Normativa del trabajo práctico tutora

Transcripción

Normativa del trabajo práctico tutora
NORMATIVA DEL TRABAJO PRÁCTICO TUTORA
Aprobada por la Comisión de Estudios en la sesión del día 14-10-98 y Modificada por
Comisión de Estudios el 21 de enero de 2008
Preámbulo
El Trabajo Práctico Tutorado (TPT) es una de las materias obligatorias incluida en los
planes de estudio de todas las Ingenierías Técnicas que se imparten en la ETSEA de la
Universidad de Lleida. Sin embargo, es una materia con características especiales, un
plazo de realización reducido y unos requerimientos de concreción en la organización
docente. Todo ello motiva la redacción de una Normativa propia.
CAPÍTULO I. - SOBRE LA NATURALEZA Y OBJETO DEL TRABAJO
PRÁCTICO TUTOR.
Arte. - 1. El TPT tiene como principal objetivo formar al estudiante en alguna temática
o temáticas propias o cercanas a su titulación y poder trabajar en equipo utilizando
aquellas herramientas que la Escuela le pueda ofrecer para llevar a cabo su trabajo.
Arte. 2. - El TPT tiene una finalidad fundamentalmente formativa para los futuros
Ingenieros Técnicos, y supone una última etapa de aprendizaje que comprenderá los
diferentes aspectos concretos:
a. - Saber establecer criterios metodológicos para plantear soluciones técnicas a diversos
problemas, a procesos productivos, organizativos o comerciales, etc ..., desde el punto
de vista de la ingeniería.
b. - Aprender la metodología para elaborar informes escritos y presentaciones orales.
c. - Capacitar al estudiante en la investigación y el manejo de las fuentes de información
y los medios de trabajo necesarios.
d. - Acceder mejor preparado en el mercado de trabajo, por haber materializado en este
periodo formativo un mayor y mejor contacto con la realidad profesional y una serie de
aprendizajes complementarios metodológicos, organizativos y técnicos.
CAPÍTULO II. - SOBRE LAS CONDICIONES, REQUISITOS Y
CARACTERÍSTICAS DE REALIZACIÓN DEL
TRABAJO PRÁCTICO tutor y su DIRECCIÓN.
Arte. 3. - El número de créditos asignados al TPT es el indicado en el plan de estudios
vigente, incluyendo la búsqueda de datos e información preliminar, la programación y
planificación de procesos técnicos y / o experimentales, cálculos o tratamientos de
datos, diseños de soluciones, evaluaciones etc., hasta la redacción definitiva o
elaboración completa del trabajo. Este podrá ser de tipo experimental o de aplicación
dentro de su especialidad de Ingeniería Técnica.
Arte. 4. - El volumen de trabajo debe estar de acuerdo con la carga docente del plan de
estudios a que corresponda y los contenidos deberán mantener relación directa con la
temática o temáticas de la titulación correspondiente.
Arte. 5. - La realización del TPT se podrá iniciar una vez el estudiante haya cursado y
aprobado un mínimo de 150 créditos, siguiendo el plan de estudios de una determinada
titulación de primer ciclo. La defensa del TPT se podrá llevar a cabo cuando el o la
estudiante haya superado estos 150 créditos, después de haber seguido los trámites y
plazos que se describen en esta normativa.
Arte. 6. - El TPT se realizará dentro del ámbito disciplinar de los Departamentos
vinculados a la docencia de su titulación, que asignarán un trabajo a cada estudiante
solicitante, y tendrán la responsabilidad de la formación adecuada así como la de
calificar el trabajo, participando en su evaluación.
Arte. 7. - Los créditos asignados al TPT se desarrollarán bajo la dirección-tutoría de una
persona responsable, propuesta por el alumno y con la conformidad del Departamento
correspondiente. Podrá haber asignado, además, un cotutor para el trabajo, que también
deberá tener la conformidad del Departamento. Si el director-tutor asignado es ajeno a
la Escuela, será imprescindible, en todo caso, la asignación de dicho cotutor.
El profesor director-tutor realizará las siguientes funciones:
- Asesorar al alumno sobre la documentación para la elaboración de la propuesta.
- Dar su visto bueno a la propuesta.
- Orientar al alumno y revisar la realización del trabajo.
- Dar el visto bueno al trabajo en el momento de la entrega.
Arte. 8. - El o la estudiante entregará la propuesta a la Dirección de Estudios, con el
tema, tutor, cotutor (si es el caso), y el miembro asignado por el Departamento
correspondiente al Tribunal que debe juzgar, de acuerdo con el artículo 12 de esta
normativa.
Arte 9. - Todos los componentes del tribunal deberán dar su conformidad de formar
parte, y deberán participar en el seguimiento de la realización del trabajo.
Arte. 10. - Las propuestas deberán ser aprobadas, además, por la Comisión de Estudios.
