de 7 de diciembre) y el conocimiento de la lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas,
según lo establecido en el apartado b) del mismo articulo.
1.−Antigüedad: Por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgará
dos puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,00555556 por día). A estos
efectos los meses se considerarán de treinta días y hasta un máximo
de 60 puntos.
2.−Conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de las
Comunidades Autónomas: En las plazas ubicadas en las Comunidades
Autónomas que tengan lengua oficial propia, el conocimiento oral y escrito de ésta, debidamente acreditado por medio de certificación oficial
de la Comunidad Autónoma, u homologación del título aportado y del
nivel al que corresponda el título, supone el reconocimiento a estos
solos efectos de hasta doce puntos según el nivel de conocimientos
acreditado en los términos siguientes:
−En la zona vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley
Foral 18/1986, de 15 de diciembre de la Comunidad Foral de Navarra
se aplicarán los siguientes criterios:
1.º Perfil lingüístico 2: cuatro puntos.
2.º Perfil lingüístico 3: ocho puntos.
3.º Perfil lingüístico 4: doce puntos.
−En la Comunidad Foral de Navarra en la que no hay establecido
certificado oficial correspondiente al perfil 2, se deberá superar un
examen de acreditación que a estos efectos convoquen los órganos
competentes en dicha materia, lo que les otorgaría el certificado correspondiente.
Los documentos que se aporten, acreditativos de estos conocimientos de idioma, deberán ser fotocopias compulsadas, no valorándose los que no cumplan este requisito.
Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Cuarta.−Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Los funcionarios destinados definitivamente en puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así
como los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de hijo que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio nacional, sin competencias transferidas,
presentarán su solicitud ajustada al modelo V-1, cumplimentando todos
los apartados que se le exijan y publicado como Anexo II de esta
Orden, en el plazo de 10 días naturales siguientes al de la publicación
de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", dirigida
al Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, en
el Registro de Entrada de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia que corresponda al Tribunal o Juzgado en que estuvieran destinados.
Los funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales de la Comunidad Foral de Navarra, interesados en las plazas que se oferten en
este concurso, presentarán su solicitud en la siguiente dirección: Dirección General de Justicia. Calle Monasterio de Irache, 22, 31011
Pamplona.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
2. Los funcionarios destinados en puestos de trabajo de otros
Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia o de otras Administraciones que se encuentren en excedencia del artículo 506. d) de
la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación o Auxilio, que deseen solicitar plazas
ofertadas en el presente concurso utilizarán el modelo V-2, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, publicado como Anexo
II de esta Orden, en el plazo de 10 días naturales siguientes al de su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", dirigida a la siguiente dirección:
Ministerio de Justicia-Subdirección General de medios personales
al servicio de la Administración de Justicia −Sección Concursos− calle
San Bernardo, 21 (28015 Madrid).
3. El resto de solicitantes que deseen participar en el presente
concurso, como los suspensos definitivos que hubieran perdido su
puesto de trabajo, los participantes con destino provisional por haber
reingresado al servicio activo, así como el resto de excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular y aquellos otros
incursos en reordenación de efectivos del artículo 52.c) del R.D. 249/96,
de 16 de febrero, utilizarán el modelo V-3, cumplimentando todos los
apartados que se le exijan, publicado como Anexo II de esta Orden en
el plazo de 10 días naturales siguientes al de la publicación de esta
Orden en el "Boletín Oficial del Estado" dirigida a la siguiente dirección:
Ministerio de Justicia-Subdirección General de medios personales
al servicio de la Administración de Justicia −Sección Concursos− calle
San Bernardo, 21 (28015 Madrid).
4. Las solicitudes podrán remitirse también en la forma prevista
en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las que se presenten en las oficinas de correos se enviarán en
cualquiera de las dos modalidades siguientes:
a) Por correo ordinario, en cuyo caso habrá de tener entrada en
el Registro General del Ministerio de Justicia, Gerencias Territoriales o
Departamentos de Justicia de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas correspondientes, antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
b) Por correo certificado, en cuyo supuesto se presentarán en las
oficinas de correos en sobre abierto para ser fechadas y selladas por
el funcionario de correos antes de ser remitidas. Los participantes en
el concurso deberán enviar la instancia que contenga el sello de la oficina de correos, sin que pueda admitirse pasado el plazo de presentación de instancias aquella que no cumpla este requisito, aunque
posteriormente se pudiera acreditar tal extremo.
5. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán
a su solicitud declaración de no haber sido separados de cualquiera de
las Administraciones Públicas.
6. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para
cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas radicadas en
el territorio de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias que simultáneamente
a ésta se realicen por los Gobiernos Autónomos y se publiquen, así
mismo, en los Boletínes Oficiales de las Comunidades Autónomas respectivas.
Del mismo modo mediante una única instancia, deberán optar por
participar desde el cuerpo en que el funcionario se encuentre en activo,
o reingresar al servicio activo en otro cuerpo del que formen parte como
excedentes. En caso de presentar dos instancias solicitando destinos
en dos Cuerpos y Escalas distintos, serán anuladas las dos solicitudes,
quedando, por tanto, el funcionario excluido de la participación en el
concurso.
7. Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia del
funcionario, en caso de obtener destino el reingresado al servicio mediante concurso de traslado, quedará automáticamente en excedencia
en el cuerpo en el que se encontraba en activo.
8. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una
vez transcurrido el período de presentación de instancias, en el sentido
de que no será posible modificar la misma.
Solamente se podrá renunciar a la participación del concurso antes
de la finalización del plazo de admisión de instancias.
Quinta.−Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para
un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del
mismo o distinto Cuerpo, podrán condicionar su petición al hecho de
que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o
provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones
condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan
a esta petición condicionada, deberán concretarlo en su instancia en
el apartado C y acompañar fotocopia de la solicitud del otro funcionario,
5615
sin lo cual se entenderá anulada la petición condicionada efectuada por
ambos.
Los funcionarios que se acojan a la petición condicionada prevista
en el articulo 48.2 del Reglamento de Ingreso y Provisión de Puestos
de Trabajo, sólo podrán solicitar dichos puestos, no admitiéndose
puestos no condicionados.
Sexta.−Tramitación.
Las Unidades de Personal de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia en donde hubiesen tenido entrada las solicitudes de
participación en el presente concurso, la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, efectuarán la baremación en
base a los datos que figuran en las solicitudes.
Séptima.−Adjudicaciones.
1.−El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos
establecidos en la Base Tercera de esta convocatoria.
2.−En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y de persistir
el empate, al número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo, incluido el idioma.
Octava.−Resolución provisional.
1.−La presente convocatoria se resolverá provisionalmente de forma
coordinada con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas, de forma que se publiquen simultáneamente en la pagina Web del Ministerio de Justicia, en los tablones de anuncios de las Gerencias Territoriales de Justicia, de las
Comunidades Autónomas mencionadas, así como en los de los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales. Los anexos III
de todos los participantes que contendrán la baremación y el destino
provisionalmente adjudicado se publicarán en la página web del Ministerio de Justicia y, en su caso, en las de las Comunidades Autónomas
con competencias transferidas.
Simultáneamente a la resolución provisional se expondrá en dichos
lugares la relación de admitidos y excluidos, con las causas de exclusión.
2.−La resolución provisional expresará el puesto de origen y localidad de los interesados a quienes se les adjudique destino, su situación
administrativa, si ésta es distinta a la de activo, y el puesto adjudicado.
3.−Contra la resolución provisional y la relación de admitidos y excluidos, cabrá formular alegaciones en el plazo de diez días naturales
desde su publicación en los tablones de anuncios referidos, para lo cual
deberán aportar en dicho plazo, la prueba documental oportuna y fotocopia sellada de la instancia que presentaron en su día, todo ello de
acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la autoridad a la que se dirigió la petición de
participación en el presente concurso, utilizando para ello el modelo que
se adjunta a la presente Convocatoria como Anexo IV.
De no reclamarse en el plazo establecido, se entenderá que
muestra su conformidad y aceptación de los datos contenidos, de su
baremación y el destino provisionalmente adjudicado.
Al tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisionalmente
adjudicados pueden sufrir modificaciones en la resolución definitiva,
como consecuencia de los errores que puedan producirse en la baremación o grabación de las instancias. En cualquier caso, los destinos
asignados provisionalmente no suponen expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso.
Novena.−Resolución definitiva y plazo posesorio.
1. Una vez resueltas las alegaciones, la presente convocatoria se
resolverá definitivamente, de forma coordinada con los órganos competentes de las Comunidades autónomas con competencias transferidas.
2. Las resoluciones del concurso podrán separarse por Cuerpos,
a fin de que los ceses de los funcionarios concursantes puedan ser
escalonados en el tiempo, si la Administración considera que su acumulación en una misma fecha pudiera ser perjudicial para el servicio
público.
3. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución
con los Boletínes Oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos
se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado".
4. El plazo de toma de posesión será de tres días naturales si no
implica cambio de localidad del funcionario; ocho días naturales si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte
días naturales si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma
de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será
de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades
es el de origen como si es el de destino.
5616
Lunes, 21 de mayo de 2007
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de la resolución definitiva del concurso en el "Boletín Oficial del Estado".
5. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen
las vacaciones, los permisos o licencias que se encuentren disfrutando
los funcionarios, salvo que por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute de los mismos.
Décima.−Carácter de los destinos adjudicados.
1.−Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos
en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio.
2.−Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
B.O. de Navarra−Número 63
Decimoprimera.−Limitación para concursar.
Aquellos funcionarios que obtengan destino definitivo en el presente
concurso, no podrán participar en otro concurso de traslados hasta que
no transcurran los plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley
Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y articulo 46.1 del Real Decreto
1451/2005, de 7 de diciembre.
Decimosegunda.−Recursos.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 27 de abril de 2007.−El Director General de Justicia,
José María Abad Alegría.
ANEXO I
Cuerpo: GESTION PA
Comunidad: NAVARRA
N.º ORDEN
DENOMINACION
LOCALIDAD
PROVINCIA
VACANTES
RESULTAS
IDIOMA
ANSOAIN
NAVARRA
1
X
S
AOIZ/AGOITZ
NAVARRA
2
X
S
BAZTAN
NAVARRA
1
X
S
BERA/VERA DE BIDASOA
NAVARRA
1
X
S
BURLADA/BURLATA
NAVARRA
1
X
S
ESTELLA/LIZARRA
NAVARRA
1
X
S
AP SECCION N. 3 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
12.676
JDO. INSTRUCCION N. 5 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
3
X
S
4.940
JDO. CONT.-ADMVO.N. 2 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.928
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 1 TUDELA
TUDELA
NAVARRA
1
X
N
4.931
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 2 (VSM) TUDELA
12.332
JDO. PAZ (AGR. SECR.) ZIZUR MAYOR-ZIZUR NA (SECRETARIA)
12.048
JDO. PAZ (AGR.SECR.) ANSOAIN
12.829
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 2 (VSM) AOIZ
12.055
JDO. PAZ (AGR. SECR.) BAZTAN (SECRETARIA)
12.091
JDO. PAZ (AGR. SECR.) BERA/VERA BIDASOA (SECRETARIA)
12.043
JDO. PAZ BURLADA
4.919
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 2 ESTELLA
4.873
TUDELA
NAVARRA
1
X
N
ZIZUR MAYOR/ZIZUR NAGUSIA
NAVARRA
1
X
S
Cuerpo: TRAMITACION PA
Comunidad: NAVARRA
N.º ORDEN
DENOMINACION
LOCALIDAD
PROVINCIA
VACANTES
RESULTAS
IDIOMA
ESTELLA/LIZARRA
NAVARRA
1
X
S
AP SECCION N. 1 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.874
AP SECCION N. 3 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
12.033
I.M.L. NAVARRA PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
12.038
JDO. 1 INST. E INSTR. DECANATO PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.894
JDO. 1 INST. N. 4 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
2
X
S
13.133
JDO. 1 INST. N. 8 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
2
X
S
12.677
JDO. INSTRUCCION N. 5 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
4
X
S
4.938
JDO. CONTENC.ADMVO N 1 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.944
JDO. CONT.-ADMVO. N. 3 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.947
JDO. PENAL N. 1 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.950
JDO. PENAL N. 2 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.953
JDO. PENAL N. 3 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.965
JDO. MENORES PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.929
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 1 TUDELA
TUDELA
NAVARRA
1
X
N
4.932
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 2 (VSM) TUDELA
TUDELA
NAVARRA
1
X
N
4.935
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 3 TUDELA
TUDELA
NAVARRA
1
X
N
IDIOMA
4.917
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 1 (VSM) ESTELLA
4.868
Cuerpo: AUXILIO JUDICIAL
Comunidad: NAVARRA
N.º ORDEN
LOCALIDAD
PROVINCIA
VACANTES
RESULTAS
12.047
JDO. PAZ (AGR. SECR.) ANSOAIN
DENOMINACION
ANSOAIN
NAVARRA
1
X
S
12.056
JDO. PAZ (AGR. SECR.) BERIAIN
BERIAIN
NAVARRA
1
X
N
4.863
TSJ SALA CIVIL Y PENAL PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.866
AP SECCION N. 1 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.872
AP SECCION N. 3 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
2
X
S
4.875
FISCALIA PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
13.179
JDO. 1 INST. N. 7 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
13.131
JDO. 1 INST. N. 8 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
4.907
JDO. INSTRUCCION N. 3 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
12.675
JDO. INSTRUCCION N. 5 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
2
X
S
13.242
JDO. VIGILANCIA PENIT. N. 1 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
13.361
JDO. MERCANTIL N. 1 PAMPLONA
PAMPLONA
NAVARRA
1
X
S
12.086
JDO. PAZ (AGR. SECR.) SANGÜESA
SANGÜESA/ZANGOZA
NAVARRA
1
X
N
4.933
JDO. 1 INST. E INSTR. N. 3 TUDELA
TUDELA
NAVARRA
1
X
N
12.039
DECANATO JDO. 1 INST. E INSTR. N. TUDELA
TUDELA
NAVARRA
1
X
N
12.094
JDO. PAZ (AGR. SECR.) YERRI
YERRI
NAVARRA
1
X
S
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
5617
A rellenar por la Administración:
A rellenar por la Administración:
Nº Escalafón
Años
Antigüedad
Meses
Años
Antigüedad
Días
Meses
Días
MODELO V-2
ANEXO II
CONCURSO CONVOCADO POR ORDEN DEL MINISTRO DE JUSTICIA DE FECHA 27 DE ABRIL DE 2007
MODELO V-1
(A RELLENAR POR COMUNIDADES AUTONOMAS O GERENCIAS TERRITORIALES.)
PUNTUACION POR IDIOMA:
CONCURSO CONVOCADO POR ORDEN DEL MINISTRO DE JUSTICIA DE FECHA 27 DE ABRIL DE 2007
(A RELLENAR POR COMUNIDADES AUTONOMAS O GERENCIAS TERRITORIALES.)
¿LLEVA EL PERÍODO LEGALMENTE ESTABLECIDO EN SU ACTUAL DESTINO EN EL ART. 46 DEL R.D.1451/2005, DE 7-12?: SÍ / NO
PUNTUACION POR IDIOMA:
¿LLEVA EN SU ACTUAL DESTINO EL PERÍODO LEGALMENTE ESTABLECIDO EN EL ART. 46 DEL R.D.1451/2005, DE 7-12?: SÍ / NO
¿ESTA INCURSO EN ALGUNA DE LAS SITUACIONES PREVISTAS EN EL ART. 43.2 DEL R.D. 1451/2005, DE 7-12.?: SÍ / NO.
En caso afirmativo, marcar a continuación una X donde proceda:
a)
¿ESTA INCURSO EN ALGUNA DE LAS SITUACIONES PREVISTAS EN EL ART. 43.2 DEL R.D. 1451/2005, DE 7-12.?: SÍ / NO.
En caso afirmativo, marcar a continuación una X donde proceda:
a)
b)
c)
b)
c)
(A RELLENAR POR EL INTERESADO)
D.N.I.
(A RELLENAR POR EL INTERESADO)
D.N.I.
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
NOMBRE
Domicilio a efecto de notificaciones:
DENOMINACION PUESTO DE TRABAJO ACTUAL:
Cuerpo para el que participa:
Cuerpo :
Tfno. Contacto.:
Situación Administrativa: Excedencia
voluntaria por prestación de servicios
en el sector público Art. 506 d) LOPJ
19/2003.
Situación Administrativa: señalar (X) en el recuadro que
proceda
Servicio Activo
Ámbito C.A. del País Vasco
Excedencia por cuidado de familiares
Ámbito C.A. de Cataluña
Ámbito C.A. Foral de Navarra
Servicios especiales
Ámbito C.A. de Galicia
Ámbito C.A. de las Islas Baleares
Preferencias por Idioma: Especificar
en las casillas a la derecha únicamente el Curso de nivel, perfil o grado
superior de los que se posean, señalando de 1 a 3 en la casilla del ámbito
de la C.A. para la que participa, según
lo establecido en la Base Tercera. 2.
Ámbito C.A. Valenciana
Nº Orden de
preferencia
Fecha nombramiento destino actual:
En caso de excedencia por cuidado de familiares , indicar la fecha de pase a la situación :
Dia _____/ Mes _____/ Año _____/
Día _____/ Mes _____/ Año ____/
Nº orden de
convocatoria
Condición Nº Orden de
preferencia
Base 5ª
(Señálese X)
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
Nº Orden de
preferencia
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
Nº orden de
convocatoria
Teléfono de contacto:
Móvil:
Ámbito C.A. del País Vasco
Ámbito C.A. Valenciana
Ámbito C.A. de Cataluña
Ámbito C.A. Foral de Navarra
Ámbito C.A. de las Islas
Baleares
Ámbito C.A. de Galicia
Condición Nº Orden de
preferencia
Base 5ª
(Señálese X)
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
Nº Orden de
preferencia
1
11
21
2
12
22
1
11
21
3
13
23
2
12
22
4
14
24
3
13
23
5
15
25
4
14
24
6
16
26
7
17
27
8
18
28
9
19
29
10
20
5
15
25
6
16
26
7
17
27
8
18
28
9
19
29
10
20
Nº Orden de
preferencia
Nº orden de
convocatoria
Condición Nº Orden de
preferencia
Base 5ª
(Señálese X)
el
NIF del otro funcionario (Sólo peticiones condicionadas):
Preferencias por Idioma: Especificar únicamente el Curso de nivel , perfil o grado
superior de los que se posean, señalando de 1 a 3 en la casilla del ámbito de la C.
A. para la que participa, según lo establecido en la Base Tercera.2.
Móvil:
Nº Orden de
preferencia
C: Si se acoge a la Base 5ª de la convocatoria debe especificar a continuación los apellidos y nombre y
C: Si se acoge a la Base 5ª de la convocatoria debe especificar a continuación los apellidos y nombre y
el NIF del otro funcionario (Sólo peticiones condicionadas):
Nº Orden de
preferencia
Nº orden de
convocatoria
Condición Nº Orden de
preferencia
Base 5ª
(Señálese X)
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
30
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
Nº Orden de
preferencia
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
30
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
Nº Orden de
preferencia
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
En
En
a
de
de
a
de
de
Firma:
.
Firma:
DIRECCIÓN GENERAL O GERENCIA TERRITORIAL DE
Dirección:
(1) :
......................................................................................
(1) Deberá especificarse la Dirección General o Gerencia Territorial que corresponda al destino actual y en caso de los excedentes voluntarios la de su domicilio.
(Página 2 del Modelo V-I)
Ministerio de Justicia- Subdirección General de medios personales al servicio de la Administración de Justicia.
Sección Concursos
C/ SAN BERNARDO, 21
28015 MADRID
(Página 2 del Modelo V-2)
A rellenar por la Administración:
.
5618
Lunes, 21 de mayo de 2007
B.O. de Navarra−Número 63
Nº Escalafón
Antigüedad
Años
Meses
Días
MODELO V-3
CONCURSO CONVOCADO POR ORDEN DEL MINISTRO DE JUSTICIA DE FECHA 27 DE ABRIL DE 2007
ANEXO IV
MODELO DE ALEGACIONES
(A RELLENAR POR COMUNIDADES AUTONOMAS O GERENCIAS TERRITORIALES.)
PUNTUACION POR IDIOMA:
CONCURSO CONVOCADO POR ORDEN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA DE FECHA 27 DE ABRIL DE 2007
¿LLEVA EL PERÍODO LEGALMENTE ESTABLECIDO EN SU ACTUAL DESTINO EN EL ART. 46 DEL R.D.1451/2005, DE 7-12?: SÍ / NO
D.N.I.
¿ESTA INCURSO EN ALGUNA DE LAS SITUACIONES PREVISTAS EN EL ART. 43.2 DEL R.D. 1451/2005, DE 7-12.?: SÍ / NO.
En caso afirmativo, marcar a continuación una X donde proceda:
a)
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
MODELO DE INSTANCIA CON EL QUE PARTICIPÓ (SEÑÁLESE LO QUE PROCEDA):
b)
NOMBRE
V-1
V-2
V-3
CUERPO PARA EL QUE PARTICIPÓ :
c)
CAUSA DE LA ALEGACIÓN (SEÑÁLESE LO QUE PROCEDA):
A) EXCLUSIÓN DEL CONCURSO
B) NO OBTENCION DE DESTINO
(A RELLENAR POR EL INTERESADO)
D.N.I.
PRIMER APELLIDO
Cuerpo para el que participa:
SEGUNDO APELLIDO
C) DISCONFORMIDAD EN EL DESTINO OBTENIDO
NOMBRE
(LAS ALEGACIONES SE DEBEN EXPONER DE FORMA CLARA Y SUCINTA, EXCLUSIVAMENTE EN EL APARTADO RESERVADO AL EFECTO. EN CASO DE MENCIÓN DE UN FUNCIONARIO AFECTADO INDICAR D.N.I.)
C: Si se acoge a la Base 5ª de la convocatoria debe especificar a continuación los apellidos y nombre y
el NIF del otro funcionario (Sólo peticiones condicionadas):
Situación Administrativa o forma de provisión: ([ X ] en el
recuadro que proceda).:
Exc. Vol. por interés particular Art. 506 e) LOPJ 19/2003
ALEGACIONES
CASO A)
Preferencias por Idioma: Especificar únicamente el Curso de nivel , perfil
o grado superior de los que se posean, señalando de 1 a 3 en la casilla
del ámbito de la C. A. para la que participa, según lo establecido en la
Base Tercera.2.
Exc. Vol. por agrupación familiar Art. 506 f) LOPJ
19/2003
Ámbito C.A. del País Vasco
Ámbito C.A. Valenciana
Suspensión de funciones Art. 506 g) LOPJ 19/2003
Ámbito C. A. de Cataluña
Ámbito C.A. Foral de Navarra
Reingreso Provisional Art. 69 R.D.1451/2005
Ámbito C.A. de Galicia
Ámbito C.A. de Baleares
CASO B) y C)
NÚMERO DE ORDEN DE LA CONVOCATORIA DEL DESTINO ADJUDICADO:
DENOMINACION DEL DESTINO ADJUDICADO:
Reordenación de efectivos Art. 52. c) R.D. 249/96
NÚMERO DE ORDEN DE LA CONVOCATORIA DEL DESTINO RECLAMADO:
DENOMINACION DEL DESTINO RECLAMADO:
Si se encuentra en la situación administrativa del art. 506 e) o f) LOPJ, especifique la fecha en que pasó a la misma: Día _______/ Mes _______/ Año _______/
P-1:Si se encuentra en reingreso provisional, y se acoge a la preferencia de la Base Segunda, punto 7, especifique la localidad de adscripción, acompañando documentación acreditativa en fotocopia compulsada: ____________________________________________
P-2: En caso de que quiera acogerse a la preferencia establecida en la Base Segunda, punto 10 de la convocatoria, por reordenación de
efectivos, indique a continuación el centro de trabajo y la localidad que desee: Centro de trabajo: __________________________________
Localidad: _____________________________________________________________
Dirección Pto. Trabajo actual o domicilio y teléfono o móvil:
Nº Orden de
preferencia
Nº orden de
convocatoria
Condición Nº Orden de
preferencia
Base 5ª
(Señálese X)
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
Señálese X)
Nº Orden de
preferencia
1
7
13
2
8
14
3
9
15
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
FECHA
FIRMA
DIRECCION (DONDE SE REMITIÓ LA INSTANCIA)
F0707949
4
10
16
5
11
17
6
12
Nº Orden de
preferencia
Nº orden de
convocatoria
Condición Nº Orden de
preferencia
Base 5ª
(Señálese X)
18
Nº orden de
convocatoria
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
Nº Orden de
preferencia
En
a
Nº orden de
convocatoria
de
Condición
Base 5ª
(Señálese X)
de
Firma:
Ministerio de Justicia- Subdirección General de medios personales al servicio de la Administración de Justicia.
Sección Concursos
C/ SAN BERNARDO, 21
28015 MADRID
.
RESOLUCION 470/2007, de 20 de abril, del Director de Recursos
Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la
que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión, mediante concurso
de meritos, de una vacante de Jefe de Unidad de Enfermería
del E.A.P. de Zizur Echavacoiz (número de plaza 66560) del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de
la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Por Resolución 1617/2006, de 6 de noviembre, del Director Gerente
del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprobó la convocatoria
para la provisión, mediante Concurso de Meritos, de una vacante de
Jefe de Unidad de Enfermería del E.A.P. de Zizur Echavacoiz (número
de plaza 66560) del Organismo Autónomo Servicio Navarro de SaludOsasunbidea. Dicha convocatoria se publicó en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 145, de 4 de diciembre de 2006.
Por Resolución 359/2007, de 26 de marzo, del Director de Recursos
Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprobó la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos de la misma.
Transcurrido el plazo de formulación de reclamaciones procede
aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos a la mencionada
convocatoria.
En virtud de las funciones atribuidas por Decreto Foral 45/2006, de
3 de julio por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de
Salud Osasunbidea.
RESUELVO:
1.º Aprobar la siguiente lista definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos a la convocatoria para la provisión, mediante concurso de
meritos, de una vacante de Jefe de Unidad de Enfermería del E.A.P.
de Zizur Echavacoiz (número de plaza 66560) del Organismo Autónomo
Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:
−Turno libre
Admitidos:
IRIBARREN IRURE, MARIA MERCEDES
Excluidos:
ARETA CEBRIAN, FERNANDO (1)
(Página 2 del Modelo V-3)
(1) No ser personal fijo de plantilla del E.A.P. para el que se convoca el puesto de trabajo.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
2.º El Tribunal queda compuesto por los siguientes miembros:
−Presidente: Doña Isabel Martín Montaner, Directora de Atención
Primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
−Suplente: Don Oscar Olmedo Cruz, Subdirector de Atención Primaria Navarra Este del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
−Vocal: Doña Ana Granados Hualde, designada por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
−Suplente: Doña M.ª Angeles Soto Araneta, designada por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
−Vocal: Doña Engracia Navarcorena Yániz, designada por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
−Suplente: Doña Carmen Gil Artaiz, designada por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
−Vocal: Doña Begoña Giménez Pardo, designada por los representantes de personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
−Suplente: -.
−Secretario: Doña Blanca Aranzueque Jiménez, Jefa de Servicio de
Personal de Atención Primaria.
−Suplente: Don Javier Ibáñez López-Vailo, Jefe de Sección de
Gestión de Personal de Atención Primaria.
3.º Tal como se establece en la base 6.1.1 de la convocatoria, los
aspirantes, en el plazo de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista definitiva, deberán presentar una
memoria-trabajo. (Se recomienda presentar un ejemplar en papel y otro
en soporte informático; diskete, CD, etc, o bien 5 ejemplares en papel).
4.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra.
5.º Trasladar la presente Resolución a los miembros titulares del
Tribunal, al Servicio de Gestión de Personal, Ingreso y Promoción y a
la Unidad de Tramitación de Convocatorias del Servicio Navarro de
Salud-Osasunbidea y al Secretario General Técnico del Departamento
de Salud, a los efectos oportunos.
Pamplona, 20 de abril de 2007.−El Director de Recursos Humanos
del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, Alberto Margallo Lana.
F0706795
RESOLUCION 609/2007, de 15 de mayo, del Director de Recursos
Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, por la
que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la provisión, mediante concurso
oposición, de 1 vacante de Jefe de Sección Asistencial de
Obstetricia del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de la Administración de la Comunidad Foral
de Navarra.
Por Resolución 452/2007, de 26 de febrero, del Director Gerente
del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprobó la convocatoria
para la provisión, mediante concurso oposición, de 1 vacante de Jefe
de Sección Asistencial de Obstetricia del Organismo Autónomo Servicio
Navarro de Salud-Osasunbidea. Dicha convocatoria se publicó en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra número 35, de 21 de marzo de 2007.
Por Resolución 527/2007, de 27 de abril, del Director de Recursos
Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprobó la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos de la misma.
Transcurrido el plazo de formulación de reclamaciones procede
aprobar la lista definitiva de admitidos y excluidos a la mencionada
convocatoria.
En virtud de las funciones atribuidas por Decreto Foral 45/2006, de
3 de julio por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de
Salud Osasunbidea.
RESUELVO:
1.º Aprobar la siguiente lista definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos a la convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición, de 1 vacante de Jefe de Sección Asistencial de Obstetricia del
Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:
Turno Libre
Admitidos:
LARRAÑAGA AZCARATE, CARLOS.
Excluidos: Ninguno.
2.º El Tribunal calificador queda compuesto por los siguientes
miembros:
Presidente: Don Ramiro González Fandós, Director del Hospital
Virgen del Camino.
Presidente suplente: Don Gonzalo Morales Blánquez, Director Médico del Hospital Virgen del Camino.
Vocal: Doña Victoria Goñi Yanguas, designada por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Vocal Suplente: Don César Poveda Navarro, designado por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
5619
Vocal: Don Ricardo Ezcurra Irure, designado por los representantes
de Personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.
Vocal Suplente: Don Javier Pérez Dettoma, designado por los representantes de Personal del Servicio Navarro de Salud- Osasunbidea
Secretario: Doña María José Cárcamo Casimiro, Directora de Personal del Hospital Virgen del Camino.
Secretario Suplente: Doña Blanca Aranzueque Jiménez, Jefa del
Servicio de Personal de Atención Primaria.
3.º Señalar el día 23 de mayo de 2007, a las 13 horas, en la Sala
de Juntas del Hospital Virgen del Camino, como fecha de comienzo del
primer ejercicio de la fase de oposición.
4.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra.
5.º Trasladar la presente Resolución a los miembros titulares del
Tribunal, al Servicio de Gestión de Personal, Ingreso y Promoción y a
la Unidad de Tramitación de Convocatorias del Servicio Navarro de
Salud-Osasunbidea y al Secretario General Técnico del Departamento
de Salud, a los efectos oportunos.
Pamplona, 15 de mayo de 2007.−El Director de Recursos Humanos
del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, Alberto Margallo Lana.
F0708113
RESOLUCION 689/2007, de 3 de mayo, del Rector en funciones de
la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca concurso para la contratación de 8 plazas de Profesor Contratado
Doctor Tipo 1 y 1 de Contratado Doctor Tipo 2.
Vistos los Programas de Ordenación Docente aprobados por los
Departamentos de la Universidad Pública de Navarra.
Vistas las peticiones tramitadas por los Departamentos y teniendo
en cuenta la política de promoción de profesorado que se recoge en el
Documento de Plantillas.
Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado el 23 de abril
de 2007 por el que se crearon nueve nuevas plazas de profesor contratado doctor.
Vistos los artículos 48 y siguientes de la Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades, que habilitan a las Universidades
a contratar en régimen laboral a personal docente e investigador.
Visto el Decreto Foral 194/2002, de 9 de septiembre, por el que se
autoriza a la Universidad Pública de Navarra la contratación de personal
docente e investigador.
Vista la resolución número 655/2004, de 19 de abril, por la que se
ordena la publicación del Acuerdo por el que se aprueba el Reglamento
de Contratación del Personal Docente e Investigador de la Universidad
Pública de Navarra.
Visto el informe económico emitido por el Jefe de la Sección de
Gestión de Personal que cuenta con el visto bueno de la Directora del
Servicio de Recursos Humanos.
Visto el informe y a propuesta del Vicerrector de Profesorado.
Informado por la Interventora.
En uso de las atribuciones que legalmente me han sido conferidas
por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra,
HE RESUELTO:
Primero.−Convocar concurso de acuerdo con las Bases que se adjuntan como Anexo I a esta Resolución y que forman parte de la misma.
Segundo.−El coste derivado de la contratación de profesorado deberá imputarse a las partidas habilitadas para tal fin en el Capítulo I de
los Presupuestos de 2007:
−Partida Profesores Contratados Doctores 21/21.00/131.04:
59.716,96 euros.
−Partida S. Social 21/21.00/160.00: 18.691,40 euros.
−Partida Profesores Contratados Doctores 21/21.009003/131.04:
8.087,40 euros.
−Partida S. Social 21/21.009003/160.00: 2.531,50 euros.
Tercero.−Ordenar la publicación de la presente Resolución en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Cuarto.−Trasladar la presente Resolución a la Dirección General de
Universidades y Política Lingüística del Gobierno de Navarra, al Consejo de Coordinación Universitaria, a los Directores de Departamento
afectados, al Vicerrectorado de Profesorado, a la Sección de Presupuestos y Planificación Económica, a la Sección de Contabilidad y al
Interventor.
Quinto.−Contra la presente Resolución cabe interponer con carácter
potestativo Recurso de Reposición ante el Rector; o directamente, Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes en el primer caso
y de dos meses en el segundo caso, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación.
Pamplona, 3 de mayo de 2007.−El Rector en funciones, Luis M.
Ezquerro Marín.
5620
Lunes, 21 de mayo de 2007
ANEXO I
Bases
Primera.−Convocatoria.
El Rectorado de la Universidad Pública de Navarra, de conformidad
con lo establecido en la Ley Orgánica de Universidades, en los Estatutos y en el Reglamento de Contratación de Personal Docente e Investigador, convoca a concurso las plazas de profesor contratado
doctor en régimen de contratación laboral que se relacionan en el
Anexo II.
Segunda.−Regulación del concurso.
Este concurso se regirá por lo establecido en el capítulo I del Título
IX de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
por los Estatutos de esta Universidad, por el Decreto Foral 194/2002,
de 9 de septiembre, por el que se autoriza a la Universidad Pública de
Navarra la contratación de personal docente e investigador, por el Reglamento de Contratación de Personal Docente e Investigador de esta
Universidad (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 56, de 10 de mayo de
2004) y por las bases contenidas en la presente convocatoria.
Tercera.−Requisitos de los aspirantes.
3.1. El cumplimiento de los requisitos para concursar relacionados
en las bases 3.2 y 3.3 deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso y
mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato.
3.2. Para ser admitido en este concurso deberán cumplirse los siguientes requisitos de carácter general:
a) Tener cumplidos los 18 años y no haber cumplido la edad de
jubilación.
b) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico exigido para la figura. En el caso de haber realizado sus estudios
fuera del Estado Español, la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio competente en la materia. En el caso de aspirantes con títulos de la Unión Europea se presentará bien la homologación, bien la credencial del reconocimiento dirigido al ejercicio de la
profesión de profesor de universidad.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física
o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes
a las plazas convocadas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme
o ejercer cargos o funciones declarados incompatibles con la docencia.
El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la ley
53/84, de 26 de diciembre, y de las normas de desarrollo, en materia
de incompatibilidades. En el caso de los aspirantes que no posean la
nacionalidad española el cumplimiento de este requisito comportará no
hallarse sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impidan
en su Estado el acceso a la función pública.
e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán
poseer un conocimiento adecuado del castellano para el desarrollo de
sus funciones.
f) Los aspirantes que soliciten plazas con capacitación lingüística
en euskera deberán cumplir lo establecido en el Acuerdo del Consejo
de Gobierno de fecha 25 de mayo de 2004, por el que se regula el
procedimiento para la valoración y acreditación de la capacitación lingüística del profesorado en aquellas plazas en las que se vaya a impartir docencia en euskera.
3.3. Requisitos de carácter específico para la figura de profesor
contratado doctor.
a) Plazas de Contratado Doctor Tipo 1: Ser doctor y acreditar al
menos 3 años de actividad docente e investigadora, o prioritariamente
investigadora, postdoctoral.
b) Plazas de Contratado Doctor Tipo 2: Ser doctor y acreditar al
menos 6 años de actividad docente e investigadora, o prioritariamente
investigadora, postdoctoral.
c) Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
Cuarta.−Solicitudes.
4.1. Quienes deseen tomar parte en los concursos presentarán
por cada plaza solicitada la correspondiente instancia bien en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra, o bien a través
de cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días hábiles a
partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se informa de que el horario del Registro General de la Universidad
Pública de Navarra es de 8,30 a 14,30 horas.
Las instancias, que se ajustarán al modelo establecido en el Anexo
III de esta convocatoria, irán acompañadas de la documentación que a
continuación se detalla:
B.O. de Navarra−Número 63
a) El resguardo que justifique el pago de 25 euros, en concepto
de tasa de acceso, de acuerdo a lo establecido en la Ley Foral 7/2001,
de 27 de marzo, de tasas y precios públicos de la Administración Foral
de Navarra. Dicha cantidad se ingresará en la cuenta corriente
3008.0001.18.0700190523 de Caja Rural de Navarra con la identificación de "Concurso profesorado contratado doctor".
Estarán exentos del pago de la tasa:
1) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33
por 100 que acrediten tal condición.
2) Las personas que figurasen inscritas como demandantes de
empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de
publicación del anuncio de la convocatoria, siempre que durante el periodo de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado,
ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones
de promoción, formación o reconversión profesional, lo que se acreditará mediante certificación expedida por la correspondiente Oficina de
Empleo.
Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso el abono de los derechos de participación supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
b) Fotocopia del D.N.I. o en el caso de extranjeros del documento
que acredite su identidad y fecha de nacimiento.
c) Original o fotocopia cotejada del título de doctor.
d) Original o fotocopia cotejada de la evaluación positiva de su
actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad
y Acreditación.
e) Certificación de la actividad docente e investigadora, o prioritariamente investigadora, postdoctoral, durante al menos 3 años en las
plazas de Profesor Contratado Doctor Tipo 1 y de 6 años para la plaza
de Profesor Contratado Doctor Tipo 2.
f) Original o fotocopia cotejada del expediente académico.
g) Currículum detallado del candidato. Sólo se considerarán los
méritos obtenidos hasta el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que se justifiquen documentalmente.
h) Certificación oficial acreditativa del nivel de conocimiento idiomático requerido.
4.2. Aquellos documentos acreditativos de los requisitos presentados en un idioma distinto de alguno de los oficiales de la Comunidad
Foral de Navarra, deberán ir acompañados de traducción por intérprete
jurado.
Quinta.−Relación de admitidos y excluidos.
5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Vicerrector
de Profesorado, en el plazo máximo de 10 días, hará público en el tablón de anuncios de la Universidad la lista provisional de admitidos y
excluidos en cada una de las plazas convocadas con indicación, en
este último caso, de la causa de exclusión.
Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional,
para subsanar los requerimientos o condiciones alegados en la solicitud
y no aportados por causas ajenas al interesado que hayan motivado la
exclusión u omisión.
Serán motivos de exclusión presentar la solicitud fuera del plazo
establecido, no poseer los requisitos que deben reunir para ocupar la
plaza a la que concursen o no presentar los documentos exigidos en la
base cuarta.
5.2. Concluido dicho plazo se publicará la relación definitiva de
admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de la Universidad.
5.3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5.b) de la Ley
30/1992, estas publicaciones sustituirán la notificación personal a los
interesados y producirán los mismos efectos que éstas.
5.4. Procederá la devolución de las tasas cuando no se realice su
hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto,
no procederá devolución alguna del importe de la tasa en los supuestos
de exclusión de las pruebas por causa imputable al interesado. Por
tanto, el supuesto tradicional de exclusión por no cumplir los requisitos
o no aportar los documentos exigidos en la convocatoria no dará lugar
a la devolución de la tasa.
Sexta.−Comisiones de contratación.
6.1. El concurso será juzgado por la correspondiente Comisión de
Contratación que, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de Contratación de Personal Docente e Investigador de la
Universidad Pública de Navarra, estará compuesta por cinco miembros.
6.2. La composición de cada Comisión de contratación es la que
figura en el Anexo V a esta Resolución.
6.3. A efectos de abstención y recusación de los miembros de la
comisión se estará a lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones
Pública y del Procedimiento Administrativo Común.
6.4. Las comisiones de contratación deberán constituirse por
todos sus miembros y con carácter previo al inicio de sus actuaciones
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Lunes, 21 de mayo de 2007
en un plazo máximo de tres meses contados a partir de la publicación
de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Una vez fijada
la fecha de constitución, el Presidente de la comisión la comunicará a
los aspirantes admitidos. En esta sesión de constitución, la comisión
realizará las siguientes actuaciones:
a) Se fijarán los criterios de aplicación del baremo en los que se
fundamentará la idoneidad de los concursantes y les dará publicidad
b) En las plazas de Profesor Contratado Doctor Tipo 1, se presentarán los candidatos admitidos que entregarán por quintuplicado un
programa detallado de una materia del área de la plaza objeto de concurso que incluya temario, bibliografía, objetivos y metodología docente,
los trabajos de investigación realizados y un proyecto de la actividad
investigadora que pretende realizar el aspirante.
Para la plaza de Profesor Contratado Doctor Tipo 2, los candidatos
entregarán por quintuplicado un resumen o guión del trabajo original
de investigación realizado por el candidato solo o en equipo. Además
entregarán por quintuplicado un proyecto docente que incluya temario,
bibliografía, objetivos y metodología docente con objeto de que sea
valorado en la segunda fase.
c) Se convocará a los concursantes para la prueba oral de la primera fase. La convocatoria fijará el lugar, día y hora en que tendrán
lugar las pruebas. Si hubiera más de un concursante se sorteará el
orden de actuación. La Comisión publicará la convocatoria de las
pruebas y el orden de actuación.
6.5. Los miembros de las comisiones de contratación percibirán
las gratificaciones por asistencias fijadas en la normativa de la Universidad Pública de Navarra.
Séptima.−Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los concursantes estará integrado
por dos fases:
7.1.1. Plazas de Profesor Contratado Doctor Tipo 1.
La primera fase consistirá en una exposición oral por el candidato
del programa docente y el proyecto investigador que ha presentado.
Dicha exposición tendrá una duración máxima de una hora. Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato durante un tiempo
máximo de dos horas todos los aspectos que estime relevantes en relación no sólo con los contenidos expuestos en la prueba oral sino con
cualquier extremo de la documentación presentada por el concursante.
7.1.2. Plazas de Profesor Contratado Doctor Tipo 2.
La primera fase consistirá en una exposición oral por el candidato
del trabajo original de investigación realizado solo o en equipo. Dicha
exposición tendrá una duración máxima de una hora. Seguidamente, la
Comisión debatirá con el candidato durante un tiempo máximo de dos
horas todos los aspectos que estime relevantes en relación no sólo con
los contenidos expuestos en la prueba oral sino con cualquier extremo
de la documentación presentada por el concursante.
Esta primera fase tendrá una puntuación máxima de 10 puntos,
quedando excluidos los concursantes que no obtengan un mínimo de
5 puntos. En las plazas de Profesor Contratado Doctor Tipo 1, a los
candidatos que acrediten estar habilitados para cualquier Cuerpo Docente Universitario en el área de conocimiento en la que está convocada la plaza, se les eximirá de la realización de esta prueba oral y se
les asignará directamente la puntuación máxima.
En la plaza de Profesor Contratado Doctor Tipo 2, a los candidatos
que acrediten estar habilitados para Profesor Titular de Universidad,
Catedrático de Escuela Universitaria o Catedrático de Universidad en
el área de conocimiento en la que está convocada la plaza, se les eximirá de la realización de esta prueba oral y se les asignará directamente la puntuación máxima.
Finalizada la primera fase, cada miembro de la Comisión entregará
al Presidente un informe razonado valorando los contenidos y la metodología expuestos por cada uno de los candidatos con asignación de
puntuación numérica. La Comisión establecerá, con la media de las
puntuaciones, una relación ordenada de los concursantes que, por superar el mínimo de puntuación establecido en el párrafo anterior, pasa
a la segunda fase.
7.2. En la segunda fase la Comisión de Contratación evaluará los
méritos docentes alegados y acreditados, el programa docente y el
proyecto investigador presentado por los aspirantes, de acuerdo con los
criterios de aplicación del baremo determinados en la sesión de constitución de la Comisión. La Comisión procederá a la valoración individualizada de cada candidato, motivada y con asignación de puntuación numérica. El baremo correspondiente a las plazas de profesor
contratado doctor es el que se establece en el Anexo IV de la presente
convocatoria.
Cada uno de los miembros de la Comisión valorará los méritos de
los candidatos y la media aritmética de las puntuaciones otorgadas a
cada concursante será la puntuación de esta fase.
7.3. La puntuación final será la suma de las puntuaciones numéricas de las dos fases. En caso de empate, los miembros de la Comisión realizarán una votación para decidir el orden de la relación de as-
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pirantes. En caso de que subsista el empate en esta votación dirimirá
el voto de calidad del Presidente.
Para que pueda realizarse propuesta de contratación será necesario
obtener una puntuación final igual o superior a 25 puntos.
Octava.−Propuesta de contratación.
8.1. Finalizadas las dos fases, y en el plazo de tres días hábiles
desde la fecha de celebración de la fase oral, la Comisión establecerá
una relación ordenada de los concursantes y presentará la propuesta
de contratación al Vicerrector de Profesorado a favor del candidato que
haya obtenido la mayor puntuación.
En ningún caso la propuesta de contratación podrá efectuarse a
favor de más candidatos que plazas objeto de concurso, pero sí un
número inferior a ellas, e incluso declarar desierto el concurso.
8.2. La Comisión de contratación publicará en el Tablón de Anuncios de la Universidad la propuesta de contratación y, en su caso, una
relación ordenada correlativamente de los aspirantes que hayan igualado o superado la puntuación mínima exigida. Dicha relación podrá ser
utilizada durante un año por la Universidad en caso de renuncia del
candidato propuesto.
8.3. No habiéndose presentado reclamaciones en el plazo establecido al efecto, el Rector dictará una resolución que contenga la propuesta de contratación. Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra
en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo,
contados ambos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución.
Novena.−Reclamaciones.
9.1. Los interesados podrán formular reclamación sobre la propuesta de contratación ante la Comisión de Reclamaciones prevista en
el artículo 84.3 de los Estatutos en el plazo de cinco días hábiles a partir
del día siguiente a la publicación de la propuesta de contratación.
9.2. Contra el acuerdo de la Comisión de Reclamaciones se podrá
interponer recurso de alzada ante el Rector. La resolución de este recurso de alzada agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución.
Décima.−Formalización y firma de los contratos.
10.1. En el plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente a la
fecha de publicación de la propuesta de contratación, los adjudicatarios
de las plazas deberán presentar en la Sección de Gestión de Personal
la documentación que a continuación se detalla, a fin de formalizar el
correspondiente contrato:
a) Fotocopia de la cartilla de afiliación al Régimen General de la
Seguridad Social.
b) Datos bancarios para el ingreso de la nómina.
c) Una fotografía reciente de tamaño carnet.
d) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.
10.2. Perderán su derecho de contratación quienes dentro del
plazo fijado, y salvo causas de fuerza mayor, no presenten la documentación, o quienes, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos para ocupar la plaza.
10.3. Los contratos laborales que se deriven de esta convocatoria,
estarán sujetos a lo establecido en los artículos 48 y siguientes de la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y, en lo no
previsto, con sujeción a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores
y en la normativa laboral que resulte de aplicación.
10.4. El contrato se realizará con carácter general por tiempo indefinido y no entrará en vigor antes del inicio del curso académico
2007/2008. El régimen de dedicación de los profesores contratados
doctores será a tiempo completo.
10.5. La firma del contrato tiene carácter personal e intransferible
y se efectuará en el Negociado de Gestión del Personal Docente e Investigador.
10.6. El contrato se firmará con carácter previo a la incorporación
a las tareas, en el plazo máximo de 10 días naturales contados desde
el siguiente al de la publicación de la resolución de la plaza.
10.7. El contratado deberá presentarse ante el Director del Departamento correspondiente e incorporarse a las tareas en la fecha del
inicio indicada en el contrato. De no incorporarse en la fecha de inicio
del contrato sin causa justificada a juicio de la Universidad Pública de
Navarra, el contrato quedará sin efecto anulándose todas las actuaciones.
10.8. En el caso de no producirse la firma del contrato o de no
incorporarse el contratado a las tareas, en los respectivos plazos indicados en los párrafos anteriores, se entiende que el interesado renuncia
a la plaza. En ambos casos se procederá al llamamiento del aspirante
siguiente en orden de la relación de suplentes propuesta para dicha
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Lunes, 21 de mayo de 2007
plaza por la Comisión de Contratación, el cual dispondrá del mismo
plazo para formalizar el contrato.
Undécima.−Protección de datos de carácter personal.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal ("Boletín Oficial del Estado" número 298, de 14 de diciembre), los datos facilitados por los aspirantes,
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pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya finalidad es la
gestión del personal de la Universidad Pública de Navarra, gestión de
la docencia e investigación, gestión de la participación del personal en
los servicios y actos universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero podrán ser tratados con fines históricos, estadísticos o científicos.
ANEXO II
Campus de Tudela
N.º PLAZA
3511
DEPARTAMENTO
CIENCIAS DE LA SALUD
CATEGORIA
AREA DE CONOCIMIENTO
Profesor contratado
Doctor 2
Anatomía y Embriología Humana
FUNCION DOCENTE
Anatomía y Embriología Humana
CAMPUS DE PAMPLONA
DERECHO PUBLICO
Profesor contratado
Doctor 1
Derecho Procesal
El propio del área
3513
DERECHO PUBLICO
Profesor contratado
Doctor 1
Historia del Derecho y de las Instituciones
El propio del Area con especial referencia
a la Historia del Derecho
3514
ESTADISTICA E INVESTIGACION OPERATIVA
Profesor contratado
Doctor 1
Estadística e Investigación Operativa
El propio del área
3515
GESTION DE EMPRESAS
Profesor contratado
Doctor 1
Comercialización e Investigación de Mercados
El propio del área
3516
INGENIERIA ELECTRICA Y Profesor contratado
ELECTRONICA
Doctor 1
Teoría de la Señal y Comunicaciones
Antenas
3517
MATEMATICAS
Profesor contratado
Doctor 1
Análisis Matemático
El propio del área
3518
PSICOLOGIA Y PEDAGOGIA
Profesor contratado
Doctor 1
Música
El propio del área. Historia de la música y
del folklore
3519
TRABAJO SOCIAL
Profesor contratado
Doctor 1
Trabajo Social y Servicios Sociales
Diagnóstico Social
3512
ANEXO III
ANEXO IV
Solicitud
Baremo para las plazas de profesor contratado doctor
SOLICITUD
PARA PARTICIPAR EN CONCURSO DE CONTRATACION DE PROFESORADO
IRAKASLEAK KONTRATATZEKO LEHIAKETAN PARTE HARTZEKO
ESKAERA ETA CURRICULUMA
DATOS PERSONALES / NORTASUN EZAUGARRIAK
Apellidos y Nombre / Deiturak eta Izena:
D.N.I. / N.A.N.:
Fecha de nacimiento / Jaioteguna:
Lugar de nacimiento / Jaioterria:
Provincia de nacimiento / Herrialdea:
Domicilio. Calle-Plaza / Helbidea. Kalea-Plaza
Tfno. de contacto / Harremanetarako tf.
Municipio / Udalerria
C.P./P.K.:
Provincia / Herrialdea:
SOLICITA / ESKATZEN DU
Cumplimente los datos de este apartado en relación con la convocatoria
Atal honetako datuak bete deialdiaren arabera
PLAZA Nº / LANPOSTU ZK.
DOTACION / KOPURUA:
FUNCION DOCENCIA / IRAKASLANA:
AREA DE CONOCIMIENTO / JAKINTZA ARLOA:
DEPARTAMENTO / SAILA:
CATEGORIA-TIPO DE PLAZA / MAILA-LANPOSTU MOTA:
TITULACION MINIMA EXIGIDA / BEHAR DEN TITULAZIOA GUTXIENEZ:
Comprometiéndose a desempeñar la plaza en el régimen de DEDICACION que figura en la convocatoria (Tiempo Completo, Tiempo Parcial,
etc.)
Deialdian agertzen den ARDURALDIAN (Denbora osoan, denbora ez osoan, e.a.) lanpostua beteko duela hitz ematen du.
* Deberá presentarse una instancia por cada plaza a la que se concurse / Lehiatzen den lanpostu bakoitzeko eskabide bat aurkeztu beharko da.
DECLARA bajo su responsabilidad QUE:
1º Los datos expuestos en esta solicitud y en el currículum que se acompaña son veraces como consta en la documentación que se adjunta.
2º Reúne el resto de requisitos generales para el acceso a puestos de trabajo de la Administración Pública (Art. 30 de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles
del Estado, Decreto 315/64 y concordante).
3º Se atiende a las normas sobre incompatibilidad, reguladas en la Ley 53/1984, de 23 de diciembre y Real Decreto 589/1985, de 30 de abril.
Bere ardurapean ADIERAZTEN DU:
1. Eskaera honetan eta berarekin batera doan Curriculum-ean aipatutako datuak benetakoak direla, eransten diren agirietan azaltzen diren moduan.
2. Administrazio Publikoko lanpostuak eskuratzeko gainontzeko betebeharrak biltzen dituela (Estatuko Funtzionari Zibilen Lege Artikulatuaren 30. Artikulua,
315/64 Dekretua eta konkordantea).
3. Bateraezintasunari buruzko arauak, Abenduaren 23ko 53/1984 legean eta Apirilaren 30eko 589/1985 Errege Dekretuan erregulatuak, aintzat hartzen
dituela.
En ....................................... a ........... de ........................... de 200...../..........................(e)an, 200........(e)ko ....................... aren........(e)an.
(firma / sinadura)
De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos
de carácter personal que usted cumplimente en este formulario serán recogidos en el fichero denominado “Sistema de Información de Recursos Humanos”,
creado por Resolución Nº 731/2005, de 29 de junio(BON nº 100, de 22 de agosto de 2005) cuya finalidad es la Gestión de Personal así como de los procesos
de selección del mismo, en los términos de la resolución citada.
Podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante instancia presentada en el Registro General de la Universidad Pública de Navarra,
remitiendo escrito al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad.
Norberaren Datuak Babesteari buruzko abenduaren 13ko 15/1999 Lege Organikoaren 5. artikuluan ezarritakoari jarraikiz, inprimaki honetan ematen dituzun
datu pertsonalak ekainaren 29ko 731/2005 Ebazpenaren bidez (NAO 100. zk., 2005eko abuztuak 22) sorturiko “Giza Baliabideetako Informazio Sistema”
fitxategian jasoko dira. Fitxategi horren helburua da Langileen Atalaren kudeaketa egitea, bai eta bere hautaketa-prozesuena ere, aipatu Ebazpenean
aurreikusitako moduan.
Sarbide, zuzenketa eta deusestatze-eskubideak erabili ahal izango dituzu, horretarako Unibertsitateko kudeatzaile jaunari zuzendutako idatzia aurkeztuz
Nafarroako Unibertsitate Publikoko Erregistro Orokorrean
EXCMO. Y MGFCO. SR. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA
NAFARROAKO UNIBERTSITATE PUBLIKOKO ERREKTORE JN. TXIT PRESTUA
Como criterio general, se valorarán los siguientes elementos, teniendo en cuenta siempre, en todos los apartados, la relación entre la
actividad y el perfil de la plaza:
a) Actividades de Investigación y publicaciones científicas (máximo 16 puntos).
b) Actividades docentes universitarias debidamente justificadas
con el oportuno contrato y con informe de valoración de dicha actividad
(máximo 8 puntos).
c) Proyecto docente (máximo 3 puntos). Debe incluir temario, bibliografía, objetivos y metodología docente.
d) Expediente académico (máximo 3 puntos). La valoración de la
nota media se calculará de acuerdo al siguiente criterio, aplicado de
forma proporcional:
Se valorará el Aprobado con 1 punto, Notable: 2 puntos, Sobresaliente: 3 puntos y Matrícula de honor: 4 puntos. La puntuación global
resultante se dividirá por el número de asignaturas cursadas sin que
se tengan en cuenta a estos efectos los "no presentados" y los "suspensos".
En el caso de los planes de estudios estructurados en créditos la
media del expediente se calculará sumando los productos de las calificaciones de cada asignatura multiplicados por su número de créditos
y dividiendo tal suma por el número total de créditos.
e) Otros méritos (máximo 2 puntos). En este apartado se valorarán, a criterio de la Comisión, la actividad profesional no universitaria,
idiomas, cursos de especialización recibidos, estancias en el extranjero,
otras titulaciones, becas, premios y cualesquiera otros datos que el
concursante aporte.
ANEXO V
N.º plaza: 3511
Departamento: Ciencias de la Salud
Area: Anatomía y Embriología Humana
Perfil: Anatomía y Embriología Humana
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 2
Dotación: 1
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Campus de Tudela
Comisión Titular
Presidente: Dr. M. Concepción Reblet López, (CU Universidad del
País Vasco)
Vocal 1.º: Dr. Juan Manuel Casas Fernández de Tejerina (PTU
Universidad Pública de Navarra)
Vocal 2.º: Dra. Trinidad Herrero Ezquerro. (CU Universidad de
Murcia)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. José Ramón Mérida Velasco (CU de la Universidad Complutense de Madrid)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Emilio Artacho Perula
(PTU Universidad de Castilla-La Mancha)
Comisión suplente 1
Presidente: Dr. José Luis Bueno López (CU Universidad del País
Vasco)
Vocal 1.º: Dr. Héctor Ortiz Hurtado (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 2.º: Dr. D. José Ramón Sañudo Tejero. (PTU Universidad
Autónoma de Barcelona)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Juan Antonio Mérida Velasco (CU de la Universidad de Granada)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dra. M.ª Pilar Marcos
Rabal (PTU Universidad Castilla-La Mancha)
Comisión suplente 2
Presidente: Dra. Rene Sarrat Torreguitart (CU Universidad de Zaragoza)
Vocal 1.º: Dr. Francisco Guillén Grima (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 2.º: Dr. Enrique Blanco Barco. (PTU Universidad de Salamanca)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Gundela Meyer.(CU de la
Universidad de La Laguna)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dra. Teresa Vázquez
Osorio (PTU Universidad Complutense de Madrid)
N.º plaza: 3512
Departamento: Derecho Público
Area: Derecho Procesal
Perfil: El propio del Area.
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1
Dotación: 1
Comisión Titular
Presidente: Dr. Martín Razquin Lizarraga (PTU de la Universidad
Pública de Navarra)
Vocal 1.º: Dr. Manuel Richard González (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 2.º: Dr. José Francisco Alenza García (PTU Universidad Pública de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Valentín Cortes Domínguez
(CU de la Universidad Autónoma de Madrid)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Pedro Moreno Meyernhoff (PTU Universidad de Lleida)
Comisión suplente 1
Presidente: Dr. José María Rifá Soler (CU de la Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 1.º: Dr. José Luis González Montes (CU Universidad de Granada)
Vocal 2.º: Dr. Fernando Jiménez Conde (CU Universidad de Murcia)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Juan Damián Moreno (CU
de la Universidad de la Autónoma de Madrid)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dra. Regina Garcimartín
Montero (PTU Universidad de Zaragoza)
5623
Comisión suplente 2
Presidente: Dr. Juan Carlos Sáenz García de Albizu (CU de la Universidad Pública de Navarra)
Vocal 1.º: Dr. Rafael Lara González (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 2.º: Dr. Angel Bonet Navarro(CU Universidad de Zaragoza)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Ignacio María Díez-Picazo
Giménez (CU de la Universidad Complutense de Madrid)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Fernando Castillo Rigabert (PTU Universidad de Murcia)
N.º plaza: 3513
Departamento: Derecho Público
Area: Historia del Derecho y de las Instituciones
Perfil: El propio del área con especial referencia a la Historia del
Derecho
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1
Dotación: 1
Comisión Titular
Presidente: Dr. Gregorio Monreal Zía (CU de la Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 1.º: Dr. Juan Baro Pazos (CU Universidad de Cantabria)
Vocal 2.º: Dr. Tomás Montagut y Estragues (CU Universidad
Pompeu I Fabra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Francisco Pacheco Caballero (CU de la Universidad de Barcelona)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Santos Coronas González (CU Universidad de Oviedo)
Comisión suplente 1
Presidente: Dr. José María Pérez Collazos (CU de la Universidad
de Girona)
Vocal 1.º: Dr. David Torres Sanz (CU Universidad de Valladolid)
Vocal 2.º: Dr. Juan Luis Arrieta Alberdi (CU Universidad del País
Vasco)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Manuel Juan Peláez Albendea (CU de la Universidad de Málaga)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dra. Virginia Tamayo Salaberría (PTU Universidad País Vasco)
Comisión suplente 2
Presidente: Dr. Ricardo Gómez Rivero (CU de la Universidad Miguel
Hernández de Elche)
Vocal 1.º: Dr. Gustavo Villapalos Salas (CU de la Complutense de
Madrid)
Vocal 2.º: Dr. Miguel Angel González de San Segundo (CU Universidad de Zaragoza)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Antonio Pérez Martín (CU
de la Universidad de Murcia)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dra. Margarita Serna Vallejo (PTU Universidad de Valladolid)
N.º plaza: 3514
Departamento: Estadística e Investigación Operativa
Area: Estadística e Investigación Operativa
Perfil: El propio del Area.
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1
Dotación: 1
Comisión Titular
Presidente: Dr. Antonio Pérez Prados (CU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 1.º: Dra. Carmen García Olaverri (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 2.º: Dr. Fermín Mallor Giménez (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Francisco Javier Yáñez
Gestoso (PTU de la Universidad Complutense de Madrid)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Fernando Plo Alastruey
(PTU Universidad de Zaragoza)
5624
Lunes, 21 de mayo de 2007
Comisión suplente 1
Presidente: Dr. José A. Cristóbal Cristóbal (CU Universidad de Zaragoza)
Vocal 1.º: Dr. Javier Faulín Fajardo (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 2.º: Dra. M.ª Dolores Ugarte Martínez (PTU Universidad Pública de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dra. Carmen Noemí Zoroa
Alonso (PTU de la Universidad de Murcia).
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Gerardo Sanz Sáiz
(PTU Universidad de Zaragoza)
Comisión suplente 2
Presidente: Dr. Jesús Manuel Artalejo Rodríguez (CU Univesidad
Complutense de Madrid)
Vocal 1.º: Dra. Ana Fernández Militino (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 2.º: Dra. M.ª Luisa Eraso Goicoechea (PTU Universidad Pública de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. José Miguel Angulo Ibáñez
(CU de la Universidad de Granada)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Manuel Molina Fernández (CU Universidad de Extremadura)
B.O. de Navarra−Número 63
Comisión Titular
Presidente: Dr. Alfonso Carlosena García (CU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 1.º: Dr. Rafael Cabeza Laguna (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 2.º: Dr. Carlos Del Río Bocio (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. José Oriol Sallent Roig
(PTU de la Universidad Politécnica de Cataluña)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Alberto Aguasca Sole
(PTU Universidad Politécnica de Cataluña)
Comisión suplente 1
Presidente: Dr. Mario Sorolla Ayza, (CU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 1.º: Dr. Luis Javier Serrano Arriezu (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 2.º: Dra. Sonia Porta Cuéllar (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dra. Victoria E. Sánchez Calle
(PTU de la Universidad de Granada)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Carlos Dehesa Martínez (CU Univesidad de Valladolid)
Comisión suplente 2
N.º plaza: 3515
Departamento: Gestión de Empresas
Area: Comercialización e Investigación de Mercados
Perfil: El propio del Area
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1
Dotación: 1
Comisión Titular
Presidente: Dr. José Miguel Múgica Grijalba (CU Universidad Pública de Navarra)
Vocal 1.º: Dra. M.ª Luisa Villanueva Orbaiz (PTU Universidad Pública de Navarra)
Vocal 2.º: Dra. Margarita Elorz Domezain (PTEU Universidad Pública de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Joaquín Aldas Manzano
(PTU de la Universidad de Valencia)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dra. M.ª Jesús Yagüe
Guillén (CU Universidad Autónoma de Madrid)
Comisión suplente 1
Presidente: Dr. Ignacio Cruz Roche (CU Universidad Autónoma de
Madrid)
Vocal 1.º: Dr. José Javier Cebollada Calvo (PTU Universidad Pública de Navarra)
Vocal 2.º: Dr. Ildefonso Grande Esteban (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Luis Ignacio Alvarez González (PTU de la Universidad de Oviedo)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dra. Carmen Berné Manero (PTU Universidad de Zaragoza)
Comisión suplente 2
Presidente: Dr. Enrique Bigné Alcañiz (CU Universidad de Valencia)
Vocal 1.º: Dra. M.ª Mercedes Sánchez García (PTU Universidad
Pública de Navarra)
Vocal 2.º: Dra. Katrín Simón Elorz (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Salvador Del Barrio García
(PTU de la Universidad de Granada)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Pablo Muñoz Gallego
(PTU Universidad de Salamanca)
N.º plaza: 3516
Departamento: Ingeniería Eléctrica y Electrónica
Area: Teoría de la Señal y Comunicaciones
Perfil docente: Antenas
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1
Dotación: 1
Presidente: Dr. Pablo Laguna Lasaosa (CU Universidad de Zaragoza)
Vocal 1.º: Dr. Jordi Romeu Robert (CU Universidad Politécnica de
Cataluña)
Vocal 2.º: Dr. Antonio Jesús López Martín (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. David Agapito Sánchez
Hernández (PTU de la Universidad Politécnica de Cartagena)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Gabriel Montoro López
(PTU Univesidad Politécnica de Cataluña)
N.º plaza: 3517
Departamento: Matemáticas
Area: Análisis Matemático
Perfil: El propio del Area
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1
Dotación: 1
Comisión Titular
Presidente: Dr. Esteban Induráin Eraso (CU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 1.º: Dr. Bienvenido Cuartero Ruiz (CU Universidad de Zaragoza)
Vocal 2.º: Dra. M.ª Camino Leránoz Istúriz (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Juan Eugenio Mateu Bennassar (PTU de la Universidad Autónoma de Barcelona)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Tomás Domínguez
Benavides (CU Universidad de Sevilla)
Comisión suplente 1
Presidente: Dr. Manuel Sanchis López (CU Universidad Jaume I de
Castellón)
Vocal 1.º: Dr. Jesús Bastero Elizalde (CU Universidad de Zaragoza)
Vocal 2.º: Dr. Julio Bernués Pardo (PTU Universidad de Zaragoza)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dra. Victoria Melián Pérez
(PTU de la Universidad Autónoma de Madrid)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Fernando Cobos Díaz
(CU Universidad Complutense de Madrid)
Comisión suplente 2
Presidente: Dr. Salvador Hernández Muñoz (CU Universidad Jaume
I de Castellón)
Vocal 1.º: Dr. José E. Galé Gimeno (PTU de la Universidad de Zaragoza)
Vocal 2.º: Dr. Manuel Bello Hernández (PTU Universidad de La
Rioja)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. José Javier Mendoza
Casas (PTU de la Universidad Complutense de Madrid)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Pascual Cutillas Ripoll
(CU Universidad de Salamanca)
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
N.º plaza: 3518
Departamento: Psicología y Pedagogía
Area: Música
Perfil: El propio del Area. Historia de la música y el Folklore.
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1
Dotación: 1
Comisión Titular
Presidente: Dr. Emilio Casares Rodicio (CU Universidad Complutense de Madrid)
Vocal 1.º: Dr. Ramón Sobrino Sánchez (PTU Universidad de
Oviedo)
Vocal 2.º: Dr. Francésc D'Assis Cortes Mir (PTU Universidad Autónoma de Barcelona)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Juan José Carreras López
(PTU de la Universidad de Zaragoza)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Soterraña Aguirre
Rincón (PTU Universidad de Valladolid)
Comisión suplente 1
Presidente: Dra. M.ª Antonia Virgili Blanquet (CU Universidad de
Valladolid)
Vocal 1.º: Dr. Javier Suarez Pajares (PTU Universidad Complutense
de Madrid)
Vocal 2.º: Dr. Luis Miguel Gracia Iberni (PTU Universidad Complutense de Madrid)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dra. M.ª Encina Cortizo Rodríguez (PTU de la Universidad de Oviedo)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Carmelo Caballero
Fernández-Rufete (CU Univesidad de Valladolid)
Comisión suplente 2
Presidente: Dr. Angel Medina: Alvarez (CU Universidad de Oviedo)
Vocal 1.º: Dr. José Antonio Gómez Rodríguez (PTU Universidad de
Oviedo)
Vocal 2.º: Dr. Enrique Cámara de Landa. (PTU Universidad de Valladolid)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dra. Marta Cureses De la Vega
(PTU de la Universidad de Oviedo)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dra. María Nagore Ferrer
(PTU Universidad Complutense de Madrid)
N.º plaza: 3519
Departamento: Trabajo Social
Area: Trabajo Social y Servicios Sociales
Perfil: Diagnóstico Social.
Categoría: Profesor Contratado Doctor Tipo 1
Dotación: 1
Comisión Titular
Presidente: Dr. Antonio Gorri Goñi (CU de la Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 1.º: Dr. Jesús Hernández Aristu (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 2.º: Dr. Miguel Laparra Navarro (PTU Universidad Pública de
Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Jacint Jordana Casajuana
(CU de la Universidad Pompeu Fabra)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Rafael Aliena Miralles
(PTEU Universidad de Valencia)
Comisión suplente 1
Presidente: Dra. Carmen Barranco Expósito (CU Universidad de La
Laguna)
Vocal 1.º: Dr. Juan Jesús Viscarret Garro (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 2.º: Dr. José María Uribe Oyarbide (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Francisco José Llera Ramo
(CU de la Universidad del País Vasco)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Juan Lacomba Vázquez (PTEU Universidad de Valencia)
5625
Comisión suplente 2
Presidente: Dra. M.ª Asunción Martínez Román (CU Universidad de
Alicante)
Vocal 1.º: Dra. Camino Oslé Guerendiain (PTEU Universidad Pública de Navarra)
Vocal 2.º: Dra. María Jesús Uriz Pemán (PTU Universidad Pública
de Navarra)
Vocal 3.º: (Sorteo Com. Académica) Dr. Javier López Facal (PI de
la Organización Central, CSIC)
Vocal 4.º: (Designa Comité de Empresa) Dr. Antonio Gutiérrez Resa
(CEU Universidad Nacional de Educación a Distancia)
F0707582
RESOLUCION de 26 de abril de 2007, del Presidente de la Cámara
de Comptos de Navarra, por la que se aprueba la convocatoria
para la provisión, mediante concurso de traslado de tres vacantes de técnico de auditoría al servicio de la Cámara de
Comptos de Navarra, una de ellas con conocimiento de vascuence.
El Presidente de la Cámara de Comptos de Navarra, en fecha 26
de abril de 2007, ha adoptado la siguiente resolución:
Vistos los informes del Secretario General y de la Administradora
de la institución relativos a la provisión de tres plazas vacantes de
Técnico de Auditoría, una de ellas con conocimiento de vascuence,
previstas en la plantilla orgánica de la Cámara de Comptos de Navarra
para 2007 que cuentan, asimismo, con los informes favorables de los
Servicios Jurídicos y de Intervención de la institución, esta Presidencia,
HA RESUELTO:
Primero.−Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de tres vacantes de Técnico de Auditoría, una de
ellas con conocimiento de vascuence, al servicio de la Cámara de
Comptos de Navarra, que se ajustará a las bases que a continuación
se adjuntan.
Segundo.−Disponer la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 26 de abril de 2007.−El Presidente, Luis Muñoz Garde.
CONVOCATORIA
La presente convocatoria se ajustará a las siguientes bases:
Base 1.ª Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante
concurso de traslado, de tres vacantes de Técnico de Auditoría, una
de ellas con conocimiento de vascuence, al servicio de la Cámara de
Comptos de Navarra.
1.2. El concurso de traslado se llevará a cabo con sujeción a lo
dispuesto en el Estatuto del Personal del Parlamento de Navarra de 21
de marzo de 1991 y en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en el Parlamento de Navarra, mediante concurso de traslado,
aprobado por Acuerdo de la Mesa del Parlamento, del pasado 26 de
febrero. Supletoriamente, se aplicará lo dispuesto en el Decreto Foral
Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el texto
refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas de Navarra y en el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos
de Trabajo dictado para su desarrollo y ejecución.
1.3. Los aspirantes que resulten nombrados en virtud de la presente convocatoria ejercerán las funciones y tendrán los derechos y
deberes que se establecen para los funcionarios de la Cámara de
Comptos de Navarra y, en concreto, para los pertenecientes al puesto
de trabajo de Técnico de Auditoría.
Sus funciones serán las establecidas en el artículo 11 del Reglamento de Organización de la Cámara de Comptos de Navarra,
aprobado mediante Resolución de su Presidente de 16 de febrero de
2007 (BOPN número 19, de 2 de marzo de 2007), entre las que se incluyen: analizar y revisar con carácter general, siguiendo los criterios
que los Auditores les señalen, aspectos referentes a las cuentas, estados financieros, control interno y organización en general, eficacia y
eficiencia de los centros, organismos y dependencias que en cada
momento sean objeto de control; informar a los Auditores de las conclusiones y resultados a que llegasen en el ejercicio de sus funciones
y todas aquellas de apoyo y colaboración que, dentro de sus competencias, pudiesen serles encomendadas por el Auditor del que dependan.
A la persona que resulte nombrada para el puesto de Técnico de
Auditoría con conocimiento de vascuence le corresponderá, cuando sea
necesario, el ejercicio de las funciones de técnico de auditoría que se
desarrollen en vascuence, o requieran el conocimiento de esta lengua
para su desempeño.
1.4. Las plazas estarán encuadradas en el nivel B de la actual
clasificación de puestos de trabajo y dotadas con las retribuciones co-
5626
Lunes, 21 de mayo de 2007
rrespondientes al mismo, así como con los complementos que se especifican en la Plantilla Orgánica vigente de la Cámara de Comptos de
Navarra.
1.5. Las plazas objeto de la presente convocatoria podrán completarse posteriormente con las que estén vacantes el día en que el
Tribunal calificador dé traslado al órgano convocante de la relación de
concursantes por orden de puntuación obtenida.
Base 2.ª Condiciones que han de reunir los candidatos.
2.1. Conforme a lo establecido en el artículo 26 del Estatuto del
Personal del Parlamento de Navarra, la provisión de dichas vacantes
se realizará mediante concurso de traslado, en el que podrán participar
los funcionarios del Parlamento de Navarra y de la Administración de
la Comunidad Foral de Navarra, que estén en la situación de servicio
activo, servicios especiales o excedencia especial, siempre que reúnan
en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los
siguientes requisitos:
a) Ser funcionario encuadrado en el nivel B.
b) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero o Arquitecto Técnico, o titulaciones oficialmente declaradas como
equivalentes, o haber superado los estudios completos de tres cursos
de una facultad o escuela técnica superior oficialmente reconocida.
c) Haber sido nombrado para un puesto de trabajo de Técnico de
Auditoría.
Los funcionarios en situación de excedencia forzosa o voluntaria sin
reserva de plaza podrán participar en el concurso, siempre que reúnan
los requisitos exigidos en la convocatoria, obteniendo de esa forma el
reingreso en el servicio activo y la adjudicación definitiva de una plaza.
d) En el caso de que se opte a la plaza para la que el conocimiento de euskera constituye requisito específico: estar en posesión del
Certificado de Aptitud-Ciclo Superior en vascuence, expedido por una
escuela oficial de idiomas, de una institución oficialmente reconocida
como equivalente, o bien superar una prueba que determine la posesión del nivel lingüístico suficiente.
2.2. Las anteriores condiciones deberán ser acreditadas en el
plazo y forma previstos en la Base 3.ª de la presente convocatoria y su
cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes. Asimismo, los aspirantes deberán reunir
los requisitos a que se refiere el apartado 1 de esta Base 2.ª durante
todo el tiempo que dure el procedimiento de provisión, entendiendo que
éste finaliza en el momento del nombramiento.
Base 3.ª Solicitudes y plazo para su presentación.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso de traslado deberán presentar la correspondiente solicitud, en forma de instancia,
según modelo oficial (anexo II a la presente convocatoria), en la que
harán constar nombre, apellidos, edad, número de documento nacional
de identidad, domicilio y teléfono, en su caso.
3.2. A la solicitud deberán adjuntarse:
−Los documentos acreditativos de que se reúnen todos y cada uno
de los requisitos a los que se refiere la Base 2.ª de la presente convocatoria.
−Relación ordenada de méritos alegados, clasificados de acuerdo
con el baremo a que se hace referencia en el anexo I y documentación
acreditativa de los mismos debidamente autenticada.
−Certificado de Aptitud-Ciclo Superior o la titulación equivalente a
que se refiere la Base 2.1.d) anterior, o manifestar el deseo de someterse a una prueba que determine si el aspirante tiene el nivel lingüístico
suficiente.
3.3. Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo Señor Presidente
de la Cámara de Comptos de Navarra y se presentarán en el Registro
General de la Cámara de Comptos de Navarra en días y horas hábiles,
en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente
al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra.
Las solicitudes para participar en esta convocatoria podrán presentarse también por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.
Base 4.ª Admisión de candidatos.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Cámara de Comptos de Navarra aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, la cual se hará pública en el Boletín
Oficial del Parlamento de Navarra. En esta lista constarán el nombre y
los apellidos de los candidatos admitidos.
4.2. Los interesados podrán interponer, en el plazo de cinco días
naturales a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial
del Parlamento, las reclamaciones que consideren oportunas contra la
lista provisional y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran
incurrido.
B.O. de Navarra−Número 63
4.3. Si no existiesen aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva de admitidos y se ordenará su publicación en
el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra.
4.4. Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo
establecido, el Presidente de la Cámara de Comptos de Navarra dictará
resolución declarando desierto el concurso. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Navarra y en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra.
4.5. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas
éstas, el Presidente de la Cámara de Comptos de Navarra aprobará la
lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín
Oficial del Parlamento. Si ningún candidato fuese admitido, el concurso
será declarado desierto.
Base 5.ª Composición, constitución y actuación del Tribunal calificador.
5.1. El Tribunal que ha de juzgar el concurso de méritos estará
compuesto por los siguientes miembros:
Presidente:
−María Asunción Olaechea Estanga, Auditora de la Cámara de
Comptos de Navarra.
Suplente: Jesús Muruzabal Lerga, Auditor de la Cámara de Comptos de Navarra.
Vocales:
−Begoña Herrera Isasi, Técnica de Auditoría de la Cámara de
Comptos, designada por su Presidente, al renunciar la Junta de Personal de la institución a su derecho de nombramiento.
−Suplente: Xavier Iñigo Marticorena Chapa, Técnico de Auditoría
de la Cámara de Comptos, designado por su Presidente, al renunciar
la Junta de Personal de la institución a su derecho de nombramiento.
−Luis Ordoki Urdazi, Letrado de la Cámara de Comptos de Navarra,
que actuará como secretario del Tribunal.
Suplente: José Luis Ezquerro Royo, Letrado de la Cámara de
Comptos de Navarra.
5.2. El Tribunal calificador deberá constituirse dentro de los cinco
días siguientes a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.
La constitución exigirá la presencia de la mayoría de sus miembros.
5.3. Las actuaciones del Tribunal exigirán la asistencia de la mayoría de sus miembros.
Sus resoluciones se adoptarán por mayoría de votos, pudiendo el
Presidente hacer uso del voto de calidad.
5.4. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación y aplicación de las bases de la presente convocatoria, así
como con lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal.
Base 6.ª Calificación de méritos.
6.1. Los méritos alegados y justificados se calificarán y puntuarán
por el Tribunal de acuerdo con el baremo que figura en el Anexo número I de la presente convocatoria.
6.2. Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente en el momento de presentar cada aspirante su instancia
solicitando tomar parte en el presente concurso de traslado.
El Tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios
sobre los méritos alegados por los concursantes.
6.3. En ningún caso el Tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y que no hubiese sido
acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los
apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.
6.4. Los empates que se produzcan en la puntuación de los concursantes se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor antigüedad en la prestación de servicios a las Administraciones Públicas.
Si persistiese el empate, éste se dirimirá en favor del concursante de
mayor edad.
6.5. Terminada la calificación de los méritos, el Tribunal hará públicas en el Tablón de Anuncios de la Cámara de Comptos de Navarra
las puntuaciones obtenidas por los participantes y abrirá un plazo de
cinco días para que los interesados puedan alegar lo que a su derecho
convenga en relación con la valoración de los méritos.
Base 7.ª Relación ordenada de aspirantes y adjudicación de la
plaza.
7.1. Una vez resueltas las reclamaciones a las que se refiere la
Base 6.5, el Tribunal remitirá la lista de aspirantes, ordenados conforme
a la puntuación obtenida, al Presidente de la Cámara de Comptos de
Navarra, quien adoptará, en su caso, la resolución oportuna en relación
con la ampliación de las plazas inicialmente convocadas. Asimismo, el
Presidente ordenará la publicación de la lista en el Boletín Oficial del
Parlamento de Navarra.
7.2. El Presidente de la Cámara de Comptos de Navarra adjudicará las plazas vacantes a los candidatos que hubiesen obtenido mayor
puntuación y ordenará la publicación del nombramiento en el Boletín
Oficial del Parlamento de Navarra y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Base 8.ª Ocupación de la plaza.
8.1. El concursante que resulte nombrado deberá ocupar la plaza
dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación del acuerdo
de nombramiento.
8.2. El concursante que no tome posesión en el plazo señalado,
salvo caso de fuerza mayor suficientemente justificada, se entenderá
que renuncia a los derechos derivados de las actuaciones del concurso,
cubriéndose, en tal caso, las plazas por el aspirante que ocupe el siguiente lugar en la lista a que se refiere la base anterior.
Base 9.ª Documentación aportada.
9.1. La documentación aportada podrá retirarse por los aspirantes,
siempre que no se haya interpuesto reclamación o recurso, previa petición expresa en tal sentido. La solicitud de retirada podrá presentarse
durante un plazo de tres meses, una vez transcurridos previamente
otros tres desde la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de
Navarra de la Resolución de adjudicación.
9.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior sin
haber solicitado la retirada de la documentación, se entenderá que el
aspirante renuncia a su recuperación, decayendo en su derecho a ello
y procediéndose a su destrucción.
9.3. Cuando exista reclamación o recurso, la documentación
aportada será retenida para su comprobación y estudio. Su retirada se
producirá en el momento en que la tramitación de la reclamación o recurso lo permita.
Base 10.ª Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases, el acuerdo de nombramiento y demás acuerdos que adopte el Presidente de la Cámara
de Comptos de Navarra en relación con la presente convocatoria cabe
interponer, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Cámara de Comptos de Navarra en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente a la notificación o publicación del acto o acuerdo.
b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación
o notificación del acuerdo.
Contra los demás actos de aplicación de la presente convocatoria
que adopte el Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada
ante el Presidente de la Cámara de Comptos de Navarra en el plazo
de un mes a partir del día siguiente a la publicación o notificación del
acto o acuerdo.
Pamplona, 26 de abril de 2007.−El Presidente, Luis Muñoz Garde.
ANEXO I
Baremo para la valoración de méritos
a) Servicios prestados a las Administraciones Públicas. Hasta 25
puntos.
La valoración de los servicios prestados a las Administraciones Públicas se realizará atendiendo a la antigüedad reconocida a la fecha de
publicación de la correspondiente convocatoria, a razón de 1 punto por
año.
Notas:
1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al periodo en que se hayan
prestado servicios.
2.ª La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 25 puntos.
3.ª En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.
4.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la
fecha de publicación de la convocatoria.
5.ª Los periodos en los que el funcionario haya estado en situación
de servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán
como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el
momento de acceso a dichas situaciones.
b) Formación, docencia e investigación. Hasta 15 puntos.
1) Participación en acciones formativas organizadas por organismos o centros públicos y Universidades: 0,10 puntos por cada crédito académico o su equivalente (10 horas lectivas), hasta un máximo
de 7 puntos.
Notas:
1.ª Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten
de los cursos a valorar.
2.ª Los certificados en que no consta duración de horas lectivas
se valorarán como de 1 crédito.
3.ª Los certificados en que la duración que conste sea de un año
académico se valorarán como de 12 créditos.
4.ª Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aún no cumpliendo los requisitos en cuanto al
5627
organismo organizador, hayan sido realizados por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente
entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los
Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.
5.ª No se valorarán dentro de este apartado los estudios conducentes a la obtención de un título académico, tanto universitario como
no universitario.
2) Presentación de ponencias o comunicaciones en congresos o
jornadas, realización de trabajos científicos o de investigación becados
o premiados y publicación de trabajos en revistas especializadas, así
como traducciones publicadas: Hasta un máximo de 4 puntos, a valorar
por el Tribunal calificador, teniendo en cuenta el carácter individual o
colectivo del trabajo o actividad, así como el ámbito local, regional, nacional o internacional del congreso o de la publicación.
3) Organización y/o participación docente en acciones formativas
en el ámbito del sector público: hasta un máximo de 4 puntos, a valorar
por el Tribunal calificador en función de la duración de las mismas.
Notas a todo el apartado b):
1.ª Unicamente se valorarán dentro de este apartado aquellos
méritos que guarden relación con el puesto de trabajo objeto de la
convocatoria.
2.ª La puntuación máxima de este apartado b) no podrá ser superior a 15 puntos.
c) Otros méritos a valorar por el Tribunal. Hasta un máximo de 5
puntos.
1. Titulaciones superiores diferentes a la exigida en la convocatoria: hasta 1 punto.
2. Titulaciones de grado medio diferentes a la exigida en la convocatoria: hasta 0,50 puntos.
3. Grado de doctor sobre la titulación exigida en la convocatoria:
hasta 1 punto.
4. Conocimiento de vascuence y de otros idiomas: hasta 1 punto
por idioma.
Notas al apartado c):
1.ª El conocimiento de idiomas deberá acreditarse con certificado
oficial de la Escuela Oficial de Idiomas o expedido por entidad pública
acreditada, en el que conste la titulación o nivel alcanzado.
2.ª En el caso de cursos completos de idiomas superados o de
estudios universitarios que no permitan la obtención de ninguna titulación oficial, el Tribunal podrá acordar otorgar una puntuación a los
mismos, proporcional a la prevista para la titulación correspondiente.
ANEXO II
Modelo de instancia
Don/Doña ............................, de ...... años de edad, provisto/a de
D.N.I. ................., con domicilio en ..............., calle .................., número
......., piso ......, código postal .......... y teléfono ........., con el debido
respeto,
Expone:
Que, habiendo tenido conocimiento de la Resolución del Presidente
de la Cámara de Comptos de Navarra del día 26 de abril de 2007, por
la que se aprueba la convocatoria de concurso de traslado para proveer
tres plazas vacantes de Técnico de Auditoría, una de ellas con conocimiento de vascuence, desea tomar parte en la misma.
Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base
2.ª de la convocatoria en el momento en que expira el plazo señalado
para la presentación de solicitudes.
Para los que opten a la plaza para la que el conocimiento de vascuence es requisito imprescindible: Que solicita realizar la prueba de
suficiencia lingüística a los efectos previstos en la convocatoria. (Sólo
en el caso de no poder acreditar los conocimientos de vascuence con
la titulación exigida).
En virtud de lo expuesto, a V. E.,
Solicita:
Ser admitido/a a la convocatoria a que se refiere la presente instancia, adjuntando la documentación exigida por la misma y la justificativa de los méritos alegados.
Pamplona, ...................... de ........... de 2007
F0707256
CONVOCATORIA del Instituto Navarro de Administración Pública,
de las pruebas específicas para la valoración de idiomas, a
efectos de la provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra. Indicación de lugar, fechas, solicitantes y cómputo de la valoración.
El Instituto Navarro de Administración Pública convoca pruebas específicas destinadas a la valoración de los conocimientos lingüísticos
de vascuence, inglés, francés y alemán del personal al servicio de las
Administraciones Públicas de Navarra (Resolución 20/2007, de 2 de
marzo).
5628
Lunes, 21 de mayo de 2007
Lugar: todas las pruebas se realizarán en el INAP, calle Navarrería
39, C.P. 31001 Pamplona.
Fechas:
Vascuence:
Prueba escrita y oral: 7 de junio, 9:00 horas.
Si por problemas de tiempo no se pudieran hacer las pruebas orales
a todos los participantes, las restantes se realizarán el día siguiente.
Lugar: Aula "Pedro Mayo 3".
Inglés:
Prueba escrita y oral: 28 de junio, 9:00 horas.
Si por problemas de tiempo no se pudieran hacer las pruebas orales
a todos los participantes, las restantes se realizarán el día siguiente.
Lugar: Aula "Pedro Mayo 1".
Francés:
Prueba escrita y oral: 26 de junio, 9:00 horas.
Si por problemas de tiempo no se pudieran hacer las pruebas orales
a todos los participantes, las restantes se realizarán el día siguiente.
