Los interrogantes que deja el plebiscito

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Los interrogantes que deja el plebiscito
Los interrogantes que deja el plebiscito
¿Qué pasará con los acuerdos en caso de que gane el No? ¿De ganar el Sí serán vinculantes? ¿Cuál es el riesgo
que tiene de caerse en la Corte Constitucional?, son algunas de las preguntas que quedan tras su aprobación.
A pesar de que fue explicado por el Gobierno intensamente durante las últimas semanas en su trámite y
aprobación en el Congreso de la República, la Ley Estatutaria del Plebiscito por la Paz deja varios interrogantes
sobre su futuro desarrollo.
¿Qué pasará con los acuerdos entre el Gobierno y las Farc en caso de que gane el No? ¿Cuál es el riesgo que
tiene esta ley estatutaria de caerse en la Corte Constitucional? ¿Cumplirá los tiempos necesarios para ser
convocado? ¿De ganar el Sí legitimará los acuerdos alcanzados con las Farc? ¿Habrá garantías para quienes
promuevan el No?
El Centro le consultó estas preguntas a destacados expertos y analistas políticos del país para saber qué se
puede esperar en materia de refrendación y desarrollo de este proceso.
Para Fernando Giraldo García, doctor en Ciencia Política de la Universidad de La Sorbona, el carácter
vinculante del plebiscito va depender mucho de la forma en que se plantee la pregunta por parte del Gobierno.
“Si la pregunta dice: ¿Está de acuerdo o no con los contenidos de todos los acuerdos?, si la gente dice que no,
se supone que se cae todo el proceso como ha sido acordado. Lo cual no quiere decir que el proceso de paz
termina porque el proceso de paz puede continuar retomando esas discusiones, lo que pasa es que el Gobierno
ya pierde mucha legitimidad”, explicó Giraldo.
Sin embargo, el politólogo dijo que si la pregunta dice: “¿Está usted de acuerdo en lo fundamental, o que se
llegue a un acuerdo con las Farc sin vincularlo al contenido de la agenda y el desarrollo de la misma?, no
necesariamente se cae porque la gente puede negar un acuerdo con las Farc en los términos que se da hoy, pero
no necesariamente cree que todos los puntos se caerían”.
¿Inconstitucional?
En cuanto a los riesgos de que la Corte Constitucional declare inexequible la Ley Estatutaria, el abogado y
exasesor de la Asamblea Nacional Constituyente, Juan Manuel Charry Ureña, señaló el umbral como el asunto
más delicado que debe evaluar el Alto Tribunal.
“De fondo vienen unos temas delicados. La proporcionalidad o razonalidad de la medida en el sentido de
bajar la mayoría del 50 por ciento del censo electoral al 13 por ciento, si es proporcional o si fue
desproporcionada la reducción del umbral” indicó.
Al mismo tiempo consideró que el carácter vinculante de la Ley, debe revisarse a fondo por lo magistrados.
“Establecer cuáles son los efectos de que sea vinculante. Si es que queda obligado el Congreso a tramitar las
leyes, si es que los acuerdos contienen algunos elementos de carácter obligatorio. Yo creo que una aparte no
quedó clara y amerita un análisis de constitucionalidad muy detenido”, manifestó Charry.
Otros juristas creen que darle un efecto vinculante al plebiscito lo acercaría más a una consulta popular, lo que
desnaturalizaría el mecanismo, haciéndolo inconstitucional.
Los tiempos
El llamado a elecciones es otro punto de incertidumbre en la medida que el Presidente ha dicho que convocará
el plebiscito poco después de firmados los acuerdos para lo cual dio plazo hasta el 23 de marzo de 2016.
En este sentido es difícil que el plebiscito logre estar listo para esta fecha debido a que debe superar el trámite
en la Corte que, entre plazos de comentarios ciudadanos, concepto de la Procuraduría y fallo, se llevaría en
promedio de cuatro a cinco meses.
Esto sin contar la búsqueda de los recursos por parte de la Registraduría y la logística para realizar unas
elecciones nacionales, lo cual podría demorar dos meses más.
En este tema, el exviceministro Rafael Nieto Loaiza sostuvo que lo fundamental para poner en marcha un
plebiscito es la firma integral del acuerdo de justicia, ya que el Gobierno, tras haber hecho este anuncio en
septiembre pasado, este en realidad no se ha cerrado.
“El plebiscito no se puede llevar adelante sino después de que hayan acuerdos definitivos entre el Gobierno y
las Farc, por tanto, en realidad las fechas que son determinantes para el plebiscito no son las de los plazos que
tiene que cumplir en la Corte Constitucional, sino los que están relacionados con la firma de los acuerdos”,
precisó Nieto.
Garantías
Las garantías para hacer campaña por el NO también están en discusión a pesar de que la reforma dice que se
dará igualdad de participación en los medios de comunicación a quienes promuevan la votación en este
sentido.
Al respecto, Marcela Prieto Botero, politóloga y directora del Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría
Olózaga, expresó que, al ser el Gobierno el promotor del mecanismo de participación, genera desequilibrio en
la intención de voto.
“En realidad es que cuando quien está promoviendo el plebiscito es el Gobierno, y quien tiene que hacer las
campañas de pedagogía es el Gobierno, evidentemente ahí hay un desequilibrio grande porque la pedagogía
es a favor del plebiscito. Aquí es muy fácilmente manipulable en términos de que promover la respuesta del SÍ
o el NO, pues será muy fácil llevarlo a los términos de guerra o paz, por tanto un colombiano que tenga que es
escoger entre las dos, dirá paz”, señaló.
Este es el tercer intento del Gobierno para contar con los mecanismos que le den validez jurídica y política a los
acuerdos con las Farc. El primero fue el Marco Jurídico para la Paz que contenía las reglas para la aplicación de
una eventual justicia transicional y que fue aprobado por el Congreso en 2014. El segundo fue la ley
estatutaria de un referendo por la paz, que pasó en el Congreso en el 2013 y que buscaba que los colombianos
decidieran si aprobaban o no lo acordado con la guerrilla punto por punto. Ninguno de los dos se usó y se
espera que el plebiscito sea la figura que finalmente cumpla esta finalidad.

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