La aprobación de la Comisión de Estudios tendrá una validez de tres años. Si el
estudiante o la estudiante no puede defender el TPT dentro de este plazo, deberá
solicitar una prórroga, debidamente razonada, o presentar una nueva propuesta. La
prórroga podrá ser concedida, por la Comisión de Estudios, por un año adicional. Sólo
tendrá derecho a dos convocatorias por matrícula dentro del año académico
correspondiente.
CAPÍTULO III. - SOBRE EL TRIBUNAL Y LOS CRITERIOS DE
EVALUACIÓN DEL TRABAJO PRÁCTICO TUTOR.
Arte. 11. - El tribunal es el órgano de evaluación del TPT y sus miembros deberán dar,
desde un principio, el su apoyo para la correcta realización del trabajo. El o la estudiante
está obligado a facilitar este seguimiento, presentando los resultados que considere de
interés y, en cualquier caso, facilitando un borrador completo del trabajo al menos un
mes antes de la defensa pública. Los miembros del Tribunal deberán volver al
estudiante este borrador revisado en un máximo de quince días después de la entrega.
Arte. 12. - El Tribunal estará constituido por tres miembros: un presidente y dos
vocales. Los tres componentes resultarán del profesor asignado por el Departamento, de
otro profesor asignado por la Dirección de Estudios, y el profesor director tutor o
cotutor, en su caso, del trabajo. El presidente que se proponga será el profesor de más
categoría y antigüedad, y este cargo es incompatible con el de director-tutor o cotutor.
Se procurará que los tres miembros del Tribunal pertenezcan al menos a dos
Departamentos diferentes. En ningún caso podrán formar parte del Tribunal el directortutor y el cotutor vez.
Arte 13. - Los miembros del Tribunal deberán firmar la hoja de conformidad que se
facilitará al estudiante o estudiante a Jefatura de Estudios. El hecho de firmar esta hoja
supone que el profesor da su visto bueno a que se pueda realizar la defensa del TPT, una
vez comprobado que el contenido técnico o científico del trabajo, así como los aspectos
formales de presentación, cumplen un mínimo que se considere suficiente. En ningún
caso, teniendo en cuenta que hay otros criterios de evaluación, presupone que se dé el
TPT por aprobado.
Arte 14. - Para la constitución del Tribunal será necesaria, normalmente, la presencia de
todos los miembros que lo componen. En casos muy excepcionales, por causas de
fuerza mayor, se admitirá la constitución con solamente dos miembros, siendo
imprescindible entonces la redacción de un informe por parte del miembro ausente
donde constará la calificación numérica otorgada por su parte, de acuerdo con los
artículos 15 y 16 de la presente normativa.
Arte. 15. - Una vez cumplimentado la hoja de conformidad, y previo acuerdo en el día y
la hora por parte del Tribunal y la Dirección de Estudios, el estudiante o la estudiante
defenderá su TPT ante el Tribunal en sesión pública. El trabajo se evaluará
seguidamente, a puerta cerrada, para cada uno de los miembros del Tribunal
correspondiente, que lo calificará de cero a cuatro (0 = Suspenso, 1 = Aprobado, 2 =
Notable, 3 = Excelente, 4 = Matrícula de Honor) de acuerdo con los siguientes criterios:
a. - Contenido técnico o científico del trabajo, evaluación de la programación y
planificación, los procesos técnicos y / o experimentales, de los cálculos, del diseño y
propuesta de soluciones, así como el estudio de posibles alternativas.
b. - Presentación y aspectos formales (sintaxis, ortografía, estructuración, ...).
c. - Exposición del trabajo para el estudiante.
d. - Originalidad del tema.
Arte. 16. - Si al menos dos calificaciones son de cero puntos, se entenderá que el trabajo
no ha sido aprobado. Se caso contrario, la calificación final del trabajo se obtendrá de la
suma de las tres calificaciones otorgadas, de acuerdo con el siguiente baremo:
2, 3 o 4 puntos: APROBADO.
5, 6 o 7 puntos: NOTABLE.
8, 9 o 10 puntos: EXCELENTE.
11 o 12 puntos: MATRÍCULA DE HONOR.
En el actilla sólo se hará constar la calificación final obtenida, sin ninguna indicación
numérica. Se recomienda adjuntar al actilla un informe razonado de cada uno de los
miembros del Tribunal o, al menos, un informe conjunto del Tribunal, justificando la
calificación otorgada.
Arte. 17. - Si el Tribunal considera que el Trabajo es suficientemente innovador, con la
originalidad y calidad adecuadas, el Tribunal propondrá la incorporación del Trabajo en
RECERCAT, depósito de la investigación de Cataluña.
En este caso, el alumno autor deberá firmar el documento de autorización a introducir
los Proyectos de curso, Proyectos Fin de Carrera o trabajos de los estudiantes a
repositorios digitales de la UdL y del CBUC.