Lugar: Aula "Pedro Mayo 1".
Alemán:
Prueba escrita y oral: 6 de junio, 10 horas.
Si por problemas de tiempo no se pudieran hacer las pruebas orales
a todos los participantes, las restantes se realizarán el día siguiente.
Lugar: Aula Virtual
Solicitudes admitidas:
Vascuence:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
25.
AGINAGA GOIKOETXEA, IÑAKI
ALONSO ASTONDOA, FERMIN
ARRILLAGA ARIZAGA, MAITE
BERASAIN ERRO, AINARA
BERRADE GOYENA, NATIVIDAD
CARTON COSTA, JAIONE
CIA DIAZ, MAITE
CRESPO ROJAS, MARINA
DIAZ MARTINEZ, SANTOS
ERVITI LARREA, GARBIÑE
FERNANDEZ MUÑOZ, MARIA NATIVIDAD
GIL OLARRA, CRISTINA
GONZALEZ TAMAYO, JUAN
ILUNDAIN AVELLANEDA, MARIA
LARRAYOZ NAVARRO, IZASKUN
LOIDI GOÑI, M.ª PILAR
LOPETEGUI BRIONES, XABIER
LUIS MONTERO, M. ISABEL
MARTIN MANSO, ANA
MENDINUETA IRIBARREN, PEDRO MARIA
MICHAUS BERAZA, MARIA LUISA
SANTESTEBAN VIDAURRE, JUAN LUIS
SARA BENEDE, EDUARDO
TORREA LLUS, ANA ISABEL
URBIETA ZUÑIGA, M.ª MILAGROS
30.
31.
32.
33.
34.
35.
36.
37.
38.
39.
40.
41.
42.
43.
44.
45.
46.
47.
48.
49.
50.
51.
52.
53.
54.
B.O. de Navarra−Número 63
LANDA PASQUEL, ANA
LUQUIN SAINZ, M.ª FELISA
MARTIN MANSO, ANA
MARTINEZ RUBIO, M.ª PILAR
MARTINEZ MONREAL, ERNESTO
MELERO MAGALLON, DANIEL
MENA ZABALA, AMAYA
MONTON CONDON, SOLEDAD
ORCARAY ITURMENDI, JOSE MIGUEL
PELARDA AZQUETA, IÑIGO
PEREZ DE OBANOS SALA, RAUL
RUIZ IRURITA, AMAYA
SAIZ FERNANDEZ, MIGUEL
SAN MARTIN DUBLAN, RITA
SANTISTEBAN GARATE, ANA CARLOTA
SENOSIAIN LANZ, PURI
SERRANO BERRADRE, ARANTZA
TORREA LLUS, ANA ISABEL
TURUMBAY RANZ, FRANCISCO JAVIER
UNANUA ALBENIZ, PAULA
URDANOZ EZCURRA, CRISTINA
URRA RUETE, ARACELI
VELASCO GARNICA, SARA
VILCHES PLAZA, MIKEL
ZUNZARREN LUSARRETA, JESUS
Francés:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
ALLI TURRILLAS, IGNACIO
ARELLANO OLLOQUI, LEONOR
ARRASTIA MARTINEZ, PABLO
AYARRA ULLATE, JAVIER
BANDRES ARANA, MARIA
BERZAL FERNANDEZ, MARIA
BLANCO RODRIGUEZ, YOLANDA
BLANCO ANSORENA, ANA
CABELLO RUIZ, SERGIO
CALAHORRA VILLANUEVA, JAVIER
CASTILLO CHAURRONDO, MARIA SOLEDAD
EQUIZA AZCONA, ANA
EZPELETA IRAIZOZ, ITZIAR
GARCIA DE GALDIANO USUA, RODRIGO
IRIARTE BEROIZ, ANA
JIMENEZ BUÑUALES, LUIS
MENA ZABALA, AMAYA
PEREZ DE OBANOS SALA, RAUL
ROMANO BASARTE, CRISTINA
UGALDE ADIN, FRANCISCO JAVIER
URRESTARAZU ONDARRA, JUAN LUIS
VICENTE ERREA, JUAN MIGUEL
VILLALON DE HERNANDEZ, MARIA LORENA
YARNOZ ABADIA, JOSE ALBERTO
Alemán:
1. ERICE ECHEGARAY, M.ª ASUNCION
Cómputo de la valoración:
A efectos de la validez de la valoración que otorga el Instituto Navarro de Administración Pública, el plazo de cuatro años a que se refiere el artículo 5.2 de la Orden Foral 18/2004, de 8 de marzo, del
Consejero de Presidencia Justicia e Interior, comenzará a computar el
último día de los fijados en esta convocatoria para la realización de las
pruebas correspondientes a cada idioma.
Pamplona, 9 de mayo de 2007.−El Director-Gerente, Ignacio Bandrés Urriza.
F0707957
Inglés:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
25.
26.
27.
28.
29.
ALLI TURRILLAS, IGNACIO
ARTECHE EGUIZABAL, LOREA
ASIAIN ALBISU, JOSEBA
BERCHE ORIOL, ROBERTO
BERISTAIN REMENTERIA, XABIER
BLANCO RODRIGUEZ, YOLANDA
BRAVO VALLEJO, BEGOÑA
BURGOS ROYO, ANA CARMEN
CILVETI LOPERENA, RUBEN
CORRETGE ARRASTIA, JUAN CARLOS
CRESPO ROJAS, MARINA
CUPEIRO MARTIN, SOLEDAD PALOMA
DE CARLOS IZQUIERDO, MARIA MERCEDES
DIAZ MARTINEZ, SANTOS
DOMINGUEZ LAFUENTE, MONTSERRAT
EQUIZA AZCONA, ANA
EZPELETA IRAIZOZ, ITZIAR
FARO BUENO, JUAN JOSE
FERRER CHAVARRIA, MIGUEL ANGEL
GAINZA ORDOQUI, JOSE MARIA
GARCIA DE GALDIANO USUA, RODRIGO
GARRALDA LIBERAL, CARLOS JAVIER
GOIKOETXEA IRIGOIEN, GENTZANE
GONZALEZ MARTINEZ, M.ª CARMEN
GONZALEZ ODERIZ, JOSE MARIA
HERNANDEZ ARMENDARIZ, BEATRIZ
IRIARTE BEROIZ, ANA
JIMENEZ URQUIJO, ANA JESUS
LABIANO ELCANO, JOSE LUIS
1.3. OTRAS DISPOSICIONES
1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas
ORDEN FORAL 74/2007, de 4 de abril, del Consejero de Cultura y
Turismo-Institución Príncipe de Viana, para la aprobación de la
Convocatoria de Ayudas e Entes Locales y Consorcios Turísticos para realización de pequeñas inversiones en infraestructuras turísticas.
El Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana
contrató en 2004 la realización de un Plan de Marketing Turístico dirigido al fortalecimiento y promoción del sector turístico. Dicho plan de
marketing se plasmó en un documento de diagnóstico de la situación
y un plan operacional que se viene desarrollando desde entonces. Entre
las necesidades que se observaron en su momento está la mejora de
la señalización turística, y en este sentido se viene ejecutando un plan
de señalización turística propia del Departamento y se prevé aprobar
en breve un "Manual de Señalización Turística" al objeto de homogeneizar la del conjunto de Navarra y servir de modelo en sus actuaciones
también a Entes Locales y Consorcios.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Igualmente, de resultas de dicho Plan de Marketing se han creado
diferentes "Clubes de Producto".
Por otro lado el Gobierno de Navarra presentó en 2006 el "Plan
estratégico del Pirineo" y desde el propio Departamento de Turismo se
ha impulsado un nuevo "Plan de Desarrollo Turístico" como continuación al Plan Estratégico 2001-2006.
En este sentido y previendo que todos estos planes deberán verse
plasmados en inversiones concretas realizadas no sólo por el propio
Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana o
Gobierno de Navarra, si no también por las Entidades Locales y Consorcios, se considera procedente abrir una convocatoria de ayudas dirigida a apoyar las iniciativas que en este sentido tengan tanto Entidades Locales como Consorcios Turísticos. Como quiera, por otro lado,
que este tipo de inversiones necesitan de plazos de ejecución que habitualmente superan el año se entiende necesario contemplarlo tanto
en los presupuestos de 2007 como en los de 2008.
A tal fin de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley Foral
8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra, se han
establecido por el Gobierno de Navarra, mediante Acuerdo de 19 de
marzo de 2007, los importes máximos dentro de los cuales el Departamento puede adquirir compromisos de gastos con cargo a los presupuestos de los años 2007 y 2008.
En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 73/2005, de 16 de mayo, artículo 2.2.a), por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana,
ORDENO:
1. Aprobar la convocatoria de ayudas a Entes Locales y Consorcios Turísticos para pequeñas inversiones en infraestructuras turísticas
y las bases reguladoras de las mismas, que se recogen en el anexo a
esta Orden Foral correspondientes a 2007 y 2008.
2. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria que se
recogen en el Anexo I de esta Orden Foral.
3. Autorizar el gasto correspondiente para hacer frente a esta
convocatoria por los importes máximos que seguidamente se detallan
con cargo a las partidas del Presupuesto de Gastos de 2007 y 2008:
Ejercicio: 2007. Importe: 154.000,00. Partida: A10001 A1120 7609
432303 "Desarrollo de productos turísticos".
Ejercicio: 2008. Importe: 300.000,00. Partida: Partida paralela a
A10001 A1120 7609 432303.
4. Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Fomento y
Ordenación del Sector Turístico, al Negociado de Gestión Económica
y a la Intervención Delegada de Economía y Hacienda en el Departamento, a los efectos oportunos.
5. Publicar esta Orden Foral y su anexo en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra.
Contra la presente Orden Foral cabe interponer Recurso de Alzada
ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente al de su notificación.
Pamplona, cuatro de abril de 2007.−El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.
ANEXO
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a Entidades
Locales y Consorcios Turísticos de Navarra para inversiones en
pequeñas infraestructuras turísticas
1.−Objeto de la ayuda.
Serán objeto de subvención los siguientes proyectos de inversión
ejecutados entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de noviembre de 2008.
1. Inversiones asociadas a clubes de producto que esté implantando la Dirección General de Turismo. Estas inversiones deberán
contar con informe favorable del Servicio de Promoción e Imagen Turística.
2. Inversiones turísticas asociadas a planes estratégicos del Gobierno de Navarra.
3. Inversiones en señalización turística siempre que se ajusten al
Plan de Señalización Turística de la Dirección General de Turismo.
4. Inversiones asociadas al plan de desarrollo turístico de Navarra.
En las infraestructuras se tratará de emplear materiales y productos
ambientalmente correctos (materiales reciclados, elementos reutilizados, aislantes térmicos o materiales refractarios que ayuden a reducir
pérdidas y optimizar el consumo de energía, pinturas y barnices sin
metales pesados ni compuestos peligrosos, al agua, con pigmentos
naturales, con emisión mínima de COV, elementos sanitarios con dispositivos de ahorro de agua, con mecanismos limitadores de caudal
...etc.). Si se trata de edificios de nueva planta, se contemplarán las
exigencias establecidas en el Código Técnico de Edificación, se evaluarán las posibles afecciones medioambientales, se implementarán las
medidas necesarias para evitarlas o minimizarlas y se tratarán de integrar criterios de eficiencia energética y medidas medioambientales cui-
5629
dando aspectos como, orientación del edificio, diseño arquitectónico,
construcción sana e instalaciones eficientes provistas, en lo posible de
energía procedente de fuentes renovables.
Asimismo se preverán sistemas de gestión, de los residuos procedentes tanto de las obras como del uso y mantenimiento de las instalaciones, que posibiliten la recogida selectiva.
En la señalización se emplearán, en lo posible, materiales y productos ambientalmente correctos (materiales reciclados, elementos reutilizados, pinturas y barnices sin metales pesados ni compuestos peligrosos).
En la instalación de las señales y en el mantenimiento de sus zonas
adyacentes no se emplearán abrasivos químicos ni fitosanitarios.
Estas inversiones, cuando proceda, deberán llevar incorporadas un
plan de gestión y explotación de la infraestructura turística resultante.
Para que los proyectos de inversión sean subvencionables deben
suponer una inversión mínima de 6.000 euros y no superar la cuantía
de 120.000 euros, en ambos casos incluido el IVA.
2.−Presupuesto.
El importe máximo de esta convocatoria es de 154.000,00 euros con
cargo a la partida A10001 A1120 7609 432303 "Desarrollo de productos
turísticos" del Presupuesto de Gastos de 2007 y de 300.000,00. euros
con cargo a la partida paralela de 2008. Estas cantidades podrán ser
incrementadas, en su caso, con remanentes de otras partidas vinculadas.
3.−Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las Entidades Locales de
Navarra y los Consorcios Turísticos con domicilio en Navarra que estén
debidamente registrados en el Registro de Turismo de Navarra en el
momento de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Si en el proyecto participan varias entidades se designará a una de
ellas como único representante ante el Gobierno de Navarra, presentando éste una única solicitud y siendo el único destinatario de la ayuda
finalmente concedida.
Para proyectos participados por varios consorcios, éstos presentarán el proyecto en una única solicitud, indicando la parte de proyecto
que aborda cada uno. Los beneficiarios, en este caso, de la ayuda
serán cada uno de los consorcios participantes por la parte individual
del proyecto asumida.
Se considerará como entidad participante aquélla cuya participación
económica en el proyecto alcance un 10% del coste total del mismo.
4.−Importe de las ayudas.
En el marco de esta autorización se establece esta línea de ayudas
que consistirá en una subvención de un 50% si la inversión se localiza
en el ámbito territorial de un solo ente local y del 60% si se extiende
al territorio de más de 1 ente local.
5.−Baremo.
Para establecer orden de prioridades en orden a la concesión de
ayudas hasta agotar la cantidad señalada en el punto 2.º de la presente
convocatoria de aplicará el siguiente baremo:
Se otorgarán 10 puntos:
−Si se trata de inversiones asociadas al plan de desarrollo turístico.
−Si se trata de inversiones en señalización de recursos turísticos.
Se otorgarán 8 puntos:
−Si se trata de inversiones asociadas a Clubes de producto de la
D.G. de Turismo.
−Si se trata de inversiones asociadas a planes estratégicos del
Gobierno de Navarra.
−Estos puntos se incrementarán en.
3 puntos por cada uno de los siguientes conceptos:
−Si la inversión contempla recuperación de bienes de interés cultural para uso turístico.
−Si incorpora medidas de accesibilidad global.
−Si se proveen de energías procedentes de fuentes renovables.
2 puntos:
−Si recupera bienes que no reúnan el carácter a que se refiere el
punto anterior.
6.−Conceptos subvencionables.
Se subvencionará el coste de las inversiones realizadas, incluido el
Impuesto sobre el Valor Añadido. No obstante, no se subvencionará la
parte correspondiente a este impuesto cuando el mismo pueda ser deducido por la entidad beneficiaria.
Si el proyecto de inversión en infraestructura turística se engloba
dentro de un proyecto más amplio que no tiene carácter turístico, sólo
se subvencionará la parte correspondiente a la infraestructura turística.
7.−Solicitudes y documentación.
Para cada proyecto de inversión se presentará una única solicitud,
según modelo y con el contenido establecido por el Departamento de
Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, en el Registro del De-
.
.
.
.
5630
Lunes, 21 de mayo de 2007
partamento Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (Parque Tomás
Caballero, Edificio Fuerte del Príncipe II, 31005 Pamplona), o en cualquier otro de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El formulario de solicitud puede obtenerse en el Servicio de Fomento y Ordenación del Sector Turístico y
en Internet en la dirección: www.navarra.es/home−es/Catalogo+de+
servicios/Ayudas/
La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
−En el supuesto de que en el proyecto participen varias entidades,
documento firmado por los representantes legales de todas las entidades participantes en el que designen la entidad que asume la ejecución del proyecto y a quién se abonará la subvención en su caso. Se
deberá especificar además el porcentaje de participación en el mismo
de cada una de ellas.
−Certificado en el que conste el acuerdo de financiación previsto
adoptado por los órganos competentes de las entidades participantes.
−Memoria del proyecto contemplando los siguientes aspectos: características del mismo y, en su caso, medidas medioambientales
planteadas.
−En el supuesto de solicitar puntuación adicional por la utilización
de energías procedentes de fuentes renovables será necesario memoria y presupuesto emitido por un instalador autorizado.
−En el supuesto de solicitud de puntuación por la inclusión de medidas de accesibilidad global (adicionales a lo establecido en la Ley de
Barreras Físicas y Sensoriales) informe emitido por organizaciones dedicadas a la protección de los derechos de personas discapacitadas.
−Presupuesto desglosado global.
−Plan de viabilidad económico-financiero cuando proceda.
−Plan de gestión de las inversiones cuando proceda.
−Cronograma de ejecución de la inversión.
−Otros documentos que considere de interés presentar el solicitante.
Si la solicitud no reuniera los requisitos indicados o resultara incompleta, el órgano competente requerirá al interesado para que la
subsane en el plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir de
la notificación del requerimiento, indicándole que si no lo hiciere se le
tendrá por desistido de su solicitud y se dictará resolución de archivo
del expediente.
8.−Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes, a partir
del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra. En el supuesto de que existiera crédito suficiente
se abrirá un nuevo plazo de presentación de solicitudes entre el 15 de
septiembre y el 15 de octubre. La apertura de dicho plazo se publicará
en la página web del Gobierno de Navarra. www.navarra.es/home−es/
Catalogo+de+servicios/Ayudas/
9.−Tramitación y resolución.
La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de
concurrencia competitiva por lo que las mismas se asignarán, una vez
comprobado que la documentación está completa, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, y de acuerdo con el baremo señalado en la base 5.ª y en tanto exista consignación presupuestaria.
Realizada dicha evaluación el Servicio de Fomento y Ordenación
del Sector Turístico, elevará al órgano de resolución la correspondiente
propuesta.
La resolución se notificará en un plazo de cuatro meses desde la
fecha de presentación de la solicitud. La falta de resolución en este
plazo tendrá efectos desestimatorios.
El plazo para resolver quedará interrumpido cuando por el órgano
competente se soliciten aclaraciones o documentación complementaria,
por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su
efectivo cumplimiento por el destinatario o, en su defecto, el transcurso
del plazo concedido.
10.−Abono de las ayudas.
10.1. Anticipo.
El Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana
abonará al Consorcio u Ente Local, en concepto de anticipo hasta un
50% de la subvención imputable a cada actuación, quedando el 50%
restante pendiente hasta la justificación documental de los gastos de la
misma.
10.2. Abono.
Finalizada la infraestructura objeto de subvención, el beneficiario
deberá justificar en el plazo de un mes la inversión realizada, y en todo
caso antes del 15 de diciembre del año en que se ha previsto su finalización. A tal fin deben presentar el formulario establecido al efecto y
con la documentación que se exige en el mismo, que puede obtenerse
en el Servicio de Fomento y Ordenación del Sector Turístico y en la
B.O. de Navarra−Número 63
dirección de Internet: www.navarra.es/home−es/Catalogo+de+ servicios/Ayudas/
Tras las comprobaciones necesarias, se dictará la resolución de
abono.
Si la ejecución del proyecto es inferior al 80%, el Departamento de
Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana podrá considerar que
el proyecto no se ha ejecutado con el alcance exigido, y procederá a
anular la subvención concedida, requiriendo el anticipo realizado.
11.−Obligaciones de los beneficiarios.
El beneficiario de las ayudas queda obligado a:
−Ejecutar las inversiones objeto de subvención y justificarlas en el
plazo establecido en esta Convocatoria mediante la presentación de las
correspondientes facturas (original y copia o copia compulsada) que
deberán ajustarse, en su caso, Decreto Foral 205/2004, de 17 de mayo
por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y los correspondientes documentos bancarios
justificativos del pago. Estos justificantes deben ir numerados correlativamente y acompañados con el formulario que al respecto facilitará el
Servicio de Fomento y Ordenación del Sector Turístico.
−Cuando las actividades hayan sido financiadas además de con la
subvención con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación
de tales fondos a las actividades subvencionadas.
−Facilitar las comprobaciones de la efectiva realización de las inversiones y el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
−Mantener los bienes objeto de subvención afectos a la actividad
turística de la zona durante un plazo mínimo de siete años, y sin ser
objeto de transmisión a terceros salvo lo establecido en el artículo 28.
de la Ley Foral de Subvenciones. Este plazo se contará desde la puesta
en marcha de las inversiones.
−Dar publicidad mediante la colocación de una placa de que la inversión realizada ha sido subvencionada por el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, y en el material de promoción, si se realiza, hacer constar la marca turística de la Comunidad
Foral de acuerdo con las normas establecidas en el manual de imagen
de la Dirección General de Turismo. Se facilitará modelo de placa.
−Asumir, en su caso, el mayor coste de la inversión.
−Gestionar, en su caso, por si mismos o a través de terceros la
actividad objeto de subvención durante un plazo mínimo de 7 años.
−Contrato escrito en el supuesto de que la actividad subcontratada
sea superior a 60.000 euros.
−Las demás obligaciones establecidas en la Ley Foral 11/2005, de
9 de noviembre, de Subvenciones.
12.−Compatibilidad de las ayudas.
Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otra que puedan
recibir los beneficiarios para el mismo proyecto de cualquier otra Administración o Departamento del Gobierno de Navarra distinto de la
Dirección General de Turismo. No obstante, si el importe de todas las
subvenciones recibidas para un proyecto excede del coste del mismo
deberán reintegrar el exceso.
13.−Cancelación de ayudas, infracciones y sanciones.
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la base novena, el falseamiento o tergiversación que la entidad beneficiaria realice
de los datos e informaciones por ella facilitados, la obstrucción a las
labores de comprobación y el ocultamiento de los hechos o circunstancias determinantes para la concesión y abono de las ayudas dará
lugar a la anulación de los beneficios concedidos y, en su caso, a la
devolución de los ya disfrutados y a la exigencia del interés de demora.
Igualmente procederá el reintegro en los supuestos y con las consecuencias previstas en el Título II de la Ley Foral 11/2005, de 9 de
noviembre, por la que se regula el régimen general para la concesión,
gestión y control de las subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral.
La comisión por el beneficiario de cualquiera de las infracciones
previstas en el artículo 42 de la citada Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en su
artículo 43, previa tramitación del correspondiente expediente sancionador.
14.−Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de aplicación
cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de
Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
F0706252
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
1.3.6. Otros
RESOLUCION 130/2007, de 26 de abril, del Director del Servicio de
Integración Ambiental, por la que se somete a información pública el Estudio de Afecciones Ambientales el proyecto de ampliación de un parque solar fotovoltaico en las parcelas 231,
232 y 233 del polígono 1 del término municipal de Murchante,
promovido por Ingeniería Medioambiental Helios, S.L.
Esta actividad se encuadra en el anexo 2. C, apartado I) de la Ley
Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental y por lo tanto está sometida a Autorización de Afecciones Ambientales.
Visto el informe del Servicio de Integración Ambiental donde se
analiza la documentación presentada y dadas las características del
proyecto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27.2 de la Ley Foral
4/2005, se propone someter a información pública el expediente por un
plazo de treinta días.
En virtud de las atribuciones asignadas en base al artículo 35.3 de
la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la
Comunidad Foral de Navarra,
5631
RESUELVO:
1.º Someter a información pública durante el plazo de treinta días
hábiles el expediente del Estudio de Afecciones Ambientales del proyecto de ampliación de un parque solar fotovoltaico en las parcelas 231,
232 y 233 del polígono 1 del término municipal de Murchante, promovido por Ingeniería Medioambiental Helios, S.L., de acuerdo con lo
previsto en el artículo 27.2 de la Ley Foral 4/2005.
A estos efectos, el expediente estará disponible en el Departamento
de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Avenida del
Ejército, 2 de Pamplona) y en el Ayuntamiento de Murchante en horas
hábiles de oficina, pudiendo presentarse por escrito, durante dicho período, cuantas alegaciones se consideren oportunas.
2.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para
general conocimiento.
3.º Notificar esta Resolución al Servicio de Integración Ambiental,
al Ayuntamiento de Murchante, y al interesado a los efectos oportunos.
Pamplona, 26 de abril de 2007.−El Director del Servicio de Integración Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.
F0707343
II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS
DISPOSICIONES GENERALES
ARTAJONA
Aprobación definitiva la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas
por la prestación del servicio de asistencia y estancia,
en la escuela infantil de 0-3 años de Artajona
El pleno del Ayuntamiento de Artajona, en sesión celebrada el pasado 26 de enero de 2007, aprobó inicialmente la Ordenanza Fiscal
reguladora de las tasas por la prestación de servicio de asistencia y
estancia, en la escuela infantil de 0-3 años de Artajona.
Habiendo transcurrido el período de información pública de treinta
días hábiles, contados a partir de la publicación del correspondiente
anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra (número 25, de 26 de febrero
de 2007), y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, sin que se
hayan formulado ningún tipo de reclamaciones, reparos u observaciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 325 y 326
de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de
Navarra, el acuerdo de aprobación inicial pasa a ser definitivo, procediéndose a la publicación del texto íntegro de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicio de asistencia y estancia, en la escuela infantil de 0-3 años de Artajona.
Lo que publica para general conocimiento de los interesados.
Artajona, 10 de abril de 2007.−El Teniente-Alcalde, José Luis Usar
Ripero.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS
POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ASISTENCIA
Y ESTANCIA EN LA ESCUELA INFANTIL DE 0 A 3 AÑOS,
DEL AYUNTAMIENTO DE ARTAJONA
Fundamento
Artículo 1. La presente exacción se establece de acuerdo con lo
dispuesto en la Sección 7ª, Capítulo IV, Título Primero de la Ley Foral
2/1995, de las Haciendas Locales de Navarra, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 100 de la misma.
Obligación de pago
Artículo 2. Estarán obligados al pago de la tasa los padres, tutores
o representantes legales de los menores beneficiarios del servicio de
Escuela Infantil de 0 a 3 años del Ayuntamiento de Artajona y que ostenten la patria potestad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
162 CC (Código Civil).
Normas de gestión y recaudación
Artículo 3.1. El pago de la tasa se realizará por mensualidades
completas vencidas, siendo condición previa a la admisión del interesado en la Escuela Infantil de 0 a 3 años del Ayuntamiento de Artajona,
la presentación de la documentación requerida y pago del último recibo
requeridos en la matrícula.
Artículo 3.2. Los ingresos familiares que sirven de base para la
determinación de las tarifas, son la totalidad de los obtenidos por los
miembros de la familia. Por ingresos familiares se entiende la base imponible de la unidad familiar de la última declaración del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas.
En caso de no estar obligados a presentar declaración del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas, deberán aportar:
−Certificado del Gobierno de Navarra, que justifique la no obligación
de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física.
−Informe de la vida laboral de los padres, tutores o representantes
legales de los menores solicitantes del servicio de Escuela Infantil y los
documentos que se consideren necesarios para poder determinar los
ingresos familiares (certificados de salarios, pensiones, TC2, etcétera).
Aplicación de las tarifas
Artículo 4.1. Las tarifas a aplicar serán las que cada año apruebe
el Gobierno de Navarra para los Centros de Educación Infantil acogidos
a los convenios entre el Departamento de Educación y las Entidades
Locales, que en el momento actual vienen establecidas en la resolución
23/2006, de 24 de enero, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales del Departamento de Educación, por la que se
establecen las tarifas de las familias para el curso 2006-2007 de los
centros de atención a niños/as de 0-3 años de titularidad municipal, financiados mediante convenios con el Departamento de Educación, regulados por la Orden Foral 41/2005, de 28 de febrero, del Consejero
de Educación, o en su caso por la normativa que a tal efecto, en sustitución de las mismas, se apruebe por el Gobierno de Navarra.
El Ayuntamiento procederá a modificar las tarifas cada vez que el
Gobierno de Navarra fije nuevas tarifas, antes del inicio del curso a que
estén referidas.
Artículo 4.2. A quienes no presenten, dentro del plazo que se establezca, la última declaración de la renta o los justificantes de los ingresos indicados, no sean considerados suficientes, se les aplicará la
cuota máxima.
Artículo 4.3. La obligación de contribuir por comedor, una vez que
se haya producido la admisión al mismo, nace por la mera prestación
del servicio, independientemente de su utilización ó no.
La admisión al comedor surtirá efecto en el mes inmediato siguiente
al de su aprobación.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.−En todo lo no previsto en la presente Ordenanza, será de
aplicación el Convenio de colaboración entre el Departamento de Educación y este Ayuntamiento, la resolución 23/2006, de 24 de enero, del
Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales del Departamento de Educación, por la que se establecen las tarifas de las familias para el curso 2006-2007, de los centros de atención a niños/as
de 0-3 años de titularidad municipal, financiados mediante convenios
con el Departamento de Educación, regulados por la Orden Foral
41/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Educación, o en su caso
por la normativa que a tal efecto, en sustitución de las mismas, se
apruebe por el Gobierno de Navarra y en general por cuantas otras
disposiciones sean aplicables.
Segunda.−La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente
a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
ANEXO
Tarifas máximas anuales para los meses del curso 2006-2007.
Escolaridad:
−Unidades de horario completo: 2.145 euros.
−Unidades de horario reducido: 2.013 euros.
5632
Lunes, 21 de mayo de 2007
−Unidades de media jornada: 1.507 euros.
Comedor:
−Tarifa comedor: 968 euros.
Su pago se distribuirá en 11 mensualidades, resultando las siguientes tarifas máximas mensuales:
Tarifas máximas mensuales para los meses del curso 2006- 2007.
Escolaridad:
−Unidades de horario completo: 195 euros.
−Unidades de horario reducido: 183 euros.
−Unidades de media jornada: 137 euros.
Comedor:
−Tarifa comedor: 88 euros al mes.
Tarifas reducidas según renta per capita para los meses del curso
2006-2007.
Las tarifas establecidas en los apartados anteriores, tendrán reducciones en función de la renta per cápita de los miembros de la unidad
familiar, resultando la tarifa a abonar por la familia según la tabla establecida en la resolución 23/2006, de 24 de enero, del Director General
de Enseñanzas Escolares y Profesionales del Departamento de Educación, por la que se establecen las tarifas de las familias para el curso
2006-2007 de los centros de atención a niños/as de 0-3 años, de titularidad municipal, financiados mediante convenios con el Departamento
de Educación, regulados por la Orden Foral 41/2005, de 28 de febrero,
del Consejero de Educación.
B.O. de Navarra−Número 63
La organización y ordenación del servicio en materia de taxis, corresponde al Ayuntamiento de Bertizarana, previa audiencia de las
asociaciones profesionales correspondientes.
CAPITULO II
De los vehículos, de su propiedad y de las condiciones de prestación
del servicio
SECCION PRIMERA
De los vehículos taxis
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 1. Haciendo uso de las atribuciones que le confieren las
disposiciones vigentes, el Ayuntamiento de Bertizarana organiza el
Servicio de transporte de viajeros en automóviles ligeros de alquiler,
con arreglo a la Ley Foral 9/2005, de 6 julio, del Taxi, las prescripciones
del presente Reglamento, Código de Circulación, y demás disposiciones concordantes y futuras que se puedan ir aplicando a este Reglamento.
Artículo 3. Podrán destinarse al servicio público de alquiler los
vehículos que reúnan las condiciones reglamentarias de potencia, seguridad y presentación, y cuenten con autorización municipal para
prestar dicho servicio.
Dichos vehículos deberán estar provistos de carrocería cerrada con
puertas de fácil acceso, llevando en las mismas y en la parte posterior
ventanillas en número suficiente para conseguir mayor visibilidad, luminosidad y ventilación posibles, provistas de vidrios transparentes e
inastillables.
En el interior de los vehículos habrá instalado el necesario alumbrado eléctrico.
Asimismo deberán ir provistos de un extintor de incendios.
Las puertas deberán estar siempre perfectamente practicables para
permitir la entrada y salida en los vehículos, hallándose en su caso
dotadas del mecanismo correspondiente para accionar los cristales que
en ella ha de haber.
Artículo 4. Los vehículos taxis deberán poseer una potencia superior a 9 HP, y su capacidad máxima será de 9 plazas, incluida la del
conductor.
No se autorizará la puesta en servicio de vehículos con antigüedad
de servicio superior a un año y deberán renovarse antes de alcanzar la
antigüedad de ocho años. No podrán circular ninguno de estos vehículos sin la correspondiente autorización de la Alcaldía.
Artículo 5. Los taxi, deberán llevar tanto en la parte anterior como
en la posterior de la carrocería una placa con las letras "S.P." también
deberán llevar la palabra "Taxi Bertizarana", en el cristal de la parte
posterior.
Artículo 6. Los vehículos en su interior, llevarán una placa con la
matrícula del mismo, número de licencia, número de asientos disponibles y un extintor de incendios debidamente homologado.
Los vehículos deberán estar provistos de los siguientes documentos:
1. Documentos referentes al vehículo:
−Licencia municipal y la autorización de transportes expedida por
el Gobierno de Navarra, que habilita para la realización de servicios
interurbanos.
−Placa con el número de la licencia municipal del vehículo y la indicación del número de plazas del mismo.
−Permiso de circulación del vehículo.
−Póliza de seguro en vigor.
2. Documentos referentes al conductor:
−Permiso de conducir de la clase exigida por el Reglamento General
de Circulación, expedido por el organismo competente.
−Permiso municipal de conducir.
3. Documentos referentes al servicio:
−Libro de reclamaciones.
−Un ejemplar de este Reglamento.
−Direcciones y emplazamientos de centro de salud, ambulancias,
hospitales, bomberos y demás servicios de urgencia.
−Plano y callejero de la localidad.
−Talonarios recibo.
−Ejemplar oficial de las tarifas vigentes.
4. El resto de la documentación establecida en la legislación vigente.
Artículo 7. Se realizará una revista anual del vehículo taxi, sin
perjuicio de lo que pueda señalar la Alcaldía, cuando lo crea necesario,
pudiendo ser sancionados sus titulares, incluso con la retirada de la licencia a los reincidentes, de aquellos que no se hallen en las debidas
condiciones de conservación, presentación y limpieza o falta de los
distintivos y documentación pertinente.
La revisión anual de los vehículos taxi se realizará en el plazo que
oportunamente disponga el Ayuntamiento, el orden de la revisión se
hará de acuerdo con los representantes de los taxis.
CAPITULO I
Objeto del Reglamento
SECCION SEGUNDA
De las licencias
Artículo 2. El objeto de este Reglamento la regulación con carácter
general, del Servicio de transportes de viajeros en automóviles ligeros
de alquiler con conductor en el término municipal de Bertizarana.
Artículo 9. La determinación del número de licencias se tramitará
conforme a lo establecido en los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley 9/2005,
de 6 de julio, del Taxi.
L0706139
BERRIOPLANO
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora del régimen
orgánico y funcional del Consejo Cultural rector
de la Casa de Cultura María de Maeztu de Artica
El Pleno del Ayuntamiento de Berrioplano, en sesión celebrada el
día 3 de abril de 2007, aprobó inicialmente la Ordenanza municipal reguladora del régimen orgánico y funcional del Consejo Cultural rector
de la Casa de Cultura María de Maeztu de Artica.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral
6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la Ordenanza aprobada se somete a información pública durante treinta días
hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas
puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u
observaciones.
Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan
alegaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra.
Berrioplano, 3 de abril de 2007.−El Alcalde, José María Irisarri.
L0706134
BERTIZARANA
Aprobación definitiva del Reglamento del servicio público del taxi
en Bertizarana
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 8 de septiembre de 2006, aprobó inicialmente el Reglamento que regula el servicio público del taxi.
Publicado el acuerdo de aprobación inicial en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, número 120, de 6 de octubre de 2006, y transcurrido el plazo
de exposición sin que se hayan producido alegaciones.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990,
de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, procede su aprobación definitiva, publicándose a continuación en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, el texto íntegro del Reglamento.
Bertizarana, 22 de marzo de 2007.−El Alcalde, firma ilegible.
REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO DEL TAXI
DE BERTIZARANA
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
La concesión de licencias se realizará por concurso público, estableciéndose por el Ayuntamiento el baremo que lo regirá; cuando
queden plazas vacantes se seguirá el mismo sistema.
Artículo 10. Las solicitudes de licencias irán dirigidas al Ayuntamiento de Bertizarana, haciendo constar en las mismas el conocimiento y conformidad con las disposiciones del presente Reglamento,
debiendo acompañar a la misma, los siguientes documentos:
1. Permiso de circulación de automóviles de la clase correspondiente, expedido por la autoridad competente.
2. Fotocopia de D.N.I.
3. Tres fotografías tamaño carnet.
4. Declaración jurada de no haber sido sancionado por procedimiento penal o administrativo con retirada del carnet de conducir.
5. Cualquier otra documentación de acuerdo con la legislación vigente.
De obtenerse la autorización solicitada, el beneficiario vendrá obligado a presentar en el plazo máximo de un mes, a partir de la fecha
de notificación, los siguientes documentos:
a) Permiso de circulación del automóvil en que se ha de prestar
el servicio, con una antigüedad inferior a un año.
b) Póliza seguro de responsabilidad hasta un mínimo de
50.000.000 euros de daños a terceros y personas transportadas.
De no presentarse dichos documentos en el referido plazo, se considerará caducada la concesión, procediéndose nuevamente a la convocatoria de concurso público por el procedimiento anteriormente expuesto.
Artículo 11. Las vacantes que se produzcan se proveerán conforme a lo determinado por el Ayuntamiento, previo anuncio de las
mismas por edicto que se fijará en el Tablón de Anuncios de este
Ayuntamiento y BOLETIN OFICIAL de Navarra, en los que se hará mención
a los requisitos de la convocatoria pública, a fin de que dichas vacantes
puedan ser solicitadas por aquellos aspirantes que reúnan las condiciones exigidas en el artículo anterior.
La adjudicación de las vacantes a que se refiere este artículo se
realizarán en virtud del baremo expresado en el artículo 9.
Artículo 12. A todos los aspirantes se les realizará un reconocimiento médico por los servicios sanitarios de la localidad.
Artículo 13. Las licencias que se extiendan tendrán carácter personal e intransferible quedando prohibido a los titulares de las mismas
el traspaso, cesión o venta de la licencia.
Esto no obstante, el Ayuntamiento autorizará la asignación o transmisión de licencia (siempre que el transmitente esté al corriente del
pago de los tributos exigibles por la entidad local, así como, en su caso,
haya satisfecho las sanciones pecuniarias que le hayan sido impuestas
por resolución que ponga fin a la vía administrativa) a favor de personas
que cumplan los requisitos exigidos para el desempeño de la misma,
en los siguientes supuestos y condiciones:
a) Por fallecimiento del titular.
b) Por invalidez permanente total del taxista para las tareas a
ejercer como tal.
c) Por jubilación o cese voluntario de la actividad.
Igualmente se autorizará la transmisión o asignación señalada si se
solicita en el período de los cinco años anteriores a la jubilación reglamentaria del titular, siempre que lleve quince años, inmediatamente
anteriores, de servicios continuados.
La invalidez permanente total será definida por la resolución del órgano correspondiente de la Seguridad Social.
d) Por invalidez sobrevenida del permiso de conducción y denegación de su revisión, como consecuencia de pérdida por el taxista o
no hallarse éste en posesión de aptitudes psicofísicas o psicotécnicas
precisas, siempre que tal carencia de aptitudes no tenga su origen en
hechos o infracciones de que sea responsable el interesado.
En el supuesto de fallecimiento del titular, podrá ser asignada la licencia por el siguiente orden de preferencia:
1. Cónyuge viudo.
2. Hijos.
3. Herederos legítimos hasta segundo grado de parentesco, tanto
en línea directa como colateral.
Todo supuesto de aceptación de asignación o de pacto de transmisión deberán llevarse a cabo por documento notarial, en el que conste
el nombre y circunstancias del transmitente, del adquirente y precio del
traspaso.
En el supuesto de fallecimiento, deberán constar igualmente las
circunstancias de los parientes con derecho preferente y, en su caso,
renuncias al mismo.
El derecho de asignación o transmisión regulado caducará si no se
formaliza y presenta en el Ayuntamiento la referida escritura, en condiciones y con la instancia y documentación precisa para probar el cumplimiento del Reglamento, dentro de los 6 meses siguientes al hecho
causante, plazo que se entiende suficiente para resolver las posibles
incidencias.
5633
En todo caso de asignación o transmisión, el Ayuntamiento solicitará
informe a la Asociación de Profesionales de Taxistas, si la hubiere, en
el que se acreditará el cumplimiento de condiciones con los interesados
en todos los aspectos profesionales, legales y funcionales exigibles.
Artículo 14. Los titulares de la licencia vendrán obligados a explotarla personalmente o mediante personal asalariado, conforme al artículo 20 de la Ley 9/2006.
En todo momento, y con autorización municipal correspondiente,
podrá sustituirse un vehículo por otro, siempre que éste reúna las condiciones necesarias a que se refiere este Reglamento.
En casos especiales, y siempre que el titular de la licencia se vea
imposibilitado en ejercer por si mismo la profesión, el Ayuntamiento,
previa la certificación aportada por el interesado, podrá conceder la
colaboración de un dependiente, por plazo determinado; asimismo en
el caso de servicio las 24 horas y con necesidad de trabajo continuo
se autorizará un suplente como trabajador a cuenta del titular, siempre
que reúna los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
Artículo 15. El Ayuntamiento de Bertizarana llevará un registro o
fichero de las licencias concedidas, donde se irán anotando las diferentes incidencias relativas a sus titulares y vehículos, sustituciones,
etcétera.
SECCION SEGUNDA
De las tarifas
Artículo 16. Las tarifas, serán las que se establezcan conforme al
artículo 40 de la Ley 9/2006, de 6 de julio, del Taxi.
Las tarifas serán de obligado cumplimiento para el taxista y usuario
y regirán dentro del término municipal, pudiendo aplicar las tarifas para
el servicio interurbano, cuando los servicios prestados exceden del límite del término municipal.
Se fijarán tres tipos de tarifas: La ordinaria, que regirá desde las 7
horas de la mañana a las 21 horas de la noche; la nocturna, desde las
21 horas hasta las 7 horas de la mañana, y la festiva, desde la 1 de la
mañana hasta las 24 horas de la noche del día festivo.
Las tarifas serán visibles para el usuario desde el interior del vehículo.
La revisión de las tarifas seguirá el mismo procedimiento que el
previsto para su autorización.
CAPITULO III
De la prestación del servicio
SECCION PRIMERA
Requisitos generales
Artículo 17. El servicio se iniciará al ser requerido para ello el titular de la licencia por los usuarios.
El servicio será permanente y durante las veinticuatro horas del día,
incluidos domingos y festivos.
Los servicios municipales señalizarán el lugar reservado para el
estacionamiento del taxi.
El titular deberá presentar en su aspecto físico y vestimenta una
imagen de aseo, decoro y pulcritud.
SECCION SEGUNDA
Deberes y derechos
Artículo 18. El artículo 42 de la Ley 9/2006, regula los derechos y
deberes de los usuarios del servicio.
El artículo 43 de La Ley 9/2006, regula los derechos y deberes del
titular de la licencia, autorización y conductor del taxi.
El conductor no podrá negarse a realizar un servicio, sin causa
justa.
Tendrán la consideración de causa justa:
1. Ser requeridos por individuos perseguidos por la policía.
2. Ser solicitado para transportar un número de personas superior
al de las plazas autorizadas para el vehículo.
3. Ser solicitado por viajero se encuentre en estado de embriaguez
o afectado por estupefacientes, excepto si corriera peligro su vida.
4. Cuando el atuendo de viajeros o la naturaleza o carácter de los
bultos, equipaje o animales de que sean portadores puedan deteriorar
o causar daño en el interior del vehículo.
5. Cuando sea requerido para prestar el servicio por vías intransitables, que ofrezcan peligro para la seguridad e integridad tanto para
los ocupantes y el conductor como del vehículo.
Artículo 19. En todo momento es obligación de los taxistas prestar
los servicios que reclamen los agentes de la autoridad para la conducción de accidentados o de personas que precisen auxilio.
Los deterioros que pudiesen sufrir los vehículos en estos casos,
serán reparados por cuenta del Ayuntamiento, sin perjuicio de que el
Ayuntamiento reclame su importe a las personas auxiliadas, siendo
preciso para ello la presentación del vehículo en el Ayuntamiento dentro
de las 24 horas siguientes de ocurrir el suceso.
5634
Lunes, 21 de mayo de 2007
B.O. de Navarra−Número 63
CAPITULO IV
LIEDENA
De las infracciones y sanciones
Tipos impositivos año 2007
Artículo 20. Las infracciones que puedan originarse a este Reglamento, se califican de leves, graves y muy graves.
Artículo 21. Serán faltas leves:
a) Fumar durante el servicio cuando el viajero le requiera a dejarlo.
b) El descuido en la limpieza del vehículo, tanto interior como exterior.
c) Descuido del aseo personal.
d) Malos tratos de palabra entre conductores compañeros de trabajo.
Artículo 22. Serán faltas graves:
a) Cometer cuatro faltas leves en un período de seis meses o diez
en un año.
b) No cumplir las órdenes concretas del itinerario marcado por el
usuario, recorriendo mayores distancias innecesariamente.
c) Atender el servicio en malas condiciones personales o del vehículo.
d) La negación del servicio sin causa justificada.
e) El empleo de palabras o gestos groseros y de amenazas en su
trato con el público, o dirigidas a los viandantes o conductores de otros
vehículos.
f) Recoger viajeros en distinto término municipal.
g) No acudir a cualquiera de las revisiones ordinarias o extraordinarias de los vehículos.
Artículo 23. Serán faltas muy graves:
a) Abandonar al viajero sin prestar el servicio para el que fue requerido, sin causa justificada.
b) Presentarse al servicio o prestarlo en estado de embriaguez o
bajo los efectos de estupefacientes.
c) Cobrar precios abusivos a los usuarios.
d) Acumulación de cuatro faltas graves en el período de un año.
e) Retener cualquier objeto imperecedero abandonado en el vehículo, sin dar cuenta de ello al Ayuntamiento de Bertizarana, dentro
de las 72 horas siguientes.
f) Las infracciones determinadas en el artículo 289 del Código de
Circulación.
g) La comisión de delitos calificados como dolosos, con ocasión
o motivo del ejercicio de la profesión.
Artículo 24. Las faltas leves, graves y muy graves serán sancionadas por la Alcaldía. Las faltas leves con multa hasta 300 euros y
suspensión de la licencia hasta quince días naturales; las faltas graves
con multa hasta 1.300 euros y suspensión de la licencia hasta 6 meses;
las faltas muy graves con multas hasta 2.600 euros.
Las faltas muy graves podrán ser sancionadas además con la retirada definitiva de la licencia.
Artículo 25. El procedimiento sancionador se tramitará de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo,
previa audiencia del interesado.
El Pleno del Ayuntamiento de Liédena, en sesión celebrada el día
30 de diciembre de 2006, de conformidad con los establecido en la Ley
Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, ha fijado los siguientes
tipos impositivos para el año 2007:
−Contribución territorial para bienes de naturaleza urbana: 0,3587
por ciento.
−Contribución territorial para bienes de naturaleza rústica: 0,6178
por ciento.
−Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: 3% por
ciento sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u
obra, entendiendo como tal el precio de ejecución material.
−Impuesto sobre actividades económicas: 1,40% por ciento sobre
las cuotas mínimas municipales.
−Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana:
1. Para determinar el importe del incremento real se aplicará sobre
el valor del terreno en el momento del devengo, el siguiente porcentaje:
periodo de uno a cinco años; 2,5 por ciento, periodo de hasta 10 años:
2,5 por ciento, periodo de hasta 15 años: 2 por ciento, periodo de hasta
20 años: 2 por ciento.
2. Establecer en un 15 por ciento, el tipo de gravamen único a
aplicar a la base imponible para la determinación de las cuotas en el
impuesto sobre incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento de la
legislación vigente.
Contra el presente acuerdo cabe interponer, de forma optativa, alguno de los siguientes recursos:
−Recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación
de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
−Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
−Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente del
Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este
anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Liédena, 30 de marzo de 2007.−La Alcaldesa, María Beatriz Lucía
Olleta Sánchez.
DISPOSICION ADICIONAL
El presente Reglamento queda sometido a las disposiciones que
en su día apruebe el Gobierno de Navarra y en lo no previsto queda
sometido a la Ley 9/2005, de 6 de julio, del Taxi, o cualquier otra disposición que en el futura le pudiera sustituir.
L0706382
L0706213
ORKOIEN
Aprobación definitiva de modificación de Ordenanzas
El Ayuntamiento de Orkoien, en sesión celebrada el día 31 de enero
2007, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza número 11,
Anexo de tarifas por prestación de servicios de cementerio municipal.
Publicado el acuerdo de aprobación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 25, de fecha 26 de febrero de 2007, y transcurrido el
plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones,
se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley
Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, a la aprobación
definitiva de dicha actualización de tarifas, disponiendo la publicación
de su texto íntegro, a los efectos procedentes.
Orkoien, 13 de abril de 2007.−El Alcalde, Casimiro Larrea Ruiz.
L0706259
CORELLA
PERALTA
Aprobación inicial modificación puntual del Plan Municipal
El Ayuntamiento de Corella, en sesión extraordinaria del Pleno municipal celebrada el día 27 de marzo de 2007, adoptó acuerdo aprobando inicialmente la modificación puntual del Plan municipal para las
parcelas 53 a 65, 68 a 74, 110 y 127, del polígono 3, en calle Arrabal,
promovido por José Ignacio Jiménez Rodríguez y Francisco Javier
Manero Ramos.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se somete el expediente a información pública durante el plazo de un mes, a partir de la publicación
de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que pueda ser
examinado por los interesados y formular las alegaciones oportunas.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.
Corella, 12 de abril de 2007.−El Alcalde, Ramón Miguel Jiménez
González.
L0706258
Aprobación definitiva de precios públicos de las instalaciones deportivas
del Ayuntamiento de Peralta 2007
El Pleno del Ayuntamiento de Peralta en sesión celebrada el día 18
de enero de 2007, aprobó inicialmente la modificación de las Ordenanzas Municipales reguladora de los precios públicos de las instalaciones deportivas para su aplicación en 2007.
Publicado el Acuerdo de aprobación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 25, de 26 de febrero de 2007, y transcurrido el plazo de
exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral
6/1990, de la Administración Local de Navarra, a la aprobación definitiva de la modificación de dicha Ordenanza, disponiendo su publicación
a los efectos procedentes.
Peralta, 4 de abril de 2007.−La Alcaldesa, Sagrario Guinduláin
Guerendiáin.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
ENTRADA
INICIAL
CUOTA
TRIMESTRAL
CUOTA
MENSUAL
5635
UHARTE ARAKIL
Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de la concesión
de Tarjetas de Estacionamiento para personas con discapacidad
Infantil 2 padres abonados .....................................
Infantil 4-13 años ..................................................
Juvenil 2 padres abonados ...................................
Juvenil 14-17 años ................................................
Adultos 18-65 años ...............................................
Universitarios .........................................................
Mayores de 65 años ..............................................
0,00
21,75
24,95
31,45
42,33
31,45
21,75
0,00
24.,45
34,16
39,10
49,00
29,30
24,45
0,00
8,15
11,39
13,03
16,33
9,77
8,15
ABONO INVIERNO
CUOTA TEMPORADA
EMPADR.
Infantil 4-13 años .........................................................
Juvenil 14-17 años .......................................................
Adultos 18-65 años ......................................................
Mayores 65 años ..........................................................
NO EMPADR.
81,35
121,50
161,65
81,35
97,65
145,40
194,60
97,60
ABONO VERANO
CUOTA TEMPORADA
EMPADR.
Infantil 4-13 años...........................................................
Juvenil 14-17 años.........................................................
Adultos 18-65 años........................................................
Mayores 65 años ..........................................................
NO EMPADR.
32,55
48,80
65,10
32,55
39,10
59,00
78,10
39,10
ENTRADA DIARIA
LABORAL
EMPADR.
Infantil 4-13 años..............................
Juvenil 14-17 años ...........................
Adultos 18-65 años ..........................
Mayores 65 años .............................
2,25
3,35
4,50
2,25
EMPADR.
2,85
4,15
5,50
2,85
FESTIVO
NO EMPADR. NO EMPADR.
2,85
3,95
5,60
2,85
3,35
5,15
6,75
3,35
L0706004
RONCAL
Aprobación inicial de Ordenanza municipal
El Ayuntamiento de Roncal, en sesión celebrada el día 27 de marzo
de 2007, acordó la aprobación inicial de la "Ordenanza reguladora de
la organización y funcionamiento del registro municipal de parejas estables no casadas, del Ayuntamiento de Roncal".
El expediente de referencia queda expuesto al público por plazo de
treinta días, a partir del siguiente al de la publicación del presente
anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, al objeto de que los vecinos
e interesados puedan examinarlo y presentar las alegaciones oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 325 de la Ley Foral
de la Administración Local de Navarra.
Transcurrido el plazo precitado, si no se hubiesen presentado alegaciones, la Ordenanza se entenderá definitivamente aprobada, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo mencionado.
Roncal, 29 de marzo de 2007.−El Alcalde, Agapito Boj Gárate.
L0706131
SUNBILLA
Aprobación Inicial de Modificación de Plan Municipal
El Pleno del Ayuntamiento de Sunbilla, en sesión celebrada el día
16 de abril de 2007, aprobó inicialmente la Modificación de Plan Municipal para cambio de calificación del suelo de forestal a mediana productividad agrícola, de la parcela 791 del polígono 1 de Sunbilla, promovido por José Miguel Petrirena y redactado por el Arquitecto Patxi
Valer.
Lo que se somete a exposición pública por el plazo de treinta días
desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra,
de conformidad con lo establecido en la ley 10/1994, de Ordenación del
Territorio y Urbanismo.
Sunbilla, 17 de abril de 2007.−El Alcalde, José María Hernandorena
Lastiri.
L0706719
El Pleno del Ayuntamiento de Uharte Arakil, en sesión celebrada el
día 26 de enero de 2007, aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal
reguladora de Concesión de Tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad.
Publicado el acuerdo de aprobación inicial en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 25, de fecha 26 de febrero de 2007 y, transcurrido el
plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones,
se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley
Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, a la aprobación definitiva de dicha Ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos procedentes.
Uharte Arakil, 10 de abril de 2007.−El Alcalde, Jesús María Navarro
Lacunza.
ORDENANZA REGULADORA PARA LA CONCESION DE TARJETAS
DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Artículo 1.º Objeto.
La presente Ordenanza tiene como base regular la concesión de
tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad, de conformidad con la Recomendación 98/376/CE del Consejo de Europa de
fecha de 4 de junio de 1998, y al objeto de que personas con discapacidad puedan aparcar su vehículo sin deber de realizar a continuación
grandes desplazamientos.
Artículo 2.º Requisitos.
Para tener derecho a la concesión de una tarjeta de estacionamiento será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
−Conductores con invalidez permanente:
1. Estar en posesión el interesado minusválido del correspondiente Carnet de Conducir en vigor.
2. Sufrir una minusvalía que les origine una movilidad reducida,
debiendo acreditar los siguientes extremos:
A) Certificado de hallarse afecto por una minusvalía superior al
33% y en el que figure la existencia de discapacidad para utilización
de transporte público o colectivo.
B) Certificado médico expedido por el oportuno departamento del
Servicio Navarro de Salud que acredite que la minusvalía que padece
le afecta de forma grave para:
−La realización de la marcha por afección músculo esquelética de
extremidades inferiores o cintura pélvica, utilizando bastón, bastones,
prótesis u órtesis.
−La realización de la marcha sin interrupción para tramos inferiores
a 100 metros por alteraciones orgánicas o funcionales.
−Que exista necesidad de utilización de silla de ruedas para los
desplazamientos.
−La realización de las maniobras de aparcamiento por afectación
músculo esquelética de extremidades o cintura pélvica y/o escapular.
−Familiares convivientes o cuidadores de personas con invalidez
permanente.
1. Estar en posesión el familiar conviviente o cuidador del correspondiente Carnet de Conducir en vigor.
2. Documentación del solicitante sobre vinculación familiar o de
prestación de cuidados al minusválido sobre el que se pide la concesión
y la existencia de convivencia con el mismo, en su caso.
3. Que el familiar a quien se presten los cuidados sufra una minusvalía que le origine una movilidad reducida, debiendo acreditar los
siguientes:
A) Certificado de hallarse afecto por una minusvalía superior al
33% y en el que figure la existencia de discapacidad para utilización
de transporte público o colectivo.
B) Certificado médico expedido por el oportuno departamento del
Servicio Navarro de Salud que acredite que la minusvalía que padece
le afecta de forma grave para:
−La realización de la marcha por afección músculo esquelética de
extremidades inferiores o cintura pélvica, utilizando bastón, bastones,
prótesis u órtesis.
−La realización de la marcha sin interrupción para tramos inferiores
a 100 metros por alteraciones orgánicas o funcionales.
−Que exista necesidad de utilización de silla de ruedas para los
desplazamientos.
−La realización de las maniobras de aparcamiento por afectación
músculo esquelética de extremidades o cintura pélvica y/o escapular.
Artículo 3.º Proceso de solicitud.
Las demandas de solicitud de tarjeta se efectuarán en las Oficinas
Municipales, debiendo adjuntar a la instancia los certificados que se
especifican en la base segunda y dos fotografías, tamaño carnet, en
color.
5636
Lunes, 21 de mayo de 2007
Artículo 4.º Infracciones y sanciones.
Constituyen infracciones administrativas el falseamiento de datos,
certificados, etc., que se presenten para la obtención de la tarjeta, así
como la ocultación de otros que impidieran su concesión.
Igualmente la utilización, sin concesión administrativa, de tarjetas o
la utilización de tarjetas de terceras personas.
Serán responsables de las infracciones los autores del falseamiento
y los peticionarios de concesión de tarjetas.
Las infracciones de sanciones se afectarán previa incoación del
oportuno expediente sancionador, en el que en todo caso se dará audiencia a los interesados antes de dictar resolución y que será tramitado
conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Potestad Sancionadora.
La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
L0706036
MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE PAMPLONA
Resolución 193/2007
La Ordenanza reguladora de la financiación de los servicios de residuos urbanos establece en su anexo II coeficientes correctores por
municipios aplicables al código de uso 4 (vivienda) con el objetivo de
igualar las bases imponibles de estos bienes dada la disparidad existente en el ámbito de la Mancomunidad. Los coeficientes a aplicar cada
ejercicio se aprueban teniendo en cuenta los valores catastrales existentes en el mes de octubre. Por ello la Ordenanza prevé que "Si durante el ejercicio 2007 entrase en vigor una nueva ponencia de valoración, el coeficiente corrector de ese municipio deberá adaptarse en
la proporción en la que los valores catastrales hayan sido modificados."
Según lo publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 12 de
26/01/2007 ha sido aprobada definitivamente Ponencia de Valoración
Urbana de Berriozar.
Por los servicios técnicos se han realizado las comprobaciones necesarias para determinar los nuevos índices correctores.
En su virtud,
HE RESUELTO
1. Aprobar los nuevos índices correctores aplicables al código de
uso 4 (vivienda) en el siguiente Municipio.
Municipio: Berriozar.
Indice que se modifica: 0,69.
Nuevo índice: 0,64.
Pamplona, 23 de abril de 2007.−El Presidente, Luis Ibero Elía.
L0706841
2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
2.2.1. Ceses, nombramientos y otras
situaciones
BARAÑAIN
Sustitución alcaldía
EL día 11 de abril de 2007, el Alcalde-Presidente dictó la Resolución
cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:
Resolució número 195/2007, de 11 de abril, del Alcalde-Presidente
del Muy Ilustre Ayuntamiento de Barañáin, por la que se resuelve designar como sustituto de esta Alcaldía, durante los días 11 a 13 de abril
de 2007 (ambos inclusive) y con motivo de mi ausencia del municipio,
al primer Teniente de Alcalde Roberto Andión Martínez.
Iosu Senosiain Ibañez, Alcalde-Presidente del Muy Ilustre Ayuntamiento de Barañáin.
Vista ausencia del municipio de esta Alcaldía, por motivos institucionales, y en concreto por razones de representación municipal, los
próximos días 11 a 13 de abril de 2007 (ambos inclusive).
Considerando las prescripciones establecidas en el artículo 47.1 del
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba
el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales.
En ejercicio de la facultad legalmente atribuida por el artículo 21.1b)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local.
He resuelto:
Primero.−Designar como sustituto de esta Alcaldía durante los días
11 a 13 de marzo de 2007, al primer Teniente de Alcalde Roberto Andión Martínez, quién desarrollará las funciones propias de dicho cargo
durante mi ausencia del municipio los días señalados.
Segundo.−Proceder, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurí-
B.O. de Navarra−Número 63
dico de las Entidades Locales, a la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Tercero.−Notificar la presente Resolución al interesado y dar cuenta
de la misma al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria
que éste celebre.
Barañáin, 11 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, firma ilegible.
L0706099
BURLADA
Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza
de Coordinador de Deportes al servicio del Patronato Municipal de Deportes
de Burlada. Nombramiento
El señor Presidente del Patronato Municipal de Deportes de Burlada, con fecha 29 de enero de 2007, ha dictado la siguiente resolución:
1.−Nombrar a don Jorge San Martín García, con DNI 9.782.228-Y,
Coordinador de Deportes al servicio del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Burlada, en la plaza identificada con el número 13.01 en Plantilla Orgánica, en los términos previstos en la convocatoria para la provisión, por concurso-oposición, de una plaza de
Coordinador de Deportes al servicio del Patronato Municipal de Deportes de Burlada, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número
26, de 1 de marzo de 2006, de conformidad con la Base 11 de la citada
convocatoria y con el artículo 32.5 del Decreto Foral 113/1985, de 5 de
junio, por el que se aprueba el Reglamento para el ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra.
2.−Publicar el presente nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
3.−El aspirante nombrado deberá tomar posesión de su puesto de
trabajo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento, según lo previsto en la Base 11.3 de la convocatoria, así
como en el artículo 35 del Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por
el que se aprueba el Reglamento para el ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra. Si en dicho plazo y salvo casos de
fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la
adquisición de la condición de funcionario del Patronato Municipal de
Deportes del Ayuntamiento de Burlada.
4.−Notificar el presente acuerdo a don Jorge San Martín García,
para su conocimiento y efectos oportunos.
Burlada, 4 de abril de 2007.−El Presidente, José Muñoz Arias.
L0706138
PAMPLONA
Convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado,
de una vacante de Titulado de Grado Medio.
Adjudicación de vacantes
El Director del Area de Presidencia del excelentísimo Ayuntamiento
de Pamplona, con fecha 11 de abril de 2007, adoptó la siguiente resolución:
(6/PR)
"Mediante resolución del Director del Area de Presidencia, de 5 de
octubre de 2006, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de 25 de
octubre de 2006, se aprobaba la convocatoria para provisión, mediante
concurso de traslado, de 1 vacante del puesto de Titulado de Grado
Medio.
Remitida por el Tribunal Calificador del concurso la puntuación obtenida por la única concursante, procede adjudicar la vacante.
A la vista de ello, he resuelto: Adjudicar la vacante de Titulado de
Grado Medio del Area de Servicios Sociales y Mujer (200500-7), a doña
Marine Pueyo Danso.
La toma de posesión de plazas será con efectos del día 16 de abril
de 2007".
Pamplona, 11 de abril de 2007.−El Director del Area de Presidencia,
Julio Sucunza Azcona.
L0706262
TAFALLA
EDICTO
El día 3 de abril de 2007, la señora Alcaldesa-Presidenta del muy
ilustre Ayuntamiento de Tafalla, dictó la resolución, cuyo texto íntegro
se transcribe a continuación:
Visto el escrito presentado por don Gorka Lorea Malumbres, Concejal de este Ayuntamiento por el grupo municipal de Izquierda Unida
de Tafalla-Tafallako Ezker batua, solicitando su inclusión, con voz y
voto, dentro de la Junta Local de Gobierno, ante el abandono de este
grupo de entre otros, de la persona que ostentaba la portavocía.
Siendo competencia de Alcaldía el nombramiento y revocación de
los miembros de la Junta Local de Gobierno, según se establece en el
artículo 70 del Reglamento de Régimen Interno, es por lo que,
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
He resuelto:
Primero.−Revocar, con efectos del 3 de abril de 2007, el nombramiento realizado mediante Decreto de fecha 3 de julio de 2003, a
don José Carlos Lerga Esquíroz, como miembro de la Junta Local de
Gobierno.
Segundo.−Nombrar miembro de la Junta Local de Gobierno a don
Gorka Lorea Malumbres, del grupo municipal de Izquierda Unida de
Tafalla, con todos los derechos y obligaciones que dicho cargo conlleva
y con efectos del 3 de abril de 2007.
Tercero.−Notificar la presente resolución a los interesados, dar
cuenta de la misma al Pleno de la Corporación y proceder a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y en el Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento, a los efectos oportunos.
Tafalla, 3 de abril de 2007.−La Alcaldesa, María Teresa Mañú
Echaide.−La Secretaria, Amanda Acedo Suberbiola.
L0706159
2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de
Empleo, oposiciones y concursos
AYEGUI
5637
Relación nominal personal funcionario
Don José Miguel Vicente Sánchez. Secretario. Nivel A. Antigüedad:
11/09/1973.
Doña María Pilar Díez Echarri. Oficial Administrativa. Nivel C. Antigüedad 01/04/1990.
Don Angel Javier Tobes García. Servicios Múltiples. Nivel C. Antigüedad 01/12/1982.
Don Esteban Haro Legarda. Empleado de Servicios Múltiples. Nivel
C. Antigüedad 14/10/1991.
Relación nominal personal régimen administrativo
Doña María Javier Ojer Aramendía. Oficial Administrativa. Nivel C.
Antigüedad: 06/11/2002.
Relación nominal personal laboral eventual
Don Juan José Garde Mozaz. Asesor Jurídico. Nivel A. Antigüedad:
30/10/2006.
Doña Rosa Ana Ruiz Martínez. Trabajadora Social. Nivel B. Antigüedad 12/12/2006.
Doña Marta Gaviria Malangré. Trabajadora Familiar. Nivel E. Antigüedad 02/01/2007.
Oferta de empleo año 2007
No se ofertará ninguna plaza.
Aprobación definitiva de la plantilla orgánica
y oferta de empleo para el año 2007
En la sesión ordinaria que el Pleno del Ayuntamiento de Ayegui,
celebró el día seis de febrero del año 2007, se adoptó con el quórum
legalmente exigido, el acuerdo de aprobación inicial de la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento y Oferta de Empleo para el año 2007, de
conformidad con lo dispuesto en artículo 236 de la Ley Foral 6/1990,
de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y otra Normativa
concordante.
La Plantilla Orgánica y la Oferta de Empleo aprobadas inicialmente,
se han sometido al trámite de información pública por un período de
15 días hábiles, previo anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 31, de fecha 12 de marzo de 2007 y en el Tablón de Anuncios
municipal.
No habiéndose formulado reclamaciones se entiende aprobada definitivamente la Plantilla Orgánica y Oferta de Empleo del Ayuntamiento
de Ayegui para el año 2007, una vez transcurrido el período de información pública establecido al efecto.
Ayegui, 4 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, José Artiz Segura.
La Plantilla se transcribe literalmente a continuación:
PLANTILLA ORGANICA Y OFERTA DE EMPLEO
PARA EL AÑO 2007
PLANTILLA ORGANICA
Personal funcionario
Denominación cargo: Secretario. Nivel: A. Forma de Provisión:
Concurso-Oposición. Complemento de puesto de trabajo: 51,16 por
100. Situación: Activo.
Denominación cargo: Oficial Administrativa. Nivel: C. Forma de
Provisión: Concurso-Oposición. Complemento de puesto de trabajo: 20
por 100. Situación: Activo.
Denominación cargo: Empleado de Servicios Múltiples. Nivel: C.
Forma de Provisión: Concurso-Oposición. Complemento de puesto de
trabajo: 30 por 100. Situación: Activo.
Denominación cargo: Empleado de Servicios Múltiples. Nivel: C.
Forma de Provisión: Concurso-Oposición. Complemento de puesto de
trabajo: 24 por 100. Situación: Activo.
Denominación cargo: Oficial Administrativa. Nivel: C. Forma de
Provisión: Concurso-Oposición. Complemento de puesto de trabajo: 20
por 100. Situación: Vacante.
Personal régimen administrativo
Denominación cargo: Oficial Administrativa. Nivel: C. Forma de
Provisión: Pruebas INEM. Complemento de puesto de trabajo: 20 por
100. Situación: Activo.
Personal laboral eventual
Denominación cargo: Asesor Jurídico. Nivel: A. Forma de Provisión:
Pruebas INEM. Complemento de puesto de trabajo: 35,58 por 100. Situación: Activo.
Denominación cargo: Trabajadora Social. Nivel: B. Forma de Provisión: Pruebas INEM. Complemento de puesto de trabajo: 30,58 por 100.
Situación: Activo.
Denominación cargo: Trabajadora Familiar. Nivel: E. Forma de
Provisión: Pruebas INEM. Complemento de puesto de trabajo: 20,58
por 100. Situación: Activo.
L0706002
BERRIOPLANO
Convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso-oposición,
de una plaza de Técnico/a de Euskara, con carácter fijo,
al servicio del Ayuntamiento de Berrioplano
El Ayuntamiento de Berrioplano, en sesión celebrada el día 3 de
abril de 2007, aprobó la convocatoria para la provisión, por el sistema
de concurso-oposición, de una plaza de Técnico/a de Euskara, con
carácter fijo, así como su tramitación reglamentaria.
BASES
1.−Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Técnico/a de Euskara al
servicio del Ayuntamiento de Berrioplano.
1.2. La persona aspirante que resulte nombrada en virtud de la
presente convocatoria, tendrá la condición de contratada laboral fija del
Ayuntamiento de Berrioplano y será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel B, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento
Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de
4 de julio, y demás disposiciones que lo desarrollan o modifican. Si resultara nombrado un/a aspirante con titulación superior, la retribución
sería la correspondiente a la titulación exigida para el puesto.
1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por
el órgano administrativo competente.
1.5. La Mancomunidad utilizará la lista que se confeccione con
los/as aspirantes aprobados sin plaza para realizar las sustituciones de
los/as técnicos/as de euskara, en estricto orden de puntuación obtenida.
2.−Funciones a desempeñar.
2.1. Elaboración, gestión, seguimiento y control de los planes generales y sectoriales para la normalización y fomento del euskara, en
el ámbito del Ayuntamiento de Berrioplano.
2.2. Velar por el cumplimiento de todos los acuerdos adoptados
por el Ayuntamiento y sus órganos colegiados en relación al ámbito del
euskara, así como su control y seguimiento.
2.3. Prestar apoyo y ayuda técnica a los órganos, áreas y servicios
municipales y mancomunados, asesorías y otros servicios contratados,
así como a los concejos integrados en el Ayuntamiento y demás sectores de la sociedad, en sus actividades relacionadas con el euskara.
2.4. Asesorar a los grupos municipales y demás agentes sociales
del ámbito territorial del Ayuntamiento de Berrioplano, en materias relacionadas con la sociolingüística.
2.5. Coordinar y participar en las comisiones que se conformen al
respecto.
2.6. Impulsar las relaciones con otros Ayuntamientos, Mancomunidades, Servicios de Euskara e Instituciones Forales, así como su coordinación.
2.7. Impulsar las relaciones con asociaciones y grupos, tanto locales como foráneos, que trabajan en la normalización y fomento del
euskara, así como su coordinación.
2.8. Promover, impulsar, cumplimentar, coordinar, etcétera, todos
aquellos aspectos contenidos en el convenio o convenios de colabo-
5638
Lunes, 21 de mayo de 2007
ración firmados o que se firmen al respecto con el Gobierno de Navarra
u otras instituciones y organismos.
2.9. Cualquier otra que le sea encomendada por el Ayuntamiento,
siempre y cuando esté relacionada con el puesto de trabajo.
3.−Requisitos de los aspirantes.
3.1. Para ser admitidos/as a la presente oposición, los/as aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser ciudadano/a de un Estado miembro de la Unión Europea o
nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores;
también podrán participar los cónyuges de los/as ciudadanos/as de los
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados con arreglo a derecho, así como sus descendientes y los de su
cónyuge, siempre que no estén separados con arreglo a derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Ser mayor de edad en la fecha en la que termine el plazo de
presentación de solicitudes.
c) Estar en posesión del título EGA o equivalente.
d) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer
grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en la
que termine el plazo de presentación de solicitudes. De acuerdo con lo
establecido en la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 30/1984, de
2 de agosto, se considera equivalente el título de Diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.
e) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.
f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública. Los/as aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración de no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la
Función Pública. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los/as aspirantes que resulten seleccionados y
contratados en el momento que se les indique, con anterioridad a la
formalización del contrato.
g) Estar en posesión de permiso de conducir como mínimo de
clase B, y disponer de vehículo.
4.−Instancias.
4.1. Las instancias deberán presentarse en el Registro General
del Ayuntamiento de Berrioplano, en el plazo de treinta días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y hasta las catorce horas del último
día si es hábil o el siguiente que lo sea. El plazo será improrrogable.
4.2. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en
la presente convocatoria y se acompañarán de la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o
pasaporte.
b) Fotocopia compulsada de los documentos justificativos de
reunir los requisitos exigidos en el apartado 3.1 de la presente convocatoria.
c) Fotocopia compulsada de los méritos de posible valoración en
la fase de concurso.
5.−Admisión de aspirantes y procedimiento.
5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el AlcaldePresidente del Ayuntamiento, dictará resolución aprobando la lista provisional de las personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
5.2. Los/las aspirantes excluidos/as, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su
caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.
5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas
éstas, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y ordenará la
publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
6.−Tribunal calificador.
6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes
miembros:
−Presidente: El Alcalde del Ayuntamiento de Berrioplano.
−Suplente: La persona en quien delegue el anterior.
−Vocal: Técnico de euskara designado por Nafarroako Euskara
Teknikarien Lanbide Elkartea.
−Suplente: Técnico de euskara designado por Nafarroako Euskara
Teknikarien Lanbide Elkartea.
−Vocal: Don José Luis Gil Jiménez, Teniente-Alcalde del Ayuntamiento de Berrioplano.
B.O. de Navarra−Número 63
−Suplente: Don Ignacio Lázcoz Lizasoáin, Concejal del Ayuntamiento de Berrioplano.
−Vocal: Técnico de euskara designado por la Dirección General de
Universidades y Política Lingüística del Gobierno de Navarra.
−Suplente: Técnico de euskara designado por la Dirección General
de Universidades y Política Lingüística del Gobierno de Navarra.
−Secretaria: La Secretaria del Ayuntamiento de Berrioplano.
−Suplente: Secretario/a a designar por el Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Berrioplano.
6.2. El Tribunal habrá de constituirse mediante convocatoria de su
Presidente, con anterioridad a la iniciación de las pruebas.
6.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de,
al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.
6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que
puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las
bases contenidas en esta convocatoria.
6.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de
abstención a los que se refiere la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los/las aspirantes podrán
recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.
6.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para
todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con
base exclusivamente en aquéllas.
7.−Fase de concurso.
7.1. La fase del concurso tendrá una valoración máxima de 25
puntos, distribuidos de la siguiente forma:
a) Experiencia laboral: Hasta un máximo de 15 puntos.
−Por haber trabajado en una entidad local en puesto de Técnico/a
de Euskara. Por cada año, 4 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
Por fracción de tiempo, la parte proporcional que le corresponda.
−Por haber trabajado en otra administración pública en un puesto
de Técnico/a de Euskara. Por cada año, 2 puntos, hasta un máximo de
6 puntos. Por fracción de tiempo, la parte proporcional que le corresponda.
−Por haber trabajado en asociaciones o entidades privadas en la
normalización del euskara como dinamizador/a, coordinador/a o técnico/a. Por cada año, 2 puntos, hasta un máximo de 6 puntos. Por fracción de tiempo, la parte proporcional que le corresponda.
b) Titulaciones académicas: Hasta un máximo de 4 puntos.
−Postgrados relacionados con la planificación lingüística: 2 puntos.
−Licenciatura en Filología Vasca: 1 punto.
−Licenciatura en Sociología: 1 punto.
c) Por asistencia a cursos relacionados con el puesto de trabajo:
Hasta un máximo de 4 puntos.
En este apartado se tendrán en cuenta los cursos de sociolingüística y los cursos de perfeccionamiento del nivel de euskara (de nivel
superior al EGA). No se valorarán los cursos relacionados con el ámbito
de la lingüística. La puntuación se concederá de la siguiente manera:
−Por cada curso de 10 a 30 horas de duración: 0,25 puntos.
−Por cada curso de 31 a 50 horas de duración: 0,50 puntos.
−Por cada curso de 51 a 100 horas de duración: 0,75 puntos.
−Por cada curso de más de 101 horas de duración: 1 punto.
d) Publicaciones, comunicaciones, conferencias y trabajos de investigación relacionados con la sociolingüística (el Tribunal valorará la
suficiente calidad de los trabajos). Hasta un máximo de 2 puntos.
−Por cada libro publicado: 1 punto.
−Por cada artículo publicado: 0,25 puntos.
−Por cada comunicación, conferencia o trabajo de investigación sin
publicar: 0,15 puntos.
7.2. Todos los documentos presentados en la fase de concurso
deberán ser originales o copias compulsadas. Los méritos presentados
deberán certificarse suficientemente, se detallarán las fechas de inicio
y finalización, el tipo de jornada laboral, cuando corresponda, y todo tipo
de información que sea necesaria para calcular la puntuación correspondiente a estos apartados.
7.3. La puntuación obtenida por los candidatos en la fase de concurso, se publicará en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial
de Berrioplano, el mismo día en que den comienzo las pruebas.
8.−Fase de oposición.
8.1. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de
admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar, fecha y hora de
comienzo de las pruebas correspondientes a la fase de oposición.
8.2. La valoración máxima del conjunto de las pruebas de la oposición será de 75 puntos. Quedarán eliminados/as los/as aspirantes que
no consigan en cada prueba y ejercicio para los que se fija una puntuación determinada, la mitad de esa puntuación.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
8.3. La oposición constará de tres pruebas: La primera de capacitación lingüística específica en euskara necesaria para el puesto de
trabajo, la segunda sobre conocimientos teóricos y la tercera sobre capacidades relacionadas con el trabajo práctico del puesto. Cada prueba
constará de los siguientes ejercicios:
8.3.1. Primera prueba: Capacitación lingüística específica en euskera necesaria para desempeñar las funciones del puesto de trabajo.
Hasta un máximo de 15 puntos (será necesario alcanzar un mínimo de
7,5 puntos para pasar a la siguiente prueba). Constará de tres ejercicios:
a) Primer ejercicio: Capacitación oral. Será individual y tendrá una
duración de 10 minutos. Máxima puntuación: 5 puntos (será necesario
alcanzar un mínimo de 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).
b) Segundo ejercicio: Capacitación escrita sobre la corrección de
un texto en euskera. Máxima puntuación: 5 puntos (será necesario alcanzar un mínimo de 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).
c) Tercer ejercicio: Capacitación escrita sobre traducción al euskera de un texto en castellano. Máxima puntuación: 5 puntos (será necesario alcanzar un mínimo de 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).
El segundo y tercer ejercicio se harán a la vez, con una duración
máxima de hora y media.
8.3.2. Segunda prueba: Prueba sobre conocimientos teóricos.
Máxima puntuación: 30 puntos (serán necesarios 15 puntos para pasar
a la siguiente prueba). Constará de dos ejercicios:
a) Primer ejercicio: Test sobre los temas del primer apartado del
Anexo II, en el que se deberá contestar a 80 preguntas en el tiempo
de una hora. Podrán obtenerse hasta un máximo de 10 puntos y será
necesario un mínimo de 5 puntos para pasar al siguiente ejercicio. Por
cada pregunta contestada de forma incorrecta se restarán 0,05 puntos.
b) Segundo ejercicio: Se desarrollará un tema del segundo apartado del Anexo II, elegido por sorteo. La duración máxima del ejercicio
será de dos horas. La puntuación máxima de éste ejercicio será de 20
puntos y deberán obtenerse, como mínimo, 10 puntos para poder realizar el siguiente ejercicio de la oposición.
8.3.3. Tercera prueba: Pruebas sobre capacidades relacionadas
con el trabajo práctico del puesto. Máxima puntuación de la prueba: 30
puntos (serán necesarios 15 puntos para no quedar eliminado/a).
Constará de dos ejercicios:
a) Primer ejercicio: Diseño de un microplán para la promoción del
uso del euskera en una entidad elegida por el Tribunal. La entidad será
real y localizada en la misma comarca o municipio que el puesto de
trabajo para el que se oposita. Ejemplos: Colegio de la zona, una empresa local, polideportivo, Ayuntamiento. Para realizar este ejercicio se
dispondrá de un tiempo máximo de 3 horas. Este ejercicio tendrá una
puntuación máxima de 10 puntos y será necesario obtener 5 puntos
para pasar al siguiente ejercicio.
b) Segundo ejercicio: La persona aspirante al puesto deberá entregar el día que se realice el primer ejercicio de la tercera prueba un
informe escrito, que proponga un plan general de normalización del
euskara para la el municipio de Berrioplano.
Con posterioridad, los aspirantes deberán hacer una exposición oral
del plan propuesto ante el Tribunal, en el día y hora que se les indique.
Los aspirantes que no hagan la exposición ante el Tribunal quedarán
eliminados. El Tribunal podrá contrastar la defensa del plan presentado
con cada aspirante y podrá hacer preguntas sobre el mismo. El Tribunal
valorará tanto el documento presentado como la exposición hecha por
la persona aspirante.
El informe desarrollará, como mínimo, estos apartados: Diagnóstico
de la situación del euskara en la zona, objetivos, criterios para establecer prioridades, descripción de los agentes y medios locales, actuaciones concretas e instrumentos de evaluación.
Este segundo ejercicio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos
y serán necesarios 10 puntos para superarlo.
8.4. Las tres primeras pruebas de la oposición se realizarán mediante el sistema de plicas. En lo que respecta al segundo ejercicio de
la tercera prueba, la parte escrita se realizará por el sistema de plicas,
y la lectura se realizará después de la apertura de plicas.
8.5. Todas las pruebas de la oposición se realizarán en euskara,
y en todas ellas se valorará el nivel de conocimiento de euskara de
los/as aspirantes.
8.6. No se permitirá llevar a las citadas pruebas ningún tipo de
material de consulta para la realización de cualquiera de los ejercicios.
8.7. Los ejercicios se realizarán mediante llamamiento único al
que los/as aspirantes deberán comparecer provistos del Documento
Nacional de Identidad. Quedarán eliminados aquellos/as aspirantes que
por cualquier motivo no se presenten en las fechas, horas y lugares
anunciados.
9.−Valoración de las pruebas.
9.1. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado y la media aritmética de todas las calificaciones
será la puntuación del ejercicio de que se trate. En el supuesto de que
5639
entre las puntuaciones máxima y mínima emitidas por los miembros del
Tribunal calificador, exista una diferencia superior al 30 por ciento de la
puntuación prevista en el condicionado del ejercicio de que se trate, no
se computarán ninguna de las puntuaciones extremas, obteniendo la
media aritmética utilizando únicamente el resto de las puntuaciones.
9.2. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal hará pública,
en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial de Berrioplano y en
los locales donde se hayan celebrado las pruebas, la lista de aspirantes
aprobados/as con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, la
fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición.
10.−Relación de aprobados y presentación de documentos.
10.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará
pública, en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial de Berrioplano, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida a
partir del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, sumando
las calificaciones obtenidas por cada aspirante en cada ejercicio.
10.2. El Tribunal elevará al Pleno del Ayuntamiento propuesta de
nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación, la cual será
publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
10.3. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar, en las oficinas del
Ayuntamiento de Berrioplano, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 3.1.d) de la
convocatoria.
b) Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le imposibilite el ejercicio de las funciones
propias del cargo.
c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido
para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del
servicio de una Administración Pública.
d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra,
de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.
10.4. Quien dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza
mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos,
no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.
10.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el AlcaldePresidente del Ayuntamiento, cubrirá la baja con el aspirante incluido
inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se
refiere la base 10.1 procediéndose con el mismo en la forma señalada
en los apartados anteriores.
11.−Nombramiento y toma de posesión.
11.1. El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento nombrará, mediante
resolución, contratado laboral para desempeñar el puesto de trabajo de
Técnico de Euskara, al aspirante que hubiera dado cumplimiento al
trámite establecido en la base anterior. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
11.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión del puesto en
el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.
Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión,
perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de
contratado laboral del Ayuntamiento de Berrioplano. En tal supuesto,
se estará a lo establecido en la base 10.5.
12.−Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de aplicación
de la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación o notificación del acto recurrido y optativamente recurso de alzada ante el
Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha
de publicación o notificación del acto recurrido.
Berrioplano, 30 de marzo de 2007.−El Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Berrioplano, José María Irisarri Ollacarizqueta.
ANEXO I
Modelo de instancia
Datos del solicitante: ..........................................................................
Nombre y apellidos: ...........................................................................
Fecha de nacimiento: .........................................................................
Número de DNI: .................................................................................
Domicilio: ............................................................................................
Localidad: ........................... Código Postal: ......................................
Teléfono: .............................................................................................
Expone:
Que el Ayuntamiento de Berrioplano ha publicado en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra, número ........., la convocatoria para la provisión de
una plaza de Técnico de Euskara.
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Lunes, 21 de mayo de 2007
Que este solicitante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en dicha convocatoria.
Que adjunta fotocopia compulsada de los documentos exigidos en
la convocatoria, así como de los méritos a valorar en la fase de concurso.
Solicitud:
Solicita se sirva admitir la presente instancia y, en su virtud, sea
admitido en las pruebas de la citada convocatoria.
(Fecha y firma del/de la solicitante)
SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BERRIOPLANO.
ANEXO II
Segunda prueba
Primer ejercicio: 80 preguntas para ser contestadas en el tiempo de
una hora. Las preguntas serán sobre los siguientes temas:
1.−Conceptos básicos referentes a las lenguas en contacto: Comunidad lingüística, lenguas minorizadas, multilingüismo social y personal,
diglosia, conflicto lingüístico, normalización lingüística, política lingüística, planificación lingüística, derechos lingüísticos y oficialidad.
2.−Estatus legal del euskara: Constituciones, estatutos de autonomía y leyes orgánicas. Ley Foral del Vascuence. Principales disposiciones que desarrollan la Ley Foral del Vascuence y Ordenanzas
municipales del euskara en Navarra.
3.−Situación demolingüística del euskara en Euskal Herria. Fuentes
de información. Datos y estadísticas sobre la capacitación lingüística,
la transmisión del euskara y el uso del euskara.
4.−Situación funcional del euskara: Uso del euskara en los ámbitos
sociales.
5.−Realidad sociológica y sociolingüística de la comarca, datos demolingüísticos, entidades públicas y sociales que trabajan en pro de la
normalización del euskara en la comarca.
Segundo ejercicio: Desarrollo de dos temas de la lista elegidos a
sorteo.
1.−Historia sociolingüística del euskara. Hechos relevantes para el
euskara y la comunidad de hablantes del euskara desde que existe información hasta la actualidad, procesos de pérdida y recuperación, teniendo en cuenta los criterios de la sociolingüística.
2.−Tratados, acuerdos, convenios y declaraciones relacionados con
el euskara y el plurilingüísmo.
3.−Repertorio lingüístico: Variantes y espacios lingüísticos. Repertorio del euskara: Estandar, variantes geográficas, variantes sociales,
variantes formales e informales, argots.
4.−Aportaciones teóricas de la sociolingüistica internacional:
Fishman, Mackey, "Escuela de la Vitalidad etnolingüística" (Giles,
Bourhis, Taylor), Aracil.
5.−Aportación teórica de la sociolingüística de Euskal Herria: Txepetx, Txillardegi.
6.−Metodologías para la investigación sociolingüística. Diferenciación, por una parte, de métodos cualitativos (grupo de discusión,
entrevistas abiertas...) y, por otra, de métodos cuantitativos (encuestas,
censos...). Metodología para la medición del uso del euskara en la calle
y otras metodologías específicas.
7.−Modelos internacionales de política lingüística para la normalización de lenguas minorizadas. Objetivos y métodos de los citados
modelos. Conceptos de territorialidad y derechos personales.
8.−Infraestructura para la normalización del euskara en Euskal Herria: Entidades públicas y sociales.
L0706052
CINTRUENIGO
Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido,
de una plaza de Jefe de equipo para el servicio de jardinería
del Ayuntamiento de Cintruénigo
Base 1.−Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante
concurso-oposición restringido de entre el personal al servicio del
Ayuntamiento de Cintruénigo, que cumpla las condiciones establecidas
en la presente convocatoria, de una plaza de Jefe de Grupo para el
Servicio de Jardinería, con carácter de funcionario adscrito al Régimen
General de la Seguridad Social, con destino al Ayuntamiento de Cintruénigo.
1.2. El nombramiento conferirá al designado a todos los efectos,
el carácter funcionarial de nómina y plantilla desde la fecha de toma de
posesión siendo afiliado, en su caso, y dado de alta en el Régimen
General de la Seguridad Social, tal y como establece la Ley Foral
13/1993, de 30 de diciembre.
