DON CRISTÓBAL LÓPEZ DE LA MANZANARA CANO, mayor de
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DON CRISTÓBAL LÓPEZ DE LA MANZANARA CANO, mayor de
DON CRISTÓBAL LÓPEZ DE LA MANZANARA CANO, mayor de edad, con DNI nº y con domicilio a estos efectos en la Calle Santa Engracia nº 17 - 5º Izda., 28010 - Madrid, actuando en nombre y representación, como Presidente, de la Asociación de Empresarios de Farmacia de Madrid (ADEFARMA), con CIF:, ante esta Consejería de Sanidad, comparece y como mejor proceda DICE: Que a la vista del ofrecimiento de servicios que se está haciendo por parte de la entidad SANITAS, entre los que se puede apreciar: • • • Cobertura en Farmacias. Envío a domicilio. Analítica a domicilio por reembolso. Programa de prevención y videoconsulta. En esta Asociación de Empresarios se nos están planteando las siguientes cuestiones por parte de nuestros asociados, que trasladamos a esa Consejería, con el fin de que nos dé respuesta a la mayor brevedad posible, para hacerlas extensivas al colectivo que representamos: ¿Es legal el ofrecimiento de servicios como los que está haciendo Sanitas a través de sus distintas páginas en internet? Ver documento adjunto (Cobertura en Farmacias. Envío a domicilio; Analítica a domicilio por reembolso; Programa de prevención y videoconsulta). ¿Un mensajero puede llevar al domicilio de un asegurado de Sanitas un medicamento?. ¿Es titular Sanitas de una Oficina de Farmacia?. ¿Un mensajero puede retirar de una farmacia un medicamento que no sea para él mismo y llevarlo a un domicilio por encargo de un paciente? ¿Lo puede hacer un familiar del paciente, vecino, allegado, empleado doméstico, etc, que no sea el titular de la receta? ¿Qué tipo de autorización haría falta en su caso?. ¿Puede repartir medicamentos a domicilios particulares un empleado de una farmacia?. ¿Puede un médico, mediante videoconsulta o programa de radio o televisión, diagnosticar y recetar medicamentos, o cualquier tipo de productos que se dispensen en las Oficinas de Farmacia, aunque no sean medicamentos? ¿Y un farmacéutico en el ámbito de su competencia, puede desarrollar su cometido utilizando los referidos medios?. ¿Una farmacia hospitalaria puede dispensar y facturar medicamentos a un paciente, y éste, puede llevárselo a su domicilio?. Mucho les agradeceríamos una contestación a estas dudas que les planteamos. En Madrid, a 31 de mayo de 2016. Fdo.: Cristóbal López de la Manzanara Cano