Arte. 18. - El profesor director-tutor y los demás miembros del Tribunal podrán
rescindir su compromiso, previa justificación razonada por escrito y su aprobación por
parte de la Comisión de Estudios. En este caso, la persona que abandona el Tribunal
deberá presentar la propuesta de sustituto, que será estudiada y sometida a la aprobación
de esta Comisión. Por otra parte, el estudiante, previa justificación también razonada
por escrito, podrá pedir a la Comisión de Estudios el nombramiento de un nuevo
director-tutor, con la conformidad del Departamento.
CAPÍTULO IV. - SOBRE EL PROCEDIMIENTO Y LA CRONOLOGÍA
Arte. 20. - Las disposiciones específicas sobre el procedimiento y la cronología
correspondiente a seguir son:
- 1. - El Departamento, por el procedimiento que determine, aprobará y hará pública la
lista de las propuestas de TPT ofertadas.
- 2. - El o la estudiante, de acuerdo con sus motivaciones personales y vocación
temática relacionada con su especialidad de Ingeniería Técnica, y después de haber
cursado y aprobado un mínimo de 150 créditos, elegirá un trabajo de la lista de
propuestas de cada Departamento o bien podrá hacer una propuesta de trabajo diferente,
siempre al Departamento adecuado, y buscará un profesor director-tutor y cotutor en su
caso.
- 3. - El Departamento, por el procedimiento que determine, asignará un trabajo al
estudiante que lo solicite, y hará llegar (a través del estudiante), las hojas de propuesta a
la Dirección de Estudios. En estas hojas deberá constar el nombre del director-tutor, el
profesor asignado por el Departamento que formará parte del tribunal y el cotutor, en su
caso, así como el tema que se propone. Se adjuntará al informe una breve memoria
donde se haga constar la motivación del trabajo, sus objetivos, los antecedentes, la
metodología a seguir y un esquema de contenidos o índice.
- 4. - La Dirección de Estudios propondrá el Tribunal para cada trabajo y enviará la
documentación para su aprobación a la Comisión de Estudios.
- 5. - La Comisión de Estudios estudiará y someterá cada propuesta a aprobación. En
caso de detectar defectos de forma o de contenido, éstos podrán ser corregidos en el
plazo de 15 días siguientes a la sesión de aprobación.
- 6. - El o la estudiante deberá recoger en la Dirección de Estudios la hoja de
conformidad, donde consignará el título definitivo y el visto bueno de todos los
miembros del Tribunal. Esta hoja, ya cumplimentado, se devolverá a la
Jefatura de Estudios, junto con dos ejemplares del TPT en papel, para su registro y una
copia del TPT en soporte electrónico (CD-ROM) en PDF. Este CD deberá estar
rotulado claramente con el nombre del autor / y el título del trabajo).
El documento del TPT deberá ser identificado mediante el nombre de «Trabajo de
investigación». Además, el mismo CD-ROM deberá contener un fichero, identificado
con el nombre de «Datos del trabajo», en formato Microsoft Word (o cualquier otro
procesador de textos) con los siguientes datos:
a. Autor
b. Título
c. Año de elaboración
d. Director del trabajo
e. Tipo de trabajo: TPT
f. Titulación
g. Departamento / Centro
h. Un mínimo de 3 palabras clave que describan el trabajo, en el mismo idioma en que
está redactado los trabajos.
y. La traducción al catalán de las palabras clave, si el original del trabajo es en otra
lengua
j. Un resumen explicativo del contenido del trabajo en el mismo idioma en que está
redactado. Extensión máxima 100 palabras
k. La traducción al catalán de este resumen, si el original del trabajo es en otra lengua.
Extensión máxima 100 palabras.
El trabajo no se podrá exponer nunca antes de tres meses a contar desde el día en que se
registró la propuesta a la Dirección de Estudios, siempre que haya sido aprobada.
Tampoco se podrá exponer nunca antes de tres días hábiles a contar desde la entrega de
la hoja de conformidad.
- 7. - La Dirección de Estudios convocará la sesión de exposición pública de cada
trabajo.
- 8. - El o la estudiante expondrá el TPT de forma oral y pública.
- 9. - El acto de exposición del TPT tendrá una duración aproximada de una hora, que
incluye:
- La constitución del Tribunal.
- La exposición del trabajo, de 15 a 30 minutos, a criterio del presidente.
- Un turno de preguntas, opiniones, críticas o sugerencias de los miembros del Tribunal,
con opción de respuesta o comentario por parte del estudiante autor o la estudiante
autora.
- Facultativamente, a criterio del presidente, la posible participación del público
asistente a la exposición.
El acto de exposición concluirá con la deliberación de evaluación a puerta cerrada por
parte de los miembros del Tribunal y se hará pública la calificación consecuente a la
evaluación global del trabajo según los criterios mencionados en el artículo 15. Se
firmará el actilla correspondiente y se entregará a la Dirección de Estudios.

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