B.O. de Navarra−Número 63
1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento
Provisional de Retribuciones aprobado por Decreto Foral 158/1984, de
4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Cintruénigo.
1.4. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en Cintruénigo, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en este término
municipal.
1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por
los organismos administrativos correspondientes.
Base 2.−Funciones a desempeñar.
Las funciones a desempeñar por la persona nombrada serán las
que a continuación se señalan; y siempre bajo la dirección del Jefe de
los Servicios Municipales, que será su inmediato superior.
Será el responsable directo del personal tanto fijo como eventual y
subcontratado adscrito a los trabajos del Servicio de Jardinería, colaboraciones con el Servicio Navarro de Empleo, Empleo social protegido,
reinserción, etcétera.
Organizará, distribuirá y controlará todos los trabajos y tareas entre
todos los trabajadores a su cargo y el rendimiento de los mismos.
Coordinará los trabajos referidos al mantenimiento de espacios
verdes públicos, parques, plazas y zonas recreativas.
Coordinará su equipo de trabajo para una mejor gestión y eficacia
del servicio, con el resto de Equipos de la Brigada de Servicios Múltiples.
Priorizará, de acuerdo con el Alcalde o persona en quien éste delegue, el orden de los trabajos a realizar.
Vigilará y controlará toda la maquinaria, herramientas, vehículos,
etcétera, pertenecientes a su servicio.
Será responsable de la firma y control de todos los vales de compra
de materiales, prendas de trabajo, etcétera en lo que a su ámbito
compete.
Control y seguimiento del cumplimiento de Seguridad Laboral.
Base 3.−Requisitos de los aspirantes.
3.1. Para ser admitidos en este concurso-oposición, los aspirantes
deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de
solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad y tener nacionalidad española, o la que
corresponda a los estados miembros de la Comunidad Económica Europea.
b) Ostentar la categoría de funcionario o trabajador laboral fijo
dentro de la plantilla del Ayuntamiento de Cintruénigo.
c) Hallarse en posesión como mínimo del Título de Bachiller Superior o Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio
de las correspondientes funciones.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las
funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier
Administración Pública.
f) Poseer el permiso de conducir B-1.
El requisito pedido en el apartado c) podrá ser sustituido por la
acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las administraciones públicas.
3.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en
la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo
gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el
momento del nombramiento.
Base 4.−Instancias.
4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Cintruénigo, en el plazo de treinta días naturales, a partir del siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como
Anexo I.
4.2. Igualmente, adjuntarán la documentación acreditativa de
cuantos méritos puedan ser valorados de acuerdo con los criterios del
baremo del concurso.
No serán valorados por el Tribunal los méritos que no estén justificados mediante el correspondiente documento original o fotocopia
compulsada.
4.3. A la instancia deberá adjuntarse el justificante de haber abonado en Tesorería municipal, la cantidad de 15 euros, en concepto de
formalización del expediente y derechos de examen.
4.4. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será
improrrogable.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Base 5.−Admisión de aspirantes y reclamaciones.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el AlcaldePresidente dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra.
5.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de
la lista provisional de admitidos y excluidos, podrán formular reclamación y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber
incurrido.
5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas
éstas, el Alcalde-Presidente, dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra.
Base 6.−Tribunal calificador.
6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes
miembros:
−Presidente: El Alcalde del muy ilustre Ayuntamiento de Cintruénigo.
−Suplente de Presidente: El Concejal, Presidente de la Comisión
de Gobierno Interno.
−Primer vocal: Técnico a designar por el Departamento de Función
Pública del Gobierno de Navarra.
−Suplente de primer vocal: Técnico a designar por el Departamento
de Función Pública del Gobierno de Navarra.
−Segundo vocal: Técnico a designar por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.
−Suplente de segundo vocal: Técnico a designar por el Departamento de Administración Pública del Gobierno de Navarra.
−Tercer vocal: Técnico a designar por la Federación de Municipios
y Concejos de Navarra.
−Suplente de tercer vocal: Técnico a designar por la FNMC.
−Cuarto vocal: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Cintruénigo.
−Suplente cuarto vocal: Un representante de los trabajadores del
Ayuntamiento de Cintruénigo.
−Secretario: Don José María González Sesma, Secretario del muy
ilustre Ayuntamiento de Cintruénigo.
El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.
El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o
alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus
especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.
6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de
al menos la mayoría absoluta de los miembros.
6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que
puedan plantearse en relación con la interpretación y ampliación de las
bases de la convocatoria.
Base 7.−Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.
7.1 En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, la fecha y la hora de
comienzo de las pruebas.
7.1.1. Fase de concurso.
El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con el baremo de méritos que figura en el Anexo II.
Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia
solicitando tomar parte en el concurso oposición, con documentos originales o compulsados debidamente teniéndose por no aportados en
caso contrario.
El Tribunal en ningún momento podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiera sido alegado o no se hubiese
acreditado documentalmente.
7.1.2. Fase de oposición.
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios.
Primera prueba. Ejercicio teórico:
Consistirá en la realización de un ejercicio por escrito de contestación a las preguntas que proponga el Tribunal, sobre las materias del
temario que figura en el Anexo III de esta convocatoria. Hasta una
máximo de 20 puntos quedando eliminados aquellos aspirantes que no
alcancen los 10 puntos.
Segunda prueba. Ejercicio práctico:
Consistirá en la realización de tres supuestos prácticos relacionados
con el trabajo a desarrollar y a propuesta del Tribunal. Hasta una máximo de 20 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no
alcancen los 10 puntos.
Tercera prueba. Test psicotécnico:
Se realizarán diversas pruebas psicotécnicas para analizar la personalidad de los aspirantes y su capacidad personal de acuerdo con
el perfil requerido para el puesto de trabajo.
5641
La puntuación máxima de este apartado, que no será eliminatoria,
será de 20 puntos.
Calificación de la fase oposición. La puntuación de cada aspirante
en los ejercicios de la fase de oposición, será la media aritmética de las
calificaciones de todos los miembros asistentes del Tribunal. Cuando
entre las puntuaciones otorgadas por dichos miembros exista una diferencia de tres o más enteros, automáticamente será excluida la calificación máxima y mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes.
7.2. Valoración final.
Será seleccionado el aspirante que obtenga la mayor puntuación
sumando todos los apartados de las fases de concurso y de oposición.
Base 8.−Relación de aprobados y presentación de documentos.
8.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará
pública la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación
obtenida por cada uno en la fase de concurso y en los ejercicios de la
oposición, y dará traslado de la misma al muy ilustre señor Alcalde, a
quien elevará propuesta de nombramiento a favor del aspirante aprobado de mayor puntuación. Dicha propuesta será publicada en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
8.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta de contratación a favor del aspirante propuesto deberá presentar en las oficinas
del Ayuntamiento de Cintruénigo, los siguientes documentos:
a) Certificado del acta de nacimiento o fotocopia compulsada del
Documento Nacional de Identidad.
b) Original o copia debidamente compulsada, del título exigido o
resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición.
c) Certificado o informe médico acreditativo de que el interesado
no padece enfermedad o defecto psico-físico que le impida el desempeño del cargo a realizar por la Mutua Patronal que determine el
Ayuntamiento.
d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido
para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado
del servicio de una Administración Pública.
e) Juramento o promesa de respetar y defender el Régimen Foral
de Navarra, acatar la Constitución y las leyes y cumplir fielmente las
obligaciones de su cargo.
8.3. Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor suficiente justificados, el interesado no presentase dichos documentos, no
podrá ser designado quedando anuladas todas sus actuaciones sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la plaza se
cubrirá con el siguiente candidato de la lista de puntuaciones.
Base 9.−Nombramiento.
9.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportado por el aspirante los documentos a que se refiere la Base 8.2 anterior, el Pleno
procederá a su nombramiento como funcionario del Ayuntamiento de
Cintruénigo.
Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
9.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de
un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho
plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomaran posesión, perderán
todos los derechos para la adquisición de la condición de funcionario
del Ayuntamiento de Cintruénigo.
Base 10.−Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma
podrá interponerse optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de
dos meses, desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o
notificación del acto de aplicación que se recurra, pudiendo no obstante
interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante
el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo; o bien,
b) Recurso de alzada, directamente ante el Tribunal Administrativo
de Navarra, en el plazo de un mes, contado igualmente desde el día
siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de
aplicación que se recurre.
Cintruénigo, 4 de abril de 2007.−El Alcalde, firma ilegible.
ANEXO I
Modelo de instancia
Don ...................., mayor de edad, con D.N.I. número ............, nacido el día ........ de ........... de 19......, natural de ............. (..........), con
domicilio en ..............., calle ....., número ......, código postal ......, teléfono ......
5642
Lunes, 21 de mayo de 2007
Expone:
Que cumple en tiempo y forma todos y cada uno de los requisitos
exigidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de una plaza Jefe de Grupo para el Servicio de Jardinería del Ayuntamiento de Cintruénigo, con carácter de funcionario
adscrito al Régimen General de la Seguridad Social, publicada en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ..., de fecha .... de ........ de 2007.
Que acompaña la correspondiente documentación.
Por todo lo expuesto,
Solicita ser admitido a las pruebas selectivas para la provisión de la
plaza de Jefe de Grupo para el Servicio de Jardinería del Ayuntamiento
de Cintruénigo.
(Fecha y firma del solicitante)
ILUSTRISIMO ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE CINTRUENIGO.
ANEXO II
Valoración de méritos
a) Por titulación de Arquitecto Técnico (Aparejador) o Superior: 3
puntos.
b) Por titulación de Delineante: 0,50 puntos.
c) Por titulación de Ingeniería Técnica o Superior: 3 puntos.
d) Por realización de cursos sobre organización administrativa o
jardinería, etcétera: 0,10 puntos por curso, con un máximo de 0,50
puntos.
e) Por experiencia profesional como encargado de grupo o similar
en empresa pública o privada: 1 punto por año. Máximo 2 puntos.
f) Por experiencia profesional como empleado de Servicios Múltiples en empresa pública o privada: 0,25 puntos por año. Máximo: 1
punto.
ANEXO III
Temario
1.−Composición y función de las zonas verdes urbanas. Planificación.
2.−Proyectos y construcción de los parques públicos.
3.−Instalaciones e infraestructuras.
4.−Sistemas de riego.
5.−Plantaciones.
6.−La conservación de los parques y zonas verdes.
7.−Mantenimiento de toda la infraestructura.
8.−Estructura y órganos del Gobierno Municipal de Cintruénigo.
9.−La Ley Foral 13/1983, reguladora del Estatuto del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de Personal. Derechos y deberes.
10.−Ley Foral 6/2006, de Contratos de las Administraciones Públicas de la Comunidad Foral de Navarra. Formas de contratación.
11.−El contrato de suministro.
L0705945
CINTRUENIGO
Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido,
de una plaza de Jefe de grupo encargado de vehículos y otro personal
del Ayuntamiento de Cintruénigo
Base 1.−Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante
concurso-oposicion restringido de entre el personal al servicio del
Ayuntamiento de Cintruénigo, que cumpla las condiciones establecidas
en el presente convocatoria, de una plaza de Jefe de grupo encargado
de los vehículos y de otro personal con carácter de funcionario adscrito
al Régimen General de la Seguridad Social, con destino al Ayuntamiento de Cintruénigo.
1.2. El nombramiento conferirá al designado a todos los efectos,
el carácter funcionarial de nómina y plantilla desde la fecha de toma de
posesión siendo afiliado, en su caso, y dado de alta en el Régimen
General de la Seguridad Social, tal y como establece la Ley Foral
13/1993, de 30 de diciembre.
1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento
Provisional de Retribuciones aprobado por Decreto Foral 158/1984, de
4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Cintruénigo.
1.4. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en Cintruénigo, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en este término
municipal.
1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por
los organismos administrativos correspondientes.
B.O. de Navarra−Número 63
Base 2.−Funciones a desempeñar:
Las funciones a desempeñar por la persona nombrada serán las
que a continuación se señalan; y siempre bajo la dirección del Jefe de
los Servicios Municipales, que será su inmediato superior.
Será el responsable directo del Parque de Vehículos y del personal
tanto fijo como eventual y subcontratado adscrito al mismo Grupo, colaboraciones con el Servicio Navarro de Empleo, Empleo social protegido, reinserción, etcétera.
Organizará, distribuirá y controlará la utilización, puesta a punto y
mantenimiento de los vehículos municipales, así como los trabajos y
tareas de los trabajadores a su cargo y el rendimiento de los mismos.
Realizará el control de los trabajos y funcionamiento de los conserjes de las instalaciones municipales, así como supervisará el funcionamiento de las empresas contratadas para la prestación de servicios municipales.
Coordinará su equipo de trabajo para una mejor gestión y eficacia
del servicio, con el resto de equipos de la Brigada de Servicios Múltiples.
Priorizará, de acuerdo con el Alcalde o persona en quien delegue,
el orden de los trabajos a realizar.
Vigilará y controlará toda la maquinaria, herramientas, vehículos,
etcétera, pertenecientes a su servicio.
Será responsable de la firma y control de todos los vales de compra
de materiales, prendas de trabajo, etcétera.
Control y seguimiento del cumplimiento de Seguridad Laboral.
Base 3.−Requisitos de los aspirantes.
3.1. Para ser admitidos en este concurso-oposición los aspirantes
deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de
solicitudes los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad y tener nacionalidad española, o la que
corresponda a los estados miembros de la Comunidad Económica Europea.
b) Ostentar la categoría de funcionario o trabajador laboral fijo
dentro de la plantilla del Ayuntamiento de Cintruénigo.
c) Hallarse en posesión como mínimo del Título de Bachiller Superior o Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio
de las correspondientes funciones.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las
funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier
Administración Pública.
f) Poseer el permiso de conducir B-1.
El requisito pedido en el apartado c) podrá ser sustituido por la
acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las administraciones públicas.
3.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en
la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo
gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el
momento del nombramiento.
Base 4.−Instancias.
4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Cintruénigo, en el plazo de treinta días naturales, a partir del siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como
Anexo I.
4.2. Igualmente, adjuntarán la documentación acreditativa de
cuantos méritos puedan ser valorados de acuerdo con los criterios del
baremo del concurso.
No serán valorados por el Tribunal los méritos que no estén justificados mediante el correspondiente documento original o fotocopia
compulsada.
4.3. A la instancia deberá adjuntarse el justificante de haber abonado en Tesorería Municipal, la cantidad de 15 euros, en concepto de
formalización del expediente y derechos de examen.
4.4. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será
improrrogable.
Base 5.−Admisión de aspirantes y reclamaciones.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el AlcaldePresidente dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra.
5.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de
la lista provisional de admitidos y excluidos, podrán formular reclamación y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber
incurrido.
5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas
éstas, el Alcalde-Presidente, dictará resolución aprobando la lista defi-
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
nitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra.
Base 6.−Tribunal calificador.
6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes
miembros:
−Presidente: El Alcalde del muy ilustre Ayuntamiento de Cintruénigo.
−Suplente de Presidente: El Concejal, Presidente de la Comisión
de Gobierno Interno.
−Primer vocal: Técnico a designar por el Departamento de Función
Pública del Gobierno de Navarra.
−Suplente de primer vocal: Técnico a designar por el Departamento
de Función Pública del Gobierno de Navarra.
−Segundo vocal: Técnico a designar por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.
−Suplente de segundo vocal: Técnico a designar por el Departamento de Administración Pública del Gobierno de Navarra.
−Tercer vocal: Técnico a designar por la Federación de Municipios
y Concejos de Navarra.
−Suplente de tercer vocal: Técnico a designar por la FNMC.
−Cuarto vocal: Un representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Cintruénigo.
−Suplente cuarto vocal: Un representante de los trabajadores del
Ayuntamiento de Cintruénigo.
−Secretario: Don José María González Sesma, Secretario del muy
ilustre Ayuntamiento de Cintruénigo.
El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.
El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o
alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus
especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.
6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de
al menos la mayoría absoluta de los miembros.
6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que
puedan plantearse en relación con la interpretación y ampliación de las
bases de la convocatoria.
Base 7.−Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.
7.1 En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, la fecha y la hora de
comienzo de las pruebas.
7.1.1. Fase de concurso.
El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos que figura en el Anexo II.
Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia
solicitando tomar parte en el concurso oposición con documentos originales o compulsados debidamente teniéndose por no aportados en
caso contrario.
El Tribunal en ningún momento podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiera sido alegado o no se hubiese
acreditado documentalmente.
7.1.2. Fase de oposición.
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios.
Primera prueba. Ejercicio teórico:
Consistirá en la realización de un ejercicio por escrito de contestación a las preguntas que proponga el Tribunal, sobre las materias del
temario que figura en el Anexo III de esta convocatoria. Hasta una
máximo de 20 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que
no alcancen los 5 puntos.
Segunda prueba. Ejercicio práctico:
Consistirá en la realización de tres supuestos prácticos relacionados
con el trabajo a desarrollar y a propuesta del Tribunal. Hasta una máximo de 20 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no
alcancen los 10 puntos.
Tercera prueba. Test psicotécnico:
Se realizarán diversas pruebas psicotécnicas para analizar la personalidad de los aspirantes y su capacidad personal de acuerdo con
el perfil requerido para el puesto de trabajo.
La puntuación máxima de este apartado, que no será eliminatoria,
será de 20 puntos.
Calificación de la fase oposición. La puntuación de cada aspirante
en los ejercicios de la fase de oposición, será la media aritmética de las
calificaciones de todos los miembros asistentes del Tribunal. Cuando
entre las puntuaciones otorgadas por dichos miembros exista una diferencia de tres o más enteros, automáticamente será excluida la calificación máxima y mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes.
5643
7.2. Valoración final.
Será seleccionado el aspirante que obtenga la mayor puntuación
sumando todos los apartados de las fases de concurso y de oposición.
Base 8.−Relación de aprobados y presentación de documentos.
8.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará
pública la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación
obtenida por cada uno en la fase de concurso y en los ejercicios de la
oposición, y dará traslado de la misma al muy ilustre señor Alcalde, a
quien elevará propuesta de nombramiento a favor del aspirante aprobado de mayor puntuación. Dicha propuesta será publicada en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
8.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta de contratación a favor del aspirante propuesto deberá presentar en las oficinas
del Ayuntamiento de Cintruénigo los siguientes documentos:
a) Certificado del acta de nacimiento o fotocopia compulsada del
Documento Nacional de Identidad.
b) Original o copia debidamente compulsada, del título exigido o
resguardo de haber satisfecho los derechos para su expedición.
c) Certificado o informe médico acreditativo de que el interesado
no padece enfermedad o defecto psico-físico que le impida el desempeño del cargo a realizar por la Mutua Patronal que determine el
Ayuntamiento.
d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido
para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado
del servicio de una Administración Pública.
e) Juramento o promesa de respetar y defender el Régimen Foral
de Navarra, acatar la Constitución y las leyes y cumplir fielmente las
obligaciones de su cargo.
8.3. Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor suficiente justificados, el interesado no presentase dichos documentos, no
podrá ser designado quedando anuladas todas sus actuaciones sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la plaza se
cubrirá con el siguiente candidato de la lista de puntuaciones.
Base 9.−Nombramiento.
9.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportado por el aspirante los documentos a que se refiere la Base 8.2 anterior, el Pleno
procederá a su nombramiento como funcionario del Ayuntamiento de
Cintruénigo.
Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
9.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de
un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho
plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no tomaran posesión, perderán
todos los derechos para la adquisición de la condición de funcionario
del Ayuntamiento de Cintruénigo.
Base 10.−Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma
podrá interponerse optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de
dos meses, desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o
notificación del acto de aplicación que se recurra, pudiendo no obstante
interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición, ante
el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo; o bien,
b) Recurso de alzada, directamente ante el Tribunal Administrativo
de Navarra, en el plazo de un mes, contado igualmente desde el día
siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de
aplicación que se recurre.
Cintruénigo, 4 de abril de 2007.−El Alcalde, firma ilegible.
ANEXO I
Modelo de instancia
Don .................., mayor de edad, con D.N.I. número ........., nacido
el día ....... de ........... de 19., natural de .......... (........), con domicilio en
.........., calle ............., número ......, código postal ........, teléfono ........
Expone:
Que cumple en tiempo y forma todos y cada uno de los requisitos
exigidos en la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de una plaza de Jefe de Grupo, Encargado de Vehículos y otro personal del Ayuntamiento de Cintruénigo, con carácter de
funcionario adscrito al Régimen General de la Seguridad Social, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......., de fecha .........
de ........... de 2007.
Que acompaña la correspondiente documentación.
5644
Lunes, 21 de mayo de 2007
Por todo lo expuesto,
Solicita ser admitido a las pruebas selectivas para la provisión de la
plaza de Jefe de Grupo Encargado de Vehículos y otro Personal del
Ayuntamiento de Cintruénigo.
(Fecha y firma del solicitante)
ILUSTRISIMO ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE CINTRUENIGO.
ANEXO II
Valoración de méritos
B.O. de Navarra−Número 63
tración Local de Navarra, la plantilla aprobada se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de
que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Lapoblación, 18 de abril de 2007.−El Alcalde, Eduardo Remírez
Ocio.
L0706598
TORRES DEL RIO
a) Por titulación de Arquitecto Técnico (Aparejador) o Superior: 3
puntos.
b) Por titulación de Delineante: 0,50 puntos.
c) Por titulación de Ingeniería Técnica o Superior: 3 puntos.
d) Por realización de cursos sobre organización administrativa,
albañilería, fontanería, jardinería, etcétera: 0,10 puntos por curso, con
un máximo de 0,50 puntos.
e) Por experiencia profesional como encargado de grupo o similar
en empresa pública o privada: 1 punto por año. Máximo 2 puntos.
f) Por experiencia profesional como Encargado de Grupo o similar
en empresa pública, privada o por cuenta propia: 0,50 por año. Máximo:
2 puntos.
g) Por experiencia profesional como empleado de Servicios Múltiples en empresa pública o privada: 0,25 puntos por año. Máximo: 1
punto.
ANEXO III
Temario
1.−Definiciones y categorías de los Vehículos. Dimensiones, masas
máximas autorizadas.
2.−Características de los diferentes Vehículos: Alumbrado, protecciones, placas, neumáticos, herramientas y accesorios, dispositivos de
frenado.
3.−Carga y descarga: Condiciones de la carga. Métodos de carga
y estiba. Contenedores, señalización.
4.−Transporte: Transportes de mercancías por carretera. Transportes excepcionales, transporte de materias que requieren precauciones especiales. Remolque de vehículos.
5.−Documentación de los Vehículos: Infracciones y sanciones.
Tiempos de conducción y descanso.
6.−Obligaciones e inspecciones: Inspecciones periódicas, resultado
de la inspecciones. Inspecciones técnicas en carretera. Reformas de
importancia.
7.−El control de personal. Funciones, supervisión del trabajo y absentismo. Sustituciones.
8.−El contrato de suministro.
9.−Estructura y Organos del Gobierno Municipal de Cintruénigo.
10.−La Ley Foral 13/1983, reguladora del Estatuto del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases de personal. Derechos y deberes.
11.−Ley Foral 6/2006, de Contratos de las Administraciones Públicas de la Comunidad Foral de Navarra. Formas de contratación.
L0705949
JUSLAPEÑA
Aprobación inicial Plantilla Orgánica 2007
El Ayuntamiento de Juslapeña, en sesión celebrada el día 28 de
marzo de 2007, acordó aprobar inicialmente la Plantilla Orgánica para
el año 2007.
De conformidad a lo dispuesto en los artículos 236 y 271 de la Ley
Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, el expediente indicado queda expuesto al público en Secretaría municipal por espacio
de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación
del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los
vecinos e interesados legítimos puedan examinarlo y formular, en su
caso, las reclamaciones que estimen oportunas.
Juslapeña, 4 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, José Aldaz
Gascue.
L0706231
LAPOBLACION
Aprobación inicial de Plantilla Orgánica 2007
El Pleno del Ayuntamiento de Lapoblación, en Sesión Ordinaria celebrada el día 16 de abril de 2007 aprobó inicialmente la Plantilla Orgánica del año 2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 271, en relación con
el artículo 236, de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Adminis-
Aprobación Plantilla Orgánica ejercicio 2007
El Pleno del Ayuntamiento de Torres del Río, en sesión celebrada
el día 29 de marzo de 2007, acordó por mayoría absoluta aprobar la
Plantilla Orgánica para el ejercicio 2007, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 236 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la
Administración Local de Navarra y legislación concordante, que queda
como sigue:
Personal Régimen Administrativo
Ana Barbarin Jiménez. Secretaria, Nivel A. Complemento puesto de
trabajo: 20%. Provisión: Concurso-oposición. Antigüedad: 16 de agosto
de 1988. Compartido con los Ayuntamientos de Armañanzas y Lazagurría.
Personal laboral a tiempo parcial (11 horas y 20 minutos)
Denominación puesto: 1 Empleado de Servicios Múltiples. Nivel E.
Provisión: Concurso-oposición. Vacante.
En cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 236
citado y por remisión del artículo 202 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de
marzo, de Haciendas Locales de Navarra, el expediente se someterá
a información pública durante el periodo de quince días hábiles, a
contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, al objeto de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que
estimen pertinentes.
Torres del Río, 19 de abril de 2007.−El Alcalde, Juan Luis Pérez
Leuza.
L0706616
ARAS
Aprobación definitiva de Plantilla Orgánica año 2007
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley Foral
6/1990, de la Administración Local de Navarra, y transcurrido el plazo
de información pública sin que se hayan producido alegaciones, se
procede a la aprobación definitiva de la Plantilla orgánica del año 2007
El Acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 22 de fecha 19 de febrero de 2007.
Personal funcionario
Puesto de trabajo: Secretario. Número: 1. Nivel A. Provisión: concurso-oposición. Complemento puesto de trabajo: 20 por 100. Situación: Vacante.
Personal laboral
Puesto de trabajo: Oficial Administrativo. Número: 1. Nivel C. Provisión: concurso-oposición. Complemento puesto de trabajo: 12 por
100. Situación: Vacante.
Puesto de trabajo: Auxiliar Administrativo, compartido con Aguilar
de Codés. Número: 1. Nivel D. Provisión: concurso-oposición. Complemento puesto de trabajo: 12 por 100. Situación: Vacante.
Relación nominal de personal contratado administrativo
−Imelda Ruiz de Larramendi Ruiz. Secretaria.
−M. Puy Sanz Morrás. Oficial Administrativo.
−Rosa Mendiri García. Auxiliar Administrativo.
Aras, 18 de abril de 2007.−El Alcalde, José Manuel Saénz Quintero.
L0706617
ARMAÑANZAS
Plantilla Orgánica 2007
La Asamblea Vecinal de Armañanzas, en sesión celebrada el día
29 de marzo de 2007, acordó, con la mayoría legalmente exigida,
aprobar la Plantilla Orgánica para el ejercicio 2007, de conformidad con
lo preceptuado en el artículo 236 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio,
de la Administración Local de Navarra y legislación concordante, que
queda como sigue:
Personal régimen administrativo: Ana Barbarin Jiménez. Nivel A.
Complemento puesto de trabajo: Veinte por ciento. Provisión: Concurso-oposición. Antigüedad: 16 agosto 1988. Compartido con los Ayuntamientos de Torres del Río y Lazagurría.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
En cumplimiento de las prescripciones contenidas en el artículo 236
de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, el expediente se someterá a trámite de información pública durante el periodo de quince días hábiles,
a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, al objeto de que los vecinos e interesados puedan efectuar las alegaciones, reparos u observaciones que
estimen pertinentes.
Armañanzas, 19 de abril de 2007.−La Alcaldesa, María Celsa
Manso Sanz de Galdeano.
L0706623
BERBINZANA
Aprobación de Plantilla Orgánica año 2007
El Ayuntamiento de Berbinzana, reunido en sesión plenaria extraordinaria de fecha 28 de marzo de 2007, aprobó la plantilla orgánica
del año 2007.
Por lo anterior, y según lo dispuesto en el artículo 201.1.c) de la Ley
Foral 2/1995, de 10 de marzo de Haciendas Locales, el expediente de
referencia queda expuesto al público por plazo de quince días, a partir
del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra, para que los interesados puedan examinarlo y
presentar las alegaciones oportunas; si no se produjeran reclamaciones
en el citado período, se entenderá aprobado definitivamente, conforme
a lo dispuesto en el artículo 271 de la Ley Foral 6/90, de 2 de julio de
la Administración Local de Navarra.
Berbinzana, 2 de abril de 2007.−El Alcalde, José H. Chocarro
Martín.
5645
Mediante Resolución 34/2007 de 1 de febrero, del Alcalde de Leitza,
publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 31, de 12 de marzo
de 2007, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de una vacante del puesto de trabajo de encargado
de servicios múltiples al servicio del Ayuntamiento de Leitza.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes y no habiendo
aspirantes excluidos, procede, de conformidad con lo dispuesto en el
apartado 4 del artículo 36 del Reglamento de provisión de puestos de
trabajo, la aprobación directa de la lista definitiva de admitidos y excluidos.
En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas,
He resuelto:
1.º Aprobar la lista definitiva que figura como Anexo, de aspirantes
admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión, mediante
concurso de traslado, de una vacante del puesto de trabajo de encargado de servicios múltiples al servicio del Ayuntamiento de Leitza.
2.º Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Leitza, 19 de abril de 2007.−El Alcalde, Patxi Saenz Lazcano.
ANEXO
Lista definitiva de admitidos y excluidos
Admitidos:
JUAN MARIA ZABALETA GARIN
Excluidos: Ninguno.
L0706669
L0706630
OCHAGAVIA
ODIETA
Plantilla Orgánica
Aprobación inicial de la Plantilla Orgánica del año 2007
El Ayuntamiento de Ochagavía en sesión celebrada en fecha 19 de
abril de 2007, acordó aprobar inicialmente la Plantilla Orgánica para el
ejercicio 2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley Foral
6/90, de 2 de julio de Administración Local de Navarra, el expediente
se somete a información pública durante un periodo de quince días
hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para que los vecinos e interesados
puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen oportunas.
Transcurrido el plazo citado anteriormente sin que se formulasen
reclamaciones la Plantilla Orgánica se entenderá definitivamente aprobada.
Ochagavía, 20 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Juan Manuel Tohane Contín.
El Pleno del Ayuntamiento de Odieta, en sesión celebrada el día 23
de marzo de 2007, aprobó inicialmente la Plantilla Orgánica para el
ejercicio 2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 de la Ley Foral
6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra y normativa
concordante, el expediente se somete a exposición pública por período
de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de
este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos
o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
L0706700
Funcionarios
Denominación del puesto de trabajo: Secretario/a. Número de
puestos de trabajo: 1. Nivel: A. Forma de provisión: Concurso oposición.
Complemento: 35 por ciento. Situación: Vacante. Condiciones: Agrupado con el Ayuntamiento de Ultzama, que es cabecera. Conocimiento
de euskera.
PAMPLONA
Personal laboral fijo
Convocatoria para provisión, mediante concurso de traslado,
de 1 plaza de Encargado de Mantenimiento y Complemento.
Declarando desierta
El Director del Area de Presidencia del Excelentísimo Ayuntamiento
de Pamplona, con fecha 19 de abril de 2007, adoptó la siguiente Resolución:
(19/PR)
«Habiendo finalizado el plazo de presentación de instancias sin aspirantes en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de
traslado, de 1 vacante del puesto de trabajo de "Encargado mantenimiento y complemento", aprobada por resolución de fecha 7 de febrero de 2007 y publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 36
de fecha 23/03/07, he resuelto declarar desierta la referida convocatoria.»
Pamplona, 19 de abril de 2007.−El Director del Area de Presidencia,
Julio Sucunza Azcona.
Denominación del puesto de trabajo: Oficial Administrativo/a. Número de puestos de trabajo: 1. Nivel: C. Forma de oposición: Concurso
oposición. Complemento: 16 por ciento. Situación: Activo. Condiciones:
Conocimiento de euskera, jornada parcial (25 horas semanales).
Relación nominal de personal fijo
Mariezcurrena Baleztena, Jaione. Puesto de trabajo: Oficial administrativa. Nivel: C. Acceso: C.O. Complemento: 16 por ciento. Servicios
reconocidos: 15 de julio de 2002. Situación: Activo.
Odieta, 23 de marzo de 2007.−El Alcalde-Presidente, Alberto Urdániz Elizondo.
L0706374
OLITE
L0706774
Aprobación definitiva de la Plantilla Orgánica para el 2007
LEITZA
Lista definitiva de admitidos y excluidos
al concurso de traslado de Encargado de Servicios Múltiples
Resolución del Alcalde de Leitza 101/2007, de 19 de abril, por la
que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos
en la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de
una vacante del puesto de trabajo de Encargado de Servicios Múltiples
al servicio del Ayuntamiento de Leitza.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión celebrada el día 24 de
enero del 2007, aprobó inicialmente el Presupuesto General Unico para
el 2007, así como el Presupuesto para 2007 del Patronato de Deportes,
las bases de Ejecución y la plantilla Orgánica, siendo publicados dichos
acuerdos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 21, de 16 de febrero
del 2007.
Transcurrido el período de información pública, al no haberse formulado reclamación alguna contra dichos acuerdos se entienden aprobados definitivamente, y su resumen es el siguiente:
5646
Lunes, 21 de mayo de 2007
N.º
PUESTO
NIVEL
B.O. de Navarra−Número 63
COMPLEMENTO
COMPLEMENTO
COMPLEMENTO COMPLEMENTO COMPLEMENTO
COMPLEMENTO
PROLONGACION
ESPECIAL
NIVEL
PUESTO
INCOMPATIBILIDAD
TURNICIDAD
JORNADA
RIESGO
SITUACION
FUNCIONARIOS
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
SECRETARIO .........................................................
INTERVENTOR .......................................................
OFICIAL ADMINISTRATIVO 1 ................................
OFICIAL ADMINISTRATIVO 2 ................................
OFICIAL ADMINISTRATIVO 3 ................................
AUXILIAR ADMINISTRATIVO ................................
ENCARGADO GENERAL .........................................
SUBALTERNO 1 .....................................................
SUBALTERNO 2 .....................................................
SUBALTERNO 3 .....................................................
SUBALTERNO 4 .....................................................
ALGUACIL 1 ...........................................................
ALGUACIL 2 ...........................................................
ALGUACIL 3 ...........................................................
ALGUACIL 4 ...........................................................
GUARDA RURAL ...................................................
CONSERJE COLEGIO .............................................
PROF. SAXOFON ....................................................
PROF. LENGUAJE MUSICAL .................................
A
B
C
C
C
D
C
D
D
D
D
C
C
C
C
C
D
B
B
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
12%
-
41,16%
26,16%
29,354%
29,354%
29,354%
25,36%
23,678%
25,36%
25,36%
25,36%
25,36%
11,16%
11,16%
11,16%
11,16%
11,16%
20,36%
(*) 23,16%
3,16%
35%
35%
-
10%
-
6%
6%
6%
6%
-
10%
10%
10%
10%
10%
-
ACTIVA
VACANTE
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
PROCESO SELEC.
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
D
12%
15,36%
-
10%
-
-
ACTIVA
PROF. TROMPETA .................................................
PROFESOR DE PIANO ...........................................
PROFESOR DE VIOLIN ..........................................
PROFESOR DE CANTO ..........................................
PROFESOR DE TROMPA .......................................
PROFESOR DE CLARINETE ...................................
PROFESOR DE GUITARRA ....................................
PROFESOR DE FLAUTA TRAV. ..............................
PROFESOR DE PERCUSION ..................................
PROFESOR DE TROMBON ....................................
B
B
B
B
B
B
B
B
B
B
-
(*) 18,16%
3,16%
3,16%
3,16%
3,16%
3,16%
3,16%
3,16%
3,16%
3,16%
-
-
-
-
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
ACTIVA
OFERTA PUBLICA
ACTIVA
ACTIVA
OFERTA PUBLICA
ACTIVA
INTERVENTORA .....................................................
AUXILIAR ALGUACIL .............................................
B
D
12%
26,16%
9,36%
35%
-
-
6%
10%
ACTIVA
ACTIVA
D
12%
5,36%
-
-
-
-
ACTIVA
B
B
-
3,16%
3,16%
-
-
-
-
OFERTA PUBLICA
OFERTA PUBLICA
LABORAL FIJO
1
CONSERJE AYUNTAMIENTO .................................
LABORALES T. PARCIAL
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
INTERINOS
1
2
INTERINO T. PARCIAL
CONSERJE CASA CULTURA ..................................
OFERTA PUBLICA
6
9
PROFESOR DE CLARINETE ...................................
PROFESOR DE PERCUSION ..................................
(*)
Plaza número 18 de Funcionarios y Plaza n úm. 1 Laboral T. Parcial: 20% y 15% por ocupar puestos de Director y Jefe de Estudios, respectivamente.
RELACION NOMINAL
PLAZA N.º
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
NOMBRE Y APELLIDOS
NIVEL
PUESTO DE TRABAJO
ANTIGÜEDAD
UNZUE RUIZ, JOSE LUIS .....................................................................................
VACANTE ...............................................................................................................
FELISA MARTINEZ SALINAS ................................................................................
ANA C. SEBASTIAN OCHOA .................................................................................
AURELIO GARCIA ECHEGOYEN ............................................................................
EDUARDO JAURRIETA RODELES .........................................................................
LORENZO GORRIA GABARI ..................................................................................
PEDRO JAVIER LANDIVAR ARDANAZ ..................................................................
LUIS MARIA VIDAURRE REY ...............................................................................
CARLOS ARRIETA GORRIA ..................................................................................
ANGEL VILLAR SOLA ...........................................................................................
PROCESO SELECCION ..........................................................................................
FCO. JAVIER MONTOYA UJUE .............................................................................
ANGEL GUERRERO CARABANTES .......................................................................
ANGEL MARIA GORRI MARTINEZ ........................................................................
MONTOYA JAIME, FRANCISCO JAVIER ................................................................
ABAURREA LEOZ, JOSE IGNACIO ........................................................................
CARLOS LIZARAZU ARAMAYO ............................................................................
CRISTINA BERGASA VILLABONA .........................................................................
A
B
C
C
C
D
C
D
D
D
D
C
C
C
C
C
D
B
B
SECRETARIO .............................................................
4/12/1972
OFICIAL ADMINISTRATIVO .......................................
OFICIAL ADMINISTRATIVO .......................................
OFICIAL ADMINISTRATIVO .......................................
AUXILIAR ADMINISTRATIVO ....................................
ENCARGADO GENERAL ............................................
SUBALTERNO ............................................................
SUBALTERNO ............................................................
SUBALTERNO ............................................................
SUBALTERNO ............................................................
ALGUACIL
ALGUACIL ..................................................................
ALGUACIL ..................................................................
ALGUACIL ..................................................................
GUARDA RURAL .......................................................
CONSERJE COLEGIO .................................................
PROFESOR DE SAXOFON .........................................
PROFESOR LENG. MUSICAL ....................................
1/4/1979
15/11/1984
1/4/1983
3/1/1995
1/7/1981
2/5/1988
1/12/2003
1/11/1997
1/2/1999
FELIX TRAIN LACALLE .........................................................................................
D
CONSERJE AYUNTAMIENTO .....................................
1/1/2007
B
B
B
B
B
B
B
B
PROFESOR
PROFESOR
PROFESOR
PROFESOR
PROFESOR
PROFESOR
PROFESOR
PROFESOR
1/10/1978
10/3/1998
27/7/2000
20/9/2001
1/1/1981
10/10/2000
4/5/1998
LABORAL FIJO
1
LABORALES T. PARCIAL
1
2
3
4
5
6
7
8
FCO. JAVIER BLAZQUEZ ECHAPARE ....................................................................
DIEGO FEDELI ELORZ ...........................................................................................
KATYA JAIME AYESA ...........................................................................................
AMAYA HUARTE OLAZ .........................................................................................
JULIAN CANO VIANA ............................................................................................
OFERTA PUBLICA .................................................................................................
J.VICENTE TRINCADO GOICOECHEA ....................................................................
GARAZI LARRAÑAGA FRANCESENA ....................................................................
DE
DE
DE
DE
DE
DE
DE
DE
TROMPETA .......................................
PIANO ...............................................
VIOLIN ..............................................
CANTO ..............................................
TROMPA ...........................................
CLARINETE
GUITARRA ........................................
FLAUTA TRAV....................................
1/10/2001
16/10/2001
14/8/1999
4/10/2001
1/10/2001
4/7/2000
1/1/2007
B.O. de Navarra−Número 63
PLAZA N.º
9
10
Lunes, 21 de mayo de 2007
NOMBRE Y APELLIDOS
NIVEL
5647
PUESTO DE TRABAJO
ANTIGÜEDAD
OFERTA PUBLICA .................................................................................................
JOSE IGNACIO ONGAY ANDRES ..........................................................................
B
B
PROFESOR DE PERCUSION
PROFESOR DE TROMBON ........................................
1/1/2007
M.ª CARMEN IZCUE ISTURIZ ...............................................................................
M.ª CRUZ CASANOVA ESPARZA ..........................................................................
B
D
INTERVENTORA ........................................................
AUXILIAR ALGUACIL ................................................
1/12/1997
10/12/2003
INTERINO TIEMPO PARCIAL
1
MONTSERRAT ECHARRI LOPEZ ..........................................................................
D
CONSERJE CASA CULTURA .....................................
24/4/2006
INTERINOS
1
2
Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral
6/90, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
Olite, 3 de abril de 2007.−El Alcalde, Mari Carmen Ochoa Canela.
L0705932
PAMPLONA
Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 1 plaza del puesto
de trabajo de Profesor de la Escuela de Música,
especialidad Música de Cámara. Modificación
La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de
Pamplona, con fecha 2 de mayo de 2007, adoptó el siguiente acuerdo:
(15/PR)
«Visto el informe obrante en el expediente, relativo a la titulación
exigida en la convocatoria para provisión de una plaza del puesto de
trabajo de Profesor de la Escuela de Música, Especialidad Música de
Cámara, aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20
de marzo de 2007, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número
51, de 25 de abril de 2007, se acuerda:
1.º Modificar el requisito señalado en la norma 2.1.c) de la convocatoria, que queda redactado de la siguiente forma: "Estar en posesión del Título de Grado Medio de Música, de cualquier especialidad,
o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de
presentación de solicitudes".
2.º Abrir un nuevo plazo de 30 días naturales siguientes a la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para
presentación de instancias.»
Pamplona, 2 de junio de 2007.−El Concejal-Secretario de la Junta
de Gobierno Local, José Iribas Sánchez de Boado.
L0707684
VILLAVA
Lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para
la provisión, mediante concurso-oposición, de tres puestos de trabajo de
Trabajador/a Familiar con destino al Servicio de Ayuda a Domicilio del
Ayuntamiento de Villava
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria
para la provisión de tres puestos de trabajo de Trabajador/a Familiar
con destino al Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Villava, mediante concurso-oposición, cuyas bases fueron publicadas en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 31 de 12/3/2007, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villava mediante resolución número 195
dictada el día 7 de mayo de 2007, resolvió aprobar la siguiente lista
provisional de aspirantes admitidos y excluidos:
Admitidos:
ALBISU CAJAL, YOLANDA
ALCALA LARRAMENDI, LARA
ALFARO LABIANO, SARA MARIA ROSARIO
ALVAREZ GURUCHARRI, RUTH
ALZUGARAY GALARREGUI, ROSA ISABEL
APESTEGUIA DOMEÑO, ROSARIO
ARDANAZ ULIBARRI, MARIA INES
ARINA CAYETANO, MARIA DEL MAR
ARISTU CENOZ, MARIA INMACULADA
ASIO GURUCHARRI, MARTA MARIA
AZCONA LARRETA, MARIA CRUZ
AZPARREN OCAÑA, MARIA DE FATIMA
BIURRUN ZURBANO, MARINA INES
BRIEBA IRURZUN, MARIA ARANZAZU
BUJANDA URBISTONDO, INMACULADA C.
CABEZAS FERNANDEZ, DIONISIO
CALZADO IRIBARREN, JUANA MARIA
CALZADO IRIBARREN, MARIA LOURDES
CASANOVA REMON, MARIA PAZ
CATALAN GIL, YOLANDA
CHIVITE GOMARIZ, ISABEL
CIA GARZA, MARIA ROSARIO
CORNEJO ESOAIN, EVA MARIA
DE AYSA CARDENAL, ALMUDENA
DE MIGUEL BERASATEGUI, IDOIA
DEL ROSARIO VIDAURRETA, M. BEGOÑA
DIAZ RAMOS, CLARA
DIAZ SEGUIN, MARGARITA
DONCEL PAGOLA, MARIA ANTONIA
DURAN GUERRERO, MARIA JESUS
ELGORRIAGA ARANAZ, LAURA
ELIZALDE GARCIA, SUSANA
ELIZALDE SOLA, MIREN ALAZNE
ELORZ RIPA, MARIA DEL ROMERO
EQUISOAIN IBAÑEZ, CELINA MARIA
ESCOLAR ECHEVERRIA, ROSARIO
ESCUDERO DE ANTONIO, MARIA PILAR
ESPAÑA BALBAS, MARIA CARMEN
ESPARTZA PERTIKA, NEREA
ESPINOZA MEZA, ANA MARIA
ETULAIN NUIN, MARIA
FANEGA OTERMIN, MARIA CELIA
GARAYALDE ECHEVERZ, MARIA JOSE
GARBALENA ALEGRIA, MARIA ANTONIA
GARCIA DE GALDEANO MANGADO, LAURA
GARRIDO ECHEVERRIA, PATRICIA
GOÑI BARO, MARIA MERCEDES
GUTIERREZ GONZALEZ, EVA
HUICI FERNANDEZ, MARIA UNCIZU
ILUNDAIN AVELLANEDA, MARIA
INDART ILARREGUI, MARIA ARANTZAZU
IRIARTE OYARZUN, MAIDER
IRIGOYEN GARCIA, MARIA ARANZAZU
ITURGAIZ GORENA, MARIA JOSEFA
JAVERRI FERNANDEZ, MARIA CARMEN
JIMENEZ ARBELOA, MARIA CARMEN
JUBERA SAENZ, MARIA SOLEDAD
LATASA BAILON, IRENE
LATASA BAILON, JAYONE
LATIENDA FERNANDEZ, MARIA PILAR
LEKUNA HERRERO, GORKA
LEUZA GARCIA, MARGARITA LUISA
LIRAS GARRIZ, LOURDES
LISARRI GARRUES, LAURA
LOPEZ LARREA, MARIA ISABEL
MORENO MACUSO, NATALIA
MURILLO LIZARRAGA, MARIA PILAR
NAVARRO MARTINEZ, LAURA
NAVAS SANCHEZ, MARIA CARMEN
NIETO BARANDA, MARIA JULIA
NIETO BARANDA, MARIA LUISA
NUIN ANIZ, MARIA SOLEDAD
OCHOA OCHOA, MARIA JOSE
OCHOA SANZ, MARIA PILAR
OIZA SAGARDOY, MARIA UJUE
OLLETA PARADO, ANA ISABEL
OLLETA PARADO, MARIA IDOYA
ORTEGA SOTO, OLGA DEL MAR
OYARZUN ALBAN, MARIA ENCARNACION
OYARZUN OIZ, SILVIA
OZCOIDI GOÑI, MARIA PUY
PARDO GARCIA, MARIA ARANZAZU
PASCUALENA GOÑI, LIDIA
PITILLAS LOPEZ, IZASKUN
RAMOS DIAZ, MARIA JOSEFA
RECALDE MURILLO, OLGA MARIA
RIPODAS OCHOA, MARIA LUISA
RUIZ ZUAZU, ANGELA
SOLDEVILLA LEONARDO, ELIZABETH
TELLECHEA LEOZ, MARIA VICTORIA
UNZUE PATERNAIN, JESUS MARIA
URMENETA TEJERO, MARIA ANGELES
URRA ALDEA, MAITE
USACH ALDAZABAL, TERESA CONCEPCION
VERA TANTOS, ANA ISABEL
VILLANUEVA URABAYEN, M. EUGENIA
VILLAR EZKURRA, SARA
YAÑEZ MENDIZABAL, ANA ISABEL
ZARATIEGUI NAVARLAZ, MARIA ANGELES
Excluidos:
GOÑI AIZPUN, MARIA ROSARIO (base 3.2, presentación de la solicitud
fuera de plazo).
Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en la base 4.1
de la convocatoria, con la indicación de que dentro de los diez días
hábiles siguientes, los excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.
Villava, 7 de mayo de 2007.−El Alcalde, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui.
L0707868
5648
Lunes, 21 de mayo de 2007
B.O. de Navarra−Número 63
quedará expuesto al público en las oficinas municipales el expediente
que se indica a continuación, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad, puedan presentar durante dicho plazo las observaciones pertinentes.
Promotor: Especias Onena, S.L. Actividad: Almacén nave industrial.
Emplazamiento: Polígono Industrial Ezcabarte, calle E, nave 4.
Ezcabarte, 2 de abril de 2007.−El Alcalde, Félix Idoate Munárriz.
2.3. OTRAS DISPOSICIONES
2.3.1. Autorizaciones y Licencias
ABLITAS
Otorgamiento de licencia de actividad
L0706128
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de
marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público
que ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se
indican a continuación:
Fecha de concesión: 28 de marzo de 2006. Promotor: Puado Mantenimiento Industrial, S.L. Actividad: Taller de mantenimiento industrial.
Emplazamiento: Camino Viejo de Cascante, 35.
Ablitas, 29 de marzo de 2007.−El Alcalde, Luis María Sada Enériz.
L0706212
ABLITAS
Otorgamiento de licencia de actividad
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de
marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público
que ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se
indican a continuación:
Fecha de concesión: 12 de febrero de 2007. Promotor: Bodegas
Iñaki Nuñez. Actividad: Adecuación torre en bodega como hotel rural y
restaurante. Emplazamiento: Parcela 1438 del polígono 5, en paraje
"Volandin".
Ablitas, 29 de marzo de 2007.−El Alcalde, Luis María Sada Enériz.
L0706225
BASABURUA
Otorgamiento de licencia de actividad
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de
marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público
que ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se
indican a continuación:
Fecha de concesión: 29 de marzo de 2007. Promotor: José Ignacio
Ansorena Ilarregui. Actividad: Ampliación de explotación de ganado
ovino de leche. Emplazamiento: Parcela 425, polígono 4, de Itsaso.
Basaburua, 11 de abril de 2007.−El Alcalde, Ignacio Soraluce
Arregui.
L0706271
NOAIN (VALLE DE ELORZ)
Autorización de actividad clasificada
En cumplimento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005 de 22 de
marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público
que ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se
indican a continuación:
Fecha de concesión: 11 de abril de 2007. Concesionario: Deportes
Irabia, S.L. Actividad: Almacén de productos deportivos y taller de reparación de esquíes. Emplazamiento: Polígono Industrial Arbide, Nave
18 - Noáin.
Noáin (Valle de Elorz), 11 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente,
Miguel Elizari Reta.
L0706232
2.3.2. Contratación, obras y servicios públicos
LIEDENA
Adjudicación de concurso público
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 10/1998, de 16 de
junio, de Normas reguladoras de los contratos de las Administraciones
Públicas de Navarra, se hace público que, por Acuerdo de 30 de agosto
de 2006, el Ayuntamiento de Liédena ha adjudicado el siguiente contrato:
Objeto del contrato: Adjudicación de contrato de obras de Renovación de redes y pavimentación de antigua Carretera de Jaca, Camino
del Río y Nuestra Señora de la Asunción.
Procedimiento: Procedimiento abierto, concurso.
Importe: 400.512,50 euros.
Adjudicatario: Excavaciones Fresneda, S.L.
Liédena, 10 de abril de 2007.−La Alcaldesa, Ana María Ventura
Marturet.
L0706195
BERRIOPLANO
LONGUIDA
Otorgamiento de licencia de actividad
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de
marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público
que ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se
indican a continuación:
Fecha de concesión: 13 de abril de 2007. Promotor: Concejo de
Añezcar. Actividad: Ampliación del cementerio. Emplazamiento:
Añezcar.
Berrioplano, 13 de abril de 2007.−El Alcalde, José María Irisarri
Ollacarizqueta.
L0706227
BERRIOPLANO
Subasta de hierbas
El Ayuntamiento del Valle de Lónguida anuncia subasta pública que
se celebrará en la Casa Consistorial, sita en Aos, el día 4 de junio de
2007, a las 12 horas, por el procedimiento de "a viva voz", para la adjudicación del aprovechamiento de hierbas comunales de MuguetaMugeta, Uli Bajo-Uli Beiti, por plazo de 8 años y tipo de licitación 1.200
euros anuales.
El pliego de condiciones que ha de regir la subasta se halla de
manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento.
Lónguida, 7 de mayo de 2007.−El Alcalde, Francisco Javier Oliver
Carte.
L0707580
Otorgamiento de licencia de actividad
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de
marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público
que ha sido concedida la licencia de actividad cuyas características se
indican a continuación:
Fecha de concesión: 13 de abril de 2007. Promotor: Urpasa 2004
U.T.E. Actividad: Garaje Mancomunado. Emplazamiento: Parcela
R-12.3 del Sector Mogotes de Artica.
Berrioplano, 13 de abril de 2007.−El Alcalde, José María Irisarri
Ollacarizqueta.
L0706255
EZCABARTE
Solicitud de licencia de actividad
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Foral 4/2005, de 22 de
marzo, de intervención para la protección ambiental, se hace público
que, por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra,
OROZ-BETELU
Subasta de puestos palomeros
El día 26 de mayo próximo, sábado, a las 12 horas, se celebrará
en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento, subasta pública, a viva
voz, para el arriendo por el plazo de cuatro temporadas, de un lote de
puestos palomeros, constituido por once puestos palomeros en andamios, en el paraje de Bizkasun, siendo el precio base de licitación de
10.800 euros.
Si quedare desierto se celebrará segunda subasta, sin rebaja, el
próximo día 30 de mayo a las 12 horas, y si ésta quedara también desierta, se celebrará tercera subasta, sin rebaja, el próximo día 1 de junio
a las 12 horas, en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento.
El Pliego de Condiciones se halla de manifiesto en la Secretaría
Municipal a disposición de los interesados.
Oroz-Betelu, 4 de mayo de 2007.−El Alcalde, José María Arcelus
Lusarreta.
L0707401
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
5649
ceder a su publicación, con carácter resumido, en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra".
Lo que certifico a los efectos oportunos.
Artieda, 9 de abril de 2007.−El Secretario, Luis Ignacio Machín
Mugueta.−El Alcalde, José Javier García Aristu.
2.3.3. Expropiación Forzosa
BEIRE
Proyecto de colector para pluviales
L0706299
En sesión celebrada el pasado día 19 de enero de 2007, el Pleno
del Ayuntamiento de Beire ha acordado aprobar el Proyecto técnico
para la ejecución de un nuevo colector de pluviales en Beire, así como
la relación de bienes y derechos afectados por dicho proyecto, reconociendo y declarando la utilidad pública y la necesidad de ocupación
de los citados bienes y derechos.
El proyecto y las afecciones quedarán sometidas a exposición pública por plazo de quince días, a partir de la publicación del presente
en el Tablón municipal y el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que se
puedan presentar por los interesados cuantas observaciones o alegaciones se estime oportunas.
Lo que se ordena publicar para su conocimiento y efectos.
Beire, 23 de febrero de 2007.−El Alcalde-Presidente, Sergio Fresán
Oroz.
L0706304
2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales
AÑEZCAR
Aprobación inicial de Presupuestos
La Junta del Concejo de Añézcar, en sesión de 16 de abril de 2007,
aprobó inicialmente el Presupuesto concejil del año 2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 271 de la Ley Foral
6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el presupuesto aprobado se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados
puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Añézcar, 20 de abril de 2007.−La Presidenta, María Angeles Irisarri
Goñi.
L0706803
ARTIEDA
EDICTO
Don Luis Ignacio Machín Mugueta, Secretario del Concejo de Artieda.
Certifico: Que, en sesión celebrada por el Concejo de Artieda, con
fecha 1 de abril de 2007, se adoptó el acuerdo cuyo texto íntegro se
transcribe a continuación:
"2.º Aprobación, si procede, de las Cuentas de 2006 y de Presupuestos de 2007.
Por el señor Presidente del Concejo, se da cuenta del resultado
económico concerniente al balance de las Cuentas del órgano concejil,
del ejercicio de 2006.
Debatido el asunto, se acuerda por unanimidad de todos los presentes, aprobar los siguientes puntos:
1. Aprobar de manera provisional, las Cuentas económicas del
Concejo de Artieda, del año 2006.
2. Proceder a su exposición pública, por un plazo de quince días,
en el Tablón de Anuncios, situado en la fachada del edificio concejil.
En el caso de que durante ese período de quince días, no se presentara ninguna alegación vecinal, se entenderá el presente acuerdo
como de aprobación definitiva de dichas Cuentas.
Asimismo, el señor Presidente del Concejo da cuenta del contenido
de los presupuestos del órgano concejil, elaborados para el ejercicio
económico de 2007.
Debatido el asunto, se acuerda por unanimidad de todos los presentes aprobar los siguientes puntos:
3. Aprobar de manera provisional los Presupuestos del Concejo
de Artieda para el año 2007, con un balance cuadrado de ingresos y
gastos que asciende a la cantidad de 382.030 euros.
4. Proceder a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de
la mencionada aprobación provisional.
5. Proceder a su exposición pública, por un plazo de quince días,
en el Tablón de Anuncios, situado en la fachada del edificio concejil.
6. En el caso de que durante ese período de quince días, no se
presentara ninguna alegación vecinal, el presente acuerdo se entenderá como de aprobación definitiva de los citados Presupuestos.
Una vez aprobados con carácter definitivo, presentarlos en el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra y pro-
AYEGUI
Aprobación definitiva de Presupuestos
El Pleno del Ayuntamiento de Ayegui, en sesión celebrada el 6 de
febrero de 2007, acordó aprobar inicialmente el Presupuesto Ordinario
para el año 2007.
El acuerdo de aprobación inicial fue publicado en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra número 32, de fecha 14 de marzo de 2007.
Transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, en sesión de 3 de abril de 2007, se procede a la
aprobación definitiva del Presupuesto municipal del año 2007, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley Foral 6/1990, de
la Administración Local de Navarra, y en el artículo 202 de la Ley Foral
2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, se publica resumido por
capítulos.
INGRESOS:
Capítulo I.−Impuestos directos: 328.300,00 euros.
Capítulo II.−Impuestos indirectos: 450.000,00 euros.
Capítulo III.−Tasas, precios públicos y otros: 35.600,00 euros.
Capítulo IV.−Transferencias corrientes: 406.900,00 euros.
Capítulo V.−Ingresos patrimoniales y aprovechamientos comunales:
43.400,00 euros.
Capítulo VI.−Enajenación de inversiones reales: 1.400.600,00
euros.
Capítulo VII.−Transferencias y otros ingresos que financian gastos
de capital: 4.307.100,00 euros.
Capítulo IX.−Variación de pasivos financieros: 1.534.000,00 euros.
Total ingresos: 8.505.900,00 euros.
GASTOS:
Capítulo I.−Gastos de personal: 374.900,00 euros.
Capítulo II.−Compra de bienes corrientes y servicios: 415.400,00
euros.
Capítulo III.−Gastos financieros: 16.000,00 euros.
Capítulo IV.−Transferencias corrientes: 55.600,00 euros.
Capítulo VI.−Inversiones reales: 7.494.000,00 euros.
Capítulo IX.−Pasivos financieros: 150.000,00 euros.
Total gastos: 8.505.900,00 euros.
Ayegui, 10 de abril de 2007.−El Alcalde, José Artiz Segura.
L0706043
HIRIBERRI/VILLANUEVA DE AEZKOA
Aprobación inicial del Presupuesto General Unico de 2007
El Pleno del Ayuntamiento de Hiriberri/Villanueva de Aezkoa, en
sesión celebrada el día 3 de abril de 2007, aprobó inicialmente el Presupuesto municipal del año 2007 y sus Bases de Ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley Foral
6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el presupuesto aprobado se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados
puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Hiriberri/Villanueva de Aezkoa, 12 de abril de 2007.−La Alcaldesa,
María Isabel Ancho Burusco.
L0706261
LEACHE
Informe favorable Cuentas del ejercicio de 2006
Conforme a lo dispuesto en el artículo 305 de la Ley Foral de Administración Local de Navarra 6/1990, de 2 de julio, se hace público que
el Pleno del Ayuntamiento de Leache, en sesión extraordinaria celebrada el 23 de marzo de 2007, en función de Comisión Especial de
Cuentas, ha informado favorablemente las Cuentas del ejercicio de
2006 del Ayuntamiento de Leache, quedando expuestas al público por
el plazo de quince días hábiles, desde la publicación de este anuncio
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante el cual, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones.
Leache, 26 de marzo de 2007.−El Alcalde, Pedro Gorraiz Zabalza.
L0706322
5650
Lunes, 21 de mayo de 2007
LEACHE
Aprobación inicial del Presupuesto General Unico y Bases de Ejecución
para el año 2007
En sesión extraordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento
de Leache, el día 23 de marzo de 2007, se adoptó por unanimidad y
con el quórum legalmente exigido, el siguiente acuerdo:
1.º Aprobar inicialmente el Presupuesto General Unico del Ayuntamiento de Leache y sus Bases de Ejecución, para el año 2007, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 269 a 276 de la Ley Foral
6/1990 de la Administración Local de Navarra y 201 y siguientes de la
Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra.
2.º Publicar el acuerdo de aprobación inicial en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, a fin de que
los vecinos e interesados puedan examinar el expediente y formular las
reclamaciones que estimen oportunas, durante el plazo de quince días
hábiles desde su publicación.
Si se formularen reclamaciones, el Pleno adoptará acuerdo expreso
relativo a la resolución de las mismas, y procederá a la aprobación definitiva del Presupuesto. Si no se formularen reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente, una vez transcurrido el período de exposición pública indicado.
Leache, 26 de marzo de 2007.−El Alcalde, Pedro Gorraiz Zabalza.
B.O. de Navarra−Número 63
Capítulo 8.−Activos financieros: 0,00 euros.
Capítulo 9.−Pasivos financieros: 0,00 euros.
Total gastos: 704.292,11 euros.
Odieta, 23 de marzo de 2007.−El Alcalde-Presidente, Alberto Urdániz Elizondo.
L0706375
TAFALLA
Aprobación inicial de modificación de Presupuestos
El Pleno del Ayuntamiento de Tafalla, en sesión celebrada el día
27 de marzo de 2007, aprobó inicialmente la modificación del Presupuesto municipal 3/2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral
270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de
10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación
de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Tafalla, 3 de marzo de 2007.−La Alcaldesa, María Teresa Mañú
Echaide.
L0706160
L0706323
TAFALLA
LEOZ
Aprobación inicial de modificación de Presupuestos
Aprobación inicial de Presupuestos
El Pleno del Ayuntamiento de Leoz, en sesión ordinaria celebrada
el día 30 de marzo de 2007, aprobó inicialmente el Presupuesto municipal del año 2007, sus Bases de ejecución y el Presupuesto de la
Empresa Municipal Orbalán, S.L.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley Foral
6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el presupuesto aprobado se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados
puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Iracheta (Leoz), 2 de abril de 2007.−El Alcalde, Endika Zabalza
Murillo.
L0706380
ODIETA
Aprobación inicial del Presupuesto 2007 y Bases de ejecución
El Pleno del Ayuntamiento de Odieta, en sesión celebrada el día 23
de marzo de 2007, aprobó inicialmente el Presupuesto General Unico
para el Ejercicio 2007 y sus Bases de ejecución.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 276 de la Ley Foral
6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el presupuesto aprobado se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados
puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
INGRESOS:
Capítulo 1.−Impuestos directos: 65.676,49 euros.
Capítulo 2.−Impuestos indirectos: 27.000,00 euros.
Capítulo 3.−Tasas y otros ingresos: 190,00 euros.
Capítulo 4.−Transferencias corrientes: 74.246,52 euros.
Capítulo 5.−Ingresos patrimoniales: 1.300,00 euros.
Capítulo 6.−Enajenación de inversiones reales: 0,00 euros.
Capítulo 7.−Transferencias de la administración general a la entidad: 457.612,31 euros.
Capítulo 8.−Activos financieros: 0,00 euros.
Capítulo 9.−Pasivos financieros: 78.266,79 euros.
Total ingresos: 704.292,11 euros.
GASTOS:
Capítulo 1.−Gastos de personal: 42.435,00 euros.
Capítulo 2.−Gastos en bienes corrientes y servicios: 37.170,00
euros.
Capítulo 3.−Gastos financieros: 150,25 euros.
Capítulo 4.−Transferencias corrientes: 51.887,50 euros.
Capítulo 6.−Inversiones reales: 572.649,36 euros.
Capítulo 7.−Transferencias de capital: 0,00 euros.
El Pleno del Ayuntamiento de Tafalla, en sesión celebrada el día
27 de marzo de 2007, aprobó inicialmente la modificación del Presupuesto municipal 2/2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Foral
270/1998, de 21 de septiembre, que desarrolla la Ley Foral 2/1995, de
10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público, el expediente se expondrá en Secretaría durante quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación
de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos o interesados puedan examinar el expediente y formular las reclamaciones que estimen pertinentes.
Tafalla, 3 de marzo de 2007.−La Alcaldesa, María Teresa Mañú
Echaide.
L0706161
MANCOMUNIDAD DE MONTEJURRA
Aprobación inicial de modificación al Presupuesto General Unico año 2007
(primera modificación)
La Mancomunidad de Montejurra, reunida en Asamblea General
Extraodinaria el día 16 de marzo de 2007, celebrada en el salón de
Plenos del Ayuntamiento de Estella y con el quórum legalmente exigido,
adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobación inicial de primera modificación al Presupuesto General Unico de la entidad, correspondiente al
año 2007.
El expediente administrativo estará a disposición de los vecinos o
interesados en la Secretaría de la entidad durante quince días a partir
de esta publicación, a fin de que puedan presentarse cuantas reclamaciones, observaciones o reparos se consideren oportunos, conforme
al artículo 271 de la Ley Foral de Administración Local, modificada
mediante Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre.
Si no se formulasen reclamaciones, la modificación quedará definitivamente aprobada transcurrido el precitado plazo (artículo 202.1 de la
Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra).
Estella, 3 de abril de 2007.−El Presidente, Antonio Barbarin Garísoain.
L0706158
2.3.5. Otros
ARTAJONA
Aprobación definitiva Proyecto de Estatutos de la Junta de
Compensación de la Unidad U.A.-1.1.A
del Sector 1 de Artajona
El Pleno del Ayuntamiento de Artajona, en sesión celebrada el pasado 30 de marzo de 2007 acordó por unanimidad de los presentes
aprobar definitivamente el Expediente de Proyecto de Estatutos de la
Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución UA-1.1 A del sector
1 del PM de Artajona, cuyo promotor es Jesús María López Urdiain,
indicándose a los propietarios que el presente acto de aprobación definitiva implica la incorporación automática de los mismos al sistema de
compensación, quedando vinculados en lo sucesivo por los acuerdos
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
de la Junta y de la Administración actuante y otorgándoles un plazo de
máximo de tres meses para constituir la Junta de Compensación, mediante otorgamiento de Escritura Pública. A partir de su constitución la
Junta de Compensación adquirirá personalidad jurídica y capacidad de
obrar.
Lo que se publica para general conocimiento de los interesados.
Artajona, 2 de abril de 2007.−El Alcalde, Pedro María Egea Ortiz.
L0706183
CORELLA
Aprobación inicial de Estudio de Detalle
El Ayuntamiento de Corella, en sesión de la Junta de Gobierno
Local celebrada el día 30 de marzo de 2007, adoptó acuerdo aprobando
inicialmente el Estudio de Detalle instado por Residencial Camino Bajo,
S.L. que tiene por objeto reordenar la edificabilidad asignada a la parcela.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se somete el expediente a información pública durante el plazo de veinte días a partir de la publicación
de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que pueda ser
examinado por los interesados y formular las alegaciones oportunas.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.
Corella, 12 de abril de 2007.−El Alcalde, Ramón Jiménez González.
L0706201
HIRIBERRI/VILLANUEVA DE AEZKOA
Aprobación inicial de Estudio de Detalle
El Pleno del Ayuntamiento de Hiriberri/Villanueva de Aezkoa en sesión celebrada el día 3 de abril de 2007 adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
1.−Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela 21 del
sector U.1/G3 de Hiriberri/Villanueva de Aezkoa, promovido por María
Carmen Arrese Bidart y Víctor Burusco Juandeaburre.
2.−Exponer el expediente a información pública durante el plazo de
veinte días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con el fin de que los
interesados puedan interponer en tiempo y forma, los reparos, observaciones y alegaciones que estimen pertinentes.
Hiriberri/Villanueva de Aezkoa, 12 de abril de 2007.−La Alcaldesa,
María Isabel Ancho Burusco.
L0706203
PERALTA
Aprobación inicial de modificación de NN.SS. unidad 87
El Pleno del Ayuntamiento de Peralta, en sesión celebrada el día
29 de marzo de 2007, acordó aprobar inicialmente la modificación de
NN.SS. en la Unidad 87, en las parcelas correspondientes a los números 22 a 26 de la Avenida de la Paz.
Lo que se somete a exposición pública por el plazo de un mes
desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, de conformidad con el artículo 74, en relación con el 79.3 de
la L.F. 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Peralta, 13 de abril de 2007.−La Alcaldesa, Sagrario Guinduláin
Guerendiáin.
5651
RONCAL
Aprobación inicial de Estudio de Detalle
El Ayuntamiento de Roncal, mediante Resolución de su Alcaldía
17/2007, de 12 de abril de 2007, ha aprobado inicialmente el Estudio
de Detalle para la Unidad de Ejecución U.O-8-A, del Plan Municipal de
Urbanismo de Roncal, promovido por Fernando Ambustegui Bara, en
representación de Unai y Nerea Ambustegui Cesar.
El expediente se somete a Exposición Pública por plazo de veinte
días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente
anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los interesados
puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes,
de conformidad con la tramitación prevista en el artículo 76, en relación
con el 74, de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación
del Territorio y Urbanismo.
Roncal, 12 de abril de 2007.−El Alcalde, Agapito Boj Garate.
L0706542
ARAKIL
Aprobación inicial del Estudio de Detalle en unidad U 10
El señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento del Valle de Arakil,
dictó resolución con fecha de 30 de marzo de 2007, aprobando inicialmente el Estudio de Detalle para ejecución de dos viviendas en
parcela número 37 de Ekai, promovido por don Mariano y don Alfonso
Irurzun Ollo.
Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002, de
20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, cualquier
interesado podrá consultar el expediente y formular las alegaciones al
mismo durante el plazo de veinte días, desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Arakil, 3 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Javier Lazcoz
Olaechea.
L0706543
LUMBIER
Aprobación inicial de Estudio de Detalle
El Ayuntamiento de Lumbier, en sesión celebrada el día veintinueve
de marzo de 2007, acordó aprobar inicialmente el Estudio de Detalle
para la construcción de losas de balcón en calle Abadía, número 40 de
Lumbier promovido por María Fermina Burguete Zubillaga.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral
35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
el expediente se somete a información pública durante veinte días
desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones
pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el período de información pública el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.
Lumbier, 2 de abril de 2007.−El Alcalde, Joaquín Garde San Martín.
L0706559
LUMBIER
L0706226
Aprobación inicial de desafectación de terreno comunal
ENERIZ
El Pleno del Ayuntamiento de Enériz en sesión del día veintinueve
de marzo de 2007, aprobó inicialmente, el proyecto de modificación de
las NNSS de la UO-39 redactado por la arquitecta doña Susana Cía
Benitez y promovido por Paleprom, S.L.
Lo que se hace público por plazo de un mes en cumplimiento de lo
preceptuado en el artículo 79.2,b) de la Ley Foral 35/2002, de 20 de
diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, para que a partir
del día siguiente al de su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra
pueda ser examinado en la Secretaría Municipal y formularse las alegaciones que se consideren convenientes.
Enériz, 10 de abril de 2007.−El Alcalde Presidente, José Alberto
Valencia Trueba.
El Pleno del Ayuntamiento de Lumbier en Sesión Ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2007, acordó por unanimidad la desafectación inicial del uso comunal de la parcela rústica número 1296 del
polígono 2, de 964,40 m² en el paraje La Cruzada.
La finalidad es proceder a la permuta por razones de interés público
por la parcela de propiedad particular números 218 del polígono 3 de
1.249,92 m².
Lo que se hace público al objeto de que durante el plazo de un mes
puedan formularse alegaciones o reclamaciones, de conformidad con
el artículo 140.3 de la Ley Foral de Administración, a tal fin el expediente, pliego de cláusulas y demás documentación se encuentra a
disposición de todo el que quiera examinarlo en las oficinas municipales.
Lumbier, 31 de marzo de 2007.−El Alcalde, Joaquín Garde San
Martín.
L0706228
L0706560
Modificación Normas Subsidiarias en la UO-39
5652
Lunes, 21 de mayo de 2007
VIANA
B.O. de Navarra−Número 63
3.º Notificar asimismo el presente acuerdo a cuantos puedan resultar interesados en su conocimiento y proceder a su publicación en
la forma legalmente establecida.
Olite, 20 de abril de 2007.−La Alcaldesa, M. Carmen Ochoa Canela.
Aprobación inicial Proyecto de Reparcelación
y Convenio urbanístico
El Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Viana, dictó resolución con fecha 18 de abril de 2007 aprobando inicialmente el Proyecto de Reparcelación y Convenio urbanístico de la unidad de ejecución UE-15 del Plan Municipal de Viana, promovido por Cnes Sainz
Arpón, S.L.
Los citados expedientes se someten a información pública durante
el periodo de 20 días, contados a partir de la inserción de este anuncio
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para su examen y presentación de
alegaciones.
Lo que se publica para general conocimiento.
Viana, 18 de abril de 2007.−El Alcalde, Gregorio Galilea Arazuri.
L0706608
ETXARRI ARANATZ
Aprobación inicial de expediente de contribuciones especiales
El Pleno del Ayuntamiento de Etxarri Aranatz, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2007 y de forma reglamentaria,
adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente el expediente de imposición
y ordenación de contribuciones especiales, por las obras de urbanización del Polígono Industrial de Utzubar.
El citado acuerdo y el expediente referido, estará expuesto al público, en la Secretaría municipal, durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente
anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y al objeto de que los posibles
interesados puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.
Lo que se hace público, para general conocimiento y demás efectos
legales pertinentes; significando que, si pasado el plazo de exposición
no se formulan reclamaciones, la aprobación inicial se elevará a definitiva.
Etxarri Aranatz, 13 de abril de 2007.−El Alcalde en funciones, Iraitz
Goñi Iraurgi.
L0706706
CADREITA
Aprobación definitiva de Cambio de Sistema de Actuación
El Ayuntamiento de Cadreita, en resolución de alcaldía el día 2 de
abril de 2007, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Cambio
de Sistema de Actuación de la unidad de ejecución UVO/20, promovido
por Ayuntamiento de Cadreita.
Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76
de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Cadreita, 2 de abril de 2007.−El Alcalde, Alfonso Montori Prat.
L0706708
OLITE
Aprobación inicial Estudio de Detalle
La Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de la Ciudad de Olite,
en el día de la fecha, ha dictado la siguiente.
Resolución 108/2007:
Vista solicitud de tramitación de Estudio de Detalle afectante a
unidad U.R.1 de Olite presentado por César Vidaurre Escalera en
nombre de la Junta de Compensación de dicha unidad, así como el
proyecto adjunto a dicha solicitud.
Se trata de un Estudio de Detalle para la modificación de alineaciones previstas inicialmente en la unidad, la determinación de alineaciones de planta sótano y establecimiento de las secciones de los
edificios.
Vistos los informes técnicos obrantes en el expediente.
Considerando lo dispuesto en artículo 62 y 76 de la Ley Foral
35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Navarra.
Resuelvo:
1.º Otorgar la aprobación inicial al meritado Estudio de Detalle y
someterlo a información pública por espacio de 20 días.
2.º La presente aprobación se otorga en el entendido de que:
−La acera junto a los bloques 2 y 3 de la calle Falconera dispondrá
de una anchura mínima de dos metros.
−La rampa del garaje del bloque 6 no podrá atravesar la zona verde
pública.
−En los bloques 2 y 3 se ubicarán, como mínimo, el 22 por 100 del
número total de viviendas de protección oficial.
L0706711
AYEGUI
Aprobación definitiva de Estudio de Detalle
En la sesión ordinaria que el Pleno del Ayuntamiento de Ayegui,
celebró el día 3 de abril de 2007, se adoptó con el quórum legalmente
exigido, el acuerdo cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:
1.−Aprobar definitivamente un Estudio de Detalle en el ámbito de las
parcelas 8 y 9 del Sector 3, del Plan municipal de Ayegui, promovido
por la U.T.E. Plazaola-GSI (Residencial Ayegui Sociedad Cooperativa)
y redactado por el Arquitecto don Jesús Aramendia Pardo, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002,
de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
2.−La aprobación definitiva del Estudio de Detalle, se publicará en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 81.1 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
3.−El acuerdo de aprobación definitiva se comunicará al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del
Gobierno de Navarra, en el plazo de quince días.
Ayegui, 10 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, José Artiz Segura.
L0706137
AYESA
Delimitación cartográfica de comunales y cañadas
El Concejo de Ayesa, en sesión celebrada el día 10 de abril de
2007, acordó iniciar el expediente de "Delimitación cartográfica de sus
bienes comunales y cañadas", con motivo de la realización de la Concentración Parcelaria.
De conformidad con lo dispuesto en el "Reglamento de bienes de
las Entidades Locales de Navarra", Capítulo IV, Sección 2.ª, artículo 40,
serán expuestos al público en las oficinas del Concejo de Ayesa, para
su general conocimiento, los planos cartográficos de los bienes comunales y la relación de los mismos.
Los interesados podrán alegar por escrito, cuanto estimen conveniente a su derecho, acompañando todos los documentos en que
funden sus alegaciones, las cuales serán recogidas en la Secretaría del
Concejo.
El plazo de presentación de alegaciones será de un mes, a contar
a partir de los 15 días siguientes al de la publicación del presente
anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios del
Concejo. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá documentación ni
alegación alguna.
El expediente obra de manifiesto en la Secretaría del Concejo de
Ayesa.
Ayesa, 12 de abril de 2007.−El Alcalde, Fernando Egea Beaumont.
L0706234
CORELLA
Aprobación definitiva Convenio Urbanístico
El Ayuntamiento de Corella en sesión extraordinaria del Pleno Municipal celebrada el día 26 de marzo de 2007, aprobó definitivamente
el Convenio Urbanístico de Gestión ente el Ayuntamiento de Corella y
la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución 4 del Area de
Reparto 1 del Plan Municipal, cuyo objeto es el cumplimiento del deber
legal de cesión del aprovechamiento urbanístico mediante el pago de
cantidad sustitutoria en metálico.
Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento de
Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Corella, 13 de abril de 2007.−El Alcalde, Ramón Jiménez González.
L0706200
CORTES
EDICTO
Resolución número 65/2007, de 3 de abril, del Alcalde- Presidente
del Ayuntamiento de la Villa de Cortes, por la que en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 48.3 y 48.4 de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y ante el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por doña Concepción Belío Martín, contra la resolución de
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Alcaldía número 21/2007, de fecha 30 de enero de 2007, se procede
a remitir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos, el
expediente completo de la citada resolución; así como se resuelve
poner en conocimiento de cuantos puedan considerarse interesados,
emplazándoles edictalmente para que puedan comparecer como demandados y personarse, en su caso, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Don Javier Blasco Mendívil, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de la Villa de Cortes,
Mediante resolución de Alcaldía número 21/2007, de 30 de enero,
se acordó desestimar recurso de reposición interpuesto por doña Concepción Belío Martín, contra resolución de Alcaldía número 139/2006,
de 11 de diciembre, por la que se acuerda denegar la licencia de obras
solicitada, para cerrar portalada de 2.40 metros de alto y 3,90 metros
de ancho, en la calle valle del Roncal, 12, de Cortes.
Habiendo tenido conocimiento del requerimiento del Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo número Dos de Pamplona, dando cuenta
de la interposición contra resolución de Alcaldía número 21/2007, de
30 de enero, del recurso contencioso administrativo número 42/2007,
de doña Concepción Belío Martín y procediendo atender el contenido
del requerimiento,
He resuelto:
Primero.−Remitir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de Pamplona, copia diligenciada del expediente completo de
la resolución de Alcaldía número 21/2007, de 30 de enero, por la que
se acordó desestimar recurso de reposición interpuesto por doña Concepción Belío Martín, contra resolución de Alcaldía número 139/2006,
de 11 de diciembre, por la que se acuerda denegar la licencia de obras
solicitada para cerrar portalada de 2.40 metros de alto y 3,90 metros
de ancho, en la calle valle del Roncal, 12, de Cortes.
Segundo.−Publicar la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, al objeto de que, de conformidad con lo establecido en los
artículos 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en relación con el artículo 59.5 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los
posibles interesados puedan comparecer y, en su caso, personarse
como demandados en el recurso, en el plazo de nueve días, a contar
desde la citada publicación.
Tercero.−Nombrar Procurador para este pleito, a doña Ana Muñiz
Aguirreurreta y Abogados con el poder necesario, a don José Iruretagoyena Aldaz y a doña María Jesús Labiano Nuin.
Cuarto.−Trasladar la presente resolución a los vecinos colindantes,
al objeto de que de conformidad con establecido en el artículo 49 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, puedan comparecer y en su caso personarse como demandados del recurso, en el plazo de nueve días, a contar desde la
citada notificación.
Quinto.−Trasladar la presente resolución al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Dos de Pamplona, y dar cuenta de la
misma al Pleno de la Corporación, en la primera sesión ordinaria que
celebre.
Cortes, 3 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, firma ilegible.−El
Secretario, firma ilegible.
L0706135
ESTELLA
5653
GALAR
Aprobación inicial de Proyecto de Reparcelación
El Ayuntamiento de la Cendea de Galar, en sesión celebrada el 12
de abril de 2007, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de Proyecto
de reparcelación del Sector S-3 de Esparza de Galar, promovido por la
Junta de Compensación del Sector.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Foral
35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
el expediente se somete a información pública durante veinte días
desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones
pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el período de información pública, el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.
Salinas de Pamplona, 13 de abril de 2007.−El Alcalde, Ricardo Ariz
Imízcoz.
L0706243
GALAR
Aprobación inicial de Estudio de Detalle
El Ayuntamiento de Cendea de Galar, en sesión celebrada el 12 de
abril de 2007, acordó aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la
manzana C de la Unidad UE-1 del Area de Reparto AR-7 (ampliación
del polígono Noáin-Esquíroz), en Esquíroz, promovido por Naves Industriales Esquíroz, S.L.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral
35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
el expediente se somete a información pública durante veinte días
desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones
pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el período de información pública, el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.
Salinas de Pamplona, 13 de abril de 2007.−El Alcalde, Ricardo Ariz
Imízcoz.
L0706244
GALAR
Aprobación inicial de Estudio de Detalle
El Ayuntamiento de Cendea de Galar, en sesión celebrada el 12 de
abril de 2007, acordó aprobar inicialmente el Estudio de Detalle de la
parcela 44, de Esparza de Galar, promovido por Viviendas Unifamiliares
de Navarra, S.L.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral
35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
el expediente se somete a información pública durante veinte días
desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones
pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el período de información pública, el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.
Salinas de Pamplona, 13 de abril de 2007.−El Alcalde, Ricardo Ariz
Imízcoz.
L0706245
Aprobación definitiva Convenio Urbanístico
En sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local, habiéndose presentado una única alegación en el transcurso del período de información pública contra el acuerdo de aprobación inicial del convenio
suscrito entre el Ayuntamiento de Estella y hermanos Andía Zabala y
Zaldubidea, S.L., para la modificación puntual del planeamiento de las
Unidades U.E. 3.1 a y U.E. 3.1 (Zaldu) del Ayuntamiento de Estella,
celebrada el 29 de marzo de 2007, se acuerda:
1.º Desestimar la alegación presentada, atendido el informe de la
oficina técnica municipal.
2.º Aprobar definitivamente, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 25.4 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el Convenio Urbanístico suscrito
entre los hermanos Andía Zabala y Zalbubidea, S.L., y el Ayuntamiento
de Estella.
3.º Facultar a la Alcaldesa-Presidenta del excelentísimo Ayuntamiento de Estella, para la firma del Convenio Urbanístico de referencia.
Estella, 16 de marzo de 2007.−La Alcaldesa, María José Fernández
Aguerri.
El Ayuntamiento de Huarte, en sesión celebrada el día 29 de marzo
de 2007, acordó aprobar inicialmente el "Proyecto de Urbanización de
la Modificación del P.E.R.I. de Areta Norte parcelas 258 y 300 en
Huarte", promovido por Construcciones Metálicas Comansa, S.A. y redactado por Joaquín Salanueva Etayo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral
35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
el expediente se somete a información pública durante veinte días
desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones
pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el período de información pública el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.
Huarte, 23 de abril de 2007.−La Alcaldesa, Amparo Miqueleiz
Arraras.
L0706136
L0706891
HUARTE
Aprobación inicial de Proyecto de Urbanización
5654
Lunes, 21 de mayo de 2007
HUARTE
Aprobación inicial de Proyecto de Urbanizacion
El Ayuntamiento de Huarte, en sesión celebrada el día 29 de marzo
de 2007, acordó aprobar inicialmente el "Proyecto de Urbanización de
Aldabarren" en Huarte, promovido la Junta de Compensación de Aldabarren y redactado por Joaquín Salanueva Etayo, según el texto que,
debidamente diligenciado, obra en el expediente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral
35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
el expediente se somete a información pública durante veinte días
desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra para que pueda ser examinado y presentadas las alegaciones
pertinentes. En caso de no producirse alegaciones en el período de información pública el documento será elevado para su aprobación definitiva, si procede.
Huarte, 23 de abril de 2007.−La Alcaldesa, Amparo Miqueleiz
Arraras.
L0706892
B.O. de Navarra−Número 63
de quien quiera examinarlo y presentar las alegaciones que se estimen
oportunas, por escrito, a través del Registro General Municipal.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Tudela, 12 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Luis Casado
Oliver.
L0706917
OROZ-BETELU
Aprobación definitiva de Modificación de la Delimitación
y Estudio de Detalle
El Ayuntamiento de Oroz-Betelu en sesión celebrada el día 27 de
diciembre de 2006, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la
Modificación de la delimitación y del Estudio de Detalle de la Parcela
028 de Olaldea promovido por Hermanos Eransus Jurío.
Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76
de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Oroz-betelu, 25 de abril de 2007.−El Alcalde, José María Arcelus
Lusarreta.
L0706939
CORTES
Aprobación Inicial Estatutos Junta de Compensación del Sector P1
del Plan Municipal de Cortes
BERRIOZAR
Aprobación definitiva de Convenio Urbanístico
El Alcalde del Ayuntamiento de la Villa de Cortes adoptó la Resolución de Alcaldía número 70/2007 de 23 de abril cuya parte dispositiva
se transcribe a continuación:
Primero.−Aprobar inicialmente el proyecto de Estatutos de la Junta
de Compensación del Sector P1 del Plan Municipal de Cortes presentado por Enrique Martínez Fernández en representación de Gestión de
Inmuebles Iruña 2000 S.L., propietario mayoritario de los terrenos incluidos en el ámbito de la Unidad de Ejecución.
Segundo.−De conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 de la
Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el artículo 76 del mismo texto legal, someter el expediente a
información pública durante el plazo de veinte días contados a partir
de la publicación del anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Tercero.−Notificar el presente acuerdo, de forma individualizada, a
los propietarios registrales afectados por el sistema de actuación y dar
cuenta de la misma al Pleno de la Corporación en la primera sesión
ordinaria que éste celebre.
Cortes, 23 de abril de 2007.−El Alcalde, Javier Blasco Mendívil.
L0706898
En BOLETIN OFICIAL de Navarra número 37 de fecha 26 de marzo de
2007, fue publicada aprobación inicial del Convenio Urbanístico para
el proyecto de construcción de colectores de pluviales en Berriozar y
Berrioplano, que permitan la evacuación de aguas pluviales procedentes de las actuaciones urbanísticas a realizar en el sector Artiberri
II y Etxebakar, no habiéndose presentado alegaciones durante el período de exposición pública, el Ayuntamiento de Berriozar, en sesión
ordinaria celebrada el día 25 de abril de 2007, acordó su aprobación
definitiva.
Así mismo se anotará su contenido en el registro municipal de
convenios administrativos urbanísticos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del
Territorio y Urbanismo.
Berriozar, 25 de abril de 2007−El Alcalde-Presidente, Benito Ríos
Ochoa.
L0706942
IZU
Proyecto de constitución de coto de caza local
BERRIOPLANO
Aprobación definitiva de Proyecto de Urbanización
para construcción de Glorieta en la Ronda Norte
El Ayuntamiento de Berrioplano, en sesión celebrada el día 3 de
abril de 2007, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Proyecto
de Urbanización para construcción de Glorieta en la Ronda Norte, para
acceso al Sector Mogotes de Artica y al Sector Artiberri de Berriozar,
promovido por la Junta de Compensación del Sector Mogotes de Artica
y redactado por el ingeniero Luis Salanueva González.
Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en los artículos
134.5 y 76 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación
del 2007.
Berrioplano, 24 de abril de 2007.−El Alcalde, José María Irisarri.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 24.3 de la Ley Foral 17/2005,
de 22 de diciembre de caza y pesca de Navarra, se hace público que,
por espacio de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al
de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra,
quedará expuesto al público, en las oficinas del Concejo de Izu, el expediente de constitución de un coto de caza local, a fin de que los
propietarios de terrenos sitos en los términos a acotar puedan presentar
durante dicho plazo renuncia expresa a la integración de sus propiedades en el coto proyectado.
De no hacerlo así se entenderá que los terrenos quedan incorporados al coto.
Términos a acotar: Los términos concejiles de Asiain, Artázcoz,
Izcue, Izu, Lizasoain y Olza.
Izu, 23 de abril de 2007.−El Presidente, Joaquín Garayoa Elizalde.
L0706947
L0706901
EGÜES
TUDELA
Aprobación inicial de Estudio de Detalle en la zona Elcano-Ibiricu-Egüés
Estudio detalle UE 5, PEPRI, parcelas 741,756,757,758 y 1651, polígono 5,
entre las calles Magallon y Cortes
El Alcalde-Presidente de este Muy Ilustre Ayuntamiento de Tudela,
mediante Resolución de Alcaldía de 12 de abril de 2007, aprobó inicialmente el Estudio de Detalle y cambio de Sistema de Actuación de
la UE 5, del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco
Antiguo de Tudela (P.E.P.R.I.), de las parcelas 741, 756, 757,758 y
1651, del Polígono 5, entre las calles Magallón y Cortes, promovido por
don Alfonso Ranz Garrido, en representación de don Rafael Nevot
Moracho, don Alberto y doña Ana María Pérez Gil y don Serafín Osta
Jiménez, (propietarios de las parcelas 741,756 y 757 incluidas en la
UE 5 del Pepri de Tudela), y someter el expediente a información pública durante veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a
su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, hallándose el expediente en la Secretaría Municipal (4.ª planta Urbanismo), a disposición
El Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento del Valle de Egüés,
adoptó resolución con fecha 17 de abril de 2007 aprobando inicialmente
el Estudio de Detalle de la unidad morfológica B-3 del sector 1 de Area
de Reparto 1 de la zona Elcano-Ibiricu-Egüés promovido por Miguel
Angel Orbáiz Galar en nombre de Artaichena, S.L./Azpíroz y Saralegui,
S.L./Promociones Anchóriz, S.L.
Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo 35/2002 de 20 de diciembre. Cualquier interesado podrá consultar el expediente y formular alegaciones
al mismo durante el plazo de veinte días desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Egüés, 17 de abril de 2007.−El Alcalde, José A. Andía García de
Olalla.
L0706958
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
CORTES
Aprobación Definitiva Estudio de Detalle presentado por la empresa
Ibercanal, SA para el área comprendida por las parcelas
número 4A, 4B, 5A y 5B del Sector P3
El Pleno del Ayuntamiento de Cortes, en sesión ordinaria celebrada
el día 23 de abril de 2007, previo informe de la Comisión Informativa
de Urbanismo, Industria y Obras, acordó aprobar definitivamente el
Estudio de Detalle presentado por la empresa Ibercanal, SA para el
área comprendida por las parcelas número 4A, 4B, 5A y 5B del Sector
P3 que fue aprobado inicialmente por resolución de Alcaldía número
30/2007 de 12 de febrero.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cortes, 26 de abril de 2007.−El Alcalde, Javier Blasco Mendívil.
L0706960
MARAÑON
Aprobación provisional de la ponencia de valoración
de la riqueza urbana de Marañón
El Pleno del Ayuntamiento de Marañón en sesión ordinaria celebrada el 1 de marzo de 2007, de conformidad con lo establecido en el
artículo 36 de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro
de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra, ha acordado:
Primero.−Aprobar provisionalmente el proyecto de revisión de la
Ponencia de Valoración de la Riqueza Urbana de Marañón.
Segundo.−Someter el expresado proyecto a información pública por
espacio de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la
inserción del correspondiente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra
y ordenar su publicación en Tablón de anuncios de la entidad, para que
los interesados puedan formular las reclamaciones que estimen oportunas.
Marañón, 28 de marzo de 2007.−El Alcalde, Julio López de Echazarreta Arriaga.
L0706961
PAMPLONA
Estudio de detalle para eliminación de barreras arquitectónicas en edificio,
modificando la alineación exterior (a patio interior) en la Z.O.R.-1
de la U.I.-XV (calle Media Luna número 32). Aprobación definitiva
El pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha
15 de marzo de 2007, adoptó el siguiente acuerdo:
PLE 15-MAR-07 (3/CU)
«Habiendo transcurrido el plazo de información pública en el expediente del Estudio de Detalle para eliminación de barreras arquitectónicas en edifico de calle Media Luna 32, que fue aprobado inicialmente
por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28-11-2006 y publicado
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 22-01-07, sin que se haya recibido
alegación al respecto, se acuerda:
1.º Aprobar definitivamente el Texto Refundido del Estudio de
Detalle para eliminación de barreras arquitectónicas en edificio n1 32
de la Calle Media Luna, modificando la alineación exterior (a patio interior), al objeto de instalación de ascensores, en la Z.O.R.1 de la
U.I.XV-Ensanche, y que ha sido presentado por Jaime Huarte Goñi.
2.º Dése traslado del presente acuerdo y de un ejemplar del documento aprobado al Gobierno de Navarra y publíquese en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios municipal.»
Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los
siguientes recursos:
−Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.
−Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde
el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,
−Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra
dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Pamplona, 21 de marzo de 2007.−La Alcaldesa, María Yolanda
Barcina Angulo.
L0707007
NOAIN (VALLE DE ELORZ)
Aprobación inicial Estudio de Detalle de la parcela 80
del polígono 3 de Imárcoain
El Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en sesión celebrada el
día 3 de abril de 2007, acuerda por unanimidad de presentes aprobar
inicialmente el Estudio de Detalle de la parcela del polígono 3, de
Imárcoain, con las indicaciones de los informes técnico y jurídico, promovido por doña Juana María Goñi Larraya, publicándose dicho
5655
anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y diarios editados en Navarra,
durante el plazo de veinte días, al objeto de que pueda ser examinado
y formular las alegaciones que se estimen oportunas, conforme a los
artículos 76, 74 y 62 del la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de
Ordenación del Territorio y de Urbanismo.
Noáin (Valle de Elorz), 10 de abril de 2007.−El Alcalde Presidente,
Miguel Elizari Reta.
L0706124
PAMPLONA
Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a la concesión de ayudas a entidades ciudadanas por la
organización de actividades culturales en euskera durante el año 2007
La presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimiento para la concesión de las subvenciones en materia de organización de actividades culturales en euskera durante el año 2007 en
régimen de competencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto por
la Ordenanza General de Subvenciones del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento
de fecha 3 de noviembre de 2005, acuerdo que ha pasado a ser definitivo al no haberse formulado reclamaciones, reparos u observaciones
durante el periodo de información pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1. c) párrafo segundo de la LFALNA.
La Ordenanza General de Subvenciones ha sido publicada en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra número 21, de fecha 17 de febrero de 2006.
En lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación la
Ordenanza General de Subvenciones del Excelentísimo Ayuntamiento
de Pamplona.
1.−Presupuesto.
La presente convocatoria tendrá una consignación presupuestaria
máxima de 22.500 euros, que será atendida con aplicación a la partida
presupuestaria 50 45140 482090 del Presupuesto Municipal.
Se procederá al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención
que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, del importe máximo destinado a las subvenciones.
2.−Objeto, condiciones, finalidad de la subvención.
El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar
a asociaciones ciudadanas por la realización de actividades culturales
en euskera, o que estén dirigidas a la promoción del mismo, a lo largo
del año 2007, y que cumplan los siguientes requisitos:
2.1. Que sean de carácter cultural o artístico y que promuevan la
participación ciudadana y el fomento del euskera.
2.2. Que tengan carácter abierto y se realicen fundamentalmente
en el término municipal.
2.3. Que no estén incluidas en otros programas de financiación
del Ayuntamiento de Pamplona.
3.−Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
Podrán solicitar la subvención las Asociaciones culturales, artísticas
y de participación ciudadana que, reuniendo los requisitos generales y
no estando incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones,
cumplan, además, los requisitos siguientes:
3.1. Estar legalmente constituidas en la fecha de presentación de
la solicitud.
3.2. Tener el domicilio social y fiscal en Pamplona.
La forma de justificar el cumplimiento de reunir los citados requisitos
y de no estar en incursos en ninguna causa de prohibición se efectuará
mediante la presentación de la documentación que se concreta en la
cláusula 7 de estas Bases.
4.−Organos competentes para la instrucción y resolución de las
subvenciones.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento de
subvenciones será la Secretaría Técnica del Area de Cultura que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los
cuales deba formularse la propuesta de resolución.
La resolución del procedimiento para la concesión de subvenciones
corresponderá al Concejal Delegado de Cultura.
La propuesta de resolución será formulada por el órgano instructor
a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración y
trasladada al órgano competente para resolver.
La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes
miembros:
Presidente: El Director del Area de Cultura.
Vocales:
−El Coordinador Municipal de Euskara.
−La Técnica en actividades culturales.
−La Secretaria de dirección del Area de Cultura.
Secretario: Un administrativo con conocimiento de euskera del Area
de Cultura.
5656
Lunes, 21 de mayo de 2007
5.−Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de los interesados deberán formularse mediante
instancia firmada por el solicitante que deberán ajustarse al modelo
normalizado.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. A las solicitudes se acompañarán los
documentos e informaciones a los que hace referencia la base 7 de
esta convocatoria.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo
máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese
se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá
ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del
Ayuntamiento de Pamplona, calle Mercado, número 7-9, en los registros
auxiliares (Calle Descalzos, número 72-2.ª planta −Area de Cultura−;
calle San Saturnino, número 2, planta baja −Area de Medio Ambiente
y Sanidad−; Calle Monasterio de Irache, número 2, planta baja −Area
de Protección ciudadana−; Avenida del Ejército, número 2, 5.ª planta
−Area de Urbanismo y Vivienda−; Calle Zapatería, número 40, planta
baja −Areas de Presidencia, Servicios Sociales y Mujer y Educación,
Deporte y Juventud−) o en cualquiera de los previstos en el artículo 38
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
6.−Plazo de resolución y de notificación.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis
meses. El plazo se computará a partir de la fecha en que la solicitud
haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa,
el solicitante podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones.
7.−Documentos e informaciones que deben acompañarse a la solicitud.
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación
que será original o compulsada por la Secretaría Municipal o Secretaría
del Area o realizada ante notario:
7.1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del
solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su
nombre. Así como de su inscripción en el registro correspondiente; de
su domiciliación social y fiscal en Pamplona, y de su constitución legal
en la fecha de presentación de la solicitud, en cumplimiento de lo exigido en la cláusula 3 de estas Bases.
No será necesario que presenten esta documentación aquellas entidades que la hayan presentado en anteriores convocatorias, debiendo
en este caso el representante de la asociación presentar declaración
responsable para acreditar que no ha habido modificaciones en los
Estatutos y en la representación de la Asociación, sin perjuicio de la
obligación de la Asociación, a través de sus representantes legales, de
comunicar y acreditar toda modificación en los fines y equipo directivo
de la Asociación que se produzca con posterioridad a la presentación
de la solicitud.
7.2. Relación, en su caso, de las solicitudes de subvención para
el mismo objeto a otros organismos públicos o privados, detallando
cantidad solicitada, nombre de las entidades y la cantidad concedida.
7.3. Certificación expedida por la Administración competente de
encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.
7.4. Declaración responsable en la que se haga constar que el
solicitante cumple los requisitos exigidos por la presente convocatoria
y no se halla incurso en ninguna causa de prohibición enumerada en
el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones.
7.5. El impreso de hoja de actividad que acompaña a la presente
convocatoria. Se cumplimentará una "Hoja de actividad" por cada programación por la que se solicita la ayuda económica.
7.6. Memoria de actividades objeto de subvención y económica
de la entidad en el año anterior, siempre que no conste en el Ayuntamiento y referida únicamente a la actividad subvencionada.
7.7. Documento o declaración que exprese el tipo de relación
mercantil o laboral que existirá entre la asociación y los monitores de
las actividades programadas que los precisen.
Si los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento de Pamplona o de sus Organismos Autónomos, podrán sustituirse por una declaración responsable en la que se indique la fecha y
el órgano o dependencia en que fueron presentados o en su caso,
emitidos, o en el que obran. Sin que en ningún caso hayan transcurrido
más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
B.O. de Navarra−Número 63
No obstante lo dispuesto anteriormente, en los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento por parte de este Ayuntamiento o sus Organismos Autónomos, se podrá requerir al solicitante
su presentación, o en su defecto, la acreditación por otros medios de
los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
Asimismo, y en casos debidamente justificados, la presentación de
determinados documentos exigidos en esta convocatoria podrá ser
sustituida por una declaración responsable del solicitante. En este caso
y con anterioridad a la propuesta de resolución de la concesión de las
subvenciones, se deberá presentar en el Area de Cultura la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración. El Area de Cultura requerirá la presentación en el plazo de
10 días de la citada documentación.
8.−Criterios objetivos de valoración de las solicitudes.
En la valoración de las actividades presentadas y en la determinación de la cuantía de la subvención, la Comisión de Valoración tendrá
en cuenta los aspectos que a continuación se enumeran, a los que
asignará, sobre un total de 100, la puntuación que se indica:
8.1. Interés, calidad, originalidad y dimensión −número de participantes, infraestructuras necesarias, etc.− de la actividad para la que
solicita ayuda (hasta 40 puntos). La no obtención de 20 puntos en este
apartado supone la denegación de la subvención solicitada.
8.2. Evaluación de la programación cultural desarrollada en lo
años precedentes. En su caso, relación entre actividades y presupuesto
propuestos para la subvención y lo realmente realizado y justificado.
(hasta 25 puntos). En el caso de tratarse de la primera vez que se solicita esta ayuda la puntuación en este apartado será automáticamente
de 10.
8.3. Número de componentes de la asociación (hasta 10 puntos).
8.4. Incidencia de la actividad propuesta en la dinamización cultural o artística y participación ciudadana de la ciudad (hasta 15
puntos).
8.5. Tiempo de funcionamiento de la entidad, antigüedad y continuidad de su actividad (hasta 10 puntos).
9.−Medio de notificación o publicación.
La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa,
será notificada a los solicitantes de conformidad con lo prescrito en los
artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.
La resolución de concesión será publicada en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se impute, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.
10.−Gastos subvencionables.
Serán gastos subvencionables aquellos gastos que respondan a la
naturaleza de la actividad subvencionada. En ningún caso el coste de
adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor
de mercado.
Se considerará gasto realizado el que se presente mediante documentos de valor probatorio con validez en el tráfico jurídico o con eficacia administrativa acreditativos del gasto realizado, no siendo preciso
acreditar que el gasto se haya pagado efectivamente con anterioridad
a la finalización del periodo de justificación.
11.−Subcontratación.
Las actividades objeto de subvención podrán ser objeto de subcontratación en los términos del artículo 30 de la ordenanza general de
subvenciones.
12.−Compatibilidad e incompatibilidad de la actividad subvencionada.
La subvención de esta convocatoria será compatible con la percepción de otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de
cualesquiera administración, entidad o persona.
En ningún caso el importe de la subvención podrá ser de tal cuantía
que supere el coste de la actividad subvencionada.
13.−Pago.
El pago de la subvención se efectuará una vez justificada por el
beneficiario la realización de la actividad o proyecto para el que se
concedió la subvención.
Con el fin de facilitar a las entidades adjudicatarias la realización
de las actividades propuestas, y en el caso de que la subvención sea
superior a 1.200 euros y se trate de una entidad que en la convocatoria
de los dos años anteriores ya recibió ayuda económica y llevó a cabo
las actividades propuestas con normalidad, de conformidad con el artículo 33 de la Ordenanza General de Subvenciones, se ordenará el
pago del 60% del importe de la subvención en el momento en que se
resuelva la convocatoria. Una vez que la actividad se haya realizado y
se hayan justificado del modo general establecido en la cláusula 14 de
este pliego, se procederá al pago del 40% restante.
No se exigirá presentación de garantía alguna para la percepción
de estos pagos anticipados.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario
no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
En tal caso el ayuntamiento de Pamplona podrá de oficio proceder
a saldar previamente las deudas pendientes de cobro de los beneficiarios de las subvenciones, mediante compensación de dichas subvenciones, o de parte de éstas, con las cantidades adeudadas.
14.−Justificación.
La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de
la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la
subvención revestirá la forma de cuenta justificativa de carácter simplificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 del RD
887/2007 (reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones).
La cuenta justificativa simplificada estará formada por los documentos que a continuación se indican:
a) Memoria de actuación justificativa de la realización de las actividades objeto de esta subvención.
b) Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad,
con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de
emisión y en su caso fecha de pago.
c) Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado
la actividad (indicando importe y procedencia).
d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los
mismos.
A través de técnicas de muestreo se solicitarán los justificantes de
los gastos que se estimen oportunos y que permitan la comprobación
de la adecuada aplicación de la subvención.
El plazo de justificación de subvenciones y por tanto de presentación de la correspondiente documentación justificativa será de tres
meses a partir de la realización de la actividad subvencionada, y en
todo caso antes del día 31 de diciembre de 2007.
15.−Modificaciones en el proyecto.
Como consecuencia de circunstancias no previstas, podrá introducirse modificaciones en el proyecto, que previa valoración por el Area
de Cultura del Ayuntamiento de Pamplona deberán ser aprobadas por
el órgano competente.
16.−Publicidad del carácter público de la financiación de la actividad.
El beneficiario de la subvención está obligado a dar la adecuada
publicidad de que los programas, actividades, inversiones o actuaciones objeto de subvención son financiadas por el ayuntamiento de
Pamplona
17.−Régimen de recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:
−Recurso de reposición ante el mismo órgano municipal autor del
acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de
la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.
−Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en
el plazo de un mes siguiente a la notificación o publicación del acto que
se recurra.
−Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. este plazo se computará
a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se
recurra.
Pamplona, 7 de mayo de 2007.−El Concejal de Cultura, Ignacio
Pérez Cabañas.
HOJA DE ACTIVIDAD
Cumplimentar una hoja por cada programa
para el que se solicita subvención
−Entidad organizadora:
Nombre ...............................................................................................
Domicilio social ...................................................................................
CP Localidad ......................................................................................
Teléfono ......................... Fax ................... E-mail .............................
NIF ......................................................................................................
−Persona responsable:
Nombre ........................ apellidos ................... DNI ...........................
Dirección ............................................... CP ......................................
Localidad ................ teléfono .............. Fax ..... E-mail .....................
Título de la actividad: .........................................................................
Fecha de realización: .........................................................................
Lugar: .................................................................................................
Público al que se dirige: .....................................................................
5657
−Objeto de la actividad:
Programa concreto de la actividad (Contenido, infraestructuras, etc.)
..................................................................................................................
Presupuesto económico (Adjuntar una hoja resumen detallando
tanto los gastos como los ingresos por conceptos diferenciados.
−Total de gastos: ............ euros.
−Total de ingresos(1): .............. euros.
−Déficit previsto: .................. euros.
(1)
Sin contar la subvención solicitada en esta Convocatoria.
Firma
Fecha
Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley
Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal,
se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta
convocatoria y serán incorporados a los ficheros que conforman la base
de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose
al Registro General (Calle Mercado, 7-9. 31001 Pamplona).
L0707679
PAMPLONA
Estudio de Detalle para instalación de ascensores en calle Grupo Rinaldi,
números 1, 2, 3, 5 y 6. Aprobación inicial
La Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de
Pamplona, con fecha 27 de marzo de 2007, adoptó el siguiente
acuerdo:
JOB 27-MAR-07 (15/UV)
"Visto el Estudio de Detalle para modificación de alineaciones presentado a trámite por don Fernando Galle Fuente, por los Copropietarios de Grupo Rinaldi, y de conformidad con el informe técnico de 16
de marzo de 2007, obrante en el expediente, se acuerda:
1.−Aprobar inicialmente el Estudio de Detalle para instalación de
ascensores en la calle Grupo Rinaldi, números 1, 2, 3, 5 y 6.
2.−Someter el expediente a información pública durante el plazo de
veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de inserción del
presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y publicar asimismo
anuncio en la prensa local".
Pamplona, 4 de abril de 2007.−La Alcaldesa, María Yolanda Barcina
Angulo.
L0706127
PAMPLONA
EDICTO
Mercairuña: Estatutos de la Junta de Compensación para el desarrollo de la Z.N.1/U.I. I-Norte del Plan Municipal de Pamplona.
La Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de
Pamplona, con fecha 27 de marzo de 2007, adoptó el siguiente
acuerdo:
JOB 27-MAR-07 (13/UV)
"Vistos los Estatutos de la Junta de Compensación del ámbito de la
ZN.1/U.I. I-Norte, presentado a trámite por Mercairuña y de conformidad
con el informe del Director de los Servicios Jurídicos de la Gerencia
Municipal de Urbanismo, de 12 de marzo de 2007, se acuerda:
1.º Aprobar inicialmente los Estatutos de la Junta de Compensación, para el desarrollo de la ZN-1/U-I- I-Norte, según documento que
obra en el expediente debidamente diligenciado.
2.º No obstante lo anterior, y para su constancia e incorporación
al documento definitivo que se apruebe, los promotores deberán presentar texto refundido en el que se introduzcan las siguientes consideraciones:
−Modificación del artículo 17.4.G, para que sea coherente con lo
dispuesto en los artículos 16.G y 27.4 de los propios Estatutos.
−La referencia a lo legalmente previsto en el artículo 16.I debe entenderse como remisión a lo dispuesto en la vigente Ley Foral 6/2006,
de 9 de junio, de Contratos Públicos.
3.º Notificar el presente acuerdo individualmente a los propietarios
de las parcelas incluidas en la Z.N.-1.
4.º Someter a información pública el expediente durante el plazo
de veinte días, a partir del siguiente al de publicación del presente
acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra".
Pamplona, 2 de abril de 2007.−La Alcaldesa, María Yolanda Barcina
Angulo.
L0706132
5658
Lunes, 21 de mayo de 2007
PAMPLONA
Convocatoria de subvención en régimen de evaluación individualizada para
la concesión de prestaciones económicas destinadas al pago de
intervenciones odontológicas de personas en tratamiento de
drogodependencia. Año 2007
Por Resolución de Concejala Delegada de Servicios Sociales y
Mujer del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 12 de abril de 2007
RSS (1/SS), se aprueba la convocatoria de subvención en régimen de
evaluación individualizada para la concesión de prestaciones económicas destinadas al pago de intervenciones odontológicas de personas
en tratamiento de drogodependencia. Año 2007.
Objeto de las bases: El reseñado.
Forma de adjudicación: Convocatoria pública.
Importe máximo previsto: 8.000,00 euros.
Recogida de las bases: Registro General del Ayuntamiento de
Pamplona, calle Mercado 7 y 9, (Casa Marceliano) y en las Unidades
de Barrio del Ayuntamiento de Pamplona.
Presentación de solicitudes: en las Unidades de Barrio del Ayuntamiento de Pamplona, adjuntando la documentación requerida en cada
caso hasta el 31 de diciembre de 2007.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Concejala Delegada de Servicios Sociales y Mujer, Concepción Mateo Pérez.
L0706709
TUDELA
Proyecto Reparcelación Voluntaria de la UE 5, P.E.P.R.I., parcelas 741, 756,
757, 758 y 1.651, polígono 5, entre las calles Magallón y Cortes
El Alcalde-Presidente de este muy ilustre Ayuntamiento de Tudela,
mediante resolución de Alcaldía de 12 de abril de 2007, aprobó inicialmente el Proyecto de Reparcelación Voluntaria de la UE 5, del Plan
Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo de Tudela
(P.E.P.R.I.), de las parcelas 741, 756, 757, 758 y 1.651, del Polígono
5, entre las calles Magallón y Cortes, promovido por don Alfonso Ranz
Garrido, en representación de don Rafael Nevot Moracho, don Alberto
y doña Ana María Pérez Gil y don Serafín Osta Jiménez, (propietarios
de las parcelas 741, 756 y 757 incluidas en la UE 5 del P.E.P.R.I. de
Tudela), y someter el expediente a información pública durante veinte
días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el
B.O. de Navarra−Número 63
BOLETIN OFICIAL de Navarra, hallándose el expediente en la Secretaría
municipal (4.ª planta Urbanismo), a disposición de quien quiera examinarlo y presentar las alegaciones que se estimen oportunas, por escrito,
a través del Registro General municipal.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Tudela, 12 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Luis Casado
Oliver.
L0706327
URDIAIN
Estudio de detalle
Por resolución de 10 de abril de 2007 el Alcalde de Urdiain ha
aprobado inicialmente el siguiente expediente urbanístico:
−Estudio de Detalle promovido por Matías Ostiza Irigoyen y referido
a las parcelas 697-698 del polígono 3 en calle Goienkalde de Urdiain.
El expediente queda expuesto al público por espacio de 20 días
conforme a lo señalado en el artículo 76 de la Ley Foral 35/2002.
Urdiain, 10 de abril de 2007.−El Alcalde, Luziano Agirre Goikoetxea.
L0706578
URDIAIN
Proyecto de Reparcelación voluntaria
El Pleno del Ayuntamiento de Urdiain en sesión de 19 de marzo de
2007 aprobó inicialmente el siguiente expediente urbanístico:
−Proyecto de reparcelación Voluntaria de los terrenos incluídos en
la UO-7-UO8 y UO-9 de las NNSS de Urdiain visado el 31 de enero de
2007.
Promotores: Romana Galarza Ostiza, Antonio Goikoetxea Mendiluce, Francisco López de Goicoechea Irigoyen y Goikoetxe Egintza,
S.L.
El Proyecto referido queda expuesto al público durante veinte días
contados de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra conforme a lo señalado en los artículos 168 y 76 de la Ley
Foral 35/2002.
Urdiain, 29 de marzo de 2007.−El Alcalde, Luziano Agirre Goikoetxea.
L0706579
V. ADMINISTRACION DEL ESTADO
Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General
de la Seguridad Social
UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 03
Anuncio de subasta de bienes inmuebles (TVA-603)
(Expediente de Subasta 4/07)
El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 03 de Tudela.
Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se
instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor Construcciones
Jesús Sainz, S.L. por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por
el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la
siguiente:
Providencia: Una vez autorizada, con fecha 26 de febrero de 2007,
la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que
le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta
el día 6 de junio de 2007, a las nueve horas, treinta minutos en la
avenida de Conde Oliveto, 7-5 Pamplona, y obsérvense en su trámite
y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado
por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 25).
Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así
como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.
Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores
y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge
de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en
cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes
embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal,
recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes."
En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente
anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:
1.−Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta.
2.−Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de
propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho
a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura
de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.
3.−Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no
destinándose el precio del remate a su extinción.
4.−Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme
al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la
Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas
hasta las catorce horas del día 5 de junio de 2007. Simultáneamente a
la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito,
acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre
de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo
caso, del 25 por 100 del tipo de subasta.
5.−Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100
del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la
subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en
sobre cerrado con su correspondiente depósito.
6.−Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar
una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta.
7.−El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta,
cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la
Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio
de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los
cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que
pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.
8.−La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la
adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, re-
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
cargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución
del depósito.
9.−Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las
posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del
artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles
contados a partir de la fecha de su celebración.
10.−Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar
el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de
adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo
de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose
así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que
hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.
11.−Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien
adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo
del adjudicatario.
12.−Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a
todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.
13.−En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de
Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.
Advertencias:
−Mediante el presente edicto se tendrá por notificados a todos los
efectos legales, además de a los deudores, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los condueños, con domicilio desconocido.
−Los cheques para el depósito deberán estar fechados, como máximo, con dos días de antelación a la presentación de la postura (artículo 118.2 y 22 del Reglamento General de Recaudación).
−En las dos fincas, la subasta se realizará por la anotación de embargo "F".
−El importe de embargo en favor del Juzgado de lo Social número
3 es a fecha 20 de noviembre de 2006, el del embargo en favor del
Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 2 de Estella es a fecha
13 de noviembre de 2006 y el del embargo en favor del Juzgado de 1.ª
Instancia e Instrucción número 1 de Estella es a fecha 7 de marzo de
2007, por lo que dado el tiempo transcurrido, éstos han podido sufrir
algún incremento o variación.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá
formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a
partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el
artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio
("Boletín Oficial del Estado" del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses
desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la
Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, ("Boletín Oficial del Estado" del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido
en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.
Tudela, 27 de marzo de 2007.−El Recaudador Ejecutivo, José Luis
Domínguez Puedo.
RELACION ADJUNTA DE BIENES QUE SE SUBASTAN
Deudor: Construcciones Jesús Sainz, S.L.
Lote número: 01
Finca número: 01.
Datos finca urbana:
Pabellón o almacén en la calle Dos de diciembre, sin número, de
San Adrián. Tiene una superficie aproximada de 161 metros cuadrados.
Linda: Derecha entrando con la propiedad de Martín Muerza; izquierda
con Luis Fernández (calle 15 de junio). Es la parcela 119 del polígono
3 de San Adrián.
Datos registro:
Número Registro: Estella. Número 1. Número tomo: 2249. Número
libro: 55. Número folio: 145. Número finca: 5399.
Importe de tasación: 109.700,00 euros.
Cargas que deberán quedar subsistentes:
Juzgado Social número Tres Pamplona. Carga: Embargo. Importe:
7.706,22.
Juzgado Primera Instancia número Dos Estella. Carga: Embargo.
Importe: 7.188,68.
Tipo de subasta: 94.805,10 euros.
Lote número: 02
Finca número: 01.
5659
Datos finca urbana:
Local en planta baja sito en la calle Los Roncaleses números 13,
15, 16 de San Adrián. Tiene una superficie aproximada de 113 metros
cuadrados. Linda: Frente (calle de su situación, portal número 2 y su
caja de escalera, y local de Gonzalo Muro). Derecha (portal número 2
y su caja de escalera y locales de Angel María Sáenz y Jesús María
Sáenz). Izquierda (local número uno.2 de Gonzalo Muro y local uno.11).
Fondo (casas de varios vecinos). Es parte de la parcela 69 del polígono
2.
Datos registro:
Número Registro: Estella número 1. Número tomo: 2934. Número
libro: 99. Número folio: 149. Número finca: 8233.
Importe de tasación: 128.500,00 euros.
Cargas que deberán quedar subsistentes:
Juzgado Social número Tres Pamplona. Carga: Embargo. Importe:
7.706,22.
Juzgado Instrucción número Dos Estella. Carga: Embargo. Importe:
7.188,68.
Juzgado Instrucción número Uno Estella. Carga: Embargo. Importe:
11.989,85.
Tipo de subasta: 101.615,25 euros.
Tudela, 27 de marzo de 2007.−El Recaudador Ejecutivo, José Luis
Domínguez Puedo.
E0705927
Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General
de la Seguridad Social
UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 31/01
Anuncio de subasta de bienes inmuebles (TVA-603)
(Expediente de Subasta 14/07)
El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02 de
Pamplona.
Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se
instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor Tracoinsa Navarra,
S.L. por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director
Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:
Providencia: Una vez autorizada, con fecha 29 de marzo de 2007,
la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que
le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta
el día 6 de junio de 2007, a las 09:30 horas, en Avenida Conde Oliveto,
7-5 Pamplona, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
1415/2004, de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 25).
Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así
como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.
Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores
y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge
de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en
cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes
embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal,
recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes."
En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente
anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:
1.−Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta.
2.−Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de
propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho
a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura
de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.
3.−Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no
destinándose el precio del remate a su extinción.
4.−Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme
al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la
Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas
hasta las 14 horas del día 5 de junio de 2007. Simultáneamente a la
presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la
Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso,
del 25 por ciento del tipo de subasta.
5.−Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por
ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta,
5660
Lunes, 21 de mayo de 2007
constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado
para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.
6.−Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar
una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por Ciento del tipo de subasta.
7.−El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta,
cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la
Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio
de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los
cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que
pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.
8.−La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la
adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución
del depósito.
9.−Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las
posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del
artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles
contados a partir de la fecha de su celebración.
10.−Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar
el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de
adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo
de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose
así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que
hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.
11.−Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien
adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo
del adjudicatario.
12.−Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a
todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.
13.−En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de
Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.
Advertencias:
−Mediante el presente edicto se tendrá por notificados a todos los
efectos legales, además de a los deudores, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los condueños con domicilio desconocido.
−Los cheques para el depósito deberán estar fechados, como máximo, con dos días de antelación a la presentación de la postura (Art.
118.2 y 22 del Reglamento General de Recaudación).
−La subasta se realizará por la anotación de embargo letra "B".
−La anotación de embargo letra "A" corresponde a la declaración
de Concurso de Acreedores y nombramiento de Administradores Concursales, ordenada en Procedimiento de Concurso Voluntario
391/2005-C1-Sección 1.ª del Juzgado de lo Mercantil número 3 de
Barcelona.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá
formularse Recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a
partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el
artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio
("Boletín Oficial del Estado" del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses
desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la
Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, ("Boletín Oficial del Estado" del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido
en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.
Pamplona, 3 de abril de 2007.−El Recaudador Ejecutivo, Juan
Carlos Riezu Barasoain.
RELACION ADJUNTA DE BIENES QUE SE SUBASTAN
Deudor: Tracoinsa Navarra, S.L.
Finca número: 01.
Datos finca urbana:
Número 7166. Terreno solar en término de Escopalea, de una hectárea, cuarenta y cinco áreas y setenta y cinco centiáreas, en Artajona.
Dentro de dicho terreno solar existe una nave industrial y un pabellón
industrial.
B.O. de Navarra−Número 63
Datos registro:
Número Reg: Tafalla número 2. Número tomo: 1.707 Número libro:
103. Número Folio: 43. Número Finca: 7166.
Importe de Tasación: 2.558.400,00 euros.
Tipo de subasta: 2.558.400,00 euros.
Pamplona, 3 de abril de 2007.−El Recaudador Ejecutivo, Juan
Carlos Riezu Barasoain.
E0706067
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL EBRO
NOTA-ANUNCIO
Por resolución de esta Confederación Hidrográfica del Ebro de
fecha 23 de marzo de 2007, se otorga a Jesús Maria Berrade Leza la
concesión de un aprovechamiento de aguas públicas a derivar del barranco Aliaga-Lezcairu (Río Aragón Subordan), en Ujue (Navarra) con
un caudal medio equivalente en el mes de máximo consumo de 0,15 l/s
y con destino a Riegos de 6,24 has. y con sujeción a las condiciones
que figuran en la resolución citada.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Zaragoza, 23 de marzo de 2007.−El Comisario de Aguas, Rafael
Romeo García.
E0706568
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL EBRO
NOTA-ANUNCIO
An, Sociedad Cooperativa ha solicitado la autorización cuyos datos
y circunstancias se indican a continuación:
Circunstancias:
Peticionario: An, Sociedad Cooperativa.
Objeto: Autorización obras de emisario para aguas industriales del
matadero industrial de aves.
Paraje: Polígono 2, parcela 5005/12/13/15/16/17/18/19/20; polígono
1, parcela 5023/36/37.
Municipio: Melida (Navarra).
Las obras cuya autorización se solicita son las descritas en el proyecto titulado "Proyecto de Obra Civil Emisario para Aguas Industriales
del Matadero Industrial de Aves", de fecha noviembre de 2006.
Lo que se hace público para general conocimiento y para que
quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar
por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del
Ebro, durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la
fecha de publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra,
a cuyo efecto el expediente estará de manifiesto en la Confederación
Hidrográfica del Ebro, Paseo de Sagasta 26-28, Zaragoza, así como
fotocopia del expediente y documentación técnica en las oficinas de
Pamplona, calle Serafín Olave número 7, en horas hábiles de oficina.
Zaragoza, 12 de abril de 2007.−El Comisario de Aguas, Rafael
Romeo García.
E0707033
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL EBRO
NOTA-ANUNCIO
Embega, S. Coop. ha solicitado la concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas cuyos datos se indican a continuación:
El aprovechamiento consiste en un pozo de 11,5 m de profundidad
situado en la margen izquierda del río Ega, fuera de zona de policía de
cauces, en el paraje Polígono San Miguel (Po: 1, Pa: 966). El equipo
de elevación instalado consiste en una bomba de aspiración eléctrica
de 1 C.V., el caudal instantáneo es de 0,41 l/s. El agua se destinará a
usos industriales en la citada parcela, en el témino municipal de Villatuerta (Navarra). El volumen total anual destinado es de 8.851 m³ y el
caudal medio equivalente en el mes de máximo consumo es de 0,58 l/s.
Lo que se hace público para general conocimiento y para que
quienes se consideren perjudicados por esta petición puedan presentar
por escrito sus reclamaciones ante la Confederación Hidrográfica del
Ebro, durante el plazo de veinticinco días hábiles, contados a partir de
la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a cuyo efecto el expediente estará de manifiesto en la Confederación Hidrográfica del Ebro, Paseo de Sagasta, 26-28, Zaragoza, así
como copia del expediente y documentación técnica en las oficinas de
Pamplona, calle Serafín Olave, número 7, en horas hábiles de oficina.
Zaragoza, 4 de abril de 2007.−El Comisario de Aguas, Rafael
Romeo García.
E0707096
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE
Información pública
Asunto: Solicitud de modificación de características de un aprovechamiento de aguas.
Peticionario: Itziar Alemán Irungarai.
N.I.F. número: 44610556-D.
Domicilio: Plaza Doctor Balda, 1, 1 A, Elizondo 31700 Baztan (Navarra).
Nombre del río o corriente: Ziolako Itturria.
Caudal otorgado: 0,0120 litros/segundo.
Caudal total solicitado: 0,0190 litros/segundo.
Punto de emplazamiento: Paraje Ziola Arizkun.
Término municipal y provincia: Baztan (Navarra).
Destino: Usos domésticos.
Breve descripción de las obras y finalidad:
Doña Itziar Alemán Irungarai ha solicitado la modificación de características del aprovechamiento de 0,012 litros/segundo de agua del
manantial Ziolako Itturria, situado en el paraje Ziola de Arizkun, termino
municipal de Baztan (Navarra), con destino a usos ganaderos, cambiando el uso a doméstico y ampliando el caudal máximo instantáneo
a 0,019 litros/segundo.
Lo que se hace público para general conocimiento por un plazo de
veinte días, contado a partir del siguiente a la fecha de publicación del
presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los que
se consideren perjudicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones, durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Baztan,
o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,
Paseo de Errotaburu, 1-8.º, 20071 San Sebastián), donde estará de
manifiesto el expediente.
San Sebastián, 12 de abril de 2007.−El Secretario General, P.D. el
Jefe de Area, Resolución de 13 de diciembre de 2004 ("Boletín Oficial
del Estado" de 11 de enero de 2005), Luis Gil García.
E0706503
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE
EDICTO
Expediente: A/31/02157.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamento del
Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de
11 de abril ("Boletín Oficial del Estado" del día 30), se hace público,
para general conocimiento, que por resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte, de fecha 4 de abril de 2007 y como resultado del
expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada a doña Ascensión
María Arregui Zabaleta, la oportuna concesión para el aprovechamiento
de 0,0028 litros/segundo de agua procedente de un manantial sin
nombre, situado en el Barrio Gorriztarán, en el término municipal de
Leitza (Navarra), con destino a abrevado de ganado.
Oviedo, 12 de abril de 2007.−El Secretario General, P.D. el Jefe de
Area, Resolución de 13 de diciembre de 2004 ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de enero de 2005), Luis Gil García.
E0706505
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE
Información pública
Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento de aguas.
Peticionario: Miguel Echenique Irigoyen.
N.I.F. número: 15862498 L.
Domicilio: Casa Jauregia, s/n, Arizkun 31713, Baztan (Navarra).
Nombre del río o corriente: Aintzialde, Baztan.
Nombre y código del río de confluencia: Bidasoa, 1/0100.
Caudal solicitado: 0,046 litros/segundo.
Punto de emplazamiento: Barrio Bergara de Arizkun.
Término municipal y provincia: Baztan (Navarra).
Destino: Usos ganaderos.
Breve descripción de las obras y finalidad:
Se pretende el aprovechamiento de 0,046 Iitros/segundo de agua
de la regata Aintzialde y del río Baztan en el barrio de Bergara de
Arizkun, término municipal de Baztan (Navarra), con destino al abastecimiento de 40 cabezas de ganado mayor.
La explotación ganadera se abastecerá a lo largo de dos acequias
situadas en las parcelas 141 y 189 de los polígonos 56 y 59, respectivamente, a partir de las citadas corrientes.
Lo que se hace público para general conocimiento por un plazo de
un mes, contado a partir del siguiente a la fecha de publicación del
presente anuncio en el Boletín Oficial de Guipúzcoa, a fin de que los
5661
que se consideren perjudicados con lo solicitado, puedan presentar sus
reclamaciones, durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de
Baztan, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de
Aguas, plaza de España, 2, 33071, Oviedo), donde estará de manifiesto
el expediente.
Oviedo, 12 de abril de 2007.−El Comisario de Aguas adjunto, Juan
Miguel Llanos Lavigne.
E0706566
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE
Información pública
Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento de aguas.
Peticionario: Ayuntamiento de Bera/Vera de Bidasoa.
N.I.F.: P 3125000D.
Domicilio: Plaza Herriko Etxea, 1, 31780, Bera/Vera de Bidasoa
(Navarra).
Nombre del río o corriente: Sarralla, Montoia y Txuriborda.
Caudal solicitado: 6,7 litros/segundo.
Término municipal y provincia: Bera/Vera de Bidasoa (Navarra).
Destino: Abastecimiento al barrio de Zalain.
Breve descripción de las obras y finalidad:
Se pretende el aprovechamiento de 6,7 litros/segundo de agua de
las regatas Montoia, Txuriborda y Sarralla en el término municipal de
Bera/Vera de Bidasoa, con destino al abastecimiento del barrio de Zalain.
La captación en la regata Montoia se realizará en la falda del monte
Mendelake, mediante tubería de P.V.C. de 110 mm de diámetro exterior. Esta se entroncará con las tuberías que tomarán las aguas de las
regatas Sarralla y Txuriborda, de 110 y 65 mm de diámetro respectivamente, en una arqueta de reunión conectada mediante tubería de 90
mm de diámetro con un depósito regulador de 1000 m³ de capacidad
del que partirá la tubería de distribución de 160 mm de diámetro.
Lo que se hace público para general conocimiento por un plazo de
un mes, contado a partir del siguiente a la fecha de publicación del
presente anuncio en el Boletín Oficial de Guipúzcoa, a fin de que los
que se consideren perjudicados con lo solicitado, puedan presentar sus
reclamaciones, durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Bera/Vera de Bidasoa, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas, plaza de España, 2, 33071, Oviedo), donde estará
de manifiesto el expediente.
Oviedo, 30 de agosto de 2007.−El Comisario de Aguas adjunto,
Juan Miguel Llanos Lavigne.
E0706567
CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE
Información pública
Expediente de vertido de aguas residuales.
Expediente: V/31/00712.
Peticionario: Aizkolene S.L.
Vertido.
Denominación: Hotel del molino "Beko Errota".
Localidad: Polígono 28, parcela 147.
Término Municipal: Arantza.
Provincia: Navarra.
Río/Cuenca: Latsa/Latsa.
El vertido cuya autorización se solicita corresponde a las aguas residuales industriales de "hotel del molino "Beko Errota" - "Aizkolene,
S.L.", con un volumen máximo anual de 7.854 m³.
Las aguas procedentes del hotel se depurarán mediante un separador de grasas, un pozo clarificador y un filtro biológico antes de su
vertido por infiltración en el terreno y las aguas procedentes del spa se
depurarán mediante un separador de grasas y un pozo clarificador
antes de su vertido por infiltración en el terreno.
Lo que se hace público para general conocimiento, por un plazo de
treinta días, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación del
presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de Navarra, a fin de
que los que se consideren perjudicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones en la Confederación Hidrográfica del Norte
durante el plazo indicado.
El expediente de vertido estará de manifiesto en las Oficinas de esta
Comisaría de Aguas en San Sebastián, Paseo de Errotaburu, número
1 - 8.º
San Sebastián, 16 de abril de 2007.−El Secretario General, P. D.
El Jefe de Area, (Resolución de 13/12/2004, "Boletín Oficial del Estado"
de 11/01/2005), Luis Gil García.
E0706695
5662
Lunes, 21 de mayo de 2007
B.O. de Navarra−Número 63
VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
Tribunal Superior de Justicia de Navarra
SALA DE LO SOCIAL
EDICTO
Sagrario Sánchez Equiza, Secretaria de la Sala de lo Social del
Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
Hago saber: Que ante esta sala se tramita el recurso de suplicación
número 0000115/2007, interpuesto por Claudiu Romeo Cacula, en el
procedimiento demanda número 0000530/2006-00 del Juzgado de lo
Social número Tres de Pamplona, seguido a instancia de Claudiu
Romeo Cacula contra Bruces Simpson, Victor Wilian, el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social en reclamación de accidentes
de trabajo en el cual se dictó sentencia el día 10 de abril de 2007, cuya
parte dispositiva dice así:
"Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación formulado por la representación letrada de Claudiu Romero Cacula, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número
Tres de los de Navarra, en el procedimiento número 530/06, promovido
por el recurrente contra Bruces Simpson, Victor Wiliam, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad
Social, sobre incapacidad permanente total, confirmando la sentencia
recurrida.
Notifíquese a las partes y al ministerio fiscal la sentencia dictada,
con la advertencia que contra la misma, puede interponerse recurso de
casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del
Tribunal Supremo, anunciándolo a través de esta Sala por escrito,
dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación".
Por el presente edicto se notifica a la Empresa Bruces Simpson,
Víctor Wiliam que estuvo domiciliado/a en el Polígono Industrial calle
P, trasera, número 25 de Mutilva Baja (Navarra) y hoy en ignorado paradero, la resolución dictada, con la advertencia de que en la secretaría
de esta sala se encuentra a su disposición copia de la misma.
Pamplona, 11 de abril de 2007.−La Secretaria, Sagrario Sánchez
Equiza.
J0706882
Tribunal Superior de Justicia de Navarra
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
EDICTO
María Angeles Ederra Sanz, Secretaria de la Sección Segunda de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
Hago saber: Que en el Recurso contencioso-administrativo
430/2006 se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:
"Sentencia número 181/2007.
En Pamplona a 30 de marzo de 2007.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Navarra, constituida por los ilustrísimos señores Magistrados
expresados, ha visto el recurso de casación en interés de Ley número
430/06 interpuesto contra la Sentencia número 122/2006 del Juzgado
de lo Contencioso de Pamplona número3 recaída en los autos del
Procedimiento abreviado número 281/2005 interpuesto, a su vez, contra
la providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona de fecha
7-2-2005 recaída en expediente sancionador número 3901/02 por infracción de tráfico, en los que han sido partes como recurrente en casación el Ayuntamiento de Pamplona representada por el procurador
Laspiur y defendida por el García Martínez, y viene en resolver en base
a los siguientes Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho.
Fallo:
1.−Estimamos el recurso de casación en interés de Ley interpuesto
por el Ayuntamiento de Pamplona representada por el procurador Laspiur y defendida por el García Martínez, contra la Sentencia número
122/2006 del Juzgado de lo Contencioso de Pamplona número3 recaída en los autos del Procedimiento abreviado número 281/2005, sin
afectar a la situación jurídica particular derivada de la Sentencia recurrida.
2.−Se fija como doctrina legal la siguiente: "La interposición de un
recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra contra una
sanción administrativa impuesta por una entidad Local de Navarra
suspende su ejecución hasta que se resuelva el recurso, comenzando
el cómputo del plazo de prescripción de la misma cuando se produzca
dicha resolución".
3.−No hacemos especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Procédase a la publicación de esta Sentencia en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra, a partir de cuyo momento la doctrina sentada en esta
Sentencia vinculará a todos los Jueces de lo Contencioso-administrativo con sede en el territorio a que extiende su Jurisdicción este Tribunal
Superior de Justicia de Navarra.
Notifíquese esta Sentencia conforme dispone el artículo 248 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial, expresando que contra la misma no
cabe recurso.
Con testimonio de esta Sentencia, devuélvanse los autos originales
del proceso de instancia al Juzgado de procedencia para su conocimiento y constancia.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."
Y para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, conforme
a lo acordado en el fallo de la sentencia recaída en los autos y antes
trascrita, expido y firmo el presente.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria de Sala, María Angeles Ederra Sanz.
J0706983
Tribunal Superior de Justicia de Navarra
SECRETARIA DE GOBIERNO
EDICTO
Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia
de Navarra, por el que se anuncia la plaza vacante de Juez Sustituto
del Juzgado de Paz de Cintruénigo.
Vacante la plaza de Juez Sustituto del Juzgado de Paz de cintruénigo y no habiéndose efectuado la elección por el Pleno de los Ayuntamientos de dicho Municipio, en el plazo señalado al efecto, procede,
de conformidad con lo prevenido en el artículo 101.4 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial y en el artículo 11 del Reglamento número 3/95, de
7 de junio, de los Jueces de Paz, la designación directa por la Sala de
Gobierno de Juez Sustituto del Juzgado de Paz de Cintruénigo, entre
los interesados que lo soliciten.
Las condiciones que se refieren para ser nombrado Juez de Paz,
son las establecidas en el artículo 302 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial para el ingreso en la Carrera Judicial, si bien no es preciso ser
Licenciado en Derecho, y en los artículos 13 y siguientes del citado
Reglamento de los Jueces de Paz.
Los interesados en el nombramiento podrán presentar sus solicitudes directamente ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de
Justicia de Navarra, calle San Roque, s/n, 31011 Pamplona.
El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará transcurridos diez días desde la fecha de publicación de este anuncio en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−El Secretario de Gobierno, Pedro
Jesús Vitrian Arigita.
J0706989
Tribunal Superior de Justicia de Navarra
SECRETARIA DE GOBIERNO
EDICTO
Acuerdo de la Sala de Gobierno de Navarra del Tribunal Superior
de Justicia de Navarra, por el que se anuncia las plazas vacantes de
Juez Titular y Sustituto del Juzgado de Paz de Murieta y Juez Sustituto
del Juzgado de Paz de Ribaforada.
Vacantes las plazas de Juez Titular y Sustituto del Juzgado de Paz
de Murieta así como la de Juez Sustituto del Juzgado de Paz de Ribaforada y no habiéndose efectuado la elección por el Pleno de los
Ayuntamientos de dicho Municipio, en el plazo señalado al efecto, procede, de conformidad con lo prevenido en el artículo 101.4 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial y en el artículo 11 del Reglamento número
3/95, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, la designación directa por la
Sala de Gobierno de Juez Titular y Sustituto del Juzgado de Paz de
Murieta así como de Juez Sustituto del Juzgado de Paz de Ribaforada,
entre los interesados que lo soliciten.
Las condiciones que se refieren para ser nombrado Juez de Paz,
son las establecidas en el artículo 302 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial para el ingreso en la Carrera Judicial, si bien no es preciso ser
Licenciado en Derecho, y en los artículos 13 y siguientes del citado
Reglamento de los Jueces de Paz.
Los interesados en el nombramiento podrán presentar sus solicitudes directamente ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de
Justicia de Navarra, calle San Roque, s/n, 31011 Pamplona.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará transcurridos diez días desde la fecha de publicación de este anuncio en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−El Secretario de Gobierno, Pedro
Jesús Vitrian Arigita.
J0706992
Juzgado de Primera Instancia
número Tres de Pamplona
(Juzgado de Familia)
EDICTO
En Pamplona, a 17 de abril de 2007.
Doña María Pilar Alguacil Arteta, Magistrado-Juez del Juzgado de
Primera Instancia número Tres de Pamplona (Familia), por el presente,
Hago saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de divorcio
contencioso número 1.304/2006, seguidos a instancia del Procurador
don José Manuel Irigaray Piñeiro, actuando en nombre y representación
de doña María Carmen Espinosa Merario, frente a don Francisco Javier
Cruz Castillo, en ignorado paradero, y de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil,
por el presente se emplaza a don Francisco Javier Cruz Castillo, a fin
de que en el plazo de veinte días hábiles, computados desde el siguiente al emplazamiento, comparezca en autos y conteste a la demanda, bajo apercibimiento de que si no comparece dentro de plazo,
se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1
L.E.Cn.). Adviértasele asimismo, que la comparecencia en juicio debe
realizarse por medio de Procurador y con asistencia de Abogado (artículo 750 de la L.E.Cn.).
Y para que sirva de emplazamiento en legal forma a don Francisco
Javier Cruz Castillo, expido y firmo el presente.
Pamplona, 17 de abril de 2007.−La Magistrado-Juez, María Pilar
Alguacil Arteta.−La Secretaria, firma ilegible.
J0706641
Juzgado de Primera Instancia
número Cinco de Pamplona
EDICTO
En Pamplona a 19 de abril de 2007.
Ernesto Vitallé Vidal, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Pamplona.
Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número
Cinco de Pamplona se tramita procedimiento de Juicio ordinario con el
número 551/2006-D instado por la Procuradora Teresa Sarasa Astrain,
actuando en nombre y representación de Ana María Churrut Churrut
frente a Manuel Francisco Tenreiro Merlán y Deng Yang en ignorado
paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución que contiene entre
otros el particular del tenor literal siguiente:
Fallo: Estimando íntegramente la acción ejercitada por la Procuradora señora Sarasa, en nombre y representación de Ana María Churrut Churrut frente a Manuel Francisco Tenreiro Merlán y Deng Yang,
debo decretar y decreto la resolución del contrato de arrendamiento
sobre la vivienda sita en Pamplona, calle Iñigo Arista, 5, 6.º B, condenando a los demandados a desalojarla dejándola libre y a disposición
del demandante, con apercibimiento de que si no lo hacen se procederá
a su lanzamiento a sus expensas y condenando asimismo a los demandados al pago de las costas procesales.
Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso
de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.
Así por ésta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su
unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Manuel Francisco
Tenreiro Merlán y Deng Yang en ignorado paradero, expido y firmo el
presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra y tablón de anuncios de este Juzgado.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−El Magistrado-Juez, Ernesto Vitallé
Vidal.−La Secretaria, María Victoria Baztan Maisterra.
J0706953
Juzgado de Primera Instancia
número Seis de Pamplona
EDICTO
En Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona a 13
de abril de 2007.
Se hace saber: Que en este juzgado se sigue juicio ordinario
1499/05-C a instancia de Recreativos Iru, S.L., frente a Nancy Múgica
Murillo y Fernando Gómez Alvarez por reclamación de cantidad habiendo recaído sentencia, cuyo parte dispositiva literal es el siguiente:
5663
Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la
Procuradora Díaz en nombre y representación de Recreativos Iru, S.L.,
frente a Nancy Múgica Murillo y Fernando Gómez Alvarez, en el sentido
declarar la resolución del contrato suscrito entre las partes y condenar
a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 5.997,2 euros o
a la entrega y devolución ésta de los bienes adquiridos y pagados por
ella, descritos en la factura pro forma número 1.057, así como al abono
de las costas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para
ante la Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de cinco días desde
su notificación.
Así, por ésta mi Sentencia de la que se expedirá testimonio para
su unión a los autos, lo acuerdo, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Nancy Múgica Murillo y Fernando
Gómez Alvarez hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 13 de abril de 2007.−V.B. La Secretaria Judicial Sustituta, Arantza Chocarro Ucar.
J0706836
Juzgado de lo Mercantil
número Uno de Pamplona
EDICTO
En Pamplona, a 23 de abril de 2007.
Ildefonso Prieto García-Nieto, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Mercantil número Uno de Pamplona.
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 1 de
Pamplona, se tramita procedimiento de juicio ordinario con el número
28/2006 instados por el Procurador Miguel Leache Resano, actuando
en nombre y representación de Teznopanel, S.L., frente a Tecnopanel,
S.L., en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado Sentencia
cuyo encabezamiento y fallo, son del tenor literal siguiente:
"Sentencia.
En Pamplona, a 20 de noviembre de 2006.
Vistos por el Patricia Rodríguez de Aza, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Pamplona y su Partido, los presentes autos de Juicio ordinario número 28/2006 seguidos ante este
Juzgado, a instancia de Teznopanel, S.L., representado por el Procurador Miguel Leache Resano y asistido por el Letrado Miguel Ariznavarreta Calvo, contra Tecnopanel, S.L., en situación de rebeldía procesal, sobre violación del derecho de marca.
... / ...
Fallo: Que debo desestimar como desestimo la demanda interpuesta por Teznopanel, S.L., frente a Tecnopanel, S.L., absolviendo a
la demandada de los pedimentos deducidos en su contra. Con costas
a la actora.
Así por ésta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para
su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
El/La Magistrado-Juez.
Contra la anterior resolución cabe recurso de apelación que se
preparará por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.
Publicación.−Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo.
Señor Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia
pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Pamplona".
Y para que sirva de notificación en legal forma a Tecnopanel, S.L.,
en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el
fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarraa
y Tablón de anuncios de este Juzgado.
Pamplona, 23 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Resurrección
Ganuza Jacoisti.
Diligencia.−La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacer constar
que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón
de anuncios, de Doy fe,
J0706980
Juzgado de Instrucción
número Uno de Pamplona
EDICTO
Se hace saber que en este juzgado se sigue Juicio de Faltas inmediato por falta de amenazas (620) habiendo recaído sentencia, cuyo
encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Sentencia número 42/2007.
En Pamplona, a 1 de febrero de 2007.
Beatriz García Noáin, Magistrada-Jueza del Juzgado de Instrucción
número Uno de los de Pamplona ha visto y oído los presentes autos
de juicio de faltas inmediatas número 1/2007, tramitados en este Juzgado, y en el que son parte, como denunciante, Bouchaib el Hamidy y
como denunciados, Amin el Ogdi, Abdellah el Ogdi y Hakin el Ogdi,
5664
Lunes, 21 de mayo de 2007
B.O. de Navarra−Número 63
celebrándose en presencia del Ministerio Fiscal, sobre falta de amenazas.
Fallo: Que debo absolver y absuelvo a Amin el Ogdi, Abdellah el
Ogdi y Hakin el Ogdi, como criminalmente responsables en concepto
de autor de la falta por la que inicialmente eran acusados, decretándose
de oficio el abono de las costas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para
ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra en el plazo de cinco
días desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Bouchaib el Hamidy hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 20 de abril de 2007.−El Secretario Judicial, Juan Luis
Sanchón Martínez.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para
ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra en el plazo de cinco
días desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Fernando Sola García hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−La Magistrada-Jueza, María Paz
Benito Osés.
J0706881
En el Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona a 20 de
abril de 2007.
Se hace saber que en este juzgado se sigue juicio de faltas número
426/2006 por hurto habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento
y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Sentencia núemro 201/07.
En Pamplona, a 29 de marzo de 2007.
Vistos por mí, María Paz Benito Oses, Magistrada-Juez del Juzgado
de Instrucción número Tres de Pamplona, los presentes Autos de juicio
de faltas número 426/2006 en los que han sido parte el Señor Fiscal y
como implicados Ricardo Echeverría Escudero, José Ramón Jiménez
Valdés, Jacinto Bacaicoa Larragueta y Josune Gurbindo Maisterrena,
ninguno de los cuales comparece pese a estar citado en legal forma,
en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución
y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.
Fallo: Que debo absolver y absuelvo a Ricardo Echeverría Escudero
y José Ramón Jiménez Valdés, como criminalmente responsable en
concepto de auto de la falta por la que inicialmente era acusado, decretándose de oficio el abono de las costas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para
ante la Audiencia Provincial de Navarra en el plazo de cinco días desde
su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Ricardo Echeverría Escudero hoy
en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 20 de abril de 2007.−V.B. La Magistrada-Juez, María
Paz Benito Oses.
Juzgado de Instrucción
número Tres de Pamplona
EDICTO
En Juzgado Instrucción número Tres de Pamplona, a 16 de abril de
2007.
Se hace saber: Que en este Juzgado se sigue juicio de faltas número 25/2007, por injuria, habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Sentencia número 169/2007. En Pamplona, a 20 de marzo de 2007.
Doña María Paz Benito Osés, Magistrado-Juez de Juzgado Instrucción número Tres de Pamplona, en nombre del Rey, habiendo visto
y oído en juicio oral y público la presente causa juicio de faltas número
25/2007, seguida por una falta de injurias, como implicados Luz Marina
Orjuela Vargas, como denunciante y Vicente Javier Tornero García,
como denunciado, y,
Fallo: Condeno a Vicente Javier Tornero García, como autor responsable de una falta de injurias, a la pena de multa de quince días,
con una cuota diaria de 10 euros, que hacen un total de 150 euros más
las costas.
Si el penado no satisface voluntariamente, o por vía de apremio, la
multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas diarias impagadas, que
habrá de cumplirse en el centro penitenciario correspondiente.
Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de
apelación ante la Audiencia Provincial, que podrá interponerse en el
plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, en la forma
prevista en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que sirva de notificación a Luz Marina Orjuela Vargas, hoy
en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−La Magistrado-Juez, María Paz
Benito Osés.
J0706640
Juzgado de Instrucción
número Tres de Pamplona
EDICTO
En el Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona a 16 de
abril de 2007.
Se hace saber que en este Juzgado se sigue Juicio de faltas número 443/2006 por lesiones por imprudencia habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Sentencia número 189/07.
En Pamplona, a 22 de marzo de 2007.
Vistos por mí, María Paz Benito Osés, Magistrada-Jueza del Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona los presentes autos de
Juicio de Faltas número 443/2006 en los que han sido parte como implicados Carmen Etelvina Fernandez Otero, asistida del Letrado señor
Eder, Fernando Sola García y Atlantis, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., en virtud de las facultades que me han sido dadas por
la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente Sentencia.
Fallo: Que debo absolver y absuelvo a Fernando Sola García como
criminalmente responsable en concepto de auto de la falta por la que
inicialmente era acusado, decretándose de oficio el abono de las costas
sin perjuicio de las acciones civiles que puedan corresponder al perjudicado.
J0706683
Juzgado de Instrucción
número Tres de Pamplona
EDICTO
J0706978
Juzgado de Instrucción
número Tres de Pamplona
EDICTO
En el Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona a 17 de
abril de 2007.
Se hace saber que en este juzgado se sigue juicio de faltas número20/2007 por falta de hurto (623) habiendo recaído sentencia, cuyo
encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Sentencia número 205/2007.
En Pamplona, a 29 de marzo de 2007.
María Paz Benito Oses, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción
número Tres de Pamplona, en nombre del Rey, habiendo visto y oído
en juicio oral y público la presente causa Juicio de faltas 20/2007, seguida por una falta de hurto con intervención del Ministerio Fiscal en
representación de la acción pública y como implicados Jon García Brel
y Rafael Amo Pérez como denunciantes y Igor Khybin como denunciado, y,
Fallo: Condeno a Igor Khybin, como autor responsable de una falta
de hurto en grado de tentativa a la pena de multa de un mes con una
cuota diaria de 4 euros que hacen un total de 120 euros más las costas.
Si el penado no satisface voluntariamente, o por vía de apremio, la
multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas diarias impagadas, que
habrá de cumplirse en el centro penitenciario correspondiente.
Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de
Apelación ante la Audiencia Provincial, que podrá interponerse en el
plazo de los cinco días siguientes al de su notificación en la forma
prevista en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que sirva de notificación a Igor Khybin hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−V.B. La Magistrada-Juez, María
Paz Benito Oses.
J0706999
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Juzgado de Instrucción
número Cuatro de Pamplona
EDICTO
En Juzgado Instrucción número Cuatro de Pamplona, a 12 de abril
de 2007.
Se hace saber: Que en este Juzgado se sigue juicio de faltas
438/2006, por lesiones y daños habiendo recaído auto aclaratorio de
sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal
siguiente:
Auto aclaración sentencia número 167/2007. En Pamplona, a 12 de
abril de 2007.
Hechos:
Unico: En las presentes actuaciones se dictó sentencia de fecha 3
de abril de 2007, correspondiendo como número, de sentencia, el
167/2007, cuando realmente le corresponde el número 164/2007.
Parte dispositiva:
Dispongo: Que debo aclarar y aclaro la sentencia antes citada, en
el sentido de que el número, de sentencia, es el 164/2007. Llévese
testimonio de esta resolución a los autos, quedando el original en el
Libro de Sentencias y tras la que refiere.
Así lo dispongo, mando y firmo, don Edilberto Esteban Iglesias,
Magistrado-Juez del Juzgado Instrucción número Cuatro de Pamplona.
Y para que sirva de notificación a Jonathan Hoyos Restrepo, hoy
en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 12 de abril de 2007.−El Secretario Judicial, firma ilegible.
J0706498
Juzgado de Instrucción
número Cuatro de Pamplona
Cédula de citación
Por tenerlo así acordado en el juicio de faltas número 72/2007, se
cita a Cristina Vizcaya Azcárate, a fin de que, comparezcan ante la Sala
de Vistas número 13, sita en la planta primera, el próximo día 5 de junio
de 2007, a las diez horas, diez minutos, al objeto de asistir a la celebración del juicio de faltas, debiendo hacerlo con las pruebas de que
intente valerse.
Y para que conste y sea publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra,
expido y firmo la presente.
Pamplona, 11 de abril de 2007.−El Secretario Judicial, Pedro José
De Miguel Martín.
J0706499
Juzgado de Instrucción
número Cuatro de Pamplona
EDICTO
En Juzgado Instrucción número Cuatro de Pamplona, a 4 de abril
de 2007.
Se hace saber: Que en este Juzgado se sigue juicio de faltas número 438/2006, por lesiones y daños, habiendo recaído sentencia, cuyo
encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Sentencia número 167/2007. En Pamplona, a 3 de abril de 2007.
Edilberto Esteban Iglesias, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción
número Cuatro de Pamplona, habiendo visto en juicio oral y público los
presentes autos de juicio de faltas número 438/2006, en los que han
intervenido, de una parte Harry Manuel Quintero Estrada y Evaristo
Carazo Hernández, en calidad de denunciante/denunciados, con D.N.I.
número X06187194Y y 72.813.187, hijo de Manuel y desconocido y de
Rosa y desconocido, nacido en Perú y San Rafael Cabrera, el día 23
de febrero de 1979 y 28 de marzo de 1970 y con domicilio en Acuartelamiento de Aizoáin, y Canal, 4, 2.º derecha, asistido del Letrado
desconocido y Jesús María Erro Gonzalo, y de otra Jonathan Hoyos
Restrepo, con D.N.I. número desconocido, hijo de desconocido y de
desconocido, nacido en Colombia, el día 15 de diciembre de 1984 y con
domicilio en Ostoki, 20 10, 2.º derecha, y habiendo intervenido el Ministerio Fiscal en la representación que la Ley le otorga, dicto esta
sentencia en virtud de las facultades que me han sido dadas por la
Constitución Española.
Fallo: Absuelvo a Evaristo Carazo Hernández y Jonathan Hoyos
Restrepo de la falta de daños de la que venían acusados.
Absuelvo a Evaristo Carazo Hernández de la falta de maltrato de
obra por los hechos ocurridos el día 24 de septiembre de 2006, de la
que venía acusado.
Absuelvo a Harry Manuel Quintero Estrada de las faltas de maltrato
de obra e injurias de las que venía acusado.
Condeno a Evaristo Carazo Hernández como autor criminalmente
responsable de una falta de lesiones, a una pena de treinta días de
multa y fijo la cuota diaria en 6 euros, por lo que Evaristo Carazo Hernández debe pagar una multa de 180 euros.
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Condeno a Evaristo Carazo Hernández a indemnizar a Harry Manuel Quintero Estrada, en la cantidad de 100 euros.
Condeno a Evaristo Carazo Hernández a pagar las costas procesales causadas en la tramitación de este procedimiento.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos en este Juzgado y por
escrito, para ante la Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de
cinco días desde su notificación.
Notifíquese esta sentencia a todas las partes y llévese testimonio
de la misma a los autos originales.
Así por esta mi sentencia y definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Jonathan Hoyos Restrepo, hoy
en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 4 de abril de 2007.−El Secretario Judicial, firma ilegible.
J0706500
Juzgado de Instrucción
número Cuatro de Pamplona
EDICTO
En el Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona a 16 de
abril de 2007.
Inmaculada Jurio Macaya, Secretaria del Juzgado de Instrucción
número Cuatro de Pamplona hace saber que en este Juzgado se sigue
Juicio de Faltas número 395/06 habiendo recaído sentencia cuya parte
dispositiva es del tenor literal siguiente:
Condeno a David García Losantos como autor criminalmente responsable de una falta de hurto a una pena de treinta días de multa y
fijo la cuota diaria en 6 euros por lo que David García Losantos debe
pagar una multa de 180 euros.
Condeno a David García Losantos a pagar las costas procesales
causadas en la tramitación de este procedimiento.
La presente Resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado y por
escrito para ante la Audiencia Provincial de Pamplona en el plazo de
cinco días desde su notificación.
Notifíquese esta Sentencia a todas las partes y llévese testimonio
de la misma a los autos originales.
Así por esta mi sentencia y definitivamente juzgando en esta instancia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a David García Losantos, hoy en
ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−La Secretaria, Inmaculada Jurio
Macaya.
J0706844
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Dos de Estella
Cédula de citación
Doña Lorena Pegenaute Grajal, Secretaria Judicial del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número Dos de Estella.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el expediente de liberación de gravámenes número 771/2006, a instancia de doña Encarnación Ochoa de Retana Gutiérrez, Representante Legal de Inversiones Aitzgorri, S.L., solicitando la cancelación de las cargas hipotecarias de la finca que a continuación se describe:
"Urbana. Chalet con su terreno accesorio que forma la propiedad
privada "número setenta", en la Zona Residencial de la Primera Fase
del Complejo Turístico de Irache, sito en la jurisdicción de Ayegui.
Consta, por el fuerte desnivel del terreno, de planta baja y planta primera, construido sobre dos plataformas de terreno a diferente nivel. La
parte baja da acceso a garajes, porche cubierto y a la planta superior
por medio de una amplia escalera a la fachada principal, que desemboca en una terraza cubierta. En la fachada posterior hay otra escalera
de servicio. La entrada principal a la planta superior se hace a través
de la terraza cubierta y se comunica, además, con las dependencias
situadas en la planta baja por medio de una escalera interior. La planta
baja se destina a garaje. La planta primera se distribuye en comedor/estar, cocina, vestíbulo, cuatro dormitorios, dos baños y aseo, con
una superficie de 115,13 metros cuadrados y terraza exterior con una
superficie de 66,40 metros cuadrados. El edificio está rodeado de terreno propio y todo forma una sola finca de cinco mil doscientos noventa y nueve metros cuadrados. Linda el conjunto: Norte, Avenida de
San Sebastián; Este, parcela número diez y seis, del señor Otegui; Sur,
Avenida de Valencia y Oeste, parcela número cincuenta y nueve del
señor Zubia. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Estella número
1, finca 1.137 de Ayegui e Irache, al tomo 2.807, libro 34, folio 24".
Por el presente y en virtud de lo acordado en la providencia de esta
fecha, se cita al Representante Legal de Financiera Guipuzcoana, S.A.,
5666
Lunes, 21 de mayo de 2007
o sus causahabientes como titular del gravamen cuya liberación se solicita, para que dentro del término de veinte días, a contar desde la
publicación de este edicto, pueda comparecer en el Juzgado alegando
lo que a su derecho convenga, bajo apercibimiento de pararle el perjuicio a que haya lugar en Derecho.
Estella, 4 de abril de 2007.−La Secretaria, Lorena Pegenaute Grajal.
J0706501
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Dos de Tafalla
EDICTO
Carlos Javier Asín Basarte, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Tafalla y su partido.
Se hace saber que en este juzgado se sigue divorcio contencioso
número 0000275/2006 habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Sentencia número 26 de 2007.
En Tafalla, a 1 de marzo de 2007.
Vistos por mí, doña Ikerne Aznar Malo, Juez sustituta del Juzgado
de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tafalla, los autos de
divorcio 275/06 en el que ha sido parte demandante María Luisa Toledo
Royo, representada por la Procuradora señora Laplaza y bajo dirección
letrada de Javier Flamarique y parte demandada Manuel Vázquez Varela, en situación de rebeldía procesal, dicto la presente según los siguientes:
Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por María Luisa Toledo Royo contra Manuel Vázquez Varela, debo declarar y declaro la
disolución por divorcio del matrimonio de las partes celebrado el día 20
de marzo de 1968 en Santurce, con todos los efectos legales.
No se hace expreso pronunciamiento sobre las costas.
Notifíquese a las partes; en el caso de la actora a través de su representación procesal y del demandado a través de edictos.
Firme la presente resolución, comuníquese a los Registros Civiles
correspondientes a los efectos registrales oportunos.
Contra la presente resolución, cabe recurso de apelación en el plazo
de los cinco días siguientes a su notificación.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado y
rubricado".
Y para que sirva de notificación a Manuel Vázquez Varela hoy en
ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Tafalla, 1 de marzo de 2007.−El Secretario, Carlos Javier Asín Basarte.
J0706986
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Dos de Tudela
EDICTO
Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tudela.
Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de ejecución, bajo el número 1.011/2004, en el que se ha acordado sacar a
pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo
de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la Sala de
Audiencias de este órgano, el día 22 de junio de 2007, a las diez horas,
con los requisitos siguientes:
Primero: Requisitos para pujar.−Para tomar parte en la subasta, los
licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones
de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta
de depósitos y consignaciones número 0030.8047.00.0000000000, número de cuenta 3181.000005101104, o de haber prestado aval bancario por el treinta por ciento del valor por el que los bienes salen a
subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o
en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores,
no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para
intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (artículos 647,
669.1.º y 666 L.E.C.).
Segundo: Posturas por escrito.−Desde el anuncio de la subasta
hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito, en sobre
cerrado, con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al
inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán
públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas
oralmente (artículo 648 L.E.C.).
Tercero: Titulación y cargas.−Por el mero hecho de participar en la
subasta, se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso.
Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hu-
B.O. de Navarra−Número 63
biere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar
subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se
adjudica a su favor.
La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes,
están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (artículo 668 y 669.2º
L.E.C.).
Cuarto: Condiciones para la aprobación del remate, posturas admisibles:
1. Cuando la mejor postura sea igual o superior al setenta por
ciento del valor por el que el bien ha salido a subasta, se aprobará el
remate a favor del mejor postor, quien dentro de los veinte días siguientes, deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio
total del remate.
2. Si sólo se hicieren posturas superiores al setenta por ciento del
valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos,
con garantías suficientes bancarias o hipotecarias, podrá aprobarse el
remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante,
en los veinte días siguientes, pida la adjudicación del inmueble por el
setenta por ciento del valor de salida.
3. Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al setenta
por ciento del valor por el que el bien sale a subasta, sólo se aprobará
el remate a favor del mejor postor siempre que:
−Su postura supere el cincuenta por ciento del valor de tasación o,
siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.
−El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el
párrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore
la postura).
−O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida
la adjudicación del inmueble por el setenta por ciento de su valor de
tasación, o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos,
siempre que esta cantidad supere la mejor postura (artículo 670 L.E.C.).
Quinto: Destino de los depósitos constituidos para pujar.−Aprobado
el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a
excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores
podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas, permanezcan
a disposición del Tribunal, para que, si el rematante no entregara en
plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que
le sigan, por el orden de sus respectivas posturas (artículo 652 L.E.C.).
Sexto: Quiebra de la subasta.−Si el rematante no consignara el
precio en el plazo señalado, o si por su culpa dejara de tener efecto la
venta, perderá el depósito que hubiere efectuado (artículo 653 L.E.C.).
−Sala de fiestas-discoteca, sita en la parcela número 13-A-2, en la
Huerta Mayor, polígono La Barrena, de Tudela, e inscrita en el Registro
de la Propiedad de Tudela como finca número 34.309 de Tudela,
creada de la agrupación 13-32586, tomo 3.025, libro 753, folio 53. Valoración, 2.000.000 euros.
Tudela, 12 de abril de 2007.−El Secretario, Luis Francisco Bernal
Martín.
J0706497
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Dos de Tudela
EDICTO
Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tudela.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de liberación de cargas número 0000187/2007 a instancia del
Ayuntamiento de Tudela que son las siguientes:
Censo consignativo de 2000 ducados, de a once reales de treinta
y seis maravedíes, de capital, con rédito de 50 ducados de la misma
moneda a favor de Emilio Deán Berro, en cuanto a una mitad indivisa
y de Atilano Ramos Lozano y José Ullate Manero, como herederos fiduciarios de la señora baronesa, viuda de La Torre, Concepción Jiménez de Cascante y Escribá, la otra mitad indivisa por compra a María
Iribas Sánchez en escritura de 12 de diciembre de 1913, ante el Notario
de Tudela Justino Oliver, según la inscripción octava de 27 de abril de
1914 respecto a la siguiente finca:
Urbana.−Sita en Tudela, calle Sainz don Mariano, 13. Se halla inscrita al tomo 1.176, libro 201, folio 19 y finca número 2606 del Registro
de la Propiedad de Tudela número 1 de Tudela.
Por el presente y en virtud de lo acordado en la providencia de esta
fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar
la liberación de cargas solicitada para que en el término de los veinte
días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en
el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
Tudela, 17 de abril de 2007.−El Secretario, Luis Francisco Bernal
Martín.
J0706680
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Dos de Tudela
EDICTO
Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tudela.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio número 150/2007 a instancia de Queiles Centro
Empresarial, S.L., expediente de dominio para la rectificación del tracto
interrumpido de la siguiente finca:
Sita en la jurisdicción de Urzante, municipalidad de Cascante: Suelo
en PG "AR-07", S-P, antes rustica, Tierra en el término de Calchetas,
de dos robos y trece almudes, equivalentes a veinticinco áreas y 26
centiáreas. Linda Norte, Carretera de Tudela, Sur, río Este, parcela 460,
antes Canal de Lodosa; y Oeste, parcela 458, antes Felisa Burgos.
Por el presente y en virtud de lo acordado en la providencia de esta
fecha se convoca al Titular Registral Manuel Martínez Martínez, a sus
herederos o causahabientes, así como a las personas ignoradas a
quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada para que en el término
de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan
comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
Tudela, 18 de abril de 2007.−El Secretario Judicial, Luis Francisco
Bernal Martín.
J0706822
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Dos de Tudela
5667
3.−Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 70 por
100 del valor por el que el bien sale a subasta sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que:
−Su postura supere el 50 por 100 del valor de tasación o, siendo
inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado
ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.
−El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el
párrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore
la postura).
−O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida
la adjudicación del inmueble por el 70 por 100 de su valor de tasación
o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que
esta cantidad supere la mejor postura (artículo 670 L.E.C.).
Quinto.−Destino de los depósitos constituidos para pujar. Aprobado
el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a
excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores
podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan
a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en
plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que
le sigan, por el orden de sus respectivas posturas (artículo 652 L.E.C.).
Sexto.−Quiebra de la subasta. Si el rematante no consignara el
precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la
venta, perderá el depósito que hubiere efectuado (artículo 653 L.E.C.).
Finca urbana.−Pleno dominio sobre vivienda sita en la calle Francisco Goya, 5 de Castejón, inscrita al tomo 1916, libro 25, folio 51, finca
1.434 del Registro de la Propiedad de Tudela número 1.
Valoración de la misma para la subasta conforme artículos 666 y
668 L.E.C. 77.049,04 euros.
Tudela, 19 de abril de 2007.−El Secretario, Luis Francisco Bernal
Martín.
EDICTO
Luis Francisco Bernal Martín Secretario del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número Dos de Tudela.
Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de ejecución, bajo el número 0000563/2005, en el que se ha acordado sacar a
pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo
de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de
audiencias de este órgano, el día 13 de julio de 2007 a las diez horas
con los requisitos siguientes:
Primero.−Requisitos para pujar. Para tomar parte en la subasta los
licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones
de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta
de depósitos y consignaciones número 0030 8047 00 0000000000 número de cuenta 31810000056305I o de haber prestado aval bancario
por el 30 por 100 del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si
se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de
un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo
podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo
necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir
en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la
facultad de ceder el remate a un tercero (artículos 647, 669.1.º y 666
L.E.C.).
Segundo.−Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta
hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio
del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas
con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente
(artículo 648 L.E.C.).
Tercero.−Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la
subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere,
al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.
La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes
están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (artículos 668 y
669.2.º L.E.C.).
Cuarto.−Condiciones para la aprobación del remate, posturas admisibles.
1.−Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del
valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a
favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá
consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.
2.−Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 por 100 del valor
por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con
garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante en
los 20 días siguientes pida la adjudicación del inmueble por el 70 por
100 del valor de salida.
J0706984
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Dos de Tudela
EDICTO
En Tudela, a 18 de abril de 2007.
Ana José Añón Montón, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción número Dos de Tudela y su partido por el presente hago
saber que:
En virtud de lo acordado en los autos de división judicial de patrimonio número 0000157/2006 seguidos a instancia de la comunidad
hereditaria de Domingo Alonso Sierra y María Carmen Vallejo Alonso
frente a la herencia yacente y herederos desconocidos de María del
Carmen Esteban Peñalva, María Rosario Esteban Gómez, Pedro Luis
Esteban Gómez, Jose Félix Esteban Gómez, María Eugenia Esteban
Piudo y Sara Beatriz Esteban Piudo, en ignorado paradero, por el presente se cita a herencia yacente y herederos desconocidos de María
del Carmen Esteban Peñalva, a fin de que el próximo día 6 de julio del
2007 a las diez horas comparezca en la Sala de Vistas de este Juzgado
al objeto de asistir a la comparecencia acordada, apercibiéndole de las
siguientes prevenciones legales:
1.−Debe acudir a la comparecencia con asistencia de Abogado y
representado por Procurador. Haciéndosele saber que si desea solicitarlo de oficio, deberá hacer los trámites oportunos, al menos con diez
días de antelación a la fecha señalada para la comparecencia, compareciendo al efecto en el Colegio de Abogados.
Y para que sirva de citación en legal forma a herencia yacente y
herederos desconocidos de María del Carmen Esteban Peñalva, en ignorado paradero expido y firmo el presente.
Tudela, 18 de abril de 2007.−La Jueza, Ana José Añón Montón. El
Secretario, Luis Fco. Bernal Martínez.
J0707040
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Tres de Tudela
EDICTO
Juzgado de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número
Tres de Tudela.
Se hace saber que en este juzgado se sigue Juicio de Faltas inmediato por falta contra el orden público (633) habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Vistos por María Montserrat García Blanco jueza del Juzgado de
Instrucción número Tres el presente juicio de faltas inmediato 11/2006
por presunta falta contra el orden público, contra Iñigo García Cano.
Ha sido parte denunciante el agente de la Policía Foral de Tudela con
número de identificación profesional 581. Ha sido parte el Ministerio
Fiscal, en ejercicio de la acción pública.
5668
Lunes, 21 de mayo de 2007
Fallo: Debo de condenar y condeno, a Iñigo García Cano como
autor de una falta contra el orden público de las previstas en el artículo
634 CP, a la pena de multa de 55 días, con una cuota diaria de 6 euros,
con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de
libertad cada dos cuotas insatisfechas, y a abono de las costas ocasionadas en este juicio.
Y para que sirva de notificación a Iñigo García Cano hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Tudela, 13 de abril de 2007−El Juez, Oscar Ortega Sebastián.
J0706843
Juzgado de Primera Instancia
e Instrucción número Cuatro de Tudela
EDICTO
Doña Ana Rosa Igea Martínez, Secretaria del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número Cuatro de Tudela.
Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de ejecución, bajo el número 999/2006, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de
este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la Sala de
Audiencias de este órgano, el día 6 de julio de 2007, a las diez horas,
con los requisitos siguientes:
Primero: Requisitos para pujar.−Para tomar parte en la subasta, los
licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones
de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta
de
depósitos
y
consignaciones
Banesto
número
cuenta
3412.0000.06.0999.06, o de haber prestado aval bancario por el treinta
por ciento del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza
el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero,
se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar
parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en
su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta.
Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de
ceder el remate a un tercero (artículos 647, 669.1.º y 666 L.E.C.).
Segundo: Posturas por escrito.−Desde el anuncio de la subasta
hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito, en sobre
cerrado, con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al
inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán
públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas
oralmente (artículo 648 L.E.C.).
Tercero: Titulación y cargas.−Por el mero hecho de participar en la
subasta, se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso.
Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar
subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se
adjudica a su favor.
La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes,
están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (artículo 668 y 669.2º
L.E.C.)
Cuarto: Condiciones para la aprobación del remate, posturas admisibles:
1. Cuando la mejor postura sea igual o superior al setenta por
ciento del valor por el que el bien ha salido a subasta, se aprobará el
remate a favor del mejor postor, quien dentro de los veinte días siguientes, deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio
total del remate.
2. Si sólo se hicieren posturas superiores al setenta por ciento del
valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos,
con garantías suficientes bancarias o hipotecarias, podrá aprobarse el
remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante,
en los veinte días siguientes, pida la adjudicación del inmueble por el
setenta por ciento del valor de salida.
3. Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al setenta
por ciento del valor por el que el bien sale a subasta, sólo se aprobará
el remate a favor del mejor postor siempre que:
−Su postura supere el cincuenta por ciento del valor de tasación o,
siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.
−El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el
párrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore
la postura).
−O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida
la adjudicación del inmueble por el setenta por ciento de su valor de
tasación, o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos,
siempre que esta cantidad supere la mejor postura (artículo 670 L.E.C.).
Quinto: Destino de los depósitos constituidos para pujar.−Aprobado
el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a
excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores
B.O. de Navarra−Número 63
podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas, permanezcan
a disposición del Tribunal, para que, si el rematante no entregara en
plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que
le sigan, por el orden de sus respectivas posturas (artículo 652 L.E.C.).
Sexto: Quiebra de la subasta.−Si el rematante no consignara el
precio en el plazo señalado, o si por su culpa dejara de tener efecto la
venta, perderá el depósito que hubiere efectuado (artículo 653 L.E.C.).
Para el caso de que se suspendiere el señalamiento por causa de
fuerza mayor o fuere día inhábil, se celebrará al siguiente día hábil, a
la misma hora y en sucesivos días si persistiere el impedimiento.
La publicación de los presentes edictos sirve como notificación de
los señalamientos de las subastas a los ejecutados a los efectos establecidos en el artículo 645 de la L.E.C. para el caso de que no se pudiera realizar personalmente.
1.º Urbana, número 39, en Tudela. Inscrita en el Registro de la
Propiedad al tomo 2.678, folio 119, finca 30.448. Valorada en 313.005
euros.
2.º Una participación indivisa. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tudela al tomo 2.797, folio 144, finca 30.410/105. Valorada
en 11.750 euros.
3.º Una participación indivisa. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tudela al tomo 2.797, folio 150, finca 30.410/107. Valorada
en 6.291 euros.
Tudela, 11 de abril de 2007.−La Secretaria, Ana Rosa Igea Martínez.
J0706470
Juzgado de lo Social
número Uno de Pamplona
Cédula de notificación
Doña Rosa María Valencia Ederra, Secretaria Judicial del Juzgado
de lo Social número Uno de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento número 61/2006 de este
Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Mikel Zábal Zabalza,
contra la empresa Automática Navarra, S.A., sobre cantidad, se ha
dictado resolución de fecha 16 de abril de 2007, en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:
"Se declara la insolvencia provisional de empresa Automática Navarra, S.A., a los fines de la presente ejecución por importe 2.249,86
euros.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota
en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso
de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles,
siguientes a su notificación".
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Automática Navarra, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosa María
Valencia Ederra.
J0706647
Juzgado de lo Social
número Uno de Pamplona
Cédula de notificación
Rosa María Valencia Ederra Secretaria Judicial del Juzgado de lo
Social número Uno de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 0000178/2007 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Aitor Ruiz Alquezar contra
la empresa Crico Sociedad Financiera, S.L., Carlos Rico y Kone Elevadores, S.A., sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 18 de
abril de 2007 en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:
Se tiene por desistido a Aitor Ruiz Alquezar de su demanda contra
Crico Sociedad Financiera, S.L. y frente a Carlos Rico, origen de las
presentes actuaciones, las cuales se archivarán sin más trámite dejando nota en el Libro de Registro correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso
de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles
siguientes a su notificación.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Crico Sociedad
Financiera, S.L. y Carlos Rico, en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosa María
Valencia Ederra.
J0706879
Juzgado de lo Social
número Uno de Pamplona
EDICTO
Rosa María Valencia Ederra Secretaria Judicial del Juzgado de lo
Social número Uno de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 12/2007 de este Juzgado de
lo Social, seguido a instancias de Lahouicine Safir contra la empresa
Construcciones y Obras Navas de Tolosa, 2, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, sobre cantidad, se ha dictado resolución de fecha 17 de abril
de 2007 en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:
Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por Lahouicine Safir, contra la empresa Construcciones y Obras Navas de Tolosa
2, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la
empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.757,29 euros,
de la que el importe de 1.465,11 euros devengará el interés moratorio
del 10% y debo condenar y condeno al FOGASA a estar y pasar por
el anterior pronunciamiento.
Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de
lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará
dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello
la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en
el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas
por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
Cta.: 0030 8025 0000 0000 0000 procedimiento 3158 0000 65 0012/07,
en Banesto sito en la calle Cortes de Navarra, número 5 de Pamplona,
y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el
mismo Banco y Cuenta, esta vez con número 3158 0000 69 0012/07,
la cantidad objeto de condena.
Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el
que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia,
Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al
nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de
éste último.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgado, lo pronuncio,
mando y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Construcciones
y Obras Navas de Tolosa, 2, S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 20 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosa María
Valencia Ederra.
J0706998
5669
Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
cuenta: 0030 8025 0000 0000 0000 procedimiento 3158 0000 65
001407 en Banesto sito en la calle Cortes de Navarra, número 5 de
Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte,
aunque en el mismo Banco y cuenta, esta vez con número 3158 0000
69 001407, la cantidad objeto de condena.
Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el
que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia,
Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al
nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de
éste último.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio,
mando y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Construcciones
y Obras Navas de Tolosa, 2, S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 20 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosa María
Valencia Ederra.
J0707031
Juzgado de lo Social
número Dos de Pamplona
EDICTO
Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en
el proceso seguido a instancia de Yuri Biserov Hadzhiev, contra Ibai
Arga Construcciones, S.L., Juan Alberto De la Peña Rodríguez y Fondo
de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, registrado con el
número 175/2007, se ha acordado citar a la parte demandada, que se
halla en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 24 de julio
de 2007, a las once horas, treinta minutos, en la Sala de Vistas número
14, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio.
Dichos actos tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado
de lo Social número Dos, sito en calle San Roque, 4, primera planta,
debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente
apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con
la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se
suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Al objeto de practicar prueba de confesión judicial, deberá comparecer personalmente el demandado y, si se trata de personas jurídicas
privadas, la persona que ostente su representación legal, que lo acreditará con exhibición de escritura o poder notarial, con la advertencia
de que en caso de incomparecencia injustificada o que rehusara declarar o persistiera en no responder afirmativa o negativamente, se le
puede tener por confeso.
Y para que sirva de citación a Ibai Arga Construcciones, S.L. y Juan
Alberto De la Peña Rodríguez, se expide la presente cédula.
Pamplona, 13 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Aránzazu
Ballesteros Pérez de Albéniz.
Juzgado de lo Social
número Uno de Pamplona
J0706452
EDICTO
Juzgado de lo Social
número Dos de Pamplona
Rosa María Valencia Ederra Secretaria Judicial del Juzgado de lo
Social número Uno de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 14/2007 de este Juzgado de
lo Social, seguido a instancias de Ahmed Akyaou contra la empresa
Construcciones y Obras Navas de Tolosa 2, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, sobre cantidad, se ha dictado resolución de fecha 18 de abril
de 2007 en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:
Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por Ahmed
Akyaou, contra la empresa Construcciones y Obras Navas de Tolosa
2, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la
empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.757,29 euros,
de la que el importe de 1.465,11 euros devengará el interés moratorio
del 10% y debo condenar y condeno al FOGASA a estar y pasar por
el anterior pronunciamiento.
Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de
lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará
dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello
la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en
el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas
por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del
Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento número 29/2007 de este
Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Raquel Redín Rodríguez,
contra la empresa Idiomas Navarra, S.A., sobre cantidad, se ha dictado
resolución en el día de la fecha, que contiene la siguiente parte dispositiva:
Primero.−Se despacha ejecución a instancia de doña Raquel Redín
Rodríguez, contra Idiomas Navarra, S.A., por un principal de 25.632,24
euros, más 1.794,26 euros de intereses provisionales y la de 2.563,22
euros de costas provisionales.
Segundo.−Trabar embargo de los bienes de la demandada en
cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a
la averiguación de los mismos y a tal fin, expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor Jefe Provincial de Tráfico,
ilustrísimo Alcalde, Servicio de Indices del Registro de la Propiedad y
también al señor Director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado, si por parte de la Hacienda Pública se adeuda
Cédula de notificación
5670
Lunes, 21 de mayo de 2007
alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor
Añadido, o cualquier otro. Y asimismo para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de que
tenga constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos, de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la L.P.L.). En caso
positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad
de la ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación
y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades
pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta
cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las
mismas a la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este
Juzgado en el Grupo Banesto, referencia del Juzgado,
3159.0000.64.0029.07, sito en Cortes de Navarra, número 5, de Pamplona.
Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se
produzcan y de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor
mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la correspondiente
entidad financiera actúa como depositario o mero intermediario, hasta
cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados.
Líbrese las oportunas comunicaciones a las entidades financieras del
domicilio de la apremiada, para la retención y transferencia de los
saldos resultantes, hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y
advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrir
quienes auxilien o se confabulen con la apremiada para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículos 519 y ss. del C.P.
y 893 Código de Comercio), e indicándosele que debe contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde
su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en
los artículos 75 y 238,3 L.P.L.
Tercero.−Advertir y requerir a la ejecutada de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos Cuarto
y Quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento Sexto y que podrán dar lugar
a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 300 euros,
por cada día de retraso.
Cuarto.−Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la
ejecución al Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar
en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que
se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Así lo propongo a S.S.ª.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Idiomas Navarra,
S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 13 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Aránzazu
Ballesteros Pérez de Albéniz.
B.O. de Navarra−Número 63
Añadido, o cualquier otro. Y asimismo para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de que
tenga constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos, de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la L.P.L.). En caso
positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad
de la ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación
y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades
pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta
cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las
mismas a la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este
Juzgado en el Grupo Banesto, referencia del Juzgado,
3159.0000.64.0035/07, sito en Cortes de Navarra, número 5, de Pamplona.
Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se
produzcan y de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor
mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la correspondiente
entidad financiera actúa como depositario o mero intermediario, hasta
cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados.
Líbrese las oportunas comunicaciones a las entidades financieras del
domicilio de la apremiada, para la retención y transferencia de los
saldos resultantes, hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y
advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrir
quienes auxilien o se confabulen con la apremiada para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículos 519 y ss. del C.P.
y 893 Código de Comercio), e indicándosele que debe contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles, a contar desde
su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en
los artículos 75 y 238,3 L.P.L.
Tercero.−Advertir y requerir a la ejecutada de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos Cuarto
y Quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento Sexto y que podrán dar lugar
a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 300 euros,
por cada día de retraso.
Cuarto.−Dar traslado de esta resolución y del escrito interesando la
ejecución al Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar
en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que
se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Así lo propongo a S.S.ª. Conforme: El Magistrado-Juez. La Secretaria. Firmados.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Proyectos y Diseños Ezcabarte, S.L.U., en ignorado paradero, expido la presente para
su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 13 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Aránzazu
Ballesteros Pérez de Albéniz.
J0706541
J0706540
Juzgado de lo Social
número Dos de Pamplona
Juzgado de lo Social
número Dos de Pamplona
EDICTO
Cédula de notificación
Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del
Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento número 35/2007 de este
Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Angel Edison Montaño
Urgiles, contra la empresa Proyectos y Diseños Ezcabarte, S.L.U.,
sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que
contiene la siguiente parte dispositiva:
Parte dispositiva.
Primero.−Se despacha ejecución a instancia de don Angel Edison
Montaño Urgiles, contra Proyectos y Diseños Ezcabarte, S.L.U., por un
principal de 4.804,12 euros, más 336,28 euros de intereses provisionales y la de 480,41 euros de costas provisionales.
Segundo.−Trabar embargo de los bienes de la demandada en
cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a
la averiguación de los mismos y a tal fin, expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor Jefe Provincial de Tráfico,
ilustrísimo Alcalde, Servicio de Indices del Registro de la Propiedad y
también al señor Director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado, si por parte de la Hacienda Pública se adeuda
alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor
Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en
el proceso seguido a instancia de doña María Rosario Abaurrea Sádaba, Edurne Cirez Samanes, María Teresa Iñigo Escaray, Belén Ortega Malo y María Jesús Sobejano San Juan, contra Asociación Dorada
Mensajeros de la Paz, Gestión Asistencia Ribera, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, registrado con el número
53/2007, se ha acordado citar a la parte demandada, que se halla en
ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 11 de septiembre
de 2007, a las diez horas, treinta minutos, en la Sala de Vistas número
14, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio.
Dichos actos tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado
de lo Social número Dos, sito en calle San Roque, 4, primera planta,
debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente
apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con
la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se
suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Al objeto de practicar prueba de confesión judicial, deberá comparecer personalmente el demandado y, si se trata de personas jurídicas
privadas, la persona que ostente su representación legal, que lo acreditará con exhibición de escritura o poder notarial, con la advertencia
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
de que en caso de incomparecencia injustificada o que rehusara declarar o persistiera en no responder afirmativa o negativamente, se le
puede tener por confeso.
Y para que sirva de citación a Asociación Dorada Mensajeros de la
Paz, se expide la presente cédula.
Pamplona, 17 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Aránzazu
Ballesteros Pérez de Albéniz.
J0706646
Juzgado de lo Social
número Dos de Pamplona
EDICTO
Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 406/2006 de este Juzgado
de lo Social, seguido a instancias de Falaye Sissoko contra la empresa
TGSS, INSS, Mutua Navarra y Mantenimientos Generales del Norte,
S.L., sobre Seguridad Social-Accidentes de trabajo, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:
Fallo: Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Falaye Sissoko frente al Instituto Nacional de
la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, mutua
Navarra y la empresa Mantenimientos Generales del Norte, S.L., debo
declarar y declaro que el demandante se encuentra afecto de una incapacidad permanente total, derivada de accidente de trabajo, y, en
consecuencia, condeno a las demandadas a estar y pasar por dicha
declaración y a la Mutua demandada a que le reconozca y abone una
prestación económica consistente en una pensión vitalicia equivalente
al 55% de la base reguladora de 1.267,58 euros al mes, más los incrementos legales correspondientes y con una fecha de inicio de
efectos desde el día 30 de enero de 2006, sin perjuicio de las responsabilidad subsidiaria del INSS y la TGSS.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio,
mando y firmo.
Diligencia.−Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la
advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes
a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su
Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán
hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado
plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente,
designar Letrado que le dirija el Recurso. Enterados, firman doy fe.
Se advierte a la Mutua que si recurre, se acompañará al anuncio
justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos
y Consignaciones de este Juzgado, cuenta Número 3159, procedimiento Número 3159 0000 65 0406 06 en la sucursal del Banesto de
la calle Cortés de Navarra, número 5 de Pamplona.
Asimismo, deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguriad Social previa determinación por esta de
su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado. Enterados,
firman, doy fe.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Mantenimientos
Generales del Norte, S.L., en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Aránzazu
Ballesteros Pérez de Albéniz.
J0706994
Juzgado de lo Social
número Dos de Pamplona
5671
Diligencia.−Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la
advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes
a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su
Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán
hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado
plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente,
designar Letrado que le dirija el Recurso.
Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al
anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de
Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en
el grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A., Banco de Vitoria,
S.A.), sucursal de la Calle Cortes de Navarra número 5, de Pamplona
y cuenta número 3159, procedimiento número 3159 0000 65 0874 06.
Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en
operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con
el número de procedimiento 3159 0000 67 0874 06 la cantidad objeto
de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Enterados, firman, doy fe.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Encofrados
Maexpa, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Aránzazu
Ballesteros Pérez de Albéniz.
J0706995
Juzgado de lo Social
número Dos de Pamplona
EDICTO
Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 118/2006 de este Juzgado
de lo Social, seguido a instancias de José María Calavia Santos contra
la empresa Vinagres el Encierro, S.L., sobre extinción de contrato, se
ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente
parte dispositiva:
Se declara al ejecutado Vinagres el Encierro, S.L., en situación de
insolvencia total, con carácter provisional por importe de 19.052,74
euros, a los fines de la presente ejecución, sin perjuicio de continuar
el procedimiento ejecutivo si llegare a mejor fortuna.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274.5 de la Ley de
Procedimiento Laboral (tras la redacción dada por la Ley 22/03, de 9
de julio, Concursal) procédase a publicar la presente resolución en el
Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota
en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso
de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes a su notificación.
Y para que le sirva de notificacion en legal forma a Vinagres el Encierro, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Aránzazu
Ballesteros Pérez de Albéniz.
J0706996
EDICTO
Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 874/2006 de este Juzgado
de lo Social, seguido a instancias de Ruben Zavaleta Fernández contra
la empresa Encofrados Maexpa, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que
contiene la siguiente parte dispositiva:
Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por Ruben Zavaleta
Fernández frente a la empresa Encofrados Maexpa, S.L. y el Fondo de
Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada
a abonar al actor en concepto salarios la cantidad de 9.491,47 euros
mas el interés del 10% de recargo de mora, así como al Fondo de
Garantía Salarial a estar y pasar por esta resolución.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio,
mando y firmo.
Juzgado de lo Social
número Dos de Pamplona
EDICTO
Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 108/2006 de este Juzgado
de lo Social, seguido a instancias de Endika Sevilla Barrio contra la
empresa Talleres Freecar Talluntxe, SL, sobre cantidad, se ha dictado
resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:
Se declara al ejecutado Talleres Freecar Talluntxe, S.L., en situación de insolvencia total, con carácter provisional por importe de
3.517,36 euros, a los fines de la presente ejecución, sin perjuicio de
continuar el procedimiento ejecutivo si llegare a mejor fortuna.
5672
Lunes, 21 de mayo de 2007
Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota
en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso
de Reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes a su notificación.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Talleres Freecar
Talluntxe, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Aránzazu
Ballesteros Pérez de Albéniz.
J0706997
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
EDICTO
Doña Rosa María Valencia Ederra, Secretaria del Juzgado de lo
Social número Tres de Pamplona.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en
el proceso seguido a instancia de doña Marta Pardo Fernández, contra
Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, CHR Hansen, S.A. Navarra y Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales Asepeyo, en reclamación por Seguridad Social-enfermedades profesionales, registrado
con el número 560/2006, se ha acordado citar a la parte demandada,
CHR Hansen, S.A. Navarra, que se halla en ignorado paradero, a fin
de que comparezca el día 18 de julio de 2007, a las nueve horas, treinta
minutos, en la Sala de Vistas número 15 (Palacio de Justicia), para la
celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio.
Dichos actos tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado
de lo Social número Tres, sito en calle San Roque, 4, primera planta,
debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente
apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con
la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se
suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Al objeto de practicar prueba de confesión judicial, deberá comparecer personalmente el demandado y, si se trata de personas jurídicas
privadas, la persona que ostente su representación legal, que lo acreditará con exhibición de escritura o poder notarial, con la advertencia
de que en caso de incomparecencia injustificada o que rehusara declarar o persistiera en no responder afirmativa o negativamente, se le
puede tener por confeso.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cargo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Y para que sirva de citación a CHR Hansen, S.A. Navarra, se expide
la presente cédula para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 17 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosa María
Valencia Ederra.
J0706642
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
B.O. de Navarra−Número 63
clarar o persistiera en no responder afirmativa o negativamente, se le
puede tener por confeso.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cargo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Y para que sirva de citación a Serymer Gestión Cultural, S.L., se
expide la presente cédula para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra.
Pamplona, 17 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosa María
Valencia Ederra.
J0706643
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
Edicto de notificación
Doña Rosa María Valencia Ederra, Secretaria del Juzgado de lo
Social número Tres de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento número 833/2006, seguido
en este Juzgado a instancias de Vicenta Jaso Zubiri, contra la empresa
María Carmen Fernández Sáinz, sobre cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 19 de marzo de 2007, que contiene la siguiente parte
dispositiva:
Que estimando la demanda en reclamación de cantidad deducida
por doña Vicenta Jaso Zubiri, frente a la empresaria doña María
Carmen Fernández Sáinz, debo condenar y condeno a dicha empresaria demandada, a abonar a la actora la suma de 3.133,64 euros, más
el interés moratorio del diez por ciento.
Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de
lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará
dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello
la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en
el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo
plazo.
Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25
euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado,
cuenta 3160.0000.65.0833.06, en la sucursal del Banesto, de la calle
Cortés de Navarra, y justificante de haber ingresado, en operación
aparte, aunque en el mismo Banco y cuenta, esta vez con número de
procedimiento 3160.0000.67.0833.06, la cantidad objeto de condena.
En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria,
habrá que consignarse como clave de la oficina receptora el número
8025.
Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario, en el
que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia,
Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al
nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a María Carmen
Fernández Sáinz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosa María
Valencia Ederra.
J0706644
EDICTO
Doña Rosa María Valencia Ederra, Secretaria del Juzgado de lo
Social número Tres de Pamplona.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en
el proceso seguido a instancia de don Alberto Ramón Casabona y don
Luis Javier Idoate Santesteban, contra Serymer Gestión Cultural, S.L.,
en reclamación por cantidad, registrado con el número 179/2007, se ha
acordado citar a la parte demandada, Serymer Gestión Cultural, S.L.,
que se halla en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 12
de junio de 2007, a las doce horas, en la Sala de Vistas número 15
(Palacio de Justicia), para la celebración de los actos de conciliación
y, en su caso, juicio.
Dichos actos tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado
de lo Social número Tres, sito en calle San Roque, 4, primera planta,
debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente
apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con
la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se
suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Al objeto de practicar prueba de confesión judicial, deberá comparecer personalmente el demandado y, si se trata de personas jurídicas
privadas, la persona que ostente su representación legal, que lo acreditará con exhibición de escritura o poder notarial, con la advertencia
de que en caso de incomparecencia injustificada o que rehusara de-
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
Edicto de notificación
Doña Rosa María Valencia Ederra, Secretaria del Juzgado de lo
Social número Tres de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento número 771/2006, seguido
en este Juzgado a instancias de Irena Zdravkova Lilova, contra la empresa Luis Eduardo Jimeno López y Carmen Fernández Sáinz, sobre
cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que contiene
la siguiente parte dispositiva:
Que estimando parcialmente la demanda de reclamación de cantidad deducida por doña Irena Zdravkova Lilova, frente a la empresaria
doña María Carmen Fernández Sáinz y don Luis Eduardo Jimeno
López, debo condenar y condeno a doña María del Carmen Fernández
Sáinz, a abonar a la actora la suma de 2.697,22 euros, más el interés
moratorio del diez por ciento, y debo absolver y absuelvo al codemandado don Luis Eduardo Jimeno López, de las pretensiones frente a él
ejercitadas.
Contra esta sentencia, cabe recurso de suplicación ante la Sala de
lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará
dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en
el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el mismo
plazo.
Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25
euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado,
cuenta 3160.0000.65.0771.06, en la sucursal del Banesto, de la calle
Cortes de Navarra (oficina número 0030- 8025), y justificante de haber
ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y oficina,
esta vez con número de cuenta 3160.0000.67.0771.06, la cantidad objeto de condena. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria, habrá de consignarse como clave de la oficina receptora el número 8025.
Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario, en el
que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia,
Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al
nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Carmen Fernández Sáinz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 16 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosa María
Valencia Ederra.
J0706645
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
Edicto de notificación
Rosario Alonso Llamas, Secretaria del Juzgado de lo Social número
Tres de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 17/07, seguido
en este Juzgado a instancias de Juan José Joven Pardo contra la empresa Trabajos de Perfilado Sociedad Anónima, sobre despido, se ha
dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte
dispositiva:
Que debo estimar y estimo el recurso de reposición interpuesto por
Juan José Joven Pardo frente al auto de fecha 6 de marzo de 2007,
que se modifica en el único sentido de fijar en concepto de indemnización el importe de 50.885,29 euros (salvo error u omisión) y manteniendo el resto de la resolución recurrida en sus propios términos.
Contra la presente resolución no cabe recurso.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Trabajos de
Perfilado Sociedad Anónima, en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 10 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosario
Alonso Llamas.
J0706710
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
Edicto de notificación
Rosario Alonso Llamas, Secretario del Juzgado de lo Social número
Tres de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 13/07, seguido
en este Juzgado a instancias de Javier Ignacio Abad Ventura contra la
empresa Construcciones Lanean Sociedad Limitada, sobre despido, se
ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente
parte dispositiva:
Se despacha ejecución a instancia de Javier Ignacio Abad Ventura
contra Construcciones Lanean Sociedad Llimitadal, por un principal de
24.058,20 euros más 1.684,07 euros de intereses provisionales y la de
2.405,82 euros de costas provisionales.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades
reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, oficina
0030-8025, al concepto 3160.0000.64.0013.07.
Tramitándose en este mismo Juzgado la ejecución 11/07 frente a la
misma empresa ejecutada, en la que se han realizado la diligencias de
5673
averiguación de bienes correspondientes, estése a su resultado a fin
de acordar lo procedente en la presente ejecutoria.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de reposición (5 días).
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Construcciones
Lanean Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 20 de abril de 2007.−La Secretario Judicial, Rosario
Alonso Llamas.
J0706933
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
Edicto de notificación
Lourdes García Ruiz, Secretaria del Juzgado de lo Social número
Tres de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 11/07, seguido
en este Juzgado a instancias de Pedro Arrizubieta Oscoz contra la
empresa Construcciones Lanean Sociedad Limitada, sobre Despido, se
ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente
parte dispositiva:
Se despacha ejecución a instancia de Pedro Arrizubieta Oscoz
contra Construcciones Lanean Sociedad Limitada, por un principal de
18.957,84 euros más 1.327,05 euros de intereses provisionales y la de
1.895,78 euros de costas provisionales.
Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes
de la parte ejecutada, suficientes a cubrir las indicadas cantidades.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades
reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, oficina
0030-8025, al concepto 3160.0000.64.0011.07.
Ofíciese a los pertinentes organismos y registros públicos (Jefatura
Provincial de Tráfico, Servicio de Indices del Registro de la Propiedad,
Ayuntamiento y Registro de la Propiedad correspondientes al domicilio
de la parte demandada) a fin de que faciliten la relación de todos los
bienes o derechos de la parte ejecutada de los que tengan constancia.
Se decreta el embargo de los créditos cuyos datos más abajo se
especifican, como de la titularidad de ejecutado, a cuyo efecto se librará
el oportuno oficio con los insertos necesarios, debiendo cumplimentarse
dentro del plazo máximo de diez días, bajo los apercibimientos legales
que procedan.
CREDITOS QUE SE DECLARAN EMBARGADOS
1.º Cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública
al ejecutado por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o
Impuesto sobre el Valor Añadido, según la personalidad jurídica de la
parte ejecutada, o cualquier otro concepto, hasta cubrir las cantidades
objeto de apremio.
2.º Ingresos que se produzcan y saldos acreedores existentes en
las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos en las siguientes
entidades: Caja Navarra, Caja Rural de Navarra, Caja Laboral-Euskadiko Kutxa, Bbva y Bsch, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en las indicadas entidades financieras actúen
como depositarias o intermediarias, hasta cubrir las cantidades objeto
de apremio.
Requiérase al deudor o persona que legalmente le represente para
que en el plazo de diez días, de no haber abonado en su totalidad la
cantidad objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados,
presente manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, sirviendo la notificación
de la presente resolución de requerimiento en forma.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de reposición. (5 días).
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Construcciones
Lanean Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente
para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 20 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Lourdes
García Ruiz.
J0706934
5674
Lunes, 21 de mayo de 2007
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
Edicto de notificación
Rosario Alonso Llamas, Secretaria del Juzgado de lo Social número
Tres de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 16/2007, seguido en este
Juzgado a instancias de Rosario Jiménez Benito, Margarita Gil Ochoa,
María Visitación Sada Arano, María Isabel Laplaza Casamian, María
Angeles Herrero Jiménez y María Manuela Burgaleta Marín contra la
empresa Santa Ana Textil, SLLL, sobre Cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:
Se acuerda dirigir oficio a la Administración Tributaria, Agencia Tributaria del Ministerio de Hacienda, así como a la Hacienda Pública de
Navarra, requiriéndola para que facilite la información interesada sobre
posibles bienes de la parte deudora, acompañando testimonio de la
presente.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Santa Ana Textil,
SLLL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Rosario
Alonso Llamas.
J0706935
Juzgado de lo Social
número Tres de Pamplona
Cedula de notificacion
Doña Lourdes Garcia Ruiz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo
Social número Tres de Pamplona.
Hago saber: Que en el procedimiento 576/2006 de este Juzgado
de lo Social, seguido a instancias de Roman Iparraguirre González
contra la empresa Dismoltecka, S.L., sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:
Dispongo: Tener por no anunciado el recurso de suplicación presentado por Dismoltecka, S.L., contra la Sentencia dictada en los presentes autos, que deviene firme. Transfiérase al Tesoro Público el depósito consignado por importe de 150,25 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes. Cumplido, archívese
el procedimiento.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar
en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su
notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo
que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Lo que propongo a S.S.ª para su conformidad.
El/La Magistrado-Juez. El/La Secretario.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Dismoltecka,
S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra
notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate
de emplazamiento.
Pamplona, 20 de abril de 2007.−La Secretaria Judicial, Lourdes
García Ruiz.
J0706936
Juzgado de lo Social
número Uno de Logroño
EDICTO
Don José Antonio Laguardia Hernando, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Logroño.
Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 57/2007-D
de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don José Luis
Muñoz Babon, contra la empresa Excavaciones y Compactaciones Botero, S.L. y Asfaltos de Biurrun, S.A., sobre ordinario, se ha dictado con
esta fecha auto despachado ejecución contra las mencionadas mercantiles y auto de embargo de vehículos, que entre otros particulares
contienen los siguientes:
Primero: Despachar la ejecución solicitada por don José Luis Muñoz
Babon, contra Excavaciones y Compactaciones Botero, S.L. y Asfaltos
de Biurrun, S.A., por un importe de 1.337,55 euros de principal, más
134 euros para costas e intereses legales, que se fijan provisionalmente, cantidades que deberán abonar de forma solidaria.
Segundo: Sin previo requerimiento de pago a los ejecutados por las
cantidades reclamadas, toda vez que consta en autos que ambas empresas se encuentran dadas de baja y sin actividad, trabar embargo de
los bienes de su propiedad en cuantía suficiente, y desconociéndose
B.O. de Navarra−Número 63
bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos y a tal fin,
expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor Jefe
Provincial de Tráfico, ilustrísimo Alcalde, Servicio de Indices del Registro de la Propiedad, Registros de la Propiedad correspondientes y
también al señor Director de la Agencia Tributaria, a fin de que comunique a este Juzgado, si por parte de la Hacienda Pública se adeuda
alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor
Añadido, o cualquier otro. Y asimismo para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco días, faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de que
tenga constancia. Advirtiéndose a las autoridades y funcionarios requeridos, de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la L.P.L.).
Tercero: Advertir y requerir al ejecutado de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos Cuarto
y Quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento Sexto y que podrán dar lugar
a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 600 euros,
por cada día de retraso.
Cuarto: El testimonio de la presente resolución servirá de mandamiento en legal forma a la Comisión Judicial, para la práctica del embargo de bienes de titularidad del ejecutado, en cuantía suficiente a
cubrir las cantidades anteriormente indicadas.
Se decreta el embargo y precinto de los siguientes vehículos, propiedad de Asfaltos de Biurrun, S.A., ejecutado solidario, con C.I.F.
A31189350 y domicilio en Muruarte de Reta (Navarra), para cubrir la
cantidad 1.337,55 euros, más 134 euros calculados provisionalmente
para cubrir intereses y costas.
−2275-DMF, marca Renault, modelo Kangoo.
−NA-0030R02, marca Nissan, modelo Trade.
−NA-08436-R, marca Benalu, modelo SR, Desc. Volteo 2 Ejes, semiremolque.
−NA-2409-AZ, marca Volkswagen, modelo Polo 1.4 5V 4P.
−2802-DMF, marca Renault, modelo Kangoo.
−NA-0659-AJ, marca Nissan, modelo Terrano II.
−NA-2987-BC, marca Seat, modelo 1.9 Tdi 5V.
−7664-CDP, marca Iveco, modelo 35C13, camión para cantera.
−NA-7065-AW, marca M.A.N., modelo 26442, tractocamión.
−7686-DDM, marca Volkswagen, modelo Passat 1.9.
−NA-2038R02, marca Trayl-Ona, modelo PP2BMFABS.
−NA-7065-AW, marca Ford, modelo Mondeo 5P.
−8753-DMC, marca Renault, modelo Kangoo.
−NA-08067-R, marca Trayl-Ona, modelo PF-160-M-D.
−NA-2118R02, marca Tryl-Ona, modelo PP2BMFABS.
−O-5836-AK, marca Renault, modelo DG-21020, propiedad del ejecutado.
−NA6969-AF, marca Citroën, modelo C-15D.
Remítase oficio al Registro de Bienes Muebles de Navarra, para
anotación del embargo acordado, solicitándose igualmente certificación
de cargas anteriores que existieren.
Ofíciese a la Jefatura Provincial de Tráfico para la efectividad del
precinto y conveniente depósito.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber
que contra la misma no cabe recurso alguno, conforme dispone el artículo 551.2 de la L.E.C. en relación con el artículo 235.1 de la L.P.L.,
sin perjuicio de la oposición que con arreglo a los artículos 556 y siguientes de la L.E.C., pueda formular el ejecutado.
Así lo acuerda, manda y firma, don Eduardo Carrión Matamoros,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Uno de La Rioja. Doy
fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se
harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistas forma
de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Excavaciones y
Compactaciones Botero, S.L. y Asfaltos de Biurrun, S.A., expido el
presente.
Logroño, 10 de abril de 2007.−El Secretario Judicial, José Antonio
Laguardia Hernando.
J0706403
Juzgado de Primera Instancia
número Uno de Coria
EDICTO
María Inés Carreras González Secretaria del Juzgado de Primera
Instancia número Uno de Coria.
Hace saber: Que en virtud de lo acordado en resolución del día de
la fecha dictado en el procedimiento ejecución de títulos no judiciales
135/2002 que se sigue en este Juzgado a instancia de Caja de Ahorros
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
y Monte de Piedad de Córdoba-Caja Sur representado por Manuel a
Fernández Simón contra Andrés Baigorri de Luis, Tomasa Colas Pérez
Conservas Pincha, S.L., en reclamación de 181449.03 euros de principal e intereses moratorios y ordinarios vencidos más otros 54400.00
euros fijados prudencialmente para intereses y costas de ejecución, por
el presente se anuncia la venta en pública subasta, con antelación de
veinte días cuando menos, de la siguiente finca propiedad del ejecutado:
1.−Finca Registral 3313, Pieza de secano, sita en Lodosa en el
término de La Lámpara, y que tiene una superficie de 8.775 m².
2.−Finca Registral 2910, Finca de regadío, sita en Lodosa, en el
término de El Soto, con una superficie de 9399 m², que son 10,46 robadas.
3.−Finca Registral 10546, vivienda o piso primero, letra B, de la
casa señalada con el número veinticinco de la Calle del Aire de Lodosa.
4.−Finca Registral 10547, vivienda o piso segundo, letra A, de la
casa señalada con el número veinticinco, de la Calle del Aire de Lodosa.
5.−Finca Registral 10519, aparcamiento o plaza de garaje sita en
el sótano de la casa señalada con el número, 63-69, hoy número 63
de la Avenida de Navarra en Lodosa.
La subasta se celebrará el próximo día 21 septiembre 2007 a las
11 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado sito en Avenida
Puente Nuevo, 12 Coria (Cáceres), conforme con las siguientes condiciones:
1.ª Las fincas embargadas han sido valoradas a efecto de subasta
en:
1.−Finca Registral 3313, en 6010,12 euros.
2.−Finca Registral 2910, en 12020,24 euros.
3.−Finca Registral 10546, en 30050 euros.
4.−Finca Registral 10547, en 27046 euros.
5.−Finca Registral 10519, en 9616,19 euros.
2.ª La certificación registral y, en su caso, la titulación del inmueble
o inmuebles que se subastan estará de manifiesto en la Secretaría de
este Juzgado.
3.ª Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.
4.ª Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito
del actor continuarán subsistentes entendiéndose por el solo hecho de
participar en la subasta, que el licitador los admite y queda subrogado
en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare
a su favor.
5675
5.ª Para tomar parte en la subasta los postores deberán depositar,
previamente, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este
Juzgado, en la entidad en BANESTO, Oficina Principal de Coria (Cáceres), cuenta número1149-0000-05-0135-02, el 30 por 100 del valor
de la finca a efecto de subasta, devolviéndose las cantidades, una vez
aprobado el remate, a aquellos que participen en la misma, excepto al
mejor postor, salvo que soliciten su mantenimiento a disposición del
Juzgado para el caso en que el rematante no consignare el resto del
precio, debiendo consignar asimismo en dicho resguardo si, en su caso,
las cantidades ingresadas pertenecen en todo o en parte a un tercero
identificándole adecuadamente.
6.ª Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán
hacerse posturas por escrito en sobre cerrado al que se deberá acompañar el resguardo de haber realizado la consignación a que se refiere
la condición anterior, los cuales serán abiertos al inicio de la subasta,
surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
7.ª Sólo el ejecutante podrá hacer posturas con la facultad de
ceder el remate a un tercero, pudiendo tomar parte en la subasta solo
cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que hicieren.
8.ª Para el caso de que se hagan posturas que no superen al
menos el 50 por 100 del valor de tasación o aun siendo inferior cubran,
al menos, la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas, no se aprobará el remate
salvo que el Tribunal acuerde otra cosa a la vista de las circunstancias
concurrentes en el procedimiento.
9.ª Los inmuebles que se subastan no se puede hacer constar si
se encuentran ocupados, a excepción de la finca registral 10546, la cual
se encuentra alquilada a Valeriano Lenguas Crespo, por el anterior
propietario, a la adquisición por el demandado, quien ha mantenido
dicho alquiler.
10.ª El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios
de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha
de celebración de la subasta.
11.ª Para el caso de que la notificación del señalamiento al ejecutado resultante infructuoso por encontrarse en ignorado paradero,
sirva la presente de notificación edictal para el mismo.
12.ª En el supuesto que por causa de fuerza mayor no pudiere
llevarse a cabo la subasta en el día y hora señalados, se celebrará el
día siguiente hábil.
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.
Coria, 11 de abril de 2007.−La Secretaria, María Inés Carreras
González.
J0707097
VII. PROCEDIMIENTO ELECTORAL
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE NAVARRA
Constitución definitiva Junta Electoral Provincial
Aurelio Herminio Vila Dupla, Presidente de la Junta Electoral Provincial de Navarra.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Orgánica
5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General,
Hace saber: que el día dieciocho de mayo de 2007, quedó constituida definitivamente la Junta Electoral Provincial de Navarra, en el
edificio del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, calle San Roque
s/n de Pamplona. y que la integran los siguientes miembros:
Presidente: Aurelio Herminio Vila Dupla, Magistrado de la Audiencia
Provincial de Navarra.
Vocales judiciales: José Julián Huarte Lázaro y Francisco José Goyena Salgado, Magistrados de la Audiencia Provincial de Navarra.
Vocales no judiciales: Angel Ruiz de Erenchun Oficialdegui, Letrado
del Colegio de Abogados de Pamplona, y Jesús María Osés Gorráiz,
Profesor titular de sociología de la Universidad Pública de Navarra.
Javier Piedrafita García, Delegado Provincial de la Oficina del
Censo Electoral de Navarra.
Y para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, expido y
firmo el presente.
Pamplona, 18 de mayo de 2007.−El Presidente, Aurelio Herminio
Vila Dupla.
J0708301
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE AOIZ
Constitución definitiva Junta Electoral Zona de Aoiz
Ana Irurita Díez de Ulzurrun, Presidenta de la Junta Electoral de
Zona de Aoiz.
Hace saber: Que esta Junta Electoral de Zona de Aoiz conformidad
con lo establecido en los artículos 11.1.b y 14.3 de la Ley Orgánica
5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, ha quedado
constituida definitivamente con los siguientes miembros:
Presidenta: Ana Irurita Díez de Ulzurrun.
Vocales Judiciales: Francisco Javier Pablo Pablo, Oscar López
García.
Vocales no Judiciales: Teresa Mina Turrillas y María Teresa Valenzuela Gómez.
Secretaria: María Angeles Ruiz de la Cuesta Muñoz.
Aoiz, 14 de mayo de 2007.− La Presidenta, Ana Irurita Díez de Ulzurrun.
J0708142
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE ESTELLA
Constitución definitiva Junta Electoral de Zona de Estella
Inés Hualde Juvera, Presidenta de la Junta Electoral de Zona de
Estella,
Hace saber: Que la Junta Electoral de Zona de Estella, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1.b y 14.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, ha quedado
constituida definitivamente con los siguientes miembros:
Presidenta: Inés Hualde Juvera.
Vocales: Esther Fernández Arjonilla.
Félix Urricelqui Argaiz.
Jorge Montero Antoñanzas.
Javier Elorza Rojo.
Secretario: Juan Alfonso Pérez Ruiz.
Estella, 17 de mayo de 2007.−La Presidenta, Inés Hualde Juvera.
J0708221
5676
Lunes, 21 de mayo de 2007
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE PAMPLONA
B.O. de Navarra−Número 63
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE TUDELA
Constitución definitiva Junta Electoral de Zona de Pamplona
Constitución definitiva Junta Electoral de Zona de Tudela
Vicente Ager Iciz, Secretario de la Junta Electoral de Zona de
Pamplona,
Hace saber: Que la Junta Electoral de Zona de Pamplona, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1.b y 14.3 de la Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, ha
quedado constituida definitivamente con los siguientes miembros:
Presidenta: Rebeca Esther Alonso Adrián.
Vocales: María Paz Benito Osés, Edilberto Esteban Iglesias, Juan
Tomás Rodríguez Arano, y María Jesús Labiano Nuin.
Secretario: Vicente Ager Iciz.
Pamplona, 11 de mayo de 2007.− El Secretario, Vicente Ager Iciz.
Elena Sancho Lumbreras, Secretaria de la Junta Electoral de Zona
de Tudela.
Hace saber: Que la Junta Electoral de Zona de Tudela, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1.b y 14.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, ha quedado
constituida definitivamente con los siguientes miembros:
Presidente: Oscar Ortega Sebastián.
Vocales Judiciales: Octavio Tobajas Gálvez y Ana José Añón
Montón.
Vocales no Judiciales: Félix Rodríguez Mateo y Jesús Elía Pérez.
Secretaria: Elena Sancho Lumbreras.
Tudela, 11 de mayo de 2007.−La Secretaria de la Junta Electoral,
Elena Sancho Lumbreras.
J0708144
J0708143
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE TAFALLA
JUNTA ELECTORAL DE ZONA ESTELLA
Constitución definitiva Junta Electoral de Zona de Tafalla
Corrección de errores
Ikerne Aznar Malo, Presidenta de la Junta Electoral de Zona de
Tafalla.
Hace saber: Que la Junta Electoral de Zona de Tafalla, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1.b y 14.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, ha quedado
constituida definitivamente con los siguientes miembros:
Presidenta: Ikerne Aznar Malo.
Vocales: Diego Yanguas Bermejo, Pablo Jesús Oños Fernández,
Susana Laplaza Aysa y María Teresa Olagüe Pernaut.
Secretario: Mariano Nuño San Martín.
Tafalla, 10 de mayo de 2007.−La Presidenta, Ikerne Aznar Malo.
Por el presente se comunica que por esta Junta Electoral de Zona
de Estella, se ha adoptado Acuerdo respecto a acceder a la rectificación
del error material padecido en el primer apellido de la candidata de la
Agrupación Electoral Independiente por Lodosa (IPL), debiendo constar
como correcto el nombre de María Angeles Roldán Marrodán (en lugar
de María Angeles Rondal Marrodán) tal y como consta en las papeletas
electorales.
Lo que pongo en su conocimiento al objeto de que se proceda dicha
modificación.
Estella, 14 de mayo de 2007.−El Secretario de la Junta Electoral,
firma ilegible.
J0708215
J0708217
VIII. ANUNCIOS
8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA E INTERIOR
Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación
Notificación para: Don Alberto Martincorena Pérez.
Acto que se notifica: Resolución número 587, de 15 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-5829, interpuesto por don Alberto
Martincorena Pérez contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de
fecha 20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado
de fecha 30 de enero de 2004 (expediente municipal número 49366/03),
sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por
el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número
587 de 15 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 124,
de 15 de octubre de 2004, de resolución desestimatoria de recurso de
reposición planteado frente a sanción impuesta por el Ayuntamiento de
Pamplona como consecuencia de la comisión de una infracción en
materia de tráfico consistente en estacionar junto a unos contenedores
de basura impidiendo su recogida; resolución que debemos confirmar
por ser ajustada a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña María-Cecilia Solano Sábada.
Acto que se notifica: Resolución número 611, de 16 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-5840, interpuesto por doña María-Cecilia Solano Sádaba contra resolución del Concejal Delegado de
Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona
de fecha 20 de julio de 2004, por el que se inadmite el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal
Delegado de fecha 30 de enero de 2004 (expediente municipal número
40595/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue
resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 611 de 16 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 15 de
octubre de 2004 de inadmisión de recurso de reposición planteado
frente a sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como
consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico,
por ser el acto recurrido conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Miguel Vicente González.
Acto que se notifica: Resolución número 700, de 22 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
El recurso de alzada número 04-6021, interpuesto por don Miguel
Vicente González contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
6 de agosto de 2004, por la que se inadmite recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado
de fecha 26 de marzo de 2004 (expediente municipal número
39670/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue
resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 700 de 22 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada interpuesto contra resolución del Ayuntamiento de Pamplona por la que se inadmitió recurso
de reposición contra multa por infracción leve de tráfico (expediente
municipal 39670/03), acto que se confirma por ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Jorge Arrese Los Arcos.
Acto que se notifica: Resolución número 709, de 22 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6032, interpuesto por don Jorge
Arrese Los Arcos contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo
Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de junio de 2004, desestimatoria
de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de
fecha 10 de noviembre de 2003 (expediente municipal número
3801/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de
tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante
su resolución número 709 de 22 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra desestimación de recurso de reposición contra providencia de apremio del Ayuntamiento de Pamplona dictada en reclamación de multa de tráfico (expediente número 3801/03), acto que se
anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña María del Rosario Sáenz Lazcano.
Acto que se notifica: Resolución número 810, de 8 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6104, interpuesto por doña María
del Rosario Sáenz Lazcano contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de mayo de 2004,
por el que se inadmite el recurso de reposición interpuesto contra diligencia de embargo (expediente municipal número 15560/00), sobre
reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue resuelto
por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 810 de 8 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente
copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de
octubre de 2004 de inadmisión de recurso de reposición planteado
frente a diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona para el pago forzoso de dos sanciones no abonadas en el periodo
voluntario, impuestas por la comisión de sendas infracciones en materia
de tráfico; acto que debemos confirmar por ser ajustado a Derecho."
5677
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Antonio Clemente Correira.
Acto que se notifica: Resolución número 816, de 8 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6110, interpuesto por don Antonio
Clemente Correira contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 41787/03), sobre
sanción por no efectuar la maniobra de la marcha atrás con la debida
precaución, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 816 de 8 de marzo de 2007, cuya parte
dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de
octubre de 2004 de desestimación de recurso de reposición planteado
frente a sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como
consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico
consistente en no efectuar la maniobra de marcha hacia atrás con la
máxima precaución; resolución que debemos confirmar por ser ajustada
a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Carlos-Gustavo Lorda Fernández.
Acto que se notifica: Resolución número 839, de 12 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6126, interpuesto por don CarlosGustavo Lorda Fernández contra resolución del Concejal Delegado de
Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona
de fecha 20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición
interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 30 de enero de 2004 (expediente municipal número
45996/03), sobre sanción por conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 839 de 12 de marzo de 2007, cuya parte
dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar en parte el recurso de alzada arriba reseñado,
interpuesto contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18
de octubre de 2004 de desestimación de recurso de reposición planteado frente a sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona
como consecuencia de la comisión de una infracción en materia de
tráfico consistente en conducir un vehículo haciendo uso al mismo
tiempo de un teléfono móvil; y anular la citada resolución en el sentido
de rebajar la cuantía de la sanción a 60 euros."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Roberto Castellano Fernández.
Acto que se notifica: Resolución número 840, de 12 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
5678
Lunes, 21 de mayo de 2007
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6127, interpuesto por don Roberto
Castellano Fernández contra resolución del Concejal Delegado de
Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona
de fecha 31 de mayo de 2004, desestimatoria de recurso de reposición
interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 30 de enero de 2004 (expediente municipal número
32749/03), sobre sanción por conducir de modo negligente, fue resuelto
por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 840 de 12 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente
copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto frente a publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de
octubre de 2004 de resolución del Ayuntamiento de Pamplona desestimatoria de recurso de reposición planteado contra sanción impuesta
por la comisión de una infracción en materia de tráfico consistente en
conducir de modo negligente; resolución que debemos confirmar por
ser ajustada a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Juan-Pablo Vital Echarri.
Acto que se notifica: Resolución número 871, de 14 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6146, interpuesto por don JuanPablo Vital Echarri contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 251426/03), sobre
sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 871 de 14 de
marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de octubre
de 2004 de desestimación de recurso de reposición planteado frente a
sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como consecuencia de infracción en materia de tráfico consistente en estacionar
un vehículo en zona ZEL sin disponer de tique ni tarjeta de residente
en vigor, y anular dicha sanción por ser contraria a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Juan-Pablo Vital Echarri.
Acto que se notifica: Resolución número 872, de 14 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6147, interpuesto por don JuanPablo Vital Echarri contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 190157/03), sobre
sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el
Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 872
de 14 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada,
dice así:
B.O. de Navarra−Número 63
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de octubre
de 2004 de desestimación de recurso de reposición planteado frente a
sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como consecuencia de infracción en materia de tráfico consistente en estacionar
un vehículo en una intersección o en zonas inmediatas a la misma, y
anular dicha sanción por ser contraria a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Juan-Pablo Vital Echarri.
Acto que se notifica: Resolución número 873, de 14 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6148, interpuesto por don JuanPablo Vital Echarri contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 22810/03), sobre
sanción por circular a velocidad superior a la autorizada, fue resuelto
por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 873 de 14 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente
copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de octubre
de 2004 de desestimación de recurso de reposición planteado frente a
sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como consecuencia de infracción en materia de tráfico consistente en circular a
velocidad superior a la máxima permitida, y anular dicha sanción por
ser contraria a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Juan-Pablo Vital Echarri.
Acto que se notifica: Resolución número 874, de 14 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6149, interpuesto por don Juan−
Pablo Vital Echarri contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
24 de junio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado
de fecha 12 de diciembre de 2003 (expediente municipal número
572189/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue
resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 874 de 14 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de
octubre de 2004 de desestimación de recurso de reposición planteado
frente a sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como
consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico
consistente en estacionar un vehículo en doble fila sin conductor; resolución que debemos anular por ser contraria a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Edicto de notificación
Notificación para: Don Ignacio Ansoáin Malo.
Acto que se notifica: Resolución número 876, de 14 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6152, interpuesto por don Ignacio
Ansoáin Malo contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de junio de 2004, desestimatoria de
recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de
fecha 24 de julio de 2003 (expediente municipal número 22686/02),
sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue
resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 876 de 14 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada interpuesto contra desestimación de recurso de reposición contra providencia de apremio, de
24 de julio de 2003, del Ayuntamiento de Pamplona, dictada en reclamación ejecutiva de multa de tráfico (expediente sancionador número
22686/02); acto que se confirma por ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña María-José Arcas Espuña.
Acto que se notifica: Resolución número 877, de 14 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6153, interpuesto por doña María-José Arcas Espuña contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de mayo de 2004, por la
que se inadmite el recurso de reposición interpuesto contra diligencia
de embargo de fecha 30 de diciembre de 2002 (expediente municipal
número 19424/01), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de
multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra
mediante su resolución número 877 de 14 de marzo de 2007, cuya
parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Declarar la indamisibilidad del recurso de alzada más
arriba reseñado interpuesto contra resolución municipal por la que se
inadmitió recurso de reposición contra actuación de embargo, dictada
por el Ayuntamiento de Pamplona en reclamación ejecutiva de multa
de tráfico (expediente 19424/01)."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña María-José Arcas Espuña.
Acto que se notifica: Resolución número 878, de 14 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6154, interpuesto por doña María-José Arcas Espuña contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 26 de mayo de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra diligencia de
embargo de fecha 30 de diciembre de 2002 (expediente municipal número 9809/00), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa
de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 878 de 14 de marzo de 2007, cuya parte
dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Declarar la indamisibilidad del recurso de alzada más
arriba reseñado interpuesto contra resolución municipal por la que se
desestimó recurso de reposición contra actuación de embargo, dictada
5679
por el Ayuntamiento de Pamplona en relación con multa de tráfico (expediente 9809/00)."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don José Correia Caña.
Acto que se notifica: Resolución número 905, de 22 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6163, interpuesto por don José
Correia Caña contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 18
de junio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
21 de noviembre de 2003 (expediente municipal número 13069/03),
sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por
el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número
905 de 22 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución del Ayuntamiento de Pamplona por la que se
desestimó recurso de reposición contra multa dictada en expediente
sancionador número 13069/03, por la comisión de una infracción en
materia de tráfico, resolución que debe anularse por no ser conforme
a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña María-Consuelo Burgos Angós.
Acto que se notifica: Resolución número 906, de 22 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6164, interpuesto por doña María-Consuelo Burgos Angós contra resolución del Concejal Delegado
de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona
de fecha 20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición
interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 30 de enero de 2004 (expediente municipal número
24273/03), sobre sanción por conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 906 de 22 de marzo de 2007, cuya parte
dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del
Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente número
24273/03), acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Francisco-Javier Crespo Calvo.
Acto que se notifica: Resolución número 907, de 22 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
5680
Lunes, 21 de mayo de 2007
El recurso de alzada número 04-6165, interpuesto por don Francisco-Javier Crespo Calvo contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 31 de marzo de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de
apremio de fecha 10 de diciembre de 2002 (expediente municipal número 42005/01), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de
multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra
mediante su resolución número 907 de 22 de marzo de 2007, cuya
parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado
interpuesto contra desestimación de recurso de reposición contra providencia de apremio, del Ayuntamiento de Pamplona, dictada en reclamación de multa de tráfico (expediente número 42005/01), acto que se
confirma por ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Jorge Elizalde Agurruza.
Acto que se notifica: Resolución número 923, de 23 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6168, interpuesto por don Jorge
Elizalde Agurruza contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
20 de febrero de 2004 (expediente municipal número 321/04), sobre
sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el
Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 923
de 23 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada,
dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado
interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó
recurso de reposición contra multa por infracción grave de tráfico (expediente municipal número 321/04); resolución que se confirma por ser
conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Rafael Estudillo Vázquez.
Acto que se notifica: Resolución número 926, de 23 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
Los recursos de alzada acumulados números 04-6172 y 06-1433,
interpuestos por don Rafael Estudillo Vázquez, el primero de ellos
contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del
Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de 20 de julio de 2004, por
la que se inadmite el recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de 30 de enero de
2004 (expediente municipal número 111362/03), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento
limitado y restringido; y el segundo contra resolución de la Alcaldía del
mismo Ayuntamiento de 2 de noviembre de 2005, desestimatoria del
recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de 24
de enero de 2005, correspondiente al mismo expediente municipal,
sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico,
fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su
resolución número 926 de 23 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva,
literalmente copiada, dice así:
B.O. de Navarra−Número 63
"Resuelve: Estimar los recursos de alzada arriba reseñados interpuestos contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se inadmitió recurso
de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente número
111362/03) y contra desestimación de recurso de reposición contra
providencia de apremio; actos que se anulan por no ser conformes a
Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Mikel Bartolomé Moreno.
Acto que se notifica: Resolución número 535, de 12 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-5769, interpuesto por don Mikel
Bartolomé Moreno contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 14005/03), sobre
sanción por realizar un giro prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 535 de 12 de
febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar, por la razón expuesta, el recurso de alzada más
arriba reseñado interpuesto contra la resolución del Concejal Delegado
de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que
se desestimó recurso de reposición contra sanción por la comisión de
una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número
14005/03); acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
F0706884
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA E INTERIOR
Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación
Notificación para: Don Pello Torreblanca Lafraya.
Acto que se notifica: Resolución número 2684, de 5 de septiembre
de 2006.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-3852, interpuesto por don Pello
Torreblanca Lafraya contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de
Pamplona de fecha 28 de mayo de 2004 (expediente municipal número
15358/04), sobre sanción por negarse a facilitar los datos del vehículo
solicitados por los afectados en un accidente de circulación, estando
implicado en el mismo, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de
Navarra mediante su resolución número 2684 de 5 de septiembre de
2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Declarar la inadmisibilidad del recurso de alzada arriba
reseñado interpuesto contra resolución del Ayuntamiento de Pamplona,
por la que se impuso multa por infracción de tráfico (expediente municipal número 15358/04), dada la extemporaneidad de su presentación.
"
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Edicto de notificación
Notificación para: Don Juan Goñi Giménez.
Acto que se notifica: Resolución número 2685, de 5 de septiembre
de 2006.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-3874, interpuesto por don Juan
Goñi Giménez contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 24
de mayo de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
26 de marzo de 2004 (expediente municipal número 874528/03), sobre
sanción por infracción de la ordenanza reguladora de las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 2685 de 5 de
septiembre de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice
así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona por la que se desestima recurso
de reposición planteado frente a una sanción impuesta por la comisión
de una infracción en materia de tráfico consistente en estacionar un
vehículo en zona Z.E.L. por tiempo superior al señalado en el tique;
resolución que debemos confirmar por ser ajustada a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Antonio Rodríguez Carrera.
Acto que se notifica: Resolución número 3253, de 24 de octubre de
2006.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-4351, interpuesto por don Antonio
Rodríguez Carrera contra resolución sancionadora del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de
Pamplona de fecha 30 de junio de 2004 (expediente municipal número
11828/04), sobre sanción por rebasar el límite de velocidad, fue resuelto
por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3253 de 24 de octubre de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona
como consecuencia de la comisión de una infracción en materia de
tráfico consistente en circular a velocidad superior a la máxima permitida, con infracción del ordenamiento jurídico; acto que se confirma por
ser ajustado a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Oscar Peláez Francés.
Acto que se notifica: Resolución número 3409, de 7 de noviembre
de 2006.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-4520, interpuesto por don Oscar
Peláez Francés contra resolución sancionadora del Concejal Delegado
de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona
de fecha 6 de agosto de 2004 (expediente municipal número 19994/04),
sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por
el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número
3409 de 7 de noviembre de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente
copiada, dice así:
5681
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado
interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se impuso multa
por infracción grave de tráfico (expediente municipal número 19994/04);
resolución que se confirma por ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don David Aldaz Undiano.
Acto que se notifica: Resolución número 3571, de 20 de noviembre
de 2006.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-4787, interpuesto por don David
Aldaz Undiano contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 20
de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 47548/03), sobre
sanción por realizar un giro prohibido, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 3571 de 20 de
noviembre de 2006, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice
así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra desestimación de recurso de reposición planteado frente
a sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico consistente en realizar un giro prohibido; resolución que debemos confirmar
por ser ajustada a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Alfredo Rodríguez Calvo.
Acto que se notifica: Resolución número 546, de 13 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-5785, interpuesto por don Alfredo
Rodríguez Calvo contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
28 de abril de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
31 de octubre de 2003 (expediente municipal número 13717/03), sobre
sanción por conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución
número 546 de 13 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del
Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente número
13717/03), acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Gorka Tapia Oset.
Acto que se notifica: Resolución número 693, de 22 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
5682
Lunes, 21 de mayo de 2007
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6016, interpuesto por don Gorka
Tapia Oset contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 20
de julio de 2004, por la que se inadmite recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado
de fecha 20 de febrero de 2004 (expediente municipal número
52205/03), sobre sanción por infracción de la ordenanza reguladora de
las zonas de estacionamiento limitado y restringido, fue resuelto por el
Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 693
de 22 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada,
dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del
Ayuntamiento de Pamplona, por la que se inadmitió recurso de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente número
52205/03), acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Alberto Fontane Ayerra.
Acto que se notifica: Resolución número 735, de 27 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6046, interpuesto por don Alberto
Fontane Ayerra contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28
de abril de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
31 de octubre de 2003 (expediente municipal número 7282/03), sobre
sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el
Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 735
de 27 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada,
dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del
Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente número
7282/03), acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Manuel Iparraguirre Lucambio.
Acto que se notifica: Resolución número 739, de 27 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6050, interpuesto por don Manuel
Iparraguirre Lucambio contra resolución del Concejal Delegado de
Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona
de fecha 20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición
interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 30 de enero de 2004 (expediente municipal número
480/03), sobre sanción por rebasar semáforo en rojo, fue resuelto por
el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número
739 de 27 de febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar, por la razón expuesta, el recurso de alzada más
arriba reseñado interpuesto contra la resolución del Concejal Delegado
de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que
se desestimó recurso de reposición contra sanción por la comisión de
B.O. de Navarra−Número 63
una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número
480/03); acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Francisco-Javier Irigoyen Oyarzun.
Acto que se notifica: Resolución número 740, de 27 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
Los recursos de alzada acumulados números 04-6051 y 05-3463,
interpuestos por don Francisco-Javier Irigoyen Oyarzun, en nombre y
representación de "Metalicas Tuferreta, S.A.L.", el primero de ellos
contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de
Pamplona de 18 de junio de 2004, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de 15 de diciembre
de 2003; y el segundo contra resolución de la Alcaldía del mismo
Ayuntamiento de 9 de febrero de 2005, desestimatoria del recurso de
reposición interpuesto contra embargo, ambos correspondientes al expediente municipal número 12614/02, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fueron resueltos por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 740 de 27 de
febrero de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar los recursos de alzada más arriba reseñados
interpuestos contra desestimaciones de recursos de reposición contra
providencia de apremio y contra embargo, del Ayuntamiento de Pamplona, dictadas en reclamación de multa de tráfico (expediente número
12614/02), actos que se anulan por no ser conformes a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Francisco-Javier Irigoyen Oyarzun.
Acto que se notifica: Resolución número 741, de 27 de febrero de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6052, interpuesto por don Francisco-Javier Irigoyen Oyarzun, en nombre y representación de "Metálicas
Tufereta, S.A.L." contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 20
de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 331296/03), sobre
sanción por no identificar correctamente al conductor responsable de
una infracción, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra
mediante su resolución número 741 de 27 de febrero de 2007, cuya
parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del
Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente número
331296/03), acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Alfonso Lavado Heras.
Acto que se notifica: Resolución número 745, de 1 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6057, interpuesto por don Alfonso
Lavado Heras contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 18 de junio de 2004, desestimatoria
de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio de
fecha 24 de julio de 2003 (expediente municipal número 690988/02),
sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, fue
resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 745 de 1 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado
interpuesto contra desestimación de recurso de reposición contra providencia de apremio, del Ayuntamiento de Pamplona, dictada en reclamación de multa de tráfico (expediente número 690988/02), acto que
se confirma por ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Pedro López Ramírez.
Acto que se notifica: Resolución número 747, de 1 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6059, interpuesto por don Pedro
López Ramírez contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo
Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28 de abril de 2004, por la que
se inadmite recurso de reposición interpuesto contra providencia de
apremio de fecha 10 de noviembre de 2003 (expediente municipal número 13426/03), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de
multa de tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra
mediante su resolución número 747 de 1 de marzo de 2007, cuya parte
dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada más arriba reseñado interpuesto contra desestimación de recurso de reposición contra providencia de apremio, del Ayuntamiento de Pamplona, dictada en reclamación de multa de tráfico (expediente número 13426/03), acto que se
anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Miguel-Angel Lorente Vicuña.
Acto que se notifica: Resolución número 748, de 1 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6060, interpuesto por don MiguelAngel Lorente Vicuña contra resolución de la Alcaldía del Excelentísimo
Ayuntamiento de Pamplona de fecha 1 de junio de 2004, desestimatoria
de recurso de reposición interpuesto contra diligencia de embargo de
fecha 29 de diciembre de 2003 (expediente municipal número
43735/01), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de
tráfico, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante
su resolución número 748 de 1 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada interpuesto contra desestimación de recurso de reposición contra diligencia de embargo dictada por el Ayuntamiento de Pamplona en reclamación de multa de
tráfico (expediente número 43735/01), acto que se confirma por ser
conforme a Derecho."
5683
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Carlos Pérez Ruiz.
Acto que se notifica: Resolución número 807, de 7 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6100, interpuesto por don Carlos
Pérez Ruiz contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 28
de abril de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
31 de octubre de 2003 (expediente municipal número 20138/03), sobre
sanción por por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por
el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número
807 de 7 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado, interpuesto contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de
octubre de 2004 de desestimación de recurso de reposición planteado
frente a sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como
consecuencia de la comisión de una infracción en materia de tráfico
consistente en estacionar en zona de carga y descarga sin realizar tal
actividad; resolución que debemos anular por ser contraria a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Juan-Carlos Velázquez Caballero.
Acto que se notifica: Resolución número 869, de 13 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6144, interpuesto por don JuanCarlos Velázquez Caballero contra resolución del Concejal Delegado
de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona
de fecha 18 de junio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición
interpuesto contra resolución sancioandora del propio Concejal Delegado de fecha 21 de noviembre de 2003 (expediente municipal número
13085/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue
resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 869 de 13 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 18 de octubre
de 2004 de desestimación de recurso de reposición planteado frente a
sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona como consecuencia de infracción en materia de tráfico consistente en estacionar
un vehículo en zona reservada para carga y descarga sin realizar tal
actividad, y anular dicha sanción por ser contraria a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña María-Josefa Armisén Ardanaz.
Acto que se notifica: Resolución número 898, de 21 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
5684
Lunes, 21 de mayo de 2007
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6156, interpuesto por doña María-Josefa Armisén Ardanaz contra resolución del Concejal Delegado
de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona
de fecha 20 de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición
interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha 30 de enero de 2004 (expediente municipal número
48608/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue
resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 898 de 21 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada más arriba reseñado
interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó
recurso de reposición contra multa por infracción grave de tráfico (expediente municipal número 48608/03); resolución que se confirma por
ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Angel-María Arrasate Egea.
Acto que se notifica: Resolución número 899, de 21 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6157, interpuesto por don AngelMaría Arrasate Egea contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de
fecha 13 de abril de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado
de fecha 30 de enero de 2004 (expediente municipal número 35704/03),
sobre sanción por circular a velocidad superior a la autorizada, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución
número 899 de 21 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Desestimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona por la que se desestimó recurso
de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente municipal número 35704/03), acto que se confirma por ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Angel Ayerdi Amigot.
Acto que se notifica: Resolución número 901, de 21 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6159, interpuesto por don Angel
Ayerdi Amigot contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 20
de julio de 2004, desestimatoria de recurso de resposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 4621/03), sobre
sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue resuelto por el
Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 901
de 21 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada,
dice así:
"Resuelve: Estimar, por la razón expuesta, el recurso de alzada más
arriba reseñado interpuesto contra la resolución del Concejal Delegado
de Protección Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, por la que
se desestimó recurso de reposición contra sanción por la comisión de
B.O. de Navarra−Número 63
una infracción en materia de tráfico (expediente sancionador número
4621/03); acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Santiago Casado Casado.
Acto que se notifica: Resolución número 903, de 21 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6161, interpuesto por don Santiago
Casado Casado contra resolución del Concejal Delegado de Protección
Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 20
de julio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto
contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado de fecha
30 de enero de 2004 (expediente municipal número 30245/03), sobre
sanción por conducir utilizando dispositivos de telefonía móvil, fue resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución
número 903 de 21 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del
Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente número
30245/03), acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Pedro Chocarro Eguaras.
Acto que se notifica: Resolución número 904, de 21 de marzo de
2007.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la referida Ley.
El recurso de alzada número 04-6162, interpuesto por don Pedro
Chocarro Eguaras contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha
18 de junio de 2004, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra resolución sancionadora del propio Concejal Delegado
de fecha 21 de noviembre de 2003 (expediente municipal número
42060/03), sobre sanción por parada o estacionamiento prohibido, fue
resuelto por el Tribunal Administrativo de Navarra mediante su resolución número 904 de 21 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:
"Resuelve: Estimar el recurso de alzada arriba reseñado interpuesto
contra resolución del Concejal Delegado de Protección Ciudadana del
Ayuntamiento de Pamplona, por la que se desestimó recurso de reposición contra multa por infracción de tráfico (expediente número
42060/03), acto que se anula por no ser conforme a Derecho."
Contra esta resolución cabe interponer recurso ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Excelentísimo Tribunal Superior de
Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de esta notificación.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María-Carmen Lorente Gracia.
F0706885
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA E INTERIOR
Edictos de notificación
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se
citan en Anexo, se procede mediante el presente Edicto a dar cum-
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
plimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.
A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los
interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas de la
Dirección General de Interior, situadas en la calle Carlos III, número 2,
a fin de conocer el contenido íntegro del mismo y poder formular alegaciones y proponer pruebas en el plazo de 15 días hábiles.
Pamplona, 23 de abril de 2007.−El Director General de Interior, Juan
Ramón Rábade Iráizoz.
ANEXO
Expediente: 7072/2007
Resolución: 483/2007, de 13 de marzo del Director General de Interior
Acto que se comunica: Iniciación de procedimiento sancionador
Inculpado: Oscar Ruiz González Localidad: Pamplona
Precepto infringido: artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de
febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Expediente: 7113/2007.
Resolución: 619/2007, de 27 de marzo del Director General de Interior
Acto que se comunica: Iniciación de procedimiento sancionador
Inculpado: Juan Carlos Blázquez de Liras Localidad: San Sebastián
Precepto infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de
febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
F0706886
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA E INTERIOR
Edictos de notificación
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos
59 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, de las Resoluciones del Director General de Interior que se
citan en Anexo, se procede mediante el presente Edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley de Procedimiento Administrativo.
A partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, los
interesados tendrán a su disposición el expediente en las oficinas de la
Dirección General de Interior, situadas en la calle Carlos III, número 2,
a fin de conocer el contenido íntegro del mismo y poder formular alegaciones y proponer pruebas en el plazo de 15 días hábiles.
Pamplona, 24 de abril de 2007.−El Director General de Interior, Juan
Ramón Rábade Iráizoz.
ANEXO
Expediente: 7064/2007
Resolución: 459/2007, de 9 de marzo del Director General de Interior
Acto que se comunica: Iniciación de procedimiento sancionador
Inculpado: María Martínez Evora Localidad: Zizur Mayor.
Precepto infringido: artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de
febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
Expediente: 7116/2007
Resolución: 622/2007, de 27 de marzo del Director General de Interior
Acto que se comunica: Iniciación de procedimiento sancionador
Inculpado: Aitor Merino Arizaleta Localidad: Pamplona.
Precepto infringido: artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de
febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
F0706911
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION LOCAL
Edictos de notificación
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo
59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
del Acuerdo que se relaciona a continuación, se procede por el presente edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 59.5 y
61 de la mencionada Ley.
El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día 19 de febrero
de 2007, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
"Visto el escrito del Tribunal Administrativo de Navarra en el que se
da cuenta al Gobierno de Navarra del incidente surgido en relación con
la ejecución de la Resolución recaída en el recurso de alzada número
04-3253, interpuesto por don Jesús Jubera Rubio, como Concejal del
Ayuntamiento de Aras, contra resolución de la Alcaldía del citado
Ayuntamiento de 15 de junio de 2004 (expediente municipal número
92/2004), sobre solicitud de información y documentación.
Antecedentes de hecho:
1.º El Tribunal Administrativo de Navarra, con fecha 9 de noviembre de 2005, dictó la Resolución número 3760, comprensiva del
siguiente fallo:
5685
"Que debemos estimar, como estimamos, el recurso de alzada
arriba referenciado, interpuesto contra la denegación, mediante Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Aras, de fecha 15 de junio de
2004, de petición instada el 2 de junio de dicho año, de "Que se me
dé copia del balance de las fiestas de verano de 2003, detallando los
gastos y los ingresos"; acto que se anula por no ser ajustado a Derecho, declarándose el derecho del recurrente a la obtención de las
copias solicitadas.
2.º En ejecución de la referida resolución, el Tribunal Administrativo de Navarra dictó providencia resolutoria número 1121, de 7 de
agosto de 2006, en la que se acordaba: "Ordenar al Ayuntamiento de
Aras que, en el plazo de un mes, ejecute la Resolución número 3760,
de 9 de noviembre de 2005, por la que se estimó el recurso de alzada
número 04-3253, interpuesto por don Jesús Jubera Rubio contra la
denegación, mediante Resolución de Alcaldía del mismo Ayuntamiento,
de fecha 15 de junio de 2004, de petición instada el 2 de junio de dicho
año, de "Que se me dé copia del balance de las fiestas de verano de
2003, detallando los gastos y los ingresos", significándole que en caso
de no hacerlo en el mencionado plazo, se pondrá el incumplimiento en
conocimiento del Gobierno de Navarra a los efectos procedentes".
3.º Mediante escrito de fecha 17 de noviembre de 2006, el recurrente suplica al Tribunal Administrativo de Navarra, en lo que aquí interesa, que "Haga cumplir al Señor José Manuel Sáenz Quintero, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Aras o Tres Aras, las Resoluciones dictadas por el Tribunal Administrativo de Navarra números
05/3760..., de fechas 18 y 21 de octubre y 9 de noviembre de 2005, y
si este Tribunal Administrativo de Navarra no es competente para ello,
lo requiera al Gobierno de Navarra que obligue al Ayuntamiento de Aras
o Tres Aras a que cumpla dichas Resoluciones dentro de un plazo que
le establezca el Tribunal Administrativo de Navarra o el Gobierno de
Navarra".
4.º El Tribunal Administrativo de Navarra, mediante providencia
resolutoria número 179, de 22 de enero de 2007, ha acordado dar
cuenta al Gobierno de Navarra del incidente surgido en relación con la
ejecución de la Resolución número 3760, de 9 de noviembre de 2005,
remitiendo copia diligenciada del expediente.
A tal efecto, con fecha 25 de enero de 2007, el Secretario General
Técnico del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior ha trasladado al Departamento de Administración Local la mencionada providencia resolutoria, así como el expediente con la relación de incidencias
surgidas en la ejecución de la referida resolución, a fin de que por dicho
Departamento se dé cuenta al Gobierno de Navarra del expediente de
ejecución y se proponga la realización de las actuaciones que procedan
para la ejecución subsidiaria de la misma.
Fundamentos de derecho:
El artículo 340 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, contempla lo pertinente en orden a la ejecución de la Resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra, estableciéndose en el número 1 de dicho precepto legal que "la ejecución
de las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra corresponderá al órgano que hubiese dictado el acto o acuerdo objeto del recurso", señalando en el número 2 el supuesto de inejecución por las
entidades locales de las resoluciones del Tribunal Administrativo de
Navarra al establecer que "el Gobierno de Navarra podrá disponer lo
pertinente para la ejecución subsidiaria de las referidas resoluciones,
incluso la subrogación automática en las competencias que hagan posible la ejecución y la disponibilidad de los fondos económicos, si en
el plazo de un mes el órgano al que corresponda la ejecución no la
hubiese llevado a efecto".
En el mismo sentido se expresa el artículo 29 del Reglamento de
desarrollo parcial de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra,
aprobado por Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre, en materia de
impugnación de los actos y acuerdos de las entidades locales de Navarra, modificado por el Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.
Por tanto, existe la autorización legal al Gobierno de Navarra para
proceder a la ejecución subsidiaria de las resoluciones del Tribunal
Administrativo de Navarra en los casos en que las entidades locales se
nieguen obstinadamente a ejecutar, siempre que concurran los requisitos de inejecución o incumplimiento de la Resolución del Tribunal
Administrativo de Navarra, requerimiento previo por parte del Tribunal
para que la entidad local realice las actuaciones precisas para proceder
a la ejecución de la Resolución y solicitud del Tribunal Administrativo
de Navarra al Gobierno de Navarra para que disponga lo pertinente
para llevar a cabo tal ejecución.
En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de
Administración Local,
Acuerda:
1.º Realizar las actuaciones necesarias para que, en ejecución
subsidiaria de la Resolución del Tribunal Administrativo de Navarra número 3760, de 9 de noviembre de 2005, y de conformidad con las providencias resolutorias número 1121, de 7 de agosto de 2006, y número
179, de 22 de enero de 2007, se suministre a don Jesús Jubera Rubio,
Concejal del Ayuntamiento de Aras, la información solicitada por el
5686
Lunes, 21 de mayo de 2007
mismo a dicha entidad local en fecha 2 de junio de 2004, relativa al
balance de las fiestas de verano de 2003, detallando los gastos y los
ingresos, encomendando dichas actuaciones al Departamento de Administración Local.
2.º Ordenar al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aras que,
en el improrrogable plazo de diez días, ponga a disposición del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra la información señalada en el dispositivo anterior, para su posterior suministro
a don Jesús Jubera Rubio, con indicación de que cualquier gasto a que
hubiere lugar por efecto de la ejecución subsidiaria será con cargo a la
entidad local.
3.º Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Aras,
al Tribunal Administrativo de Navarra, a don Jesús Jubera Rubio y al
Departamento de Administración Local.
4.º Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
−Recurso de reposición ante el Gobierno de Navarra, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.
−Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.
El Ayuntamiento de Aras en lugar del recurso de reposición podrá
efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en
el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 19 de febrero de 2007.−El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.
F0706912
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION LOCAL
Edictos de notificación
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo
59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
del Acuerdo que se relaciona a continuación, se procede por el presente edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 59.5 y
61 de la mencionada Ley.
El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día 19 de febrero
de 2007, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
"Visto el escrito del Tribunal Administrativo de Navarra en el que se
da cuenta al Gobierno de Navarra del incidente surgido en relación con
la ejecución de la Resolución recaída en el recurso de alzada número
05-1507, interpuesto por don Jesús Jubera Rubio, contra notificación
de la Alcaldía del Ayuntamiento de Aras de fecha 8 de marzo de 2005,
sobre denegación de copia.
Antecedentes de hecho:
1.º El Tribunal Administrativo de Navarra, con fecha 18 de octubre
de 2005, dictó la Resolución número 3374, comprensiva del siguiente
fallo:
"Que debemos estimar, como estimamos, el recurso de alzada
arriba referenciado, interpuesto contra Resolución de fecha 8 de marzo
de 2005, del Alcalde del Ayuntamiento de Aras, por la que se decidió
lo siguiente: "La denegación de fotocopias de las Resoluciones de Alcaldía numeradas de la 140/2004 hasta la 216/2004, informadas en la
sesión de 29 de diciembre de 2004. De su contenido se le informará
en las sesiones plenarias cuando esté usted presente", acto que se
anula por no ser ajustado a Derecho, declarándose el derecho del recurrente a la obtención de las copias solicitadas".
2.º En ejecución de la referida resolución, el Tribunal Administrativo de Navarra dictó providencia resolutoria número 1122, de 7 de
agosto de 2006, en la que se acordaba: "Ordenar al Ayuntamiento de
Aras que, en el plazo de un mes, ejecute la Resolución número 3374,
de 18 de octubre de 2005, por la que se estimó el recurso de alzada
número 05-1507, interpuesto por don Jesús Jubera Rubio contra la
Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Aras, de fecha 8 de marzo
de 2005, por la que se decidió "La denegación de fotocopias de las
Resoluciones de Alcaldía numeradas de la 140/2004 hasta la 216/2004,
informadas en la sesión de 29 de diciembre de 2004", significándole
que, en caso de no hacerlo en el mencionado plazo, se pondrá el incumplimiento en conocimiento del Gobierno de Navarra a los efectos
procedentes".
3.º Mediante escrito de fecha 17 de noviembre de 2006, el recurrente manifiesta al Tribunal Administrativo de Navarra que el Ayuntamiento de Aras no ha cumplido lo ordenado en la Resolución número
3374 de dicho Tribunal, de fecha 18 de octubre de 2005, por lo que
solicita la ejecución subsidiaria de la misma por parte del Gobierno de
Navarra.
B.O. de Navarra−Número 63
4.º El Tribunal Administrativo de Navarra, mediante providencia
resolutoria número 181, de 22 de enero de 2007, ha acordado dar
cuenta al Gobierno de Navarra del incidente surgido en relación con la
ejecución de la Resolución número 3374, de 18 de octubre de 2005,
remitiendo copia diligenciada del expediente.
A tal efecto, con fecha 26 de enero de 2007, el Secretario General
Técnico del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior ha trasladado al Departamento de Administración Local la mencionada providencia resolutoria, así como el expediente con la relación de incidencias
surgidas en la ejecución de la referida resolución, a fin de que por dicho
Departamento se dé cuenta al Gobierno de Navarra del expediente de
ejecución y se proponga la realización de las actuaciones que procedan
para la ejecución subsidiaria de la misma.
Fundamentos de derecho:
El artículo 340 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, contempla lo pertinente en orden a la ejecución de la Resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra, estableciéndose en el número 1 de dicho precepto legal que "la ejecución
de las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra corresponderá al órgano que hubiese dictado el acto o acuerdo objeto del recurso", señalando en el número 2 el supuesto de inejecución por las
entidades locales de las resoluciones del Tribunal Administrativo de
Navarra al establecer que "el Gobierno de Navarra podrá disponer lo
pertinente para la ejecución subsidiaria de las referidas resoluciones,
incluso la subrogación automática en las competencias que hagan posible la ejecución y la disponibilidad de los fondos económicos, si en
el plazo de un mes el órgano al que corresponda la ejecución no la
hubiese llevado a efecto".
En el mismo sentido se expresa el artículo 29 del Reglamento de
desarrollo parcial de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra,
aprobado por Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre, en materia de
impugnación de los actos y acuerdos de las entidades locales de Navarra, modificado por el Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.
Por tanto, existe la autorización legal al Gobierno de Navarra para
proceder a la ejecución subsidiaria de las resoluciones del Tribunal
Administrativo de Navarra en los casos en que las entidades locales se
nieguen obstinadamente a ejecutar, siempre que concurran los requisitos de inejecución o incumplimiento de la Resolución del Tribunal
Administrativo de Navarra, requerimiento previo por parte del Tribunal
para que la entidad local realice las actuaciones precisas para proceder
a la ejecución de la Resolución y solicitud del Tribunal Administrativo
de Navarra al Gobierno de Navarra para que disponga lo pertinente
para llevar a cabo tal ejecución.
En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de
Administración Local,
Acuerda:
1.º Realizar las actuaciones necesarias para que, en ejecución
subsidiaria de la Resolución del Tribunal Administrativo de Navarra número 3374, de 18 de octubre de 2005, y de conformidad con las providencias resolutorias números 1122, de 7 de agosto de 2006, y 181, de
22 de enero de 2007, se suministre a don Jesús Jubera Rubio, la información solicitada por el mismo al Ayuntamiento de Aras, en fecha 8
de marzo de 2005, relativa a las Resoluciones de Alcaldía numeradas
de la 140/2004 hasta la 216/2004, informadas en la sesión de 29 de
diciembre de 2004, encomendando dichas actuaciones al Departamento de Administración Local.
2.º Ordenar al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aras que,
en el improrrogable plazo de diez días, ponga a disposición del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra la información señalada en el dispositivo anterior, para su posterior suministro
a don Jesús Jubera Rubio, con indicación de que cualquier gasto a que
hubiere lugar por efecto de la ejecución subsidiaria será con cargo a la
entidad local.
3.º Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Aras,
al Tribunal Administrativo de Navarra, a don Jesús Jubera Rubio y al
Departamento de Administración Local.
4.º Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
−Recurso de reposición ante el Gobierno de Navarra, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.
−Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.
El Ayuntamiento de Aras, en lugar del recurso de reposición podrá
efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en
el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 19 de febrero de 2007.−El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.
F0706919
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION LOCAL
Edictos de notificación
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo
59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
del Acuerdo que se relaciona a continuación, se procede por el presente edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 59.5 y
61 de la mencionada Ley.
El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día 19 de febrero
de 2007, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
"Visto el escrito del Tribunal Administrativo de Navarra en el que se
da cuenta al Gobierno de Navarra del incidente surgido en relación con
la ejecución de la Resolución recaída en el recurso de alzada número
05-1511, interpuesto por don Jesús Jubera Rubio, contra desestimación
tácita, por parte del Ayuntamiento de Aras, de petición formulada mediante escrito presentado el día 1 de marzo de 2005, sobre solicitud de
acceso a documentación y de copias de documentos.
Antecedentes de hecho:
1.º El Tribunal Administrativo de Navarra, con fecha 18 de octubre
de 2005, dictó la Resolución número 3375, comprensiva del siguiente
fallo:
"Que debemos estimar, como estimamos, el recurso de alzada
arriba referenciado, interpuesto contra desestimación presunta por el
Ayuntamiento de Aras, de petición instada el 1 de marzo de 2005, de
"Que se me facilite tener acceso y copia al Registro de Vehículos de
todas las categorías del Ayuntamiento del año 2004, reflejando la tasa
o el impuesto que abona cada vehículo", acto que se anula por no ser
ajustado a Derecho, declarándose el derecho del recurrente al acceso
a la referida documentación y a la obtención de las copias de las liquidaciones practicadas".
2.º En ejecución de la referida resolución, el Tribunal Administrativo de Navarra dictó providencia resolutoria número 1123, de 7 de
agosto de 2006, en la que se acordaba: "Ordenar al Ayuntamiento de
Aras que, en el plazo de un mes, ejecute la Resolución número 3375,
de 18 de octubre de 2005, por la que se estimó el recurso de alzada
número 05-1507, interpuesto contra desestimación presunta por el
Ayuntamiento de Aras, de petición instada el 1 de marzo de 2005, de
"Que se me facilite tener acceso y copia al Registro de Vehículos de
todas las categorías del Ayuntamiento del año 2004, reflejando la tasa
o el impuesto que abona cada vehículo", y se declaró el derecho del
recurrente al acceso a la referida documentación y a la obtención de las
copias de las liquidaciones practicadas, significándole que, en caso de
no hacerlo en el mencionado plazo, se pondrá el incumplimiento en
conocimiento del Gobierno de Navarra a los efectos procedentes".
3.º Mediante escrito de fecha 17 de noviembre de 2006, el recurrente manifiesta al Tribunal Administrativo de Navarra que el Ayuntamiento de Aras no ha cumplido lo ordenado en la Resolución número
3375 de dicho Tribunal, de fecha 18 de octubre de 2005, por lo que
solicita la ejecución subsidiaria de la misma por parte del Gobierno de
Navarra.
4.º El Tribunal Administrativo de Navarra, mediante providencia
resolutoria número 182, de 22 de enero de 2007, ha acordado dar
cuenta al Gobierno de Navarra del incidente surgido en relación con la
ejecución de la Resolución número 3375, de 18 de octubre de 2005,
remitiendo copia diligenciada del expediente.
A tal efecto, con fecha 26 de enero de 2007, el Secretario General
Técnico del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior ha trasladado al Departamento de Administración Local la mencionada providencia resolutoria, así como el expediente con la relación de incidencias
surgidas en la ejecución de la referida resolución, a fin de que por dicho
Departamento se dé cuenta al Gobierno de Navarra del expediente de
ejecución y se proponga la realización de las actuaciones que procedan
para la ejecución subsidiaria de la misma.
Fundamentos de derecho:
El artículo 340 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, contempla lo pertinente en orden a la ejecución de la Resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra, estableciéndose en el número 1 de dicho precepto legal que "la ejecución
de las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra corresponderá al órgano que hubiese dictado el acto o acuerdo objeto del recurso", señalando en el número 2 el supuesto de inejecución por las
entidades locales de las resoluciones del Tribunal Administrativo de
Navarra al establecer que "el Gobierno de Navarra podrá disponer lo
pertinente para la ejecución subsidiaria de las referidas resoluciones,
incluso la subrogación automática en las competencias que hagan posible la ejecución y la disponibilidad de los fondos económicos, si en
el plazo de un mes el órgano al que corresponda la ejecución no la
hubiese llevado a efecto".
En el mismo sentido se expresa el artículo 29 del Reglamento de
desarrollo parcial de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra,
aprobado por Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre, en materia de
5687
impugnación de los actos y acuerdos de las entidades locales de Navarra, modificado por el Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.
Por tanto, existe la autorización legal al Gobierno de Navarra para
proceder a la ejecución subsidiaria de las resoluciones del Tribunal
Administrativo de Navarra en los casos en que las entidades locales se
nieguen obstinadamente a ejecutar, siempre que concurran los requisitos de inejecución o incumplimiento de la Resolución del Tribunal
Administrativo de Navarra, requerimiento previo por parte del Tribunal
para que la entidad local realice las actuaciones precisas para proceder
a la ejecución de la Resolución y solicitud del Tribunal Administrativo
de Navarra al Gobierno de Navarra para que disponga lo pertinente
para llevar a cabo tal ejecución.
En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de
Administración Local,
Acuerda:
1.º Realizar las actuaciones necesarias para que, en ejecución
subsidiaria de la Resolución del Tribunal Administrativo de Navarra número 3375, de 18 de octubre de 2005, y de conformidad con las providencias resolutorias números 1123, de 7 de agosto de 2006, y 182, de
22 de enero de 2007, se facilite a don Jesús Jubera Rubio, el acceso
a la documentación relativa al Registro de Vehículos de todas las categorías del Ayuntamiento del año 2004, reflejando la tasa o el impuesto
que abona cada vehículo, así como la obtención de las copias de las
liquidaciones practicadas, encomendando dichas actuaciones al Departamento de Administración Local.
2.º Ordenar al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aras que,
en el improrrogable plazo de diez días, ponga a disposición del Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra la información señalada en el dispositivo anterior, para su posterior suministro
a don Jesús Jubera Rubio, con indicación de que cualquier gasto a que
hubiere lugar por efecto de la ejecución subsidiaria será con cargo a la
entidad local.
3.º Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Aras,
al Tribunal Administrativo de Navarra, a don Jesús Jubera Rubio y al
Departamento de Administración Local.
4.º Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
−Recurso de reposición ante el Gobierno de Navarra, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.
−Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.
El Ayuntamiento de Aras, en lugar del recurso de reposición podrá
efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en
el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 19 de febrero de 2007.−El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.
F0706921
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION LOCAL
Edicto de notificación
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo
59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
del Acuerdo que se relaciona a continuación, se procede por el presente edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 59.5 y
61 de la mencionada Ley.
El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día 19 de febrero
de 2007, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
"Visto el escrito del Tribunal Administrativo de Navarra en el que se
da cuenta al Gobierno de Navarra del incidente surgido en relación con
la ejecución de la Resolución recaída en el recurso de alzada número
04-3256, interpuesto por don Jesús Jubera Rubio, como Concejal del
Ayuntamiento de Aras, contra resolución de la Alcaldía del citado
Ayuntamiento número 092/2004, de 15 de junio, en cuanto en ella se
negaba la contestación a las preguntas formuladas por el recurrente,
en su instancia de fecha 4 de junio de 2004, en relación a expedientes
de contratación suscritos por el Ayuntamiento.
Antecedentes de hecho:
1.º El Tribunal Administrativo de Navarra, con fecha 18 de octubre
de 2005, dictó la Resolución número 3364, comprensiva del siguiente
fallo:
"Inadmitir por extemporáneo el recurso de alzada interpuesto por
don Jesús Jubera Rubio, actuando como concejal del Ayuntamiento de
Aras, contra las adjudicaciones de los contratos de arrendamiento del
coto de caza y de arrendamiento de hierbas y pastos de Aras; admitiendo y estimando parcialmente el recurso de alzada en cuanto interpuesto contra la resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Aras número 092/2004, de 15 de junio, en cuanto en ella se negaba la contestación a las preguntas formuladas por el recurrente, en su instancia
5688
Lunes, 21 de mayo de 2007
de fecha 4 de junio de 2004, en relación a expedientes de contratación
suscritos por el Ayuntamiento, declarando, conforme se dispone en el
último Fundamento de Derecho de esta Resolución, la obligación de la
Alcaldía de Aras de incluir las preguntas presentadas por el concejal
don Jesús Jubera Rubio en el orden del día de la próxima sesión ordinaria y, en el transcurso de dicha sesión, dar cumplida respuesta a las
mismas; desestimando el resto de pretensiones del recurrente".
2.º En ejecución de la referida resolución, el Tribunal Administrativo de Navarra dictó providencia resolutoria número 1375, de 6 de
octubre de 2006, en la que se acordaba: "Ordenar al Ayuntamiento de
Aras que proceda a incluir las preguntas que presentó el Señor Jubera
en su instancia de 4 de junio de 2004, en el orden del día de la próxima
sesión ordinaria a la que se convoque al Pleno municipal y, a que en
el transcurso de dicha sesión, se dé por la Alcaldía cumplida respuesta
a las mismas, significándole que en caso de no hacerlo, se pondrá el
incumplimiento en conocimiento del Gobierno de Navarra a los efectos
procedentes".
3.º Mediante escrito de fecha 17 de noviembre de 2006, el recurrente suplica al Tribunal Administrativo de Navarra, en lo que aquí interesa, que "Haga cumplir al Señor José Manuel Sáenz Quintero, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Aras o Tres Aras, las Resoluciones dictadas por el Tribunal Administrativo de Navarra números
05/03364, de fechas 18 y 21 de octubre y 9 de noviembre de 2005, y
si este Tribunal Administrativo de Navarra no es competente para ello,
lo requiera al Gobierno de Navarra que obligue al Ayuntamiento de Aras
o Tres Aras a que cumpla dichas Resoluciones dentro de un plazo que
le establezca el Tribunal Administrativo de Navarra o el Gobierno de
Navarra".
4.º El Tribunal Administrativo de Navarra, mediante providencia
resolutoria número 180, de 22 de enero de 2007, ha acordado dar
cuenta al Gobierno de Navarra del incidente surgido en relación con la
ejecución de la Resolución número 3364, de 18 de octubre de 2005,
remitiendo copia diligenciada del expediente.
A tal efecto, con fecha 26 de enero de 2007, el Secretario General
Técnico del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior ha trasladado al Departamento de Administración Local la mencionada providencia resolutoria, así como el expediente con la relación de incidencias
surgidas en la ejecución de la referida resolución, a fin de que por dicho
Departamento se dé cuenta al Gobierno de Navarra del expediente de
ejecución y se proponga la realización de las actuaciones que procedan
para la ejecución subsidiaria de la misma.
Fundamentos de derecho:
El artículo 340 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, contempla lo pertinente en orden a la ejecución de la Resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra, estableciéndose en el número 1 de dicho precepto legal que "la ejecución
de las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra corresponderá al órgano que hubiese dictado el acto o acuerdo objeto del recurso", señalando en el número 2 el supuesto de inejecución por las
entidades locales de las resoluciones del Tribunal Administrativo de
Navarra al establecer que "el Gobierno de Navarra podrá disponer lo
pertinente para la ejecución subsidiaria de las referidas resoluciones,
incluso la subrogación automática en las competencias que hagan posible la ejecución y la disponibilidad de los fondos económicos, si en
el plazo de un mes el órgano al que corresponda la ejecución no la
hubiese llevado a efecto".
En el mismo sentido se expresa el artículo 29 del Reglamento de
desarrollo parcial de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra,
aprobado por Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre, en materia de
impugnación de los actos y acuerdos de las entidades locales de Navarra, modificado por el Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.
Por tanto, existe la autorización legal al Gobierno de Navarra para
proceder a la ejecución subsidiaria de las resoluciones del Tribunal
Administrativo de Navarra en los casos en que las entidades locales se
nieguen obstinadamente a ejecutar, siempre que concurran los requisitos de inejecución o incumplimiento de la Resolución del Tribunal
Administrativo de Navarra, requerimiento previo por parte del Tribunal
para que la entidad local realice las actuaciones precisas para proceder
a la ejecución de la Resolución y solicitud del Tribunal Administrativo
de Navarra al Gobierno de Navarra para que disponga lo pertinente
para llevar a cabo tal ejecución.
En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de
Administración Local,
Acuerda:
1.º Realizar las actuaciones necesarias para que, en ejecución
subsidiaria de la Resolución del Tribunal Administrativo de Navarra número 3364, de 18 de octubre de 2005, y de conformidad con las providencias resolutorias número 1375, de 6 de octubre de 2006, y número
180, de 22 de enero de 2007, se dé respuesta a las preguntas formuladas en instancia de 4 de junio de 2004 por don Jesús Jubera Rubio,
Concejal del Ayuntamiento de Aras, encomendando dichas actuaciones
al Departamento de Administración Local.
B.O. de Navarra−Número 63
2.º Ordenar al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aras la inclusión en el punto correspondiente a ruegos y preguntas del orden del
día de la próxima sesión ordinaria del Pleno, de las preguntas que
presentó el Señor Jubera en su instancia de 4 de junio de 2004, así
como que, en el acta de dicha sesión, se transcriben las correspondientes contestaciones, con indicación de que cualquier gasto a que
hubiere lugar por efecto de la ejecución subsidiaria será con cargo a la
entidad local.
3.º Dar traslado del presente Acuerdo al Ayuntamiento de Aras,
al Tribunal Administrativo de Navarra, a don Jesús Jubera Rubio y al
Departamento de Administración Local.
4.º Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
−Recurso de reposición ante el Gobierno de Navarra, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación.
−Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.
El Ayuntamiento de Aras en lugar del recurso de reposición podrá
efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en
el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pamplona, 19 de febrero de 2007.−El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.
F0706923
DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS,
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Resolución de expedientes sancionadores
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo
59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, de los Acuerdos de Gobierno resolviendo recursos de alzada
contra las Resoluciones (P.S.T.) que se relacionan a continuación, se
procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley.
Visto el recurso de alzada que, con fecha 3 de febrero de 2005,
presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Canteras y Hormigones del Norte S.A. contra la Resolución (P.S.T.)
12698/2004, de 9 de noviembre, del Director General de Transportes,
por la que se sanciona con multa de 1.501 euros, como consecuencia
de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día 19 de
marzo de 2004, al vehículo matrícula NA-9371-AH, en el kilómetro
12,000 de la carretera N-121, por realizar transporte de mercancías con
exceso de peso.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 22 de septiembre de 2004, se notificó a Canteras y
Hormigones del Norte S.A. la incoación de expediente sancionador NA
2990/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía
Foral de Navarra el día 19 de marzo de 2004, al vehículo matrícula
NA-9371-AH, en el kilómetro 12,000 de la carretera N-121, por realizar
transporte de mercancías con exceso de peso superior al 6% hasta un
15% en vehículo de masa máxima autorizada de más de 20 toneladas.
Según datos aportado por albarán número 21235946 de fecha 29 de
marzo de 2004. Transporta gravilla 12/19 con peso bruto de 42.480
kilos, exceso de 2.480 kilos (6%).
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 9 de noviembre de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones
necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer
la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como grave
y proponiendo la sanción de 1.501 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 12698/2004, de 9
de noviembre, del Director General de Transportes, por la que se da
por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a
Canteras y Hormigones Del Norte S.A. una sanción de 1.501 euros.
4.º Con fecha 3 de febrero de 2005, don Javier Angel López Iribarren, en representación de Canteras y Hormigones del Norte S.A.
interpone recurso de alzada en el que expone que se ha omitido la
notificación de la denuncia privándole de formular alegaciones y presentar las oportunas pruebas en su defensa.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada
corresponde al Gobierno de Navarra de conformidad con el artículo
52.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Régimen Jurídico del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
aplicable según lo previsto en la disposición transitoria segunda de la
FASCICULO 2
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, al tratarse de un procedimiento iniciado
antes del día 1 de marzo de 2005, fecha de entrada en vigor de esta
Ley Foral.
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 19 de marzo de 2004) y
que la notificación de la incoación del expediente sancionador al interesado (22 de septiembre siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 114, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo
prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días
hábiles para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer
las pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o
expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 15 de julio de 2004, y la fecha del primer intento de notificación de la sanción llevada a cabo por el servicio de correos, el día
26 de noviembre siguiente (recuérdese que a los solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de
duración de los procedimientos, será suficiente la notificación que contenga cuando menos el texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado; artículo 58.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre), no había transcurrido el plazo preceptivo
de un año para que se produjera la caducidad del expediente.
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 27 de julio de
2004 a las 11 horas, siendo el segundo intento el día 28 siguiente a las
12 horas y 15 minutos, por lo que se ha dado estricto cumplimiento a
lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Beriain para su publicación
edictal del 23 de septiembre al 15 de octubre siguiente, así como a la
notificación mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 114, de 22 de septiembre de 2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada.
5.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 141.4 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.f) de la citada Ley, se ha calificado como grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 1.501 euros a 2.000
euros.
En este supuesto se impone multa de 1.501 euros, por lo que se
ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio
de proporcionalidad, teniéndose en cuenta las repercusiones que el
exceso de peso pueda tener en la leal competencia y considerando las
consecuencias que para la seguridad del tráfico circulatorio puedan
conllevar.
5689
6.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier
Angel López Iribarren, en representación de Canteras y Hormigones del
Norte S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 12698/2004, de 9 de noviembre, del Director General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Canteras y Hormigones del Norte S.A., indicándole que
contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 28 de febrero de 2005,
presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Oskia S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 13230/2004, de 24
de noviembre, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 4.016 euros, como consecuencia de la denuncia
extendida por la Policía Foral de Navarra el día 21 de abril de 2004, al
vehículo matrícula NA-4562-AD, en el kilómetro 108,000 de la carretera
N-232, por realizar transporte de hormigón con un exceso de peso del
27%.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 29 de septiembre de 2004, se notificó a Hormigones
Oskia S.A. la incoación de expediente sancionador NA 3362/04, como
consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra
el día 21 de abril de 2004, al vehículo matrícula NA-4562-AD, en el kilómetro 108,000 de la carretera N-232, por realizar transporte de hormigón con un exceso de peso del 27%. Peso total 39.470 kilos, estando
autorizado para una masa máxima autorizada de 31.000 kilos, exceso
de 8.470 kilos. Se adjunta copia de ticket de pesaje y Certificado de
Verificación de la báscula utilizada.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 24 de noviembre de 2004, la instructora formula propuesta de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones
necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer
la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como muy
grave y proponiendo la sanción de 4.016 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 13230/2004, de
24 de noviembre, del Director General de Transportes, por la que se
da por concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose
a Hormigones Oskia S.A. una sanción de 4.016 euros.
4.º Con fecha 28 de febrero de 2005, don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Oskia S.A. interpone recurso
de alzada en el que expone la omisión de la notificación de la denuncia,
por lo que se le ha privado de formular alegaciones y presentar las
pruebas oportunas para su defensa.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada
corresponde al Gobierno de Navarra de conformidad con el artículo
52.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Régimen Jurídico del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
aplicable según lo previsto en la disposición transitoria segunda de la
Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, al tratarse de un procedimiento iniciado
antes del día 1 de marzo de 2005, fecha de entrada en vigor de esta
Ley Foral.
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 21 de abril de 2004) y
5690
Lunes, 21 de mayo de 2007
que la notificación de la incoación del expediente sancionador al interesado (29 de septiembre siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 117, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo
prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días
hábiles para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer
las pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o
expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 29 de julio de 2004, y la fecha de notificación de la sanción llevada a cabo, el día 31 de enero siguiente, no había transcurrido
el plazo preceptivo de un año para que se produjera la caducidad del
expediente.
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 10 de agosto de
2004 a las 10 horas y 5 minutos, siendo el segundo intento el día 11
siguiente a las 11 horas y 15 minutos, por lo que se ha dado estricto
cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Beriáin para su publicación
edictal del 23 de septiembre al 15 de octubre siguiente, así como a la
notificación mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 117, de 29 de septiembre de 2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada.
5.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 140.19 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.h) de la citada Ley, se ha calificado como muy grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 3.301 euros a 4.600
euros.
En este supuesto se impone multa de 4.016 euros, por lo que se
ha graduado de acuerdo con el principio de proporcionalidad, teniéndose en cuenta las graves repercusiones que el exceso de peso
pueda tener en la leal competencia y considerando las consecuencias
que para la seguridad del tráfico y de las infraestructuras.
6.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier
Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Oskia S.A.
contra la Resolución (P.S.T.) 13230/2004, de 24 de noviembre, del Director General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Hormigones Oskia S.A., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
B.O. de Navarra−Número 63
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 20 de mayo de 2005,
presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Arga, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 494/2005, de 20 de
enero, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con
multa de 3.301,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida
por la Guardia Civil de Tráfico el día 15 de mayo de 2004, al vehículo
matrícula NA-9800-AY, en el kilómetro 39,000 de la carretera N-121-A,
por realizar un transporte de hormigón desde Mugaire a Almándoz con
un exceso de de peso de 4.100 kg (15,7 %).
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 15 de noviembre de 2004, se notificó a Hormigones
Arga, S.A. la incoación de expediente sancionador NA 3926/04, como
consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico
el día 15 de mayo de 2004, al vehículo matrícula NA-9800-AY, en el
kilómetro 39,000 de la carretera N-121-A, por realizar un transporte de
hormigón desde Mugaire a Almándoz con un peso en carga de 30.100
kg siendo su masa máxima autorizada de 26.000 kg Exceso de 4.100
kg (15,7 %). Vehículo de tres ejes. Pesado en báscula homologada de
Zozaia.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 20 de enero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como muy
grave y proponiendo la sanción de 3.301 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 494/2005, de 20
de enero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Hormigones Arga, S.A. una sanción de 3.301 euros.
4.º Con fecha 20 de mayo de 2005, don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Arga, S.A. interpone recurso
de alzada en el que solicita la nulidad del expediente por indefensión
al haberse omitido la notificación de la incoación del mismo.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 21 de octubre de
2004 a las 8 horas 40 minutos, siendo el segundo intento el siguiente
día 22 a las 13 horas, por lo que se ha dado estricto cumplimiento a lo
estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Orcoyen para su publicación
edictal, produciéndose la misma desde el día 28 de octubre hasta el
21 de noviembre de 2004, así como a la notificación mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 137, de 15 de noviembre de 2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin
que exista la nulidad alegada por éste.
3.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 140.19 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.h) de la citada Ley, se ha calificado como muy grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 3.301 euros a 4.600
euros.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
En este supuesto se impone multa de 3.301 euros, por lo que se
ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio
de proporcionalidad.
4.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier
Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Arga, S.A.
contra la Resolución (P.S.T.) 494/2005, de 20 de enero, del Director
General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Hormigones Arga, S.A., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 29 de abril de 2005, presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Leizarán S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 498/2005, de 20 de
enero, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con
multa de 3.431,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida
por la Guardia Civil de Tráfico el día 15 de mayo de 2004, al vehículo
matrícula SS-2773-AF, en el kilómetro 40,000 de la carretera N-121-A,
por circular transportando hormigón con un peso en carga de 3.0620
kilos, siendo su masa máxima autorizada de 26.000 kilos.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 1 de noviembre de 2004, se notificó a Hormigones
Leizaran S.L. la incoación de expediente sancionador NA 3943/04,
como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de
Tráfico el día 15 de mayo de 2004, al vehículo matrícula SS-2773-AF,
en el kilómetro 40,000 de la carretera N-121-A, por circular transportando hormigón desde la cantera de Mugaire a Almándoz con un peso
en carga de 30.620 kilos, siendo su masa máxima autorizada de 26.000
kilos. Exceso de 4.620 kilos, (17,7 %). Comprobado en báscula homologada de Zozaia.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 20 de enero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como muy
grave y proponiendo la sanción de 3.431 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 498/2005, de 20
de enero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Hormigones Leizarán S.L. una sanción de 3.431 euros.
4.º Con fecha 29 de abril de 2005, don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Leizarán S.L. interpone recurso
de alzada en el que expone la omisión de la notificación de la denuncia
por lo que no pudo formular alegaciones ni aportar la pruebas oportunas
en su defensa.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2 a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
5691
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 15 de mayo de 2004) y
que la notificación de la incoación del expediente sancionador al interesado (1 de noviembre siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 131, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo
prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días
hábiles para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer
las pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o
expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 18 de agosto de 2004, y la fecha de notificación de la
sanción llevada a cabo, el día 30 de marzo siguiente, no había transcurrido el plazo preceptivo de un año para que se produjera la caducidad del expediente.
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá, por una sola vez y en una hora distinta, dentro de los
tres días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 18 de septiembre
de 2004 a las 10 horas, siendo el segundo intento el día 20 siguiente
a las 11 horas y 14 minutos, por lo que se ha dado estricto cumplimiento
a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Beriáin para su publicación
edictal del 8 al 25 de noviembre, así como a la notificación mediante
publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 131, de 1 de noviembre de 2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin
que exista la nulidad alegada.
5.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 140.19 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.h) de la citada Ley, se ha calificado como muy grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 3.301 euros a 4.600
euros.
En este supuesto se impone multa de 3.431 euros, por lo que se
ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio
de proporcionalidad.
6.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier
Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Leizarán S.L.
contra la Resolución (P.S.T.) 498/2005, de 20 de enero, del Director
General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Hormigones Leizarán S.L., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
5692
Lunes, 21 de mayo de 2007
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 20 de mayo de 2005,
presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Arga, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 499/2005, de 20 de
enero, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con
multa de 3.431,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida
por la Guardia Civil de Tráfico el día 15 de mayo de 2004, en el kilómetro 40,000 de la carretera N-121-A, por cargar hormigón en el vehículo SS-2773-AF, propiedad de Hormigones Leizarán, S.L. con un peso
total de 30.620 kg estando autorizado para 26.000 kg
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 15 de noviembre de 2004, se notificó a Hormigones
Arga, S.A. la incoación de expediente sancionador NA 3944/04, como
consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico
el día 15 de mayo de 2004, en el kilómetro 40,000 de la carretera
N-121-A, por cargar hormigón en el vehículo SS-2773-AF, propiedad
de Hormigones Leizarán, S.L. con un peso total de 30.620 kg estando
autorizado para 26.000 kg Pesaje realizado en báscula homologada de
Zozaia. Infracción imputable tanto al transportista como al cargador.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 20 de enero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como muy
grave y proponiendo la sanción de 3.431 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 499/2005, de 20
de enero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Hormigones Arga, S.A. una sanción de 3.431 euros.
4.º Con fecha 20 de mayo de 2005, don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Arga, S.A. interpone recurso
de alzada en el que solicita la nulidad del expediente por indefensión
al haberse omitido la notificación de la sanción.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 21 de octubre de
2004 a las 8 horas 40 minutos, siendo el segundo intento el siguiente
día 22 a las 13 horas, por lo que se ha dado estricto cumplimiento a lo
estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Orcoyen para su publicación
edictal, produciéndose la misma desde el día 28 de octubre hasta el
21 de noviembre de 2004, así como a la notificación mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 137, de 15 de noviembre de 2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin
que exista la nulidad alegada por éste.
3.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 140.19 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.h) de la citada Ley, se ha calificado como muy grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 3.301 euros a 4.600
euros.
B.O. de Navarra−Número 63
En este supuesto se impone multa de 3.431 euros, por lo que se
ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio
de proporcionalidad.
4.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier
Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Arga, S.A.
contra la Resolución (P.S.T.) 499/2005, de 20 de enero, del Director
General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Hormigones Arga, S.A., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 20 de mayo de 2005,
presenta don Diego Latasa Egúzquiza, en representación de Autobuses
Latasa, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 511/2005, de 20 de enero,
del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa
de 401,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la
Policía Foral de Navarra el día 26 de mayo de 2004, al vehículo matrícula NA-9695-AX, por carecer el tacógrafo del precinto reglamentario
de la tapa de acceso a los microinterruptores de calibración.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 1 de noviembre de 2004, se notificó a Autobuses
Latasa, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 4035/04, como
consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra
el día 26 de mayo de 2004, al vehículo matrícula NA-9695-AX, por carecer el tacógrafo del precinto reglamentario de la tapa de acceso a los
microinterruptores de calibración. TVI 8456 KG, número de serie
754449, marca de homologación.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 20 de enero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como grave y
proponiendo la sanción de 401 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 511/2005, de 20
de enero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Autobuses Latasa, S.L. una sanción de 401 euros.
4.º Con fecha 20 de mayo de 2005, don Diego Latasa Egúzquiza,
en representación de Autobuses Latasa, S.L. interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de
derecho solicitando la estimación del recurso y la anulación de la sanción.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2-a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Alega el recurrente que existe nulidad por no habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
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Lunes, 21 de mayo de 2007
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el acuse de recibo remitido por el Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 14 de septiembre de 2004 a
las 11 horas 30 minutos, siendo el segundo intento el 16 siguiente a las
12 horas 45 minutos, por lo que se ha dado estricto cumplimiento a lo
estipulado por el referido artículo. Debido a que no se pudo practicar la
referida notificación personal, se procedió al envío al Ayuntamiento de
Oteiza para su publicación edictal, produciéndose desde el día 21 de
octubre hasta el 10 de noviembre de 2004, así como a la notificación
mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 131,
de 1 de noviembre de 2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de
la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por éste.
3.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 141.31 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.d) de la citada Ley, se ha calificado como grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 401 euros a 1.000 euros.
En este supuesto se impone multa de 401 euros, por lo que se ha
graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio de
proporcionalidad.
4.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Diego
Latasa Egúzquiza, en representación de Autobuses Latasa, S.L. contra
la Resolución (P.S.T.) 511/2005, de 20 de enero, del Director General
de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Autobuses Latasa, S.L., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 16 de mayo de 2005,
presenta don Enrique Miranda Argüelles, contra la Resolución (P.S.T.)
527/2005, de 20 de enero, del Director General de Transportes, por la
que se sanciona con multa de 400,00 euros, como consecuencia de la
denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 12 de mayo
de 2004, al vehículo matrícula NA-3699-AC, en el kilómetro 20,000 de
la carretera N-240A, por circular sin la correspondiente autorización de
transportes.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 5 de noviembre de 2004, se notificó a don Enrique
Miranda Argüelles la incoación de expediente sancionador NA 4212/04,
como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de
Tráfico el día 12 de mayo de 2004, al vehículo matrícula NA-3699-AC,
en el kilómetro 20,000 de la carretera N-240A, por circular con el vehículo reseñado desde Pamplona (NA) hasta Irurzun (NA) transportando
material de fontanería y herramientas para esta labor, sin la correspondiente autorización de transportes.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 20 de enero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como leve y
proponiendo la sanción de 400 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 527/2005, de 20
de enero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a don
Enrique Miranda Argüelles una sanción de 400 euros.
4.º Con fecha 16 de mayo de 2005, don Enrique Miranda Argüelles, interpone recurso de alzada en el que alega la indefensión producida por la omisión de la notificación de la denuncia, privándosele de
su derecho a formular la alegaciones y proponer las pruebas que estimara oportunas para su defensa.
5693
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Con independencia del resto de cuestiones planteadas por el
recurrente, que en el presente recurso carecen de fundamento jurídico
para desvirtuar la resolución impugnada, procede analizar la cuestión
relativa a notificación de la resolución de incoación del expediente
sancionador y del pliego de cargos.
El artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que los procedimientos sancionadores garantizarán al presunto responsable los siguientes derechos: A ser notificado de los hechos que se le imputen, de las infracciones que tales
hechos puedan constituir y de las sanciones que, en su caso, se les
pudieran imponer, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya
tal competencia. A formular alegaciones y utilizar los medios de defensa
admitidos por el Ordenamiento Jurídico que resulten procedentes.
El artículo 59.2 segundo inciso de esta misma Ley señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el acuse de recibo remitido por el Servicio de Correos, se comprueba que la notificación personal al interesado no se
llevó a cabo en la forma prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley
30/1992 produciéndose indefensión al no tener constancia de los hechos el denunciado y no poder ejercitar su defensa.
3.º En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Estimar, por los motivos expuestos, el recurso de alzada interpuesto por don Enrique Miranda Argüelles, contra la Resolución
(P.S.T.) 527/2005, de 20 de enero, del Director General de Transportes,
dejando sin efecto la misma.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a don Enrique Miranda Argüelles, indicándole que contra
el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal
Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 10 de mayo de 2005,
presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Premezclados Alava, S.A. contra la Resolución (P.S.T.)
547/2005, de 20 de enero, del Director General de Transportes, por la
que se sanciona con multa de 1.501 euros, como consecuencia de la
denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 23 de junio de
2004, al vehículo matrícula VI-8492-V, en el kilómetro 16,800 de la carretera N-240-A, por inadecuado funcionamiento del tacógrafo.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 22 de noviembre de 2004, se notificó a Hormigones
Premezclados Alava, S.A. la incoación de expediente sancionador NA
4397/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia
Civil de Tráfico el día 23 de junio de 2004, al vehículo matrícula
VI-8492-V, en el kilómetro 16,800 de la carretera N-240-A, por inadecuado funcionamiento del tacógrafo. El estilete de distancia recorrida
no registra los desplazamientos.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 20 de enero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
5694
Lunes, 21 de mayo de 2007
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como grave y
proponiendo la sanción de 1.501 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 547/2005, de 20
de enero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Hormigones Premezclados Alava, S.A. una sanción de 1.501 euros.
4.º Con fecha 10 de mayo de 2005, don Javier Angel López Iribarren, en representación de Hormigones Premezclados Alava, S.A.
interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso solicitando la estimación del
recurso y la anulación de la sanción al no haber sido notificada la Resolución de incoación del expediente sancionador.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2 a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por este último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º El artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común establece que los procedimientos sancionadores
garantizarán al presunto responsable los siguientes derechos: A ser
notificado de los hechos que se le imputen, de las infracciones que tales
hechos puedan constituir y de las sanciones que, en su caso, se les
pudieran imponer, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya
tal competencia. A formular alegaciones y utilizar los medios de defensa
admitidos por el Ordenamiento Jurídico que resulten procedentes.
El artículo 59.2 segundo inciso de esta misma Ley señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el acuse de recibo remitido por el Servicio de Correos, se comprueba que la notificación personal al interesado no se
llevó a cabo en la forma prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley
30/1992 produciéndose indefensión al no tener constancia de los hechos el denunciado y no poder ejercitar su defensa.
3.º En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Estimar, por los motivos expuestos, el recurso de alzada interpuesto por don Javier Angel López Iribarren, en representación de
Hormigones Premezclados Alava, S.A. contra la Resolución (P.S.T.)
547/2005, de 20 de enero, del Director General de Transportes, dejando
sin efecto la misma.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Hormigones Premezclados Alava, S.A., indicándole que
contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 10 de mayo de 2005,
presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Asfaltos Biurrun, S.A. contra la Resolución (P.S.T.) 595/2005, de 20 de
enero, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con
multa de 301,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida
por la Guardia Civil de Tráfico el día 5 de agosto de 2004, al vehículo
matrícula NA-7065-AW, en el kilómetro 17,000 de la carretera N-121,
por circula con un peso total en bruto de 41.560 Kg estando autorizado
para 40 toneladas.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 22 de noviembre de 2004, se notificó a Asfaltos
Biurrun, S.A. la incoación de expediente sancionador NA 4766/04,
como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de
Tráfico el día 5 de agosto de 2004, al vehículo matrícula NA-7065-AW,
en el kilómetro 17,000 de la carretera N-121, por circula con un peso
total en bruto de 41.560 Kg estando autorizado para 40 toneladas. Ex-
B.O. de Navarra−Número 63
ceso en más de 3%. Comprobado mediante albarán de carga. Se adjunta copia albarán.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 20 de enero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como leve y
proponiendo la sanción de 301 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 595/2005, de 20
de enero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Asfaltos Biurrun, S.A. una sanción de 301 euros.
4.º Con fecha 10 de mayo de 2005, don Javier Angel López Iribarren, en representación de Asfaltos Biurrun, S.A. interpone recurso
de alzada en el que alega la indefensión producida por la omisión de
la notificación de la denuncia, privándosele de su derecho a formular la
alegaciones y proponer las pruebas que estimara oportunas para su
defensa.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 30 de septiembre
de 2004 a las 11 horas y 2 minutos, siendo el segundo intento el siguiente día 1 de octubre a las 13 horas y 16 minutos, por lo que se ha
dado estricto cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta para
su publicación edictal, produciéndose la misma desde el día 28 de octubre hasta el 17 de noviembre de 2004, así como a la notificación
mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 140,
de 22 de noviembre de 2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5
de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por éste.
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 5 de agosto de 2004) y
que la notificación de la incoación del expediente sancionador al interesado (22 de noviembre siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 140, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo
prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días
hábiles para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer
las pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o
expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de no-
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Lunes, 21 de mayo de 2007
viembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 22 de septiembre de 2004, y la fecha del intento de notificación de la sanción llevada a cabo por el servicio de correos, el día
17 de febrero de 2005 (recuérdese que a los solos efectos de entender
cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración
de los procedimientos, será suficiente la notificación que contenga
cuando menos el texto íntegro de la resolución, así como el intento de
notificación debidamente acreditado; artículo 58.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre), no había transcurrido el plazo preceptivo de un
año para que se produjera la caducidad del expediente.
5.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 142.2 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.c) de la citada Ley, se ha calificado como leve.
Para estas infracciones se prevé multa de 301 euros a 400 euros.
En este supuesto se impone multa de 301 euros, por lo que se ha
graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio de
proporcionalidad.
6.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier
Angel López Iribarren, en representación de Asfaltos Biurrun, S.A.
contra la Resolución (P.S.T.) 595/2005, de 20 de enero, del Director
General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Asfaltos Biurrun, S.A., indicándole que contra el mismo,
que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente
al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 25 de abril de 2005, presenta don Julián Semper Tanco, en representación de Limutaxi, S.L.
contra la Resolución (P.S.T.) 622/2005, de 20 de enero, del Director
General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.001
euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil
de Tráfico el día 11 de septiembre de 2004, al vehículo matrícula
7529-CFS, en el kilómetro 53,500 de la carretera N-111, por circular
realizando un transporte de viajeros desde Logroño a Pamplona, no
habiendo cumplimentado el libro de ruta.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 1 de diciembre de 2004, se notificó a Limutaxi, S.L.
la incoación de expediente sancionador NA 4989/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día
11 de septiembre de 2004, al vehículo matrícula 7529-CFS, en el kilómetro 53,500 de la carretera N-111, por circular realizando un transporte de viajeros desde Logroño a Pamplona, no habiendo cumplimentado el libro de ruta con fecha de la diligencia de inicio 13 de noviembre
de 2003.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 20 de enero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como grave y
proponiendo la sanción de 1.001 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 622/2005, de 20
de enero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Limutaxi, S.L. una sanción de 1.001 euros.
5695
4.º Con fecha 25 de abril de 2005, don Julián Semper Tanco, en
representación de Limutaxi, S.L. interpone recurso de alzada en el que
alega la omisión de la notificación de la denuncia, privándosele de su
derecho a formular la alegaciones y proponer las pruebas que estimara
oportunas para su defensa.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 20 de octubre de
2004 a las 9 horas 47 minutos, siendo el segundo intento el siguiente
día 21 a las 11 horas y 16 minutos, por lo que se ha dado estricto
cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Beriain para su publicación
edictal, produciéndose la misma desde el día 2 hasta el 23 de diciembre
de 2004, así como a la notificación mediante publicación en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra, número 144, de 1 de diciembre de 2004, tal y como
se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia
sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por
éste.
3.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Julián
Semper Tanco, en representación de Limutaxi, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 622/2005, de 20 de enero, del Director General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Limutaxi, S.L., indicándole que contra el mismo, que
agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 27 de junio de 2005,
presenta don Joaquín Astiz Lizarraga, en representación de Contenedores Jokin, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 2061/2005, de 29 de
marzo, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con
multa de 4.601 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por
la Guardia Civil de Tráfico el día 9 de septiembre de 2004, al vehículo
matrícula 8341-CYD, en el kilómetro 16,800 de la carretera N-240-A,
por realizar un transporte público careciendo de la autorización.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 11 de febrero de 2005, se notificó a Contenedores
Jokin, S.L. la incoación de expediente sancionador NA 4996/04, como
consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico
el día 9 de septiembre de 2004, al vehículo matrícula 8341-CYD, en el
kilómetro 16,800 de la carretera N-240-A, por realizar un transporte
público en vehículo pesado desde Lekumberri hasta Mutilva Baja careciendo de la autorización al no haber realizado su visado reglamentario.
5696
Lunes, 21 de mayo de 2007
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 29 de marzo de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como muy
grave y proponiendo la sanción de 4.601 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 2061/2005, de 29
de marzo, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Contenedores Jokin S.L. una sanción de 4.601 euros.
4.º Con fecha 27 de junio de 2005, don Joaquín Astiz Lizarraga,
en representación de Contenedores Jokin, S.L. interpone recurso de
alzada en el que alega la omisión de la notificación de la denuncia con
la consiguiente indefensión al no poder formular alegaciones ni proponer las pruebas oportunas.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 22 de octubre de
2004 a las 10 horas, siendo el segundo intento el día 25 siguiente a las
13 horas 5 minutos, por lo que se ha dado estricto cumplimiento a lo
estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Mutilva Baja para su publicación edictal, produciéndose la misma desde el día 28 de diciembre
de 2004 hasta el 23 de enero siguiente, así como a la notificación mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 18, de 11
de febrero de 2005, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley
30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin
que exista la nulidad alegada por éste.
3.º Respecto a la omisión de la notificación de la propuesta de
resolución ha de tenerse en cuenta que la sentencia del Tribunal Supremo de 22 de mayo de 2001, recogiendo la doctrina contenida en la
de 19 de diciembre de 2000, dictada en recurso de casación interés de
ley, declara que la notificación al interesado de la propuesta de resolución no es preceptiva en cualquiera de los dos casos siguientes: a)
cuando el interesado no haya formulado alegaciones sobre el contenido
del boletín de denuncia que inicia el procedimiento y b) cuando, habiéndolas formulado, no se tengan en cuenta otros hechos ni otras
alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado.
En el presente supuesto la recurrente no presentó alegaciones en
el plazo establecido por lo que la notificación de la propuesta de resolución no era necesaria en absoluto.
4.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 140.1.2 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la
Ley 29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el
artículo 143.1.i) de la citada Ley, se ha calificado como muy grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 4.601 euros a 6.000
euros.
En este supuesto se impone multa de 4.601 euros, por lo que se
ha graduado dentro de su tramo mínimo y de acuerdo con el principio
de proporcionalidad.
5.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
B.O. de Navarra−Número 63
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Joaquín
Astiz Lizarraga, en representación de Contenedores Jokin, S.L. contra
la Resolución (P.S.T.) 2061/2005, de 29 de marzo, del Director General
de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Contenedores Jokin, S.L., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 20 de mayo de 2005,
presenta don Julián Samper Tanco, en representación de Limutaxi, S.L.
contra la Resolución (P.S.T.) 1224/2005, de 9 de febrero, del Director
General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 3.301,00
euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil
de Tráfico el día 19 de septiembre de 2004, al vehículo matrícula
6978-BBY, en el kilómetro 75,000 de la carretera A-15, por utilizar un
solo conductor dos discos diagrama a la vez.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 24 de diciembre de 2004, se notificó a Limutaxi, S.L.
la incoación de expediente sancionador NA 5102/04, como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día
19 de septiembre de 2004, al vehículo matrícula 6978-BBY, en el kilómetro 75,000 de la carretera A-15, por utilizar un solo conductor dos
discos diagrama a la vez. En el disco en posición segundo conductor
se lee como conductor J. Samper y en el primero Iñigo Samper, al que
le falta además la anotación de donde inicia el viaje.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 9 de febrero de 2005, la instructora formula propuesta
de resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la
resolución de dicho expediente, calificando la infracción como muy
grave y proponiendo la sanción de 3.301 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 1224/2005, de 9
de febrero, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Limutaxi, S.L. una sanción de 3.301 euros.
4.º Con fecha 20 de mayo de 2005, don Julián Samper Tanco, en
representación de Limutaxi, S.L. interpone recurso de alzada en el que
expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de
los que se hará referencia en los fundamentos de derecho solicitando
la estimación del recurso y la anulación de la sanción.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 27 de octubre de
2004 a las 9 horas 45 minutos, siendo el segundo intento el día si-
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
guiente 28 a las 11 horas y 10 minutos, por lo que se ha dado estricto
cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Beriain para su publicación
edictal, produciéndose la misma desde el día 19 de enero hasta el 8
de febrero de 2005, así como a la notificación mediante publicación en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 154, de 24 de diciembre de
2004, tal y como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo
que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la
nulidad alegada por éste.
3.º El artículo 13 del Reglamento de la Comunidad Europea
3821/1985, de 20 de diciembre, prescribe que el empresario y los conductores deberán velar por el buen funcionamiento y la correcta utilización del aparato de control en el sector de los transportes por carretera.
En el presente caso ha quedado acreditado por los discos que figuran en el expediente, copia de los cuales le fue remitida al interesado,
que el único conductor del vehículo estaba utilizando dos discos, uno
en el que anota su nombre y apellido Iñigo Samper, sin anotar la localidad de inicio ni de final y con un registro inicial del odómetro de
249.046 km a las 14 horas 30 minutos aproximadamente, a la vez y
como segundo conductor figura insertado otro disco a nombre de J
Samper en situación de descanso y abierto en Barañain con 248.634
km, a las 6 horas aproximadamente y sin cerrar los km ni el destino a
la hora del control.
Estos son datos fehacientes que se pueden comprobar en los
discos retirados por los agentes y que figuran en el expediente, copia
de cuales les fue remitida al interesado junto a la Resolución de incoación y al pliego de cargos.
A este respecto el artículo 15.2 del Reglamento de la Comunidad
Económica Europea 3821/1985 establece que los conductores utilizarán hojas de registro todos los días que conduzcan, a partir del momento en que tomen a su cargo el vehículo, señalando a continuación
que la hoja de registro no se retirará antes de que finalice el periodo
de trabajo diario y en este caso queda probado que el conductor sacó
el disco antes de finalizar ese periodo e introdujo otro, en el que no figura nombre alguno, con el fin de eludir el cumplimiento del Reglamento 3820/1985 de la Comunidad Económica Europea.
4.º El recurrente niega los hechos e invoca el principio de presunción de inocencia.
En este sentido, hay que recordar que la presunción de inocencia,
según la interpretación de los Tribunales, queda destruida mediante la
denuncia formulada por los agentes de la autoridad, a menos que se
pruebe lo contrario de lo que la denuncia constata, prueba que, obviamente, incumbe a aquél que niega o contradice los hechos denunciados. Siendo lo cierto que el agente aportó, con su propio boletín de
denuncia, cuantos elementos probatorios sobre el hecho denunciado
obtuvo.
En el mismo sentido se ha manifestado el Tribunal Supremo en
sentencia de 14 de septiembre de 1990: "Cuando la denuncia sobre un
hecho denunciado es formulada por agente de la autoridad, encargado
del servicio, la presunción de veracidad y legalidad que acompaña a
todo obrar de los órganos administrativos y de sus agentes, es un
principio que debe acatarse y defenderse, ya que constituye esencial
garantía de una acción administrativa eficaz, sin que ello quiera decir,
en coordinación con el principio constitucional de presunción de inocencia, que el hecho denunciado por un agente se considere intangible,
ya que la realidad del mismo puede quedar desvirtuada mediante la
adecuada prueba en contrario ...". Este principio ha sido recogido legalmente en el artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: "Los hechos constatados por funcionarios a los que se les reconoce la condición de autoridad y que se
formalicen en documento público observando los requisitos legales
pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que
en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o
aportar los propios administrados".
En este caso, al valor probatorio del boletín de denuncia formulado
por el agente ha de añadirse como medio de prueba los discos diagrama intervenidos, lo que constituye prueba suficiente de la infracción
sancionada.
Por tanto, acreditada fehacientemente a través de los discos diagrama intervenidos la comisión de dicha infracción, la ratificación del
agente en su denuncia deviene un trámite superfluo cuya ausencia no
supone indefensión para el interesado.
5.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
5697
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Julián
Samper Tanco, en representación de Limutaxi, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 1224/2005, de 9 de febrero, del Director General de
Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Limutaxi, S.L., indicándole que contra el mismo, que
agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 3 de agosto de 2005,
presenta don Pedro María Lizarraga Senar, en representación de SAT
N.º 466 Bekoetxe contra la Resolución (P.S.T.) 2500/2005, de 5 de
mayo, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con
multa de 100,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida
por la Guardia Civil de Tráfico el día 18 de noviembre de 2004, al vehículo matrícula 8944-BCY, por efectuar transporte de mercancías perecederas, huevo líquido, con una placa de características que no se
corresponde con el certificado de conformidad.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 11 de marzo de 2005, se notificó a SAT N.º 466
Bekoetxe la incoación de expediente sancionador NA 5570/04, como
consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de Tráfico
el día 18 de noviembre de 2004, al vehículo matrícula 8944-BCY, por
efectuar transporte de mercancías perecederas, huevo líquido, con una
placa de características que no se corresponde con el certificado de
conformidad:
Placa de características: clase de vehículo RRA.
Certificado: clase de vehículo FRA.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 5 de mayo de 2005, la instructora formula propuesta de
resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias
sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como leve y proponiendo la sanción de 100 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 2500/2005, de 5
de mayo, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a SAT
N.º 466 Bekoetxe una sanción de 100 euros.
4.º Con fecha 3 de agosto de 2005, don Pedro María Lizarraga
Senar, en representación de SAT N.º 466 Bekoetxe interpone recurso
de alzada en el que alega indefensión al no haber recibido la notificación de la incoación del expediente sancionador y no poder formular
alegaciones ni presentar pruebas en su defensa.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 18 de noviembre de
2004) y que la notificación de la incoación del expediente sancionador
al interesado (11 de marzo siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 30, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo
prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días
hábiles para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer
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Lunes, 21 de mayo de 2007
las pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o
expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 14 de diciembre de 2004, y la fecha del primer intento de
notificación de la sanción llevada a cabo por el servicio de correos, el
día 20 de mayo de 2005 (recuérdese que a los solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de
duración de los procedimientos, será suficiente la notificación que contenga cuando menos el texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado; artículo 58.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre), no había transcurrido el plazo preceptivo
de un año para que se produjera la caducidad del expediente.
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 23 de diciembre
de 2004 a las 12 horas y 30 minutos, siendo el segundo intento el siguiente día 27 a las 13 horas y 35 minutos, por lo que se ha dado estricto cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Ergoiena para su publicación
edictal desde el 15 de enero al 15 de febrero de 2005, así como a la
notificación mediante publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 30, de 11 de marzo de 2005, tal y como se prevé en el artículo
59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al
recurrente, sin que exista la nulidad alegada por éste.
5.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Pedro
María Lizarraga Senar, en representación de SAT N.º 466 Bekoetxe
contra la Resolución (P.S.T.) 2500/2005, de 5 de mayo, del Director
General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a SAT N.º 466 Bekoetxe, indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 7 de noviembre de 2005,
presenta don Javier Angel López Iribarren, en representación de Falces
Morteros y Hormigones, S.A contra la Resolución (P.S.T.) 3573/2005,
de 29 de junio, del Director General de Transportes, por la que se
sanciona con multa de 100 euros, como consecuencia de la denuncia
extendida por la Guardia Civil de Tráfico el día 29 de noviembre de
2004, al vehículo matrícula NA-6923-BB, en el kilómetro 6,000 de la
carretera NA-128, por llevar deteriorados e ilegibles los distintivos obligatorios de la tarjeta de transportes.
B.O. de Navarra−Número 63
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 4 de febrero de 2005, se notificó a Falces Morteros
y Hormigones, S.A la incoación de expediente sancionador NA 5575/04,
como consecuencia de la denuncia extendida por la Guardia Civil de
Tráfico el día 29 de noviembre de 2004, al vehículo matrícula
NA-6923-BB, en el kilómetro 6,000 de la carretera NA-128, por llevar
deteriorados e ilegibles los distintivos obligatorios de la tarjeta de
transportes.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 29 de junio de 2005, la instructora formula propuesta de
resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias
sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como leve y proponiendo la sanción de 100 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 3573/2005, de 29
de junio, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Falces
Morteros y Hormigones, S.A una sanción de 100 euros.
4.º Con fecha 7 de noviembre de 2005, don Javier Angel López
Iribarren, en representación de Falces Morteros y Hormigones, S.A interpone recurso de alzada en el que expone los hechos y fundamentos
que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los
fundamentos de derecho solicitando la estimación del recurso y la
anulación de la sanción.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 29 de noviembre de
2004) y que la notificación de la incoación del expediente sancionador
al interesado (4 de febrero siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de
Navarra número 15, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo
prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días
hábiles para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer
las pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o
expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 14 de diciembre de 2004, y la fecha del primer intento de
notificación de la sanción llevada a cabo por el servicio de correos, el
día 14 de julio de 2005 (recuérdese que a los solos efectos de entender
cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración
de los procedimientos, será suficiente la notificación que contenga
cuando menos el texto íntegro de la resolución, así como el intento de
notificación debidamente acreditado; artículo 58.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre), no había transcurrido el plazo preceptivo de un
año para que se produjera la caducidad del expediente.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 23 de diciembre
de 2004 a las 13 horas y 10 minutos, siendo el segundo intento el siguiente día 27 de diciembre a las 10 horas y 11 minutos, por lo que se
ha dado estricto cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Beriain para su publicación
edictal, produciéndose la misma desde el día 9 hasta el 28 de febrero
de 2005, así como a la notificación mediante publicación en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra, número 15, de 4 de febrero de 2005, tal y como se
prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí
ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por
éste.
5.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 142.18 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.a) de la citada Ley, se ha calificado como leve.
Para estas infracciones se prevé sanción de apercibimiento o multa
de hasta 200 euros.
En este supuesto se impone multa de 100 euros, teniendo en
cuenta la dificultad de control que conlleva para la Administración la
ausencia de los distintivos obligatorios.
6.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Javier
Angel López Iribarren, en representación de Falces Morteros y Hormigones, S.A contra la Resolución (P.S.T.) 3573/2005, de 29 de junio, del
Director General de Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Falces Morteros y Hormigones, S.A, indicándole que
contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 6 de septiembre de 2005,
presenta don Ricardo Albizua Benito, en representación de Autocares
Albizua, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 2662/2005, de 2 de junio,
del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa
de 1.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la
Policía Municipal el día 13 de enero de 2005, al vehículo matrícula
2742-CM, por no portar el libro de reclamaciones.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 13 de abril de 2005, se notificó a Autocares Albizua,
S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0558/05, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Municipal el día 13 de
enero de 2005, al vehículo matrícula 2742-CM, por no portar el libro de
reclamaciones.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 2 de junio de 2005, la instructora formula propuesta de
resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias
sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como grave y proponiendo la sanción de 1.001 euros.
5699
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 2662/2005, de 2
de junio, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Autocares Albizua, S.L. una sanción de 1.001 euros.
4.º Con fecha 6 de septiembre de 2005, don Ricardo Albizua Benito, en representación de Autocares Albizua, S.L. interpone recurso de
alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de
derecho solicitando la estimación del recurso y la anulación de la sanción.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 13 de enero de 2005) y
que la notificación de la incoación del expediente sancionador al interesado (13 de abril siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de Navarra
número 44, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días hábiles
para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer las
pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 7 de febrero de 2005, y la fecha del intento de notificación
de la sanción llevada a cabo por el servicio de correos, el día 15 de
junio de 2005 (recuérdese que a los solos efectos de entender cumplida
la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los
procedimientos, será suficiente la notificación que contenga cuando
menos el texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado; artículo 58.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre), no había transcurrido el plazo preceptivo de un año para
que se produjera la caducidad del expediente.
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 22 de febrero de
2005 a las 9 horas y 30 minutos, siendo el segundo intento el siguiente
día 23 de a las 13 horas y 13 minutos, por lo que se ha dado estricto
cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Orcoyen para su publicación
5700
Lunes, 21 de mayo de 2007
edictal, produciéndose la misma desde el día 30 de marzo hasta el 18
de abril de 2005, así como a la notificación mediante publicación en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 44, de 13 de abril de 2005, tal y
como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por éste.
5.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 141.19 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.e) de la citada Ley, se ha calificado como grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 1.001 euros a 1.500
euros.
En este supuesto, se impone sanción consistente en multa de 1.001
euros, por lo que se ha graduado dentro de su tramo mínimo y de
acuerdo con el principio de proporcionalidad.
6.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Ricardo
Albizua Benito, en representación de Autocares Albizua, S.L. contra la
Resolución (P.S.T.) 2662/2005, de 2 de junio, del Director General de
Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Autocares Albizua, S.L., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 6 de septiembre de 2005,
presenta don Ricardo Albizúa Benito, en representación de Autocares
Albizúa, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 2663/2005, de 2 de junio,
del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa
de 1.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la
Policía Municipal el día 13 de enero de 2005, al vehículo matrícula
NA-8273-AC, por no portar libro de reclamaciones.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 13 de abril de 2005, se notificó a Autocares Albizúa,
S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0559/05, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Municipal el día 13 de
enero de 2005, al vehículo matrícula NA-8273-AC, por no portar libro
de reclamaciones. Transporte escolar Colegio de Vedruna desde Mendillorri-Mutilva.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 2 de junio de 2005, la instructora formula propuesta de
resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias
sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como grave y proponiendo la sanción de 1.001 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 2663/2005, de 2
de junio, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Autocares Albizúa, S.L. una sanción de 1.001 euros.
4.º Con fecha 6 de septiembre de 2005, don Ricardo Albizúa Benito, en representación de Autocares Albizúa, S.L. interpone recurso de
alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de
derecho solicitando la estimación del recurso y la anulación de la sanción.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2 a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
B.O. de Navarra−Número 63
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 13 de enero de 2005) y
que la notificación de la incoación del expediente sancionador al interesado (13 de abril siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de Navarra
número 44, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días hábiles
para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer las
pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 7 de febrero de 2005, y la fecha del intento de notificación
de la sanción llevada a cabo por el servicio de correos, el día 15 de
junio de 2005 (recuérdese que a los solos efectos de entender cumplida
la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los
procedimientos, será suficiente la notificación que contenga cuando
menos el texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado; artículo 58.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre), no había transcurrido el plazo preceptivo de un año para
que se produjera la caducidad del expediente.
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 22 de febrero de
2005 a las 9 horas y 30 minutos, siendo el segundo intento el siguiente
día 23 de a las 13 horas y 13 minutos, por lo que se ha dado estricto
cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Orcoyen para su publicación
edictal, produciéndose la misma desde el día 30 de marzo hasta el 18
de abril de 2005, así como a la notificación mediante publicación en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 44, de 13 de abril de 2005, tal y
como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por éste.
5.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 141.19 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.e) de la citada Ley, se ha calificado como grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 1.001 euros a 1.500
euros.
En este supuesto, se impone sanción consistente en multa de 1.001
euros, por lo que se ha graduado dentro de su tramo mínimo y de
acuerdo con el principio de proporcionalidad.
6.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Ricardo
Albizúa Benito, en representación de Autocares Albizúa, S.L. contra la
Resolución (P.S.T.) 2663/2005, de 2 de junio, del Director General de
Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Autocares Albizúa, S.L., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 6 de septiembre de 2005,
presenta don Ricardo Albizúa Benito, en representación de Autocares
Albizúa, S.L. contra la Resolución (P.S.T.) 2664/2005, de 2 de junio,
del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa
de 1.001 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la
Policía Municipal el día 13 de enero de 2005, al vehículo matrícula
5128-CYS, por no portar libro de reclamaciones.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 13 de abril de 2005, se notificó a Autocares Albizúa,
S.L. la incoación de expediente sancionador NA 0560/05, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Municipal el día 13 de
enero de 2005, al vehículo matrícula 5128-CYS, por no portar libro de
reclamaciones.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 2 de junio de 2005, la instructora formula propuesta de
resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias
sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como grave y proponiendo la sanción de 1.001 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 2664/2005, de 2
de junio, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Autocares Albizúa, S.L. una sanción de 1.001 euros.
4.º Con fecha 6 de septiembre de 2005, don Ricardo Albizúa Benito, en representación de Autocares Albizúa, S.L. interpone recurso de
alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de
derecho solicitando la estimación del recurso y la anulación de la sanción.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción o, en su caso, caducidad del procedimiento
sancionador toda vez que, de ser estimada cualquiera de estas cuestiones, haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Respecto a la primera de ellas, ha de señalarse que el artículo 145
de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes
Terrestres, en la redacción dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre,
dispone que "las infracciones de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán en el plazo de un año"; bien entendido que
el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 13 de enero de 2005) y
que la notificación de la incoación del expediente sancionador al interesado (13 de abril siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de Navarra
número 44, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo prescriptivo, y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días hábiles
para que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer las
pruebas que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o expirado el plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a menos que el expediente sancionador estuviera paralizado
durante más de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de no-
5701
viembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo
prescriptivo que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Tampoco ha lugar a apreciar caducidad del expediente sancionador habida cuenta que, en materia de transportes por carretera,
el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del
procedimiento sancionador es de un año, contado desde la fecha de
iniciación del procedimiento, según establece el artículo 146.2 de la Ley
16/1987, tras la modificación llevada a cabo por la Ley 29/2003 de 8
de octubre.
En el presente supuesto se observa que, desde la fecha del acuerdo
de incoación, 7 de febrero de 2005, y la fecha del intento de notificación
de la sanción llevada a cabo por el servicio de correos, el día 15 de
junio de 2005 (recuérdese que a los solos efectos de entender cumplida
la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los
procedimientos, será suficiente la notificación que contenga cuando
menos el texto íntegro de la resolución, así como el intento de notificación debidamente acreditado; artículo 58.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre), no había transcurrido el plazo preceptivo de un año para
que se produjera la caducidad del expediente.
4.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 22 de febrero de
2005 a las 9 horas y 30 minutos, siendo el segundo intento el siguiente
día 23 de a las 13 horas y 13 minutos, por lo que se ha dado estricto
cumplimiento a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Orcoyen para su publicación
edictal, produciéndose la misma desde el día 30 de marzo hasta el 18
de abril de 2005, así como a la notificación mediante publicación en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 44, de 13 de abril de 2005, tal y
como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por éste.
5.º El hecho que se imputa al recurrente constituye una infracción
al artículo 141.19 de la Ley 16/1987, modificada parcialmente por la Ley
29/2003, de 8 de octubre, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 143.1.e) de la citada Ley, se ha calificado como grave.
Para estas infracciones se prevé multa de 1.001 euros a 1.500
euros.
En este supuesto, se impone sanción consistente en multa de 1.001
euros, por lo que se ha graduado dentro de su tramo mínimo y de
acuerdo con el principio de proporcionalidad.
6.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don Ricardo
Albizúa Benito, en representación de Autocares Albizúa, S.L. contra la
Resolución (P.S.T.) 2664/2005, de 2 de junio, del Director General de
Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Autocares Albizúa, S.L., indicándole que contra el
mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
Resolución de expediente sancionador
Visto el recurso de alzada que, con fecha 12 de agosto de 2005,
presenta doña Cecilia Salinas Larumbe, en representación de Navarconsa, S.A.L. contra la Resolución (P.S.T.) 3580/2005, de 29 de junio,
del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa
de 1.941,00 euros, como consecuencia de la denuncia extendida por la
Policía Foral de Navarra el día 21 de mayo de 2005, al vehículo matrí-
5702
Lunes, 21 de mayo de 2007
cula NA-4309-AV, en el kilómetro 6,000 de la carretera NA-32, por circular con un exceso de peso del 14,2%.
Antecedentes de Hecho:
1.º Con fecha 22 de abril de 2005, se notificó a Navarconsa, S.A.L.
la incoación de expediente sancionador NA 0601/05, como consecuencia de la denuncia extendida por la Policía Foral de Navarra el día
21 de mayo de 2005, al vehículo matrícula NA-4309-AV, en el kilómetro
6,000 de la carretera NA-32, por circular un vehículo de masa máxima
autorizada superior a 20Tm. con un exceso de peso del 14,2%. Masa
máxima autorizada del vehículo 38.000kg Peso total 43.400kg Exceso
5.400kg Comprobado mediante albarán número 21301772 de 21 de
enero de 2005; cliente Navarconsa, S.A.L.
2.º En esta comunicación se indicaba que disponía de 15 días
hábiles para presentar las alegaciones y pruebas que estimara oportunas.
Transcurrido este plazo no presentó alegación alguna ni propuso
prueba que desvirtuase la comisión de la infracción.
3.º El día 29 de junio de 2005, la instructora formula propuesta de
resolución en la que habiéndose practicado las actuaciones necesarias
sobre el hecho denunciado, considera procedente proponer la resolución de dicho expediente, calificando la infracción como grave y proponiendo la sanción de 1.941 euros.
Con posterioridad se dictó la Resolución (P.S.T.) 3580/2005, de 29
de junio, del Director General de Transportes, por la que se da por
concluso el procedimiento sancionador incoado, imponiéndose a Navarconsa, S.A.L. una sanción de 1.941 euros.
4.º Con fecha 12 de agosto de 2005, doña Cecilia Salinas Larumbe, en representación de Navarconsa, S.A.L. interpone recurso de
alzada en el que expone los hechos y fundamentos que entiende aplicables al caso y de los que se hará referencia en los fundamentos de
derecho solicitando la estimación del recurso y la anulación de la sanción.
Fundamentos de Derecho:
1.º La competencia para la resolución de este recurso de alzada,
interpuesto con posterioridad al 1 de marzo de 2005, fecha de entrada
en vigor de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, corresponde al Gobierno de
Navarra de conformidad con el artículo 57.2.a) de esta Ley Foral, por
cuanto la resolución aquí recurrida, al haberse dictado por el Director
General de Transportes en uso de las facultades delegadas por el
Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se entiende a todos los efectos dictada por éste último (artículo 36.6 de la
misma Ley Foral).
2.º Procede examinar en primer lugar si se ha producido prescripción de la infracción toda vez que, de ser estimada esta cuestión,
haría innecesario entrar a conocer cualquier otra de las alegadas.
Ha de señalarse que el artículo 145 de la Ley 16/1987, de 30 de
julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en la redacción
dada por Ley 29/2003, de 8 de octubre, dispone que "las infracciones
de la legislación reguladora de los transportes terrestres prescribirán
en el plazo de un año"; bien entendido que el plazo prescriptivo comienza a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido (en este caso, el 21 de enero de 2005, aunque por error de transcripción figure como fecha de la denuncia el 21 de mayo de 2005) y que
la notificación de la incoación del expediente sancionador al interesado
(22 de abril siguiente), por medio del BOLETIN OFICIAL de Navarra número 48, interrumpe, por disposición legal, el citado plazo prescriptivo,
y a partir de ese momento se abre un plazo de quince días hábiles para
que el denunciado pueda formular alegaciones y proponer las pruebas
que considere oportunas. Presentadas las alegaciones, o expirado el
plazo para presentarlas, el plazo de prescripción no se reanuda a
menos que el expediente sancionador estuviera paralizado durante más
de un mes por causa no imputable al presunto responsable, según
dispone el artículo 132.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común; plazo prescriptivo
que en el presente supuesto no se produjo.
3.º Alega el recurrente que existe nulidad del expediente por no
habérsele notificado la denuncia, impidiéndole proponer la práctica de
pruebas y alegaciones.
El artículo 59.2 segundo inciso de la Ley 30/1992 señala que
cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no
hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación
podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre
en el domicilio y haga constar su identidad. Si nadie pudiera hacerse
cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento
que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres
días siguientes.
Así, examinado el expediente y según los datos remitidos por el
Servicio de Correos, se comprueba que fue intentada la notificación
personal al interesado prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992,
mediante correo certificado en el domicilio, con fecha 18 de febrero de
B.O. de Navarra−Número 63
2005 a las 9 horas 30 minutos, siendo el segundo intento el 21 siguiente
a las 13 horas y 16 minutos, por lo que se ha dado estricto cumplimiento
a lo estipulado por el referido artículo.
Debido a que no se pudo practicar la referida notificación personal,
se procedió al envío al Ayuntamiento de Orcoyen para su publicación
edictal, produciéndose la misma desde el día 5 de abril hasta el 20 de
abril de 2005, así como a la notificación mediante publicación en el
BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 48, de 22 de abril de 2005, tal y
como se prevé en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, por lo que la denuncia sí ha sido notificada al recurrente, sin que exista la nulidad alegada por éste.
4.º Solicita la recurrente que se le facilite el albarán de carga como
prueba del peso que transportaba.
Además de solicitud extemporánea, por no ser esta fase de recurso
la apropiada procedimentalmente para la solicitud de pruebas, el albarán no fue retirado por los agentes de control el día de los hechos,
sino que de él se tomaron los datos para la comprobación de la carga
que llevaba el vehículo inspeccionado y que una vez transcritos al boletín de denuncia se le devolvió al conductor. Por ello es responsabilidad de esa mercantil la custodia y administración de sus propios
documentos.
5.º Los hechos base de la sanción no han quedado desvirtuados,
por lo que procede desestimar el recurso presentado manteniendo la
resolución impugnada.
En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,
ACUERDA:
1.º Desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña Cecilia
Salinas Larumbe, en representación de Navarconsa, S.A.L. contra la
Resolución (P.S.T.) 3580/2005, de 29 de junio, del Director General de
Transportes.
2.º Notificar este Acuerdo al Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes y a Navarconsa, S.A.L., indicándole que contra el mismo,
que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Pamplona en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente
al de su notificación.
Pamplona, 8 de enero de 2007.−El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior. Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero
Martínez.
F0706845
DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS,
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Notificación de acuerdos de incoación de expedientes sancionadores
en materia de transportes
El Director del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes ha
dictado Resolución de incoación de los expedientes sancionadores
cuyos datos se detallan en el anexo adjunto por infracción a la normativa reguladora de los transportes terrestres.
Habiendo resultado imposible practicar la notificación prevista en el
artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de dicha Ley, comunicando a los
interesados que pueden personarse y tener conocimiento del texto íntegro del acto notificado en el Servicio de Ordenación y Gestión de
Transportes del Departamento de Obras Públicas, Trasnportes y Comunicaciones, sito en la calle Yanguas y Miranda, 5, 31002 Pamplona,
en un plazo de diez días a contar desde el siguiente a la publicación
de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Contra la presente notificación pueden presentarse alegaciones,
proponiendo o aportando las pruebas que estimen convenientes dentro
de un plazo de 15 días computado desde que el interesado se persone
para conocer la Resolución de incoación o, en su caso, a partir del
transcurso del plazo de 10 días concedido para su comparecencia. En
dicho plazo podrá hacer efectivo el importe de la sanción, beneficiándose de una reducción del 25 por 100 sobre el importe propuesto,
equivaliendo el pago a la terminación del procedimiento.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−El Director del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes, Jesús Posadas Martínez.
ANEXO
Expediente: NA 0101/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 242155
Nombre: Sánchez Navarro, Francisco Javier
Población: Zaragoza
Fecha de la denuncia: 15 de mayo de 2006
Matrícula: 5397-DVF
Precepto infringido: 142.8 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 201,00 euros
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Expediente: NA 0102/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 239156
Nombre: Berrio Clavería, Ricardo
Población: Berrioplano
Fecha de la denuncia: 15 de mayo de 2006
Matrícula: 8397-BWR
Precepto infringido: 142.9 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 201,00 euros
Expediente: NA 0184/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 241779
Nombre: Alvarez Pérez, Francisco
Población: Cartagena
Fecha de la denuncia: 8 de mayo de 2006
Matrícula: 6393-CBZ
Precepto infringido: 142.2 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 381,00 euros
Expediente: NA 0108/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 240875
Nombre: Rodríguez Palomar, Juan José
Población: Molinos De Duero
Fecha de la denuncia: 4 de mayo de 2006
Matrícula: 4734-BFK
Precepto infringido: 140.1 y 141.31 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 600,00 euros
Expediente: NA 0198/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 242841
Nombre: Wincanton Trans European España, S.L.
Población: Carcaixent
Fecha de la denuncia: 9 de mayo de 2006
Matrícula: 9087-BDS
Precepto infringido: 140.1.9 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 4.601,00 euros
Expediente: NA 0111/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 242096
Nombre: Jiménez Nieto, Saturnino
Población: Parla
Fecha de la denuncia: 4 de mayo de 2006
Matrícula: 9750-DSK
Precepto infringido: 142.3 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 400,00 euros
Expediente: NA 0199/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 238986
Nombre: Construcciones Valeriano Arrechea, S.L.
Población: Imárcoain
Fecha de la denuncia: 9 de mayo de 2006
Matrícula: NA-7172-AX
Precepto infringido: 142.9 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 201,00 euros
Expediente: NA 0123/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 240425
Nombre: Transordizia, S.L.
Población: Irún
Fecha de la denuncia: 5 de mayo de 2006
Matrícula: 8362-DLV
Precepto infringido: 140.1 y 141.31 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 600,00 euros
Expediente: NA 0233/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 135037
Nombre: Hormigones Leizarán, S.L.
Población: Beriáin
Fecha de la denuncia: 16 de mayo de 2006
Matrícula: 6076-CSX
Precepto infringido: 141.4 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 1.776,00 euros
Expediente: NA 0142/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 242839
Nombre: Seicafruhor, S.L.
Población: Vicar
Fecha de la denuncia: 7 de mayo de 2006
Matrícula: 8958-BVD
Precepto infringido: 140.24 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 2.001,00 euros
Expediente: NA 0235/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 133572
Nombre: Hormigones Leizarán, S.L.
Población: Beriáin
Fecha de la denuncia: 16 de mayo de 2006
Matrícula: SS-2773-AF
Precepto infringido: 141.4 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 1.556,00 euros
Expediente: NA 0160/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 240691
Nombre: Wincanton Trans European España, S.L.
Población: Carcaixent
Fecha de la denuncia: 7 de mayo de 2006
Matrícula: 9089-BDS
Precepto infringido: 142.2 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 356,00 euros
Expediente: NA 0239/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 241607
Nombre: Mekdoud Sofiane
Población: Vitoria-Gasteiz
Fecha de la denuncia: 16 de mayo de 2006
Matrícula: 6582-DPX
Precepto infringido: 142.18 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 100,00 euros
Expediente: NA 0164/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 3121
Nombre: Whol Truck Internacional, S.L.L.
Población: Berriozar
Fecha de la denuncia: 12 de enero de 2007
Matrícula: 9228-DXM
Precepto infringido: 140.10 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 4.601,00 euros
Expediente: NA 0248/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 241781
Nombre: Mirricart Logística, S.L.
Población: Cartagena
Fecha de la denuncia: 17 de mayo de 2006
Matrícula: 9344-CTY
Precepto infringido: 141.19 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 1.001,00 euros
Expediente: NA 0165/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 3122
Nombre: Whol Truck Internacional, S.L.L.
Población: Berriozar
Fecha de la denuncia: 12 de enero de 2007
Matrícula: 9228-DXN
Precepto infringido: 140.10 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 4.601,00 euros
Expediente: NA 0249/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 126481
Nombre: Trans Taller Nil, S.L.
Población: Mont-roig Del Camp
Fecha de la denuncia: 17 de mayo de 2006
Matrícula: 7662-CM.
Precepto infringido: 141.19 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 1.001,00 euros
Expediente: NA 0173/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 133078
Nombre: Cyr
Población: Arre
Fecha de la denuncia: 8 de mayo de 2006
Matrícula:
Precepto infringido: 140.19
Cuantía de la sanción: 4.600,00 euros
Expediente: NA 0264/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 239441
Nombre: Lauek-trans Logistic, S.L.
Población: Cizur Mayor
Fecha de la denuncia: 17 de mayo de 2006
Matrícula: NA-0830-U
Precepto infringido: 140.22 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 3.301,00 euros
5703
5704
Lunes, 21 de mayo de 2007
B.O. de Navarra−Número 63
Fecha: 06-12-2006. Hora: 23:29. Importe: 100. Puntos que se pierden:
0. LSV: -. RGC: 91. 2. ORD: -.
Expediente: 2007/113. Propietario-Matrícula: Teodoro Echeverría
Hernández. SS-9406-BF. Lugar: Divina Pastora, 10. Fecha:
05-02-2007. Hora: 17:25. Importe: 100. Puntos que se pierden: 0. LSV:
-. RGC: 91. 2. G. ORD: -.
LSV: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992.
OMT: Ordenanza Municipal de Trafico de 7 de junio de 1999.
Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone figuran, respectivamente, en las casillas correspondientes con las leyendas de: "Hecho denunciado", "precepto infringido", "calificación", "denunciado" o "importe".
Las alegaciones presentadas y, en su caso, la práctica de pruebas
solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida.
Antes de que se dicte la resolución del expediente sancionador, el
interesado podrá hacer efectiva la multa respectiva con una reducción
del treinta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda
beneficiarse de tal descuento. El pago podrá realizarse en las oficinas
del Ayuntamiento, sitas en el número 1 de la Plaza Consistorial o mediante giro postal en el que conste nombre y apellidos, matrícula del
vehículo y número de expediente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto
320/1994, de 25 de febrero, en el plazo de 15 días hábiles contados
desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime pertinente y presentar
los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo a través
del Registro General del Ayuntamiento o de alguno de los cauces previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Asimismo, se le manifiesta que el expediente se encuentra a su
disposición en el Ayuntamiento, sito en el número 1 de la Plaza Consistorial, donde de 8,00 a 14,30 horas y, en días laborables, podrá
examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él
obrantes.
Ansoain, 23 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Alfredo García
López.
Expediente: NA 0273/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 242254
Nombre: Oscar Cobos H., S.L.
Población: Zulueta
Fecha de la denuncia: 19 de mayo de 2006
Matrícula: 2477--CVD
Precepto infringido: 140.24 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 2.001,00 euros
Expediente: NA 0284/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 240772
Nombre: Moreno García, María
Población: Villa Del Prado
Fecha de la denuncia: 20 de mayo de 2006
Matrícula: 7111-CBV
Precepto infringido: 141.19 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 1.001,00 euros
Expediente: NA 0292/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 242808
Nombre: Transportes Luter Ejido, S.L.
Población: Ejido (el)
Fecha de la denuncia: 21 de mayo de 2006
Matrícula: 5217-DSC
Precepto infringido: 140.24 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 2.001,00 euros
Expediente: NA 0318/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 235123
Nombre: Hormigones Beriáin, S.A.
Población: Beriáin
Fecha de la denuncia: 23 de mayo de 2006
Matrícula: 4135-BFB
Precepto infringido: 141.5 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 1.501,00 euros
Expediente: NA 0322/07
Número de Boletín de denuncia/Acta: 135039
Nombre: Zardoya Blanco, Eduardo
Población: Ribaforada
Fecha de la denuncia: 23 de mayo de 2006
Matrícula: 6224-BPH
Precepto infringido: 142.9 Ley 16/1987
Cuantía de la sanción: 201,00 euros
L0706740
ANSOAIN
F0706848
Notificación de propuestas de resolución
DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y ALIMENTACION
Edicto de notificación
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo
59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
del expediente STSA06086 que se relaciona en el Anexo, se procede
por el presente edicto a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
59.5 y 61 de la mencionada Ley.
Contra esta resolución, cabe interponer el siguiente recurso:
Recurso de alzada, ante el Consejero del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, dentro del mes siguiente al de la
fecha de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de esta resolución.
Pamplona, 29 de diciembre de 2006.−El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Andrés Eciolaza Carballo.
ANEXO
Expediente: STSA06086. Sanción por infracción de la Ley Foral
11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal.
Sancionado: Refecaju, S.L.
Acto que se comunica: Resolución 1780/2006, de 29 de diciembre.
F0706613
ANSOAIN
Notificación de propuestas de resolución
No habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución
que se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de edictos
del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Expediente: 2006/891. Propietario-Matrícula: María Esther Fernádez
de Arcaya López. NA-7445-N. Lugar: Divina Pastora, número 11.
No habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución
que se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de edictos
del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Expediente: 2006/927. Propietario-Matrícula: Alexander Millán Rivera, 8564 DPS. Lugar: Carretera Ansoain, número 12. Fecha:
16-12-2006. Hora: 11:10. Importe: 150,25. Puntos que se pierden: 2.
LSV: 39. 2. G. RGC: 91. 2. H.
LSV: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992.
OMT: Ordenanza Municipal de Trafico de 7 de junio de 1999.
Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone figuran, respectivamente, en las casillas correspondientes con las leyendas de: "Hecho denunciado", "precepto infringido", "calificación", "denunciado" o "importe".
Las alegaciones presentadas y, en su caso, la práctica de pruebas
solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida.
Antes de que se dicte la resolución del expediente sancionador, el
interesado podrá hacer efectiva la multa respectiva con una reducción
del treinta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda
beneficiarse de tal descuento. El pago podrá realizarse en las oficinas
del Ayuntamiento, sitas en el número 1 de la Plaza Consistorial o mediante giro postal en el que conste nombre y apellidos, matrícula del
vehículo y número de expediente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto
320/1994, de 25 de febrero, en el plazo de 15 días hábiles contados
desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime pertinente y presentar
los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo a través
del Registro General del Ayuntamiento o de alguno de los cauces previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Asimismo, se le manifiesta que el expediente se encuentra a su
disposición en el Ayuntamiento, sito en el número 1 de la Plaza Consistorial, donde de 8,00 a 14,30 horas y, en días laborables, podrá
examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él
obrantes.
Ansoain, 2 de mayo de 2007.−El Alcalde-Presidente, Alfredo García
López.
L0706973
ARANGUREN
EDICTO
No habiéndose podido realizar las notificaciones de requerimientos
sobre vehículos abandonados a la que se hace referencia en el artículo
71.1.a) de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar las citadas
notificaciones en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:
Propietario: María Garde Aguirre. Matricula: NA-4238-AM. F. Entrada: 28-03-2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a) de la Ley
sobre tráfico y el artículo 37 de la Ordenanza de Tráfico del Ayuntamiento del Valle de Aranguren, si en el plazo de quince días el vehículo no ha sido retirado del depósito municipal, previo pago de los
gastos de retirada y custodia, los mismos se considerarán residuos
sólidos urbanos y serán llevados al desguace.
Los plazos indicados empezarán a contar desde el día siguiente de
la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Mutilva Baja, 28 de marzo de 2007.−El Alcalde, Manuel Romero
Pardo.
L0706521
ARANGUREN
EDICTO
No habiéndose podido realizar las notificaciones de requerimientos
sobre vehículos abandonados a la que se hace referencia en el artículo
71.1.a) de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar las citadas
notificaciones en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:
Propietario: Alberto Falces Gárate. Matrícula: NA-9979-AB. Fecha
entrada: 11/04/07.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a) de la Ley
sobre tráfico y el artículo 37 de la Ordenanza de Tráfico del Ayuntamiento del Valle de Aranguren, si en el plazo de quince días el vehículo no ha sido retirado del depósito municipal, previo pago de los
gastos de retirada y custodia, los mismos se considerarán residuos
sólidos urbanos y serán llevados al desguace.
Los plazos indicados empezarán a contar desde el día siguiente de
la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Mutilva Baja, 11 de abril de 2007.−El Alcalde, Manuel Romero
Pardo.
L0706619
ARANGUREN
EDICTO
No habiéndose podido realizar las notificaciones de requerimientos
sobre vehículos abandonados a la que se hace referencia en el artículo
71.1.a) de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar las citadas
notificaciones en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:
Propietario: Martín Sagaztibelza Aguirre. Matrícula: C-4743-BBW.
Fecha entrada: 17-04-2007.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a) de la Ley
sobre tráfico y el artículo 37 de la Ordenanza de Tráfico del Ayuntamiento del Valle de Aranguren, si en el plazo de quince días el vehículo no ha sido retirado del depósito municipal, previo pago de los
gastos de retirada y custodia, los mismos se considerarán residuos
sólidos urbanos y serán llevados al desguace.
Los plazos indicados empezarán a contar desde el día siguiente de
la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Mutilva Baja, 17 de abril de 2007.−El Alcalde, Manuel Romero
Pardo.
L0706620
5705
ARANGUREN
Notificación de sanción
No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por
esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la siguientes relación, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo
Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles
siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin
que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por
el procedimiento de apremio.
Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación
o notificación,
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a
su publicación o notificación o,
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra
dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del
presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Aranguren, 19 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Manuel Romero Pardo.
ANEXO
Expediente: 2006/273. Propietario-Matrícula: Ramón Jáuregui Arribillaga - (3590-BDZ). Lugar: Anaitasuna, s/n, de Mutilva Alta. Fecha:
23-11-2006. Hora: 19:23. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV:
53.1. RGC: 171. ORD: -.
Expediente: 2006/290. Propietario-Matrícula: Eduardo Glaría Iribarren - (6645-CBV). Lugar: Avenida del Soto, s/n, de Mutilva Baja. Fecha:
19-12-2006. Hora: 21:47. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV:
53.1. RGC: 171. ORD: -.
Expediente: 2007/7. Propietario-Matrícula: María Ruth Fraile Romero -(NA-5039-AV). Lugar: Anaitasuna, s/n, de Mutilva Alta. Fecha:
16-01-2007. Hora: 17:10. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV:
53.1. RGC: 171. ORD: 43.i.
L0706621
ARANGUREN
Notificación de infracción
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-4 y 60 de la Ley
30/92, se hace pública notificación a los denunciados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se
señalan, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, formuladas por Agentes Municipales, por infracción al Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
(Real Decreto 13/1992, de 17 de enero).
En el plazo de 15 días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa.
Asimismo, antes de que se dicte resolución del expediente sancionador, podrán hacer efectiva la multa respectiva con una reducción del
treinta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda
beneficiarse de tal descuento.
Aranguren, 19 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Manuel Romero Pardo.
ANEXO
Expediente: 2007/55. Propietario-Matrícula: María Pilar Yeregui Urmeneta - (4937-BRL). Lugar: Anaitasuna, s/n, de Mutilva Alta. Fecha:
27-02-2007. Hora: 17:30. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV:
53.1. RGC: 171. ORD: 43.i.
Expediente: 2007/64. Propietario-Matrícula: María Aránzazu Martínez Crespo - NA-1502-AP). Lugar: Anaitasuna, s/n, de Mutilva Alta.
Fecha: 05-03-2007. Hora: 17:25. Importe: 60. Puntos que se pierden:
0. LSV: 53.1. RGC: 171. ORD: 43.i.
L0706622
ARANGUREN
Notificación de sanción
No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por
esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la siguiente relación, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo
5706
Lunes, 21 de mayo de 2007
Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Expdte: 2006/283. Propietario-Matrícula: Tagomedia Producciones,
S.L. (5733-CPG). Lugar: Estrada, s/n, de Mutilva Alta. Fecha:
20-01-2007. Hora: 8:45. Importe: 301. Puntos que se pierden: 0. LSV:
72.3. RGC: -. ORD: -.
Expdte: 2007/15. Propietario-Matrícula: Emilio Remírez Yániz.
(NA-5140-AY). Lugar: Avda. del Soto, s/n, de Mutilva Baja. Fecha:
13-01-2007. Hora: 16:10. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV:
53.1. RGC: 171. ORD: 43.i.
La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles
siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin
que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por
el procedimiento de apremio.
Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación
o notificación.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a
su publicación o notificación o,
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra
dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del
presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Aranguren, 26 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Manuel Romero Pardo.
B.O. de Navarra−Número 63
Asimismo, dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación del presente edicto, podrá hacerse efectiva la multa con una
reducción del 30% por ciento de su importe.
Arguedas, 23 de abril de 2007.−El Alcalde, Jose Antonio Rapún
León.
ANEXO
Propietario: María Angeles Jiménez Berrio. Matrícula: LO-3568-I.
Lugar: Calle Real (Ayuntamiento). Día: 07/02/2007. Importe 30,05
euros. Infracción: RGC 91.2.m. Expediente 02/07.
Propietario: Luis Fernando Guevara Quintero. Matrícula:
O-1763-AZ. Lugar: Calle Barrio Nuevo (junto al número 5). Día:
12/02/2007. Hora: 12,48. Importe 30,05 euros. Infracción: RGC 91.2.m.
Expediente 05/07.
Propietario: Antonio Felipe Sola Soldevilla. Matrícula: NA-0989-Z.
Lugar: Calle Monte (junto al número 3). Día: 11/02/2007. Hora: 00,25.
Importe 301,00 euros. Infracción: RGC 20.1. Expediente 10/07.
Propietario: Jesús Alba Miranda, S.L. Matrícula: 2825-CZC. Lugar:
Calle Real. Día: 10/01/2007. Hora: 21,10. Importe 30,05 euros. Infracción: RGC 91.2.m. Expediente 13/07.
Propietario: Jesús Antonio Salcedo Felipe. Matrícula: 5488-CBJ.
Lugar: Calle Real. Día: 26/01/2007. Hora: 12,10. Importe 30,05 euros.
Infracción: RGC 91.2.m. Expediente 14/07.
Propietario: Miguel Angel Antuña Pérez. Matrícula: 5309-BBT.
Lugar: Calle Real. Día: 26/01/2007. Hora: 12,10. Importe 30,05 euros.
Infracción: RGC 91.2.m. Expediente 15/07.
L0706751
BARAÑAIN
L0706963
Bajas en el Padrón Municipal de Habitantes
ARANGUREN
Notificación de infracción
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-4 y 60 de la Ley
30/92, se hace pública notificación a los denunciados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se
señalan, de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, formuladas por Agentes Municipales, por infracción al Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
(Real Decreto 13/1992, de 17 de enero).
Expdte: 2006/247. Propietario-Matrícula: Medios de Comunicación
Veintiuno, S.L. (0567-BSP). Lugar: Anaitasuna, s/n, de Mutilva Baja.
Fecha: 21-02-2007. Hora: 19:15. Importe: 301. Puntos que se pierden:
0. LSV: 72.3. RGC: -. ORD: -.
Expdte: 2007/68. Propietario-Matrícula: Julio García Vida.
(NA-0848-AP). Lugar: Avda. del Soto, s/n, de Mutilva Baja. Fecha:
13-03-2007. Hora: 19:30. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV:
53.1. RGC: 171. ORD: -.
Expdte: 2007/70. Propietario-Matrícula: Visanca S.L. (NA-6588-AU).
Lugar: Avda. del Soto, s/n, de Mutilva Baja. Fecha: 13-03-2007. Hora:
21:00. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV: 53.1. RGC: 171.
ORD: -.
Expdte: 2007/98. Propietario-Matrícula: Juan José Lacruz Izco.
(NA-5357-AX). Lugar: V, número 21 del Pg. Ind. Mutilva Baja. Fecha:
27-03-2007. Hora: 15:40. Importe: 60. Puntos que se pierden: 0. LSV:
38.3. RGC: 91.2. ORD: 46.14.
En el plazo de 15 días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa.
Asimismo, antes de que se dicte resolución del expediente sancionador, podrán hacer efectiva la multa respectiva con una reducción del
treinta por ciento, salvo que el tipo de infracción cometida no pueda
beneficiarse de tal descuento.
Aranguren, 26 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Manuel Romero Pardo.
L0706965
ARGUEDAS
Notificación de denuncia
De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores
que se indican, a los denunciados que se relacionan en el Anexo.
En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa. Dichas alegaciones se presentarán por escrito en el Registro
Municipal, o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
El día 20 de abril de 2007, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Barañain dictó la Resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:
Resolución número 225//2007, de 20 de abril, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barañáin por la que se declara la caducidad
de inscripciones padronales de extranjeros no comunitarios sin Autorización de residencia permanente en España.
Don Iosu Senosiain Ibáñez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de Barañáin.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1.s de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local y a
tenor en lo dispuesto en la Resolución de 28 de abril de 2005 de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General
de Cooperación Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las
inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos
años y en la Resolución de 1 de abril, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos
sobre lo gestión y revisión del Padrón Municipal. Habiendo sido practicada notificación infructuosa y/o no habiendo acudido el interesado a
formalizar su Renovación en la inscripción Padronal.
He resuelto:
Primero.−Declarar que las siguientes Inscripciones Padronales han
caducado y por tanto se acuerda su Baja en el Padrón Municipal de
Habitantes de este Municipio, cuya fecha de efectos será, a tenor en lo
dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, la de publicación del presente Decreto en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra.
Apellidos y nombre: Carreño *Vargas, Priscila Andrea. Fecha de
nacimiento: 03/03/1976. Pasaporte: 130815731. Tarjeta residencia:
00000000. Fecha caducidad: 11/04/2007.
Apellidos y nombre: Castro *Guadamud, Rubén Stalin. Fecha de
nacimiento: 01/07/1976. Pasaporte: -. Tarjeta residencia: X 04155061
L. Fecha caducidad: 14/04/2007.
Apellidos y nombre: Fecha de nacimiento: Pasaporte: Tarjeta residencia: Fecha caducidad:
Apellidos y nombre: González *Bustos, Oscar Omar. Fecha de nacimiento: 11/10/1965. Pasaporte: 873876. Tarjeta residencia:
00000000. Fecha caducidad: 01/04/2007.
Apellidos y nombre: Lizana *Carreño, Aileen Angelina. Fecha de
nacimiento: 30/03/1998. Pasaporte: 198443905. Tarjeta residencia:
00000000. Fecha caducidad: 11/04/2007.
Apellidos y nombre: Lizana *Gutiérrez, Angelo Patricio. Fecha de
nacimiento: 08/02/1974. Pasaporte: 126839146. Tarjeta residencia:
00000000. Fecha caducidad: 11/04/2007.
Apellidos y nombre: Prokhno *, Vadym. Fecha de nacimiento:
29/03/1965. Pasaporte: AE697963. Tarjeta residencia: 00000000.
Fecha caducidad: 05/04/2007.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Apellidos y nombre: Rezende *Borges, Raquel. Fecha de nacimiento: 06/10/1980. Pasaporte: 4509818. Tarjeta residencia: 00000000.
Fecha caducidad: 31/03/2007.
Apellidos y nombre: Silva *Guerra, Adriana. Fecha de nacimiento:
20/08/1983. Pasaporte: cp633253. Tarjeta residencia: 00000000. Fecha
caducidad: 23/03/2007.
Segundo.−Proceder a la publicación de la presente Resolución en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y dar cuenta de la misma al Pleno de la
Corporación en la próxima sesión ordinaria que dicho órgano colegiado
celebre.
Lo que se hace público en cumplimiento de las prescripciones legales referidas, advirtiéndose que esta aprobación definitiva puede ser
impugnada por alguna de las siguientes vías:
a) Mediante la interposición de recurso de reposición, ante el
Pleno del Ayuntamiento de Barañáin, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra.
b) Mediante la interposición directa de recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra.
c) Mediante la interposición, ante el Tribunal Administrativo de
Navarra de recurso de alzada, dentro del mes siguiente a la fecha de
publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Barañáin, 20 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Iosu Senosiain Ibáñez.
L0706868
BERIAIN
Notificación de denuncia
De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores
que se indican, a los denunciados que se relacionan en el Anexo.
En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa. Dichas alegaciones se presentarán por escrito en el Registro
municipal, o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
Asimismo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación
del presente edicto, podrá hacerse efectiva la multa con una reducción
del 50 por ciento de su importe.
Beriáin, 18 de abril de 2007.−El Alcalde, Tomás Prieto Blanco.
ANEXO
Expediente: Multraf/2007/24. Multa por infracción de tráfico. Denunciado: Ricardo Redondo Plaza. Acto que se comunica: Notificación
de denuncia.
L0706512
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00043/2007
00659/2006
00527/2006
00651/2006
00634/2006
00628/2006
00484/2006
00669/2006
00676/2006
00047/2007
00623/2006
00635/2006
00112/2006
00690/2006
00626/2006
00522/2006
00694/2006
00514/2006
00607/2006
00693/2006
00692/2006
00614/2006
00362/2006
00621/2006
00619/2006
00538/2006
00537/2006
00539/2006
00683/2006
00449/2006
00549/2006
00661/2006
00658/2006
00657/2006
ALCOLEA ROBLES, PEDRO JESUS ..........................
ALFONSO CORDEIRO, SERAFIN DOS ANJOS .........
ALVAREZ GARCIA, MANUEL ....................................
AZCARATE ASURMENDI, MARIA IDOYA .................
BENGOECHEA BERASTEGUI, FCO. JAVIER .............
BERRIO JIMENEZ, ANA ISABEL ..............................
BIESA MENTA, FERNANDO ......................................
BORJA SALAZAR, ANGEL ........................................
CABALGANTE JIMENEZ, SANDRA ...........................
CALHA BELTRAN, JORGE DANIEL ...........................
CANO TORRES, MANUEL .........................................
CASTAÑON FERNANDEZ, MONSERRAT ..................
DA SILVA OLIVEIRA, ANTONIO (VDR .....................
DE LA PERAL SAN JULIAN, MIGUEL ANGEL ..........
DEMIROV ALEKSANDER FILIPOW ...........................
DIEGO FERRER, LUIS IVAN .....................................
DOS SANTOS AUGUSTO, CARLOS ANTONIO .........
ECHARRI ESLAVA, LUIS ..........................................
ECHEVERRIA ESCUDERO, RICARDO .......................
ECHEVERRIA JIMENEZ, TEODORO ..........................
ECHEVERRIA JIMENEZ, TEODORO ..........................
ECHEVERRIA MIQUELE, JOSE LUIS ........................
EQUIZA MILLAN, M. GLORIA ..................................
ESPARZA ALVARADO, ROMEL GUSTAVO ...............
GARCIA LOPEZ DE SABANDO, MIKEL AINGERU ....
GIL ANDANUCHE, CARLOS ......................................
GIL ANDANUCHE, CARLOS ......................................
GIL ANDANUCHE, CARLOS ......................................
GOMARRA DE VALDIVIELSO, ANGEL .....................
GONZALEZ GONZALEZ-MATOR MONJALT, F. J. .....
GRANDE SOIRAS, MIGUEL ......................................
IMAZ EDUARDO, RUBEN .........................................
JIMENEZ AMAYA, BERNABE ....................................
JIMENEZ VALENCIA, RICHARD ZANE .....................
MATRICULA
Z9121BM
0201DYH
NA3587BD
9391CHW
NA3634AL
.
NA1050AJ
M5831PL
0275DXD
C6553BRC
NA8169AT
NA9043AZ
0505DHG
6794CSG
7014FFD
5397DJX
NA4963AH
NA0976AK
3338BYN
5542CFK
NA1301Z
1115CRL
NA4619AK
2144FFV
1796CKN
NA8690AC
NA8690AC
NA8690AC
Z3224O
1952DZY
1541DHG
NA3364AN
NA2634AJ
MA2430VS
5707
BERRIOZAR
Notificación de sanciones por infracciones de tráfico
No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por
esta Alcaldía por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico que
figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como en
el Tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los
denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. La multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince días
hábiles, siguientes a la fecha de su firmeza.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta:
2054-0222-51-3010003503.
b) Personándose en la oficina gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y dos apellidos, número
de expediente y matrícula.
2. Transcurrido el citado plazo de pago sin que se hubiera abonado la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de
apremio, con el correspondiente recargo del 20%, así como los intereses de demora que pudieran aplicarse.
3. Contra esta Resolución cabe interponer optativamente uno de
los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
esta resolución.
b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.
c) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de los
Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a la notificación de esta resolución.
4. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Berriozar, 19 de abril de 2007.−El Alcalde, Benito José Ríos Ochoa.
DIRECCION
FECHA
DENUNCIA
HORA
ETXABURUA, 15 .......................................................
AVDA. GUIPUZCOA, 42 ............................................
AVDA. GUIPUZCOA, 24 ............................................
CENTRO DE SALUD PARKING .................................
SAN AGUSTIN, 7 ......................................................
DONAMARIA, 2 ........................................................
AVDA. GUIPUZCOA, 40 ............................................
ARTEKALE, 16 ..........................................................
REKALDE - LEKOARTEA ..........................................
KALEBERRI, S/N ......................................................
ETXABURUA, 1 .........................................................
IRUÑALDE, 1 ............................................................
REKALDE - LEKOARTEA ..........................................
MONTE SAN CRISTOBAL .........................................
ETXABURUA, 3 .........................................................
ETXABURUA, 15 .......................................................
CENTRO DE SALUD .................................................
AVDA. GUIPUZCOA, 19 ............................................
ARTEKALE, 15 ..........................................................
CENTRO DE SALUD .................................................
CENTRO DE SALUD .................................................
AVDA. GUIPUZCOA, 22 ............................................
SAN AGUSTIN, 17 ....................................................
AVDA. GUIPUZCOA, 52 ............................................
AVDA. GUIPUZCOA, 23 ............................................
PA 30 ........................................................................
PA 30 ........................................................................
PA30 .........................................................................
CENDEA DE ANSOAIN, 7 .........................................
AVDA. GUIPUZCOA, 36 ............................................
IRUÑALDE, 1 ............................................................
LA HABANA, 1 ..........................................................
ARTEKALE - LEKOARTEA .........................................
ETXABURUA, 13 .......................................................
11/01/2007
25/11/2006
01/10/2006
04/11/2006
31/10/2006
14/10/2006
06/09/2006
18/11/2006
18/11/2006
21/01/2007
07/11/2006
03/11/2006
11/02/2006
15/11/2006
06/11/2006
15/09/2006
11/11/2006
17/09/2006
30/09/2006
11/11/2006
11/11/2006
09/11/2006
13/07/2006
07/11/2006
06/11/2006
30/09/2006
30/09/2006
30/09/2006
15/11/2006
10/08/2006
08/10/2006
23/11/2006
25/10/2006
01/11/2006
19:45
11:00
04:00
08:30
18:43
11:05
15:24
19:15
05:15
18:55
20:40
09:20
17:35
20:20
12:00
15:11
08:05
03:30
16:45
08:00
07:55
13:05
18:40
17:07
17:17
08:55
08:53
08:55
19:48
13:53
15:30
13:09
23:10
19:33
INFRACCION
LSV-39.2.G RGC-91.2.H
LSV-39.2.E RGC-91.2.M
LSV-39.2.D RGC-94.2.D
LSV-38.3 RGC-91.2.M
LSV-39.2.F RGC-91.2.C
LSV-10.4 RGC-4.2
LSV-53.1 RGC-143.1
LSV-47.1 RGC-117.1
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-53.1 RGC-152
LSV-39.2.G RGC-91.2.H
LSV-38.3 RGC-91.2.G
LSV-39.2.A RGC-94.2.A
LSV-38.4.C
LSV-39.2.E RGC-91.2.M
LSV-38.3 RGC-91.2.H
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-61.1 RGC-12.5.1
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2.F RGC-91.2.C
LSV-39.2.E RGC-91.2.M
LSV-38.3 RGC-91.2.G
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-53.1 RGC-146
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-39.2.E RGC-91.2.M
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.2.F RGC-94.2.F
IMPORTE
INFRACCION
PUNTOS
96,00
96,16
96,00
92,00
96,16
150,00
150,00
150,00
96,00
150,00
96,00
100,00
96,16
96,16
96,00
96,16
92,00
150,00
150,00
92,00
92,00
100,00
96,00
96,00
96,00
60,00
97,00
60,00
60,10
150,00
100,00
96,16
90,00
67,00
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
5708
Lunes, 21 de mayo de 2007
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00624/2006
00625/2006
00711/2006
00656/2006
00617/2006
00646/2006
00550/2006
00094/2007
00463/2006
00286/2005
00697/2006
00642/2006
LAKOUDI NORINE ....................................................
LATASA GONZALEZ, MIGUEL IVAN .........................
LIBERAL AMADO, JOSE LUIS ..................................
LOPEZ DE DICASTILLO ALBIZUA, ELVIRA ..............
MALLA SERRAT, IVAN .............................................
PEDROSA IBERO, FCO. JAVIER ...............................
REYES FAJARDO, MIKEL .........................................
SADA GARCIA, JAVIER ............................................
SANCHEZ LOPEZ, JOSE ...........................................
SANZ PASCUAL, ENEKO ..........................................
SOBERANAS CARMONA, M. EUGENIA ....................
URRUTIKOETXEA ARNAIZ, LUCIANO AITOR ...........
MATRICULA
8980BCS
C8690BJW
NA8918W
8559CCW
NA1031AW
3127DZC
C0717BRZ
C6553BRC
NA1829AC
NA7889BC
NA3601BB
SS3068BB
DIRECCION
FECHA
DENUNCIA
HORA
AVDA. GUIPUZCOA - AVDA BERRIOZAR ................
AVDA. BERRIOZAR-CENDEA DE ANSOAIN ..............
CENTRO DE SALUD .................................................
AUZALOR - CRUCE ETXABURUA .............................
ZORTZIKO, 7 ............................................................
ARTEKALE, S/A ........................................................
AVDA. GUIPUZCOA, S/N ..........................................
AVDA. GUIPUZCOA, 32 ............................................
ARTEKALE, 26 ..........................................................
SAN AGUSTIN, 21 ....................................................
ANAITASUNA, 2 .......................................................
AVDA. GUIPUZCOA, 19 ............................................
30/10/2006
31/10/2006
30/12/2006
23/09/2006
04/11/2006
28/10/2006
08/10/2006
28/01/2007
31/08/2006
15/12/2005
17/11/2006
28/10/2006
17:46
17:40
06:55
16:00
19:50
07:00
20:30
21:15
07:35
20:50
20:42
05:30
BERRIOZAR
Notificación de denuncia
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico
que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se
publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de
los denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. Por Decreto de Alcaldía, ha sido designado Instructor de este
expediente, el Interventor del Ayuntamiento.
2. El órgano competente para la resolución de este expediente es
la Alcaldía, de conformidad con el artículo 15 del RD 320/94 y artículo
68.2 del RDL 339/94.
3. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la publicación la Notificación de la Denuncia.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 2054 0222 - 51 - 3010003503.
b) Personándose en la Oficina Gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y apellidos, número de
expediente y matrícula.
4. El abono de la multa con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o licencia de conducir, implicará únicamente la renuncia a formular
alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar
resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes (artículo 67.1 de la Ley sobre Tráfico).
5. En todo caso el denunciado si no está de acuerdo con la denuncia, y no ha renunciado a formular alegaciones mediante el abono
de la multa con la reducción del 30%, tiene un plazo de 15 días hábiles
contados desde el siguiente a la notificación de la denuncia, para alegar
cuanto considere conveniente para su defensa y proponer las pruebas
que estime oportunas, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General del Ayuntamiento, en las oficinas de Geserlocal, sitas en la calle Erletokieta, número 1-1.º derecha, de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre.
6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.3 del R.D.
Legislativo 339/90 de 2 de marzo se requiere expresamente alTitular
del vehículo para que proceda a la identificación del conductor responNUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00203/2007
00183/2007
00181/2007
00214/2007
00209/2007
00201/2007
00169/2007
00206/2007
00174/2007
00161/2007
00204/2007
00178/2007
00171/2007
00190/2007
00218/2007
00179/2007
00113/2007
ALTURA EDER, S.L. .................................................
ARCE ECHEVERRIA, ALFONSO ................................
ARCE ECHEVERRIA, ALFONSO ................................
ARGUELLES ARGUELLES, SECUNDINO ..................
AROZTEGUI BERRIO, JORGE ...................................
CARDENAS VILLAN, JOSE MARIA ..........................
COCIU MARIAN, ROMULUS ....................................
CONSTRUCCIONES MENDILLORRI, S.L: .................
DE LA PERAL CARNERO, JOSE MARIA ..................
DOMINGUEZ COLLADO, PABLO ..............................
DROMOS REFORMAS Y DISEÑO, S.L. ....................
ECHARRI AGUIRRE, LUIS JESUS MANUEL ............
GARDE ILZARBE, FRANCISCO .................................
GIL URRIZA, ESTHER ..............................................
IRURITA GARCIA, JOSE MARIA ..............................
JAURRIETA CAMPO, MIKEL ....................................
MONTAJES ELECTRICOS TESLA, S.L. .....................
MATRICULA
4734CTB
9406CDG
9406CDG
O3929BY
NA4898AT
6876BHB
S3128X
8495CZL
NA2591AY
4067CXS
NA6354AT
5335DHL
NA9794AB
6205CPL
0827BSL
7948DGH
3242DGP
B.O. de Navarra−Número 63
INFRACCION
IMPORTE
INFRACCION
LSV-39.2.A RGC-91.1
LSV-47.1 RGC-118.1
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-21.1 RGC-56.2
LSV-39.2.G RGC-91.2.H
LSV-38.3 RGC-91.2.M
LSV-42.1 RGC-101.1
LSV-53.1 RGC-146
LSV-39.2.A RGC-91.2.M
LSV-39.2.A RGC-91.1
LSV-39.2.G RGC-91.2.H
LSV-30 RGC-79.1
60,00
150,00
96,16
150,00
96,00
96,16
150,00
150,00
96,16
96,00
96,16
96,16
PUNTOS
0
3
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
L0706849
sable de la infracción. Dicha identificación deberá realizarla en el plazo
de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción
de esta notificación, mediante escrito presentado a tal efecto en la Oficina Gestora sita en la calle Erletokieta, n.º 1-1.º derecha de Pamplona;
en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares
señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en
el cual deberá constar el nombre, dos apellidos, DNI y domicilio completo del conductor identificado. En caso de no realizar dicha identificación se sancionará al titular del vehículo como autor de una infracción
Muy Grave con multa de 600 euros.
7. Responderá en los mismos términos si, por causa que le sea
imputable, no es posible notificar la denuncia al conductor que identifique, conforme a lo dispuesto en el artículo 72.3 del RDL 339/1990 de
2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (LSV).
8. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará Propuesta de
Resolución y se elevará a Alcaldía, que es el órgano competente para
sancionar. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe". Se señala así mismo, que el
expediente se encuentra a su disposición en la oficina gestora sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona de 8:30 a 14:00 horas y
en días laborables podrán examinarlo y solicitar las copias que desee
de los documentos en él obrantes.
9. En las infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo
mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de
infracciones muy graves, en todo caso, la sanción de suspensión por
el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses. (Artículo 67.1
de la Ley sobre Tráfico).
10. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12
del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, se notifica la denuncia al
titular del vehículo como presunto infractor.
11. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en
la oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
12. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un
año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de
éste.
13. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Berriozar, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Interventor.
DIRECCION
FECHA
DENUNCIA
, ................................................................................
AVDA. GUIPUZCOA, 30 ............................................
AVDA. GUIPUZCOA, 34 ............................................
SAN AGUSTIN, 21 ....................................................
SAN AGUSTIN, 23 ....................................................
PARKING CENTRO DE SALUD .................................
SAN AGUSTIN, 23 ....................................................
, ................................................................................
CAÑADA REAL DE LAS PROVINCIAS, S/N ..............
AVDA. GUIPUZCOA - ROTONDA ZORTZIKO ............
, ................................................................................
AVDA. GUIPUZCOA, 24 ............................................
REKALDE - LEKOARTEA ..........................................
AVDA. GUIPUZCOA, 24 ............................................
AVDA. GUIPUZCOA, 25 ............................................
AVDA. GUIPUZCOA, 30 ............................................
, ................................................................................
23/03/2007
04/03/2007
04/03/2007
15/03/2007
18/03/2007
10/03/2007
01/03/2007
23/03/2007
04/03/2007
22/02/2007
23/03/2007
05/03/2007
01/03/2007
09/03/2007
20/03/2007
04/03/2007
26/02/2007
HORA
05:20
04:50
20:40
18:55
06:30
03:00
01:40
15:20
18:30
02:55
17:00
20:45
02:45
INFRACCION
LSV-72.3
LSV-12.1 RGC-20.1
LSV-53.1 RGC-146
LSV-39.2.G RGC-91.2.H
LSV-39.2.E RGC-91.2.M
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-38.3 RGC-91.2.F
LSV-72.3
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-11.3 RGC-18.2
LSV-72.3
LSV-39.2.D RGC-94.2.D
LSV-38.3 RGC-91.2.M
LSV-39.2.D RGC-94.2.D
LSV-39.2.E RGC-91.2.M
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-72.3
IMPORTE
INFRACCION
PUNTOS
600,00
450,00
150,00
96,16
96,00
96,16
60,00
600,00
96,00
150,00
600,00
96,00
96,00
96,00
96,00
96,00
600,00
0
4
4
0
0
0
0
0
0
3
0
0
0
0
0
0
0
B.O. de Navarra−Número 63
NUMERO
EXPEDIENTE
00064/2007
00182/2007
NOMBRE INFRACTOR
Lunes, 21 de mayo de 2007
MATRICULA
MORENO MEDINA, JOSE ......................................... 2717CDZ
ROJAS TORRES, MAX ADRIAN ............................... 4801BGP
FECHA
DENUNCIA
HORA
AVDA. GUIPUZCOA, 30 ............................................ 22/01/2007
PARKING CENTRO SALUD ....................................... 03/03/2007
20:40
06:50
DIRECCION
BERRIOZAR
Notificación propuesta de resolución
No habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución
que se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de edictos
del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe".
2. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que haya tenido lugar la
notificación del Boletín de Denuncia o la notificación posterior de la
Denuncia por el Instructor del expediente.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 2054 0222 - 51-3010003503.
NUMERO
EXPEDIENTE
00721/2006
NOMBRE INFRACTOR
MATRICULA
SAGASTIBELZA CESTAU, PEDRO MARIA ................ NA1619AC
5709
FECHA
DENUNCIA
HORA
ETXABURUA, S/N ..................................................... 29/12/2006
13:35
EDICTO
Habiendo transcurrido el plazo de concesión previsto en la Ordenanza Municipal y no habiendo sido posible la notificación a las personas titulares de los mismos, adjunto se acompaña relación de nichos
y sepulturas de tierra caducados para que, en el plazo de quince días,
a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra, se personen en las Oficinas Generales del Ayuntamiento
de Burlada.
En caso contrario, el Ayuntamiento de Burlada dispondrá de las
sepulturas según las necesidades del servicio, procediendo, de oficio,
a su traslado al osario común.
RELACION DE NICHOS Y SEPULTURAS DE TIERRA CADUCADOS
Nicho 26 grupo A: Luis Lillo Nogues.
Nicho 69 grupo A: José Ciriza Mutilva.
Nicho 80 grupo A: Amparo Peña Izco.
Tierra bl 4/1: María Rodríguez Aras del Rincón.
Tierra bl 4/9: Josefa López Muñoz.
Tierra bl 4/24: Faustino Guembe Samonete.
Tierra bl 4/24: Clotilde Samonete.
Tierra bl 4/27: Juan Castera Leyer.
Tierra bl 4/30: Julián Oneca Asa.
Tierra bl 4/46: Joaquín Cía Garayoa.
Tierra bl 4/46: Martín Esain Agorreta.
Tierra bl 4/46: Eduardo Cía Iriarte.
Tierra bl 4/49: Victoriana Ciáurriz.
Tierra bl 4/50: Inocencio Erdozain Pascal.
Tierra bl 4/50: Filomena Pascal.
Tierra bl 4/51: José Ignacio Mendoza Alonso.
Tierra bl 4/53: Diego Cantinas Muñoz.
Tierra bl 4/55: José Luis Maquirriain Equiza.
Tierra bl 4/59: Juliana Linzoain Otero.
Tierra bl 4/61: Feliciana Celaya Erdozain.
Tierra bl 4/62: Rosa Meñaca.
LSV-39.2.A RGC-94.2.A
LSV-39.2 RGC-94.2
IMPORTE
INFRACCION
PUNTOS
150,00
96,16
0
0
L0706889
b) Personándose en la Oficina gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y dos apellidos, número
de expediente y matrícula.
3. Las alegaciones presentadas, y en su caso, la práctica de
prueba solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida,
por lo que han sido desestimadas. Las causas de la desestimación se
encuentran en el expediente. Se pone en conocimiento del interesado
que el expediente se encuentra a su disposición en la Oficina gestora
sita en la calle Erletokieta número 1-1.º derecha, de Pamplona, donde
de 8,30 a 14,00 horas y en días laborables podrá ser examinado y solicitarse copias de los documentos en él obrante.
4. De conformidad con lo dispuesto en el art. 13 del Real Decreto
320/1994, de 25 de febrero, en el plazo de 15 días hábiles contados
desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime pertinente, y presentar
los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo en la Oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha de Pamplona; en
el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
5. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Berriozar, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Interventor.
DIRECCION
BURLADA
INFRACCION
INFRACCION
LSV-39.2.G RGC-91.2.H
IMPORTE
INFRACCION
PUNTOS
96,00
0
L0706896
Tierra bl 4/62: Venancio Zudaire.
Tierra bl 4/63: Josefa Otero Saralegui.
Tierra bl 4/64: José Iribarren San Miguel.
Tierra bl 4/65: Magdalena Ichaso Eslava.
Tierra bl 4/66: Jacinta Pérez Goñi.
Tierra bl 4/67: ? Aranguren Unciti.
Lo que se hace público a efectos oportunos.
Burlada, 16 de abril de 2007.−El Alcalde, José Muñoz Arias.
L0706427
BURLADA
Notificación de sanciones por infracciones de tráfico
No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por
esta Alcaldía por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico que
figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como en
el Tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los
denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. La multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince días
hábiles, siguientes a la fecha de su firmeza.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta:
3008-0073-11-1432359428.
b) Personándose en la oficina gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y dos apellidos, número
de expediente y matrícula.
2. Transcurrido el citado plazo de pago sin que se hubiera abonado la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de
5710
Lunes, 21 de mayo de 2007
apremio, con el correspondiente recargo del 20%, así como los intereses de demora que pudieran aplicarse.
3. Contra esta Resolución cabe interponer optativamente uno de
los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
esta resolución.
b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
01249/2006
01109/2006
01130/2006
01114/2006
01129/2006
00879/2006
01179/2006
00078/2007
00041/2007
01152/2006
BASSOVO NATALIA ..................................................
CHIVITE BERANGO, JAVIER EUGENIO ....................
DE LOS REYES AYERRA, M. TERESA .....................
DE SOUSA, VICTOR MANUEL ..................................
ECHEVERRIA GABAS, DANIEL .................................
FERNANDEZ LA VILLA, DANIEL ...............................
GORRICHO SANZ DE GALDEANO, IGNACIO ...........
MARCOS RUIZ DE AZUA, FELIX ..............................
SAN JOAQUIN LIMA, ROBERTO ..............................
UNANUA MEDINA, FCO. JAVIER ..............................
MATRICULA
NA7395AB
C1780BDV
0189CRH
5620CWB
NA8883AD
4238DVC
9194BSY
7011BRY
0888FFF
O1158BC
FECHA
DENUNCIA
HORA
MAYOR, 21 ...............................................................
PLAZA FCO. ARDANAZ SOLDAU .............................
ERMITA, 16 ..............................................................
VILLA DE LANZ, 2 IMPAR .......................................
ERMITA - SAN FRANCISCO .....................................
PLAZA DE LARRAINZAR ..........................................
PIO LOPERENA - SAN FRANCISCO .........................
CAMINO CEMENTERIO .............................................
ELIZGIBELA - MAYOR ..............................................
ERMITA, 13 ..............................................................
03/12/2006
11/10/2006
20/10/2006
18/10/2006
20/10/2006
07/08/2006
03/11/2006
02/01/2007
12/01/2007
11/11/2006
17:40
09:30
15:05
06:50
15:40
21:50
18:35
17:45
11:50
11:45
Notificación de denuncia
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico
que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se
publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de
los denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. Por Decreto de Alcaldía, ha sido designado Instructor de este
expediente, el Jefe de Policía.
2. El órgano competente para la resolución de este expediente es
la Alcaldía, de conformidad con el artículo 15 del RD 320/94 y artículo
68.2 del RDL 339/94.
3. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la publicación la Notificación de la Denuncia.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 3008 0073 - 11 - 1432359428.
b) Personándose en la Oficina Gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y apellidos, número de
expediente y matrícula.
4. El abono de la multa con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o licencia de conducir, implicará únicamente la renuncia a formular
alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar
resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes (artículo 67.1 de la Ley sobre Tráfico).
5. En todo caso el denunciado si no está de acuerdo con la denuncia, y no ha renunciado a formular alegaciones mediante el abono
de la multa con la reducción del 30%, tiene un plazo de 15 días hábiles
contados desde el siguiente a la notificación de la denuncia, para alegar
cuanto considere conveniente para su defensa y proponer las pruebas
que estime oportunas, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General del Ayuntamiento, en las oficinas de Geserlocal, sitas en la calle Erletokieta, número 1-1.º derecha, de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre.
6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.3 del R.D.
Legislativo 339/90 de 2 de marzo se requiere expresamente alTitular
del vehículo para que proceda a la identificación del conductor respon-
00452/2007
00314/2007
00437/2007
NOMBRE INFRACTOR
MATRICULA
ABAJO JIMENEZ, MARIA CARMEN ......................... NA6595AZ
ANCHO ILINCHETA, TEODORA ................................ NA0797AW
BAHAMONDE SEDANO, JOSE .................................. 8699CYK
c) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de los
Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a la notificación de esta resolución.
4. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Burlada, 19 de abril de 2007.−El Alcalde, Jose Muñoz Arias.
DIRECCION
BURLADA
NUMERO
EXPEDIENTE
B.O. de Navarra−Número 63
INFRACCION
LSV-53.1 RGC-146
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.2.C RGC-94.2.C
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-38.3 RGC-91.1
RGC-2.1
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-38.3 RGC-91.2
IMPORTE
INFRACCION
150,00
100,00
60,00
100,00
96,00
96,00
100,00
60,00
60,00
100,00
PUNTOS
4
0
0
0
0
0
0
0
0
0
L0706850
sable de la infracción. Dicha identificación deberá realizarla en el plazo
de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción
de esta notificación, mediante escrito presentado a tal efecto en la Oficina Gestora sita en la calle Erletokieta, nº 1-1º derecha de Pamplona;
en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares
señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en
el cual deberá constar el nombre, dos apellidos, DNI y domicilio completo del conductor identificado. En caso de no realizar dicha identificación se sancionará al titular del vehículo como autor de una infracción
Muy Grave con multa de 600 euros.
7. Responderá en los mismos términos si, por causa que le sea
imputable, no es posible notificar la denuncia al conductor que identifique, conforme a lo dispuesto en el artículo 72.3 del RDL 339/1990 de
2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (LSV).
8. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará Propuesta de
Resolución y se elevará a Alcaldía, que es el órgano competente para
sancionar. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe". Se señala así mismo, que el
expediente se encuentra a su disposición en la oficina gestora sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona de 8:30 a 14:00 horas y
en días laborables podrán examinarlo y solicitar las copias que desee
de los documentos en él obrantes.
9. En las infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo
mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de
infracciones muy graves, en todo caso, la sanción de suspensión por
el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses. (Artículo 67.1
de la Ley sobre Tráfico).
10. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12
del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, se notifica la denuncia al
titular del vehículo como presunto infractor.
11. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en
la oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
12. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un
año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de
éste.
13. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Burlada, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Jefe de policía.
FECHA
DENUNCIA
HORA
PLAZA EZKABAZABAL .............................................. 12/03/2007
ELIZGIBELA - FLOIRAC ............................................ 01/03/2007
BASILIO ARMENDARIZ, 1 ........................................ 10/03/2007
07:00
05:40
11:15
DIRECCION
INFRACCION
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.2.C RGC-94.2.C
IMPORTE
INFRACCION
PUNTOS
60,00
100,00
100,00
0
0
0
B.O. de Navarra−Número 63
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00463/2007
00448/2007
00304/2007
00467/2007
00321/2007
00401/2007
00434/2007
00320/2007
00386/2007
00406/2007
00442/2007
00431/2007
00327/2007
00439/2007
00429/2007
00331/2007
00341/2007
00396/2007
00449/2007
00419/2007
00300/2007
00322/2007
00380/2007
00418/2007
00355/2007
00394/2007
00280/2007
00377/2007
00339/2007
00403/2007
00389/2007
00299/2007
00459/2007
00357/2007
00358/2007
00404/2007
00428/2007
00315/2007
00351/2007
00430/2007
00334/2007
01335/2006
00436/2007
00391/2007
00399/2007
00478/2007
00348/2007
00468/2007
00354/2007
BARRENA ADAN, FRANCISCO DANIEL ....................
BELMONTE MIRON, SERAFIN ..................................
BERANGO LOPEANDIA, AGUSTIN ...........................
BEUNZA LAREQUI, FERMIN .....................................
BOURAIN KAMEL .....................................................
BRITO UREÑA, SALVADOR ......................................
CARPINTERIA ARANGUREN E HIJOS, S.L. .............
CHKAEV PAVEL ........................................................
CORNEJO CARDENAS, LUIS ....................................
CORNEJO CARDENAS, LUIS ....................................
CORNEJO CARDENAS, LUIS ....................................
CORNEJO CARDENAS, LUIS ....................................
CUADROS MORALES, SEVERINO RUBEN ...............
CUENCA CUENCA, FRANCEL VICENTE ....................
DE DIOS MARTIN, JUAN JOSE ANTONIO ...............
DE DIOS MARTIN, JUAN JOSE ANTONIO ...............
EGOZCUE EXTREMADO, TIZOK ...............................
ESTEBAN MENDEZ, FRANCISCO .............................
GALLEGO TEJERO, YONATAN .................................
GIGANTE MARTINEZ, ANGEL ...................................
GOTA ARELLANO, ESTEBAN ....................................
GUSADO REINA, TOMAS .........................................
JIMENEZ ARBURUA, CAROLINA ..............................
JUAREZ VALAREZO, EDGAR MICHAEL ...................
JUAREZ VALAREZO, EDGAR MICHAEL ...................
LARRAZ CUARTERO, JOSE JUAN ...........................
LAZCOZ DIEZ, OSCAR ..............................................
LES LACOSTA, MIKEL AINGERU .............................
MARIÑELARENA HUARRIZ, CARLOS ......................
MARTINEZ MATEOS, EVARISTO ..............................
MARTIRENA SAGASTIBELTZA, JULEN ....................
MARTOS GARCIA, ANTONIO ...................................
MERCHAN JIMENEZ, VERONICA .............................
MORACHO SAN MARTIN, JOSE ANTONIO ..............
OSINAGA ECHANDI, UNAI ARITZ ............................
PEREZ POLO, ARCADIO ...........................................
PEREZ ZORAQUIAIN, DAVID ....................................
RIALITO COMPRAVENTA, S.L. ................................
RODRIGUEZ CALERO, MANUEL ..............................
RODRIGUEZ PEREZ, JOSE LUIS ..............................
SAVU IONEL .............................................................
SPORT JAGD, S.L. ...................................................
TABAR INDA, AURORA ............................................
TABOADA BELTRAN, MANUEL ................................
URBANO NOTARIO, PEDRO .....................................
URROZ BARASOAIN, JOSE MANUEL L. ..................
USABIAGA ARREGUI, JOSE MIGUEL ......................
VDR MUTILVA, S.L. .................................................
ZOIOLA COLOR, S.L. ................................................
Lunes, 21 de mayo de 2007
MATRICULA
2577DKV
NA8235Z
NA9310AC
6286CVD
NA9308X
4010CZS
9205CLH
6200BGN
5080DBS
5080DBS
5080DBS
5080DBS
LO6282M
2724BYL
SS9104AJ
SS9104AJ
9745DHL
NA8054AS
NA9590AN
3123BTX
NA6981AC
NA4714N
NA4234AY
9528BRC
9528BRC
7087DZV
M1673WD
6727DKM
NA1582BB
5148CVL
9333BZL
6974CGX
NA4418AH
NA0702AK
3252BHK
NA5294AP
NA9774AU
9536DJT
NA7649BC
NA7469AH
5752DXY
5930DBN
0934BMN
1559BRJ
NA2758AW
1204BNJ
NA1685AC
3974DRT
3604FKB
DIRECCION
FECHA
DENUNCIA
PIO LOPERENA ........................................................
PIO LOPERENA, 22 IMPAR ......................................
PLAZA DE FLOIRAC, 3 .............................................
LA VIÑA ....................................................................
SAN FRANCISCO - SOTO .........................................
RONDA DE LAS VENTAS, 15 ...................................
RONDA DE LAS VENTAS, 5 IMPAR ........................
PLAZA DE FLOIRAC .................................................
SAN MIGUEL - LA FUENTE ......................................
SAN MIGUEL - LA FUENTE ......................................
FAUSTINO GARRALDA, 8 IMPAR ............................
FAUSTINO GARRALDA, 5 .........................................
PIO LOPERENA - SAN FRANCISCO .........................
SAN JUAN, 5 ............................................................
SAN MIGUEL, 12 ......................................................
SAN ISIDRO - CONCEJO DE AZPA ..........................
MERINDAD DE SANGUESA, 6 .................................
CONCEJO DE AZPA, 11 PAR ...................................
BATONDOA, 2 FRENTE .............................................
SANTA QUITERIA, 2 .................................................
ERMITA ....................................................................
SAN BLAS, 18 ..........................................................
MAYOR, 31 ...............................................................
CONCEJO DE AZPA - SAN ISIDRO ..........................
SAN MIGUEL - SAN ISIDRO ....................................
MAYOR, 31 ...............................................................
FAUSTINO GARRALDA, 5 .........................................
SANTA QUITERIA, 2 .................................................
EZPONDOA, 6 ...........................................................
MAYOR - LA FUENTE ...............................................
LANDAZABAL, 1 .......................................................
BATONDOA, 4 IMPAR ..............................................
FAUSTINO GARRALDA, 8 IMPAR ............................
EZKABABIDE, 2 ........................................................
SAN BLAS - BATONDOA ..........................................
SAN FRANCISCO, 10 ................................................
LA VIÑA, 8 ...............................................................
LOS FUEROS, 2 ........................................................
PLAZA EZKABAZABAL, 6 .........................................
ERMITA - FAUSTINO GARRALDA ............................
LANDAZABAL - VILLA DE LANZ ..............................
, ................................................................................
CONCEJO DE AZPA - TRASERA ..............................
LANDAZABAL - CONCEJO DE OLAZ ........................
ERMITA, 12 IMPAR ..................................................
MAYOR, 31 ...............................................................
ELIZGIBELA - ERMITA .............................................
RONDA DE LAS VENTAS .........................................
LOS FUEROS, 2 FRENTE ..........................................
06/03/2007
13/03/2007
02/03/2007
02/03/2007
24/02/2007
13/03/2007
12/03/2007
24/02/2007
05/03/2007
15/03/2007
10/03/2007
09/03/2007
25/02/2007
09/03/2007
08/03/2007
25/02/2007
27/02/2007
14/03/2007
13/03/2007
15/03/2007
02/03/2007
24/02/2007
15/03/2007
11/03/2007
28/02/2007
05/03/2007
09/02/2007
06/03/2007
27/02/2007
15/03/2007
05/03/2007
02/03/2007
12/03/2007
28/02/2007
28/02/2007
15/03/2007
07/03/2007
01/03/2007
02/03/2007
09/03/2007
26/02/2007
29/12/2006
12/03/2007
05/03/2007
14/03/2007
16/03/2007
02/03/2007
02/03/2007
01/03/2007
BURLADA
Notificación propuesta de resolución
No habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución
que se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de edictos
del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe".
2. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que haya tenido lugar la
notificación del Boletín de Denuncia o la notificación posterior de la
Denuncia por el Instructor del expediente.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 3008 0073 - 11 - 1432359428.
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00258/2007
00481/2007
00880/2006
00811/2006
00207/2007
CAMPOS ETAYO, FRANCISCO JAVIER ....................
CUADROS MORALES, PEDRO MANUEL ..................
ERBURU ELIZONDO, JESUS ....................................
OSES GOICOECHEA, KATALIN .................................
SAENZ SAINZ, DANIEL ............................................
MATRICULA
NA1028AV
NA0208AV
NA7030AT
NA8730BC
NA9198AP
5711
HORA
17:30
11:38
01:00
21:00
22:55
13:55
01:17
01:16
09:40
01:15
11:45
21:00
17:45
20:00
13:24
23:05
11:18
00:30
13:55
13:22
04:35
08:25
01:10
12:50
01:30
02:20
16:45
21:05
21:25
01:10
02:45
02:00
10:45
01:20
00:10
00:35
00:10
05:10
00:50
20:50
08:00
00:45
02:45
01:05
01:50
01:20
17:10
05:10
INFRACCION
LSV-39.2.C RGC-94.2.C
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.1.D RGC-94.1.D
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-38.3 RGC-91.1
LSV-39.1.D RGC-94.1.D
LSV-39.2.C RGC-94.2.C
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.1.D RGC-94.1.D
LSV-39.2.A RGC-94.2.A
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.2.C RGC-94.2.C
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.1.D RGC-94.1.D
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-38.3 RGC-91.1
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2.C RGC-94.2.C
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-38.3 RGC-91.1
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.1.B RGC-94.1.B
LSV-38.3 RGC-91
LSV-72.3
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-38.3 RGC-91.1
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.2 RGC-94.2
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.1.B RGC-94.1.B
IMPORTE
INFRACCION
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
60,00
100,00
100,00
100,00
60,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
60,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
60,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
100,00
60,00
60,00
60,00
60,00
600,00
100,00
100,00
100,00
100,00
60,00
100,00
60,00
PUNTOS
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
L0706887
b) Personándose en la Oficina gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y dos apellidos, número
de expediente y matrícula.
3. Las alegaciones presentadas, y en su caso, la práctica de
prueba solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida,
por lo que han sido desestimadas. Las causas de la desestimación se
encuentran en el expediente. Se pone en conocimiento del interesado
que el expediente se encuentra a su disposición en la Oficina gestora
sita en la calle Erletokieta número 1-1.º derecha, de Pamplona, donde
de 8,30 a 14,00 horas y en días laborables podrá ser examinado y solicitarse copias de los documentos en él obrante.
4. De conformidad con lo dispuesto en el art. 13 del Real Decreto
320/1994, de 25 de febrero, en el plazo de 15 días hábiles contados
desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime pertinente, y presentar
los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo en la Oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha de Pamplona; en
el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
5. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Burlada, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Jefe de policía.
DIRECCION
FECHA
DENUNCIA
HORA
BATONDOA, 3 ...........................................................
AUZALOR, . ..............................................................
BASILIO ARMENDARIZ, 1 ........................................
MOREA, 1-3 .............................................................
HILARION ESLAVA, 20 IMPAR ................................
10/02/2007
05/03/2007
07/08/2006
03/07/2006
20/02/2007
23:40
02:40
10:15
08:40
22:55
INFRACCION
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-38.3 RGC-91.2
LSV-39.2.C RGC-94.2.C
LSV-39.2.D RGC-94.2.D
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
IMPORTE
INFRACCION
60,00
100,00
96,00
96,00
100,00
PUNTOS
0
0
0
0
0
L0706899
5712
Lunes, 21 de mayo de 2007
CASTEJON
Notificaciones de requerimientos sobre vehículos abandonados
No habiéndose podido realizar las notificaciones de requerimientos
sobre el vehículo abandonado a que se hace referencia en el artículo
71.1.a) de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la citada
notificación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:
Vehículo: Fiat Tempra SE, matrícula: XC-6748. Propietario: Ernesto
Pereira Silvestre.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a) de la Ley
sobre Tráfico, si en el plazo de quince días naturales contados a partir
de la fecha de publicación de la presente notificación el vehículo no es
retirado del lugar donde se encuentra depositado, el mismo se considerará residuo sólido urbano y se le dará el tratamiento oportuno.
Castejón, 23 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Francisco
Javier Sanz Carramiñana.
L0706752
CASTEJON
Notificación de denuncia
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico
que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se
publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de
los denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. Por Decreto de Alcaldía, ha sido designado Instructor de este
expediente, al interventor del Ayuntamiento.
2. El órgano competente para la resolución de este expediente es
la Alcaldía, de conformidad con el artículo 15 del RD 320/94 y artículo
68.2 del RDL 339/94.
3. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la publicación la Notificación de la Denuncia.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 2054 0030 - 62 - 9145030199.
b) Personándose en la Oficina Gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y apellidos, número de
expediente y matrícula.
4. El abono de la multa con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o licencia de conducir, implicará únicamente la renuncia a formular
alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar
resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes (artículo 67.1 de la Ley sobre Tráfico).
5. En todo caso el denunciado si no está de acuerdo con la denuncia, y no ha renunciado a formular alegaciones mediante el abono
NUMERO
EXPEDIENTE
00024/2007
00023/2007
NOMBRE INFRACTOR
MATRICULA
KHALILI MOHAMED ................................................. NA9084AP
MORENO MAYA, JOSE ............................................. CR4851Y
B.O. de Navarra−Número 63
de la multa con la reducción del 30%, tiene un plazo de 15 días hábiles
contados desde el siguiente a la notificación de la denuncia, para alegar
cuanto considere conveniente para su defensa y proponer las pruebas
que estime oportunas, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General del Ayuntamiento, en las oficinas de Geserlocal, sitas en la calle Erletokieta, número 1-1.º derecha, de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre.
6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.3 del R.D.
Legislativo 339/90 de 2 de marzo se requiere expresamente alTitular
del vehículo para que proceda a la identificación del conductor responsable de la infracción. Dicha identificación deberá realizarla en el plazo
de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción
de esta notificación, mediante escrito presentado a tal efecto en la Oficina Gestora sita en la calle Erletokieta, nº 1-1º derecha de Pamplona;
en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares
señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en
el cual deberá constar el nombre, dos apellidos, DNI y domicilio completo del conductor identificado. En caso de no realizar dicha identificación se sancionará al titular del vehículo como autor de una infracción
Muy Grave con multa de 600 euros.
7. Responderá en los mismos términos si, por causa que le sea
imputable, no es posible notificar la denuncia al conductor que identifique, conforme a lo dispuesto en el artículo 72.3 del RDL 339/1990 de
2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (LSV).
8. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará Propuesta de
Resolución y se elevará a Alcaldía, que es el órgano competente para
sancionar. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe". Se señala así mismo, que el
expediente se encuentra a su disposición en la oficina gestora sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona de 8:30 a 14:00 horas y
en días laborables podrán examinarlo y solicitar las copias que desee
de los documentos en él obrantes.
9. En las infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo
mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de
infracciones muy graves, en todo caso, la sanción de suspensión por
el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses. (Artículo 67.1
de la Ley sobre Tráfico).
10. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12
del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, se notifica la denuncia al
titular del vehículo como presunto infractor.
11. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en
la oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
12. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un
año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de
éste.
13. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Castejón, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Interventor.
FECHA
DENUNCIA
HORA
ALFARO, S/N ............................................................ 15/03/2007
PLAZA ESPAÑA, S/N ................................................ 06/03/2007
19:53
19:30
DIRECCION
CASTEJON
Notificación de sanción
No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por
esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la siguientes relación, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo
Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Expediente: 2006/83. Propietario-Matrícula: Amelia Torre Medina.
(S-9326-AG). Lugar: Cuartel, s/n. Fecha: 10-06-2006. Hora: 20:20. Importe: 150. Puntos que se pierden: 0. LSV: -. RGC: 117.1. ORD: -.
INFRACCION
LSV-38.3 RGC-91.1
LSV-38.3 RGC-91.1
IMPORTE
INFRACCION
30,00
30,00
PUNTOS
0
0
L0706826
La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles
siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin
que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por
el procedimiento de apremio.
Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación
o notificación.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a
su publicación o notificación o,
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra
dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del
presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Castejón, 26 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Fco. Javier
Sanz Carramiñana.
L0706945
CINTRUENIGO
Notificación de sanciones por infracciones de tráfico
No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por
esta Alcaldía por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico que
figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como en
el Tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los
denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. La multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince días
hábiles, siguientes a la fecha de su firmeza.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta:
2054-0029-14-9142343690.
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00618/2006
00601/2006
00461/2006
00560/2006
00675/2006
00570/2006
00455/2006
00635/2006
00025/2007
00602/2006
00594/2006
00246/2006
00575/2006
00644/2006
00363/2006
00553/2006
00597/2006
00027/2007
00372/2006
00640/2006
00502/2006
00652/2006
00354/2006
BENDJERIOU SEDJERARI, EL HADJ .......................
CADENA GARZON, FRANCISCO DAMIAN ................
DEL RIO DELGADO, FCO. JAVIER ...........................
GALILEA CATALAN, ESMERALDA ............................
GARCIA RAMIREZ, JOSE MANUEL ..........................
GARRIDO MILA, FATIMA JUDITH ............................
GUILLEN MARTINEZ, FIDEL .....................................
HAFIDI RACHID ........................................................
HERNANDEZ MAGALLON, JOSE ANTONIO .............
KHARRAT MOHAMMED ...........................................
KHARRAT MOHAMMED ...........................................
MADURGA CALAHORRA, DIEGO .............................
MAHOMMED KHARRAT ...........................................
MARCOS FERNANDEZ, TAMARA .............................
NARVAIZA TRASPADERNE, FRANCISCO .................
OLIVER PERELLO, JOSE ..........................................
PEREZ SOLANA, ANUNCIACION ..............................
PEREZ SOLANA, ANUNCIACION ..............................
RUIZ GOMEZ, GRACIA .............................................
SANCHEZ SANCHEZ, JOSE GREGORIO ...................
SEIJAS FERREIRA, IMANOL ....................................
SIMON RAZQUIN, JAVIER .......................................
TABARES SANCHEZ, OSCAR DE JESUS .................
MATRICULA
LO4180M
2194CRY
SO2169F
3341CYB
9597DHD
TE1824G
LO6614G
T3025AP
NA5654AV
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2709CJM
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M9288NK
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2018BDF
NA5812BC
SS8121BF
3922CMD
0068DPL
5713
b) Personándose en la oficina gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y dos apellidos, número
de expediente y matrícula.
2. Transcurrido el citado plazo de pago sin que se hubiera abonado la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de
apremio, con el correspondiente recargo del 20%, así como los intereses de demora que pudieran aplicarse.
3. Contra esta Resolución cabe interponer optativamente uno de
los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
esta resolución.
b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.
c) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de los
Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a la notificación de esta resolución.
4. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Cintruénigo, 19 de abril de 2007.−El Alcalde, Faustino León Chivite.
DIRECCION
FECHA
DENUNCIA
HORA
LA LIBERTAD, 8 .......................................................
FRANCISCO CHIVITE, 3 ...........................................
AVENIDA DE LA ESTACION - MERINDADES ...........
PAMPLONA, 8 ..........................................................
LA LIBERTAD, 4 .......................................................
PARKIN CENTRO DE SALUD MIGUEL SERVET .......
AVENIDA DE ESPAÑA, S/N ......................................
AVENIDA DE LAS MERINDADES .............................
AVENIDA DE LAS MERINDADES, 15 .......................
LA LIBERTAD, 3 .......................................................
LA LIBERTAD, 3 .......................................................
TRAVESIA SARASATE, S/N ......................................
LA RUA, S/N .............................................................
DONANTES DE SANGRE - AVDA RUBIO .................
CANTARRONDAS, S/N .............................................
LA LIBERTAD, 2 .......................................................
DEL MOLINO (CRUCE CON C/ VALLEJO), - ............
RUBIO, 13 ................................................................
PLAZA DE LOS FUEROS, 2 ......................................
HILARION ESLAVA, S/N ...........................................
LA LIBERTAD, S/N ...................................................
PARKING CENTRO DE SALUD .................................
SARASATE ................................................................
25/10/2006
01/11/2006
07/09/2006
16/10/2006
26/12/2006
17/10/2006
04/09/2006
03/12/2006
24/01/2007
01/11/2006
04/11/2006
14/05/2006
17/10/2006
08/12/2006
30/07/2006
17/10/2006
01/11/2006
22/01/2007
07/08/2006
01/12/2006
16/09/2006
14/11/2006
16/07/2006
21:15
11:40
14:40
11:10
21:25
12:10
04:30
02:50
17:00
11:30
05:00
20:18
02:00
21:20
19:00
12:20
16:10
17:30
17:20
13:35
21:15
11:55
13:05
CINTRUENIGO
Notificación propuesta de resolución
No habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución
que se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de edictos
del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe".
2. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que haya tenido lugar la
notificación del Boletín de Denuncia o la notificación posterior de la
Denuncia por el Instructor del expediente.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 2054 0029 - 14 - 9142343690.
INFRACCION
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
OM-D.A. 55 7A
OM-22-39.06
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-53.1 RGC-171
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-38.3 RGC-91.2.C
LSV-53.1 RGC-171
LSV-53.1 RGC-132.1
OM-D.A. 55 7A
LSV-53.1 RGC-132.1
LSV-53.1 RGC-132.1
OM-D.A. 55 7A
LSV-53.1 RGC-132.1
IMPORTE
INFRACCION
30,00
30,00
100,00
30,00
100,00
30,00
100,00
100,00
30,00
30,00
30,00
100,00
30,00
30,00
30,00
100,00
30,00
30,00
30,00
30,00
30,00
30,00
30,00
PUNTOS
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
L0706852
b) Personándose en la Oficina gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y dos apellidos, número
de expediente y matrícula.
3. Las alegaciones presentadas, y en su caso, la práctica de
prueba solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida,
por lo que han sido desestimadas. Las causas de la desestimación se
encuentran en el expediente. Se pone en conocimiento del interesado
que el expediente se encuentra a su disposición en la Oficina gestora
sita en la calle Erletokieta número 1-1.º derecha, de Pamplona, donde
de 8,30 a 14,00 horas y en días laborables podrá ser examinado y solicitarse copias de los documentos en él obrante.
4. De conformidad con lo dispuesto en el art. 13 del Real Decreto
320/1994, de 25 de febrero, en el plazo de 15 días hábiles contados
desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime pertinente, y presentar
los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo en la Oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha de Pamplona; en
el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
5. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Cintruénigo, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Jefe de policía.
5714
NUMERO
EXPEDIENTE
00513/2006
Lunes, 21 de mayo de 2007
NOMBRE INFRACTOR
MATRICULA
MADURGA MARTINEZ, JESUS ................................ 7669DCL
B.O. de Navarra−Número 63
FECHA
DENUNCIA
HORA
INFRACCION
IMPORTE
INFRACCION
ARRABAL, 75 ........................................................... 01/10/2006
13:35
LSV-53.1 RGC-132.1
30,00
DIRECCION
CORELLA
Notificación de anuncio
Desconociéndose el domicilio de doña Mercedes Garísoain y Bisie,
titular registral de la parcela catastral 429, del polígono 7, de Corella,
−inscrita al tomo 203, libro 25, folio 210, finca 1903− afectada en parte
por el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de ejecución 3 del Area
de Reparto 1 del Plan Municipal se Corella, se hace saber que la Junta
de Gobierno Local del Ayuntamiento de Corella, adoptó con fecha 30
de marzo de 2007, el siguiente acuerdo:
"Resultando que en sesión de la Junta de Gobierno Local celebrada
el día 28 de diciembre de 2006, se adopto acuerdo aprobando inicialmente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de ejecución 3,
del área de Reparto 1, del Plan Municipal, promovido por la Junta de
Compensación de dicha Unidad.
Resultando que el expediente ha sido objeto de información pública
mediante inserción de anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 16, de 5 de febrero de 2007 y se notificó individualmente a los
afectados.
Resultando que en la fase de exposición pública se ha presentado
una alegación.
Resultando que en escrito presentado por doña Inmaculada Aragón,
en representación de la Junta de Compensación de la Unidad de ejecución 3, se deja constancia de que desde la aprobación inicial del
Proyecto de Reparcelación de la Unidad, se han presentado diferentes
escrituras de compraventa.
Se acuerda por unanimidad de los presentes:
Primero: resolver la siguiente alegación:
Alegación número 1, presentada por el Ayuntamiento de Corella.
Resultando que el Ayuntamiento de Corella solicita que la parcela
resultante 3.11 que le ha sido adjudicada en el Proyecto de Reparcelación se divida en cuatro parcelas resultantes.
Considerando que la división planteada respeta los parámetros de
parcela mínima, por lo que no se aprecia inconveniente en la división
pretendida.
Se acuerda por unanimidad de los presentes:
Primero: Estimar la alegación presentada por el Ayuntamiento de
Corella, adjudicándole las parcelas resultantes U3.11-1, U3.11-2,
U3.11-3 y U3.11-4.
Segundo: Actualizar en el Proyecto de Reparcelación los titulares
de las parcelas que han sido objeto de transmisión que son las siguientes:
−Parcela catastral 430 a favor de la mercantil Parque Residencial
Araceli, S.L., según escritura otorgada de 16 de noviembre de 2006,
ante la Notario de Corella, doña María Pilar García Lamarca, número
2032 de su protocolo.
−Parcela catastral 555 a favor por mitad e iguales partes de doña
Ana y doña Esther Bermejo Lázaro, según escritura otorgada de 23 de
noviembre de 2006, ante la Notario de Corella, doña María Pilar García
Lamarca, número 2068 de su protocolo.
−Parcela catastral 431 a favor de Ascensión Lázaro Láinez, según
escritura otorgada de 23 de noviembre de 2006, ante la Notario de
Corella, doña María Pilar García Lamarca, número 2069 de su protocolo.
Tercero: Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de
la UE-3 del AR1 del Plan Municipal de Corella, recogiendo las determinaciones estimadas en la alegación presentada y la actualización de
titulares de acuerdo con el punto segundo de este acuerdo.
Cuarto: Requerir a la Junta de Compensación para que presente
Texto Refundido de la Reparcelación recogiendo las determinaciones
de la aprobación definitiva, al objeto de proceder a la diligenciación del
mismo".
Lo que se hace público a efectos de su notificación a doña Mercedes Garísoain y Bisie.
Corella, 16 de abril de 2007.−El Alcalde, firma ilegible.
L0706508
CORELLA
Notificación de anuncio
Desconociéndose el domicilio de doña María Dolores Campos Ardanaz, titular de la parcela catastral 429, del polígono 7, de Corella,
afectada en parte por el Proyecto de reparcelación de la Unidad de
ejecución 3, del Area de Reparto 1, del Plan Municipal de Corella, se
PUNTOS
0
L0706902
hace saber, que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Corella, adoptó con fecha 30 de marzo de 2007, el siguiente acuerdo:
"Resultando que en sesión de la Junta de Gobierno Local celebrada
el día 28 de diciembre de 2006, se adopto acuerdo aprobando inicialmente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de ejecución 3
del área de Reparto 1 del Plan Municipal, promovido por la Junta de
Compensación de dicha Unidad.
Resultando que el expediente ha sido objeto de información pública
mediante inserción de anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 16, de 5 de febrero de 2007 y se notificó individualmente a los
afectados.
Resultando que en la fase de exposición pública se ha presentado
una alegación.
Resultando que en escrito presentado por doña Inmaculada Aragón,
en representación de la Junta de Compensación de la Unidad de ejecución 3, se deja constancia de que desde la aprobación inicial del
Proyecto de Reparcelación de la Unidad, se han presentado diferentes
escrituras de compraventa.
Se acuerda por unanimidad de los presentes:
Primero: resolver la siguiente alegación:
Alegación número 1, presentada por el Ayuntamiento de Corella.
Resultando que el Ayuntamiento de Corella, solicita que la parcela
resultante 3.11 que le ha sido adjudicada en el Proyecto de Reparcelación, se divida en cuatro parcelas resultantes.
Considerando que la división planteada respeta los parámetros de
parcela mínima, por lo que no se aprecia inconveniente en la división
pretendida.
Se acuerda por unanimidad de los presentes:
Primero: Estimar la alegación presentada por el Ayuntamiento de
Corella, adjudicándole las parcelas resultantes U3.11-1, U3.11-2,
U3.11-3 y U3.11-4.
Segundo: Actualizar en el Proyecto de Reparcelación los titulares
de las parcelas que han sido objeto de transmisión que son las siguientes:
−Parcela catastral 430 a favor de la mercantil Parque Residencial
Araceli, S.L., según escritura otorgada de 16 de noviembre de 2006,
ante la Notario de Corella, doña María Pilar García Lamarca, número
2032 de su protocolo.
−Parcela catastral 555 a favor por mitad e iguales partes de doña
Ana y doña Esther Bermejo Lázaro, según escritura otorgada de 23 de
noviembre de 2006, ante la Notario de Corella, doña María Pilar García
Lamarca, número 2068 de su protocolo.
−Parcela catastral 431 a favor de Ascensión Lázaro Láinez, según
escritura otorgada de 23 de noviembre de 2006, ante la Notario de
Corella, doña María Pilar García Lamarca, número 2069 de su protocolo.
Tercero: Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de
la UE-3 del AR1 del Plan Municipal de Corella, recogiendo las determinaciones estimadas en la alegación presentada y la actualización de
titulares de acuerdo con el punto segundo de este acuerdo.
Cuarto: Requerir a la Junta de Compensación para que presente
Texto Refundido de la Reparcelación, recogiendo las determinaciones
de la aprobación definitiva, al objeto de proceder a la diligenciación del
mismo".
Contra el presente acuerdo cabe interponer optativamente, uno de
los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
la resolución.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al
de la notificación de esta resolución.
c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Lo que se hace público a efectos de su notificación a doña María
Dolores Campos Ardanaz.
Corella, 16 de abril de 2007.−El Alcalde, firma ilegible.
L0706509
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
CORELLA
5715
CORELLA
Notificación de anuncio
Notificación de resolución
Desconociéndose el domicilio de doña María Dolores Campos Ardanaz, titular de la parcela catastral 429, del polígono 7, de Corella,
afectada por el Convenio de gestión a suscribir entre este Ayuntamiento
y la Junta de Compensación de la UE-3 del Area de Reparto 1 del Plan
Municipal se Corella, se hace saber que el Pleno Municipal en sesión
celebrada el día 27 de marzo de 2007, adopto el siguiente acuerdo:
"Resultando que en sesión del Pleno Municipal celebrada el día 26
de diciembre de 2006, se adoptó acuerdo de aprobación inicial del
Convenio Urbanístico con la Unidad de ejecución 3 del Area de Reparto
1 del Plan Municipal, promovido por la Junta de Compensación de dicha
Unidad.
Resultando que el expediente ha sido objeto de información pública
mediante inserción de anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 19, de 12 de febrero de 2007, no habiéndose recibido alegación
alguna.
Considerando lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de Ordenación
del Territorio y Urbanismo.
Considerando informe favorable de la Comisión de Urbanismo de
fecha 15 de marzo de 2007.
Se acuerda por unanimidad de los presentes:
Primero: Aprobar definitivamente el Convenio Urbanístico de Gestión entre el Ayuntamiento de Corella y la Junta de Compensación de
la Unidad de ejecución 3 del Area de Reparto 1 del Plan Municipal, cuyo
objeto es el cumplimiento del deber legal de cesión del aprovechamiento urbanístico correspondiente al municipio, mediante el pago de
cantidad sustitutoria en metálico".
Contra el presente acuerdo cabe interponer optativamente, uno de
los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
la resolución.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al
de la notificación de esta resolución.
c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Lo que se hace público a efectos de su notificación a doña María
Dolores Campos Ardanaz.
Corella, 16 de abril de 2007.−El Alcalde, firma ilegible.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59-5 y 60 de la Ley
30/92, se hace pública notificación a los denunciados que a continuación se relacionan, con últimos domicilios conocidos en los que se
señalan, de la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores que se indican, formuladas por Policía Municipal, por infracción
al Reglamento General de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto 13/1992, de 17 de enero).
Expediente: 2007/39. Propietario-Matrícula: José Tomás Alfaro Izquierdo, (B-1558-SG). Lugar: Plaza de los Fueros. Fecha: 22-02-2007.
Hora: 14:30. Importe: 91. Puntos que se pierden: 0. LSV: 39. 2. D. RGC:
94. 2. DG. ORD: -.
En el plazo de 15 días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa.
Corella, 18 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Ramón Miguel
Jiménez González.
L0706522
CORELLA
Notificación de sanción
No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por
esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de vehículos a motor que figuran en la siguiente relación, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo
Común y demás legislación aplicable se publica el presente edicto en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Expediente: 2007/18. Propietario-Matrícula: Crispín Malumbres Moreno, (1013-DVC). Lugar: Cañete, "junto clínica dental". Fecha:
17-01-2007. Hora: 17:55. Importe: 60,1. Puntos que se pierden: 0. LSV:
38. 4. RGC: 91. ORD: 11.1.
Expediente: 2007/34. Propietario-Matrícula: Marisol Fernández Fernández, (Z-5314-BP). Lugar: San José, "con c/La Barda". Fecha:
26-01-2007. Hora: 12:05. Importe: 91. Puntos que se pierden: 0. LSV:
38. 3. RGC: 91. 2m. ORD: -.
La multa debe hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles
siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin
que se hubiere satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por
el procedimiento de apremio.
Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en
el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación
o notificación,
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a
su publicación o notificación o,
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra
dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del
presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Corella, 30 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, Ramón Miguel
Jiménez González.
L0706860
L0706861
CORTES
Notificación de bajas por caducidad en padrón municipal de habitantes
El Alcalde del Ayuntamiento de Cortes, ha resuelto declarar la caducidad de la inscripción y acordar la baja en el Padrón Municipal de
Habitantes de este municipio de las personas que se detallan en el
anexo adjunto. Estas bajas se realizaran en base al artículo 16 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
modificado por la Ley Orgánica 14/2003. La fecha de baja será la de la
notificación al interesado o, en su defecto, la fecha de su publicación
en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Habiendo resultado imposible practicar la notificación prevista en el
artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de dicha Ley.
Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los
siguientes recursos:
a) Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo
de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución.
b) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra
en el plazo de un mes, desde la notificación de la misma.
c) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en
el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta
resolución.
Cortes, 23 de abril de 2007. −El Alcalde, Javier Blasco Mendivil.
ANEXO
Nombre y apellidos: Lakhdar Bennekrela. Tarj. Res. o Pasaporte:
3356675. Fecha Nacimiento: 10/08/1957. País de Nacionalidad: Argelia.
Fecha Caducidad: 14/02/2007.
Nombre y apellidos: Mohamed Feghoul. Tarj. Res. o Pasaporte:
3863324. Fecha Nacimiento: 18/08/1973. País de Nacionalidad: Argelia.
Fecha Caducidad: 09/03/2007.
Nombre y apellidos: Khaled Souag. Tarj. Res. o Pasaporte:
01569695. Fecha Nacimiento: 05/09/1979. País de Nacionalidad: Argelia. Fecha Caducidad: 29/03/2007.
Nombre y apellidos: Belkacem Oubraham. Tarj. Res. o Pasaporte:
X3706314W. Fecha Nacimiento: 11/10/1972. País de Nacionalidad: Argelia. Fecha Caducidad: 23/03/2007.
Nombre y apellidos: Antonio Gerardo Fernandez Maila. Tarj. Res.
o Pasaporte: X4562581W. Fecha Nacimiento: 03/12/1971. País de Nacionalidad: Ecuador. Fecha Caducidad: 15/04/2007.
Nombre y apellidos: Mohammed Benattallah. Tarj. Res. o Pasaporte: 2655968. Fecha Nacimiento: 16/11/1977. País de Nacionalidad:
Argelia. Fecha Caducidad: 31/03/2007.
L0706714
EGÜES
Notificación de expediente de baja de oficio en el Padrón municipal
de habitantes de Ayuntamiento del Valle de Egüés
No habiendo podido ser notificado el inicio de expediente administrativo para proceder a la baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes, por inscripción indebida, de conformidad con lo previsto en el
artículo 72, en relación con el artículo 54 del Real Decreto 2612/1996,
de las personas que se relacionan a continuación, se procede a su
notificación por medio de anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y
5716
Lunes, 21 de mayo de 2007
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Egüés y en cumplimiento
del artículo 72 del Real Decreto 2612/1996, se otorga un plazo improrrogable de quince días hábiles, a contar desde la fecha de publicación
del presente edicto, para que los interesados puedan alegar y presentar
cuantos documentos y justificaciones estimen pertinente, al objeto de
acreditar su residencia efectiva y habitual:
Nombre: Don Alois Ensfellner. Domicilio: Calle Camino Real, 27,
Gorraiz.
Egüés, 18 de abril de 2007.−El Alcalde-Presidente, José A. Andía
García de Olalla.
L0706561
VALLE DE EGÜES
Notificación de denuncia
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico
que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se
publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de
los denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. Por Decreto de Alcaldía, ha sido designado Instructor de este
expediente, el Jefe de Policía.
2. El órgano competente para la resolución de este expediente es
la Alcaldía, de conformidad con el artículo 15 del RD 320/94 y artículo
68.2 del RDL 339/94.
3. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la publicación la Notificación de la Denuncia.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 3008 0091 - 77 - 1571445020.
b) Personándose en la Oficina Gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y apellidos, número de
expediente y matrícula.
4. El abono de la multa con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o licencia de conducir, implicará únicamente la renuncia a formular
alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar
resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes (artículo 67.1 de la Ley sobre Tráfico).
5. En todo caso el denunciado si no está de acuerdo con la denuncia, y no ha renunciado a formular alegaciones mediante el abono
de la multa con la reducción del 30%, tiene un plazo de 15 días hábiles
contados desde el siguiente a la notificación de la denuncia, para alegar
cuanto considere conveniente para su defensa y proponer las pruebas
que estime oportunas, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General del Ayuntamiento, en las oficinas de Ge-
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00073/2007
00051/2007
00131/2006
00003/2007
00060/2007
00037/2007
00132/2006
00001/2007
00057/2007
00063/2007
00061/2007
ALDAKIN. S.L. ..........................................................
CORTES ALFARO, JUAN CRUZ ................................
GESTION SOCIAL SAN ADRIAN, S.A. ......................
ITEKO CORTES, S.L. ................................................
MAMOUN SRAIS ......................................................
MANTENIMIENTOS Y REF. DEL MONCAYO, S.L. ....
ML INSTANTE, S.L. ..................................................
ML INSTANTE, S.L. ..................................................
SERVILIM NAVARRA LIMP. Y MANTENIM., S.L. ....
TRANS D ARAGO, S.L. .............................................
ZORTZIOK, S.C.L. .....................................................
serlocal, sitas en la calle Erletokieta, número 1-1.º derecha, de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre.
6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.3 del R.D.
Legislativo 339/90 de 2 de marzo se requiere expresamente alTitular
del vehículo para que proceda a la identificación del conductor responsable de la infracción. Dicha identificación deberá realizarla en el plazo
de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción
de esta notificación, mediante escrito presentado a tal efecto en la Oficina Gestora sita en la calle Erletokieta, nº 1-1º derecha de Pamplona;
en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares
señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en
el cual deberá constar el nombre, dos apellidos, DNI y domicilio completo del conductor identificado. En caso de no realizar dicha identificación se sancionará al titular del vehículo como autor de una infracción
Muy Grave con multa de 600 euros.
7. Responderá en los mismos términos si, por causa que le sea
imputable, no es posible notificar la denuncia al conductor que identifique, conforme a lo dispuesto en el artículo 72.3 del RDL 339/1990 de
2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (LSV).
8. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará Propuesta de
Resolución y se elevará a Alcaldía, que es el órgano competente para
sancionar. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe". Se señala así mismo, que el
expediente se encuentra a su disposición en la oficina gestora sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona de 8:30 a 14:00 horas y
en días laborables podrán examinarlo y solicitar las copias que desee
de los documentos en él obrantes.
9. En las infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo
mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de
infracciones muy graves, en todo caso, la sanción de suspensión por
el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses. (Artículo 67.1
de la Ley sobre Tráfico).
10. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12
del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, se notifica la denuncia al
titular del vehículo como presunto infractor.
11. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en
la oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
12. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un
año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de
éste.
13. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Valle de Egües, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Jefe de policía.
DIRECCION
FECHA
DENUNCIA
, ................................................................................
BARDENAS REALES - SARRIGUREN, 9 ..................
, ................................................................................
, ................................................................................
CLINICA UBARMIN -ELCANO ...................................
IBIA - SARRIGUREN, 18 ..........................................
, ................................................................................
, ................................................................................
NA-150 KM 1.5 (GASOLINERA) - EL CANO ............
REINO DE NAVARRA - SARRIGUREN, 8 .................
PUERTA DE PAMPLONA - SARRIGUREN, 7 ...........
27/03/2007
06/02/2007
11/12/2006
25/01/2007
12/02/2007
29/01/2007
11/12/2006
25/01/2007
29/01/2007
14/02/2007
12/02/2007
MATRICULA
NA8147AV
C1711BHZ
1102CSP
2230BMW
BI5398BU
5281FKM
NA1921BB
NA1921BB
2359DNT
L1733W
NA2108BD
B.O. de Navarra−Número 63
VALLE DE EGÜES
Notificación de sanciones por infracciones de tráfico
No habiendo podido ser notificadas las sanciones impuestas por
esta Alcaldía por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico que
figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como en
el Tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los
denunciados.
HORA
10:13
09:35
12:05
15:15
08:35
18:30
INFRACCION
LSV-72.3
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-72.3
LSV-72.3
LSV-38.1 RGC-91.1
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-72.3
LSV-72.3
LSV-9.2 RGC-3.1
LSV-53.1 RGC-153
LSV-38.3 RGC-91.2.M
IMPORTE
INFRACCION
600,00
60,00
600,00
600,00
60,00
60,00
600,00
600,00
150,00
60,00
95,00
PUNTOS
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
L0706827
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. La multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince días
hábiles, siguientes a la fecha de su firmeza.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 3008 0091 - 77 - 1571445020.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
b) Personándose en la oficina gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y dos apellidos, número
de expediente y matrícula.
2. Transcurrido el citado plazo de pago sin que se hubiera abonado la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de
apremio, con el correspondiente recargo del 20%, así como los intereses de demora que pudieran aplicarse.
3. Contra esta Resolución cabe interponer optativamente uno de
los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
esta resolución.
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00173/2006
00072/2006
00068/2006
00138/2006
00084/2006
00110/2006
00190/2006
00168/2006
00197/2006
00119/2006
00115/2006
BERMEJO MARTINEZ, CARLOS ...............................
DE CARLOS RAMOS, AITZOL ..................................
EZQUER RECALDE, IMANOL ....................................
FERNANDEZ PEREZ, JUAN FRANCISCO ..................
GARCIA LECUMBERRI, CRISTINA ...........................
GOMEZ GONZALEZ, ANDRES ..................................
HUARTE GOÑI, PABLO .............................................
MARTIN RUIZ, MARCO ANTONIO ...........................
MONREAL BEGUIRISTAIN, VICTOR MANUEL .........
VELAZQUEZ ESPINOSA, JOSE ANTONIO ................
VIDAURRE GIMENEZ, GUSTAVO .............................
MATRICULA
NA7576AM
4527DSN
VI4931T
9395FCH
NA2476BD
9740FBF
9098BMP
6912DWN
2634BHC
GR4184AG
0647CPV
PLAZA PALACIO DE GORRAIZ - GORRAIZ .............
PLAZA PALACIO DE GORRAIZ - GORRAIZ, 5 .........
REINO DE NAVARRA - SARRIGUREN, 8 .................
IBIA - SARRIGUREN, 13 ..........................................
PLAZA PALACIO DE GORRAIZ - GORRAIZ, TRAERA
IBIA - SARRIGUREN, 18 ..........................................
CLINICA UBARMIN -ELCANO ...................................
CENER - SARRIGUREN ............................................
AVENIDA DE EGUES - GORRAIZ .............................
REINO DE NAVARRA - SARRIGUREN .....................
REINO DE NAVARRA - SARRIGUREN .....................
Notificación propuesta de resolución
No habiendo podido ser notificadas las propuestas de resolución
que se relacionan a continuación, dictadas en los expedientes sancionadores que se detallan incoados por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de edictos
del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico
1. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe".
2. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que haya tenido lugar la
notificación del Boletín de Denuncia o la notificación posterior de la
Denuncia por el Instructor del expediente.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta:
3008-0091-77-1571445020.
NUMERO
EXPEDIENTE
00046/2007
00029/2007
NOMBRE INFRACTOR
MATRICULA
BORRAJO GARCIA, BEATRIZ ................................... GR9858AU
LANAS NAPAL, RAFAEL ........................................... NA2864AX
b) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.
c) Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de los
Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde
el día siguiente a la notificación de esta resolución.
4. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Valle de Egüés, 19 de abril de 2007.−El Alcalde, Jose A. Andía.
DIRECCION
VALLE DE EGÜES
5717
FECHA
DENUNCIA
HORA
06/12/2006
30/08/2006
25/08/2006
03/11/2006
09/09/2006
10/10/2006
20/12/2006
01/12/2006
28/12/2006
16/10/2006
15/10/2006
00:15
17:50
11:55
16:05
14:00
12:20
11:45
09:36
16:36
12:22
20:30
FECHA
DENUNCIA
HORA
CLINICA UBARMIN -ELCANO - PARKING ............... 12/02/2007
PASEO CHAMPAGNAT - SARRIGUREN, 3 ............... 03/02/2007
09:20
02:15
EDICTO
No habiendo podido ser comunicada la instalación de Actividad
Clasificada en Sarriguren a las personas que se detallan, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente
edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del
Ayuntamiento o Concejo de residencia de los interesados.
"En cumplimiento de lo establecido en el artículo 57.2 de la Ley
Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Am-
LSV-39.2.D RGC-94.2.D
LSV-38.3 RGC-91.1
LSV-53.1 RGC-154
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.2.D RGC-94.2.D
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
LSV-39.2.D RGC-94.2.D
LSV-38.1 RGC-91.1
LSV-11.3 RGC-18.2
LSV-11.3 RGC-18.2
LSV-53.1 RGC-132.1
IMPORTE
INFRACCION
95,00
60,00
95,00
60,00
95,00
95,00
95,00
60,00
150,00
150,00
95,00
PUNTOS
0
0
0
0
0
0
0
0
3
0
0
L0706853
b) Personándose en la Oficina gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y dos apellidos, número
de expediente y matrícula.
3. Las alegaciones presentadas, y en su caso, la práctica de
prueba solicitada, en modo alguno desvirtúan la infracción cometida,
por lo que han sido desestimadas. Las causas de la desestimación se
encuentran en el expediente. Se pone en conocimiento del interesado
que el expediente se encuentra a su disposición en la Oficina gestora
sita en la calle Erletokieta número 1-1.º derecha, de Pamplona, donde
de 8,30 a 14,00 horas y en días laborables podrá ser examinado y solicitarse copias de los documentos en él obrante.
4. De conformidad con lo dispuesto en el art. 13 del Real Decreto
320/1994, de 25 de febrero, en el plazo de 15 días hábiles contados
desde el siguiente a la notificación de la presente propuesta de resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime pertinente, y presentar
los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo en la Oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha de Pamplona; en
el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
5. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Valle de Egúés, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Jefe de policía.
DIRECCION
EGÜES
INFRACCION
INFRACCION
LSV-38.3 RGC-91.1
LSV-39.2.E RGC-94.2.E
IMPORTE
INFRACCION
60,00
60,00
PUNTOS
0
0
L0706903
biental, le comunico que se tramita en este Ayuntamiento Proyecto de
Instalación de cafetería en local de edificio en la S.2.1 de Gorraiz, promovido por Construcciones Juan Bautista Flores, S.A.
Dicha documentación técnica se encuentra a su disposición para
su revisión por plazo de quince días desde la publicación del presente
anuncio".
Interesados:
Miguel Angel Zalba Echezuri y María Soledad Ibáñez Iriso
Egüés, 20 de abril de 2007.−El Alcalde, José A. Andía García de
Olalla.
L0706959
5718
Lunes, 21 de mayo de 2007
ESTERIBAR
EDICTO
De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no
haber podido notificarse la inclusión de los siguientes en la Contribución
Territorial, se hace publica la inclusión de:
DNI 015736580, María Carmen Arraiza, Rodríguez-Monte, calle
Padre Damian, número 15-1.º Madrid.
DNI 044627199, Javier Marturet Ilundáin, Avda. Esteribar, 275-1.º
D, Olloki (Navarra).
CIF B31765530, La Gauchada 2002, S.L., Centro Comercial La
Morea, 1-8, Cordovilla (Navarra).
Documento número 800593967, María José Mendeguía García, CL
5484 Silver Sage - Larson City NV 89701 (EEUU).
Documento número 800085759, María Teresa Mendeguía García,
CL. 3317 Plymouth DR, Carson City NV89705 (EEUU)
DNI 16335446 Josefa García Lifur, calle Somosierra, 21-11 C 26002 Logroño.
Documento número 801534481, Esperanza García Lifur, calle 602
Sugar Tree, Reno NV89509 (EEUU).
Documento número 250006449, Jacqueline García Mendeguía calle
1591 HWY 395, Minden NV89423 (EEUU).
Documento número 366113231, Carlos García Mendeguía calle
2570 Gentry Lane, Carson City NV89701 (EEUU).
DNI 018200472, Francisco Javier Unzué Alastuey, calle Luis Morondo Urra, 4 oficina 6, Pamplona.
DNI 072654037, María Felipa Arrieta Eugui, calle Tafalla, 8, 1.º C
Pamplona.
DNI 072622967, Martín Oroz Paternain, calle Zubiarte, 20-2.º izda.
31620 Huarte.
DNI 015530223, Zacarías Oroz Paternain, calle Zubiarte, 28 - 1.º D
31620 Huarte.
DNI 072623288, Josefina Oroz Paternain, calle Zubiarte, 34, 31620
Huarte.
DNI 029139504, Iñaki Ciordia Ruiz, Avda. Carlos III, 63, 3.º D,
Pamplona.
DNI 015616168, Jesús María Ilarraz Urtasun, calle Alameda Boulevard, 25-5.º Izda. San Sebastián.
DNI 72.642.357 P, María Carmen Burusco Paternain, Parque Ribed,
2-3.º B.
DNI 015770423, María Jesús Burusco Paternain, calle Serafín
Olave, 19-6.º D, Pamplona.
DNI 015756848, Fidel Orradre Aróstegui, calle Serafín Olave, 19-6.º
D, Pamplona.
DNI 29140109 Pablo Eugui Huarte Mendicoa, Plaza San José, 6-3.º
D, Pamplona.
DNI 029138638, Iñigo Ilzarbe Vivanco, Plaza San José, 6-3.º D,
Pamplona.
DNI 015244167, María José Rodríguez Martín, Plaza San José,
6-3.º D, Pamplona.
DNI 028741249, María Angeles García de la Borbolla García De
Paredes, Plaza San José, 6-3.º D, Pamplona.
DNI 015751268, Fernanda Suescun Ascunce, Avda. Villava, 4.º
Izda. Pamplona.
DNI 015750540, Faustina Suescun Ascunce, Avda. Villava, 4.º
IZDA, Pamplona.
DNI 015844052, Jose Suescun Ascunce, Avda. Villava, 4.º izda,
Pamplona.
CIF B31699374, Iprourban 2000, S.L., Avda. Baja Navarra, 2-oficina
3, Pamplona.
Esteribar, 20 de abril de 2007.−El Alcalde, Francisco Javier Borda.
L0706949
HUARTE
Notificación de sanción
De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de
sanción por infracción a La Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación
de vehículos a motor que se relacionan en el Anexo, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y
demás legislación aplicable.
Contra la imposición de tales sanciones cabe interponer potestativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en
el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
B.O. de Navarra−Número 63
b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
dentro del mes siguiente a la fecha de su notificación o publicación del
presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
c) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala
de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Navarra en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a
su publicación o notificación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Huarte, 20 de abril de 2007.−El Alcalde, Amparo Miqueleiz Arraras.
ANEXO
Expediente: 902/06. Propietario: Guillén Mora, Aitor. Matrícula: 6694
DGS. Lugar infracción: Calle Altzutzate N.º 46. Día: 24.11.06. Hora:
09:45. Importe: 90,00 euros. Infracción: 39.2.LSV,94.2 RGC.
Expediente: 920/06. Propietario: Echauri Martínez, Ignacio José M.
Matrícula: NA 6645 AF. Lugar infracción: Aparcamiento en zona reservada a minusválidos. Día: 25.11.06. Hora:18:30. Importe: 92,00 euros.
Infracción: 39.2.LSV,94.2 RGC.
Expediente: 939/06.Propietario: Guerrero Mangas, Miguel. Matrícula: SS 5930 AX. Lugar infracción: Avda. Ugarrandia (Huarte). Día:
31.10.06. Hora:16:00. Importe: 450,00 euros. Infracción: LSV,3.1 RGC.
Expediente: 098/07. Propietario: Erviti OrquÍn, Elena. Matrícula:
0321 DFS. Lugar infracción: Aparcamiento Euskal Jai Berri (C.C.
Itaroa). Día: 13.02.07. Hora: 19:40. Importe: 60,00 euros. Infracción:
39,2.LSV, RGC.
Expediente: 059/07.Propietario: Oroz Yoldi,Elisa. Matrícula: 5433
DBR. Lugar infracción: Aparcamiento Euskal Jai-Itaroa. Día: 19.01.07.
Hora: 12:30. Importe: 92,00 euros. Infracción: 39,2.LSV,91,2 RGC.
L0706776
HUARTE
Notificación de denuncia
De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores
que se indican, a los denunciados que se relacionan en el Anexo.
En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa. Dichas alegaciones se presentarán por escrito en el Registro
Municipal, o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
Asimismo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación
del presente edicto, podrá hacerse efectiva la multa con una reducción
del treinta por ciento de su importe.
Huarte, 20 de abril de 2007.−La Alcaldesa, Amparo Miqueleiz
Arraras.
ANEXO
Expediente: 773/06. Propietario: Jáuregui Pérez, Luis Miguel. Matrícula: 7942 CWB. Lugar infracción: Calle Zubiarte N.º 20. Día:
13.06.06. Hora: 09:15. Importe: 40,00 euros. Infracción: 38.4.LSV.
Expediente: 123/07. Propietario: Ancízar Ezeolaza, Francisco Javier. Matrícula: 3375 DHN. Lugar infracción: Estacionamiento C. C
Itaroa. Día: 10.02.07. Hora: 20:35. Importe: 60,00 euros. Infracción:
94,2.LSV.
Expediente: n131/07.Propietario: Ruiz Pérez, Fco. Javier. Matrícula:
3972 BWG. Lugar infracción: Calle Zubiarte. Día: 07.03.07. Hora: 13:45.
Importe: 60,00 euros. Infracción: 38,3.LSV.
Expediente: 151/07.Propietario: Ziur Navarra, S.A. Matrícula: 7449
CPX. Lugar infracción: Aparcamiento Euskal Jai-Itaroa. Día: 27.03.07.
Hora: 20:55. Importe: 60,00 euros. Infracción: 38,3.LSV.
Expediente: 161/07.Propietario: Tristán Oliver, José Alberto. Matrícula: 9644 CTD. Lugar infracción: Aparcamiento Euskal Jai/Itaroa. Día:
31.03.07. Hora: 19:50. Importe: 60,00 euros. Infracción: LSV.
Expediente: 169/07. Propietario: Fuentes Marín, Diego Jesús. Matrícula: 3802 BYK. Lugar infracción: Calle Sarriguren Bidea con calle
Altzutxate. Día: 03.04.07. Hora: 10:05. Importe: 60,00 euros. Infracción:
38,3.LSV,
L0706777
MILAGRO
Notificación de denuncia
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico
que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se
publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra así como
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de
los denunciados.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de
2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto
13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.
1. Por Decreto de Alcaldía, ha sido designado Instructor de este
expediente, el interventor.
2. El órgano competente para la resolución de este expediente es
la Alcaldía, de conformidad con el artículo 15 del RD 320/94 y artículo
68.2 del RDL 339/94.
3. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante
los 30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la publicación la Notificación de la Denuncia.
Formas de pago:
a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 2054 0038 - 20 - 9145750422.
b) Personándose en la Oficina Gestora del Ayuntamiento sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
c) Giro postal en el que consten nombre y apellidos, número de
expediente y matrícula.
4. El abono de la multa con la reducción anteriormente señalada,
salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o licencia de conducir, implicará únicamente la renuncia a formular
alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar
resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes (artículo 67.1 de la Ley sobre Tráfico).
5. En todo caso el denunciado si no está de acuerdo con la denuncia, y no ha renunciado a formular alegaciones mediante el abono
de la multa con la reducción del 30%, tiene un plazo de 15 días hábiles
contados desde el siguiente a la notificación de la denuncia, para alegar
cuanto considere conveniente para su defensa y proponer las pruebas
que estime oportunas, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General del Ayuntamiento, en las oficinas de Geserlocal, sitas en la calle Erletokieta, número 1-1.º derecha, de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre.
6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.3 del R.D.
Legislativo 339/90 de 2 de marzo se requiere expresamente alTitular
del vehículo para que proceda a la identificación del conductor responsable de la infracción. Dicha identificación deberá realizarla en el plazo
de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción
de esta notificación, mediante escrito presentado a tal efecto en la Oficina Gestora sita en la calle Erletokieta, nº 1-1º derecha de Pamplona;
en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares
NUMERO
EXPEDIENTE
NOMBRE INFRACTOR
00056/2007
00045/2007
00030/2007
00032/2007
00044/2007
AZZI MOHAMMED ....................................................
IBARRA RAMOS, MONICA .......................................
MENDIVIL GARCIA, DANIEL ....................................
SABATE I GRAU, M.TERESA ....................................
VINAGRE VIZUETE, FERNANDO ...............................
MATRICULA
M6868IV
9271BFM
7391DVV
0299CYB
NA6020AW
5719
señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en
el cual deberá constar el nombre, dos apellidos, DNI y domicilio completo del conductor identificado. En caso de no realizar dicha identificación se sancionará al titular del vehículo como autor de una infracción
Muy Grave con multa de 600 euros.
7. Responderá en los mismos términos si, por causa que le sea
imputable, no es posible notificar la denuncia al conductor que identifique, conforme a lo dispuesto en el artículo 72.3 del RDL 339/1990 de
2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre
tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (LSV).
8. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará Propuesta de
Resolución y se elevará a Alcaldía, que es el órgano competente para
sancionar. Los hechos que se consideran probados, la infracción que
constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe". Se señala así mismo, que el
expediente se encuentra a su disposición en la oficina gestora sita en
calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona de 8:30 a 14:00 horas y
en días laborables podrán examinarlo y solicitar las copias que desee
de los documentos en él obrantes.
9. En las infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo
mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de
infracciones muy graves, en todo caso, la sanción de suspensión por
el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses. (Artículo 67.1
de la Ley sobre Tráfico).
10. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real
Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12
del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, se notifica la denuncia al
titular del vehículo como presunto infractor.
11. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en
la oficina gestora sita en calle Erletokieta, 1-1.º derecha, de Pamplona.
12. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un
año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de
éste.
13. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa
se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de
conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la
comisión de una infracción grave o muy grave que lleve aparejada la
pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo
II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Milagro, 19 de abril de 2007.−El Instructor, Interventor.
DIRECCION
FECHA
DENUNCIA
HORA
BERMEJO, 2 .............................................................
NUESTRA SEÑORA DLE PATROCINIO .....................
PRINICIPE DE VIANA ...............................................
PRINICIPE DE VIANA ...............................................
LUIS PEÑALVA, 10 ..................................................
18/03/2007
25/02/2007
09/02/2007
09/02/2007
03/03/2007
23:12
22:30
02:50
02:45
19:27
INFRACCION
LSV-38.3
LSV-53.1
LSV-53.1
LSV-53.1
LSV-38.3
RGC-92.2
RGC-171
RGC-171
RGC-171
RGC-94.2
IMPORTE
INFRACCION
60,00
60,00
30,00
60,00
90,00
PUNTOS
0
0
0
0
0
L0706828
NOAIN (VALLE DE ELORZ)
NOAIN (VALLE DE ELORZ)
Imposición de sanciones de expedientes
Notificación de imposición de sanciones de expedientes
No habiendo podido practicarse las notificaciones de las resoluciones de Alcaldía que a continuación se resume, se procede a la publicación de las mismas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y en el Tablón
de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los interesados:
Luis Miguel Zaro Jaurrieta, resolución 1 marzo 2007 (PC/2006/5),
tratar de forma despectiva y sin la debida consideración a los agentes
de la autoridad, faltándoles el respeto y alterando levemente el orden
público, el día 19 de julio de 2006, 150 euros.
Contra la citada resolución, podrá interponerse optativamente uno
de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
esta resolución.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o bien,
c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Noáin (Valle de Elorz), 17 de abril de 2007.−El Alcalde Presidente,
Miguel Elizari Reta.
No habiendo podido practicarse las notificaciones de las resoluciones de Alcaldía que a continuación se resume, se procede a la publicación de las mismas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y en el Tablón
de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los interesados:
Denunciado: Miguel Javier Olóndriz Astiz. Infracción: Orinar en vía
pública. Expediente: O/2006/10. Precepto infringido: Artículo 27 de la
Ley Foral de Salud 10/1990, de 23 de noviembre. Importe sanción: 150
euros.
Contra la citada resolución, podrá interponerse optativamente uno
de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto,
en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
esta resolución.
b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o bien,
c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Noáin (Valle de Elorz), 18 de abril de 2007.−El Alcalde Presidente,
Miguel Elizari Reta.
L0706489
L0706527
5720
Lunes, 21 de mayo de 2007
B.O. de Navarra−Número 63
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1.b) de la
Ley sobre Tráfico y 71.2 de la Ley 11/1999, de 21 de abril.
Noáin (Valle de Elorz), 24 de abril de 2007.−Miguel Elizari Reta.
NOAIN (VALLE DE ELORZ)
Notificación de incoación de expedientes sancionadores
De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores
que se indican, a los denunciados que se relacionan.
Denunciado: Javier Equiza Montoya.
Infracción: Orinar en vía pública (O/2006/11).
Precepto infringido: Artículo 22 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 23 en relación al artículo 27 de la Ley Foral de Salud.
Sanción propuesta: 150 euros.
En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa. Dichas alegaciones se presentarán por escrito en el Registro
municipal, o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
Se comunica al expedientado que puede reconocer su responsabilidad, imponiéndosele la sanción correspondiente y realizar el pago
de la sanción pecuniaria en su caso.
En el caso de que no sean formuladas alegaciones en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado Propuesta de Resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19
del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, significando que la cuantía de sanción que se propone es
de 150 euros.
Noáin (Valle de Elorz), 20 de abril de 2007.− El Alcalde, Miguel Elizari Reta.
L0706846
NOAIN (VALLE DE ELORZ)
Notificación de incoación de expedientes sancionadores
De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores
que se indican, a los denunciados que se relacionan:
Denunciado: Cristian Echeverría Núñez.
Infracción: Tenencia ilícita y consumo en vía pública de drogas tóxicas (D/2006/2).
Precepto infringido: Artículo 25.1 G de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Sanción propuesta: 150 euros.
En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa. Dichas alegaciones se presentarán por escrito en el Registro
municipal, o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
Se comunica al expedientado que puede reconocer su responsabilidad, imponiéndosele la sanción correspondiente y realizar el pago
de la sanción pecuniaria en su caso.
En el caso de que no sean formuladas alegaciones en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado Propuesta de Resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19
del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, significando que la cuantía de sanción que se propone es
de 150 euros.
Noáin (Valle de Elorz), 23 de abril de 2007.−El Alcalde, Miguel Elizari Reta.
L0706864
NOAIN (VALLE DE ELORZ)
Notificación de requerimientos sobre vehículos abandonados
No habiéndose podido realizar las notificaciones de requerimientos
sobre vehículos abandonados a que se hace referencia en el artículo
71.1.b) de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, se procede a publicar las citadas
notificaciones en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:
Propietario: Oscar Martín Sánchez. Erribera Kalea, número 2-7.º B.
- 20160 Lasarte Oria (Guipúzcoa). Citroen Xara, matrícula SS-8160-BF.
Si en el plazo de quince días desde la publicación de presente
anuncio no es retirado el referido vehículo del lugar donde se encuentra
estacionado (Area de Mantenimiento del Autopista de Imarcoáin) tendrá
la consideración de residuo sólido urbano y serán llegado al desgüace.
L0706910
NOAIN (VALLE DE ELORZ)
Notificación de incoación de expedientes sancionadores
De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace
pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores
que se indican, a los denunciados que se relacionan.
Denunciado: María José Núñez Gómez.
Infracción: Llevar perros en espacios públicos sin ser conducidos
mediante correa o cadena (P/2006/8).
Precepto infringido: Artículo 22 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 13 en relación al artículo 24.2 H de la Ley Foral de Protección de animales.
Sanción propuesta: 90,15 euros.
En el plazo de quince días hábiles, los denunciados podrán formular
alegaciones y proponer las pruebas que estimen convenientes en su
defensa. Dichas alegaciones se presentarán por escrito en el Registro
municipal, o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre.
Se comunica al expedientado que puede reconocer su responsabilidad, imponiéndosele la sanción correspondiente y realizar el pago
de la sanción pecuniaria en su caso.
En el caso de que no sean formuladas alegaciones en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado Propuesta de Resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19
del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, significando que la cuantía de sanción que se propone es
de 90,15 euros.
Noáin (Valle de Elorz), 25 de abril de 2007.−El Alcalde, Miguel Elizari Reta.
L0706956
ORKOIEN
Corrección de errores de notificación de baja
por caducidad de inscripciones padronales
Advertido error por omisión en la publicación de la notificación de
baja por caducidad de inscripciones padronales efectuada en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra, número 46, de 13 de abril, página 4078, se procede
a su corrección, insertando el texto completo.
Pamplona, 18 de abril de 2007.−Servicio de BOLETIN OFICIAL de Navarra.
El día 12 de marzo de 2007, el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, dictó la resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:
En uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1.s de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local y a
tenor de lo dispuesto en la resolución de 28 de abril de 2005, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General
de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las
inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos
años y en la resolución de 1 de abril, de la Presidencia del Instituto
Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos
sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal. Habiendo sido practicada notificación infructuosa y/o no habiendo acudido el interesado a
formalizar su renovación en la inscripción padronal.
He resuelto:
Primero.−Declarar que las siguientes inscripciones padronales, han
caducado y por tanto se acuerda su baja en el Padrón Municipal de
Habitantes de este Municipio, cuya fecha de efectos será, a tenor de los
dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, la de publicación del presente Decreto en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra.
Segundo.−Proceder a la publicación de la presente resolución en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y dar cuenta de la misma al Pleno de la
Corporación en la próxima sesión ordinaria que dicho órgano colegiado
celebre.
Lo que se hace público en cumplimiento de las prescripciones legales referidas, advirtiéndose que esta resolución definitiva puede ser
impugnada por algunas de las siguientes vías:
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
1. Mediante la interposición de recurso de reposición ante el
mismo órgano municipal autor del presente acto, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en
el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ni recurso de alzada, hasta que sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición
interpuesto.
2. Mediante la interposición de recurso de alzada, ante el Tribunal
Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día
siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en virtud de lo dispuesto en los artículos 337 y ss de la Ley Foral
6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra. Si se presenta este recurso no se podrá interponer el recurso contencioso- administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del
de alzada.
3. Mediante la interposición directamente de recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de este
anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los arINTERESADO
FECHA RESOLUCION
IMPORTE
EQUISOAIN OBANOS, FRANCISCO JAVIER ... RPC 23-01-07 (29/PC)
BUSTO TABERNA, NAIR ................................ RPC 25-01-07 (58/PC)
300,00
150,00
AYESA RUIZ, JAVIER .....................................
PUENTE GUTIERREZ, VICENTE ......................
DE JESUS JIMENEZ, DIEGO ..........................
ALVAREZ SANTILLAN, ENRIQUE PATRICIO ..
CAMARA RODRIGUEZ, FCO. JAVIER .............
SILVA CAMELO, MICHAEL .............................
(7/PC)
(44/PC)
(1/PC)
(3/PC)
(8/PC)
(10/PC)
300,00
300,00
150,00
150,00
150,00
150,00
REMEDIOS DOS SANTOS, JOAO MIGUEL .... RPC 02-02-07 (12/PC)
150,00
VELASCO ALZA, YOLANDA ............................ RPC 02-02-07 (17/PC)
ERMIGARATE JUANCORENA, FCO. JAVIER .. RPC 02-02-07 (18/PC)
150,00
150,00
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
26-01-07
26-01-07
02-02-07
02-02-07
02-02-07
02-02-07
OSES GOIKOETXEA, KATALIN ....................... RPC 02-02-07 (19/PC)
150,00
VALLEJO SOBRINO, DAVID ........................... RPC 02-02-07 (21/PC)
150,00
GONZALEZ DUFFAURE, ALEJANDRO ............ RPC 02-02-07 (27/PC)
150,00
GORRICHO DE LA CRUZ, EDURNE ...............
PEREZ CARRERA, LEONIDES ........................
ARGAZ, YOUNES ............................................
SEMBEROIZ GARRALDA, SERGIO .................
PELAEZ ECHEVERRIA, GUILLERMO ..............
YANZAPANTA AYSABUCHA, J. ANTONIO ......
ECHEVERRIA JIMENEZ, JOSE MARIA ...........
GONZALES CAPCHA, EMIGDIO OSWALDO ...
VALLEJO SOBRINO, DAVID ...........................
AZTARAN DE LUIS, JAVIER ...........................
UNANUA MARTINEZ, FRANCISCO JAVIER ....
MAHAI, DEUX .................................................
ASTRAIN JUANGARCIA, DAVID .....................
MALO OIZ, FELIPE .........................................
MARTURET RAZQUIN, JOSE LUIS ................
FERNANDEZ BARBOSA, LUIS MANUEL ........
DEL VALLE EIRIZ, LUIS .................................
SANTOS FERREIRA, DONIVAL .......................
MORA GARCIA, ANTONIO ..............................
(34/PC)
(37/PC)
(12/PC)
(21/PC)
(25/PC)
(33/PC)
(41/PC)
(46/PC)
(54/PC)
(5/PC)
(6/PC)
(8/PC)
(12/PC)
(18/PC)
(19/PC)
(20/PC)
(27/PC)
(2/PC)
(3/PC)
150,00
150,25
60,00
150,00
150,00
300,00
300,00
300,00
300,00
300,00
300,00
300,00
300,00
300,00
300,00
300,00
300,00
150,00
150,00
ARGAZ, YOUNES ............................................ RPC 12-02-07 (14/PC)
150,00
SANZ SISNIEGA, MARIA CRISTINA ............... RPC 12-02-07 (18/PC)
150,00
PORRAS MARINA, CARLOS .......................... RPC 12-02-07 (19/PC)
IRUJO ALDAZ, BORJA ................................... RPC 12-02-07 (21/PC)
150,00
150,00
PACIFICO MESA, LUIS MIGUEL .................... RPC 12-02-07 (22/PC)
150,00
SANCHEZ VALVERDE AMATRIAIN, R. ........... RPC 12-02-07 (24/PC)
FONSECA GALDEANO, FERNANDO ................ RPC 12-02-07 (25/PC)
150,00
150,00
GARCIA IZPURA, JAVIER ............................... RPC 12-02-07 (27/PC)
GARCIA FERNANDEZ, JOSE FRANCISCO ...... RPC 12-02-07 (32/PC)
JIMENEZ SOTO, JUAN ANTONIO ................... RPC 12-02-07 (54/PC)
150,00
150,00
150,00
JIMENEZ VALDES, AQUILINO ........................
JIMENEZ VALDES, EMILIO ............................
JIMENEZ VALDES, ANTONIO .........................
LOPEZ CABRERA, ROBERTO .........................
150,00
150,00
150,00
150,00
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
02-02-07
02-02-07
05-02-07
05-02-07
05-02-07
05-02-07
05-02-07
05-02-07
05-02-07
08-02-07
08-02-07
08-02-07
08-02-07
08-02-07
08-02-07
08-02-07
08-02-07
12-02-07
12-02-07
12-02-07
12-02-07
12-02-07
12-02-07
(61/PC)
(62/PC)
(63/PC)
(70/PC)
5721
tículos 8.1 y 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Orkoien, 12 de marzo de 2007.−El Alcalde Presidente, Casimiro
Larrea Ruiz.
ANEXO
Expediente número 1/07. Juan José Ninno, pasaporte número
17018109-N.
L0706531
PAMPLONA
Notificación de incoación de expedientes sancionadores
No habiendo podido ser notificadas las incoaciones de expedientes
sancionadores que a continuación se resumen, se procede a la publicación de las mismas en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
En el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a
la publicación de la presente resolución, el expedientado podrá proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones,
debiendo hacerlo mediante escrito presentado en el Registro General
del Ayuntamiento de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en
el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Pamplona, 28 de marzo de 2007.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina
Angulo.
MOTIVO
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 19-11-06
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 21-11-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 17-11-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 26-11-06
ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL 10-12-06
ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL 10-12-06
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 08-12-06
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA Y ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL
17-12-06
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA Y ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL
17-12-06
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 12-12-06
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 04-12-06
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 08-12-06
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES Y ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA
EL 17-12-06
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES Y ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA
PUBLICA EL 10-12-06
ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL 25-12-06
CONSUMO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 26-11-06
ESCUPIR EN LA VIA PUBLICA EL 14-12-06
COLOCAR CARTELES EN VIA PUBLICA EL 11-12-06
DETERIORO LEVE DE MOBILIARIO URBANO EL 16-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 17-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 22-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 17-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 17-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 25-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 24-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 24-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 22-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 28-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 31-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 01-01-07
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 01-01-07
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 08-01-07
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 09-01-07
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 06-01-07
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 02-01-07
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 07-01-07
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 11-01-07
EXHIBICION DE OBJETOS PELIGROSOS PARA LA INTEGRIDAD FISICA DE LAS PERSONAS
EL 14-01-07
ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL 13-01-07
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 01-01-07
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 14-01-07
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 14-01-07
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA Y ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL
01-01-07
ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL 31-12-06
ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL 31-12-06
ORIGINAR DESORDENES EN LA VIA PUBLICA EL 31-12-06
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 29-12-06
5722
Lunes, 21 de mayo de 2007
INTERESADO
FECHA RESOLUCION
IMPORTE
RODRIGUEZ LASA, MIGUEL .......................... RPC 12-02-07 (72/PC)
150,00
RUIZ DE LA TORRE, EDUARDO .................... RPC 12-02-07 (74/PC)
BARBERO RODRIGUEZ, A. FRANCISCO ........ RPC 12-02-07 (76/PC)
150,00
150,00
TORRES GOÑI, MIGUEL JOSE .......................
CIRPACI, DARINCA ........................................
SAA RUIZ, JAIRO ALEXANDER ......................
URRUTIA ATIENZA, PACHI JAVIER ...............
LUS RODRIGO, JUAN ISIDRO .......................
PALANE PEREZ, GREGORIO ..........................
BALAGUER PEREZ, JAUME ...........................
ESCUDERO DIEGO, VALERIO ........................
MEDARDO CAMACHO, GUSTAVO ..................
ARGAZ, YOUNES ............................................
VIDAL CERDAN, CANDIDO ............................
PEREZ LAGUNAS, MIKEL ..............................
YUNGA MOROCHO, LUIS ALBERTO ..............
MARTIRENA IRURETAGOYENA, MANUEL .....
HERNANDEZ CABRERA, ADUEN JOSE ..........
ITURBIDE FERNANDEZ, ROBERTO ................
BERRIO CLAVERIA, JOSE MARIA ..................
PEREZ AFONSO, EUGENIO ALEXIS ...............
RAMIREZ NAVARLAZ, ENRIQUE ....................
SUESCUN GALDEANO, CRISTIAN ..................
GARCIA EGAÑA, ALFREDO ............................
SERRANO ANTOÑANZAS, MIKEL ..................
PORTADAS CORNAGO, EDUARDO ................
BACAICOA ANDINO, IÑIGO ............................
BUSTO BERGARECHE, FERNANDO ................
CHRISTOPHER DANIEL ..................................
150,00
150,00
150,00
90,00
150,00
300,00
300,00
300,00
300,00
60,00
300,00
300,00
300,00
90,00
150,00
150,25
150,25
150,00
150,25
150,25
150,25
150,25
150,25
150,25
150,25
150,00
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
RPC
12-02-07
12-02-07
12-02-07
12-02-07
12-02-07
13-02-07
13-02-07
13-02-07
13-01-07
13-02-07
13-02-07
19-02-07
19-02-07
19-02-07
19-02-07
22-02-07
22-02-07
22-02-07
22-02-07
22-02-07
22-02-07
22-02-07
27-02-07
27-02-07
01-03-07
01-03-07
(78/PC)
(90/PC)
(75/PC)
(81/PC)
(85/PC)
(75/PC)
(78/PC)
(80/PC)
(81/PC)
(88/PC)
(93/PC)
(53/PC)
(54/PC)
(55/PC)
(57/PC)
(10/PC)
(11/PC)
(3/PC)
(12/PC)
(16/PC)
(19/PC)
(21/PC)
(2/PC)
(3/PC)
(37/PC)
(187/PC)
B.O. de Navarra−Número 63
MOTIVO
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES Y ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA
EL 25-12-06
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 28-12-06
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES Y ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA
EL 04-01-07
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 30-12-06
PRACTICAR LA MENDICIDAD EL 23-12-2006
ALTERAR LA SEGURIDAD COLECTIVA EN LA VIA PUBLICA EL 01-01-07
ARROJAR PAPELES A LA VIA PUBLICA EL 29-12-06
PROVOCAR RUIDOS QUE PERTURBEN EL DESCANSO DE LOS VECINOS EL 29-12-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 12-01-07
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 13-01-07
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 14-01-07
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 14-01-07
ESCUPIR EN LA VIA PUBLICA EL 06-01-07
ARRANCAR UNA SEÑAL DE TRAFICO EL 29-11-06
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 07-01-07
ORINAR EN LA VIA PUBLICA EL 14-01-07
COLOCAR ELEMENTOS EN LA VIA PUBLICA SIN AUTORIZACION EL 11-01-07
PROVOCAR RUIDOS QUE PERTURBEN EL DESCANSO DE LOS VECINOS, EL 13-01-07
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 17-09-06
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 17-09-06
ORIGINAR DESORDENES EN ESTABLECIMIENTO PUBLICO EL 17-01-07
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 15-09-06
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 16-09-06
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 29-09-06
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 30-09-06
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 01-10-06
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 01-10-06
TENENCIA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA VIA PUBLICA EL 22-10-06
DESOBEDECER LOS MANDATOS DE LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD EN LA VIA PUBLICA
EL 04-02-07
L0705600
PAMPLONA
EDICTO
No habiendo podido practicarse la notificación de las resoluciones
sancionadoras en los expedientes incoados que se detallan; de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás
legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL
de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de residencia
de los denunciados.
Nombre y apellidos del sancionado: Limberg Urrutia Yllescas N.I.F.
X6609110Z. Fecha sanción: RCS 26-FEB-07 (3/MA). Motivo de la infracción: Expte. 40/1113/06 emisión ruido superior a lo permitido en vivienda sita en calle Avda. Villava, número 20.ª 1.º izda. el día 26/01/07.
Importe multa: 140,00 euros. Preceptos infringidos: Art. 5 de O.M. de
Sanidad número 1. Artículo 3. de O.M. de Sanidad número 10, artículo
15. del D.F. 135/1989.
Nombre y apellidos del sancionado: Jose Miguel Areta Ceniceros
D.N.I. 33427728. Fecha sanción: RCS 26-FEB-07 (4/MA). Motivo de la
infracción: Expte 40/791/06 llevar sin atar perro en Plaza del Castillo el
día 24/06/2006. Importe multa: 90,00 euros. Preceptos infringidos: Art.
24.2.h) de la Ley Foral 7/1994.
Contra las citadas resoluciones podrá interponerse optativamente
uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en
el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de este
edicto.
b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este edicto.
c) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra,
dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto.
Asimismo, se manifiesta que los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas del Area de Medio Ambiente
y Sanidad sita en c/ San Saturnino, 2 donde podrán examinarlos de 8
a 14 horas en días laborables.
Pamplona, 4 de abril de 2007.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.
L0706248
PAMPLONA
EDICTO
No habiendo podido ser notificada la incoación de los expedientes
sancionadores que se detallan y de conformidad con lo dispuesto en la
Ley del Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el pre-
sente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos
del Ayuntamiento de residencia de los denunciados.
Denunciado: Francisco Morillas Catena-D.N.I. 33446405. Fecha resolución o diligencia: RCS 22-FEB-07 (5/MA) y pliego de cargos de
28/02/07. Motivo de la presunta infracción: Expediente 40/121/07 emisión ruido superior a lo permitido en vivienda sita en Avenida Villava,
número 47B-4.º dcha. el día 31/01/07. Importe Multa: 140,00 euros.
Preceptos Infringidos: Artículo 5 de O.M. de Sanidad número 1-artículo
3 de O.M. de Sanidad número 10-artículo 15 del D.F. 135/1989.
Denunciado: María Milagros Martínez Verano-D.N.I. 16545717.
Fecha resolución o diligencia: RCS 8-FEB-07 (4/MA) y pliego de cargos
de 12/02/07. Motivo de la presunta infracción: Expediente 40/63/07
emisión ruido superior a lo permitido en vivienda sita en calle Joaquín
Jarauta, número 61-2º izquierda el día 10/01/07. Importe Multa: 240,00
euros. Preceptos Infringidos: Artículo 5 de O.M. de Sanidad número
1-artículo 3 de O.M. de Sanidad número 10-artículo 15 del D.F.
135/1989.
Denunciado: Oscar Aznárez De Esteban-D.N.I. 72695672. Fecha
resolución o diligencia: RCS 2-MAR-07 (7/MA) y pliego de cargos de
7/03/07. Motivo de la presunta infracción: Expediente 40/1182/06 no
recoger los excrementos de su perro en calle Orcoyen con Monasterio
de Fitero el día 30/10/2006. Importe Multa: 90,00 euros. Preceptos Infringidos: Artículo 24.2.i) de la L.F. 7/1994.
Denunciado: Ignacio Ochoa de Olza Seguín-D.N.I.33419040. Fecha
resolución o diligencia: RCS 02-MAR-07 (8/MA) y pliego de cargos de
7/03/07. Motivo de la presunta infracción: Expediente 40/1176/06 llevar
sin atar perro en calle Río Arga el día 31/10/2006. Importe Multa: 90,00
euros. Preceptos Infringidos: Artículo 24.2.h) de la L.F. 7/1994.
Denunciado: Iker Aristegui Arrarás-D.N.I. 72707652. Fecha resolución o diligencia: RCS 2-MAR-07 (4/MA) y pliego de cargos de
7/03/2007. Motivo de la presunta infracción: Expediente 40/1181/06,
llevar perro de raza potencialmente peligrosa, sin bozal en calle Magdalena el día 14/10/2006. Importe Multa: 300,52 euros. Preceptos Infringidos: Artículo 13.2.d) de la L.F. 50/1999.
Denunciado: Juan Pablo Gutiérrez Torrado-N.I.F. X-8063152-L.
Fecha resolución o diligencia: RCS 9-MAR-07(14/MA) y pliego de
cargos de 14/03/2007. Motivo de la presunta infracción: Expediente
40/83/07 emisión de ruido superior a lo permitido en vivienda sita en
calle Paulino Caballero, número 37-3º izquierda el día 21/01/2007. Importe Multa: 140,00 euros. Preceptos Infringidos: Artículo 5 de O.M. de
Sanidad número 1, artículo 3 de O.M. de Sanidad número 10, artículo
15 del D.F. 135/1989.
En el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a
la notificación del presente edicto, los expedientados podrán proponer
alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones, debiendo
hacerlo mediante escrito presentado en los Registros del Ayuntamiento
de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
Asimismo, se manifiesta que los expedientes, se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas del Area de Medio Ambiente
y Sanidad sitas en calle San Saturnino 2, donde podrán examinarlos
de 8 a 14 horas en días laborables.
Pamplona, 4 de abril de 2007.−La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.
L0706249
PAMPLONA
Notificación de denuncias por infracciones de tráfico
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal o vigilantes de tráfico por infracciones a la normativa
vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y
demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Aquellas denuncias correspondientes a infracciones recogidas en
el anexo II de la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el
permiso y la licencia de conducción por puntos, una vez sancionadas
y firmes en vía administrativa, conllevan la pérdida de puntos correspondiente que se especifica en la columna denominada "puntos".
LSV: Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
RGC: Reglamento General de Circulación.
OMT: Ordenanza Municipal de Trafico.
ORZEL: Ordenanza Reguladora de las Zonas de Estacionamiento
Limitado y restringido.
1. La multa podrá ser pagada con un 30% de descuento en el
plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de
la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. El pago
podrá realizarse en el depósito municipal de vehículos (sito en Trinitarios) las 24 horas del día, en las oficinas del Area de Protección Ciudadana (C/ Monasterio de Irache, 2) de 8:30 a 14:30 horas, en Recaudación y Tesorería (sita en el segundo piso de Casa Marceliano, C/
Mercado, 7-9) de 8:30 a 14:30 horas, por transferencia o ingreso directo
en la cuenta de Caja Navarra número 2054 0152 38 1100040274 o por
giro postal. Al realizar el pago deberá hacerse constar siempre nombre
y dos apellidos del denunciado, matrícula del vehículo y número de
expediente.
2. El pago de la multa con el 30% de descuento implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin
necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad
de interponer los recursos correspondientes. Al amparo de lo dispuesto
en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo,
se requiere al titular del vehículo para que, si él no fuera el responsable
de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el
INFRACTOR
ABETE BARTOLOME MIREN EDURNE ................................
AGUIRREZABAL ERRASTI RUFINO ....................................
ALDEMA SC ........................................................................
ALMANDOZ MOLINA RAFAEL DIEGO .................................
ALMAZARA MQUEZ DE PRAD S.L. ....................................
AMIGO SOLANAS OSCAR JAVIER .....................................
ANCLA TECNICAS DEL BAÑO S.L. .....................................
ANTOMATIC CONTROL VALVES S.L. .................................
ARAMBURU URTASUN JESUS GUILLERMO .....................
ARAOZ EZPELETA ALBERTO EMILIO DE ...........................
ARDANAZ MARTIN XAVIER JESUS ....................................
AUTO ALQUILER LUCENA S.L. ...........................................
AUTOSGERMANYKMO S.L. ................................................
AYESTA VILCHES RICARDO ...............................................
BARRIOS CASCANTE DELIA ...............................................
BENITEZ LOPEZ ANTONIO ..................................................
BENITO CAMPOS FRANCISCO ...........................................
BERIAIN APESTEGUIA ANA M ...........................................
BERIAIN APESTEGUIA ANA M ...........................................
BOGDAN FANTU CAMIL .....................................................
BOSCH I RIUS S.L. .............................................................
BTI TECNICAS DE FIJACION S.L. .......................................
CARTINA GESTION S.L. ......................................................
CAU ARQUITECTOS SOL ....................................................
CENTRO DE INFERTILIDAD Y REPRODUCCION HU ...........
CHOCARRO ZABALZA JESUS MARIA ................................
COMUNICACION ALDRICH S.L. ..........................................
COMUNICACION ALDRICH S.L. ..........................................
COMUNICACION ALDRICH S.L. ..........................................
CORDERO GARCIA DAVID ..................................................
CORPAS MAULEON JESUS JAVIER ...................................
CUEVAS BUTRON MANUEL FERNANDO ............................
CW LEASE ESPAÑA RENTING S.A. ....................................
CW LEASE ESPAÑA RENTING S.A. ....................................
CW LEASE ESPAÑA RENTING S.A. ....................................
DEHESA SANTA MARIA FRANQUICIAS S.L. ......................
DISEÑO REHABILITACION CONST E INGENIERIA...............
DISTRIBUCIONES URDICIAIN S.L. .....................................
DOS SANTOS PALHAS .......................................................
MATRICULA
NA -007199-AZ
-009190-CFL
-006705-BYR
-006773-DXW
-009127-BRW
-000997-CXZ
B -005424-SS
SS -001017-AX
NA -001812-AM
-008532-DMC
NA -006454-AF
-009944-DHD
-008730-DGG
-009528-DJG
-007133-CMJ
-005043-CDH
-007519-CTY
NA -009210-BB
NA -009210-BB
-003762-CNG
-007440-BWP
-009809-DZF
B -006565-UW
-008602-DVB
-001548-BLB
-004872-BGP
-008151-DJP
-008151-DJP
-005938-DHB
M -002893-YK
-007785-DZW
-006646-CLS
-002212-CBT
-009080-BYY
-008355-DDC
-004508-CTW
-008452-DSX
-001813-BTZ
NA -006511- V
5723
siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, proceda a su identificación, presentando a tal efecto en el
Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número del documento nacional de identidad y domicilio del infractor. En caso de incumplimiento de la obligación de realizar tal identificación se sancionará
al titular del vehículo como autor de falta muy grave con multa de 302
a 1.500 euros y si se trata de una persona física además de la multa
tendrá retirada del permiso o licencia de conducir por un periodo máximo de tres meses.
3. Las infracciones muy graves, se sancionarán siempre, además
de con la multa correspondiente, con retirada del permiso de conducir
por un periodo máximo de tres meses (artículo 67.1 de la Ley sobre
Tráfico).
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12 del
Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el presente edicto, se
notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor. En
el caso de que la propietaria del vehículo sea una persona jurídica
(sociedades), deberá identificarse en todo caso al conductor responsable de la infracción, puesto que en caso contrario se incoará expediente a la sociedad por falta grave con multa de 302 a 1.500 euros.
5. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará propuesta de
resolución y se elevará al señor Concejal Delegado de Protección Ciudadana, que es el órgano competente para sancionar por disposición
de Alcaldía de delegación de competencias de 24 de septiembre de
2003. Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe".
6. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en las
oficinas del Area de Protección Ciudadana (C/ Monasterio de Irache,
2), de 8:30 a 14:30 horas los días laborables.
7. En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente
a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra,
podrán presentarse alegaciones y proponer las pruebas que consideren
convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación
de escrito en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
8. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un
año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de
éste.
Pamplona, 25 de abril de 2007.−El Secretario Técnico del Area de
Protección Ciudadana Instructor del expediente, firma ilegible.−El Concejal Delegado, Eradio Ezpeleta Iturralde.
LUGAR
DIA
C/ TAJONAR ............................................
AVDA. SAN JORGE .................................
................................................................
C/ RIO ARGA ...........................................
................................................................
PZA. CONSISTORIAL ...............................
................................................................
................................................................
C/ ERMITAGAÑA .....................................
PZA. CONDE DE RODEZNO, 13 ..............
C/ MUELLE ..............................................
................................................................
................................................................
AVDA. GUIPUZCOA .................................
C/ CATALUÑA ..........................................
AVDA. BARAÑAIN ...................................
AVDA. BARAÑAIN ...................................
C/ PAULINO CABALLERO, 40 .................
C/ PAULINO CABALLERO, 40 .................
AVDA. EJERCITO, 2 ................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
C/ TACONERA ..........................................
AVDA. PIO XII .........................................
C/ TAJONAR ............................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
AVDA. GUIPUZCOA .................................
19/12/2006
10/11/2006
27/03/2007
28/12/2006
27/02/2007
15/11/2006
27/02/2007
27/03/2007
31/12/2006
19/10/2006
1/12/2006
27/03/2007
27/03/2007
5/12/2006
28/12/2006
2/10/2006
7/12/2006
4/11/2006
28/10/2006
15/11/2006
27/02/2007
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
31/12/2006
27/02/2007
27/02/2007
27/02/2007
17/12/2006
1/12/2006
19/12/2006
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
27/02/2007
27/03/2007
29/12/2006
EXPTE.
93438
190632
624370
93543
404156
74515
624328
85906
88756
624456
93211
52588
476210
93295
93628
92748
93213
393029
500399
190586
428085
63610
621040
37847
553461
92634
500326
360246
376051
82660
85362
93442
180469
268330
488461
82161
180411
460859
93549
IMPORTE
325,00
95,00
302,00
180,00
302,00
60,00
302,00
302,00
60,00
60,00
180,00
302,00
302,00
325,00
180,00
180,00
180,00
60,00
95,00
300,00
302,00
302,00
302,00
302,00
302,00
606,00
302,00
302,00
302,00
60,00
60,00
325,00
302,00
302,00
302,00
302,00
302,00
302,00
180,00
INFRACCION
50.1 RGC 19.3 LSV
132.1 RGC 53.1 LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
117.2 RGC 11.4 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
PUNTOS
6
6
2
2
6
2
5724
Lunes, 21 de mayo de 2007
INFRACTOR
EBANISTERIA SALINAS HNOS S.L. ....................................
EBRO DUERO DE HOSTELERIA SA EBRODUSA ................
ECHAIDE ARBIZU FRANCISCO JAVIER ..............................
ECHEVERRIA HERNANDEZ MARIA ISABEL .......................
ELECTRICIDAD GABIRIA S.L. .............................................
ELEGANCE MOTOR S.L.U ...................................................
EUROETIQUETAS S.L. .........................................................
EUROPCAR IB S A ..............................................................
EXTREM OCHO MIL S.L.L. .................................................
EZQUER URZAINQUI RAFAEL .............................................
EZQUER URZAINQUI RAFAEL .............................................
FASCHION COMPANY ESQUIBEL S.L. ...............................
FEDERACION CATALANA DE JUDO Y D A DE BAR ............
FOREING COMMERCE S.L. .................................................
FRAILE URBINA PEDRO Mª ................................................
FRANCES GIL-CUARTERO FRANCISCO JAVIER .................
FRIAS LOPEZ FRANCISCO JAVIER .....................................
FUNDACION LEBREL BLANCO ...........................................
GADAÑON GARCIA ANDER ................................................
GALEANO MUÑOZ TEODORO .............................................
GARCES SANCHEZ RODOLFO ............................................
GARCIA ALVAREZ DE EULATE MAXIMO ...........................
GARCIA MATEO JOSE LUIS ...............................................
GARCIA SANCHEZ JHON LEITZ .........................................
GASTON LARRETA MIGUEL ANGEL ...................................
GBATI ABUKARI ..................................................................
GIL ANDANUCHE DANIEL ...................................................
GIRON MAIRAL RICARDO ..................................................
GONZALEZ GONZALEZ DANIEL ..........................................
GONZALEZ GONZALEZ DANIEL ..........................................
GONZALEZ GONZALEZ JOSE ANDRES ...............................
GONZALEZ GUTIERREZ ALBERTO .....................................
GOYA ECHEVERRIA SEVERINO ..........................................
GOÑI ECHEVERZ FELISA DE LOS REYES ..........................
GUERRA CHAMORRO LUIS ANTONIO ...............................
HERNANDEZ GRANADO MIGUEL OSCAR ..........................
HERRANZ AGUIRRE FELIX JUAN .......................................
HERRERO GONZALEZ LUIS MIGUEL .................................
HISPANO CANADIENSE DE CONSTRUCCIONES Y R ..........
HUESA ODERIZ ALBERTO ..................................................
ILARRAZ LABARGA JOAQUIN ............................................
IMPRENTA CASTILLA S L ..................................................
INTEDAS CONSTRUCCION Y EQUIPOS S.L. ......................
INVERSIONES DE LEVANTE 2000 S.L. ..............................
INVESTIGACION Y DESARROLLO ESTRATEGICO A............
INVESTIGACION Y DESARROLLO ESTRATEGICO A............
IRIGUIBEL LOPEZ JOSE .....................................................
JIMENEZ JIMENEZ MILAGROS ..........................................
JIMENEZ SANCHEZ PALOMA .............................................
JURIO BERRUETE CANTIDIO .............................................
KAPPA CONTAINERBOARD IBERICA S.L. ..........................
KHUYEL ABDERRAHIM .......................................................
LAMARA SERVICIOS TURISTICOS S.L. .............................
LAZARO ARRIETA ALVARO ................................................
LERGA AYAPE MARIA JOSE ..............................................
LOGISTICA TXIMI RIKOIZ S.L. ...........................................
LONGAS CELAYA CESAR BORJA .......................................
LOPEZ CAÑAS OSCAR ........................................................
LOPEZ DE SAN ROMAN ERICE JUAN CARLOS .................
LOPEZ FUENTES JOSE MANUEL ........................................
LOPEZ-JACOISTE RICO ANTONIO ......................................
LOS ENCAJEROS HIJOS SUCESORES DE MANUEL ..........
LOU DEL RIO SUSANA .......................................................
MADOZ ZUBILLAGA JESUS MARIA ...................................
MARTINEZ PEREZ ESTHER ................................................
MERCEDES BENZ CHARTERWAY ESPAÑA SA ..................
ML INSTANTE S.L. .............................................................
MONTAJES INDUSTRIALES CALEFACCION Y AIRE ............
MONTSERRAT AMELA SERGIO ..........................................
MONZON LEZA GONZALO ..................................................
MONZON LEZA GONZALO ..................................................
MUNARRIZ ARTEAGA CRISTINA ........................................
NAVAMOBEL S.L. ...............................................................
NAVARRA DE CINE S.L. .....................................................
NIKOLAYEVYCH SERHY .....................................................
NIÑO VERGARA FCO. BORJA .............................................
NORTE KIT PHONE S.L ......................................................
OCHAGAVIA RODRIGUEZ JOSE FELIX ...............................
ODERIZ ECHEVARRIA JESUS .............................................
ORMAECHEA ECHAURI JOSE ANTONIO ............................
OULALI BRAHIM .................................................................
PEREIRA DA COSTA ANTONIO MANUEL ...........................
PEREZ JOSE MARIA ...........................................................
PEREZ FAUS ANTONIO .......................................................
PEREZ GONZALEZ ESTEBAN ..............................................
PLATA QUINTERO MARLON JESUS ...................................
PZA. RODRIGUEZ ANGEL ...................................................
PORINTEL S.L. ....................................................................
POTESTAD TELLECHEA FRANCISCO JOSE ........................
PROMOTORA EMPRESARIAL AJURIA S.L. ........................
PROYECTOS DE COMUNICACION Y DISEÑO HVR S ..........
PROYECTOS DE COMUNICACION Y DISEÑO HVR S ..........
RANDO QUINTANA GUILLERMO ........................................
RECREATIVOS YOAR SA ....................................................
REDES DE DATOS Y AUTOMATISMOS S L .......................
REDONDO BELLON PEDRO ................................................
REFECAJU S.L. ...................................................................
RODRIGUEZ IZQUIERDO JUAN C .......................................
ROLDAN VIEDMA LUIS MIGUEL ........................................
ROPERO MIRANDA ANTONIO ............................................
RUIZ ZAMBRANA ALVARO .................................................
SALDARRIAGA GUERRA ALBERTO ....................................
SANCHEZ CARRILLO JOSE MANUEL .................................
SANTOS AZCARATE JESUS A ............................................
SANTOS MAYA ENCARNACION ..........................................
SEGURADO MARTIN FRANCISCO JAVIER .........................
SEMPER VIRENS S.L. .........................................................
SERVICIOS EMPRESARIALES JABENA S.L. .......................
MATRICULA
-008349-CDH
-003175-DZN
NA -007604-AD
NA -003211-AZ
-004523-CPG
-007789-BSS
-004699-DCS
-008063-DYV
-006939-BLF
NA -003242-AV
NA -003242-AV
-004728-CDV
-004518-DCJ
-000870-CYX
-007900-DSF
NA -002099-AG
-003565-FFL
-004263-CYD
NA -007873-AS
NA -005451-AT
-006891-DTR
-006290-CVB
-001741-DCN
-003620-DSF
NA -008181-AL
NA -007146-AN
LO -003055- T
-003809-DPB
-005136-DBS
-005136-DBS
-006565-BRM
-008128-CJH
NA -008546-AW
-008090-BYG
-006422-FCK
-006617-DVM
-007738-DSZ
NA -002580- X
M -004840-ZG
-001683-DLP
NA -008711-AK
-007119-DHV
-000550-CTY
-009706-CWB
M -009871-OW
M -009871-OW
-006641-DZV
-004960-CVK
-003125-CVY
C -003633-BDN
-002320-DGZ
LO -006250- M
-006154-DTX
NA -003768-AU
-003165-CDM
-008493-CSW
-009990-BRR
-004478-CYF
-008073-DPX
-005136-BSZ
-005165-DYD
BI -008731-CB
-005041-CHM
-000149-CWD
-000553-CMJ
-002723-DRM
NA -001921-BB
NA -005773-AY
-008980-DSN
NA -001921-BB
NA -001921-BB
-000740-DPS
-004773-CMD
NA -005781-AT
NA -005497-AS
-000998-DHG
-000827-CBH
LO -003308- T
NA -009920-AF
NA -001856-AY
-004595-BJV
-008957-DRJ
M -008737-LP
-005503-FGP
-008129-BXN
-007535-FBF
SS -002635-BH
-008269-CFM
-008522-DNM
-003709-CJC
-002615-BRZ
-002615-BRZ
L -004123- T
NA -000750-AV
-008428-BYG
NA -005184-AX
-006474-DMK
-007139-CLS
-001409-CRY
-009177-BBF
-003850-DXG
-007397-DMB
-008341-DVX
-009511-CBN
-008844-FGP
-005195-CPV
M -008582-XS
-006885-BGG
LUGAR
DIA
................................................................
................................................................
C/ ABEJERAS ..........................................
C/ DE IRUNLARREA ................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
C/ SERAFIN OLAVE, 15 ...........................
C/ TAFALLA,20 ........................................
................................................................
................................................................
................................................................
C/ ERMITAGAÑA, 6 .................................
C/ MERCADERES, 6 ................................
C/ JUAN DE LABRIT ................................
................................................................
AVDA. SAN JORGE .................................
CTRA SARRIGUREN, 11 A ......................
AVDA. PIO XII, 41 ...................................
AVDA. AROSTEGUI .................................
C/ ITURRALDE Y SUIT, 24 .....................
POLIGONO LANDABEN C/ A ...................
PASEO SARASATE, 7 ..............................
C/ UNIVERSIDAD ....................................
GRUPO LARRAINA ..................................
PASEO SARASATE, 6 ..............................
AVDA. MARCELO CELAYETA ..................
C/ FUENTE DEL HIERRO, 27 ...................
AVDA. GUIPUZCOA .................................
C/ RODRIGO XIMENEZ DE RADA ...........
C/ - ..........................................................
PASEO SANTA LUCIA, 68 24 ..................
C/ CIUDADELA,7 .....................................
AVDA. PIO XII, 39 ...................................
C/ BERNARDINO TIRAPU, 61 FR ............
C/ PAULINO CABALLERO, 28 .................
................................................................
C/ SANGUESA,9 ......................................
C/ RAIMUNDO LANAS, 19 ......................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
C/ SANCHO EL MAYOR, 4 FR .................
C/ MAYOR,91 ..........................................
AVDA. SAN JORGE, 17 ...........................
GRUPO LARRAINA ..................................
................................................................
AVDA. SAN JORGE, 77 FR ......................
................................................................
C/ ESTELLA .............................................
C/ RIO ARGA ...........................................
................................................................
C/ DORMITALERIA, 34 ............................
PZA. EZKABA ...........................................
C/ PADRE CALATAYUD, 7 .......................
C/ MONTE MONJARDIN, 8 .....................
C/ AMAYA,31 ...........................................
................................................................
C/ FELIPE GORRITI, 35 ...........................
C/ FRANCISCO BERGAMIN, 12 ...............
C/ PADRE ADOAIN, 60 ............................
................................................................
................................................................
................................................................
C/ NAVAS DE TOLOSA, 3 .......................
C/ FRANCISCO BERGAMIN, 23 ...............
C/ SAN FERMIN, 16 ................................
C/ ERMITAGAÑA .....................................
................................................................
................................................................
C/ PADRE ADOAIN, 86 ............................
C/ CASTILLO DE MAYA, 42 ....................
................................................................
AVDA. GUIPUZCOA .................................
C/ TRINIDAD FERNANDEZ ARENAS .......
AVDA. BARAÑAIN, 19 .............................
C/ CAMPANA, 3 .......................................
C/ SANGUESA, 34 ...................................
AVDA. PIO XII, 22 ...................................
PASEO SARASATE, 20 ............................
PZA. SANCHO ABARCA ...........................
C/ DUQUE DE AHUMADA, 3 ...................
C/ DOS DE MAYO ...................................
................................................................
CTRA SARRIGUREN, 11 A ......................
................................................................
................................................................
................................................................
C/ ARALAR ..............................................
................................................................
................................................................
AVDA. BARAÑAIN ...................................
................................................................
AVDA. PIO XII .........................................
C/ MERCED .............................................
AVDA. ZARAGOZA, 93 ............................
AVDA. AROSTEGUI, 11 ...........................
C/ AMAYA ................................................
AVDA. PIO XII, 27 ...................................
POLIGONO LANDABEN C/ E ...................
AVDA. GUIPUZCOA .................................
C/ OLITE, 4 ..............................................
................................................................
................................................................
27/02/2007
27/03/2007
31/10/2006
22/11/2006
27/03/2007
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27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
3/10/2006
5/10/2006
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
19/08/2006
11/10/2006
19/11/2006
27/03/2007
14/12/2006
21/12/2006
15/09/2006
27/12/2006
2/09/2006
26/12/2006
21/12/2006
20/12/2006
29/12/2006
22/12/2006
27/09/2006
21/06/2006
17/11/2006
18/12/2006
31/12/2006
19/12/2006
31/12/2006
13/10/2006
30/12/2006
29/09/2006
27/03/2007
15/09/2006
11/12/2006
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27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
11/12/2006
30/12/2006
12/12/2006
30/12/2006
27/03/2007
27/12/2006
27/03/2007
6/12/2006
28/12/2006
27/03/2007
23/12/2006
29/12/2006
6/10/2006
28/09/2006
26/12/2006
27/03/2007
28/11/2006
30/09/2006
7/12/2006
27/03/2007
27/02/2007
27/03/2007
28/11/2006
23/06/2006
9/06/2006
28/11/2006
27/03/2007
27/03/2007
22/12/2006
21/12/2006
27/03/2007
13/12/2006
29/11/2006
21/11/2006
11/12/2006
21/10/2006
8/05/2006
27/12/2006
9/12/2006
28/12/2006
17/08/2006
27/03/2007
19/12/2006
27/03/2007
27/02/2007
27/02/2007
21/10/2006
27/02/2007
27/03/2007
26/12/2006
27/03/2007
11/10/2006
29/12/2006
15/12/2006
20/12/2006
13/12/2006
14/10/2006
26/12/2006
5/12/2006
18/10/2006
27/03/2007
27/03/2007
B.O. de Navarra−Número 63
EXPTE.
480254
76686
57908
75298
229055
712617
652451
69675
733030
728585
67519
396210
692660
672881
300890
77565
82622
628734
93306
93505
589625
93518
216186
93621
77858
93472
87204
84424
77222
716793
85559
93618
62735
93427
87259
437543
87376
216341
69550
496092
75169
74205
252168
66754
744310
744319
17095
83353
93546
88251
568725
66194
92700
66154
93533
344140
79378
82943
396189
600935
24246
597409
77119
216345
93301
77832
356148
85753
82239
57817
54283
79116
260407
76457
93500
748070
60179
93355
74220
900618
69115
676912
35618
580995
190643
84368
35443
712579
93451
576721
476047
624474
67229
180423
512621
92457
637714
10036
87056
93407
93467
75720
736468
93623
93293
316075
66517
200227
IMPORTE
302,00
302,00
60,00
60,00
302,00
302,00
302,00
302,00
302,00
30,00
60,00
302,00
302,00
302,00
60,00
60,00
60,00
302,00
180,00
303,00
30,00
180,00
95,00
303,00
60,00
180,00
150,00
60,00
150,00
60,00
150,00
180,00
302,00
303,00
60,00
30,00
95,00
95,00
302,00
30,00
60,00
302,00
302,00
302,00
302,00
302,00
95,00
60,00
180,00
60,00
302,00
95,00
606,00
60,00
120,00
302,00
95,00
95,00
30,00
30,00
95,00
302,00
95,00
60,00
180,00
302,00
302,00
302,00
95,00
60,00
30,00
95,00
302,00
302,00
180,00
95,00
302,00
325,00
60,00
60,00
60,00
30,00
95,00
95,00
95,00
60,00
60,00
302,00
325,00
302,00
302,00
302,00
60,00
302,00
302,00
120,00
302,00
95,00
60,00
180,00
303,00
95,00
60,00
180,00
360,00
30,00
302,00
302,00
INFRACCION
72.3 LSV
72.3 LSV
39.2.B LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
39.2.B LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
39.2.B LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
3.1 RGC 9.2.A LSV
94.2.G RGC 39.2.G LSV
18.2 RGC 11.3 LSV
39.2.B LSV
18.2 RGC 11.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.I RGC 39.2.A LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
72.3 LSV
39.2.B LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
72.3 LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
72.3 LSV
94.2 RGC 39.2.A LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
91.2.H RGC 38.3 LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
72.3 LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
94.2 RGC 39.2.A LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
91.2.H RGC 38.3 LSV
91.1 RGC 38.3 LSV
132.1 RGC 53.1 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
38.4 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
94.2.D RGC 39.2.D LSV
39.2.B LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
132.1 RGC 53.1 LSV
39.2.B LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
39.2.B LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
PUNTOS
2
6
2
6
4
3
3
6
2
6
6
2
6
2
6
B.O. de Navarra−Número 63
INFRACTOR
Lunes, 21 de mayo de 2007
MATRICULA
SERVICIOS EMPRESARIALES JABENA S.L. .......................
SERVICIOS EMPRESARIALES JABENA S.L. .......................
SERVICIOS UNIFICADOS URGENTES S.L. .........................
SERVILOGIC PLUS S.L. ......................................................
SERVINEX MENSAJEROS S.L. ...........................................
SERVINEX MENSAJEROS S.L. ...........................................
SIERRA BELDARRAIN JOSE ANGEL ..................................
SIMA ION ............................................................................
T M I TRANS S.L. ...............................................................
TALLERES DISPRE S L ......................................................
TAPICERIAS KAIXO S.L. .....................................................
TAPICERIAS KAIXO S.L. .....................................................
TAPICERIAS KAIXO S.L. .....................................................
TCHAOUCHEV SPARTAK MILKOV ......................................
TECNICA Y REGATAS S.L. ..................................................
TOBARUELA SPINOLA JUAN M. ........................................
TORAN ZUFIA JOSE MIGUEL .............................................
TORAN ZUFIA JOSE MIGUEL .............................................
TORUZAMAL S.L.L. ............................................................
TRAC CUINES S.L. ..............................................................
URBISTONDO AROTZARENA SALVADOR ..........................
USTARROZ PEREZ ADELA .................................................
USTARROZ PEREZ ADELA .................................................
VACA CARRILLO ANGEL GERMAN ....................................
VASILESCU SABIN ..............................................................
VILLANUEVA ERRO CARLOS MARIA .................................
VISUALMOR S.L. ................................................................
ZOUAOUINE ADNANE .........................................................
-006885-BGG
-006885-BGG
-006137-BTH
M -006119-VL
-008954-DHL
-008954-DHL
-007429-DNP
NA -002217-AJ
-007537-DJN
-009536-BGM
-008114-CSF
-008114-CSF
SS -000948-BH
-002413-BNR
-006006-FDL
M -027475- R
-002349-CSV
-002658-BPM
-008327-DGK
B -000850-WL
-003409-FFZ
NA -002006-AM
NA -002006-AM
-009381-DNR
NA -006666-BC
-006449-BRM
-001129-CPJ
M -005902-UH
LUGAR
DIA
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
AVDA. SANCHO EL FUERTE, 11 .............
AVDA. SAN JORGE .................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
................................................................
C/ ESTELLA, 4 .........................................
................................................................
C/ SOTO AIZOAIN ....................................
C/ DUQUE DE AHUMADA, 5 ...................
AVDA. EJERCITO, 2 TR ...........................
................................................................
................................................................
AVDA. BAJA NAVARRA ...........................
C/ SANDOVAL, 2 .....................................
C/ SANDOVAL, 2 .....................................
AVDA. BAYONA, 9 ...................................
AVDA. PIO XII .........................................
AVDA. PIO XII, 43 ...................................
................................................................
AVDA. SAN JORGE, 38 ...........................
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
27/02/2007
27/02/2007
20/10/2006
14/12/2006
27/03/2007
27/02/2007
27/03/2007
27/03/2007
27/03/2007
3/12/2006
27/03/2007
3/10/2006
28/12/2006
30/12/2006
27/03/2007
27/03/2007
26/12/2006
25/10/2006
25/10/2006
20/12/2006
27/12/2006
13/11/2006
27/03/2007
29/12/2006
PAMPLONA
Edicto de comparecencia
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo
59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
del expediente Daños-B-2006-188, reclamación de indemnización por
responsabilidad patrimonial, se procede por el presente edicto a dar
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la citada Ley.
Se pone en conocimiento de doña Izaskun Ezquer Mayo, que podrá
comparecer en el Departamento de Patrimonio, sito en la calle del
Mercado, 11, 3.ª planta, de ocho treinta a catorce treinta horas, dentro
de los diez días naturales siguientes al de la publicación del presente
anuncio, para que, en vista de la documentación obrante en el expediente, presente los documentos requeridos para continuar con la tramitación del mismo, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de
su petición.
Pamplona, 19 de abril de 2007.−El Director del Area de Economía,
Iñigo Huarte Huarte.
L0706618
PAMPLONA
Nuevo requerimiento al edificio número 81 de calle Estafeta
El Concejal Delegado de urbanismo y vivienda del Excelentísimo
Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 12 de marzo de 2007, adoptó la
siguiente resolución:
RUV 12-Mar-07 (28/UV)
«Vista la resolución RUV 03-Ene-07 (28/UV) que, entre otras, ordenaba por error a los propietarios del edificio número 81 de la calle
Estafeta de Pamplona la ejecución de ciertas obras en cubierta de dicho
edificio, para subsanar desperfectos observados en ella, y no procediendo dichas obras al tratarse de una cubrición de terraza que se
considera inadecuada urbanísticamente, y visto nuevo informe emitido
con fecha 27 de febrero de 2006 por los Servicios Técnicos Municipales
de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre las visitas de inspección efectuadas previamente al edificio número 81 de la calle Estafeta de Pamplona, catalogado en grado 3 por el Catálogo del Plan Municipal de Pamplona, mediante el que se ha comprobado que presenta
los siguientes desperfectos:
−En fachada principal a calle Estafeta y a calle Tejería:
−Losas de balcones agrietadas y con pérdida de sección en cantos
y esquinas. En general las losas de fachada muestran progresivo estado de deterioro.
−Canalón con falta de mantenimiento, doblado, con soportes detriorados y con pérdidas de agua.
−Pilastras de fábrica en barandilla sobre alero: Muestran en general
mal estado de mantenimiento y conservación con desprendimientos.
−Aleros (principal y retranqueado en planta 5.ª) con humedades.
Se aprecian revestimientos levantados con posibles desprendimientos
en el de planta 5.ª
5725
EXPTE.
248248
500371
212454
67543
569083
676856
456503
93308
76604
50669
468230
492624
229133
82456
400028
62692
84369
84373
85201
664594
93093
372310
372309
77621
93485
180528
376040
92383
IMPORTE
302,00
302,00
302,00
302,00
302,00
302,00
30,00
180,00
302,00
302,00
302,00
302,00
302,00
60,00
302,00
60,00
95,00
60,00
302,00
302,00
360,00
95,00
60,00
60,00
180,00
95,00
302,00
303,00
INFRACCION
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
39.2.B LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
72.3 LSV
38.4 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
72.3 LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
94.2.G RGC 39.2.G LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
146.1 RGC 53.1 LSV
72.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
PUNTOS
2
6
2
6
L0706905
Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral
35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo,
y en el artículo 19 de la Ley 6/98 de 13 de abril sobre Régimen de Suelo
y Valoraciones, he resuelto:
1.−Dejar sin efecto la resolución Ruv 03-Ene-07 (28/UV).
2.−Ordenar a los propietarios del edificio número 81 de la calle Estafeta que procedan en el plazo de noventa días, contados desde la
notificación de la presente resolución, a la ejecución de las siguientes
obras, todas las cuales se realizarán teniendo en cuenta el grado de
catalogación del edificio (grado 3):
−En fachada principal a calle Estafeta y a calle Tejería:
−Losas de balcones: Saneado de zonas agrietadas, sueltas y en
mal estado. Limpieza y recomposición de las losas completas.
−Sustitución de canalones que en ningún caso serán de PVC.
−Pilastras de fábrica en barandilla sobre alero: saneado y recomposición de las pilastras así como de sus albardillas. Garantizar la seguridad y correcta sujección de las barandillas metálicas.
−Aleros: Eliminación de las causas que producen las humedades y
deterioros en los aleros. Saneado y limpieza de los mismos, así como
sustitución de piezas en caso necesario.
El requerimiento de la presente resolución no exime de las responsabilidades de los propietarios para adecuar el edificio, según informe
técnico de seguridad de fecha 24 de noviembre de 2003.
Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito
por Técnico competente, así como justificante de contratación del Director de obra.
3.−Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido,
podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a
partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso
las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los
gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por
lapsos mensuales.
Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las
órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que
puedan imponerse.
4.−Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las
obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación
de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta
leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con
multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.
5.−Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son
parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación
de actuaciones protegibles en materia de vivienda.
Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de
rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias
para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo
efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de
Viviendas, sita en la calle Eslava número 1.»
5726
Lunes, 21 de mayo de 2007
Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los
siguientes recursos:
−Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.
−Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente
al de notificación de esta resolución; o bien,
−Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra
dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento
de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre)
y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles
interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en
forma legal, ésta no se les haya podido practicar.
Pamplona, 24 de abril de 2007.−La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.
L0706736
PAMPLONA
Notificación de denuncias por infracciones de tráfico
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal o vigilantes de tráfico por infracciones a la normativa
vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y
demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Aquellas denuncias correspondientes a infracciones recogidas en
el anexo II de la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el
permiso y la licencia de conducción por puntos, una vez sancionadas
y firmes en vía administrativa, conllevan la pérdida de puntos correspondiente que se especifica en la columna denominada "puntos".
LSV: Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
RGC: Reglamento General de Circulación.
OMT: Ordenanza Municipal de Trafico.
ORZEL: Ordenanza Reguladora de las Zonas de Estacionamiento
Limitado y restringido.
1. La multa podrá ser pagada con un 30% de descuento en el
plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de
la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. El pago
podrá realizarse en el depósito municipal de vehículos (sito en Trinitarios) las 24 horas del día, en las oficinas del Area de Protección Ciudadana (calle Monasterio de Irache, 2) de 8:30 a 14:30 horas, en Recaudación y Tesorería (sita en el segundo piso de Casa Marceliano,
calle Mercado, 7-9) de 8:30 a 14:30 horas, por transferencia o ingreso
directo en la cuenta de Caja Navarra número 2054 0152 38
1100040274 o por giro postal. Al realizar el pago deberá hacerse
constar siempre nombre y dos apellidos del denunciado, matrícula del
vehículo y número de expediente.
INFRACTOR
MATRICULA
JOYNAT S.L. ....................................................................... NA -003220-AS
PAVIMENTOS IGNACIO FERNANDEZ MENDEZ S.L. ............ -006981-BMR
SAGAMOVIL S.A. ................................................................ -003350-DNT
LUGAR
2. El pago de la multa con el 30% de descuento implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin
necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad
de interponer los recursos correspondientes. Al amparo de lo dispuesto
en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo,
se requiere al titular del vehículo para que, si él no fuera el responsable
de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el
siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, proceda a su identificación, presentando a tal efecto en el
Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número del documento nacional de identidad y domicilio del infractor. En caso de incumplimiento de la obligación de realizar tal identificación se sancionará
al titular del vehículo como autor de falta muy grave con multa de 302
a 1.500 euros y si se trata de una persona física además de la multa
tendrá retirada del permiso o licencia de conducir por un periodo máximo de tres meses.
3. Las infracciones muy graves, se sancionarán siempre, además
de con la multa correspondiente, con retirada del permiso de conducir
por un periodo máximo de tres meses (artículo 67.1 de la Ley sobre
Tráfico).
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12 del
Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el presente edicto, se
notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor. En
el caso de que la propietaria del vehículo sea una persona jurídica
(sociedades), deberá identificarse en todo caso al conductor responsable de la infracción, puesto que en caso contrario se incoará expediente a la sociedad por falta grave con multa de 302 a 1.500 euros.
5. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará propuesta de
resolución y se elevará al señor Concejal Delegado de Protección Ciudadana, que es el órgano competente para sancionar por disposición
de Alcaldía de delegación de competencias de 24 de septiembre de
2003. Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe".
6. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en las
oficinas del Area de Protección Ciudadana (calle Monasterio de Irache,
2), de 8:30 a 14:30 horas los días laborables.
7. En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente
a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra,
podrán presentarse alegaciones y proponer las pruebas que consideren
convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación
de escrito en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
8. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un
año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de
éste.
Pamplona, 25 de abril de 2007.−El Secretario Técnico del Area de
Protección Ciudadana Instructor del expediente, firma ilegible.−El Concejal Delegado, Eradio Ezpeleta Iturralde.
DIA
C/ ERROTAZAR ....................................... 22/12/2006
AVDA AROSTEGUI .................................. 27/12/2006
C/ PADRE ADOAIN, 60 ............................ 7/12/2006
PAMPLONA
Notificación de denuncias por infracciones de tráfico
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal o vigilantes de tráfico por infracciones a la normativa
vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y
demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Aquellas denuncias correspondientes a infracciones recogidas en
el anexo II de la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el
permiso y la licencia de conducción por puntos, una vez sancionadas
y firmes en vía administrativa, conllevan la pérdida de puntos correspondiente que se especifica en la columna denominada "puntos".
B.O. de Navarra−Número 63
EXPTE.
93506
93519
93233
IMPORTE
180,00
180,00
303,00
INFRACCION
50.1 RGC 19.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
PUNTOS
2
2
6
L0706904
LSV: Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
RGC: Reglamento General de Circulación.
OMT: Ordenanza Municipal de Trafico.
ORZEL: Ordenanza Reguladora de las Zonas de Estacionamiento
Limitado y restringido.
1. La multa podrá ser pagada con un 30% de descuento en el
plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de
la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. El pago
podrá realizarse en el depósito municipal de vehículos (sito en Trinitarios) las 24 horas del día, en las oficinas del Area de Protección Ciudadana (calle Monasterio de Irache, 2) de 8:30 a 14:30 horas, en Recaudación y Tesorería (sita en el segundo piso de Casa Marceliano,
calle Mercado, 7-9) de 8:30 a 14:30 horas, por transferencia o ingreso
directo en la cuenta de Caja Navarra número 2054 0152 38
1100040274 o por giro postal. Al realizar el pago deberá hacerse
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
constar siempre nombre y dos apellidos del denunciado, matrícula del
vehículo y número de expediente.
2. El pago de la multa con el 30% de descuento implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin
necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad
de interponer los recursos correspondientes. Al amparo de lo dispuesto
en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo,
se requiere al titular del vehículo para que, si él no fuera el responsable
de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el
siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, proceda a su identificación, presentando a tal efecto en el
Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número del documento nacional de identidad y domicilio del infractor. En caso de incumplimiento de la obligación de realizar tal identificación se sancionará
al titular del vehículo como autor de falta muy grave con multa de 302
a 1.500 euros y si se trata de una persona física además de la multa
tendrá retirada del permiso o licencia de conducir por un periodo máximo de tres meses.
3. Las infracciones muy graves, se sancionarán siempre, además
de con la multa correspondiente, con retirada del permiso de conducir
por un periodo máximo de tres meses (artículo 67.1 de la Ley sobre
Tráfico).
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12 del
Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el presente edicto, se
notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor. En
el caso de que la propietaria del vehículo sea una persona jurídica
INFRACTOR
ADOZ SIGLO XXI, S.L. ........................................................
ADOZ SIGLO XXI, S.L. ........................................................
ADOZ SIGLO XXI, S.L. ........................................................
AGENTES DE PROMOCIONES JAHINA, S.L. ......................
ALBIZU VIDAL URIA Y ASOCIADOS, S.L. ..........................
ALONSO DISEÑOS, S.C.P. ..................................................
ALUMINIO INDUSTRIAL DE TUDELA, S.L. ........................
ALUMINIOS TAJONAR, S.L. ...............................................
ARA THERMIK, S.L. ............................................................
ARALAR B I S L .................................................................
ARKUPE TERCER MILENIO, S.L. ........................................
ARMENDARIZSALDISE ASOCIADOS, S.L. ..........................
ARQUITEMPO, S.L. .............................................................
ARS VERDI, S.L. .................................................................
AUTOMOCION Y RECAMBIOS, S.A. ...................................
BEAL TRADIN, S.A. .............................................................
BERKELIUM, S.L. ................................................................
BEUNZA SISTEMAS DE DISTRIBUCION S.L. .....................
BEUR INVERSIONES, S.L. ..................................................
BULOT S.L. CONSTRUCCIONES .........................................
CARPINTERIA FRANCES, S.L. ............................................
CENTRO TEC DE REPARACION DE VEHICULOS AU ...........
CLEAN FARMS S. COOP. ....................................................
COMUNICACION ALDRICH, S.L. .........................................
COMUNICACION ALDRICH, S.L. .........................................
COMUNICACION ALDRICH, S.L. .........................................
COMUNICACION ALDRICH, S.L. .........................................
CONSTRUCCIONES EGUNEZ, S.L. ......................................
CONSTRUCCIONES GOFRA, S.L. ........................................
CONSTRUCCIONES GOFRA, S.L. ........................................
CONSTRUCCIONES GORRICHO, S.L. .................................
CONSTRUCCIONES Y REFORMAS TELOFRAN, S.L. ..........
CW LEASE ESPAÑA RENTING, S.A. ...................................
CW LEASE ESPAÑA RENTING, S.A. ...................................
CW LEASE ESPAÑA RENTING, S.A. ...................................
DEBIS COMERCIAL SERVICES SPAIN, S.A. .......................
DISTRIBUCIONES ALI DOS MIL, S.L. ................................
EASO PARTNERS, S.L. .......................................................
EDEG, S.L. ..........................................................................
EDICIONES RIOJA, S.L. ......................................................
EDICIONES RIOJA, S.L. ......................................................
EDICIONES RIOJA, S.L. ......................................................
EDICIONES RIOJA, S.L. ......................................................
EDICIONES RIOJA, S.L. ......................................................
EDICIONES RIOJA, S.L. ......................................................
ELECTRICIDAD LABRIT, S.L. ..............................................
ELKARTRUKE, S.L. .............................................................
ESPACIOS DE OCASION V O AUTO PLUS, S.A. ................
EUROPCAR IB S A ..............................................................
EUROPOOL CORREDURIA DE SEGUROS Y SERVICI..........
EUTOTEX SOCIEDAD LIMITADA .........................................
FOOD CONTROL SERVICE, S.L. .........................................
FORTUN BASTIDA, S.L. ......................................................
FORTUN BASTIDA, S.L. ......................................................
GAONA & LOAIZA CONSTRUCCIONES E INVERSIO ...........
GLOBAL EQUIPAMIENTO INTEGRAL, S.L. .........................
GOMACIN, S.L. ...................................................................
GORETRA NORTE, S.L. .......................................................
GRUPO TRAMITE ASESORAMIENTO Y GESTION IN ..........
GUIA DE CALAHORRA, S.C. ...............................................
GURE URTATS ADUR, S.L. ................................................
GURE URTATS ADUR, S.L. ................................................
GURE URTATS ADUR, S.L. ................................................
GURE URTATS ADUR, S.L. ................................................
GURE URTATS ADUR, S.L. ................................................
GURE URTATS ADUR, S.L. ................................................
MATRICULA
-008441-DZN
-008441-DZN
-008441-DZN
-001256-CKZ
-006539-BLS
B -007682-XB
-000526-CPP
NA -002626-BD
-002861-BBS
-008207-BJZ
-003031-DHS
-005741-CKX
-008155-CDK
NA -007055-AZ
-008513-BYK
-009518-DFS
-007610-BWW
-009370-FCH
-001664-CYV
-004231-DKC
NA -002099-AG
-005889-CFJ
-000090-FBG
-008151-DJP
-005938-DHB
-008151-DJP
-008151-DJP
SS -007056-BD
SS -002124-AY
SS -002124-AY
NA -004975-AS
-005847-DCX
-002826-DMP
-003043-DTT
-009916-BVD
-006668-BSW
B -003291-TZ
SS -009434-BF
-001371-CRJ
LO -003781- T
LO -003781- T
LO -003781- T
LO -003781- T
LO -003781- T
LO -003781- T
NA -009549-AV
-005035-DHK
-009691-DMK
-009734-FJW
-005548-BTX
-002535-BXD
-005297-DTW
-006458-DTG
-006458-DTG
-003542-CNY
-002467-DZH
-007400-CHP
-009340-DMV
-005770-CJC
-008789-DXC
-007778-BFD
-007778-BFD
-007778-BFD
-007778-BFD
-007778-BFD
-007778-BFD
5727
(sociedades), deberá identificarse en todo caso al conductor responsable de la infracción, puesto que en caso contrario se incoará expediente a la sociedad por falta grave con multa de 302 a 1.500 euros.
5. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará propuesta de
resolución y se elevará al señor Concejal Delegado de Protección Ciudadana, que es el órgano competente para sancionar por disposición
de Alcaldía de delegación de competencias de 24 de septiembre de
2003. Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la
sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido",
"calificación", "denunciado" e "importe".
6. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en las
oficinas del Area de Protección Ciudadana (calle Monasterio de Irache,
2), de 8:30 a 14:30 horas los días laborables.
7. En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente
a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra,
podrán presentarse alegaciones y proponer las pruebas que consideren
convenientes para su defensa, debiendo hacerlo mediante presentación
de escrito en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los
lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
8. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un
año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de
éste.
Pamplona, 25 de abril de 2007.−El Secretario Técnico del Area de
Protección Ciudadana Instructor del expediente, firma ilegible.−El Concejal Delegado, Eradio Ezpeleta Iturralde.
LUGAR
DIA
GRUPO RINALDI, 10 ...............................
GRUPO RINALDI, 10 ...............................
CALLE ESQUIROZ, 7 ...............................
CALLE ESQUIROZ, 9 ...............................
CALLE BLAS DE LASERNA, 6 FR ...........
AVENIDA SANCHO EL FUERTE, 10 .........
CALLE GOROABE, 10 ..............................
AVENIDA SAN IGNACIO, 12 ....................
CALLE SERAFIN OLAVE, 31 ....................
CALLE AMAYA,40 ...................................
CALLE PEDRO I,1 ...................................
PASEO SARASATE, 36 ............................
CALLE NAVARRO VILLOSLADA, 2 .........
CALLE ACELLA ........................................
CALLE EMILIO ARRIETA, 14 ...................
CALLE PADRE CALATAYUD, 9 JN ..........
AVENIDA BAYONA, 5 ..............................
AVENIDA PIO XII, 43 ..............................
CALLE SAN JUAN BOSCO, 5 ..................
CALLE AMAYA,19 ...................................
CALLE NAVAS DE TOLOSA, 3 ................
AVENIDA BAYONA, 9 ..............................
CALLE MONASTERIO DE IRACHE, 2 ......
CALLE TAFALLA, 33 ................................
CALLE SANCHO EL MAYOR, 3 ...............
AVENIDA SAN IGNACIO, 12 ....................
CALLE GARCIA CASTAÑON, 1 ................
AVENIDA SAN JORGE .............................
CALLE RIO EGA,6 ...................................
CALLE RIO EGA,6 ...................................
CALLE PAULINO CABALLERO, 8 ............
CALLE TAFALLA, 23 ................................
CALLE ALFONSO EL BATALLADOR, 10 ..
CALLE IÑIGO ARISTA, 2 .........................
CALLE ESQUIROZ, 9 ...............................
CALLE PAULINO CABALLERO, 39 ..........
CALLE MONASTERIO DE LA OLIVA, 3 ...
CALLE DE LOS HERMANOS IMAZ, 7 .....
CALLE DUQUE DE AHUMADA ................
CALLE LEYRE,24 .....................................
CALLE ERMITAGAÑA, 6 ..........................
CALLE PAULINO CABALLERO, 16 ..........
CALLE TAFALLA, 32 ................................
CALLE DE LOS HERMANOS IMAZ, 1 .....
CALLE EMILIO ARRIETA, 14 ...................
CALLE CARMEN ......................................
CALLE JULIAN GAYARRE, 44 .................
CALLE DOCTOR JUARISTI ......................
CALLE DE ITURRAMA, 10 ......................
AVENIDA SANCHO EL FUERTE, 35 .........
CALLE SAN FERMIN, 35 .........................
CALLE JULIAN GAYARRE, 36 .................
PASEO SARASATE, 7 ..............................
CALLE FUENTE DEL HIERRO, 27 ...........
AVENIDA SAN JORGE .............................
CALLE DE ITURRAMA, 10 ......................
CALLE ARALAR,37 ..................................
CALLE MONASTERIO DE URDAX, 6 FR .
PZA JUAN XXIII, 1 ..................................
CALLE AMAYA,21 ...................................
CALLE TAFALLA, 14 ................................
CALLE ARALAR,2 1 .................................
CALLE OLITE,24 ......................................
CALLE OLITE,28 ......................................
CALLE DE ITURRAMA, 64 ......................
CALLE ALFONSO EL BATALLADOR, 9 ....
20/02/2007
19/02/2007
14/02/2007
13/02/2007
8/01/2007
19/02/2007
25/01/2007
15/02/2007
23/02/2007
5/02/2007
19/02/2007
4/02/2007
14/02/2007
1/02/2007
6/02/2007
30/01/2007
2/02/2007
15/01/2007
2/01/2007
11/01/2007
1/02/2007
14/02/2007
7/02/2007
11/01/2007
25/01/2007
19/01/2007
26/01/2007
14/02/2007
6/02/2007
7/02/2007
21/02/2007
29/01/2007
7/02/2007
5/02/2007
8/02/2007
20/02/2007
1/02/2007
7/02/2007
10/01/2007
15/02/2007
14/02/2007
8/02/2007
7/02/2007
21/02/2007
22/02/2007
23/01/2007
2/02/2007
5/02/2007
28/02/2007
21/02/2007
6/02/2007
15/01/2007
23/01/2007
5/01/2007
2/01/2007
22/02/2007
11/01/2007
9/01/2007
1/02/2007
5/02/2007
17/01/2007
15/01/2007
22/01/2007
20/02/2007
31/01/2007
21/02/2007
EXPTE.
628962
638209
232861
701471
32207
562605
301217
292327
485224
721359
325081
4310
721404
900098
548311
5317
900195
180028
748088
721237
5602
900321
190062
416420
372395
448631
768028
90409
8710
8312
500461
428302
492894
590322
748294
388308
900113
624753
11711
388285
565421
464235
348248
396457
364166
983
697347
5883
649936
628974
356580
562180
448653
657147
90286
748364
476280
34176
900104
376171
328320
408241
328343
448798
505506
562630
IMPORTE
30,00
30,00
30,00
30,00
30,00
30,00
30,00
60,00
60,00
30,00
30,00
60,00
30,00
60,00
30,00
95,00
60,00
95,00
30,00
30,00
95,00
60,00
60,00
30,00
30,00
30,00
30,00
180,00
95,00
95,00
95,00
30,00
30,00
30,00
30,00
30,00
60,00
30,00
60,00
60,00
60,00
60,00
60,00
60,00
30,00
95,00
60,00
95,00
60,00
30,00
95,00
30,00
30,00
60,00
180,00
60,00
95,00
60,00
60,00
60,00
60,00
30,00
30,00
30,00
30,00
60,00
INFRACCION
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
39.2.B LSV
91.2.H RGC 38.3 LSV
39.2.B LSV
94.2 RGC 39.2.A LSV
91.2.H RGC 38.3 LSV
146.1 RGC 53.1 LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
91.2.H RGC 38.3 LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.H RGC 38.3 LSV
39.2.B LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
91.2.M RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
50.1 RGC 19.3 LSV
39.2.B LSV
94.2 RGC 39.2.A LSV
39.2.B LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
PUNTOS
2
2
5728
Lunes, 21 de mayo de 2007
INFRACTOR
MATRICULA
GUREA SOLUCIONES, S.L. .................................................
HADOCK IMPORTACION Y DISTRIBUCION ........................
HIJAS DE LA CARIDAD DE SAN VICENTE DE PA...............
HIJAS DE LA CARIDAD DE SAN VICENTE DE PA...............
HUMICLIMA NORTE, S.A ....................................................
ILANOR, S.A. ......................................................................
INDUSTRIA DE CARPINTERIA DE MADERA, S.A. ...............
INSTAL MATEL, S.L. ...........................................................
INSTAL MATEL, S.L. ...........................................................
INSTALACIONES Y COMUNICACIONES SONAR, S.L. ........
INVERSIONES LORELAY, S.L. ............................................
IRAONA DISTRIBUCIONES, S.L. .........................................
IRAONA DISTRIBUCIONES, S.L. .........................................
JARDINERIA IRUÑA, S.L. ...................................................
KADISPER ONCE, S.L. ........................................................
LEGAZ ZELAI, S.L. ..............................................................
LEGAZ ZELAI, S.L. ..............................................................
LEGAZ ZELAI, S.L. ..............................................................
LEGAZ ZELAI, S.L. ..............................................................
LOZANO ECHARRI JV Y REDIN MARTINEZ LM PJ ............
MASTERLEASE EUROPE RENTING, S.L. ............................
MASTERLEASE EUROPE RENTING, S.L. ............................
MEGACALZADO PAMPLONA, S.L. ......................................
MERCEDES BENZ CHARTERWAY ESPAÑA SA ..................
MILLIARIA, S.L. ..................................................................
MIRANDESA DE ELECTRICIDAD, S.L. ................................
MOBILIARIO DE LABORATORIO KOUMER , S.L. ...............
MONTAGES VALMA, S.L. ...................................................
MONTAGES VALMA, S.L. ...................................................
MONTAGES VALMA, S.L. ...................................................
MONTAJES IRURA, S.L. .....................................................
MONTAJES Y TERMINACIONES ALSA , S.L. .....................
NAVARRA DE HOSTELERIA Y HOSPITALES, S.L.L.............
NAVARRA DE HOSTELERIA Y HOSPITALES, S.L.L.............
NAVARRA DE TECNICAS DE SOLDADURA Y FIJAC ...........
NISSAN MOTOR ESPAÑA, S.A. ..........................................
ORTIBA 2002, S.L. ..............................................................
PERFORACIONES JOCAL, S.L. ...........................................
PLASTICOS ALSER, S.L. ....................................................
PROMOCIONES SARDANO, S.L. ........................................
PROMOCIONES SARDANO, S.L. ........................................
PROYECTOS DE COMUNICACION Y DISEÑO HVR S ..........
PROYECTOS DE COMUNICACION Y DISEÑO HVR S ..........
PROYECTOS DE COMUNICACION Y DISEÑO HVR S ..........
PROYECTOS DE COMUNICACION Y DISEÑO HVR S ..........
QSIN DOSMIL, S.L. ............................................................
RAER, S.L. ..........................................................................
RAER, S.L. ..........................................................................
RAER, S.L. ..........................................................................
RECREATIVOS SAN ROQUE, S.A. ......................................
REFORMAS INTEGRALES CUATRO AS, S.L. ......................
REGENAUTO, S.A. ...............................................................
REPARACION MECANICO AUTOJUMAR, S.L. ....................
REPARACIONES ELECTRODENTALES BILBAO, S.L ............
RIOJA MOMOSA NOVENTA Y TRES, S.L. ..........................
SC MATEO LASHERAS JM Y PEREZ ABAD C ...................
SELECCIONES SANPEDRO, S.L. .........................................
SIDEPNOR DISTRIBUCION CIAL, S.L. ................................
SUKALDE CONSTRUCCIONES Y REFORMAS .....................
SUPERLIMPIEZAS LEYRE, S.L. ..........................................
TRANSPORTES GAZTELU, S.A. ..........................................
TRAZGO TURISMO Y TIEMPO LIBRE, S.L. ........................
TUBYSAL NORTE, S.L. .......................................................
VASCONGADA DE AUTOMOVILES, S.L. .............................
VICENTE SEMPERE, S.A. ....................................................
VIDAURRE OBRAS Y PROYECTOS, S.L. ............................
VIDAURRE OBRAS Y PROYECTOS, S.L. ............................
Y VER Y VISTO, S.L. ..........................................................
YAGUE PLATINUM, S.L. .....................................................
-009199-CRF
VI -003802- Y
NA -003023-AT
NA -003023-AT
-008550-DNZ
NA -003048-AY
-007527-DGM
-009916-BYY
-009916-BYY
-009948-DYX
-008756-DYK
-002313-FDF
SS -004110-BB
-004641-CNP
-007662-DKM
NA -006056-AW
NA -006056-AW
NA -006056-AW
NA -006056-AW
NA -005672-AV
-002098-FFZ
-008855-DBJ
NA -001694-AM
-001350-FBG
NA -004348-AF
BU -007331- W
NA -004117-AZ
-008489-CMY
-008171-BKK
-008171-BKK
-002192-CPY
-007657-BFD
-002129-DLP
NA -008954-AV
-009403-CLN
-005261-FGF
-002991-DCP
-007105-CVY
-007641-DTL
-009118-BPW
-000536-DTC
-002615-BRZ
-002615-BRZ
-002615-BRZ
-002615-BRZ
-004438-DHT
NA -003242-AV
NA -003242-AV
NA -003242-AV
P -006389- F
-005177-CBF
NA -006448-AS
-005885-CSL
BI -001576-CU
LO -000744- V
-004253-CCF
MA -007911-CK
-007406-CKF
-003717-DLY
NA -009741-AV
-000039-BDV
-009687-CCN
-003934-CWT
-008296-FKD
-004896-BRV
-000496-BXF
-003645-BLW
-001000-FGK
-005769-BGC
LUGAR
DIA
CALLE DUQUE DE AHUMADA, 5 ............
AVENIDA SANCHO EL FUERTE, 51 .........
AVENIDA GALICIA, 8 FR .........................
CALLE ABEJERAS, 6 ...............................
AVENIDA CARLOS III, 4 ..........................
CALLE AMAYA,38 ...................................
CALLE ALFONSO EL BATALLADOR, 8 ....
CALLE SANCHO EL MAYOR, 1 C ...........
CALLE GARCIA XIMENEZ, 1 ...................
CALLE DE ITURRAMA, 28 ......................
CALLE ERMITAGAÑA, 6 ..........................
CALLE MONASTERIO DE URDAX, 24 .....
CALLE NAVAS DE TOLOSA, 5 ................
CALLE PASCUAL MADOZ, 1 ...................
AVENIDA PIO XII, 41 ..............................
CALLE PINTOR MAEZTU, 2 ....................
CALLE PINTOR MAEZTU, 2 ....................
CALLE PINTOR MAEZTU, 2 ....................
CALLE PEDRO I, 12 ................................
CALLE ALFONSO EL BATALLADOR, 1 ....
CALLE DE ITURRAMA, 14 ......................
CALLE SAN JUAN BOSCO, 5 ..................
CALLE SANGUESA, 16 ............................
PASEO SANTA LUCIA, 32 .......................
CALLE AMAYA,17 ...................................
CALLE TAFALLA, 20 ................................
CALLE ESQUIROZ, 27 .............................
AVENIDA BAYONA, 42 ............................
CALLE SERAFIN OLAVE, 29 ....................
CALLE RIO EGA, 27 ................................
CALLE LUIS MORONDO URRA, 5 ..........
CALLE SAN AGUSTIN .............................
CALLE MONTE MENDAUR, 3 ..................
CALLE CASTILLO DE MAYA, 42 .............
CALLE IÑIGO ARISTA, 15 .......................
CALLE ABEJERAS, 19 .............................
AVENIDA PIO XII, 39 ..............................
PZA DEL CASTILLO, 44 ..........................
CALLE NUEVA .........................................
CALLE FRANCISCO BERGAMIN, 17 ........
CALLE GARCIA CASTAÑON, 4 ................
CALLE GARCIA CASTAÑON, 12 ..............
CALLE VUELTA DEL CASTILLO, 3 ..........
CALLE SANGUESA, 34 ............................
CALLE CASTILLO DE MAYA, 17 .............
AVENIDA PIO XII, 9 ................................
CALLE GARCIA CASTAÑON, 8 FR ..........
CALLE DE LOS HERMANOS IMAZ, 9 .....
CALLE ITURRALDE Y SUIT, 14 ..............
CALLE ABEJERAS, 45 JN .......................
CALLE FRANCISCO BERGAMIN, 1 ..........
CALLE GARCIA XIMENEZ, 6 FR ..............
CALLE SAN LORE NZO, 28 .....................
CALLE PINTOR CIGA, 1 ..........................
AVENIDA BAYONA, 7 ..............................
CALLE PAULINO CABALLERO, 14 ..........
CALLE PADRE TOMAS ESTEBAN ...........
CALLE ARALAR,16 ..................................
CALLE NAVAS DE TOLOSA, 29 ..............
CALLE AMAYA, 40 ..................................
CALLE CATALUÑA ...................................
CALLE CASTILLO DE MAYA, 50 .............
CMNO MOLINO DE CAPARROSO ...........
PASEO SARASATE, 20 ............................
CALLE AMAYA, 7 ....................................
CALLE ESTACIONAMIENTO HOSPITAL V
CALLE PAULINO CABALLERO, 53 ..........
CALLE EMILIO ARRIETA, 21 ...................
CALLE SERAFIN OLAVE, 29 ....................
22/01/2007
5/02/2007
9/01/2007
14/02/2007
3/01/2007
21/02/2007
23/01/2007
28/02/2007
14/02/2007
23/01/2007
13/02/2007
14/02/2007
30/01/2007
22/01/2007
21/02/2007
16/02/2007
9/02/2007
6/02/2007
12/02/2007
5/01/2007
5/02/2007
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2/02/2007
26/02/2007
7/02/2007
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26/02/2007
21/02/2007
7/01/2007
10/01/2007
19/01/2007
20/02/2007
26/02/2007
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29/01/2007
1/02/2007
4/01/2007
6/01/2007
23/01/2007
4/01/2007
19/01/2007
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13/01/2007
29/01/2007
26/02/2007
31/01/2007
15/02/2007
2/02/2007
15/01/2007
16/01/2007
26/02/2007
7/02/2007
B.O. de Navarra−Número 63
EXPTE.
9836
590327
29860
492927
6602
721435
638088
416663
360435
601157
708925
900285
900012
356481
301399
245156
621404
692764
621423
597548
492876
245102
396345
9912
292390
229299
437893
900047
768130
9380
11229
53
701267
8764
584793
668613
597722
11686
10579
356545
380228
11665
688279
505370
328329
368227
539
416539
428388
33459
248336
828
11851
701488
5110
216480
8785
229321
396461
488530
1813
272359
6570
229336
208590
2429
260449
472532
705269
IMPORTE
60,00
30,00
30,00
95,00
60,00
30,00
60,00
30,00
30,00
30,00
30,00
60,00
60,00
30,00
30,00
30,00
30,00
60,00
30,00
60,00
30,00
60,00
30,00
60,00
30,00
60,00
60,00
60,00
30,00
95,00
95,00
60,00
30,00
95,00
30,00
95,00
30,00
60,00
60,00
60,00
95,00
95,00
30,00
60,00
30,00
30,00
60,00
60,00
30,00
30,00
60,00
60,00
60,00
60,00
60,00
60,00
60,00
30,00
30,00
60,00
60,00
60,00
60,00
60,00
30,00
95,00
60,00
60,00
60,00
INFRACCION
PUNTOS
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.H RGC 38.3 LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.H RGC 38.3 LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
39.2.B LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
91.2.M RGC 38.3 LSV
39.2.B LSV
91.2.G RGC 39.2.C LSV
94.2.D RGC 39.2.D LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
94.2 RGC 39.2.A LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
94.2.G RGC 39.2.G LSV
39.2.B LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
38.4 LSV
39.2.B LSV
94.2.E RGC 39.2.E LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
94.2.D RGC 39.2.D LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
39.2.B LSV
L0706906
PAMPLONA
Notificación de denuncias por infracciones de tráfico
No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por
Policía Municipal o vigilantes de tráfico por infracciones a la normativa
vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y
demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN
OFICIAL de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.
Aquellas denuncias correspondientes a infracciones recogidas en
el anexo II de la Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el
permiso y la licencia de conducción por puntos, una vez sancionadas
y firmes en vía administrativa, conllevan la pérdida de puntos correspondiente que se especifica en la columna denominada "puntos".
LSV: Ley sobre Trafico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
RGC: Reglamento General de Circulación.
OMT: Ordenanza Municipal de Trafico.
ORZEL: Ordenanza Reguladora de las Zonas de Estacionamiento
Limitado y restringido.
1. La multa podrá ser pagada con un 30% de descuento en el
plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de
la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. El pago
podrá realizarse en el depósito municipal de vehículos (sito en Trinitarios) las 24 horas del día, en las oficinas del Area de Protección Ciudadana (calle Monasterio de Irache, 2) de 8:30 a 14:30 horas, en Recaudación y Tesorería (sita en el segundo piso de Casa Marceliano,
calle Mercado, 7-9) de 8:30 a 14:30 horas, por transferencia o ingreso
directo en la cuenta de Caja Navarra número 2054 0152 38
1100040274 o por giro postal. Al realizar el pago deberá hacerse
constar siempre nombre y dos apellidos del denunciado, matrícula del
vehículo y número de expediente.
2. El pago de la multa con el 30% de descuento implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin
necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad
de interponer los recursos correspondientes. Al amparo de lo dispuesto
en el artículo 72.3 del Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo,
se requiere al titular del vehículo para que, si él no fuera el responsable
de la infracción, en el plazo de quince días hábiles contados desde el
siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de
Navarra, proceda a su identificación, presentando a tal efecto en el
Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, un escrito en el que consten el nombre y dos apellidos, número del documento nacional de identidad y domicilio del infractor. En caso de incumplimiento de la obligación de realizar tal identificación se sancionará
al titular del vehículo como autor de falta muy grave con multa de 302
a 1.500 euros y si se trata de una persona física además de la multa
B.O. de Navarra−Número 63
Lunes, 21 de mayo de 2007
tendrá retirada del permiso o licencia de conducir por un periodo máximo de tres meses.
3. Las infracciones muy graves, se sancionarán siempre, además
de con la multa correspondiente, con retirada del permiso de conducir
por un periodo máximo de tres meses (artículo 67.1 de la Ley sobre
Tráfico).
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12 del
Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el presente edicto, se
notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor. En
el caso de que la propietaria del vehículo sea una persona jurídica
(sociedades), deberá identificarse en todo caso al conductor responsable de la infracción, puesto que en caso contrario se incoará expediente a la sociedad por falta grave con multa de 302 a 1.500 euros.
5. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone
prueba alguna, la presente notificación se considerará propuesta de
resolución y se elevará al señor Concejal Delegado de Protección Ciudadana, que es el órgano competente para sancionar por disposición
de Alcaldía de delegación de competencias de 24 de septiembre de
2003. Los hechos que se consideran probados, la infracción que cons-
INFRACTOR
ABAJO ANTIMASVERES DAVID ..........................................
ABECIA VALENCIA MARIA JESUS ......................................
ABETE CARLOSENA LUIS JESUS .......................................
ABINZANO EGOZCUE LUIS .................................................
ACHOUR MOHAMMED .......................................................
ADRIAN ANGHEL ................................................................
ADRIAN ANGHEL ................................................................
ADRIAN ANGHEL ................................................................
ADRIAN ANGHEL ................................................................
ADRIAN SAGARDOY CARLOS ............................................
AGUAS MARTINEZ MARIA TERESA ...................................
AGUAS MARTINEZ MARIA TERESA ...................................
AGUERRI PLANILLO ALBERTO ..........................................
AGUILERA INES JAVIER .....................................................
AGUIRRE DORRONSORO MIKEL .......................................
AGUIRRE SARRATEA ANTONIO .........................................
AIZARNA CORTES MARIA SOLEDAD .................................
AIZPUN BOBADILLA MIGUEL .......

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